procedimiento de solicitud de autorización de
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procedimiento de solicitud de autorización de
MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS ESPAÑOLES PARA EXPORTAR CARNE Y PRODUCTOS CÁRNICOS DE ORIGEN PORCINO A PERÚ Sobre la base de aplicación de la Resolución Nº 1183 de 2008 de la Comunidad Andina, las Autoridades peruanas solamente permiten la importación en su territorio de porcinos domésticos y sus productos desde establecimientos autorizados por el SENASA peruano, incluidos en la correspondiente lista de autorizados para exportar a Perú, que puede consultarse en la página Web CEXGAN (http://cexgan.magrama.es). Conforme a ello, los establecimientos españoles interesados en solicitar autorización para la exportación a Perú de carne y/o productos cárnicos de origen porcino, deberán presentar, ante la Subdirección General de Acuerdos Sanitarios y Control en Frontera (MAGRAMA), para su posterior remisión a Perú, la siguiente documentación POR DUPLICADO: 1.- Solicitud de autorización dirigida a la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del MAGRAMA (según modelo Anexo 1). 2.- Solicitud de autorización dirigida al SENASA de Perú. (según modelo Anexo 2). La empresa solicitante deberá cumplimentar los formularios anteriores con los datos correspondientes al establecimiento elaborador para el que solicita la autorización teniendo en cuenta las siguientes indicaciones: - En el campo “Nº Oficial” se debe indicar el Nº de Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) asignado al establecimiento, conforme a la base de datos de AESAN (http://rgsa-web-aesan.msssi.es/rgsa/formulario_principal_js.jsp). - En los campos “Razón social, Dirección, Ciudad, Estado/Provincia” se deberán cumplimentar los datos del establecimiento solicitante tal como figuran en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) asignado al establecimiento, conforme a la base de datos de AESAN (http://rgsa-web-aesan.msssi.es/rgsa/formulario_principal_js.jsp). - Ambos documentos deben ir firmados y sellados por un representante legal del establecimiento y, asimismo, el Anexo 2 debe estar también sellado y firmado por los Servicios Veterinarios Oficiales de la Comunidad Autónoma tras su correspondiente verificación. 3.- Copia del documento de autorización oficial (inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos - RGSEAA). 4.- Relación de los productos que se desean exportar. 5.- Fichas técnicas de los productos. 6.- Diagramas de flujo del proceso productivo (especificando tiempos y temperaturas aplicados en cada fase del procedimiento de elaboración de los productos). 7.- Descripción de los procedimientos aplicados en la elaboración de los productos (detallados en profundidad). 8.- Origen de la materia prima (documento en el que se indique el origen de los animales sacrificados para la elaboración de los productos así como el/los matadero/s donde son sacrificados). Se recuerda que sólo está permitida la exportación a Perú de productos cuyo origen sean animales nacidos, criados y sacrificados en España. 9.- Plan de análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC) (deben incluirse las tablas de gestión de los peligros y puntos críticos de control). MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 10.- Plan de análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC) (deben incluirse las tablas de gestión de los peligros y puntos críticos de control). 11.- Sistema de buenas prácticas de higiene (documentación que describa el Plan de higiene implantado en el establecimiento para garantizar la la higiene y seguridad alimentaria durante el procedimiento de elaboración: Plan de Limpieza y desinfección, controles, frecuencias, límites, verificaciones, formación de manipuladores, etc. así como otros posibles procedimientos que se lleven a cabo en este ámbito) Toda la documentación ha de ser refrendada con el visto bueno (fecha, firma y sello) de los Servicios Veterinarios Oficiales de la Comunidad Autónoma donde se ubica el establecimiento, tras verificar que la información que se detalla es veraz. Se deberá presentar un expediente por cada establecimiento con número de RGSEAA independiente, no siendo aceptadas aquellas solicitudes en cuya documentación se solicite la homologación de varios establecimientos, independientemente del vínculo legal que los una. Esta documentación (por duplicado) debe enviarse a la siguiente dirección: Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria Subdirección General de Acuerdos Sanitarios y Control en Frontera Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente c/ Almagro 33, 3ª planta. 28010 MADRID Una vez recibida la solicitud, y tras su revisión favorable, se remitirá la propuesta de autorización a la SENASA de Perú. Se recuerda que las Autoridades sanitarias peruanas se reservan el derecho de inspeccionar los establecimientos solicitantes como condición previa a su autorización, así como de realizar supervisiones posteriores a establecimientos autorizados, quedando condicionada su autorización a los resultados de dicha visita. A este respecto, se informa que las empresas solicitantes deberán abonar los gastos generados como consecuencia de las actuaciones derivadas del proceso de supervisión que se realice por parte de las Autoridades peruanas, con independencia del resultado final de dicha auditoría. Toda la información actualizada relacionada con este procedimiento será publicada puntualmente en la página Web de Comercio Exterior Ganadero (CEXGAN) del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (http://cexgan.magrama.es). Madrid, 23 de enero de 2014