Directiva Interna de Austeridad, Disciplina y Calidad del Gasto de la
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Directiva Interna de Austeridad, Disciplina y Calidad del Gasto de la
EPSASA Mejorando la Calidad de vida DlRECTlVA INTERNA DE AUSTERIDAD, DlSClPLlNA Y CALIDAD DEL GASTO DE LA EPSASA PARA EL A ~ FISCAL O 201 5 gerencia &jldministradn y Finamas ENTIDAD PRESTADORADE SERVICIOS DE SANWlENTO AYACUCHO SA Ayacucho, 29 de Diciembre 2014 El lnforme No 144-2014-EPSASNGG y el lnforme No 424-2014-EPSASNGAF, sobre Aprobacion de Directiva lnterna de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ayacucho S.A. - EPSASA, para el aiio Fiscal 2015 y el Acuerdo de Sesion Ordinaria de Extraordinariade fecha 29 de Diciembre 2014, y; CONSIDERANDO: Ch ' :i Que, la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ayacucho S.A. - EPSASA, es una , Entidad Prestadora Municipal publica, de derecho privado; que se rige par la Ley No 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento; y el Decreto Supremo No 023-2005-VIVIENDA - TUO del Reglamento de la Ley General de Servicios de Sa'neahiento, concordantes con las atribuciones que confiere el Egtatuto Social y sus normss internas: ' , n. -W/-&? - - .A . Es politica institucional de la Entidad, brindar un servicio de calidad a 10s usuarios; por lo que el Directorio tiene la potestad de dirigir la gestion administrativa de EPSASA, velando el cumplimiento de las norrnas, formulacion de Planes Maestros y Programas de Operation, concordante con la Vision - Mision y objetivos de la Entidad; '. %%. - / -4- / >' Que, mediante el lnforme No 424-2014-EPSASNGAF, de fecha 24 de Diciembre 2014 de la Gerencia de Administracibn y Finanzas y el lnforme No 144-2014-EPSASNGG, de la Gerencia General, de fecha 24 de Diciembre 2014, elevan para su aprobacibn el Proyecto de la Directiva lnterna de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto de la EPSASA, para el aiio Fiscal 2015; Que, mediante la Direccion Nacional de Presupuesto Publico - Ministerio de Economia y Finanzas, hace de conocimiento que conforme a lo establecido a traves del Literal d) de la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley No 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Afio Fiscal 2015, las Empresas de 10s Gobiernos Locales y como EPSASA, mediante acuerdo de Directorio deben aprobar disposciones de austeridad, racionalidad, disciplina en el gasto public0 y de ingresos de personal, que contendran necesariamente medidas en esos rubros; asirnismo dichas disposiciones deben publicarse en el Diario Oficial El Preuano en un plazo que no exceda el 31 de diciembre 2014; el mismo que tambihn se publicara en la pagina web.w.w.w.epsasa.com.pe, y rigen a partir del01 de Enero del2015; Que, en el articulo 5O del D.S. No 183-2005-EF, seiiala que en observancia de las disposiciones en materia presupuestaria, las empresas de 10s Gobiernos Locales, debera adoptar las acciones necesarias que las permita efectuar su presupuesto institucional, en el marco de la austeridad, racionailidad, eficacia, eficiencia y transparencia; debiendo dictar medidas internas dentro de 10s lineamientos y plazos que la Direccion Nacional de Presupuesto Publico establezca; - Jr. Manco Cdpac No342 Ayacucho R.U.C. 2014307W75 Fax (066)31 2844 0 31 3518 131 2413 . E mall: g g e k & l ~ s a s a . c o m . p a ENTIDAD PRESTADORA DE SERVlClOS DE SANEMIENTO AYACUCHO S A Pin. No 2-Resolucl6n de Directorio Na 031-2014-EPSASAIO. Que, mediante Sesibn Extraordinaria de Directorio de fecha 29 de Diciembre 2014, visto 10s documentos del considerando y teniendo la necesidad de contar con la Directiva No 001-2015EPSASNGG, sobre la Austeridad Interna, Disciplina y Calidad en el Gasto de la EPSASA, para el afio fiscal 2015, es necesario aprobar mediante acto resolutivo; Que, estando a las consideraciones expuestas en uso de las atribuciones y facultades conferidas en el Estatuto Social de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ayacucho S.A. - EPSASA, y demhs normas conexas; SE RESUELVE: Articulo Primero.. APROBAR la Directiva No 