Recoge los excrementos de tu mascota
Transcripción
Recoge los excrementos de tu mascota
DAD CASA U T s e Porque TU CIU n ié b m ta ...y en ella no los DEJARÍAS Recoge los excrementos de tu mascota DAD CASA U T s e Porque TU CIU n ié b m a t ...y en ella no los DEJARÍAS Recoge los excrementos de tu mascota CA A Ñ PA M E D IZ IL IB NS SE N IÓ AC ¡Piensa en los niños, piensa en los demás! ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA Artículo 30.- Normas de Conducta. Las personas propietarias y poseedoras, así como quienes conduzcan animales domésticos en los espacios públicos, quedan obligadas a la recogida inmediata de las deyecciones de éstos, cuidando, en todo caso, de que no orinen ni defequen en aceras y otros espacios de tránsito. Excmo. Ayuntamiento UTRERA Excmo. Ayuntamiento UTRERA SERVICIOS AMBIENTALES SERVICIOS AMBIENTALES Artículo 31.- Régimen de sanciones. La infracción de la obligación impuesta en el artículo anterior tendrá la consideración de infracción leve, y será sancionada con MULTA HASTA DE 500 € Porqué debemos recoger los excrementos caninos ➊ Las manos, la suela de los zapatos, el balón, etc., pueden ser vehículos de transmisión de microorganismos como los Coliformes Fecales, Salmonella o el Toxiocariasis, un parásito que afecta sobre todo a niños entre los 2 y 7 años y que puede producir una enfermedad ocular importante. ➋ Los excrementos caninos son una fuente de transmisión de enfermedades entre mascotas y pueden crear focos de contagio en nuestra ciudad, por huevos de parásitos capaces de infectar a las personas y producir diversas afecciones. ➌ ➍ ➎ En contra de lo que puedas pensar, las defecaciones caninas en zonas verdes, no contribuyen al medio ambiente como si fuera materia biodegradable, más bien es BIODESAGRADABLE. Además, es muy desagradable encontrar excrementos en la vía pública y da mala imagen a nuestros convecinos y a los que nos visitan. ¡Ah! y por que está prohibido dejarlos abandonados en la vía pública. Puntos de Recogida de Bolsas NORMATIVA REGUL ADOR A Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de protección de los animales. Andalucía. Artículo 12.3. Circulación por espacios públicos. “La persona que conduzca al animal queda obligada a la recogida de las defecaciones del mismo en las vías y espacios públicos, salvo en aquellas zonas autorizadas a tal efecto por el Ayuntamiento correspondiente.” Ordenanza Municipal de Limpieza Urbana y retirada de Residuos Sólidos (BOP 08-09-2006) Artículo 21.3.D) “Los detentadores de animales deberán recoger y retirar los excrementos o residuos provenientes de los mismos, limpiando la vía pública afectada. Los excrementos se depositarán en la basura general domiciliaria, en papeleras o contenedores dentro de bolsas perfectamente cerradas.” Artículo 31. Régimen de sanciones “La infracción de la obligación impuesta en el artículo anterior tendrá la consideración de infracción leve, y SERÁ SANCIONADA CON MULTA DE HASTA 500,00 €.” Ordenanza Municipal de Protección Animal y de Tenencia de Animales de Compañía y Animales Potencialmente Peligrosos (BOP 16-04-2014) Artículo 6. Prohibiciones “Con independencia de las acciones u omisiones tipificadas como infracciones de tipo penal o administrativo, recogidas en la legislación vigente de ámbito superior, queda prohibido, y dará lugar a la incoación de expediente administrativo, y en su caso, la correspondiente sanción”. “26. Que los animales ensucien las vías y espacios públicos”. A Ñ PA M CA Ordenanza Municipal de Medidas para el Fomento y Garantía de la Convivencia Ciudadana en los Espacios Públicos de Utrera (BOP 30-07-2012) domésticos en los espacios públicos, quedan obligadas a la recogida inmediata de la deyecciones de éstos, cuidando, en todo caso, de que no orinen ni defequen en aceras y otros espacios de tránsito” E D N Ó CI ZA I IL B SI N SE Artículo 30.- Normas de Conducta “Las personas propietarias y poseedoras, así como quienes conduzcan animales r asf h j lmrtyu o p cv ,SDWCN M , .