1605. testamento de doña juana de zúñiga, viuda de pedro de
Transcripción
1605. testamento de doña juana de zúñiga, viuda de pedro de
1605. TESTAMENTO DE DOÑA JUANA DE ZÚÑIGA, VIUDA DE PEDRO DE CASTILLA, OIDOR DEL CONSEJO DE AU MAJESTAD. ANASTASIO ROJO VEGA Más documentos en: www.anastasiorojo.com Valladolid, 12 de octubre de 1605. Yn dey nomine amen sepan quantos esta carta de testamento ultima y postrimera voluntad vieren como yo doña juana de zuñiga viuda de don pedro de castilla mi señor y marido que santa gloria aya del consejo que fue de su magestad y su oidor en la real chançilleria desta çiudad que reside en la de burgos vezina que soy desta çiudad de valladolid estando enferma [...] [...] mi cuerpo se sepulte en el monesterio de danta clata desta çiudad en el entierro que en el coro de la dicha yglesia tenemos [...] yten mando que a isabel martinez mi criada que fue natural de ajofrin en el reino de toledo se le den treinta ducados siendo viva [...] yten digo que por quanto yo tengo echa una çedula firmada de mi nonbre en favor de juan cano [...] de quantia de çien ducados la qual le hiçe al tienpo y quando se uvo de casar con isabel de osuna su primera muger mi criada que fue la qual dicha manda fue para ayuda de su remedio y para su dote y para despues de los dias de mi vida y a quenta dellos le tengo dados treçientos reales y se le restan deviendo ochocientos reales mando se le paguen luego despues de mi falleçimiento y ademas dellos mando se le den duçientos reales para un vestido a gasparico su ijo y de la dicha isabel de osuna [...] yten quiero y es mi voluntad que [a] antonia ruiz mi criada que fue no se le pidan los dineros que me deve que seran doçe ducados poco mas o menos sino que se le den por el tienpo que me sirvio y asi mismo mando que los trastes que la conpre se los vuelvan libres a la dicha antonia ruiz y dellos save y dira mi ija doña isabel de castilla yten mando que se le den a isabel de mediamiel duçientos reales mi criada que fue y despues la llevo su padre de mi casa y serviçio mando que no ostante lo mal que lo iço se le den y pagen los dichos duçientos reales [...] mando que a catalina martinez se le den çinquenta ducados para ayuda de su remedio [...] yten mando que se le den a a ana de reinoso çien reales y mando a gomez su muger de vazquez mi criado çinquenta reales los quales y los çien reales de arriva quedan y lo dejo a eleçion que si quisiere la dicha doña isabel de castilla mi ija pagarselos en dinero a las dichas reinoso y gomez lo aga o en mis vestidos y cosas de mi cama a su voluntad [...] y mando que los demas vestidos que yo tuviere y sobraren de sendas mandas antes desta contenido que se repartan entre las criadas de doña isabel mi ija a su eleçion [...] y declaro que al tienpo y quando se conçerto de casar la dicha doña isabel de castilla mi ija con el señor don diego de castillo mi yerno y su marido en las capitulaçiones que dello se içieron ay un capitulo por el que yo mande en dote y casamiento al dicho señor diego con la dicha mi hija treçientos ducados de renta y çenso que yo tengo en cada un año sobre sobre el estado del señor duque de lerma y el prinçipal del dicho çenso con que yo pudiese reservar çien mil maravedis de los de la renta del primer año para despues de mi falleçimiento para poder testar dellos [...] nonbro por mis vienes propios libres los dichos çien mil mrs [...] y declaro que su magestad me deve dos años corridos de los çinquenta mil mrs que tengo en cada un año de merced de por vida [...] y declaro que el padre francisco de castilla mi ijo ques de la compañia de jesus tiene de pension en cada un año çiento y çinquenta ducados sobre la mesa obispal de zamora y de la mitad dellos de a echo graçia por los dias de mi vida y para su cobrança me tiene dado poder en causa propia [...] mando se cobren [...] y declaro que yo tengo prestados a los dichos don diego de castillo y doña isabel de castilla mi ija y yerno mil ducados que les preste de una vez despues de navidad en este año y de todos me son deudores menos lo que dixeren aver gastado en esta mi enfermedad de que al presente estoy enferma declarolo para que se entienda son vienes mios propios con lo demas que tengo declarado y juar y demas cosas que al presente tengo y me deben personas particulares [...] y declaro que durante el matrimonio entre el dicho don pedro de castilla mi señor y marido y yo entre otros ijos uvimos por nuestros ijos lejitimos a los dichos doña isabel de castilla y don francisco de castilla relijioso de la compañia de jesus el qual al tienpo y quando se ubo de meter en la dicha relijion yço renunçiaçion de sus lixitimas paterna y materna en favor de la dicha doña isabel mi ija y su ermana [...] [...] nonbro por mis testamentarios y alvaçeas a los señores don antonio persoa mi ermano corregidor de granada y don diego de castillo carvajal mi yerno anvos del avito de santiago y a la dicha doña isabel de castilla mi ija y a el padre antonio vazquez de la compañia de jesus [...] [...] en la çiudad de valladolid a doçe dias del mes de abril de mil y seisçientos y çinco años siendo presentes por testigos [...] juan de benavides criado del dicho don diego de castillo y juan de valdespina sastre y andres de arroyo sastre y mase gaspar de los reyes maestro de armas y gonzalo ¿raçuis? criado del dicho señor don diego [...]