departamento comunicación - Federación Riojana de Baloncesto
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DEPARTAMENTO COMUNICACIÓN RESUMEN ACUERDOS DISCIPLINARIOS COMITÉ COMPETICIÓN F.R.B. Reunión de fecha: 25 de noviembre de 2008 Fallo nº 30 Senior Masculino 23.11.2008 Skoda Hijos JMS La Laboral – Gracurris C.B. Alfaro Sancionar al jugador del equipo Skoda Hijos JMS La Laboral con una (1) jornada de suspensión y multa al club (C.D. Leza) por infracción leve del artículo 38 d) del Reglamento Disciplinario de la Federación Riojana de Baloncesto, por ser sancionado con dos faltas antideportivas por su conducta personal antideportiva. Le recordamos lo que indica el Art. 19 del Reglamento Disciplinario de la F.R.B. ("Art. 19.- Las sanciones de suspensión o inhabilitación incapacitan, no solo en la condición por la que fueron impuestas, sino también para el desarrollo de cualquier otra actividad de carácter deportivo relacionada con el Baloncesto."). También les recordamos lo indicado en el Art. 21 de Normas Especificas para las competiciones organizadas por la F.R.B., Temporada 2008-2009, sobre la posibilidad de conmutar las sanciones económicas (reinserción deportiva). Fallo nº 31 Senior Femenino 23.11.2008 La Cueva de Doña Isabela – Universidad de La Rioja Sancionar al equipo La Cueva de Doña Isabela (C.B. Hermosilla) con apercibimiento de clausura del terreno de juego y multa al club (C.B. Hermosilla), por infracción leve del artículo 45 c) del Reglamento Disciplinario de la Federación Riojana de Baloncesto, por incumplimiento de las condiciones establecidas para la celebración de los encuentros, al no presentarse el colaborador arbitral. Le recordamos lo que indica el Art. 19 del Reglamento Disciplinario de la F.R.B. ("Art. 19.- Las sanciones de suspensión o inhabilitación incapacitan, no solo en la condición por la que fueron impuestas, sino también para el desarrollo de cualquier otra actividad de carácter deportivo relacionada con el Baloncesto."). También les recordamos lo indicado en el Art. 21 de Normas Especificas para las competiciones organizadas por la F.R.B., Temporada 2008-2009, sobre la posibilidad de conmutar las sanciones económicas (reinserción deportiva). Fallo nº 32 Junior Masculino 23.11.2008 C.B. Calahorra – Vending Lardero Sancionar al equipo C.B. Calahorra (C.B. Calahorra) con apercibimiento de clausura del terreno de juego y multa al club (C.B. Calahorra), por infracción leve del artículo 45 c) del Reglamento Disciplinario de la Federación Riojana de Baloncesto, por incumplimiento de las condiciones establecidas para la celebración de los encuentros, al no presentarse el entrenador (reincidente). Le recordamos lo que indica el Art. 19 del Reglamento Disciplinario de la F.R.B. ("Art. 19.- Las sanciones de suspensión o inhabilitación incapacitan, no solo en la condición por la que fueron impuestas, sino también para el desarrollo de cualquier otra actividad de carácter deportivo relacionada con el Baloncesto."). También les recordamos lo indicado en el Art. 21 de Normas Especificas para las competiciones organizadas por la F.R.B., Temporada 2008-2009, sobre la posibilidad de conmutar las sanciones económicas (reinserción deportiva). Fallo nº 33 Junior Masculino 23.11.2008 C.R. Villamediana de Iregua – Logroñés Coolplay Santa María Sancionar al equipo C.R. Villamediana de Iregua (C.R. Villamediana de Iregua) con apercibimiento de clausura del terreno de juego y multa al club (C.R. Villamediana de Iregua), por infracción leve del artículo 45 c) del Reglamento Disciplinario de la Federación Riojana de Baloncesto, por incumplimiento de las condiciones establecidas para la celebración de los encuentros, al no presentarse el delegado de campo. Le recordamos lo que indica el Art. 19 del Reglamento Disciplinario de la F.R.B. ("Art. 19.- Las sanciones de suspensión o inhabilitación incapacitan, no solo en la condición por la que fueron impuestas, sino también para el desarrollo de cualquier otra actividad de carácter deportivo relacionada con el Baloncesto."). También les recordamos lo indicado en el Art. 21 de Normas Especificas para las competiciones organizadas por la F.R.B., Temporada 2008-2009, sobre la posibilidad de conmutar las sanciones económicas (reinserción deportiva). Edificio federaciones – Palacio de los deportes C/ Moncalvillo 2, 2ª Planta – Oficinas 11 y 12 26007 Logroño Tlfno. 941.200006 – Fax. 941.200011 e-mail: [email protected] Página web: www.frbaloncesto.com DEPARTAMENTO COMUNICACIÓN Fallo nº 34 Senior Masculino 23.11.2008 C.B. Catonia – Talleres Lar Sancionar al jugador del equipo C.B. Catonia con una (1) jornada de suspensión y multa al club (C.B. Catonia) por infracción leve del artículo 38 d) del Reglamento Disciplinario de la Federación Riojana de Baloncesto, por ser descalificado en el partido al empujar a un jugador del equipo rival. Le recordamos lo que indica el Art. 19 del Reglamento Disciplinario de la F.R.B. ("Art. 19.- Las sanciones de suspensión o inhabilitación incapacitan, no solo en la condición por la que fueron impuestas, sino también para el desarrollo de cualquier otra actividad de carácter deportivo relacionada con el Baloncesto."). También les recordamos lo indicado en el Art. 21 de Normas Especificas para las competiciones organizadas por la F.R.B., Temporada 2008-2009, sobre la posibilidad de conmutar las sanciones económicas (reinserción deportiva). Fallo nº 35 Senior Masculino 23.11.2008 Clavijo – Frutas Ezquerro Calahorra Basket’98 Sancionar al equipo C.B. Clavijo (C.B. Clavijo) con apercibimiento de clausura del terreno de juego y multa al club (C.B. Clavijo), por infracción leve del artículo 44.2 a) del Reglamento Disciplinario de la Federación Riojana de Baloncesto, por los incidentes del público (invasión del terreno de juego), peligrando la integridad física de los asistentes. Le recordamos lo que indica el Art. 19 del Reglamento Disciplinario de la F.R.B. ("Art. 19.- Las sanciones de suspensión o inhabilitación incapacitan, no solo en la condición por la que fueron impuestas, sino también para el desarrollo de cualquier otra actividad de carácter deportivo relacionada con el Baloncesto."). También les recordamos lo indicado en el Art. 21 de Normas Especificas para las competiciones organizadas por la F.R.B., Temporada 2008-2009, sobre la posibilidad de conmutar las sanciones económicas (reinserción deportiva). Edificio federaciones – Palacio de los deportes C/ Moncalvillo 2, 2ª Planta – Oficinas 11 y 12 26007 Logroño Tlfno. 941.200006 – Fax. 941.200011 e-mail: [email protected] Página web: www.frbaloncesto.com