Decreto 58 Publicado el 05 de Febrero del 2014
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Decreto 58 Publicado el 05 de Febrero del 2014
EL ESTADO DE SINALOA ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO (Corresppndenciade Segunda Clase Reg. DGC-NUM. 016 0463 Marzo 05 de 1982. Tel. Fax.717-21-70) Tomo ·C V · 3ra. Epoca Culiacán, Sin., Miércoles 05 de Febrero de 2014. No. 016 ÍNDICE GOBIERNO DEL ESTADO Decretos Números40, 41 , 42, 43, 44, 45 , 46, 47, 48 , y49 del H. Congreso del Estado.- Se aprueban las Cuentas Públicas de los Municipios de Mazatlán, Concordia, Rosario, Escuinapa, Elota, Cosalá, San Ignacio, Badiraguato, Navolato y Salvador Alvarado, relativas al Primer Semestre de 2013. Decreto Número 58 del H. Congreso del Estado.- Régimen Tarifario de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Mazatlán. 2 - 41 PODER LEGISLATIVO ESTATAL Acuerdo Número 18 del H. Congreso del Estado.- Se elige Ja Diputación Permanente que funcionará durante el Primer Receso correspondiente al Primer Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagesima Primera Legislatura. 42 PODER EJECUTIVO ESTATAL SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA FIDEICOMISO DE APOYOS AGROPECUARIOS Y PESQUEROS (FAAPES) Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2013 . 43 AYUNTAMIENTO Municipio de Rosario.- Comité de Compras del Municipio de Rosario, Sinaloa. 44 - 47 AVISOS GENERALES Acuerdo de Transformación.- Inversiones Agrarias Villa María, S. de R.L. de C.V. Acuerdo de Transformación.-Arrendadora de InmueblesArellano, S.A. de C.V. 48 - 51 AVISOS JUDICIALES EDICTOS 52 - 64 AVISOS NOTARIALES 64 RESPONSABLE: Secretaría General de Gobierno. DIRECTOR: Lic. Jesús Humberto Cossfo Ramlrn. 2 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 GOBIERNO DEL ESTADO El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber: Que por el H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente: El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera Legis lat ura, ha tenido a bien expedir el stguiente, DECRETO NÚMERO: 40 ARTÍCU LO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 tercer párrafo y 43, fracción XXI 1 de la Con~titución Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de MAZATLÁN, relativa al Primer Semestre, que comprende los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2013, se aprueba la Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir el finiquito correspondiente. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se recomienda al H. Ayuntami~nto de Mazatlán que la aplicación de la condonación de multas y recargos en el cobro del Impuesto Predial Urbano, se realice en estricto apego a lo que establece el Decreto No. 97 4, aprobado por la LX ' Legislatura de este H. Congreso del Estado el día 21 de noviembre de 201 3 y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" No. 148, el día 9 de diciembre de 2013, por el que se adiciona el artículo 139-A a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa. Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» TRANSITORIO ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa". Es dado en el Palacio del Pod r egislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa 1 veintitrés días del mes de enero del año dos mil catorce. C. ADOLF DIPUTAD Por lo tanto mando se imprima , publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Es dado en el Palacio del Poder Ejecutiv Rosales, Sinaloa, a los veintiocho días catorce. El Gobernado S l NDEROS en la ciudad de Culiacán enero del año dos mil 3 4 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber: Que por el H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente: El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera Legislatura, ha tenido a bien exped ir el siguiente, DECRETO NÚMERO:__il_ ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 tercer párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de CONCORDIA, relativa al Primer Semestre, que comprende los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio ·de 2013, se aprueba la Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede exped ir el finiquito correspondiente. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se recom ienda al H. Ayuntamiento de Concordia que la aplicación de la condonación de multas y recargos en el cobro del Impuesto Predial Urbano, se realice en estricto apego a lo que establece el Decreto No. 974, aprobado por la LX legislatura de este H. Congreso del Estado el día 21 de noviembre de 2013 y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" No. 148, el día 9 de diciembre de 2013, por el que se adiciona el artículo 139-A a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Si na loa. Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE. SINALOA» 5 TRANSITORIO ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vcigor el día siguiente al de su publicación n el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa". Es dado en el Palacio del Po de Culiacán Rosales, Sinalo del año dos mil catorce. eglslativo del Estado, en la ciudad s veintitrés días del mes de enero MONTOYA IDENTE Al~U~~ANDOVALMORALES CRETARIO Por lo tanto mando se imprima , publique, circule y se le dé el debido cumplimiento . Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado en la ciudad de Culiacán Rosales , Sinaloa, a los veintiocho días el mes de enero del año dos mil catorce . 6 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber: Que por el H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente: El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO:__il_ ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 tercer párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de ROSARIO, relativa al Primer Semestre, que comprende lqs meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2013, se aprueba la Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir el finiquito correspondiente. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se recom ienda al H. Ayuntamiento de ROSARIO que la aplicación de la condonación de multas y recargos en el cobro del Impuesto Predial Urbano, se realice en estricto apego a lo que establece el Decreto No. 974, aprobado por la LX Legislatura de este H. Congreso del Estado el día 21 de noviembre de 2013 y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" No. 148, el día 9 de diciembre de 2013, por el que se adiciona el artículo 139-A a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Si na loa. Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SIN ALOA» ARTÍCULO TERCERO.- En relación con las situaciones observadas a este Municipio durante la auditoría realizada el primer semestre de 2013 que derivaron en Presuntas Responsabilidades Administrativas Sancionatorias y Resarcitorias, relativas a conceptos de obra pública pagados no ejecutados, falta de la comprobación de la totalid ad del gasto, anticipo a cuenta de sueldo a integrante del H. Ayu ntamiento y cancelación de cuenta de gastos a comprobar, se recomienda se instruya a quien corresponda a efecto de que se implementen las acciones necesarias de Control Interno que garanticen la observancia de la normatividad aplicable en las operaciones y en la aplicación de los recursos públicos que ejerce este Municipio. ARTÍCULO CUARTO.- En relación a los pasivos sin fu ente de pago con que cerró este Municipio al 30 de junio de 2013 y que impactan y comprometen los ingresos del ejercicio fiscal 2014, se recomienda que se instruya a quien corresponda a efecto de que se incrementen esfuerzos e implementar las acciones necesarias encami nadas a lograr mantener la administración con finanzas sanas. TRANSITORIO ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa". 7 Miércoles 05 de Febrero de 2014 8 «EL ESTADO DE SINALOA» Es dado en el Palacio del Poder Le de Culiacán Rosales, Sinaloa, a 1 del año dos mil catorce. ivo del Estado, en la ciudad titrés días del mes de enero C.ADOL DIPU NDOVAL MORALES RETARIO C. RAMÓN l.: DIPUTA Por lo tanto mando se imprima , publique, circu le y se le dé el debido cumplimiento. ciudad de Culiacán nero del año dos mil El Gobernado Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» 9 El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernar.lar Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa. a sus habitantes hace saber: Que por el H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente: El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera Legislatura, ha tenido a bien exped ir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 43 ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 tercer párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de ESCUI NAPA, relativa al Primer Semestre, que comprende los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2013, se aprueba la Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir el finiquito correspondiente. ARTÍCULO SEGU NDO.- Se recom ienda al H. Ayuntamiento de ESCUINAPA que la aplicación de la cond on ación de multas y recargos en el cobro del Impuesto Predial Urba no, se realice en estricto apego a lo que establece el Decreto No. 974, aprobado por la LX Legislatura de este H. Congreso del Estado el día 21 de noviembre de 201 3 y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" No. 148, el día 9 de diciembre de 2013, por el que se adiciona el artículo 139-A a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa. 10 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 TRANSI T ORIO ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa". Es dado en el Palacio del Poder Leg· a o del Estad o, en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a lo i titrés días del mes de enero del año dos mil catorce. C.ADOL DIPUT ( { AS LIZÁRRAGA O SECRETARIO Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Es dado en el Palacio del Poder Ejec ivo del Estado en la ciudad de Culiacán del mes de enero del año dos mil Rosales, Sinaloa, a los veintiocho dí catorce. HAVF,,..,-- ~ Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber: Que por el H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente: El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO:~ ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 tercer párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de ELOTA, relativa al Primer Semestre, que comprende los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2013, se aprueba la Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir el finiquito correspondiente. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se recomienda al H. Ayuntamiento de ELOTA que la aplicación de la condonación de multas y recargos en el cobro del Impuesto Predial Urbano, se realice en estricto apego a lo que establece el Decreto No. 974, aprobado por la LX Legislatura de este H. Congreso del Estado el día 21 de noviembre de 2013 y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" No. 148, el día 9 de diciembre de 2013, por el que se adiciona el artículo 139-A a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa. 11 12 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 TRA NSITORIO ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente a! de su publicación en el Periódic ficial "El Estado de Sinaloa". Es dado en el Palacio del Poder Legi de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los del año dos mil catorce. del Estado, en la ciudad rés días del mes de enero C. ADOLF DIPUTA Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Es dado en el Palacio del Poder Ejecuti o del Estado en la ciudad de Culiacán Rosales , Sinaloa, a los veintiocho día del mes nero del año dos mil catorce. «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 13 El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber: Que por el H. Congreso del mismo se le ha comu nicado lo siguiente: El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO:....!§_ ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 tercer párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de COSALÁ, relativa al Primer Semestre, que comprende los meses de enero , febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2013, se aprueba la Cuenta Pública de dicho Municipio, correspondiente. por lo que procede expedir el fi niquito ARTÍCULO SEGUNDO.- Se recomienda al H. Ayuntamiento de Cosalá que la aplicación de la condonación de multas y recargos en el cobro del Impuesto Predial Urbano, se realice en estricto apego a lo que establece el Decreto No. 974, aprobado por la LX Legislatura de este H. Congreso del Estado el día 21 de noviembre de 2013 y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" No. 148, el día 9 de diciembre de 2013, por el que se adiciona el artículo 139-A a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa. Miércoles 05 de Febrero de 2014 14 «EL ESTADO DE SINALOA» ARTÍCULO TERCERO.- En relación con las situaciones observadas a este Municipio durante la auditoría realizada el primer semestre de 2013, que derivaron en Presuntas Responsabilidades Administrativas Sancionatorias y Resarcitorias, relativas a la omisión de bitácoras por consumo de combustible, se recomienda se instruya a quien corresponda a efecto de que se implementen las acciones necesarias de Control Interno que garanticen la observancia de la normatividad aplicable en las operaciones y en la aplicación de los recursos públicos que ejerce este Municipio. TRANSITORIO ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa". Es dado en el Palacio del Poder Legi de Culiacán Rosales, Sinaloa, a lo del año dos mil catorce. ANDOVAL MORALES ~uawv:-.~CRETARIO ivo del Estado, en la ciudad titrés días del mes de enero Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los veintiocho ·as del mes e enero del año dos mil catorce. 15 16 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber: Que por el H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente: El H. Congreso del Estado· Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO:_§_ ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 tercer párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de SAN IGNACIO, relativa al Primer Semestre, que comprende los meses de enero, febrero , marzo, abril, mayo y junio de 2013, se aprueba la Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede exped ir el finiquito correspondiente. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se recomienda al H. Ayuntamiento de SAN IGNACIO que la aplicación de la condonación de multas y recargos en el cobro del Impuesto Predial Urbano, se realice en estricto apego a lo que establece el Decreto No. 974, aprobado por la LX Legislatura de este H. Congreso del Estado el día 21 de noviembre de 2013 y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" No. 148, el día 9 de diciembre de 2013, por el que se adiciona el artículo 139-A a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Si na loa. Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» ARTÍCULO TERCERO.- En relación con las situaciones observadas a este Municipio durante la auditoría realizada el primer semestre de 2013, que derivaron en Presuntas Responsabilidades Administrativas Sancionatorias y Resarcitorias, relativas a las deficiencias en los procesos administrativos del Municipio y en los procedimientos para el control de las obras públicas, se recomienda se instruya a quien corresponda a efecto de que se implementen las acciones necesarias de Control Interno que garanticen la observancia de-la normatividad aplicable en las operaciones y en la aplicación de los recursos públicos que ejerce este Municipio. TRANSITORIO ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódi Oficial "El Estado de Si na loa". Es dado en el Palacio del Poder Leg · de Culiacán Rosales, Sinaloa, a lo del año dos mil catorce. C. ADOLF DIPUT C. LUIS FERN DIPU ANDOVAL MORALES CRETARIO ivo del Estado, en la ciudad titrés días del mes de enero 17 18 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Es dado en el Palacio del Poder Ejecuti Rosales, Sinaloa, a los veintiocho días del mes catorce. El Gobernad n la ciudad de Culiacán enero del año dos mil Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» 19 El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber: Que por el H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente: El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 47 ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 tercer párrafo y 43 , fracción XXII de la Constitución Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior del Estado , la Cuenta Pública del Municipio de BADIRAGUATO, relativa al Primer Semestre, que comprende los meses de enero, febrero, marzo, abril , mayo y junio de 2013, se aprueba la Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir el finiquito correspondiente. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se recomienda al H. Ayuntamiento de BADIRAGUATO que la aplicación de la condonación de multas y recargos en el cobro del Impuesto Predial Urbano, se realice en estricto apego a lo que establece el Decreto No. 974, aprobado por la LX Legislatura de este H. Congreso del Estado el día 21 de noviembre de 2013 y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" No. 148, el día 9 de diciembre de 2013, por el que se ad iciona el artículo 139-A a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa . 20 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 TRANSITORIO ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto ntrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Per" dice Oficial "El Estado de Sinaloa". Es dado en el Palacio del Poder L de Culiacán Rosales, Sinaloa, a 1 del año dos mil catorce . 1 tivo del Estado, en la ciudad ntitrés días del mes de enero C. ADOLF DIPUTA NDOVAL MORALES RETARIO Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo el Estado en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los veint.iocho días 1 mes de enero del año dos mil catorce. Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» 21 El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber: Que por el H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente: El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO :~ ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 tercer párrafo y 43, fracción XXII de la Constitución Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de NAVOLATO, relativa al Primer Semestre, que comprende los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2013, se aprueba la Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir el finiquito correspondiente . ARTÍCULO SEGUNDO.- Se recom ienda al H. Ayuntamiento de NAVOLATO que la aplicación de la condonación de multas y recargos en el cobro del Impuesto Predial Urbano, se realice en estricto apego a lo que establece el Decreto No. 974, aprobado por la LX Legislatura de este H. Congreso del Estado el día 21 de noviembre de 2013 y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" No. 148, el día 9 de diciembre de 2013, por el que se adiciona el artículo 139-A a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa. Miércoles 05 de Febrero de 2014 22 «EL ESTADO DE SINALOA» TRANSI TORIO ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día sigu iente al de su publicación en el Perió o Oficial "El Estado de Sinaloa". Es dado en el Palacio del Poder Le de Culiacán Rosales, Sinaloa, a lo del año dos mil catorce. r o del Estado, en la ciudad i itrés días del mes de enero C. ADOLF DIPUTA NDOVAL MORALES ¡;¡iw-1,q.c11--RETARIO Por lo tanto mando se imprima , publ ique, circu le y se le dé el debido cumplimiento. Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SJNALOA» 23 El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber: Que por el H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente: El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 49 ARTÍCULO PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 tercer párrafo y 43 , fracción XXII de la Constitución Política del Estado y habiéndose revisado por la Auditoría Superior del Estado, la Cuenta Pública del Municipio de SALVADOR AL VARADO, relativa al Primer Semestre, que comprend e los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2013, se aprueba la Cuenta Pública de dicho Municipio, por lo que procede expedir el finiquito correspondiente. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se recomienda al H. Ayuntamiento de SALVADOR AL VARADO que la aplicación de la condonación de multas y recargos en el cobro del Impuesto Predial Urbano, se realice en estricto apego a lo que establece el Decreto No. 974 , aprobado por la LX Legislatura de este H. Congreso del Estado el día 21 de noviembre de 2013 y publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" No. 148, el día 9 de diciembre de 2013, por el que se adiciona el artículo 139-A a la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Sinaloa . 24 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 TRANSITORIO ARTÍCULO ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Peri· 1co Oficial "El Estado de Sinaloa". Es dado en el Palacio del Poder Le de Culiacán Rosales , Sinaloa, a 1 del año dos mil catorce. ivo del Estado, en la ciudad titrés días del mes de enero C. ADOLF DIPUT C. LUIS FERNA DIPUT~~,.. NOOVAL MORALES RETARIO Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. n la ciudad de Culiacán enero del año dos mil «EL ESTADO DE SIN ALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 El Ciudadano LIC. MARIO LÓPEZ VALDEZ, Gobern ador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, a sus habitantes hace saber: Que por el H. Congreso del mismo se le ha comunicado lo siguiente: El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, DECRETO NÚMERO: 58 RÉGIMEN TARIFARIO DE LA JUNTA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE MAZAT LÁ N ARTÍCULO 1. El servicio de agua potab le en la zona urbana y rural será cobrado men sualmente en base a medidor, en razón del volumen total de metros cúbicos cons umidos que se registren, multiplicados por la tarifa que le corresponda de conformidad con el rango de consumo en que se ubique cada usuario, según los usos a que sea destinado dicho servicio y de acuerdo al siguiente esquema: A. TARIFA DE SERVICIO DOMÉSTICO (POPULAR) ·.~ ' ·, , ;,YOLUMl:N i . CUOTA • .'(ú~ÜPO · ' ·MINiM6 ',.;É·N's uAL ; ~ sÁsE:·MENS~AL ., .. ·. .; . . ' ' ~"( ~ f" .~ t . •. CUOTA POR - ·:· M3 'ADI CIONAL\tc . 1 • "'; • • 1 o 41 14 0.00 2 13 41 .14 3.75 3 25 94.20 4.34 4 40 174.64 5.52 5 60 331.97 6.90 6 80 554 .50 8.08 7 100 811.69 9.08 8 125 1,140.05 9.82 9 150 1,477.48 14. 59 • • : • 25 26 Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» B. TARIFA DE SERVICIO DOMÉSTICO (RESIDENCIAL) 2 13 42.67 3.90 3 25 97.77 4.51 4 40 181 .23 5.73 5 60 344.49 7.15 6 80 575.43 8.39 7 100 842.32 9.43 8 125 1,176.71 10.20 9 150 1,533.23 15.12 Se cons idera como usuarios del servicio doméstico residencial a todos aquellos que habiten en las colonias y fracccionamientos siguientes: Playa Sur, Cerro del Vigía , Balcones de Loma Linda, Los Pinos, Ferrocarrilera, Playas del Sol, Palos Prietos, Tellería, Brisas del Mar, Flamingos, Alameda, Hacienda las Cruces, El Toreo, Lomas de Mazatlán , Ex Lagu na, Las Gaviotas, Gaviotas, Rincón Colonial, El Dorado, El Cid , Sábalo Country, Club Real, Villa Marina, Royal Country, Las Palmas, Villa Tranquila, Real del Mar, Quintas del Mar, Cerritos Resort, María Fernanda, Residencial Safiro, Rinconada, Jardines del Toreo, El Paraíso, E'stadio, Lomas del Valle, Girasoles, Sembradores de la Amistad, Aeropuerto, Centro, Carretera Internacional al Norte, Condom inios el Toro, Fovissste Esperanza , Independencia, Juan Carrasco, Fovissste Arboledas 1, Fracc. San Carlo5:, Reforma , Leopoldo Sáncez Celis, Fracc. San Rafael, Fracc. Mar de Cortés, Fracc. Santa Laura, Fracc. Vistas del Mar, Fracc. Del Bosque, Fracc. San Joaquín, Fracc. Santa Anita , Fracc. Melina, Fracc. Rincón de las Plazas, Fracc. Valle Bonito, Fracc. Los Venados, Fracc. Villa Verde, Fracc. Villa Bonita Residencial, Fracc. Lomas de San Jorge, Fovissste Arboledas 11 y 111, Fracc. de la Marina Col. Sirena, Fracc. Universidad 94, Fracc. María Antonieta, Fracc. Mirasol, Fracc. Los Portales, Fracc. Villa Florida, Fracc. María del Mar, Fracc. Delfines, Conj . Habitacional las Olas, Fracc. Bahía de Tortugas 1, Fracc. del Valle, Fracc. Torremolinos, Fracc. Fuente del Valle, Fracc. La Campiña, Fracc. Bugambilias La Esperanza , Fracc. Prados del Sol, Fracc. Los Laureles, Fracc. Villa de Jaraco, Fracc. Las Brisas, Fracc. Las Misiones, Fracc. Colinas del Real, Fracc. Rincón del Valle , Fracc. Costa Azul (Sauces), Fracc. Esmeralda, Fracc. Residencial Villas del Rey, Fracc. Residencial Los Caracoles, Fracc. Colinas del Real Plus, Fracc. Chulavista, Fracc. Paseo de las Torres, Fracc. Torremolinas (Costa Azul) , Fracc. Terranova, Fracc. Terranova Plus, Fracc. Las Mañanitas, Fracc. Hacienda los Mangos, Fracc. Pradera Dorada, Fracc. Urbivilla del Real , Fracc. Olimpica, Fracc. Valle Dorado Plus, «EL ESTADO DE SIN ALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 así como futuros asentamientos que se construyan en las áreas consideradas como residenciales por el Plan de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Mazatlán. C. TARIFA DE SERVICIO COMERCIAL, INDUSTRIAL Y PÚBLICO "\í '- .. .,/...~. ~. ''. ~OLY~~:~ . ~ ..: :. . ;. CUOTA , CUOTA POR . GRUPO i _. MINIMO MENSUAL: .· . BASE MENSUAL: · ·" .-- · · ·,• · · • . •, ;·, ·:. '\ .. ... ., ""t' , • ··j };r • ~' ,l · ~ • . :"· · t-~>(<'1 ~ .'M3.ADICÍO~AL .: "=' . • , ,,. .. ¡:~.' .... 1 o 119.42 0.00 2 11 119.42 10.90 3 30 327.90 11 .15 4 100 1, 117.04 17.16 5 500 8,584.90 18 .1 o 6 700 12,684 .10 18.28 7 1000 18,287.26 20.11 .'~- .. 1. En el caso de los usuarios no domésticos, con un mismo giro o establecimiento, que tengan contratada más de una toma, el cobro por los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, se calculará aplicando la tarifa vigente a la suma de los consumos que registren los medidores instalados, de acuerdo con el rango de consumo en que se ubique, y para fines de la facturación se emitirá un solo recibo que integre la suma de los consumos. Todo usuario de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, que tenga en vigor su contrato de servicios aún cuando no registre consumos, por no utilizar dichos servicios, pagará por conceptos de gastos de administración, el importe que corresponda al rango menor de consumo, según la categoría de usuario que se trate. 2. El servicio a base de cuota fija para agua potable, tanto en el medio urbano como en el medio rural, será cobrado atendiendo a los usos de cada usuario, en la forma que se 27 28 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 determina a continuación, sobre cuyo importe se calculará el cobro correspondiente a drenaje y saneamiento en los casos que proceda: A. MEDIO URBANO .Di.án'.i,~tr~ :g~),a: t~ma .e:i). .P';ílgad.aS,/ \<.t\::• ;1.~f fi?ft;-1; Uso Doméstico Uso Comercial $177.46 $794 .54 Uso Industrial $794.54 $794 .54 Uso Servico Público (I ncluye zona urbana de la Ciudad de Mazatlán y las localidades mayare~ :a 2,500 habitantes: Villa Unión , El Roble y Walamo) Las actuales cuotas fijas aplicadas a usuarios urbanos son transitorias y serán sustituidas por el sistema de medición. Todas las tomas con diámetro mayor a % pulgada, estarán obligadas a contratar medidor. B. MEDIO RURAL Uso Comercial Uso Industrial Uso Servicio Público $597.85 $597.85 $597.85 3. Servicio de alcantarillado sanitario: Se cobrará una cuota equivalente al 40% sobre el importe del cobro por el servicio de agua potable, por concepto de alcantarillado sanitario, a quienes tengan este servicio con sus instalaciones frente a su predio, giro o establecimiento. ,·. ¡(! Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» En el caso de usuarios que se alleguen agua de otras fuentes y usen drenaje sanitario, pagarán por servicio de drenaje 40% del importe equivalente de aplicar a su consumo de agua, la tarifa que les corresponda según el rango en que se ubique. El consumo se medirá en el medidor que la Comisión Nacional del Agua les haya obligado a instalar. 4. Servicio residuales): de saneamiento (tratamiento de aguas Se cobrará una cuota equivalente al 5% sobre el importe del cobro por el servicio de agua potable, por concepto de saneamiento (tratamiento de aguas residuales), a los usuarios que tengan instalaciones de alcantarillado sanitario frente a su predio. En el caso de usuarios que se alleguen el agua de otras fuentes y usen el drenaje sanitario, pagarán por servicio de saneamiento el 5% del importe equivalente de aplicar a su consumo de agua, la tarifa que les corresponda según el rango en que se ubique. El consumo se medirá en el medidor que la Comisión Nacional del Agua les haya obligado a instalar. 5. Cuotas de Conexión por los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento: EL COSTO DE LAS CUOTAS DE CONEXIÓN PARA AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y. SANEAMIENTO SERÁ COMO SIGUE: 29 Miércoles 05 de Febrero de 2014 30 «EL ESTADO DE SINALOA» U NIDAD:";~~tlt~ ~' "'e IMP,,ORTE:~ l~li1t'.1IJC2{qt - ~1~-.H~~J.()~~-t .'.' :f·¡."'~t~'1c¡:;'.'' "~r· ~1 . "1 ..'•t~ ... . ,, . • .ir .;~.:: ~ 1'· ~ ·..,~ ~ · ..