plan general de ordenación urbana cheste

Transcripción

plan general de ordenación urbana cheste
PLAN GENERAL DE CHESTE
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA
CHESTE (VALENCIA)
– DOCUMENTACIÓN PARA LA TRAMITACIÓN DEL
CONCIERTO PREVIO –
AYUNTAMIENTO DE CHESTE
– MEMORIA INFORMATIVA –
EQUIPO TÉCNICO REDACTOR:
- U.T.E.
E.A. Estudio de Arquitectura, S.L.
AMBARTEC Gestión y Proyectos, S.L.U.
Documentación de carácter PROVISIONAL para la tramitación del Concierto Previo
DOCUMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DEL CONCIERTO PREVIO
PLAN GENERAL DE CHESTE
ÍNDICE GENERAL
0. – INTRODUCCIÓN
A. – Conceptos generales ............................................................................... 3
B. – Información general .................................................................................. 5
TÍTULO A. – MEMORIA INFORMATIVA ................................................................................. 6
1.- PLANEAMIENTO VIGENTE Y GRADO DE DESARROLLO
1.A. – Antecedentes ......................................................................................... 7
1.B. – Grado de desarrollo ............................................................................... 8
1.B.1. – Planes y Programas ............................................................... 8
1.B.2. – Estudios de Detalle ................................................................ 9
1.B.3. – Grado de consolidación .................................................... 10
1.B.4. – Nº de viviendas y población ............................................. 13
1.B.5. – Distribución de la población en casco urbano ............. 16
2.- RIESGOS POTENCIALES OBSERVADOS EN EL TERRITORIO
2.A. – Referente a la Cartografía Temática de la C.O.P.U.T. .................. 18
2.B. – Riesgos naturales ................................................................................... 18
3.- INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES Y EN PROYECTO. AFECCIONES SECTORIALES
3.A. – Referente a la planificación de las Administraciones Públicas ... 20
3.B. – Análisis de las afecciones impuestas por la legislación sectorial en
el ámbito territorial .......................................................................................... 26
3.B.1. – Red viaria .............................................................................. 26
3.B.2. – Vías Pecuarias ...................................................................... 28
3.B.3. – Red de ferrocarril ................................................................. 28
3.B.4. – Cauces .................................................................................. 29
3.B.5. – Redes eléctricas................................................................... 30
3.B.6. – Red de abastecimiento de agua potable ..................... 32
3.B.7. – Patrimonio cultural............................................................... 32
3.B.8. – Patrimonio natural ............................................................... 33
4.- CUADROS RESUMEN DE SUPERFICIES DEL DOCUMENTO VIGENTE.........................
5.- PLANOS DE INFORMACIÓN..........................................................................................
I-1. – Planeamiento vigente (4) .....................................................................
I-2. – Grado de desarrollo del planeamiento vigente (4) ........................
I-3. – Infraestructuras (4)..................................................................................
I-4. – Afecciones ambientales .......................................................................
I-5. – Categorías ambientales .......................................................................
MEMORIA INFORMATIVA
34
34
20
26
20
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Documentación de carácter PROVISIONAL para la tramitación del Concierto Previo
DOCUMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DEL CONCIERTO PREVIO
PLAN GENERAL DE CHESTE
0. – INTRODUCCIÓN
A. – Conceptos generales
1.
Concierto Previo es el Documento que tiene por objeto garantizar la
adecuación del modelo territorial municipal, definido en el momento de la
redacción del Plan, con su contexto supramunicipal, con los Planes de
Acción Territorial aplicables y con la política urbanística de la Generalitat
Valenciana.
2.
El presente documento se tramita conforme a lo dispuesto en el artículo
83.1 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana,
referente a la "Tramitación de Planes Generales ", y que textualmente
dispone:
"1. Durante la redacción técnica del Plan General, el Ayuntamiento
formulará consultas y formalizará acuerdos con otras Administraciones
o entidades representativas de los colectivos ciudadanos
particularmente afectados, reflejando su resultado en el expediente.
Son preceptivas las negociaciones y consultas con los Municipios
colindantes y con las Administraciones cuyas competencias y bienes
resulten afectados. En especial, será preceptivo el concierto con la
conselleria competente en urbanismo para definir el modelo territorial
municipal acorde con su contexto supramunicipal y con los Planes de
Acción Territorial aplicables. El documento para el concierto se
conformará con una memoria justificativa y una documentación
gráfica que recogen todas las determinaciones correspondientes a la
ordenación estructural que establece el artículo 36 de esta ley,
teniéndose que exponer al público por un plazo mínimo de un mes”.
3.
El Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística de la
Comunidad Valenciana detalla en el artículo 215 la documentación
requerida para la tramitación del concierto previo:
"1. El documento que se presente a los efectos de formalizar el trámite
de concierto previo en la Conselleria competente en materia de
territorio, deberá incorporar el siguiente contenido en el grado más
adecuado a las características del municipio:
A. Memoria Informativa que de forma clara y esquemática refiera:
a) Planeamiento vigente y su grado de desarrollo.
b) Riesgos potenciales observados en el territorio.
c) Las infraestructuras principales existentes y en proyecto
d) Cuadro resumen de superficies del documento vigente.
B. Plano de Información, que refleje la clasificación y calificación
de suelo en el planeamiento vigente, distinguiendo los ámbitos
de desarrollo ejecutados y su grado de ejecución, de los no
ejecutados.
MEMORIA INFORMATIVA
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Documentación de carácter PROVISIONAL para la tramitación del Concierto Previo
DOCUMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DEL CONCIERTO PREVIO
PLAN GENERAL DE CHESTE
C. Memoria Justificativa, que de forma clara y esquemática
explique y legitime:
a) El Modelo territorial propuesto y la estrategia de desarrollo, su
adecuación a los Planes de Acción Territorial, al planeamiento
de los municipios colindantes y a los principios rectores de la
Ley de Ordenación del Territorio
b) Tablas que expresen las dimensiones de la evolución urbana
previsible y las superficies incluidas en cada clase de suelo.
c) Delimitación de la red primaria y estructura, indicando sus
superficies y características.
d) Directrices definitorias de la estrategia de evolución urbana y
ocupación del territorio
D. Plano de Ordenación, a escala 1:10.000, y en su caso a 1:5.000,
con la Ordenación Estructural propuesta, compuesta de:
a) Clasificación y calificación del suelo, justificando su
adecuación al planeamiento de los municipios colindantes.
b) Red Primaria o Estructural.
2. La documentación indicada en el número anterior deberá adecuarse
al objeto concreto del concierto previo y no contendrá más
información que la necesaria para ello."
4.
Es por lo que, siguiendo una estructura análoga a la expresada, se
desarrolla a continuación la documentación establecida.
MEMORIA INFORMATIVA
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B. – Información general
El municipio de Cheste está situado en la comarca de La Hoya de Buñol,
provincia de Valencia (Comunidad Valenciana) y se estructura en una única
unidad administrativa.
Encuadre geográfico: Si se envolviera la superficie del término municipal con un
rectángulo imaginario los vértices del encuadre se situarían en las coordenadas
UTM siguientes:
Cheste
Vértice NW
Vértice SE
X
0689415,0625
0707674,2500
Y
4381093,5000
4371851,0000
Límites del término:
NORTE: con los términos municipales de Vilamarxant, Pedralba y Bugarra.
SUR: con el término municipal de Chiva.
ESTE: con los términos municipales de Riba-roja de Túria y Loriguilla.
OESTE: con los términos municipales de Chiva y Gestalgar.
Altitud media: El casco urbano de Cheste se encuentra a 218 m sobre el nivel del
mar. Existen diferencias topográficas y morfológicas notables entre los distintos
puntos del término municipal
Distancia a la capital: Situado a 28,4 Km. de Valencia, dista además 14,2 Km. de
Buñol, 4,8 Km. de Chiva y 17,4 Km. de Llíria.
Superficie: Dispone de una superficie actual según medición reflejada sobre
alzamiento topográfico a escala 1: 2.000 de 72.276.949 m².
Los valores de mayor interés del municipio en relación con los de la comarca, la
provincia y la comunidad autónoma en los que se sitúa son los siguientes,
habiéndose obtenido de las publicaciones del I.N.E.:
Referencias
Municipio
%
Superficie
72,27 Km²
8,85
Población
7.730 Hab.
20,26
Viviendas
4.638 Viv.
16,88
(2)
(2)
(1)
Comarca
816,27
Km²
34.554
Hab.
25.698 Viv.
%
0,67
0,31
0,35
Provincia
10.804,10
Km²
2.216.285
Hab.
1.218.327
Viv.
%
Comunidad
Autónoma
0,31
23.253,30 Km²
0,16
4.162.776 Hab.
0,17
2.548.611 Viv.
(1) – Valor deducido de los ajustes de los deslindes intermunicipales a escala 1: 2.000
(2) – Datos referidos al Censo del año 2.005
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TÍTULO A. – MEMORIA INFORMATIVA
MEMORIA INFORMATIVA
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PLAN GENERAL DE CHESTE
1. – PLANEAMIENTO VIGENTE Y GRADO DE DESARROLLO
1.A. – Antecedentes
Los antecedentes que en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo
caracterizan al término municipal de Cheste están constituidos por los siguientes
documentos:
El planeamiento general vigente en el municipio de Cheste es:
- Homologación Global modificativa del Plan General de 1.986, con aprobación
definitiva por parte de la Comisión Territorial de Urbanismo de Valencia en fecha
6 de octubre de 2.000 y posterior publicación en el D.O.G.V. nº 4.031 en fecha 28
de junio de 2.001.
Tras la aprobación definitiva de la Homologación del PGOU de Cheste, se han
tramitado diversas figuras de planeamiento de desarrollo del plan general
vigente, así como diversas alternativas para el desarrollo de nuevos sectores de
suelo urbanizable, tanto residenciales, industriales como terciarios. Éstos son:
- Plan Parcial sectores 3, 4 y 5 (aprobado por ayuntamiento el 8 de noviembre de
2001 y publicado en el BOP el 12 de enero de 2002). En obras de urbanización.
- Plan Parcial de mejora Sector residencial R-IV La Imes (aprobado por la CTU el
16 de abril de 2003 y publicado en el DOGV el 31 de octubre de 2003). Posterior
redacción de un Plan Parcial de mejora. Actualmente en obras de urbanización.
- Plan Parcial UE nº 12, ampliación del polígono industrial Castilla (aprobado por
ayuntamiento el 2 de abril de 2004 y publicado en el BOP el 12 de agosto de
2004). En obras de urbanización.
- Plan Parcial Sector residencial R-VI La Imes II (en tramitación).
- Plan Parcial sector residencial Safareig (en tramitación).
- Plan parcial sector residencial La Loma (en tramitación).
- Plan Parcial de mejora Parque Empresarial del circuito de Cheste (en
tramitación).
- Plan Parcial de mejora sector industrial La Ceja (en tramitación).
