administracion municipal - Boletín Oficial de Guadalajara

Transcripción

administracion municipal - Boletín Oficial de Guadalajara
N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
1
BOLETÍN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA
Se publica todos los Lunes, Miércoles y Viernes. Administración: Excma. Diputación Provincial, Pza. Moreno, N.º 10. Teléfono: 949 88 75 72.
EXTRACTO DE LA ORDENANZA REGULADORA
INSERCIONES
- Por cada línea o fracción ................................ 0,52 €
- Anuncios urgentes . ......................................... 1,04 €
La Administración anunciante formulará orden de inserción en la que expresará, en su caso, el precepto en que
funde la exención, no admitiéndose invocación genérica a Ley o Reglamento, o los preceptos de la Ley 5/02, 4 de
abril reguladora de los B.O.P. o a los de la Ordenanza Reguladora. En este caso no se procederá a la publicación y se
concederá plazo para subsanación, que transcurrido se archivará sin más trámites.
Los particulares formularán solicitud de inserción.
Las órdenes y solicitudes junto con la liquidación y justificante de ingreso, en su caso, se presentarán en el registro
general de la Diputación.
Edita: DIPUTACIÓN PROVINCIAL - Directora: Eloísa Rodríguez Cristóbal
3040
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO
ESTATAL
de los interesados que se relacionan, a los que se ha
intentado practicar la notificación sin haberse podido
realizar.
Ministerio de Empleo y Seguridad
NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DE
REVOCACIÓN DE PRESTACIONES POR
DESEMPLEO
Por esta Dirección Provincial se ha dictado Resolución de revocación de prestaciones por desempleo
DNI
Nombre y apellidos
Importe Cobro
Indebido
Período
Motivo
22/10/2010 a
21/08/2012
29/06/2010 a
28/09/2010
Revocación acuerdo administrativo
por anulación de periodos de altas
fraudulentas por S. Social
Y0228945
ANNAQI MIMOUNE
2.615,64 euros
1.278,00 euros
X8733821P
MOHAMED SIDI
MOHAMED LEHBIB
8.946,00 euros
13/07/2011 a
12/04/2013
Revocación acuerdo administrativo
por anulación de periodos de alta
fraudulentas por S. Social
2.556,00 euros
1.704,00 euros
22/01/2011 a
21/07/2011
09/09/2010 a
08/01/2011
Revocación acuerdo administrativo
por anulación de periodos de alta
fraudulentas por S. Social
X8922579M ZAKARIA FARISS
2
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Lo que se notifica por medio de la presente, de
conformidad con lo establecido en el ar­tícu­lo 59 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la presente Resolución y de conformidad
con lo previsto en el ar­tícu­lo 71 del Texto Refundido
de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por
Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (BOE
n.º 86, de 11 de abril), y el art. 33.4 del RD 625/1985,
de 2 de abril, modificado por la Ley 13/1996, de 30
de diciembre, podrá interponer reclamación previa a
la vía Judicial Social, en el plazo de treinta días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la
presente resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 61 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes
reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado
plazo de treinta días en la Dirección Provincial del
Servi­cio Público de Empleo Estatal de Guadalajara,
sita en Avda. del Ejército, n.º 12, 3.ª Planta, 19041
Guadalajara.
Asimismo, se pone en conocimiento de los afectados que el expediente se encuentra a su disposición
en la dirección indicada anteriormente.
Guadalajara a 5 de agosto de 2014.– El Director
Provincial, Salvador Cañas Quílez.
N.º EXPTE.
DNI
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
3026
SUBDELEGACION DEL GOBIERNO
EN GUADALAJARA
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los ar­tícu­
los 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE
285 de 27 de noviembre), se hacen públicas las notificaciones de las distintas fases en que se encuentran los procedimientos sancionadores incoados a
los interesados que a continuación se relacionan, ya
que, habiéndose intentado la notificación de las mismas en el último domicilio conocido, estas no se han
podido practicar.
Contra las notificaciones de inicio de procedimiento, podrá presentar alegaciones y cuantas pruebas
considere pertinentes para su defensa, en el plazo
de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación del presente edicto.
Los correspondientes expedientes obran en esta
Subdelegación del Gobierno, pudiendo ser consultados en el plazo anteriormente citado.
NOMBRE Y APELLIDOS
LEGISLACIÓN
429/2014
X3254343G VICTOR MANUEL CAIZA DIAZ
LO 1/1992 - 26.h)
460/2014
03147189F FERNANDO HENCHE FERNANDEZ
LO 1/1992 - 26.h)
467/2014
X2090934G DIOSDADO SOPALE KAKE
LO 1/1992 - 26.i)
Guadalajara, 30 de julio de 2014.– El Subdelegado del Gobierno, Juan Pablo Sánchez SánchezSeco.
3027
SUBDELEGACION DEL GOBIERNO
EN GUADALAJARA
EDICTO
De conformidad con lo dispuesto en los ar­tícu­
los 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE
285 de 27 de noviembre), se hacen públicas las noN.º EXPTE.
DNI
tificaciones de las distintas fases en que se encuentran los procedimientos sancionadores incoados a
los interesados que a continuación se relacionan, ya
que, habiéndose intentado la notificación de las mismas en el último domicilio conocido, estas no se han
podido practicar.
Contra las resoluciones que no agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso ordinario ante
el Sr. Ministro del Interior en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del
presente edicto. Se advierte que, una vez transcurrido dicho plazo sin que la sanción haya sido abonada
y una vez sea firme la resolución en vía administrativa, se continuará la tramitación que corresponda
para proceder a su exacción por vía ejecutiva.
Los correspondientes expedientes obran en esta
Subdelegación del Gobierno, pudiendo ser consultados en el plazo anteriormente citado.
NOMBRE Y APELLIDOS
LEGISLACIÓN
272/2014
14304619E MIGUEL GARCIA MORENO
LO 1/1992 - 23.a)
290/2014
52117053L
LO 1/1992 - 23.a)
298/2014
X9074477B IULIAN FABIAN GAVRILA
JOSE ANTONIO CHICO GONZALEZ
LO 1/1992 - 23.a)
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Guadalajara, 30 de julio de 2014.– El Delegado del Gobierno, PD el Subdelegado del Gobierno
(Resolución 18/04/06, DOCM 18/04/06), Juan Pablo
Sánchez Sánchez-Seco.
3039
CONFEDERACION HIDROGRAFICA
DEL TAJO
Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente
ANUNCIO
En esta Confederación Hidrográfica del Tajo, se
tramita a instancia del Yebes, con NIF P1939600A y
domicilio en Plaza Mayor 1, 19141 Yebes, Guadalajara, el expediente relativo a la revisión de una autorización administrativa de vertido de aguas residuales procedentes del Sector 1 del POM de Yebes, al
3
arroyo Vega de Valdarachas, en el término municipal
de Horche (Guadalajara).
Lo que, conforme al Real Decreto Legislativo
1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley de Aguas (BOE n.º 176, de 24
de julio de 2001), y el Real Decreto 849/1986, de 11
de abril, por el que se aprueba el Reglamento del
Dominio Público Hidráulico (BOE n.º 103, de 30 de
abril), modificado por el Real Decreto 606/2003, de
23 de mayo (BOE n.º 135, de 6 de junio), se hace
público a fin de que en el plazo de treinta (30) días,
puedan presentar reclamaciones quienes se consideren afectados por esta petición en la Confederación Hidrográfica del Tajo, sita en la Avenida de Portugal 81, 28071 Madrid, en cuyas oficinas se halla de
manifiesto el expediente de referencia 166.023/11.
NOTA EXTRACTO
Para el tratamiento de las aguas residuales procedentes del núcleo urbano de Molina de Aragón, se
dispone de una estación depuradora de aguas residuales con las siguientes características:
‑ UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES:
PL SECTOR S-1 ESTACION AVE 3192 Yebes
‑ CARACTERÍSTICAS DEL VERTIDO:
Urbano superior entre 2.000 y 9.999 habitantes‑equivalentes, con
los siguientes valores límite de emisión:
Sólidos en suspensión: <35 mg/I
DBO5: <25 mg/I
DQO: <125 mg/I
- DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES:
Línea de agua
Arqueta de llegada del colector y alividero general de planta, pozo
de gruesos y reja de desbaste, bombeo, pretratamiento compacto:
desengrase, tamizado y tornillo compactador de sólidos, tratamiento
biológico mediante la conversión de un antiguo decantador en
reactor biológico de oxidación total, provisto de sistema de aireación
mediante soplantes (con variador de frecuencia) y difusores
de burbuja fina (2 parrillas) y agitador sumergible, clarificador
secundario circular, arqueta de toma de muestras de agua tratada y
medición de caudal.
Línea de fangos
Pozo de purga de fangos, recirculación de fangos, purga de fangos,
espesador de gravedad, centrífuga.
‑ MEDIO RECEPTOR DEL VERTIDO:
Barranco Valdenazor, margen derecha. un punto de coordenadas
UTM ETRS89 (Huso 30) X = 491.015; Y = 4.491.964
- VOLUMEN MÁXIMO DEL VERTIDO
292.000 m3/año (Qd = 800 m3/dia)
4
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
El Técnico de Vertidos, Carlos Villanueva Jiménez.
3159
EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL
DE GUADALAJARA
Servi­cio Contratación de Obras Públicas y
Civiles (expropiaciones)
ANUNCIO
ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO Y
RESOLUCIÓN DEL DIPUTADO-DELEGADO
DEL ÁREA DE INFRAESTRUCTURAS DE LA
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA
POR LA QUE SE CONVOCA PARA EL
LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A
LA OCUPACIÓN A LOS PROPIETARIOS DE
LOS BIENES Y DERECHOS AFECTADOS
POR EL PROYECTO DE OBRAS DE
ACONDICIONAMIENTO DE LA CARRETERA GU125
Teniendo en cuenta lo dispuesto en el ar­tícu­lo 16
de la Ley 9/1990, de 28 de diciembre, de Carreteras
y caminos de Castilla-La Mancha, la aprobación del
proyecto implica las declaraciones de utilidad pública
y la necesidad de urgente ocupación. Y de conformidad con el ar­tícu­lo 52 de la Ley de 16 de diciembre
de 1954 sobre Expropiación forzosa.
Cumplido el preceptivo trámite de información pública de acuerdo a los ar­tícu­los 17, 18 y 19 de la Ley
de Expropiación forzosa y concordantes de su Reglamento; la Junta de Gobierno, mediante acuerdo
de 13 de agosto de 2014, ha aprobado con carácter
definitivo la relación definitiva concreta, individualizada y valorada de los bienes y derechos afectados
a ocupar con carácter de urgencia para la ejecución
del proyecto de obras de la carretera GU-125 de CM110 (Estriegana) a GU-127 (Sigüenza) por Guijosa
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
presupuesto: 1.215.030,34 €, presupuesto definitivo
de expropiaciones: 32.848,42 €.
Acordado convocar a los propietarios que figuran
en la relación adjunta que se publica, y que se encuentra en los Ayuntamientos afectados y en la Diputación Provincial de Guadalajara, para que asistan al
levantamiento de Actas previas a la ocupación en el
lugar, día y hora que se indica en la Resolución del
Diputado-Delegado de Obras y Servi­cios:
Lugar: Ayuntamiento de
hora: Día 29 de septiembre
las 10:00 horas.
Lugar: Ayuntamiento de
hora: Día 30 de septiembre
las 10:00 horas.
Sigüenza. Fecha y
de 2014, a partir de
Sigüenza. Fecha y
de 2014, a partir de
En el día y hora anunciados se constituirán en la
finca que se trate de ocupar el representante de la
Administración, acompañado de un perito y del Alcalde o Concejal en que delegue, y reunidos con los
propietarios y demás interesados que concurran, levantarán un acta, en la que describirán el bien o derecho expropiable y se harán constar todas las manifestaciones y datos que aporten unos y otros y que
sean útiles para determinar los derechos afectados,
sus titulares, el valor de aquellos y los perjuicios determinantes de la rápida ocupación. Los titulares deberán acudir provistos del DNI, títulos de propiedad
o del derecho que ostenten, último recibo del IBI, pudiéndose acompañar a su costa de perito y notario.
Del señalamiento se dará cuenta mediante citación
individual a todos los propietarios y titulares de derechos. La publicación de la relación de interesados en
el Boletín Oficial de la Provincia y en dos periódicos
de la capital de la provincia, así como en el Tablón de
Edictos, servirá de citación para aquellos que sean
desconocidos o cuyo domicilio se ignore.
Conforme a lo que establece el ar­tícu­lo 56.2 del
Reglamento de la Ley de Expropiación forzosa, hasta el momento en que se proceda al levantamiento
de las actas, los propietarios y aquellas personas cuyos derechos o intereses hayan podido omitirse en
la relación de bienes y derechos afectados, podrán
formular ante esta Diputación Provincial alegaciones
a los solos efectos de subsanar errores materiales.
010
010
010
010
010
010
010
010
010
010
010
010
010
010
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
N.º
Políorden gono
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
UR VIRGEN DE LA SALUD 19250 SIGUENZA
6
(GUADALAJARA)
SIGUENZA
(GUADALAJARA)
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
19264 ALCUNEZA
(GUADALAJARA)
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
19264 ALCUNEZA
(GUADALAJARA)
19264 ALCUNEZA
(GUADALAJARA)
19264 ALCUNEZA
(GUADALAJARA)
SIGUENZA
(GUADALAJARA)
EN EL MUNICIPIO
CL BAJADA PORTAL
MAYOR 9
ANTON RODRIGALVAREZ MARIA
PILAR
FERNANDEZ LAZARO MARCELINO
VALVERDE PERDICES RUFINO
DOMINGUEZ GALLEGO SANTIAGO
DOMINGUEZ ZUÑIGA MARCELINA
249
GORDO ANDRES ANGEL HR
273-a FERNANDEZ LAZARO LORENZO
273-b FERNANDEZ LAZARO LORENZO
250-b VELA GUAJARDO JULIAN
CL EN EL MUNICIPIO
CL ERAS 7
CL ERAS 7
MN MUNICIPIO
CL SANTA BARBARA 4
MN ALCUNEZA
CL SANTA BARBARA 4
RUSTICO
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
CL CALVO SOTELO 10
Pl:04 Pt:A
CABRERA CHICHARRO JULIAN
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
ANDRES SANCHEZ ANGEL
843,57
119,79
Sup. exp.
m2
107,46
576,52
805,00
338,48
225,23
48,75
278,16
83,11
23,29
207,59
264,29
133,34
27,90
RUSTICO 2.087,99
URBANO
URBANO
CL CARRETERA DE
MADRID
28010 MADRID (MADRID)
28010 MADRID (MADRID)
28010 MADRID (MADRID)
Naturaleza
28906 GETAFE (MADRID)
CL ZURBANO 25
CL ZURBANO 25
CL ZURBANO 25
Domicilio notificaciones
CL CAMINANTE 43
ANTON ANTON M ISABEL
GONZALO CARRASCO TRINIDAD
GONZALO CARRASCO TRINIDAD
GONZALO CARRASCO TRINIDAD
Titular catastral
251-b VALVERDE PERDICES RUFINO
252
254
188
189
192
194
195
196
214
Parcela
Hora
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
29/09/2014 10:00 h
Fecha
MUNICIPIO: SIGÜENZA (GUADALAJARA). RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS GU-125. DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
5
501
501
501
501
501
501
501
501
501
501
501
501
501
501
501
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
N.º
Políorden gono
AV EJERCITO 12
EN INVESTIGACION, ARTICULO 47
DE LA LEY 33/2003
AV EJERCITO 12
EN INVESTIGACION, ARTICULO 47
DE LA LEY 33/2003
MN MUNICIPIO
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
ALCUNEZA
28002 MADRID (MADRID)
31016 IRUÑA / PAMPLONA
(NAVARRA)
CL BIARRITZ 3 Es:DR
Pl:04 Pt:IZ
CL CONCEJO DE
GORRÁIZ 2 Pt:00
PAMPLONA
CABRERA VIDA MARIA ESTHER
CABRERA VIDA JOSE JAVIER
28010 MADRID (MADRID)
19003 GUADALAJARA
(GUADALAJARA)
CL SALVADOR DALI 7
Pl:02 Pt:A
VIDA LOPEZ NATIVIDAD
CL ZURBANO 25
19264 ALCUNEZA
(GUADALAJARA)
19264 ALCUNEZA
(GUADALAJARA)
19264 ALCUNEZA
(GUADALAJARA)
28010 MADRID (MADRID)
28010 MADRID (MADRID)
MN ALCUNEZA
5083 GONZALO CARRASCO TRINIDAD
113
112
5012
5010
RUSTICO
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
19264 ALCUNEZA
(GUADALAJARA)
RUSTICO
263,47
75,75
23,78
69,39
129,74
168,93
78,17
616,63
135,83
745,59
597,96
579,38
324,66
RUSTICO 1.030,49
RUSTICO
19004 GUADALAJARA
(GUADALAJARA)
Sup. exp.
m2
RUSTICO 1.214,45
19004 GUADALAJARA
(GUADALAJARA)
19004 GUADALAJARA
(GUADALAJARA)
28906 GETAFE (MADRID)
19118 ALMONACID DE
ZORITA (GUADALAJARA)
Naturaleza
Hora
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
29/09/2014 10:30 h
Fecha
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
CABRERA GARCIA ANASTASIA
MN MUNICIPIO
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
ALCUNEZA
5028
CL ZURBANO 25
5005 GONZALO CARRASCO TRINIDAD
CL ZURBANO 25
CR ALBORECAKM. O,500
EL MOLINO DE ALCUNEZA,SL
MN ALCUNEZA
AV EJERCITO 12
EN INVESTIGACION, ARTICULO 47
DE LA LEY 33/2003
CABRERA LOPEZ CRISPINA
CL CAMINANTE 43
CL SANTA BEATRIZ DE
SILVA 4
Domicilio notificaciones
ANTON ANTON M ISABEL
JUBERIAS LOPEZ CARIDAD
Titular catastral
5002 GONZALO CARRASCO TRINIDAD
5089
110
111
5104
5105
14
11
Parcela
MUNICIPIO: SIGÜENZA-ALCUNEZA (GUADALAJARA). RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS GU-125: DÍA 29 DE SEPTIEMBRE
DE 2014
6
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
510
510
501
501
2
3
4
5
Titular catastral
CL YEDRA 5 Pl:BJ Pt:B
RUSTICO
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
AV EJERCITO 12
EN INVESTIGACION, ARTICULO 47
DE LA LEY 33/2003
7127 AMBRONA PUENTE SANTIAGO
7158
RUSTICO
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
CL SAN JOSE BAJA 5
BUJARRABAL
LAMPARERO GREGORIO SONIA
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
Naturaleza
19004 GUADALAJARA
(GUADALAJARA)
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
CL SAN JOSE BAJA 5
BUJARRABAL
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
19263 BUJARRABAL
(GUADALAJARA)
CL SOLEDAD ALTA 44
BUJARRABAL
Domicilio notificaciones
MN BUJARRABAL
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
BUJARRABAL
5002 GARRIDO RIVAS MARIANO
5168
5160MARTINEZ RODRIGALVAREZ JUAN
a
Parcela
261,65
2020,76
20,74 Y
MURO
2848,65
267,66
Sup. exp.
m2
Hora
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
Fecha
005
005
005
005
005
005
005
1
2
3
4
5
6
7
N.º
Políorden gono
103
104
163
165
164
386
189
Parcela
28026 MADRID
(MADRID)
08023 BARCELONA
(BARCELONA)
CL NICOLAS USERA 40 Pl:3
Pt:D
CL MORA D»EBRE 38 Pl:02
Pt:01
CL BAJA 19
CL BAJA 19
MOLINERO CEREZO JOSE LUIS
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
GUIJOSA
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
GUIJOSA
PARDO RUIZ JESUS
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
28026 MADRID
(MADRID)
CL NICOLAS USERA 40 Pl:3
Pt:D
PARDO RUIZ JESUS
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
CL BAJA 19
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
GUIJOSA
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
CL BAJA 19
Domicilio notificaciones
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
GUIJOSA
Titular catastral
21,25
21,34
573,15
117,14
496,93
Sup. exp.
m2
RUSTICO
797,89
RUSTICO 2.280,72
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
Naturaleza
Hora
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
Fecha
MUNICIPIO: SIGÜENZA-GUIJOSA (GUADALAJARA). RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS GU-125. DÍA 29 DE SEPTIEMBRE
DE 2014
510
1
N.º
Políorden gono
MUNICIPIO: SIGÜENZA-BUJARRABAL (GUADALAJARA). RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS GU-125. DÍA 29 DE SEPTIEMBRE
DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
7
005
005
005
005
005
005
005
005
005
005
001
005
005
005
005
005
002
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
N.º
Políorden gono
Sup. exp.
m2
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
28002 MADRID
(MADRID)
28002 MADRID
(MADRID)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
28024 MADRID
(MADRID)
CL SATURNINO CALLEJA 3A
Pl:BA Pt:B
CL MARCENADO 44 Es:E
Pl:06 Pt:DR
08023 BARCELONA
(BARCELONA)
CL BAJA 19
CL BAJA 19
CL MORA D»EBRE 38 Pl:02
Pt:01
CL BAJA 19
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
GUIJOSA
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
GUIJOSA
MOLINERO CEREZO JOSE LUIS
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
GUIJOSA
MN MUNICIPIO
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
CL BAJA 19
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
GUIJOSA
71,63
RUSTICO
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
118,18
167,75
128,28
203,42
RUSTICO 6.650,56
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
18,34
149,21
140,57
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
CL ILLESCAS 52 Pl:BJ Pt:3
EN EL MUNICIPIO
CL MUNICIPIO
148,94
65,80
28220 MAJADAHONDA
RUSTICO
(MADRID)
CL CARRANZA 7
RUSTICO
56,03
RUSTICO
28024 MADRID
(MADRID)
CL ILLESCAS 52 Pl:BJ Pt:3
61,09
26,22
RUSTICO
RUSTICO
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
341,92
CL LAGO DE CONSTANZA 95 28017 MADRID
Pl:3
(MADRID)
RUSTICO
RUSTICO 3.015,78
RUSTICO 1.059,41
Naturaleza
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
Domicilio notificaciones
ANTON MARTIN JACINTO
CARRASCAL ALONSO VALENTINA
RUIZ MARTIN JULIANA
MARTIN MARTIN JUAN JESUS
MARTIN MARTIN MARIA PILAR
ANTON ANTON CLEMENTE
ANTON MARTIN JACINTO
AMO MARTIN CARMELO
1202 MARTIN PARDILLO BENITO
300
215
301
192
CL BAJA 19
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
GUIJOSA
CL PLAZA
CL BAJA 19
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
GUIJOSA
MARTIN MARTIN JOSE MANUEL
CL BAJA 19
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
GUIJOSA
Titular catastral
Hora
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
29/09/2014 11:00 h
Fecha
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
191
405
406
2
3
4
5
6
9
13
33
88
Parcela
8
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
002
002
002
002
002
002
002
002
002
002
002
002
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
35
36
N.º
Políorden gono
Titular catastral
RUIZ DEL AMO LUCIA
MARTIN MARTIN JOSE MANUEL
MARTIN MARTIN MIGUEL
MARTIN MARTIN M GLORIA
MARTIN AMO JUAN
AMO BELTEJAR MIGUEL ANGEL
1178 MARTIN GARCIA AMELIA
1179 PARDO RUIZ JESUS
1180 PARDO RUIZ JESUS
1181 DEL AMO RUIZ ANGEL MARIA
1182 FERNANDEZ MARTIN JULIO
1183 MARTIN ANTON NATIVIDAD
1184 MARTIN DEL AMO LAZARO
1185 RUIZ DEL AMO JULIO
1186 GARCIA BERMEJO PEDRO
1187 MINGO RUIZ ELOY DE
1188 ANTON MARTIN JACINTO
1189 MARTIN DEL AMO URBANO
Parcela
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
28038 MADRID
(MADRID)
28003 MADRID
(MADRID)
28003 MADRID
(MADRID)
19263 SIGUENZA
(GUIJOSA)
(GUADALAJARA)
03182 TORREVIEJA
(ALICANTE)
28041 MADRID
(MADRID)
28850 TORREJON DE
ARDOZ (MADRID)
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
28002 MADRID
(MADRID)
28012 MADRID
(MADRID)
28806 ALCALA DE
HENARES (MADRID)
28026 MADRID
(MADRID)
28026 MADRID
(MADRID)
28011 MADRID
(MADRID)
28011 MADRID
(MADRID)
CL SIERRA TOLEDANA 17
Pl:10 Pt:B
CL BRETON DE LOS
HERREROS 44 Pl:02 Pt:DC
CL BRETON DE LOS
HERREROS 44 Pl:02 Pt:DC
PZ OLMO -GUIJOSA
UR VILLA MAR II-CL
BARRACA 17
CL VILLAFUERTE 6 Pl:06 Pt:B
AV CRISTOBAL COLON 17
Pl:05 Pt:C TORREJON ARD
CL VICENTE MOÑUX 8 Pl:01
Pt:A
CL PLAZA
CL PRINCIPE DE VERGARA
197 Es:A Pl:04 Pt:B
CL GLORIA FUERTES 20
CL NICOLAS USERA 40 Pl:3
Pt:D
CL NICOLAS USERA 40 Pl:3
Pt:D
PS DE EXTREMADURA 254
Es:DE Pl:02 Pt:F
PS DE EXTREMADURA 254
Es:DE Pl:02 Pt:F
RD ATOCHA 12 Pl:01
RUSTICO
28024 MADRID
(MADRID)
CL ILLESCAS 52 Pl:BJ Pt:3
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
Naturaleza
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
CL FUENTE
Domicilio notificaciones
10,83
12,98
8,55
19,70
15,64
7,69
11,69
6,77
8,05
11,76
8,74
8,85
Sup. exp.
m2
Hora
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
29/09/2014 11:30 h
Fecha
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
9
002
002
002
002
002
002
002
002
002
002
002
002
002
002
002
37
38
39
40
41
42
43
44
45
46
47
48
49
50
51
N.º
Políorden gono
Titular catastral
MARTIN MARTIN MIGUEL
MARTIN MARTIN M GLORIA
MARTIN AMO JUAN
1110 MARTIN DEL AMO LAZARO
1111 MARTIN ANTON MIGUEL
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
28002 MADRID
(MADRID)
28002 MADRID
(MADRID)
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
28029 MADRID
(MADRID)
28029 MADRID
(MADRID)
28033 MADRID
(MADRID)
CL LUIS CABRERA 69 Pl:03
Pt:B
CL PRINCIPE DE VERGARA
197 Es:A Pl:04 Pt:B
CL MUNICIPIO
BO
TORREVALDEALMENDRAS
CL MELCHOR FERNAND 48
CL ABEGONDO BL 18 1675
Pl:02
CL LAGO DE CONSTANZA 95 28017 MADRID
Pl:3
(MADRID)
RUSTICO
03182 TORREVIEJA
(ALICANTE)
28041 MADRID
(MADRID)
28850 TORREJON DE
ARDOZ (MADRID)
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
UR VILLA MAR II-CL
BARRACA 17
CL VILLAFUERTE 6 Pl:06 Pt:B
AV CRISTOBAL COLON 17
Pl:05 Pt:C TORREJON ARD
CL VICENTE MOÑUX 8 Pl:01
Pt:A
RUSTICO
28030 MADRID
(MADRID)
AV MORATALAZ 155 Pl:04
Pt:D
RUSTICO
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
RUSTICO
RUSTICO
#¿NOMBRE?
CL MELCHOR FERNAND 48
#¿NOMBRE?
