Presentación decreto norma marco

Transcripción

Presentación decreto norma marco
DECRETO POR EL QUE SE
ESTABLECEN LAS NORMAS MARCO
APLICABLES A LA ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LOS
CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE
EUSKADI
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS MARCO
APLICABLES A LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS
CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE EUSKADI.
SITUACIÓN ACTUAL
 Existe disparidad en plantillas y atribución de categorías de las
diferentes policías locales en relación a la población y al número de
efectivos de cada una. Municipios con semejantes efectivos y población
tienen estructuras muy diversas.
 Existe gran disparidad sobre todo en la asignación de categoría a las
jefaturas de PL.
 La LPPV vigente cercena la posibilidad de creación de la escala técnica
(grupos A1 y A2) a los municipios de más de 100.000 habitantes.
 Por lo tanto en el resto de municipios toda la plantilla se integra, incluida
la jefatura en el grupo de titulación C1.
 Sin embargo, la jefatura de una PL en municipios medianos conlleva
cada vez más conocimientos y destrezas dada la creciente complejidad
del trabajo policial, la asunción de responsabilidad y el que suponga el
mando de un colectivo numeroso de plantilla.
SITUACIÓN ACTUAL
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS MARCO
APLICABLES A LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS
CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE
EUSKADI.
Municipios
Entre 15.000 y 100.000
habitantes
24 municipios.
Atribuyen la jefatura a oficiales (11), a suboficiales (8), a agentes primeros (1), y a un agente (1).
Incluso en un caso se atribuye a un comisario (contra lo dispuesto en la LPPV) o a quien no es
funcionario policial
Se atribuye la jefatura a agentes primeros en algunos municipios que cuentan con plantillas de más de
30 funcionarios, mientras que en otros con plantillas menores la jefatura la ostenta un oficial o un
suboficial, e incluso un agente.
De menos de 15.000
habitantes y más de 5.000
42 municipios
Está generalizada la categoría de agente primero, como jefe de la PL, si bien se atribuye la jefatura a
suboficial en los municipios con plantillas de mayor volumen.
No siempre existe proporción entre plantilla, población y atribución de categoría a la jefatura: hay jefes
suboficiales con plantillas de poco más de 10 agentes y agentes primeros en poblaciones más grandes
y con una veintena de plantilla.
de menos de 5.000
habitantes
5 municipios que tienen como responsable a un agente primero, y 7 municipios con la categoría de
agente de la escala básica, si bien se observa en la primera categoría se corresponde con los que
tienen un mayor número de agentes, por lo que se puede entender que en estos municipios las
diferencias son entendibles.
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS MARCO
APLICABLES A LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS
CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE EUSKADI.
Escalas y categorías
Escala
Categoría
Posibilidad/obligación
Técnica
Intendente,
300.000 hab y 400 o más de plantilla
Comisario
+ 150.000 hab y
100 o más de plantilla.
Subcomisario
+100.000 hab. y 40 o más de plantilla
Oficial
15.000 hab y 20 o más de plantilla
Suboficial
Menos de 15.000 hab y 5 o más de plantilla
NORMAS MARCO
Organización, dirección, orientación, coordinación y supervisión de las distintas
unidades del Cuerpo, así como, en su caso, la ejecución de los servicios
Inspección
Funciones de responsabilidad inmediata en la planificación y ejecución de los
servicios
Básica
Agente Primero
Realización de las funciones planificadas por sus superiores
Agente
Para crear una categoría superior
es preciso que existan todas las
categorías inferiores
CRITERIOS DE ATRIBUCIÓN
Se determinan categorías y puestos de mando
conforme a criterios de proporcionalidad entre las
diversas escalas y categorías.
NORMAS MARCO
OBJETO DE LA REGULACIÓN
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS MARCO
APLICABLES A LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS
CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE
EUSKADI.
Mandato dirigido a la coordinación de las policías locales, que se concreta entre