· ,. r,$, DOMÉSTICO NO DOMESTICO (Industrial, comercial y de servicio público) FRACCIONAMIENTOS (tipo medio y residencial) FRACCIONAM IENTOS (de interés social) ~"< ·':. ':.._"' '.:.Y,"("~ $1,181.18 CONTRATO PRECIO/M3/BIMESTRAL $94.47 PRECIO/M3/BIMESTRAL $116 .85 PREC IO/M3/BIMESTRAL $94.47 Los desarrolladores de vivienda de interés social , de nive l medio y residencial , liquidarán el importe de las cuotas de conexión a su cargo, conforme requieran la conexión a su desarrollo. FÓRMULA PARA CALCULAR EL IMPORTE DE LAS CUOTAS DE CONEXIÓN EN FRACCIONAM IENTOS : Fórmula para calcular el gasto medio por vivienda : Primero: Para calcular el gasto medio por vivienda: G= (N)x(H)x(D)/1000 Donde: G= Gasto medio por vivienda N= Número de viviendas (dato que proporciona el fraccionador) H= Número de habitantes por vivienda (5 en promedio) D= Dotación por habitante por día (250 litros) Segundo: Para calcular el importe: I= (G)x(60)x(T) Donde: I= Importe en pesos G= Gasto medio por vivienda 60= Un bimestre (60 días) T= Tarifa por M3 bimestral ($94.47 para uso no doméstico, $94.47 para fraccionamientos de interés social y $116.85 para fraccionamientos de tipo medio y residencial) . Tercero: Importe del contrato individual= $1 ,000.00 El importe del contrato individual se integ ra por las cuotas de conexión de agua potable y drenaje. Este importe será liqu idado por el propietario o «EL ESTADO DE SIN ALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 31 asignatario de cada una de las viviendas que soliciten la contratación de los servicios. En el caso de los fraccionamientos y desarrollos habitacionales, el 50% de la cantidad total a pagar se aplica como importe de las cuotas de conexión de agua potable, al cual se aplicará el l.V.A., y el otro 50% como importe de las cuotas de conexión de drenaje, sin 1.V.A., d.e cuya suma resultará el importe de las cuotas de conexión a pagar por el fraccionador o desarrollador de la vivienda . 6. Cobro por servicio y gastos administrativos: CONCEPTO . ·;< •"... . ~· ' -. CRITERIO .,. ....... •-•', "'. $20. 11 (costo más alto del metro cúbico adicional de la tarifa indutrial). 1. Abasto de agua en pipas Instalación de tomas 2. acondicionamiento para medidor y 3. Medidor Valor de las piezas, mano de obra y materiales utilizados según el tipo, medida y distancia de la toma. Valor del medidor según díametro, incluido el costo de instalación. 4. Ruptura y reposición de pavimento Costo según distancia Mts. lineales, más área de conexión con la red: 1m2. 5. Visitas domiciliarias de inspección 0.125 del sueldo diario de un inspector "A". (Presupuestos, fugas, cancelaciones, cambios de giro) 6. Reducción y reconexión de servicio de agua potable (ambas) Domésticos 2.0 S.M.G. (Salario Mínimo General de la Zona). No domésticos 2.75 S.M .G. Mínimo General de la Zona) . 7. Honorarios de ejecución 8. Gastos de cobranza (Salario 5.0 del S.M.G. (Salario Mínimo General de la Zona) . 5.0 del S.M .G. (Salario Mínimo General de la Zona). 9. Cambio de propietario 14 veces el S.M .G. General de la Zona). (Salario Mínimo 10. Carta de no adeudo 2.5 veces el S.M.G. (Salario General de la Zona). Mínimo 11 . Carta de factibilidad de servicios de agua potable y alcantarillado 5 veces el S.M .G. (Salario Mínimo General de la Zona). 32 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 7. Sanciones: :f"i~~~1~~ ,,. \i'.~...:;'°·J 1 )1: ~·:'~¡:t . (Ley ·:,,{~~;;J<tiiit.WJ~~~~.t~~l~it~. '.~ü{~ . -~::~. ·de Agua.Potable y Alcanta illado: ;.\~~t:l •clr·· f;'\1':i.:,. ,.¡ ~·c;;:t'~;,; oNCEPTO '. ·'. ' : ; ,,,,. h :~f1i+f ;¡;}f~~\/ . ·3.·~ " • . , ··<i . ~ :~{~~:L 1. Tomas clandestinas, manipulación de red, autoreconexiones , daños a las redes . ..... _. . --\ ,:·...·;>· ..-· ~: ~....... ·. t ~ ~~ . d"~~ ··J, .• ,. .. . ·: t¡_· •. , . . ~: ..del Estado de Sinaloa) : · i':' .'.·· "\• \. !'~ -;._ . , · - \ . - ~~ ; Artículo 82. De 5 a 60 días de S.M.G. (salario mínimo general de la zona) 1 1 A. Servicio doméstico: 70% de la sanción máxima establecida en el artículo correspondiente . Residencial 50% de la sanción máxima establecida Popular en el artículo correspondiente. B. Servicio Comercial , Industrial y Público. 100% de la sanción máxima establecida en el artículo correspondiente . 2. Usuarios factitles que debiendo contratar su servicio no lo han hecho o que es tan registrados diferente al usado. con un Artículo 81; de 3 a 10 días del S.M.G . mensualmente. giro A. Servicio doméstico. B. Servicio Comercia l, Industrial y Público. 100% de la sanción máxima establecida en el artículo correspondiente . 100% de la sanción máxima establecida en el artículo correspondiente . 3. Contratación extemporanea: Artículo 85. A. Consumos retroactivos . Se cobrará el importe correspondiente a la cuota fija urbana, desde la fecha de edificación del predio, cuando ésta pueda comprobarse; o desde 5 años atrás cuando no pueda probarse. B. Diferencia de tarifas. La diferencia entre las tarifas medias anuales de los giros afectados, desde la fecha de apertura del establecimiento o; desde 5 años atrás cuando no pueda probarse. lmpedimiento de inspección y negación de información; violación, alteración y desconexión de medidores de agua. 4. Hasta consumo de 200 M3 mensuales. 100% de la sanción máxima establecida Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» en el artículo correspondiente. • De 201 M3 en adelante . 100% de la sanción máxima establecida en el artículo correspondiente. 5. Infractores reincidentes. Artículo 83. Interrupción del servicio hasta que quede cubierto el monto de los daños y de los demás adeudos del usuario. Artículo 88 . Nueva sanción elevandose al doble los límites originales de la infracción cometida . 8. Cuotas por descarga de contaminantes en exceso de los límites máximos establecidos por la norma oficial mexicana NOM-002-SEMARNAT-1996, se pagará de acuerdo a las tablas siguientes: Cuando los generadores de descargas al alcantarillado municipal descarguen contaminantes en exceso de los límites máximos establecidos por la norma oficial mexicana antes mencionada, deberán pagar sus cuotas mensualmente, según el tipo de contaminante descargado y el índice de incumplimiento. Las normas de referencia establecen para la Ciudad de Mazatlán los siguientes límites: TABLA 1 LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES 33 34 Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» Sólidos sedimentables 5 7.5 10 Arsénico total 0.5 0.75 1 Cadmio total 0 .5 0.75 1 Cianuro total 1 1.5 2 Cobre tota l 10 15 20 Cromo hexavalente 0.5 0.75 1 Mercurio total 0.01 0.015 0.02 Niquel total 4 6 8 Plomo total 1 1.5 2 Zinc total 6 9 12 0805 150 200 SST 150 200 (milimetros por litro) PH Conductividad eléctrica/cm 2000 Temperatura 40º Materia flotante 1 5.5 a 10.0 4000 5000 e Ausente 1 1 Para calcular el monto a pagar por cada tipo de contam inante que rebase los límite·s máximos permisibles, se considerará el volumen de aguas residuales descargadas por mes y la carga de los contaminantes respectivos de la siguiente forma: l. Para el potencial de hidrógeno (pH), el importe del derecho se determinará de acuerdo con las cuotas indicadas en la tabla 11, para ello, si la descarga se encuentra fuera de los límites máximos permisibles, superior a 1O inferior a 5 unidades, volumen descargado en el mes se multiplicará por la cuota que corresponda según el rango en unidades de pH a que se refiere la citada tabla 11. Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» Ejemplo l. GASTO MEDIDO DIARIO= 0.5 Useg. RESULTADO DEL ANÁLISIS DE PH= 1.5 GASTO POR MES (Según el ejemplo I)= 1296 M3 LIMITE MÁXIMO PERM!SIBLE DE 5 A 10 CUOTA POR m3 DESCARGADO= $0.605(TABLA11) MONTO A PAGAR/MES= 1296 M3X$0.605/m3= $784.08 11. Para los contaminantes básicos, metales pesados o cianuros las concentraciones de cada uno de ellos que rebasen los límites máximos permisibles, expresadas en milig ramos por litro, obtenidas conforme al punto anterior, se multiplicarán por el factor de 0.001 para convertirlas a kilogramos por metro cúbico, este resultado a su vez, se multiplicará por el volumen de aguas residuales, en metros cúbicos descargados en .el mes correspondiente, obteniéndose así, la carga de contaminantes expresada en kilogramos por mes descargado. Ejemplo 11. GASTO MEDIDO DIARIO= 0.5 Useg. RESULTADO DEL ANÁLISIS DEL DB05= 1,050 mg/L GASTO POR MES (Según el ejemplo I)= 1296 M3 LIMITE MÁXIMO PERMISIBLE DEL DB05= 150 mg/L INDICE DE INCUMPLIMIENTO= (1050 mg/L)-(150 mg/L)/(150 mg/L)=6 (Tabla 111). SEGÚN LA TABLA 111 PARA EL INDICE DE INCUMPLIMIENTO DE 6, CORRESPONDE UN PAGO DE $2,365/Kg DEL CONTAMINANTE. CARGA DE CONTAMINANTE= (1,050 mg/L-150 mg/L)x0.001*x0.001 ES EL FACTOR PARA QUE LA OPERACIÓN RESULTE EN kg. Para determinar el índice de incumplimiento y la cuota en pesos por kilogramo, a efecto de obtener el monto de la 35 36 «EL ESTADO D E SIN ALOA» Miérco les 05 de FebrerÓ.de 2014 cuota para cada uno de los contaminantes básicos, metales pesados o cianuros, se procederá conforme a lo siguiente: a. Para cada contaminante que rebase los límites señalados, a la concentración del contaminante correspondiente, se le restará el límite máximo permisible respectivo según la tabla 1, del promedio mensual cuyo resultado deberá dividirse entre el mismo límite máximo permisible, obtenié11dose así el índice de incumplimiento del contaminante correspondiente. EJEMPLO: LÍMITE MÁXIMO PERMISIBLE MENSUAL DE DB05, SEGÚN TABLA I= 150 mg/L. CONCENTRACIÓN DE DB05 ENCONTRADA EN LA DESCARGA= 1050 mg/L. INDICE DE INCUMPLIMIENTO= (1050mg/L-150mg/L)/150mg/L=6 b. Con el índice de incumplimiento, determinado para cada contaminante conforme al inciso anterior, se seleccionará el rango que le corresponda de las tablas 111 y IV de este capítulo y se procederá a identificar la cuota en pesos por contam inante que se utilizará para el cálculo del monto de la cuota . EJEMP LO: PARA EL CASO DEL EJEMPLO ANTERIOR , LA TABLA 111 CONSIGNA PARA UN INDICE DE INCUMPLIMIENTO DE 6, UN VALOR DE $2.365/Kg . c. Para obtener el monto a pagar por cada unidad de contaminante, se multiplicarán los kilogramos de contaminante en los casos de las tablas 111 y IV, o los metros Miércoles 05 de Febrero de 2014 ' «EL ESTADO DE SINALOA» . cúbicos descargados en el caso de la tabla 11, según corresponda, obteniéndose por mes de la cuota en pesos que corresponda a su índice de incumplimiento de acuerdo con las tablas 111 y IV, obteniéndose así el monto del derecho mensual a pagar por la unidad aplicable de contaminante . EJEMPLOS ANTERIORES 1, 11 y 111. Una vez efectuado el cálculo mensual de la cuota por cada contaminante, el usuario estará obligado a pagar únicamente el monto que resulte mayor para el mes que corresponda. SE PAGARÁ DE ACUERDO A LAS TABLAS SIGUIENTES: TABLA 11 CUOTAS POR METRO CÚBICO DESCARGADO PARA POTENCIAL DE HIDRÓGENO (PH) RANGO EN UNIDAD. PH · < 5 hasta 4 < 4 hasta 3 _pESOS/M3 0.378 0.1 14 < 3 hasta 2 1.032 1.414 0.191 < 2 hasta Menor de > 10 hasta > 11 hasta 1 1 11 12 0.573 0.854 > 12 hasta 13 1.133 1.133 Mayor de 13 TABLA 111 PARA CONTAMINANTE BÁSICOS (DB05, 55T, GRASAS Y ACEITES, N TOTAL Y P TOTAL) CUOTA EN PESOS SOBRE KILOGRAMO EXCEDENTE DESCARGADO : , INDl(;E DE ,; ; ,· iNCUMPtlMIEN.TO De 00.00 hasta 0.10 ': , · , _PESO~/KG , . . ......... ·¡ .~ . . . · , · ' .: 0.942 ; . : ~· . 37 Miércoles 05 de Febrero de 2014 38 «EL ESTADO DE SINALOA» Mayor de 0.1 o hasta 1.00 1.911 Mayor de 1.00 hasta 2.00 2.930 Mayor de 2.00 hasta 3.00 3.312 Mayor de 3.00 hasta 4.00 3.694 Mayor de 4.00 hasta 5.00 3.885 Mayor de 5.00 4.063 TABLA IV METALES PESADOS Y CIANUROS SE PAGAN PESOS SOBRE KILOGRAMO EXCEÓENTE ' " INDICE DE INCUMPLIMIENTO ' PESOS/KG , 1, De 0.00 hasta 0.1 O 42 .576 Mayor de 0.1 O hasta 1.00 85 .184 Mayor de 1.00 hasta 2.00 Mayor de 2.00 hasta 3.00 123.043 141 .945 Mayor de 3.00 hasta 4.00 151.423 Mayor de 4.00 hasta 5.00 160.880 164.680 Mayor de 5.00 ARTÍCULO 2. Las tarifas por servicio medido y por servicio de cuota fija, están calculadas para su cobro en forma mensual, en consecuencia , las cuentas y cargos por servicio medido y por servicio de cuota fija se cobrarán a los usuarios en forma mensual. ARTÍCULO 3. Las cuotas expresadas en el Artículo 1 del presente documento, en los cuadros correspondientes a los incisos A, B y C, para el servicio doméstico popular, residencial y para el servicio comercial , industrial y público, respectivamente, así como las tarifas correspondientes a cuotas fijas para el medio urbano y para el medio rural y los cargos por derecho de conexión, se actualizarán anualmente aplicando el factor que resulte de dividir el índice Nacional de Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» Precios al Consumidor, publicado por el Banco de México o sus equivalentes en el Diario Oficial de la Federación del penúltimo mes del año del calendario que se actualiza, entre el citado índice correspondiente al penúltimo mes del año del calendario anterior al de esta fecha , en los términos del artículo 59 de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa. ARTÍCULO 4. En los casos de prestación de los servicios que por sus características singulares requieren de un tratamiento especial o aquellos que no hayan sido previstos por el presente régimen serán resueltos por analogía y por convenio entre el solicitante o el usuario de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Mazatlán. ARTÍCULO 5. El consumo normal en los casos de servicio, medido será redondeado en números enteros de metros cúbicos, elevando o disminuyendo las últimas cifras según resulte mayor o menor a la mitad de un metro cúbico. ARTÍCULO 6. Para efectos de los .cobros que emita la Junta, se ajustará la facturación a la fracción a centésimos a cero, elevando o disminuyendo las últimas cifras, según resulte mayor o menor de cincuenta centavos. ARTÍCULO 7. La junta podrá suministrar agua a carros pipas, destinados al servicio público de agua potable, en zonas o lugares en que no exista red de distribución, cobrando por ello un costo equivalente al precio más alto por metro cúbico establecido en la tarifa de servicio no doméstico, pero debiendo procurar que dicha agua sea vendida por los piperos a los solicitantes a un precio 39 40 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 accesible y que su distribución no se preste a ninguna clase de abuso. ARTÍCULO 8. La Federación, el Estado, los Municipios, las Empresas de Participación Estatal, los Organismos Descentralizados, las Instituciones de Asistencia Pública o Privada, deberán de pagar sus consumos y cuotas de conexión, de acuerdo con las tarifas fijadas para el Uso Público, no estando exentas de pago, atendiendo a lo dispuesto por el Artículo 50 de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa. ARTÍCULOS TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa". ARTÍCULO SEGUNDO. Se abroga el régimen tarifario publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa", de fecha 13 de marzo de 2013. ARTÍCULO TERCERO. Los adeudos de derechos y todo el procedimiento que se encuentre en el trámite a la fecha de iniciación de vigencia del presente Decreto, se regirá por el régimen tarifario a que se refiere el anterior artículo transitorio. Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» Legislativo del Estado, en la ciudad de Culiacán Rosal s inaloa, a los veintiocho días del mes de enero del año il catorce. C. LUIS FERN N DOVAL MORALES C. RAM Por lo tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. 41 42 «EL ESTADO DE STNALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 PODER LEGISLATIVO ESTATAL El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Sinaloa, representado por su Sexagésima Primera Legislatura, ha tenido a bien expedir el siguiente, ACUERDO NÚMERO:_!L Único. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 49 de la Constitución Política y 78, 79, 80, 81 y 83 de la Ley Orgánica del Congreso, ambas del Estado de Sinaloa, en la sesión del día de hoy viernes 31 de enero de 2014, se elige la Diputación Permanente que funcionará durante el Primer Receso correspondiente al Primer Año de Ejercicio Constitucional de la Sexagésima Primera Legislatura, habiendo quedado integrada de la siguiente manera: SUPLENTES: PROPIETARIOS: Presidente: Secretaria: Vocal: Vocal. . Vocal. ' Vocal: Vocal: Vocal: Vocal: Dip. Jesús Enrique Hemández Chávez Dip. Yudit del Rincón Castro Dip. Maria Lorena Pérez Olivas Dip. Héctor Melesio Cuén Ojeda Dip. Gómer Monárrez Lara Dip. Imelda Castro Castro Dip. César Fredy Montoya Sánchez Dip. Martín Pérez T orres Dip. Sylvia Myriam Chávez López Dip. Óscar Javier V aldez López .Dip. Laura Galván Uzeta Dip. Nubia Xiclali Ramos Carbajal Dip. Robespierre Lizárraga Otero Dip. Leobardo Alcántara Martínez Dip. Ramón Lucas Lizárraga Dip. José Manuel Osuna Lizárraga Dip. Osbaldo Ávila Atondo Dip. Flor Esther Gastélum Vertiz T R A NS 1 T O R 1 O: Primero. El presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir de la fecha de su aprobación por el Pleno. Segundo. Publíquese en el Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa". Es dado en el Palacio del Poder Legislativo d treinta y un días del mes de enero del año do , en la ciudad de Culiacán Rosales, Sinaloa, a los ONTOYA DENTE «EL ESTADO DE SIN ALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 43 PODER EJECUTIVO ESTATAL SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA FIDEICOMISO DE APOYOS AGROPECUARIOS Y PESQUEROS (FAAPES) FIDEICOMISO DE APOYOS AGROPECUARIOS Y PESQUEROS (FAAPES) BALANCE GENERAL TRIMESTRE OCTUBRE - DICIEMBRE DE 2013. ACTIVO: CIRCULANTE INVERSIONES FINANCIERAS A CORTO PLAZO CUENTA PRINCIPAL 63298410301 CUENTA FONDO DE GARANTIAS LIQUIDAS63300470301 CUENTA FONDO DE PROMOCION COMERCIAL 63380810301 CUENTA FONDO GENERAL DE CONTINGENCIAS 63300880301 CUENTA FONDO DE COMPLEMENTO AL CREDITO 63300540301 OCTUBRE NOVIEMBRE 7,281,189 47,400,224 132,218 28 4,842 PRESTAMOS OTORGADOS A CORTO PLAZO COMITE ESTATAL DE SANIDAD VEGETAL AGR!COLA LOS GUMAROS, SPRI EL PLACER. S.P.R. DE R. L RANCHO LOS ACOSTA SA CACAHUATEROS DEL NOROESTE, SA COMERC!AL!ZADORA DE GRANOS SECOS SA DE CV MERCELO LOYA ORNELAS, S.P.R. de R.L. SUMA DEL ACTIVO 1,900,000 350,000 250,000 100,000 4,054,022 806,400 2,352,000 DICIEMBRE 7,420,467 132,582 28 4,855 7,562,189 47,400,224 132,983 28 4,870 1,900,000 350,000 250,000 100,000 4,054,022 806,400 2,352,000 1,900,000 350,000 250,000 100,000 4,054,022 806,400 2,352,000 47,~00,224 ~ 64,630,924 ~ 64, 770,580 30,979,674 30,979,674 30,979,674 120,640 120,640 120,640 25,000,000 25,000,000 25,000,000 RESULTADO DE EJERCICIOS ANTERIORES 6,207,054 6,207,054 6,207,054 RESULTADO DEL EJERCICIO ACTUAL 2,323,555 2,463,211 f 64,912,717 PASIVO: CIRCULANTE ACREEDORES DIVERSOS GOBIERNO DEL ESTADO DE SIN ALOA ARAMBURO Y ASOCIADOS, S.C. HACIENDA PUBLICA/PATRIMONIO HACIENDA PUBLICA/PATRIMONIO CONTRIBUIDO HACIENDA PUBLJCA/PATR!MON!QCONTR!BU!DO HACIENDA PUBLICA/PATRIMONIO GENERADO SUMA HACIE f A PUBLICA/PATRIMONIO 64, 630,924 i 6 4,770,58 0 i 2,605,349 64,912,717 LIC. JUAN N. GUERRA OCHOA SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA Y PRESIDENl'E DEL COMITE TECNICO FIDEICOMISO DE APOYOS AGROPEClfARIOS Y PESQUEROS (FAAPES) ESTADO DE RESULTADOS TRIMESTRE OCTUBRE - DICIEMBRE DE 2013. CONCEPTO OCTUBRE INGRESOS OTROS INGRESOS FINANCIEROS EGRESOS HONORARIOS DEL FIDUCIARIO !VA NO ACREDITABLE HONORARIOS PROFESIONALES RESULTADOS DEL EJERCICIO NOVIEMBRE DICIEMBRE ACUMULADO TRIMESTRAL ACUMULADO ACTUAL 183,521 145,893 148,374 477,788 2,806,634 5,376 2,140 5,376 860 5,376 860 8 000 1 76,004 16,129 3,861 96000 69,522 27,763 104 000 139,656 142,138 3 61,798 2,605,349 SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SINALOA Y PRESIDEl\'l'E DEL COMITE TECNICO ~o 101'4 oSL\9 44 Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» AYUNTAMIENTO EN EL DESPACHO QUE OCUPA LA PRESIDENCIA MUNICIPAL DE ROSARIO, SINALOA, SITO EN PALACIO MUNICIPAL, SIENDO LAS 10:00 HORAS DEL DIA 02 DE ENERO DE 2014, REUNIDOS LOS DR. e.e. ING. JOSE ARTURO FLORES GUZMAN, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, REGINO ARMENTA GUADALUPE MACHADO, REGIDOR COMISIONADO DE HACIENDA, LIC. DEL CARMEN TOSTADO AGUIAR, TESORERA MUNICIPAL, ARQ. JOSE LUIS ALVAREZ BECERRA, DIRECTOR DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES, PROFR. LEOPOLDO COLIN PARTIDA, OFICIAL MAYOR, PROFRA. TERESITA DE JESUS BENITEZ SANDOVAL , SECRETARIA DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO Y C. FRANCISCA TORRES MORA, REGIDORA. COMITÉ DE COMPRAS DEL MUNICIPIO DE El ROSARIO, SINALOA. CONSIDERANDO QUE EL MUNCIPIO DE ROSARIO, SINALOA, CUENTA CON UN PRESUPUESTO DE EGRESOS APROBADO POR EL HONORABLE AYUNTAMIENTO, PARA EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES, QUE LES PERMITA ALCANZAR LOS OBJETIVOS Y METAS TRAZADAS PARA BENEFICIO DE LA SOCIEDAD. POR ELLO ES NECESARIO ESTABLECER MECANISMOS ADECUADOS QUE PERMITAN REALIZAR LAS ADQUISICIONES DE MATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS CON TRANSPARENCIA Y HONRADEZ CON UN MANEJO ORDENADO Y BIEN APROVECHADO QUE PERMITA INFORMACION OPORTUNA PARA TOMAR DESICIONES . PARA ELLO LA CREACION DE UN COMITÉ DE COMPRAS MUNICIPAL, INTEGRADO POR LAS AREAS COMP ETENTES, SATISFACE AMPLIALMENTE EL LOGRO DE LOS OBJETIVOS AQUÍ REQUERIDOS, ADEMAS EL CUMPLIR CON LA NORMATIVIDAD ESTABLECIDA POR LA AUDITORIA SUPERIOR DEL ESTADO DE SI NALOA . INTEGRACION: SE INTEGRA EL COMITÉ DE COMPRAS DEL MUNICIPIO DE ROSARIO, SINALOA; QUEDANDO DE LA SIGUIENTE MANERA: 1.- ING. JOSE ARTURO FLORES GUZMAN PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL 2.- DR. REGINO ARMENTA MACHADO REGI DOR COMISIONADO DE HACIENDA 3.- LIC. GUADALUPE DEL C. TOSTADO AGUIAR TESORERA MUNICIPAL 4.- ARQ. JOSE LUIS ALVAREZ BECERRA DIRECTOR DE OBRAS Y SERVICIOS PUB. 5.- PROFR. LEOPOLDO COLIN PARTIDA OFICIAL MAYOR 6.- PROFRA. TERESITA DE JESUS BENITEZ S. SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO 7.-C. FRANCISCA TORRES MORA REGIDORA OBJETIVOS: LOS OBJETIVOS QUE SE PERSIGUEN CON LA INTEGRACION DEL COMITÉ DE COMRPAS MUNICIPAL, SO N ENTRE OTROS : Miércoles 05 de Febrero de 2014 • «EL ESTADO DE SIN ALOA» 45 VERIFICAR QUE LA FUNCION DE ADQUISICION ES DE MATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS SATISFAGA LAS NECESIDADES DE SUMINISTROS DE ESTE HONORABLE AYUNTAMIENTO . • QUE CONCEPTOS DE CALIDAD, CANTIDAD, OPORTUNIDAD, PRECIOS Y MEJORES CONDICIONES DE PAGO, PERMITAN SELECCIONAR AL PROVEEDOR QUE MEJORES CONDICIONES Y BENEFICIOS OTORGUEN . • COMPROBAR QUE LAS ADQUISICIONES DE MATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS, SE EFECTUEN EN ESTRICTO APEGO A LA LEGISLACION VIGENTE Y FEDERAL DE CONFORMIDAD CON LAS POLITICAS INTERNAS DE ESTE HONORABLE AYUNTAMIENTO . MONTOS A SANCIONAR POR EL COMITÉ DE COMPRAS: ESTE COMITÉ DE COMPRAS MUNICIPAL REALIZARA ADQUISICIONES DE MATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS DENTRO DE LOS SIGUIENTES LIMITES IN FERIORES Y SUPERIORES POR : • DE $ 1.00 HASTA $ 60,000.00 LAS REALIZARA DIRECTAMENTE LA TESORERIA MUNICIPAL, SIN NECESIDAD DE TURNARSE AL COMITÉ DE COMPRAS • DE$ 60,001.00 HASTA$ 1,000,000.00 LAS ADQUISICIONES DE MATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS, COM PRENDIDAS ENTRE ESTOS LIMITES SERAN APROBADOS POR EL COMITÉ DE COMPRAS MUNICIPAL, CUMPLIENDO CON TENER CUANDO MENOS TRES COTIZACIONES ABIERTAS DE PROVEEDORES PARA DECIDIR A CUAL SE LES ASIGNARA LA ADQUISICION • DE $ 1,000,001.00 HASTA $ 2,000,000.00 LAS ADQUISICIONES DE MATERIALES DE SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS QUE SE PROGRAMEN REALIZAR DENT RO DE ESTOS LIMITES, DEBERAN SER AUTORIZADAS POR EL HONORABLE CABILDO CUMPLIENDO CON HACER INVITACION A CUANDO MENOS TRES PROVEEDORES CON COTIZACIONES A SOBRE CERRADO • DE $ 2,000,001.00 EN ADELANTE, LAS ADQUISICIONES DE MATERIALES SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS, QUE SE PROGRAMEN REALIZAR DENTRO DE ESTOS LIMITES, DEBERAN SER AUTORIZADAS POR EL HONORABLE CABILDO Y ADQUIRIRISE A TRAVES DE LICITACION PUBLICA. REGLAMENTACION: ESTE COMITÉ DE COMRPAS MUNICIPAL, SE REGIRA BAJO LA REGLAMENTACION SIGUIENTE: • QUE LAS ADQUISICIONES SEAN ESTRICTAMENTE INDISPESABLES 46 Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» • QUE LAS ADQUISICIONES DE MATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS VAYAN ENCAMINADAS A CUMPLIR CON LOS OBJETIVOS Y METAS TRAZADAS POR CADA UNA DE LAS AREAS ADMINISTRATIVAS QUE FORMAN ESTE HONORABLE AYUNTAMIENTO. • QUE LAS ADQUISICIONES DE MATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS SE REALICEN A PROVEEDORES QUE OFREZCAN LAS MEJORES CONDICIONES EN CUANTO A CALIDAD, CANTIDAD, PRECIOS Y OPORTUNIDADES DE PAGO • QUE LAS ADQUISICIONES DE M ATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS ESTEN CONSIDERADAS EN EL PRESUPUESTO DE EGRESOS • LAS REUNIONES DEL COMITÉ DE COMPRAS SE EFECTUARAN PREVIA INVITACION POR EL TESORERO MUNICIPAL CADA VEZ QUE SEA NECESARIO EL COMITÉ DE COM PRAS MUNICIPAL SE DARA POR INSTALADO CON LA PRESENCIA DEL 50% MAS UNO DE SUS INTEGRANTES Y VALIDOS LOS ACUERDOS QUE SE TOMEN • POR CADA SESION O REUNION DEL COMITÉ DE COMPRAS, EL TESORERO MUNICIPAL LEVANTARA UNA MINUTA DONDE SE PLASMEN LOS ACUERDOS, DICHA MINUTA DEBERA SER FIRMADA POR CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES • LOS MONTOS CONSIDERADOS EN LOS LIMITES PARA ADQUISICIONES DE MATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS, DEBERAN SER ANTES DE l.V.A. • SE ACUERDA QUE EL CONTRALOR MUNICIPAL, SOLO TENDRA DERECHO A VOZ PERO NO A VOTO ({'-\j REQUISICION Y ORDEN DE COMPRA: • REQUISICION : ADQUISICIONES LA ELABORARA DE EL MATERIALES, AREA ADMINISTRATIVA SERVICIOS Y ACTIVOS QUE FIJOS SOLICITA LAS SEGÚN SUS NECESIDADES Y LA PRESENTARA EN LA TESORERIA MUNICIPAL • SOLVENTACION PRESUPUESTARIA: UNA VEZ QUE LA TESORERIA MUNICIPAL RECIBA LA REQUISICION DE MATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS, VERIFICARA SI EL AREA ADMINISTRATIVA CUENTA CON LA DISPON IBILIDAD PRESUPUESTAL, SI ES ASI, SE FIRMARA POR PARTE DEL TESORERO MUNICIPAL, AUTORIZANDO LA ADQUISICION DE QUE SE TRATE, DE LO CONTRARIO SE SELLARA DE CANCELADO • COTIZACION: OFICIALIA MAYOR COTIZARA AL MENOS CON TRES PROVEEDORES DEL RAMO EN REFERENCIA POR ADQUISICIONES DE MATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS QUE SE REALICEN ENTRE LOS LIMITES DE$ 1.00 A$ 100,000.00 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 • SANCION DEL COMITÉ DE COMPRAS: CUANDO DE ACUERDO A LOS LIMITES DE LAS ADQUISICIONES DE MATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS, CORRESPONDA AL COMITÉ DE COMPRAS MUNICIPAL REALIZAR LA MISMA, OFICIALIA MAYOR DEBERA PROPORCIONAR LA DOCUMENTACION NECESARIA PA RA LA TOMA DE DECISIÓN DEL PROVEEDOR A QUIEN DEBERA DE ASIGNARSE LA ADQUISICION. • CROE DE COMPRA: ESTA SE ELABORARA EN LA TESORERIA MUNICIPAL, DE ACUERDO AL SISTEMA DE CONTABILIDAD ARMONIZADO . • SURTIDO: SERA OFICIAL/A MAYOR QUIEN RECIBA EL SURTIDO DE LOS MATERIALES, SERVICIOS Y ACTIVOS FIJOS, REVISANDO QUE LOS MISMOS REUNAN LAS CONDICIONES CONVENIDAS, POSTERIORMENTE, OFICIAL/A MAYOR ENTREGARA LOS MATERIALES, SERVICIOS Y A CI VOS FIJOS AL AREA ADMINSIRA T/VA CORRESPONDIENTE. ü ES DADO EN EL DESPACHO DE LA P R = MUNICIPAL DE PALACIO MUNICIPAL DE ROSARIO,SINALOA, A LOS 005 OIASOEL ERO OEL AÑO 005 Mil CA TORCE. ING. JOSE ARTURO FLORES GUZMAN PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL ~ ~;. · .,.AJff.RiGl~ENTÁ~o REGIOOf?éOf>115JeN'AÓÓ DE HACIENDA / '\ ( /Í , _¡_ ~ · ."" PROFTt:-t:EOPOLriO COL/N p OFICIAL AYO REGIDORA IDA 47 48 Miércoles 05 de Febrero de 2014 «EL ESTADO DE SINALOA» AVISOS GENERALES ACUERDOS DE TRASFORMACIÓN DE FECHA 09 DE AGOSTO DE 2013 Y BALANCE GENERAL AL DIA 31 DE JULIO DE 2013 INVERSIONES AGRARIAS VILLA MARIA, S. DE R.L. DE C.V. Mazatlán, Sinaloa JOSE GUADALUPE PATRON MILLAN, EN MI CARÁCTER DE DELEGADO ESPECIAL DE LA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS INVERSIONES AGRARIAS VILLA MARIA, S. DE R.L. DE C.V., CELEBRADA A LAS 9:00 HORAS DEL OIA 09 DE AGOSTO DE 2013. HAGO CONSTAR QUE SE ADOPTARON , ENTRE OTRAS. LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES : SE RESUELVE, transformar a partir de esta fecha el régimen jurídico de esta sociedad, de una Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable a una Sociedad Anónima de Capital Variable, por lo que se modifican los estatutos sociales en su totalidad SE RESUELVE, unánimemente que debido a que la transformación es un cambio en la estructura jurídica de la sociedad, está sociedad se obliga incondicionalmente a cumplir en tiempo y forrr¡a, con todas sus deudas y obligaciones que haya contraído antes de la transformación . Asim1smo, sigue siendo propietaria de todos los activos y derechos que tenía antes de la misma. SE RESUELVE, que en relación con lo anterior, la presente transformación surtirá efectos al momento de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, de acuerdo con el Ar1ículo 225 (doscientos veinticinco) de la Ley General de Sociedades Mercantiles. SE RESUELVE, que el capital de esta sociedad es variable, se fija como mínimo la cantidad de $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 Moneda Nacional) y el máximo será ilimitado, mismo que se encuentra integrado y efectivamente pagado. expidiéndose al efecto los titulos de las acciones que correspondan . de la siguiente manera: Acciones VALOR M.N. ACCIONISTA Juan Jo sé Arellan o Serie ''A" Serie "B" 10,000 538,240 Fijo Variable Her~ández RFC . - AEHJ7811 083SA $10,000.00 $538 , 240.00 Fernando Camacho Tirado RFC : CATF730625DL0 10,000 20,000 TOTAL 538,240 1' 076,480 $10,000.00 $538,240 . 00 $20 ,0 00 . 00 $1 ' 076,480.00 $1'096,480 . 00 SE RESUELVE, unánimemente que se realicen todos los avisos y notificaciones que sean necesarios a toda ciase de autoridades, ya sean federales, estatales o municipales, para efectos de notificar la transformación de la sociedad de Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable a una Sociedad Anónima de Capital Variable. SE RESUELVE, se realicen las anotaciones que correspondan en los libros sociales de la sociedad. «EL ESTADO DE SIN ALOA» Miércoles 05 de Febrero de 20 14 49 INVERSIONES AGRARIAS VILLA MARIA. S DE RL DE CV Posición Financiera, Balance General al 31/Jul/2013 PASI VO ACTIVO CIRCULANTE CIRCULANTE 21,642.80 BANCOS . IVAACREOITASLE 16% IMPUESTOS A FAVOR. 