2014 - Encuentro Multisectorial
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2014 - Encuentro Multisectorial
Manual de Proveedores Indirectos Puebla Cojinetes 2014 Índice No Tema Pág. 1 Introducción 3 2 Documentos para alta de proveedor 4 3 Términos de crédito y Calendario de pagos 5 4 Proceso de Cotizaciones 6 5 Órdenes de Compra 6 6 Entrega de productos y/o servicios 7 7 Tiempo de entrega, calidad y cantidad 9 8 Manual de seguridad 10 9 Directorio 34 2 Introducción El motivo de este manual es comunicar cuales son los elementos clave para el cumplimiento y mantenimiento de los altos estándares de calidad requeridos, este manual ha sido desarrollado como una guía para ayudar a los proveedores a comprender los requisitos de Federal-Mogul. Este manual esboza las prácticas mínimas que se deben implementar de manera efectiva y simplificar los procedimientos para los proveedores. El Manual de Requisitos de proveedores se aplica a todos los proveedores internos y externos. La misión de Federal-Mogul es suministrar a nuestros clientes con cero defectos, suministrarles productos a nivel mundial y al costo total más bajo. El objetivo es simple - ser el proveedor de referencia en todos los mercados que participamos. Este objetivo sólo se puede lograr con el apoyo y el compromiso de ustedes, nuestros proveedores. 3 Documentos para alta de proveedor Los datos que requerimos para iniciar una relación comercial con usted y dar lo de alta como proveedor en nuestro sistema son los siguientes: Copia de RFC Copia de Comprobante de domicilio Carta membretada que incluya: o Razón Social o Dirección Fiscal o RFC o Persona de contacto o Teléfono o Correo Electrónico o Nombre del Banco o Cuenta bancaria (especificar tipo de moneda) o Clabe de 18 dígitos o 3 Referencias comerciales Acta Constitutiva Copia de Estado de cuenta bancario en el cual se muestre la clave interbancaria de 18 dígitos (si usted lo decide puede omitir monto $ de su cuenta bancaria). Firma de acuerdo en el Formato de Código de Conducta y Condiciones Básicas de Trabajo (Supplier Code of Conduct form), el cual deriva del Código de Conducta y Condiciones Básicas de Trabajo de Federal Mogul Código FMGE-GL002, en el que se establece su compromiso y soporte a los derecho humanos como la no explotación de menores, los derechos de los inmigrantes, la no esclavitud, la no discriminación de género y el cumplimiento de las leyes ambientales. Requerimos que dichos documentos se han enviados en formato pdf (legibles). 4 Términos de crédito y Calendario de pagos Los términos de crédito establecidos por el Corporativo de Federal Mogul son de 60 días naturales. Todos los pagos son realizados por nuestro Corporativo de Cuentas por Pagar el primer y tercer martes del mes a través de transferencia bancaria. El tiempo de crédito empieza de acuerdo a la fecha de su factura, los pagos se realizan de acuerdo a nuestro calendario de pagos y las fechas de corte, las cuales se indica a continuación. 2014 Día de Corte Día dePago JANUARY 31.12.2013 15.01.2014 7.01.2014 21.01.2014 FEBRUARY 31.01.2014 15.02.2014 4.02.2014 18.02.2014 MARCH 28.02.2014 15.03.2014 4.03.2014 18.03.2014 APRIL 31.03.2014 15.04.2014 1.04.2014 22.04.2014 MAY 30.04.2014 15.05.2014 6.07.2014 20.05.2014 JUNE 31.05.2014 15.06.2014 3.06.2014 17.06.2014 30.06.2014 15.07.2014 1.07.2014 15.07.2014 AGOST 31.07.2014 15.08.2014 5.08.2014 19.08.2014 SEPTEMBER 31.08.2014 15.09.2014 2.09.2014 17.09.2014 OCTOBER 30.09.2014 15.10.2014 7.10.2014 21.10.2014 NOVEMBER 31.10.2014 15.11.2014 4.11.2014 18.11.2014 DECEMBER 30.11.2014 15.12.2014 2.12.2014 16.12.2014 JULY El contacto de cuentas por Pagar de Planta Cojinetes es: Jazmin Fátima Villaseñor Teléfono: 01 (55) 5321 2880 Email: [email protected] 5 Proceso de Cotización Toda solicitud de cotización debe ser solicitada por alguno de los representantes de compras o en su caso hacer del conocimiento de compras la solicitud, nombre del solicitante y tiempo de entrega de la cotización. Las solicitudes deben contener el mínimo de información necesaria para que a su vez la cotización recibida pueda satisfacer las necesidades del solicitante, de no contar con la información mínima requerida deberá solicitarla y evitar asumir requerimientos erróneos. Toda cotización deberá contener la siguiente información. Nombre de la Razón Social Fecha de emisión En atención a compras o Nombre del Comprador Numero de Cotización Descripción del producto o servicio Icoterms o condiciones de entrega Modelo Precio unitario Unidad de medida Moneda Cantidad Tiempo de entrega Vigencia Tiempo y descripción de garantía Nombre y datos completos de contacto En el caso de ser un proyecto se deberá contar con Información complementaria de acuerdo al proyecto tales como ECAP (Plan de aceptación de capacidad de equipo), programa de actividades, diagramas, esquemas, hojas de seguridad (MSDS), información técnica u otro soporte según sea el caso. Órdenes de Compra Todos los requerimientos de materiales, bienes o servicios se realizan a través de órdenes de compra emitidas en los formatos estándar de Federal Mogul Planta Cojinetes y enviadas por correo electrónico por el departamento de Compras o la asistente de Gerencia de Planta. Una vez recibida la orden de compra la deberá confirmar a través de correo electrónico de recibido y confirmar la fecha de entrega. En el dado caso de no estar de acuerdo en requerimientos solicitados o cuestiones comerciales, deberá contactar inmediatamente al departamento de compras para aclarar la situación. 6 Entrega de productos y/o servicios Entrega de productos. El proveedor deberá entregar el producto en el almacén del MRO (sin excepción alguna). Deberá proporcionar 3 copias de su factura y 2 copias de orden de compra, las cuales serán selladas de recibido por el almacenista. El almacenista le regresará dos de las copias selladas, de las cuales el proveedor deberá colocar una en el buzón de vigilancia y resguardar la otra como evidencia de la entrega realizada. En paralelo escanearla y enviarlas al correo [email protected] junto con el archivo xml (para programar su pago). Los horarios de almacén y días de entrega son: De Lunes a Viernes: 8:00 a 10:30 am. 11:30 am. a 6:00 pm. Sábados: 8:00 a 10:30 am. 11:00 am a 2:00 pm. En el caso de existir la necesidad de entregar algún material, bien o servicio fuera de los horarios de entrega o días estipulados solo podrán ser aprobados por el área de Compras, Almacén de MRO y/o Contralor de la planta. En el caso de envíos por paquetería, el producto deberá llegar en perfectas condiciones, junto con toda su documentación de soporte (factura y orden de compra) y a su vez se debe enviar la factura al correo electrónico [email protected] junto con el archivo xml (para programar su pago). En el dado caso que el producto llegue en mal estado o erróneo, el proveedor se deberá encargar de reponer el producto y correr con los gastos de envió correspondientes. Entrega de Herramentales o Tooling El proveedor deberá entregar el material en el almacén del MRO debidamente identificado, acompañado de la orden de compra, resultado de pruebas dimensiónales formato ITME-07-024-C, solicitud de pruebas de metrología MC-ME-07-001-A y remisión del material entregado y facturas (3 juegos) y a su vez se debe enviar la factura al correo electrónico [email protected] junto con el archivo xml (para programar su pago). En el dado caso que resultante de las pruebas elaboradas por Metrología el producto no cumpla con las dimensiones solicitadas, se dará aviso al proveedor y se detendrá su pago hasta obtener el producto validado por el departamento de Metrología (el proveedor debe cumplir con lo solicitado en el plano proporcionado por el cliente). Entrega de Químicos 7 El proveedor deberá entregar el material debidamente identificado y etiquetado con su rombo de seguridad del material y contenedores en buen estado. El personal de almacén MRO deberá revisar que el proveedor entregue factura y certificado de calidad material. El certificado de calidad deberá cumplir con las especificaciones del cliente y numero de lote del material, el cual deberá concordar con el marcado en el producto. Adicionalmente debe enviar la factura al correo electrónico [email protected] junto con el archivo xml (para programar su pago). Entrega de servicios y/o proyectos Una vez que el proveedor recibe una orden de compra por un servicio o proyecto, deberá coordinar la fecha del trabajo con el usuario solicitante. Importante: Todo proveedor que realice trabajos dentro de las instalaciones de Federal Mogul Planta Cojinetes, deberá haber tomado el curso de Seguridad, haber presentado el alta del Seguro Social vigente de cada una de las personas que realizarán los trabajos dentro de las instalaciones y apegarse al reglamento de contratistas estipulado en este manual. Una vez realizado el servicio, el proveedor deberá entregar documentos en el caso de ser solicitados por el cliente tales como dibujos, diagramas, cartas garantía, u especificaciones técnicas. El proveedor deberá solicitar la firma de aprobación del servicio al usuario y gerente del área implicada. Una vez obtenida la aprobación, el proveedor deberá llevar 3 copias de su factura aprobada al Almacén del MRO para ser sellada, una de las copias permanecerá en dicho almacén, otra de ellas el proveedor deberá ingresarla en el buzón de vigilancia y la otra deberá resguardarla como evidencia de la entrega del servicio, adicionalmente enviarla escaneada junto con el documento XML al correo de [email protected]. Todo envió de facturas al correo de [email protected] deben ser de la siguiente forma El titulo del correo electrónico deberá ser de la siguiente manera: Numero de Orden de compra, numero de proveedor y