Directiva Interna de Austeridad, Disciplina y Calidad del Gasto de la

Transcripción

Directiva Interna de Austeridad, Disciplina y Calidad del Gasto de la
EPSASA
Mejorando la Calidad de vida
DlRECTlVA INTERNA DE AUSTERIDAD,
DlSClPLlNA Y CALIDAD DEL GASTO DE LA
EPSASA PARA EL A ~ FISCAL
O
201 5
gerencia &jldministradn y Finamas
ENTIDAD PRESTADORADE SERVICIOS
DE SANWlENTO AYACUCHO SA
Ayacucho, 29 de Diciembre 2014
El lnforme No 144-2014-EPSASNGG y el lnforme No 424-2014-EPSASNGAF, sobre
Aprobacion de Directiva lnterna de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto de la Entidad
Prestadora de Servicios de Saneamiento Ayacucho S.A. - EPSASA, para el aiio Fiscal 2015 y el
Acuerdo de Sesion Ordinaria de Extraordinariade fecha 29 de Diciembre 2014, y;
CONSIDERANDO:
Ch
' :i
Que, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ayacucho S.A. - EPSASA, es una
,
Entidad Prestadora Municipal publica, de derecho privado; que se rige par la Ley No 26338, Ley
General de Servicios de Saneamiento; y el Decreto Supremo No 023-2005-VIVIENDA - TUO del
Reglamento de la Ley General de Servicios de Sa'neahiento, concordantes con las atribuciones que
confiere el Egtatuto Social y sus normss internas:
'
,
n.
-W/-&?
-
- .A
.
Es politica institucional de la Entidad, brindar un servicio de calidad a 10s usuarios; por lo que
el Directorio tiene la potestad de dirigir la gestion administrativa de EPSASA, velando el cumplimiento
de las norrnas, formulacion de Planes Maestros y Programas de Operation, concordante con la
Vision - Mision y objetivos de la Entidad;
'.
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-
/
-4-
/
>'
Que, mediante el lnforme No 424-2014-EPSASNGAF, de fecha 24 de Diciembre 2014 de la
Gerencia de Administracibn y Finanzas y el lnforme No 144-2014-EPSASNGG, de la Gerencia
General, de fecha 24 de Diciembre 2014, elevan para su aprobacibn el Proyecto de la Directiva
lnterna de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto de la EPSASA, para el aiio Fiscal 2015;
Que, mediante la Direccion Nacional de Presupuesto Publico - Ministerio de Economia y
Finanzas, hace de conocimiento que conforme a lo establecido a traves del Literal d) de la Primera
Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley No 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico
para el Afio Fiscal 2015, las Empresas de 10s Gobiernos Locales y como EPSASA, mediante acuerdo
de Directorio deben aprobar disposciones de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto public0 y
de ingresos de personal, que contendran necesariamente medidas en esos rubros; asirnismo dichas
disposiciones deben publicarse en el Diario Oficial El Preuano en un plazo que no exceda el 31 de
diciembre 2014; el mismo que tambihn se publicara en la pagina web.w.w.w.epsasa.com.pe, y rigen
a partir del01 de Enero del2015;
Que, en el articulo 5O del D.S. No 183-2005-EF, seiiala que en observancia de las
disposiciones en materia presupuestaria, las empresas de 10s Gobiernos Locales, debera adoptar las
acciones necesarias que las permita efectuar su presupuesto institucional, en el marco de la
austeridad, racionailidad, eficacia, eficiencia y transparencia; debiendo dictar medidas internas dentro
de 10s lineamientos y plazos que la Direccion Nacional de Presupuesto Publico establezca;
-
Jr. Manco Cdpac No342 Ayacucho
R.U.C. 2014307W75
Fax (066)31 2844
0 31 3518 131 2413
.
E mall: g g e k & l ~ s a s a . c o m . p a
ENTIDAD PRESTADORA DE SERVlClOS
DE SANEMIENTO AYACUCHO S A
Pin. No 2-Resolucl6n de Directorio Na 031-2014-EPSASAIO.
Que, mediante Sesibn Extraordinaria de Directorio de fecha 29 de Diciembre 2014, visto 10s
documentos del considerando y teniendo la necesidad de contar con la Directiva No 001-2015EPSASNGG, sobre la Austeridad Interna, Disciplina y Calidad en el Gasto de la EPSASA, para el
afio fiscal 2015, es necesario aprobar mediante acto resolutivo;
Que, estando a las consideraciones expuestas en uso de las atribuciones y facultades
conferidas en el Estatuto Social de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ayacucho
S.A. - EPSASA, y demhs normas conexas;
SE RESUELVE:
Articulo Primero.. APROBAR la Directiva No 001-2015-EPSASNGG, denominada Directiva
lnterna de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto de la Entidad Prestadora de Servicios de
Saneamiento Ayacucho S.A. - EPSASA, para el Afio Fiscal 2015, que consta de diecisiete (17)
articulos y tres (03) Capitulos, cuyo documento forma park de la presente Resolucibn.
