Registro Municipal de Generadores

Transcripción

Registro Municipal de Generadores
Dirección Gral. de Gestión Integral de Residuos | Secretaría de Ambiente y Espacio Público
INSTRUCTIVO PARA INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE GENERADORES DE NEUMÁTICOS FUERA DE USO
En virtud de la Ordenanza Nº 9148/13 la cual establece que los generadores de NFU deben “ hacerse cargo de
aquellos neumáticos que surjan como consecuencia de la prestación de un servicio dentro del marco de sus
actividades y entregarlos a un gestor de NFU (neumáticos fuera de uso) o a los sitios de recepción que el DEM
(Departamento Ejecutivo Municipal) establezca para tal fin..” e inscribirse en Registro Municipal de Gestión
Integral de NFU (art. Nº 7); se detallan a continuación los pasos a seguir para la inscripción en el registro antes
mencionado.
Pasos a seguir:
1. Los establecimientos cuyas actividades generen neumáticos fuera de uso (NFU) deben inscribirse en el
Registro Municipal de Generadores de NFU para lo cual deben presentar ante la Dirección de Fiscalización
Ambiental la siguiente documentación, bajo carácter de documentación jurada:
a. Datos del titular, Fotocopia del DNI del Titular y Contrato de Sociedad (cuando correspondiera.)
b. Fotocopia certificada de la Habilitación de la empresa.
c. Descripción del almacenamiento donde se acopiaran los NFU hasta que un operador habilitado los retire.
d. Detalle estimado de la cantidad de NFU que generara trimestralmente.
2. Una vez presentada la documentación, antes mencionada, la Dirección de Fiscalización Ambiental visará y
analizará la misma e informará el Número de inscripción en el Registro Municipal de Generadores de NFU. La
Dirección de Fiscalización Ambiental podrá inscribir de oficio a los generadores de NFU, informándole al generador de NFU. Dicho número estará formado de la siguiente manera:
GNFU – XXXX
- GNFU: Generador de neumático fuera de uso.
- XXXX: indica el número que la Dirección de Fiscalización Ambiental le asigna a la empresa.
3. Una vez otorgado el número de registro a cada empresa el mismo se asentará en la base de datos correspondiente al Registro Municipal de NFU que llevará y mantendrá la Dirección de Fiscalización Ambiental.
Obligaciones del Generador de NFU:
1. Los generadores de NFU deberán mantener un registro actualizado, con los datos que se establecen en el
Anexo I. Trimestralmente se deberá presentar, ante la Dirección de Fiscalización Ambiental, una copia del Anexo
I, adjuntando las copias de los certificados de disposición final de NFU. Esta documentación deberá estar disponible en el establecimiento del generador cuando la autoridad de aplicación lo solicite.
2. Los generadores de NFU deberán tener en cuenta las siguientes condiciones mínimas para su almacenamiento:
a. Medidas de seguridad:
i. Disponer los NFU de forma segura para evitar daños a las personas o a la instalación y sus equipos por
caídas de estos.
ii. Adoptar medidas de prevención de riesgo de incendio correspondientes.
b. Medidas para prevenir la proliferación de vectores, en especial de transmisión de dengue, por lo que deberán estar almacenados bajo techo. En caso de no poder cumplir este requerimiento los Neumáticos deberán
estar apilados ordenadamente, unos sobre otros, formando una columna y la parte superior debe estar tapada
de manera de no permitir el ingreso de aguas ni de mosquitos.
Toda aquella documentación que sea necesaria será solicitada oportunamente.
+Info
Dirección de Fiscalización Ambiental
Ovidio Lagos 1641
[email protected]
Tel. 4802740 int. 374

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