numero de factura. Ejemplo: Pedido # 1381261 - Numero de proveedor 671619 – Factura # 520 Toda factura debe contener Nombre y dirección de la Razón Social Fecha de emisión Numero de Factura Numero de Orden de compra numero de parte de Federal Mogul (si aplica) Precio unitario Unidad de medida Moneda Cantidad Descripción del producto o servicio y / o modelo 8 Su número de proveedor y número de pedido aparece en la orden de compra. Tiempo de entrega, calidad y cantidad Federal Mogul Planta Cojinetes requiere el 100% de puntualidad en el tiempo de entrega y cantidad entregada, la cual se define previamente en la orden de compra y se compromete el proveedor al aceptar dicha orden de compra. Es responsabilidad del proveedor notificar con anticipación cualquier afectación en el tiempo de entrega, cantidad o mala calidad de los productos. Así como absorber los costos de dicho incumplimiento. El proveedor es responsable de notificar por anticipado del envió del producto o servicio. Es requerimiento de Federal Mogul Planta Cojinetes estar notificado de cualquier envío. El proveedor debe garantizar una protección satisfactoria contra los daños, la contaminación y la corrosión durante el transporte. Se aprueba el uso de envases retornables, cuando sea posible, y para proporcionar una separación / revestimiento interno, si es necesario, para mantener la limpieza, la integridad, y los requisitos de apariencia. El costo logístico de embases retornables (y del embase) corre por parte del proveedor. Los proveedores están obligados a aceptar "cero defectos" como un objetivo, y tienen planes de acción en marcha para reducir continuamente los niveles de PPM`s defectuosas en línea con la misión de la Federal Mogul para suministrar a nuestros clientes con cero defectos El proveedor debe asegurar la calidad de los productos y/o servicios entregados, de no cumplir con la calidad requerida por Federal Mogul Planta Cojinetes, el proveedor deberá llevar a cabo las acciones necesarias para asegurar el cumplimiento y satisfacción del cliente, ya sea mediante el cambio físico del producto, reparación u otra acción aprobada por el cliente. 9 REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE PARA CONTRATISTAS Planta Cojinetes 10 REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA CONTRATISTAS INDICE PAG. A. POLITICAS 12 B. INTRODUCCIÓN 13 C. OBJETIVO 13 D. AREAS INVOLUCRADAS 13 E. DEFINICIONES 13 TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES 15 CAPITULO I CONTRATISTA 15 CAPITULO II FEDERAL MOGUL S.A. DE C.V. 17 TITULO SEGUNDO CAPITULO III VIGILANCIA 18 CAPITULO IV SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL 18 CAPITULO V CONTROL AMBIENTAL 29 11 A. POLITICAS Este Reglamento es obligatorio y contempla las reglas mínimas de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente que debe cumplir el personal contratista que realice trabajos dentro de FM Puebla Cojinetes. SEGURIDAD HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE Federal Mogul, S.A. de C.V. provee lugares de trabajo seguros y saludables, protege el medio ambiente cuando sea afectado por nuestras operaciones asociadas con el diseño y manufactura de cojinetes, bujes y arandelas. CERO TOLERANCIA En FM Cojinetes aplicamos el reglamento de “Cero Tolerancia” para las acciones que constituyan o condonen el comportamiento que propicie accidentes, así como de condiciones inseguras que pudieran causar accidentes graves ó incluso una fatalidad. 12 B. INTRODUCCIÓN Para FM la prioridad número uno es la Seguridad y Salud de sus Trabajadores, Contratistas y Visitantes. La mejora continua en la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo es un compromiso que FM comparte con todos sus trabajadores y contratistas. Cuando la compañía y todos sus trabajadores así como sus contratistas desarrollan conjuntamente una actitud de Cero Tolerancia a los accidentes, es posible lograr que dejen de ocurrir, y la mejor forma de prevenirlos es estar siempre alertas de posibles peligros y actuar antes que sucedan. Todo el personal contratista debe conocer y cumplir todas las medidas de Seguridad y Salud, Prevención de Incendios y Control Ambiental aplicables al trabajo e indicadas en éste reglamento para preservar la seguridad de todo el personal y de las instalaciones. El contratista debe conocer y asegurar que su personal observe y cumpla las disposiciones aplicables a su trabajo indicadas en este reglamento, la violación a cualquier disposición, será causa de suspensión temporal o definitiva sin responsabilidad para FM. C. OBJETIVO El presente Reglamento tiene como objetivo la prevención de riesgos de lesiones al personal de FM y de los contratistas; evitar riesgos en las instalaciones, así como el cuidado del Ambiente dentro de FM, mediante la aplicación de medidas preventivas, y dar cumplimiento a: el Reglamento Federal de Seguridad e Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; las Normas Oficiales Mexicanas; los Requerimientos aplicables de Seguridad y Salud y del Sistema de Administración Ambiental ISO 14001:2004 de cada localidad de FM. D. ÁREAS INVOLUCRADAS Compras Contratista Seguridad, Higiene y Medio Ambiente (SHMA) Ingeniería de Proceso y Mantenimiento Recursos Humanos y Relaciones Industriales Solicitante del servicio E. DEFINICIONES Para efectos de este Reglamento, se entenderá por: Agua residual: Líquido de composición cariada, resultante de cualquier uso primario del agua, por el que haya sufrido alteración de sus características originales. Almacén: Es el área donde un material esta guardado para su posterior utilización. Área de Residuo Sólido: Área delimitada dentro de las instalaciones de cualquier localidad de FM, implementada como centro de Recolección y transferencia de basura. CNA: Comisión Nacional del Agua CRIT: Código de clasificación de residuos peligrosos y que significan: Corrosivo, Reactivo, Tóxico, Inflamable. 13 EPP: Equipo de protección personal Etiqueta de Comunicación de Riesgos por Sustancias Químicas: Establece el sistema de identificación y señalización de riesgos de los materiales peligrosos para prevenir daños a la salud en el centro de trabajo. FM: Federal Mogul S.A. de C.V. Hoja de Datos de Seguridad (HDS): Es la información sobre las condiciones de seguridad e higiene necesarias, relativas a las sustancias químicas peligrosas, que sirve como base a los programas documentados de comunicación de peligros y riesgos en el centro de trabajo. LGEEPA: Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. LAN: Ley de Aguas Nacionales Lugar de Trabajo: Es el sitio donde el trabajador desarrolla sus actividades laborales específicas para las cuales fue contratado, en el cual interactúa con los procesos productivos y el medio laboral. Manejo: Conjunto de acciones que involucran la identificación, caracterización, clasificación, etiquetado, marcado, envasado y empacado, acopio, almacenamiento, transporte, aprovechamiento y tratamiento de residuos. Manejo de Residuo Sólido: Conjunto de operaciones que incluyen la recolección, clasificación, separación, transporte y disposición final de la basura. Material Peligroso: Elementos, substancias, compuestos o mezclas de ellos que, independientemente de su estado físico, represente un riesgo para el ambiente, la salud o los recursos naturales, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables o biológico-infecciosas. NOM: Norma Oficial Mexicana Programa de Seguridad: Documento en el que se describen las actividades, métodos, técnicas y condiciones de seguridad e higiene que deben observarse en el centro de trabajo para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo. Debe incluir manuales de procedimientos específicos. PROFEPA: Procuraduría Federal de Protección al Ambiente Punto de Flama: Es la temperatura más baja a la cual un líquido desprende vapor suficiente para crear una mezcla inflamable con el aire y producir una llama cuando se acerque a la superficie del líquido una fuente de ignición. Residuo Peligroso: Todos aquellos residuos, en cualquier estado físico, que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, toxicas, inflamables o biológico infecciosas, representen un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente. Residuos No Peligrosos: Aquellos que se generan en los distintos procesos productivos, en su estado sólido, semisólido o como líquidos o gases contenidos, que no sean considerados como peligrosos. Residuo Sólido: Es el que proviene de actividades que se desarrollan en casa-habitación, sitios y servicios públicos, demoliciones, construcciones establecimientos comerciales y de servicios, así como residuos industriales que no se deriven de su proceso. Riesgo a la Salud (color azul): Es la probabilidad de que un material peligroso pueda causar lesión temporal, permanente o la muerte del trabajador por ingestión, inhalación o contacto. Riesgo de Inflamabilidad (color rojo): Es la probabilidad de los materiales peligrosos para arder en función de sus propiedades físicas y químicas. Riesgo de Reactividad (color amarillo): Es la probabilidad que tienen los materiales peligrosos para reaccionar con otros materiales Riesgos Especiales (color blanco): Son características específicas de los materiales peligrosos. RLAN: Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales SCT: Secretaría de Comunicaciones y Transportes. SEMARNAT: Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales. SHMA: Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Federal Mogul STPS: Secretaría del Trabajo y Previsión Social. TD: Título de Descarga 14 DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I – CONTRATISTAS 1º. El contratista debe cumplir con todos los lineamientos aplicables a su trabajo del presente Reglamento, el cual le fue entregado por el departamento de Compras de FM y también es su responsabilidad el cumplimiento de las Leyes, Normas Oficiales Mexicanas y con todos los requerimientos Corporativos de FM aplicables, vigentes a la fecha de inicio y durante el periodo de contratación. El Contratista debe dar a conocer el presente Reglamento a todos y cada uno de sus subcontratistas, asegurando la aceptación y cumplimiento. 