Zona de apl cac ó n
Transcripción
Zona de apl cac ó n
r'q ti~LriLLa CuN VEN ; ;1ON COaÜJ CTI'dA YF?.,T' i;e TEJ*BAdC bic intervwnientesé C .A . .~ . ~.. . ; . ae Productores r i~'oriograuias y ` i ú>rogxa. .as y sus ASUCIACIUN 13E lv.ÜJICÚ :j J: Lim ar :ú13CUt1ilIA .- decha de celebz°aciGa : Buenos !Lares, ~':~ivídad ~y cr teg orla de trubajadore s~ i- e :li re : írldsicos fesionales :1ni e endiE ~=gis Afiliados a la tidad Sindical antes mencionada, Gantidad de Bene ficiarios i. 350 . Zona de apl cac ó n : Ciudad de Concordia y alrededores (Provincia de Entre Ríos) . 1 l.'eríodo de Vigencia :yesde el 1° de Iviayo de .jb9 hasta el 30 de Abríl e 1991 .A~iT!Cl1LO 1 0 " 'como partes la j~Il Asociación del Fiúsicos de Concordia con sede en la ciudad de Goncordia~ «zfúLdT3.itiA al presente Gonvenio lntervletlf, L 1riú~i._.',iUIi C . iIi1 :1 :~1'ttiA . ; .ü' ; wÚGrtt~lY,A,S Y ,sus i'x" oduc~.~ . -.,.- .-. .. .~~..., ...~~- .~.~...-~..nw. ...-.---- ---ARTICU .LO 2°- VIGLNClA T suscriben amigas entidaáes, el JO de Abril de 1991, y la CALARA Lratre tríos -------- ~ .-....~~~.~~.~- .. URAL : El presente Convenio, é1 primero queregirá desde el 1° (le Diayo de j969_hasta en lo que respecta a las condiciones eeiiey rales, de prestación dr s(,rvicos .--- _------------------------- -__ ario Relaciones l .a oa[e$ xñTICULO 3 °-- ZUNA LE ArLICACION : Ciudad de Concordia ;y alrededores Provincia de Entre Reos----------------------------------- _ .. .... ...._- ARTIC ULO 4° - 1<l presente Convenio comprende a :(a) Ejecutantes T.xusica . les (instrumental y/o vocal, directores, arregladores y copistas, sie.rpre y cuando, aceden en forma independiente, en el ejercicio profesional de su arte, y sin relación de dependencia .-(b) Las empresas produc toras de l'onogralnas yfo los directores o artistas vinculados por cont ; tos de locación de obra con las empresas productoras de 1'onogramaa .--_ ARTICULO 5 °-Los honorarios de los ejecutantes musicales (Instrumental_ y/o vocal) se fijarán por cantidad de temas de acuerdo a la taríia que corresponda según lo establecida en el ARTICULO 7° del presente vigent al momento de la grabación, Si los temas estuvieran compuestos por trE mentas de obras musicales (popurrí), será considerado tema hasta 4 (cu 1, tro) minutos de duración cada ------------------------------- ARTICULO 6 °-La grabación comenzará a partir del momento en que se encu aran presentes en ~a sala de grabación todos los ejecutantes . Si eran corridos 30 (treinta) minutos de la hora en que fueron citados no esta vieran todas los p&Pticipantes de la grabación, se podrá levantar la grabación, no pudiendo loa ejecutantes presentes ejecutar reclamo algo no, ni cobrar suma alguna por su cpmparecegcia .----_----___-- .._-_w=_-- ARTICULO 7°- Los honorarios para los ejecutantes musicales (Instrumental yfo vocal), directores, ar"egladores y copistas,comprendido : en este Convenio, a partir del de 1939 , serán lo> siguientes,------------------------------------ ____________________ 1) ~! LCUTAi 'l.%;S iY i lo de Dlayo LC:L~,Z1:0 (I nstrame n -¿al yío vocal) : ---------- __-____.. ~ CA'1.r,GÚttlA A r Nata categoría incluye a los ejecutantes musicales que acompañen en la grabación que se trate al artista intérprete bajo contrato con una empresa productora de for;ograLlas, y. que haya grab, do en alguna oportunidad para alguna empresa productora de fonogra- mas asociada a C .A .Y .1 .F . y cuya grabación haya sido publicada y p;, ta a la venta en el comercio .---_--____-____-______--_-____-_______. CATEGORIA B :Esta categoría incluye a los ejecutantes musicales que 9ompañeá :;en la grabación que se trate al artista trato con una empresa productora de fonogramas y intérprete,bajo t. que nunca haya gr, bado para alguna empresa productora de fonogramas asociada a o bien cuyas grabaciones nunca hayan sido publicadas y puestas a lz venta en el comercio ---------------------------------------------- Los honorarios para temas k 1 .000 .- la categoría A son, por la. grabación de dos (2 . (AUSTRALES LEN lilL -_-_____-_ Los honorarios para la categoría B, por la grabación de dos (2) te. mas s A¡ X350 .- (AUSTHALES OCRUSCIENTUS ~Jf'!ífl2Er~~CI --'l{t°fClr' 2) 1ai1 i:,UTU hLS ; ---__---_ ....__--_-_-____ .. .-._ ...__-__ ..._ ..._---_-____.._ .r-____--_. (a) ror cada, arreglo se fija un honorario de : ----___--__-___-___-__ . CATWURIA "A" : (Le acuerdo a lo definido en el punto 1) del preseb artí culo) : k 2 .O00.CATEGOHIA B: (AUSTRALE3 1)US 1v11L ---------- ) , _____ (¡)e acuerdo a lo definido en el punto 1) del presente, .Ñ 1,.500 .