Expte 129/15 Autorización Venta Lote Sector 4 “A” Derogación
Transcripción
Expte 129/15 Autorización Venta Lote Sector 4 “A” Derogación
Expte 129/15 Autorización Venta Lote Sector 4 “A” Derogación Ordenanza 1873/13 VISTO: La Ordenanza N° 1873/2013.El Decreto N° 1736/2013.La Solicitud cursada por el Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Y CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza N° 1873/13 se autoriza la venta de UNA FRACCIÓN DE TERRENO que forma parte del Sector Industrial 4 “a”, que se designa como Parcela 3, de la Fracción VII de Chacra 126, compuesto por 3.371,50 metros cuadrados de superficie, a favor del señor Oscar Alberto Alberdi, para ser destinado a la radicación de expreso, servicio de encomienda y mudanzas; y, transportes Generales.Que con fecha 3 de octubre de 2013 se suscribió el Contrato de Compraventa celebrado entre la Municipalidad de Laprida y el Sr. Oscar Alberto ALBERDI, donde el Municipio vende el Lote de Terreno descripto en un todo de acuerdo a la Ordenanza mencionada, que mediante Decreto 1736/2013, fue puesto en vigencia, generando la cuenta 002350.Que en virtud del proyecto de ampliación del Sector Industrial Planificado; y, en cumplimiento de las normativas vigente, para darle curso a la afectación es necesario crear una banda verde perimetral, lo que implica el corrimiento de la calle y la afectación del lote asignado al señor Alberdi, resultando necesario desafectar el lote en cuestión; y, reasignar a Oscar Alberto Alberdi otra parcela que para los mismos fines, asignándole idénticos valores. Por tanto es necesario considerar los montos integrados en la cuenta citada.- Que habiendo tomado conocimiento el señor Alberto Oscar Alberdi de la situación planteada, expresa entera conformidad en el cambio de la parcela que quedará afectada a los fines descriptos. Que habiendo la Sub Secretaria de Políticas Económicas, Producción y Empleo informado al señor Alberdi la disponibilidad en la zona Industrial 4 “a” del lote catorce da la Fracción V; y habiendo manifestado el señor Alberdi la aceptación del mismo. ----------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAPRIDA, sanciona por UNANIMIDAD en SESIÓN ORDINARIA del día de la fecha la siguiente: ORDENANZA 2100/15 Artículo 1º: Autorícese la venta de UNA FRACCIÓN DE TERRENO que se designa como Parcela 14, de la Fracción V de Chacra 126, compuesto por 3.532,75 metros cuadrados de superficie, para ser destinado al expreso, servicio de encomienda y mudanzas. Transportes Generales.Artículo 2º: La venta se realiza con los siguientes condicionamientos: - La empresa Expreso “Carlitos” del Sr. Oscar Alberto, ALBERDI asume el compromiso formal de iniciar en el predio las obras dentro de los seis meses e iniciar actividades económicas dentro de los treinta y seis (36) meses computados ambos plazos desde la firma del boleto de compraventa, conf art 4° Ord 1817/12.- Los proyectos de los edificio e instalaciones complementarias del establecimiento deberán ser convalidados por el organismo técnico municipal competente conforme lo normado en el Código de Edificación vigente. - La Municipalidad, sin reconocer eventuales reclamos por gastos realizados por el tercero; podrá rescindir el boleto de compra venta en caso que la razón social transfiera, sin autorización del organismo administrador competente, a un tercero particular la posesión de la parcela en cualquier condición, antes de haberse dado principio de ejecución a las construcciones proyectadas.- En caso de haberse iniciado las construcciones proyectadas se autorizará la transferencia a una nueva razón social adquirente con autorización expresa del HCD conf. Art 9° Ord 1817/12. En caso de ser la Municipalidad de Laprida la adquirente el precio de reventa no podrá superar el 80% del valor originario determinado en la venta.- La razón social adquiriente de alguna parcela ubicada en el sector mencionado en el Artículo 1º, sólo podrá transferir su dominio o constituir derechos reales sobre la misma, una vez transcurridos 3 (tres) años desde la primera transferencia a su favor, sin más limitaciones que las emergentes del Código Civil, conforme al artículo 12, Ordenanza 1817/12.Artículo 3°: La empresa adquirente conoce en todas sus partes la reglamentación vigente de la Zona Industrial 4 “a”, Ordenanza Nº 1817/12.Artículo 4º: Autorícese a impútense los pagos realizados en la cuenta Nº 002350 por el señor Oscar Alberto Alberdi a la venta que se genere en virtud de la presente autorización.Articulo 5º Deróguese la Ordenanza N° 1873/2013.Artículo 6º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo.- Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Laprida, Provincia de Buenos Aires, a los once días del mes de Noviembre de 2015.-