SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL

Transcripción

SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL
SECRETARIA DE FOMENTO
DE LA HABITACIÓN
SINDICATO NACIONAL DE
TRABAJADORES DEL SEGURO SOCIAL
SECCIÓN SINDICAL XXXIV DEL D. F.
ENF. AMPARO ROSAS HERNÁNDEZ
SECRETARIO GENERAL
INH. Hortensia Alonso Morón
SECRETARIO DE FOMENTO DE LA HABITACIÓN
Esta Secretaría llevan a cabo todos los tramites
relacionados con el otorgamiento de Créditos,
tal como lo marcan las Clausulas 81 y 81 Bis del
Contrato Colectivo del Trabajo.
LINEAMIENTOS:
Los créditos se otorgan
únicamente mediante
un sorteo, los cuales
se realizan previa
convocatoria planteada
por esta Secretaría.
Para poder participar en el sorteo, deberá
cumplir con los siguientes requisitos:
Ser trabajador de base.
Antigüedad efectiva de 5 años para
Crédito Hipotecario y 3 años para Crédito
Personal a Mediano Plazo.
No podrán participar los trabajadores
que tengan en recuperación los
siguientes conceptos:
106 Enganche de Casa Habitación
130 Crédito Hipotecario
136 Crédito Personal a Mediano Plazo
155 Disposición Judicial
La inscripción se llevara a cabo en la
Secretaria de Fomento de la Habitación.
Deberá
presentar
original
y
copia
debidamente recortada del tarjetón solicitado
en la convocatoria.
A la hora del registro el trabajador deberá
elegir si quieren participar para Crédito
Hipotecario o Crédito Personal a Mediano
Plazo, ya que no podrá participar en ambos.
El sorteo se llevara a cabo en el salón de usos
múltiples «Dr. Antonio Rosado García», ubicado en la
planta baja de esta Sección Sindical.
Podrán estar presentes todos los trabajadores que
deseen hacerlo.
ESTOS SON ALGUNOS PUNTOS
IMPORTANTES
QUE
DEBE
SABER SI ESTA INTERESADO EN
PARTICIPAR EN EL SORTEO O
ESTA
EJERCIENDO
UN
CRÉDITO HIPOTECARIO O
PERSONAL A MEDIANO PLAZO.
El trabajador deberá encontrarse en pleno
goce de sus derechos sindicales.
El monto del Crédito se calcula de acuerdo
a la categoría del trabajador. El importe
máximo a otorgar no deberá rebasar la
categoría de Medico Familiar 8.0 horas
No se aceptan operaciones entre padres,
cónyuges e hijos.
El instituto concede créditos en forma
solidaria (mancomunados) únicamente
entre cónyuges o hijos de estos.
El plazo máximo para la amortización del
Crédito Hipotecario es de 25 años y 12
años para el Crédito Personal a Mediano
Plazo.
El trabajador faculta al Instituto para la
contratación de un seguro de vida y daños para
el Crédito Hipotecario, los cuales se
descontaran a partir de la quincena diez de
cada año durante cuatro quincenas,
apareciendo los descuentos con conceptos
131 y 132.
De la misma manera contratara un seguro de
vida para los Créditos Personales a Mediano
Plazo y Enganche de Casa Habitación,
apareciendo el descuento en la quincena que
designe el área normativa (Concepto 137).
El trabajador que se pensione o se jubile,
continuará
pagando
el
crédito
correspondiente hasta cubrir el saldo.
El trabajador podrá pagar anticipadamente
el faltante del crédito, aplicando el
beneficio del Artículo 7 del Reglamento de
Fomento de la Habitación.
El trabajador que hubiera disfrutado de un
Crédito Hipotecario, Personal a Mediano
Plazo, Enganche de Casa-Habitación, y que ya
lo haya liquidado, podrá disfrutar de un
préstamo Personal a Mediano Plazo, y/o
Crédito Hipotecario.
A quién esté disfrutando de un préstamo
ante el INFONAVIT, siempre y cuando tenga
suficiente liquidez para el descuento de los
conceptos correspondientes.
El trabajador deberá certificar el comprobante
de pago con vigencia laboral en su unidad
correspondiente.
Deberá liquidar el adeudo en la caja de
ahorro (dependiendo del caso).
Tendrá que disminuir al mínimo la aportación
de ahorro la cual es de 300.00 pesos MN.
(dependiendo del caso).
Los créditos autorizados se
podrán destinar a:
a.
A la construcción o terminación de casa-habitación
del trabajador en terreno propio;
b.
A la adquisición de casa construida o en
construcción que sea destinada precisamente a
casa-habitación del trabajador;
c.
A la adquisición de apartamento o casa-habitación
en condominio destinado a habitación del
trabajador.
d.
A la ampliación o reparación de la casahabitación del trabajador;
e.
A la liberación de gravámenes hipotecarios que
pesen sobre la casa-habitación del trabajador.
f.
A saldar terreno y construir casa-habitación del
trabajador, siempre y cuando se tenga pagada
cuando menos la diferencia entre el monto del
avalúo y el importe máximo del préstamo
Los créditos hipotecarios que otorgue el instituto
a sus trabajadores se destinarán exclusivamente
para casa-habitación de éstos, para su uso
personal y el de sus familiares.
El Instituto otorga prestamos a los trabajadores
de base, para coadyuvar a solventar los gastos de
escrituración derivado de los Crédito Hipotecarios
(cláusula 81 Bis).
Los
trabajadores
que
hayan
salido
beneficiados con alguno de los Créditos se les
entregara la siguiente documentación, para
dar inicio al trámite correspondiente.
1. Carta Compromiso, en donde el trabajador
se compromete a integrar su expediente en
un tiempo determinado.
2. Cédula de documentación requerida según
destino de crédito.
3. Contrato de Promesa de venta, que firma
el vendedor y el trabajador.
Una vez que el trabajador entrega toda la
documentación requerida, se procede a
integrar el expediente, es en ese momento
cuando el trabajador llenara la solicitud de
Préstamo de Fomento de la Habitación
correspondiente.
Posteriormente el expediente se enviara a:
Departamento
de Personal
de la
Delegación
Departamento
Jurídico de la
Delegación
Notaria
Es importante mencionar que esta Secretaria esta al
pendiente del proceso en todo momento.
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LUNES A VIERNES DE 9:00 A 17:00 HORAS
GRACIAS POR TOMARTE EL TIEMPO
DE LEER ESTA INFORMACIÓN
ATENTAMENTE
INH. HORTENSIA ALONSO MORÓN
Secretario de Fomento de la Habitación