dela Wnd~wnd~ QJ(0~ - Diario La Provincia
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dela Wnd~wnd~ QJ(0~ - Diario La Provincia
CSJ 121/2009 (45-F)/CS1 ORIGINARIO Fundación Ciudadanos Independientes e/ San Juan, Provincia de, Estado Nacional y otros s/ acción ambiental meramente declarativa. df9~ ~Mtte Q9tlúJ- ck ~ ck la Q/VlWÚht del P7JicmúMw#-W de la PlJeda~ Wnd~wnd~ QJ(0~ y Vistos; septiembre 20 de Buenos Aires, Autos Independientes términos del la Nación Nelson y deduce arto contra Saavedra las empresas 322 del Veladero nima del y Código - Pascua la empresa minero y hacer las inexistencia como Minas la todos del (MAGSA), Ba- empresa y el Estado ellos existen la actividad para ubicados glaciares minera o peligro Anó- la explotación de la Minerals explotación Nacional. certeza explotar acerca de los proyectos en la zona cordillerana que requieren hasta para Minero Sociedad Intrepid obtener para Mine- de conce- Proyecto Argentina concesionaria autorizaciones Felipe (BEASA) y Exploraciones tiene por objeto de riesgo Anónima de concesionaria CASPOSO; afirma- cesar la de de Minería); explotación del proyecto señalados, de Estado para (1.M. C. S.A.) de Ingeniero (EMASA) en su carácter Gualcamayo; Su demanda el en los y Comercial Anónima Lama; minero -según Juan; S.A. (MASA) en su carácter mineros de San Ciudada- declarativa Civil Argentina afiliadas la legalidad Procesal Golc! Sociedad Sociedad proyecto meramente Argentina Corporation donde acción la Fundación (titular de la Secretaría rrick Exploraciones sionarias se presenta la Provincia Minera ras Argentina el( :¿£)I(P Consi-derando: 1°) Que a fs. 1/53 nos de la tanto protección, se determine la salud y la vida la de las personas. Alega la explotación que minera la Provincia de San Juan habría en los tres emprendimientos -1- autorizado sin considerar el daño agua que ha ambiental en estado de los otras con mediante de Impacto la explotación póblica referida distintas jurisdicciones de un seguro mentado nal en el dictado que la provincia responsabiliza San los glaciares, ubicados les trolen para de proyectos autorizara se aprobación la exploración del área afectada, ni a los vecinos que póblica ni a las que no se les ha exigido de insolventes- la constitución que la provincia póblica legislativa de la Ley de Protección la actividad la citación de el La como Pampa, impacto no ha regla- 25.831. del Estado de Glaciares minera Nacio- permitió en la zona, Y lo terceros Río ambiental Negro de la de las provincias y Buenos Aires actividad minera en el suelo y en el agua, alteran agua en en territorio de no innovar con tanto a la información estado conocimiento y analicen líquido que por en el componente circulan por Y cauces de dichas provincias. Y, por óltimo, telar procedimiento y, además, Mendoza, que la cantidad no que por tal motivo. Luis, considerar Denuncia que la omisión Solicita de y naciones. que no se ha dado participación califica la ley de acceso de dulce involucradas, -que Entiende cuerpos y en el agua a los vecinos a tales ambiental los el libre -acceso a la información ambiental empresas en en el aire Ambiental minera, se ha permitido a dichas como actividad correspondiente audiencia tampoco así la provincias el Informes como para produce sólido, aprovechan cumplido que hasta de requiere tanto el dictado el tribunal la especialidad los componentes -2- para ambientales de una medida designe cau- profesiona- que vigilen, (en especial conagua, CSJ 121/2009 (45-F)/CS1 ORIGINARIO Fundación Ciudadanos 'Independientes e/ San Juan, Provincia de, Estado Nacional y otros s/ acción ambiental meramente declarativa. ck ~ ~rYde QSV~ ro~ ~4de/ suelo) ciones, de la Q/f~~ su evolución alteraciones, versibles Q/Vaoúm de la PlJ~;?n oYnd~~ aire, ck la o detracción, mutaciones o no de aquéllos e informen y destrucciones en las zonas las modifica- directas, irre- de la actividad minera denunciada. 2°) cual Que la actora fs. a amplía una 119/170 obra y modifica tramite como acción términos de la ley 25.675, una presentación la demanda, colectiva de y solicita pide daño por que la acción ambiental el dictado la en los de medidas ur- gentes. Aclara da limitado el cese debe a obtener Lama, o determine realizar salud en caso y la vida de de no la recomposición presas demandadas Nacional; seguro responsabilidad daños continuidad, c) el deber dicha dañado de las empresas daño ambiental de Veladeroque esta se ambiente, la zona geográfi- a cargo con la Provincia a) explotación al medio que habita ambiente por su que- que disponga: en las que dicha solidariamente el Estado colectiva en el emprendimiento generar del de condena decidirse de la población ca; b) de minera las condiciones a fin de la pretensión una sentencia de la explotación Pascua Corte que el alcance de las em- de San Juan y de contratar incidencia un co- lectiva. Desiste dados; y expresa tra el Estado raciones (MAGSA), de continuar que la demanda Nacional, Argentina queda la Provincia S.A. Exploraciones la acción (BEASA), Mineras enderezada ciertos Minera Argentina S.A. deman- únicamente de San Juan, Barrick de Argentina -3- contra Gold (EMASA); conExploS.A. e in- corpora como demandada a la empresa Barrick Gold Corporation (BGC) . A continuación El primero por derrame Veladero de el de ellos cianuro 13 de desconocimiento supuestos decreto Mínimos zona de glaciares teria