001-2015-EPSASNGG, denominada Directiva lnterna de Austeridad, Disciplina y Calidad en el Gasto de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ayacucho S.A. - EPSASA, para el Afio Fiscal 2015, que consta de diecisiete (17) articulos y tres (03) Capitulos, cuyo documento forma park de la presente Resolucibn. Arttlculo Segundor ENCARGAR a la Gerencia General, Gerencia de Administracibn y Finanzas y la Oficina de Desarrollo lnstitucional el curnplimlento de la presente Directiva; y el control del mismo mediante el Organo de Control Institucional, bajo responsabilidad. Asimismo, publicar la presente Resolucibn en el Diario Oficial El Peruano en el plazo establecido hasta el 31-12-2014; y, el mismo con la respectiva Directiva se publicari en la pagina Web. w.w.w.epsasa.com.pe. Artlculo Tercero.. La presente Directiva entrara en vigencia a partir del 01 de Enero del 2015, y dejar sin efecto toda las disposiciones administrativas de orden institutional que se opongan .-I_--T + . 1 J .,-..l-+-' . ".= .-" Articulo Cuarto.. NOTlFlCAR la presente Resolucibn a ios Organos ~structuradosdek~ Institk6bn y demas instancias pertinentes para su conocimiento y cumplimiento de acuerdo a Ley. - -- Qh:&z:b- -; ?di - Jr. Manco Chpac NO 342 Aywucho R.U.C. 20143079075 - DIRECTIVA N° 001-2015-EPSASA/GG DIRECTIVA INTERNA DE AUSTERIDAD, DISCIPLINA V CALIDAD EN EL S A S T O DE LA ENTIDAD PRESTADORA SANEAMIENTO DE SERVICIOS DE S.A. (EPSASA) PARA EL A Ñ O FISCAL 2015. 1.- DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1**.- Objetivo E s t a b l e c e r los lineamientos técnicos y procedimientos para que la Enti P r e s t a d o r a de S e r v i c i o s de Saneamiento Ayacucho S.A., S e d e Ayacucho y la A d m i n i s t r a c i ó n S u c u r s a l Huanta adopte permita ejecutar su aspecto las medidas necesarias que Presupuestario, con e f i c i e n c i a , e f i c a c i transparencia a f i n de lograr ahorro interno. Artículo 2®.- Base Legal La presente D i r e c t i v a e s t á sustentada en el siguiente marco normativo a) Constitución Política del Estado. b) Ley N ° 2 6 3 3 8 - Ley General 023-2005-VIVIENDA-TUO c) de Servicios de Saneamiento y D. S. N del Reglamento de la Ley Ley M a r c o de la Administración Financiera del S e c t o r Público - Le 28112. c) Ley de S i s t e m a Nacional de Presupuesto - Ley N ° 28411. d) Ley de Presupuesto del S e c t o r Público para el Año Fiscal 2015 - N ° 30281. e) Estatuto Ayacucho de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento S.A.-EPSASA. Artículo 3**.- Ámbito de aplicación. La presente Servicios Directiva de Administración es Saneamiento Sucursal de aplicación Ayacucho Huanta, bajo la S.A., Entidad Sede Prestadora Central responsabilidad de funcionarios y t r a b a j a d o r e s en general. 1 y la de de la Gerenci Artículo 4**.- Referencia Genérica Para efectos de la genérica " E P S A S A " , de Servicios de presente Directiva se utilizará cuando se haga la E n t i d a d Saneamiento Ayacucho la denominac Prestadora S.A., Sede Central y de la Administración Sucursal Huanta. TITULO U E J E C U C I Ó N PRESUPUESTARIA Y MEDIDAS DE AUSTERIDAD, RACIONALIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA EN EL GASTO. CAPITULO I D I S P O S I C I O N E S DE AUSTERIDAD Artículo 5**.- Materia de Austeridad a) Durante 2015 la Ejecución del Presupuesto Aprobado para el Año Fisca la mantener EPSASA deberá aplicar las siguientes el equilibrio f i s c a l , independientemente reglas para de la f u e n t e d f inanciamiento. b) No se podrá pagar responsabilidad lo requiera, mecanismos horas extras al personal de las j e f a t u r a s respectivas. puede turnos para establecer mantener el adecuado u operativo, En estos bajo casos otros cumplimiento de sus funciones. c) Prohíbase ciñan efectuar la pagos al personal activo normatividad vigente, bajo y cesante que no s responsabilidad a d m i n i s t r a t i v a del J e f e del Departamento de Recursos Humanos. d) El pago de remuneraciones sólo corresponde como c o n t r a p r e s t a c i ó n por el t r a b a j o e f e c t i v a m e n t e realizado. de