-articulo)- (AUSTRAL l:S LEN 1~;1L QUINIENTOS---) .--__-__ . (b) Por la direccien de un tema musical se establece un honorario------------------------------ de :-__~._.,._~_ .._ CATEGORIA "A" : ve acuerdo a lo definido en el punto 1) del presea artículo) &700 .-- (AUSTRALES SETE3C1LNTOS----_- --- ) . __ CATEGORIA "B" : (ve acuerdo a lo definido en el punto 1) del presea articulo) : -4600 .- (AUSTRALES S:1 ISUIENTOS-------_-__-- ),__ . (c) Cuando el director de una agrupación o conjunto vocal .F instru . mental, sea al mismo tiempo artista interprete que tiene celebrado contrato con:..las empresas productoras de fonogramas por el cual pe: Gibe regalías, no tendrá derecho a cobrar los honorarios estableciera el presente Convenio .--_--------_-...-_--___---_-_-__----__----_-_ 3) CUPIdTAS X ror cada carilla se establece un honorario 'de CATEGOKlA "A" : (1)e acuerdo a lo definido anteriormente ) # 50 ._ (AUSTRALES CINCUENTA----------- -_--_-__) p--___-_--__-_____--_-___ . CA'TEGURIA "B'1 : (De acuerdo a lo definido anteriormente) : k 40 .(AUSTRALES CUA111 EvTA ----------------------), -----------------------ARTICULO S° :Las empavas productoras de fonogramas no permitirán la tuación de los ejecutantes musicales no remunerados . Esta disposiei no se aplicará a los ejecutantes musicales que tengan contratos coro las compañías productoras de fonogramas o cota alg :ln director y/o intérprete los que regirán bajo las condicones en ellus establecidas .t~RTICúLU 90 ;-Ul nombre del director deberá figurar en le etiqueta di disco .á contratapa o cualquier otro tipo de envase ---------- ______-ARTICULO 10 -Las copias de los arreglos serán de quien abone los honorarios previstos en el apartado (a) del. punto 2) del ARTICULO 7á_, debiendo entregar una copia a la empresa productora de fonogramas pi ra su registro ---------------------------------- ------------------ARTICULO 11°- rara facilitar el pago de los honorarios correspondiei a los ejecutantes musicales(instrumental y/o vocal), directores, arx gladores y copistas, se acuerda que las partes enunciadas en el pun? (b) del ARTICULO 4°- deberán abonar por cuenta de las partes enuncia das en el punto (a) del mismo articulo, a la finalización de la grabación,, los honorarios mencionadg>Z., en las ARTICULOS 709 14º y 150 9 la oficina que la ASOCZACION ykUFESIONAL h D'USICUS determine i.~ A r 'F u t r. -~ ., rw fCI f.~ ARTICULO 12 °- ~ii la grabación se realiza con ejecutantes masicales (instrumental y/o vocal) que resiaan a niás de 50 kilómetros del lugar de la grabación, la parte que correspor:da al punto (b) del ARTI CULO 4'1-, , se hará cargo de --------------------- __----___------__--(a) THI~SLA: ;E1 mismo se realizará erg i4:icro ó tren y se abonará con. tra entrega de boleto ó ticket-------------------------------------(b) ESTA.UIA :Se utilizarán hoteles de dos (2) estrellas y se reembol . sará por gustos la tarifa correspondiente a pensión completa vigenten caria momento para hoteles de este _____-____ En este caso para poder afrontar estos gastos adicionales sólo se a. borrará el 80% (ochenta por ciento) de los honorarias previstos en e : artículo V°--------------------------------------- ARTICULO _1 °- Las empresas productoras de fonogramas tendrán derecha a utilizar en cualquier spporte el play-back pasta fines promocionalc del artista bajo las siguientes condiciones ;---------------- ~--___- . (a) Ro se abonará suma alguna pov el uso del play-back cuando éste utilice con fines promocionales .-----_ -_--_--_--_____-----_____-____ (b) Se abonará el 30% (treinta por ciento ^ ) de la suma abonada por 1 grabación, actualizada a los honorarios vigentes al momento de la ul lización del play-back, cuando el artista recurra al uso de la cinta en casos no previstos en el precedente punto(&) de este artículo,- " . r. CI :i A reprodujf AhTIÜULO 14 ° - Si las empresas productoras de fonogramas nacionales, abonarán donde h rata la banda de sonido de películas (cincuenta por ASOCIACIO1 rRUI' STüIAL ylt 1+iUjIGUS indique, el 50 con lo estipulado en el ciento) de los honorarios que de acuerdo similar de ejecutantes m ARTIGU1,0 7 °- correspondiere a un námero realización de la banda que se sicales que los utilizados en la xeproduce .-----__--------__-------_____-w_-_-----------------__- honorarios previstos AhTIJULO 15 ° - Las partes establecen que los serán ajustados periódic epa el ARTICúLU7 ° - del presente Convenio forma bimestral .-------mente de comán acuerdo, en lo -posible en determine el Gobierno El porcentaje nunca será inferior al gtae período que se trat cional como índice de ajuste de salarios del V