2º. El contratista, al entregar su cotización del trabajo u obra a realizar, está dando por entendidas todas las disposiciones contenidas en el presente reglamento y que serán respetadas por él y sus subcontratistas. 3º. El contratista es responsable ante FM sobre cualquier asunto legal, administrativo y/o de operación de sus Subcontratistas antes, durante y después de la realización de los trabajos. 4º. El Contratista debe contar con un programa de Seguridad e Higiene, según lo indica el Reglamento Federal de Seguridad y Medio Ambiente de Trabajo en el Titulo cuarto capitulo IV artículo 130 al 134., aplicable al trabajo a desarrollar. 5º. Todo el personal del contratista no puede iniciar los trabajos solicitados sin los permisos extendidos del área de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente (SHMA), así como su curso de inducción de seguridad de la empresa. 6º. El contratista debe informar a sus trabajadores los riesgos que implica la actividad que van a realizar dentro de las localidades de FM y como prevenirlos. 7º. El contratista debe proporcionar los listados y altas actualizados de su personal inscrito al IMSS en la caseta de vigilancia y una copia en servicio medico de FM. 8º. Si el departamento de SHMA lo solicita, el contratista debe contar con un responsable especialista de Seguridad e Higiene por cada 100 trabajadores o por proyecto a ser implementado independientemente del supervisor de obra. 9º. Queda prohibida la realización de cualquier trabajo en áreas productivas durante los horarios o períodos de producción y de cualquier otro trabajo que ponga en riesgo la integridad física del personal de FM o pueda ocasionar daño a las instalaciones o maquinaria sin la autorización expresa del área de SHMA. 10º. Queda prohibido realizar cualquier tipo de celebración o festejo laboral por parte del contratista dentro de las instalaciones de FM. 11º. Queda estrictamente prohibido realizar juegos, así como bromas de palabra o de hecho dentro de las instalaciones de FM. 12º. Por ningún motivo se permitirá que el contratista haga uso de las instalaciones de FM como taller de reparación o fabricación, de tal manera que el contratista debe traer todo el material prefabricado o habilitado, para realizar exclusivamente trabajos de instalación. 13º. Cuando los contratistas realicen ajustes, modificaciones o re-trabajos a equipos e instalaciones “Existentes”, deben proveer las facilidades necesarias y seguras para prevenir riesgos, las cuales deben ser revisados por el supervisor de obra y el área de SHMA antes de realizar estos trabajos. 14º. Las casetas u oficinas del contratista, deben mantenerse siempre ordenadas y limpias, y para ello, el Supervisor de la obra por parte de FM y el personal de SHMA, revisarán cuantas veces sea necesario bajo pena de suspenderle los trabajos, hasta que restablezca el orden y limpieza del área . 15º. Los permisos para el contratista que extiende el Departamento de SHMA, son exclusivamente para trabajar en el área y durante el tiempo establecido en el permiso y bajo las condiciones o recomendaciones hechas por el personal de este departamento. 16º. Cada empresa Contratista será responsable de los daños ocasionados por su personal a equipo, instalaciones, maquinaria y/o el tiempo perdido que sus trabajos ocasionen a las líneas de producción. En caso de afectación a FM, serán sancionados con los cargos correspondientes. 17º. El contratista o proveedor tiene la obligación de avisar al área de SHMA cualquier trabajo relacionado con operaciones de manejo de materiales, vehículos industriales, andenes de carga y descarga de materiales y cualquier otro trabajo no indicado en el presente Reglamento que tenga implicaciones de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente antes de iniciarlos, a fin de prevenir accidentes. 15 18º. El contratista o proveedor tiene la obligación de solicitar todos los procedimientos, formatos y permisos aplicables a su trabajo indicados en el presente Reglamento al área de SHMA de la localidad o planta correspondiente de FM, a través del responsable de obra asignado por FM. 19º. Cualquier riña ocasionada por el personal contratista en las instalaciones de FM, será motivo de retiro definitivo de dichas instalaciones. 20º. Cualquier asunto del contratista relacionado con el H. Sindicato deberá ser tratado directamente con el Gerente de Recursos Humanos y con el responsable de la obra de la localidad de FM. 21º. El contratista y/o proveedor debe respetar todos los señalamientos de Seguridad y avisos de precaución existentes en la localidad, tales como, vehiculares, peatonales, uso de equipo de protección personal, áreas restringidas, etc. 22º. Antes de la entrega de Orden de Compra, el Contratista debe presentar a Compras, la relación de los subcontratistas que considerará en los trabajos relacionados con la orden de compra. 23º. El contratista tiene la responsabilidad de que sus subcontratistas cumplan las normas y reglas de seguridad, aplicables a su trabajo, descritas en este reglamento. 24º. El contratista por ningún motivo debe registrar ante el IMSS la dirección de ninguna de las localidades de FM. 26º. Queda prohibido estacionarse en áreas restringidas. 27º. El supervisor designado por el contratista debe permanecer todo el tiempo que su personal permanezca en las instalaciones de FM. 28º. El Proveedor o Contratista debe implementar un programa de identificación de riesgos potenciales de accidente en el trabajo y aplicar las acciones necesarias para prevenirlos, contenerlos y controlarlos, considerando los requerimientos de la NOM-004-STPS-1999 (“Sistemas de Protección y Dispositivos de Seguridad de la Maquinaria y Equipo que se utilice en los centros de Trabajo”). En el Anexo 1. se incluyen los lineamientos guía y los criterios para la Evaluación de Riesgos Potenciales. 29°. El contratista debe asegurar que todas las herramientas, equipos y accesorios que suministre a su personal cuenten con todas las guardas de protección y dispositivos de seguridad requeridos y se encuentren en buen estado de uso. 30º. El contratista debe dejar el lugar de trabajo limpio y ordenado. 31º. El contratista debe suministrar conexiones apropiadas y seguras a fuentes de energía como agua, energía eléctrica, aire comprimido, así como los tableros, interruptores, transformadores eléctricos, plantas de emergencia, etc. 32º. El contratista debe mantener una estricta supervisión de todo su personal. 33º. No se permite que ningún contratista emplee personal menor de 18 años. 34º. La violación de alguna de las reglas establecidas en el presente reglamento será motivo de las sanciones correspondientes establecidas por FM, o suspensión definitiva de la obra o del proyecto. 35º. Cualquier contratista que necesite utilizar grúas, vehículos industriales incluyendo montacargas, para el manejo, transporte o almacenamiento de materiales, debe comprobar ante el departamento de SHMA que todos sus operadores tienen licencia vigente de operador de vehículo industrial y que han sido capacitados sobre el uso de estos equipos antes de empezar a utilizarlos. 36º. El contratista es responsable de mantener la seguridad, el orden, la limpieza y la disciplina antes, durante y después, de la duración de la obra y mientras se encuentre dentro de las instalaciones. 37º. FM se reserva el derecho de retirar de sus instalaciones, a través del área de Vigilancia a cualquier trabajador o compañía por violación de una o más de las cláusulas del presente reglamento, e inclusive solicitar al contratista la separación permanente de esta persona o de la misma compañía de los trabajos que se estén realizando dentro de nuestras instalaciones. 16 CAPITULO II –RESPONSABILIDADES FEDERAL MOGUL S.A. DE C.V. 38º. Es responsabilidad del Empleado de FM, instruir al Contratista sobre los requisitos y procedimientos de la planta donde estará laborando para el acceso a las instalaciones. 39º. El empleado encargado de la obra por parte de FM, debe Guiar a la Cía. contratista para que conozca y aplique en campo el presente Reglamento, así como reportar de inmediato las anomalías detectadas que pongan en riesgo al personal de FM, al personal Contratista y/o a las instalaciones, maquinaria y equipo propiedad de la empresa, teniendo el apoyo del área de SHMA. 40º. Es requisito indispensable del empleado de FM responsable de la obra, asegurar que todo contratista, reciba una plática de Seguridad por parte del departamento de SHMA antes de iniciar sus labores dentro de la empresa, ajustándose a los días y horarios establecidos en cada localidad de FM. 41º. Será responsabilidad del Departamento de SHMA, auditar todas las actividades que realice el personal contratista dentro de las instalaciones de la empresa, así como verificar que éste cumpla con todos los requisitos establecidos por el presente Reglamento. 42º. Es responsabilidad del Departamento de SHMA, verificar que toda compañía que ingrese a las instalaciones de FM utilice el equipo de protección personal necesario. 43º. Es responsabilidad del Departamento de SHMA, valorar los riesgos inherentes al Medio Ambiente, relacionados con los trabajos de nuevas instalaciones, modificaciones de maquinaria y/o equipo desde la iniciación del proyecto hasta su ejecución y terminación. 