RUSTICO
28925 ALCORCON
(MADRID)
PZ SAN JUAN DE COVAS 1
Pl:BJ Pt:D
RUSTICO
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
BO
TORREVALDEALMENDRAS
RUSTICO
28024 MADRID
(MADRID)
Naturaleza
CL ILLESCAS 52 Pl:BJ Pt:3
Domicilio notificaciones
235,23
73,37
37,83
171,71
392,87
573,20
10,33
24,57
16,51
20,88
20,15
19,45
40,69
36,35
10,75
Sup. exp.
m2
Hora
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 12:30 h
29/09/2014 11:30 h
Fecha
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
1112 MARTIN ANTON JUAN
1113 AMO MARTIN CARMELO
1126 FERNANDEZ MARTIN LORENZA
1138 ANTON RECUERO CONSUELO
1167 ANTON RECUERO CONSUELO
1168 PERDICES DEL RIO JULIO
1169 RUIZ MARTIN JULIANA
1171 MARTIN ANTON JUAN
1172 MARTIN ANTON NATIVIDAD
1173 IZQUIERDO MARTIN ELVIRA
1175 MARTIN MARTIN VICENTA
1176 PERDICES DEL RIO JULIO
1177 ANTON MARTIN JACINTO
Parcela
10
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Parcela
MARTIN MARTIN JOSE MANUEL
Titular catastral
CL PLAZA
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
Domicilio notificaciones
Naturaleza
Sup. exp.
m2
Hora
29/09/2014 12:30 h
Fecha
002
002
002
002
002
003
003
003
003
003
003
003
003
52
53
54
55
56
57
58
59
60
61
62
63
64
N.º
Políorden gono
Titular catastral
MARTIN MARTIN VICENTA
MARTIN DEL AMO URBANO
MARTIN MARTIN TOMAS
JUBERIAS DEL AMO JUAN JOSE
MARTIN ANTON TERESA
DEL AMO RUIZ ANGEL MARIA
MARTIN GARCIA JACINTA
MARTIN DEL AMO JULIA
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
08023 BARCELONA
(BARCELONA)
28037 MADRID
(MADRID)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
19293 MATILLAS
(GUADALAJARA)
28806 ALCALA DE
HENARES (MADRID)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
29006 MALAGA
(MÁLAGA)
CL MORA D»EBRE 38 Pl:02
Pt:01
CL ALBARRACIN 15 Pl:1º
Pt:41
PZ OLMO
CL MAURICIO MORO 11
Pl:06
CL GLORIA FUERTES 20
CL LA RIBERA
#¿NOMBRE?
CL VILLEGAS 2
CL FUENTE
RUSTICO
28925 ALCORCON
(MADRID)
PZ SAN JUAN DE COVAS 1
Pl:BJ Pt:D
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
28925 ALCORCON
(MADRID)
PZ SAN JUAN DE COVAS 1
Pl:BJ Pt:D
RUSTICO
RUSTICO
28013 MADRID
(MADRID)
Naturaleza
BO
19250 SIGUENZA
TORREVALDEALMENDRAS (GUADALAJARA)
CL TRIBULETE 3
Domicilio notificaciones
65,62
49,74
43,67
29,37
33,35
31,68
156,66
205,65
89,44
60,87
61,18
96,07
469,07
Sup. exp.
m2
Hora
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
Fecha
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
42
41
40
39
24
23-a MARTIN ANTON MARCELO
22
6
881-b MOLINERO CEREZO JOSE LUIS
882
1101 MARTIN MARTIN VICENTA
1102 PERDICES DEL RIO JULIO
1108 MARTIN MARTIN FLORENTINA
Parcela
MUNICIPIO: SIGÜENZA-GUIJOSA (GUADALAJARA). RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS GU-125. DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DE
2014
N.º
Políorden gono
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
11
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
65
66
67
68
69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
N.º
Políorden gono
73
68
67
66
61
MARTIN ANTON JUAN
MARTIN MOLINERO ESPERANZA
MASEDO ANTON JOSE
RUIZ DEL AMO JULIO
RUIZ PARDO FELISA
MARTIN MARTIN VICENTA
MARTIN ANTON JUAN
MARTIN MARTIN PAZ
ANTON MARTIN JACINTO
MARTIN ANTON JUAN
ANTON MARTIN JACINTO
RUIZ BELTEJAR JULIAN
MARTIN MARTIN JOSE
MARTIN MARTIN VICENTE
MARTIN MARTIN VICENTE
JUBERIAS AMO M SOLEDAD
JUBERIAS DEL AMO BERNARDO
JUBERIAS DE AMO JESUS
Titular catastral
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
28022 MADRID
(MADRID)
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
28012 MADRID
(MADRID)
28025 MADRID
(MADRID)
28024 MADRID
(MADRID)
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
28024 MADRID
(MADRID)
28005 MADRID
(MADRID)
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
28925 ALCORCON
(MADRID)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
19263 SIGUENZA
(GUIJOSA)
(GUADALAJARA)
28026 MADRID
(MADRID)
28038 MADRID
(MADRID)
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
CL SAN NARCISO 14 Pl:01
Pt:B
CL OBISPO NIETO 18
CL CARDENAL SOLIS 10
Pl:03 Pt:B
CL ILLESCAS 52 Pl:BJ Pt:3
CL CARDENAL SOLIS 10
Pl:02 Pt:B
#¿NOMBRE?
PZ SAN JUAN DE COVAS 1
Pl:BJ Pt:D
PZ OLMO -GUIJOSA
CL MANUEL NOYA 13 Pl:03
Pt:B
CL VENANCIO MARTIN 44
Pl:BJ Pt:C
#¿NOMBRE?
CL MUNICIPIO
#¿NOMBRE?
CL ILLESCAS 52 Pl:BJ Pt:3
CL OCA 47 Pl:1 Pt:D
CL OBISPO NIETO 18
RUSTICO
19004 GUADALAJARA
(GUADALAJARA)
PZ BAILEN 4 Bl:D Pl:05 Pt:D
CL ARGUMOSA 28 Pl:02 Pt:J
Naturaleza
28012 MADRID
(MADRID)
Domicilio notificaciones
97,20
73,53
54,53
52,30
28,56
34,51
118,24
83,33
58,28
61,82
97,16
96,15
47,26
50,35
120,25
Sup. exp.
m2
Hora
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
30/09/2014 10:00 h
Fecha
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
60
59
58
51
50
47
46
45
44
38
Parcela
12
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
90
91
92
93
94
95
96
97
N.º
Políorden gono
101
100
99
98
97
96
95
94
93
92
91
90
89
88
87
86
85
84
Parcela
AMO RUIZ M ASUNCION DEL
MARTIN GARCIA JACINTA
PARDO RUIZ JESUS
MARTIN MOLINERO ESPERANZA
RUIZ CECILIA AURELIO
RUIZ PARDO DIONISIO
ANTON VALENCIANO CARLOS
MARTIN ANTON JUAN
AMO MARTIN CARMELO
DEL AMO RUIZ ANGEL MARIA
DEL AMO RUIZ ANGEL MARIA
PARDO RUIZ JESUS
ANTON VALENCIANO CARLOS
DEL AMO RUIZ ANGEL MARIA
MARTIN AMO MARIANO
ANTON VALENCIANO CARLOS
SUSMOZAS MARTIN ANTONIO
RUIZ MARTIN EULOGIO
Titular catastral
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
28009 MADRID
(MADRID)
28100 ALCOBENDAS
(MADRID)
28806 ALCALA DE
HENARES (MADRID)
28009 MADRID
(MADRID)
CL NICOLAS USERA 40 Pl:3 28026 MADRID
Pt:D
(MADRID)
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
28017 MADRID
(MADRID)
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
28009 MADRID
(MADRID)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
28027 MADRID
(MADRID)
28038 MADRID
(MADRID)
CL LAGO DE CONSTANZA
95 Pl:3
AV BADAJOZ 66
CL VENANCIO MARTIN 44
Pl:BJ Pt:C
CL NICOLAS USERA 40 Pl:3 28026 MADRID
Pt:D
(MADRID)
CL MODESTO LAFUENTE 6 28010 MADRID
Pl:04 Pt:F
(MADRID)
CL LA RIBERA
CL MUNICIPIO
CL MAIQUEZ 36 Pl:05 Pt:A
#¿NOMBRE?
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
28806 ALCALA DE
HENARES (MADRID)
CL GLORIA FUERTES 20
19293 MATILLAS
(GUADALAJARA)
RUSTICO
CL GLORIA FUERTES 20
28806 ALCALA DE
HENARES (MADRID)
CL MAIQUEZ 36 Pl:05 Pt:A
CL GLORIA FUERTES 20
TR ABETO 6
CL MAIQUEZ 36 Pl:05 Pt:A
RUSTICO
28038 MADRID
(MADRID)
CL ENRIQUE VELASCO 18
Es:DR Pl:01 Pt:B
RUSTICO
28027 MADRID
(MADRID)
Naturaleza
AV BADAJOZ 68
Domicilio notificaciones
62,92
18,20
16,69
16,61
11,30
26,45
26,14
17,38
15,00
28,02
25,33
23,73
30,44
37,01
46,89
40,04
21,91
27,48
Sup. exp.
m2
Hora
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
30/09/2014 11:00 h
Fecha
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
13
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
98
99
100
101
102
103
104
105
106
107
108
109
110
111
112
113
N.º
Políorden gono
MARTIN ANTON JUAN
MARTIN MARTIN PAZ
MARTIN MARTIN JOSE
GIL MONGE JULIO FELIX
RUIZ CECILIA AURELIO
Titular catastral
173
172
171
170
RUIZ MARTIN M PAZ
RUIZ MARTIN LUIS
RUBIO ORTEGA JULIANA
ANTON MARTIN ISABEL
PARDO RUIZ JESUS
RUIZ MARTIN EULOGIO
ANTON MARTIN JACINTO
AMO RUIZ M ASUNCION DEL
MOLINERO CEREZO JOSE LUIS
MARTIN MARTIN DANIEL
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
28005 MADRID
(MADRID)
19263 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
19262 ESTRIEGANA
(GUADALAJARA)
19293 MATILLAS
(GUADALAJARA)
28806 ALCALA DE
HENARES (MADRID)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
08023 BARCELONA
(BARCELONA)
CL CARDENAL SOLIS 10
Pl:02 Pt:B
CL OLMO
CL MORA D»EBRE 38 Pl:02
Pt:01
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
28024 MADRID
(MADRID)
28027 MADRID
(MADRID)
CL NICOLAS USERA 40 Pl:3 28026 MADRID
Pt:D
(MADRID)
CL ARROYO MEDIA LEGUA 28030 MADRID
7 Pl:03 Pt:D
(MADRID)
28001 MADRID
(MADRID)
CL VILLALCAMPO 5 Pl:B
Pt:1
28032 MADRID
(MADRID)
RUSTICO
CL SATURNINO
19250 SIGUENZA
LOPEZNOVOA 33 Pl:02 Pt:2 (GUADALAJARA)
CL CASTELLO 44
AV BADAJOZ 68
CL ILLESCAS 52 Pl:BJ Pt:3
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
CL MODESTO LAFUENTE 6 28010 MADRID
Pl:04 Pt:F
(MADRID)
CL GLORIA FUERTES 20
CL LA RIBERA
#¿NOMBRE?
#¿NOMBRE?
28012 MADRID
(MADRID)
CL CARDENAL SOLIS 10
Pl:03 Pt:B
RUSTICO
19250 SIGUENZA
(GUADALAJARA)
PQ SANTA LIBRADA 8 Pl:4
Pt:B
RUSTICO
28027 MADRID
(MADRID)
Naturaleza
AV BADAJOZ 66
Domicilio notificaciones
44,90
61,06
76,88
106,22
259,84
393,61
51,92
14,42
141,68
79,94
90,72
49,50
357,40
184,15
33,24
125,64
Sup. exp.
m2
Hora
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
Fecha
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
169
157
156
155
154
137-a DEL AMO RUIZ ANGEL MARIA
136-a MARTIN GARCIA JACINTA
135-a MARTIN MARTIN EMILIA
120
104
103
102
Parcela
14
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
003
008
114
115
116
117
118
119
120
121
122
123
124
125
126
N.º
Políorden gono
ANTON MARTIN JACINTO
EN INVESTIGACION, ARTICULO 47
DE LA LEY 33/2003
180-b
166
165
164
163
162
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO
28027 MADRID
(MADRID)
CL NICOLAS USERA 40 Pl:3 28026 MADRID
Pt:D
(MADRID)
CL ARROYO MEDIA LEGUA 28030 MADRID
7 Pl:03 Pt:D
(MADRID)
28001 MADRID
(MADRID)
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
CUBILLAS
87,80
45,38
31,78
40,82
47,08
62,09
110,50
246,78
37,48
225,43
69,96
30,52
Sup. exp.
m2
RUSTICO 5.259,37
CL NICOLAS USERA 40 Pl:3 28026 MADRID
Pt:D
(MADRID)
PARDO RUIZ JESUS
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
RUSTICO
CL HERMNOS.FERNANDEZ 19004 GUADALAJARA
GALIANO 5 Es:B Pl:01 Pt:B (GUADALAJARA)
CL IGLESIA -CUBILLAS PI 1
AV PEDRO SANZ VAZQUEZ 19004 GUADALAJARA
33 Bl:C Pl:01 Pt:C
(GUADALAJARA)
CRUZ MUÑOZ MARIA CARMEN DE
LA
CRUZ MUÑOZ ALEJANDRA
CL HERMNOS.FERNANDEZ 19004 GUADALAJARA
GALIANO 5 Es:B Pl:01 Pt:B (GUADALAJARA)
RUSTICO
CL VILLALCAMPO 5 Pl:B
Pt:1
28032 MADRID
(MADRID)
RUSTICO
CL SATURNINO
19250 SIGUENZA
LOPEZNOVOA 33 Pl:02 Pt:2 (GUADALAJARA)
CL CASTELLO 44
AV BADAJOZ 68
MUÑOZ ALONSO NICOLASA
RUIZ MARTIN M PAZ
RUIZ MARTIN LUIS
RUBIO ORTEGA JULIANA
ANTON MARTIN ISABEL
161-b PARDO RUIZ JESUS
RUSTICO
28024 MADRID
(MADRID)
CL ILLESCAS 52 Pl:BJ Pt:3
RUSTICO
RUSTICO
CL PRINCIPE DE VERGARA 28002 MADRID
197 Es:A Pl:04 Pt:B
(MADRID)
MARTIN ANTON NATIVIDAD
19004 GUADALAJARA
(GUADALAJARA)
RUSTICO
CL NICOLAS USERA 40 Pl:3 28026 MADRID
Pt:D
(MADRID)
PARDO RUIZ JESUS
AV EJERCITO 12
CL HERMNOS.FERNANDEZ 19004 GUADALAJARA
GALIANO 5 Es:B Pl:01 Pt:B (GUADALAJARA)
CRUZ MUÑOZ ALEJANDRA
AV PEDRO SANZ VAZQUEZ 19004 GUADALAJARA
33 Bl:C Pl:01 Pt:C
(GUADALAJARA)
CRUZ MUÑOZ MARIA CARMEN DE
LA
RUSTICO
Naturaleza
CL HERMNOS.FERNANDEZ 19004 GUADALAJARA
GALIANO 5 Es:B Pl:01 Pt:B (GUADALAJARA)
Domicilio notificaciones
MUÑOZ ALONSO NICOLASA
Titular catastral
160-b RUIZ MARTIN EULOGIO
159
178
176
175
174
Parcela
Hora
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
30/09/2014 12:00 h
Fecha
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
15
008
008
008
008
008
501
501
501
501
501
501
501
502
502
502
502
502
127
128
129
130
131
132
133
134
135
136
137
138
139
140
141
142
143
N.º
Políorden gono
28017 MADRID
(MADRID)
CL LAGO DE CONSTANZA
95 Pl:3
50013 ZARAGOZA
(ZARAGOZA)
CL IGLESIA -CUBILLAS PI 1
CL IGLESIA -CUBILLAS PI 1
CL MONAST POBLET 2
Pl:05 Pt:B
5351- SOCIEDAD DE BALDIOS DE
b
CUBILLAS
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
CUBILLAS
5316 SANCHO IZQUIERDO JOSE
5317 IZQUIERDO IZQUIERDO EMILIO
CL SORIA 16 Es:1 Pl:10 Pt:D
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
CL IGLESIA -CUBILLAS PI 1
5351- SOCIEDAD DE BALDIOS DE
a
CUBILLAS
22,57
09005 BURGOS (Burgos)
RUSTICO
(BURGOS)
161,94
551,52
11,59
RUSTICO
RUSTICO
RUSTICO 1.618,27
RUSTICO 1.067,73
827,69
RUSTICO
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
RUSTICO
RUSTICO 1.353,28
31,38
270,56
509,15
Hora
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
30/09/2014 13:00 h
Fecha
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
5320
CL IGLESIA -CUBILLAS PI 1
5250- SOCIEDAD DE BALDIOS DE
b
CUBILLAS
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
CL IGLESIA -CUBILLAS PI 1
5250- SOCIEDAD DE BALDIOS DE
a
CUBILLAS
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
RUSTICO
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
CL FUENTE
RUSTICO
RUSTICO
277,83
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
PZ OLMO
CL IGLESIA -CUBILLAS PI 1
AMO MARTIN CARMELO
MARTIN DEL AMO URBANO
MARTIN ANTON TERESA
MN MUNICIPIO
RUSTICO
RUSTICO 1.874,93
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
CL IGLESIA -CUBILLAS PI 1
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
CUBILLAS
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
34,10
RUSTICO 2.033,75
RUSTICO
RUSTICO 1.752,34
CL IGLESIA -CUBILLAS PI 1
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
CUBILLAS
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
Sup. exp.
m2
RUSTICO 1.783,00
Naturaleza
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
CL IGLESIA -CUBILLAS PI 1
MARTIN ELGARTE LORENZA
19263 GUIJOSA
(GUADALAJARA)
CL HIGINIO RODRIGUEZ 92 28018 MADRID
Pl:03 Pt:B
(MADRID)
CL IGLESIA -CUBILLAS PI 1
Domicilio notificaciones
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
CUBILLAS
SANCHO IZQUIERDO CARLOS
SOCIEDAD DE BALDIOS DE
CUBILLAS
Titular catastral
5250- SOCIEDAD DE BALDIOS DE
c
CUBILLAS
103
102
101
100
159
157-b
157-a
83
180-a
Parcela
16
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Presupuesto base de licitación:
Importe neto: 61.157,02 euros.
Importe total: 74.000,00 euros.
En Guadalajara a 20 de agosto de 2014.– El Diputado-Delegado de Obras y Servicios, José Angel
Parra Mínguez.
3150
EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL
DE GUADALAJARA
ANUNCIO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
DE SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE
ASCENSORES PARA EL CENTRO SAN JOSÉ
ra.
Entidad adjudicadora:
Organismo: Diputación Provincial de Guadalaja-
17
Formalización del contrato:
Fecha de adjudicación: 30 de julio de 2014.
Fecha de formalización del contrato: 13 de agosto
de 2014.
Contratista: Orona, Sociedad Cooperativa.
Importe de adjudicación:
Importe neto: 49.160,61 euros.
Importe total: 59.484,33 euros.
Ventajas de la oferta adjudicataria: Oferta económica más ventajosa.
Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General.
Número de expediente: Sum. 18/14.
Dirección de internet del perfil del contratante:
www.dguadalajara.es.
Guadalajara, 18 de agosto de 2014.– El Diputado
Delegado de Economía y Hacienda, Lorenzo Robisco Pascual.
Objeto del contrato:
Tipo: Suministros.
Descripción: Suministro e instalación de los dos
ascensores frontales y desmontaje de los dos ascensores laterales.
Medio de publicación del anuncio de licitación:
Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Fecha de publicación del anuncio de licitación: 15
de junio de 2014.
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE GUADALAJARA
Tramitación y procedimiento:
Tramitación: Ordinaria.
Procedimiento: Abierto.
Valor estimado del contrato: 61.157,02 euros.
3162
ANUNCIO
Sometida a información pública la aprobación
inicial del expediente de Modificación de Crédito
n.º 3/2014 al Presupuesto del Ayuntamiento de Guadalajara del ejercicio 2014, y no habiéndose producido reclamación alguna contra el mismo, ha quedado definitivamente aprobado, siendo su resumen
por capítulos a efectos de lo dispuesto en el ar­tícu­
lo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el siguiente:
ESTADO DE GASTOS
1. AUMENTOS
1.1.-
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
CAP. IX
Pasivos financieros
TOTAL CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS
TOTAL AUMENTOS
5.701.494,86
5.701.494,86
5.701.494,86
ESTADO DE INGRESOS
CAP. IX
Pasivos financieros
5.701.494,86
TOTAL MAYORES INGRESOS
5.701.494,86
TOTAL AUMENTOS
5.701.494,86
18
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Contra la aprobación definitiva de la modificación
de crédito n.º 3/2014 al Presupuesto de 2014 podrá
interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de CastillaLa Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el Boletín Oficial de la Provincia, a tenor de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del citado Texto Refundido.
Guadalajara, 19 de agosto de 2014.– El Alcalde
en funciones, Jaime Carnicero La Cámara.
ar­tícu­lo 59 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y Procedimiento
Administrativo Común y no habiendo sido posible
practicar las notificaciones que se relacionan, a pesar de los dos intentos realizados, se cita a los titulares de las mismas o sus representantes, que figuran
en este anuncio, para que en el plazo de quince días
naturales contados a partir del siguiente al de esta
publicación, pasen a retirar las notificaciones correspondientes en el Ayuntamiento de Pioz, sito en Plaza
Mayor, s/n, Pioz (Guadalajara).
3158
Transcurrido dicho plazo sin la comparecencia, la
notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento
del plazo antes señalado.
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Pioz
SERVI­CIO DE RECAUDACIÓN
NOTIFICACIÓN INDIVIDUAL TASA ANTENAS 2014
De conformidad con lo dispuesto en el ar­tícu­
lo 112 de la Ley 58/2003 General Tributaria y en el
N.º EXPTE.
NOMBRE Y APELLIDOS
IDENTIFICADOR
1484
ACOSTA GARCIA, CARLOS
09002351J
1151
AGUILAR PEREZ, MANUEL
11792264A
1152
AGUILERA SUCH, JAVIER
47025698J
1449
ALBALAT QUESADA, MIGUEL ANGEL
23014901C
1389
ALBO MARTIN, JOAQUIN
52081917G
1120
ALCALA ALDA, JOSE MARIA
03067279E
1070
ALCALDE SAAVEDRA, MANUEL
50965838T
1232
ALCARAZ JODAR, ANTONIO
09016532A
1179
ALONSO CORREAS, JOSE LUIS
03139573G
1111
ALVAREZ AMOR, GERARDO
04146767M
1112
ALVAREZ DELGADO, MARIA CARMEN
02099546Z
1113
ALVAREZ GONZALEZ, ALBERTO
50892207S
1209
ALVAREZ REDONDO, ISRAEL
53018966X
1364
ALVARO BENITO, JOSE
08989541Z
1365
ALVARO WRIGHT, ALBERTO SANTIAGO
33529317D
1485
AMBITE SALES, RICARDO
03122262N
1486
AMO (DEL) MONTOYA, FRANCISCO JAVIER
08980724Y
1134
AMOR CHICO, FRANCISCO JAVIER
04167501Q
1067
AMPUERO ROJO, EMILIA
09037526K
1399
ANDRES ROSADO, FRANCISCO JAVIER
28958697H
1292
ANTON DOMINGUEZ, CESAR
50460648M
1293
APARICIO GARCIA, ALBERTO
09040208N
1197
ARANCIL AVILA, FRANCISCO MIGUEL
50414871K
1198
ARGUMANEZ VILLAR, DAVID
51942408J
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
N.º EXPTE.
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
NOMBRE Y APELLIDOS
19
IDENTIFICADOR
1199
ARMISEN ARRANZ, JOSE LUIS
02609845N
1308
ARTEAGA LASERNA, PEDRO EDUARDO
07513671P
1188
AYENSA DE PAZ, MARIA
47228507P
1176
BALBUENA SANZ, LUIS
51676124T
1216
BARCO DOMINGUEZ, ROBERTO
09027239S
1360
BARRIO MARTINEZ, JAVIER
71553330P
1361
BATUECAS GOMEZ, CESAR
08997764A
1266
BATUECAS GOMEZ, OLIVIA
08997765G
1088
BECERRA GARCIA, CARLOS
76018018M
1428
BECERRA ZARZOSO, FERNANDO
09021626Z
1211
BEDMAR RUEDA, ALFONSO
53443513T
1271
BENITO TEJERO, SERGIO
53563435T
1337
BERLANGA GUTIERREZ, JESUS
09030278H
1330
BERNARDOS BLANCO, IGNACIO
02657244P
1316
BLANCO BLAZQUEZ, DAVID
09031599M
1123
BLANCO FERNANDEZ, EMILIO
52117049S
1252
BLANCO VEGA, JOSE MARIA
53023779Q
1253
BLAS PEREGRINA, JUAN IGNACIO
05250028W
1189
BRIBIAN LABRADO, ANGEL
51363857G
1326
BRICEÑO SANCHEZ, ADOLFO
46883756G
1168
BUENAVISTA RODRIGUEZ, DAVID
09021919P
1431
BULOI , MARIUCA LACRAMIOARA
X6437401T
1221
BUSTAMANTE GAZCO, CARLOS AUGUSTO
02665249D
1222
CABALLERO DANTA, JUAN JOSE
46836112Q
1066
CABALLERO LOPEZ, MARIA DEL CARMEN
50145679K
1067
CAJBON CHIGÜICON, HECTOR OSWALDO
51076335M
1471
CALERO MUÑOZ, CAROLINA
53441044S
1068
CALLEJO ALONSO, MARIA DEL PILAR
51933990J
1099
CALVO ALONSO, RAQUEL
09046600X
1165
CAMACHO MARTIN, ROMAN
33515024E
1371
CARAGIA CARPOV, TATIANA
X2864162H
1372
CARRILLO LAGUNAS, DAVID
09015935G
1205
CASADO CABALLERO, JOSE MARIA
10202153C
1196
CASTILLO (DEL) RUIZ, MANUEL
51875353A
1197
CASTILLO PACHECO, MIGUEL ANGEL
43065264H
1148
CASTRO VAZQUEZ, OSCAR DE
09028286G
1537
CAVA FLORES, JUAN ANTONIO
53436302B
1173
CAVA MACIAS, MANUEL
07209916Z
1174
CAYUELA GAITAN, RAUL
50980097E
1152
CEDRON GOMEZ, MARIA YOLANDA
52868309A
1299
CENTURION MIR, RICARDO ROMULO
51984426X
1429
CHACON LOPEZ, GORKA
09021328S
1340
CHAVEZ CRIADO, JUAN ANTONIO
09020533W
1341
CHICHARRO BALLESTEROS, SINFORIANO
70641715K
1376
CIUDAD SAIZ, ALMUDENA
09016593H
1377
CIUDAD SAIZ, CARLOS
09016594L
20
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
N.º EXPTE.
NOMBRE Y APELLIDOS
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
IDENTIFICADOR
1378
CLARES SEGOVIA, ISRAEL
09021304Z
1379
COLOMO COLONDRON, FRANCISCO JAVIER
51352654W
1375
CONDE GONZALEZ, JOSE ANTONIO
06571908A
1376
CORRALES LABARTA, ARNEL
02727493S
1281
COUSSE , VEERLE KATLEEN
X4522618J
1282
CRIADO CAPOTE, MONICA
53022358K
1358
DELGADO BERNARDO, BEGOÑA
70809132K
1359
DELGADO MORILLAS, ISIDRO
09048447V
1530
DIAZ GARRIDO, MARIA DE LOS ANGELES
03135181M
1531
DIAZ HERRERA, JESUS
03122271K
1318
DIAZ RAMIREZ, JOSE MANUEL
53022772K
1166
DIEZ-CANSECO MARTINEZ, JUAN GONZALO
50139521G
1261
DOMINGUEZ MENDEZ, ANDRES
51874004B
1298
DORRONSORO MARTIN, PABLO
04846667S
1108
DOS ANJOS DOS SANTOS, PEDRO
45140964Z
1400
EN INVESTIGACION, ART. 47 DE LA LEY 33/2003
1136
ESTEBAN BARTOLOME, SAMUEL
09043926G
1137
ESTEBAN GARCIA, GLORIA
51597354M
1233
ESTEVEZ GONZALEZ, AGUSTIN
09000485X
1238
ESTEVEZ GONZALEZ, CRISTINA
09044651Q
1272
FERNANDEZ CARRASCOSA, MARIA VICENTA
08992336A
1418
FERNANDEZ CASUSO, ICIAR
34106894X
1419
FERNANDEZ DE LUZ, LAURA MARIA
03128160E
1262
FERNANDEZ SERRANO, ANA
08986981F
1214
FERNANDEZ SERRANO, JHONATAN
53438271W
1242
FERNANDEZ SUAREZ, MARIA IMACULADA
01115171Q
1336
FERNANDEZ TOMEO, JAVIER
29025348S
1119
FINCA EL PAJARERO
F16231268
1334
FLORIN MIHAIL, CAPATAAN
X6468774R
1420
FRESNEDA ORTEGA, ISMAEL
53016925Q
1267
GAITAN RUIZ, ROBERTO
50988280V
1190
GALLEGO RUIZ, JOSE LUIS
01890010P
1200
GARCIA AGUIRRE, CRISTOBAL
50310327N
1201
GARCIA BLANCO, JOSE LUIS
09024019S
1202
GARCIA BORRAZ, VICENTE
46876453S
1097
GARCIA CARMONA, JOSE JAVIER
07244181D
1098
GARCIA CUESTA, JUAN
08032706W
1348
GARCIA FERNANDEZ, AZAHARA
09031382H
1063
GARCIA GOMEZ, CARLOS ALBERTO
47217842S
1103
GARCIA HIGES, FRANCISCO PEDRO
51346971T
1104
GARCIA LOPEZ, RAUL
09014015Q
1219
GARCIA MARTINEZ, DAVID
09025132R
1362
GARCIA MARTINEZ, FELIPE
51358287T
1201
GARCIA MARTINEZ, MARIA CARMEN
09021004J
1338
GARCIA MARTINEZ, OSCAR
70240376D
1061
GARCIA MARTINEZ, SARA
09047517F
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
N.º EXPTE.