Arttlculo Segundor ENCARGAR a la Gerencia General, Gerencia de Administracibn y
Finanzas y la Oficina de Desarrollo lnstitucional el curnplimlento de la presente Directiva; y el control
del mismo mediante el Organo de Control Institucional, bajo responsabilidad. Asimismo, publicar la
presente Resolucibn en el Diario Oficial El Peruano en el plazo establecido hasta el 31-12-2014; y, el
mismo con la respectiva Directiva se publicari en la pagina Web. w.w.w.epsasa.com.pe.
Artlculo Tercero.. La presente Directiva entrara en vigencia a partir del 01 de Enero del
2015, y dejar sin efecto toda las disposiciones administrativas de orden institutional que se opongan
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.
1
J
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Articulo Cuarto.. NOTlFlCAR la presente Resolucibn a ios Organos ~structuradosdek~
Institk6bn y demas instancias pertinentes para su conocimiento y cumplimiento de acuerdo a Ley.
- -- Qh:&z:b- -;
?di
-
Jr. Manco Chpac NO 342 Aywucho
R.U.C. 20143079075
-
DIRECTIVA N° 001-2015-EPSASA/GG
DIRECTIVA INTERNA
DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA V CALIDAD
EN EL S A S T O DE LA ENTIDAD PRESTADORA
SANEAMIENTO
DE SERVICIOS DE
S.A. (EPSASA)
PARA EL A Ñ O FISCAL 2015.
1.- DISPOSICIONES
GENERALES
Artículo 1**.- Objetivo
E s t a b l e c e r los lineamientos técnicos y procedimientos para que la Enti
P r e s t a d o r a de S e r v i c i o s de Saneamiento Ayacucho S.A., S e d e Ayacucho y
la A d m i n i s t r a c i ó n S u c u r s a l Huanta adopte
permita
ejecutar
su aspecto
las medidas necesarias que
Presupuestario,
con e f i c i e n c i a , e f i c a c i
transparencia a f i n de lograr ahorro interno.
Artículo 2®.- Base Legal
La
presente D i r e c t i v a e s t á sustentada en el siguiente marco normativo
a)
Constitución Política del Estado.
b)
Ley N ° 2 6 3 3 8 -
Ley General
023-2005-VIVIENDA-TUO
c)
de Servicios
de Saneamiento
y D. S. N
del Reglamento de la Ley
Ley M a r c o de la Administración Financiera del S e c t o r Público - Le
28112.
c)
Ley de S i s t e m a Nacional de Presupuesto - Ley N ° 28411.
d)
Ley de Presupuesto del S e c t o r Público para el Año Fiscal 2015 -
N ° 30281.
e)
Estatuto
Ayacucho
de
la
Entidad
Prestadora
de
Servicios
de
Saneamiento
S.A.-EPSASA.
Artículo 3**.- Ámbito de aplicación.
La
presente
Servicios
Directiva
de
Administración
es
Saneamiento
Sucursal
de
aplicación
Ayacucho
Huanta,
bajo
la
S.A.,
Entidad
Sede
Prestadora
Central
responsabilidad
de
funcionarios y t r a b a j a d o r e s en general.
1
y
la
de
de
la
Gerenci
Artículo 4**.- Referencia Genérica
Para
efectos
de
la
genérica " E P S A S A " ,
de
Servicios
de
presente
Directiva
se
utilizará
cuando se haga la E n t i d a d
Saneamiento
Ayacucho
la
denominac
Prestadora
S.A.,
Sede
Central
y
de
la
Administración Sucursal Huanta.
TITULO
U
E J E C U C I Ó N PRESUPUESTARIA Y MEDIDAS DE AUSTERIDAD,
RACIONALIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA
EN EL GASTO.
CAPITULO I
D I S P O S I C I O N E S DE AUSTERIDAD
Artículo 5**.- Materia de Austeridad
a)
Durante
2015
la Ejecución del Presupuesto Aprobado para el Año Fisca
la
mantener
EPSASA
deberá
aplicar
las
siguientes
el equilibrio f i s c a l , independientemente
reglas
para
de la f u e n t e d
f inanciamiento.
b)
No
se
podrá
pagar
responsabilidad
lo
requiera,
mecanismos
horas
extras
al
personal
de las j e f a t u r a s
respectivas.
puede
turnos
para
establecer
mantener
el
adecuado
u
operativo,
En estos
bajo
casos
otros
cumplimiento
de
sus
funciones.
c)
Prohíbase
ciñan
efectuar
la
pagos al personal activo
normatividad
vigente,
bajo
y cesante
que no s
responsabilidad
a d m i n i s t r a t i v a del J e f e del Departamento de Recursos Humanos.
