Art. Valeria Arredondo Ossandón

Transcripción

Art. Valeria Arredondo Ossandón
LA VÍCTIMA DE EXPLOTACIÓN
SEXUAL COMERCIAL:
análisis desde el espacio de
intervención especializada
V región - Chile
Valeria Arredondo Ossandón
Resumen
E
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l presente trabajo se basa en el análisis de la construcción de la Victima de
Explotación Sexual Comercial de Niños, Niñas y Adolescentes - ESCNNA
desde el espacio de intervención especializada en esta problemática. Se pretende generar un análisis crítico que de cuenta de algunos de los desfases y tensiones que se han identificado desde el marco interventivo en ESCNNA desarrollado
por el Organisno No Gubernamental PAICABI 1 a través de sus distintas experiencias
de intervención en la IV y V región de Chile. Este análisis se construye desde el
lugar que PAICABI ha tenido en el desarrollo de programas de intervención con
niños, niñas y adolescentes que ha sufrido victimizaciones del tipo ESCNNA desde el año 2004 a la fecha, en un trabajo continuo de reflexión y aprendizaje desde
la experiencia. Se plantea una propuesta de antecedentes histórico - políticos que
contextualizan la emergencia de la ESCNNA como problema social en Chile, los
lineamientos que desde el Servicio Nacional de Menores - SENAME se han diseñado
para la intervención especializada en ESCNNA, y finalmente algunos de los resultados obtenidos en la experiencia de intervención con niños, niñas y adolescentes
desde la ONG PAICABI, relevando las tensiones surgidas en la definición de la
Victima y el desarrollo del trabajo de intervención especializada.
Antecedentes histórico políticos de la ESCNNA
Con el advenimiento en Chile el año 1990 de un gobierno democrático, se inician
una serie de compromisos de orden internacional a través de tratados y acuerdos
contraídos por el Estado de Chile, que tienden a destacar la línea de promoción
y protección de Derechos Humanos desde el ámbito público. Se establece de esta
manera que es un deber del Estado de Chile la generación de las condiciones de
respeto a los Derechos Humanos fundamentales, así como las estrategias para la
reparación de sus transgresiones. Con este movimiento, comienzan a surgir diversas iniciativas que tendieron a poner en el espacio público distintos tipos de violencia social invisibilizada en el contexto socio - político precedente, y que daban
Psicóloga por la Universidad de Valparaíso Chile. Magíster en Psicología Social Universidad Autónoma de Barcelona - España - ARCIS Chile. Fundadora y Encargada Área Técnica de Organismo
No Gubernamental PAICABI. Desde 1996 participa en el diseño, evaluación, investigación y
publicaciones asociadas a vulneraciones graves de derechos de la infancia en Chile.
Contacto: [email protected].
1
ONG paicabi – www.paicabi.cl
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cuenta de la legitimación de las prácticas de violencia desde otros espacios como el
espacio denominado “privado” o de la “intimidad” – la familia. La primera problemática denunciada emergió desde el movimiento de defensa de los derechos de la
mujer, gestada desde las diferentes instituciones no gubernamentales que venían
trabajando desde la década del ochenta a través de acciones marginales al Estado,
apoyadas por la cooperación internacional.
En este contexto surge como una problemática específica denunciada la violencia intrafamiliar, que definía las distintas formas de agresión y abuso que se daban en
las relaciones entendidas como “familiares” y “cotidianas”, pertenecientes al espacio
de lo privado. El icono de su reconocimiento fue la generación de una normativa
jurídica que reconoció el carácter ilegal de esta práctica, que fue la promulgación
de la Ley de Violencia Intrafamiliar en el año 1994. Sus antecedentes concretos fueron
la difusión de cifras y estadísticas que ilustraban la magnitud del problema en Chile.
Estas cifras causaron impacto en los distintos sectores de la sociedad, comenzando a
construirse una sensibilidad frente a la situación de desigualdad que existía hacia
la mujer en el espacio considerado privado. Desde esta condición se proyecta la
revisión de la posición de la mujer en el espacio público, lo que conllevó el reconocimiento de otro tipo de transgresiones en el plano laboral, político y civil. Desde
este movimiento surge la denuncia por la situación de la infancia en Chile, considerada como una de las distintas formas de violencia de la que eran víctima grupos
particulares de la sociedad. Se abre así, el debate, la denuncia y el enfrentamiento
de las situaciones de desigualdad que se daban estructuralmente en la sociedad.