- Se han redactado los correspondientes PRI para el desarrollo de las UE-6, UE-11,
UE-9 y UE-7, en suelo urbano.
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1.B. – Grado de desarrollo
La Homologación Global del Plan General de Ordenación Urbana de Cheste,
aprobada definitivamente por la Comisión Territorial de Urbanismo el día 6 de
octubre de 2000 (publicada en el DOGV nº 4.031, de 28 de junio de 2001),
establece las siguientes categorías de suelo urbano y urbanizable:
CLASIFICACIÓN DEL
SUELO
Suelo Urbano
Suelo Urbano
Suelo Urbano
Suelo Urbano
Suelo Urbano
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
CLAVE
R-1
R-2
R-2
I-1
I-2
R-3
R-4
R-5
R-6
I-3
I-4
NOMBRE
Casco Urbano
Urb. Visos
Urb. Cuevas del Agua Perdida
Industrial de casco urbano
Polígono Industrial Castilla
Sectores 3, 4, 5
La Imes
Urbanizaciones
UE-13. Urb. Cañada Fría
UE-14. Urb. Cabeza Redondo
UE-15. Urb. Cañada Larga
UE-16. Urb. Altamar
Sector 2. Ampliación Imes
Ampliación Polígono Castilla. UE-12
Sector 1. Pino Blay
Totales
USO
Residencial
Residencial
Residencial
Industrial
Industrial
Residencial
Residencial
Residencial
Residencial
Industrial
Industrial
SUPERFICIE
HOM PGOU-2000 (m²)
685.300,00
365.700,00
136.700,00
748.500,00
113.200,00
112.900,00
162.992,00
193.279,00
127.159,00
73.407,00
110.000,00
180.700,00
186.700,00
3.196.537,00
Con posterioridad a la aprobación definitiva de la Homologación Global del
PGOU, se han presentado en el Ayuntamiento de Cheste, interesando su
aprobación definitiva por la Comisión Territorial de Urbanismo, las siguientes
actuaciones urbanísticas:
CLASIFICACIÓN DEL
SUELO
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
CLAVE
NOMBRE
Zafareig
La Loma
Parque Empresarial Circuito
Polígono industrial La Ceja
Totales
USO
Residencial
Residencial
Terciario
Industrial
SUPERFICIE
(m²)
113.026,06
1.236.445,00
781.972,17
1.461.185,00
3.592.628,23
1.B.1. – Planes y Programas
De todas las Unidades de Ejecución en suelo urbano y sectores de suelo
urbanizable delimitados por el planeamiento vigente, casi todos ellos cuentan
con programas de actuación integrada y planes parciales, con algún tipo de
aprobación, incluso algunos sectores se encuentran en fase de urbanización y
algunas unidades de ejecución ya cuentan con la urbanización acabada y
algunas edificaciones construidas. No obstante, las restantes cuentan con
programa de actuación integrada iniciado, aprobado provisionalmente, y
pendientes de aprobación definitiva.
MEMORIA INFORMATIVA
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Esta destacada actividad urbanística y de gestión de suelo que se está
desarrollando en el municipio se aprecia también en el hecho de que se hayan
presentado cuatro nuevas propuestas urbanísticas desde que se aprobó
definitivamente la Homologación del PGOU, hace escasamente cinco años.
A continuación, se expone una tabla en la que, a modo de resumen, se indica el
grado de desarrollo de cada uno de los sectores y unidades de ejecución
clasificados por el planeamiento vigente, así como de aquellos presentados con
posterioridad.
ÁREA
Suelo Urbano
CLAVE
R-1
NOMBRE
USO
Casco Urbano
UE-6
UE-7
UE-9
Residencial
Suelo Urbano
R-2
Urb. Visos
Residencial
Suelo Urbano
Suelo Urbano
R-2
I-1
Residencial
Industrial
Suelo Urbano
Suelo Urbanizable
I-2
R-3
Urb. Agua Perdida
Industrial de casco urbano
UE-11
Polígono Castilla
Sectores 3, 4, 5
Suelo Urbanizable
R-4
Suelo Urbanizable
R-5
Suelo Urbanizable
R-6
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
I-3
I-4
GRADO DE
DESARROLLO
CONSOLIDADO
EN OBRAS
URBANIZADA
URBANIZADA
Industrial
Residencial
CONSOLIDADO
PAI EN TRAMITACIÓN
CONSOLIDADO
EN OBRAS
La Imes
Residencial
PAI EN TRAMITACIÓN
Urbanizaciones
UE-13. Urb. Cañada Fría
UE-14. Urb. Cabeza Redondo
UE-15. Urb. Cañada Larga
UE-16. Urb. Altamar
Residencial
Sector 2. Ampliación Imes
Residencial
Nº
DOGV
FECHA
PUBLICACIÓN
PROYECTOS SOMETIDOS
A INFORMACIÓN PÚBLICA
4.658 3 de marzo de 2005
Proyecto de reparcelación
4.793 8 de julio de 2004
Est. de Detalle, Proy. de Urbanización y
justificación de no cédula
5.006 16 de mayo de 2005
Proyecto de reparcelación
4.938 3 de febrero de 2005 Modificación del Plan Parcial de mejora
PAI EN TRAMITACIÓN
SIN PAI PRESENTADO
SIN PAI PRESENTADO
SIN PAI PRESENTADO
PAI EN TRAMITACIÓN
Ampliación Polígono Castilla..
Sector 1. Pino Blay
Industrial
Industrial
PAI EN TRAMITACIÓN
SIN PAI PRESENTADO
Suelo Urbanizable
Zafareig
Residencial
PAI EN TRAMITACIÓN
Suelo Urbanizable
Pinos Veros (La Loma)
Residencial
PAI EN TRAMITACIÓN
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Parque Empresarial
Amp. Polígono Castilla
Terciario
Industrial
PAI EN TRAMITACIÓN
PAI EN TRAMITACIÓN
Plan Parcial, Estudio de Impacto
4.672 19 de enero de 2004 Ambiental y Anteproyecto de
Urbanización
5.009 19 de mayo de 2005 Proyecto de reparcelación
Plan Parcial, Estudio de Impacto
Ambiental y Proyecto de Urbanización
Plan Parcial, Estudio de Impacto
4.974 30 de marzo de 2005
Ambiental y Proyecto de Urbanización
5.064 4 de agosto de 2005 Plan Parcial modificado
4.746 5 mayo de 2004
Como puede verse en la tabla precedente, los únicos suelos urbanizables
clasificados por el planeamiento vigente que carecen de planeamiento de
desarrollo presentado o aprobado son, por una parte, el sector 1 de uso industrial
(Pino Blay), y por otra, tres de las cuatro urbanizaciones clasificadas como suelo
urbanizable. El sector 1 de suelo urbanizable industrial está destinado a la
implantación de pequeñas industrias y actividades de servicios, y su desarrollo
está pendiente de ser ejecutado por la promoción pública. Los sectores de suelo
urbanizable residencial (R-5) se corresponden con urbanizaciones parcialmente
consolidadas.
1.B.2. – Estudios de Detalle
Se han redactado diversos Estudios de Detalle en el municipio. Éstos son:
- Estudio de Detalle UE-9, La Torreta.
- Estudio de Detalle en Suelo Urbano residencial II, Urbanización Las Cuevas del
Agua Perdida.
- Estudio de Detalle en manzana de usos terciarios en sector residencial La Imes I
- Estudio de Detalle UA-1
- Estudio de Detalle en la urbanización Los Visos.
- Estudio de Detalle en polígono industrial Castilla.
- Estudio de Detalle en la parcela de Servicios del Polígono industrial Castilla.
MEMORIA INFORMATIVA
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1.B.3. – Grado de consolidación
Se ha realizado un estudio sobre el grado de consolidación de la edificabilidad
potencial de cada una de estas categorías de suelo, asociada al uso
característico o principal de cada una de ellas, distinguiendo entre residencial,
industrial y terciario.
EDIFICABILIDAD RESIDENCIAL:
La tabla siguiente muestra la relación existente entre la edificabilidad potencial
de cada una de las áreas del municipio donde se da el uso residencial, y la
edificabilidad construida en cada una de ellas.
ÁREA
Casco Urbano
Urb. Visos
Urb. Agua Perdida
Sectores 3,4 y 5
La Imes
Urb. Cañada Fría
Urb. Cabeza Redondo
Urb. Cañada Larga
Urb. Altamar
Sector 2. Ampliación Imes
Zafareig
Pinos Veros (La Loma)
TOTAL
CLAVE SUPERFICIE
SUPERFICIE
EDIFICABILIDAD
EDIFICABILIDAD EDIFICABILIDAD
(m²)
EDIFICABLE (m²) HOM PGOU 2001 (m²t) POTENCIAL (m²) CONSUMIDA (m²t)
R-1
685.300,00
441.130,86
1.330.144,45
1.330.144,45
709.905,65
R-2
295.977,00
215.711,41
86.284,57
86.284,57
14.146,67
R-2
70.351,00
54.745,49
21.898,19
21.898,19
2.625,14
R-3
116.086,00
42.425,00
87.065,00
87.065,00
0,00
R-4
113.015,00
51.990,00
66.784,00
49.910,00
0,00
R-5
162.992,00
135.808,00
48.898,00
48.898,00
5.971,19
R-5
193.279,00
142.764,00
77.312,00
77.312,00
11.668,64
R-5
127.159,00
127.314,00
48.329,00
48.329,00
5.642,52
R-5
73.407,00
73.407,00
29.363,00
29.363,00
6.983,16
R-6
110.000,00
55.381,00
77.000,00
54.826,00
0,00
113.026,00
33.350,47
0,00
67.850,92
0,00
1.236.445,00
762.408,00
0,00
346.209,00
0,00
3.297.037,00
2.136.435,23
1.873.078,21
2.248.090,13
%
53%
16%
12%
0%
0%
12%
15%
12%
24%
0%
0%
0%
756.942,97 34%
Segunda residencia
Por una parte se expresa la edificabilidad potencial recogida en el documento
de Homologación General del PGOU de Cheste para cada una de estas zonas,
por otra la edificabilidad potencial resultante a día de hoy, teniendo en cuenta
las modificaciones introducidas por los instrumentos de desarrollo sectorial sobre
las previsiones del planeamiento general, y por último la edificabilidad construida
en cada una de estas zonas.
Como se puede ver en la citada tabla, la edificabilidad potencial residencial en
Cheste asciende a 2.248.090,13 m²t, de la cual solo se han consumido 756.942,97
m²t, lo que equivale al 34% del total. Este resultado se debe fundamentalmente a
que hay cinco sectores de suelo urbanizable que no han consumido
edificabilidad residencial alguna, ya que cuatro de ellos se encuentran con
programa de actuación integrada presentado, pendiente de aprobación, y la
actuación conjunta de los sectores 3, 4 y 5 se encuentra en fase de urbanización.