d)
El
pago
de
remuneraciones
sólo
corresponde
como
c o n t r a p r e s t a c i ó n por el t r a b a j o e f e c t i v a m e n t e realizado.
de
licencias
capacitación
con
o
goce
de
aquellos
haber,
otorgados
debidamente
por
justificados
normatividad vigente, el tiempo que dure
En cas
motivo
de
según
la
la misma se considerará
también como t r a b a j o e f e c t i v a m e n t e realizado.
e)
Los
incrementos
normatividad
deberá
remunerativos
vigente,
cuidar
ponga en riesgo
que el
para
el
deberán
cual
el
del acuerdo
la operatividad
sujetarse
Titular
de
la
la
Entida
no
institucional y la ejecución
de
proyectos de inversión.
f)
Queda
prohibido,
vinculadas
al
contratar
Apoyo
personal
Administrativo,
para
apoyo
el
apoyo
secretarial
2
de
o
labores
labores
conexos,
bajo
los
términos
de
Asesorías,
Consultorías;
debiendo cumplir el Departamento de Recursos Humanos.
g)
El Departamento de Recursos Humanos c o n t r o l a r á la percepción de
remuneraciones
incluidos
pensiones
los
honorarios
de
los
trabajadores
por
Servicios
No
de
la
EPSASA
Personales,
Asesoría
Consultoría salvo por función docente y la percepción de dietas p
participación
de
uno de
los
Directores
de
Entidades
o
Empresas
Públicas.
h) Q u e d a
prohibida,
sin
excepción
del
ingreso
del
personal
S e r v i c i o s N o Personales; salvo los casos siguientes
por
y que cuenta
con plaza presupuestada.
h.l.
La contratación
suplencia
para el
temporal
de
reemplazo
los
por
servidores
cese
del
del
personal
Sector
Privado,
siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada.
En
caso
de
los
reemplazos
por
cese
comprende al cese que se hubiese
Fiscal
2013,
ingreso
a
asimismo,
la
se
del
personal,
éste
producido desde el
debe
tomar
Administración
en
cuenta
Privada
se
Año
que
el
efectúa,
necesariamente, por concurso público de méritos.
En el caso del reemplazo para suplencia de personal,
una vez
f i n a l i z a d a la labor para lo cual f u e c o n t r a t a d a la persona,
c o n t r a t o s respectivos quedan resueltos automáticamente.
h.2.
La
designación
documentos
de
en
cargos
gestión
de
del
confianza
Pliego
y
a
conforme
la
a
los
Normatividad
vigente.
h.3.
La reincorporación y reubicación a que se r e f i e r e el numer
1) del
Art.
3 de
la Ley
N°
2 7 8 0 3 ; Ley que implementa
las
recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas por las
Leyes
N°
27452
y
ceses
colectivos
N°
27586,
efectuados
encargadas
en
las
de
revisar
Empresas
del
los
Estado
s u j e t a s a procesos de promoción de la I n v e r s i ó n Privada.
1
Medidos materia de bienes y servicios.
a)
E s t a b l é z c a s e como monto máximo por concepto de Honorarios
mensuales
Decreto
el
de
tope
ingresos
Urgencia
locación de servicios
de
directa
aplicable
N° 038-2006
la
en el
Artículo
dicho
monto
contratación
2°
para la contratación
que se c e l e b r e con personas
o indirecta;
para
señalado
de
máximo
no
abogados
3
del
por
naturales,
es
y
peritos
independientes
para
la d e f e n s a
del Estado
cargo del M i n i s t e r i o de relaciones
b)
Sólo
podrán
celebrar
contratos
en el e x t e r i o r
a
Exteriores,
de servicio
no personal y/o
locación de servicio con personas naturales, siempre que:
a.
Los recursos
destinados c e l e b r a r
tales
contratos
estén
previstos en sus respectivos presupuestos autorizados.
b.
El c o n t r a t o
d e b e r á precisar
con claridad
la temporalidad
las funciones del locador que se pretenda c o n t r a t a r , f i n de
que no realice actividades o funciones equivalentes a las qu
desempeñe
personal
el
personal
permanente
establecido
en
el
de
la E P S A S A
Cuadro
para
personal (CAP) de la E P S A S A . Evitando
de c o n t r a t o s ,
mismo evitar
bajo
responsabilidad
y/o el
Asignación
de
la desnaturalización
del área encargada, así
la permanencia e f e c t i v a en horario de t r a b a j o
de dichos servicios.
c.
Queda
prohibido
la contratación
cualquier
circunstancia
debiendo
adoptar
por medio
los
de personal
obrero
de locación
de servicios
mecanismos
suficientes
para
bajo
su
contratación f o r m a l y en base a las normas laborales.