Dentro de la caracterización de la situación de la infancia en Chile que comenzó a salir a luz, emerge la violencia directa de la que son víctimas los niños y las
niñas. Un hito crucial en este escenario fue el Informe de la Comisión Nacional De
la Familia de 1993, que se señala que más de 110.000 niños/as reciben un trato
duro o violento; que un 10% de los niños/as es golpeado con alguna frecuencia;
que un 31% de los padres admite castigo diario y que un 50% lo hace una vez por
semana, siendo los menores de seis años el segmento de la población infantil que
concentra el mayor número de víctimas (Paicabí, 1998, p.31).2 No obstante, en
esta visibilidad del fenómeno los argumentos que establecían la asociación entre
violencia infantil y pobreza, así como la condición de marginalidad y excepcionalidad de este tipo de violencia dominaron la discusión pública en esa época, y
sólo se han ido transformando en los últimos años.3 (Cortes,2001)
En este proceso, emerge como parte del debate otro tipo particular de violencia hacia los niños y niñas en Chile, como es la violencia sexual. De esta forma, si
el reconocimiento de la violencia física y/o emocional ejercida hacia los niños y
niñas por las propias figuras paternas pone en un foco crítico a la institución familiar, la agresión sexual agrega a este cuestionamiento la esfera “valórica” de la
familia, elemento altamente sensible para la discusión nacional en el nuevo escenario político que emergía desde la recuperación de la democracia. De esta forma,
se sitúa en el plano de lo implícito una comprensión que otorgaba un carácter
situado socialmente a este tipo de problemas, a saber, el espacio familiar en que
predomina la carencia múltiple, principalmente ligada a la situación socioeconómica, es decir, familias en “riesgo social”, elemento que históricamente había sido
construido bajo la doctrina del “menor en situación irregular”.4 (Piloti, 2001)
En este orden el Estado se hace cargo políticamente de estas denuncias a partir del reconocimiento explícito de esta realidad, y comienza un camino hacia la
construcción de una plataforma de acción para su erradicación, esta vez desde la
prerrogativa del cambio doctrinario gatillado desde la Convención Internacional de
los Derechos del Niño - CIDN, y su concepción como sujeto de derechos.
Paicabí. Maltrato Infantil. Elementos Básicos para su Comprensión. Edición Institucional ONG
Paicabi - Embajada de Gran Bretaña. Chile. 1998., p. 31.
3
Cortés, E. La Convención de los Derechos del Niño como Instrumento Internacional de Derechos Humanos.,
en: Infancia y Derechos Humanos: Discurso, Realidad y Perspectivas. Editado por Corporación Opción . Santiago.2001.
4
Piloti, Francisco. Globalización y Convención sobre los Derechos del Niño: el contexto del texto.
CEPAL. Serie Políticas Sociales. División de Desarrollo Social. Publicaciones Naciones Unidas. 2001.
2
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En 1990 el Gobierno de Chile crea el primer Plan Nacional de Protección de la Infancia 1990 - 2000, y luego el actual correspondiente al período 2001 - 2010 (MIDEPLAN, 2000).5 Los objetivos centrales de estos planes han sido plantear e implementar diferentes líneas de acción tendientes a resguardar los Derechos del Niño y del
Adolescente, siendo una de las prioridades establecidas aquellas que se relacionan
con las diferentes situaciones de violencia ejercidas en contra de los niños y niñas, especialmente en el contexto familiar, posicionando en un lugar secundario, aquellas
que dicen relación con el contexto social e institucional. En los últimos diez años, se
ha sumado a esta perspectiva la visibilización de la violencia “ejercida” por los jóvenes, en una clara asociación con las prácticas delictuales, generándose un discurso
asociado fuertemente al control social como prerrogativa del estado a través de sus
distintas agencias. Este tema se ha constituido en un eje del debate aún en curso,
desde la promulgación en Chile de la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil.6
Este marco de antecedentes históricos generado desde las políticas públicas,
ha delineado las acciones principales desarrolladas para la infancia en Chile en
los últimos 20 años, que han sido materializadas en forma intersectorial desde los
distintos estamentos públicos en colaboración con organismos no gubernamentales. Estas acciones han tenido un marcado énfasis por una parte, en la generación
de una normativa legal que de cuenta de la ilegalidad de las prácticas violentas
y abusivas hacia los niños y niñas a través de la promulgación de distintas leyes, y
por otra parte en la implementación de programas de intervención familiar biopsicosociales, orientados fundamentalmente a las familias de alta vulnerabilidad
social también denominadas multiproblemáticas.
