Proyecto de Reorganización Administrativa del Poder Judicial del

Transcripción

Proyecto de Reorganización Administrativa del Poder Judicial del
Proyecto de Reorganización Administrativa del Poder
Judicial del Estado de Chiapas
Informe Final “DIAGNÓSTICO DEL TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA”
(Producto 4)
Elaborado por
Desarrollo Institucional de la Vida Pública A.C.
11 de febrero de 2011.
Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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CONTENIDO
I.
Introducción
II.
Descripción general de la metodología utilizada
III.
Situación actual de los procesos institucionales directamente
relacionados con los cambios previstos en la reforma en las
materias que son competencia del Tribunal Superior de Justicia
IV.
Diagnóstico de las estructuras administrativas vigentes en el
Tribunal Superior de Justicia que serán objeto de modificación
por la implantación de la reforma constitucional
V.
Propuesta de nuevas estructuras y análisis de la ruta de
implementación de los cambios institucionales necesarios.
VI.
Anexos
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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I. Introducción
El Estado Mexicano se encuentra en la transición de un sistema penal de tipo inquisitivo a uno oral y
acusatorio. La reforma constitucional del sistema de justicia penal es uno de los avances más importantes
para que el Estado asuma su obligación de garantizar la seguridad, la certeza jurídica, la transparencia y la
justicia en todo el país. El nuevo sistema involucra la aplicación de la justicia alternativa, el principio de
oportunidad (a cargo del Ministerio Público), el procedimiento abreviado, la suspensión condicional del
proceso, el juez de ejecución de sanciones y el juicio oral, entre otros.
En este sentido, resulta fundamental que los acuerdos legislativos y legales que sustentaron la
reforma de carácter constitucional ahora se apliquen y reflejen en las estructuras organizativas y en la
operación de los órganos encargados de la administración e impartición de justicia en todo el país, y en el
estado de Chiapas en particular. Es decir, la reforma del sistema de justicia penal requiere una
aproximación integral que no sólo busque transformar el marco legal. También requiere de la
transformación de las instituciones que lo aplican.
El presente informe recoge los resultados generales del diagnóstico aplicado al trabajo del Poder
Judicial del estado de Chiapas en torno a la implementación de la reforma del sistema de justicia penal. El
diagnóstico tuvo lugar entre noviembre de 2010 y enero de 2011 y se analizaron las condiciones generales
que prevalecen en la operación del Tribunal Superior del Estado de Chiapas, a fin de identificar y
establecer una ruta óptima de implementación de la reforma constitucional que asegure la debida atención
y operación de las previsiones y principios definidos por la misma.
El informe se integra de tres apartados principales y algunas secciones complementarias relativas
a la metodología de diagnóstico utilizada y al personal judicial que participó en las entrevistas. El primer
apartado principal analiza la situación que muestran actualmente los procesos de trabajo del Poder Judicial
directamente relacionados con la reforma constitucional. La información contenida en esta parte ofrece el
contexto general que ha venido marcando los trabajos iniciales de transformación. En la segunda sección
principal, el diagnóstico se particulariza hacia las cuestiones y aspectos que tienen que ver con la
operación de las estructuras judiciales en el nuevo sistema de justicia penal. Finalmente, en la tercera
sección principal se describen los elementos que tendrían que ser tomados en cuenta por el Poder Judicial
para definir e implementar la ruta de adopción plena de todos los cambios previstos de la reforma
constitucional.
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II. Descripción general de la metodología utilizada
Para la obtención del diagnóstico del Poder Judicial del Estado de Chiapas, se llevaron a cabo actividades
de campo y observación directa de estructuras y procesos de trabajo. Se entrevistaron a funcionarios,
Magistrados, Jueces, Secretarios de Acuerdo, Secretarios de Estudio y Cuenta, y Directores de algunas
áreas (Véase Anexo A) del Tribunal en las instalaciones del mismo. En el Anexo B se encuentra la batería
de preguntas utilizadas. Además, se armaron dos grupos focales con personal del Tribunal
diversos materiales institucionales legales
hemerogr ficos para sustentar
se anali aron
formular un diagn stico de
las estructuras administrativas vigentes y capacidades institucionales del Tribunal Superior de Justicia del
Estado de Chiapas que serán objeto de modificación por la implantación de la reforma constitucional.
Así, el objetivo fue la formulación de un mapa de funciones, procesos y recursos que reflejaran
con claridad el estado de la cuestión en cuanto a las capacidades institucionales efectivas para la
implantación de la reforma constitucional en el Tribunal. Con el análisis del funcionamiento de esta
institución, se detectaron problemas organizacionales y ventanas de oportunidad para la implantaci n del
nuevo sistema, y se conoció el grado de información y disposición para la reforma por parte de los
funcionarios del Tribunal.
Con este estudio y diagnóstico organizativo se pretendió establecer una ruta de implementación
para la reforma constitucional. Esta ruta deberá ser la base para elaboración de un Plan de puesta en
operación del nuevo sistema que, primero, detalle la organización y funciones de acuerdo a los nuevos
procesos; segundo, establezca los objetivos y metas de corto, mediano y largo plazo; y, tercero, integre el
cierre del sistema tradicional. Se utilizó una metodología mixta, cuantitativa y cualitativa, basada en la
triangulación de las fuentes de información. Los instrumentos fueron ajustados con base en la dinámica de
realización de las primeras entrevistas. Los resultados fueron concentrados en una matriz de fortalezas y
debilidades que permitió diseñar una ruta crítica, la cual se presenta en el apartado V, como elemento para
el diseño de una agenda institucional a implementarse a partir del año en curso. El Plan tendrá el objetivo
de promover una implementación consistente, coherente y realista de acuerdo a una proyección de costos
por categoría y año de ejecución que deberá ser producto de una evaluación financiero-presupuestal de los
costes de implementación. Deberá además diseñarse una serie de acciones que incidan en cuando menos
en seis dimensiones del trabajo del Poder Judicial y que se refieren a lo normativo-legal, a la organización
y gestión, a la infraestructura y el equipamiento, a las tecnologías de la información, y a la difusión y
capacitación.
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III. Situación actual de los procesos institucionales directamente relacionados con los cambios
previstos en la reforma en las materias que son competencia del Tribunal Superior de Justicia.
Para la plena operación del Sistema Acusatorio en el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas,
es necesario conocer el estado que guardan las capacidades institucionales efectivas y las condiciones que
prevalecen en la operación y administración del Sistema de Justicia del Estado de Chiapas. A partir de
estos elementos, es factible establecer una ruta de implementación para la reforma constitucional en el
estado de Chiapas.
Este capítulo da cuenta del nivel de capacidades institucionales existentes en el Tribunal Superior
de Justicia del Estado de Chiapas. Así, con el análisis del funcionamiento de esta institución, se han
detectado los problemas organizacionales y las ventanas de oportunidad para la implantación de la
reforma del nuevo sistema de justicia penal, y se puede estimar el grado de información y disposición para
la reforma por parte de los funcionarios del Tribunal.
De acuerdo con las percepciones identificadas al interior del Tribunal, hay una necesidad de
renovar leyes e instituciones rezagadas ante las exigencias sociales contemporáneas. Por ello, de acuerdo a
la Coordinadora de la Comisión Redactora1, el Maestro Juan Gabriel Coutiño Gómez, en su calidad de
Presidente del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal Constitucional y del Consejo de la Judicatura del
Poder Judicial del Estado de Chiapas, sostiene que "desde el inicio de su administración, con una firme y
férrea convicción ha emprendido una serie de acciones encaminadas en pro a ello".
En noviembre de 2008, se acordó integrar una Comisión Redactora de Leyes, formada por
Secretarios, Jueces y Magistrados para que se encargara de la elaboración de los anteproyectos de leyes,
en materia penal, relacionadas al Sistema Acusatorio Adversarial, con los ajustes necesarios para la
operatividad de este modelo. Estas acciones se llevan a cabo acatando el Decreto del 16 de junio de 2008
y contando con el apoyo en el ámbito de sus respectivas funciones de los titulares de la Dirección de
Informática y de la Unidad de Apoyo Administrativo del Tribunal Constitucional.
.- En el mes de noviembre el Tribunal Superior de Justicia conformó una Comisión Redactora integrada por
Magistrados del Tribunal Constitucional y de Salas Regionales, Jueces de Primera Instancia, Secretarios y personal
administrativo del este Poder Judicial, cuyo objetivo fue realizar una investigación doctrinal y un análisis comparativo
de la normatividad vigente en otras entidades del país, en lo relativo al tema de justicia oral. Los integrantes de dicha
Comisión Redactora tuvieron la oportunidad de intercambiar impresiones y experiencias con homólogos de los
Tribunales Superiores de Justicia de los Estados de Oaxaca, Nuevo León y Chihuahua. Además acudieron a audiencias
de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos para conocer de forma presencial la implementación y ejecución
de los juicios orales.
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El Tribunal augura “éxito” en la implementaci n
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desarrollo del Sistema Adversarial por sus
"bondades", las cuales "tienden a satisfacer las necesidades que la sociedad exige, pues se soporta en una
serie de principios que lo caracterizan, lo que hará que la justicia sea más ágil y transparente". Entre estas
bondades, dice la Comisión Redactora del Tribunal, están la igualdad de derechos de las partes en el
proceso, por medio de la cual se podrá determinar si se ha cometido un delito, proteger al inocente, evitar
la impunidad del inocente y que los daños causados por el delito se reparen. De este modo, se afirma, la
nueva estructura tendrá "novedosas instituciones" que permitirán alcanzar la paz social.
En términos generales se coincide en que la Reforma “es una oportunidad magnífica para
garanti ar un proceso judicial justo para todas las partes”. El sentir general de los entrevistados es de
optimismo
disposici n: “vamos mejor de lo que pudiéramos pensar”. Se afirma que la Reforma es
benéfica en la medida en que el nuevo sistema acusatorio garantizará un proceso ágil, transparente y
expedito. Mejorarán los estándares del debido proceso tales como el derecho a un juicio, la revisión
judicial, el derecho a defensa y el derecho a un juez imparcial. Con estos elementos, se afirmó que el
nuevo sistema “implicar la recuperaci n de la confian a ciudadana”.
De hecho, se menciona, que el nuevo sistema atenderá a los principios de presunción de inocencia,
publicidad, inmediación, contradicción, continuidad y celeridad, con el fin de promover una procuración y
administración de justicia eficaz, y una prevención, procuración, administración y ejecución de sanciones
eficiente. Por ejemplo, se mencion que el nuevo sistema “despresuri ar ” el trabajo del Tribunal
disminuirá el número de reclusos para delitos no graves. No obstante, se cree que lo peor que puede
suceder es dar marcha atrás a la implantación del nuevo sistema; que haya una contrarreforma y que todos
los actores involucrados se “desanimen”. Se afirm que si no se termina de implementar la Reforma en
2016 se buscaría una pr rroga sin ningún problema”.
Todos coinciden en que una de las ventajas del nuevo sistema acusatorio es que en los juicios
orales, el juzgador y todos los sujetos procesales deben encontrarse presentes en la audiencia. Esto implica
que el Juez analizará tanto lo que se argumenta en el juicio, como el desenvolvimiento psicológico y
corporal de los participantes. Se mencion que esto “a udar a encontrar fielmente la verdad”. El nuevo
Proceso Penal es un instrumento que se enfocará la protección del individuo, por lo que su reforma debe ir
dirigida a la mayor efectividad de las garantías en favor de los ciudadanos: “la reforma procesal penal es
esencialmente una reforma de garantías”.
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Si bien todos los actores entrevistados afirman que la Reforma es “necesaria
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positiva” por estas
virtudes, se sostiene en que es importante no prometer falsas expectativas: “no es la panacea para combatir
la delincuencia la criminalidad
la impunidad”; pero sin duda ha acuerdo en que ser un sistema que
agilizará los procesos para la impartición de justicia. Se opina que el Código Procesal por sí mismo, no
resolvería problemas de corrupción, incapacidad o ineficacia de los Órganos encargados de la Justicia
Penal. El Sistema de Justicia Penal actualmente no atrapa a la mayor parte de los delincuentes (hay una
alta cifra negra de delitos no denunciados) por lo que “el combate a la impunidad no se puede realizar a
través de la Reforma Procesal”.
Sin embargo, para esto, se requiere de un Código de Procedimientos Penales que especifique las
funciones que tendrá el personal del Tribunal en el nuevo Sistema Acusatorio. No solamente la
capacitaci n es fundamental para el Tribunal sino también “el aspecto material” (infraestructura
personal)
el “aspecto econ mico” asunto por el cual “siempre se ha batallado”. Los más incrédulos
dentro de la institución respecto a la Reforma son aquellos que no son Abogados, pero que entraron al
Poder Judicial cuando no era necesario tener esta profesi n. En realidad afirm un Jue “no les preocupa
la Reforma e inclusive dicen que no funcionar ”. Algunos admiten que ha personas que tienen 30 o 40
años trabajando, que son escépticos al Sistema Acusatorio. Sin embargo, se afirma que la gran mayoría del
personal con m s años trabajando son abiertos optimistas al cambio: “sin actitud nada funcionar ”
Todos coinciden en que debe distribuir de manera adecuada la carga de trabajo en los órganos
jurisdiccionales utilizando métodos alternativos de solución de conflictos. Algunos Magistrados y Jueces
sostuvieron que sería ideal dejar de identificar al Poder Judicial como un lugar donde empieza el proceso
de soluci n de conflictos; “m s bien debería de percibirse como la última instancia a la cual acudir una
ve agotadas todas las alternativas no judiciales”.
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IV. Diagnóstico de las estructuras administrativas vigentes en el Tribunal Superior de Justicia que
serán objeto de modificación por la implantación de la reforma constitucional.
A. Cursos de sensibilización respecto a la reforma al interior del Tribunal
Para el Tribunal, la Reforma implica fundamentalmente un cambio cultural. Por ello, la sensibilización por
medio de una constante e intensa capacitación es central para llevar a cabo una implementación gradual y
perfectible. Todos los actores coinciden en que la clave de éxito para la implementación de una Reforma
que modificará un sistema jurídico que lleva décadas en funcionamiento es la sensibilización al interior de
la institución. La mayoría afirma que un problema para la implementación de la Reforma podría ser cargar
con los viejos vicios del Sistema Inquisitivo. Por ello, la sensibilización es fundamental para lograr un
cambio cultural laboral en una instituci n que se dice “profesionali ada”.
Los Magistrados
los Jueces son los m s optimistas al respecto. Con una “capacitaci n
profesional” se lograría “crear un terreno fértil para el cambio” por lo que la tarea principal es
“evangeli ar” afirm
un Jue . La Comisión Interinstitucional se encuentra en coordinación con el
Instituto de Formación Judicial del Tribunal, por lo que se espera una buena recepción de sugerencias en
el ámbito de la sensibilización. Un Juez afirmó que en la medida en que no haya capacitación temprana
“desde la escuela” el Sistema Acusatorio tendr fallas.
En primer lugar, la reforma a es
sigue siendo conocida
aceptada “con entusiasmo interés
optimismo” por aproximadamente quinientos elementos. Los cursos talleres
conferencias de
sensibilización, si se contratan con presupuesto del FASP, se dirigen a los Jueces, Magistrados y
Secretarios de Acuerdos en todas sus categorías. Si se contratan con presupuesto de SETEC, son cursos
abiertos, dirigidos a la sociedad en general. Las convocatorias a los cursos se publican en periódicos,
internet, radio, son gratis y no tienen costo. Es preciso señalar que los cursos no son formales ni siguen
una currícula o un criterio específico. Los cursos llevados a cabo en el 2009 fueron los siguientes:

Del 10 de julio al 21 de noviembre se llevó a cabo el Curso Taller sobre el nuevo proceso penal
acusatorio y oral, impartido en Tuxtla Gutiérrez, con una participación de 32 funcionarios judiciales y
administrativos, entre ellos tres servidores públicos del Instituto de la Defensoría Social.

Participación del Instituto de la Defensoría Social, del 08 al 20 de junio en el proyecto binacional
Chile-México con relación a la capacitación sobre el sistema acusatorio adversarial.

Del 21 de septiembre al 22 de octubre se realizó un Diplomado sobre Juicios orales en el proceso
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penal, el cual fue impartido a 38 funcionarios judiciales entre Jueces y Secretarios de Acuerdos en la
ciudad de Tuxtla Gutiérrez, con una duración de 120 horas.

En esa misma fecha, Jueces y Secretarios de Acuerdos en la ciudad de Tapachula recibieron el
Diplomado sobre Juicios orales en el proceso penal, al cual asistieron 29 funcionarios judiciales con
una duración de 120 horas.

El 9 de octubre se impartió el Curso sobre Justicia Alternativa, en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, cuya
duración fue de 10 horas, asistiendo, 20 funcionarios de este Poder Judicial, entre Jueces y Secretarios
de Acuerdos.

Entre el mes de noviembre y diciembre se impartió el Diplomado sobre medios alternos de soluciones
de controversias, en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, con una duración de 50 horas, a 20 funcionarios
públicos entre Jueces y Secretarios de Acuerdos.

En un ámbito de colaboración con las autoridades judiciales de Estado de Oaxaca, el Instituto de la
Defensoría Social tuvo acceso al Taller para la elaboración del Manual de Formadores de Formadores
en el marco del nuevo sistema acusatorio adversarial.

Con la participación de 115 servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del Estado se
llevaron a cabo las siguientes talleres: Autogeneración de Reformas Legales para dar cumplimiento al
nuevo marco Constitucional; Implantación de Reformas Constitucionales Vigentes; e Implementación
del Proceso Penal Acusatorio, todos ellos organizados por la empresa Aquesta Terra Comunicación
S.A. de C.V.

En colaboración con el Instituto Nacional de Ciencias Penales, 109 servidores públicos de la
Procuraduría General de Justicia del Estado recibieron las conferencias Temas Selectos para la
Instrumentación del Sistema Penal Acusatorio e Implementación de los Juicios Orales.
En el año 2010 se llevaron a cabo los siguientes cursos:

Del 21 al 24 de abril, asistencia del Instituto de la Defensoría Social al Intercambio de experiencias
entre Tribunales Superiores de Justicia, Operadores del sistema Acusatorio Adversarial, en la ciudad
de Oaxaca, Oaxaca.

El pasado 24 de abril y 8 de mayo se llevó a cabo el Curso-Taller Formación de mediadores y
conciliadores, impartido en la ciudad de Tapachula, con una participación de 20 servidores públicos
entre Jueces y Secretarios de Acuerdos.

El 7 y 8 de mayo tuvo lugar en la ciudad de Tuxtla Gutiérrez el Curso-Taller Formación de
mediadores y conciliadores, participando 20 funcionarios públicos entre Jueces y Secretarios de
Acuerdos.

Del 29 de enero al 12 de junio se impartió un Diplomado sobre el Sistema Acusatorio Adversarial, en
la ciudad de Tuxtla Gutiérrez, en el que participaron 167 servidores públicos del Poder Judicial,
Procuraduría General de Justicia del Estado, Procuraduría General de la República, Instituto de la
Consejería Jurídica y de Asistencia Legal, así como integrantes de barras de abogados y alumnos de la
licenciatura en Derecho.
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
Asistencia a la Conferencia Nacional de Procuradores Generales de Justicia del Oeste de Estados
Unidos de América (CWAG) en Mérida, Yucatán, participando en el curso Formación Presencial en la
Aplicación del Sistema Adversarial, al cual llegaron Fiscales del Ministerio Público adscritos a la
Procuraduría General de Justicia.