licencias capacitación con o goce de aquellos haber, otorgados debidamente por justificados normatividad vigente, el tiempo que dure En cas motivo de según la la misma se considerará también como t r a b a j o e f e c t i v a m e n t e realizado. e) Los incrementos normatividad deberá remunerativos vigente, cuidar ponga en riesgo que el para el deberán cual el del acuerdo la operatividad sujetarse Titular de la la Entida no institucional y la ejecución de proyectos de inversión. f) Queda prohibido, vinculadas al contratar Apoyo personal Administrativo, para apoyo el apoyo secretarial 2 de o labores labores conexos, bajo los términos de Asesorías, Consultorías; debiendo cumplir el Departamento de Recursos Humanos. g) El Departamento de Recursos Humanos c o n t r o l a r á la percepción de remuneraciones incluidos pensiones los honorarios de los trabajadores por Servicios No de la EPSASA Personales, Asesoría Consultoría salvo por función docente y la percepción de dietas p participación de uno de los Directores de Entidades o Empresas Públicas. h) Q u e d a prohibida, sin excepción del ingreso del personal S e r v i c i o s N o Personales; salvo los casos siguientes por y que cuenta con plaza presupuestada. h.l. La contratación suplencia para el temporal de reemplazo los por servidores cese del del personal Sector Privado, siempre y cuando se cuente con la plaza presupuestada. En caso de los reemplazos por cese comprende al cese que se hubiese Fiscal 2013, ingreso a asimismo, la se del personal, éste producido desde el debe tomar Administración en cuenta Privada se Año que el efectúa, necesariamente, por concurso público de méritos. En el caso del reemplazo para suplencia de personal, una vez f i n a l i z a d a la labor para lo cual f u e c o n t r a t a d a la persona, c o n t r a t o s respectivos quedan resueltos automáticamente. h.2. La designación documentos de en cargos gestión de del confianza Pliego y a conforme la a los Normatividad vigente. h.3. La reincorporación y reubicación a que se r e f i e r e el numer 1) del Art. 3 de la Ley N° 2 7 8 0 3 ; Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las Comisiones creadas por las Leyes N° 27452 y ceses colectivos N° 27586, efectuados encargadas en las de revisar Empresas del los Estado s u j e t a s a procesos de promoción de la I n v e r s i ó n Privada. 1 Medidos materia de bienes y servicios. a) E s t a b l é z c a s e como monto máximo por concepto de Honorarios mensuales Decreto el de tope ingresos Urgencia locación de servicios de directa aplicable N° 038-2006 la en el Artículo dicho monto contratación 2° para la contratación que se c e l e b r e con personas o indirecta; para señalado de máximo no abogados 3 del por naturales, es y peritos independientes para la d e f e n s a del Estado cargo del M i n i s t e r i o de relaciones b) Sólo podrán celebrar contratos en el e x t e r i o r a Exteriores, de servicio no personal y/o locación de servicio con personas naturales, siempre que: a. Los recursos destinados c e l e b r a r tales contratos estén previstos en sus respectivos presupuestos autorizados. b. El c o n t r a t o d e b e r á precisar con claridad la temporalidad las funciones del locador que se pretenda c o n t r a t a r , f i n de que no realice actividades o funciones equivalentes a las qu desempeñe personal el personal permanente establecido en el de la E P S A S A Cuadro para personal (CAP) de la E P S A S A . Evitando de c o n t r a t o s , mismo evitar bajo responsabilidad y/o el Asignación de la desnaturalización del área encargada, así la permanencia e f e c t i v a en horario de t r a b a j o de dichos servicios. c. Queda prohibido la contratación cualquier circunstancia debiendo adoptar por medio los de personal obrero de locación de servicios mecanismos suficientes para bajo su contratación f o r m a l y en base a las normas laborales. - La contratación de personal bajo dicha modalidad solo podrá efectuarse mediante debiendo autorización proponer expresa directamente autorización al locador a c o n t r a t a r informe de disponibilidad