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
NOMBRE Y APELLIDOS
21
IDENTIFICADOR
1132
GARCIA MARTINEZ, ZARAIDA
09045839P
1500
GARCIA MENDEZ, JOSE MARIA
08963676R
1506
GARCIA SORIANO, JUAN JOSE
51607416Q
1331
GARRIDO GARRIDO, JOSE LUIS
11894581Q
1320
GARZAS BURGOS, IVAN
09035705V
1321
GIJON CASADO, LAURA
09035390R
1282
GIL MORILLO, MANUEL
52346924M
1283
GIL-PEREZ PEREZ, MONICA
20192366E
1095
GOMEZ AURA, JAIME
00845244V
1126
GOMEZ FERNANDEZ, ALBERTO
46833017A
1169
GOMEZ RICO, GRACIA MARTA
46862642G
1142
GOMEZ SANCHO, JUAN CARLOS
46834171F
1352
GONCALVES GARCIA, JAVIER ALEJANDRO
09048940G
1274
GONZALEZ CASTAÑO, SORAYA
53440743J
1289
GONZALEZ CRUZ, DANIEL
03229396N
1207
GONZALEZ FERNANDEZ, BEGOÑA
46881523W
1347
GONZALEZ FERNANDEZ-PACHECO, SERGIO
09332775L
1215
GONZALEZ MUÑOZ, CARLOS
52343724W
1388
GONZALEZ MURILLO, OLIVER
50094310B
1477
GONZALEZ NADALES, JUAN CARLOS
51492858K
1465
GONZALEZ PRADA, FRANCISCO RAMON
51910521G
1112
GUARNES BALLESTER, RUBEN
53612133V
1398
GUERRA DE LA CRUZ, FRANCISCO JAVIER
53441274S
1226
GUERRA PEREGRINA, JOSE BERNARDO
50168946N
1164
GUIJARRO DE PABLOS, DOROTEO
71239443W
1177
GUILLO MARRUPE, PEDRO-JOAQUIN
50027909B
1378
GUTIERREZ MONEREO, JAIME
08996389P
1390
HERMOSO CAÑADA, NOELIA
09031072F
1130
HERNANDEZ CORREA, JULIAN
09024356F
1520
HERNANDEZ PRIETO, MARIA JOSE
50978510E
1325
HERRANZ MUÑOZ, RICARDO
09029672X
1522
HIDALGO MORALES, ROBERTO
07474034T
1228
IGLESIAS GARCIA, SEBASTIAN
02490587D
1229
IZQUIERDO GARCIA, OSCAR
05431074S
1536
JIMENEZ ALCALDE, DANIEL
52871649P
1096
JIMENEZ FERNANDEZ, VERONICA
09030917J
1294
JIMENEZ LINARES, CAROLINA
09012823C
1245
JIMENEZ RUIZ, MIGUEL ANGEL
51660866Z
1246
LAGARTERA LUNA, JAVIER
09017913G
1351
LANCIEGO ABELLO, LUZ
09011577Q
1303
LARA (DE) FERNANDEZ, MIGUEL ANGEL
08974829E
1107
LARRAMBEBERE ROMERO, JOSE MARIA
51388657X
1083
LEON GUTIERREZ, JOSE RAMON
05413584M
1368
LIMA PINILLA, SANTIAGO
09024321H
1257
LIMA PINILLA, TERESA
09038426R
1153
LOBATO SANCHEZ, FRANCISCO
08955866B
22
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
N.º EXPTE.
NOMBRE Y APELLIDOS
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
IDENTIFICADOR
1170
LOPEZ ALVES, DEMETRIO
52118134L
1141
LOPEZ FERNANDEZ, JOSE
08957119E
1401
LOPEZ GARCIA, FERNANDO
51863139W
1087
LOPEZ MEJIAS, OSCAR
53443192R
1195
LOPEZ NIETO, ANA ISABEL
53560179X
1264
LOPEZ SANCHEZ, CARLOS
53017436K
1392
LOPEZ YELA, ALEJANDRA
51422088E
1276
LUCAS (DE) VAQUERO, IVAN
52119040M
1277
LUIS (DE) MORENO, ROBERTO
52116840J
1278
LUIS PASTOR, DAVID
47282095Y
1498
LUIZA DONADIN, NICOLETA
X2670754V
1499
LUQUE ESCABIAS, CARLOS
09029381H
1500
LUQUE PALOMARES, M BEGOÑA
50102560G
1501
MANCHEÑO GARCIA, CARLOS GUSTAVO
08994131G
1502
MANCHEÑO GARCIA, FRANCISCO JAVIER
08994130A
1385
MANSILLA SANCHEZ, Mª ANGELES
02827290S
1314
MARCOS RODRIGUEZ, ZALIA
53437585Y
1210
MARIN LORA, ALEJANDRO JAVIER
50723219P
1394
MARMOL JIMENEZ, DAVID
52349068X
1208
MARQUEZ DOCSION, MARIA DEL AMPARO
51084823Y
1209
MARTIN CASERO, JOSE DAVID
09015263E
1116
MARTIN CUMBRES, MARIA LUISA
11846543W
1277
MARTIN GAMEZ, DAVID
09049050E
1115
MARTINEZ BARRADO, MARIA ELENA
08995216P
1288
MARTINEZ ESCOBAR, ISMAEL
47220652L
1311
MARTINEZ FERNANDEZ, SERGIO
09011212L
1339
MARTINEZ GUILLEN, ALBERTO
53561448Z
1324
MARTINEZ MORENO, SERGIO
50899223Q
1143
MARTINEZ PASCUAL, JOSE MANUEL
07218059S
1098
MARTINEZ PUERTA, DIEGO
09023089M
1322
MARTINEZ ROCHA, JESUS ANTONIO
07506300C
1072
MARTINEZ SANCHEZ, PATRICIA
50985944G
1127
MASEDO ARCONES, PAULINO
03334281V
1241
MASEDO SANCHEZ, ESTHER PATRICIA
02899106W
1080
MATEI RALUCA, MARIANA
X6551865Q
1159
MATEO PARRAGA, JUSTO
07535571N
1075
MAURO GONZALEZ, MARCO ANTONIO
08991132H
1287
MEDINA MOSQUERO, SONIA
09001492M
1342
MENDEZ PINTOR, ALBERTO MANUEL
34778262P
1427
MENDEZ SANTOS, JOSE DAVID
08997538F
1278
MENDIETA LOECHES, LEANDRO
03120291L
1335
MIERES VIÑUELA, RUBEN
71436738A
1336
MIHAI , GHEORGHE
X4216462X
1104
MODINO ACEITUNO, JOAQUIN
47027772V
1393
MOHEDANO BENITO, FERNANDO
53439974A
1323
MOLDES PALOMERA, RUBEN
53561844L
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
N.º EXPTE.
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
NOMBRE Y APELLIDOS
23
IDENTIFICADOR
1365
MONTERO MUÑOZ, RAUL
20263382Z
1366
MORENO CARBALLO, NURIA
08984875V
1319
MORENO CRIADO, FERNANDO
46882545N
1056
MORENO GONZALO, DAVID
53022181M
1092
MORENO MENDEZ, EDUARDO
46884320Q
1247
MORENO SANABRIA, ALBERTO
09036458B
1381
MORENO VILLALBA, JUAN CARLOS
51904795M
1174
MUNIESA BRUSEL, HERIBERTO
00097681T
1357
MUÑOZ FERNANDEZ, VICTOR MIGUEL
52882989D
1358
MUÑOZ RUIZ, PEDRO
09009057A
1359
MUÑOZ VALERA, JOSE LUIS
00797166D
1256
MURIEL PEREZ , EDUARDO TEODORO
53020810Z
1258
MURILLO CANO, EDUARDO
53022483P
1279
MURILLO ESTEBAN, RICARDO
09027439P
1321
NAVAJO RODRIGUEZ, JUAN CARLOS
08935716D
1384
NAVARRETE CHAMORRO, RUBEN
53440634L
1385
NAVEA SANCHEZ, JOSE
50960555F
1090
NEBREDA CUESTA, ENRIQUE
45417547E
1332
NGONGANG , PAUL RICHARD
X1752922T
1109
NICOLAIE MARIUS, MODRISAN
X6472066G
1110
NICOLAS (DE) ZOLLE, MARIA TERESA
50297324G
1395
NIETO RUIZ, BEATRIZ
53435757H
1372
OANCEA , FLORIAN IOAN
X4175903T
1414
OLIVA BENITEZ, RUBEN
09051152P
1415
ONIS , MIRCEA
X4659669F
1416
OROZCO FLORES, SERGIO
03125360M
1137
ORTEGA LOPEZ, IRENE
46885236N
1379
ORTEGA ROJO, CAROLINA
09027440D
1285
OSWALD VENTUS MONTERO, DAVID
46877608C
1387
PACHECO MOLINA, JULIANA
06200274A
1448
PADILLA MARTIN, ROSA MARIA
51059747T
1234
PALOMO MANSILLA, RAFAEL
09013564W
1100
PANDO GARCIA, PEDRO
02547609Z
1270
PANIAGUA CASANOVA, JUAN CARLOS
08982325C
1291
PARDO GARCIA, ANIBAL
11815679G
1224
PAREJA SALAZAR, JOSE
51649641J
1355
PAULETE MUÑOZ, MARIA ISABEL
09009060Y
1269
PEINADO PACHECO, DAVID
53435292J
1259
PELLITERO MARTINEZ, JACOBO
51452676C
1419
PEÑA CARDAÑO, JORGE
51084412D
1235
PEÑA MEDINA, SERGIO
09013962D
1512
PEREDA CABANILLAS, EVA
53024103H
1284
PEREZ ALVAREZ, IVAN
53014348S
1285
PEREZ ALVAREZ, RAQUEL
52116893C
1286
PEREZ BARRIOS, DANIEL
11964892Q
1416
PEREZ CARRETERO, JOSE
52112556F
24
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
N.º EXPTE.
NOMBRE Y APELLIDOS
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
IDENTIFICADOR
1074
PEREZ NAVAJON, AMPARO
53560773Y
1146
PEREZ PARRA, FRANCISCO JAVIER
08962174V
1198
PEREZ RODRIGUEZ, ANGEL
03874854K
1140
PEREZ SAEZ, MARINA
09004204A
1181
PEREZ SANCHEZ, FRANCISCO
75823993P
1328
PERULERO ALONSO, ROBERTO
10883723P
1329
PINA IGLESIAS, JUAN MIGUEL
53016316M
1330
PINTO PADILLA, ISRAEL
09023740N
1492
PIRIZ GOMEZ, MARIA DEL MAR
50059107K
1346
PLATAS ANILLO, MAGDALENA
51877056G
1440
POLO GISMERO, LAZARO
09003453B
1482
PONCE MINCHAN, MARIA LUISA
08992665X
1483
PULIDO CASTAÑO, SUSANA
50848152M
1495
PULIDO GONZALEZ, AMADOR
09033050F
1450
QUIRCE MARTINEZ, LAURA
44786020Y
1451
RAIGAL RAMIREZ, DAVID
01937797R
1193
RAMALLO LOPEZ, FERNANDO DAMIAN
27499268P
1386
RAMIREZ PEREZ, SAMUEL
02549400B
1154
RAMIREZ SANCHEZ, FELIX
51647429D
1397
RAMOS CRUZ, DAVID
52866068Q
1309
RAYO GARCIA, FELIPE
09010410E
1240
RECIO VELAZQUEZ, MARIA VICTORIA
08945458E
1244
REINA SANTOS, RICARDO
46927059K
1359
RISCO ESCOLAR NORIEGA, ANA CRISTINA
09022980B
1286
RIVAS DEL VAL, JUAN PABLO
09034052C
1423
RODRIGUEZ FRESNILLO, DAVID
50208859C
1425
RODRIGUEZ FRESNILLO, RAUL
50209089C
1102
RODRIGUEZ IBAÑEZ, MIGUEL
09040132M
1091
RODRIGUEZ LUQUE, PEDRO
01815246V
1229
RODRIGUEZ MARCOS, NURIA
12398506B
1417
RODRIGUEZ MARTIN, SUSANA
53405122L
1302
RODRIGUEZ-PORTUGUES MORAN, JUAN ANTONIO
46866561J
1105
ROMERA DURO, VIRGINIA
03127585E
1255
ROMERO MARTIN, PEDRO JUAN
07220576W
1133
ROSA (DE LA) GONZALEZ, JOSE MARIA
09022182H
1134
RUANO DE LA IGLESIA, MARCOS
02532229K
1156
RUBIO GARCIA, CRISANTO
00376047C
1341
RUIPEREZ PEREZ, ENRIQUE
03118156T
1426
RUIZ CORVILLO, ANTONIO
52873232G
1187
RUIZ GALLEGA, JOSE MARIA
53441014P
1455
RUIZ MARTINEZ, PEDRO ANTONIO
22936344P
1315
RUIZ SANCHEZ, RUBEN
09045655P
1237
RUIZ VELASCO, ANDRES
02194725L
1106
SAINZ FERNANDEZ, MELISA
09031137A
1194
SAN JOSE CANTOS, EUGENIO
09028464K
1227
SANCHEZ ALCAIDE, LAURA
09031226T
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
N.º EXPTE.
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
NOMBRE Y APELLIDOS
25
IDENTIFICADOR
1228
SANCHEZ GAMONAL, BERTA
09015244A
1182
SANCHEZ HERNANEZ, ALBERTO
09000414P
1249
SANCHEZ MARIN, JAVIER
02651764W
1260
SANCHEZ MARTOS, YOLANDA
04192262Y
1333
SANCHEZ MORATILLA, IVAN
53436976H
1254
SANCHEZ RETUERTA, MIGUEL
08953750B
1283
SANCHEZ TRIGO, NOEMI
46836095E
1085
SANCHEZ VIVAS, YOLANDA
09020496B
1373
SANTACRUZ ROMERA, RAFAEL
52884925J
1199
SANTAMARIA HOYA, BERNARDO
02642990Z
1225
SANZ PASTOR, JOSE LUIS
53436401H
1114
SERENO ARIAS, CELIA
09003094C
1370
SERRANO LESMA, IVAN
02656689M
1452
SERRANO SANCHEZ, LAURA
53562825B
1057
SEVILLANO MEDINA, JUAN
53021434V
1058
SIMEONOVA BRATOEVA, PLAMENKA
X4769336X
1243
SIMON DIAZ, ALEJANDRO
00696388V
1125
SIRETEAN , CRISTINA
X2665901V
1297
SOLIS PAUCAR, JESUS ALEXANDER
02714656N
1184
SORIA GIL, ENCARNACION
08990915P
1185
TALLON FRESNO, MARIO
51408914G
1186
TELLEZ VELAZQUEZ, SILVIA
46882281R
1488
TERCEÑO RUBALCABA, RUBEN
50208511V
1422
TIRADO GONZALEZ, JESUS
47223921E
1423
TOLEDANO TORRES, JESUS MIGUEL
50437316H
1175
TOMAS KRICHEVSKIY, DIEGO
01462862Q
1305
TORO JUNCO, DOMINGO
51875220P
1312
TORRE (DE LA) RETUERTA, ISRAEL
09034404G
1185
TRIPIANA PEREZ, RAFAEL
02245938B
1367
TULCAN , FLORIN BENIAMIN
X6126256E
1212
UCETA COBAS, JUAN IGNACIO
51987850F
1361
VALENTIN GARCIA, GREGORIO
02185359Z
1460
VAQUERO RODRIGUEZ, ANTONIO
50687920Z
1113
VAZQUEZ ANTUNEZ, DANIEL
47217978J
1114
VAZQUEZ MIGUEL, CARLOS
09018284F
1213
VENCE SEDOFEITO, MARIANO
09038136X
1214
VILLA GUERRERO, ALEJANDRO
09002546R
1215
VILLANUEVA URBIETA, CARLOS
29030853T
1413
VOLKOVINSKYY , PAVLO
X6515687V
1078
YOBANO PELAYO, MARIA CARMEN
46046083Z
26
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
En Pioz a 19 de agosto de 2014.– El Alcalde, Vladimiro Pastor Gutiérrez.
2885
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Campillo de Ranas
ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA
Trascurrido el plazo de exposición pública sin que
se hayan presentado reclamaciones, queda elevado a definitivo el acuerdo provisional adoptado por el
Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el
29 de abril de 2014, relativo a la Ordenanza Municipal Reguladora del procedimiento de comprobación
para el ejercicio de actividades comerciales minoristas y prestación de determinados servi­cios del municipio de Campillo de Ranas. Conforme a lo establecido en el ar­tícu­lo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se
publica como anexo a este anuncio, el texto íntegro
de la citada ordenanza.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer
por los interesados, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde la
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de
la Provincia.
En Campillo de Ranas a 24 de julio de 2014.– El
Alcalde, Francisco Maroto García.
ANEXO
ORDENANZA MUNICIPAL PARA EL EJERCICIO
DE ACTIVIDADES COMERCIALES MINORISTAS
Y PRESTACIÓN DE DETERMINADOS SERVI­CIOS
DEL MUNICIPIO DE CAMPILLO DE RANAS
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
“La Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, referida a los servi­cios en el mercado interior ha dado
lugar, con motivo de su transposición, tanto a la modificación del marco normativo regulador de aspectos relacionados con la libertad de establecimiento y
la prestación de servi­cios como a la configuración de
un nuevo marco jurídico que ha transformado aspectos esenciales del procedimiento administrativo. En
este sentido, se han modificado varios aspectos sustanciales de la normativa reguladora de la concesión
de licencias con la finalidad de agilizar y simplificar
su tramitación, para impulsar el principio de eficacia
que consagra la Constitución Española en su ar­tícu­
lo 103, así como el principio de celeridad señalado
en los ar­tícu­los 74 y 75 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
El ordenamiento jurídico regulador del régimen
local no ha permanecido ajeno a este proceso de
transformación y novación jurídica, iniciado con la
aprobación de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre,
sobre el libre acceso a las actividades de servi­cios
y su ejercicio, que ya vislumbraba la necesidad de
revisar los procedimientos y trámites, para simplificarlos e incluso sustituirlos por otros que resultasen
menos gravosos para las personas interesadas en
acceder y ejercer una actividad de servi­cios.
Concretamente, en relación con el régimen local,
la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación
de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre
el libre acceso a las actividades de servi­cios y su
ejercicio, modificó el ar­tícu­lo 84 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, al objeto de someter los actos de control
preventivo de ámbito municipal a sus principios de
igualdad de trato, necesidad y proporcionalidad, así
como de integrar en la misma los nuevos medios de
intervención. Éstos, a su vez, se incorporan también
en el mismo proceso de adecuación a la Ley 17/2009
y para todas las Administraciones Públicas a través
del nuevo ar­tícu­lo 71.bis de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, incluidas las facultades de comprobación.
Posteriormente, la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de
Economía Sostenible, sienta los principios de buena
regulación aplicables a las iniciativas normativas de
las Administraciones Públicas y avanza un paso más
en el ámbito municipal, modificando nuevamente la
citada Ley 7/1985, de 2 de abril. Concretamente, los
ar­tícu­los 84, 84 bis y 84 ter, establecen, con carácter
general, la inexigibilidad de licencia u otros medios de
control preventivos para el ejercicio de actividades,
salvo que resultase necesario para la protección de
la salud o seguridad públicas, el medio ambiente o
el patrimonio histórico-artístico, o cuando requiriesen
de un uso privativo y ocupación del dominio público
pero, en todo caso, condicionando su exigibilidad a
un juicio de necesidad y proporcionalidad.
Estos principios de buena regulación suponen,
con carácter general, que los entes locales lleven a
cabo una evaluación de los distintos actos de control
municipal, a los que se someten los establecimientos e instalaciones ubicadas en su término, cuando
tienen por objeto la realización de actividades económicas de cualquier tipo, y atenderán a las características de estas infraestructuras o de su ubicación en
bienes o áreas integrantes del patrimonio históricoartístico o de la ocupación de dominio público. De tal
forma, que únicamente se justificará la necesidad de
un régimen de autorización o licencia cuando los daños que puedan causar sean irreparables e irreversibles. El juicio de proporcionalidad, a su vez, supone
determinar el medio de intervención menos gravoso
para el control del riesgo a proteger.
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Como se ha señalado antes, se adoptarán nuevos
medios de intervención para el conjunto de Administraciones Públicas, a través del ar­tícu­lo 71. Bis de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, que incorpora
dos nuevas figuras en el régimen jurídico, la declaración responsable y la comunicación previa. Éstas
se diferencian de la autorización o licencia previa en
que el control administrativo se produce tras su presentación, es decir, con carácter posterior al inicio de
la actividad. Respecto a estos, la Ley de Bases del
Régimen Local (ar­tícu­lo 84.ter) señala expresamente que, cuando el ejercicio de actividades no precise
autorización habilitante previa, las entidades locales
deberán establecer y planificar los procedimientos
de comunicación necesarios, así como los de verificación posterior del cumplimiento de los requisitos
precisos para el ejercicio de la misma previstos en la
legislación sectorial.
En la línea que marcan los principios de buena
regulación, la labor de revisión y evaluación debe
continuar aplicando el juicio de necesidad y proporcionalidad también para establecer el medio más
adecuado de control ex post. En este sentido, la declaración responsable se justificará si se establecen
requisitos para el titular del establecimiento/actividad de cuyo cumplimiento se responsabiliza durante
toda la vigencia de la misma y que, por razones del
interés general que se pretenden proteger, determinan un procedimiento de comprobación ulterior más
estricto que el régimen de comunicación previa. Este
último debe quedar reservado para aquellas actuaciones que no entrañan medidas de control porque
este ya se ha realizado en otra actuación previa, o
porque no se producen modificaciones respecto a la
situación anterior, o por la necesidad de mantener un
control sobre el titular de la actividad por motivos de
protección de los derechos de los destinatarios de
los bienes y servi­cios que se producen o prestan en
el establecimiento.
La base jurídica para el control a posteriori se perfecciona con las previsiones establecidas en el apartado 2.º del ar­tícu­lo 39.bis de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que preceptúa que las Administraciones
Públicas velarán por el cumplimiento de los requisitos aplicables según la legislación correspondiente,
para lo cual podrán comprobar, verificar, investigar
e inspeccionar los hechos, actos, elementos, actividades, estimaciones y demás circunstancias que se
produzcan.
Un paso más en este proceso de supresión de
trabas administrativas y de simplificación, que ha
supuesto un nuevo impulso para el ejercicio de actividades económicas se produce con la aprobación
de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas
urgentes de liberalización del comercio y de determinados servi­cios, en el que tras someter al test de necesidad y proporcionalidad las licencias municipales
ligadas a establecimientos de determinada superficie e instalaciones en los que se realizan determi-
27
nadas actividades comerciales y de servi­cios, se establece la no exigibilidad de ningún tipo de licencia.
De este modo, se eliminan las licencias municipales
de instalaciones, de funcionamiento u otras de clase similar o análogas incluida la de apertura del establecimiento y se sustituyen por medios de control
menos gravosos. Dependiendo del caso, consistirá
en una declaración responsable o en una comunicación previa del interesado ante la administración
local competente.
En este último contexto, la citada Ley establece,
en su Disposición adicional primera un mandato de
cooperación a las Administraciones Públicas, en el
marco del Comité para la Mejora de la Regulación
(CMR), para que promuevan la elaboración de una
ordenanza tipo sobre los actos de control e intervención municipal.
Adicionalmente la Disposición adicional primera
de la Ley 12/2012, en su punto 3, explicita que se
promoverá la implantación de mecanismos de tramitación electrónica en las Administraciones Públicas,
de acuerdo con la Ley 11/2007, de 22 de junio, de
Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servi­
cios Públicos, con el fin de reducir las cargas administrativas y eliminar ineficiencias.
Esta ordenanza tipo se elabora para dar cumplimiento a dicho mandato. Se pretende, respetando
las singularidades de cada comunidad autónoma y
las particularidades de cada municipio, establecer
un modelo que, en sus partes esenciales, suponga
el mayor grado de uniformidad posible en relación
con el procedimiento para la puesta en marcha de
actividades comerciales y de determinados servi­
cios, reforzando con ello, a través de procesos normalizados, a los que previamente se rediseñen bajo
una clara orientación hacia la simplificación y a la
reducción de cargas, para facilitar y agilizar la puesta
en marcha de actividades económicas en el ámbito
municipal.
En particular, la ordenanza tipo desarrolla las previsiones del ar­tícu­lo 4 de la Ley 12/2012, de 26 de
diciembre, relativas a la declaración responsable y
la comunicación previa, su contenido, los requisitos
que se deben cumplir y los actos de comprobación
e inspección.
Asimismo, con el objetivo de facilitar a aquellas
entidades locales, cuyo marco regulador autonómico no haya dispuesto el procedimiento de comprobación posterior previsto en la Ley 12/2012, de 26
de diciembre, incorpora en el capítulo cuarto de esta
ordenanza, disposiciones sobre los actos de comprobación e inspección de los elementos y circunstancias puestas de manifiesto en la declaración responsable y/o en la comunicación previa. En efecto,
las entidades locales quedan habilitadas para ello,
tanto en el ar­tícu­lo 5 de la citada Ley como en los
preceptos legales señalados anteriormente.
Con relación al régimen sancionador, según la
disposición final decimotercera de la Ley 12/2012,
se establece que el Gobierno, en el plazo de un año,
presentará un proyecto de ley, que regule las infrac-
28
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
ciones y sanciones aplicables a los casos de incumplimiento de las obligaciones previstas en esta Ley
que regirá lo dispuesto en términos de infracciones y
sanciones derivadas de los actos de comprobación
e inspección de esta ordenanza.
Un aspecto que es preciso tener en consideración, máxime en el contexto actual de reducción de
los ingresos recaudados resultante de la gestión de
los tributos propios, es el referido a la aplicación de
los tributos. En cumplimiento de lo dispuesto en los
ar­tícu­los 100, 101 y 103, respectivamente, del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto legislativo
2/2004, de 5 de marzo, según modificación introducida por la disposición final primera de la Ley 12/2012,
de 26 de diciembre, el hecho imponible del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras está
constituido por la realización de cualquier actuación
de las señaladas para las que se exija licencia de
obra o presentación de declaración responsable o
comunicación previa y que, una vez practicada liquidación provisional a cuenta, en base al presupuesto
declarado o, en su caso, presentado, por los interesados, finalizada la construcción, instalación u obra
y teniendo en cuenta el coste real y efectivo, el ayuntamiento, mediante la oportuna comprobación administrativa, modificará la base imponible practicando
la correspondiente liquidación definitiva y exigiendo
del sujeto pasivo o reintegrándose, en su caso, la
cantidad que corresponda.
En este sentido, la citada disposición final primera
de la Ley 12/2012 modifica también el ar­tícu­lo 20.4
letras h) e i) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y contempla, igualmente, y con el mismo carácter facultativo, la posibilidad
de establecer tasas para gravar la realización de las
actividades administrativas de control en los supuestos en los que la exigencia de licencia fuera sustituida por la presentación de declaración responsable o
comunicación previa.
En aplicación de lo preceptuado en la disposición derogatoria única de la Ley 12/2012, de 26 de
diciembre, han quedado derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan o se
opongan a lo dispuesto en la misma.”
A continuación, se recoge el texto íntegro de la
ordenanza junto con los modelos de notificación correspondientes:
“CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Ar­tícu­lo 1. Objeto y finalidad.
1. La presente ordenanza tiene por objeto la regulación de los aspectos generales del régimen jurídico aplicable, a los procedimientos de intervención
municipal relativos a los establecimientos o locales
ubicados en el municipio de Campillo de Ranas
(Guadalajara), con relación a la declaración responsable y comunicación previa exigidas para el inicio
y desarrollo de las actividades comerciales mino-
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
ristas y otros servi­cios incluidos en el anexo de la
Ley 12/2012, de 26 de diciembre; a las instalaciones
de redes públicas de comunicaciones electrónicas,
establecidas en la disposición adicional tercera, y
aquellas otras modificaciones que se pudieran realizar conforme a la Disposición Final Octava de la
citada Ley, así como a las instalaciones y obras comprendidas dentro de su ámbito de aplicación, y a la
verificación posterior del cumplimiento de los requisitos precisos para el ejercicio de dichas actividades.
