T hectáreas nº T habitantes nº T 1 P ⋅ +

Transcripción

T hectáreas nº T habitantes nº T 1 P ⋅ +
FÓRMULA CÁLCULO DE CUOTAS
La determinación de las aportaciones económicas municipales, para cada ejercicio
presupuestario, se efectuará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
a) La mitad de la cifra global a aportar por los Ayuntamientos consorciados, derivada del
porcentaje aprobado anualmente por la Junta General del Consorcio, se distribuirá
individualmente para cada uno de ellos mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Px =
1
⋅ (nº habitantes ⋅ Th + nº hectáreas ⋅ Te )
Ta
Teniendo en cuenta que la proporcionalidad del 70 por 100 de población y del 30 por 100 de
superficie se tiene que cumplir:
nº habitantes⋅ Th 7
=
nº hectáreas⋅ Te 3
Siendo:
Px = Aportación municipal individual en función de su población de derecho y extensión
del municipio.
Th = Tasa por habitante.
Te = Tasa por extensión.
Ta =Tiempo de actuación, entendido como coeficiente corrector en función de la
distancia entre el Parque de Bomberos y el municipio en cuestión
Por lo que se cumple la condición siguiente:
ΣP(1+2+...+n) = x/2 por 100 del Presupuesto de Gastos del Consorcio.
1
Siendo x, el porcentaje total de aportación de los Ayuntamientos consorciados, que
será fijado anualmente por la Junta General del Consorcio.
Los valores de Th y Te se calculan en función del porcentaje a aportar por la totalidad de los
ayuntamientos por este concepto.
Para el valor de Ta se utilizarán los siguientes valores:
Municipios de ubicación del parque: 0.825
Municipios hasta 5 km del parque: 1
Municipios entre 5 y 10 km del parque: 1.5
Municipios entre 15 y 20 km del parque: 2.5
Municipios entre 20 y 25 km del parque: 3
Municipios entre 25 y 30 km del parque: 3.5
Municipios a más de 30 km: 4
b) La otra mitad de la cifra global a aportar por cada Ayuntamiento consorciado, será objeto de
distribución individual entre aquellos por aplicación de la siguiente fórmula:
Presupuesto corriente municipio∗ Presupuesto Consorcio∗
Qx =
x
2
ΣPresupuestos corrientes municipos
Siendo, a su vez:
Qx = Aportación municipal individual en función de su riqueza imponible.
Por lo que se cumple la condición de que:
ΣQ(1+2+ ...+ n) = x/2 por 100 del Presupuesto de Gastos del Consorcio del año anterior al de la
cuota.
Para el cálculo de este apartado, el presupuesto del Ayuntamiento a considerar será el
Presupuesto de Recursos Ordinarios de cada Ayuntamiento del ejercicio anterior al de la cuota.
De la conjunción de ambas fórmulas resultará que la aportación económica de cada municipio
consorciado será directamente proporcional a su número de habitantes, a su extensión y a su
riqueza imponible, e inversamente proporcional a la distancia al Parque de su zona de
referencia.
Así;
P + Q = r∗ PC = ∑ P(1+ 2 +...+ n ) + ∑ Q (1+ 2 +....+ n )
2
Siendo, a su vez:
r = porcentaje del presupuesto de Gastos del Consorcio.
P + Q = Importe aportación del conjunto de los Ayuntamientos consorciados.
PC = Presupuesto anual de Gastos del Consorcio del año anterior.
n = Número de Ayuntamientos consorciados.
En base a todo ello, pues, la aportación de un Ayuntamiento cualquiera, será Px + Qx, tomando
en consideración a este efecto, los datos oficiales necesarios para los cálculos anteriormente
descritos.
3

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