de en la Gerencia dicha de s e r necesario, presupuestal, por prev la O f i c i n a de Desarrollo Institucional. A s í como el informe f a v o r a b l e de Administración Humanos sobre y Finanzas calificación o de servicio, mismo aprobado de Recursos locatario, la naturaleza el tiempo de t r a b a j o del por un tiempo determinado y e s p e c í f i c a s con las siguientes escalas: ITEM INSTRUCCIÓN MONTOS A PAGAR S/. DE I II Consultores Profesionales A A TRATAR 2,000.00 4,000.00 III Técnicos 1,300.00 1,800.00 IV Auxiliar 1,000.00 1,200.00 metas de - Solo se efectuará hubieran pactado Directiva las antes renovaciones de de la e n t r a d a que establece medidas contratos en vigencia de A u s t e r i d a d que se de e s t a Interna y previa j u s t i f i c a c i ó n objetiva. - Queda prohibido Profesionales Egresados. por a documentos Profesionales Vía práctica Bachilleres y Pre Técnicos de t r e s (03) meses previa presentación de por la I n s t i t u c i ó n solicitante y aprobación de l que e s t é firma Contratación S e admitirán no más de seis (06) practicantes, el periodo y la de debidamente convenios presupuestadas de Presupuesta prácticas la Pre-Profesionales s e r á únicamente autorizado no por la y bajo su e s t r i c t a responsabilidad. c) Los viáticos o cualquier o t r a asignación de naturaleza similar reduce a lo e s t r i c t a m e n t e indispensable, previa autorización d la General y del Directorio. Así como el estricto cumplimiento de la D i r e c t i v a de Control de Viáticos. Por viajes cualquier dentro concepto del país que perciba o fuente el de financiamiento suma e s t a b l e c i d a en la D i r e c t i v a de viáticos siempre que la veinticuatro comisión tengo (24) horas. comisionado El por no superará la para el año 2015 una duración superior citado concepto comprende o los gastos de alimentación, hospedaje y movilidad (hacia y desde el lugar de embarque), desplazamiento en así el como lugar la donde movilidad se utiliza realiza para el la comisión de servicio. El racionamiento otorgado por comisión de servicio al interio del Departamento de Ayacucho y la Localidad de Huanta deben ser sustentados con comprobantes de conformidad al Reglamento de Comprobantes de Pago, aprobado por la S U N A T . d) Q u e d a prohibido otorgar suma de dinero alguna con cargo su Presupuesto concepto Institucional, de viáticos capacitación. cubiertos del por comisión Instrucción por la entidad evento, en beneficio o de servicio similares, internacional independientemente de t r a b a j a d o r e s de la en el cuando por exterio éstos sean organizada o auspiciad norma que 5 regula la asignación de sus responsabilidad viáticos del T i t u l a r o y conceptos similares, del funcionario bajo que a u t o r i z a viaje. c) Reducir los gastos de Consumo del D i r e c t o r i o , Gerencia Genera y de las Gerencias autorizados por exclusivamente de Línea y la Apoyo, Gerencia acciones muy los mismos que serán cumplir importantes para la Empresa previa j u s t i f i c a c i ó n e s c r i t a de emergencia. f) Todos los viajes por comisión de servicio s e r á por vía t e r r e y en caso de emergencia debidamente acreditada la Gerencia General podrá a u t o r i z a r expresamente los viajes en vía g) La impresión, fotocopiado y publicaciones color para de comunicación efectuarse empresa, solo y/o documentos pora debiendo de la impresión en o t r o s todo tipo, de la M e m o r i a casos efectuarse negro, por lo que se le encarga al departamento en efectos deberá Anual de la blanco y de Logística S e r v i c i o s generales hacer cumplir, bajo responsabilidad. h) El Departamento de Logística generales, controlará combustible vehículos del bajo de servicios responsabilidad la EPSASA, no el uso del pudiendo e x c e d e r s e de 6 0 galones por vehículo al mes. i) S e r e d u c i r á los gastos de publicidad y c o n t r a t o s de locación servicio o servicios de consultoría. j) Queda terminantemente prohibido la compra de bebidas alcohólicas para consumo en la E P S A S A . 