2. La finalidad de esta Ordenanza es impulsar y
dinamizar la actividad económica, así como facilitar
la puesta en marcha de determinadas actividades
comerciales y de prestación de servi­cios, mediante
la eliminación de las cargas y restricciones administrativas innecesarias que afectan al inicio y ejercicio
de las citadas actividades.
3. Se suprimen las licencias de ámbito municipal
que expresamente se incorporan en el ámbito de
esta ordenanza, vinculadas con las instalaciones
de redes públicas de comunicaciones electrónicas y
los establecimientos comerciales, sus instalaciones
y determinadas obras previas, garantizando que la
persona que realiza la declaración o comunicación
se responsabilice del cumplimiento de las condiciones técnicas de seguridad, de higiene, medioambientales y sanitarias, de confortabilidad, de los
niveles de ruidos y vibraciones, de las obligaciones
derivadas de las normas de edificabilidad, urbanismo, emergencias y cuantas obligaciones se determinen por la normativa específica, general y sectorial,
reguladora de la actividad declarada o comunicada.
Ar­tícu­lo 2. Ámbito de aplicación.
La presente ordenanza se aplicará a:
1. Las actividades industriales, comerciales minoristas y de servi­cios sujetas a la aplicación de la
presente ordenanza son las que se enumeran en
el Anexo I1, realizadas a través de establecimientos
permanentes, cuya superficie útil de exposición y
venta al público no sea superior a la que en cada
momento se determine en la Ley 12/2012, de 26 de
diciembre2. Se aplicará también a las estaciones o
instalaciones radioeléctricas utilizadas para la prestación de servi­cios de comunicaciones electrónicas
disponibles para el público, a excepción de aquellas
en las que concurran las circunstancias referidas en
el ar­tícu­lo 2.2 de la Ley 12/2012, que ocupen una superficie superior a 300 metros cuadrados, computándose a tal efecto toda la superficie incluida dentro del
vallado de la estación o instalación o, tratándose de
instalaciones de nueva construcción, tengan impac-
Este catálogo de actividades industriales, comerciales y la prestación de los servi­cios previstos en el anexo de la Ley 12/2012,
de 26 de diciembre, pueden ampliarse por el Gobierno y/o por la
Comunidad Autónoma que corresponda.
2
Este umbral puede ampliarse por el Gobierno y/o por la Comunidad Autónoma que corresponda de acuerdo a la Ley 12/2012,
de 26 de diciembre, que actualmente contempla 300 metros
cuadrados.
1
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
to en espacios naturales protegidos y que se inicien
y desarrollen en el municipio de Campillo de Ranas
(Guadalajara), sin perjuicio de la aplicación a dichas
instalaciones de lo establecido en la Ley 32/2003, de
3 de noviembre, General de Telecomunicaciones y
su normativa de desarrollo.
Quedan comprendidas igualmente dentro del ámbito de aplicación las obras enumeradas en el Anexo
II que se realicen en dichos establecimientos, cuando no queden excluidas de conformidad con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 3.
2. A los procedimientos relacionados con la comunicación, comprobación e inspección relativos con la
instalación, puesta en marcha, inicio y ejercicio de
las actividades industriales, comerciales y la prestación de los servi­cios previstos en el anexo de la Ley
12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes
para la liberalización del comercio y de determinados
servi­cios, realizados en establecimientos permanentes y situados en cualquier parte del término municipal de Campillo de Ranas (Guadalajara), con estricto
cumplimiento del planeamiento urbanístico, y cuya
superficie útil de exposición y venta al público no sea
superior a la que se determine por la misma ley.
Por Resolución de la Alcaldía se aprobará la relación de actividades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza incluyendo, como mínimo,
las actividades recogidas en el anexo de la citada
Ley 12/2012.
Se incluirán asimismo aquellas actividades cuyo
inicio la normativa sectorial o autonómica prevea sujetar a declaración responsable o comunicación previa, y cuya supervisión se pretenda realizar mediante
controles a posteriori.
La relación de actividades deberá ser aprobada
con carácter previo a la publicación del acuerdo inicial de aprobación de la presente Ordenanza en el
diario oficial procedente e incluirá3 una relación entre
las claves utilizadas para identificar las actividades
incluidas en el anexo de la Ley 12/2012 y las actividades de la ventanilla única de la directiva de servi­
cios, establecida en el portal http://www.eugo.es/, al
objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en los ar­
tícu­los 18 y 19 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, de Libre acceso a las actividades de servi­cios y
su ejercicio.
La relación de actividades se publicará en el diario oficial correspondiente y, en su caso, en la sede
electrónica municipal, estableciéndose procedimientos que permitan su actualización para garantizar su
adaptación a las particularidades que de la aplicación práctica del procedimiento se deriven.
Ar­tícu­lo 3. Exclusiones.
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de
esta ordenanza los siguientes establecimientos, ac-
Este texto de debería incluir en el caso de aquellos ayuntamientos que utilizan la Ventanilla Única de la Directiva de Servi­cios.
3
29
tividades y obras, que se ajustarán a lo establecido
en la normativa sectorial aplicable.
1. Las obras que tengan impacto en el patrimonio
histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación
de los bienes de dominio público, o que requieran de
la redacción de un proyecto de obra de conformidad
con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
2. Las obras cuya competencia y control previo
corresponda a la Comunidad Autónoma de CastillaLa Mancha.
3. Se excluyen del ámbito de aplicación de esta
Ordenanza aquellas actividades que, aun ajustándose a las tipologías descritas con anterioridad, presenten alguna de las siguientes características:
a) Aquellas actividades cuyo establecimiento se
encuentre afectado a bienes, conjuntos o entornos integrantes del Patrimonio Cultural de
Castilla-La Mancha o sobre edificaciones incluidas en el catálogo municipal.
b) Las actividades cuyo ejercicio suponga la afectación o impliquen uso privativo de bienes de
dominio público.
c) La venta ambulante, situada en la vía y espacios públicos.
d) Los establecimientos físicos situados en puestos de mercado de abastos municipales, así
como los ubicados en instalaciones, parcelas
u otros inmuebles de organismos o empresas
públicas, que se encuentren dentro de la parcela o conjunto residencial y sean gestionados
por estos, por entenderse implícita la licencia
en la adjudicación del puesto, sin perjuicio
de garantizar su sometimiento a la normativa
medioambiental e higiénico-sanitaria que le
sea de aplicación.
e) Los quioscos para la venta de prensa, revistas y publicaciones, golosinas, flores y otros de
naturaleza análoga situados en los espacios
de uso público del municipio.
f) Aquellas otras actividades que superen los
umbrales indicados en la Resolución de la Alcaldía que apruebe los tipos, límites y particularidades de las actividades incluídas en el ámbito de aplicación de la presente Ordenanza.
La Resolución de la Alcaldía que apruebe la relación de actividades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza contemplará las citadas
exclusiones y cuantas previsiones se deriven de las
normas sectoriales y autonómicas.
Ar­tícu­lo 4. Definiciones.
A los efectos de esta Ordenanza se entenderá
por:
a. Declaración responsable:
De acuerdo con lo establecido en el ar­tícu­lo 71 bis
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común es el documento
30
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo
su responsabilidad, que cumple con los requisitos
establecidos en la normativa vigente para acceder
al reconocimiento de un derecho o facultad o para
su ejercicio, que dispone de la documentación que
así lo acredita y que se compromete a mantener su
cumplimiento durante el período de tiempo inherente
a dicho reconocimiento o ejercicio.
En el ámbito de aplicación de esta Ordenanza, la
declaración responsable deberá contener una manifestación explícita del cumplimiento de aquellos
requisitos que resulten exigibles de acuerdo con la
normativa vigente, incluido, en su caso, estar en posesión de la documentación administrativa y técnica
que así lo acredite.
b. Comunicación previa:
De acuerdo con lo establecido en el ar­tícu­lo 71 bis
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, es el documento suscrito por la persona interesada en el que
pone en conocimiento de la Administración Pública
competente sus datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o inicio
de una actividad, conforme con lo establecido en el
ar­tícu­lo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
c. Control a posteriori:
Con este procedimiento se da cumplimiento al requisito establecido en el art. 84 ter de la citada Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de
Régimen local, y se materializa la actuación para la
verificación posterior del cumplimiento de los extremos que ha declarado el interesado, o en su caso ha
comunicado con carácter previo, y de los requisitos
precisos establecidos en la legislación sectorial para
el ejercicio de la actividad declarada o comunicada.
Asimismo, el ar­tícu­lo 5 de la Ley 12/2012, habilita a
las entidades locales a regular este procedimiento.
Puede comprender la comprobación e inspección.
d. Comprobación:
Consiste en la constatación por parte de los Servi­
cios Técnicos cualificados adscritos al Ayuntamiento
y/o en su caso por las entidades colaboradoras de
que la actividad declarada se encuentra dentro de los
supuestos sujetos a declaración responsable y que
cumple con los requisitos exigidos para el desarrollo
de la actividad, y consiste en la confirmación o prueba
de la existencia y veracidad de los datos aportados.
e. Inspección:
Es la verificación de lo manifestado en la declaración responsable y en la documentación disponible
que podrá realizarse por personal técnico cualificado
adscrito al Ayuntamiento y será preceptiva mediante
una visita in situ.
f. Actividad económica:
Toda aquella actividad industrial, mercantil o profesional que consiste en la producción de bienes o
prestación de servi­cios sujeta a los medios de intervención municipal conforme a lo previsto en el ar­tícu­
lo 22.1 del Reglamento de servi­cios de las corporaciones locales.
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Ar­tícu­lo 5. Consulta previa.
Sin perjuicio de lo señalado en la ventanilla única
prevista en el ar­tícu­lo 18 de la Ley 17/2009, de 23 de
noviembre, sobre libre acceso a las actividades de
servi­cios y su ejercicio, las personas interesadas podrán presentar solicitudes de consulta previa sobre
aspectos relacionados con la apertura de establecimiento o inicio de actividad así como con las obras
de adecuación e instalaciones que se pretendan realizar con carácter previo o durante el ejercicio de las
actividades, que acompañarán de una memoria descriptiva o de los datos suficientes que describan las
características generales de la actividad proyectada
y del inmueble en el que se pretende llevar a cabo
según el Anexo V. El Ayuntamiento de Campillo de
Ranas (Guadalajara) se compromete a responder de
acuerdo con los términos de la misma y la documentación aportada, indicando a quien la haya presentado, cuantos aspectos conciernan a la apertura de
establecimiento o inicio de actividad y en concreto:
a) Aceptación o no del ejercicio de dicha actividad en el local o inmueble propuesto por las
normas urbanísticas municipales.
b) En su caso, motivos de la no aceptación.
c) Requisitos exigidos.
d) Documentación adicional a aportar, en su caso.
e) Administración que sea competente en cada
caso, de acuerdo con el tipo de actividad de
que se trate.
f) Otros aspectos que sean de interés para la
apertura del establecimiento o el inicio de la
actividad.
La consulta será resuelta y notificada en el plazo
de dos meses por escrito y/o por medios electrónicos
y no tendrá carácter vinculante para la Administración, dicha respuesta no eximirá de la presentación
de la declaración responsable o de la comunicación
previa que corresponda y así se hará constar expresamente en el escrito de respuesta.
CAPÍTULO SEGUNDO
RÉGIMEN JURÍDICO DE ACTUACIONES
SUJETAS A DECLARACIÓN RESPONSABLE
Ar­tícu­lo 6. Actividades, servi­cios y obras sujetos a declaración responsable.
El inicio, desarrollo y ejecución de las actividades,
servi­cios y obras enumerados en los anexos I y II
quedan sujetos a la presentación, por parte de los
interesados que pretendan desarrollarlos o ejecutarlas, de una declaración responsable, de conformidad
con lo establecido en el ar­tícu­lo 71 bis.1 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y por la Ley 12/2012.
En dicha declaración, los interesados deben manifestar, por escrito y bajo su responsabilidad, según
modelo que figura como Anexo III, que cumplen con
los requisitos establecidos en la normativa vigente
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
para ello, que disponen de la documentación que
así lo acredita y que se comprometen a mantener
su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio. Entre estos
requisitos, los interesados deben manifestar estar en
posesión de la documentación administrativa y técnica cuando corresponda, firmada por técnico competente de acuerdo con la normativa vigente, así como
del justificante de pago del tributo correspondiente
cuando sea preceptivo.
Ar­tícu­lo 7. Presentación, efectos y contenido
de la declaración responsable4.
Al objeto de informar al interesado y de facilitar
la cumplimentación del modelo normalizado de la
declaración responsable, para el inicio y el ejercicio
de actividades comerciales y de servi­cios se acompañará a dicha declaración de un documento explicativo en el que se detallarán las instrucciones para
su correcta cumplimentación. Este modelo estará
accesible, igualmente, tanto desde la sede electrónica municipal como desde la ventanilla única de la
directiva de servi­cios (portal www.eugo.es).
1. La declaración responsable podrá presentarse
en cualquiera de los registros y oficinas enumerados en el ar­tícu­lo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, también podrá presentarse en la sede electrónica municipal como desde la ventanilla única y
habilitará desde ese mismo momento para el inicio
y desarrollo de la actividad o servi­cio, así como a
la ejecución de la obra declarada, siempre que en
la declaración responsable formulada consten todos
los datos requeridos en la misma (véase Anexo III).
Asimismo, los interesados podrán acompañar los
elementos que estimen convenientes para precisar
o completar los datos del modelo de declaración responsable, los cuales deberán ser admitidos y tenidos
en cuenta por el órgano al que se dirijan.
2. Los requisitos deberán estar recogidos de manera expresa, clara y precisa en la correspondiente
declaración responsable pudiendo presentarse por
representante de acuerdo con el ar­tícu­lo 70 de la Ley
30/1992. En los procedimientos tramitados electrónicamente se tendrá en cuenta el ar­tícu­lo 23 de la Ley
11/2007, de acuerdo con el cual las Administraciones Públicas podrán habilitar con carácter general o
específico a personas físicas o jurídicas autorizadas
para la realización de determinadas transacciones
electrónicas en representación de los interesados.
Igualmente, la declaración responsable supone la no
aportación inicial de documentación justificativa de
los extremos declarados.
3. La persona que realiza la declaración se obliga
expresamente a conservar la documentación justificativa de los elementos y requisitos declarados en el establecimiento en el que se ejerce la actividad y en su
4
Ver ar­tícu­lo 22 del Capítulo Quinto de esta Ordenanza.
31
momento ponerla a disposición del Ayuntamiento si es
requerida para efectuar las actuaciones de comprobación y/o inspección. Un ejemplar de la declaración responsable permanecerá en el establecimiento en el que
se ejerce la actividad junto con el resto de documentos
a los que hace referencia la misma. No obstante, estos
documentos estarán a disposición de los servi­cios de
comprobación y/o inspección y, en su caso, de las entidades colaboradoras. Se podrán identificar los documentos que se estimen oportunos y las dependencias
en las que se encuentren o, en su caso, aportar copia
de dichos documentos con carácter voluntario, sin perjuicio de que, en virtud de las actuaciones de comprobación y/o inspección municipal, dada la naturaleza de
complejidad técnica e intrínseca de un documento, que
pueda impedir una adecuada verificación y/o inspección en el local del interesado y siguiendo el principio
de proporcionalidad, haga aconsejable acompañarlo a
la declaración responsable para su verificación posterior, siendo en este caso referenciado en el Anexo II de
esta Ordenanza, el tipo de documento y actividad y/o
obra a la que se refiere.
4. Con carácter general, el modelo de declaración responsable podrá contemplar, en su caso, el
siguiente contenido, que podrá ser modificado por
Resolución de la Alcaldía, siempre que dichas modificaciones supongan una reducción de cargas administrativas y/o favorezcan una mayor simplificación
y agilización del proceso y se ajusten a lo dispuesto
en las normas sectoriales de aplicación. Igualmente,
se podrán introducir modificaciones a estos criterios
siempre que las mismas sean preceptivas para adecuar el procedimiento y garantizar el cumplimiento
de la normativa estatal y/o autonómica.
-- Que los datos declarados son ciertos y en el
momento de la apertura del local e inicio de la
actividad cumple con:
a. La normativa del sector eléctrico de baja
tensión, del código técnico de edificación y
de protección de incendios.
b. La normativa urbanística, disponiendo de
las preceptivas licencias urbanísticas de
primera ocupación y, en su caso, de obras
mayores cuando estas sean exigidas por la
normativa autonómica.
c. La normativa de instalaciones de climatización.
d. La normativa de prevención contra incendios: El local dispone de extintores, iluminación de emergencia y señalización, y tienen
contratado el mantenimiento de las instalaciones de protección de incendios.
e. Las normas de accesibilidad vigentes.
f. Otras normas sectoriales aplicables.
-- Que la actividad que va a iniciar y ejercer se
encuentra incluida en el ámbito de aplicación
de esta Ordenanza.
-- Que se cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa reguladora para el inicio y ejercicio de la actividad declarada.
32
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
-- Que las obras a desarrollar no requieren de la
redacción de un proyecto de obras de edificación, de conformidad con la Ley 38/1999, de 5
de noviembre de ordenación de la edificación.
-- Que se encuentra en posesión de los siguientes documentos:
a. Proyecto técnico de obras e instalaciones
cuando sea exigible conforme a la normativa
correspondiente, firmado por técnico competente de acuerdo con la legislación vigente.
b. Justificante de pago del tributo.
-- Que el establecimiento y la actividad que va a
iniciar y ejercer no afecta al patrimonio histórico-artístico, la seguridad o la salud públicas,
o implican el uso privativo y ocupación de los
bienes de dominio público.
-- Que la actividad se encuentra incluida en el
Anexo I de la Ordenanza y que la superficie útil
de exposición y venta al público no supera los
trescientos metros cuadrados.
-- Que se compromete a mantener el cumplimiento de lo declarado anteriormente durante
el tiempo que ejerza la actividad declarada.
-- Que dispone de la documentación que acredita lo declarado anteriormente y que se compromete a conservarla durante el desarrollo
de la actividad, así como a su presentación a
requerimiento del personal habilitado para su
comprobación.
De acuerdo con el ar­tícu­lo 71.bis de la ley 30/1992,
de 26 de noviembre, se podrá incorporar al modelo
de declaración responsable una declaración expresa
del interesado en la que declara:
-- Que conoce que la inexactitud, falsedad u omisión de cualquier dato, manifestación o documento declarado determinará la imposibilidad
de continuar con el ejercicio de la actividad
desde que el Ayuntamiento tenga constancia
de tales hechos sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles, o administrativas a
las que hubiera lugar.
-- Que conoce que la resolución del Ayuntamiento que declare las circunstancias anteriores podrá determinar la obligación del interesado de
restituir la situación jurídica al momento previo
al reconocimiento o al ejercicio del derecho o
al inicio de la actividad correspondiente.
De acuerdo con el ar­tícu­lo 5 de la Ley 12/2012, de
26 de diciembre, se podrá incorporar:
-- Que la presentación de la declaración responsable, con el consiguiente efecto de habilitación a partir de ese momento, o de la fecha
indicada en la declaración, para el ejercicio de
material de la actividad comercial o de servi­
cios, no prejuzgará en modo alguno la situación y efectivo acomodo de las condiciones
del establecimiento a la normativa aplicable, ni
limitará el ejercicio de las potestades administrativas de comprobación, inspección, sanción
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
y, en general, de control que a la administración en cualquier orden, estatal, autonómico o
local, le estén atribuidas por el ordenamiento
sectorial aplicable en cada caso.
5. En el supuesto de que la declaración responsable se hubiera presentado sin hacer constar los
datos requeridos, se solicitará su subsanación en la
fase de comprobación por parte del Ayuntamiento,
de conformidad con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 71 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La eficacia de la declaración responsable quedará en suspenso hasta el
momento en que se hayan subsanado los datos omitidos. En el caso de que transcurra el plazo otorgado
para la subsanación sin que esta se haya producido,
se dictará resolución por el órgano competente en la
que se hará constar dicha circunstancia y se ordenará la ineficacia de la declaración responsable y, en su
caso, el cese en el ejercicio de la actividad.
6. Presentada la declaración responsable se iniciará
el procedimiento de control a posteriori mediante la correspondiente Resolución, que se notificará al interesado, y en la cual se le informará del plazo del que dispone la administración para tramitar este procedimiento
así como las actuaciones que comprende. Junto con la
resolución de inicio se requerirá al interesado para que
aporte la documentación a la que hace referencia la
declaración responsable y que ha declarado de forma
expresa tener a disposición de la administración, salvo
que esta ya hubiera sido aportada de forma voluntaria
al presentar la declaración responsable.
7. Asimismo, la inexactitud, falsedad u omisión, de
carácter esencial, en cualquier dato o manifestación
en la declaración responsable o la no presentación
ante el Ayuntamiento de Campillo de Ranas (Guadalajara), determinará la imposibilidad de iniciar, desarrollar o ejecutar la actividad, servi­cio u obra desde
el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales,
civiles o administrativas a que hubiera lugar.
El Ayuntamiento de Campillo de Ranas (Guadalajara) dictará resolución en la que declarará la concurrencia de tales circunstancias y podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al
momento previo al inicio, desarrollo o ejecución de la
actividad, servi­cio u obra correspondiente, así como la
imposibilidad de presentar una nueva declaración responsable con el mismo objeto durante dos meses.
Ar­tícu­lo 8. Control de las actividades sujetas a
declaración responsable.
La presentación de la declaración responsable
no prejuzga en modo alguno la situación y efectivo
acomodo de las condiciones de la actividad, servi­cio
u obra a la normativa aplicable, ni limita el ejercicio
de las potestades administrativas, de comprobación,
inspección, sanción, y en general de control que al
Ayuntamiento de Campillo de Ranas (Guadalajara) le
atribuye la normativa sectorial aplicable y los recogidos en el Capítulo Cuarto de la presente Ordenanza.
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Ar­tícu­lo 9. De la regulación fiscal de la declaración responsable.
Los tributos que se deriven de la presentación
de la declaración responsable se regularán por las
correspondientes Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Campillo de Ranas (Guadalajara) que estén vigentes en el momento de su presentación5.
CAPÍTULO TERCERO
RÉGIMEN JURÍDICO DE ACTUACIONES
SUJETAS A COMUNICACIÓN PREVIA
Ar­tícu­lo 10. Actividades, servi­cios y obras sujetos a comunicación previa.
1. Para las actuaciones que se realicen en los establecimientos comerciales y de servi­cios sujetos a
esta Ordenanza, así como en relación con sus titulares que se relacionan a continuación, será suficiente
la presentación de una comunicación previa de conformidad con lo establecido en el ar­tícu­lo 71 bis.2 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Será objeto de comunicación previa el cambio
de titularidad que afecte a las actividades y servi­cios
comprendidas en el ámbito de aplicación de esta
ordenanza, asimismo, se podrá incluir la opción de
comunicación de cese de actividad.
En dicha comunicación, que se efectuará en el modelo que figura como Anexo IV, los interesados deben
poner en conocimiento del Ayuntamiento de Campillo
de Ranas (Guadalajara) sus datos identificativos y demás requisitos que se establezcan, incluida la declaración de disponer del justificante de pago del tributo
correspondiente cuando sea preceptivo.
Ar­tícu­lo 11. Presentación y efectos de la comunicación previa.6
1. La comunicación previa podrá presentarse en
cualquiera de los registros y oficinas enumerados en
el ar­tícu­lo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y
habilitará desde ese mismo momento para el inicio
y desarrollo de la actividad o servi­cio, así como a la
ejecución de la obra declarada, siempre que en la
Se debe tener en cuenta la Ley Reguladora de las Haciendas Locales que, mediante Disposición final primera, la propia
Ley 12/2012 ha modificado el contenido de las letras h) e i) del
apartado 4 del ar­tícu­lo 20, que permite a las Entidades Locales
establecer tasas por el otorgamiento de licencias urbanísticas
(h) y licencias de apertura (i), o por la realización de las actividades administrativas de control cuando las licencias hayan
sido sustituidas por la presentación de declaración responsable
o comunicación previa.
6
En cuanto al contenido de la comunicación previa, en el caso
de su utilización para el inicio y desarrollo de actividades o servi­
cios u obras, se seguirá como referencia lo establecido en el
ar­tícu­lo 7 apartado 5 relativo al contenido del modelo.
5
33
comunicación consten todos los datos requeridos en
el modelo correspondiente. Este modelo estará accesible y podrá presentarse igualmente, tanto desde
la sede electrónica municipal como desde la ventanilla única7.
La comunicación previa del cambio de titularidad
y/o cese de actividad que afecte a las actividades,
servi­cios y obras comprendidas en el ámbito de aplicación de esta ordenanza lo será únicamente a efectos informativos.
La comunicación previa deberá constar en el establecimiento en el que se ejerce la actividad para
estar a disposición de los servi­cios de comprobación
y/o inspección municipales y, en su caso, de las entidades colaboradoras.
2. En el supuesto de que la comunicación previa
se hubiera presentado sin hacer constar los datos
requeridos, se solicitará, en la fase de comprobación
por parte del Ayuntamiento, su subsanación de conformidad con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 71 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La eficacia de la comunicación previa quedará en suspenso hasta el momento
en que se hayan subsanado los datos omitidos. En
el caso de que transcurra el plazo otorgado para la
subsanación sin que esta se haya producido, se dictará resolución por el órgano competente en la que
se hará constar dicha circunstancia y se ordenará la
ineficacia de la comunicación previa y en su caso el
cese en el ejercicio de la actividad.
3. Asimismo, la inexactitud, falsedad u omisión,
de carácter esencial, en cualquier dato o manifestación en la comunicación previa o la no presentación
ante el Ayuntamiento de Campillo de Ranas (Guadalajara), determinará la imposibilidad de iniciar o
desarrollar la actividad, servi­cio u obra desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos,
sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
El Ayuntamiento de Campillo de Ranas (Guadalajara) dictará resolución en la que declarará tales
circunstancias y podrá determinar la obligación del
interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al inicio, desarrollo o ejecución de la actividad, servi­cio u obra correspondiente, así como la
imposibilidad de presentar una nueva comunicación
previa con el mismo objeto durante tres meses.
Ar­tícu­lo 12. Control de las actividades sujetas
a comunicación previa.
La presentación de la comunicación previa no
prejuzga en modo alguno la situación y efectivo acomodo de las condiciones de la actividad, servi­cio u
obra a la normativa aplicable, ni limita el ejercicio de
las potestades administrativas, de comprobación,
inspección, sanción, y en general de control que al
7
Ver ar­tícu­lo 21 del Capítulo Quinto de esta Ordenanza.
34
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Ayuntamiento le atribuye la normativa sectorial aplicable8.
Ar­tícu­lo 13. De la regulación fiscal de la comunicación previa.
Los tributos que se deriven de la presentación de
la comunicación previa se regularán por las correspondientes Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento
de Campillo de Ranas (Guadalajara), que estén vigentes en el momento de su presentación.
Ar­tícu­lo 14. Tramitación conjunta.
Cuando deban realizarse diversas actuaciones
relacionadas con la misma actividad o servi­cio o en
el mismo local en que estos se desarrollan, las declaraciones responsables y/o las comunicaciones
previas se tramitarán conjuntamente.
CAPÍTULO CUARTO9
PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN EN LA
DECLARACIÓN RESPONSABLE10
Ar­tícu­lo 15. Consideraciones generales.
A tenor de lo dispuesto en el art. 84 ter de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, en su redacción dada, por la Ley
2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible,
cuando el ejercicio de actividades no precise autorización habilitante y previa, las Entidades locales
deberán establecer y planificar los procedimientos
de comunicación necesarios, así como los de verificación posterior del cumplimiento de los requisitos
precisos para el ejercicio de la misma por los interesados previstos en la legislación sectorial.
Las facultades de verificación estarán constituidas por todas las actuaciones de los servi­cios municipales que se estimen convenientes para constatar
los siguientes extremos:
a. La exactitud y precisión de los datos aportados en la declaración responsable o, en su
caso, en la comunicación previa.
b. La veracidad de cualquier dato o manifestación que se incluya en una declaración
responsable o, en su caso, la comunicación
previa.
c. La veracidad de cualquier documento que
acredite los requisitos.
Se establece en esta ordenanza un procedimiento de referencia en el Capítulo Cuarto.
9
Procedimiento de referencia mencionado en el Capítulo segundo- ar­tícu­lo 8 y ar­tícu­lo 12.
10
De la verificación de la comunicación previa no se hace referencia alguna porque o bien se aplica solo a los cambios de
titularidad, en cuyo caso es suficiente la redacción propuesta en
el art. 11 de la Ordenanza o bien si incluye obra o también se
utiliza para el inicio de actividades el procedimiento de verificación sería el mismo que la declaración responsable. El título del
Capítulo se adecuara referenciando a una u otra figura o ambas,
según proceda en cada Ayuntamiento.
8
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
d. La adecuación de la actividad efectivamente llevada a cabo a los datos aportados en
la declaración responsable o, en su caso, la
comunicación previa.
