1605. testamento de doña juana de zúñiga, viuda de pedro de

Transcripción

1605. testamento de doña juana de zúñiga, viuda de pedro de
1605. TESTAMENTO DE DOÑA JUANA DE ZÚÑIGA,
VIUDA DE PEDRO DE CASTILLA, OIDOR DEL
CONSEJO DE AU MAJESTAD.
ANASTASIO ROJO VEGA
Más documentos en: www.anastasiorojo.com
Valladolid, 12 de octubre de 1605.
Yn dey nomine amen sepan quantos esta carta de testamento ultima y
postrimera voluntad vieren como yo doña juana de zuñiga viuda de don
pedro de castilla mi señor y marido que santa gloria aya del consejo que
fue de su magestad y su oidor en la real chançilleria desta çiudad que
reside en la de burgos vezina que soy desta çiudad de valladolid estando
enferma [...]
[...] mi cuerpo se sepulte en el monesterio de danta clata desta çiudad en
el entierro que en el coro de la dicha yglesia tenemos [...]
yten mando que a isabel martinez mi criada que fue natural de ajofrin en
el reino de toledo se le den treinta ducados siendo viva [...]
yten digo que por quanto yo tengo echa una çedula firmada de mi nonbre
en favor de juan cano [...] de quantia de çien ducados la qual le hiçe al
tienpo y quando se uvo de casar con isabel de osuna su primera muger mi
criada que fue la qual dicha manda fue para ayuda de su remedio y para
su dote y para despues de los dias de mi vida y a quenta dellos le tengo
dados treçientos reales y se le restan deviendo ochocientos reales mando
se le paguen luego despues de mi falleçimiento y ademas dellos mando
se le den duçientos reales para un vestido a gasparico su ijo y de la dicha
isabel de osuna [...]
yten quiero y es mi voluntad que [a] antonia ruiz mi criada que fue no se
le pidan los dineros que me deve que seran doçe ducados poco mas o
menos sino que se le den por el tienpo que me sirvio y asi mismo mando
que los trastes que la conpre se los vuelvan libres a la dicha antonia ruiz y
dellos save y dira mi ija doña isabel de castilla
yten mando que se le den a isabel de mediamiel duçientos reales mi
criada que fue y despues la llevo su padre de mi casa y serviçio mando
que no ostante lo mal que lo iço se le den y pagen los dichos duçientos
reales [...]
mando que a catalina martinez se le den çinquenta ducados para ayuda de
su remedio [...]
yten mando que se le den a a ana de reinoso çien reales
y mando a gomez su muger de vazquez mi criado çinquenta reales los
quales y los çien reales de arriva quedan y lo dejo a eleçion que si
quisiere la dicha doña isabel de castilla mi ija pagarselos en dinero a las
dichas reinoso y gomez lo aga o en mis vestidos y cosas de mi cama a su
voluntad [...]
y mando que los demas vestidos que yo tuviere y sobraren de sendas
mandas antes desta contenido que se repartan entre las criadas de doña
isabel mi ija a su eleçion [...]
y declaro que al tienpo y quando se conçerto de casar la dicha doña isabel
de castilla mi ija con el señor don diego de castillo mi yerno y su marido
en las capitulaçiones que dello se içieron ay un capitulo por el que yo
mande en dote y casamiento al dicho señor diego con la dicha mi hija
treçientos ducados de renta y çenso que yo tengo en cada un año sobre
sobre el estado del señor duque de lerma y el prinçipal del dicho çenso
con que yo pudiese reservar çien mil maravedis de los de la renta del
primer año para despues de mi falleçimiento para poder testar dellos [...]
nonbro por mis vienes propios libres los dichos çien mil mrs [...]
y declaro que su magestad me deve dos años corridos de los çinquenta
mil mrs que tengo en cada un año de merced de por vida [...]
y declaro que el padre francisco de castilla mi ijo ques de la compañia de
jesus tiene de pension en cada un año çiento y çinquenta ducados sobre la
mesa obispal de zamora y de la mitad dellos de a echo graçia por los dias
de mi vida y para su cobrança me tiene dado poder en causa propia [...]
mando se cobren [...]
y declaro que yo tengo prestados a los dichos don diego de castillo y
doña isabel de castilla mi ija y yerno mil ducados que les preste de una
vez despues de navidad en este año y de todos me son deudores menos lo
que dixeren aver gastado en esta mi enfermedad de que al presente estoy
enferma declarolo para que se entienda son vienes mios propios con lo
demas que tengo declarado y juar y demas cosas que al presente tengo y
me deben personas particulares [...]
y declaro que durante el matrimonio entre el dicho don pedro de castilla
mi señor y marido y yo entre otros ijos uvimos por nuestros ijos lejitimos
a los dichos doña isabel de castilla y don francisco de castilla relijioso de
la compañia de jesus el qual al tienpo y quando se ubo de meter en la
dicha relijion yço renunçiaçion de sus lixitimas paterna y materna en
favor de la dicha doña isabel mi ija y su ermana [...]
[...] nonbro por mis testamentarios y alvaçeas a los señores don antonio
persoa mi ermano corregidor de granada y don diego de castillo carvajal
mi yerno anvos del avito de santiago y a la dicha doña isabel de castilla
mi ija y a el padre antonio vazquez de la compañia de jesus [...]
[...] en la çiudad de valladolid a doçe dias del mes de abril de mil y
seisçientos y çinco años siendo presentes por testigos [...] juan de
benavides criado del dicho don diego de castillo y juan de valdespina
sastre y andres de arroyo sastre y mase gaspar de los reyes maestro de
armas y gonzalo ¿raçuis? criado del dicho señor don diego [...]

Documentos relacionados