Mención especial merece el análisis de la edificabilidad del casco urbano del
municipio. De la edificabilidad potencial en casco urbano, estimada en
1.330.144,45 m²t, se han consumido a día de hoy 709.905,65 m²t, lo que equivale
aproximadamente al 53’37 % del total, valor muy aproximado a los valores
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DOCUMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DEL CONCIERTO PREVIO
PLAN GENERAL DE CHESTE
habituales de consolidación en núcleos urbanos, dado que la edificación
tradicional ha venido en ejecutar en cada parcela del casco antiguo una única
vivienda por parcela, lo que justifica la existencia de un total de 3.905 viviendas
existentes, de un total de 8.747 viviendas potenciales, (en el supuesto de
colmatación del potencial techo edificable residencial), con la práctica
ocupación total de las parcelas edificables, lo que supone que el Modelo de
Ocupación del Territorio tradicional del municipio de Cheste, ocupa el 84’19 % de
las parcelas de suelo urbano (solar), con el 53’37 % de la edificabilidad potencial,
disponiendo el 44’64 % de las viviendas potenciales.
Siguiendo este modelo, que corresponde con el establecido tradicionalmente
par el municipio de Cheste, cabe establecer como las necesidades de los
recursos: suelo, edificabilidad, abastecimiento de agua potable, o suministro de
energía eléctrica, conforme a dichos porcentajes.
Las edificabilidades potencial y real de uso residencial en el casco urbano se han
obtenido de manera individual para cada una de las manzanas del núcleo
urbano, en función de las alturas permitidas y ocupadas, respectivamente, en
cada una de ellas. También se ha obtenido el grado de consolidación
(expresado en %) de cada una de dichas manzanas, con el fin de conocer
aquellas áreas urbanas donde todavía existe margen entre la edificabilidad
potencial y la actualmente construida, así como para identificar los vacíos
urbanos pendientes de ser consolidados por la edificación.
En cuanto a la distribución geográfica de los resultados obtenidos, las manzanas
con una mayor edificabilidad potencial (más alturas permitidas) se concentran
en la Avda. de Castilla, seguidas por las situadas en las inmediaciones de la plaza
del Dr. Cajal, las ubicadas al sur de la calle Chiva hasta la avenida de Castilla,
otras en la franja perimetral del casco urbano y, finalmente, en las calles
pertenecientes a la red primaria viaria (mapa 1).
En lo que respecta a la edificabilidad construida, la zona con mayor
edificabilidad ejecutada se corresponde nuevamente con el eje de la avenida
de Castilla y las manzanas situadas al norte de la misma, en las proximidades de
la Plaza de la Constitución. Como segundo núcleo de edificabilidad construida
destaca el entorno de la Plaza del Dr. Cajal y las manzanas al sur de la misma. El
resto del casco urbano presenta una distribución bastante homogénea en
cuanto a la edificabilidad construida, observándose un descenso de la misma
conforme nos acercamos a la zona perimetral del casco urbano, especialmente
a las franjas norte y oeste (mapa 2).
Finalmente, relacionando entre sí las edificabilidades potencial y construida,
obtenemos el grado de consolidación residencial por manzanas, expresado en
intervalos de 20%, de 0 a 100%. En cuanto a los resultados obtenidos, se observan
algunas manzanas aisladas con un grado de consolidación entre el 80-100%,
situadas en la avenida de Castilla, en las inmediaciones de la Plaza del Dr. Cajal y
de la Iglesia de San Lucas Evangelista, y junto a la Plaza del Mercado y en la calle
Chiva. Las manzanas con un grado de consolidación entre 60-80% se sitúan en el
eje de la avenida de Castilla, en el entorno de las plazas Dr. Cajal y del Mercado,
de la Iglesia de San Lucas, en parte de la zona del Lugarico Viejo, y parcialmente
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en la calle Chiva e inmediaciones. El resto de manzanas del casco urbano con
mayor grado de consolidación se emplazan alrededor de las zonas
anteriormente citadas, siguiendo una disposición más o menos concéntrica,
quedando en la franja perimetral del casco urbano aquellas manzanas con
menor grado de consolidación. Cabe destacar la existencia de algunas
manzanas aisladas que presentan exceso de edificabilidad, presumiblemente
porque el planeamiento vigente redujo las alturas máximas permitidas respecto
de las que el plan autorizaba cuando se construyeron determinadas
edificaciones (mapa 3).
En el apartado siguiente se exponen las conclusiones del análisis realizado,
asociado al estudio sobre la distribución de la población residente en el casco
urbano.
EDIFICABILIDAD INDUSTRIAL:
En la tabla siguiente recoge los datos relativos a las previsiones actuales y futuras
de suelo industrial en el municipio de Cheste. Se relacionan todas aquellas
categorías de suelo clasificadas por el planeamiento vigente que contemplan la
implantación de este uso, así como el nuevo uso industrial previsto como
ampliación del polígono industrial Castilla (polígono industrial La Ceja). Se indica
la edificabilidad industrial prevista en el documento de Homologación del PGOU
de 2000 y la potencial máxima con las previsiones actuales, así como de toda
ella, aquella que se ha consumido. También se indica el grado de ocupación de
las manzanas de uso industrial por las edificaciones propias de este uso, así como
el porcentaje de manzanas que podría ser potencialmente ocupado por nuevas
industrias. En este caso, no se ha computado la superficie de manzana libre de
edificaciones pero que forma parte de los espacios exteriores de las industrias
implantadas y que, consecuentemente, no pueden ser ocupados por otras
industrias.
ÁREA
CLAVE
Urbano Industrial I-1
Urbano Industrial I-1 (UE-11)
Polígono industrial Castilla
Ampliación polígono Castilla
Sector 1. Pino Blay
Sector Industrial La Ceja
I-1
I-1
I-2
I-3
I-4
SUPERFICIE
SUPERFICIE
EDIFICABILIDAD SEGÚN EDIFICABILIDAD
EDIFICABILIDAD
OCUP. MANZANAS MANZANAS SIN MANZANAS SIN
(m²)
EDIFICABLE (m²) HOM PGOU 2001 (m²t) CONSUMIDA (m²t) POTENCIAL 2005 (m²t) POR EDIFIC. (%)
OCUPAR (m²s) OCUPAR (%)
84.288,10
84.288,10
84.288,10
67.978,54
84.288,10
80,65%
16.309,57
19,35%
15.565,00
8.550,00
25.650,00
0,00
25.650,00
0,00%
0,00
0,00%
748.500,00
589.796,51
528.668,66
204.533,23
528.668,66
38,69%
87.707,47
16,59%
179.055,00
106.811,00
117.455,00
0,00
116.422,90
0,00%
0,00
0,00%
186.700,00
112.020,00
158.695,00
0,00
158.695,00
0,00%
0,00
0,00%
1.461.185,00
873.006,00
0,00
0,00
806.455,10
0,00%
0,00
0,00%
TOTAL
2.675.293,10
1.774.471,61
914.756,76
272.511,76
1.720.179,76
La edificabilidad prevista por la Homologación del PGOU del año 2000 alcanza
los 914.756,76 m²t, de la cual solo se han consumido 272.511,76 m²t. Este hecho se
explica sobre la base de varios factores. El primero de ellos consiste en que, si
bien el polígono industrial Castilla presenta un elevado grado de consolidación,
quedando todavía algunas bolsas de suelo por ocupar, las industrias en él
implantadas gozan de una gran cantidad de superficies exteriores anexas,
dedicadas al estacionamiento de vehículos, almacenamiento al aire libre, etc. El
segundo de los factores consiste en que la UE-12 de uso industrial,
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correspondiente a la ampliación del polígono industrial Castilla, se encuentra
pendiente de iniciar las obras de urbanización. Finalmente, el otro factor a tener
en cuenta es que el sector 1 de uso industrial, llamado Pino Blay, todavía carece
de ordenación pormenorizada aprobada, pendiente de ser definida en el
correspondiente plan parcial.
A la edificabilidad prevista por el planeamiento vigente hay que sumar la
edificabilidad que prevé el nuevo sector industrial tramitado al margen de las
previsiones del planeamiento vigente, y que permitiría obtener una edificabilidad
potencial total de 1.720.179,76 m²t, cubriendo ampliamente las necesidades de
suelo industrial propias del municipio a medio plazo.
En cuanto a la ocupación del suelo industrial por las edificaciones, se observa
que el suelo industrial del casco urbano tiene un elevado grado de consolidación
con el 80,65 % de suelo ocupado, mientras que en el caso del polígono industrial
Castilla se alcanza una ocupación del 38,68 %, valor bastante adecuado a la
realidad de los polígonos industriales en la Comunidad Valenciana. A pesar de
que en este caso se obtiene una ocupación por la edificación del 38,68 %, sólo
resta por ocupar con nuevas industrias el 16,59 % del suelo edificable, como
consecuencia de la elevada superficie consumida por los espacios exteriores de
las industrias implantadas.
EDIFICABILIDAD TERCIARIA:
Por último, la siguiente tabla recoge la edificabilidad de uso terciario prevista en
el documento de Homologación del PGOU del año 2000 así como la
edificabilidad potencial con las previsiones actuales. Se identifican todos
aquellos sectores que permiten el uso terciario, bien parcialmente como uso
compatible en las edificaciones residenciales (sectores 3, 4 y 5), bien en aquellos
sectores que permiten el uso terciario en manzana independiente (Residencial 4
La Imes, Residencial 6 ampliación de La Imes, Zafareig, La Loma y polígono
industrial Castilla), o bien en aquellos sectores destinados íntegramente al uso
terciario (Parque Empresarial del Circuito de Cheste).
ÁREA
Polígono Industrial Castilla
Sectores 3, 4, 5
Sector Residencial La Imes
Sector 2, Residencial. Ampliación de La Imes
Sector Zafareig
Sector Pinos Veros (La Loma)
Parque Empresarial Circuito de Cheste
TOTAL
CLAVE
I-2
R-3
R-4
R-6
SUPERFICIE
SUPERFICIE EDIFICABLE
EDIFICABILIDAD SEGÚN
EDIFICABILIDAD
EDIFICABILIDAD
% del
SECTOR (m²)
TERCIARIO (m²)
HOM PGOU 2001 (m²t) POTENCIAL 2005 (m²t) CONSUMIDA (m²t) Potencial
748.500,00
16.508,23
49.524,69
49.524,69
3.439,35
116.086,00 En PB y altas de residencial múltiple
29.021,00
29.021,00
0,00
113.015,00
5.634,00
6.761,00
6.761,00
0,00
110.000,00
5.205,00
6.766,50
6.766,50
0,00
113.026,00
9.914,39
0,00
11.302,40
0,00
1.236.445,00
49.458,00
0,00
24.729,00
0,00
781.972,17
494.329,71
0,00
312.788,71
0,00
3.219.044,17
581.049,33
92.073,19
440.893,30
3.439,35
0,8%
De toda la edificabilidad potencial prevista, que se cifraría en 440.893,30 m²t, solo
se han consumido 3.439,35 m²t, pertenecientes a la manzana de servicios del
polígono industrial Castilla, debido a que los sectores 3, 4 y 5 se encuentran en
fase de urbanización y el resto se encuentran pendiente de urbanización o de
aprobación definitiva.
