dela Wnd~wnd~ QJ(0~ - Diario La Provincia

Transcripción

dela Wnd~wnd~ QJ(0~ - Diario La Provincia
CSJ 121/2009
(45-F)/CS1
ORIGINARIO
Fundación Ciudadanos
Independientes
e/ San Juan,
Provincia
de, Estado Nacional
y otros s/ acción
ambiental meramente
declarativa.
df9~
~Mtte
Q9tlúJ-
ck ~
ck la Q/VlWÚht
del P7JicmúMw#-W de la PlJeda~
Wnd~wnd~
QJ(0~
y Vistos;
septiembre
20 de
Buenos Aires,
Autos
Independientes
términos
del
la Nación
Nelson
y deduce
arto
contra
Saavedra
las empresas
322 del
Veladero
nima
del
y
Código
- Pascua
la empresa
minero
y hacer
las
inexistencia
como
Minas
la
todos
del
(MAGSA), Ba-
empresa
y el Estado
ellos
existen
la actividad
para
ubicados
glaciares
minera
o peligro
Anó-
la explotación
de
la
Minerals
explotación
Nacional.
certeza
explotar
acerca
de
los proyectos
en la zona cordillerana
que requieren
hasta
para
Minero
Sociedad
Intrepid
obtener
para
Mine-
de conce-
Proyecto
Argentina
concesionaria
autorizaciones
Felipe
(BEASA) y Exploraciones
tiene por objeto
de riesgo
Anónima
de concesionaria
CASPOSO;
afirma-
cesar
la
de
de Minería);
explotación
del proyecto
señalados,
de Estado
para
(1.M. C. S.A.)
de
Ingeniero
(EMASA) en su carácter
Gualcamayo;
Su demanda
el
en los
y Comercial
Anónima
Lama;
minero
-según
Juan;
S.A.
(MASA) en su carácter
mineros
de San
Ciudada-
declarativa
Civil
Argentina
afiliadas
la legalidad
Procesal
Golc! Sociedad
Sociedad
proyecto
meramente
Argentina
Corporation
donde
acción
la Fundación
(titular de la Secretaría
rrick Exploraciones
sionarias
se presenta
la Provincia
Minera
ras Argentina
el( :¿£)I(P
Consi-derando:
1°) Que a fs. 1/53
nos
de la
tanto
protección,
se determine
la salud
y la vida
la
de las
personas.
Alega
la explotación
que
minera
la Provincia
de San
Juan
habría
en los tres emprendimientos
-1-
autorizado
sin considerar
el
daño
agua
que
ha
ambiental
en estado
de los
otras
con
mediante
de Impacto
la explotación
póblica
referida
distintas
jurisdicciones
de un seguro
mentado
nal en el dictado
que la provincia
responsabiliza
San
los glaciares,
ubicados
les
trolen
para
de
proyectos
autorizara
se
aprobación
la exploración
del área afectada,
ni a los vecinos
que
póblica
ni a las
que no se les ha exigido
de insolventes-
la constitución
que la provincia
póblica
legislativa
de la Ley de Protección
la actividad
la citación
de
el
La
como
Pampa,
impacto
no ha regla-
25.831.
del Estado
de Glaciares
minera
Nacio-
permitió
en la zona, Y lo
terceros
Río
ambiental
Negro
de
la
de las provincias
y Buenos
Aires
actividad
minera
en el suelo y en el agua, alteran
agua
en
en territorio
de no innovar
con
tanto
a la información
estado
conocimiento
y analicen
líquido
que
por
en
el componente
circulan
por
Y
cauces
de dichas provincias.
Y, por óltimo,
telar
procedimiento
y, además,
Mendoza,
que
la cantidad
no
que
por tal motivo.
Luis,
considerar
Denuncia
que la omisión
Solicita
de
y naciones.
que no se ha dado participación
califica
la ley de acceso
de
dulce
involucradas,
-que
Entiende
cuerpos
y en el agua
a los vecinos
a tales
ambiental
los
el libre -acceso a la información
ambiental
empresas
en
en el aire
Ambiental
minera,
se ha permitido
a dichas
como
actividad
correspondiente
audiencia
tampoco
así
la
provincias
el
Informes
como para
produce
sólido,
aprovechan
cumplido
que
hasta
de
requiere
tanto
el dictado
el tribunal
la especialidad
los componentes
-2-
para
ambientales
de una medida
designe
cau-
profesiona-
que vigilen,
(en especial
conagua,
CSJ 121/2009
(45-F)/CS1
ORIGINARIO
Fundación Ciudadanos 'Independientes
e/ San Juan,
Provincia
de, Estado Nacional
y otros s/ acción
ambiental meramente
declarativa.