Concurrencia al Seminario binacional-México-Canadá Hacia el fortalecimiento del sistema de justicia
penal acusatorio en México del 23 al 26 de junio en la ciudad de Mérida, Yucatán
Para los Magistrados y Jueces, todos los funcionarios de cualquier nivel se están capacitando ya sea en el
mismo Tribunal o en menor medida de forma práctica, en la sala piloto para juicios orales en la Facultad
de Derecho en San Cristóbal de las Casas “cuando los ha ”. Sin embargo, el personal de los tribunales no
está siendo capacitado en la misma forma, tiempos y calidad. Los Secretarios de Acuerdo, que son los
operadores del Sistema Inquisitivo y personal administrativo, no han tomado los cursos con la misma
intensidad como los Jueces
Magistrados “por qué no se les toma en cuenta”. De hecho se considera que
los empleados tendrán capacidades suficientes que se irán desarrollando a medida que pase el tiempo y
avancen en la profesionalización.
Tampoco hay una réplica del conocimiento de estos últimos sobre los primeros de los
conocimientos adquiridos. No obstante, comienza a haber un esfuerzo por parte de los Jueces para
certificarse y capacitar al interior del Tribunal sobre la Reforma. Hasta el momento hay ya cinco Jueces
certificados que aún no comienzan esta labor. El aprovechamiento de los cursos de capacitación, que son
aprobados por el Pleno dependen del interés de cada uno para aprender: “caminaremos con los que
quieran caminar”. Quienes no quieran “tendr n que irse sumando”; “no podemos detenernos”.
En segundo lugar, se ofrece una gran cantidad y variedad de cursos, talleres y conferencias de modo
constante. Un Magistrado afirm inclusive que “falta tiempo para asistir a todos los cursos, pues todo el
tiempo los ha ; son evento tras evento”. No obstante, no hay una secuencia lógica y temática para su
asistencia. Tampoco un seguimiento ni especificación para las nuevas funciones que tendría el personal al
implementarse la Reforma. Se opin
incluso que debería de evitarse los “cursos a granel”. Los
Proyectistas sugieren analizar los perfiles del personal existente para determinar quién podría ser buen
Defensor, Mediador, Juez, etc.
Además de que sería adecuado que los cursos contaran con esquemas de evaluación continua, hubo
una apreciación general de que son meramente teóricos. Por ello, casi todos los entrevistados coincidieron
en la falta de talleres prácticos y simulaciones para una mejor profesionalización; para aplicar, los
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conocimientos teóricos aprendidos en los cursos, talleres y conferencias a lo que será el nuevo sistema. Si
bien hay una sala piloto de prácticas, ésta se encuentra en San Cristóbal de las Casas y son pocos los que
asisten.
En tercer lugar, se cree que la implementación de Reforma no se puede extrapolar. Los
Magistrados consideran importante tomar las dificultades y oportunidades de las experiencias
internacionales y nacionales en cara a la implementación de la Reforma. Sin embargo, a pesar de haberse
estado enviando a Jueces y Magistrados al extranjero (Chile, Colombia, EU), a Chihuahua y Oaxaca para
conocer el Sistema Adversarial, no hay ningún medio para comunicar las buenas o malas prácticas de las
otras experiencias que podrían considerarse útiles para la implementación del sistema en Chiapas.
Por ejemplo, algunos jueces resaltaron la importancia de organizar talleres a periodistas, pues una
vez implantada la Reforma, suele haber problemas con la prensa (como en Chile) por las altas expectativas
con las que las autoridades chilenas mostraron la Reforma Penal. En Chiapas, ha habido un par, pero
afirman que es necesario que haya más. Otro Juez citó el caso colombiano donde la justicia alternativa no
funciona, lo que ocasiona que las salas de juicio oral se estén “atiborrando”. Esto se debe a que no se
conoce lo suficiente la existencia de la justicia alternativa, a la falta de confianza en ese sistema y a la falta
de preparación de los jueces encargados en mediación y conciliación. Idealmente en un Sistema
Acusatorio, afirman, se espera que los casos que lleguen a juicio oral sean los mínimos para tratarlos con
eficacia y eficiencia. En el Tribunal hay un énfasis importante en la necesidad de llevar a cabo los cursos
de sensibilización no sólo internamente, sino también a nivel externo. Ejemplo de ello es la mención de la
conveniencia de invitar con mayor intensidad a los Colegios de Abogados y Barras de Abogados.
En cuarto lugar, la gran mayoría de Jueces y Magistrados opinaron que el cambio cultural más
importante deberá venir de las instituciones de formación de donde hay un interés incipiente en añadir
materias relacionadas al nuevo sistema. En este sentido, se opinó que será necesario que poco a poco las
universidades vayan incluyendo en su matrícula el Nuevo Sistema Adversarial para que en 2025, cuando
se tiene contemplado que desaparezca por completo el actual Sistema Inquisitivo, se enseñe sólo de
acuerdo al Sistema Acusatorio.
B. Recursos humanos y procesos de trabajo
Algunos entrevistados sugirieron que en la implementaci n de la Reforma habr resistencias “naturales al
cambio” pues podría haber cambios en los procesos de trabajo recursos humanos
responsabilidades.
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Todos sostienen que para una Reforma exitosa, además de la capacitación y la difusión, deberá haber
recursos suficientes para implementar el nuevo sistema, pues se estima que su operación requerirá
mayores recursos monetarios.
Para los Magistrados, la Reforma no afectará de forma intempestiva los procesos y dinámicas de
trabajo del Tribunal a que todo cambio ser gradual. “Acordar
dirigir” son las principales consignas de
la Comisión Interinstitucional al respecto. Las dificultades y cambios que implicará a implementación, se
ver n “sobre la marcha; de forma gradual”. Inclusive se afirm que “echando a perder se aprende”. En
este sentido sostienen la idea de cambio gradual de proceso adaptativo: es “l gico” sostienen.
Algunos Jueces sostienen que la transformación de procesos de trabajo debe ser gradual
territorialmente: “primero donde no ha a mucha demanda de la actuaci n judicial […] para ir viendo el
talón de Aquiles del sistema, para entonces poder subsanar lagunas”. Muestra de lo que puede esperarse
en un futuro está en los juzgados para adolescentes del Tribunal, institución que pertenece al Poder
Judicial, donde ya hay una experiencia de trabajo mixto; de un Sistema Inquisitivo con un fuerte
componente del nuevo Sistema Acusatorio donde “ha disminuido la carga de trabajo
a que los
procedimientos se terminaron m s r pido”. Los beneficios de un sistema híbrido se dijo se reflejan en la
agilidad, carácter expedito y ahorro de tiempo para llevar a cabo las audiencias. Además, en buena medida
se han evitado las apelaciones.
Estos juzgados cuentan con un traductor de base. Sin embargo, se menciona que hace falta
trabajadores sociales que hagan trabajo de campo. También ha una figura de la “mediaci n” por medio
de la cual se hace un convenio con el adolescente responsable. En los juicios para adolescentes no se
dieron cambios en el personal, sólo la introducción de tecnología necesaria para los juicios orales. Es un
hecho que el sistema penal inquisitorio desaparecerá, pero esto no será en un corto plazo, se está
consciente que se trabajará en algún momento de la reforma con la combinación de ambos sistemas. Esto
sucede en la actualidad con el proceso para adolescentes, el cual, hasta el momento ha dado buenos
resultados, ya que las intervenciones del juez en las audiencias y en el desahogo de pruebas, le permite
tener una percepción más amplia de los hechos y de la presunta culpabilidad o inocencia del inculpado. El
contacto visual y la visión general del comportamiento otorgan mayor claridad y perspectiva más justa de
los hechos imputados. Sin embargo, se teme que en un sistema mixto, las cargas de trabajo de un juez en
realidad aumenten.
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En cuanto a los recursos humanos, no hay ninguna estimación precisa del personal que requerirá
el nuevo procedimiento y tampoco hay claridad sobre las nuevas necesidades de personal y recursos
humanos. Algunos Magistrados
Jueces opinaron que “nadie quiere tocar este asunto” pues creen sin
certeza, que es altamente probable que disminuya el personal, lo que hace de este tema un asunto delicado:
“la plantilla se reducir
por lo que el tema es difícil y del cual no se sabe nada con exactitud. Un
Magistrado afirm “ o sospecho que el nuevo sistema simplificar las cosas; los Magistrados
Jueces no
requeriremos de un Secretario que haga los proyectos de resolución. Por ello, muchos compañeros se
quedar n sin trabajar”
Otros coincidieron que podría haber sólo una reubicación del personal. Un Magistrado contestó
que en el caso de Oaxaca no hubo ningún tipo de cambio en el número de personal después de haberse
implementado la Reforma Penal. Lo que nadie duda es que será sumamente necesario incorporar una
buena cantidad de especialistas en tecnologías: en informática, audio y fotografía para las audiencias. En
la Dirección de Recursos Humanos, “que no hay miedo por los movimientos de personal […] Será un
cambio que se dará paso a paso, poco a poco, en orden y de forma gradual.” Se opina que “se comen ar a
pensar
diseñar al respecto”. Lo que es seguro se afirm
es la necesidad de capacitar: “no es lo mismo
escribir, que llevar una audiencia oralmente”.
La Reforma establece que las nuevas figuras de Jueces (de control, conocimiento y ejecución)
deberán ser independientes entre sí. No obstante, es visible cierta falta de claridad sobre las nuevas figuras
de Jueces. Algunos Magistrados y Jueces afirmaron que el personal podrá ser el mismo y que sólo deban
transformar sus actividades. No ven que haya problema en que un Juez pueda ejercer las tres nuevas
funciones: “el trabajo de Ju gado
Jueces no implica nuevos procesos sino ejecutar de modo distinto las
cosas”.
Tampoco hay claridad respecto a la idea de Justicia Alternativa. Algunos Jueces afirmaron que ese
sistema no pretende sustituir a la justicia ordinaria: “siempre existir n conflictos que deben ser dirimidos
por un Juez”. No obstante la forma de administrar justicia por el Tribunal es mu lenta
formalista. Por
ello, afirman, hay la necesidad imperiosa de nuevas formas de administrar justicia, para que se puedan
resolver los conflictos entre las partes y se deje a los Jueces la intervención en aquellos delitos en que la
sociedad realmente se ve impactada. “Estos nuevos métodos deben alternar
coexistir con la vía
jurisdiccional.”
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En 2009 inició la construcción del Centro Estatal de Justicia Alternativa, dentro de las
instalaciones de la sede del Tribunal Superior de Justicia para resolver procedimientos por mediación y
conciliación Sin embargo, se afirma que será más importante una profesionalización mucho más adecuada
de la que se ofrece actualmente en los cursos de capacitación. Además, los jueces coinciden en la
necesidad de considerar la incorporación de Antropólogos o Abogados indígenas para apoyar en
cuestiones de “usos
costumbres”. Todos coinciden en que “disminuir la carga de trabajo si funcionan
correctamente los mecanismos de Justicia Alternativa”.
Así, la expectativa de Jueces y Magistrados es que se reducirá su carga de trabajo. Esto depende si
funciona bien la justicia alternativa
del buen trabajo del MP
por tanto “una procuraci n de justicia m s eficiente
policías: “en esto est la clave del éxito”
efica ”. Estas afirmaciones denotan de nuevo no
sólo falta de claridad y consenso respecto a las nuevas necesidades en términos de procesos de trabajo,
sino también que los Jueces siguen pensando que dependen de la policía y del MP, y que en gran medida
la reforma de estos últimos es fundamental para el éxito del nuevo sistema.
En las zonas con población indígena no hay mucho personal que hable la lengua local. Por
ejemplo, en uno de los Juzgados Penales de San Cristóbal de las Casas se desahoga el 70% de asuntos de
carácter indígena. Cuentan con un defensor de oficio que habla el dialecto y hay muy pocos abogados
traductores con los que se puede contar. De modo contrario, se cuenta con algunos traductores que no
conocen el lenguaje legal, lo que suele afectar las declaraciones que se rinden ante el Juez. De ahí la
posibilidad de considerar la participación de abogados indígenas en las tareas del Tribunal.
C. Infraestructura
Hay una sensación generalizada entre todos los entrevistados de que la infraestructura actual no es idónea
para un Sistema Acusatorio. Se tiene contemplado tanto la adaptación de espacios existentes, así como la
construcción de nueva infraestructura, tanto para llevar a cabo juicios orales, como para impartir la justicia
alternativa. En 2009 inició la construcción del primer Juzgado de Oralidad con cuatro Salas, el cual estará
ubicado en el Distrito Judicial de Tuxtla con sede en la capital del Estado. El Juzgado comprende a los
municipios de Tuxtla Gutiérrez, Ocozocoautla de Espinosa, Suchiapa, San Fernando, Berriozábal,
Osumacinta, Chicoasén, Cintalapa y Jiquipilas.
Sin embargo en opini n de algunos Magistrados “en la medida en que no se sepa en qué Distritos
Judiciales y en que Juzgados se implementará primero el nuevo sistema, no se puede hablar de nueva
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infraestructura ni de cambios en el personal”. Esto da a entender que la Reforma requerir reconsiderar
Juzgados y Distritos Judiciales. Sin embargo, algunos de los entrevistados insistieron en que antes de los
cambios técnicos y de infraestructura, es primero la sensibilización. La Reforma implica que el nuevo
sistema no podrá funcionar sin la presencia de un Juez. Sin embargo, se afirmó que poco probable que los
Jueces va an a estar en todas las audiencias “debido a las enormes cargas de trabajo
la falta de espacio e
infraestructura con la que cuentan los Ju gados”. Se afirmó que es indispensable para la implementación
de la Reforma, la aplicación y destino de recursos humanos y materiales para su práctica eficaz.
Por otra parte, se mencionó que como resultado de un convenio de colaboración entre el Tribunal
Superior de Justicia y la Universidad Autónoma de Chiapas, en la Facultad de Derecho de la UNACH,
Campus III con sede en San Cristóbal de las Casas, se acondiciona un espacio físico que servirá como sala
o laboratorio de prácticas de juicios orales, a favor de la comunidad universitaria. Es una Sala piloto que
inicialmente se pensó para entrenar al personal del Tribual y próximamente a los estudiantes de la
Universidad. Esta Sala será modelo para los Juzgados de juicios orales en otras áreas.
Por su parte, la mayoría de los entrevistados sostienen que será fundamental invertir en
instalaciones técnicas de punta dentro de las salas de juicio oral para recoger fielmente todos los
materiales que se exponen
para llegar a una verdad con alto grado de aproximaci n: “no se debe
escatimar este rubro ” se afirm . En la Dirección de Control de Confianza del Tribunal se afirma que debe
crearse un sistema computarizado para que la ciudadanía sugiera, pregunte, se queje, interactúe con la
Dirección, y que los funcionarios puedan revisar sus resultados de las pruebas de control de confianza.
D. Visión dentro del Tribunal sobre otros actores que forman parte de la Reforma y del nuevo
sistema acusatorio
Con respecto a los actores involucrados en la Reforma, un gran número de las personas entrevistadas
consideran que los cambios en el Tribunal, la Procuraduría y la Secretaría de Seguridad deberán ser
“parejos”. En los altos mandos, se percibe que la relación con los otros actores es buena, es de apoyo
mutuo
en conjunto: “las cabe as vamos al mismo tiempo
en la misma sintonía”. La percepci n
respecto a las demás instituciones de procuraci n de justicia es positiva
de gran interés: “todos estamos
iguales […] vamos caminando juntos”.
En mayo de 2010 comenzaron a tomarse decisiones y se comenzaron a dar los primeros pasos
para dar a conocer la Reforma Penal. Semanalmente se llevan a cabo las reuniones con las demás
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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instituciones, se trabaja sobre un tema en específico y se desarrollan los puntos importantes que deben de
ser considerados para ir todos en la misma sintonía. “La clave del éxito es acordar en estas reuniones;
interactuar r pido acordar al momento.”
Sin embargo, se acepta que se desconoce exactamente lo que los demás están haciendo las demás
instituciones
que “les falta capacitaci n”. Se considera que el trabajo recae sobre los Ministerios
Públicos y que el personal de la Secretaría de Seguridad Pública debe profesionali arse pues “van
atrasados”. Algunos Jueces opinan que la comunicaci n con los otros organismos debe ser m s gil efica
y eficiente, sobre todo con la policía ministerial y policías.
La visión general que tiene el Tribunal del personal de las otras instituciones es que no están
realmente preocupados por ir avanzando, tanto en conocimientos, como en la implantación de la Reforma.
Se consideró esta situación grave, pues no puede llevarse a cabo un adecuado sistema acusatorio si no está
bien la investigaci n la cual es el “punto de arranque”. De hecho se afirm que “mucho pivotar en las
tareas del MP para probar la existencia de delitos
Es importante resaltar que el buen trabajo de la policía y el Ministerio Público será indispensable
para la investigación y recopilación de datos. Sin una buena actuación de ellos, el trabajo de los jueces no
será adecuado, se juzgará sobre casos que no estén bien cimentados e investigados y serán absolutorios en
su ma oría: “si no ha una buena integraci n los casos se vendr n abajo”.
En opinión de los Jueces, consideran que al cuerpo policial le cuesta trabajo llevar a cabo sus
tareas de investigación, ya que no cuentan aún con la capacitación suficiente para llevar a cabo esas
funciones. Algunos Jueces opinan que la Reforma señala que debe ser una policía experta “pero no la que
tenemos; debería ser una “policía especiali ada”. Se sabe que han tenido cursos para que cono can la
reforma, pero no se sabe el avance y el desarrollo de los mismos. Se tiene la impresión que a los policías
les cuesta asimilarla por los estudios mínimos que tienen.
El personal del Tribunal considera que los Policías deben estar conscientes que formarán parte
importante de la investigación (no sólo el Ministerio Público), y que deben saber investigar correctamente
para poder integrar una averiguación adecuadamente y recabar datos de prueba suficientes para vincular a
un presunto a un proceso. Los Jueces señalan que “es medular trabajar en ellos son la raí ”. Los
Secretarios de Estudio y Cuenta sugirieron que para que los policías sepan cómo puede integrarse una
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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buena averiguaci n ellos podrían capacitarlos para que esto se lleve a cabo correctamente. “Sería lo m s
idóneo.” Según los Proyectistas de Sala, lo más conveniente sería un acuerdo interinstitucional para dar
ese tipo de capacitación, y que no se interfiera con las funciones de las demás instancias que participan.
Para los Magistrados y Secretarios de Acuerdo, en el cuerpo policial “est toda la base de la investigaci n
y de la integración de la indagatoria, pues la investigación con ellos es donde comien a el procedimiento”.
Se ignora si existen policías que conozcan la lengua indígena de su adscripción. Algunos
consideraron conveniente la necesidad de que haya policías que conozcan el dialecto, ya que con la
reforma cada una de las partes deberá defender y exponer sus puntos de defensa. En la actualidad
únicamente se cuenta con traductores que intervienen en los juicios, los cuales, sin conocimientos
formales de derecho, son proclives a tergiversar las pruebas que presentan.
E. Difusión
Los funcionarios entrevistados consideran que sobre este tema no se ha hecho mucho. Se reconoce que no
se ha dado la publicidad necesaria para los ciudadanos sepan a qué se irán a enfrentar en los Tribunales
penales ya con la Reforma implantada. Para algunos de los entrevistados, es grave esa falta de publicidad.
Se cree que es fundamental que población tenga conciencia de la Reforma y que sean los medios de
comunicación y universidades quienes se encarguen en buena medida de esta difusión, incluso que los
planteles educativos ya incorporen a sus planes de estudio materias sobre la Reforma Penal. La publicidad
es importante, ya que se deben dar a conocer los avances, las ventajas y las formas en que se van a
tramitar los juicios pues la sociedad “debe estar preparada para afrontar la justicia
hacer valer sus
derechos”.
F. Normatividad
Entre el personal del Tribunal y en general en el medio del Poder Judicial, se desconoce en qué etapa se
encuentra el proyecto de creación del Código de Procedimientos Penales del Estado. Algún Magistrado
sugiri
que debiera de existir un “Modelo Único Nacional” “esto sería lo ideal”. Esto tiene como
antecedente una idea y experiencia armonizada del caso chileno donde hay un solo sistema penal, sin dejar
de lado que en cada regi n de Chile se le dan diferentes matices: “con un solo modelo todo sería m s
gil”. Es importante resaltar que además del Código de Procedimientos Penales del Estado, deben ser
reformadas varias disposiciones legales más, tales como:


Código Penal
Ley de Amparo (actualmente no prevé el uso de la video grabación, ni especifica en qué términos
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



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deben ser rendidos los informes previos y justificados. Todavía se tienen que transcribir todas las
audiencias.)
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos
Código de Organización
Reglamento Interno
Manual de procedimientos de cada una de las instituciones involucradas.
Se requiere un marco general que establezca nuevas competencias, facultades y funciones. Además, es
necesario implementar un sistema de Control interno sobre el trabajo que se realiza, con las adecuaciones
a la nueva reforma.
Se tiene conocimiento que se han formado comisiones de Jueces y Magistrados para estudiar la
propuesta de la Reforma en el Estado; la estructura del Poder Judicial, con las particularidades del Estado
de Chiapas. En general el personal del Tribunal Superior de Justicia del estado de Chiapas ignora los
avances del proyecto del Nuevo Código Procesal Penal del Estado de Chiapas o de las reformas de las
otras legislaciones que son necesarias para la impartición de la justicia; ya que estos proyectos se
presentan por el Legislativo.
G. Conclusiones preliminares sobre la situación del Poder Judicial del Estado de Chiapas
La visión del Tribunal Superior frente a la Reforma es de optimismo y apertura. En su interior domina una
idea clara de que el nuevo sistema adversarial implicará prontitud, procesos expeditos y transparentes en
lo que será el próximo proceso de impartición de justicia. Hay pocos escépticos y obstáculos, pues se
percibe que el personal de poder judicial tiene la voluntad para llevar adelante la Reforma. Muestra de ello
es la disposición a llevar a cabo la reforma aunque pudiera tomar más tiempo del programado, lo que
denota la intención de evitar el fracaso en la implementación de la Reforma. Sin embargo, debe señalarse
que hay algunos sectores que piensan de que se tratará sólo de una reforma parcial.
Para el Tribunal, la Reforma implica fundamentalmente un cambio cultural donde la
sensibilización por medio de cursos, talleres y conferencias, y donde las ideas de gradualidad, proceso
adaptativo y perfectibilidad en la implementación de la Reforma son centrales. Dentro de la institución se
sostiene que la clave de éxito para la implementación de una Reforma (que modificará un sistema jurídico
que lleva décadas en funcionamiento) es la sensibilización al interior de la institución. Sin embargo, hay
cuatro elementos que elementos sugieren que los cursos, talleres y conferencias no son lo más adecuados.
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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En primer lugar, a pesar de ofrecerse una gran cantidad y variedad de modo constante, no hay una
secuencia lógica y temática para su asistencia. No hay un seguimiento ni especificación para las nuevas
funciones que tendría el personal al implementarse la Reforma, ni tampoco esquemas de evaluación
continua. En segundo lugar, hubo una apreciación general de que son meramente de carácter teóricos, por
lo que harían falta talleres prácticos y simulaciones para una mejor profesionalización. De ahí la utilidad
de crear un “simulador” de juicios orales en algunos juzgados. En tercer lugar, a pesar de haberse estado
enviando a Jueces y Magistrados al extranjero y a otros estados del país para conocer el sistema
adversarial, no hay ningún medio para comunicar las buenas o malas prácticas de las otras experiencias
que podrían considerarse útiles para la implementación del sistema en Chiapas. De ahí la necesidad de
abrir canales de comunicación al interior del Tribunal para trasladar las buenas prácticas y evitar
potenciales errores que han sucedido en otros países y estados.
En cuarto lugar, el personal de los tribunales no está siendo capacitado en la misma forma, tiempos y
calidad. No todos los han tomado los con la misma intensidad como los Jueces y Magistrados. Tampoco
hay una réplica del conocimiento de estos sobre los Secretarios de Acuerdo y personal administrativo de
los conocimientos adquiridos en los cursos de sensibilización (se considera que los empleados tendrán
capacidades suficientes que se irán desarrollando a medida que pase el tiempo y avancen en la
profesionalización). En este proceso, la inclusión de Universidades y asociaciones de abogados es
importante, de modo que se enfatice que todos conozcan y participen de manera activa en la implantación
de la Reforma Penal y puedan aplicar las nuevas formas de trabajo a las que se han de enfrentar.
En cuanto a los recursos humanos y procesos de trabajo, la Reforma implicará movimientos en la
estructura del Tribunal. En general, se piensa en que la implementación de la Reforma es un asunto
técnico y monetario, además de que será gradual y perfectible. Para algunos, habrá una inevitable
disminución de personal. Para otros, es de tranquilidad, ya que consideran que únicamente se hará una
reubicación de personal, aunque específicamente no se sabe exactamente qué es lo que va a suceder.
Incluso se afirmó que lo importante ser “fortalecer las cosas que ya se vienen haciendo, pero adecuarlas
al nuevo sistema”.
Ambas visiones muestran que no es claro al interior de la institución cuáles ni cómo serán esos
cambios, ni hay claridad en cuanto a los recursos humanos, necesidad de personal y recursos de apoyo. Se
ignora si hay planes sobre una ruta de trabajo o cómo se llevará a cabo la reestructuración, y no hay
ninguna estimación precisa de cuánto personal necesitará el nuevo procedimiento. Tampoco todos tienen
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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claridad sobre las nuevas figuras de Jueces, pues ser afirmó que el personal podrá ser el mismo y que sólo
deban transformar sus actividades. Por estos motivos hay la necesidad de trazar un mapa que asigne las
nuevas responsabilidades que tendrá cada uno de los actores dentro del Tribunal y profesionalizarlos
específicamente en ello. Por ello, sería importante llevar a cabo una evaluación de los requerimientos de
personal frente a la Reforma sin partir de lo existente. Una vez hecha esta evaluación, deberá realizarse
una labor de evaluación del personal existente, hacer un programa de retiro bien voluntario y crear nuevas
plazas. A la vez, será de suma importancia trabajar con cada uno de los sectores que se identifique que
vayan a encontrar reticentes al cambio.
La infraestructura actual no es idónea para un sistema adversarial. Por ello, es necesario que se
considere la reestructuración, modificación y/o construcción de nuevos inmuebles tanto para llevar a cabo
juicios orales, como para impartir la Justicia Alternativa (sólo hay una en el Distrito Judicial de Tuxtla y
una sola sala de prácticas piloto para juicios orales). Sin embargo, es altamente probable que la Reforma
requiera reconsiderar los Juzgados y Distritos Judiciales existentes. Por su parte, será prioritario invertir en
instalaciones técnicas de punta dentro de las salas de juicio oral para recoger fielmente todos los
materiales que se exponen y para llegar a una verdad con alto grado de aproximación. Para el manejo de
esta tecnología será necesario personal especializado para realizar las funciones de informática, manejo de
cámaras, computadoras, iluminación y grabación entre otras.
Dentro del Tribunal se piensa que el buen trabajo de la policía y el Ministerio Público será
indispensable para la investigación y recopilación de datos. Sin una buena actuación de ellos, el trabajo de
los jueces no será adecuado, pues se juzgará sobre casos que no estén bien cimentados e investigados y
serán absolutorios en su mayoría. Así, sin una buena integración, los casos se vendrían abajo. Es por ello
que se coincide en que una adecuada profesionalización, especialización y capacitación al personal de
ambas instituciones es fundamental en la medida en que en ellos recae el inicio del proceso de la
procuración de justicia. Habría que evaluar, como propuesta, si es deseable y factible considerar que los
Secretarios de Estudio y Cuenta capaciten a los policías para que integren una averiguación de la mejor
manera
a que éstos son la “raí ” del inicio de un procedimiento. Adem s es pertinente considerar
distritos o juzgados especializados en lenguas indígenas, y en formar policías, ministerios, jueces
defensores de oficio y abogados que puedan apoyar a estas minorías.
Ha habido difusión hacia el interior del Tribunal sobre la Reforma. No obstante, la que se ha dado
hacia el exterior es prácticamente nula. Por ello, se cree que es necesario que sea el mismo Gobierno del
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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estado difunda y promueva los beneficios y limitaciones de la reforma hacia la sociedad. Es necesario que
la difusión se lleve a cabo en todos los niveles, tanto dentro del Poder Judicial, como fuera de él. Para ello
será importante elaborar un programa (con base en una ruta bien diseñada) y proponer un programa de
difusión, una vez que la ruta de la Reforma este claramente trazada.
Por último, con la Reforma Penal debe considerarse las modificaciones o creaciones de otras
disposiciones importantes para la impartición de justicia. Es el caso del Código Penal del Estado de
Chiapas, la Ley de Amparo que los rige, la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, el
Código de Ética, los Manuales de Procedimientos del Tribunal y las demás Instituciones, sus Reglamentos
Interiores. La mayoría del personal del Tribunal ignora en qué etapa se encuentra la elaboración del
“Nuevo C digo de Procedimientos Penales del Estado”. Saben que existe una Comisi n que se encarga de
ello, pero no los avances. Ya que es la base para saber cómo actuar y para saber qué pasos se van a seguir
para llevar a cabo un proceso penal, es fundamental que los Magistrados y demás actores al interior del
Tribunal conozcan el estado de la legislación.
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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V. Propuesta de nuevas estructuras y análisis de la ruta de implementación de los cambios
institucionales necesarios.
El propósito de este último capítulo es preparar la información necesaria que permita especificar una ruta
para la implementación de la Reforma penal en el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas.
Para ello, previamente se llevó a cabo un análisis del funcionamiento de esta institución (capítulo IV). Se
detectaron problemas organizacionales, ventanas de oportunidad para la implantación de la Reforma, y se
conoció el grado de información y disposición el cambio por parte de los funcionarios del Tribunal. Así, el
presente informe se desprende del Diagnóstico de las capacidades institucionales del Tribunal Superior
de Justicia del Estado de Chiapas para la reforma de la Justicia Penal, 2010, el cual dio cuenta del nivel
de capacidades institucionales existentes en el Tribunal
A.
El proceso del sistema acusatorio
La Reforma implica la transición hacia un proceso penal oral y acusatorio. El nuevo sistema acusatorio a
implementar es propio del Estado Moderno, ya que le reconoce al imputado su calidad de sujeto de
derechos al que le corresponden una serie de garantías penales de carácter sustantivo y procesal,
integrantes del debido proceso que constituyen límites infranqueables para el poder penal del Estado.
Pretende equilibrar los dos intereses en pugna en todo proceso penal: compatibilizar la eficacia de la
persecución penal y el respeto de las garantías del imputado. Por ello, la Constitución mexicana establece
nuevas garantías para la víctima y el inculpado, como la presunción de la inocencia, la búsqueda de la
