Relaciones estructurales nacionalidad
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Relaciones estructurales nacionalidad
Relaciones estructurales nacionalidad-libre circulación de nacionales de la Unión Europea: fórmulas de exclusión de la normativa interna española de extranjería Dra. Aurelia Álvarez Rodríguez (* ) Profa. Titular del Dpto. de Derecho Internacional Privado Universidad de León [email protected] Normalmente al abordar los derechos y libertades de los extranjeros en España parece que únicamente no podemos estar refiriendo a la normativa específica de extranjería. Ciertamente, esta deducción es inicialmente factible, sin embargo, debe ser puesta en tela de juicio y para ello vamos a dar una visión diferente. El propio título de la intervención nos permite intentar poner de manifiesto que existen otros modos diferentes de ubicar el régimen jurídico de los extranjeros y de sus familiares. En este momento, nosotros vamos a recurrir a dos sectores conectados con el Derecho de Extranjería, en concreto, el derecho español de la nacionalidad y por otro lado, el régimen jurídico aplicable a los nacionales de la Unión Europea. En definitiva usando los arts. 17 a 26 Cc y el RD 240/2007 podemos conseguir que algunos nacionales de terceros países a los que inicialmente se les iba a aplicar el régimen general de extranjería éste sea excluido. Para ello, haremos distinción, entre los modos de acceder a la nacionalidad española por los nacidos en España de padres extranjeros y la incidencia de dicha nacionalidad sobre el régimen de extranjería de sus progenitores. Y, también se analizará el acceso de los padres extranjeros a la nacionalidad española, para proceder inmediatamente a averiguar el régimen aplicable a sus hijos según que estos sean mayores o menores de edad, exponiendo las posibilidades de elegir entre la reagrupación familiar o la declaración de opción de la nacionalidad. Por otro lado, se hará un examen de los beneficiarios de la libre circulación prevista para los nacionales de la Unión Europea y asimilados, y la proyección de este mismo régimen a sus familiares nacionales de terceros países. Por lo que se * http://www3.unileon.es/ce/fde/archivos/docentes/aurelia_alvarez_rodriguez.htm Aurelia Álvarez Rodríguez podrá comprobar, que a estas personas, en principio solo se les puede aplicar la LOEx y el RLOEx en caso de contener normas más favorables. Por lo tanto, la pretensión de la ponencia será, fundamentalmente, dar una visión global del tratamiento jurídico de los extranjeros en España, demostrando, que el no español puede encontrar sus derechos y deberes en un marco diferente al previsto y utilizado con carácter general. En definitiva, se perfilarán aquellos supuestos en los que los nacionales de terceros país pueden beneficiarse de las normas previstas para los nacionales de la Unión. Líneas de Trabajo I. Derecho español de la nacionalidad: análisis de las instituciones que mayor repercusión tienen en el régimen de la extranjería 1. Normativa: • Arts. 17 a 26 del Cc redactados por la Ley 18/1990, de 17 de diciembre y por la Ley 36/2002, de 8 de octubre • Instrucción DGRN de 20 de marzo de 1991 • Instrucción DGRN de 7 de febrero de 2007, sobre requisitos registrales en la expedición de la certificación literal de nacimiento para la obtención del Documento Nacional de Identidad • Instrucción DGRN de 28 de marzo de 2007 2. Interacción régimen jurídico de los ascendientes extranjeros que tienen un hijo/a español/a • Para analizar con profundidad el tema de la atribución de la nacionalidad se propone la lectura de la monografía de A. Álvarez Rodríguez y Observatorio Permanente de la Inmigración, Nacionalidad de los hijos de extranjeros nacidos en España (Regulación legal e interpretación jurisprudencial sobre un análisis de datos estadísticos de los nacidos en territorio español durante el período 1996-2002), Madrid, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Observatorio Permanente de la Inmigración, 2006, 438 pp. http://extranjeros.mtas.es/es/general/Nacionalidad_hijos_inmigrantes.html . Se trata de ver en cuantos supuestos los nacidos en España de padres extranjeros son españoles. Desde luego, la casuística analizada es muy amplia pero interesa sobre todo hacer una comparación entre los supuestos recogidos en dicha publicación y los casos que se han incorporado en la Instrucción de 28 de marzo de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre competencia de los Registros Civiles municipales y demás reglas relativas a los expedientes de declaración de nacionalidad española con valor de simple presunción (http://www.boe.es/boe/dias/2007/04/10/pdfs/A15254-15256.pdf) * http://www3.unileon.es/ce/fde/archivos/docentes/aurelia_alvarez_rodriguez.htm Aurelia Álvarez Rodríguez 3. Interacción régimen jurídico de los descendientes de extranjeros que adquieren la nacionalidad española, siempre que sean menores de dieciocho años • Art. 20 Cc (http://www.boe.es/boe/dias/2002/10/09/pdfs/A3563835640.pdf) • Anteproyecto de reforma de la Ley de Adopción internacional: propuesta de reforma de varios preceptos del Cc II. Los nacionales de terceros países asimilados a los nacionales de la UE 1. Normativa • Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros por la que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 960/365/CEE y 93/96/CEE (http://eurlex.europa.eu/LexUriServ/site/es/oj/2004/l_229/l_22920040629es003500 48.pdf) • Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo http://www.boe.es/boe/dias/2007/02/28/pdfs/A08558-08566.pdf • Instrucciones DGI/SGRJ/03/2007 relativas al RD 240/2007 de 16 de febrero relativas a la entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo http://www.icam.es/docs/ficheros/200407280017_6_7.pdf 2. Folletos informativos • SECRETARÍA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN. DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN: Nacionales de la UE: Guía básica sobre la entrada, estancia y residencia de los ciudadanos comunitarios y sus familiares, conforme a lo establecido en el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero (http://extranjeros.mtas.es/es/general/Folletocomunitarios2007MODIFIC ADO.pdf). • SECRETARÍA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN. DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN: Ciudadanos Búlgaros y Rumanos: Guía para le entrada, estancia y residencia en España tras el ingreso de Bulgaria y Rumania en la UE el 1 de enero de 2007 (Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero) (http://extranjeros.mtas.es/es/general/RD240rumanosbulgarosMODIFICA DO.pdf). • Modelo de solicitud de Certificado de registro como residente comunitario o tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión (EX-16) (http://extranjeros.mtas.es/es/general/Ex16.pdf). * http://www3.unileon.es/ce/fde/archivos/docentes/aurelia_alvarez_rodriguez.htm Aurelia Álvarez Rodríguez 3. Delimitación del ámbito subjetivo del art. 2 RD 240/2007 • Régimen jurídico de los nacionales de terceros países que acrediten ser cónyuge o pareja registrada de un nacional de otro EU • Régimen jurídico de los nacionales de terceros países que acrediten ser descendientes menores de 21 años o mayores a cargo de un nacional de la UE o de su cónyuge o de su pareja registrada • Régimen jurídico de los nacionales de terceros países que acrediten ser ascendientes a cargo de un nacional de la UE o de su cónyuge o de su pareja registrada (STJCE 14 octubre 2004 y STJCE 9 enero 2007) • 4. Delimitación del ámbito subjetivo de la DA 19ª RD 2393/2004: otros familiares III. Los nacionales de terceros países familiares de un español: Examen de la DA 20ª RD 2393/2004 1. Proyección del art. 2 RD 240/2007 • Delimitación entre situaciones internas y situaciones comunitarias (STJCE 23 de septiembre de 2003) • Régimen jurídico de los nacionales de terceros países que acrediten ser cónyuge o pareja registrada de un español • Régimen jurídico de los nacionales de terceros países que acrediten ser descendientes menores de 21 años o mayores a cargo de un nacional de un español o de su cónyuge o de su pareja registrada • Régimen jurídico de los nacionales de terceros países que acrediten ser ascendientes a cargo de un nacional de la UE o de su cónyuge o de su pareja registrada documentados como familiares antes del 2 de abril de 2007 (STSP Vasco 12 de marzo de 2006; Juzgado de Alicante de 4 de abril de 2007) 2. Proyección de los arts. 38 a 44 RELOEx • Régimen jurídico de los nacionales de terceros países que acrediten ser ascendientes a cargo de un nacional de la UE o de su cónyuge o de su pareja registrada IV. Jurisprudencia STJCE 19 de enero de 1999 (http://extranjeros.mtas.es/es/normativa_jurisprudencia/Jurisprudencia/tribunalCE/STJ CE190199.pdf) STJCE de 25 de julio de 2002 (http://extranjeros.mtas.es/es/normativa_jurisprudencia/Jurisprudencia/tribunalCE/STJ CE_250702.pdf) STJCE 23 septiembre 2003 (http://www.icam.es/docs/ficheros/200405180003_6_0.pdf) STS País Vasco de 10 de marzo de 2006 (http://www.icam.es/docs/ficheros/200405180006_6_15.pdf) SJCA núm. 2 de Alicante de 4 de abril de 2007 (http://www.intermigra.info/extranjeria/archivos/jurisprudencia/SJCAMadreComunitari o.pdf). * http://www3.unileon.es/ce/fde/archivos/docentes/aurelia_alvarez_rodriguez.htm