5.2 Las disposiciones del presente artículo son de alcance operativos y/o administrativos de permanente que no tengan vinculación d i r e c t a y exclusiva con las metas de proyectos. CAPITULO D I S P O S I C I O N E S DE RACIONALIDAD a) Cada Gerencia procedimientos debe ejecutar operativos una revisión que procuran mayor de sus procesos congruencia de sus y acciones con las funciones príorizar y determinar cumplimiento Queda que les corresponde las acciones de los objetivos terminantemente necesarias de la E n t i d a d prohibido la legalmente, así com que al menor duplicidad de permitan costo posibl funciones t r a b a j a d o r e s y funcionarios en las d i f e r e n t e s unidades e de estructura de la Entidad. 3 ij A d o p t a r medidas de ahorro efectivo, racionalizando el consumo de lo servicios de; e l é c t r i c a , agua, teléfono, gastos de combustibles y materiales de oficina. c) Los rubros publicidad, de se mensajería, reducirá al soporte mínimo técnico, apoyo indispensable, secretaria con excepción d aquellos gastos orientados d i r e c t a m e n t e la ejecución de programas sociales. d) Realizar activo y un control exhaustivo cesante, e integral de las planillas del pe para evitar pagos por concepto persona o pensionistas de teléfono, inexistentes. e) Las contrataciones preferir de servicios deb las prestaciones económicas más ventajosas que impliquen e ahorro real de recursos públicos. Sobre el uso de la Telefonía larga distancia controladas en y el Fija, teléfonos, Registro se r e s t r i n g i r á celulares, de Control de las las las llamadas mismas serán llamadas a larg distancia debidamente j u s t i f i c a d a s y autorizadas por los bajo responsabilidad de los mismos y las secretarias, quienes tengan su cargo teléfonos f i j o s no podrán hacer llamadas desde o t r a s gerencias la cual no pertenezcan. - Por los servicios de t e l e f o n í a móvil, beeper y comunicación p radio celular (función de radio troncal izado digital), sólo se asumir un gasto t o t a l que en promedio seo equivalente CINCUENTA La y diferencia 00/100 de NUEVOS consumo en SOLES ( S / . 150.00) la f a c t u r a c i ó n es CIENTO mensuales. abonada funcionario o s e r v i d o r que tenga asignado el equipo. por el S e encuentr exceptuado el - Q u e d a prohibido asignar más de un equipo de celular por persona. El uso de los Teléfonos llamadas y uso oficial de la estando estrictamente prohibido para su utilización para fi p a r t i c u l a r e s , por tanto el G e r e n t e de A d m i n i s t r a c i ó n y Finanzas través del Generales áreas Departamento de d e b e r á asignar Logística y el Servicios mediante documento de las d i f e r e n t e s que tenga disposición y / o acceso los teléfonos, para t a l e f e c t o d e b e r á llevar un cuaderno de c o n t r o l , el mismo que e s t a r visado por el G e r e n t e de El control del I n t e r n e t será de exclusividad responsabilidad del usuario que lo tenga bajo su carg Las llamadas distancia que no se encuentren r e g i s t r a d a s o debidamente autorizadas, serán de responsabilidad de las secretarias. f) Minimizar el consumo de útiles y materiales de oficina, con un e s t control de p a r t e de las s e c r e t a r i a s de cada Unidad E s t r u c t u r a l . g) Restringir al mínimo indispensable los gastos en mensajería, sopo técnico, apoyo s e c r e t a r i a l . h) Reducción al publicación mínimo de indispensable memorias en los gastos institucionales, en materia anuarios, de revistas calendarios y agendas. - Los gastos en publicidad, serón autorizados y controlada Finanzas, de sustentada por la acuerdo por la exclusivamente por Administración y al Plan Oficina de de Comunicaciones Imagen debidamente Institucional y Educación Sanitaria. - Para el Programa de Educación Sanitaria, deberán ejecutar los gastos de acuerdo su plan de t r a b a j o , formulado o reformulados autorizado forma parte por la los responsable de s e r el caso), debido su del presupuesto debidamente para el periodo 2015, presupuesto asignado Gerencia c o n s t i t u i r dependencia de la misma. I) La Ejecución de los Proyectos de Inversión se d e s a r r o l l a r á de acue al presupuesto aprobado pora el periodo 2015, previo cumplimiento de la Directiva del Sistema Nacional de Inversión Pública para l Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. - La Ingeniería programación obras deberá dar cumplimiento estricto de proyectos para el periodo no programados bajo 2015, no se improvisará su responsabilidad generar desequilibrios Financieros y Presupuestarios. 