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ro~
~4de/
suelo)
ciones,
de la
Q/f~~
su evolución
alteraciones,
versibles
Q/Vaoúm
de la PlJ~;?n
oYnd~~
aire,
ck la
o detracción,
mutaciones
o no de aquéllos
e informen
y destrucciones
en las
zonas
las modifica-
directas,
irre-
de la actividad
minera
denunciada.
2°)
cual
Que
la actora
fs.
a
amplía
una
119/170
obra
y modifica
tramite
como
acción
términos
de la ley 25.675,
una
presentación
la demanda,
colectiva
de
y solicita
pide
daño
por
que la acción
ambiental
el dictado
la
en
los
de medidas
ur-
gentes.
Aclara
da limitado
el cese
debe
a obtener
Lama,
o
determine
realizar
salud
en
caso
y la vida
de
de no
la recomposición
presas
demandadas
Nacional;
seguro
responsabilidad
daños
continuidad,
c) el deber
dicha
dañado
de las empresas
daño
ambiental
de
Veladeroque
esta
se
ambiente,
la
zona geográfi-
a cargo
con la Provincia
a)
explotación
al medio
que habita
ambiente
por
su
que-
que disponga:
en las que dicha
solidariamente
el Estado
colectiva
en el emprendimiento
generar
del
de condena
decidirse
de la población
ca; b)
de
minera
las condiciones
a fin
de la pretensión
una sentencia
de la explotación
Pascua
Corte
que el alcance
de las em-
de San Juan y
de contratar
incidencia
un
co-
lectiva.
Desiste
dados;
y expresa
tra el Estado
raciones
(MAGSA),
de continuar
que la demanda
Nacional,
Argentina
queda
la Provincia
S.A.
Exploraciones
la acción
(BEASA),
Mineras
enderezada
ciertos
Minera
Argentina
S.A.
deman-
únicamente
de San Juan, Barrick
de Argentina
-3-
contra
Gold
(EMASA);
conExploS.A.
e in-
corpora
como
demandada
a
la
empresa
Barrick
Gold
Corporation
(BGC) .
A continuación
El primero
por
derrame
Veladero
de
el
de ellos
cianuro
13 de
desconocimiento
supuestos
decreto
Mínimos
zona de glaciares
teria
de
sostiene
que
Estado
al traslado
medidas
urgentes,
Funda
cional,
en
las
25.675,
25.688
de Glaciares
la actividad
con el dicde Pre-
26.639
minera
Y su
en la
y
geoformas
periglaciares
la Provincia
en may
de San Juan,
imposibilitados
sea efectuada
de
sin afectar
conre-
para el país.
solicita
de la demanda,
Nacional
se ven
minera
y esenciales
del Estado
tanto
Nacional,
A continuación,
de
periglaciar.
glaciares
la explotación
la Mina
social
de la Ley Nacional
el incumplimiento
de
en
por él.
se relaciona
la Preservación
que, ante esta omisión,
cursos estratégicos
poner
provocados
de la demanda,
ocurrida
y la situación
que prohibieron
inventario
el propio
trolar
2015
nuevos.
con la contaminación,
pesados,
denunciado
y ambiente
Denuncia
como
hecho
para
reglamentario
se vincula
de
de los efectos
luego del inicio
dos hechos
y metales
septiembre
El segundo
tado,
denuncia
que,
en forma previa
esta Corte proceda
a dis-
a dictar
las
que detalla.
la acción
leyes
en el arto
20.284,
Y 26.639,
23.919,
41 de la Constitución
24.295,
así como en diversos
internacionales.
-4-
24.375,
tratados
Na-
24.585,
y normas
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(45-F)/CS1
ORIGINARIO
Fundación Ciudadanos
Independientes
el
Provincia
de, Estado Nacional
y otros
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cPtñ~del PJ3~#wck
San Juan,
acción
si
ck la Maoúm
la PlJeckta~ ck la
rffncl~wndencia Q!f0dMud
3°) Que con posterioridad,
tencia
de un nuevo
lixiviación
de
septiembre
derrame
la mina
de 2016.
