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Unidos por una movilidad eficiente
Autoridad Unica de Transporte y Movilidad
para Lima Metropolitana y provincias
conurbadas
Fundación TRANSITEMOS®
Introducción
ANTECEDENTES
El crecimiento demográfico de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional
del Callao genera la necesidad de fortalecer sus competencias institucionales en
transporte y movilidad, con el propósito de ofrecer un sistema integrado,
multimodal, interconectado, dotado de un medio único de pago, con adecuadas
condiciones de seguridad y confort para los usuarios y garantizando el
cumplimiento de normas y reglamentos por parte de sus operadores.
1
Situación actual
CALLAO
146.98 km2
PROVINCIAS CONURBADAS
PROVINCIAS PRÓXIMAS A SER
CONURBADAS - 5 AÑOS
PROVINCIAS PRÓXIMAS A SER
CONURBADAS - 10 AÑOS
LIMA
2, 672 km2
Estructura organizacional en
transporte
LIMA
Gobierno Regional,
Municipio Provincial y
Municipio Distrital
en una sola autoridad
2, 672 km2
9’ 395, 149 hab.
(INEI 2012)
MINISTERIO DE
TRANSPORTES- MTC
Regula y Norma el
Transporte Terrestre en
todo el país
CALLAO
2 autoridades diferentes
sobre un mismo territorio
Gobierno Regional y
Gobierno Provincial
147 km2
969, 170 hab. (INEI 2012)
Gestión del territorio e
Infraestructura de Transporte
Municipalidad
Provincial
del Callao
METRO MTC
MPC
5%
MML
95%
Municipalidad
Metropolitana
Lima
Gestión de Rutas de
Transporte Urbano
9.4 millones de viajes en T. Público
.
1. 8 millones viajes diarios.
117 Rutas
Municipalidad
Provincial
del Callao
MML
MPC RI
72%
19% 9%
METRO-MTC 0.2 millones de
viajes diarios
55
Rutas de
Interconexión
0.8 millones viajes diarios.
6.7 millones viajes diarios.
437 Rutas +
1 BRT
Municipalidad
Metropolitana
Lima
Planificación y Gestión de Transporte
Municipalidad Metropolitana de Lima
IMP
GDU
Ministerio de Transportes y
Comunicaciones
Municipalidad Provincial del Callao
GTU
GERENCIA DE TRANSPORTE
URBANO
Estudios de Transito y Transporte
Regulación de Transporte
Fiscalización de Transporte
Ingeniería de Tránsito
PETNMM
OGPP
GGDU
DGTT
DIRECCION GENERAL DE
TRANSPORTE TERRESTRE
Regulación y Normatividad
Servicios de Transporte Terrestre
Circulación y Seguridad Vial
GGTU
GERENCIA GENERAL DE
TRANSPORTE URBANO
Estudios de Transito y Transporte
Ejecución Coactiva de Transporte
PROTRANSPORTE
AATE
GPIP
INVERMET
EMAPE
GOBIERNO REGIONAL LIMA
METROPOLITANA
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
PROVINCIAS
FINVER
CONSEJO TECNICO DE TRANSPORTE DE LIMA Y CALLAO CTLC
otras instituciones nacionales
GOBIERNO REGIONAL DEL CALLA0
Conclusión
• Lima tiene tres tomadores de decisiones para plantear propuestas, dar
regulaciones y hacer intervenciones en lo que a transporte se refiere: el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), la Municipalidad
Metropolitana de Lima (MML) y la Municipalidad Provincial del Callao
(MPC). Sin una visión armonizada de la metrópoli y sin el seguimiento de
un plan único concertado. Los resultados de su gestión dispersa no han
sido buenos, vista en conjunto.
Que problemas genera el
modelo actual
Excesiva y antigua flota de Transporte
Que problemas genera el
modelo actual
Superposición de rutas: un gran problema
• Longitud promedio de rutas = 70,24 Km (ida y
vuelta)
• Longitud total de todas las rutas de Lima = 39.403
Km
• Kilómetros de sobre-posición de la red = 1.103.000
Km (rutas se superponen 28 veces – promedio)
• Costo promedio de operación de sobre-posición al
día > S/. 11 millones (más de S/. 4 mil millones
anuales).
• La superposición excesiva hace imposible planificar
el transporte y agudiza los problemas de la guerra
por el pasajero adicional
Que problemas genera el
modelo actual
Contaminación:
Costos anuales por las emisiones de gases
contaminantes de la salud en Lima:
U$D. 410 millones.
Observatorio de la Movilidad Urbana CAF-2009
Congestión y Caos
Costo anual: U$D 408 millones .