-
La contratación de personal bajo dicha modalidad solo podrá
efectuarse
mediante
debiendo
autorización
proponer
expresa
directamente
autorización al locador a c o n t r a t a r
informe
de disponibilidad
de
en
la Gerencia
dicha
de s e r necesario,
presupuestal,
por
prev
la O f i c i n a
de
Desarrollo Institucional. A s í como el informe f a v o r a b l e de
Administración
Humanos
sobre
y
Finanzas
calificación
o
de
servicio,
mismo
aprobado
de
Recursos
locatario,
la naturaleza
el tiempo de t r a b a j o del
por
un
tiempo
determinado
y
e s p e c í f i c a s con las siguientes escalas:
ITEM
INSTRUCCIÓN
MONTOS A PAGAR
S/.
DE
I
II
Consultores
Profesionales
A
A
TRATAR
2,000.00
4,000.00
III
Técnicos
1,300.00
1,800.00
IV
Auxiliar
1,000.00
1,200.00
metas
de
-
Solo
se
efectuará
hubieran pactado
Directiva
las
antes
renovaciones
de
de la e n t r a d a
que establece
medidas
contratos
en vigencia
de A u s t e r i d a d
que se
de e s t a
Interna
y
previa j u s t i f i c a c i ó n objetiva.
-
Queda
prohibido
Profesionales
Egresados.
por
a
documentos
Profesionales
Vía
práctica
Bachilleres
y
Pre
Técnicos
de t r e s
(03) meses
previa
presentación
de
por la I n s t i t u c i ó n solicitante y aprobación de l
que e s t é
firma
Contratación
S e admitirán no más de seis (06) practicantes,
el periodo
y
la
de
debidamente
convenios
presupuestadas
de
Presupuesta
prácticas
la
Pre-Profesionales
s e r á únicamente autorizado
no
por la
y bajo su e s t r i c t a responsabilidad.
c)
Los viáticos o cualquier o t r a asignación de naturaleza similar
reduce a lo e s t r i c t a m e n t e indispensable, previa autorización d
la
General
y
del
Directorio.
Así
como
el
estricto
cumplimiento de la D i r e c t i v a de Control de Viáticos.
Por
viajes
cualquier
dentro
concepto
del
país
que perciba
o fuente
el
de financiamiento
suma e s t a b l e c i d a en la D i r e c t i v a de viáticos
siempre
que
la
veinticuatro
comisión
tengo
(24) horas.
comisionado
El
por
no superará
la
para el año 2015
una
duración
superior
citado
concepto
comprende
o
los
gastos de alimentación, hospedaje y movilidad (hacia y desde el
lugar
de
embarque),
desplazamiento
en
así
el
como
lugar
la
donde
movilidad
se
utiliza
realiza
para
el
la comisión
de
servicio.
El racionamiento otorgado
por comisión de servicio al interio
del Departamento de Ayacucho y la Localidad de Huanta deben
ser
sustentados
con
comprobantes
de
conformidad
al
Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la S U N A T .
d) Q u e d a prohibido otorgar suma de dinero alguna con cargo su
Presupuesto
concepto
Institucional,
de viáticos
capacitación.
cubiertos
del
por comisión
Instrucción
por la entidad
evento,
en beneficio
o
de servicio
similares,
internacional
independientemente
de t r a b a j a d o r e s
de
la
en el
cuando
por
exterio
éstos
sean
organizada o auspiciad
norma
que
5
regula
la
asignación
de
sus
responsabilidad
viáticos
del T i t u l a r
o
y
conceptos
similares,
del funcionario
bajo
que a u t o r i z a
viaje.
c)
Reducir los gastos de Consumo del D i r e c t o r i o , Gerencia Genera
y
de
las Gerencias
autorizados
por
exclusivamente
de Línea y
la
Apoyo,
Gerencia
acciones
muy
los
mismos
que serán
cumplir
importantes
para
la
Empresa
previa j u s t i f i c a c i ó n e s c r i t a de emergencia.
f)
Todos los viajes por comisión de servicio s e r á por vía t e r r e
y
en caso
de emergencia debidamente
acreditada
la Gerencia
General podrá a u t o r i z a r expresamente los viajes en vía
g)
La impresión, fotocopiado y publicaciones color para
de
comunicación
efectuarse
empresa,
solo
y/o
documentos
pora
debiendo
de
la impresión
en o t r o s
todo
tipo,
de la M e m o r i a
casos
efectuarse
negro, por lo que se le encarga al departamento
en
efectos
deberá
Anual
de la
blanco
y
de Logística
S e r v i c i o s generales hacer cumplir, bajo responsabilidad.
h) El Departamento
de Logística
generales,
controlará
combustible
vehículos
del
bajo
de
servicios
responsabilidad
la
EPSASA,
no
el
uso
del
pudiendo
e x c e d e r s e de 6 0 galones por vehículo al mes.
i)
S e r e d u c i r á los gastos de publicidad y c o n t r a t o s de locación
servicio o servicios de consultoría.
j)
Queda
terminantemente
prohibido
la
compra
de
bebidas
alcohólicas para consumo en la E P S A S A .