otras funciones en el art. 37 LOSSPE en:
• a) Determinar las normas marco a que tendrán que ajustarse los
reglamentos de organización y funcionamiento de los cuerpos de Policía
local.
• b) Propiciar la homogeneización de la estructura y plantillas de personal.
 El proyecto fija normas marco que propicien la homogeneización de la
estructura profesional y plantillas de personal de los cuerpos de policía
local de Euskadi, a las que habrán de ajustarse los reglamentos municipales
 Establece criterios de proporcionalidad entre las diferentes categorías de
los cuerpos de Policía Local atendiendo a la población y características de
cada localidad.
 Así se homogeneizan las categorías con las de los cuerpos generales y las
de las jefaturas de las policías locales entre sí, atendiendo a la plantilla y a la
población.
NORMAS MARCO
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS MARCO
APLICABLES A LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS
CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE
EUSKADI.
JEFATURA
Mando inmediato bajo la superior autoridad y dependencia directa del Alcalde.
Categoría
La jefatura de la PL corresponderá a la categoría que se encuentre
jerárquicamente más arriba en la estructura aprobada (RPT )
La jefatura de la PL conlleva dirección, coordinación y mando cualquiera que sea la
escala a la que se pertenezca.
Suplencia
Por funcionario policial de la misma categoría, y en caso de carencia por uno
de la categoría inferior inmediata existente en el mismo
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS MARCO
APLICABLES A LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS
CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE
EUSKADI.
NORMAS MARCO
ADAPTACION A LAS
NORMAS MARCO
3 AÑOS PARA ADAPTAR EL REGLAMENTO DEL CUERPO DE PL O PARA APROBAR
LOS CORRESPONDIENTES REGLAMENTOS DE LOS CUERPOS.
QUIEN OCUPE PUESTOS DE JEFATURA QUE RESULTEN MODIFICADOS CON LA
ADAPTACIÓN DERIVADA DE ESTAS NORMAS MARCO CONTINUARÁN
PERCIBIENDO LAS RETRIBUCIONES EFECTIVAMENTE ASIGNADAS AL PUESTO DE
TRABAJO OCUPADO.
Este personal no percibirá una mayor cuantía que las retribuciones asignadas al puesto
de trabajo ocupado, y en consecuencia, no podrá consolidar derechos sobre las
retribuciones complementarias creadas con la finalidad de retribuir las funciones de
jefatura que esté desempeñando y que pudiera percibir hasta ahora.
Ayuntamientos que
pudieran resultar
afectados a la vista
de la cobertura
actual de sus
jefaturas
Jefatura suboficial
Ugao-Miravalles , Plentzia, Gorliz , Derio, Gueñes, Elorrio, Muskiz, Abadiño, Lekeitio,
Balmaseda, Zalla , Ortuella , Ondarroa, Sopelana , Trapagaran , Arrigorriaga , Soraluze,
Astigarraga, Mutriku, Orio , Deba, Billabona, Lezo, Usurbil , Urnieta, Aretxabaleta,
Urretxu, Zumaia, Ordizia, Oiartzun , Oñati , Andoain.
Jefatura oficial
Mungia, Bermeo, Amorebieta, Erandio, Galdakao, Llodio.
NORMAS MARCO
CUERPO DE POLICÍA LOCAL
DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS MARCO
APLICABLES A LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS
CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE
EUSKADI.
CONCEPTO
Institutos armados de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizadas,
sujetos a la superior autoridad y a la dependencia directa del Alcalde
Denominación
Udaltzaingoa - Policía Local”, sin perjuicio de la utilización de otras denominaciones
tradicionales
CREACIÓN
•Población igual o superior a cinco mil habitantes
•Si población inferior a cinco mil habitantes, previa autorización del Gobierno Vasco, en
base a informe municipal justificativo de la necesidad, costes y programa de
implantación.
CUERPO ÚNICO
El personal de la policía local se integra en un cuerpo único, con las especialidades que
se fijen , bajo dependencia directa de la alcaldía o miembro de la corporación en quien
delegue
EFECTIVOS
Deber de contar con los efectivos suficientes para atender las funciones legales
Cada ayuntamiento aprueba su plantilla, para lo que podrá atender a las
recomendaciones de la CCPPLL y a factores como la extensión territorial, la existencia
de núcleos urbanos diseminados, los niveles de conflictividad social y delincuencia; la
densidad de la circulación en vías urbanas y el carácter turístico del municipio

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