En el contexto de la implementación de todas estas iniciativas, en los últimos
años surge una nueva dimensión de la violencia hacia los niños y niñas, esta vez
en el espacio público, como es la ESCNNA. Esta visibilidad emergente de la ESCNNA en Chile se genera con mayor fuerza a partir de la difusión de algunos casos
emblemáticos que concitaron el asombro público y que tuvieron gran cobertura
en los medios de comunicación nacional, generando una mayor sensibilización
a nivel masivo. En efecto, se produce una ampliación del debate al relevarse una
nueva y sofisticada forma de agresión a los niños, niñas y adolescentes, que implica ya no sólo elementos a nivel familiar, si no que conlleva factores de orden económico - comercial, de poder, de abuso, de lo público y privado, y de la legalidad
o ilegalidad con que operan determinados grupos tras estas prácticas.
Otro hito en esta visibilidad fue dada por la difusión de algunos estudios que
daban cuenta de la magnitud del problema de la ESCNNA en nuestra sociedad.
Los primeros antecedentes específicos sobre ESCNNA en Chile datan de 1992.
Un estudio realizado por el Servicio nacional de Menores – SENAME con el apoyo de
UNICEF, se estimó una cifra nacional de 4.200 niños y niñas afectados por este
tipo de problemática. Sin embargo, no es hasta el año 2003 que se desarrolla en
Chile un estudio de mayor especificidad. Este estudio fue asignado por el SENAME
a la Universidad ARCIS – Santiago, destacándose los siguientes resultados (Sename,
2004)7: a) Se estableció una estimación de 3.719 casos de ESCNNA a nivel nacional, b) Siendo el 80% de los casos correspondientes al de sexo femenino y el 20%
masculino, c) El 68% de los niños y niñas víctimas de ESCNNA viviría con su familia, d) En el 50% de los casos la iniciación en actividades de ESCNNA se produciría
en torno a los 10 años, e) Se establece una frecuencia diaria para la realización
de las prácticas de ESCNNA para el 62 % de los niños y niñas consultados, f) El
40% de los niños y niñas víctimas se encuentran en situación de educación básica
MIDEPLAN. Política Nacional y Plan de Acción Integrado a Favor de la Infancia y Adolescencia.
Gobierno de Chile. 2001 - 2010. Ministerio de Planificación y Cooperación. Chile. 2000.
6
www.defensoriapenal.cl/ (consultado el 12 de agosto 2009)
La inimputabilidad alude a la condición de no ser responsable penalmente frente a la comisión de
ilícitos, debiendo ser tratado por el sistema de administración de justicia como menor de edad y por
tanto sujeto de protección especial. En Chile la edad de imputabilidad de acuerdo al código penal
era hasta los 16 años. No obstante, se aprueba el año 2006 la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil que
rebaja esta edad a los 14 años, y que entra en vigencia en Chile el 7 de Junio del 2006.
7
www.sename.cl (consultado el 17 de Enero del 2004)
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completa, y g) Respecto de la distribución de casos por región, las principales regiones afectadas por el problema serían la Región Metropolitana (1.143 casos), la
V región - Valparaíso (595 casos), y la II Región, Antofagasta (408 casos).
Esta visibilidad se asocia a acciones concretas que venía desarrollando el Estado
de Chile en términos de la protección de la infancia y sus derechos, y que se asocian a
la ESCNNA. En primer término, está la propia ratificación por Chile de la Convención
Internacional de los Derechos del Niño, la cual contiene en su articulado menciones específicas respecto a su enfrentamiento. Luego se encuentra la ratificación realizada
el año 2003 del Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño Relativo a
Venta de Niños, Prostitución Infantil y Utilización de Niños en la Pornografía. Asociado a lo
anterior, se agrega la ratificación del Convenio 182 de la OIT Sobre Las Peores Formas de
Trabajo Infantil que incluye entre otras formas de trabajo infantil la utilización, reclutamiento y oferta de niños y niñas para prostitución y pornografía8 (Sename, 2004).
Otro eje de desarrollo lo han constituido las reformas jurídicas asociadas a la ESCNNA. En este sentido, cabe señalar que estas reformas se han sumado a una serie
de otras modificaciones asociadas a la infancia que han intentado proteger desde los
cuerpos legales su situación de vulnerabilidad asociada a la violencia infantil, y específicamente la agresión sexual9 (Arredondo, 2006. P. 23), como lo son: 1) la Ley Nº
19.325 promulgada en 1994, y modificada el año 2005, que tipifica como faltas las
conductas de violencia intrafamiliar, incluido el maltrato infantil, 2) la Ley Nº 19.617
de delitos sexuales que se modifica el año 1999 ampliando la tipificación de delitos,
y realizando diversas modificaciones procesales. Sus principales aportes han sido la
mayor gravedad de las sanciones en caso de víctimas menores de edad y si el delito
es cometido por personas vinculadas a la víctima, 3) y la Ley Nº 19.927 del año 2004,
que eleva la edad de “consentir” sexualmente de 12 a 14 años, sanciona a quienes incurren en el delito de pornografía infantil, la facilitación de la prostitución, se crean
nuevas penas, y se amplían las posibilidades investigativas de este tipo de delitos.