Diario Gestión. 30 de abril de 2010.
Velocidad de viaje: 16,8 km/h (44.9 minutos).
Plan Maestro de Transporte Urbano para el Área de Lima y Callao
Jica/2004
Que problemas genera el modelo actual
Accidentes de tránsito
50,000 de los 80,000 accidentes que ocurren a nivel nacional
se registran en Lima.
En Lima en promedio al año ocurren 590 muertes, 180
heridos, y 30 discapacitados permanentes.
Que problemas genera el
modelo actual
Servicio de transporte comisionista-afiliador:
• Empresas que prestan el servicio sin buses de su propiedad
• Conductores y cobradores que trabajan más de 12 horas diarias.
• Este sistema genera que los operadores ganen por el número de
afiliados y no por la calidad del servicio, incentiva la excesiva
superposición de rutas.
• Las empresas pierden 4,000 millones de soles al año por exceso
de superposición de rutas.
• Usuarios maltratados y descontentos con la calidad y
condiciones del servicio.
¿PODEMOS SEGUIR CON TRES
AUTORIDADES DE TRANSPORTE PARA
ADMINISTRAR UN SERVICIO
EN UN MISMO TERRITORIO?
3
Propuesta:
Proyecto de Ley de creación de la
Autoridad Única de Transporte y
Movilidad
AUTRAM la Autoridad Unica de
Transporte y Movilidad
• Enfocada exclusivamente en los servicios de transporte urbano, sin
incluir la gestión del tráfico ni la logística urbana de mercancías que
requieren sus propias organizaciones, cuyo objetivo sea, el manejo
integral de la planificación, regulación y fiscalización de los servicios de
transporte a través de una sola entidad, autónoma e independiente de
aquellas tradicionalmente involucradas.
• AUTRAM es una apuesta por una autoridad de transporte con
funciones en el ámbito estratégico y táctico, dejando a los operadores
el ámbito operacional.
Modelo de la Autoridad Unica de
Transporte y Movilidad
• Con carácter de excepción, como Organismo Público Especializado
adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), con personería
jurídica de Derecho Público Interno y con autonomía administrativa,
funcional, económica y financiera. Organismo público de carácter
eminentemente técnico.
Objetivo
• Fortalecer la capacidad institucional del Estado, con el propósito de que
la planificación, regulación, gestión y fiscalización de los servicios
públicos de transporte terrestre de personas en el territorio conurbado
constituido por Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del
Callao se desarrollen bajo una sola autoridad.
• Establecer lineamientos de política aplicables de manera uniforme en
todo el territorio conurbado, promoviendo la movilidad sostenible, con
medios de transporte seguros, interconectados y eficientes, con un solo
medio de pago, a efectos que dichos servicios y actividades se brinden
con calidad a favor de los usuarios y se garantice el cumplimiento por sus
operadores de las normas legales que los regulan.
Ámbito de competencia
• El territorio conurbado de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional
del Callao, así como el de las provincias que se integren a la conurbación en el
tiempo, teniendo en consideración el marco legislativo, regulaciones y
prácticas vigentes actualmente.
Objeto de su regulación
• Los servicios de transporte terrestre de personas que se prestan dentro de
dicho territorio en todas sus modalidades, Servicio Regular, el Sistema de
Corredores Segregados de Buses de Alta Capacidad y el Sistema de Trenes
Eléctricos de Transporte Masivo de Lima y Callao.
Sujetos implicados
• Los funcionarios competentes de AUTRAM, las empresas de transporte, los
conductores y prestadores de servicios complementarios que operen o
interactúen en dichos servicios.
Principales Funciones de AUTRAM
Planificación Integrada
• A largo Plazo (20 años) en el desarrollo de Planes de Movilidad
Urbana Sostenible.
• De las infraestructuras de Transporte Público.
• De los servicios y definición de los programas explotación
coordinada de todos los modos de Transporte.
Principales Funciones de AUTRAM
Integración Administrativa
• Establecimiento de un marco estable de financiación del
sistema.
• Desarrollo de una política de gestión y control económico del
sistema de transportes.
• Creación de una imagen global del sistema de transporte
público, donde AUTRAM unifica las relaciones con los usuarios.
• Trabajar codo con codo con los municipios.
Principales Funciones de AUTRAM
Integración Tarifaria
• Establecimiento de un sistema de recaudo integrado para toda la Red de
Transporte Público.
• Elaboración y aprobación de un marco tarifario común
• Fijación de tarifas
• Recaudación de los ingresos tarifarios
• Publicidad y promoción de los elementos que integran el sistema tarifario
• Distribución de los ingresos entre las empresas operadoras
• Realización de las compensaciones que procedan entre las empresas como
consecuencia de los sistemas tarifarios combinados que se establezcan.
