Expte 129/15 Autorización Venta Lote Sector 4 “A” Derogación

Transcripción

Expte 129/15 Autorización Venta Lote Sector 4 “A” Derogación
Expte 129/15
Autorización Venta Lote Sector 4 “A”
Derogación Ordenanza 1873/13
VISTO:
La Ordenanza N° 1873/2013.El Decreto N° 1736/2013.La Solicitud cursada por el Secretario de Infraestructura, Vivienda y
Servicios Públicos, Y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza N° 1873/13 se autoriza la venta de UNA
FRACCIÓN DE TERRENO que forma parte del Sector Industrial 4 “a”, que se
designa como Parcela 3, de la Fracción VII de Chacra 126, compuesto por
3.371,50 metros cuadrados de superficie, a favor del señor Oscar Alberto
Alberdi, para ser destinado a la radicación de expreso, servicio de encomienda
y mudanzas; y, transportes Generales.Que con fecha 3 de octubre de 2013 se suscribió el Contrato de
Compraventa celebrado entre la Municipalidad de Laprida y el Sr. Oscar
Alberto ALBERDI, donde el Municipio vende el Lote de Terreno descripto en un
todo de acuerdo a la Ordenanza mencionada, que mediante Decreto
1736/2013, fue puesto en vigencia, generando la cuenta 002350.Que en virtud del proyecto de ampliación del Sector Industrial
Planificado; y, en cumplimiento de las normativas vigente, para darle curso a la
afectación es necesario crear una banda verde perimetral, lo que implica el
corrimiento de la calle y la afectación del lote asignado al señor Alberdi,
resultando necesario desafectar el lote en cuestión; y, reasignar a Oscar
Alberto Alberdi otra parcela que para los mismos fines, asignándole idénticos
valores. Por tanto es necesario considerar los montos integrados en la cuenta
citada.-
Que habiendo tomado conocimiento el señor Alberto Oscar Alberdi de la
situación planteada, expresa entera conformidad en el cambio de la parcela
que quedará afectada a los fines descriptos.
Que habiendo la Sub Secretaria de Políticas Económicas, Producción y
Empleo informado al señor Alberdi la disponibilidad en la zona Industrial 4 “a”
del lote catorce da la Fracción V; y habiendo manifestado el señor Alberdi la
aceptación del mismo.
----------EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LAPRIDA, sanciona
por UNANIMIDAD en SESIÓN ORDINARIA del día de la fecha la siguiente:
ORDENANZA 2100/15
Artículo 1º: Autorícese la venta de UNA FRACCIÓN DE TERRENO que se
designa como Parcela 14, de la Fracción V de Chacra 126, compuesto por
3.532,75 metros cuadrados de superficie, para ser destinado al expreso,
servicio de encomienda y mudanzas. Transportes Generales.Artículo 2º: La venta se realiza con los siguientes condicionamientos:
- La empresa Expreso “Carlitos” del Sr. Oscar Alberto, ALBERDI asume el
compromiso formal de iniciar en el predio las obras dentro de los seis meses e
iniciar actividades económicas dentro de los treinta y seis (36) meses
computados ambos plazos desde la firma del boleto de compraventa, conf art
4° Ord 1817/12.- Los proyectos de los edificio e instalaciones complementarias del
establecimiento deberán ser convalidados por el organismo técnico municipal
competente conforme lo normado en el Código de Edificación vigente.
- La Municipalidad, sin reconocer eventuales reclamos por gastos
realizados por el tercero; podrá rescindir el boleto de compra venta en caso
que la razón social transfiera, sin autorización del organismo administrador
competente, a un tercero particular la posesión de la parcela en cualquier
condición, antes de haberse dado principio de ejecución a las construcciones
proyectadas.- En caso de haberse iniciado las construcciones proyectadas se
autorizará la transferencia a una nueva razón social adquirente con
autorización expresa del HCD conf. Art 9° Ord 1817/12. En caso de ser la
Municipalidad de Laprida la adquirente el precio de reventa no podrá superar el
80% del valor originario determinado en la venta.- La razón social adquiriente de alguna parcela ubicada en el sector
mencionado en el Artículo 1º, sólo podrá transferir su dominio o constituir
derechos reales sobre la misma, una vez transcurridos 3 (tres) años desde la
primera transferencia a su favor, sin más limitaciones que las emergentes del
Código Civil, conforme al artículo 12, Ordenanza 1817/12.Artículo 3°: La empresa adquirente conoce en todas sus partes la
reglamentación vigente de la Zona Industrial 4 “a”, Ordenanza Nº 1817/12.Artículo 4º: Autorícese a impútense los pagos realizados en la cuenta Nº
002350 por el señor Oscar Alberto Alberdi a la venta que se genere en virtud
de la presente autorización.Articulo 5º Deróguese la Ordenanza N° 1873/2013.Artículo 6º: Notifíquese al Departamento Ejecutivo.-
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Laprida,
Provincia de Buenos Aires, a los once días del mes de Noviembre de
2015.-

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