44º. El departamento de SHMA tiene la autoridad para emitir cualquier tipo de consideración, que pueda contribuir a la prevención de accidentes y daños a las instalaciones. 17 DISPOSICIONES PARA EL CONTRATISTA CAPITULO III CONTROL DE ACCESO 45º. El contratista debe apegarse a los horarios autorizados por FM para realizar la obra y en caso de requerir una ampliación; el ingeniero de la obra por FM, debe instruir al contratista para realizar los trámites preestablecidos y la coordinación con las áreas involucradas para que se pueda llevar a cabo 46º. Es responsabilidad del contratista y del responsable de obra FM, realizar los trámites correspondientes de acceso para ingreso del personal contratista y mantener vigentes todos los documentos requeridos mientras dure la obra. 47º. Vigilancia entregará al representante del contratista un gafete por trabajador a cambio de las credenciales autorizadas del personal de la compañía contratista. El contratista intercambiara los gafetes de FM por las credenciales de su compañía y en caso de algún extravío se reportara de inmediato al departamento de SHMA para definir las medidas a tomar en cada caso particular. 48º. Cada gafete proporcionado por FM, permite el acceso exclusivo al área autorizada y durante el tiempo especificado, si se sorprende a una persona fuera de su área de trabajo será sancionada. 49º. Todo personal contratista debe entrar y salir de las instalaciones de la planta por la puerta designada por cada localidad de FM, y ser sometido a revisión por el área de Vigilancia. 50º. Todo vehículo propiedad de la compañía contratista estará sujeto a las normas y procedimientos de seguridad de FM, y será auditado por el personal de Vigilancia. 51º. No se permite el acceso o aportación de cualquier tipo de arma en las instalaciones de FM. 52º. El personal contratista debe permanecer únicamente en las áreas designadas para realizar su trabajo, portando siempre el gafete que le fue otorgado por FM en un lugar visible, en caso de ser detectado fuera de estas áreas, será retirado y no se le permitirá el reingreso a las instalaciones. 53º. Ninguna persona o trabajador de la Compañía Contratista, podrá ingresar a las instalaciones de FM en estado inconveniente, o bajo los efectos de cualquier sustancia prohibida. 54º. Es indispensable que el Contratista antes de ingresar a las instalaciones de FM, presente un listado del equipo y herramientas, indicando marca, modelo, tamaño, número de serie o algún otro dato que sirva de referencia para su identificación, mismo que entregará en Vigilancia para que éste proceda a su verificación y visto bueno de entrada y con el cual se autorizará la salida al término de la obra. 55º. El personal del contratista puede consumir sus alimentos en el comedor pagando el costo de los alimentos, o en su caso comer fuera de las instalaciones, pero no en áreas interiores o exteriores que no sea el comedor de la empresa. 56º. Todo vehículo propiedad de la compañía Contratista debe cumplir con las normas y requerimientos de Seguridad de FM, como son: Funcionamiento correcto de Luces, Rotulo visible de la compañía en el vehículo y no presentar derrame de líquidos. 57º. Está prohibido viajar en los estribos de montacargas, camionetas, camiones, trailers. Así como en el interior de cajas de vehículos que no estén provistos de una caseta para viajeros. CAPITULO IV SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE A. ENTRENAMIENTO CONTRATISTAS EN SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE PARA 58º. El contratista debe contar con trabajadores capacitados y con las habilidades, conocimientos y autorizaciones necesarias para realizar el trabajo contratado con seguridad, según lo dispuesto en el Reglamento Federal de Seguridad y Medio Ambiente de Trabajo. Adicional a este punto el contratista deberá de tomar un curso de inducción en materia de Seguridad de la empresa el cual habilitara de forma individual a los integrantes del contratista para realizar actividades dentro de la planta. Los integrantes a realizar el trabajo deben tomar el curso persona que no haya tomado el curso no podrá entrara realizar ninguna actividad. El departamento de SHMA programa de manera periódica cursos de inducción, pregunte a su coordinador de compras las fechas y horarios disponibles. 18 1. Requerimientos de Entrenamiento de Federal Mogul Planta Cojinetes 1.1 Los requerimientos de entrenamiento para el personal contratista son: a) Conocimiento de la política de Calidad, Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de FM. b) Reglas de SHMA, políticas, normas y procedimientos aplicables al contratista. c) Información de los riesgos en la localidad e Información en materia de Medio Ambiente d) Información del Procedimiento de Emergencia de la localidad. e)Teléfonos de Emergencia. 2. Responsabilidades del Contratista 2.1 Proporcionar los recursos necesarios para otorgar el entrenamiento a su personal. 2.2 Demostrar que sus trabajadores tienen la capacidad, habilidad y conocimientos para desarrollar el trabajo con seguridad. 2.3 Asegurar que sus trabajadores apliquen las reglas de seguridad consistentemente. 2.4 Demostrar que cada trabajador ha sido entrenado en los riesgos del trabajo a desarrollar. 2.5 Monitorear las actividades de sus trabajadores. 2.6 Predicar con el ejemplo de seguridad hacia todos sus trabajadores. 2.7 Todos los integrantes de la compañía contratista sin importar el nivel, debe recibir una plática de Seguridad antes de ingresar a las instalaciones, la cual será impartida por el área de SHMA. El entrenamiento se debe impartir de la siguiente manera: a) El entrenamiento debe ser formal, en aula y proporcionando las consideraciones generales. b) Entrenamiento específico en aula cuando el contratista debe tomar curso específico sobre el trabajo a realizar obteniendo mayor conocimiento de seguridad en su operación. B. PREVENCION DE INCENDIOS 59º. Sin excepción de área o persona, esta Prohibido fumar en las instalaciones de FM. 60º. Para cualquier trabajo a realizar por el contratista y que genere calor, chispas o fuego directo, es indispensable solicitar un permiso al Departamento de SHMA, quien enviará a una persona del para evaluar el riesgo, revisar el equipo respectivo y verificar que el personal asignado a este reúne los conocimientos necesarios para realizar esta actividad. 61º. El personal contratista tiene estrictamente prohibido hacer uso del equipo contra incendio a excepción que sean facilitados y/o asignados por el Departamento de SHMA, para la prevención de un Conato o Incendio en los trabajos que se requiera. 62º. Solo será autorizada la aplicación de material inflamable en forma atomizada, como, pinturas, solventes, u otros materiales inflamables bajo un estricto control por el departamento de SHMA. 63º. El almacenamiento de gasolina y otros materiales inflamables debe ser en recipientes de seguridad aprobados y en el exterior de la planta o en instalaciones de almacenamiento seguras y aprobadas por el departamento de SHMA. 64º. Esta prohibido el uso de Gas L.P en trabajos de oxicorte. 65º. El contratista debe mantener limpios y en condiciones seguras de operación los equipos de oxicorte, (mangueras, reguladores, válvulas y sopletes de gas). 66º. Para el buen uso, manejo y almacenamiento de los equipos de oxi-acetileno es necesario consultar el Anexo 10, “Cilindros de Gas Comprimido” de este Reglamento. 67º. El contratista debe traer sus propios extintores y colocarlos cerca de todo trabajo de corte y soldadura o de otras fuentes de combustión e ignición. 19 C. INVESTIGACION DE ACCIDENTES 68º. El contratista debe reportar inmediatamente los accidentes ocurridos a su personal a Vigilancia y al Depto de SHMA de la localidad de FM y realizar la investigación con base en el formato de investigación de accidentes (debe Incluir análisis causa raíz con los 5 por que’ s); y debe tomar las acciones preventivas y correctivas para evitar su repetición. El formato lo puede adquirir en el depto de SHMA. 69º. El contratista debe llevar cabo la investigación de los accidentes ocurridos e implementar las medidas necesarias para evitar su repetición, apoyados con el formato de investigación de accidente de FM. D. EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL 70º. El contratista debe proveer a su personal el equipo de protección personal necesario para realizar su trabajo y supervisar el uso correcto del mismo, de acuerdo a la actividad a realizar y según lo dispuesto en la NOM-017STPS-2008. 71º. El contratista debe asegurar que todo su personal utilice el equipo de protección personal donde sea requerido. 72º. El personal del contratista debe usar como mínimo para ingresar a las zonas de producción lentes de seguridad con protección lateral, tapones auditivos y zapatos de seguridad con casquillo de acero y para electricistas zapatos con casquillo de policarbonato que cumplan con la NOM correspondiente. 73º. El contratista debe asegurar que todos sus trabajadores que utilizan lentes graduados, mantengan el nivel de protección equivalente al de los lentes de Seguridad. Se recomienda cristales graduados montados en lentes de seguridad que cumplan con la NOM correspondiente. 74º. Proveer a sus trabajadores uniforme de trabajo con logotipo de su empresa para fácil identificación y con las características apropiadas al lugar donde realizarán el trabajo. 75º. Proveer a sus trabajadores guantes de seguridad para protección de manos y brazos dependiendo de la operación a realizar y verificar su uso consistente. 76º. Para trabajos que se realicen a una altura mayor de 2.0 metros, el contratista debe proveer a sus trabajadores y asegurar el uso de arnés completo de seguridad tipo paracaidista y doble línea de seguridad, con las características indicadas para la “Prevención de Caídas”. 