de sostiene que Estado al traslado medidas urgentes, Funda cional, en las 25.675, 25.688 de Glaciares la actividad con el dicde Pre- 26.639 minera Y su en la y geoformas periglaciares la Provincia en may de San Juan, imposibilitados sea efectuada de sin afectar conre- para el país. solicita de la demanda, Nacional se ven minera y esenciales del Estado tanto Nacional, A continuación, de periglaciar. glaciares la explotación la Mina social de la Ley Nacional el incumplimiento de en por él. se relaciona la Preservación que, ante esta omisión, cursos estratégicos poner provocados de la demanda, ocurrida y la situación que prohibieron inventario el propio trolar 2015 nuevos. con la contaminación, pesados, denunciado y ambiente Denuncia como hecho para reglamentario se vincula de de los efectos luego del inicio dos hechos y metales septiembre El segundo tado, denuncia que, en forma previa esta Corte proceda a dis- a dictar las que detalla. la acción leyes en el arto 20.284, Y 26.639, 23.919, 41 de la Constitución 24.295, así como en diversos internacionales. -4- 24.375, tratados Na- 24.585, y normas CSJ 121/2009 (45-F)/CS1 ORIGINARIO Fundación Ciudadanos Independientes el Provincia de, Estado Nacional y otros ambiental meramente declarativa. ~o-ne~~ ck ~ cPtñ~del PJ3~#wck San Juan, acción si ck la Maoúm la PlJeckta~ ck la rffncl~wndencia Q!f0dMud 3°) Que con posterioridad, tencia de un nuevo lixiviación de septiembre derrame la mina de 2016. concretadas de solución Veladero, En función anteriormente en la causa, cautelar y información relativo a los hechos Corte que solicita Que los hechos el ejercicio del control que se las medidas de la Constitución recaer en el momento entender y otros 330:111); "Salas, Nacional" (Fallos: Ricardo Marcelo biental", más cl sentencia cl Mendoza, Dino y otros 331: 2797); San Juan, la Nación buscar los caminos y evitar tivo y rector decisiones requerimiento de de CSJ y de "Lavado, otro" Die- (Fallos: de y Estado (43-V) ICSl y para en el artí- Provincia 175/2007 las que pueda su competencia prevista de sobre la observancia (conf. causas Salta, esta sin menoscabar sobre Provincia de y, en ese marco, la decisión Provincia cl exigen sI otros "Vargas, daño am- del 24 de abril de 2012. de los derechos, fundamental de a sostener allá Nacional Ello es así, pues tomar tiendan que, en el caso por vía de la instancia Jorge 8 de en el dictado a la justicia del Estado en que se expida culo 117 de' la Constitución go un el de las peticiones denUncian conducentes Nacional, reitera encomendado la adopción de estos últimos, en el valle ocurrido insiste la exis- que denuncia. de los otros poderes atribuciones habría se disponga las actividades de informa cianurada de ello, una medida 4 0) la actora le corresponde que permitan que estos al Poder garantizar en los procesos que se someten -5- de la eficacia sean vulnerados, a la hora de administrar Judicial como obje- justicia y de a su conocimien- too No debe verse dicial cuando suplir omisiones en ello una intromisión lo único tar lesionados que hace en la medida es tender conducir ordenará Por ello, se resuelve: los de y alcance medidas Y BEASA es- custodio que 13 de septiembre "el necesarias el en la existencia ordenar, a 32, ley se decida, 1) si ha requerido cianurada i) las consecuencias y metales Veladero los de 2016; 11) Si potencialmente afec- de los derrames de dicha a a la existen- en la mina de los habitantes referidos; información, 111) en espe- que de tales hechos -//- -6- de se disponen. relativa solución como ocurridos el contenido fin de San Juan, que en el pla- información y alcance cial si ha comunicado: para (art. de 2015 y 8 de septiembre en conocimiento intervi- proceso, general" al Tribunal: de en la Ley juez de lo que en definitiva derrames que se denuncian como que que seguidamente a la Provincia los indique establece interés (20) días informe cia En su caso, o puedan Y con fundamento dañosos sin perjuicio MAGSA tados, hechos las medidas las demandadas ha puesto las el requerir zo de veinte días todas efectivamente 25.675), pesados en cuanto disponer o probar proteger derechos el Tribunal constitucionales, del Ambiente, podrá derechos, (Fallos: 328: 1146) . es de las garantías niente del Poder Ju- a tutelar en que dichos 5°) Que de tal manera, General indebida CSJ 121/2009 (45-F)/CS1 ORIGINARIO Fundación Ciudadanos Independientes e/ San Juan, Provincia de, Estado Nacional y otros s/ acción ambiental meramente declarativa. ~~ $~ QS2tiW ck ~ckla del Pl3ÚXYn~#W efela PlJeebnwwn de la oYnd~~ -//- podrían los Q/VaoWn eventualmente habitantes comunidad eventuales Q/10,oÜmd de debería la zona; adoptar problemas derivarse e ii) para de salud para las medidas prevenir que la salud los de ellos San Juan, y la vida concretas riesgos oficio. Para o , ElENA~HTÓN de NOLASCO . ,;.~: En! HORACIO ROSAlTI -7- su Notifí- cédula. JUAN CARLOS MAQUEDA la o combatir se deriven. librese que de Parte actora: Fundación Ciudadanos denta, Silvia Beatriz Villalonga, Eduardo Oteiza y Francisco Verbic. Independientes, representada con el patrocinio letrado por su preside los Ores. Juan, Barrick Exploraciones Parte demandada: Estado Nacional, Provincia de San (MAGSA), Exploraciones MiArgentina S.A. (BEASA), Minera Argentina Gold S.A. Gold Corporation (BGC) (no neras de Argentina S.A. (EMASA); Empresa Barrick presentadas) . -8-