Todas estas iniciativas han generado una plataforma de mayor cobertura para el
enfrentamiento de la ESCNNA, y han convergido en el propósito de generar una
transformación social que deslegitime la “cosificación” del niño, niña o adolescente y lo transforme en sujeto tutelar de derechos, intentando relevar la complejidad
que sustenta el fenómeno.
El enfrentamiento de la ESCNNA en Chile: los programas de intervención especializada en reparación de las víctimas
En Chile, desde el año 2004 el SENAME, órgano dependiente del Ministerio de
Justicia, encargado de diseñar, representar y ejecutar las políticas públicas en infancia, incluye dentro de su plataforma programática, la línea de Proyectos de Intervención Especializada en Reparación de Víctimas de ESCNNA,10 siendo ésta una de
las manifestaciones más visibles de materialización de los compromisos asumidos
a nivel internacional con la firma de los distintos protocolos.
Esta línea de trabajo se orienta al trabajo directo con los niños, niñas y adolescentes que han sido víctimas de ESCNNA, a través de una intervención de caso,
centrada en los siguientes objetivos marco:11 (Sename, 2009, P. 5): 1) Apoyar la
elaboración de los daños y experiencias traumáticas presentes en el niño, niña y
adolescente víctimas de la explotación sexual comercial, 2) Interrumpir las prácticas de explotación sexual comercial infantil y adolescente en que están insertos,
3) Fortalecer recursos protectores, psicológicos y sociales, de las familias y/o adulwww.sename.cl (consultado el 17 de Enero del 2004)
Arredondo, Valeria. Tesis: La Construcción Discursiva De La Práctica De Explotación Sexual Comercial Infantil Y Adolescente: Analisis Del Espacio De Intervencion Especializada. Universidad ARCIS. Universidad
Autonoma de Barcelona. S/E. Santiago. Chile. 2006., p.23.
10
La concreción técnica de esta política trae consigo la generación de un presupuesto concreto que
financia los programas a nivel nacional, y la construcción de Orientaciones Técnicas para los Proyectos de
Intervención Especializada en Reparación de Víctimas de ESCNNA, que contiene los principios que sustentan la intervención, sus objetivos y resultados esperados. Fueron elaboradas por equipos técnicos
del Departamento de Protección de Derechos del SENAME nacional.
8
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tos significativos que aseguren protección social para usuarios/as del proyecto,
4) Asegurar la re-inserción social de niños, niñas y adolescentes, y 5) Favorecer la
coordinación entre distintos servicios y sectores; en ámbitos legales; de salud; escolarización especial, de acuerdo a las necesidades particulares de cada usuario/a
del Programa. Se programa el trabajo para su desarrollo en un lapso máximo de
veinticuatro meses, para lo cual se estructuran equipos técnicos multidisciplinarios, compuestos por psicólogos, trabajadores sociales y educadores. Se estipulan
como resultados esperados de la intervención los siguientes:1) El 100% de los
casos detectados cuenta con la protección jurídica legal que requieren, 2) En al
menos el 50% de los casos se interrumpen las practicas de explotación sexual
comercial, 3) En al menos el 50% de los casos los niños, niñas y adolescentes finalizan el proceso reparatorio de acuerdo a los objetivos contenidos en el plan de
intervención individual, 4) Al menos el 50% de los casos cuenta con un referente
protector, 5) El 100% de los niños, niñas y adolescentes sin referente protector
son ingresados al sistema residencial de la red Sename, y 6) El 100% de los niños,
niñas y adolescentes ingresados al programa reciben las prestaciones requeridas
de los distintos servicios públicos de acuerdo a sus necesidades particulares.