reparación del daño, procurar que el culpable no quede impune y que no vuelva a delinquir.
Las etapas que conformarán el nuevo proceso del sistema acusatorio son las siguientes:
Etapa preliminar: está a cargo de un Juez de Control de Garantías encargado de autorizar y
disponer actos de investigación o medidas cautelares. El Ministerio Público se encarga de
determinar si hay base para el juicio mediante la recolección de elementos que permitan fundar la
acusación y la defensa del imputado. Cuando se estima que la investigación proporciona
fundamento para someter a juicio público al imputado, se presenta la acusación, por lo que se hace
un requerimiento para la apertura de la audiencia. Esta etapa no es pública debido a que todavía no
existen fundamentos para exponer al acusado ante la opinión pública (principio de presunción de
inocencia).
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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Etapa intermedia: en esta fase el Juez recibe las manifestaciones de las partes, se examina la
acusación fiscal, se resuelve sobre la solicitud de apertura al juicio y sobre la admisibilidad de las
pruebas ofrecidas.
Fase de juicio oral: En caso que exista criterio suficiente para sustentar la acusación, se fija la
audiencia oral y pública en la que un Tribunal oral de lo penal conoce y se pronuncia sobre el
fondo de la causa. En esta fase se reciben las pruebas de caso y se discute acerca de la
responsabilidad del acusado. El juicio se lleva a cabo sobre la base de la acusación formulada por
el MP y bajo los principios de inmediación, moralidad y publicidad.
Fase de ejecución: Se inicia una vez que la sentencia dictada en el proceso queda firme, y se logra
el cumplimiento de la sentencia condenatoria bajo la fiscalización de los órganos jurisdiccionales
(jueces ejecutores de sentencia).
Cabe mencionar que, en cualquier parte del procedimiento, las víctimas o el ofendido y el imputado
podrán recurrir a la mediación y conciliación cuando se trate de conductas que pudieran ser delitos y en
los cuales el perdón del ofendido extinga la acción. Procederán también en delitos patrimoniales
cometidos sin violencia; delitos que admitan la sustitución de sanciones o condena condicional y aquellos
que no sean graves. Estos procedimientos podrán iniciarse a solicitud de parte interesada o mediante el
acuerdo de las partes ante el Juez o Tribunal que conozca del proceso, o ante el Fiscal del Ministerio
Público, señalando su voluntad de someterse al procedimiento.
Las partes en materia penal son las víctimas, o el ofendido y el imputado. La comparecencia de las
partes ante el Centro Estatal de Justicia Alternativa debe ser personal, tratándose de personas físicas, o por
conducto de representante o apoderado legal con facultades para transigir, en el caso de las personas
morales. Los menores de edad e incapaces comparecerán por medio de sus representantes legales. Así, en
un proceso oral y acusatorio se maneja la siguiente estructura:2
.- Erika Bardales, Guía para el Estudio de la Reforma Penal en México, Ma Gister, México, 2008, p. 28.
2
DIVIP, A.C., México 2011.
Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
Etapa Preliminar
Etapa intermedia
Denuncia o querella
A cargo del MP,
se da el principio
de oportunidad.
Se dará:
1. La audiencia
de control de
detención.
2. La audiencia
de vinculación a
proceso.
3. La imposición
de medida
cautelar
Inicia
con
el
escrito
de
acusación.
Se dará:
1. La audiencia
intermedia donde
que versa medios
alternativos
de
solución
de
conflictos o sobre
la apertura del
juicio oral.
2. Se desarrollan
los
Acuerdos
Probatorios.
23
Juicio Oral
Se dará:
1. La audiencia
de Juicio Oral
2. La audiencia
de lectura de
sentencia.
3. La audiencia
de
individualización
de sentencia.
4. Se desahogan
las pruebas
Tribunal de
Juicio Oral
Juez de Control
En suma:
I.
El Ministerio Público y sus actuaciones.
1) Se integra una Carpeta de investigación.
2) Se desarrollan diligencias que el Fiscal crea convenientes y que no sean contrarias a la Ley.
3) Conclusiones de su investigación y diligencias fundadas y motivadas bajo el principio de
legitimidad y apego a derecho.
II.
El Juez de Garantías o de control.
1) Las partes tienes una intervención directa.
2) Se califica la legalidad de la detención.
3) Se formula imputación por parte del Ministerio Público.
4) Se realiza la declaración preliminar del imputado.
5) Le corresponderá emitir medidas cautelares.
DIVIP, A.C., México 2011.
Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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6) Dictará bajo principios de legalidad la vinculación o no a un proceso. Con dicha vinculación se
dará inicio a la fase intermedia.
III.
La preparación del juicio Oral o Fase Intermedia.
1) Inicia con el Escrito Formal de Acusación.
2) Se oponen defensas y excepciones procesales.
3) Es el momento en que se ofrecen y admiten las pruebas.
4) Se llegan a Acuerdos Probatorios.
5) Se presenta la solicitud de apertura de Juicio Oral.
6) Concluye con el Auto de Apertura de Juicio Oral.
IV.
El Juicio Oral.
1) Se desahogan pruebas.
2) Se presentan los interrogatorios, contra-interrogatorios y alegatos finales.
3) Se presentan las conclusiones en un Acta de Juicio Oral.
4) Se dicta la Sentencia.
5) Los recursos que puede presentar el Juicio Oral son: revocación, y casación.
B.
Nueva distribución de competencias
La Reforma involucra una nueva asignación de funciones entre los operadores y actores en el nuevo
sistema. El MP será un sujeto procesal que adquirirá gran relevancia, pues en el nuevo proceso acusatorio
se le atribuye el impulso del proceso, pues quedará a su cargo y responsabilidad la investigación de los
hechos delictivos bajo control del Juez de Control de Garantías. Además, la policía quedará bajo la
dirección funcional del MP. El nuevo sistema implica una nueva distribución jurisdiccional, lo cual
significa que se otorgarán a los jueces un papel central en el proceso penal, pues además tendrán la
obligación de estar presentes en todas las audiencias. Así, se creará:
a) Un nuevo Juez de Control de Garantías para vigilar la correcta y adecuada aplicación de los
mecanismos de investigación. Se encargará de decidir, de forma inmediata y por cualquier medio, sobre
las solicitudes de medidas cautelares, providencias precautorias y técnicas de investigación de la
autoridad.
DIVIP, A.C., México 2011.
Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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El Juez de Control, cuyo fundamento es el Artículo 16 de la Constitución tiene los siguientes deberes y las
atribuciones:
1.
Debe apegarse a los principios, derechos, garantías y demás lineamientos previstos en la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la ley procesal correspondiente.
2.
Debe apegarse a los principios de presunción de inocencia, inmediación, publicidad,
concentración, celeridad y contradicción.
3.
Debe vigilar que no se quebrante la integridad, la dignidad, el respeto y el estricto cumplimento de
los derechos y las garantías de las personas sujetas a su jurisdicción.
4.
En el momento procesal oportuno debe informar al imputado o acusado, acerca de la situación
jurídica respectiva, los derechos y las garantías previstas.
5.
En los casos en que proceda, decretará la suspensión del proceso a prueba por arreglo
conciliatorio, conforme a esta ley.
6.
Deberá conocer y resolver los procesos abreviados y la acción penal privada.
7.
Es el encargado de llevar a cabo las fases: preliminar (control de garantías) e intermedia.
8.
En la fase preliminar, califica la legalidad detención, señala si proceden las pruebas en fase
preliminar, dicta el auto de vinculación a proceso, impone las medidas cautelares y fija el tiempo
para desarrollar la investigación judicial.
9.
En la fase intermedia, resuelve respecto a la admisión de las pruebas, y los acuerdos probatorios,
así como dicta el Auto de Apertura de Juicio Oral.
b) Un Juez de Conocimiento, el cual está obligado a escuchar directamente a las partes y a estar presente
en todas las audiencias, las cuales habrán de desarrollarse bajo los principios de publicidad, contradicción,
concentración, continuidad e inmediación. Conocerá las pruebas y escuchará los argumentos sin prejuicios
ni conocimientos previos. Se encargará de decidir la culpa y, en su caso, la pena.
Debe ser independiente e imparcial y debe decidir con base en las pruebas aportadas tanto por la
parte acusadora como por la defensa en un plano de imparcialidad. La elección realizada por el Juez está
garantizada por el principio de contradicción, el cual se desarrolla entre las partes que representan
intereses contrapuestos.
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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c) Tribunal oral o penal. Entre los deberes y facultades de este Tribunal se enumeran las siguientes:
1.
Se deberá integrar por tres jueces titulares y dos suplentes. Uno de ellos será el Juez Presidente, el
segundo Secretario y el tercero Vocal.
2.
Conocerán en primera instancia los juicios que sean de su competencia, a partir del desahogo de
las pruebas.
3.
Garantizarán la correcta observancia de los principios informadores del proceso.
4.
Resolverán los asuntos sometidos a su conocimiento, conforme a los plazos y términos previstos
en la presente ley.
5.
Las sentencias que dicten podrán ser por unanimidad o por mayoría con voto particular.
6.
Realizarán la debida individualización de la sanción penal, una vez escuchadas a las partes
procesales.
Los Secretarios y los Actuarios darán fe pública a las actuaciones y diligencias que se desahoguen durante
la sustanciación de proceso acusatorio, y coadyuvarán en la actividad del Juzgador en la certificación de
los escritos de las audiencias orales
d) el Juez de Ejecución, el cual estar a cargo de vigilar el adecuado cumplimiento de las penas. Con esta
figura se evita la gran discrecionalidad que tenía el Ejecutivo, pues deja de ser juez y parte en la
administración de penas y se abre la posibilidad de revisar todo lo que ocurre durante la sentencia.
Para el Control de la Ejecución, cumplimiento y seguimiento de las sanciones penales, el Juez de
Ejecución tendrá los deberes y las atribuciones siguientes:
1. Debe controlar la ejecución de las sanciones impuestas a los sentenciados.
2. Resolver las cuestiones o los incidentes que se susciten durante la ejecución de la sanción penal.
3. Debe garantizar la integridad, la dignidad, el respeto y el estricto cumplimiento de los derechos y
las garantías de los sentenciados.
4. Garantizará que durante la ejecución de la pena privativa de libertad, las personas sentenciadas
tengan acceso a los servicios de salud, educación y de capacitación.
5. Garantizará que el contenido y la aplicación de los programas personalizados de ejecución de la
pena privativa de libertad se sujeten plenamente a los derechos y las garantías de reinserción
social.
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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6. Cuando proceda, dictará la resolución mediante la cual se dé por cumplida la sanción penal
impuesta, así como la libertad total del sentenciado.
Estas nuevas reglas están diseñadas para evitar que los juicios sean tardados y costosos, y para evitar el
poder discrecional que en muchas ocasiones ejercía el MP al alterar las pruebas y testimonios recabados.
Este nuevo diseño también implica la formación o adquisición de nuevas habilidades por parte de los
juzgadores, quienes deberán tener la capacidad para conducir las audiencias, permitir la exposición de las
partes y captar la forma y fondo de los argumentos expuestos.
Por último, la Reforma estipula la introducción de la justicia alternativa para la resolución de conflictos
entre particulares, para lo que habrá:

Especialistas públicos: son servidores públicos certificados por un centro de justicia alternativa
quienes deben tener habilidades y capacidades en técnicas de mediación, conciliación y/o arbitraje
para la aplicación de soluciones de conflictos.3

Especialistas independientes: deben ser personas acreditadas por el centro de justicia alternativa,
los cuales deberán tener habilidades y destrezas en técnicas de mediación, conciliación y/o
arbitraje para la solución de conflictos.

Mediador: debe ser un profesional de la mediación, capacitado y registrado por el centro, quien
intervendrá como facilitador de la comunicación y la negociación entre particulares en una
controversia.
.- La mediación es un procedimiento no jurisdiccional, mediante el cual las personas involucradas en un conflicto,
buscan una solución satisfactoria a su controversia, acudiendo ante la presencia de un tercero imparcial llamado
mediador, quien propicia y facilita la comunicación entre las partes durante el procedimiento, hasta que éstas lleguen
por sí mismas a los acuerdos. La conciliación es el procedimiento voluntario por el cual dos o más personas
involucradas en una controversia, buscan la solución a través de recomendaciones o sugerencias propuestas por un
tercero que interviene, llamado conciliador. El arbitraje resuelve conflictos contenciosos por voluntad de las partes,
éstas le dan a un particular, facultades jurisdiccionales semejantes a las del juez, para que el árbitro resuelva el caso
concreto.
3
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
C.
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Ruta para el proceso de implementación de la Reforma penal en el Tribunal
Superior de Justicia del Estado de Chiapas.
Desde el año 2008 el Tribunal está llevando a cabo acciones y actividades que tienen como objetivo crear
las condiciones y capacidades institucionales para poner en funcionamiento el nuevo sistema de acuerdo a
los objetivos establecidos en la Reforma penal.4 Se tiene considerada una implementación gradual
dividida en dos etapas. La primera para “delitos no graves” que se pretende implementar a partir de los
años 2010 al 2012. La segunda para “delitos graves” a partir del 2013 al 2015. Adem s se ha dividido al
estado en tres regiones derivado del análisis de la cantidad de asuntos penales que tramita cada uno de los
juzgados. La primera etapa (para delitos no graves) iniciaría en 2010 con los municipios que más causas
tramitan (Tuxtla Gutiérrez, San Cristóbal de las Casas, Pichucalco y Tapachula); la segunda en 2011 y la
tercera en 2012.
Para la plena implantación del sistema acusatorio, se deberá elaborar un Plan de puesta en
operación del nuevo sistema (por región) que, primero, detalle la organización y funciones de acuerdo a
los nuevos procesos; segundo, establezca los objetivos y metas de corto, mediano y largo plazo; y, tercero,
integre el cierre del sistema tradicional. El Plan tendrá el objetivo de promover una implementación
consistente, coherente y realista de acuerdo a una proyección de costos por categoría y año de ejecución
que deberá ser producto de una evaluación financiero-presupuestal de los costes de implementación.
Deberá además diseñarse una serie de acciones, las cuales se pueden agrupar en las siguientes
dimensiones:






En lo normativo-legal.
Organización y gestión.
Infraestructura y equipamiento.
Tecnologías de la información.
Difusión
Capacitación
a) En lo normativo-legal.- Se realizan los cambios normativos legales en el ámbito estatal, en el marco de
la reforma constitucional aprobada. Se tiene conocimiento que ya se iniciaron los trabajos para el
desarrollo de las iniciativas de leyes. Se ha hecho un análisis de ordenamientos jurídicos. En general, este
proceso de elaboración de las iniciativas legislativas se caracteriza por ser interdisciplinario en las
.- Véase nuestro “Diagnóstico de las capacidades institucionales del Tribunal Superior de Justicia del Estado de
Chiapas para la reforma de la Justicia Penal, 2010”.
4
DIVIP, A.C., México 2011.
Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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propuestas a revisar y analizar. La primera ley aprobada fue la Constitución Política del estado Libre y
Soberano de Chiapas.
En segundo término, se encuentran en elaboración de proyectos los siguientes ordenamientos:

Código de Procedimientos Penales

Ley Orgánica del Poder Judicial

Código Penal

Ley de Justicia Alternativa
Es necesario que en las legislaciones a modificar se consideren:

Ley de Amparo

Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos

Ley de Justicia para Adolescentes
Estas reformas si tienen injerencia en la estructura del proceso. Hay temas que deben ser considerados en
las reformas de las legislaciones. En cuanto a las reformas al Código Penal, es necesario que se verifiquen
algunos de los siguientes elementos:






Reparación del daño.
clasificación de delitos en no graves y graves.
Perdón que otorga la víctima.
Aumento de penas en general.
Se verifiquen las penas del delito de extorsión.
Importante, es considerar los delitos de Delincuencia Organizada y Asociación delictuosa,
Narcotráfico, Narcomenudeo, como delitos del ámbito federal, ya que en algunas legislaciones de
la República Mexicana, son considerados altamente graves y materia de la Procuraduría General
de la República, ya que éstos delitos se han inmiscuido en la sociedad mexicana y sus víctimas se
han incrementado en número, considerablemente.
Con respecto a las reformas al Código de Procedimientos Penales, es conveniente:







Se señale el procedimiento para enviar a la materia federal los delitos graves que se han señalado
con anterioridad.
Ampliación de los derechos de la víctima
Hacer uso de la palabra antes de que se cierre el juicio oral.
Que el imputado haya pagado la reparación del daño.
Señalar claramente el concepto de flagrancia.
Establecer medidas cautelares el Juez de Garantía de manera forzosamente.
La reparación del daño debe de ser en corto tiempo.
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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En la Ley de Justicia para Adolescentes, se deben considerar:


Los plazos de prescripción de la acción penal.
Considerar la reparación del daño antes de que se emita el auto de libertad.
Ley de Amparo:



Definir bien las partes que intervendrán ahora en los Juicios de Amparo.
Considerar en términos generales la clasificación de los delitos en no graves y graves.
Revisar los términos en los que se señalen los delitos: Delincuencia Organizada, Asociación
Delictuosa, Narcotráfico, Narcomenudeo, etc.; considerarlos de materia federal y no del fuero
común.
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos:


Verificar las infracciones en las que puede incurrir el personal del Tribunal Superior de Justicia
del Estado de Chiapas, de acuerdo a las nuevas funciones y perfiles adquiridos con la reforma
penal.
Considerar que los criterios, disposiciones y comunicados que emita el Titular del Poder Ejecutivo
sean conforme las nuevas disposiciones legales que se han de emitir sobre la reforma penal, a fin
de que los servidores públicos lleven a cabo sus funciones y actividades de manera congruente
con lo establecido.
Reglamento Interior del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas






Definir la jerarquía de la estructura del Tribunal.
Dar a conocer al Tribunal Superior de Justicia, la nueva estructura y funciones de cada una de las
áreas existentes.
Aclarar si en cada cambio de Jueces, de garantías, conocimiento y ejecución se tendrá que
elaborar acta de entrega recepción en presencia de Contraloría Interna, y con acta circunstanciada.
Los Juzgados de Paz y Conciliación, resuelven asuntos de cuantía menor y delitos no graves, ¿cuál
será su actuación con la reforma penal?
Especificar las funciones de los Secretarios de Acuerdos y los Secretarios de Estudio y Cuenta
(Proyectistas).
Considerar las nuevas funciones de los Actuarios.
b) Organización y gestión.- La reorganización del Tribunal implicará crear Juzgados de Control de
Garantías y Tribunales de juicio oral en lo penal con una plataforma administrativa común para gestionar
todas las causas y para llevar la agenda del juez. La administración de las audiencias dejará de ser una
decisión discrecional del juez, quien en adelante será solamente responsable del resultado jurisdiccional y
no de las cuestiones administrativas del Tribunal. La estructura organizacional administrativa de los
Juzgados de Control de Garantías y de los Tribunales de juicio oral en lo penal estaría integrados por un
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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coordinador administrativo y seis coordinadores de distrito para los distritos de Tuxtla Gutiérrez, San
Cristóbal de las Casas, Pichucalco, y Tapachula.
Los coordinadores de Distrito a su vez se apoyarían en los jueces coordinadores: un juez
coordinador de tribunal oral (de Conocimiento) y un juez (de Control) coordinador del Juzgado de
Garantía. Además, El administrador de distrito establecería con los jueces coordinadores (de Control y de
Conocimiento) las normas administrativas y de funcionamiento de cada tribunal, es decir, respecto a la
distribución de personal, de causas, programación de audiencias, etc. Así, cada administrador de Distrito
tendría bajo su coordinación:
a) la Unidad de sala, que se encargaría de las salas y de las actas.
b) la Unidad de administración de causas garantía, que se encargaría de las apelaciones, amparos,
estadística, archivos DVD.
c) la Unidad de servicios, que se haría responsable de las notificaciones y de la atención al público
(almacén, valores, conserje).
d) la Unidad de administración de causas penales, que se encargaría de supervisar la ejecución de
las penas, testigos y peritos, ingreso de causas y de la certificación.
Es necesario que el Plan de puesta en operación del nuevo sistema incorpore los criterios que se utilizarán
para saber cuántos Juzgados de Control de Garantías, Tribunales orales de lo penal y Juzgados en Materia
de Ejecución de Sanciones Penales deberá haber. Lo mismo para otros centro estatales de justicia
alternativa que pudieran implantarse además del existente ya en Tuxtla Gutiérrez. En una primera etapa
(para junio de 2011), se tiene contemplado el inicio de operaciones de los Juzgados de Ejecución con
sedes en los distritos judiciales donde existen Salas Regionales Colegiadas como son Tuxtla Gutiérrez (2
Juzgados), San Cristóbal de la Casas (1) Pichucalco (1) y Tapachula (1). Para ello será necesario que el
Consejo de Judicatura del Estado de Chiapas decrete la creación de Juzgados en Materia de Ejecución de
Sanciones Penales. La Competencia en la ejecución de sentencias será regional y similar a la que
actualmente ostentan las Salas Regionales Colegiadas y con jurisdicción en la materia en los municipios
que integran los distritos jurisdiccionales del estado, en el orden y numero que a continuación se detalla:
Puesto
Plazas
Juez de Ejecución
5
Secretario de Estudio
5
Oficiales Administrativos
5
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c) Infraestructura y equipamiento.- La implantación del nuevo sistema Acusatorio implicará la
construcción, modificación o ampliación de espacios físicos para adaptarlos a los principios, gestión y
organización del nuevo proceso penal en el Tribunal.5 Se sugiere en la necesidad de considerar los
siguientes elementos para determinar la adquisición, construcción, remodelación, ampliaciones en la
infraestructura física existente:
1) Diseño de un Programa integral de obras y equipamiento. Es un imperativo la elaboración
detallada y completa de, primero, un plan rector de infraestructura física de corto, mediano y
largo plazo para la reforma penal en el Estado para una planeación adecuada de la
infraestructura necesaria para el nuevo sistema. En segundo lugar, es recomendable que el
Plan cuente con una guía arquitectónica para el diseño y planeación de los espacios. La guía
podría basarse en referentes internacionales o en las experiencias de Chile, Colombia, Estados
Unidos, Chihuahua y/o Oaxaca.6
El diseño de un adecuado Plan y de una guía completa evitaría problemas relacionados a la
falta de espacios, mezcla de áreas con diferentes funcionalidades, errores de ubicación o la no
consideración de ciertas normas de seguridad. Son errores que podrían ser detectados y
corregidos a posteriori, pero con implicaciones presupuestarias.
En tercer lugar, es central que se lleve a cabo un estudio de necesidades del equipamiento
(mobiliario y tecnología) requerido. Así, se recomienda elaborar un catálogo de costos para
poder determinar la inversión que se necesitar a corto y mediano plazo en este rubro.
2) Las fases para la implantación de los Juzgados de Control de Garantías, del Tribunal Oral de
lo penal y de los Juzgados de Ejecución de Sentencias. El Plan de obras y equipamiento
.- Mientras se consuma la implantación completa del nuevo sistema acusatorio, deberá considerarse el uso de
espacios rentados en los diferentes distritos para ubicar juzgados tradicionales. Al rentarse espacios, se dejaría la
infraestructura existente para su adecuación al nuevo sistema Acusatorio. Otros juzgados podrían ubicarse en espacios
libres de los juzgados civiles.
6
.- Por ejemplo, se deberá considerar que los Tribunales orales de lo penal involucrarán poner en funcionamiento las
unidades de causas, de servicios, de amparos, y de administración. También se ubicaron áreas de logística de sala,
informática, privado de jueces, sala de apelación, y de control de vigilancia a cargo de uno o varios policías que estarán
en las audiencias.
Otras características importantes de estas instalaciones es que deberán de acceso restringido de túneles para personas
detenidas. Se crear celdas de espera para el imputado, con acceso y circulación independiente al juez y a los testigos. El
caso de testigo protegido se deberá tener un área exclusiva para ingresar a las audiencias. Además se deberá de contar
con un de video grabación que se encargue de controlar, documentar y gestionar las grabaciones de cada juicio.
5
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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deberá basarse en el Plan de puesta en operación del nuevo sistema. Esto es, en la
organización y funciones de acuerdo a los nuevos procesos.
Hasta ahora se tiene proyectado contar con 5 Juzgados de Ejecución, los cuales iniciarían
operaciones en junio de 2011 para la revisión de las penas (parte final del procedimiento). La
propuesta de que sean 5 (uno por región) es la oportunidad de tener una cobertura estatal. La
creación de estos juzgados dependerá de los recursos que se autoricen. Por ello, en principio,
se iniciará con uno o dos Juzgados en Tuxtla Gutiérrez, los cuales tendrían cobertura estatal.
3) Disponibilidad de recursos económicos que se liberen para el tema, lo cual deberá estar
establecido en el plan de obras y equipamiento a partir de la evaluación financieropresupuestal de los costes de implementación.
d) Tecnologías de información.- La implementación de la Reforma penal involucrará la adecuación o la
introducción de plataformas tecnológicas y de comunicación en dentro del Tribunal Superior de Justicia,
que puedan estar en concordancia y coordinación con la Procuraduría General de Justicia y Secretaría de
Seguridad Pública del Estado de Chiapas.
Deberá llevarse a cabo un diagnóstico y una planeación estratégica para el diseño y el desarrollo
de tecnologías de información al interior de la Institución para determinar en qué medida se usarán los
sistemas, procesos y plataformas tecnológicas existentes del sistema inquisitivo para el nuevo sistema (con
los ajustes requeridos), o bien, se crearán e instalarán nuevos. En opinión de los funcionarios del Tribunal,
la tecnología actual no es la adecuada ni la suficiente para llevar a cabo el nuevo sistema acusatorio, por lo
que será necesario el desarrollo e introducción de nuevas tecnologías de información y la instalación de
equipos de grabación (audio y video) para las audiencias en cada uno de los Tribunales orales de lo penal.
Ese diagnóstico y planeación estratégica deberá formar parte del rubro de equipamientos del Programa de
obras y equipamiento. Sin tecnologías de la información adecuadas, interfaces comunes y una base de
datos estadísticos centralizada, se correr el riesgo de dificultar la coordinación y comunicación no sólo
dentro del Tribunal, sino también con la Procuraduría y Secretaría de Seguridad.
e) Difusión.- La implementación del nuevo sistema implicará la promoción del conocimiento a la
sociedad sobre los avances del proceso de implantación y funcionamiento del nuevos sistema acusatorio
penal en Chiapas. Se deberá elaborar en el Plan de puesta en operación del nuevo sistema, Programa
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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integral de difusión para llevar a cabo un proceso ordenado, sistemático y documentado. En la actualidad
no hay ninguna acción sistemática de difusión. Por ello, en el plan deberá desarrollarse de acuerdo a los
tiempos que se establezcan en el Plan de puesta en operación del nuevo sistema, y a dos componentes:
El primero involucra la elaboración de un proceso de socialización para difundir hacia la sociedad
el proyecto de Reforma, por medio de foros o jornadas con asociaciones de la sociedad civil, académicos,
instituciones gubernamentales, barras y colegios de abogados, etc. El segundo, el diseño de una campaña
de comunicación y difusión enfocada a crear una percepción positiva de la Reforma dando a conocer las
ventajas y la utilidad del nuevo sistema acusatorio, pero también para erradicar los mitos de su operación.
La campaña podría incluir desde spots en medios de comunicación, notas de prensa, conferencias de
prensa, inclusión de testimonios, etc. Son actividades que deberá responder a pautas definidas en el
Programa de difusión. Además, será necesario que la difusión no sólo se haga al interior del Tribunal por
medio de documentos de difusión especializados, sino también dentro de las demás instituciones de
procuración de justicia.
La difusión deberá llevarse a cabo en todos los distritos judiciales y deseablemente en
coordinación con la Procuraduría General de Justicia y Secretaría de Seguridad Pública del Estado de
Chiapas. Por ello es recomendable no sólo el diseño de un Programa de difusión exclusivo para el
Tribunal, sino uno general, el cual podrá ser elaborado con una visión de difusión permanente.
e) Capacitación.- La capacitación de magistrados, jueces, y personal del Tribunal, en el sistema de
justicia oral y adversarial, ha sido una actividad constante. El Plan de puesta en operación deberá incluir
un Programa de capacitación. Se considera importante dar una capacitación conjunta y simultánea para
profesionalizar al personal, adecuar los perfiles de los verdaderos operadores, de acuerdo a los roles que
deben de desempeñar en el nuevo sistema, implementar una guía académica que permita desarrollar las
habilidades para cada rol considerado.
En el proceso de implementación, la capacitación de los jueces de garantía, jueces orales, debe ser
de manera simultánea y coordinada. En la primera etapa, se preparará a los empleados el Tribunal
Superior de Justicia, de manera intensiva y en la segunda fase, deberá aplicarse una metodología teóricopráctica. La capacitación debe cumplir con las siguientes características:
•
•
Definición de roles.
Especialización, conociendo bien las normas éticas y de conocimiento.
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
•
•
•
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Perspectiva de género e igualdad.
Práctica, basada en ensayos de juicios orales, difiriendo los roles de cada uno de los
participantes.
Intensiva.
Durante el año de 2010, se llevó a cabo la impartición de los siguientes cursos, para 120 asistentes:
•
•
•
•
Formación de mediadores y conciliadores.- Dos cursos
Delincuencia organizada y delitos derivados
Actualización jurisprudencial y legal
Justicia alternativa.- Dos Diplomados
Para el año 2011, ya se tienen programados los siguientes cursos, para un total de 150 asistentes:
•
•
•
•
•
•
•
•
Comunicación y redacción de documentos.- Dos cursos
Justicia y género
Derecho penal de los adolescentes
Narcomenudeo
Delincuencia organizada