5.2
Las disposiciones del presente artículo son de alcance
operativos
y/o
administrativos
de
permanente
que no
tengan vinculación d i r e c t a y exclusiva con las metas de proyectos.
CAPITULO
D I S P O S I C I O N E S DE RACIONALIDAD
a)
Cada
Gerencia
procedimientos
debe
ejecutar
operativos
una
revisión
que procuran
mayor
de
sus
procesos
congruencia
de sus
y
acciones
con las funciones
príorizar
y
determinar
cumplimiento
Queda
que les corresponde
las
acciones
de los objetivos
terminantemente
necesarias
de la E n t i d a d
prohibido
la
legalmente, así com
que
al menor
duplicidad
de
permitan
costo
posibl
funciones
t r a b a j a d o r e s y funcionarios en las d i f e r e n t e s unidades
e
de
estructura
de la Entidad.
3
ij
A d o p t a r medidas de ahorro efectivo, racionalizando el consumo de lo
servicios de;
e l é c t r i c a , agua, teléfono, gastos de combustibles
y materiales de oficina.
c)
Los
rubros
publicidad,
de
se
mensajería,
reducirá
al
soporte
mínimo
técnico,
apoyo
indispensable,
secretaria
con excepción
d
aquellos gastos orientados d i r e c t a m e n t e la ejecución de programas
sociales.
d)
Realizar
activo
y
un control exhaustivo
cesante,
e integral de las planillas del pe
para
evitar
pagos
por
concepto
persona
o
pensionistas
de
teléfono,
inexistentes.
e)
Las
contrataciones
preferir
de
servicios
deb
las prestaciones económicas más ventajosas que impliquen e
ahorro real de recursos públicos.
Sobre
el uso de la Telefonía
larga
distancia
controladas
en
y
el
Fija,
teléfonos,
Registro
se r e s t r i n g i r á
celulares,
de
Control
de
las
las
las llamadas
mismas
serán
llamadas
a
larg
distancia debidamente j u s t i f i c a d a s y autorizadas por los
bajo
responsabilidad
de
los mismos
y
las
secretarias,
quienes tengan su cargo teléfonos f i j o s no podrán hacer
llamadas
desde o t r a s gerencias la cual no pertenezcan.
-
Por
los servicios
de t e l e f o n í a
móvil,
beeper
y
comunicación
p
radio celular (función de radio troncal izado digital), sólo se
asumir un gasto t o t a l que en promedio seo equivalente
CINCUENTA
La
y
diferencia
00/100
de
NUEVOS
consumo
en
SOLES
( S / . 150.00)
la f a c t u r a c i ó n
es
CIENTO
mensuales.
abonada
funcionario o s e r v i d o r que tenga asignado el equipo.
por el
S e encuentr
exceptuado el
-
Q u e d a prohibido asignar más de un equipo de celular por persona.
El uso de los Teléfonos
llamadas y uso oficial
de la
estando
estrictamente
prohibido
para
su utilización
para
fi
p a r t i c u l a r e s , por tanto el G e r e n t e de A d m i n i s t r a c i ó n y Finanzas
través
del
Generales
áreas
Departamento
de
d e b e r á asignar
Logística
y
el
Servicios
mediante documento
de las d i f e r e n t e s
que tenga disposición y / o acceso los teléfonos, para t a l
e f e c t o d e b e r á llevar un cuaderno de c o n t r o l , el mismo que e s t a r
visado
por el G e r e n t e
de
El control
del I n t e r n e t
será
de
exclusividad responsabilidad del usuario que lo tenga bajo su carg
Las llamadas distancia que no se encuentren r e g i s t r a d a s o
debidamente
autorizadas,
serán
de
responsabilidad
de
las
secretarias.
f)
Minimizar el consumo de útiles y materiales de oficina, con un e s t
control de p a r t e de las s e c r e t a r i a s de cada Unidad E s t r u c t u r a l .
g)
Restringir
al mínimo
indispensable
los gastos
en mensajería,
sopo
técnico, apoyo s e c r e t a r i a l .
h)
Reducción
al
publicación
mínimo
de
indispensable
memorias
en
los
gastos
institucionales,
en
materia
anuarios,
de
revistas
calendarios y agendas.
-
Los gastos
en publicidad, serón autorizados
y controlada
Finanzas,
de
sustentada
por la
acuerdo
por
la
exclusivamente
por
Administración y
al
Plan
Oficina
de
de
Comunicaciones
Imagen
debidamente
Institucional
y
Educación
Sanitaria.
- Para el Programa de Educación Sanitaria, deberán
ejecutar
los gastos
de acuerdo su plan de t r a b a j o ,
formulado o reformulados
autorizado
forma
parte
por la
los responsable
de s e r el caso),
debido
su
del presupuesto
debidamente
para el periodo
2015,
presupuesto
asignado Gerencia
c o n s t i t u i r dependencia de la misma.