A la fecha existen en el país 15 programas especializados de intervención en
ESCNNA, con una cobertura total de 770 a nivel nacional.12 (Sename, 2010)
La experiencia de intervención de la ONG PAICABI en ESCNNA
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Desde sus inicios en el año 1996 la ONG PAICABI se focaliza en la intervención
reparatoria de niños y niñas víctimas de violencia, considerada como una de las
más graves vulneraciones a los derechos de la infancia y adolescencia. En los primeros dos años de desarrollo de la primera experiencia de intervención multidisciplinaria en la ciudad de Viña del Mar - V Región, se produce una significativa
focalización del trabajo en las victimizaciones de tipo sexual, las cuales emergen
en escenarios sociales diversos y con condiciones de alta vulnerabilidad. En este
trabajo no es hasta el año 2000 que bajo la figura ya de los programas que trabajaban en violencia sexual infantil ejecutados por esta ONG, emerge una nueva
tipología de victimización, a saber la ESCNNA. Este hallazgo, genera al interior de
esta institución la necesidad de contar con una instancia especializada de trabajo
con esta problemática, que si bien comparte muchos de los aspectos ligados al
daño del abuso sexual infantil intra y extrafamiliar, también presentaba diferencias
y particularidades que ameritaba un diseño técnico interventivo específico. De esta
manera la ONG PAICABI en colaboración con el SENAME abre el primer Centro
de Intervención Especializada en ESCNNA en la ciudad de Valparaíso, Centro ANTU,
que se encuentra en ejecución desde marzo del 2004. Se suman a este trabajo el
año 2005 el Centro ARUNA en la Ciudad de La Serena - IV Región, y el año 2008 el
Centro KALAN de la ciudad de San Antonio - V Región.
Para el desarrollo del presente artículo se ha optado por presentar algunos de
los resultados que contribuyen a ilustrar la construcción de la víctima de ESCNNA
y del proceso de victimización asociado. Cabe señalar, que dar cuenta de un mayor alcance de la experiencia de esta institución en esta problemática escapa a la
posibilidad de este artículo. Con este propósito se exponen los logros asociados a
la interrupción de la práctica de ESCNNA, la resignificación de la experiencia y la
superación del daño en el niño, niña o adolescente, y en su adulto referente (padres, familiares u otros significativo) considerando los datos del Centro ANTU, de la
ciudad de Valparaíso.13 (ANTU, 2009) Dentro de estos objetivos, los resultados de
la intervención realizada por esta ONG, indican la progresiva interrupción de las
prácticas de ESCNNA en los niños, niñas y adolescentes participantes de los espawww.sename.cl (consultado el 9 de enero 2010).
www.sename.cl (consultado el 12 de septiembre del 2010).
13
ANTU. Informe de Autoevaluacion Anual Periodo 2009. s/e. Santiago. Chile. En este informe se presenta el análisis cuantitativo y cualitativo de los resultados obtenidos en el periodo anual 2009, considerando una totalidad de 72 casos de niños, niñas y adolescentes participantes del programa.
11
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cios interventivos. En este sentido, es posible señalar que cerca del 70% de los niños, niñas y adolescentes participantes de la intervención logran la interrupción de
las prácticas de ESCNNA. El 19% presenta disminución significativa y 10% disminuye los riesgos asociados a las prácticas de ESCNNA, aunque no su interrupción.
En relación a este resultado, es posible señalar que uno de los ejes de la intervención que sustenta este logro da cuenta de la visibilidad social de la ESCNNA que se aborda en el espacio interventivo. Este aspecto se trabaja desde la
perspectiva situada, que implica que cada caso en particular es revisado desde su
redes socioculturales especificas representada en su contexto social particular, lo
cual implica un despliegue de mecanismos y estrategias diversas según el tipo de
ESCNNA de la que se trate, las que van desde acciones coactivas hacia el explotador y sus redes, hasta el trabajo en las pautas y premisas de valor que sostienen
e invisibilizan esta problemática, pasando por la judicialización con el objeto de
la penalización, y la activación de los mecanismos judiciales proteccionales para
el niño, niña o joven. En este sentido, se puede señalar que en el 89% de los
casos de niños, niñas y adolescentes participantes del programa de intervención
se cuenta con medidas proteccionales en Tribunales de Familia, lo que implica su
reconocimiento como sujeto de derechos y de protección especial, aspecto que
ya involucra una problematización de la dinámica de la ESCNNA en relación a la
posición de la víctima y una mayor visibilidad. Respecto a este punto, cabe señalar
que en algunos de los casos en que no se logro la activación de este mecanismo
judicial, se presenta una divergencia crítica en relación a la posición del niño, niña
o adolescente víctima de ESCNNA, a saber, algunos de ellos y ellas se encuentran
también afectados por sentencias condenatorias bajo la Ley de Responsabilidad Penal
Juvenil, por diversos delitos, muchos de ellos asociados a las mismas dinámicas de
ESCNNA. Es decir, comparte el estatus legal de sujeto de protección y de sujeto de
control. De sujeto “protegido” y de sujeto “vigilado”.