El procedimiento, con carácter general, se establece de acuerdo con las siguientes actuaciones:
1. Comprobación.
2. Inspección.
Se entiende por comprobación la constatación
por parte de los Servi­cios Técnicos de que la actividad declarada se encuentra dentro de los supuestos
sujetos a declaración responsable y que cumple con
los requisitos exigidos para el desarrollo de la actividad.
Se entiende por inspección la verificación in situ
de lo manifestado en la declaración responsable y en
la documentación acreditativa de los requisitos.
El procedimiento de verificación tendrá una duración máxima de tres meses; por Resolución de
Alcaldía podrá establecerse otro menor si las circunstancias lo hicieran aconsejable. El inicio del
procedimiento de verificación será comunicado al
interesado informándole del plazo del que dispone la
Administración para resolver.
Ar­tícu­lo 16. Inicio del procedimiento de verificación.
La Resolución de inicio del procedimiento de verificación se comunicará al interesado informándole de
que dispone del plazo de cinco días para presentar
la documentación a la que se refiere la declaración
responsable o en su caso designe la Administración
en cuyo poder obre, advirtiéndole en la propia comunicación que, transcurrido el plazo anterior y previo
plazo de audiencia de diez días que se computará de
forma automática expirado los cinco anteriores, se
dictará resolución decretando la suspensión cautelar
de la actividad y la terminación del procedimiento de
verificación ante la imposibilidad de comprobación e
inspección de lo declarado; todo ello sin perjuicio del
expediente sancionador que pudiera tramitarse.
A efectos de presentación de documentación el
particular quedará eximido de presentar aquella documentación que obre en poder de cualesquiera Administraciones Públicas, siempre que se acredite de
forma expresa esta circunstancia.
Presentada la documentación se iniciará la fase
de comprobación en los términos a los que se refiere
el ar­tícu­lo siguiente, sin perjuicio de que a solicitud
del interesado, y/o a instancia del Ayuntamiento, los
servi­cios municipales procedan a realizar directamente una inspección en su establecimiento, donde
tiene a disposición del Ayuntamiento la documentación de referencia.
Ar­tícu­lo 17. Comprobación e inspección.
Fase de comprobación:
En la medida que la comprobación supone el examen documental, tanto del contenido del documen-
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
to de la propia declaración responsable como de la
documentación que la acompaña, las deficiencias o
incumplimiento de requisitos documentales siempre
tendrán el carácter de subsanables, salvo lo dispuesto en el apartado 1.º del párrafo siguiente.
De la actuación de comprobación podrá resultar:
1. Que la actividad declarada o, en su caso, la
obra ejecutada no se encuentre entre los supuestos
sujetos a declaración responsable y/o en su caso comunicación previa, siendo necesaria la obtención de
autorización previa.
En este supuesto, previo informe técnico donde
se hará constar esta circunstancia se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días alegue y
presente los documentos que estime oportunos, se
dictará resolución declarando la ineficacia de la declaración responsable y/o, en su caso, comunicación
previa, y concediendo plazo para la solicitud de la
correspondiente licencia, al tiempo que se ordenará
la suspensión cautelar de la actividad.
Si la actividad no fuera legalizable se decretará el
cierre del establecimiento.
2. Que se aprecien deficiencias o incumplimiento
de requisitos.
En este supuesto, el técnico competente deberá
calificar dichas deficiencias o incumplimientos en
subsanables no esenciales o en subsanables esenciales. En el primer caso, se continuará con el procedimiento de verificación, mientras que en el caso
de las deficiencias o incumplimientos esenciales se
decretará la suspensión cautelar de la actividad y se
concederá un plazo para subsanar los mismos, que
sea razonable según la actividad de que se trate y
en todo caso breve a fin de minimizar el perjuicio y
se advertirá que, de no hacerlo, se podrá dictar resolución decretando la ineficacia de la declaración
responsable y/o en su caso comunicación previa y
ordenando el cierre definitivo del establecimiento.
Durante el plazo concedido el interesado también
podrá efectuar las alegaciones que crea conveniente a su derecho. Finalizado dicho plazo, y a la vista
de las alegaciones presentadas, se dictará la correspondiente resolución.
A fin de agilizar el procedimiento, las deficiencias
o requisitos subsanables se comunicarán por los técnicos en el momento de realizar la inspección.
Fase de Inspección:
Cuando la declaración responsable y/o en su caso
comunicación previa y su documentación se ajusten
a la normativa se procederá a verificar in situ la actividad siempre que esté en funcionamiento, levantándose al efecto la correspondiente acta de inspección.
A fin de agilizar el procedimiento de verificación,
en la fase de inspección se adoptan las siguientes
medidas de simplificación administrativa:
1. Terminada la inspección y extendida la correspondiente acta, de la cual se entregará una copia
al interesado, comenzarán a computarse a partir del
día hábil siguiente al de su fecha, los plazos seña-
35
lados en la misma para la adopción de las medidas
correctoras propuestas sin necesidad de dictarse resolución al respecto.
2. Los plazos concedidos tanto para la adopción
de medidas correctoras como de subsanación de deficiencias o requisitos derivados de la fase de comprobación documental, se consideran plazos de audiencia previa a la resolución que resuelva sobre el
cese cautelar o definitivo de la actividad.
De las actuaciones de inspección se levantará
acta, la cual tendrá, en todo caso, la consideración
de documento público y tendrá el valor probatorio correspondiente en los procedimientos sancionadores,
sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los
respectivos derechos o intereses puedan aportar los
administrados. El acta deberá contener al menos:
a. La identificación del titular de la actividad.
b. La identificación del establecimiento y actividad.
c. La fecha y hora de la inspección, identificación
de las personas de la administración actuantes y de
las que asistan en representación del titular de la actividad.
d. Una descripción sucinta de las actuaciones
realizadas y de cuantas circunstancias e incidencias
que se consideren relevantes.
e. La constancia, en su caso, del último control
realizado.
f. Los incumplimientos de la normativa en vigor
que se hayan inicialmente detectado.
g. Las manifestaciones realizadas por el titular de
la actividad, siempre que lo solicite.
h. Otras observaciones.
i. Firma de los asistentes o identificación de aquellos que se hayan negado a firmar el acta.
Para ello, se realizarán las inspecciones utilizando
los modelos normalizados que se aprueben al efecto
por resolución de la alcaldía en las correspondientes
normas técnicas.
La suspensión cautelar de la actividad, en tanto
que acto de trámite cualificado, será objeto de recurso tanto en vía administrativa como judicial.
Las medidas propuestas en el apartado siguiente
son compatibles con la tramitación del correspondiente procedimiento sancionador.
Del resultado de la inspección se levantará la correspondiente acta que podrá ser:
a. Favorable en el caso, que la actividad declarada y verificada se ejerza de acuerdo con la normativa
y los requisitos que le son exigibles.
En el primer caso, en el acta favorable de inspección, cuya copia se entregará al interesado, se
harán constar si existieran los defectos subsanables
no esenciales resultantes de la comprobación documental, concediendo un plazo para su subsanación
que también constará en el acta.
Transcurrido el plazo concedido se dictará resolución declarando la eficacia de la declaración res-
36
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
ponsable y la terminación del procedimiento de verificación.
Si transcurrido el plazo no se hubiera procedido a
la subsanación, se dictará igualmente la resolución
de eficacia de la declaración y de terminación del
procedimiento, siendo objeto de sanción el incumplimiento de la obligación de subsanar.
b. Condicionada cuando se deban aplicar medidas correctoras.
Cuando el resultado de la inspección sea condicionada, el acta recogerá los siguientes extremos:
las medidas correctoras que deban adoptarse y su
motivación, en su caso las deficiencias o requisitos
subsanables que resulten de la fase de comprobación documental y el plazo concedido para que proceda a la adopción de las mismas, con la advertencia expresa de que transcurrido el plazo anterior sin
que se haya procedido a la adopción de las medidas
correctoras señaladas se decretará la suspensión
cautelar de la actividad hasta tanto se cumplan. Durante el plazo concedido el interesado podrá efectuar
las alegaciones que considere conveniente, en cuyo
caso la resolución decretando la suspensión resolverá sobre las mismas.
Cuando transcurrido el plazo se hubieren adoptado las medidas correctoras se dictará resolución
declarando la eficacia de la declaración responsable
y la terminación del procedimiento de verificación.
Si quedasen pendientes de subsanar deficiencias
o requisitos documentales, se procederá conforme
se establece en el apartado a.
c. Desfavorable en el caso en que la actividad
muestre irregularidades sustanciales.
En el caso de acta de inspección desfavorable, se
harán constar los motivos de la misma y las medidas
correctoras que deban adoptarse, concediendo al interesado un plazo de audiencia de diez días previo
a la resolución en la que se ordenará la suspensión
cautelar de la actividad. La suspensión se mantendrá
en tanto no se acredite la realización de las medidas
ordenadas. En el caso que las deficiencias relacionadas en el acta de inspección fueran insubsanables
se resolverá sobre el cese definitivo de la actividad.
La condición de insubsanable deberá hacerse constar de manera expresa en el acta de inspección.
En este modelo de acta de inspección desfavorable se notificará al interesado que se han comprobado y detectado inexactitudes, falsedades u
omisiones, de carácter esencial, en cualquier dato,
manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable, indicando
que por la Administración Municipal se determinará
la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que
se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de
las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
Transcurrido el plazo y acreditada la realización de
medidas correctoras se dictará resolución declaran-
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
do la eficacia de la declaración responsable y dando
por terminado el procedimiento de verificación.
En el acta de inspección desfavorable constará,
igualmente, que la resolución de la Administración
Municipal que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento
o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad
correspondiente, así como la imposibilidad de instar
un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante
un período de tiempo determinado, todo ello conforme a los términos establecidos en las normas sectoriales de aplicación.
En el supuesto de actas condicionadas o desfavorables en los términos establecidos en los apartados
b y c de este ar­tícu­lo, los servi­cios competentes determinarán el plazo para la adopción de las medidas
correctoras que se señalen. Se podrá conceder de
oficio o a petición de los interesados una ampliación
de plazo establecido, que no excederá de la mitad
del mismo, si las circunstancias lo aconsejan y con
ello no se perjudican derechos de tercero, conforme
al ar­tícu­lo 49 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
Los recursos que se puedan plantear ante las
resoluciones dictadas en este procedimiento se remitirán al Órgano que dictó la Resolución para su
estudio y resolución.
Terminado el plazo para la adopción de las medidas correctoras señaladas, se procederá a realizar
una nueva inspección. Si no se han resuelto los incumplimientos se realizará informe técnico e informe
jurídico con propuesta de cese de actividad por incumplimiento, así como propuesta de resolución declarando concluido el procedimiento de inspección y
ordenándose el cese inmediato de la actividad en su
totalidad o en la parte que proceda dando traslado
de dicha resolución a la inspección urbanística y a la
policía local.
Las inspecciones durante el desarrollo de la actividad, podrán ser iniciadas, bien de oficio por parte
de los servi­cios municipales competentes, de acuerdo con el Plan Anual o extraordinario de Inspección
de Actividades, que establecerá los criterios en forma de objetivos y las líneas de actuación para el
ejercicio de estas funciones en materia de actividades, bien a raíz de denuncias formuladas por parte
de terceros, con el objeto de comprobar la veracidad
de los hechos denunciados y/o cuando se considere
necesario.
Independientemente de cuál sea el origen de la
actuación de inspección, se emitirá acta de inspección de la visita realizada, siendo la inspección in situ
de carácter preceptivo y realizándose al menos una
dentro de un plazo de treinta días desde la presentación de la declaración responsable y/o comunicación
previa.
El procedimiento descrito podrá ser modificado
por Resolución de la Alcaldía, siempre que dichas
modificaciones supongan una reducción de cargas
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
administrativas y/o favorezcan una mayor simplificación y agilización del proceso y no afecten dichas
modificaciones a los trámites fundamentales del
procedimiento aprobado por el Pleno. Igualmente,
se podrán introducir modificaciones a estos criterios
para adecuar el procedimiento y garantizar el cumplimiento de la normativa autonómica.
Ar­tícu­lo 18. Entidades colaboradoras.
Las actividades técnicas de comprobación y verificación de los requisitos y circunstancias referidos
en la declaración responsable o comunicación previa podrán ser desempeñadas en su totalidad o en
parte, según se contempla en la Ley 12/2012, por
entidades colaboradoras, legalmente acreditadas,
de la Administración municipal, según disponga la
legislación autonómica desarrollada al efecto, y sin
perjuicio de que las potestades públicas derivadas
de tales actos deban ser ejercidas por funcionario
público.
CAPÍTULO QUINTO
ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y
SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Ar­tícu­lo 19. Principios generales de administración electrónica.
La actuación del Ayuntamiento en general deberá
ajustarse, entre otros, al principio de simplificación
administrativa aprovechando la eficiencia que comporta la utilización de las herramientas de la administración electrónica.
En este sentido, dicha actuación estará presidida
por la eliminación de todos los trámites que no se
consideren relevantes, introduciendo la utilización de
la comunicación previa o declaración responsable y
el control a posteriori como fórmulas de verificación
y supervisión de la actividad empresarial o comercial
de la ciudadanía.
Se persigue en todo caso dar cumplimiento al
principio de simplificación administrativa, recogido
en el ar­tícu­lo 4 apartado (j) de la Ley 11/2007, de 22
de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a
los Servi­cios Públicos, mediante el cual se pretende que se reduzca de manera sustancial los tiempos
y plazos de los procedimientos administrativos, logrando una mayor eficacia y eficiencia en la actividad administrativa.
El fin último es orientar y trasladar el uso de la
administración electrónica y la simplificación administrativa en el seno de las administraciones públicas
a la generación de valor en la sociedad.
Ar­tícu­lo 20. Simplificación y reducción de cargas administrativas.
Incorporando las pautas y criterios de gestión
electrónica reflejados en el ar­tícu­lo 34 de la Ley
11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de
los ciudadanos a los servi­cios públicos, con carácter
previo a la incorporación de un procedimiento, a la
37
tramitación electrónica a través de la sede electrónica del Ayuntamiento, se realizarán las siguientes
actuaciones:
a. Documentación completa del procedimiento
entendiendo por esta: sus requisitos, la documentación necesaria tanto en su inicio como durante su
tramitación o en su resolución, sus plazos de iniciación, sus plazos y órganos de resolución, sus formas
de iniciación, su normativa aplicable, sus posibles
recursos, los compromisos de servi­cio y cualquier
otra información relevante sobre el procedimiento en
cuestión.
b. Identificación de cargas administrativas iniciales asociadas al procedimiento y valoración económica de las mismas para su aportación al proyecto
estatal y europeo de reducción de cargas administrativas. Dicha identificación y valoración deberán
seguir el Método simplificado de medición de cargas
administrativas basado en el Modelo de costes estándar (MCE).
c. Análisis de simplificación de requisitos y eliminación de documentación a aportar para la iniciación
del procedimiento debido a la concurrencia de varios
escenarios:
-- Que dicha documentación obre en poder de la
propia administración actuante o en cualquiera de sus unidades administrativas en cumplimiento del ar­tícu­lo 35, letra f de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, que recoge el derecho del
ciudadano a no aportar documentos no exigidos por las normas reguladoras del procedimiento o que ya se encuentren en poder de la
Administración actuante.
-- Que simplemente la documentación exigida no
aporte valor por concluirse como innecesaria actualmente tras el ejercicio de análisis y revisión.
-- Que dicha documentación pueda obtenerse
vía electrónica por la propia administración actuante directamente de otras administraciones
públicas a través de la plataforma de intermediación de datos u otros servi­cios electrónicos
y siempre con la autorización expresa del interesado.
d. Valoración económica de la simplificación y eliminación de requisitos, documentos y cargas administrativas en general para su aportación al proyecto
estatal y europeo de reducción de cargas administrativas. Dicha identificación y valoración deberán
seguir el Método simplificado de medición de cargas
administrativas basado en el Modelo de costes estándar (MCE).
e. Formación al personal responsable de la tramitación del procedimiento, así como al personal especializado de atención ciudadana para conocimiento y
resolución de dudas sobre el procedimiento.
f. Si procede al caso, publicación y enlace en sedes de ámbito estatal y europeo del procedimiento publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento. En
especial, las sedes www.060.es y la ventanilla única
de la directiva de servi­cios, portal www.eugo.es.
38
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Al objeto de informar al interesado y de facilitar la
cumplimentación de la declaración responsable, se
facilitará el modelo normalizado de declaración responsable para el inicio y el ejercicio de actividades
comerciales y de servi­cios. Este modelo estará accesible, igualmente, tanto desde la sede electrónica
municipal como desde la ventanilla única de la directiva de servi­cios (portal www.eugo.es).
el esquema nacional de interoperabilidad en el ámbito de la administración electrónica:
a. Requisitos de conexión a la Red de comunicaciones de las administraciones públicas españolas.
b. Protocolos de intermediación de datos.
Ar­tícu­lo 21. Iniciación del procedimiento por
medios electrónicos.
Si la declaración responsable o comunicación
previa y, en su caso, documentación anexa se presenta en papel, la documentación que se adjunte se
aportará en formato original y se le se aplicará procesos de digitalización certificada aprobados al afecto, entregándose los originales al interesado en el
momento de su presentación permaneciendo en la
administración una imagen electrónica y certificada
de dicha documentación. Estos procesos seguirán lo
recogido en la Norma Técnica de Interoperabilidad
Digitalización de Documentos y en su guía de aplicación al amparo del Real Decreto 4/2010, de 8 de
enero, por el que se regula el Esquema Nacional de
Interoperabilidad en el ámbito de la Administración
Electrónica.
Si la declaración responsable o comunicación
previa y en su caso documentación anexa se presentan electrónicamente se aplicará el ar­tícu­lo 35.2
de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servi­cios públicos.
Para aquellas sedes electrónicas que no generen en el momento de la presentación electrónica
los documentos de pago de las liquidaciones o autoliquidaciones provisionales correspondientes, se
practicará la liquidación provisional por el personal
del ayuntamiento en el momento en que este tenga conocimiento de la presentación, notificándose o
haciéndole llegar el documento o documentos por el
medio indicado por el interesado.
Se faculta a la Alcaldía-Presidencia para:
a. La aprobación y modificación de la relación de
actividades incluidas en el ámbito de aplicación de la
presente Ordenanza de acuerdo con las previsiones
reguladas en el ar­tícu­lo 2 de la misma.
b. La aprobación y modificación de cuantos modelos normalizados de solicitud, comunicación previa, declaración responsable, actas de inspección y
la correspondiente definición del procedimiento, así
como de la documentación a aportar o a conservar
en el establecimiento con indicación expresa del
contenido de la misma, todo ello en aras del efectivo
desarrollo de esta Ordenanza, así como con el fin de
recoger las determinaciones de las nuevas disposiciones que vayan promulgándose con incidencia en
la materia.
c. Ampliar o reducir dichos anexos, incorporando
o eliminando los aspectos que estime necesarios
para el mejor desarrollo de esta norma.
d. Dictar cuantas disposiciones sean necesarias
para el desarrollo de lo establecido en la presente
ordenanza.
La aprobación de modificaciones se llevará a
cabo siempre que las mismas sean preceptivas para
adecuar el procedimiento y garantizar el cumplimiento de la normativa estatal y/o autonómica, estableciéndose como requisito para su aprobación que las
mismas supongan una reducción de cargas administrativas y/o favorezcan una mayor simplificación y
agilización del proceso. En este sentido, se acompañará al expediente informe justificativo en el que se
motive el cumplimiento de los requisitos establecidos
para la realización de modificaciones.
Ar­tícu­lo 22. Servi­cios comunes del sector público y Plataforma de intermediación.
No se exigirá al interesado la aportación de ninguna documentación procedente de otra administración pública que en un momento dado se ofrezca por
los servi­cios comunes del sector público, los proyectos estatales de sustitución de certificados en soporte papel y la Plataforma de intermediación de datos,
siendo obligación del Ayuntamiento la obtención por
sus medios electrónicos de dicha información y en
su caso documentación con la autorización preceptiva del interesado y con los mecanismos de control
necesario para responder a futuras auditorías.
Para el uso de estos servi­cios electrónicos de interoperabilidad y comunicación entre administraciones públicas se seguirá lo expuesto en las siguientes
normas técnicas de interoperabilidad y sus correspondientes guías de aplicación al amparo del Real
Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera. Procedimientos en tramitación.
En relación con las solicitudes de licencias o autorizaciones formuladas con anterioridad a la entrada
en vigor de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de
medidas urgentes de liberalización del comercio y de
determinados servi­cios, y que tengan por finalidad
la obtención de las licencias o autorizaciones que
fuesen precisas con arreglo a la normativa anterior,
se tramitarán y resolverán por la normativa vigente
en el momento de la presentación de la solicitud. No
obstante, el interesado podrá, con anterioridad a la
resolución, desistir de su solicitud y, de este modo,
optar por la aplicación de la nueva normativa en lo
que procediese y continuar la tramitación de los mismos por los procedimientos o regímenes regulados
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
39
en la presente ordenanza, siempre que, de forma
expresa, desistan de la tramitación de su expediente
anterior, lo comuniquen al Ayuntamiento de Campillo
de Ranas (Guadalajara), y aporten la nueva documentación que se exija en cada uno de los procedimientos indicados en esta ordenanza.
Epígrafe 452.2. Calzado ortopédico con excepción del considerado producto sanitario.
Segunda. Administración electrónica.
Se establecerá la tramitación electrónica de
acuerdo con lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22
de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a
los servi­cios públicos, especialmente en lo dispuesto
en el ar­tícu­lo 6 y en la disposición final tercera de
esta ley por su carácter básico.
Disposición derogatoria única. Derogación de
normas: Quedan derogadas cuantas disposiciones
municipales de igual o inferior rango se opongan a lo
establecido en la presente Ordenanza.
Disposición final única. Entrada en vigor: Esta Ordenanza entrará en vigor a los quince días hábiles
siguientes a su completa publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia de Guadalajara y en la sede
electrónica municipal.
Epígrafe 454.2. Sombreros y accesorios para el
vestido hechos a medida.
ANEXO I. ACTIVIDADES Y SERVI­CIOS SUJETOS
A DECLARACIÓN RESPONSABLE Y/O
COMUNICACIÓN PREVIA
Incluir las actividades recogidas en la Ley 12/2012,
de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servi­cios, así
como aquellas que establezca la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Se aplicará también a las estaciones o instalaciones radioeléctricas utilizadas para la prestación
de servi­cios de comunicaciones electrónicas disponibles para el público, a excepción de aquellas en
las que concurran las circunstancias referidas en el
ar­tícu­lo 2.2 de la Ley 12/2012, que ocupen una superficie superior a 300 metros cuadrados, computándose a tal efecto toda la superficie incluida dentro del
vallado de la estación o instalación o, tratándose de
instalaciones de nueva construcción, tengan impacto
en espacios naturales protegidos.
ACTIVIDADES Y SERVI­CIOS INCLUIDOS EN EL
ÁMBITO DE APLICACIÓN DE ESTA ORDENANZA
MUNICIPAL
Las siguientes actividades se han identificado con
las claves y en los términos establecidos por el Real
Decreto 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que
se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto
sobre Actividades Económicas.
Agrupación 45. Industria del calzado y vestido y
otras confecciones textiles.
GRUPO 452. Fabricación de calzado de artesanía
y a medida (incluido el calzado ortopédico).
Epígrafe 452.1. Calzado de artesanía y a medida.
GRUPO 454. Confección a medida de prendas de
vestir y sus complementos.
Epígrafe 454.1. Prendas de vestir hechas a medida.
Agrupación 64. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes.
GRUPO 641. Comercio al por menor de frutas,
verduras, hortalizas y tubérculos.
GRUPO 642. Comercio al por menor de carnes y
despojos; de productos y derivados cárnicos elaborados; de huevos, aves, conejos de granja, caza; y
de productos derivados de los mismos.
Epígrafe 642.1. Comercio al por menor de carnes
y despojos; de productos y derivados cárnicos elaborados; de huevos, aves, conejos de granja, caza; y
de productos derivados de los mismos.
Epígrafe 642.2. Comercio al por menor, en dependencias de venta de carnicerías-charcuterías, de
carnes frescas y congeladas, despojos y toda clase
de productos y derivados cárnicos; de huevos, aves,
conejos de granja, caza y de productos derivados de
los mismos.
Epígrafe 642.3. Comercio al por menor, en dependencias de venta de carnicerías-salchicherías,
de carnes frescas y congeladas, despojos, productos procedentes de industrias cárnicas y productos
cárnicos frescos, crudos, adobados, tocino salado,
embutidos de sangre (morcillas) y aquellos otros
tradicionales de estas características para los que
estén autorizados; así como de huevos, aves, conejos de granja, caza y de productos derivados de los
mismos.
Epígrafe 642.4. Comercio al por menor, en carnicerías, de carnes frescas y congeladas, despojos
y productos y derivados cárnicos elaborados; así
como de huevos, aves, conejos de granja, caza y de
productos derivados de los mismos.
Epígrafe 642.5. Comercio al por menor de huevos, aves, conejos de granja, caza; y de productos
derivados de los mismos.
Epígrafe 642.6. Comercio al por menor, en casquerías, de vísceras y despojos procedentes de animales de abasto, frescos y congelados.
GRUPO 643. Comercio al por menor de pescados
y otros productos de la pesca y de la acuicultura y de
caracoles.
Epígrafe 643.1. Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y de la acuicultura
y de caracoles.
Epígrafe 643.2. Comercio al por menor de bacalao y otros pescados en salazón.
40
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
GRUPO 644. Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos
lácteos.
Epígrafe 644.1. Comercio al por menor de pan,
pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos.
Epígrafe 644.2. Despachos de pan, panes especiales y bollería.
Epígrafe 644.3. Comercio al por menor de productos de pastelería, bollería y confitería.
Epígrafe 644.4. Comercio al por menor de helados.
Epígrafe 644.5. Comercio al por menor de bombones y caramelos.
Epígrafe 644.6. Comercio al por menor de masas
fritas, con o sin coberturas o rellenos, patatas fritas,
productos de aperitivo, frutos secos, golosinas, preparados de chocolate y bebidas refrescantes.
GRUPO 645. Comercio al por menor de vinos y
bebidas de todas clases.
GRUPO 647. Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas en general.
Epígrafe 647.1. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas
en establecimientos con vendedor.
Epígrafe 647.2. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en
régimen de autoservi­cio o mixto en establecimientos
cuya sala de ventas tenga una superficie inferior a
120 metros cuadrados.
Epígrafe 647.3. Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y bebidas en
régimen de autoservi­cio o mixto en supermercados,
denominados así cuando la superficie de su sala de
ventas se halle comprendida entre 120 y 399 metros
cuadrados.
Agrupación 65. Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes.
GRUPO 651. Comercio al por menor de productos textiles, confección, calzado, pieles y ar­tícu­los de
cuero.
Epígrafe 651.1. Comercio al por menor de productos textiles, confecciones para el hogar, alfombras y
similares y ar­tícu­los de tapicería.
Epígrafe 651.2. Comercio al por menor de toda
clase de prendas para el vestido y tocado.
Epígrafe 651.3. Comercio al por menor de lencería y corsetería.
Epígrafe 651.4. Comercio al por menor de ar­tícu­
los de mercería y paquetería.
Epígrafe 651.5. Comercio al por menor de prendas especiales.
Epígrafe 651.6. Comercio al por menor de calzado, ar­tícu­los de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsos, maletas y ar­tícu­
los de viaje en general.
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Epígrafe 651.7. Comercio al por menor de confecciones de peletería.
GRUPO 652. Comercio al por menor de ar­tícu­
los de droguería y limpieza; perfumería y cosméticos
de todas clases; y de productos químicos en general;
comercio al por menor de hierbas y plantas en herbolarios.
Epígrafe 652.2. Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza,
pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos.
Epígrafe 652.3. Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, y de ar­tícu­los para la
higiene y el aseo personal.
Epígrafe 652.4. Comercio al por menor de plantas
y hierbas en herbolarios.
GRUPO 653. Comercio al por menor de ar­tícu­
los para el equipamiento del hogar y la construcción.
Epígrafe 653.1. Comercio al por menor de muebles (excepto los de oficina).
Epígrafe 653.2. Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados
por otro tipo de energía distinta de la eléctrica, así
como de muebles de cocina.
Epígrafe 653.3. Comercio al por menor de ar­tícu­
los de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo
(incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos).
Epígrafe 654.4. Comercio al por menor de materiales de construcción y de ar­tícu­los y mobiliario de
saneamiento.
Epígrafe 653.5. Comercio al por menor de puertas, ventanas y persianas, molduras y marcos, tarimas y parquet mosaico, cestería y ar­tícu­los de corcho.