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1.B.4. – Nº de viviendas y población
La tabla recogida en la página siguiente, expone una comparativa entre el
número de viviendas real y potencial del total del municipio, así como de cada
una de las áreas o sectores delimitados. En distintas columnas se indica el
número de viviendas previstas por el PGOU del año 1986, por la Homologación
del PGOU del año 2000, y en la situación actual, considerando las modificaciones
introducidas por el planeamiento de desarrollo sobre las previsiones del
planeamiento general así como las nuevas actuaciones presentadas. Asimismo,
se expresa la población potencial para cada uno de los casos, considerando el
tamaño medio familiar en cada momento.
Paralelamente, se ha redactado un estudio titulado “Estudio de la evolución y
previsiones de la población y de las viviendas” en el municipio de Cheste, que
forma parte de la documentación integrante del concierto previo del Plan
General de Ordenación Urbana de Cheste.
Éste analiza la evolución histórica del número de viviendas y población de
Cheste, relacionándolos con datos del ámbito comarcal, provincial, etc. Realiza,
además, un análisis sobre los diferentes escenarios tendenciales para los
horizontes de 10 y 15 años, en sintonía con el teórico periodo de vigencia del
nuevo PGOU, calculando el tamaño medio familiar real de Cheste (1,66
habitantes/vivienda) y el tamaño medio tendencial para los próximos años (2,73
habitantes/vivienda).
En la memoria Justificativa, y siguiendo las indicaciones del Artículo 108.
Elementos fundamentales de la red primaria (en referencia al artículo 52 de la Ley
Urbanística Valenciana) del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y
Urbanística, se calculará el número de viviendas a razón de una por cada 100 m²
de techo residencial previsto y el de habitantes a razón de 2,1 habitantes por
vivienda así calculada, para la justificación de los elementos de la red primaria,
aunque la población potencial o real, sea otra distinta, conforme a las
particularidades del municipio de Cheste.
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Este estudio indica que el número real de viviendas en el municipio a 1 de enero
de 2005 era de 4.638, mientras que el potencial calculado si se agotaran las
previsiones del planeamiento nos daría un nº de viviendas de 8.777.
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PLAN GENERAL DE CHESTE
En relación con el número potencial de viviendas, se ha calculado la población
potencial para dos valores del tamaño medio familiar, el real calculado a partir
del nº de habitantes y viviendas del municipio (1,66 hab/viv) y el tendencial
obtenido del estudio realizado al efecto (2,73 hab/viv). La siguiente tabla
resumen expresa los valores resultantes:
Población actual (enero de 2005)
Población potencial (1,67 hab/viv)
Población potencial (2,73 hab/viv)
Población tendencial para 2015 (10 años)
Población tendencial para 2020 (15 años)
Nº HABITANTES
7.730
14.658
23.961
8.865
9.432
Como puede verse en los datos expuestos, la necesidad de vivienda a medio
plazo se encuentra satisfecha en el municipio ya que se prevé casi duplicar el nº
de viviendas con las previsiones urbanísticas actuales. En el caso de la
población, se observa que tanto la calculada con el valor tendencial del tamaño
medio familiar (2,73 hab/viv) como con el valor real (1,67 hab/viv) supera
ampliamente los valores obtenidos para los años horizonte de 2015 (10 años) y
2020 (15 años).
1.B.5. – Distribución geográfica de la población en casco urbano
Se ha realizado un estudio sobre cómo se distribuye la población de Cheste en el
casco urbano del municipio, según datos facilitados por el Ayuntamiento.
Los resultados gráficos obtenidos (mapas 4 y 5) ilustran claramente algunas
peculiaridades del municipio, que se resumen a continuación:
- Existe una gran diferencia entre la población residente en unas pocas calles del
casco urbano y la censada en el resto de las calles del municipio. La Avenida de
Castilla aglutina el 11,17% de la población total residente en el casco urbano de
Cheste (838 habitantes), frente al 5,43% que alcanza la calle Chiva (437
habitantes), o el 2,94% que poseen la Carretera de Líria y la Calle Valencia (237
habitantes).
La calle Campillo y la Avenida Vicente Navarro albergan,
respectivamente, el 2,47% (199 habitantes) y el 2,09% (168 habitantes) de la
población. El resto de calles albergan, cada una de ellas, menos del 2% de la
población, alcanzando la gran mayoría valores inferiores al 1%.
- El 28,19% de la población residente en casco urbano se concentra en 6 calles, y
de esa cantidad, el 11,17% en la Avenida de Castilla.
- Las calles más pobladas del municipio son todas ellas, salvo la calle Campillo,
calles de la red primaria viaria del municipio. Se trata de calles estructurantes de
la trama urbana, anchas, accesibles, de una longitud considerable, y donde se
permiten las edificaciones con mayores alturas construibles.
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- En un segundo escalón en cuanto a número de población acogida, se
encuentran un conjunto de calles pertenecientes, algunas, a la red primaria,
otras situadas en las proximidades de las más representativas, y otras que actúan
de conexión entre ellas.
- Las calles con menor porcentaje de ocupación por la población se concentran
principalmente en la zona conocida como “lugarico viejo”, que se corresponde
con el casco histórico de Cheste, en el entorno de la Iglesia de San Lucas
Evangelista, en las inmediaciones de la Plaza del Doctor Cajal, y en las
proximidades de la Plaza del Mercado. Se trata de calles donde el bajo índice
de ocupación contrasta con el elevado grado de consolidación que presentan,
en comparación con otras calles del municipio, que con un grado de
consolidación menor presentan un porcentaje de ocupación mayor.
MEMORIA INFORMATIVA
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PLAN GENERAL DE CHESTE
2. – RIESGOS POTENCIALES OBSERVADOS EN EL TERRITORIO
2.A. – Referente a la Cartografía Temática de la C.O.P.U.T.
Se adjunta al documento de Concierto Previo un Estudio sobre la Capacidad de
Acogida del Territorio (CAT) del término municipal de Cheste, editado en
volumen independiente, y que se ha realizado de manera paralela a la
redacción del documento de concierto previo del Plan General.
Este documento recoge toda la información de carácter ambiental que resulta
de aplicación en el término municipal de Cheste, bien obtenida a partir de
cartografías oficiales, legislaciones sectoriales, o a través de un exhaustivo trabajo
de campo, y que tras su interpretación y análisis sirve de base para establecer las
distintas categorías de valoración ambiental, sobre las que se articulará la
posterior evaluación de los impactos ambientales producidos por la ordenación y
calificación del suelo que se proponga.
Para la redacción de dicho documento se ha consultado la Cartografía
Temática editada por la Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte,
atendiendo a lo dispuesto en la Orden de 8 de marzo de 1999, por la que se
declaran de necesaria observancia en la redacción de los planes urbanísticos o
territoriales que se formulen en el ámbito de la comunidad valenciana
determinadas cartografías temáticas y estudios integrantes del Sistema de
Información Territorial publicadas por dicha Conselleria (DOGV de 17 de marzo
de 1999).
Así, en todo lo referente a la memoria informativa del documento de concierto
previo, referida a aspectos ambientales, nos remitimos al contenido del Estudio
CAT presentado el volumen independiente.
2.B. – Riesgos naturales
En todo lo que respecta a los riesgos naturales presentes en el municipio de
Cheste, la presente memoria informativa se remite al contenido del Estudio sobre
la Capacidad de Acogida del Territorio (CAT) de término municipal de Cheste,
que acompaña al presente documento.
A título indicativo, dicho documento analiza los siguientes riesgos:
- Riesgo de Inundación y/o avenidas.
- Riesgo de erosión (actual y potencial).
- Riesgos derivados de determinadas litologías.
- Vulnerabilidad de acuíferos
- Capacidad de carga.
- Nivel freático a escaso profundidad.
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DOCUMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DEL CONCIERTO PREVIO
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- Distribución errática de los materiales.
- Riesgo de colapso y expansividad.
- Presencia de cloruros y/o sulfatos.
- Áreas con drenaje deficiente.
- Heterogeneidad Litológica.
- Formaciones de escasa potencia.
- Riesgo de inestabilidad.
- Riesgo de sismicidad
- Riesgo de Incendios.
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PLAN GENERAL DE CHESTE
3. – INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES Y EN PROYECTO. AFECCIONES
SECTORIALES
3.A. – Referente a la planificación de las Administraciones
Públicas
Son muchas las actuaciones e infraestructuras previstas por las administraciones
públicas que incidirán de manera directa en el futuro Plan General de
Ordenación Urbana de Cheste. Todas ellas han sido analizadas y tenidas en
cuenta en los trabajos previos y en la fase informativa del presente documento y
quedarán incorporadas a la futura planificación territorial y urbanística del
municipio de Cheste.
A continuación, se expone una relación de todas aquellas infraestructuras de
carácter supramunicipal que deberán ser tenidas en cuenta en la ordenación
territorial y urbanística del nuevo Plan General de Cheste, así como una breve
descripción de las mismas. Todas ellas vienen recogidas en los planos de
información del presente documento.
- Línea del Tren de Alta Velocidad (A.V.E.)
Administración Titular: Ministerio de Fomento. Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF)
El trazado definitivo de la Línea del tren de Alta Velocidad (AVE) discurre por una
pequeña porción del término municipal de Cheste, al sur de la autovía A-3
Madrid-Valencia, con un trazado sensiblemente paralelo a la misma. Dicho
trazado discurre sobre suelo no urbanizable común y no afecta a los suelos
urbanos y urbanizables clasificados por el planeamiento municipal vigente de
Cheste, ni a los que se han presentado en dicho Ayuntamiento con posterioridad
a la aprobación definitiva del Plan.
Puesto que se trata de una infraestructura colindante a la autovía A-3, se
producirá un solapamiento de las zonas de protección de dichas infraestructuras
en el lado norte de las mismas, por lo que los terrenos que pudieran verse
afectados por las zonas de protección del AVE ya lo están actualmente por las
zonas de protección de la autovía. Las zonas de protección al sur del trazado de
la vía férrea afectarán escasamente al municipio de Cheste, por la poca
superficie del mismo ocupada por la vía, dándose la mayor afección en el
vecino municipio de Chiva.
- Desdoblamiento y electrificación de la vía férrea entre Valencia y Utiel.
Administración Titular: Ministerio de Fomento. Administrador de Infraestructuras
Ferroviarias (ADIF)
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DOCUMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DEL CONCIERTO PREVIO
PLAN GENERAL DE CHESTE
El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) tiene prevista la futura
duplicación de la vía férrea y la electrificación del tramo Valencia-Utiel. Para
que estas obras puedan llevarse a cabo es necesario ampliar la plataforma
ferroviaria actual hacia el sur de la misma, siendo necesario que la arista de la
nueva explanación se sitúe al menos a 10 m del eje de la vía existente.
