Untitled - Banistmo

Transcripción

Untitled - Banistmo
Tarifas de Tarjetas de Crédito y Débito
(2) Tasa de interés nominal aplicable para las sumas adeudadas en concepto de adelantos en efectivo.
(3) A estos cargos se le debe sumar el 7% de ITBMS.
(4) No aplica para jubilados.
(5) Este cargo aplica si al finalizar la investigación de la transacción reclamada de su Tarjeta de Crédito o Tarjeta Clave,
se demuestra que la misma sí fue realizada por el cliente.
(6) Tarifa aplica por persona para el titular e invitados.
Timbres Fiscales: Las cuentas de Tarjeta de Crédito tendrán un cargo por Timbre Fiscal de USD 0.10 por cada USD 100.00 o fracción de
USD 100.00 sobre el límite de crédito otorgado en la Tarjeta de Crédito. Esto, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 8 del 15 de marzo
de 2010. De acuerdo a la ley, este cálculo para el cargo en concepto de Timbre Fiscal aplicará igualmente para las cuentas a las cuales
se le otorgue un aumento de límite.
FECI: Aplica 1% sobre saldos financiados por arriba de los USD 5,000.00 al corte del estado de cuenta. El mismo será cobrado en la siguiente
facturación. No aplica para ciudadanos jubilados, pensionados o de la tercera edad, ni para cuentas garantizadas con depósitos.
Ley No. 4 del 17 de mayo de 1994.
Compra de saldo: Perderá los beneficios ofertados en la compra de saldo bajo los siguientes incumplimientos:
* Al no cubrir el pago mínimo
* Al caer en morosidad
* Al quedar en sobregiro por compras y/o retiros de efectivo
NOTA: La solicitud de compra de saldo aprobada tendrá un cargo por servicio de $35.00 + ITBMS.
Válido a partir del 1 de enero de 2016. *Tasas y membresías efectivas a partir del 1 de enero de 2016.
Fecha de última actualización: enero de 2016. **Este cargo corresponde a consultas, intentos o retiros de efectivo.
***Tres eventos por cliente al año / USD 50.00 por deducible en caso de reclamo.

Documentos relacionados