I)
La Ejecución de los Proyectos de Inversión se d e s a r r o l l a r á de acue
al presupuesto aprobado pora el periodo 2015, previo cumplimiento de
la
Directiva
del
Sistema
Nacional
de
Inversión
Pública
para
l
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.
- La
Ingeniería
programación
obras
deberá
dar cumplimiento
estricto
de proyectos para el periodo
no programados
bajo
2015, no se improvisará
su responsabilidad generar
desequilibrios Financieros y Presupuestarios.
8
- La adquisición de vehículos automotores, serón solo en reemplazo
sustitución
de
otros
obsoletos
e
inoperativos,
salvo
aquell
vehículos vinculados directamente a las metas de los Proyectos
I n v e r s i ó n declarados viables por el S N I P .
- Solo se e f e c t u a r á n con r e s t r i c c i ó n lo renovación de Contratos que
hubieren pactado antes de la e n t r a d a en vigencia de e s t a
que e s t a b l e c e
medidas
de A u s t e r i d a d
Interna
Directi
para el año 2015, y
e s t r i c t a m e n t e lo necesario.
j)
Evaluaciones
para
efecto
periódicas
de
de las planillas del personal activo y ce
depurar
y
evitar
pagos
a
personal
y
pensionista
inexistentes, debiendo
la O f i c i n a de A u d i t o r í a I n t e r n a o la que h
sus
el
veces,
verificar
cumplimiento
de
lo
antes
señalado,
ba
responsabilidad.
k)
Los
gastos
en
restringidos
combustibles,
carburantes
exclusivamente
a
los
y
lubricantes
servicios
quedan
esenciales
de
funcionamiento de la Entidad.
-
Queda
establecido
que
los
vehículos
las
instalaciones de la Entidad durante los días no laborables, salvo
el
caso
que sean
asignados
para
el cumplimiento
de
actividades
propias de la Entidad en tales días.
-
En cuanto los vehículos, estos serón internados todos los días e
el Almacén H u a t a t a s del J r . Venezuela S / N f r e n t e E S S A L U D . La
salida de los vehículos
será
autorizados
mediante
por
por los días
el
laborables
Departamento
el Uso de las Papeletas
de lunes vierne
de Logística
y
Servicio
de S a l i d a y los días
sábados, domingos y f e r i a d o s , por e s t r i c t a necesidad de servicio
petición
escrita
con anticipación
de
24
horas,
de
la
Asignada el Vehículo, el mismo que s a l d r á previa autorización de
A d m i n i s t r a c i ó n y Finanzas.
-
El departamento
Servicios
optimización
de Logística
controlar
del
y S e r v i c i o s Generales
la
uso oficial
de
los vehículos
automotores
tal
como Camionetas, M o t o c a r , M o t o c i c l e t a s , Camiones Cisternas, etc.
e implementar el uso de Bitácoras para cada unidad vehicular.
-
Los
deberán velar
por el uso adecuado
de los vehículos
asignados, racionando y programando los actividades f i n de evitar
el excesivo
consumo
de combustible y desgaste
innecesario
de la
Generales,
previ
unidad móvil.
-
El
Departamento
coordinación
con
de
Logística
y
Servicios
los
Gerencias
y
con
los
conductores
de
la
unidades móviles, podrán e s t a b l e c e r el consumo máximo semanal de
combustible
por cada
unidad,
reduciendo
galones máximo al mes, los consumos
por
el Conductor.
En caso
a
15 galones
innecesarios
de r e q u e r i r s e
mayor
serán
y
a
60
asumidos
cantidad
deberá
s u s t e n t a r s e debidamente la necesidad de atender.
-
El
Departamento
coordinación
de
Logística
con el responsable
y
Servicios
de S e r v i c i o s
Generales
Generales y el
en
Je
de A r e a de Control Patrimonial y el responsable de la unidad móv
elaborarán un programa de mantenimiento y supervisará su e s t r i c t o
cumplimiento.
-
En caso
de reparaciones,
mecánico,
serán
Generales
y
por
el
los accesorios
supervisados
los repuestos
conductor
su internamiento
al
por
el
de mayor
cambiados
responsable
relevancia
departamento
de
en los depósitos
por el técni
de
serán
Logística
Servicios
entregados
y
Servicios
d e l Almacén de
Huatatas.
I)
En relación al uso de útiles
de e s c r i t o r i o , procesamiento
automá
de datos y servicios de fotocopias:
-
Reducir
en
impresión
un
de
2 0 % las adquisiciones
formularios.
Finanzas antes de aprobar
La
de
Gerencia
las N o t a s
útiles
de
de e s c r i t o r i o
Administración
de Pedido d e b e r á
y
evaluar si
el pedido es imprescindible y el consumo se ha realizado de
racional
cuyo
verificando
realizado,
uso
debe
realizarse
las atenciones
así
podrá
S e r v i c i o s evaluación
anteriores
disponer
del S t o c k
al
con
eficiencia
y
con el volumen
Departamento
del Almacén
de
eficac
del t r a b a
Logística
Central
para su atención.