Las nuevas zonas de dominio público ferroviario, de protección y línea límite de la
edificación deberán tener en cuenta la futura ampliación de la plataforma
ferroviaria.
- Enlace viario entre las autovías A-3 y A-7.
Administración Titular: Ministerio de Fomento. Dirección General de Carreteras.
El Ministerio de Fomento ha previsto la futura construcción de una autopista de
peaje entre la autovía A-3, Madrid-Valencia, y la autovía A-7, by-pass, con el fin
de mejorar la comunicación entre estas dos importantes vías y descongestionar
el actual nudo de conexión entre las mismas.
Actualmente, solo se dispone de la Zona de Reserva por donde se ejecutará el
trazado definitivo del citado enlace viario. Ésta parte del nudo que forman la
autovía A-3 y la carretera CV-378, que da acceso al casco urbano de Cheste, al
Polígono Industrial Castilla y al Complejo Educativo de Cheste.
Con una anchura de 200 m, discurre con dirección SW-NE paralela al límite del
término municipal con Chiva, exteriormente al mismo, y atraviesa el extremo este
del término municipal de Cheste para posteriormente adentrarse en el municipio
de Riba-roja, donde se realizará la conexión con la autovía A-7.
Este futuro enlace viario atravesará, a su paso por el municipio de Cheste, la
carretera CV-383, de Cheste a Loriguilla, la línea del ferrocarril Aranjuez-Valencia,
así como el río Gallo y el barranco del Pozalet.
En cuanto a las actuaciones urbanísticas que se están tramitando en el
Ayuntamiento de Cheste y que podrían verse afectadas por esta infraestructura,
el suelo urbanizable de uso Terciario Parque Empresarial del Circuito ocupa los
terrenos colindantes con la Zona de Reserva citada, al norte de la misma,
aunque queda fuera del ámbito delimitado al efecto, ya que en esta zona
coincide con el límite del término municipal.
- Ampliación en un tercer carril de la autovía A-3 hasta Buñol.
Administración Titular: Ministerio de Fomento. Dirección General de Carreteras
El Ministerio de Fomento ha proyectado la construcción del tercer carril de la
autovía A-3, Madrid-Valencia, desde Valencia hasta Buñol. La autovía atraviesa
una pequeña parte del término municipal de Cheste en la zona sur del mismo.
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Los nuevos carriles proyectados, uno a cada lado de la autovía, se construirán en
las actuales zonas de protección de la infraestructura viaria existente. Las
actuales zonas de dominio público, de servidumbre, protección y línea límite de
la edificación se verán incrementadas como consecuencia de la ampliación de
la calzada actual.
- Área de reserva del nuevo trazado de la CV-50.
Administración Titular: Generalitat Valenciana
La Generalitat Valenciana ha promovido la construcción de un nuevo trazado de
la carretera CV-50 a su paso por Cheste, que discurre entre Llíria y Tavernes de la
Valldigna, ampliando a su vez la sección actual de la misma.
Se ha delimitado la Zona de Reserva por donde se construirá el trazado definitivo
de la misma. Ésta posee un ancho de 120 m, y discurre al oeste del casco urbano
a unos 1.000 m de la actual CV-50, creando una gran bolsa de suelo no
urbanizable entre la actual carretera y el futuro trazado de la misma.
Actualmente se encuentra en fase de información púbblica el proyecto básico
para la construcción de la CV-50.
- Plan de Acción Territorial de protección del corredor de infraestructuras.
Administración Titular: Generalitat Valenciana
El Decreto 78/2005, de 15 de abril, del Consell de la Generalitat Valenciana,
publicado en el DOGV nº 4.988 de fecha 19 de abril de 2005, aprueba
definitivamente el Plan de Acción Territorial de Carácter Sectorial de Corredores
de Infraestructuras de la Comunidad Valenciana.
El objeto de este Plan es mantener la base territorial por la que discurre el trazado
del Proyecto de Transferencias de recursos hídricos desde la cuenca del Ebro a
diversas cuencas, entre las que se encuentran las del Júcar y Segura en la
Comunidad Valenciana, autorizadas por el artículo 13 de la Ley 10/2001 de 5 de
julio, del Plan Hidrológico Nacional.
Para ello, se ha definido un corredor territorial en el que se puedan implantar
futuras infraestructuras lineales de carácter supramunicipal, entre las que se
encuentra la referida al citado Proyecto de Transferencias. Éste abarca una
superficie de 155 km² y discurre por las tres provincias de la Comunidad
Valenciana.
Este Plan de Acción Territorial establece unas limitaciones al uso del suelo y a la
edificación en el ámbito del corredor, en una franja de 200 m a cada lado del
eje del trazado denominado “solución base” y “variantes”, y de 400 m en el
entorno de los perímetros denominados “elementos de regulación y auxiliares”,
definidos en el Proyecto de Transferencias.
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El corredor atraviesa de norte a sur el término municipal de Cheste, afectando a
terrenos clasificados como suelo no urbanizable al este del casco urbano, entre
éste y el polígono industrial Castilla. En este término municipal el corredor de
infraestructuras atraviesa las carreteras CV-50, CV-383, CV-378, la autovía A-3, el
río Gallo y algunos barrancos secundarios, la vía férrea Aranjuez-Valencia, y la
línea del Tren de Alta Velocidad (AVE).
El artículo 2 del citado Decreto señala que los Planes Generales de municipios
que se vean afectados por el corredor de infraestructuras, como es el caso de
Cheste, deberán respetar las determinaciones del Plan de Acción Territorial
aprobado.
- Construcción de dos presas previstas por la Confederación Hidrográfica del
Júcar en el río Gallo y barranco del Pozalet.
Administración Titular: Ministerio de Medio Ambiente. Confederación Hidrográfica
del Júcar
La Confederación Hidrográfica del Júcar ha redactado un estudio titulado
“Defensa Integral Contra Avenidas de la Cuenca de la Rambla del Poyo
(Valencia)”, en el cual se recogen algunas de las actuaciones previstas en los
cauces del río Gallo y en el barranco del Pozalet, con el fin de retener y laminar
las importantes avenidas de agua que en épocas de gota fría o lluvias
torrenciales provocan episodios de importantes inundaciones en la parte baja de
la cuenca así como en algunos municipios situados en el área metropolitana de
Valencia.
La actuación propuesta por la Confederación Hidrográfica del Júcar que afecta
al municipio de Cheste consiste en la construcción de sendas presas en los
cauces del río Gallo y Barranco del Pozalet, al noreste del casco urbano. Si bien
estas presas no estarían destinadas a embalsar agua con carácter permanente,
en el caso más desfavorable se produciría la inundación temporal de los terrenos
situados aguas arriba de las mismas, abarcando una superficie potencial máxima
de 5.336.025 m², lo que representa el 7,53 % respecto del total del término
municipal. La construcción de esta actuación supondría para el municipio de
Cheste una importante limitación al desarrollo urbanístico y económico del
municipio en esta zona, ya que se sacrifica una gran superficie de terreno con un
gran valor agrícola que potencialmente sería inundada en contadas ocasiones.
Ante esta situación, y con el objeto de buscar soluciones alternativas menos
traumáticas para el municipio de Cheste, la Universidad Politécnica de Valencia
ha redactado, a petición del Ayuntamiento de Cheste, un informe titulado
“Estudio de actuaciones alternativas de laminación de avenidas y gestión
integral de los recursos hídricos en la cuenca alta y media de la Albufera de
Valencia”.
La solución alternativa propuesta en este estudio pasaría por la construcción de
varias hidrotécnias transversales en la red de drenaje, situadas en la cabecera de
MEMORIA INFORMATIVA
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la cuenca, en términos municipales de Chiva y Cheste, sustituyendo a las presas
propuestas por la Confederación Hidrográfica del Júcar. Se trataría de construir
diversos diques de altura variable entre 10 y 30 m que cumplirían con una doble
función, laminación de las avenidas y retención de sedimentos en la parte alta
de la cuenca.
Actualmente todavía se encuentra en estudio por parte del órgano competente
la solución que finalmente se adoptará, por lo que ninguna de las aquí expuestas
puede considerarse en este momento como definitiva. No obstante, serán
tenidas en cuenta a hora de definir el modelo territorial y urbanístico del
municipio.
- Líneas eléctricas de evacuación de las zonas eólicas nº 7 y 8, situadas en la
comarca de Los Serranos.
Administración Titular: Conselleria de Infraestructuras y Transporte
El Gobierno Valenciano, en reunión celebrada el día 26 de julio de 2001, acordó
la Aprobación del Plan Eólico de la Comunidad Valenciana, publicado en el
DOGV nº 4.054, de 31 de julio de 2001.
El Plan Eólico de la Comunidad Valenciana, que tiene entidad de Plan de Acción
Territorial, definió las zonas, a priori, aptas para la construcción de los parques
eólicos de la Comunidad Valenciana, entre las que finalmente se encuentran la
zona nº 7, que afecta a los términos municipales de Ademuz, La Yesa, Aras de los
Olmos y Alpuente, y la zona nº 8, que incluye los municipios de Andilla, La Yesa,
Calles y Chelva.
Cada una de estas zonas se compone de varios parques eólicos, en función de
la potencia máxima de cada uno de ellos y del estudio particular de cada una
de las zonas.
La zona norte del término municipal de Cheste se ve atravesada por una línea
eléctrica aérea de alta tensión de evacuación de energía de uno de los parques
proyectados en estas zonas, situadas en la comarca de los Serranos. En el
momento actual, la aprobación y futura construcción de dicho parque, así como
de todas las instalaciones auxiliares y complementarias como son las líneas de
evacuación, se encuentra pendiente de que la Conselleria de Territorio y
Vivienda emita la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental, pudiendo
verse modificado el proyecto original como consecuencia del contenido de
dicha resolución.
- Nuevas carreteras de la Diputación Provincial de Valencia y ampliación de las
existentes. Puente sobre el río Gallo.
Administración Titular: Diputación Provincial de Valencia
El Ayuntamiento de Cheste tiene la voluntad de mejorar y ampliar algunas de las
carreteras existentes en el municipio cuya titularidad corresponde a la Diputación
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PLAN GENERAL DE CHESTE
Provincial de Valencia, así como modificar el trazado de algunas de ellas y
proponer nuevos viales que permitan mejorar la accesibilidad y comunicación
entre diversas zonas del término municipal.
En el documento de Concierto Previo se propondrán nuevos trazados de
carreteras y ampliación de alguna de las existentes, cuya solución se encuentra
consensuada con el órgano competente.
La obtención de los terrenos
necesarios para ello así como los costes de ejecución serán adscritos a los nuevos
sectores de suelo urbanizable del municipio.
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PLAN GENERAL DE CHESTE
3.B. – Análisis de las afecciones impuestas por la legislación
sectorial en el ámbito territorial
3.B.1. – Red viaria
La legislación sectorial vigente en materia de carreteras es:
ESTATAL:
- Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras (B.O.E. nº 182, de 30 de julio de 1988)
- Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Carreteras (B.O.E. nº 228, de 23 de septiembre de1994)
La legislación estatal en materia de carreteras delimita las siguientes zonas.
