La consolidación de la prevención
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La consolidación de la prevención
PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN WWW.JCYL.ES L A WWW.PREVENCIONCASTILLAYLEON.COM R E V I S T A D E P R E V E N C I Ó N D E R I E S G O S L A B O R A L E S E N C A S T I L L A Y L E Ó N NÚMERO - 9 » Mayo - Agosto 2007 VI PREMIOS PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE CASTILLA Y LEÓN La consolidación de la prevención PÁGINAS 24-25 REPORTAJE DEBATE INFORMACIÓN PRÁCTICA HARINERA VILAFRANQUINA. PIONEROS EN LA PREVENCIÓN DE LOS ACCIDENTES POSTURALES BUSCAR SOLUCIONES CONOCIENDO LAS CAUSAS ACERCARÁ A ESPAÑA A LAS ESTADÍSTICAS EUROPEAS LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN PÁGINAS 21-23 PÁGINAS 18-20 INFORMACIÓN DEBATES ACTUALIDAD ESTADÍSTICAS CALENDARIO DE ACTOS CUADERNILLO CENTRAL FICHAS PRÁCTICAS PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN SUMARIO SUMARIO Reportajes Vibraciones mecánicas: normativa y su problemática . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Susana Cavia Santos. Técnico de Prevención de la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de la O.T.T. de Valladolid NÚMERO - 9 » Mayo - Agosto 2007 Opinión La responsabilidad, una cuestión de todos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 Laura Mínguez González. Coordinadora del Servicio Técnico de Asistencia Preventiva - UGT Castilla y León Nuevo boletín digital. ¡¡ Boiccoot a la siniestralidad laboral !! . . . . . . . . . . . 10 Mariano Sanz Lubeiro. Secretario de Salud Laboral de la Unión Sindical de CC.OO. de Castilla y León Dispositivos de presentación de la información . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 Angélica Riocerezo Fernández. Jesús Eloy Fernández Garmón. Técnicos en Prevención de Riesgos Laborales en CECALE EDITA Consejería de Economía y Empleo Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales C/ Pío del Río Hortega, 8 47014 Valladolid Tel. 983 412 077 www.prevencioncastillayleon.com CONSEJO DE REDACCIÓN Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales Ilmo. Sr. D. Miguel Ángel Díez Mediavilla Directora General de Economía Social Ilma. Sra. Dª Córdula García Diez Director de Comunicación Ilmo. Sr. D. Ángel Losada Vázquez Director del Centro de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León D. Manuel Galán Cuesta Jefe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales D. Rafael Llanos Barrocal Unión General de Trabajadores (U.G.T.) Dª Francisca Ortega Lorenzo Comisiones Obreras (CC.OO) D. Mariano Sanz Lubeiro CECALE D. Héctor García Arias REALIZACIÓN EDITORIAL Quadro4 Publicidad&Comunicación DEPÓSITO LEGAL: AS-4636-2004 Fotopreven ¿Demoliendo el edificio Windsor? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 Reportajes Metodología de análisis de los componentes causales de los accidentes de trabajo en el sector industrial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Ávila 2007. Muestra de Formación Profesional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16 III Encuentro Nacional de Profecionales en Prevención de Riesgos Laborales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17 En Asturias, con la Participación de la Junta de Castilla y León Harinera Vilafranquina: pioneros en la prevención de los accidentes posturales . . . . . . . . . . . . . . . 18 Debate Buscar soluciones conociendo las causas acercará a España a las estadísticas europeas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 Reportajes VI Premios Prevención de Riesgos Laborales de Castilla y León. La consolidación de la prevención . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 “Nuevo cuadro de enfermedades profesionales: un acercamiento interdisciplinar”. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 Jornada Técnica Los nuevos profesionales en la prevención de riesgos . . . . . . . . . . . . . . . . 27 Ciclo Formativo de Grado Superior en Prevención de Riesgos Profesionales Cuaderno central Información práctica sobre la Ley de Subcontratación . . . . . . . pág. centrales Reportajes Repercusión de la Ley de Subcontratación en Materia de Prevención de Grandes Proyectos de Construcción. Soterramiento del AVE . . . . . . . . 29 Jornada Técnica Verificando las condiciones de seguridad en los equipos de trabajo . . . . 30 Julio Moreno Gutiérrez. Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales en las especialidades de Seguridad en el trabajo, Higiene industrial , Ergonomía y Psicosociología aplicada. G&M Prevención de Riesgos Laborales S.L. “Actualización en Higiene Industrial: Agentes químicos y ruido” . . . . . . . . ¿Cómo ven los escolares la prevención? . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . La cultura preventiva desde el principio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Enfermería del trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Oscar Alonso Maté. Diplomado en Enfermería, Enfermero de Empresa y Acreditado para Funciones de Nivel Superior en PRL (Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología). Enfermero de la Sociedad de Prevención de Ibermutuamur en la delegación de Burgos 33 34 35 36 Ley de la Subcontratación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39 Jornada en segovia Nuevos Sistemas de Protección Colectiva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40 La importancia de los mandos intermedios en el sector del montaje y mantenimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42 Evolución del índice de incidencia en Castilla y León . . . . . . . . . . . . . . . . . . 43 Siniestralidad en Castilla y León Actualidad Agenda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48 Legislación y Jurisprudencia Normativa / Jurisprudencia en materia de prevención de riesgos laborales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50 Reportajes “Amianto y construcción” . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54 Jornada Técnica Fichas prácticas Trabajo frente al calor en verano (precauciones) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 1 EDITORIAL Normas y procedimiento a seguir para la presentación de artículos y colaboraciones 1. Título: El texto será original, conciso y claro. Irá acompañado de subtítulos si es necesario. El Consejo Editorial se reserva la facultad de modificar y adaptar los títulos. 2. Nombre y Apellidos: Deberán constar el nombre y apellidos del autor o autores, junto al nombre de la entidad o empresa en la que ejercen su actividad. 3. Estructura del texto: Presentará un orden lógico y claro, y tendrá una extensión máxima de 6 folios DIN A-4 a doble espacio. Como introducción se presentará un pequeño resumen. 4. Ilustraciones: El autor aportará las ilustraciones, numeradas e indicadas en el texto. También incluirá la foto o fotos de los autores. 5. Bibliografía: Al final del trabajo se colocará una lista con referencias relativas al texto del artículo. Las referencias bibliográficas se relacionarán con el siguiente orden: Apellidos y nombre del autor, título de la obra, editorial, lugar, fecha y número de edición. 6. Forma de envío: Los artículos se enviarán en papel y en disquete o CD, en formato Microsoft Word. También pueden enviarse a través del correo electrónico. 7. Lugar de envío: Los artículos o colaboraciones, debidamente identificadas y presentadas, deberán enviarse a la dirección: Revista “ Prevención Castilla y León” Apartado de Correos 2009 24080 León Tel. 987344 032 Fax 987 344 033 Correo electrónico: [email protected] 8. Notificación: Una vez recibida la colaboración se enviará notificación al autor o al primero de los autores (si hay varios) sobre: a. Fecha de recepción. b. Resultado de la valoración. - Si fuera negativa, se devolverá el material original. - Si fuera positiva, se procederá a comunicar el número previsto de la revista para su publicación. 9. Aparición: Todos los artículos estarán disponibles en la página web del portal de prevención de riesgos laborales de Castilla y León. (www.prevencioncastillayleon.com) La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales no se responsabiliza de las opiniones reflejadas en esta publicación. 2 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 Una nueva etapa El período estival suele identificarse con el descanso, las vacaciones, el calor... aunque no siempre tenga necesariamente que ser así. Pero sí suele ser un período en el que se realizan balances y se generan buenos propósitos para el nuevo curso que se iniciará tras el verano. La palabra que ronda la cabeza de muchos de los que comparten los ideales de la seguridad y salud en el trabajo es la palabra “estrategia”. Sin duda, las Estrategias Europea y Española para el período 2007 – 2012 representan una singular oportunidad para poner en marcha, no solo una serie de actuaciones mas o menos innovadoras o impuestas por la evidente necesidad de buscar alternativas de mayor eficacia, sino un instrumento para establecer el marco general de las políticas de prevención de riesgos laborales a corto, medio y largo plazo, de forma concordante con los objetivos comunes de nuestro común entono social y económico. Los ocho grandes objetivos que formula la Estrategia Española se dirigen prioritariamente a la necesaria mejora de los sistemas preventivos de que disponen las empresas y a reforzar las políticas públicas coordinando más y mejor sus diferentes órganos, tanto de promoción, investigación, vigilancia y control al mismo tiempo que se fortalece la