Epígrafe 653.6. Comercio al por menor de ar­tícu­
los de bricolaje.
Epígrafe 653.9. Comercio al por menor de otros
ar­tícu­los para el equipamiento del hogar N.C.O.P.
GRUPO 654. Comercio al por menor de ve­hícu­los
terrestres, aeronaves y embarcaciones y de maquinaria. Accesorios y piezas de recambio.
Epígrafe 654.1. Comercio al por menor de ve­hícu­
los terrestres.
Epígrafe 654.2. Comercio al por menor de accesorios y piezas de recambio para ve­hícu­los terrestres.
Epígrafe 654.3. Comercio al por menor de ve­hícu­
los aéreos.
Epígrafe 654.4. Comercio al por menor de ve­hícu­
los fluviales y marítimos de vela o motor y deportivos.
Epígrafe 654.5. Comercio al por menor de toda
clase de maquinaria (excepto aparatos del hogar, de
oficina, médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos).
Epígrafe 654.6. Comercio al por menor de cubiertas, bandas o bandejas y cámaras de aire para toda
clase de ve­hícu­los.
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
GRUPO 656. Comercio al por menor de bienes
usados tales como muebles, prendas y enseres ordinarios de uso doméstico.
GRUPO 657. Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios.
GRUPO 659. Otro comercio al por menor.
Epígrafe 659.1. Comercio al por menor de sellos,
monedas, medallas conmemorativas, billetes para
coleccionistas, obras de arte y antigüedades, minerales sueltos o en colecciones, fósiles, insectos, conchas, plantas y animales disecados.
Epígrafe 659.2. Comercio al por menor de muebles de oficina y de máquinas y equipos de oficina.
Epígrafe 659.3 Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos y ópticos,
excepto en los que se requiera una adaptación individualizada al paciente y fotográficos.
Epígrafe 659.4 Comercio al por menor de libros,
periódicos, ar­tícu­los de papelería y escritorio, y ar­
tícu­los de dibujo y bellas artes.
Epígrafe 659.5. Comercio al por menor de ar­tícu­
los de joyería, relojería, platería y bisutería.
Epígrafe 659.6. Comercio al por menor de juguetes, ar­tícu­los de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado.
Epígrafe 659.7. Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas y pequeños animales.
Epígrafe 659.8. Comercio al por menor denominados «sex-shop».
Epígrafe 659.9. Comercio al por menor de otros
productos no especificados en esta Agrupación, excepto los que deben clasificarse en el epígrafe 653.9.
Agrupación 69. Reparaciones.
GRUPO 691. Reparación de ar­tícu­los eléctricos
para el hogar, ve­hícu­los automóviles y otros bienes
de consumo.
Epígrafe 691.1. Reparación de ar­tícu­los eléctricos para el hogar.
Agrupación 75. Actividades anexas a los transportes.
GRUPO 755. Agencias de viajes.
41
Epígrafe 755.1. Servi­cios a otras agencias de viajes.
Epígrafe 755.2. Servi­cios prestados al público por
las agencias de viajes.
Agrupación 83. Auxiliares financieros y de Seguros. Actividades Inmobiliarias.
GRUPO 833. Promoción inmobiliaria.
Epígrafe 833.1. Promoción de terrenos.
Epígrafe 833.2. Promoción de edificaciones.
GRUPO 834. Servi­cios relativos a la propiedad
inmobiliaria y a la propiedad industrial.
Agrupación 86. Alquiler de bienes inmuebles.
GRUPO 861. Alquiler de bienes inmuebles de naturaleza urbana.
Epígrafe 861.1. Alquiler de viviendas.
Epígrafe 861.2. Alquiler de locales industriales y
otros alquileres N.C.O.P.
GRUPO 862. Alquiler de bienes inmuebles de naturaleza rústica.
Agrupación 97. Servi­cios personales.
GRUPO 971. Lavanderías, tintorerías y servi­cios
similares.
Epígrafe 971.1. Tinte, limpieza en seco, lavado y
planchado de ropas hechas y de prendas y ar­tícu­
los del hogar usados.
Epígrafe 971.2. Limpieza y teñido de calzado.
Epígrafe 971.3. Zurcido y reparación de ropas.
GRUPO 972. Salones de peluquería e institutos
de belleza.
Epígrafe 972.1. Servi­cios de peluquería de señora y caballero.
Epígrafe 972.2. Salones e institutos de belleza y
gabinetes de estética.
GRUPO 973. Servi­cios fotográficos, máquinas
automáticas fotográficas y servi­cios de fotocopias.
Epígrafe 973.1. Servi­cios fotográficos.
Epígrafe 973.2. Máquinas automáticas, sin operador, para fotografías de personas y para copia de
documentos.
Epígrafe 973.3. Servi­cios de copias de documentos con máquinas fotocopiadoras.
GRUPO 975. Servi­cios de enmarcación.
Actividades
productivas
Comercio
Fabricación
de calzado de
artesanía y a
medida (incluido
el calzado
ortopédico)
452.2
Calzado ortopédico con excepción del
considerado producto sanitario
642.1
642.2
Carnes y despojos; de productos y
derivados cárnicos elaborados; de
huevos, aves, conejos de granja,
caza; y de productos derivados de los
mismos
En dependencias de venta de
carnicerías-charcuterías, de carnes
frescas y congeladas, despojos y
toda clase de productos y derivados
cárnicos; de huevos, aves, conejos de
granja, caza y de productos derivados
de los mismos
Comercio al
por menor en
establecimientos
especializados
permanentes
454.2
691.1
Sombreros y accesorios para el
vestido hechos a medida
Reparación de
efectos personales Reparación de artículos eléctricos para
y enseres
el hogar
domésticos
454.1
452.1
EPÍGRAFE
Calzado de artesanía y a medida
ACTIVIDAD
Comercio
Reparación de aparatos
electrodomésticos y de equipos
para el hogar y el jardín
No dispone
No dispone
No dispone
No dispone
SERVICIO EUGO
Comercio al por
menor de productos
Establecimientos especializados
de consumo en
de carne y productos cárnicos
establecimientos
especializados
Comercio al por
menor de productos
Establecimientos especializados
de consumo en
de carne y productos cárnicos
establecimientos
especializados
Reparación de
efectos personales
y enseres
domésticos
No dispone
No dispone
No dispone
No dispone
ACTIVIDAD
EUGO
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Comercio
Comercio
No dispone
No dispone
No dispone
No dispone
SECTOR
EUGO
RELACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y DETERMINADOS SERVICIOS
Confección
a medida de
Prendas de vestir hechas a medida
prendas de vestir y
sus complementos
SUBGRUPO
GRUPO
la Directiva de Servi­cios.
Actividades y servi­cios sujetos a declaración responsable y/o comunicación previa y su correlación con las actividades EUGO de la Ventanilla Única de
ANEXO I BIS
42
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
GRUPO
SUBGRUPO
EPÍGRAFE
642.3
642.4
642.5
642.6
641
644.1
ACTIVIDAD
En dependencias de venta de
carnicerías-salchicherías, de carnes
frescas y congeladas, despojos,
productos procedentes de industrias
cárnicas y productos cárnicos frescos,
crudos, adobados, tocino salado,
embutidos de sangre (morcillas) y
aquellos otros tradicionales de estas
características para los que estén
autorizados; así como de huevos,
aves, conejos de granja, caza y de
productos derivados de los mismos
En carnicerías, de carnes frescas y
congeladas, despojos y productos y
derivados cárnicos elaborados; así
como de huevos, aves, conejos de
granja, caza y de productos derivados
de los mismos
Huevos, aves, conejos de granja,
caza; y de productos derivados de los
mismos
En casquerías, de vísceras y despojos
procedentes de animales de abasto,
frescos y congelados
Frutas, verduras, hortalizas y
tubérculos
Pan, pastelería, confitería y similares y
de leche y productos lácteos
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
SECTOR
EUGO
SERVICIO EUGO
Comercio al por
menor de productos Establecimientos especializados
de consumo en
de pan y productos de panadería,
establecimientos
confitería, pastelería y heladerías
especializados
Comercio al por
menor de productos
Establecimientos especializados
de consumo en
de fruta y verdura
establecimientos
especializados
Comercio al por
menor de productos
Establecimientos especializados
de consumo en
de carne y productos cárnicos
establecimientos
especializados
Comercio al por
menor de productos
Otros comercios en
de consumo en
establecimientos especializados
establecimientos
especializados
Comercio al por
menor de productos
Establecimientos especializados
de consumo en
de carne y productos cárnicos
establecimientos
especializados
Comercio al por
menor de productos
Establecimientos especializados
de consumo en
de carne y productos cárnicos
establecimientos
especializados
ACTIVIDAD
EUGO
RELACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y DETERMINADOS SERVICIOS
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
43
GRUPO
SUBGRUPO
644.2
644.3
644.4
644.5
644.6
645
647.1
Productos de pastelería, bollería y
confitería
Helados
Bombones y caramelos
Masas fritas, con o sin cobertura o
rellenos, patatas fritas, productos de
aperitivo, frutos secos, golosinas,
preparados de chocolate y bebidas
refrescantes
Vinos y bebidas de todas clases
Cualquier clase de productos
alimenticios y de bebidas en
establecimiento con vendedor
EPÍGRAFE
En despachos de pan, panes
especiales y bollería
ACTIVIDAD
Comercio
SERVICIO EUGO
Comercio al por
menor de productos
Otros comercios en
de consumo en
establecimientos especializados
establecimientos
especializados
Comercio al por
menor de productos
Establecimientos especializados
de consumo en
de bebidas
establecimientos
especializados
Comercio al por
menor de productos
Otros comercios en
de consumo en
establecimientos especializados
establecimientos
especializados
Comercio al por
menor de productos Establecimientos especializados
de consumo en
de pan y productos de panadería,
establecimientos
confitería, pastelería y heladerías
especializados
Comercio al por
menor de productos Establecimientos especializados
de consumo en
de pan y productos de panadería,
establecimientos
confitería, pastelería y heladerías
especializados
Comercio al por
menor de productos Establecimientos especializados
de consumo en
de pan y productos de panadería,
establecimientos
confitería, pastelería y heladerías
especializados
Comercio al por
menor de productos Establecimientos especializados
de consumo en
de pan y productos de panadería,
establecimientos
confitería, pastelería y heladerías
especializados
ACTIVIDAD
EUGO
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
SECTOR
EUGO
RELACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y DETERMINADOS SERVICIOS
44
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Comercio
GRUPO
653.2
653.3
654.4
653.5
Material y aparatos eléctricos,
electrónicos electrodomésticos y otros
aparatos de uso doméstico accionados
por otro tipo de energía distinta de
la eléctrica, así como de muebles de
cocina
Artículos de menaje, ferretería, adorno,
regalo o reclamo (incluyendo bisutería
y pequeños electrodomésticos)
Materiales de construcción y de
artículos y mobiliario de saneamiento
Puertas, ventanas y persianas,
molduras y marcos, tarimas y parquet
mosaico, cestería y artículos de corcho
647.3
Cualquier clase de productos
alimenticios y bebidas en régimen
de autoservicio o mixto en
supermercados, denominados así
cuando la superficie de su sala de
ventas se halle comprendida entre 120
y 399 metros cuadrados
653.1
647.2
Cualquier clase de productos
alimenticios y de bebidas en
régimen de autoservicio o mixto en
establecimientos cuya sala de ventas
tenga una superficie inferior a 120
metros cuadrados
Muebles (excepto los de oficina)
EPÍGRAFE
ACTIVIDAD
Comercio al
por menor en
establecimientos
especializados
permanentes
SUBGRUPO
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
SECTOR
EUGO
SERVICIO EUGO
Comercio al por menor de
muebles, aparatos de iluminación
y otros artículos de uso doméstico
en establecimientos
Comercio al por
Otro comercio al por menor
menor de productos
de artículos nuevos en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio al por
Comercio al por menor de
menor de productos
ferretería, pintura y vidrio en
de consumo no
establecimientos
alimenticio
Comercio al por
Comercio al por menor de
menor de productos
ferretería, pintura y vidrio en
de consumo no
establecimientos
alimenticio
Comercio al por
Comercio al por menor de
menor de productos
aparatos electrodomésticos en
de consumo no
establecimientos
alimenticio
Comercio al por
menor de productos
de consumo no
alimenticio
Comercio al por
menor de productos
Otros comercios en
de consumo en
establecimientos especializados
establecimientos
especializados
Comercio al por
menor de productos
Otros comercios en
de consumo en
establecimientos especializados
establecimientos
especializados
ACTIVIDAD
EUGO
RELACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y DETERMINADOS SERVICIOS
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
45
GRUPO
Confecciones de peletería
651.7
651.6
651.4
Artículos de mercería y paquetería
Calzado, artículos de piel e imitación
o productos sustitutivos, cinturones,
carteras, bolsos, maletas y artículos de
viaje en general
651.3
Lencería y corsetería
651.5
651.2
Toda clase de prendas para el vestido
y tocado
Prendas especiales
651.1
Productos textiles, confecciones
para el hogar, alfombras y similares y
artículos de tapicería
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
SECTOR
EUGO
SERVICIO EUGO
Comercio al por
Otro comercio al por menor
menor de productos
de artículos nuevos en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio al por
Comercio al por menor de
menor de productos
calzado y artículos de cuero en
de consumo no
establecimientos
alimenticio
Comercio al por
menor de productos Comercio al por menor de prendas
de consumo no
de vestir en establecimientos
alimenticio
Comercio al por
Otro comercio al por menor
menor de productos
de artículos nuevos en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio al por
menor de productos Comercio al por menor de prendas
de consumo no
de vestir en establecimientos
alimenticio
Comercio al por
menor de productos Comercio al por menor de prendas
de consumo no
de vestir en establecimientos
alimenticio
Comercio al por
Comercio al por menor de
menor de productos
textiles en establecimientos
de consumo no
especializados
alimenticio
Comercio al por
Otro comercio al por menor
menor de productos
de artículos nuevos en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio al por
Otro comercio al por menor
menor de productos
de artículos nuevos en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
ACTIVIDAD
EUGO
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
653.9
Otros artículos para el equipamiento
del hogar N.C.O.P.
EPÍGRAFE
653.6
ACTIVIDAD
Artículos de bricolaje
SUBGRUPO
RELACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y DETERMINADOS SERVICIOS
46
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
GRUPO
EPÍGRAFE
652.2
652.3
652.4
643.1
643.2
654.1
654.2
654.3
ACTIVIDAD
Productos de droguería, perfumería y
cosmética, limpieza, pinturas, barnices,
disolventes, papeles y otros productos
para la decoración y de productos
químicos
Productos de perfumería, y cosmética,
y de artículos para la higiene y el aseo
personal
Plantas y hierbas en herbolarios
Pescados y otros productos de
la pesca y de la acuicultura y de
caracoles
Bacalao y otros pescados en salazón
Vehículos terrestres
Accesorios y piezas de recambio para
vehículos terrestres
Vehículos aéreos
SUBGRUPO
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
SECTOR
EUGO
Comercio al por menor de
productos cosméticos e
higiénicos en establecimientos
especializados
Comercio al por
menor de productos
farmacéuticos,
artículos médicos,
belleza e higiene
Venta de vehículos automóviles,
otros vehículos y motocicletas
Comercio al por menor de
repuestos y accesorios de
vehículos de motor
Venta de vehículos automóviles,
otros vehículos y motocicletas
Venta,
mantenimiento
y reparación de
vehículos
Comercio de
repuestos y
accesorios de
vehículos
Venta,
mantenimiento
y reparación de
vehículos
Comercio al por
menor de productos
Establecimientos especializados
de consumo en
de pescado y marisco
establecimientos
especializados
Comercio al por
menor de productos
Establecimientos especializados
de consumo en
de pescado y marisco
establecimientos
especializados
Comercio al por
Comercio al por menor de flores,
menor de productos
plantas, semillas y fertilizantes en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio al por menor de
productos cosméticos e
higiénicos en establecimientos
especializados
SERVICIO EUGO
Comercio al por
menor de productos
farmacéuticos,
artículos médicos,
belleza e higiene
ACTIVIDAD
EUGO
RELACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y DETERMINADOS SERVICIOS
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
47
Comercio al
por menor en
establecimientos
especializados
permanentes
SUBGRUPO
656
657
659.1
659.2
Bienes usados tales como muebles,
prendas y enseres ordinarios de uso
doméstico
Instrumentos musicales en general, así
como de sus accesorios
Sellos, monedas, medallas
conmemorativas, billetes para
coleccionistas, obras de arte y
antigüedades, minerales sueltos o en
colecciones, fósiles, insectos, conchas,
plantas y animales disecados.
Muebles de oficina y de máquinas y
equipos de oficina
659.4
654.6
Cubiertas, bandas o bandejas y
cámaras de aire para toda clase de
vehículos
Libros, periódicos, artículos de
papelería y escritorio, y artículos de
dibujo y bellas artes
654.5
Toda clase de maquinaria (excepto
aparatos del hogar, de oficina,
médicos, ortopédicos, ópticos y
fotográficos)
659.3
654.4
Vehículos fluviales y marítimos de vela
o motor y deportivos
Aparatos e instrumentos médicos,
ortopédicos y ópticos, excepto en
los que se requiera una adaptación
individualizada al paciente y
fotográficos
EPÍGRAFE
ACTIVIDAD
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
SECTOR
EUGO
Venta de vehículos automóviles,
otros vehículos y motocicletas
SERVICIO EUGO
Comercio al por menor de
repuestos y accesorios de
vehículos de motor
Comercio al por menor
de productos médicos y
ortopédicos en establecimientos
especializados
Comercio al por
Comercio al por menor
menor de productos
de periódicos y libros en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio al por
menor de productos
farmacéuticos,
artículos médicos,
belleza e higiene
Comercio al por
Otro comercio al por menor
menor de productos
de artículos nuevos en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio al por
Comercio al por menor de
menor de productos
artículos de segunda mano en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio al por
Otro comercio al por menor
menor de productos
de artículos nuevos en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio al por
Comercio al por menor de
menor de productos
artículos de segunda mano en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio de
repuestos y
accesorios de
vehículos
Comercio al por
Otro comercio al por menor
menor de productos
de artículos nuevos en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Venta,
mantenimiento
y reparación de
vehículos
ACTIVIDAD
EUGO
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Comercio
GRUPO
RELACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y DETERMINADOS SERVICIOS
48
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Actividades de
alquiler
Actividades
inmobiliarias
Actividades
turísticas
SUBGRUPO
Oficinas
GRUPO
659.8
659.9
Sex-shop
Otros productos no especificados
en esta agrupación, excepto los que
deben clasificarse en el epígrafe 653.9
862
Alquiler de bienes inmuebles de
naturaleza rústica
833.1
861.2
Alquiler de locales industriales y otros
alquileres N.C.O.P.
Promoción de terrenos
861.1
Alquiler de viviendas de naturaleza
urbana
755.2
659.7
Semillas, abonos, flores y plantas y
pequeños animales
Servicios prestados al público por las
agencias de viajes
659.6
Juguetes, artículos de deporte,
prendas deportivas de vestido, calzado
y tocado
755.1
659.5
Artículos de joyería, relojería, platería
y bisutería
Servicios a otras agencias de viajes
EPÍGRAFE
ACTIVIDAD
SERVICIO EUGO
Agentes de la propiedad
inmobiliaria
Agentes de la propiedad
inmobiliaria
Agentes de la propiedad
inmobiliaria
Promoción inmobiliaria
Actividades
Actividades
inmobiliarias y de
inmobiliarias
alquiler
Actividades
Actividades
inmobiliarias y de
inmobiliarias
alquiler
Actividades
Actividades
inmobiliarias y de
inmobiliarias
alquiler
Actividades
Actividades
inmobiliarias y de
inmobiliarias
alquiler
Otras actividades de apoyo a las
empresas
No dispone
Agencias de viaje
Actividades
empresariales
No dispone
Comercio al por
Otro comercio al por menor
menor de productos
de artículos nuevos en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio al por
Comercio al por menor de flores,
menor de productos
plantas, semillas y fertilizantes en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio al por
Otro comercio al por menor
menor de productos
de artículos nuevos en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
Comercio al por
Comercio al por menor de
menor de productos
artículos de relojería y joyería en
de consumo no
establecimientos especializados
alimenticio
ACTIVIDAD
EUGO
Transporte,
almacenamiento, Actividades
comunicaciones y turísticas
turismo
Servicios
empresariales
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
Comercio
SECTOR
EUGO
RELACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y DETERMINADOS SERVICIOS
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
49
Servicio
personal
GRUPO
Actividades
de servicios
personales
SUBGRUPO
971.1
971.2
971.3
972.1
Limpieza y teñido de calzado
Zurcido y reparación de ropas
Servicios de peluquería de señora y
caballero
834
Servicios relativos a la propiedad
inmobiliaria y a la propiedad industrial
Tinte, limpieza en seco, lavado y
planchado de ropas hechas y de
prendas y artículos del hogar usados
833.2
EPÍGRAFE
Promoción de edificaciones
ACTIVIDAD
Promoción inmobiliaria
Lavado y limpieza de prendas
textiles y de piel
Otros servicios personales
Otros servicios personales
Peluquería y otros tratamientos de
belleza
Actividades
Actividades
inmobiliarias y de
inmobiliarias
alquiler
Otras actividades
sociales y
de servicios
Actividades
prestados a
de servicios
la comunidad;
personales
servicios
personales
Otras actividades
sociales y
de servicios
Actividades
prestados a
de servicios
la comunidad;
personales
servicios
personales
Otras actividades
sociales y
de servicios
Actividades
prestados a
de servicios
la comunidad;
personales
servicios
personales
Otras actividades
sociales y
de servicios
Actividades
prestados a
de servicios
la comunidad;
personales
servicios
personales
SERVICIO EUGO
Promoción inmobiliaria
ACTIVIDAD
EUGO
Actividades
Actividades
inmobiliarias y de
inmobiliarias
alquiler
SECTOR
EUGO
RELACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y DETERMINADOS SERVICIOS
50
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
GRUPO
Actividades
de servicios
personales
SUBGRUPO
972.2
973.1
973.2
973.3
975
Servicios fotográficos
Máquinas automáticas, sin operador,
para fotografías de personas y para
copia de documentos
Servicios de copias de documentos
con máquinas fotocopiadoras
Servicios de enmarcación
EPÍGRAFE
Salones e institutos de belleza y
gabinetes de estética
ACTIVIDAD
Otros servicios personales
Otros servicios personales
Otros servicios personales
Otros servicios personales
Otras actividades
sociales y
de servicios
Actividades
prestados a
de servicios
la comunidad;
personales
servicios
personales
Otras actividades
sociales y
de servicios
Actividades
prestados a
de servicios
la comunidad;
personales
servicios
personales
Otras actividades
sociales y
de servicios
Actividades
prestados a
de servicios
la comunidad;
personales
servicios
personales
Otras actividades
sociales y
de servicios
Actividades
prestados a
de servicios
la comunidad;
personales
servicios
personales
SERVICIO EUGO
Peluquería y otros tratamientos de
belleza
ACTIVIDAD
EUGO
Otras actividades
sociales y
de servicios
Actividades
prestados a
de servicios
la comunidad;
personales
servicios
personales
SECTOR
EUGO
RELACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES Y DETERMINADOS SERVICIOS
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
51
52
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
ANEXO II
OBRAS SUJETAS A DECLARACIÓN RESPONSABLE Y/O COMUNICACIÓN PREVIA11
Ejemplo de tipo de obras sometidas a comunicación previa y documentación acreditativa12
TIPO DE OBRA MENOR
DOCUMENTACIÓN
Sin perjuicio del posible requerimiento de la documentación que proceda
en el momento de la comprobación o de la inspección de la actividad,
se podrán identificar los documentos que se estimen oportunos y las
dependencias en las que se encuentren. Entre esta documentación, se
pueden citar a título de ejemplo:
Obras de decoración interior
Comunicación previa en la que se declare descripción y presupuesto justificante
de pago del ICIO
Modificaciones de distribución,
derribos de tabiquería que
no supongan modificación
superficie del local, instalación
de mamparas
Comunicación previa a la que se acompañen los siguientes documentos y se
declare:
Plano estado actual/ plano estado proyectado
Dirección facultativa de la obra
Presupuesto y descripción de obras
Justificante de pago del ICIO
Rótulos, banderolas, toldos
Comunicación previa a la que se acompañen los siguientes documentos:
Croquis acotado con dimensiones
Implantación sobre fachada: infografía, fotocomposición, etc.
Presupuesto y descripción de obras
Justificante de pago del ICIO
Marquesinas o modificaciones
de fachada del local (huecos,
escaparates)
Comunicación previa a la que se acompañen los siguientes documentos y se
declare:
Proyecto técnico suscrito por facultativo competente para ostentar la condición
de proyectista conforme a la legislación y visado por el colegio profesional
correspondiente.
Dirección facultativa de la obra
Presupuesto y descripción de las obras
Justificante de pago del ICIO
Rejas de seguridad, persianas
Comunicación previa a la que se acompañen los siguientes documentos:
Croquis de la instalación
Presupuesto y descripción de las obras
Justificante de pago del ICIO
Reparaciones y restituciones:
instalaciones, solados,
alicatados, revestimientos,
falsos techos, carpintería
interior y exterior, etc. (sin
modificar las características de
lo existente)
Comunicación previa a la que se acompañen los siguientes documentos y se
declare:
Presupuesto y descripción de las obras
Justificante de pago del ICIO
Ocupación vía pública con
vallas/andamios
Comunicación previa a la que se acompañen los siguientes documentos y se
declare:
Croquis de ocupación
Longitud de fachada
Tiempo de ocupación
Oficio de dirección de obra (si no lo lleva propiamente la obra a ejecutar)
Metros cuadrados de ocupación
Fecha inicio y fecha fin de la ocupación
Justificante de pago del ICIO
Comunicación previa a la que se acompañen los siguientes documentos y se
declare:
Ocupación de vía con acopio de Croquis de ocupación
materiales
metros cuadros ocupación
Fecha inicio fecha fin de ocupación
Justificante de pago del ICIO
En el caso de que el Modelo de declaración responsable, como viene recogido en el artículo 7.2, se utilice partiendo de la idea de
que todas las actividades, servicios y obras no sujetas a licencia, lo están a declaración responsable y no a comunicación previa, el
modelo de comunicación previa será utilizado solamente para cambios de titularidad.
12
La obras referenciadas en el ejemplo, hay que considerarlas como tal.
11
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
TIPO DE OBRA MENOR
Sustitución chimenea
ventilación
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
DOCUMENTACIÓN
Sin perjuicio del posible requerimiento de la documentación que proceda
en el momento de la comprobación o de la inspección de la actividad,
se podrán identificar los documentos que se estimen oportunos y las
dependencias en las que se encuentren. Entre esta documentación, se
pueden citar a título de ejemplo:
Comunicación previa a la que se acompañen los siguientes documentos y se
declare:
Planos
Dirección facultativa de la obra
Presupuesto y descripción de la obra
Justificante de pago del ICIO
53
54
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
ANEXO III. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE13.
DECLARACIÓN RESPONSABLE
PARA IMPLANTACIÓN O MODIFICACIÓN DE ACTIVIDADES DE COMERCIO MINORISTA Y
DETERMINADOS SERVICIOS EN ESTABLECIMIENTOS (en el ámbito de la Ley 12/2012, de 26
de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servicios)
1 DATOS DEL/DE LA DECLARANTE
DNI, NIF, NIE : ___________________ Nombre o razón social: ___________________________
Primer apellido: _________________________________ Segundo apellido: _________________
Tipo vía:_________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______
Portal: _____ Esc.:_______________________________________________________________
Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________
Provincia: _______________________________________________________________________
Teléfono(s): ________________________/__________________________ Fax: ______________
Correo
electrónico:____________________________________________
Este modelo, se corresponde con el que está disponible actualmente en la página web del
Ministerio de Economía y Competitividad y en formato electrónico en virtud de la Resolución de 31
de mayo de 2013 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (BOE Nº 133 de 4 de
junio de 2013), por la que se establecen las condiciones de uso de la Plataforma Electrónica de
intercambio de información denominada “Emprende en 3”, de acuerdo con las previsiones de la
Disposición adicional primera de la Ley 12/2012”.