Secuestro
Trata de personas
Derecho Procesal Penal Acusatorio.- Dos cursos.
No se ha hecho un análisis de los perfiles de los jueces de garantía y jueces de juicio oral, ni se han
considerado las habilidades y responsabilidades, del personal del Tribunal. Los cursos de formación que
se han impartido, ha sido sin un estudio previo de necesidades de personal y habilidades del mismo, no fue
integral ni con base a perfiles detallados y desarrollados de acuerdo a las exigencias funcionales del nuevo
sistema. Es importante que se consideren cursos sobre: Derecho Penal Sustantivo y el Nuevo Código de
Procedimientos Penales, entre otras materias importantes para la implantación de la Nueva Reforma Penal.
La capacitación es primordial para todos aquellos que participen en el nuevo sistema penal. Se les
deberá capacitar gradualmente en el conocimiento de este nuevo procedimiento. Los planes de estudios de
las Universidades, deberán ajustarse a la instrumentación del nuevo proceso penal; deben realizarse
prácticas en simulacros, aprovechar las salas de Juicio oral que se están construyendo a fin de incorporar
una materia en la currícula, que señale los beneficios y prácticas del juicio oral.
Es necesario que, a medida que la formación en el nuevo sistema penal, vaya adelantando, los
jueces, magistrados y personal del Tribunal, se desempeñen como formadores del nuevo sistema. Una vez
que las demás instancias hayan recibido formación sobre el sistema penal, será necesario profesionalizar a
los demás actores que forman parte del nuevo sistema; deben homologarse y unificarse los programas y
planes de capacitación.
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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Deben tomarse en cuenta las buenas prácticas que han sido de éxito en los otros Estados de la
república, donde se ha implementado el Nuevo Sistema Penal Acusatorio; ya que se han presentado vacíos
de Ley, sobre todo en derecho procesal y penal. Para poder probar que la formación ha rendido frutos, es
necesario que los asistentes a los cursos sean evaluados, y expresen la utilidad o no de las materias
recibidas; esto permitirá que en caso de que no sean las óptimas para la aplicación de la reforma penal
sean modificados los contenidos.
Se sugiere que en la estructura del Poder Judicial del Estado de Chiapas, se considere la creación
de un área denominada Dirección de Modernización, la cual lleva a cabo la elaboración y revisión de los
perfiles de los puestos y plazas que hay en la estructura; sugiere, revisa y modifica el Manual de
Organización de la Institución en general, y de cada una de las áreas existentes en el Poder Judicial. Esta
Dirección es de gran utilidad para el desarrollo y buen funcionamiento de las áreas; puede realizar
sugerencias y creaciones de diferentes plazas y puestos. Esta área depende directamente de la Oficialía
Mayor, sin minimizar ni quitar funciones al área de Recursos Humanos, que ellos seguirán llevando a
cabo la contratación de personal y la administración de la estructura del Poder Judicial del Estado de
Chiapas.
f) Conclusiones.- El presente informe mostró una ruta para la implementación de la Reforma penal en el
Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas a partir de un análisis de su nivel de capacidades
institucionales existentes: de su funcionamiento, problemas organizacionales y ventanas de oportunidad en
su interior. Para la implantación del sistema acusatorio se deberá elaborar un Plan de puesta en operación
del nuevo sistema, el cual se deberá elaborar a partir de una proyección de costos (por categoría y año de
ejecución) que deberá ser producto de una evaluación financiero-presupuestal de los costes de
implementación.
Deberá además detallar la nueva organización y funciones de acuerdo a los nuevos procesos; los
objetivos y metas de corto, mediano y largo plazo; e integrar el cierre del sistema inquisitivo anterior. Los
rubros que el Plan deberá contemplar son seis. Primero, aquel relacionado a los cambios normativoslegales necesarios para dar sustento jurídico sólido al nuevo sistema. Es importante, considerar que los
delitos de Delincuencia Organizada y Asociación delictuosa, Narcotráfico, Narcomenudeo, son delitos del
ámbito federal, tal y como se señala en legislaciones de la República Mexicana; estos son considerados
altamente graves y por consiguiente, son materia de la Procuraduría General de la República y de los
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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Tribunales Federales. Se sugiere considerar el cambio de ámbito de estos delitos que son materia del fuero
común a materia federal.
Segundo, cambios en la organización y gestión en el Tribunal, pues la Reforma involucra la
creación de Juzgados de Control de Garantías, Tribunales de juicio oral y Juzgados en Materia de
Ejecución de Sanciones Penales. El Plan definirá la estructura organizacional administrativa de estos
juzgados y de los tribunales, y los criterios que se utilizarán para saber cuántos habrá.
Tercero el Plan deberá incluir un Programa integral de obras y equipamiento, el cual detallará las
acciones a corto, mediano y largo plazo para la planeación de la infraestructura necesaria para el nuevo
sistema. Deberán incluir una guía arquitectónica para el diseño y planeación de espacios basado en
referentes internacionales o en las experiencias de otros estados del país.
Cuarto, para la introducción de Tecnologías de la información, el Programa integral de obras y
equipamiento deberá incluir un diagnóstico y planeación estratégica para el diseño y el desarrollo de estas
tecnologías al interior del Tribunal.
Quinto, el Plan deberá incluir un Programa integral de difusión donde se detallará el modo en que
se promoverá a la sociedad de los avances, novedades y beneficios de lo que será el nuevo sistema penal.
La difusión deberá llevarse a cabo en todos los distritos judiciales y deseablemente en coordinación con la
Procuraduría General de Justicia y Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Chiapas. Por ello es
recomendable no sólo el diseño de un Programa de difusión exclusivo para el Tribunal, sino uno general,
el cual podrá ser elaborado con una visión de difusión permanente.
Sexto, el Plan incluirá un Programa de capacitación que definirá una guía académica a partir los
perfiles de los que serán los verdaderos operadores del sistema y de acuerdo a los roles que se deberán
desempeñar en el mismo.
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VI. Anexos
Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas
Anexo A: Personal judicial entrevistado
Nombre
Magdo.
José
Guillermo
Aranda
Lic. Bruno Bermúdez
Lic. Miguel Ángel Guillén
Utrilla
Lic. Amanda Farfán
Lic. Víctor Morán
Magdo. Carlos Tovilla
C.P. Etelvina Ruiz Olvera
Dra. Fabiola Huerta Salva
Lic. Francisco
Nucamendi
Mijangos
Lic. M. Guadalupe Flores
Rocha
Lic. Javier González Vázquez
Lic. Roberto Ramos Cuellar
Lic. Francisco Javier Plaza
Ruiz
Lic.
Carlos
Inocencio
Hernández Urbina
Cargo
Magistrado de la Primera Sala
Penal
Juez Primero de Primera
Instancia en Materia Penal
Juez Segundo de Primera
Instancia en Materia Penal
Magistrado de la Ponencia B
en materia de Adolescentes
Director de Control de
Confianza
Magistrado de la Ponencia B
en materia Penal
Directora
de
Recursos
Humanos
Directora del Instituto de
Formación Judicial
Secretario
General
de
Acuerdos
en
la
Sala
Especializada en Justicia para
Adolescentes
Juez
Especializado
en
Primera Instancia en Justicia
para Adolescentes
Secretario de Acuerdos del
Juzgado
Primero
Especializado de Primer
Instancia en Justicia para
Adolescentes
Magistrado de la Ponencia B
en materia de Adolescentes
Juez Primero Penal en San
Cristóbal de las Casas
Juez Segundo Penal en San
Cristóbal de las Casas
Fecha de Entrevista
23 de noviembre de 2010
23 de noviembre de 2010
23 de noviembre de 2010
24 de noviembre de 2010
24 de noviembre de 2010
25 de noviembre de 2010
25 de noviembre de 2010
25 de noviembre de 2010
26 de noviembre de 2010
26 de noviembre de 2010
26 de noviembre de 2010
29 de noviembre de 2010
02 de diciembre de 2010
03 de diciembre de 2010
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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Tribunal Superior de Justicia del Estado de Chiapas
Anexo B: Batería de preguntas utilizadas durante el diagnóstico institucional
Magistrados
1. ¿Usted considera que la implementación de la Reforma será exitosa con la capacitación que hasta
ahora han recibido?
2. ¿Considera usted que existe algún tipo de obstáculo o resistencias por parte del personal del Tribunal?
3. ¿Se tiene contemplado hasta este momento iniciar algún cambio estructural de cara a la Reforma?
4. ¿Usted considera que el Congreso está trabajando en la modificación de los códigos que son
necesarios para la implementación de la Reforma?
5. ¿Saben si se tiene contemplado construir salas con instalaciones adecuadas para llevar a cabo los
juicios orales?
6. ¿Considera que todos los integrantes de la cadena de procuración de justicia están comprometidos con
la Reforma?
7. Para usted, ¿debería existir una labor de difusión y promoción de los juicios orales?
8. De aquellos actores involucrados en la cadena de procuración de justicia ¿quién considera usted que
debe llevar a cabo esta labor?
Jueces
1. ¿Cómo percibe usted la Reforma?
2. ¿Usted considera que la implementación de la Reforma será exitosa con la capacitación que están
recibiendo hasta ahora?
3. ¿Considera usted que existe algún tipo de obstáculo o resistencias dentro del Tribunal?
4. ¿Sabes si se ha considerado hasta este momento iniciar un cambio estructural de cara a la Reforma?
5. ¿Conoce usted los avances que haya en el Congreso sobre la modificación de los códigos que son
necesarios para la implementación de la Reforma?
6. ¿Cuál es su opinión de los policías ministeriales, MP y la nueva facultad que tendrán los policías
auxiliares?
7. ¿Qué opinan sobre el trabajo que le entrega el MP?
8. Para usted, ¿debería existir una labor de difusión y promoción de los juicios orales?
9. De aquellos actores involucrados en la cadena de procuración de justicia ¿quién considera usted que
debe llevar a cabo esta labor?
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Informe sobre el nivel de capacidades institucionales existentes en el actual sistema de justicia penal de Chiapas
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10. ¿Cada cuánto tiempo tienen los cursos? ¿Cuál es su duración? ¿Son teóricos o prácticos?
11. ¿Creen que la infraestructura con la que cuentan en estos momentos es funcional para sus funciones y
lo que viene con la Reforma?
12. En los últimos meses, en promedio, ¿cuántos juicios lleva?
13. Con la Reforma, ¿aumentará o disminuirá la carga de trabajo?
14. ¿Cómo cree usted que se garantizará la presunción de inocencia?
15. En su opinión, ¿los jueces podrán juzgar antes de cuatros meses desde que se consignó al inculpado?
Secretarios de Acuerdo
1. ¿Qué opina usted del trabajo que lleva a cabo la policía ministerial para la integración del expediente?
2. ¿Usted considera que al recibir el expediente, éste está debidamente integrado?
3. ¿Ha tomado algún curso con un magistrado?
4. ¿Cada cuánto tiempo tienen los cursos? ¿Cuál es su duración? ¿Son teóricos o prácticos?
5. ¿Qué opinan sobre el trabajo que entregan a los jueces?
6. ¿A usted le afecta que la averiguación previa del MP esté mal integrada?
7. ¿Sabe cuántas salas tienen proyectadas adecuar o construir para llevar a cabo los juicios orales?
8. ¿Creen que la infraestructura con la que cuentan en estos momentos es funcional para la integración
de expedientes?
9. ¿Considera que todos los integrantes de la cadena de procuración de justicia están comprometidos con
la Reforma?
10. Para usted, ¿debería existir una labor de difusión y promoción de los juicios orales?
11. De aquellos actores involucrados en la cadena de procuración de justicia ¿quién considera usted que
debe llevar a cabo la labor de difusión y promoción de los juicios orales?
Secretarios de Estudio y Cuenta
1. ¿Ha tomado algún curso con un magistrado?
2. ¿Cada cuánto tiempo tienen los cursos? ¿Cuál es su duración? ¿Son teóricos o prácticos?
3. ¿Qué opina de que a jueces y magistrados se les envíe a otros países o estados para aprender las
buenas prácticas (o malas) del sistema adversarial? (¿A usted le gustaría asistir?)
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4. ¿Sabe cuántas salas tienen proyectadas adecuar o construir para llevar a cabo los juicios orales?
5. ¿Creen que la infraestructura con la que cuentan en estos momentos es funcional para la integración
de expedientes?
6. ¿Considera que todos los integrantes de la cadena de procuración de justicia están comprometidos con
la Reforma?
7. Para usted, ¿debería existir una labor de difusión y promoción de los juicios orales?
8. De aquellos actores involucrados en la cadena de procuración de justicia ¿quién considera usted que
debe llevar a cabo la labor de difusión y promoción de los juicios orales?
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