Otro resultado que merece destacarse, es el que tiene relación con el objetivo
de lograr la elaboración de los daños y experiencias traumáticas presentes en el
niño, niña y adolescente víctima de ESCNNA. En relación a este objetivo los logros
obtenidos señalan el alcance parcial de esta meta. Se considera que sólo el 54% de
los niños, niñas y adolescentes participantes de la intervención resignifico e integro la situación de ESCNNA como una experiencia de orden abusivo, y por tanto
la problematiza desde su dinámica y efectos, al menos en la fase intermedia de la
intervención. En efecto, este objetivo sólo se logra en una mayor magnitud al final
del proceso interventivo, siendo más bien un proceso complejo y que muchas veces extiende la intervención mas allá de lo estipulado en las orientaciones técnicas
y el plan de intervención inicial diseñado para el caso.
Coherentemente con este objetivo, es el logro asociado a la superación del
daño en el niño, niña y adolescente ligado a la experiencia de ESCNNA. En los resultados obtenidos, se da cuenta que un porcentaje similar, es decir, cerca del 50%
de los participantes de la intervención logran la superación de las secuelas socioemocionales asociadas a la victimización por ESCNNA en una etapa intermedia del
proceso. A partir de este dato, es posible plantear algún nivel de consistencia entre
la problematización de la práctica de ESCNNA y la superación del daño asociado
por una parte, y por otra, la divergencia aparente que podría surgir del objetivo
ligado a la interrupción de la práctica de o su disminución, antes descrito.
Construcción de la victima de ESCNNA:
ejes críticos asociados a la intervención reparatoria
El diseño técnico de los programas de intervención especializada en ESCNNA que
se ha expuesto, plantean un desafío significativo a la hora de configurar que tipo
de niño, niña o adolescente será el sujeto - foco del proceso. En efecto, en la experiencia antes descrita, se subentienden algunos supuestos tras el desarrollo de las
estrategias y metodologías disponibles a ser implementadas, tales como: En primer
término se entiende que el foco de la intervención es el sujeto víctima de ESCNNA,
el cual se comprende como niño, niña o adolescente, es decir se reconoce su mino
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ría de edad y por tanto condición de protección especial.14 Se trataría de un sujeto
que se entiende víctima, es decir, que se entiende desde ser parte de una dinámica
de vulneración de su integridad física, psicológica y social. Como tal, este sujeto no
se sitúa relacionalmente con reciprocidad y mutualidad en relación al otro, si no
más bien desde la posición de subyugación - pasividad, lo cual es el núcleo de la
práctica abusiva. Se trataría de un sujeto que evidencia daños en distintas áreas de su
vida, las cuales son entendidas como efectos de la victimización sexual15 (Finkelhor,
1993; Barudy, 1998, Alario, 1993), en este caso la ESCNNA. Se trataría de un sujeto
que se entiende en una posición “fuera” de los estándares normativos de niño, niña
o adolescente, con base a condiciones personales, familiares y sociales. Se entiende
que la emergencia de la práctica de ESCNNA da cuenta de las fallas parentales y
familiares. El niño, niña o adolescente es situado como síntoma de una mal mayor,
a saber la escasa protección de las figuras adultas que debían detentar sus cuidados,
condiciones a veces, transgeneracionales de carencia y abandono16 (Barudy, 1998).
Todos estos elementos, por solo nombrar los más evidentes, son el sustento
que transforma al niño, niña o adolescente victima de ESCNNA en el propósito de intervenciones (psicosociales, judiciales, sanitarias u otras) diseñadas tanto
para él como para su familia. Intervenciones denominadas “protectoras”, que se
fundamentan en el imaginario de que ese niño o niña ha vivido y se ha formado
en condiciones particularmente difíciles, que lo posicionan en un lugar y estatus
distinto al esperado o socialmente deseable, y que merecen ser restituidas.
No obstante, este loable propósito, desde el espacio de intervención especializada es posible identificar tensiones que dan cuenta de cómo cada uno de estos
supuestos se confronta con la complejidad de la dinámica de ESCNNA, y por tanto
con un niño, niña o adolescente con características que lo convierten en una víctima no esperada desde la construcción social de tal17 (Arredondo, 2006). En efecto,
los resultados de la intervención antes planteados, sostienen la pregunta de cómo
un niño, niña o adolescente participante del proceso de intervención reparatoria,
mantiene en algún nivel la legitimación de las prácticas de ESCNNA, y se muestra
resistente a dar cuenta de sus efectos o daños. En definitiva, parece ser que reconocer la práctica de ESCNNA, es decir sacarla del espacio de la negación a otros,
no hace que se transforme en una práctica invalidada. No hace que se deslegitime
su ocurrencia, y funcionalidad en sus vidas. No hace que se construya una lectura
abusiva tras su reconocimiento y revisión.