concretadas
de solución
Veladero,
En
función
anteriormente
en la causa,
cautelar
y
información
relativo
a los hechos
Corte
que
solicita
Que
los
hechos
el ejercicio
del
control
que
se
las medidas
de
la Constitución
recaer
en el momento
entender
y
otros
330:111);
"Salas,
Nacional"
(Fallos:
Ricardo
Marcelo
biental",
más
cl
sentencia
cl
Mendoza,
Dino
y otros
331: 2797);
San
Juan,
la Nación
buscar
los caminos
y evitar
tivo
y rector
decisiones
requerimiento
de
de
CSJ
y
de
"Lavado,
otro"
Die-
(Fallos:
de y Estado
(43-V) ICSl
y
para
en el artí-
Provincia
175/2007
las
que pueda
su competencia
prevista
de
sobre
la observancia
(conf. causas
Salta,
esta
sin menoscabar
sobre
Provincia
de
y, en ese marco,
la decisión
Provincia
cl
exigen
sI
otros
"Vargas,
daño
am-
del 24 de abril de 2012.
de los derechos,
fundamental
de
a sostener
allá
Nacional
Ello es así, pues
tomar
tiendan
que,
en el caso por vía de la instancia
Jorge
8 de
en el dictado
a la justicia
del Estado
en que se expida
culo 117 de' la Constitución
go
un
el
de
las peticiones
denUncian
conducentes
Nacional,
reitera
encomendado
la adopción
de estos últimos,
en el valle
ocurrido
insiste
la exis-
que denuncia.
de los otros poderes
atribuciones
habría
se disponga
las actividades
de
informa
cianurada
de ello,
una medida
4 0)
la actora
le corresponde
que permitan
que estos
al Poder
garantizar
en los procesos
que se someten
-5-
de
la eficacia
sean vulnerados,
a la hora de administrar
Judicial
como obje-
justicia
y de
a su conocimien-
too No debe verse
dicial
cuando
suplir
omisiones
en ello una intromisión
lo único
tar lesionados
que hace
en la medida
es tender
conducir
ordenará
Por ello,
se resuelve:
los
de
y alcance
medidas
Y BEASA
es-
custodio
que
13 de septiembre
"el
necesarias
el
en
la existencia
ordenar,
a
32,
ley
se decida,
1) si ha requerido
cianurada
i) las consecuencias
y metales
Veladero
los
de 2016;
11) Si
potencialmente
afec-
de los derrames
de dicha
a
a la existen-
en la mina
de los habitantes
referidos;
información,
111)
en espe-
que de tales hechos
-//-
-6-
de
se disponen.
relativa
solución
como ocurridos
el contenido
fin
de San Juan, que en el pla-
información
y alcance
cial si ha comunicado:
para
(art.
de 2015 y 8 de septiembre
en conocimiento
intervi-
proceso,
general"
al Tribunal:
de
en la Ley
juez
de lo que en definitiva
derrames
que se denuncian
como
que
que seguidamente
a la Provincia
los
indique
establece
interés
(20) días informe
cia
En su caso,
o
puedan
Y con fundamento
dañosos
sin perjuicio
MAGSA
tados,
hechos
las medidas
las demandadas
ha puesto
las
el
requerir
zo de veinte
días
todas
efectivamente
25.675),
pesados
en cuanto
disponer
o probar
proteger
derechos
el Tribunal
constitucionales,
del Ambiente,
podrá
derechos,
(Fallos: 328: 1146) .
es de las garantías
niente
del Poder Ju-
a tutelar
en que dichos
5°) Que de tal manera,
General
indebida
CSJ 121/2009
(45-F)/CS1
ORIGINARIO
Fundación Ciudadanos
Independientes
e/ San Juan,
Provincia
de, Estado Nacional
y otros s/ acción
ambiental meramente
declarativa.
~~ $~
QS2tiW
ck ~ckla
del Pl3ÚXYn~#W efela PlJeebnwwn de la
oYnd~~
-//- podrían
los
Q/VaoWn
eventualmente
habitantes
comunidad
eventuales
Q/10,oÜmd
de
debería
la
zona;
adoptar
problemas
derivarse
e ii)
para
de salud
para
las medidas
prevenir
que
la salud
los
de ellos
San Juan,
y la vida
concretas
riesgos
oficio.
Para
o
,
ElENA~HTÓN de NOLASCO
. ,;.~:
En!
HORACIO ROSAlTI
-7-
su
Notifí-
cédula.
JUAN CARLOS MAQUEDA
la
o combatir
se deriven.
librese
que
de
Parte actora: Fundación Ciudadanos
denta, Silvia Beatriz Villalonga,
Eduardo Oteiza y Francisco Verbic.
Independientes, representada
con el patrocinio
letrado
por su preside los Ores.
Juan, Barrick Exploraciones
Parte demandada: Estado Nacional, Provincia de San
(MAGSA), Exploraciones MiArgentina S.A. (BEASA), Minera Argentina Gold S.A.
Gold Corporation
(BGC) (no
neras de Argentina S.A. (EMASA); Empresa Barrick
presentadas) .
-8-

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