-
Impartir
al
personal
el
reciclaje
(re-uso)
de
materiales
e s c r i t o r i o en lo que posible, f i n de e v i t a r mayores gastos
10
y
-
El
Departamento
de
Logística
y
la
Unidad
de
Informática
se
controlar el uso de los insumos para impresora láser
y así como, de los otros recursos de la I n s t i t u c i ó n .
-
La
Administración
Departamento
controlará
de
el
y
Finanzas
Logística
uso de
y
el
Servicios
los reproducciones
Generales,
de copias
fotostática
tanto en el t r á m i t e documentario y la Gerencia copias
fotostáticas
previa
en
la
verificación
autorizados
con
el
comercial
según
del
documento
uso
de
la
contrato
y
en
Papeleta
suscrito,
ambos
de
casos,
serón
Autorización
reproducción; cualquier uso indebido y / o por t r a b a j o s
de
particular
bajo responsabilidad de sus operadores
II) E j e c u t a r procedimientos orientados adecuada racionalización de
los
recursos
humanos,
conforme
a
las necesidades
del servicio
qu
p e r m i t e el uso óptimo de la i n f r a e s t r u c t u r a y de los equipos, f i n
mejorar la calidad del servicio.
CAPITULO I I I
D I S P O S I C I O N E S EN D I S C I P U N A
PRESUPUESTARIA
Artículo 7**.- Ejecución Presupuestario en materia de Personal.
A
fin
de
mantener
el
equilibrio
presupuestario
la
Entidad,
ba
responsabilidad de su Titular, debe t e n e r en cuenta en la ejecución d
presupuesto, independiente de la f u e n t e de financiamiento, las siguien
reglas:
7.1
El
reajuste
aprobación de
o
incremento
de
remuneraciones,
así
como
la
remunerativas, bonificaciones, dietas, asignaciones,
r e t r i b u c i o n e s y beneficios de toda índole, se s u j e t a establecido en l
Ley N ° 28411, siempre que se cuente la disponibilidad
7.2
Para
el
caso
alternativos
de
de
negociaciones
resolución
colectivas
de c o n f l i c t o s ,
A d m i n i s t r a c i ó n y Finanzas, y el J e f e
presupuestal
que a r r i b e n
el
medios
Gerente
de la
Desarrollo I n s t i t u c i o n a l , son responsables de:
•
Cautelar
negativos
que
el
Acuerdo
no
resultados
en el saldo operativo, económico y neto del f l u j o
caja proyectado.
d
•
Q u e no implique la reducción de los gastos operativos y gasto
de inversión en d e t r i m e n t o de los servicios que se debe brinda
u origine incumplimiento de compromisos.
7.3
Es factible
la contratación
de personal
en reemplazo
o suplen
cuando el t i t u l a r de la plaza haga uso de licencia sin goce de h
por
un periodo
mayor
o igual
a treinta
días
calendario
y / o po
vacaciones.
7.4En
cuanto
a
asignaciones,
pensionable
o
Personal
y
Planillas,
los conceptos
beneficios
y
similares,
únicamente
remunerativo,
cuando
así
de:
tiene
expresamente
bonificacio
el
lo
disponga
la
norma que las aprueba.
7.6
Queda
prohibido
autorizar
o
efectuar
adelantos
con
cargo
remuneraciones, bonificaciones, pensiones o por C T S .
Artículo 8**.- ^ecucíón Presupuestaría en materia de Servicios.
Los procesos
para
autorizados
previamente
favorable
de
la
disponibilidad
la contratación
por
Oficina
de
presupuestal
el
de los servicios
Gerente
Desarrollo
N o Personales,
previo
informe
Institucional,
correspondiente;
así
se
como,
respecto
con el
a
infor
f a v o r a b l e de la O f i c i n a de Recursos Humanos, la naturaleza del servi
debe
estar
comprendido
en
el
Plan
Anual
de
Adquisiciones
y
Contrataciones 2015 de la Entidad.
Los c o n t r a t o s que contravengan el presente numeral serón nulos de plen
derecho, sin perjuicio
de la responsabilidad del funcionario de la En
que autorizó tales actos, así como del T i t u l a r de la E P S A S A .
Artículo 9* Aceptación de las donaciones.
Las
donaciones
internacionales,
Directorio
dinerales
públicas
provenientes
de
instituciones
o privadas, serón aprobadas
de la E P S A S A , .
nacionales
por Resolución
Dicha Resolución consignará
la f u e n t e
y
uso de e s t o s r e c u r s o s .
Artículo 10®.- Nuevos contratos de obra a plazo que exceda el Año Fiscal.