8 - La adquisición de vehículos automotores, serón solo en reemplazo sustitución de otros obsoletos e inoperativos, salvo aquell vehículos vinculados directamente a las metas de los Proyectos I n v e r s i ó n declarados viables por el S N I P . - Solo se e f e c t u a r á n con r e s t r i c c i ó n lo renovación de Contratos que hubieren pactado antes de la e n t r a d a en vigencia de e s t a que e s t a b l e c e medidas de A u s t e r i d a d Interna Directi para el año 2015, y e s t r i c t a m e n t e lo necesario. j) Evaluaciones para efecto periódicas de de las planillas del personal activo y ce depurar y evitar pagos a personal y pensionista inexistentes, debiendo la O f i c i n a de A u d i t o r í a I n t e r n a o la que h sus el veces, verificar cumplimiento de lo antes señalado, ba responsabilidad. k) Los gastos en restringidos combustibles, carburantes exclusivamente a los y lubricantes servicios quedan esenciales de funcionamiento de la Entidad. - Queda establecido que los vehículos las instalaciones de la Entidad durante los días no laborables, salvo el caso que sean asignados para el cumplimiento de actividades propias de la Entidad en tales días. - En cuanto los vehículos, estos serón internados todos los días e el Almacén H u a t a t a s del J r . Venezuela S / N f r e n t e E S S A L U D . La salida de los vehículos será autorizados mediante por por los días el laborables Departamento el Uso de las Papeletas de lunes vierne de Logística y Servicio de S a l i d a y los días sábados, domingos y f e r i a d o s , por e s t r i c t a necesidad de servicio petición escrita con anticipación de 24 horas, de la Asignada el Vehículo, el mismo que s a l d r á previa autorización de A d m i n i s t r a c i ó n y Finanzas. - El departamento Servicios optimización de Logística controlar del y S e r v i c i o s Generales la uso oficial de los vehículos automotores tal como Camionetas, M o t o c a r , M o t o c i c l e t a s , Camiones Cisternas, etc. e implementar el uso de Bitácoras para cada unidad vehicular. - Los deberán velar por el uso adecuado de los vehículos asignados, racionando y programando los actividades f i n de evitar el excesivo consumo de combustible y desgaste innecesario de la Generales, previ unidad móvil. - El Departamento coordinación con de Logística y Servicios los Gerencias y con los conductores de la unidades móviles, podrán e s t a b l e c e r el consumo máximo semanal de combustible por cada unidad, reduciendo galones máximo al mes, los consumos por el Conductor. En caso a 15 galones innecesarios de r e q u e r i r s e mayor serán y a 60 asumidos cantidad deberá s u s t e n t a r s e debidamente la necesidad de atender. - El Departamento coordinación de Logística con el responsable y Servicios de S e r v i c i o s Generales Generales y el en Je de A r e a de Control Patrimonial y el responsable de la unidad móv elaborarán un programa de mantenimiento y supervisará su e s t r i c t o cumplimiento. - En caso de reparaciones, mecánico, serán Generales y por el los accesorios supervisados los repuestos conductor su internamiento al por el de mayor cambiados responsable relevancia departamento de en los depósitos por el técni de serán Logística Servicios entregados y Servicios d e l Almacén de Huatatas. I) En relación al uso de útiles de e s c r i t o r i o , procesamiento automá de datos y servicios de fotocopias: - Reducir en impresión un de 2 0 % las adquisiciones formularios. Finanzas antes de aprobar La de Gerencia las N o t a s útiles de de e s c r i t o r i o Administración de Pedido d e b e r á y evaluar si el pedido es imprescindible y el consumo se ha realizado de racional