participación de los interlocutores económicos y sociales. En Castilla y León se estableció hace ya algunos meses, con la firma de los Acuerdos de Diálogo Social en Materia de Seguridad y Salud Laboral, lo que constituye nuestra Estrategia para alcanzar los objetivos reconocidos como prioritarios desde la activa y comprometida participación de los representantes de los trabajadores y de los empresarios, con la Junta de Castilla y León. Las últimas palabras de este editorial han de ser para despedir al hasta ahora Viceconsejero de Empleo, Mariano Gredilla y a la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, Rosario Rodríguez por su dedicación y entrega a la mejora de la Seguridad y Salud de los trabajadores de nuestra Comunidad. Desde aquí, todos quienes contribuimos a esta revista de Prevención de Castilla y León, queremos desearles los mayores éxitos y satisfacciones en los nuevos retos que afrontan en sus nuevas ocupaciones. Así mismo, damos la bienvenida al nuevo Viceconsejero de Empleo Ignacio Ariznavarreta y al Director General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, Miguel Ángel Díez quienes tienen ante sí estimulantes y nuevos retos a los que hacer frente y que con el apoyo de sus respectivos equipos confiamos que se hagan realidad de forma satisfactoria para todos, porque como reza el lema: “la prevención es cosa de todos”. REPORTAJE Las vibraciones mecánicas están presentes en la mayoría de los procesos productivos y de transformación, y suelen ir asociadas a otro efecto no menos conocido como es el ruido. Entre otros ejemplos podríamos citar sectores como la construcción, y en especial obra pública, sectores de la madera y el metal, peones forestales que utilizan herramientas percutoras y rotativas, conductores de transporte y maquinaria agrícola, carretilleros... etc. Susana Cavia Santos Técnico de Prevención de la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de la O.T.T. de Valladolid Vibraciones mecánicas: normativa y su problemática A pesar de que la exposición a vibraciones es muy frecuente en el mundo laboral, la valoración del riesgo apenas se ha recogido en las Evaluaciones de Riesgo que todas las empresas tienen la obligación de realizar desde la aprobación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, independientemente de la inexistencia de una normativa específica. Este hecho lo hemos podido constatar en las numerosas visitas a empresas que hemos realizado en las Unidades de Seguridad y Salud Laboral, con motivo de las distintas campañas y de la investigación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. De hecho en los últimos años no se ha recibido ningún parte de declaración obligatoria de enfermedades profesionales relacionada con la exposición a vibraciones mecánicas. Patologías profesionales por vibraciones La inobservancia del riesgo derivado de la exposición a vibraciones mecánicas no supone que las lesiones derivadas de este fenómeno no sean graves o muy graves. La percepción de las vibraciones así como las alteraciones patológicas que éstas engendran, están estrechamente vinculados a dos magnitudes fundamentales: la frecuencia expresada en (Hz) y la amplitud, expresada en metros o con mayor frecuencia en unidades de aceleración (m/sg2). 1. Vibraciones de muy baja frecuencia (<2Hz), afectan al oído interno y provocan desde mareo muy común en el transporte hasta alucinaciones visuales en las que parecen que los objetos se mueven. 2. Vibraciones a baja frecuencia (2-20 Hz), como las que se dan en la conducción de maquinaria, provocan alteraciones de la columna vertebral que acaban en síndromes lumbociáticos (ver fig.1), alteraciones del aparato digestivo y del tracto urinario. Estudios realizados a 371 conductores de tractores agrícolas en Alemania demuestran que más del 70% de los trabajadores padecían trastornos digestivos debidos a las sacudidas y la mala alimentación. Así mismo se observaron anomalías del raquis lumbar en un 71% de los trabajadores menores de 26 años, cuando lo habitual hubiera estado por debajo del 25%. Las afecciones más características que se pueden generar son: 1. VASCULARES, O VASOMOTORAS , como la enfermedad de Raynaud o dedos blancos por la falta de riego sanguíneo que llega a las extremidades. En fases tardías de la crisis aparecen cianosis y dolor. (fig.2 y 3). 2. OSTEOARTICULARES, como artrosis del codo que se manifiesta por molestias al flexionar el codo y lesión carpiana, con dolor y limitación de movimiento de la mano; (enfermedad de Kienbock, enfermedad de Kohler). 