Principales Funciones de AUTRAM
Integración Modal Trabajando la complementariedad de los
diferentes modos y redes de transporte, extendiendo las redes y
servicios, promoviendo la intermodalidad entre:
• Líneas de metro
• Sistemas BRT
• Sistemas de buses con corredores complementarios de
integración y alimentación
• Terminales de buses interprovinciales
• Futuros trenes de cercanía
• Red de ciclovías y sistemas de bicicleta publica
• Redes peatonales
Estructura Orgánica Básica
Se propone la siguiente estructura orgánica básica siguiente, para el cumplimiento de
sus fines:
•
•
•
•
•
•
Consejo Directivo,
Órganos de línea y sus órganos desconcentrados
Órganos de apoyo
Órganos de asesoría
Órgano de defensa judicial
Órgano de control institucional
Las funciones del Consejo Directivo; los requisitos, condiciones e impedimentos para
ser miembro del mismo; así como la organización y funcionamiento de los demás
órganos de AUTRAM serán establecidos en el Reglamento de la Ley.
Composición y elección de del
Consejo Directivo
AUTRAM será administrado por un Consejo Directivo conformado por siete (07) miembros
que son designados por un período de siete (07) años.
Los miembros del concejo son designados previo concurso público por una comisión
seleccionadora conformada por:
• Un (01) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidirá
• Un 01 representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones quien realizará las
funciones de Vicepresidente
• Un 01 representante del Ministerio de Economía y Finanzas
• Un 01 representante del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento
• Un 01 representante del INDECOPI
• Un 01 representante de la Municipalidad Metropolitana de Lima
• Un 01 representante de la Municipalidad Provincial del Callao
El reglamento de la ley establecerá el procedimiento del concurso público para la
designación y renovación por tercios del Consejo Directivo.
Recursos
•
Los recursos provenientes del tesoro público que se establezca en el presupuesto
nacional de la república
• Los recursos propios que genere AUTRAM como consecuencia de la gestión de las
actividades que se encuentran bajo su ámbito de competencia.
• Los recursos que se recauden por concepto de tasa de regulación a la que se refiere
en la ley.
• El importe de las sanciones que se impongan por incumplimiento de la normativa
vigente, así como de las penalidades por incumplimiento de los contratos de
concesión.
• Los recursos provenientes de la cooperación técnica y financiera no reembolsable,
de conformidad con la normativa vigente.
Tasa de Regulación.
Créase la Tasa de Regulación equivalente al 1% de la recaudación anual por la prestación
de los servicios de transporte terrestre de personas y los servicios complementarios que
sean entregados en concesión, a afectos de sufragar el costo de la regulación de dichos
contratos, la que estará a cargo de los operadores de los mismos.
Transferencias
Transferencia de funciones
Dentro del plazo de noventa (90) días contados a partir de la publicación del Reglamento
de la Ley se transferirán a AUTRAM las funciones:
• Normativas,
• De gestión
• De Fiscalización
Correspondientes a los servicios de transporte terrestre a cargo de:
• Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima
• Instituto Metropolitano del Transporte de Lima (PROTRANSPORTE)
• Gerencia General de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao
• La Autoridad Autónoma del Tren Eléctrico (AATE)
AUTRAM asumirá el acervo documentario, bienes, pasivos, recursos y personal sujeto al
régimen del Decreto Legislativo Nº 728 y contratos efectuados bajo el régimen de
Contratación Administrativa de Servicios, sujeto al Decreto Legislativo Nº 1057,
conforme a las disposiciones reglamentarias que se emitan
Transferencias
Transferencia presupuestal.
La Municipalidad Metropolitana de Lima, la Municipalidad Provincial del Callao y el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro del plazo de noventa (90) días
contados desde la publicación de la Ley que cree a AUTRAM, transferirá los recursos
presupuestales que correspondan a las funciones transferidas de la Gerencia de
Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, de la Gerencia General
de Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao, del Instituto
Metropolitano Protransporte de Lima (PROTRANSPORTE) y de la Autoridad Autónoma
del Tren Eléctrico (AATE), de acuerdo con los dispositivos legales vigentes
4
El proyecto contempla una Solución al
Problema de Conurbación
Modificación de la Ley General del
Transporte y Tránsito Terrestre
Se plantea modificar los numerales 17.2 y 17.3 del Artículo 17º de la Ley General del
Transporte y Tránsito terrestre, Ley N° 27181, los mismos que en el futuro tendrán el
siguiente tenor literal:
•
•
•
“Artículo 17º.- De las competencias de las Municipalidades Provinciales
(…)
17.2 Cuando dos ciudades o áreas urbanas pertenecientes a provincias contiguas conforman
un área urbana continúa, tal circunstancia deberá ser declarada, previos los estudios y
comprobaciones técnicas que acrediten la concurrencia de los factores y características de
continuidad urbana que establece el Reglamento Nacional de Administración de Transporte,
por las municipalidades provinciales correspondientes o, en su defecto, a solicitud de cualquiera
de ellas, por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dicho Ministerio también
podrá declarar de oficio la existencia de continuidad urbana, previo requerimiento a las
municipalidades involucradas para que lo hagan en el término perentorio de ciento veinte (120)
días calendario.