77º. Proveer a sus trabajadores de casco de seguridad específico que cumpla con la NOM-017-STPS-2008, cuando exista el riesgo de caída de objetos en trabajos de construcción y donde exista riesgo de golpes en la cabeza. Los cascos metálicos en las localidades de FM están prohibidos. E. PREVENCION DE CAIDAS 78º. Está prohibido que el personal contratista, suba a los techos y estructuras de FM, sin el debido equipo de protección personal. 79º. Debido a que este tipo de trabajos es de alto riesgo, es indispensable la elaboración y el cumplimiento del permiso para trabajos en alturas de éste Reglamento. 80º. Asegurar que el personal a su cargo haya recibido entrenamiento apropiado sobre el uso del equipo de seguridad contra caídas. PREVENCIÓN DE CAÍDAS Todo aquel contratista que desarrolle trabajos en alturas, debe conocer que en FM la altura a la cual se debe utilizar equipo de protección personal para prevención de caídas es a partir de 2.0 m. o cuando se realicen trabajos a menor altura si los trabajadores estarán en movimiento, trabajando sobre maquinaria, tinas tanques de almacenamiento, u otros equipos que representen peligro. Para los trabajos en alturas es imprescindible que al menos dos personas realicen el trabajo, nunca por si solos. Arnés de cuerpo completo 5.1 Equipo de Protección personal contra Caídas 20 El siguiente equipo se encuentra aprobado por FM para los trabajos en altura. Arnés de cuerpo completo tipo paracaidista. Un sujeta sogas fijo Cuerda de vida – retráctiles, verticales y/o horizontales Cuerda de seguridad con amortiguador de impacto Dispositivo para detener caída (perro) Punto de Anclaje. Dispositivos de conexión. Dispositivo para detener caídas La cuerda de seguridad con amortiguador de impacto se colocará de tal manera que permita una caída libre máxima de 1.8 m. Cuerda de Seguridad con Amortiguador de impacto 5.2. Puntos de Anclaje 5.2.1 Los puntos de anclaje deben ser capaces de sostener cargas estáticas aplicadas en la dirección permitida por el equipo de seguridad vs caídas de cuando menos 3600 lb (1636 Kg). 5.2.2 Los anclajes deben ser diseñados para resistir como mínimo dos veces la fuerza máxima de detención de caída. 5.3 Responsabilidades 5.3.1 Jefe de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente a) Asegurar que en su localidad exista un procedimiento para trabajos en altura. 5.3.2 Contratista a) Asegurar la implementación del equipo de seguridad para el control de caídas. b) Asegurar que el personal a su cargo se encuentre entrenado en el uso del equipo de seguridad contra caídas. c) Debido a que este tipo de trabajos es de alto riesgo, es indispensable el cumplimiento y la elaboración del permiso para trabajos en altura de la localidad de FM. 5.3.3 Trabajadores Contratistas a) Evaluar las necesidades del equipo de protección contra caídas antes de iniciar el trabajo y utilizar los dispositivos cuando el trabajo así lo requiera. b) Considerar el riesgo de caída cuando suben o bajen del lugar de trabajo. c) Revisar los puntos de anclaje y el equipo de seguridad requerido para el trabajo, cada vez que se tenga que utilizar. d) Si no está seguro sobre el equipo de seguridad y los puntos de anclaje, lleve a cabo una reunión con el responsable de seguridad de la localidad donde realizará el trabajo para buscar la mejor alternativa y el mejor control contra caídas. 5.4. Lineamientos para evitar Caídas del personal del contratista 21 El Coordinador de Seguridad del Contratista debe: 5.4.1 Evaluar el área de trabajo para definir las tareas a realizar por el personal que trabajará en alturas 5.4.2 Evaluar los peligros potenciales, (láminas de acrílico, perímetro de techos, equipo, ventiladores, chimeneas, pararrayos, iluminación, drenaje pluvial). 5.4.3 Eliminar los peligros 5.4.4 Proporcionar Equipo de protección Personal y de Seguridad. (Arnés completo, cuerda de seguridad con amortiguador de impacto, puntos de anclaje). 5.4.5 Establecer un procedimiento sencillo y entendible para sus trabajadores sobre la tarea a desarrollar. 5.4.6 Proporcionar entrenamiento a su personal. 5.4.7 Monitorear la eficiencia del procedimiento y entrenamiento. 5.4.8 Dar retroalimentación. 5.5. Permiso para acceso a Techos Lineamientos. 5.5.1 Todos los accesos a techos se encuentran restringidos, y se necesitara la autorización por parte de SHMA para ingresar a ellos. 5.5.2 Se tiene que utilizar el equipo de protección contra caídas cuando se trabaje a una altura mayor a 2.0 m. 5.5.3 Antes de dejar o transportar alguna carga pesada se debe acordonar y asegurar el área para evitar que alguna persona pueda salir lesionada a nivel de piso por la caída del material y/o equipo durante la manipulación de la carga. 5.5.4 No dejar material suelto sin sujeción que pueda ser transportado por el viento o caer del techo. 5.5.5 El equipo que ha sido usado para detener una caída libre debe desecharse inmediatamente, incluyendo Arnés de Seguridad, Cuerdas de Vida, Amortiguador de Impacto y el dispositivo para detener caídas. 5.5.6 En todo perímetro de techo donde se realicen trabajos con varios trabajadores, se requieren barandales de protección o bien puntos, elementos y dispositivos de anclaje donde los trabajadores puedan sujetarse. 5.5.7 El contratista debe impartir entrenamiento en los siguientes aspectos: a) Revisión panorámica de la estructura del techo. b) Capacidad de carga del techo c) Reconocimiento de las área inseguras d) Rutas de acceso e) Uso de equipo de protección contra caídas F. INSPECCIONES DE SEGURIDAD 81º. El contratista debe realizar inspecciones de Seguridad para detectar anticipadamente los riesgos de las actividades a los que se encuentran expuestos sus trabajadores y corregir oportunamente todas las condiciones y/o actos inseguros observados para prevenir accidentes en el área de trabajo. 82º. FM realizará auditorias periódicas a los contratistas e indicará las desviaciones de seguridad encontradas, las cuales deben ser corregidas oportunamente. 22 G. MAQUINARIA Y EQUIPO PROPIEDAD DE FM 83º. El contratista tiene estrictamente prohibido utilizar y operar equipos y herramientas de FM 84º. Por causas de fuerza mayor se podrá utilizar el equipo perteneciente a FM, siempre y cuando exista una autorización escrita por parte de FM y que el contratista compruebe los conocimientos para operar dicho equipo. 85º. El contratista debe comprobar que sus trabajadores están capacitados para operar los equipos que van a utilizar tales como: Montacargas, grúas, vehículos industriales, maquinaria pesada, equipo eléctrico y debe entregar copia de las Constancias de Habilidades Expedidas por la STPS para comprobar el entrenamiento al departamento de SHMA. H. ORDEN Y LIMPIEZA 86º. El contratista debe mantener todas las áreas limpias, libres de basura, escombros, materiales y herramientas para prevenir caídas. 87º. El contratista debe asegurar que los desechos de: cajas, madera y otros materiales sean colocados en un contenedor de basura o en un área para basura para prevenir incendios y riesgos de caída. 88º. El contratista debe asegurar que los desechos de: Residuos peligrosos, materiales de escombro de construcción y otros materiales sean colocados en un contenedor adecuado para prevenir contaminación y riesgos de caída. I. TRABAJOS ELECTRICOS 89º. Queda estrictamente prohibido **puentear** con cables u otro objeto, en lugar del uso de fusibles en tableros eléctricos. El personal contratista que sea sorprendido violando esta Norma de Seguridad, será retirado de las instalaciones por el departamento de SHMA. 90. Todo equipo eléctrico que utilice el personal contratista debe cumplir con los requisitos de seguridad indispensables como son: guardas de seguridad en caso de esmeriles, pulidores, etc. cables sin daños externos, clavijas en buen estado y las extensiones apropiadas y seguras en caso de requerirlas. 91. Todo trabajo que necesite hacer el personal contratista utilizando extensiones eléctricas, debe realizarse con éstas en buen estado y revisarlas diariamente para evitar un accidente. 92. El contratista debe proporcionar a sus trabajadores todas las herramientas necesarias para desempeñar con seguridad todos los trabajos relacionados con la electricidad. 93. El contratista no debe dejar instalaciones eléctricas (tableros, paneles, conexiones, etc.) de 220 o 440 V y mayor voltaje expuestos (sin protección, sin tapas, abiertos). J. ASEGURAMIENTO Y CONTROL DE LA ENERGIA 94º. Los contratistas que se encuentren laborando dentro de FM deben poner a disposición del departamento de SHMA, cuando sea requerido, el programa de control y bloqueo de energía documentado y asegurar la protección de sus trabajadores, y la de los trabajadores y equipos de FM. 95º. En todo momento un contratista que labore con equipo de FM, debe tener conocimiento pleno del procedimiento de desconexión segura del mismo. 96º. Los contratistas que requieran acceso al equipo o trabajar con sistemas de energía, deben contactar al departamento de mantenimiento (antes de iniciar los trabajos) para asegurar los sistemas de energía y tener un acceso seguro. 97º. Los contratistas tienen prohibido poner en marcha cualquier sistema una vez que han finalizado su labor, así como el uso de equipo o vehículos industriales bajo la responsabilidad de FM. 98º. Cuando ambas partes trabajen conjuntamente (contratista y FM) en maquinaria o equipo ambos deben utilizar sus candados de Seguridad simultáneamente y apegarse al procedimiento de, “Aseguramiento y Control de la Energía”. 98º. El contratista debe asegurar que cada parte de una máquina o equipo siendo instalada y donde exista la posibilidad de liberación de energía, cuente con su identificación y con un procedimiento escrito para el control de energía potencialmente peligrosa. 