2f,9f3.52 20,225,78T.20 Total CIRCULANTE 20,269,343.52 ACREEDORES DIVERSOS IMPUESTOS POR PAGAR Total CIRCULANTE 153.200.00 8,673 .03 161 ,873.03 FIJO 0.00 Total FIJO DIFERIDO FIJO Total DIFERIDO Total FIJO 0 .00 0.00 SUMA DEL PASIVO 161,873.03 CAPITAL CAPITAL CAPITAL SOCIAL DIFERIDO USUFRUCTO BIEN rNMUEBLE AMORTIZACION USUFRUCTO Total DIFERIDO CAPITAL FIJO CAPITAL SOCIAL VARIABLE 126,410,000.00 ·3, 160.249.95 20.000.00 14o.l>35.6oo.oo Total CAPITAL SOCIAL 146,655,600.00 Total CAPITAL 146,655,600.00 f23",249,750.05 SUMA DEL ACnvo Utilidad o Pérdida del Ejercicio -3,298 ,379.46 SUMA DEL CAPITAL 143.357.220.54 SUMA DEL PASIVO Y CA PITAL 143,5 19,093. 57 -~~11::v rf~~ Asam~ea la Miércoles 05 de Febrero de 2014 50 «EL ESTADO DE SINALOA» ACUERDOS DE TRASFORMACIÓN DE FECHA 19 DE DICIEMBRE DE 201 3 Y BALANCE GENERAL AL DIA 30 DE NOVIEMBRE DE 2013 ARRENDADORA DE INMUEBLES ARELLANO, S.A. DE C.V. Mazatlán, Sinaloa ROBERTO OSUNA RUBIO, EN MI CARÁCTER DE DELEGADO ESPECIAL DE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE ARRENDADORA DE INMUEBLES ARELLANO, S.A. DE C.V., CELEBRADA A LAS 9:00 HORAS DEL DIA 19 DE DICIEMBRE DE 2013, HAGO CONSTAR QUE SE ADOPTARON , ENTRE OTRAS, LAS SIGUIENTES RESOLUCIONES : SE ACUERDA, transformar a partir de esta fecha el régimen jurídico de esta sociedad , de una Sociedad Anónima de Capital Variable a una Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. por lo que se modifican los estatutos sociales en su totalidad . SE ACUERDA, unánimemente que debido a que la transformación es un cambio en la estructura juridica de la sociedad, está sociedad se obliga incondicionalmente a cumplir en tiempo y forma , con todas sus deudas y obligaciones que haya contraído antes de la transformación. Asimismo, sigue siendo propietaria de todos los activos y derechos que tenia antes de la misma. SE ACUERDA, que en relación con lo anterior, la presente transformación surtirá efectos al momento de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, de acuerdo con el Articulo 225 (doscientos veinticinco) de la Ley General de Sociedades Mercantiles. SE ACUERDA, que el capital de esta sociedad es variable, se fija como mínimo la cantidad de $60,000.00 (sesenta mil pesos 00/100 Moneda Nacional) y el máximo será ilimitado, mismo que se encuentra integrado y efectivamente pagado, cancelándose al efecto los titulas accionarios y expidiéndose al efecto los certificados que correspondan de la siguiente manera : CERTIFICADOS DE APORTACION Vari able Fijo SOCIO Jua n J osé Are lla no Hern ández RFC : AEHJ7811083SA Erick Ernesto Arella no Hernández RFC : AEHE8305524HPO Ma ria Hernández Ramo s RFC : HERM580902LL6 David Hernández Ramo s RFC : HERD770927IE2 Ro bert o Os u na Rub i o RFC : OURR611012SX7 57,600 150 ' 739 , 7 11 60 0 Mínimo $57 , 600 . 0 Variable o $150 ' 739 , 711.00 1 ' 570 , 205 $600.00 $1 ' 570,205.00 600 1 ' 570,20 5 $600 . 00 $1'570 , 205.00 600 1 ' 570 , 205 $ 600.00 $1 ' 570,205 . 00 600 1 ' 570 , 205 $600.00 $1 ' 5 7 0,205 . 00 157' 020, 531 60 , 000 1 57'080 ,5 31 SUBTOTAL. TOTAL . VALOR $60,000.0 o $157 ' 020 , 531.00 $157'080 , 531.00 SE ACUERDA, unánimemente que se rea licen todos los avisos y notificaciones que sean necesarios a toda clase de autoridades, ya sean federales , estatales o municipales, para efectos de notificar la transformación de la sociedad de Sociedad Anónima de Capital Variable a una Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. SE ACUERDA, se realicen las anotaciones que correspondan en los libros sociales de la sociedad. Mazatlán, Sinaloa a 29 de enero de 2014 7 Fc--b . 5 &&--#~ Roberto Osuna Rubio Delegado Especial ~ .\01y3Sfd._ «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 ARRENDADORA DE INMUEBLES ARELLANO SA DE CV ESTADO DE POSICION FINANCIERA AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2013 ACTIVO PASIVO CIRCULANTE: CAJA Y BANCOS DEUDORES DIVERSOS IMPUESTOS A FAVOR ANTICIPOS DE IMPUESTOS 64,948 53,243,121 243,650,331 188,563 SUMA TOTAL ACTIVO CIRCULANTE Z97,146,962 A CORTO PLAZO: PRESTAMOS BANCARIOS CORTO PLA20 PROVEEDORES ACREEDORES DIVERSOS IMPUESTOS POR PAGAR IVA TRASLADADO ANTICIPOS DE CUENTES SUMA TOTAL PASIVO A CORTO PLA OTROS PASIVOS INGRESOS POR REALIZAR TOTAL OTROS PASIVOS 209,206 238,457,430 34,149 2B,958 2,254,651 240,984,391 1,537,642,583 1,537,642,583 FUO TERRENOS 21,808,284 MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA DEP ACUMULADA DE MOB Y EQUIPC INVERSIONES PERMANENTES 511,372 -76,706 1,836,235,200 SUMA TOTAL ACTIVO FUO 1,858,478,150 SUMA TOTAL PASIVO A LARGO PLA 1,nB,626,974 CAPITAL CAPITAL CONTABLE: DIFERIDO . USUFRUCTO DE BIENES INMUEBLES AMORTIZACION DE USUFRUCTO 1,522,392,000 -63,465,533 CAPITAL SOCIAL UTILIDADES RETENIDAS PERDIDAD ACUMULADAS UTILIDAD (PERDIDA) DEL EJERCI 1, 765, 722,400 89,737,207 -2,613,964 -16,921,038 SUMA TOTAL ACTIVO DIFERIDO 1,458,926,467 SUMA CAPITAL CONTABLE 1,835,924,605 TOTAL ACTIVO 3,614,551,579 TOTAL PASIVO MAS CAPITAL 3,614,551,579 ~~~L Roberto Osuna Rubio Delegado de la Asamblea 51 Miércoles 05 de Febrero de 2014 52 «EL ESTADO DE SINALOA» AVISOS JUDICIALES JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE MAZATLÁN, SINALOA. EDICTO C. CARLOS MANUEL ORPINELA GARCÍA Domicilio Ignorado. Notifiquesele con fundamento en el artículo 119 del Código Adjetivo Civil Vigente, demanda en la vía ORDINARIA CIVIL DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA, entablada en su contra por el C. ADRIANA RUIZ RAMOS, para que dentro del término de 9 nueve días, contados a partir de del décimo día hecha la última publicación produzca su contestación a dicha demanda, en el expediente número 677/2013, quedan a disposición de la Secretaría de este Juzgado, copias de traslado correspondiente. ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Oct. 3 de2013 C. SECRETARIA SEGUNDA DE ACUERDOS Lic. Mónica Tirado Oval/e FEB.5-7 R.No.558350 Oficial del Registro Civil aludido en el resolutivo segundo mediante oficio según lo mandatado por el numeral 123 del Código Procesal Civil y para efectos que señalan los artículos 114, 115, 116 y 291 del Código Civil ambos ordenamientos vigentes en el Estado de Sinaloa. QUINTO.Notifíquese la presente resolución a la actora en los términos del numeral 118 fracción VI y a la parte demandada en los términos de los arábigos 119 y 629 ambos del Código de Procedimientos Civiles. SEXTO.- Finalmente no se ¡hace especial condenación en costas, por no darse ninguno de los supuestos que prevé el artículo 141 del Código Procesal Civil. Notifíquese personalmente.- Así lo resolvió y firmó Jorge Luis López Juárez, Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Familiar de este Distrito Judicial, por ante Rocío del Carmen Rubio Gión, Secretaría Primera de Acuerdos que actúa y da fe. Culiacán, Sin., Ene. 1Ode2014 SECRETARIA PRIME~ · Rocio del Carmen Rubio Gión FEB.5-7 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO MARISOL OLIVAS ALMEIDA Domicilio Ignorado. En Exp. No. 11 /2013,juicio por DIVORCIO CONTENCIOSO, seguido en su contra por RAMÓN ANTONIO MEDINA LEÓN, con fecha 27 veintisiete de diciembre de 2013 dos mil trece, se dictaron los puntos reso 1utivos que en su parte relativa dicen: PRIMERO.- La parte actora acreditó su acción, la parte demandada no compareció a juicio . SEGUNDO.- Se decreta el divorcio de RAMÓN ANTONIO MEDINA LEÓN y MARISOL OLIVAS ALMEIDA, y consecuentemente queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 27 veintisiete de octubre de 1999 mil novecientos noventa y nueve, bajo acta número 00154 ciento cincuenta y cuatro, del libro O1 uno, ante el Oficial del Registro Civil número 22 de Culiacancito, Culiacán, Sinaloa, dejándolos en absoluta libertad de contraer nuevas nupcias si así lo desean. TERCERO.- Se declara disuelta la sociedad conyugal, régimen adoptado por los contendientes al celebrar su matrimonio el cual hoy termina, dejándose su liquidación para ejecución de sentencia. CUARTO.- Ejecutoriada que sea esta resolución, remítase copia fotostática certificada de la sentencia y del auto que así la declare al R. No.10142723 JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO PUBLICACIÓN DE SENTENCIA C. RAÚL TORRES FIGUEROA Domicilio Ignorado. Se hace de su conocimientq que con fecha 05 cinco de septiembre del año 2013 dos mil trece, se dictó sentencia relacionado coo el expediente número 2065/2012 del JUICIO ORDINARIO CIVIL DIVORCIO NECESARIO promovido por JUANA GUADALUPE MARÍN RAMOS, en contra de RAÚL TORRES FIGUEROA, que en sus puntos resolutivos dice: PRIMERO.- La parte actora, probó su pretensión de Divorcio Necesario, con base en la causal XVIII del artículo 267 del Código Civil Vigente en el Estado. La parte demandada, no compareció a juicio. SEGUNDO.- Se decreta el divorcio de los señores JUANA GUADALUPE MARÍN RAMOS y RAÚL TORRES FIGUEROA, declarándose disuelto el vínculo matrimonial que celebraron el día 27 de noviembre de 1995, bajo el acta número 00637, del libro 03, ante el C. Oficial del Registro Civil 001, de Culiacán, Sinaloa. TERCERO.- Se da por terminada la SOCIEDAD CONYUGAL a, dejándose su liquidación para ejecución de sentencia. CUARTO.- Por los razonamientos expuestos en el cuerpo de esta Miércoles 05 de Febrero de 2014 resolución, no ha lugar a fijar pensión alimenticia a favor de algunos de Jos ex cónyuges. QUINTO.Se condena al sei'íor RAÚL TORRES FIGUEROA, a otorga; una Pensión Alimenticia a favor de sus descendientes ALLAN RAÚL, DAYANA y MISAEL todos de apellidos TORRES MARÍN, lo que se hará en ejecución de sentencia. SEXTO.En lo relativo a la Patria Potestad, en virtud de que esta figura jurídica no se controvirtió en el juicio que nos ocupa, por consiguiente esta la siguen ostentando ambos progenitores, así como la Guarda y Custodia de los nii'íos, todo ello en cumplimiento a lo establecido en los artículos 283 y 418 del Código Civil vigente para el Estado de Sinaloa. SÉPTIMO.- Al causar ejecutoria Ja presente sentencia remítase copia certificada de la misma y del auto que así la declara, al C. Titular del Registro Civil aludido, para que proceda a efectuar las anotaciones pertinentes y proceda a expedir el acta de divorcio correspondiente, en cumplimiento al artículo 291 del Código Civil vigente en el Estado. OCTAVO.- Notifíquese Ja presente resolución a la parte demandada en los ténninos establecidos por el artículo 629 del Código Procesal Civil vigente en la Entidad. NOVENO.- No se hace especial condenación en costas, por no encontrarse en ninguno de los supuestos previstos por el numeral 141 del Código Procesal Civil para Sinaloa. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE Y CÚMPLASE. Así lo sentenció y finnó la Maestra en Derecho Familiar, MARISELA HUERTA CHÁVEZ, Jueza Segunda de Primera Instancia de lo Familiar, de este Distrito Judicial, por ante la Secretaria Segunda de Acuerdos Licenciada MARÍA GUADALUPE VALDEZ LEÓN, que actúa y da fe. ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Nov. 28 de 2013 LA SECRETARIA SEGUNDA Lic. Marfa Guadalupe Valdez León FEB. 5-7 R. No. l 09455 JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO DE NOTIFICACIÓN ALFONSOISVAACCÁSAREZLLANES Domicilio Ignorado. Que en el Expediente número 425/2012, relativo al juicio ORDINARIO MERCANTIL, promovido por ANA MARÍA ALVARADO QUEZADA, en contra de ALFONSO ISVAAC CÁSAREZ LLANES; se dictó Sentencia Definitiva que en sus puntos resolutivos dice: En Culiacán, Sinaloa, a 30 treinta de octubre de 2013 dos mil trece. PRIMERO.-Ha procedido la «EL ESTADO DE SINALOA» 53 vía ordinaria mercantil intentada. SEGUNDO.- La actora probó sus pretensiones, en los ténninos apuntados en la parte conducente de este veredicto. El demandado fue declarado rebelde. En consecuencia. TERCERO.- Se condena a ALFONSO ISVAAC CÁSAREZ LLANES a pagar aANAMARÍAALVARADO QUEZADA, dentro del ténnino de 3 tres días contados a partir del siguiente de aquel en que se le notifique esta sentencia, la cantidad de $96,996. 73 (NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS 73/100 MONEDA NACIONAL), que en concepto de capital se le reclama, más los intereses legales a razón del 6% anual, confonne al artículo 362 del Código de Comercio; no obstante, el pago del 20% por el rubro de indemnización legal que también reclama del reo, únicamente procede respecto del cheque con foliado con el número 1816475, expedidoporlasumade$10,000.00 (DIEZ MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL); pero, sin que haya Jugar a obligarlo judicialmente al pago de dicha prestación por lo que se refiere al resto de los cambiales del caso; asimismo, el reo deberá cubrir los gastos y costas del juicio, cuya cuantificación se reserva para la etapa de ejecución de sentencia. CUARTO.- Notifiquese al demandado la presente sentencia confonne lo establecen los numerales 119 y 629 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, aplicado de manera supletoria al Código de Comercio; en la inteligencia de que la publicación de edictos a que se refieren Jos mencionados numerales, deberá hacerse utilizando fuente de letra legible y de tamai'ío no menor a ocho puntos, Jo anterior con fundamento en el acuerdo emitido por el Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, tomado en sesión plenaria ordinaria del día 03 tres de agosto del afio 2005, dos mil cinco, publicado en el diario oficial número 093 «El Estado de Sinaloa»; de fecha 05 cinco de agosto del mismo año, en el entendido de que la publicación del caso no se tendrá por hecha, hasta en tanto se haga en esos ténninos; en tanto que la parte actora notifíquesele de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 309, fracción III del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente al de Comercio, en el domicilio que para tal efecto sei'íaló en autos; para lo cual en su oportunidad remítase mediante instructivo para su diligenciación a la Coordinación de Actuarios de los Juzgados de Primera Instancia de los Ramos Civil y Familiar de este Distrito Judicial.