Desde el inicio, la intervención proclama la necesidad de situar al niño, niña o
adolescente como tal, es decir recuperar su estatus legítimo de sujeto de derechos
especiales. No obstante, el niño, niña o adolescente víctima de ESCNNA dista de
percibirse desde esa construcción. Su historia de vida da cuenta de un ejercicio que
podríamos nominar de “autonomía precipitada” que lo distingue de la concepción
tradicional de niño o niña, y que tampoco coincide con el estatus de un adulto.
Abundan en sus experiencias la integración temprana al mundo laboral informal,
la expulsión de los sistemas educativos tradicionales, la participación progresiva en
contextos adultos, y la construcción de una identidad particular que si bien podemos definir como “adultizada”, no corresponde totalmente a esa construcción. Los
niños y niñas victimas de ESCNNA, se distinguen de los denominados “grandes”,
a partir de identificarse en estados o condiciones que se le atribuyen a la niñez,
(como la inmadurez o la inexperiencia) y que serían excluyentes del ser adultos,
pero al mismo tiempo, se distinguen desde una condición que alude a una parUNICEF. Convención Internacional de los Derechos del Niño. Impresiones UNICEF. Santiago. 1996.
Finkelhor, David. Epidemilogical factors in the clinical identification of child abuse., en: Child Abuse &
Neglect. 17 1993., p. 67 - 70. - Barudy, Jorge. El Dolor Invisible en la Infancia. Una lectura Ecosistémica del Maltrato Infantil. Barcelona. Paidos. Terapia familia .1998., p. 243 - 256. 16
Barudy, Jorge. El Dolor Invisible en la Infancia. Una lectura Ecosistémica del Maltrato Infantil.
Barcelona. Paidos. Terapia familia .1998., p. 161 - 208. - Alario, Salvador. Intervención Psicológica
en Víctimas de Violación. Promolibro. Valencia. 1993., p. 23 - 34.
17
Reflexión basada en trabajo de investigación desarrollado por la autora para obtener el grado de
Magister en Psicologia Social: La Construcción Discursiva De La Práctica De Explotación Sexual Comercial
Infantil Y Adolescente: Analisis Del Espacio De Intervencion Especializada. Santiago. Chile. 2006.
14
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ticipación en sus vidas distinta a las tradicionales esperadas para un niño o niña,
situada justamente en el nivel de autonomía administrada en su vida cotidiana, es
decir es la definición de sí por contraste, que se construye en la dualidad de Ser NO
Niños, y Ser NO adultos al mismo tiempo.
Asimismo, desde la definición de victima podemos también identificar algunos
alcances significativos. Desde la concepción de la victimología crítica el concepto
de víctima alude a todas aquellas personas que se vieran afectadas en sus derechos,
estén o no jurídicamente protegidos por el Estado (Ruiz, 2007).18 Estas definiciones, que representan un marco rector de las acciones interventivas, alude a un
sujeto que se reconoce en algún momento “vulnerado”, y que se reconoce por tal,
con derechos. La práctica de ESCNNA desde acá supone una tensión importante.
Los niños, niñas y adolescentes se sitúan desde una posición en la cual la marginación y la exclusión social ha sido la tónica preponderante en sus vidas, por lo cual
el reconocimiento de ser merecedor de derechos, ha sido transformado e intervenido, resultando en una construcción particular de “ejercicio de otros derechos”,
a saber la que legitima su posición activa, autónoma y estratégica, con la cual han
operado en los contextos y situaciones de daño y riesgo social. Los niños, niñas y
adolescentes se perciben como sujetos activos en la relación con el explotador, toman decisiones, dan cuenta de sus efectos, y generan estrategias que los sostienen
en estas prácticas. Muchas veces, incluso, perciben que estas acciones dan cuenta
de un “poder” administrado por ellos, a saber, el poder de transar dinero, bienes,
o privilegios, por su cuerpo y actos sexuales. En esta definición, la comprensión
de la transgresión y el carácter abusivo de la relación con el explotador queda
subsumida e invisibilizada. Es interesante ilustrar esta tensión. Mientras el espacio
de intervención intenta redefinir la práctica de ESCNNA como abusiva, por tanto
enfatiza el lugar de “no decisión”, “no responsabilidad”, y “no control”, el niño,
niña o adolescente, confirma y se reconfirma, desde la posición de sujeto que es
capaz de “controlar”, “decidir”, y “hacer” en la dinámica de ESCNNA.