cuyo verificando realizado, uso debe realizarse las atenciones así podrá S e r v i c i o s evaluación anteriores disponer del S t o c k al con eficiencia y con el volumen Departamento del Almacén de eficac del t r a b a Logística Central para su atención. - Impartir al personal el reciclaje (re-uso) de materiales e s c r i t o r i o en lo que posible, f i n de e v i t a r mayores gastos 10 y - El Departamento de Logística y la Unidad de Informática se controlar el uso de los insumos para impresora láser y así como, de los otros recursos de la I n s t i t u c i ó n . - La Administración Departamento controlará de el y Finanzas Logística uso de y el Servicios los reproducciones Generales, de copias fotostática tanto en el t r á m i t e documentario y la Gerencia copias fotostáticas previa en la verificación autorizados con el comercial según del documento uso de la contrato y en Papeleta suscrito, ambos de casos, serón Autorización reproducción; cualquier uso indebido y / o por t r a b a j o s de particular bajo responsabilidad de sus operadores II) E j e c u t a r procedimientos orientados adecuada racionalización de los recursos humanos, conforme a las necesidades del servicio qu p e r m i t e el uso óptimo de la i n f r a e s t r u c t u r a y de los equipos, f i n mejorar la calidad del servicio. CAPITULO I I I D I S P O S I C I O N E S EN D I S C I P U N A PRESUPUESTARIA Artículo 7**.- Ejecución Presupuestario en materia de Personal. A fin de mantener el equilibrio presupuestario la Entidad, ba responsabilidad de su Titular, debe t e n e r en cuenta en la ejecución d presupuesto, independiente de la f u e n t e de financiamiento, las siguien reglas: 7.1 El reajuste aprobación de o incremento de remuneraciones, así como la remunerativas, bonificaciones, dietas, asignaciones, r e t r i b u c i o n e s y beneficios de toda índole, se s u j e t a establecido en l Ley N ° 28411, siempre que se cuente la disponibilidad 7.2 Para el caso alternativos de de negociaciones resolución colectivas de c o n f l i c t o s , A d m i n i s t r a c i ó n y Finanzas, y el J e f e presupuestal que a r r i b e n el medios Gerente de la Desarrollo I n s t i t u c i o n a l , son responsables de: • Cautelar negativos que el Acuerdo no resultados en el saldo operativo, económico y neto del f l u j o caja proyectado. d • Q u e no implique la reducción de los gastos operativos y gasto de inversión en d e t r i m e n t o de los servicios que se debe brinda u origine incumplimiento de compromisos. 7.3 Es factible la contratación de personal en reemplazo o suplen cuando el t i t u l a r de la plaza haga uso de licencia sin goce de h por un periodo mayor o igual a treinta días calendario y / o po vacaciones. 7.4En cuanto a asignaciones, pensionable o Personal y Planillas, los conceptos beneficios y similares, únicamente remunerativo, cuando así de: tiene expresamente bonificacio el lo disponga la norma que las aprueba. 7.6 Queda prohibido autorizar o efectuar adelantos con cargo remuneraciones, bonificaciones, pensiones o por C T S . Artículo 8**.- ^ecucíón Presupuestaría en materia de Servicios. Los procesos para autorizados previamente favorable de la disponibilidad la contratación por Oficina de presupuestal el de los servicios Gerente Desarrollo N o Personales, previo informe Institucional, correspondiente; así se como, respecto con el a infor f a v o r a b l e de la O f i c i n a de Recursos Humanos, la naturaleza del servi debe estar comprendido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2015 de la Entidad. Los c o n t r a t o s que contravengan el presente numeral serón nulos de plen derecho, sin perjuicio de la responsabilidad del funcionario de la En que autorizó tales actos, así como del T i t u l a r de la E P S A S A . Artículo 9* Aceptación de las donaciones. Las donaciones internacionales, Directorio dinerales públicas provenientes de instituciones o privadas, serón aprobadas de la E P S A S A , . nacionales por Resolución Dicha Resolución consignará la f u e n t e y uso de e s t o s r e c u r s o s . Artículo 10®.