99º. El procedimiento de aseguramiento y control de la energía considerado por el contratista debe enfatizar en forma clara y especificar el alcance, propósito, autorización, reglas y técnicas a emplearse para el control de la energía potencialmente peligrosa. 23 ASEGURAMIENTO Y CONTROL DE LA ENERGÍA CONSIDERACIONES GENERALES El aseguramiento y control de la energía se debe llevar a cabo en cualquier trabajo o actividad que se desarrolle dentro de las instalaciones de FM, en los que se involucre equipo y/o maquinaria que sean alimentadas por cualquier tipo de energía. Las necesidades del bloqueo no deben ser pasadas por alto. Muchos trabajadores han sufrido severos accidentes incluyendo la pérdida de la vida, debido a la falta de aplicación de un sistema de aseguramiento y control de energía. 1. Objetivo: Establecer los lineamientos guía mínimos para la protección de los trabajadores que se encuentren trabajando dentro, en o cerca de maquinaria o equipo durante su reparación, mantenimiento o servicio, contra accidentes debido a una energización inesperada, arranque o liberación de energía almacenada de una máquina o equipo, así mismo establecer los lineamientos guía mínimos para neutralizar las fuentes de energía de maquinaria, equipo de sistemas, y servicios de facilidades durante su instalación, servicio, y reparación de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999, Sección 7.2.2., y el procedimiento de Bloqueo y Aseguramiento de la energía de FM. 2. Bloqueo Es la colocación de un dispositivo de bloqueo (candado de seguridad) en un dispositivo aislador de energía, de acuerdo a un procedimiento establecido, asegurando que el dispositivo aislador de energía y el equipo que está siendo controlado no pueda operarse hasta que el dispositivo de bloqueo sea removido 3. Dispositivo de Bloqueo Es aquel dispositivo que funciona como un candado, para mantener un equipo aislador de energía en posición segura y prevenir la energización de una máquina o equipo. 4. Procedimiento de Bloqueo 4.1 Cada vez que personal de servicio externo (contratistas) sea involucrado en actividades de bloqueo, la supervisión de de mantenimiento y el contratista deben comunicar entre ellos sus respectivos procedimientos de bloqueo. Mantenimiento debe asegurar que los trabajadores de FM comprendan y cumplan las restricciones y prohibiciones del programa de control y bloqueo de energía para contratistas externos. 4.2 Los contratistas que se encuentren laborando dentro de una facilidad de FM deben poner a disposición, si es requerido, el programa de control y bloqueo de energía por escrito y asegurar la protección de sus trabajadores, y la de los trabajadores y equipos de FM. 4.3 En todo momento un contratista que labore con equipo de FM, debe tener conocimiento pleno de la desconexión segura del mismo. 24 4.4 Los contratistas que requieran acceso al equipo o trabajar con sistemas de energía, deben contactar al departamento de facilidades (antes de iniciar los trabajos) para asegurar los sistemas de energía y tener un acceso seguro. 4.5 El departamento de facilidades debe asignar un trabajador calificado para coordinar las actividades del contratista dentro de las facilidades de FM. 4.6 Los contratistas tienen prohibido poner en marcha cualquier sistema una vez que han finalizado su labor así como el uso de equipo o vehículos industriales bajo la responsabilidad de FM. 4.7 Cuando ambas partes trabajen conjuntamente en maquinaria o equipo ambos deben utilizar sus candados simultáneamente. 4.8 Cada fuente de energía que sea parte de un equipo o máquina deberá ser identificada y deberá tener un procedimiento por escrito documentado y usado para el control de energía potencialmente peligrosa. 4.9 El procedimiento debe enfatizar en forma clara y especificar el alcance, propósito, autorización, reglas y técnicas a emplearse para el control de la energía potencialmente peligrosa. 4.10 Los procedimientos deben incluir, como mínimo, lo siguiente: a) Un enunciado específico del propósito del procedimiento; b) Pasos consecutivos específicos para el paro, aislamiento y aseguramiento de maquinaria y equipo para controlar la energía peligrosa, c) Pasos consecutivos específicos para la colocación, remoción y transferencia de dispositivos de bloqueo y la responsabilidad de los mismos (cambios de turno, ausencia del personal); y, d) Los Requerimientos específicos de prueba de una máquina o equipo para determinar y verificar la efectividad de los dispositivos de bloqueo y otras medidas de control de energía. 4.11 Si un dispositivo aislador de energía no es capaz de bloquear alguna parte de la maquinaria o equipo, se debe utilizar un sistema alterno de identificación para proveer un nivel de seguridad. Esto deberá ser coordinado y aprobado conjuntamente con el departamento de SHMA. 4.12 El cumplimiento del procedimiento de bloqueo de energía es obligatorio. 4.13 El incumplimiento resultará desde una acción disciplinaria hasta la cancelación del trabajo. 4.14 A todo el personal contratista involucrado en situaciones de bloqueo, su patrón debe proporcionarles candados aprobados y los dispositivos necesarios para este fin. 4.15 Cada bloqueo debe tener la información del trabajador que realizó el bloqueo. 4.16 Todo el personal involucrado debe recibir entrenamiento en métodos y procedimientos apropiados de bloqueo. 4.17 Cada persona que vaya a trabajar en el área, maquinaria y/o equipo debe colocar su propio candado, los candados de cada persona deben permanecer en su lugar hasta que su trabajo haya sido terminado. 4.18 Todos los sistemas de energía deben ser probados para asegurar que la energía ha sido suspendida o neutralizada. 4.19 Todo el equipo o maquinaria debe contar con los dispositivos o mecanismos de bloqueo. 5. Tarjetas de Identificación de Candados 5.1 Las tarjetas de identificación que son anexadas al candado, deben contener el nombre del trabajador, departamento, oficio, turno, ubicación del trabajo que está realizando. Esta tarjeta también puede ser incorporada al candado de seguridad El candado puede ser identificado con la fotografía de la persona que realizará el bloqueo de energía. 25 6. Porta-candados. 6.1 Siempre deben usarse porta-candados para bloquear cualquier equipo o maquinaria, los portacandados son utilizados para colocar varios candados y se requieren cuando más de una persona esta trabajando en el mismo equipo, los recomendables son fabricados en acero resistente de modo que no puedan ser dañados fácilmente. 6.2 Las medidas de seguridad deben ser aplicadas al realizar cualquier trabajo y el contratista debe contar con su propio equipo de aseguramiento y bloqueo de energía, en caso contrario no podrá realizar ningún trabajo hasta cumplir con este requerimiento. K. ESPACIOS CONFINADOS 100º. El contratista debe llevar a cabo medidas de seguridad para prevenir accidentes en espacios confinados, por lo tanto debe tomar en cuenta todas las recomendaciones descritas en el Procedimiento de “Espacios Confinados” del presente Reglamento y previo a la ejecución del trabajo solicitar el permiso y la valoración correspondiente al departamento de SHMA para trabajar en ellos. ESPACIOS CONFINADOS El trabajo en los espacios confinados es muy delicado, por tal motivo se deben llevar a cabo una serie de medidas de seguridad para prevenir accidentes graves. Muchas personas han perdido la vida trabajando en espacios confinados por la razón de no llevar un buen control de los riesgos y por no haber sido entrenados. 1. Espacio Confinado Un espacio confinado se conoce por: a) Tener una entrada o salida limitada o restringida, b) Es lo suficientemente grande para que un trabajador trabaje en su interior. c) No es un lugar definido para que un trabajador trabaje de manera continua en su interior. d) Cualquier tanque o fosa a cielo abierto, de más de 1.20 metros de profundidad, que tiene al menos una de las condiciones anteriores también se considera un espacio confinado. Ejemplos de espacios confinados: Tanques de almacenamiento. Fosas. Alcantarillas Calderas. Cubos. Hornos. Fosas para prensas. Silos. Registros. Túneles. Tanques con superficie abierta. 26 Ductos de ventilación y extracción Cisternas Existen diferentes riesgos en los espacios confinados que no se encuentran en otras áreas de trabajo. Todas las personas que realizan trabajos en espacios confinados deben recibir entrenamiento formal sobre los procedimientos de seguridad para entrar a los espacios confinados. 2. Tipos de Espacios Confinados. Se clasifican en dos: a) Espacio confinado que no requiere permiso de entrada. b) Espacio confinado que requiere permiso de entrada. 3. Espacio confinado que no requiere permiso de entrada. Este tipo de espacio no representa algún riesgo que pueda causar la muerte o alguna lesión seria, podemos citar algunos ejemplos sobre este tipo de espacios: a) Áreas sobre plafones falsos. b) Cabinas de control de motores. c) Bóvedas ventiladas. Este tipo de espacios cuentan con ventilación natural o permanente, esto impide la concentración de atmósferas peligrosas, por lo tanto, estos lugares no representan riesgos atmosféricos graves o de otro tipo. 4. Espacio confinado que requiere permiso de entrada. Es un espacio confinado que puede llegar a tener el potencial de una o más de las siguientes condiciones de riesgo: a) Configuración o forma. b) Ahogamiento, Sofocamiento / asfixia. c) Atmosférico. d) Cualquier otro riesgo grave reconocido por el personal de Seguridad y Salud Ocupacional. 