B.O. 05-01-2016 - Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes
Transcripción
B.O. 05-01-2016 - Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes
AÑO CIII - N° 27.035 CORRIENTES, MARTES 05 de ENERO de 2016 Edición Digital: boletinoficial.corrientes.gob.ar Anexo Extracto de Sucesorios Sección Administrativa Decretos ........................................ Pág: Nº 2 Sección Judicial Capital Citaciones ........................................ Pág: Nº 5 Sección Judicial Interior Citaciones .......................................... Pág: Nº 6 Sección General Convocatorias ............................. Pág: Nº 6 Sección Comercial Avisos varios ..................................... Pág: Nº 6 Nº 27.035 CORRIENTES, 05 DE ENERO DE 2016 Sección Administrativa Decretos Decreto Nº 3187 Corrientes, 4 de diciembre de 2015 Dr. Gustavo J. A. Canteros Dr. Eduardo Alejandro Vischi Ministro Coordinación y Planificación El Gobernador de la Provincia Decreta: ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE el Modelo de Comodato a suscribirse entre el Instituto de Previsión Social (IPS) y con el Gobierno de la Provincia de Corrientes, el que como Anexo forma parte de este decreto. ARTÍCULO 2º: EL presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas. ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Ministerio de Hacienda y Finanzas y pásese al Instituto de Previsión Social a sus efectos. Dr. Horacio Ricardo Colombi P. José Enrique Vaz Torres Decreto Nº 3189 Corrientes, 9 de diciembre de 2015 Lic. Susana Mariel Benitez Dr. Ricardo Alberto Cardozo Lic. Francisco Ignacio Osella El Gobernador de la Provincia Decreta: ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 5221 de fecha 9 de diciembre de 2015, del Instituto de Previsión Social, la que como Anexos forma parte del presente acto administrativo. ARTÍCULO 2º: EL presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General. ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, y pásese al Ministro de Hacienda, a sus efectos. Dr. Horacio Ricardo Colombi Dr. Carlos José Vignolo Ministro Industria, Trabajo y Comercio Dr. Horacio David Ortega Ministro de Seguridad Bioq. Federico Martín Moulia Ministro Desarrollo Social Dr. Jorge Oscar Quintana Arq. Inés Juana Presman Decreto Nº 3190 Corrientes, 9 de diciembre de 2015 El Gobernador de la Provincia Decreta: ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE la Resolución Nº 5222 de fecha 9 de diciembre de 2015, del Instituto Previsión Social, la que como Anexo forma parte del presente acto administrativo. ARTÍCULO 2º: EL presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General. ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, y pásese al Ministerio de Hacienda, a sus efectos. Dr. Horacio Ricardo Colombi Dr. Carlos José Vignolo Decreto Nº 3195 Corrientes, 14 de diciembre de 2015 Ministro de Turismo El Gobernador de la Provincia Decreta: ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE el CONVENIO ENTRE LA PROVINCIA DE CORRIENTES Y PAG. Nº 2 Nº 27.035 EL ESTADO NACIONAL de fecha 25 de noviembre de 2015, suscripto entre el Gobernador de la Provincia de Corrientes y el Jefe de Gabinete de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, el que como anexo forma parte del presente decreto. ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE la cesión “pro solvendo” e irrevocablemente a favor del ESTADO NACIONAL para asegurar las obligaciones de reembolso del Convenio, los recursos correspondientes al Régimen de la Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1°, 2º y 3º del “ACUERDO NACIÓN-PROVINCIA SOBRE RELACIÓN FINANCIERA Y BASES DE UN RÉGIMEN DE COPARTICIPACIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS”, ratificado por la Ley Nº 25.570 o el régimen que lo sustituya, hasta el monto total del préstamo con más sus intereses. ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE a la SECRETARÍA DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN, a través de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, para retener automáticamente del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos de acuerdo a lo establecido por CORRIENTES, 05 DE ENERO DE 2016 los artículos 1º, 2º y 3º del “ACUERDO NACIÓNPROVINCIA SOBRE RELACIÓN FINANCIERA Y BASES DE UN RÉGIMEN DE COPARTICIPACIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS”, ratificado por Ley Nº 25.570, o el régimen que lo sustituya, los importes necesarios para la ejecución del Convenio. ARTÍCULO 4º: INSTRÚYASE al Ministerio de Hacienda y Finanzas para implementar los compromisos de cooperación mutua y de intercambio de información asumidos con la Administración Federal de Ingresos Públicos. ARTÍCULO 5º: EL presente decreto entrará en vigencia desde su dictado. ARTÍCULO 6°: EL presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas. ARTÍCULO 7º: DÁSE cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia de Corrientes. ARTÍCULO 8º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y pásese al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a sus efectos. Dr. Horacio Ricardo Colombi C.P. José Enrique Vaz Torres DECRETO Nº_3251 Corrientes, 14 de Diciembre de 2015 Visto: El expediente Nº 310-015988-2015 caratulado: “DTOR. GRAL. DE ADMINISTRACIÓN – S/REFUERZO DE PARTIDAS POR LA SUMA DE $ 38.100.000,00”; y Considerando: Que el Ministerio de Salud Pública solicita un refuerzo de partidas por la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES CIEN MIL ($ 38.100.000,00) con el objeto de hacer frente a la imputación del gasto correspondiente a los servicios de racionamiento en cocido, limpieza integral y lavado de prendas. Que el Señor Subsecretario de Finanzas autorizó reforzar presupuestariamente al Ministerio de Salud Pública. Que el artículo 34 (tercer apartado) de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el Poder Ejecutivo disponga modificaciones presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando copia del mismo al Poder Legislativo. Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta: ARTÍCULO 1°: DISMINÚYASE el presupuesto general de gastos de la Administración Central, Jurisdicción: 02 – Ministerio de Hacienda y Finanzas, Fuente 10 Recursos del Tesoro General de la Provincia, la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES CIEN MIL ($ 38.100.000,00), de la siguiente estructura programática: PROG SUBP PY ACT PTDA DESCRIPCIÓN 99 00 00 03 991 CRED. ADIC. P/EROG. CTES $ 38.100.000,00 ARTÍCULO 2°: AUMÉNTASE el presupuesto general de gastos de la Administración Central, Jurisdicción: 04 – Ministerio de Salud Pública, Fuente 10 Recursos del Tesoro General de la Provincia, en la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES CIEN MIL ($ 38.100.000,00), en las siguientes estructuras programáticas: PROG SUBP PY ACT PTDA DESCRIPCIÓN 02 00 00 04 211 ALIMENTOS PARA PERSONAS $ 18.500.000,00 02 00 00 04 335 LIMPIEZA ASEO Y FUMIG. $ 19.600.000,00 ARTÍCULO 3°: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34, tercer apartado, de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera. ARTÍCULO 4°: EL presente decreto es refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas y de Salud Pública. ARTÍCULO 5°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia y pásese al Ministerio de Salud Pública, a sus efectos. Dr. Horacio Ricardo Colombi C.P. José Enrique Vaz Torres Dr. Ricardo Cardozo PAG. Nº 3 Nº 27.035 CORRIENTES, 05 DE ENERO DE 2016 DECRETO Nº_3250 Corrientes, 14 de Diciembre de 2015 Visto: El expediente N° 310-013609-2015 caratulado: “DTOR. GRAL. DE ADMINISTRACIÓN – S/ INCORPORACIÓN DE FDO. NACIONAL PROG. C.U.C.A.I.C.O.R”, y Considerando: Que conforme a la documentación que adjunta el Ministerio de Salud Pública, registraciones verificadas en el S.I.I.F. y al análisis técnico realizado por la Dirección General de Presupuesto corresponde incorporar al presupuesto vigente la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000,00) en concepto de transferencias recibidas del Ministerio de Salud de la Nación con destino al Programa de Ablación e Implantes. Que a los efectos de cumplir con las metas fijadas