- Nuevos contratos de obra a plazo que exceda el Año Fiscal. Los nuevos contratos de o b r a s u s c r i b i r s e , cuyos plazos de ejecución superen el Año Fiscal en curso, deben contener obligatoriamente y ba sanción de nulidad, una cláusula que e s t a b l e z c a que la ejecución 12 de mismos e s t á s u j e t a a la disponibilidad presupuestaria y f i n a n c i e r a d Entidad. Artículo 11®.- Compras Corporativas. El Gerente Entidad podrá interinstitucionales contratación escala de suscribir conducentes a de servicios, e f e c t o s una compra conjunta, convenios negociar compras de aprovechar en las de bienes las economías mejores y más de ventajosas condiciones para la E n t i d a d , conforme normatividad vigente. Artículo 12®.- Montos para la determinación de los Procesos de Selección. La determinación Licitaciones todas de los Públicas, las Entidades Procesos Concursos del S e c t o r de selección Públicos y para efectuar Adquisiciones Público, comprendidas la Directas en el Art.3® d d e c r e t o Legislativo N® 1017, Ley de Contrataciones del Estado. La aplicación del presente A r t í c u l o se realizar en concordancia con e N® 1017, Ley de Contrataciones Decreto Supremo del estado, su Reglamento aprobado con N° 184-2008-EF y demás Normas. Modificatorias y complementarias. Artículo 13®.- Prohibiciones M i e m b r o s del D i r e c t o r i o . Los D i r e c t o r e s se a) expresamente prohibidos de: U s a r en beneficio propio o de t e r c e r o s relacionados o no, los bien servicios de la E P S A S A b) U s a r en beneficio oportunidades en donde e j e r c e n sus funciones. propio comerciales o o de de terceros negocios relacionados así como la o no, l información privilegiada de que tuvieran conocimiento en razón c) Celebrar contratos ejerce sus garantías, funciones ajenos particulares, tercer grado préstamos de cualquier naturaleza, con la E P S A S A y o en u obtener de las operaciones beneficio propio de consanguinidad las garantías ella de o préstamos, la Empresa de o segundo o en don créditos con sus parientes, ventaja dentro que la empresa de mercado. Los D i r e c t o r e s Instituciones se prohibidos, r e s p e c t o Privadas comprendidas d de afinidad; salvo que lo respondan operaciones normalmente con t e r c e r o s y siempre que se dé en condiciones d) o en a las Empresas o el sector 13 económico específico de la Entidad en donde sus funciones, a realizar lo siguiente: a. P r e s t a r servicios en estas condiciones bajo cualquier condició b. A c e p t a r representaciones c. Intervenir tenga como remuneradas. abogados, pendientes con la apoderados Empresa en en la los procesos que cual prestan sus servicios, mientras e j e r z a n el cargo; salvo en propia, de su cónyuge, subsistirán asuntos padres o hijos permanentemente específicos en menores. respecto los que Los impedimentos aquellas causas hubieren o participado directamente. Artículo 14®.- Responsabilidades Son responsables de e s t r i c t o cumplimiento de la presente Directiva, como de evaluar el importe de A h o r r o I n t e r n o generado como resultado de la a u s t e r i d a d interna. El D i r e c t o r i o , la O f i c i n a de A u d i t o r í a I n t e Gerencia Jefe General, del Gerentes Departamento Departamento de Imagen de Línea, G e r e n t e de Desarrollo Institucional y de la Sucursal Institucional, el jefe de la Huanta Jefe Unidad del de Informática. Artículo La 15®.- Responsabilidades Contraloría República, Control Interno será de la Oficinas responsable Auditoría Interna. de de vigilar que se cumpla con la disposiciones establecidas en la presente D i r e c t i v a . Artículo 16®.- Publicación en la WEB de la EPSASA La Unidad de I n f o r m á t i c a d e b e r á publicar la presente Directiva en W E B de la E P S A S A . Artículo 17°.- Vigencia La presente año D i r e c t i v a e n t r a r á en vigencia a p a r t i r 2015, debiendo hasta el para ello 31 de d i c i e m b r e publicarse del del uno de enero en el Diario 2014, quedando Oficial sin e f e c t o I n t e r n a s que se opongan presente D i r e c t i v a . 14 las el Per Norma