- DOMINO PÚBLICO (art. 21.1 de la Ley 25/88): Comprende los terrenos
ocupados por las carreteras estatales y sus elementos funcionales, y una franja de
terreno de 8 m de anchura en autopistas, autovías y vías rápidas, y de 3 m en el
resto de carreteras, a cada lado de la vía, medidas en horizontal
y
perpendicularmente al eje de la misma, desde la arista exterior de la
explanación.
- ZONA DE SERVIDUMBRE (art. 22.1 de la Ley 25/1988): Consiste en dos franjas
de terreno a ambos lados de las carreteras, delimitadas interiormente por la zona
de dominio público y exteriormente por dos líneas paralelas a las aristas exteriores
de la explanación a una distancia de 25 m en autopistas, autovías y vías rápidas,
y de 8 m en el resto de las carreteras, medidas desde dichas aristas.
- ZONA DE AFECCIÓN (art. 23.1 de la Ley 25/1988): Consiste en dos franjas de
terreno a ambos lados de la carretera, delimitadas interiormente por la zona de
servidumbre y exteriormente por dos líneas paralelas a las aristas exteriores de la
explanación a una distancia de 100 m en autopistas, autovías y vías rápidas, y de
50 m en el resto de carreteras.
- Excepcionalmente, en los casos de viaductos y puentes, la zona de
dominio público podrá limitarse a los terrenos ocupados por los soportes de las
estructuras y una franja de 1 metro a su alrededor. El resto de los terrenos
afectados quedará sujeto a la imposición de las servidumbre de paso necesarias
para garantizar el adecuado funcionamiento y explotación de la vía (art. 75.2 del
Real Decreto 1812/1994)
- LÍNEA LÍMITE DE LA EDIFICACIÓN (art. 25.1 de la Ley 25/1988): A ambos
lados de las carreteras estatales. Desde la línea límite de la edificación hasta la
carretera queda prohibido cualquier tipo de obras de construcción,
reconstrucción o ampliación, a excepción de las que resultaren imprescindibles
para la conservación y mantenimiento de las construcciones existentes. Se sitúa
a 50 m en autopistas, autovías y vías rápidas y a 25 m en el resto de las carreteras,
medida horizontalmente desde la arista exterior de la calzada.
MEMORIA INFORMATIVA
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Los ramales de enlace y las vías de giro tendrán la consideración de vías
convencionales.
En las variantes y circunvalaciones que se construyan con el fin de eliminar
las travesías de las poblaciones, la línea límite de la edificación se situará a 100 m
a partir de la arista exterior de la calzada.
AUTONÓMICA:
- Ley 6/1991, de 27 de marzo, de Carreteras de la Comunidad Valenciana
(D.O.G.V. nº 1.516, de 5 de abril de 1991
- Ley 14/2005, de 23 de diciembre, de la Generalita, de Medidas Fiscales, de
Gestión Financiera y Administrativa, y de Organización de la Generalitat, por la
que se modifica la Ley 6/1991, de Carreteras.
La legislación autonómica en materia de carreteras delimita las siguientes zonas.
- DOMINO PÚBLICO (art. 32.2 de la Ley 6/91): Zona destinada a la
construcción, utilización y mantenimiento de las vías. Incluye la superficie
necesaria para la calzada, arcenes, y elementos de protección medioambiental
y funcional, incluidos los estacionamientos, así como la previsión de ampliaciones.
Viene delimitada a cada lado por sendas líneas situadas a 8 m en autopistas, 5 m
en autovías y vías rápida, y 3 en las restantes carreteras, medidas desde la arista
exterior de la explanación.
- ZONA DE PROTECCIÓN (art. 33 de la Ley 6/1991): Delimita un ámbito donde
se garantiza la disponibilidad de terrenos para la realización de actividades de
mantenimiento de las vías o para la instalación de servicios anexos a las mismas.
Viene delimitada por dos líneas situadas a 100 m en autopistas, autovías y vías
rápidas, 50 m en carreteras convencionales de cuatro o más carriles y resto de las
carreteras de la red básica y 25 m en las restantes carreteras, medidas desde la
arista exterior de la calzada.
La red viaria existente en el municipio de Cheste está compuesta por las
siguientes carreteras:
- Autovía A-3, Madrid-Valencia. (Estatal)
- CV-50, de Tavernes de la Valldigna a Llíria. (Autonómica. Red Básica)
- CV-378, de Godelleta a Cheste (Red Local)
- CV-379, de Chiva a Gestalgar (Red Local)
- CV-380, de CV-50 a CV-381. Comunica Cheste con Pedralba (Red Local)
- CV-381, de CV-379 a CV-370. Comunica Chiva con Pedralba (Red Local)
- CV-382, de Cheste a CV-381 (Red Local)
- CV-383, de Cheste a Loriguilla (Red Local)
- CV-384, de CV-379 a CV-382 (Red Local)
- Carretera norte de acceso al circuito, desde la CV-378 al Circuito permanente
de velocidad (Red local).
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DOCUMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DEL CONCIERTO PREVIO
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La legislación sectorial vigente en materia de vías pecuarias es:
- Ley 3/95, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias (B.O.E. nº 71, de 24 de marzo de
1995)
La Clasificación de las Vías Pecuarias existentes en el término municipal de
Cheste aparece publicada en el B.O.E. nº 256, de fecha 25 de octubre de 1974,
mediante Orden de 15 de octubre de 1974.
Las dos vías pecuarias que identifica el proyecto de clasificación de las vías
pecuarias existentes en Cheste, de 6 de marzo de 1974, son:
- CORDEL DE CASTILLA. Anchura legal: 37,61 m, Longitud en Cheste: 15.700 m.
- RAMAL A LA CAÑADA. Anchura legal: 37,61 m, Longitud en Cheste: 1.000 m.
Se considera una vía pecuaria excesiva, por lo que se reduce su anchura de
37,61 m a 15,00 m.
- COLADA DE BUGARRA. Anchura legal: 14,00 m, Longitud en Cheste: 2.300 m.
Se considera una vía pecuaria necesaria, por lo que se considera la anchura
legal también como necesaria.
Dichas vías pecuarias vienen dibujadas en los planos del presente documento.
El proyecto de clasificación de las vías pecuaria indica que si en el municipio de
Cheste hubiera otras vías pecuarias que no hubieran sido recogidas en dicho
proyecto, éstas no perderán en ningún caso su condición de vía pecuaria y se
clasificarán como tales con posterioridad.
Las vías pecuarias clasificadas en el término municipal se clasificarán como suelo
no urbanizable de especial protección y serán considerados como elementos de
la red primaria, salvo a su paso por suelo urbano, como es el caso del Cordel de
Castilla, donde adquirirá la clasificación de suelo urbano y red primaria.
3.B.3. – Red de ferrocarril
La legislación sectorial vigente en materia de Ferrocarriles es:
ESTATAL:
- Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario
- Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Desarrollo de la Ley 39/2003.
La Ley 39/2003, del Sector Ferroviario, define las siguientes zonas en torno a la vía:
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3.B.2. – Vías Pecuarias
PLAN GENERAL DE CHESTE
- DOMINIO PÚBLICO: Comprende los terrenos ocupados por las líneas
ferroviarias y una franja de terreno a cada lado de la plataforma, hasta 8 m
medidos horizontal y perpendicularmente al eje de la misma desde la arista
exterior de la explanación.
En el caso de puentes y viaductos, se considerará como arista exterior de la
explanación la proyección vertical sobre el terreno del borde de las obras.
- ZONA DE PROTECCIÓN: Se trata de una franja de terreno a cada lado de
la línea ferroviaria. Viene delimitada por sendas líneas situadas a 70 m medidas
desde las aristas exteriores de la explanación.
En suelo urbano clasificado por el planeamiento municipal, la distancia para
delimitar la zona de Dominio Público será de 5 m y de 8 m para la zona de
protección, medidos en ambos casos desde la arista exterior de la explanación.
-LÍNEA LÍMITE DE LA EDIFICACIÓN: Se sitúa a 50 m de la arista exterior más
próxima de la plataforma, medida horizontalmente a partir de dicha arista.
En las líneas ferroviarias que discurran por zonas urbanas, el Ministerio de
Fomento podrá establecer una línea límite de la edificación a una distancia
inferior a los 50 m, siempre que lo permita el planeamiento urbanístico
correspondiente.
AUTONÓMICA:
- Ley 1/1991, de 14 de febrero, de Ordenación del Transporte Metropolitano de
Valencia.
No resulta de aplicación en el municipio de Cheste.
Las dos líneas del ferrocarril que atraviesan el término municipal de Cheste son la
vía férrea Aranjuez-Valencia y la línea del tren de alta velocidad (AVE) entre
Madrid y Valencia.
3.B.4. – Cauces
La legislación sectorial vigente en materia de aguas es:
ESTATAL:
- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Aguas (B.O.E. nº 176 de 24 de julio de 2001).
- Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo No Urbanizable (D.G.O.V. nº 4.900 de
10 de diciembre de 2004)
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PLAN GENERAL DE CHESTE
- El artículo 4.1. a) de la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo No
Urbanizable, indica que se clasificarán como suelo no urbanizable de especial
protección aquellos terrenos que tengan la condición de bienes de dominio
público marítimo e hidráulico, de conformidad con su legislación reguladora.
El artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas define como dominio
público hidráulico los cauces de corrientes naturales, continuas o discontinuas.
- El artículo 6 del Texto Refundido indica que las márgenes de los cauces
estarán sujetas en toda su extensión longitudinal a una zona de servidumbre de 5
m de anchura para uso público, así como a una zona de policía de 100 m, en la
que se condicionará el uso del suelo y las actividades que en ella se desarrollen.
El Estudio de Capacidad de Acogida del Territorio (CAT) del municipio de Cheste
recoge una relación de todos los cauces existentes en el término municipal. De
todos ellos, los más importantes que atraviesan el término municipal son:
- Río Gallo
- Barranco Hondo
- Barranco del Cuchillo
- Barranco del Pozalet
- Barranco de la Sechara
- Barranco de la Cueva Morica
- Barranco Grande
- Barranco de Urrea
- Barranco de la Peña del Pardal
- El Barranquet
3.B.5. – Redes eléctricas
La legislación sectorial vigente en materia de redes eléctricas es:
ESTATAL:
- Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica.
- Ley 54/1997, de 27 de noviembre, de Ordenación del Sector Eléctrico (B.O.E. nº
285 de 28 de noviembre de 1997)
- Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, del Ministerio de Industria, por el que se
aprueba el Reglamento Técnico de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión
(B.O.E. nº 311, de 27 de diciembre de 1968).