- Así lo resolvió y firma el licenciado GUSTAVO QUINTERO ESPINOZA, Juez Sexto de Primera Instancia del Ramo Civil de este Distrito Judicial, por ante la Secretaría de Acuerdos que autoriza y da fe. ATENTAMENTE 54 «EL ESTADO DE SINALOA» Culiacán, Sin., Ene. 21 de 2014 LA SECRETARIA PRIMERA Lic. Yu(V Yesenia Medina Verdugo FEB.5-7 R No.10142905 JUZGADO CUARTO DE PRlMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DISTRlTO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO Que en el expediente número 52/2011, relativo al juicio ORDINARlO CIVIL, promovido ante este Juzgado por JUAN CARLOS VALLE ARREDONDO en contra de VÍCTOR RODRÍGUEZ QUINTERO se dictó sentencia con fecha dieciséis de diciembre de dos mil trece, que en sus puntos resolutivos a Ja letra dice: Culiacán, Sinaloa, a dieciséis de diciembre de dos mil trece. Vistos para sentencia definitiva Jos autos del expediente número 52/20 11, relativo al juicio Ordinario Civil, por prescripción positiva, promovido por JUAN CARLOS VALLE ARREDONDO, en contra de VÍCTOR RODRÍGUEZ QUINTERO y Por lo anteriormente expuesto y fundado, es de resolver y se; RESUELVE : PRlMERO. La parte actora probó su acción. El demandado no compareció a juicio. SEGUNDO.Se declara que Ja prescripción se ha consumado y por ende ha adquirido el actor Juan Carlos Valle Arredondo, Ja propiedad del inmueble ubicado en la esquina que forman Ja avenida Nuño de Guzmán (antes avenida 5) y calle Francisco lbarra (antes calle Cuarta) sin, de Ja colonia San Rafael de esta Ciudad, inmueble que tiene como superficie 675 metros cuadrados; con las siguientes medidas y colindancia: AL NORTE 22.50 metros con avenida 5 (hoy Nuño de Guzmán); AL SUR 22.50 metros con lote 14; AL ORlENTE 30 metros con lotes 1, 2 y 3, y AL PONIENTE 30.00 metros con calle Cuarta (hoya calle Francisco lbarra). TERCERO.- Una vez que cause ejecutoria este fallo, remítanse copias certificadas del mismo al C. Oficial Encargado del Registro Público de la Propiedad de esta municipalidad, a fin de que sirva como título de propiedad de la actora, debiéndose cancelar la inscripción número 152 del libro 550 de Ja Sección Primera, del Registro Público de Ja Propiedad de esta Ciudad. CUARTO.- No se hace especial pronunciamiento en cuanto al pago de costas. QUINTO.- Notifiquese personalmente a la parte actora la presente sentencia en términos del artículo 118, fracción VI, del Código de Procedimientos Civiles, y a la demandada conforme a lo dispuesto por los artículos 629, 119 y 119 bis, del Código de Procedimientos Civiles, vigente en el Estado, es decir, por medio de edictos que se publicarán por dos veces en el periódico Oficial El Estado de Sinaloa y El Debate de Culiacán, los cuales se Miércoles 05 de Febrero de 2014 editan en esta Ciudad, sin perjuicio de entregar una copia al H. Ayuntamiento de esta municipalidad. Así lo resolvió y firmó Ja C. Jueza Licenciada Gloria del Carmen Morgan Navarrete, del Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Ramo Civil de este Distrito Judicial, por ante el Licenciado Edgardo Espinoza Lizárraga, Secretario que autoriza y da fe. ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Ene. 17 de 2014 ELSECRETARlOSEGUNDO Lic. Edgardo Espinoza Lizárraga FEB.5-7 R. No. 10143411 JUZGADO SEGUNDO DE PRlMERAINSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRlTO JUDICIAL DE AHO ME, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE LOS MOCHIS, AHOMli, SIN ALOA. EDICTO Convocase a quienes créanse con derecho a oponerse en Juicio de Tramitación Especial de Rectificación de Acta de Nacimiento, promovido por HILDA VEGA VALDEZ, por haberse asentado incorrectamente su nombre como María Hilda Vega Valdez, debiendo ser su nombre correcto y completo Hilda Vega Valdez. Quienes podrán intervenir en juicio mientras no exista sentencia ejecutoriada en expediente 2336/2013. ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Ene. 07 de 2014 ELC. SECRETARlO SEGUNDO M.C. Rosario Manuel López Ve/arde FEB. 5-7 R. No.478359 JUZGADO MIXTO DE PRlMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHO IX, SIN ALOA. EDICTO Convóquense quienes créanse con derecho a oponerse a Juicio de Tramitación Especial de Rectificación de la Acta de Nacimiento, promovido por LORETO IZAGUIRRE PALAFOX, para que en dicha acta de nacimiento se le asiente el nombre correcto de Loreto Izaguirre Palafox y no el incorrecto de Loreto del Rosario Izaguirre Palafox; interesados a oponerse cualquiera sea el estado del mismo, mientras no exista sentencia ejecutoriada. Exp. No. 12/2014. ATENTAMENTE Choix, Sin., Ene. 16 de2014 ELC. SECRETARlO DEAGUERDOS Lic. José Ángel Miranda Navarrete FEB. 5-7 R. No. 10008968 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUASAVE, SINALOA. EDICTO Miércoles 05 de Febrero de 2014 Convócase a quienes se crean con derecho a intervenir en Juicio de Rectificación de Acta de Matrimonio, promovido por ESTEBAN FLORES ÁLVAREZ, donde se asentó incorrectamente el nombre de la contrayente como Silvia Cebreros Aguilar, debiendo ser Silvia Luz Cebreros Aguilar, mientras no exista sentencia ejecutoria en Expediente 2243/2013. Guasa ve, Sin., Ene. 09 de 2014 LA C. SECRETARIA PRIMERA Lic. Maria de Jesús Joaquina Arregufn Moreno FEB.5-7 RNo. 116286 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE MOCORITO, SINALOA. E DICTO Convóquense quienes créanse con derecho oponerse a la modificación o rectificación de Acta de Matrimonio, promovido por BRAULIO TAVIZÓN GÁMEZ y MARÍA AURORA LÓPEZ CASILLAS, en contra del Oficial del Registro Civil 01 de esta ciudad de Mocorito, Sinaloa, ya que en la misma quedó asentado incorrectamente el nombre de la contrayente como AURORA LÓPEZ CASILLAS debiendo ser el correcto MARÍA AURORA LÓPEZ CASILLAS . Interesados presentarse a oponerse hasta no existir sentencia ejecutoriada expediente 05/2014. ATENTAMENTE Mocorito, Sin., Ene. 15 del año 2014 LAC. SECRETARÍA PRIMERA Lic. Reyna Margarita González Pérez FEB. 5 R No. 10142561 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE NAVOLATO, SIN ALOA. EDICTO Exp. No. 1640/2013 JUANA ARÉCHIGA LUGO, demanda Rectificación de Acta de Nacimiento aparece incorrecto fecha de nacimiento 17 de mayo de 1943 siendo correcta 17 DE MARZO DE 1943.-Llámese interesados oponerse a rectificación pudiendo intervenir en negocio mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Navolato, Sin., Dic. 11 de 2013 EL SECRETARIO SEGUNDO Lic. Jesús Villarreal Jiménez FEB.5-7 RNo.10142763 JUZGADO DE PRIMERAINSTANCIADELRAMO CIVILDELDISTRITOJUDICIALDENAVOLATO, SINALOA. «EL ESTADO DE SINALOA» 55 EDICTO Exp. No. 1787/2013 RITA GUADALUPE CAMACHO AVILÉS, demanda Rectificación de Acta de Nacimiento aparece incorrecto nombre Rita Guadalupe Camacho Avilez, siendo correcto con el que promueve ; asimismo incorrecta fecha de nacimiento 07 de febrero de 1974 siendo la correcta 17 DE FEBRERO DE 1974, igualmente asentó incorrectamente nombre progenitora María Luisa Avilez, siendo correcto MARÍA LUISA AVILÉS VALENZUELA.- Llámese interesados oponerse rectificación pudiendo intervenir en negocio mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Navolato, Sin., Dic. 19 de 2013 SECRETARIA TERCERA Lic. Carmen Alicia Espinoza Bojórquez FEB.5-7 RNo.10142769 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE NAVOLATO, SINALOA. EDICTO Exp. No. 1503/2013 GONZALO URQUIZABELTRÁN, demanda Rectificación de Acta de Nacimiento aparece incorrecto fecha de nacimiento 23 de noviembre de 1943, siendo correcta 10 de enero de 1943.Llámese interesados oponerse rectificación pudiendo intervenir en negocio mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Navolato, Sin., Dic. 04 de 2013 ELSECRETARIOSEGUNDO Lic. Jesús Vtllarreal Jiménez FEB.5-7 RNo.10142840 JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho a oponerse en Juicio Tramitación Especial por Rectificación de Acta de Nacimiento No. 00051, que promueve la C. ALEJANDRINA SALCIDO ESPINOZA por su propio derecho, en contra del C. Oficial del Registro Civil Número 003 de San Juan, San Ignacio, Sinaloa, para efecto de corregir y adecuar a la realidad social, el NOMBRE de la suscrita, el cual se asentó incorrectamente como ALEJANDRINA SALCIDO ASTORGA debiendo ser correcto ALEJANDRINA SALCIDO ESPINOZA. Acudir expediente 3051/2013 cualquier momento mientras no exista sentencia ejecutoriada. 56 «EL ESTADO DE SINALOA» ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Dic. 1Ode 2013 LA SECRETARIA SEGUNDA Lic. Marfa Guadalupe Valdez León FEB. 5-7 R No. 10142733 JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DE L DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho a oponerse en Juicio Tramitación Especial por Rectificación del Acta de Matrimonio No. 0004 de los ce. JOSÉ ANTONIO VARELA URAGA y BEATRIZ FÉLIX MATA promovido por su propio derecho en contra del C. Oficial 001 del Registro Civil de Culiacán, Sinaloa, para efecto de corregir y adecuar a la realidad social, el nombre del cónyuge el cual se asentó incorrectamente como ANTONIO VARELA URAGA debiendo ser el correcto JOSÉ ANTONIO VARELA URAGA . Acudir expediente 2797/2013 cualquier momento mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Nov. 25 de 2013 LASECRETARIATERCERA Lic. Rosa Elma Guerrero Vargas FEB.5-7 RNo. 10142691 JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho a oponerse en Juicio Tramitación Especial por Rectificación de las Actas de Nacimiento Nos. 1910, 151 352 y 00792 de los CC. CLAUDIA ELIZABETH LESLIA ZULEMA, DAISY JISSEL y HÉCTOR todos de apellidosACOSTARAMÍREZ, promovido por su propio derecho en contra de los CC. Oficiales 001 y O12 de los Registros Civiles de Culiacán, Sinaloa, para efecto de corregir y adecuar a la realidad social, el nombre de la madre de los suscritos, el cual se asentó incorrectamente como Clotilde Ramírez Salas y/o Clotilde Ramírez de Acosta debiendo ser el correcto MARÍA CLOTILDE RAMÍREZ SALAS. Acudir expediente 2980/2013 cualquier momento mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Nov. 27 de 2013 LASECRETARIATERCERA Lic. Rosa Elma Guerrero Vargas FEB.5-7 RNo.10142586 Miércoles 05 de Febrero de 2014 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERÁINSTANCIA DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho a oponerse en Juicio Tramitación Especial ~or Modificación de Acta de Nacimien o, promovido por: MARÍAFELÍCITAS LUJAN MEDINA, para efecto de que en la referida acta se corrija el nom~re de la promovente el cual aparece como: MARIA FELÍCITAS MEDINA, lo cual es incorrecto y en su lugar se asiente el nombre correcto, el cual es: MARÍAFELÍCITAS LUJÁN MEDINA, en Exp. No. 3111/2013, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada. Culiacán, Sin., Ene. 10.de 2014 SECRETARIA PRIMERA Lic. Rocío del Carmen Rubio Gión FEB. 5-7 R No. 10142560 JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SIN ALOA. EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho a oponerse en juicio Tramitación Especial por Rectificación de Acta de Nacimiento No. 02715 de la C. MARÍA DEL ROSARIO PÁEZ LEÓN, que promueven por su propio derechos en contra del C. Oficial 00 l del Registro Civil de Culiacán, Sinaloa, para efecto de corregir y adecuar a la realidad social, la fecha de nacimiento de la suscrita, la cual se asentó incorrectamente como 29 de julio de 1957 debiendo ser la correcta 29 de junio de 1958. Acudir expediente 3172/2013, cualquier momento mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Ene. 07 de 2014 EL SECRETARIO PRIMERO Lic. Ignacio Álvarez Lafarga FEB. 5-7 R. No. 10142836 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA, DISTRITO JUDICIAL DE SAN IGNACIO, SINALOA. EDICTO MARÍA LUISA LOAIZA PÉREZ, demanda al Ciudadano Oficial 05 del Registro Civil de Estación Dimas, San Ignacio, Sinaloa, por la Modificación de su nombre: MARÍA LUISA LOAIZA PÉREZ (Correcto), y no MARÍA LUISA LOAIZA PERAZA (Incorrecto)¡ así como, el nombre de su señora madre: FRANCISCA PÉREZ PARDO (Correcto) y no FRANqscA PERAZA (Incorrecto). Llámese interesados oponerse a la Miércoles 05 de Febrero de 2014 Modificación del Acta de Nacimiento, pudiendo hacerlo mientras no exista Sentencia Ejecutoriada.Expediente No. 280/2013. ATENTAMENTE San Ignacio, Sin., Ene. 9 de 2014 ACTUARIO EN FUNCIONES DE SECRETARIO DE ACUERDOS PORMIN1STERIO DE LEY Lic. Héctor Manuel Bastidas Rochfn FEB.5-7 R.No.10142589 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE MAZATLÁN, SINALOA. EDICTO Convocase a quienes créanse con derecho a oponerse en Juicio Tramitación Especial, por Rectificación de Acta de Nacimiento No. 140 de JULIO RÍOS ESPINO ZA, en contra del Oficial 03 del Registro Civil de El Quelite, Mazatlán, Sina!oa, por haberse asentado incorrectamente el nombre del promovente como JULIÁN RÍOS ESPINOZA, cuando lo correcto es JULIO RÍOS ESPINOZA. Llámese interesados oponerse a las Rectificaciones, acudir expediente número 2038/ 2013 , pudiendo intervenir mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Ene. 13 de2014 LA C. SECRETARIA SEGUNDA DE ACUERDOS Lic. Myrna C/1ávez Pérez FEB. 5-7 R. No. 558240 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE MAZATLÁN, SINALOA. EDICTO Convocase a quienes créanse con derecho a oponerse en Juicio Tramitación Especial, por Rectificación de Acta de Nacimiento No. 1210 del promoventeALEJANDRO VALDEZ OSUNA, en contra del Oficial 09 del Registro Civil de Mazatlán, SinaJoa, por haberse asentado incorrectamente el nombre del promovente como Alejandra Valdez Osuna, cuando Jo correcto es ALEJANDRO VALDEZ OSUNA, al igual que la fecha de nacimiento se asentó como 07 siete de octubre de 1961, cuando lo correcto es 24 de abril de 1956, de igual manera, se asentó el sexo femenino, cuando Jo correcto es sexo masculino. Llámese interesados oponerse a las Rectificaciones, acudir expediente número 2326/2013, pudiendo intervenir mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Ene. 06 de 2014 LAC. SECRETARIASEGUNDADEACUERDOS Lic. Myrna Chávez Pérez FEB. 5-7 R. No. 558246 «EL ESTADO DE SINALOA» 57 JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIA R DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA. EDICTO Convócase a quienes se crean con derecho a oponerse en el Juicio de Tramitación Especial, por la Rectificación de Actas de Nacimiento número 00025, 00020y00103, levantadas por el C. Oficial del Registro Civil 03 de El Quelite, Mazatlán, Sinaloa, promovido por los CC. JESÚS ESTANISLAO PÁEZ VELÁZQUEZ, NALLELY NOHEMÍ y JESÚS ambos de apellidos PÁEZ ARELLANO, en primer lugar donde se asentó incorrectamente Westanislao Páez Morales siendo lo correcto JESÚS ESTANI SLAO PÁEZ VELÁZQUEZ, los nombres de los progenitores como Amulfo Páez y Victoria Morales, siendo los correctosARNULFO PÁEZ OSUNA y VICTORIA VELÁZQUEZ MORALES, en segundo lugar se asentó de manera incorrecta Jesús Estanislao Páez V. y TeresaArellano V., siendo lo correcto JESÚS ESTANISLAO PÁEZ VELÁZQUEZ y TERESA ARELLANO VELÁZQUEZ y por último se asentó incorrectamente Jesús Páez Velázquez y Teresa Arellano V., siendo lo correcto Jesús Estanislao Páez Velázquez y Teresa Arellano Velázquez, radicado bajo el expediente número 2177/2013, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Nov. 26 de 2013 C. SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS FEB. 5-7 Lic. Mónica Tirado Oval/e R. No. 558424 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SIN ALOA. EDICTO Convocase a quienes créanse con derecho a oponerse en juicio Tramitación Especial, por Rectificación de Acta de Nacimiento No. 00378 de la promovente ISABEL RAMÍREZ MORENO, en contra del Oficial del Registro Civil de Villa Unión, Mazatlán, S inaloa, por haberse asentado erróneamente su nombre como ISABEL MELENDRES MORENO, siendo correcto ISABEL RAMÍREZ MORENO. Asimismo se asentó incorrecto el nombre de su padre como LEONARDO MELENDRES OSUNA, cuando lo correcto es LEONARDO RAMÍREZ OSUNA. Llámese interesados oponerse a las Rectificaciones, acudir expediente número 2233/ 2013, pudiendo intervenir mientras no exista sentencia ejecutoriada. Miércoles 05 de Febrero de 2014 58 «EL ESTADO DE SINALOA» ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Dic. 20 de 2013 LAC. SECRETARIASEGUNDADEACUERDOS Lic. Myrna Chávez Pérez FEB. 5-7 RNo.10142859 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA. EDICTO Convocase a quienes créanse con derecho a oponerse en Juicio Tramitación Especial, por Rectificación de Acta de Nacimiento No . 