por el Programa, resulta necesario contar con los fondos y créditos presupuestarios en el Ministerio de Salud Pública. Que la administración de dichos fondos estará a cargo del Programa C.U.C.A.I.COR. (Centro Único Coordinador de Ablación e Implantes de Corrientes) del Ministerio de Salud Pública con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. Que el artículo 35 de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que los recursos serán incorporados al presupuesto, por decreto del Poder Ejecutivo, como así también los créditos por igual importe para atender la finalidad a que dichos recursos estuvieran destinados, debiendo comunicarse a la Legislatura provincial. Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta: ARTÍCULO 1°: AUMÉNTASE el cálculo de recursos vigente de la Administración Central, Fuente 13 Transferencias Nacionales con Afectación Específica, en la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000,00), con la siguiente afectación: 1.0.0.0.0. RECURSOS CORRIENTES $ 36.000,00 1.7.0.0.0. TRANSFERENCIAS CORRIENTES $ 36.000,00 1.7.8.0.0. DEL GOB. NACIONAL OTROS FDOS. NO REINTEGRABLES $ 36.000,00 1.7.8.2.8. PROG. ABLACIÓN E IMPLANTES $ 36.000,00 ARTÍCULO 2°: AUMÉNTASE el presupuesto general de gastos de la Administración Central, Entidad: 04 – Ministerio de Salud Pública, Fuente 13 Transferencias Nacionales con Afectación Específica, la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000,00) en las siguientes estructuras programáticas: PROG SUBP PY ACT PTDA DESCRIPCIÓN 01 00 00 06 292 ÚTILES DE ESC. OFIC. Y ENSEÑANZA $ 4.000,00 01 00 00 06 295 ÚTILES MRES. MED.-QUIRUR. Y DE LAB $ 10.000,00 01 00 00 06 342 MÉDICOS Y SANITARIO $ 16.000,00 01 00 00 06 355 COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS $ 1.000,00 01 00 00 06 399 OTROS NO ESPECIFICADOS $ 5.000,00 ARTÍCULO 3°: EL presente decreto es refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas y de Salud Pública. ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial en cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera. ARTÍCULO 5°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y pásese al Ministerio de Salud Pública, a sus efectos.Dr. Horacio Ricardo Colombi C.P. José Enrique Vaz Torres Dr. Ricardo Cardozo DECRETO Nº_3242 Corrientes, 14 de Diciembre de 2015 Visto: El expediente N° 000-9-9-4841/15 caratulado: “GOBIERNO DE LA PCIA. DE CORRIENTES CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE TATACUÁ Y EL GOBIERNO DE LA PCIA. DE CORRIENTES”, y Considerando: Que a través de la Resolución N° 131/2015 de la Unidad Ejecutora Provincial del Fondo Federal Solidario se afectan créditos presupuestarios por la suma de PESOS SEIS MILLONES ($ 6.000.000,00) para el Ministerio de Coordinación y Planificación, con el objeto de afrontar las obras “Refacción integral Polideportivo N° 72” y “Construcción de 15 viviendas de emergencia”, en el marco del Convenio de Cooperación firmado por el Gobierno Provincial y la Municipalidad de Tatacuá – Decreto N° 2.350/2015. Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas realizará la transferencia de los créditos presupuestarios necesarios para PAG. Nº 4 Nº 27.035 CORRIENTES, 05 DE ENERO DE 2016 que el Ministerio de Coordinación y Planificación cumpla con el convenio celebrado. Que el artículo 34 (tercer apartado) de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el Poder Ejecutivo disponga modificaciones presupuestarias que impliquen traspasos o refuerzos de partidas entre distintas jurisdicciones y/o entidades, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando copia del mismo al Poder Legislativo. Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta: ARTÍCULO 1°: DISMINÚYASE el presupuesto general de gastos de la Administración Central, Jurisdicción: 02 – Ministerio de Hacienda y Finanzas, Fuente 13 Transferencias Nacionales con Afectación Específica, la suma de PESOS SEIS MILLONES ($ 6.000.000,00), en la siguiente estructura programática: PROG SUBP PY ACT PTDA DESCRIPCIÓN 96 00 00 04 993 CRED. ADIC. P/EROG. DE CAPITAL $ 6.000.000,00 ARTÍCULO 2º: AUMÉNTASE el presupuesto general de gastos de la Administración Central, Jurisdicción: 13 – Ministerio de Coordinación y Planificación, Fuente 13 Transferencias Nacionales con Afectación Específica, la suma de PESOS SEIS MILLONES ($ 6.000.000,00), en la siguiente estructura programática: PROG SUBP PY ACT PTDA DESCRIPCIÓN 96 00 00 01 581 TRANSF. A GOBIERNOS MUNICIP. $ 6.000.000,00 ARTÍCULO 3°: AUTORÍZASE a la Dirección de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Coordinación y Planificación a emitir el libramiento de pago contra la Tesorería General de la Provincia y a favor de la Municipalidad de Tatacuá por la suma de PESOS SEIS MILLONES ($ 6.000.000,00), en la fuente de financiamiento 13 – transferencias nacionales con afectación específica, en la estructura programática presupuestaria detallada en el artículo 2° y por el concepto de transferencias a Municipios, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas por parte del ente beneficiario ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Corrientes. ARTÍCULO 4°: EL presente decreto es refrendado por los Ministros de Hacienda y Finanzas y de Coordinación y Planificación. ARTÍCULO 5°: COMUNÍQUESE, a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34 (tercer apartado) de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera. ARTÍCULO 6°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Finanzas, Dirección General de Presupuesto y pásese al Ministerio de Coordinación y Planificación, a sus efectos. Dr. Horacio Ricardo Colombi C.P. José Enrique Vaz Torres Dr. Eduardo Alejandro Vischi Sección Judicial Citaciones - Capital Expte. Nº 125825 y c.c. del C. Penal. Corrientes, 17 de Diciembre de 2015.Dra. María R. Ferreyra Por disposición de S.Sa, Sra. Juez de Instrucción Nº 1, Dra. I: 21/12 –V: 06/01/2016 Norma Beatriz Agraso, de la Primera Circunscripción de la Provincia de Corrientes, se cita y emplaza a: Galante El Dr. Daniel Edgardo Borches, Juez del Juzgado de 1º Horacio Vicente, D.N.I. Nº: 14856.152, con último Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaría Nº 1 a domicilio conocido en calle Alvear Nº 245, Bº Villa Marteli, cargo de la Dra. Mariela Biancucci, de Corrientes (Ctes), localidad de San Martín, provincia de Buenos Aires, o en Cita al Demandado, Sr. Landi, Víctor Hugo, DNI Nº Bº Piragine Niveyro (ex Aero Club) 250 viviendas, Mz. C, 13.636.983, por Cinco (5) Días para que se presente en el casa 17 de esta ciudad, a fin de que dentro del plazo de proceso en su contra, en autos caratulados: “Dirección Cinco días de publicado el presente comparezca a tomar Provincial de Energía de la Provincia de Corrientes la participación que le corresponde en las actuaciones C/Landi Víctor Hugo y/o Q.R.R. Suministro 382803”, caratulados: “Galante Horacio Vicente P/Sup. Infracción Expte. Nº 36881/9, bajo apercibimiento de nombrarse la Ley 25.087.- Capital” Expediente Nº 125825, por defensor oficial para que lo represente en el proceso. encontrarse “prima-facie” involucrado en la presunta (Publíquese por Cinco (5) días.). comisión del hecho investigado en las mismas: Corrientes, (Ctes.), 30 de Noviembre de 2015.Infracción a la Ley 25087, en carácter de Imputado. Todo Mariela Viviana Biancucci bajo expreso apercibimiento de que si así no lo hiciere I: 21/12 –V: 06/01/2016 será declarado en Rebeldía en los obrados de referencia, de conformidad a las disposiciones de los arts. 76, 77, 158 PAG. Nº 5 Nº 27.035 CORRIENTES, 05 DE ENERO DE 2016 Citaciones - Interior Expte. Nº 26.536/15 En autos: “Urquijo, Julián c/Panificación Ibarra Hnos. SRL y/o quienes se crean con derechos s/Prescripción Adquisitiva-Ordinario”, (Exp. 26.536/15, Sec. 5, Juz. Civ. y Com. Nº 3, Colón Nº 634 de Goya), se cita y emplaza a los demandados y/o a quien o quienes s consideren con derechos, respecto del inmueble individualizado en autos (ubicado en la manzana Nº 347 de Goya, de 24,88m de frente al Este sobre calle José María Soto; 25,10m al Oeste, lindando con Alfredo A. Moreira y otros; al Norte 47,84m lindando con María