5. Riesgo de Configuración. Todo espacio confinado que en su interior tenga una configuración que potencialmente podría atrapar o asfixiar a un trabajador contiene un riesgo de configuración, A continuación se mencionan algunos ejemplos: a) Un piso con un declive hacia abajo y con área reducida hacia la sección transversal más pequeña. b) Paredes que convergen hacia adentro. Estos son algunos ejemplos de espacios confinados que pueden contener riesgos de configuración: Pozos y fosas de elevador. Conductos para arena. 6. Riesgos de sofocamiento / asfixia El riesgo de asfixia se puede dar cuando es capturada una persona en un líquido o sustancia sólida, la sustancia puede ser aspirada y causar la muerte al bloquear el sistema respiratorio o puede ejercer suficiente fuerza sobre el cuerpo y ocasionar la muerte por estrangulación o aplastamiento. 7. Riesgos Atmosféricos Una atmósfera peligrosa puede exponer al trabajador a: Muerte. Enfermedad aguda. Deterioro de la capacidad física. Pérdida de la conciencia. Un espacio confinado contiene un riesgo atmosférico cuando una o más de las siguientes condiciones están presentes: a) Cuando la concentración de oxígeno atmosférico está por debajo de 19.5% o por encima de 23.5 %, el punto normal de oxígeno en la atmósfera es de 20.8 %, las concentraciones de oxígeno presentes entre 27 19.5% y 23.5% se consideran aceptables, pero, cualquier concentración por debajo del 20.8% debe ser analizada para determinar porque se ha desplazado al oxígeno. b) El límite inferior de inflamabilidad (Lii) es la concentración mínima de un gas o vapor inflamable en el aire que puede explotar si se tiene una fuente de ignición, las concentraciones de sustancias inflamables por debajo del 10 % del (Lii) tienen poca probabilidad de presentar un riesgo de explosión, pero, pueden estar por arriba de los límites aceptables de exposición a personal para muchos solventes o gases. Si se identifican niveles representativos de sustancias inflamables que estén por debajo del 10 % del (Lli), se tiene que efectuar un análisis extra para identificar la procedencia y fuentes de contaminación. c) Si se presenta cualquier condición atmosférica que sea inmediatamente peligrosa para la vida o la salud y: Provoquen efectos irreversibles a la salud. nterfiera con la habilidad del trabajador para escapar sin ayuda de un espacio que requiere permiso de entrada. Cuando hay una concentración atmosférica de cualquier sustancia que pudiera resultar en una exposición del trabajador en exceso del Límite Permisible de Exposición OSHA (Pel), STPS (Niveles Máximos Permisibles). Estos son algunos ejemplos de espacios confinados que pueden tener riesgos atmosféricos: Hornos. Registros y alcantarillas. Tanques de inmersión. Estos son algunos ejemplos de espacios confinados con riesgo de ahogo o asfixia: Cisternas Silos Tanques de sistemas de enfriamiento. Fosas de arena. Ductos 8. Otros Riesgos Existen otros riesgos capaces de provocar la muerte o lesiones serias, dentro de los cuales podemos mencionar: Las líneas de vapor de alta presión. Las líneas de gas natural ubicadas en un espacio confinado. Los riesgos mecánicos. 9. Trabajo en un Espacio Confinado Para el acceso a cualquier espacio confinado, se debe solicitar un permiso de entrada. El responsable del Contratista de FM conjuntamente con el contratista, deben solicitar el permiso correspondiente a SHMA de la planta. L. SERVICIOS MEDICOS DEL CONTRATISTA 101º. Suministrar atención médica y trasladar a su personal por enfermedad general o accidente de trabajo, proporcionando los servicios médicos a sus trabajadores de acuerdo a lo estipulado en la reglamentación nacional aplicable. FM únicamente otorgará servicio médico de primeros auxilios, y toma de presión arterial para otorgar el permiso a aquellos que vaya a trabajar en alturas. 102º. El supervisor del Contratista, debe entregar por escrito y en forma oportuna al Depto Medico de la Historia Clínica, de todo su personal que vaya a laborar en las Instalaciones de FM, así como de informar toda enfermedad o tratamiento especial a que esté sujeto su personal (diabetes, epilepsia, convulsiones, etc.), quien tiene la autoridad de permitir o negar su acceso a FM. 103°. El contratista debe mantener en el lugar de trabajo los medicamentos y material de curación necesarios para proporcionar primeros auxilios a su personal y adiestrar personal para que los preste. 28 104º. Cuando el contratista tenga a su servicio más de 100 trabajadores, debe establecer una enfermería dotada con los medicamentos y material de curación necesarios para la atención médica y quirúrgica de urgencia. La cual debe estar atendida por personal competente, bajo la dirección de un médico cirujano o en su defecto contratar servicios médicos de urgencias médicas aprobados. 105º. El responsable del Servicio Médico del Contratista deberá coordinarse y mantener comunicación estrecha con el Responsable Médico de FM. 106º. Si se diera el caso de establecer un área médica por parte del contratista, ésta deberá instalarse dentro de los límites de la obra o en la periferia de las instalaciones de FM. El área médica debe ser fácilmente identificable y de fácil acceso para los equipos de respuesta de emergencia. 107º. Realizar exámenes médicos de ingreso, para garantizar que el personal contratista que ingresa a las instalaciones de FM se encuentra clínicamente sano. 108º. El contratista debe mantener los registros de atención médica y accidentes de trabajo ocurridos en la localidad, mismos que deben estar disponibles al coordinador médico y al personal de SHMA de FM. 109º. El contratista debe proveer capacitación y entrenamiento en materia de primeros auxilios a su personal. 110º. Considerar los medios de transporte apropiados para el traslado de su personal a centros de atención médica y urgencias externos en caso de requerirse. CAPITULO V CONTROL AMBIENTAL A. MANEJO DE MATERIALES PELIGROSOS 111º. El contratista es responsable de que todos los contenedores de sus materiales peligrosos que utilicen en la Planta, estén identificados con la etiqueta de comunicación de riesgos por sustancias químicas así como tener las Hojas de Seguridad de dichos materiales. 112º. El contratista que vaya a realizar trabajos con material peligroso debe estar capacitado para el adecuado manejo de los materiales; así como entrenados y preparados para dar respuesta a emergencias, por lo tanto debe presentar al responsable de Control Ambiental de la localidad la información que valide la capacitación de su personal. 113º. Antes de ingresar materiales peligrosos a FM, el contratista debe presentar las hojas de datos de seguridad de los materiales al Departamento de SHMA para su aprobación y autorización de entrada. 157º. El contratista debe contar con un área destinada para almacenar temporalmente los materiales peligrosos, la cual será asignada por el departamento de SHMA, en donde podrán almacenar sólo pequeñas cantidades 158º. El contratista debe manejar los materiales inflamables en recipientes de seguridad que cuenten con arresta flamas y conexiones a tierra, conectándose a las estructuras de la planta. 159º. Las operaciones que impliquen manejo de materiales peligrosos deben realizarse alejados de drenajes, piso y suelo natural MANEJO DE MATERIALES PELIGROSOS 1. Propósito 1.1 Establecer los lineamientos para el manejo seguro de los materiales peligrosos utilizados en las localidades de FM, con base en la legislación ambiental oficial vigente y a nuestra guía corporativa FM_RSMS_v0524201 RESTRICTED SUBSTANCE MANAGEMENT STANDARD que indica el uso restringido y limitado de ciertas Sustancias Químicas Peligrosas por Federal Mogul. 2. Alcance 2.1 Este instructivo aplica a todas las áreas productivas y no productivas de las localidades de DCM, donde se manejen materiales peligrosos. 2.2 Los Laboratorios de Calibración, Plantas de Polvos, Sobrebaños, Emisiones a la Atmósfera y Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales deben identificar todos sus reactivos de laboratorio sea cual fuese la cantidad que utilicen. 2.3 Quedan exentas de identificación las áreas donde se utilicen materiales comerciales para el consumo del empleado (artículos de papelería y oficina, cosméticos, artículos de limpieza personal y productos comerciales de consumo popular para limpieza). 29 3. Responsabilidades: 3.1 Contratista a. Es responsable de que todos los contenedores de sus materiales peligrosos que utilicen el las localidades, estén identificados con la etiqueta de comunicación de riesgos por sustancias químicas así como tener las Hojas de Seguridad de dichos materiales. INFLAMABILIDAD 4 SALUD 2 3 w REACTIVIDAD RIESGO ESPECIFICO b. El personal que realice o vaya a realizar trabajos con material peligroso debe estar capacitado para el adecuado manejo de los materiales; así como entrenados y preparados para dar respuesta a emergencias, por lo tanto debe presentar información que valide la capacitación de su personal. c. Antes de ingresar materiales peligrosos a las localidades de FM, el contratista deberá presentar las hojas de datos de seguridad de los materiales al Departamento de SHMA para su aprobación y autorización de entrada. d. El contratista debe contar con un área destinada para almacenar temporalmente los materiales peligrosos, la cual será asignada por el departamento de SHMA, en donde podrán almacenar sólo pequeñas cantidades e. Los materiales inflamables deber ser manejados en recipientes de seguridad que cuenten con arresta flamas y conexiones a tierra, conectándose a las estructuras de la planta. f. Las operaciones que impliquen manejo de materiales peligrosos deben realizarse alejados de drenajes, piso y suelo natural g. Esta prohibido verter materiales peligrosos a drenajes y al suelo natural. h. El contratista deberá contar con un “Kit de material” para derrames en caso de manejar materiales peligrosos, si no se sabe consulte al especialista de su localidad 3.2 Vigilancia Es responsable de NO permitir el acceso a ningún vehículo ni persona que transporte materiales peligrosos, si estos No están identificados con la etiqueta de comunicación de riesgos por sustancias químicas. 