13
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Otros interesados
2 DATOS DEL/DE LA REPRESENTANTE, en su caso
DNI, NIF, NIE: ___________________ Nombre:________________________________________
Primer apellido: _________________________________ Segundo apellido: _________________
Tipo vía: _________ Domicilio: _________________________________________ N. º: ______
Portal: _____ Esc.: ________________________________________________________________
Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________
Provincia: _______________________________________________________________________
Teléfono(s): ________________________/__________________________ Fax: ________ ______
Correo electrónico:______________________________________________________
Nº. Protocolo /año del poder de representación notarial
(5):_________________________________________
3 DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN(rellenar sólo si no coinciden con los del declarante
orepresentante)
DNI, NIF, NIE: ___________________ Nombre o razón social: ____________________________
Primer apellido: _________________________________ Segundo apellido: _________________
Tipo vía:_________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______
Portal: _____ Esc.: ________________________________________________________________
Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia:_
Teléfono(s): ________________________/__________________________ Fax: ______________
Correo electrónico: ________________________________________________________________
4 EMPLAZAMIENTO DEL LOCAL /ACTIVIDAD
Rótulo comercial:________________________________________________________________
Tipo vía:________ Domicilio: _________________________________ N.º: ______esc/planta/piso
En caso de que el acceso principal al local sea por un vial distinto al del edificio, cumplimente los
datos de acceso:
Tipo vía:_________ Domicilio: ______________________________________ N.º: ______
esc/planta/piso ___________________________________________________________________
Código IAE:__________________________________
5INFORMACIÓN DEL LOCAL/ACTIVIDAD
55
56
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Referencia catastral del local:
(si no dispone de la misma indique
la del edificio)
6D DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD1
Si ha realizado una consulta urbanística previamente, indique el Nº de Expediente: _____________
Denominación de la actividad_______________________________________________________
Descripción de la nueva actividad____________________________________________________
7 DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS 2
_______________________________________________________________________________
Indique importe aproximado del presupuesto de obras:____________________________________
Indique m2 aproximados de ocupación de la vía pública con ocasión de las obras: ______________
8OTRAS ACTUACIONES3
_______________________________________________________________________________
____________________ ___________________________________________________________
________________________________________________________________________________
________________________________________________________________________________
98
DECLARACIÓN RESPÒNSABLE
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
1.
Que las obras y la actividad que van a ser desarrolladas no tienen impacto en el patrimonio
histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público.
2.
Que las obras a desarrollar no requieren de la redacción de un proyecto de obras de
edificación, de conformidad con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la
Edificación.
3.
Que la actividad se encuentra incluida en el Anexo de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de
medidas urgentes de liberalización del Comercio y de determinados servicios y que su
superficie útil de exposición y venta al público no supera los 300 metros cuadrados.
4.
Que se encuentra en posesión de los siguientes documentos:
Proyecto técnico de obras e instalaciones cuando sea exigible conforme a la normativa
correspondiente, firmado por técnico competente de acuerdo con la legislación vigente.
Justificante de pago del tributo o tributos correspondientes4
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
5.
Que las obras y la actividad cumplen con todos los requisitos que resultan exigibles de acuerdo
con lo previsto en la legislación vigente, y en particular, entre otras, en las siguientes
disposiciones:
o Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del Comercio y
de determinados servicios.
o Ley urbanística autonómica
o Otras normas sectoriales aplicables
o Ordenanza municipal de licencias
o Otras ordenanzas municipales
6.
Que se compromete a mantener el cumplimiento de la normativa mencionada durante el
desarrollo de la actividad y/o ejecución de la obra así como a adaptarse a las modificaciones
legales que durante el desarrollo de la actividad y/o ejecución de la obra pudieran producirse.
7.
Que se compromete a conservar la documentación que acredita el cumplimiento de los
requisitos exigidos durante el desarrollo de la actividad, así como a su presentación a
requerimiento del personal habilitado para su comprobación.(5)
8.
Que en el momento de la apertura del local se cumple con la normativa de prevención contra
incendios y se tiene contratado el mantenimiento de las instalaciones de protección contra
incendios.
9.
Que se encuentra en posesión de la correspondiente póliza de responsabilidad civil vigente u
otro seguro equivalente y al corriente de pago cuando lo exija la normativa sectorial aplicable.
Firma:
En_________________________, a _____ de ________________de 20____
DATOS ADICIONALES
Los criterios recogidos en este apartado son datos a tener en consideración y que podrían incluirse
en el Formato de Declaración Responsable, en virtud de las necesidades y/o casuística de cada
Municipio.
1. Como datos adicionales para describir la actividad puede valorarse incorporar con una casilla
para marcar:
o Indicación de si es una implantación o una modificación de una actividad ya existente.
o Superficie total útil del local.
o Indicación de si la actividad dispone de almacén y, en caso afirmativo superficie del
mismo.
o Indicación de maquinaria y elementos industriales de la actividad, indicando respecto de
cada máquina o elemento: Descripción, número de unidades y potencia (kw).
2. Como datos adicionales para describir la obra puede valorarse incorporar con una casilla para
marcar:
o Duración (en días) y fecha de inicio.
57
58
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
o
o
o
o
o
o
o
o
o
o
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Modificación de huecos existentes en fachada.
Sustitución de carpintería exterior.
Instalación de rejas o cierres metálicos.
Cambio de revestimiento de fachada.
Modificación o creación de escaparate.
Modificación o colocación de toldo.
Creación de rejillas de salida de aire acondicionado o ventilación forzada en fachada.
Cambios en la tabiquería interior.
Reparación o conservación de cubiertas
Obras de conservación.
3. Como datos adicionales puede valorarse incorporar una casilla para marcar:
o Indicación del lugar de acopio de materiales (vía pública con indicación aproximada de
su superficie o espacio privado), indicando número de vallas, saliente (en m.), longitud
(en m.), altura (en m.) y duración (meses).
o Instalación de andamiaje, maquinaria, grúas o apeos. Descripción de la instalación,
indicación de si se ocupa o no la acera y, en caso afirmativo, ancho de la acera (en m.),
indicación de la saliente respecto de la fachada del edificio.
o Instalación de rótulos, muestras o banderines.
o Colocación de contenedores de obras (debe computarse la ocupación de superficie en la
vía pública, en su caso)
4. Tasa por tramitación de licencias y/o Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y/o
tasa por ocupación de la vía pública.
5. Por falta de acreditación del poder de representación notarial a requerimiento de los servicios
de verificación de la Administración pública, o de cualquier otro documento, se estará al
preceptuado por el artículo 71. Bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico
de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y al régimen de
inspecciones y sanciones de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de
liberalización del Comercio y de determinados servicios.
ANEXO IV. MODELO DE COMUNICACIÓN PREVIA.
COMUNICACIÓN PREVIA
DE CAMBIO DE TITULARIDADY/O CESE DE LICENCIA DE ACTIVIDAD O
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE COMERCIO MINORISTA Y DETERMINADOS
SERVICIOS EN ESTABLECIMIENTOS E INSTALACIONES (en el ámbito de la Ley
12/2012, de 26 de diciembre de medidas urgentes de liberalización del comercio y
determinados servicios)
*Este modelo se ha configurado para cambios de Titularidad y/o cese de actividad.
En el caso de que se utilice la Comunicación Previa como instrumento para inicio de Actividades y/u obras
deberá adaptarse el Modelo de Declaración Responsable (Anexo III) al efecto.
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
1 DATOS DEL TITULAR ANTERIOR
DNI, NIF, NIE: ___________________ Nombre o razón social: ____________________________
Primer apellido: _________________________________ Segundo apellido: _________________
Tipo vía: _________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______
Portal: _____ Esc.: ________________________________________________________________
Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia:_
Teléfono(s): ________________________/__________________________ Fax: ______________
Correo
electrónico:__________________________
59
60
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Otros interesados_____________________
2DATOS DEL NUEVO TITULAR
DNI, NIF, NIE: ___________________ Nombre o razón social: ____________________________
Primer apellido: _________________________________ Segundo apellido: _________________
Tipo vía: _________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______
Portal: _____ Esc.: ________________________________________________________________
Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia:_
Teléfono(s): ________________________/__________________________ Fax: ______________
Correo
electrónico:__________________________
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Otros interesados_____________________
3DATOS DEL/DE LA REPRESENTANTE
DNI, NIF, NIE: ___________________ Nombre:________________________________________
Primer apellido: _________________________________ Segundo apellido: _________________
Tipo vía: _________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______
Portal: _____ Esc.:___________Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio:
___________________
Provincia:___________________Teléfono(s): ______________/____________________
Fax:___________________Correo electrónico: _________________________________________
Nº. Protocolo/año del poder de representación notarial ___________________________________
Por falta de acreditación del poder de representación notarial a requerimiento de los servicios de
verificación de la Administración pública, o de cualquier otro documento, se estará al preceptuado
por el artículo 71. Bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las
Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y al régimen de inspecciones
y sanciones de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del
Comercio y de determinados servicios.
4DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN
DNI, NIF, NIE: ___________________ Nombre o razón social: ____________________________
Primer apellido: _________________________________ Segundo apellido: _________________
Tipo vía: _________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______
Portal: _____ Esc.: ________________________________________________________________
Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia:_
Teléfono(s): ________________________/__________________________ Fax: ______________
Correo electrónico: ________________________________________________________________
NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
Si desea que el MEDIO DE NOTIFICACIÓN PREFERENTE SEA MEDIANTE
COMPARECENCIA EN LA SEDE ELECTRÓNICA de esta Administración, indique el correo
electrónico y/o el número de teléfono móvil donde desea recibir un aviso para que acceda a la sede
y al contenido de la notificación:
Correo electrónico: .....………………….........@.............................
Número de teléfono móvil(aviso vía SMS):..........................................
El interesado podrá, en cualquier momento, revocar su consentimiento para que las notificaciones
dejen de efectuarse por vía electrónica, en cuyo caso deberá comunicar lo así al órgano competente
e indicar la dirección donde practicar las futuras notificaciones.
61
62
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
5DATOS DE LA ACTIVIDAD Y EMPLAZAMIENTO DEL LOCAL /ACTIVIDAD
Actividad: _______________________________________________________________________
Fecha de cambio de Titularidad o cese de actividad: ______________ (de no señalarse se entenderá
el mismo día de la presentación de este documento)
Rótulo comercial: ________________________________________________________________
Tipo vía: _________ Domicilio: ______________________________ N.º: ______esc/planta/piso _
En caso de que el acceso principal al local sea por un vial distinto al del edificio, cumplimente los
datos de acceso:
Tipo vía: _________ Domicilio: ______________________________________ N.º: ______
esc/planta/piso ___________________________________________________________________
Código IAE: _____________________________________________________________________
6INFORMACIÓN DEL LOCAL/ACTIVIDAD
Referencia catastral del local:
(si no dispone de la misma indique
la del edificio)
7MANIFIESTAN(Poner una X en la casilla que corresponda según sea cambio de Titularidad o
cese de actividad)
DNI, NIF, NIE: ___________________ Nombre:________________________________________
Primer apellido: _________________________________ Segundo apellido: _________________
transmite y cede los derechos dimanantes de la Licencia, Comunicación Previa o Declaración
Responsable de Inicio de actividad concedida mediante
Resolución de: ___________________Órgano municipal que otorgó la Licencia anterior
Fecha: ___________________ (Fecha de concesión de dicha licencia y/o entrega de Declaración
Responsable)
Tramitada en Expediente nº: ___________________(Número del expediente administrativo en el
que se tramito dicha licenciay/o entrega de Declaración Responsable)
A Don/Doña:_____________________________________________________________________
(Nombre y apellidos del actual titular de la Licencia)
DNI, NIF, NIE: ___________________
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Al objeto de tramitar el cambio de titularidad operado en dicha actividad y a los efectos previstos ------. Asimismo, ambos declaran que no ha habido modificación ni ampliación de la actividad, desde
la fecha de concesión de la Licencia, Comunicación Previa o Declaración Responsable relacionada
con la actividad, y en consecuencia se mantienen tanto las instalaciones como el acondicionamiento
realizado. Y para que conste, a los efectos oportunos ante el Excmo. Ayuntamiento de Campillo de
Ranas, para la comunicación previa de cambio de titularidad de conformidad a los datos,
circunstancias expresados y documentos acreditativos y de conformidad con lo establecido en La
Ley 12/2012, de 26 de diciembre mayo de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y
Determinados Servicios y a tenor de lo dispuesto en el art. 71.1 bis de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y arts. ________ y Anexo
de la Ordenanza municipal de
_____________________, de ___________(Fecha de la Ordenanza Municipal), lo comunicamos
Dispone del justificante de pago del tributo o tributos correspondientes.
Al objeto de comunicar el cese en dicha actividad y a los efectos previstos en____________
(Legislación autonómica y/u Ordenanza Municipal). Asimismo, declaro disponer de los documentos
exigibles. Y para que conste, a los efectos oportunos ante el Excmo. Ayuntamiento de Campillo de
Ranas, para la comunicación previa de cese de actividad de conformidad a los datos, circunstancias
expresados y documentos aportados de conformidad con lo establecido en y a tenor de lo dispuesto
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y arts. ________ y Anexo de la Ordenanza municipal de
_____________________, de ___________(Fecha de la Ordenanza Municipal), lo comunicamos,
disponiendo de la documentación exigible al respecto.
OBSERVACIONES:
_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________
En_________________________, a _____ de ________________de 20____
Firma del Titular Anterior:
Firma del Nuevo Titular:
SR.ALCALDE/ALCALDESAPRESIDENTE/ADELAYUNTAMIENTODE CAMPILLO
DE RANAS
Se le advierte que, de conformidad con el apartado 4 del artículo 71.bis de la ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento
Administrativo Común, “La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato,
manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable o a una
comunicación previa o la no presentación ante la Administración competente de la declaración
responsable o comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del
63
64
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin
perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar”.
PROTECCIÓN DE DATOS: En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de
diciembre, se le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este
formulario y demás documentos que, en su caso, se adjunten con el mismo, serán incluidos, para su
tratamiento, en un fichero automatizado del que es responsable el Ayuntamiento de Campillo de
Ranas. Asimismo, le informamos que la finalidad del citado fichero es la tramitación de los
expedientes administrativos de esta Administración pública y notificación de actos administrativos
a los interesados. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos
de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del tratamiento, dirigiendo una
comunicación.
ANEXO V. MODELO DE CONSULTA PREVIA A LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTO
O INICIO DE ACTIVIDAD.
CONSULTA PREVIA
PARA IMPLANTACIÓN O MODIFICACIÓN DE ACTIVIDADES DE COMERCIO MINORISTA Y
DETERMINADOS SERVICIOS EN ESTABLECIMIENTOS (en el ámbito de la Ley 12/2012, de 26
de diciembre de medidas urgentes de liberalización del comercio y determinados servicios)
1 DATOS DEL/DE LA PERSONA INTERESADA
DNI, NIF, NIE: ___________________ Nombre o razón social: ____________________________
Primer apellido: _________________________________ Segundo apellido: _________________
Tipo vía: _________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______
Portal: _____ Esc.: ________________________________________________________________
Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia:_
Teléfono(s): ________________________/__________________________ Fax: ______________
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Correo
electrónico:__________________________________________________
65
66
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Otros interesados
2DATOS DEL/DE LA REPRESENTANTE
DNI, NIF, NIE:___________________ Nombre:________________________________________
Primer apellido:_________________________________ Segundo apellido: _________________
Tipo vía:_________ Domicilio:_________________________________________ N.º:______
Portal:_____ Esc.:________________________________________________________________
Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia:_
Teléfono(s): ________________________/__________________________ Fax: ______________
Correo electrónico: ________________________________________________________________
Nº. Protocolo/año del poder de representación notarial (5)
__________________________________________
3DATOS A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN
DNI, NIF, NIE: ___________________ Nombre o razón social: ____________________________
Primer apellido: _________________________________ Segundo apellido: _________________
Tipo vía: _________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______
Portal: _____ Esc.: ________________________________________________________________
Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia:_
País: ___________________________________________
Teléfono(s): ________________________/__________________________ Fax: ______________
Correo electrónico: ________________________________________________________________
NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA
Si desea que el MEDIO DE NOTIFICACIÓN PREFERENTE SEA MEDIANTE
COMPARECENCIA EN LA SEDE ELECTRÓNICA de esta Administración, indique el correo
electrónico y/o el número de teléfono móvil donde desea recibir un aviso para que acceda a la sede
y al contenido de la notificación:
Correo electrónico: .....………………….........@.............................
Número de teléfono móvil (aviso vía SMS):..........................................
El interesado podrá, en cualquier momento, revocar su consentimiento para que las notificaciones
dejen de efectuarse por vía electrónica, en cuyo caso deberá comunicar lo así al órgano competente
e indicar la dirección donde practicar las futuras notificaciones.
4DATOS DE LA ACTIVIDAD
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Tipo vía: _________ Domicilio: _________________________________________ N.º: ______
Portal: _____ Esc.: ________________________________________________________________
Planta: ____ Puerta: ____ C.P.: ___________ Municipio: ________________________Provincia:_
Teléfono(s): ________________________/__________________________ Fax: ______________
Correo electrónico: ________________________________________________________________
Descripción de la actividad: y consulta planteada:
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________
____________________________
Superficie total en m2 del establecimiento:
___________________________________________________
DISTRIBUCIÓNDELASESTANCIASYUSOSDELESTABLECIMIENTO:
1.
m2dedicadosalusode__________________4.m2dedicadosalusode __________________
2.
m2dedicadosalusode __________________5.m2dedicadosalusode __________________
m2dedicadosaluso de __________________6.m2dedicadosalusode __________________
3.
5DOCUMENTOS QUE SE ADJUNTAN
en su caso, de su representante, así como el
documento en el que conste la representación.
SILOCONSIDERANECESARIOPARAPODERCONTESTARSUCONSULTAPUEDEADJUNT
AROTROSDOCUMENTOS:
proyectada y del inmueble en el que se pretenda llevar a cabo, que incluya una exposición de
las cuestiones sobre las que se solicita consulta.
................................................................................................................
..........
..............................................................................................................
..........
..............................................................................................................
..........
..............................................................................................................
..........
67
68
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
El/la abajo firmante solicita contestación a la presente consulta previa a la apertura de
establecimiento destinado al ejercicio de la actividad económica descrita o inicio de dicha
actividad.
Firma:
En_________________________, a _____ de ________________de 20____
SR.ALCALDE/ALCALDESAPRESIDENTE/ADELAYUNTAMIENTODE_____________________
PROTECCIÓN DE DATOS: En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/99, de 13 de
diciembre, se le informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este
formulario y demás documentos que, en su caso, se adjunten con el mismo, serán incluidos, para su
tratamiento, en un fichero automatizado del que es responsable el Ayuntamiento de Campillo de
Ranas. Asimismo, le informamos que la finalidad del citado fichero es la tramitación de los
expedientes administrativos de esta Administración pública y notificación de actos administrativos
a los interesados. De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos
de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el responsable del tratamiento, dirigiendo una
comunicación.”
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
69
3025
3029
ADMINISTRACION MUNICIPAL
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Durón
Ayuntamiento de Cifuentes
ANUNCIO
ANUNCIO
En Sesión Ordinaria del Pleno de este Ayuntamiento celebrada en fecha 30 de julio de 2014, se
acordó aprobar las Bases de Convocatoria de Ayudas de Estudio curso académico 2013/2014, destinadas a estudiantes empadronados en el Municipio
de Durón.
Habiéndose intentado en dos ocasiones notificar a D. Pedro Luis Salvador Cordero la Resolución
43/2013, de fecha 9 de abril de 2013, dictada por la
Concejalía Delegada de Obras y Urbanismo de Cifuentes, de conformidad con el ar­tícu­lo 59.5 de la
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se
efectúa, notificación de la citada Resolución:
“Primero.- Vistos los informes de comprobación
emitidos por los Servi­cios Técnicos Municipales con
fecha 5 y 14 de marzo de 2012, por el que se concluye que concurre causa de iniciación del procedimiento de imposición de orden de ejecución, y del informe
de Secretaría de fecha 19 de octubre de 2012.
Segundo.- Visto que con fecha 22 de octubre de
2012 está Concejalía Delegada de Obras y Urbanismo dicto propuesta de orden de ejecución a los propietarios del inmueble sito en la Calle Larga n.º 1 de
Moranchel (Guadalajara), n.º de referencia catastral
8286214WL2188N0001MA, consistente en:
1. Demolición y restitución del lateral medianero
asegurando la estabilidad de la cubierta.
2. Demolición y rehabilitación de la fachada posterior del edificio.
Tercero.- Visto que la orden de ejecución se intentó notificara los propietarios del inmueble mediante
correo certificado, resultando tales intentos de notificación infructuosos, por lo que se procedió a la
notificación de la citada orden mediante edicto en el
Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara n.º 13,
de fecha 30 de enero de 2013, sin que hasta la fecha, por los propietarios se haya realizado actuación
alguna encaminada al cumplimiento de la misma.
De conformidad con el ar­tícu­lo 21.3) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, y de acuerdo con lo establecido por los
ar­tícu­los 140 y 176.5 del Decreto Legislativo 1/2010,
de 18 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de
la Actividad Urbanística; 10.2 del Reglamento de
Disciplina Urbanística, aprobado por Real Decreto
2187/1978, de 23 de junio; emito la siguiente ORDEN DE EJECUCIÓN.
Primero.- Ordenar ejecutar en el inmueble propiedad de los herederos de Pedro Salvador Durante,
sito en el n.º 1 de la Calle Larga de la localidad de
Moranchel (Guadalajara), las siguientes obras necesarias de conservación:
1. Demolición y restitución del lateral medianero
asegurando la estabilidad de la cubierta.
Las Bases de la presente convocatoria podrán ser
consultadas y recurridas en un plazo de treinta días
a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Transcurrido el plazo de treinta días sin haberse
presentado alegaciones, se entenderán definitivamente aprobadas, iniciándose un plazo de quince
días para presentación de solicitudes.
A los efectos oportunos, en Durón a 30 de julio de
2014.– El Alcalde, Juan Ramírez García.
3028
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Cifuentes
En cumplimiento de lo establecido en la vigente legislación se hace público que D. Javier Marigil
Viejo ha presentado solicitud de licencia de actividad
para el desarrollo de actividad de apicultura mediante la instalación de 120 colmenas en las siguientes
parcelas de titularidad municipal:
•• Dehesa Boyal, polígono 20, parcela 138, coordenadas X. 534.118/ Y: 4.513.590
•• Dehesa Boyal, polígono 19, parcela 79, coordenadas X. 533.614/ Y: 4.514.119
•• Chorrillos, Ruguilla, polígono 1, parcela 3117,
coordenadas 534.826/ Y: 4.512.727
Quienes pudieran resultar afectados, de algún
modo, por la mencionada actividad que se pretende
instalar, pueden formular las observaciones pertinentes en el plazo de días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la inserción del presente edicto
en el Boletín Oficial de la Provincia, encontrándose
el expediente, a efectos de su consulta, en la Secretaría de este Ayuntamiento.
En Cifuentes a 4 agosto de 2014.– El Alcalde,
José Luis Tenorio Pasamón.
70
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
2. Demolición y rehabilitación de la fachada posterior del edificio.
La adopción de esta propuesta de orden de ejecución de obras de conservación y de mejora, se
justifica en la salvaguarda de la seguridad de los inmuebles colindantes, así como de los viandantes y
tráfico rodado.
Segundo.- Requerir, la formulación del correspondiente proyecto técnico a la vista de las indicadas
operaciones, proyecto que deberá redactarse por
técnico competente y visado por el colegio oficial
respectivo.
Tercero.- Fijar el plazo para la ejecución de las
obras en 1 mes.
Cuarto.- Comunicar la orden de ejecución al particular, que tendrá un plazo de quince días para la
formulación de las alegaciones y aportación de documentos y, en su caso, del proyecto técnico.
El incumplimiento injustificado de la orden de ejecución en el plazo concedido habilitará a la Administración actuante para adoptar cualquiera de estas
medidas de ejecución forzosa:
a) Ejecución subsidiaria a costa de la persona
obligada y hasta el límite del deber normal de conservación, que podrá ser recaudado por la vía de
apremio.
b) Imposición de hasta diez multas coercitivas
con periodicidad mínima mensual, por valor máximo,
cada una de ellas, del 10% del coste estimado de las
obras ordenadas, según informe técnico.
c) Sustitución de la persona propietaria incumplidora mediante la formulación de Programas de
Actuación Rehabilitadora de acuerdo con el procedimiento establecido en el ar­tícu­lo 133 del Texto Refundido de la Ley de ordenación del Territorio y de la
Actividad urbanística, para la ejecución de actuaciones edificatorias.
d) Expropiación del inmueble conforme a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
Quinto.- De forma simultánea informar a los demás interesados en el expediente.”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la
vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente, notificación, ante el Alcalde
de este Ayuntamiento de Cifuentes, de conformidad
con los ar­tícu­los 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar
desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el ar­tícu­lo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro
recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
En Cifuentes a 30 de julio de 2014.– El Concejal
Delegado de Obras y Urbanismo, Fernando Santos
De la Roja Utrilla.
3030
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Cifuentes
ANUNCIO
Habiéndose intentado en dos ocasiones notificar a D. Juan Emilio Mingo Melguizo la Resolución
98/2014, de fecha 10 de julio de 2014, dictada por la
Concejalía Delegada de Obras y Urbanismo de Cifuentes, de conformidad con el ar­tícu­lo 59.5 de la
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se
efectúa, notificación de la citada Resolución:
“A la vista del certificado de Secretaría sobre las
alegaciones presentadas a la propuesta de Orden de
Ejecución dictada con fecha 27 de mayo de 2014 y, a
la vista de los informes obrantes en el procedimiento contradictorio de orden de ejecución de obras de
conservación e intervención en el edificio situado en
la calle Iglesia, n.º 7 y 9, de Gárgoles de Abajo (Guadalajara), de conformidad con el ar­tícu­lo 21.3) de la
Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, por
esta Concejalía Delegada de Obras y Urbanismo se
adopta la siguiente RESOLUCIÓN:
Primero.- Ordenar ejecutar en el inmueble propiedad de Juan Emilio Mingo Melguizo, sito en la Calle Iglesia n.º 7 y 9, de Gárgoles de Abajo, números
de referencia catastral 1796502WL3019N0001LU y
1796501WL3019N0001PU, respectivamente, las siguientes obras necesarias de reparación, conservación y rehabilitación:
1. Reparación del alero de cubierta del inmueble.
La adopción de esta propuesta de orden de ejecución de obras de conservación y de mejora, se justifica en evitar que puedan desprenderse del alero
algún elemento a la vía pública que pueda poner en
peligro la seguridad de las personas.
Segundo.- El coste de las obras necesarias a
realizar en el inmueble no supera la mitad del valor
de una construcción de nueva planta, con similares
características e igual superficie útil o, en su caso,
de idénticas dimensiones que la preexistente, realizada con las condiciones necesarias para que su
ocupación sea autorizable o, en su caso, quede en
condiciones de ser legalmente destinada al uso que
le sea propio.
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Tercero.- En caso de que la reparación de la cubierta afecte a la estructura de la misma deberá presentarse el correspondiente proyecto técnico a la
vista de las indicadas operaciones.
Cuarto.- Fijar el plazo para la ejecución de las
obras en 15 días.
Quinto.- Notificar la orden de ejecución a los particulares, advirtiéndoles de que, en caso de incumplimiento injustificado de la orden de ejecución, el
Ayuntamiento de Cifuentes podrá adoptar cualesquiera medidas de ejecución forzosa.”
Contra la presente Resolución, que pone fin a la
vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la presente notificación, ante el Alcalde
de este Ayuntamiento de Cifuentes, de conformidad
con los ar­tícu­los 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo,
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar
desde el día siguiente al de la recepción de la presente, notificación, de conformidad con el ar­tícu­lo 46
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro
recurso que pudiera estimar más conveniente a su
derecho.
En Cifuentes a 30 de julio de 2014.– El Concejal
Delegado de Obras y Urbanismo, Fernando Santos
de la Roja Utrilla.
3031
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Sigüenza
71
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio de la presente
se notifica al/los propietario/s del inmueble con referencia catastral 0164419WL3406S0001GE, sito
en Calle Torrecilla n.º 5 de Sigüenza, el Decreto de
Alcaldía 0778-2014 de Propuesta de Orden de Ejecución del mencionado inmueble para la realización
de las obras encaminadas a la estabilización y consolidación de las zonas del alero, cubierta y fachada
afectadas.
En virtud de lo anterior dispongo que el/los
interesado/s podrán comparecer en este Ayuntamiento en horario de oficina en el plazo de 10 días,
contados desde el siguiente al de la publicación del
presente en el Boletín Oficial de la Provincia, para
el conocimiento del contenido de los mencionados
actos y constancia de tal conocimiento.
Se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo de notificación, se entenderá
producida a todos los efectos legales.
En Sigüenza a 1 de agosto de 2014.– El Alcalde,
José Manuel Latre Rebled.