El artículo 35.2 del Reglamento Técnico de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta
Tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, indica las
distancias mínima que deben darse, en condiciones más desfavorables, entre los
conductores de una línea eléctrica y los edificios o construcciones que se
encuentren bajo ello. Éstas son:
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PLAN GENERAL DE CHESTE
Sobre puntos accesibles a personas:
D (metros) = 3,3 + U(kv)/100 (mínimo: 5 m)
Sobre puntos no accesibles a las personas:
D (metros) = 3,3 + U(kv)/150 (mínimo: 4 m)
U(kv): Tensión nominal de la línea en kilovoltios.
Estas distancias deberán mantenerse en proyección horizontal entre los
conductores de la línea eléctrica y los edificios más próximos.
El artículo 162.3 del Real Decreto 1955/2000, que desarrolla la Ley 54/1997, de 27
de noviembre, del Sector Eléctrico, modifica el artículo 35.2 del Reglamento
Técnico de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión, y textualmente dice:
“En todo caso, y para las líneas eléctricas aéreas, queda limitada la plantación
de árboles y prohibida la construcción de edificios e instalaciones industriales en
la franja definida por la proyección sobre el terreno de los conductores entremos
en las condiciones más desfavorables, incrementada con las distancias
reglamentarias a ambos lados de dicha proyección.
Para las líneas subterráneas se prohíbe la plantación y construcciones
mencionadas en el párrafo anterior, en la franja definida por la zanja donde van
alojados los conductores incrementada en las distancias mínimas de seguridad
reglamentarias”.
El artículo 25 del Reglamento que desarrolla la Ley 10/1966, de 18 de marzo, sobre
expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, prohíbe
la creación de una servidumbre de paso para líneas eléctricas de alta tensión
sobre edificios y sus patios, sobre centros escolares, campos e instalaciones
deportivas cerradas, y sobre jardines y huertos cerrados anejos a viviendas, con
extensión inferior a media hectárea.
El Real Decreto1955/2000 deroga el citado Decreto 2619/1966. El artículo 161.1
impide que se impongan servidumbres de paso para líneas eléctricas de alta
tensión sobre edificios, sus patios, centros escolares, campos deportivos y jardines
y huertos, cerrados, anejos a viviendas existentes, siempre que la extensión de los
mismos sea inferior a media hectárea.
El documento de Homologación del Plan General de Cheste señala que el
término municipal de Cheste se ve atravesado por las siguientes líneas eléctricas,
todas ellas consideradas como Red Primaria de Infraestructuras:
- Línea Aérea de Alta Tensión, de 380 kv, a la ST de L´Eliana.
- Línea Aérea de Alta Tensión, de 132 kv, de ST de Buñol a ST de Paterna.
- Línea Aérea de Media Tensión, de 66 kv, de ST de Buñol a STR de la Pea.
- Línea Eléctrica de Alta Tensión, de 132 kv, de ST de Chiva a ST de Vilamarxant.
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Dicho documento ya contemplaba la nueva línea aérea de alta tensión
proyectada desde ST de Chiva a ST de Vilamarxant, de tensión 132 kv, cuyo
trazado coincide con el de la línea de ST de Buñol a ST de Paterna, también de
132 kv. Recientemente, la Conselleria de Infraestructuras y Transporte ha
otorgado la autorización administrativa para la instalación del segundo circuito
de la línea eléctrica de 132 kv entre la ST Chiva y la ST Vilamarxant (B.O.P nº 252,
de fecha 24 de octubre de 2005).
Red Eléctrica de España ha informado que por el término municipal de Cheste
discurre la Línea Eléctrica de tensión 400 kv, entre Cofrentes y L´Eliana.
3.B.6. – Red de abastecimiento de agua potable
La Homologación Global del Plan General Vigente habla de la existencia de un
pozo de agua potable para el abastecimiento humano situado en la zona de
Pino Blay, junto al que hay un depósito regulador de 1.150 m³, y del que parte
una tubería de Ø 250 mm que entra en el casco urbano por la calle Hernán
Cortés. A partir de esta tubería, la red de abastecimiento de agua potable al
municipio se ramifica por las distintas calles del casco urbano.
3.B.7. – Patrimonio cultural
La legislación sectorial vigente en materia de Patrimonio Cultural es:
AUTONÓMICA:
- Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Patrimonio Cultural
Valenciano.
- Ley 7/2004, de 19 de octubre, de la Generalitat Valenciana, de Modificación de
la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.
El municipio de Cheste carece en la actualidad de un catálogo oficial propio
que recoja todos los bienes culturales existentes en el término municipal, y que
establezca los grados de protección de cada uno de ellos.
El Estudio de Capacidad de Acogida del Territorio (CAT) de Cheste, recoge un
amplio elenco de todos los bienes patrimoniales con que cuenta el municipio,
por lo que para su conocimiento nos remitimos al contenido de dicho estudio.
Los Bienes Culturales que han sido tenidos en cuenta a la hora de elaborar dicho
estudio son:
- Yacimientos arqueológicos
- Yacimientos paleontológicos
- BIC´s
- Bienes etnológicos
- Bienes arquitectónicos
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- Patrimonio de piedra seca del municipio.
- Paneles cerámicos existentes en el casco urbano
- Fiestas locales
- Árboles y arbustos singulares.
3.B.8. – Patrimonio natural
El municipio de Cheste no cuenta con espacios naturales protegidos por
legislaciones sectoriales autonómicas en materia de espacios protegidos, tales
como Parques Naturales, parajes naturales, parajes naturales municipales,
paisajes protegidos, etc.
El único espacio natural existente en Cheste que cuenta con regulación
normativa autonómica es el Lugar de Interés Comunitario (LIC) denominado
Cueva del Barranco Hondo, situado en el barranco del mismo nombre. Se trata
de un ámbito territorial reducido y muy localizado, y destaca principalmente por
ser una cuevas frecuentada por animales que la utilizan como refugio, lugar de
cría o medio de vida no exclusivo, destacando las poblaciones de quirópteros.
Todos aquellos aspectos relativos al patrimonio natural del municipio quedan
recogidos y expuestos de manera exhaustiva en el Estudio de Capacidad de
Acogida del Territorio que acompaña al documento de concierto previo.
Por el Equipo Redactor,
El Arquitecto,
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4. – CUADROS RESUMEN DEL DOCUMENTO VIGENTE Y NUEVAS
ACTUACIONES PROPUESTAS
ÁREA
Suelo Urbano
CLAVE
R-1
Suelo Urbano
Suelo Urbano
Suelo Urbano
R-2
R-2
I-1
Suelo Urbano
TOTAL URBANO
I-2
Suelo Urbanizable
R-3
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
R-4
R-5
Suelo Urbanizable
R-6
Suelo Urbanizable
I-3
Suelo Urbanizable
I-4
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
TOTAL URBANIZABLE
NOMBRE
Casco Urbano
UE-6
UE-7
UE-9
Urb. Visos
Urb. Agua Perdida
Industrial de casco urbano
UE-11
Polígono Castilla
Sectores 3, 4, 5
Sector 3
Sector 4
Sector 5
La Imes
Urbanizaciones
UE-13. Urb. Cañada Fría
UE-14. Urb. Cabeza Redondo
UE-15. Urb. Cañada Larga
UE-16. Urb. Altamar
Sector 2. Ampliación Imes
Ampliación Polígono Castilla. UE-12
Sector 1. Pino Blay
Zafareig
Pinos Veros (La Loma)
Parque Empresarial
Amp. Polígono Castilla
USO
SUPERFICIE
HOM PGOU-2001 (m²)
RES
685.300
3.554
5.245
18.200
365.700
RES
RES
IND
IND
RES
RES
RES
RES
IND
IND
RES
RES
TER
IND
136.700
15.565
748.500
1.936.200
113.200
52.000
31.100
30.100
112.900
556.800
162.992
193.279
127.159
73.407
110.000
180.700
186.700
0
0
0
0
1.260.300
Suelo No Urbanizable
De Protección agrícola
Suelo No Urbanizable
Limitación I
Suelo No Urbanizable
Limitación II
Suelo No Urbanizable
Limitación III
TOTAL SUELO NO URBANIZABLE DE PROTECCIÓN
2.495.400
3.380.900
1.894.400
8.539.500
16.310.200
Suelo No Urbanizable
Suelo No Urbanizable Común
Suelo No Urbanizable
DICs
TOTAL SUELO NO URBANIZABLE SIN PROTECCIÓN ESPECIFICA
43.550.898
Suelo No Urbanizable
Afección Sectorial Carreteras
Suelo No Urbanizable
Afección Sectorial Ferrocarril
Suelo No Urbanizable
Afección Sectorial Cauces
Suelo No Urbanizable
Afecciones Vías Pecuarias
Suelo No Urbanizable
Equipamiento Parques
Suelo No Urbanizable
Equipamiento Vertedero Residuos Inertes
Suelo No Urbanizable
Equipamiento EDAR
Suelo No Urbanizable
Equipamiento Docente
Suelo No Urbanizable
Equipamiento Deportivo
TOTAL RED PRIMARIA DE EQUIPAMIENTOS E INFRAESTRUCTURAS
TOTAL TÉRMINO MUNICIPAL
43.550.898
%
2,73%
SUPERFICIES
AFECTADAS 2005 (m²)
685.300
4.142
5.139
18.296
295.977
70.351
84.288
15.565
748.500
1.899.981
%
GRADO DE
DESARROLLO
EN OBRAS
URBANIZADA
URBANIZADA
PAI EN TRAMITACIÓN
2,68%
116.086
EN OBRAS
113.015
EN OBRAS
1,78%
162.992
193.279
127.159
73.407
110.000
179.055
186.700
113.026
1.236.445
781.972
1.461.185
4.854.321
PAI EN TRAMITACIÓN
SIN PAI
SIN PAI
SIN PAI
PAI EN TRAMITACIÓN
EN OBRAS
SIN PAI
PAI EN TRAMITACIÓN
PAI EN TRAMITACIÓN
PAI EN TRAMITACIÓN
PAI EN TRAMITACIÓN
6,85%
23,00%
2.495.400
3.380.900
1.894.400
8.539.500
16.310.200
23,00%
39.993.096
61,43%
39.993.096
56,41%
3.832.237
715.265
171.200
109.300
18.000
976.300
2.020.100
7.842.402
11,06%
3.832.237
715.265
171.200
109.300
18.000
976.300
2.020.100
7.842.402
11,06%
70.900.000
100,00%
70.900.000
100,00%
Superficies afectadas por la Homologación vigente y superficies afectadas por el planeamiento de desarrollo
antes de la redacción del documento de concierto previo.
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CLAVE
R-1
Suelo Urbano
Suelo Urbano
Suelo Urbano
R-2
R-2
I-1
Suelo Urbano
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
I-2
R-3
R-4
R-5
NOMBRE
USO
Casco Urbano
UE-6
UE-7
UE-9
Urb. Visos
Urb. Agua Perdida
Industrial de casco urbano
UE-11
Polígono Castilla
Sectores 3, 4, 5
La Imes
Urbanizaciones
UE-13. Urb. Cañada Fría
UE-14. Urb. Cabeza Redondo
UE-15. Urb. Cañada Larga
UE-16. Urb. Altamar
Sector 2. Ampliación Imes
Ampliación Polígono Castilla..