Scheller y otra; y al Sur 49,40m lindando con Pedro Chamorro, Mirian Rosana Chamorro, José Luis Cuaranta y Bernardo Cuaranta, con una superficie de 1.208,49 m2, todo según Mensura 9565-N)-, para que dentro de quince días comparezcan a tomar la intervención que le corresponda en este proceso, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial de Ausentes para que los represente en el juicio (artículo 343 del CPCC.). Goya (Ctes.), 15 de Diciembre de 2015.Julián Rolando Canteros Nº 06-I: 04/01-V: 06/01 El Sr.Juez Civil y Comercial Nº 3 de la ciudad de Goya, Dr. Jorge Eduardo Urresti cita y emplaza por el término de diez días a Isabel Ojeda de Machuca y/o a quienes se consideren con derechos, respecto del inmueble ubicado en la 4ta. Sección, Paraje Estero Coli del Departamento de Goya (Ctes), con una superficie de: 11 ha. 85ª, según Mensura Nº 9859-N, Adrema: I1-7980-2 realizada por el Agrimensor Juan F.Diaz Colodrero, formando un polígono con los puntos A-B-C-D-A, con las siguientes medidas lineales: Lado AB: 577,00mts; Lado BC: 163,40 mts. Lado CD: 443,87 mts. y Lado DA: 327,50 mts; vértice A: 62º 27,vértice B: 89º56, vértice: C: 106º 41 y vértice S: 100º56; lindando al Norte; Suc.Mateo Benítez, Francisco Hernán Ojeda y Suc Alfredo Montero; S/Tit.Propiedad de Isabel Ojeda de Machuca,S /Mra. Posesión de Francisco Hernán Ojeda; este: S/Titulo Propiedad de Francisco Hernán Ojeda y D/Titulo Propiedad de Dolores Aranda y S/Mra. Posesión de Ramón Máximo Galarza y Oeste: Ruta Provincial Nº 58.Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia al Tomo67-Folio 1323-Nº 51.581-Año1.950 ( e.m.e.); en el Registro de la Propiedad Municipal: No se encontró en la Dirección General de Catastro bajo partida inmobiliaria: I1-2316-2 ( e.m.e.); bajo apercibimiento de designarseles al Defensor de Ausente para que los represente, en relación a los autos: “ Machuca Víctor Manuel y Otros C/ Isabel Ojeda de Machuca/O Quienes se crean con Derechos S/ PrescripcionAdquisitivaOrdinario.” Expte. Nº 25614/15 de tramite por ante el mencionado Juzgado, Secretaria Nº 6. La resolución Judicial que así lo dispone lleva el Nº 12480 punto 6º de fecha 13 de noviembre de 2015. El presente sera publicado por dos dias.Goya (Ctes) 26 de noviembre de 2015. Dra. Ana María Scheller Nº 11 I: 5/01 V: 6/01 Sección General Convocatorias Asociación Consorcio Caminero “Cabure Í Ruta 22” La Comisión Directiva de la Asociación Consorcio Caminero “Cabure Í Ruta 22” convoca a sus asociados a la Asamblea Anual Ordinaria que se realizará en su Sede, sito en Ituzaingó, Corrientes, a las 8 horas del día 13 de enero de 2016, para considerar el siguiente Orden del Día: a) Elección de autoridades de la Asamblea; b) Lectura, consideración y aprobación de la Memoria, Inventario General de Bienes y Balance General cerrado al 31 de diciembre de 2014; c) Renovación parcial de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas: Tesorero; Vocales titulares (1 y 3); Vocales suplentes (1, 2 y 3) y Revisor de Cuentas (2); d) Elección de dos socios para firmar el acta de Asamblea juntamente con el presidente y secretario. Raúl Motta. Presidente. Armando Mosqueda. Secretario. Nº 12 I: 04/01 05/01 Sección Comercial Avisos Varios ENAJENACION DE FONDO COMERCIO El Sr. Juan Fabián Cristaldo DNI 26.680.574, domiciliado en el Bº San Marcos, Mz. “B” Grupo III Casa 13 de la ciudad de Corrientes, hace pública su decisión de vender en forma total y definitiva, luego de observar los requisitos de la ley Nº 11867, al Sr. David Francisco Mariño, DNI 26.234.589. Domiciliado en la calle 9 de Julio 392 6º piso departamento “E” de esta ciudad, el Kiosco y Sub Agencia de Quiniela sito en la calle Buenos Aires Nº 930 Planta Baja de esta ciudad el que se halla formalmente habilitado por Disposición Nº 1555/2015 por el Sr. Director Ejecutivo de la Agencia Correntina de Recaudación con fecha 10 de diciembre del Cte. Año.Se publica el presente edicto por el plazo de Ley a los efectos que correspondan. Corrientes, 18 de diciembre de 2015. Nº 4306 - I: 21/12 – V: 06/01/16 PAG. Nº 6