3033
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Muduex
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1 por remisión
del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al
no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente
elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Muduex, adoptado
en fecha 02/07/2014, sobre concesión de suplemento de crédito, modificación n.º 1/2014, financiado
con cargo al remanente líquido de Tesorería, que se
hace público resumido por capítulos:
NOTIFICACIÓN
De conformidad con el ar­tícu­lo 59.5 y 61 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
Presupuesto de gastos
CAPÍTULO
VI
DESCRIPCIÓN
IMPORTE
Inversiones reales
4.136,02
TOTAL
4.136,02
72
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Presupuesto de ingresos
CAPÍTULO
VIII
DESCRIPCIÓN
IMPORTE
Remanente de tesorería para gastos generales
4.136,02
TOTAL
4.136,02
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán
interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en
el ar­tícu­lo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso
no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
acuerdo impugnado.
En Muduex a 5 de agosto de 2014.– La Alcaldesa,
Gemma del Molino Giménez.
del Presupuesto general de este Ayuntamiento, Bases de ejecución, Plantilla de personal funcionario y
laboral, de conformidad con el ar­tícu­lo 169 del Texto
Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo y el ar­tícu­lo 20 del Real Decreto
500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del
mismo por capítulos:
3032
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Muduex
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Aprobado definitivamente el Presupuesto general
del Ayuntamiento para 2014, y comprensivo aquel
ESTADO DE GASTO
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS
79.405,93 €
A.1. OPERACIONES CORRIENTES
CAPÍTULO 1: Gastos de personal
31.097,69 €
CAPÍTULO 2: Gastos corrientes en bienes y servi­cios
41.815,99 €
CAPÍTULO 3: Gastos financieros
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes
CAPÍTULO 5: Fondo de contingencia y otros imprevistos
274,92 €
1.488,33 €
0,00 €
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL
CAPÍTULO 6: Inversiones reales
4.729,00 €
CAPÍTULO 7: Transferencias de capital
0 €
B) OPERACIONES FINANCIERAS
0 €
CAPÍTULO 8: Activos financieros
0 €
CAPÍTULO 9: Pasivos financieros
0 €
TOTAL
79.405,93 €
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
73
ESTADO DE INGRESOS
A) OPERACIONES NO FINANCIERAS
79.405,93
A.1. OPERACIONES CORRIENTES
CAPÍTULO 1: Impuestos directos
24.365,06 €
CAPÍTULO 2: Impuestos indirectos
1.200,00 €
CAPÍTULO 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos
22.591,59 €
CAPÍTULO 4: Transferencias corrientes
20.670,19 €
CAPÍTULO 5: Ingresos patrimoniales
10.579,09 €
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL
CAPÍTULO 6: Enajenación de inversiones reales
0 €
CAPÍTULO 7: Transferencias de capital
0,00 €
B) OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO 8: Activos financieros
0 €
CAPÍTULO 9: Pasivos financieros
0 €
TOTAL
79.405,93 €
PLANTILLA DE PERSONAL
A) FUNCIONARIOS DE CARRERA
•• Secretaría-Intervención.
Grupo A1/A2.
Nivel: 26.
Plazas: Una.
B) PERSONAL LABORAL TEMPORAL A TIEMPO PARCIAL
•• Auxiliar de limpieza.
Plazas: Una.
•• Auxiliar de ayuda a domicilio.
Plazas: Una.
RESUMEN
FUNCIONARIOS: 1.
LABORAL TEMPORAL: 2.
TOTAL PLANTILLA: 3.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los ar­
tícu­los 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la
forma y plazos que establecen las normas de dicha
Jurisdicción.
En Muduex a 5 de agosto de 2014.– La Alcaldesa,
Gemma del Molino Giménez.
3034
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Muduex
ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA
En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1 por remisión
del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al
no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente
elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Muduex, adoptado
en fecha 02/07/2014, sobre concesión de suplemento de crédito, modificación n.º 2/2014, financiado
con cargo al remanente líquido de Tesorería, que se
hace público resumido por capítulos:
Presupuesto de gastos
CAPÍTULO
I
DESCRIPCIÓN
IMPORTE
Gastos de personal
4.000,00
TOTAL
4.000,00
Presupuesto de ingresos
CAPÍTULO
VIII
DESCRIPCIÓN
IMPORTE
Remanente de tesorería para gastos generales
4.000,00
TOTAL
4.000,00
74
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán
interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en
el ar­tícu­lo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso
no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o
acuerdo impugnado.
En Muduex a 5 de agosto de 2014.– La Alcaldesa,
Gemma del Molino Giménez.
3035
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Corduente
ANUNCIO DE LICITACIÓN
De conformidad con el acuerdo del Pleno de fecha
30 de julio de 2014, por medio del presente anuncio
se efectúa convocatoria del procedimiento abierto,
tramitación ordinaria, atendiendo a la oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato administrativo
especial para la explotación del Bar‑Restaurante, de
propiedad municipal, denominado “El Barranco”, sito
en la Plaza de España, 2 de Corduente, conforme a
los siguientes datos:
1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:
a) Organismo: Ayuntamiento de Corduente (Guadalajara).
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
c) O
btención de documentación e información:
1. D
ependencia: Secretaría.
2. D
omicilio: Plaza España, 2
3. L
ocalidad y código postal: Corduente
(19341).
4. Teléfono y fax: 949848229.
5. Dirección de internet del perfil de contratante: www.dguadalaiara.es‑perfil.
6. F
echa límite de obtención de documentación e información: Hasta el día antes de la
presentación de proposiciones.
d) Número de expediente: AR/01/2014.
2. Objeto del contrato.
a) Tipo: Administrativo Especial.
b) Descripción: Explotación del Bar‑Restaurante,
de propiedad municipal, denominado “El Ba-
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
rranco”, sito en la Plaza de España, 2 de Corduente.
c) D
uración: 6 años.
d) Admisión de prórrogas: Sí, máximo 2, siendo
cada una de ellas de un año.
e) CPV: 55000000‑0.
3. Tramitación y procedimiento.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
d) Criterios de adjudicación: Cláusula décima del
pliego de cláusulas administrativas.
4. Presupuesto base de licitación.
a) Importe neto: 7.200 euros (anuales).
b) En concepto de IVA: 1.512 euros.
c) Importe total: 8.712 euros (anuales).
5. Garantías exigidas.
Provisional: 1.000 euros.
Definitiva: 5% del importe de adjudicación (IVA
excluido).
Complementaria: 2.000 euros.
6. Requisitos específicos del contratista:
a) Solvencia económica y financiera: Podrá acreditarse por cualquiera de los medios establecidos en el ar­tícu­lo 75 del TRLCSP.
b) Solvencia técnica y profesional: Podrá acreditarse por cualquiera de los medios establecidos en el ar­tícu­lo 78 del TRLCSP.
7. Presentación de ofertas o de solicitudes de
participación:
a) Fecha límite de presentación: Quince días naturales contados a partir del siguiente al de
publicación del presente anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Guadalajara y en el
Perfil de Contratante, y hasta las 13:00 horas
del último día. Si el último día fuese sábado o
festivo, el plazo se prorrogará hasta las 13,00
horas del primer día hábil siguiente.
b) Modalidad de presentación: Presencial o por
correo.
c) L
ugar de presentación:
1. D
ependencia: Secretaría.
2. D
omicilio: Plaza España, 2.
3. L
ocalidad y código postal: Corduente
(19341).
8. Apertura de las ofertas:
a) Fecha: Tercer día hábil siguiente al que finalice
el plazo de presentación de proposiciones. Si
fuese sábado, se celebrará el primer día hábil
siguiente.
b) Hora: 18,00 horas.
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
9. Gastos de publicidad: Por cuenta del adjudicatario.
En Corduente a 31 de julio de 2014.– La Alcaldesa, Ana Isabel Fernández Gaitán.
3036
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Humanes
75
“
I. Visto el informe de la Archivera Municipal de
fecha 21 de julio de 2014 en el que se indicaba la legislación aplicable y el procedimiento a
seguir.
II. Vistos los Anexos de Ficheros de Datos de Carácter Personal que constan en el expediente
administrativo.
III.En el uso de las atribuciones conferidas por el
art. 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local:
HE RESUELTO:
ANUNCIO
DELEGACIÓN DE FUNCIONES POR AUSENCIA
DE ALCALDÍA
Debido a mi ausencia del municipio los días 14,
15, 16 y 17 de agosto de 2014,
HE RESUELTO:
PRIMERO: Delegar las facultades de la Alcaldía
a favor del 1.er. Teniente de Alcalde D. Juan Antonio
Yañez Valbuena, de conformidad con lo dispuesto en
el ar­tícu­lo 47 del ROF, durante los días de mi ausencia en el municipio: del 14 al 17 de agosto de 2014,
ambos inclusive.
SEGUNDO: La delegación de funciones surtirá
efectos desde el día 14 de agosto.
TERCERO: Notificar la presente resolución al interesado.
CUARTO: Publíquese la presente resolución en
el BOP.
En Humanes a 4 de agosto de 2014.– El Alcalde,
Sergio Sánchez Santamaría.
3037
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Cabanillas del Campo
ANUNCIO
En cumplimiento de lo establecido en el ar­tícu­
lo 20.1 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal, así como
en el ar­tícu­lo 52.1 y siguientes del R.D. 1720/2007,
de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de dicha Ley, se hace pública la
Resolución de Alcaldía de 23 de julio de 2014, por
la que se acuerda la creación y modificación de los
ficheros de datos de carácter personal que se especifican, mediante su reproducción íntegra a continuación:
1.- Creación de ficheros.
Aprobar la creación de los ficheros de datos
de carácter personal de este Ayuntamiento relacionados en el Anexo I en cumplimiento del
artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.
2.- Modificación de ficheros.
Aprobar la modificación de los ficheros recogidos en el Anexo II que consta en el expediente administrativo de conformidad con los
arts. 54.2 y 58.1 del R.D. 1720/2007, de 21 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la misma.
3.- Publicación.
Publicar la disposición de creación y modificación de ficheros de acuerdo al art. 20.1 de la
Ley Orgánica 15/1999 y el art. 52.1 del Reglamento de desarrollo de la misma, que establecen que la creación, modificación o supresión
de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general o acuerdo publicado en el Boletín
Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.
4.-Comunicación al RGPD.
Comunicar la creación y modificación de los
mencionados ficheros al Registro General de
Protección de Datos en el plazo de 30 días
contados desde la publicación de la presente
resolución en el Boletín Oficial de la Provincia
tal y como prevé el art. 55.1 del R.D. 1720/2007
del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999.
5.-Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor el día
siguiente de su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia.”
En Cabanillas del Campo a 23 de julio de 2014.–
El Alcalde-Presidente, Jaime Celada López.
76
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
FICHERO 1: REGISTRO DE PAREJAS DE
HECHO
ANEXO I: CREACIÓN DE FICHERO
FICHERO: “SUSCRIPTORES PUBLICACIONES
MUNICIPALES”
Órgano responsable del fichero:
Ayuntamiento de Cabanillas del Campo. Secretaría General.
Identificación y finalidad del fichero:
Nombre del fichero y tratamiento: Suscriptores
publicaciones municipales.
Descripción de la finalidad: Envío de boletines
informativos y otras publicaciones del Ayuntamiento
a suscriptores, así como de información municipal
destacada.
Tipificación de la finalidad: publicaciones.
Derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:
Ayuntamiento de Cabanillas del Campo.
Secretaría General (Registro General).
Plaza del Pueblo, 1 C.P. 19171.
Guadalajara.
Tfno./Fax: (+34) 949 33 76 00/ (+34) 949 33
76 03.
E-mail: [email protected].
Tipos de datos, estructura y organización del
fichero:
Datos de carácter identificativo: DNI/NIF/pasaporte/NIE, nombre y apellidos, teléfono, dirección, e-mail y firma.
Sistema de tratamiento: Mixto.
Origen y procedencia de los datos:
Origen de los datos: El propio interesado o su
representante legal.
Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que
resulten obligados a suministrarlos: Personas
suscritas a boletines u otras publicaciones municipales o al envío de información de noticias
de interés.
Procedimiento de recogida: Formularios o instancias.
Medidas de seguridad:
Nivel de seguridad adoptado: Nivel básico.
Cesión o comunicación de datos:
Destinatarios: No se prevén cesiones.
Transferencias internacionales de datos: No se
prevén transferencias internacionales de datos.
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
ANEXO II: MODIFICACIÓN DE FICHEROS
FICHERO 1: BIBLIOTECA
CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN EN EL R.G.P.D.:
2062080028.
MODIFICACIÓN 1: Se modifican dentro del apartado “Responsable del fichero o tratamiento” los datos de los siguientes campos:
•• Domicilio social/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Correo electrónico: [email protected].
MODIFICACIÓN 2: Se modifica dentro del apartado “Derechos de oposición, acceso, rectificación y
cancelación” los datos de los siguientes campos:
•• Dirección postal/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Teléfono: 949337600.
•• Fax: 949337603.
•• Correo electrónico: [email protected].
FICHERO 2: PERSONAL
CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN EN EL R.G.P.D.:
2062080035.
MODIFICACIÓN 1: Se modifica dentro del apartado “Responsable del fichero o tratamiento” los datos de los siguientes campos:
•• Domicilio social/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Correo electrónico: [email protected].
MODIFICACIÓN 2: Se modifica dentro del apartado “Derechos de oposición, acceso, rectificación y
cancelación” los datos de los siguientes campos:
•• Dirección postal/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Teléfono: 949337600.
•• Fax: 949337603.
•• Correo electrónico: [email protected].
FICHERO 3: CONTABILIDAD
CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN EN EL R.G.P.D.:
2062080089.
MODIFICACIÓN 1: Se modifica dentro del apartado “Responsable del fichero o tratamiento” los datos de los siguientes campos:
•• Domicilio social/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Correo electrónico: [email protected].
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
MODIFICACIÓN 2: Se modifica dentro del apartado “Derechos de oposición, acceso, rectificación y
cancelación” los datos de los siguientes campos:
•• Dirección postal/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Teléfono: 949337600.
•• Fax: 949337603.
•• Correo electrónico: [email protected].
FICHERO 4: TRIBUTOS
CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN EN EL R.G.P.D.:
2062080131.
MODIFICACIÓN 1: Se modifica dentro del apartado “Responsable del fichero o tratamiento” los datos de los siguientes campos:
•• Domicilio social/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Correo electrónico: [email protected].
MODIFICACIÓN 2: Se modifica dentro del apartado “Derechos de oposición, acceso, rectificación y
cancelación” los datos de los siguientes campos:
•• Dirección postal/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Teléfono: 949337600.
•• Fax: 949337603.
•• Correo electrónico: [email protected].
FICHERO 5: PADRÓN
CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN EN EL R.G.P.D.:
2062080136.
MODIFICACIÓN 1: Se modifica dentro del apartado “Responsable del fichero o tratamiento” los datos de los siguientes campos:
•• Domicilio social/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Correo electrónico: [email protected].
MODIFICACIÓN 2: Se modifica dentro del apartado “Derechos de oposición, acceso, rectificación y
cancelación” los datos de los siguientes campos:
•• Dirección postal/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Teléfono: 949337600.
•• Fax: 949337603.
•• Correo electrónico: [email protected].
FICHERO 6: TRÁFICO
CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN EN EL R.G.P.D.:
2062080143.
77
MODIFICACIÓN 1: Se modifica dentro del apartado “Responsable del fichero o tratamiento” los datos de los siguientes campos:
•• Domicilio social/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Correo electrónico: [email protected].
MODIFICACIÓN 2: Se modifica dentro del apartado “Derechos de oposición, acceso, rectificación y
cancelación” los datos de los siguientes campos:
•• Dirección postal/ Apartado de Correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Teléfono: 949337600.
•• Fax: 949337603.
•• Correo electrónico: [email protected].
FICHERO 7: SUBVENCIONES
CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN EN EL R.G.P.D.:
2062080155.
MODIFICACIÓN 1: Se modifica dentro del apartado “Responsable del fichero o tratamiento” los datos de los siguientes campos:
•• Domicilio social/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Correo electrónico: [email protected].
MODIFICACIÓN 2: Se modifica dentro del apartado “Derechos de oposición, acceso, rectificación y
cancelación” los datos de los siguientes campos:
•• Dirección postal/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Teléfono: 949337600.
•• Fax: 949337603.
•• Correo electrónico: [email protected].
FICHERO 8: LICENCIAS
CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN EN EL R.G.P.D.:
2062080178.
MODIFICACIÓN 1: Se modifica dentro del apartado “Responsable del fichero o tratamiento” lo datos
de los siguientes campos:
•• Domicilio social/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Correo electrónico: [email protected].
MODIFICACIÓN 2: Se modifica dentro del apartado “Derechos de oposición, acceso, rectificación y
cancelación” los datos de los siguientes campos:
•• Dirección postal/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Teléfono: 949337600.
•• Fax: 949337603.
78
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
•• Correo electrónico: [email protected].
FICHERO 9: DIRECTORIO DE EMPRESAS
CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN EN EL R.G.P.D.:
2062080184.
MODIFICACIÓN 1: Se modifica dentro del apartado “Responsable del fichero o tratamiento” los datos de los siguientes campos:
•• Domicilio social/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Correo electrónico: [email protected].
MODIFICACIÓN 2: Se modifica dentro del apartado “Derechos de oposición, acceso, rectificación y
cancelación” los datos de los siguientes campos:
•• Dirección postal/ apartado de correos, siendo
el correcto: Plaza del Pueblo, 1.
•• Teléfono: 949337600.
•• Fax: 949337603.
•• Correo electrónico: [email protected].
FICHERO 10: AGRUPACIÓN VOLUNTARIOS DE
PROTECCIÓN CIVIL
CÓDIGO DE INSCRIPCIÓN EN EL R.G.P.D.:
2103570760.
MODIFICACIÓN 1: Se modifica dentro del apartado “Responsable del fichero o tratamiento” el dato
del siguiente campo:
•• Correo electrónico: [email protected].
MODIFICACIÓN 2: Se modifica dentro del apartado “Derechos de oposición, acceso, rectificación y
cancelación” el dato del siguiente campo:
•• Correo electrónico: [email protected].
3046
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
ANUNCIO
NOTIFICACIÓN DE DENUNCIA
D. Pablo Bellido Acevedo, Alcalde de Azuqueca:
Hago saber: Que habiéndose intentado por este
Ayuntamiento notificar las denuncias por infracciones de tráfico, a las personas o entidades que se re-
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
lacionan, y no habiendo sido posible realizar dichas
notificaciones personalmente a los interesados, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 58, 59, 60 y
61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común se procede a la
emisión de este edicto.
De acuerdo con lo establecido en los ar­tícu­los 9.1
bis y 81.2 del RDL 339/1990, de 2 de marzo, por el
que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre
el Tráfico, Circulación de Ve­hícu­los a Motor y Seguridad Vial, dispone como titular del ve­hícu­lo denunciado, de un plazo de quince días naturales, contados
a partir de la publicación del presente edicto, para
identificar al conductor responsable de la presunta
infracción indicando el NOMBRE, DOMICILIO Y DNI
y presentar copia de la autorización administrativa
que habilite a la persona identificada para conducir
en España. Este documento se sustituirá por la copia
del contrato de arrendamiento suscrito, si se tratase
de empresas de alquiler sin conductor.
En el caso de que el titular, arrendatario o conductor habitual no indicase quién es el conductor responsable de la infracción, se entenderá que asume
la responsabilidad de la infracción en los supuestos
señalados en el ar­tícu­lo 69 RDL 339/1990. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la apertura de un expediente sancionador por no proceder
a tal identificación y se le sancionará como autor de
infracción muy grave con una multa equivalente al doble o el triple, según su gravedad, de la prevista para
la infracción originaria (ar­tícu­lo 67.2 RDL 339/1990)
INICIACIÓN:
De conformidad con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 77
del RDL 339/1990, se le comunica que con esta notificación de denuncia queda incoado el correspondiente procedimiento sancionador.
INSTRUCCIÓN:
Se le concede el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente a la publicación
de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia
de Guadalajara, para que alegue cuanto considere
conveniente en su defensa y proponga las pruebas
que estime oportunas, quedando enterado que de
las mismas se dará traslado al agente actuante para
que emita su informe en el plazo de quince días.
PLAZO DE PAGO: El importe de la multa, con reducción del 50%, se puede pagar durante los 20 días
naturales a partir del siguiente a la publicación de la
presente notificación. Esta bonificación del 50%, no
es aplicable a las infracciones comprendidas en los
ar­tícu­los 65.5 h), 65.5 j) y 65.6 del RDL 339/1990.
(art. 79 RDL 339/1990).
El abono del importe de la multa en el plazo indicado anteriormente implica la renuncia a formular
alegaciones, la firmeza de la sanción en vía administrativa y la detracción de puntos, en su caso, desde
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
el día siguiente a aquel en que se realice el pago (ar­
tícu­lo 80 RDL 339/1990).
De no efectuar alegaciones ni hacer ni abonar el
importe de la multa en el plazo indicado en la denuncia, si se trata de las infracciones contenidas en el
ar­tícu­lo 81.5 RDL 339/1990, surtirá el efecto de acto
resolutorio del procedimiento sancionador, es decir,
se tendrá por concluido el expediente sin necesidad
de dictar resolución expresa y se podrá ejecutar la
sanción transcurridos treinta días naturales desde la
N.º EXPTE
DENUNCIADO
NIF/CIF
79
notificación de esta denuncia. Para el resto de infracciones, se dictará resolución expresa que, una vez notificada, podrá ser ejecutada a partir del día siguiente
al de dicha, notificación (ar­tícu­lo 82.1 RDL 339/1990).
En el caso de que la infracción lleve aparejada la
pérdida de puntos, estos se detraerán del permiso o
licencia de conducción cuando la sanción sea firme.
Puede consultar su saldo de puntos en: www.dgt.es.
En Azuqueca de Henares a 8 de julio de 2014.– El
Alcalde, Pablo Bellido Acevedo.
LUGAR DE LA
INFRACCIÓN
MATRÍCULA
FECHA
INFRACCIÓN
2014000208
SACRISTAN*CASAS,
CARMEN
12192823V CL ERMITA (LA) 15
-000331-GDD
18/04/2014
10:00
2014000210
OLTEAN, DANIELA
X4242569N CL CUENCA 14
-005287-FMV
12/04/2014
13:40
2014000216
GONZALEZ*GARCIA, LUIS
CL ANTONIO
PEREZ 4
-004801-DTR
25/04/2014
12:30
2014000227
CHANNA, MOUNIR
X8225425G
AV AGRICULTOR
(DEL) 23
-003262-BGY
30/04/2014
8:50
2014000297
PABON*HOYOS, CARLOS
ARTURO
X7160923B
PZ RAMON Y
CAJAL 0
-001571-FKG
11/05/2014
21:05
9311236P
3041
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
ANUNCIO
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE
GASTOS CORRIENTES PARA FINALIDADES
CULTURALES, DEPORTIVAS, DOCENTES,
JUVENILES, SANITARIAS, DE OCIO Y DE SERVI­
CIOS SOCIALES PARA EL AÑO 2014
La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada
el 31 de julio de 2014 ha aprobado las bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones para finalidades culturales, deportivas, docentes, juveniles,
sanitarias, de ocio y de servi­cios sociales para 2014,
siendo su parte dispositiva la siguiente:
“PRIMERO.- Aprobar las bases que han de regir
la convocatoria de las subvenciones de gastos corrientes para finalidades culturales, deportivas, juveniles, musicales, de servi­cios sociales y de igualdad
correspondientes al año 2014.
SEGUNDO.- Aprobar la convocatoria para la concesión de las subvenciones indicadas en el apartado
primero de la parte dispositiva de este acuerdo, que
será resuelta previa acreditación de consignación
presupuestara.
TERCERO.- Publicar el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadala-
jara y en la página web del Ayuntamiento www.azuqueca.es”.
El plazo de presentación de solicitudes será a
partir del día siguiente de la publicación del siguiente
anuncio hasta el 26 de septiembre de 2014.
Las solicitudes y documentación necesaria se
presentarán en modelo oficial en el Servi­cio de
Atención a la Ciudadanía ubicado en planta baja del
Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
Azuqueca de Henares, 1 de agosto de 2014.– La
1.ª Tte. de Alcalde P.D., Sandra Yagüe Sabido.
3044
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Molina de Aragón
EDICTO
Ha sido aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, el Presupuesto general para el ejercicio de
2014, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de julio
del 2014, junto con las bases para su ejecución, así
como la plantilla de personal y relación de puestos
de trabajo.
De acuerdo con lo dispuesto en el ar­tícu­lo 112 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y los ar­tícu­los 169 y 170 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Re-
80
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
guladora de las Haciendas Locales, queda expuesto
al público durante un periodo de quince días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de
este edicto en el BOP, a efectos de examen por los
interesados y presentación de reclamaciones, que
en su caso serán resueltas por el Pleno en el plazo
de un mes.
Se hace constar expresamente que, de no presentarse ninguna reclamación, se considerará el
presupuesto definitivamente aprobado, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario.
-- Plazo de exposición al público y presentación
de reclamaciones: 15 días hábiles a contar
desde la inserción de este anuncio en el presente BOP.
-- Lugar para examinar el presupuesto aprobado
inicialmente: En la Secretaría del Ayuntamiento.
-- Lugar de presentación de reclamaciones: En
el Registro General del Ayuntamiento de Molina de Aragón, o por cualquiera de los medios
previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Molina de Aragón a 1 de agosto de 2014.– El Alcalde.
3045
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Ciruelos del Pinar
ANUNCIO
Al no haberse presentado reclamaciones durante
el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo aprobatorio de
Modificación de la Ordenanza reguladora de la Tasa
por Abastecimiento de Agua, cuyo texto íntegro se
hace público, para su general conocimiento
Ciruelos del Pinar 28 de julio de 2014.– El Alcalde, Pedro Ambrós Robisco.
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR ABASTECIMIENTO DE AGUA
Ar­tícu­lo 5.
Licencia de acometida
ciento cincuenta euros (150,00 €)
Mínimo acometida
veinte euros (20,00 €)
Consumo:
De 0 a 69 m3
cero con cuarenta euros (0,40 €)
A partir de 70 m3
cero con setenta euros (0,70 €)
3161
ANUNCIO
de una Bolsa de Trabajo, mediante concurso de méritos con entrevista curricular, para cubrir una plaza
vacante del puesto de entrenador deportivo del equipo juvenil en la especialidad de fútbol, cuyas bases
fueron publicadas en el BOP de Guadalajara, en la
fecha 4 de agosto de 2014, se aprueba mediante Resolución de Alcaldía n.º 285/2014, de veinte de agosto de dos mil catorce;
De conformidad con lo establecido en las bases
generales de las pruebas selectivas para la creación
Primero.- La siguiente relación de admitidos y excluidos:
ADMINISTRACION MUNICIPAL
Ayuntamiento de Horche
B.O.P. DE GUADALAJARA, N.º 101
VIERNES, 22 AGOSTO DE 2014
81
ADMITIDOS
1. DOMINGO HUERTAS, Juan Manuel
DNI: 03.102.411-X
2. FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, Joaquín
DNI: 08.991.193-X
3. FUERTE ANTOLÍN, Juan Fernando
DNI: 09.172.953-R
4. LÓPEZ RUIZ, David
DNI: 03.130.100-F
EXCLUIDOS
1. MARTÍN ZAMORANO, Luís
DNI: 08.995.036-N
2. MINGO GARCÍA, Juan Carlos de
DNI: 03.093.828-Y
Causa de exclusión: No estar en posesión del título de Instructor de Fútbol base nivel I, expedido por
la Federación Española (Base Tercera, punto 3.º).
Segundo.- La publicación del contenido de dicha
Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia y en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Tercero.- La concesión de un plazo de cinco días
naturales desde la fecha de publicación, para formular las reclamaciones que se consideren oportunas
y la subsanación de posibles defectos contra la relación provisional de admitidos y excluidos.
Horche, 20 de agosto de 2014.– El Alcalde, Juan
Manuel Moral Calvete.
3038
Consorcio Energético de la Campiña
ANUNCIO APROBACIÓN PRESUPUESTO
En la Intervención de esta Entidad Local se halla expuesta al público el Presupuesto general 2014,
aprobado inicialmente por la Corporación en Pleno
en sesión celebrada el día 19 de febrero de 2014.
Las reclamaciones se formularán con sujeción a
las siguientes normas:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Veinte días a partir del siguiente a la fecha
de publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Guadalajara.
b) Oficina de presentación: Secretaría del Consorcio.
c) Ó
rgano ante el que se reclama: Asamblea General.
Yunquera de Henares, 30 de julio de 2014.– El
Presidente, José Luis Blanco Moreno.
CORRECCION DE ERRORRES
En el Boletín Oficial de la Provincial n.º 100 de
fecha 20 de agosto de 2014, se publican anuncios
con los números 2999 y 3000. Por error se ha puesto
Ayuntamiento de ARGENCILLA, cuando debe decir:
Ayuntamiento de ARGECILLA.
Guadalajara a 21 de agosto de 2014.

Documentos relacionados