3.3 Usuarios de materiales peligrosos Son responsables de solicitar para los materiales de USO INMEDIATO que los contenedores estén identificados con la etiqueta de comunicación de riesgos por sustancias químicas así como obtener las Hojas de Seguridad. 4 Procedimiento: 30 4.1 Los operarios que manejen materiales peligrosos en su área de trabajo, deben conocer los riesgos asociados a su manejo por medio del sistema de comunicación de riesgos por sustancias químicas. 4.2 En cada área de uso, los contenedores de los materiales peligrosos deben contar con la etiqueta del sistema de comunicación de riesgos por sustancias químicas. En el área de trabajo se debe contar con las hojas de seguridad de dichas sustancias y/o estar accesibles para consulta. Nota: En caso de utilizar algún material con riesgo de inflamabilidad 3 y 4, el contenedor debe estar aterrizado. B. CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS 160º. Es responsable, de dar un manejo adecuado de los residuos peligrosos que genere y seguir los lineamientos establecidos en este Reglamento. 161º. Es responsable de colocar los residuos peligrosos en los contenedores asignados para su colección. 162º. Es responsable de no mezclar los residuos peligrosos con los residuos no peligrosos. 163º. Son responsables de colectar sus residuos peligrosos de acuerdo al presente procedimiento. 164º. El contratista debe cumplir con el procedimiento de manejo de residuos peligrosos CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS 1. Propósito Establecer los lineamientos para el manejo de los residuos peligrosos generados en las localidades de FM a través de la compañía contratista acorde a la Legislación Mexicana y a las Políticas Corporativas aplicables a cada una de las localidades de FM. 2. Alcance Este procedimiento es aplicable a los contratistas y proveedores que laboran en las instalaciones de FM. 3. Responsabilidades: 3.1 Contratistas a) El personal que genere trabajos con residuos peligrosos debe estar capacitado para el adecuado manejo de estos, así como, entrenados para la atención a emergencias. b) Es responsable, de dar un manejo adecuado de los residuos peligrosos que genere y seguir los lineamientos establecidos en este Reglamento. c) Es responsable de colocar los residuos peligrosos en los contenedores asignados para su colección. d) Es responsable de no mezclar los residuos peligrosos con los residuos no peligrosos. e) Son responsables de colectar sus residuos peligrosos de acuerdo al presente procedimiento. 4 Procedimiento: 4.1 Todos los residuos peligrosos deben de manejarse de acuerdo a lo siguiente: a) Los tambores de tipo cerrado con dos tapones deben utilizarse para envasar los residuos en estado líquido por ejemplo: aceite sucio y solvente sucio. Para la colección de solvente sucio, se debe utilizar embudos de seguridad y aterrizar el contenedor para evitar el riesgo de cargas estáticas. b) Los tambores de tipo abierto con tapa y aro deben utilizarse para envasar residuos en estado sólido o semisólido, por ejemplo: natas de pintura, lodos de tratamiento, trapos y guantes sucios, filtros. c) En las áreas donde se genere una gran cantidad de sólidos contaminados, como es el caso del área de pintura, se pueden utilizar bolsas de polietileno para la colección y envasado de éstos residuos 31 peligrosos identificando éstas áreas con una etiqueta de residuos peligroso llenando solo los espacios del tipo de residuo y el código CRIT. d) En el caso de los tambores, éstos se deben llenar hasta un 95% como máximo para los residuos sólidos y semisólidos, y hasta un 85% máximo para los residuos líquidos. e) En caso de que generen baterías se deben enviar al almacén temporal de residuos peligrosos sin envasar, ya que se corre el riego de que se derrame el ácido y se perfore el recipiente, únicamente se debe colocar la etiqueta de residuos peligrosos. f) g) h) i) j) k) l) m) Las lámparas fluorescentes deben ser enviadas al almacén temporal de residuos peligrosos en sus envases originales de cartón, con la etiqueta de residuos peligrosos. Los contenedores destinados para recolección de residuos peligrosos deben estar ubicados en áreas perfectamente establecidas las cuales son llamadas estaciones colectoras de residuos peligrosos. Los contenedores deben etiquetarse al momento de su colocación en la estación colectora de residuos peligrosos de acuerdo al tipo de residuos de que se trate y llenar los demás espacios de la etiqueta, indicando el área de generación y el contratista responsable, colocando también la etiqueta de riesgos para el transporte. Los tambores deben estar en buen estado, y no tener información del contenido original, es decir, se deben borrar los rótulos de la marca del producto, a excepción de las características de construcción que generalmente viene indicado en la parte inferior del tambor. Los tambores vacíos que hayan contenido un material peligroso, también es considerado como residuo peligroso, por lo que a éste también se le deben pintar las identificaciones del material que contuvo originalmente y etiquetarlo con la etiqueta de residuo peligroso. Una vez que los contenedores cumplan con lo anterior, enviarlos al almacén temporal de residuos peligrosos para su disposición. No se deben mezclar residuos peligrosos y no peligrosos Los tambores con residuos líquidos deben estar colocados sobre una charola para contención de derrames. n) Los tambores con residuos inflamables deben estar aterrizados. o) Todos los contenedores con residuos peligrosos deben estar cerrados. p) Cuando se trabaje sobre suelo natural como por ejemplo: obras civiles, es responsabilidad de la compañía contratista llevar a cabo las acciones necesarias para remediar el suelo en caso de contaminación, disponiendo como residuo peligroso el material contaminado. D. RESIDUOS NO PELIGROSOS 165º. Todo contratista que se encuentre dentro de las localidades es responsable de segregar los residuos que generen, depositando los residuos peligrosos y no peligrosos en los contenedores correspondientes de acuerdo a los procedimientos de cada planta. RESIDUOS NO PELIGROSOS 1. Propósito: Establecer un instructivo para el manejo de los residuos no peligrosos cumpliendo con los requerimientos gubernamentales y evitar los impactos negativos al ambiente. 2. Alcance 32 Este procedimiento es aplicable a todas las localidades de FM. 3. Responsabilidades 3.1 Contratista a) Todo contratista que se encuentre dentro de las localidades es responsable de segregar los residuos que generen, depositando los residuos peligrosos y no peligrosos en los contenedores correspondientes de acuerdo a los procedimientos de cada planta. 4 Clasificación y Separación de Residuos No Peligrosos 4.1 Contratistas Usuarios a) Evitar la mezcla de la basura con residuos peligrosos. b) Deposita los residuos no peligrosos en los contenedores respectivos para cada uno de ellos. c) En el caso de que el residuo sea susceptible de reciclar plástico, cartón, madera, papel, fleje metálico) colocarlo por separado del resto de la basura industrial no peligrosa. d) Depositar la basura no reciclable en contenedores de basura (ejemplo: envolturas de papas, galletas, cáscaras de frutas). 5 Recolección y transporte: 5.1 El personal encargado de la recolección de los residuos, en el caso de los arillos con bolsa de polietileno debe retirar la bolsa, amarrarla en la parte superior y colocar la bolsa en las góndolas para su transportación. 5.2 Las cajas de cartón deben de colapsarse, doblarse y colocar en las góndolas. 5.3 Las tarimas de madera, colocarlas en las góndolas sobre todos los demás residuos. 5.4 Debe recolectar y transportar los residuos no peligrosos al área denominada de basura E. EMISIONES A LA ATMOSFERA 166º. La pintura que se emplee en las instalaciones de FM debe ser esmalte base agua preferentemente. Se podrá hacer uso de pintura base solvente cuando se trate de alguna excepción, misma que debe ser autorizada por el representante de SHMA de la localidad. 167º. Queda estrictamente prohibido el uso de envases plásticos cortados para el manejo de pintura. 168º. Todas las estructuras que se vayan a armar deben venir previamente pintadas ya que dentro de las instalaciones de FM solo se permitirá realizarles retoques. 169º. Los muros se pintarán con brocha o rodillo y empleando pintura base agua o la autorizada por el 177º. La maquinaria pesada como grúas, revolvedoras, etc., deben estar carburadas correctamente y deben contar con el combustible necesario para su funcionamiento ya que no se permitirá la carga de combustible dentro de las instalaciones. 33 Directorio LISTA DE CONTACTOS Área RH & SHMA Compras Mantenimiento Instalaciones Cuentas por Pagar Gerente Contacto 1º. Contacto 2º. Cristina Zamudio 22 21 41 10 90 Ext.1096 [email protected] Alejandro Huerta 22 21 41 10 90 Ext.1165 [email protected] José Téllez 22 21 41 10 90 Ext.1152 [email protected] David Mondragón 22 21 41 10 90 Ext. 1092 [email protected] Ariana García 22 21 41 10 90 Ext.1106 [email protected] Carlos Sandoval 22 21 41 10 00 Ext.1116 [email protected] Omar Velazquez 22 21 41 10 00 Ext. 1095 [email protected] Cesar León 22 21 41 10 00 Ext. 1134 [email protected] Jazmin Villaseñor 01 (55 53 21 2880) [email protected] Para cualquier duda favor de comunicarse con el departamento correspondiente o con el departamento de compras. ATENTAMENTE Federal Mogul S.A. de C.V. ___________________________ Ing. Carlos Sandoval Macías Plant Purchasing Lead Federal Mogul Puebla Bearings 34