En este punto, es necesario incorporar el análisis de daño asociado a la experiencia. En efecto, se entiende como ya se mencionó, que estas manifestaciones
pueden ser comprendidas desde el espacio de intervención especializada como
una de las tantas expresiones de daño socioemocional.(Barudy & Dantagnan,
2006; Canton & Cortes, 2001; Finkelhor, 1980)19. Es decir, construir una matriz
explicativa de la victimización sufrida por los niños, niñas y adolescentes que integre estas tensiones como efectos concretos de la práctica de ESCNNA. En este
punto, la pregunta que surge, es cómo abordar estos efectos con el niño, niña o
adolescente, si esto estaría mediado por la construcción mayor de una identidad
activa, que dista de la posición de vulnerabilidad percibida.
La respuesta encontrada a este punto, en nuestra experiencia institucional, se
orienta a ampliar la mirada de la victimización por ESCNNA, hacia la comprensión
de ésta como proceso. En efecto, los niños, niñas y adolescentes que se ven afectados por la ESCNNA, sí se reconocen en un lugar de víctimas, pero no de la ESCNNA, si no de la historia de vida tras esta experiencia, desde donde la ESCNNA es
sólo una parte de ella. Reconocen ser víctimas de abandonos familiares, de malos
tratos institucionales, de malos tratos físicos, psicológicos y muchas veces sexuales
en su infancia temprana. En esta historia, la ESCNNA se termina configurando
en una posición para ellos y ellas transformadora de las distintas experiencias de
violencia en sus vidas, las cuales son reconocidas como dolorosas. La ESCNNA es
la “mejor respuesta” encontrada por ellos y ellas, para intentar revertir su historia
de victimización. Este punto resulta crítico para el espacio de intervención reparatoria, dado que el cuestionar como foco objetivo esta definición, lo más probable
es que se confronte ciegamente con la construcción de seguridad que ellos y ellas
www.hpchile.cl (consultado el 2 de octubre del 2008)
Barudy, Jorge & Dantagnan, Maryorie. Los Buenos Tratos a la Infancia. Parentalidad, Apego y
Resiliencia. Gedisa. España. 2006., p. 147 - 163. - Cantón Duarte José. & Cortés Rosario. Guia para
la Evaluación del Abuso Sexual Infantil. Ediciones Piramide. España. 2001., p. 23 - 42. - Finkelhor,
David. El Abuso Sexual del Menor. Causa, Consecuencias y Tratamiento Psicosocial. Pax. Mexico.
1980., p.79 - 105.
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Revista Iberoaméricana
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han generado como posibilidad de sobrevivir a las experiencias de daño sufridas.
La alternativa entonces, es reconocer al niño, niña y adolescente con una historia
de victimización, que no sólo ha conllevado daños, si no también ha posibilitado la
emergencia de recursos de sobrevivencia, que si bien no han sido suficientes para
evitar nuevas agresiones como la explotación, merece problematizarse ecológicamente, es decir desde sus propias significados y valoraciones. Sólo desde allí, es
posible generar la reparación a la que se aspira.
La sobre especialización con que a veces se opera desde el espacio de intervención en ESCNNA, hace que se minimice la historia previa construida por el niño,
niñas o adolescente, y se considere como un dato más, sin integrarlo a la reparación psicosocial y socioeducativa entendida como proceso. La ESCNNA no se trataría así de un evento aislado, se trataría de una parte importante de una trayectoria
vital, que es la que sostiene su dinámica y la legitima. El enfoque reparatorio entonces, esta obligado a construirse como un enfoque biográfico, co - construido entre
el niño, niña o adolescente y el equipo interventor, en donde la victimización debe
reconocerse como un proceso dinámico y complejo, que combina expresiones de
daño, pero también de recursos. Estos últimos frecuentemente se mantienen en
un lugar de opacidad frente a la comprensión totalizante de daño que se genera en
el espacio interventivo. Los niños, niñas y adolescentes, no son sólo victimas, si no
también sujetos, con capacidad de influir, decidir, y participar activamente de sus
vidas. Favorecer el espacio para que estos matices y complejidades emerjan debiera
ser el eje rector de la reparación especializada en ESCNNA.
El reconocimiento del niño, niñas o adolescente que ha sido afectado por la
ESCNNA de la práctica misma, sus efectos, y de la transgresión a sus derechos
que ella implica, no debiese constituirse en una condición de posibilidad de la intervención, si no en una condición de proceso de la misma. En una condición que se
construye en la memoria afectiva del niño, niñas y adolescente, esta vez en un contexto que recupera la historia vivida, con todos sus elementos constitutivos, y no
sólo con aquellos que nos configuran la experiencia de dolor o daño desde donde
comprendemos la ESCNNA.

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