Modificación de la Ley General
del Transporte y Tránsito
Terrestre
•
17.3 Declarada la existencia de continuidad urbana, las
municipalidades correspondientes deberán establecer el régimen de
gestión común del transporte y tránsito terrestre para la integridad de
los territorios de ambas provincias. De no establecerse dicho régimen,
cualquiera de las municipalidades puede solicitar una solución arbitral.
Si ninguna de las municipalidades solicita el arbitraje o alguna de ellas
se niega a someterse a este procedimiento, corresponde al Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, establecer el régimen de gestión
común.”
Incorporaciones a la Ley General del
Transporte y Tránsito Terrestre
Se plantea incorporar al artículo 17º de la Ley General de Transporte y Tránsito
Terrestre los numerales 17.4, 17.5 y 17.6 de la siguiente forma:
•
•
“Artículo 17º.- De las competencias de las Municipalidades Provinciales (…)
17.4 El régimen de gestión común a establecerse deberá contemplar la creación de
una Autoridad Técnica Unificada que ejercerá las competencias de planificación,
regulación, gestión y fiscalización del transporte y tránsito terrestre en la totalidad de
los territorios de las provincias conurbadas, cuyo Concejo Directivo deberá estar
integrado por representantes de las municipalidades involucradas en proporción a su
población.
Incorporaciones a la Ley General
del Transporte y Tránsito
Terrestre
•
17.5 Las Autoridades Técnicas Unificadas que se constituyan en el marco de los
regímenes de gestión común al que se refiere al numeral 17.4 del presente artículo,
estarán adscritas al Gobierno Regional correspondiente, si la conurbación es entre
provincias de una misma región, o a la Presidencia del Consejo de Ministros, si ésta se
da entre provincias de distintas regiones. El Presidente del Concejo Directivo de cada
Autoridad Técnica Unificada será designado por concurso público convocado por la
entidad a la cual están adscritos.
•
17.6 La inexistencia del régimen de gestión común a que se refiere los numerales
precedentes no faculta a ninguna municipalidad a otorgar permisos, autorizaciones o
concesiones en ámbitos territoriales fuera de su jurisdicción, bajo sanción de nulidad y
de responsabilidad penal y administrativa de los funcionarios que hubieren otorgado
tales títulos habilitantes.
Incorporación de nuevos territorios
El proyecto realiza señala que la incorporación de nuevas provincias de la
Región Lima Provincias al territorio continuo de Lima Metropolitana y la
Provincia Constitucional del Callao se realizará de acuerdo al procedimiento
establecido en los numerales 17.2 al 17.6 del artículo 17° de la Ley General
del Transporte y Tránsito Terrestre. (De acuerdo a las modificaciones e
incorporaciones propuestas)
Todas las provincias incorporadas deberán designar un representante por
todas ellas ante el Consejo Directivo de la Autoridad Unica
5
Otras Disposiciones
Respecto del Servicio del transporte de
mercancías en el ámbito provincial.
•
•
Se precisará que el Registro Nacional del Transporte Terrestre de Mercancías a cargo
del Ministerio de Transporte y Comunicaciones constituye el único registro en el que
se inscribirán los operadores, conductores y vehículos del servicio de transporte de
mercancías que se preste en el ámbito provincial, incluyendo los territorios
continuos.
Sin perjuicio de ello, las autoridades provinciales y, en su caso, las autoridades
unificadas de transporte y tránsito terrestre que se constituyan, están facultadas
para:
 Disponer restricciones de horario y de ruta a la circulación, detención y/o
estacionamiento de vehículos de transporte de mercancías en función a la
capacidad y las características de las vías, con arreglo al Texto Único Ordenado
del Reglamento Nacional de Tránsito.
 Autorizar el uso y ocupación de las vías públicas urbanas
GRACIAS
Fundación
TRANSITEMOS
Av. Dos de Mayo No. 299
San Isidro - Lima, Perú
www.transitemos.org

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