1208 de la promovente MARÍA PLASCENCIA CERVANTES, en contra del Oficial 09 del Registro Civil de Mazatlán, Sinaloa, por haberse asentado erróneamente su nombre comoAngelita Placencia Cervantes, siendo correcto María Plascencia Cervantes. Llámese interesados oponerse a las Rectificaciones, acudir expediente número 1651/ 2013 , pudiendo intervenir mientras no exista .sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Ene. 06 de 2014 LA C. SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS Lic. Alma Bricia Astorga Ramirez FEB. 5-7 R. No. 559289 FEB.5-7 R No. 10012612 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ESCUINAPA, SIN ALOA. EDICTO Convóquese quienes créanse con derecho a oponerse a TRAMITACIÓN ESPECIAL, RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, número 00091, promovido por MARÍA DEL SOCORRO LÓPEZ GURROLA en contra del C. OFICIAL 04 DEL REGISTRO CIVIL DE LA SINDICATURA DE TEACAPÁN, PERTENECIENTE A ESTA MUNICIPALIDAD DE ESCUINAPA, SINALOA, para efecto de que se asiente correctamente su nombre correcto que lo es el de MARÍA DEL SOCORRO LÓPEZ GURROLA, y no el que aparece en su acta nacimiento, como incorrectamente el de MARIA DEL SOCORRO LÓPEZ B.; presentarse a oponerse en cualquier estado del juicio, antes de que exista sentencia ejecutoriada, expediente número 848/ 20 13. ?e Escuinapa, Sin., Dic. 09 de 2013 SECRETARIO SEGUNDO Lic. Juan Carlos Osuna Lizárraga FEB.5-7 R. No.10012610 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ESCUINAPA, SIN ALOA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DELDISTRil'O JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO Convóquese quienes créanse con derecho a oponerse a TRAMITACIÓN ESPECIAL , RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, número 00060, promovido por ÓSCAR MANUEL DOMÍNGUEZ GARCÍA y MARÍA EVANGELINA NAVARRO RODRÍGUEZ, en contra del C. OFICIAL 01 DELREGISTROCIVILDEESTACIUDADDE ESCUINAPA, SINALOA, para efecto de que se asiente correctamente el nombre correcto del contrayente como el de ÓSCAR MANUEL DOMÍNGUEZ GARCÍA, y no el que aparece en su acta de matrimonio como incorrectamente el de ÓSCAR MANUEL DOMÍNGUEZ LÓPEZ; se asiente correctamente el nombre correcto de la contrayente, como el de MARÍA EVANGELINA NAVARRO RODRÍGUEZ, y no el que aparece en su acta de matrimonio, como incorrectamente el de EVANGELINA NAVARRO RODRÍGUEZ, presentarse a oponerse en cualquier estado del juicio, antes de que exista sentencia ejecutoriada, expediente número 756/2013. EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho a oponerse en juicio Tramitación Especial por Rectificación de Acta de Nacimiento, promovido por: GUADALUPE V ÁZQUEZ MEDINA, para efecto de que en la referida acta se corrija el nombre de la promovente el cual aparece como: GUADALUPE V ÁSQUEZ MEDINA, lo cual es incorrecto y en su lugar se asiente el nombre correcto, el cual es : GUADAL\)PE V ÁZQUEZ MEDINA, en Exp. No. 3275/2013, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Escuinapa, Sin., Nov. 06 de 2013 SECRETARIO SEGUNDO EDICTO Convocase a quienes se crean con derecho a oponerse al Juicio Tramitación Especial por la Rectificación del Acta de Nacimiento número 0004 7, Lic. Juan Carlos Osuna Lizárraga Culiacán, Sin., Dic. 24 de 2013 SECRETARIA SEGUNDA Lic. Abigail Noriega Félix FEB.5-7 RNo. 10143421 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA, DEL DISTRITO JUDICIAL DE COSALÁ, SINALOA. Miércoles 05 de Febrero de 2014 levantada en fecha 03 del mes de Mayo del afio 1952, promovido por ANTONIA FÉLIX ZAZUETA, entablado en contra del Oficial del Registro Civil 02 (Cero, Dos), de La llama, (Comedero), Cosalá, Sinaloa, asentado Antonia Zazueta (incorrecto), debiendo ser lo correcto con el que promueve.Expediente número 1/2014, pudiendo intervenir en el negocio cualquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Cosalá, Sin., Ene. 22 de 2014 LAC. SECRETARIADEACUERDOS Lic. María Luisa Otá11ez Sarabia FEB. 5-7 R No. 10143508 JUZGADO CUARTO DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO DE REMATE Que en el Expediente número 1345/2005 . relativo al juicio SUMARIO CIVIL HIPOTECARIO, promovido ante este Juzgado por MIGUEL RAMOS AMARILLAS en contra de EMILIO CERVANDO RAMÍREZ CORNEJO, JOSÉ FORTINO RAMÍREZ CORNEJO y ALMA ESPERANZA RAMÍREZ CORNEJO se ordenó sacar a remate y en PRIMERA ALMONEDA los siguientes bienes inmuebles y visto que la parte que hoy promueve manifiesta desconocer el domicilio de los acreedores Hermilio Angulo Rodríguez, Rodolfo Arturo Camacho Rodelo, María Guadalupe Meza Cárdenas, Antonio Calvo Núñez, es que se ordena notificarle el estado de ejecución que guarda el presente expediente para que intervenga en la subasta si así le conviniere, bienes que continuación se describen : Lote 1).- Lote de terreno urbano y casahabitación, ubicado en calle Rafael Buelna #433 oriente colonia Centro de esta Ciudad, con una superficie de 208.32 metros cuadrados, y una superficie de construcción de 159.41 metros cuadrados, registrado bajo la inscripción número 00061 , del libro 001329 de La Sección 1del Registro Público de la Propiedad de esta municipalidad, mismo que cuenta con las siguientes medidas y colindancias: NORTE: 11 .20 metros linda con resto de la propiedad que pasará a nombre de los hermanos Ramírez Cornejo. SUR: 11 .20 metros linda con calle Rafael Buelna. ORIENTE: 18.60 metros linda con lote 40 propiedad de la señora Carmen Tolosa de Acosta. PONIENTE: 18.60 metros linda con resto de la propiedad que pasará a nombre de los hermanos Ramírez Cornejo. Es postura legal para el remate la cantidad de $800,000.00 (OCHOCIENTOS MIL PESOS 00/ 100 MONEDA NACIONAL), importe de las dos terceras partes del avalúo pericial. «EL ESTADO DE SINALOA» 59 Lote 2).- Lote de terreno urbano y casahabitación, ubicado en Boulevard Niños Héroes; sin número, de la colonia Centro de esta Ciudad, con una superficie de 1, 777 .23 metros cuadrados y una superficie construida de 339.59 metros cuadrados, registrado bajo la inscripción número 00061, del libro 001329 de La Sección I del Registro Público de la Propiedad de esta municipalidad, el cual cuenta con las siguientes medidas y colindancias: NORTE: 21.35 metros, linda con Malecón Niños Héroes. SUR: 11 .20 metros, linda con propiedad que pasará a nombre de Alma Esperanza Ramírez Cornejo, además 9.75 metros linda con calle Rafael Buelna. ORIENTE: 74.28 metros linda con Carlos Acosta Tolosa y Carmen To losa de A costa. PONIENTE: 93 .12 metros linda con Alejandro Sánchez R. y Juan Silva Zazueta. Es postura legal para el remate la cantidad de $6'472,000.00 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA YDOS MIL PESOS 00/ l 00 MONEDA NACIONAL), importe de las dos terceras partes del avalúo pericial. La almoneda tendrá verificativo en el local que ocupa este Juzgado a las 13 :00 HORAS DEL DÍA CINCO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL CATORCE. Se Solicitan Postores. ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Feb. 4 de 2014 SECRETARIO PRIMERO Lic. Jorge Luis Medina Gutiérrez FEB.5 R.No.10142234 JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO DE REMATE Que en el Expediente número 1049/2011, formado al juicio SUMARIO CIVIL HIPOTECARIO, promovido por METROFINANCIERA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA, quien a su vez es apoderada de ABN AMRO BANK (MÉXICO), SOCIEDAD ANÓNIMA , INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, DIVISIÓN FIDUCIARIA, como fiduciaria en el fideicomiso irrevocable «MTROCB 08U», con número F/339, en contra de ALONSO FAVELA VELÁZQUEZ, se ordenó sacar a remate en TERCERAALMONEDA, con la rebaja del 10% prevista por la ley, el bien inmueble que a continuación se describen: Bien inmueble a rematar, consistente en Lote de terreno urbano y construcción edificada sobre el mismo, identificado con el número 05, Manzana 37, Calle San Bartolomé #3150, Colonia Los Ángeles IV, de esta Ciudad, Culiacán, Sinaloa. 60 «EL ESTADO DE SINALOA» Miércoles 05 de Febrero de 2014 Inscrito en el Registro Público de la Propiedad, bajo la Inscripción #00019, Libro 001572 de la Sección Primera, con medidas y colindancias; AL NORTE: 16.68metros, lindaconLote#6;ALSUR: 16.69 metros, linda con Lote #4;ALORIENTE: 6.00 metros, linda con propiedad privada; AL PONIENTE: 6.00 metros, linda con Calle San Bartolomé; Superficie Total de Terreno: 100.14 metros cuadrados. Superficie Total de Construcción: 42 .32 metros cuadrados. y colinda con lote 19; inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del municipio de Ahorne, bajo inscripción 122, libro 466, ~ección Primera, a nombre de DAGOBER110 RODRIGUEZ GARCÍA. Es postura legal para el remate la cantidad de $151, 199.99 (CIENTO CINCUENTA YUN MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE PESOS 99/ 100 MONEDA NACIONAL), importe de las dos terceras partes del avalúo pericial que obra en autos, una vez hecha la rebaja del l 0% prevista por la Ley. La Almoneda tendrá verificativo en el local de este Juzgado, a las DOCE HORAS DEL DÍA DIECISIETE DEL MES DE FEBRERO DOS MIL CATORCE. La almoneda tendrá verificativo en el local de este Juzgado a las 13 :00 horas del día 24 veinticuatro de febrero del año 2014 dos mil catorce, Sito en Avenida Lázaro Cárdenas 891 Sur, 'Colonia Centro Sinaloa, Palacio de Justicia, Culiacán, Sinaloa. Se solicitan Postores. FEB.5 ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Dic. 09 de 2013 LA SECRETARIA PRIMERA Lic. Ireri Paola Ellas Ochoa RNo.10142575 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE LOS MOCHIS, SINALOA, UBICADA EN UNIDAD ADMINISTRATIVA, SITO POR CALLES MARCIALORDÓÑEZY ALLENDE. EDICTO DE REMATE PRIMERAALMONEDA: SE CONVOCA POSTORES Que en el Expediente número 247/2008, relativo a juicio SUMARIO CIVIL HIPOTECARIO, promovido por el INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, en contra de DAGOBERTO RODRÍGUEZ GARCÍA y ROCÍO ZAVALA URIARTE, el Juez ordenó sacar a remate el siguiente bien inmueble: Finca Urbana, identificada como casahabitación por la Avenida Garza Romero número 2065 (dos mil sesenta y cinco), lote 20, manzana 05, ubicada en el Fraccionamiento Terranova de esta Ciudad de Los Mochis, con superficie de 104.00 metros cuadrados con las siguientes medidas y colindancias; AL NORTE: 6.50 metros y colinda con Avenida Garza Romero; AL SUR: 6.50 metros y colindaconlote 17;ALORIENTE: 16.00metros y colinda con lote 21 y AL PONIENTE: 16.00 metros Siendo postura legal para este Inmueble la cantidad de $180,666.66 (CIENTO OCHENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS 66/l 00 MONEDA NACIONAL), importe de las dos terceras partes del avalúo pericial total practicado. ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Dic. 18 de 2013 EL SECRETARIO PRIMERO Lic. Eduardo Santos Valenzuela FEB.5 R.No.10143128 1 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR, DEL DISTRITO JUDICIAL DE AHOME, SINALOA. EDICTO Expediente número 1817/2012, relativo a Diligencias que en Vía de JURISDICCIÓN VOLUNTARIA, promovió MARÍA1 SARA ROCHA • LOPEZ, con el objeto de que se declare el Estado de Interdicción de ELVIAAYALA ROCHA, el día 18 dieciocho de septiembre de 2013 dos mil trece, se dictó sentencia y sus puntos resolutivos son como siguen: PRIMERO:- Ha sido procedente la Vía de Jurisdicción Voluntaria intentada por MARÍA SARA ROCHA LÓPEZ, con el objeto de obtener la declaración del Estado de Interdicción de su hija ELVAAYALAROCHA. SEGUNDO.- Tomando en cuenta el Dictamen Médico emitido por los Doctores JORGE LUIS CALDERÓN GAMA, MIGUEL MENDOZA BARRAZA y MARÍA GENOVEVA HERNÁNDEZ FÉLIX, se declara judicialmente el Estado de Interdicción de ELVA AYALAROCHA. TERCERO.- U9a vez que cause ejecutoria la presente sentencia, llámese al ejercicio de la tutela de la persona declarada en estado de interdicción, a quienes corresponda conforme a la Ley. CUARTO.- Se ordena prevenir tanto al Tutor como al Curador Definitivo, que se le designen a ELVAAYALAROCHA, para que cumplan de manera voluntaria con todas las obligaciones que la Ley establece en los numerales 538, 627 y demás relativos que tengan aplicabilidad en el Código Civil Vigente en la Entidad, a la fecha de la presentación de la demanda, con el apercibimiento que de no dar cabal cumplimiento a sus deberes en la forma estrictamente señalada en la citada Miércoles 05 de Febrero de 2014 codificación, se harán acreedores a todas y cada una de las medidas de apremio establecidas por la Ley. QUINTO.- Publfquese los presente resolutivos de la presente resolución en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa y El Debate de esta Localidad, por 03 tres veces de 03 tres en 03 tres días, en los términos del artículo 925 del Código de Procedimientos Civiles en Vigor para el Estado.Notifiquese y Cúmplase.- Lo sentenció y firmó la Ciudadana Licenciada ELIZABETH MIRANDA CASTRO, Jueza Primera de Primera Instancia de lo Familiar, del Distrito Judicial de Ahorne, con residencia en esta Ciudad, por ante el Secretario que autoriza y da fe. ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Oct. 23 de 2013 SECRETARIO PRIMERO Lic. Casiano Gutiérrez Verdugo FEB.3-5-7 RNo.10142315 JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE AH OME. EDICTO C. JAIME RAMOS VALENZUELA Domicilio Ignorado. Se le notifica con fundamento en el Artículo 789 del Código Procesal Civil, Juicio Ordinario Civil de Pérdida de la Patria Potestad de las personas menores de edad de nombres JAIME ISAAC RAMOSSERNAyAYLINAYMERAMOSSERNA, promovido por la C. AYME MARISA SERNA GUERRERO, en contra del C. JAIME RAMOS VALENZUELA, se les emplaza para que dentro del término de (09) nueve días hábiles, contados a partir del día siguiente hecha la última publicación, produzcan contestación a dicha demanda, en el Expediente número 1777/2013. Quedan a su disposición en la Secretaría de este Juzgado las copias de traslado correspondientes. ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Nov. 27 de 2013 LA C. SECRETARIA PRIMERA M.C. Susann So/fa Meléndrez Gil FEB.3-5-7 R.No.477698 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO ROSAAIDÉGONZÁLEZ ORTEGA. Domicilio Ignorado. EnExp. No. 874/2011 ,juiciopor DNORCIO CONTENCIOSO, seguido en su contra por ENRIQUE GALAVIZ FLORES, con fecha 15 quince «EL ESTADO DE SINALOA» 61 de noviembre del afio en curso, se dictaron los puntos resolutivos que en su parte relativa dicen : Primero: La parte actora acreditó su acción, la parte demandada no compareció a juicio. Segundo: Se decreta el divorcio de Enrique Galaviz Flores y Rosa Aidé González Ortega, y consecuentemente queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día 28 veintiocho de Diciembre de 1992 mil novecientos noventa y dos, bajo acta número 1216 mil doscientos dieciséis, del libro 06 seis, ante el Oficial del Registro Civil número 16 de Culiacán, Sinaloa, dejándolos en absoluta libertad de contraer nuevas nupcias si así lo desean . Tercero: Se declara disuelta la sociedad conyugal, régimen adoptado por los contendientes al celebrar su matrimonio el cual hoy termina, dejándose su liquidación para ejecución de sentencia. Cuarto: Ejecutoriada que sea esta resolución, remítase copia fotostática certificada de la sentencia y del auto que así la declare al Oficial del Registro Civil aludido en el resolutivo segundo mediante oficio según lo mandatado por el numeral 123 del Código Procesal Civil y para efectos que señalan los artículos 114, 115, l 16y 291 del Código Civil ambos ordenamientos vigentes en el Estado de Sinaloa. Quinto: Notifíquese la presente resolución a la actora en los términos del numeral 118 fracción VI y a la parte demandada en Jos términos de los preceptos 119 y 629 ambos del Código de Procedimientos Civiles. Sexto: Finalmente no se hace especial condenación en costas, por no darse ninguno de los supuestos que prevé el artículo 141 del Código Procesal Civil. Así lo resolvió y firmó el Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Familiar de este Distrito Judicial, por ante la Secretaría Segunda de Acuerdos que actúa y da fe. Culiacán, Sin., Dic. 23 de 2013 C. SECRETARIA SEGUNDA Lic. Abigail Noriega Félix FEB.3-5 RNo. 10142470 JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE MAZATLÁN, SINALOA. EDICTO C. EUNICE ELIZABETH PAREDES ZAMUDIO Domicilio Ignorado. Notifíquesele con fundamento en los artículos 119 y 629 del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado, relativo al Juicio Ordinario Civil Divorcio Contencioso, en el Expediente número 1081/2012, entablada en su contra por el C. MARIO FIGUEROA MEDINA. RESUELVE.- PRIMERO.-EI actor MARIO FIGUEROA MEDINA, probó su pretensión de Miércoles 05 de Febrero de 2014 62 «EL ESTADO DE SINALOA» Divorcio Contencioso basado en la causal XVIII del numeral 267 del Código Civil Vigente en el Estado de Sinaloa. La demandada EUNICE ELIZABETH PAREDES ZAMUDIO, no compareció ajuicio. SEGUNDO.- En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial celebrado por los señores MARIO FIGUEROA MEDINA y EUNICE ELIZABETH PAREDESZAMUDIO, el día 14 catorce de Diciembre del año 1986 mil novecientos ochenta y seis, ante el Ciudadano Oficial 08 ocho del Registro Civil de El Roble, Mazatlán, Sinaloa, asentado bajo el acta número 69 sesenta y nueve, libro O1 primero, dejándolos en absoluta libertad de contraer nuevas nupcias si así lo desean. TERCERO.- Se da por TERMINADA LA SOCIEDAD CONYUGAL, régimen adoptado por los contendientes al celebrar su matrimonio el cual hoy termina, dejándose su liquidación para ejecución de sentencia con todas sus consecuencias jurídicas, rindiéndose el inventario y las cuentas si las hubiese, ello con fundamento en el artículo 197 de la Ley Sustantiva Civil Vigente en el Estado de Sinaloa. CUARTO.- Una vez que cause ejecutoria la presente resolución, remítase copia certificada de la misma el Ciudadano Oficial 08 ocho del Registro Civil de El Roble, Mazatlán, Sinaloa, para que proceda a efectuar las anotaciones de Ley, levante el acta correspondiente y publique un extracto de la resolución durante quince días en las tablas destinadas al efecto, lo anterior en cumplimiento a los artículos 114, 116 291 del Código Civil Vigente en el Estado. QUINTO.- No se hace especial condena al pago de costas, atento a que no se actualizan ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 141 del Código Adjetivo de la materia. Así lo resolvió y firmó el Ciudadano Licenciado MIGUELÁNGELCASTAÑEDA SILVA, Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo de lo Familiar de este Distrito Judicial, por ante la Ciudadana Licenciada MÓNICA TIRADO O VALLE, Secretaria Primera de Acuerdos con que actúa y da fe. ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Nov. 25 de 2013 SECRETARIAPRIMERADEACUERDOS FEB. 3-5 Lic. Mónica Tirado Oval/e R. No. 10142545 Clase de Juicio: Ordinario Civil Prescripción Domicilio: Ignorado. Por medio de este edicto se notifica a la parte demandada LINGAy COMPAÑÍA S.C., de la demanda interpuesta en su contra, quien tiene su domicilio ignorado, a fin de que produzca contestación dentro del término de 9 Nueve Días, que contarán a partir del décimo día de hecha la última publicación del edicto, previniéndose le a la demandada, para que en su primer escrito señale domicilio y autorizados para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad y para este Expediente, apercibida que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones y citaciones, se le · harán en Ja forma prevista por la Ley, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado las copias de traslado relativas al Expédiente 579/2013. Artículos 119, 119 bis y 629 del Código de Procedimientos Civiles. ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Ene. 7 de2014 LAC. SECRETARIAPRIMERADEACUERDOS Lic. Maria del Rosario Garzón Duarte FEB. 3-5 R. No. 557751 JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIARDELDISTRITO JUDICIAL DE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO C. MARTÍN EDUARDO Á VILA CASTRO Domicilio Ignorado. Notifíquesele con fundamento en el artículo 119 del Código Procesal Civil demanda en la vía SUMARIA CIVIL POR EL OTORGAMIENTO DE UNA PENSIÓN ALIMENTICIA, promovida por GRISELDALIZETTE QUEVEDO ANGULO, a la cual se les emplaza para que dentro del término de 07 siete días, contados a partir del décimo día de hecha la última publicación produzca contestación a la demanda interpuesta en su contra. Acudir a Expediente 1086/2013. Queda a disposición de la Secretaría de este Juzgado copias de traslado. ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Dic. 04 de 2013 EL SECRETARIO TERCERO Lic. Héctor Fernando Gámez Eng. R. No. 1O142321 FEB. 3-5 JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA. EDICTO Expediente No. 579/2013 Actor: AMADO GUZMÁN WOLFSKILL Demandado: LINGAyCOMPAÑÍAS.C. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DELOFAMILIARDELDISTRITOJUDICIALDE CULIACÁN, SINALOA. EDICTO Convóquese a quienes créanse con derecho a oponerse en Juicio Tramitación Especial por Rectificación de Acta de Matrimonio, promovido Miércoles 05 de Febrero de 2014 por: PAULA FERNÁNDEZ LOZANO, para efecto de que se corrija en la referida acta el nombre de él: Francisco Salazar Acosta, el cual es incorrecto y se asiente en la referida acta el nombre correcto, el cual es: FRANCISCO A COSTA, asimismo, se corrija el nombre de ella: Paula Fernández Beltrán, el cual es incorrecto y se asiente en la referida acta el nombre correcto, el cual es: Paula Fernández Lozano, en Exp . No. 3355/2013, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Culiacán, Sin., Ene. 1Ode2014 SECRETARIA SEGUNDA FEB.3-5 Lic. Abigail Noriega Félix R. No. 10142437 JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAZATLÁN, SINALOA. EDICTO Convóquese a quienes se crean con derecho a oponerse en el Juicio de Tramitación Especial por la Rectificación de Acta de Nacimiento, número 00158, levantada por el C. Oficial 09 de Mazatlán, Sinaloa, promovido por la C. GUADALUPE LUNA CAÑEDO, donde se asentó Incorrectamente la fecha de nacimiento como 11 once de Enero de 1945, siendo lo Correcto 07 siete de Enero de 1945, radicado bajo el Expediente número 1918/20 13, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE Mazatlán, Sin., Oct. 21 de 2013 SECRETARIASEGUNDADEACUERDOS Lic. Claudia Leticia Angulo Quintero FEB. 3-5 R. No. 557770 JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE AH O ME, CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD DE LOS MOCHIS, AH O ME, SIN ALOA. EDICTO Convocase a quienes créanse con derecho a oponerse en Juicio de Tramitación Especial por Rectificación de Acta de Nacimiento, promovido por MELITÓN OSUNA ROBLES, por haberse asentado incorrectamente el nombre de la conyugue mujer como Evangelina Gastélum Nafarrete, debiendo ser su nombre completo y correcto Evangelina Gastélum Rivera. Quienes podrán intervenir en juicio mientras no exista sentencia ejecutoriada en Expediente número 238112013. «EL ESTADO DE SINALOA» 63 ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Ene. 09 de 2014 LA C. SECRETARIA PRIMERA Lic. Susann Sofía Meléndrez Gil FEB.3-5 R.No.477513 JUZGADO DEPRIMERAINSTANCIADELRAMO MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE ELOTA, CON RESIDENCIA EN LA CRUZ, SIN ALOA. EDICTO Convocase a quienes se crean con derecho a oponerse en el Juicio de Tramitación Especial por la Rectificación de Acta de Nacimiento de MARTHA VIRGINIASÁMANO BENÍTEZ, donde se asentó incorrectamente su nombre como Virginia Sánchez Benítez, asimismo el nombre de los padres se asentó erróneamente como José S. Sánchez y Pastora Benítez, debiendo ser José Sámano Sánchez y Pastora Benítez Rodríguez, número 310/2013, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE La Cruz, Sin., Ene. 07 de 2014 SECRETARIA DE ACUERDOS Lic. Rosa Argelia Zazueta Zamudio R. No. 10142451 FEB.3-5 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO CIVILDELDISTRITOJUDICIALDEELFUERTE, SIN ALOA. EDICTO Convócase quienes créanse derecho oponerse Juicio Tramitación Especial Rectificación Acta de Nacimiento de BERTHA ALICIA QUINTANA AR.MENTA, promovido por ésta misma, efecto asentar su nombre correcto que lo es Bertha Alicia QuintanaArmenta y no el incorrecto BerthaAlicia Quintana Robles, y el nombre correcto de su señora madre Berta Armenta Robles y no el incorrecto como Bertha Robles Armenta, en Expediente 857/2013, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE El Fuerte, Sin., Nov. 21 de 2013 SECRETARIA PRIMERA FEB. 3-5 Lic. Ga/ia Sandoval Valencia R. No.10142501 JUZGADO DE PRIMERAINSTANCIADELRAMO CIVILDELDISTRITOJUDICIALDEELFUERTE, SINALOA. EDICTO Convocase quienes créanse derecho oponerse Juicio Tramitación Especial Rectificación Miércoles 05 de febrero de 2014 64 «EL ESTADO DE SINALOA» Acta de Nacimiento de MARÍA GUADALUPE PADILLA QUINTERO, promovido ésta misma, efecto asentar su nombre correcto que lo es de María Guadalupe Padilla Quintero, y no el incorrecto que lo es Guadalupe Padilla Quintero, en el Expediente número 803/2013, quienes tendrán derecho a intervenir en el negocio, cualesquiera que sea el estado del mismo mientras no exista sentencia ejecutoriada. ATENTAMENTE El Fuerte, Sin., Oct. 23 de 2013 SECRETARIA PRIMERA Lic. Galia Sandoval Valencia FEB. 3-5 R. No. JO 142526 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA, DISTRITO JUDICIAL DE SAN IGNACIO, SINALOA. EDICTO GUADALUPE SÁNCHEZ ZAMORA, demanda al Ciudadano Oficial Ol del Registro Civil de San Ignacio, Sinaloa, por la Modificación de su nombre: GUADALUPE SÁNCHEZ ZAMORA (Correcto), y no María Guadalupe Zamora (Incorrecto); así como, el nombre de su señor padre: Trinidad Sánchez Santos (Correcto), el cual se omitió . Llámese interesados oponerse a la Modificación del Acta de Nacimiento, pudiendo hacerlo.mientras no exista Sentencia Ejecutoriada. Expediente No. 235/2013. ATENTAMENTE San Ignacio, Sin., Nov. 06 de 2013 SECRETARIADEACUERDOS Lic. Rosa/inda Fonseca Sánchez FEB.3-5 R.No. 10143470 AVISOS NOTARIALES EDICTO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 7°, 8°, 9°, y 10°, de la Ley de Regularización de Predios Rurales del Estado de Sinaloa, se hace saber, a quienes resulten interesados que ante la Notaría pública número 143, a cargo del Licenciado ANTONIO ÓSCAR OJEDA BENÍTEZ, notario público número 106 en el Estado , ubicada en la Ciudad de Los Mochis , Sinaloa, SE ESTÁ TRAMITANDO UNAREGULARIZACIÓNDE UN PREDIO RURAL PROMOVIDO POR SR. PEDRO BOJÓRQUEZMICHEL. DATOS DEL PREDIO Denominación del predio « Nuestra Señora de los Dolores» UBICACIÓN, Sindicatura de Villa Gustavo Dfaz Ordaz con una superficie: 04-54-99.00 Hectáreas MEDIDAS Y COLINDANCIAS . AL NORTE.296.80 Metros con Terreno Nacional AL SUR.353 . 17 Mts.- En línea Quebrada con Terreno Nacional AL OTE.- 80.28 Mts. Con Terreno nacional AL PTE.- 159.48 Mts. Con Terreno Nacional. Destino o uso del predio: Agostadero salitroso de mala calidad. Se otorga a Jos posibles interesados un plazo de 8 ( ocho), días naturales contados a partir de la publicación de este edicto, en el Periódico Oficial « El Estado de Sinaloa» , y en la Sindicatura de VILLA GUSTAVO DÍAZ ORDAZ, perteneciente al Municipio de Ahorne, Sinaloa, para que comparezca ante esta Notaría a oponerse fundamentalmente a la solicitud de presentada. ATENTAMENTE Los Mochis, Sin., Ene. 16 de 2014 Lic. Antonio Óscar Ojeda Benítez Notario Público No. 106 FEB.5 EDICTO Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 7°, 8°, 9° y l Ode la Ley de Regularización de Predios Rurales del Estado de Sinaloa, se hace saber a quienes se resulten interesados que ante la Notaría Pública No. 89, a cargo del licenciado FERNANDO IRÍZAR LÓPEZ, Notario Público No. 89 en el Estado, ubicada en ROSALES Y GUERRERO INT. NUM. l, COL. CENTRO DE ESTA . CD. DE GUAMÚCHIL, SIN ALOA., SE ESTÁ TRAMITANDO LA REGULARIZACIÓN DE UN PREDIO RURAL PROMOVIDO POR EL Sr. (a): SAMUEL LÓPEZ CAMPOS. Datos del predio objeto del procedimiento de regularización: Denominación del predio : CHINOS Y BRASILES; Ubicación, SINDICATURA DE VILLA BENITO JUÁREZ, con superficie: 1,334.00 M2 . Con una superficie construida de : 166.70 M2. Medidas y colindancias: NORTE: 33.35 MTS CON CALLE RAMÓN CERVANTES LEÓN; SUR: 33 .35 MTS CON ANTONIO AGUILAR RENTERÍA; ESTE: 40.00 MTS CON RAÚL LÓPEZ CAMPOS; OESTE: 40.00 MTS CON AV. IGNACIO ZARAGOZA. CLAVE CATASTRAL: 006-005-002001-002. Destino o uso del predio: Agrícola (X) De temporal. Se otorga a los posibles interesados a un plazo de 8 (ocho) días naturales, contados a partir de la publicación de este edicto en el periódico oficial «El Estado de Sinaloa» y en la Sindicatura de VILLA BENITO JUÁREZ, perteneciente al municipio SALVADOR ALVARADO para que comparezcan ante esta Notaria a oponerse fundadamente a la solicitud presentada. ATENTAMENTE Salvador Alvarado, Sin., Ene. 24 de 2014 Lic. Fernando Irfzar López NOTARIO PÚBLICO No. 89 FEB.5