Sector 1. Pino Blay
Zafareig
La Loma
Parque Empresarial
Amp. Polígono Castilla
Suelo Urbanizable R-6
Suelo Urbanizable I-3
Suelo Urbanizable I-4
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Suelo Urbanizable
Residencial
Residencial
Residencial
Industrial
Industrial
Residencial
Residencial
Residencial
Residencial
Industrial
Industrial
Residencial
Residencial
Terciario
Industrial
GRADO DE
DESARROLLO
CONSOLIDADO
EN OBRAS
URBANIZADA
URBANIZADA
Nº DOGV
P REPARCEL PRESENTADO
CONSOLIDADO
EN OBRAS
CONSOLIDADO
EN OBRAS
EN OBRAS
PAI EN TRAMITACIÓN
SIN PAI PRESENTADO
SIN PAI PRESENTADO
SIN PAI PRESENTADO
PAI EN TRAMITACIÓN
EN OBRAS
PENDIENTE DE DESARROLLO
PAI EN TRAMITACIÓN
PAI EN TRAMITACIÓN
PAI EN TRAMITACIÓN
PAI EN TRAMITACIÓN
FECHA ÚLTIMA
PUBLICACIÓN
PROYECTOS SOMETIDOS
A INFORMACIÓN PÚBLICA
4.658 3 de marzo de 2005
Proyecto de reparcelación
4.793 8 de julio de 2004
Est. de Detalle, Proy. de Urbanización y justificación de no cédula
5.006 16 de mayo de 2005
Proyecto de reparcelación
4.938 3 de febrero de 2005
Modificación del Plan Parcial de mejora
4.672 19 de enero de 2004
5.009 19 de mayo de 2005
Plan Parcial, Estudio de Impacto Ambiental y Anteproyecto de Urbanización
Proyecto de reparcelación
4.746 5 mayo de 2004
Plan Parcial, Estudio de Impacto Ambiental y Proyecto de Urbanización
4.974 30 de marzo de 2005 Plan Parcial, Estudio de Impacto Ambiental y Proyecto de Urbanización
5.064 4 de agosto de 2005 Plan Parcial modificado
Grado de desarrollo del suelo urbano y urbanizable.
ÁREA
Casco Urbano
Urb. Visos
Urb. Agua Perdida
Sectores 3,4 y 5
La Imes
Urb. Cañada Fría
Urb. Cabeza Redondo
Urb. Cañada Larga
Urb. Altamar
Sector 2. Ampliación Imes
Zafareig
Pinos Veros (La Loma)
CLAVE SUPERFICIE
SUPERFICIE
EDIFICABILIDAD
EDIFICABILIDAD EDIFICABILIDAD
(m²)
EDIFICABLE (m²) HOM PGOU 2001 (m²t) POTENCIAL (m²) CONSUMIDA (m²t)
R-1
685.300,00
441.130,86
1.330.144,45
1.330.144,45
709.905,65
R-2
295.977,00
215.711,41
86.284,57
86.284,57
14.146,67
R-2
70.351,00
54.745,49
21.898,19
21.898,19
2.625,14
R-3
116.086,00
42.425,00
87.065,00
87.065,00
0,00
R-4
113.015,00
51.990,00
66.784,00
49.910,00
0,00
R-5
162.992,00
135.808,00
48.898,00
48.898,00
5.971,19
R-5
193.279,00
142.764,00
77.312,00
77.312,00
11.668,64
R-5
127.159,00
127.314,00
48.329,00
48.329,00
5.642,52
R-5
73.407,00
73.407,00
29.363,00
29.363,00
6.983,16
R-6
110.000,00
55.381,00
77.000,00
54.826,00
0,00
113.026,00
33.350,47
0,00
67.850,92
0,00
1.236.445,00
762.408,00
0,00
346.209,00
0,00
TOTAL
3.297.037,00
2.136.435,23
1.873.078,21
2.248.090,13
%
53%
16%
12%
0%
0%
12%
15%
12%
24%
0%
0%
0%
756.942,97 34%
Segunda residencia
Edificabilidad residencial, potencial y consumida.
ÁREA
CLAVE
Urbano Industrial I-1
Urbano Industrial I-1 (UE-11)
Polígono industrial Castilla
Ampliación polígono Castilla
Sector 1. Pino Blay
Sector Industrial La Ceja
I-1
I-1
I-2
I-3
I-4
SUPERFICIE
SUPERFICIE
EDIFICABILIDAD SEGÚN EDIFICABILIDAD
EDIFICABILIDAD
OCUPACIÓN DE MANZANAS MANZANAS SIN MANZANAS SIN
(m²)
EDIFICABLE (m²) HOM PGOU 2001 (m²t) CONSUMIDA (m²t) POTENCIAL 2005 (m²t) POR EDIFICACIONES (%)
OCUPAR (m²s) OCUPAR (%)
84.288,10
84.288,10
84.288,10
67.978,54
84.288,10
80,65%
16.309,57
19,35%
15.565,00
8.550,00
25.650,00
0,00
25.650,00
0,00%
0,00
0,00%
748.500,00
589.796,51
528.668,66
204.533,23
528.668,66
38,69%
87.707,47
16,59%
179.055,00
106.811,00
117.455,00
0,00
116.422,90
0,00%
0,00
0,00%
186.700,00
112.020,00
158.695,00
0,00
158.695,00
0,00%
0,00
0,00%
1.461.185,00
873.006,00
0,00
0,00
806.455,10
0,00%
0,00
0,00%
TOTAL
2.675.293,10
1.774.471,61
914.756,76
272.511,76
1.720.179,76
Edificabilidad industrial, potencial y consumida.
ÁREA
Polígono Industrial Castilla
Sectores 3, 4, 5
Sector Residencial La Imes
Sector 2, Residencial. Ampliación de La Imes
Sector Zafareig
Sector Pinos Veros (La Loma)
Parque Empresarial Circuito de Cheste
TOTAL
CLAVE
I-2
R-3
R-4
R-6
SUPERFICIE
SUPERFICIE EDIFICABLE
EDIFICABILIDAD SEGÚN
EDIFICABILIDAD
EDIFICABILIDAD
% del
SECTOR (m²)
TERCIARIO (m²)
HOM PGOU 2001 (m²t) POTENCIAL 2005 (m²t) CONSUMIDA (m²t) Potencial
748.500,00
16.508,23
49.524,69
49.524,69
3.439,35
116.086,00 En PB y altas de residencial múltiple
29.021,00
29.021,00
0,00
113.015,00
5.634,00
6.761,00
6.761,00
0,00
110.000,00
5.205,00
6.766,50
6.766,50
0,00
113.026,00
9.914,39
0,00
11.302,40
0,00
1.236.445,00
49.458,00
0,00
24.729,00
0,00
781.972,17
494.329,71
0,00
312.788,71
0,00
3.219.044,17
581.049,33
92.073,19
440.893,30
3.439,35
Edificabilidad terciaria, potencial y consumida.
MEMORIA INFORMATIVA
35
0,8%
Documentación de carácter PROVISIONAL para la tramitación del Concierto Previo
ÁREA
Suelo Urbano
PLAN GENERAL DE CHESTE
Documentación de carácter PROVISIONAL para la tramitación del Concierto Previo
DOCUMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DEL CONCIERTO PREVIO
RED PRIMARIA DE DOTACIONES E INFRAESTRUCTURAS (HOM PGOU-2001)
SUPRAMUNICIPAL
PARQUES PÚBLICOS
No hay
REDES TRANSPORTE
1 - Línea férrea Valencia-Madrid
2 - Estación de Ferrocaril
3 - A3. Madrid-Valencia
4 - CV-50, de Tavernes de la Valldigna a Llíria
5 - CV-378, de Godelleta a Cheste
6 - CV-383, de Cheste a Estación del Llano
7 - CV-380, de CV-50 a Pedralba
8 - CV-384, de Cheste a Gestalgar
9 - CV-382, de Urrea a CV-384
10 - CV-381, de Urrea a Pedralba
11 - CV-379, de Urrea a Gestalgar
INFRAESTRUCTURAS
1 - EDAR y colectores (10000 habit equivalentes)
2 - Red de transporte de energía eléctrica
2.1 - LAAT de 380 Kv, a ST de la Eliana
2.2 - LAAT de 132 Kv, de ST Buñol a ST Paterna
2.3 - LAMT de 66 Kv, de ST Buñol a STR la Pea
2.4 - LAAT de 132 Kv, de ST Chiva a ST Villamarchante
(en proyecto, coincide con 2.2)
3 - Red de distribución Gas Natural
EQUIPAMIENTOS
1 - Centro de Salud
2 - Instituto José Mª Haro
3 - Iglesia de San Lucas
4 - Ermita
5 - Cuartel de la Guardia Civil
SUP (m²)
TITULAR
17900
950
6800
1400
285
1150
Generalitat Valenciana
Generalitat Valenciana
Iglesia Católica
Iglesia Católica
Estado
Red Primaria definida por la Homologación del PGOU vigente (Supramunicipal)
MEMORIA INFORMATIVA
36
PLAN GENERAL DE CHESTE
Documentación de carácter PROVISIONAL para la tramitación del Concierto Previo
DOCUMENTO PARA LA TRAMITACIÓN DEL CONCIERTO PREVIO
RED PRIMARIA DE DOTACIONES E
INFRAESTRUCTURAS (HOM PGOU-2001)
MUNICIPAL
SUP (m²)
PARQUES Y JARDINES
201.600
Parque Lomiquia
75.950
Paseo Anselmo Balaguer
10.500
Parque del Polideportivo
95.250
Jardín UA-4
2.600
Espacio libre Uso Privado Huerto Martínez
17.300
RED VIARIA
Avda. Castilla Pintor Sorolla
Carretera de Llíria
Calle Chiva
Calle Valencia
Calle Quevedo
Plaza Doctor Cajal
Plaza del Mercado
Plaza de la Iglesia y Plaza León
Calle Ribera
Calle Pérez Galdós
Calle del Laurel
Plaza Aragón calle Méndez Núñez
Calle Puerta Zafa - Mercado - Ermita
INFRAESTRUCTURAS
1 - Red de abastecimiento de agua
Pozo en zona de Pino Blay y depósito de 1150 m³
2 - Red de saneamiento
Colector norte
Colector sur
Colector central
EQUIPAMIENTOS
22.684
1 - Colegio Público Fco. Giner de los Ríos
8.150
2 - Colegio Público Blasco Ibáñez
9.100
3 - Colegio Privado San José de la Montaña
1.100
4 - Mercado
1.254
5 - Centro de Servicios Sociales
1.200
6 - Edifico Ayuntamiento
290
7 - Casa de Cultura
390
8 - Equipamiento público
1.200
TOTAL
224.284
Red Primaria definida por la Homologación del PGOU vigente (Municipal)
MEMORIA INFORMATIVA
37

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