Los nuevos
contratos
de o b r a s u s c r i b i r s e ,
cuyos
plazos
de
ejecución
superen el Año Fiscal en curso, deben contener obligatoriamente y ba
sanción
de nulidad, una cláusula que e s t a b l e z c a
que la ejecución
12
de
mismos e s t á s u j e t a a la disponibilidad presupuestaria y f i n a n c i e r a d
Entidad.
Artículo 11®.- Compras Corporativas.
El
Gerente
Entidad
podrá
interinstitucionales
contratación
escala
de
suscribir
conducentes
a
de servicios, e f e c t o s
una
compra
conjunta,
convenios
negociar
compras
de aprovechar
en
las
de
bienes
las economías
mejores
y
más
de
ventajosas
condiciones para la E n t i d a d , conforme normatividad vigente.
Artículo
12®.-
Montos
para
la
determinación
de
los
Procesos
de
Selección.
La
determinación
Licitaciones
todas
de
los
Públicas,
las Entidades
Procesos
Concursos
del S e c t o r
de
selección
Públicos
y
para
efectuar
Adquisiciones
Público, comprendidas
la
Directas
en el Art.3® d
d e c r e t o Legislativo N® 1017, Ley de Contrataciones del Estado.
La aplicación del presente A r t í c u l o se realizar en concordancia con e
N® 1017, Ley de Contrataciones
Decreto
Supremo
del estado, su Reglamento aprobado con
N° 184-2008-EF
y demás
Normas.
Modificatorias
y
complementarias.
Artículo 13®.- Prohibiciones M i e m b r o s del D i r e c t o r i o .
Los D i r e c t o r e s se
a)
expresamente prohibidos de:
U s a r en beneficio propio o de t e r c e r o s relacionados o no, los bien
servicios de la E P S A S A
b) U s a r
en
beneficio
oportunidades
en donde e j e r c e n sus funciones.
propio
comerciales
o
o
de
de
terceros
negocios
relacionados
así
como
la
o
no,
l
información
privilegiada de que tuvieran conocimiento en razón
c)
Celebrar contratos
ejerce
sus
garantías,
funciones
ajenos
particulares,
tercer
grado
préstamos
de cualquier naturaleza, con la E P S A S A
y
o
en
u
obtener
de
las operaciones
beneficio
propio
de consanguinidad
las garantías
ella
de
o
préstamos,
la Empresa
de
o segundo
o
en don
créditos
con
sus parientes,
ventaja
dentro
que la empresa
de mercado.
Los D i r e c t o r e s
Instituciones
se
prohibidos, r e s p e c t o
Privadas
comprendidas
d
de afinidad; salvo que lo
respondan operaciones
normalmente con t e r c e r o s y siempre que se dé en condiciones
d)
o
en
a las Empresas o
el
sector
13
económico
específico de la Entidad en donde
sus funciones, a realizar lo
siguiente:
a.
P r e s t a r servicios en estas condiciones bajo cualquier condició
b.
A c e p t a r representaciones
c.
Intervenir
tenga
como
remuneradas.
abogados,
pendientes
con
la
apoderados
Empresa
en
en
la
los
procesos
que
cual
prestan
sus
servicios, mientras e j e r z a n el cargo; salvo en propia, de
su
cónyuge,
subsistirán
asuntos
padres
o
hijos
permanentemente
específicos
en
menores.
respecto
los
que
Los
impedimentos
aquellas
causas
hubieren
o
participado
directamente.
Artículo
14®.- Responsabilidades
Son responsables
de e s t r i c t o cumplimiento
de la presente
Directiva,
como de evaluar el importe de A h o r r o I n t e r n o generado como
resultado
de la a u s t e r i d a d interna. El D i r e c t o r i o , la O f i c i n a de A u d i t o r í a I n t e
Gerencia
Jefe
General,
del
Gerentes
Departamento
Departamento
de
Imagen
de Línea, G e r e n t e
de
Desarrollo
Institucional
y
de
la Sucursal
Institucional,
el
jefe
de
la
Huanta
Jefe
Unidad
del
de
Informática.
Artículo
La
15®.- Responsabilidades
Contraloría República,
Control
Interno
será
de la
Oficinas
responsable
Auditoría Interna.
de
de
vigilar
que
se
cumpla
con la
disposiciones establecidas en la presente D i r e c t i v a .
Artículo
16®.- Publicación en la WEB de la EPSASA
La Unidad
de I n f o r m á t i c a
d e b e r á publicar
la presente
Directiva
en
W E B de la E P S A S A .
Artículo
17°.- Vigencia
La presente
año
D i r e c t i v a e n t r a r á en vigencia a p a r t i r
2015, debiendo
hasta
el
para ello
31 de d i c i e m b r e
publicarse
del
del uno de enero
en el Diario
2014, quedando
Oficial
sin e f e c t o
I n t e r n a s que se opongan presente D i r e c t i v a .
14
las
el Per
Norma

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