3. NEUROMUSCULARES, trastornos sensitivos y atrofias musculares rápidas debida a un martilleo rápido y a la ausencia de reposo muscular. Fig. 2 Fig. 1 3. Para frecuencias superiores a 20 Hz, transmitidas generalmente por instrumentos vibratiles, las amplitudes pequeñas son atenuadas por las partes blandas del cuerpo generalmente por las articulaciones, pero a medida que aumenta la amplitud, se generan lesiones importantes, de ahí la necesidad de limitar la amplitud que es lo que hace la normativa actual. Fig. 3 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 3 REPORTAJE Normativa La normativa de vibraciones es relativamente reciente, el 4 de noviembre del 2005 se aprobó el RD1311/05 sobre protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas (B.O.E nº 265, de 5 de noviembre de 2005) Este Real Decreto es una transposición de la Directiva 2002/44/CE y salvo algunas modificaciones en lo que respecta a la parte puramente técnica de medición y evaluación, la transcripción ha sido hecha en idénticos términos. La disposición comienza con las definiciones de: Vibración mano brazo; es la vibración mecánica que cuando se transmite al sistema humano de mano brazo, supone riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores, en particular problemas vasculares, de huesos o de articulaciones nerviosos o musculares. Vibraciones cuerpo completo; es la vibración mecánica que, cuando se transmite a todo el cuerpo, conlleva riesgos para la salud y la seguridad de los trabajadores, en particular lumbalgias y lesiones de columna vertebral. Los valores límites (VL) se fijan en: Nivel de acción (m/s2) Valor límite (m/s2) Mano-brazo 2.5 5 Cuerpo entero 0.5 1.15 Estos valores se promedian para una exposición diaria de 8 horas, sin embargo este real decreto admite una excepción; cuando los niveles son de forma habitual inferiores a los VL, pero varían sustancialmente de un periodo a otro pudiéndose sobrepasar ocasionalmente este VL, se puede hacer el cálculo para un periodo de referencia de 40 horas, siempre que se justifique que el riesgo calculado de este modo es inferior al que resultaría de la exposición diaria al VL. Dicha circunstancia debe razonarse por la empresa, consultarse a los trabajadores y comunicarse a la Autoridad Laboral enviando la parte de la evaluación donde se justifica la excepción. Poder calcular el nivel semanal en vez del diario, permitirá flexibilizar el uso de estas herramientas (tipo martillo neumático, que superan con creces los VL) al principio del proceso de transformación para alternar con otras menos vibrátiles, a lo largo de la semana. 4 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 En cuanto a obligaciones del empresario se repite la misma estructura que en todas las disposiciones vigentes, con alguna peculiaridad; 1. El empresario tiene la obligación de evaluar el nivel de vibraciones, bien por observaciones de los métodos de trabajo, bien a partir de la información dada por el fabricante o si fuera necesario realizando las pertinentes mediciones. Nuestra experiencia al respecto, es que el valor dado por el fabricante no coincide con el valor medido, y en otras ocasiones ni siquiera da un valor, sólo informa de que se supera el nivel de acción con lo que no podemos estimar el tiempo que debería utilizar dicha herramienta el trabajador. No hay que olvidarse que los datos proporcionados por los fabricantes son en condiciones en laboratorio y no pueden reemplazar las mediciones in situ, en las que intervienen otros factores como el uso y mantenimiento que se haya dado a la máquina y la superficie sobre la que se trabaja. 2. No se especifica la periodicidad en la realización de las medicciones, pero sí se indica claramente que deben ser realizadas por un Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales con la especialidad de Higiene Industrial con equipo específico y la metodología adecuada. 3. Insiste en la necesidad de revisar y actualizar la evaluación inicial de riesgos, y en los datos que se deben recoger como el nivel, tipo y duración de la exposición, los valores límites, efectos directos o indirectos que guarden relación con la seguridad y salud de los trabajadores como el frío, la prolongación de la jornada, la presencia de trabajadores especialmente sensibles, interacciones con otros equipos, el lugar de trabajo, información facilitada por el empresario, equipos sustitutivos... 4. Así mismo debe aplicar las medidas técnicas y/u organizativas necesarias, entre la que destacaremos la elección del equipo de trabajo. El Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre (B.O.E nº 297 de 11/12/92), modificado por el Real Decreto 56/1995, de 20 de enero ( B.O.E nº 33 de 08/02/95), sobre Máquinas obliga al fabricante a declarar el valor eficaz de la aceleración ponderada de la frecuencia emitido por : • Máquinas portátiles y guiadas a mano cuando exceda de 2.5 m/sg2. • Máquinas móviles si se supera 0.5m/sg. Es decir obliga al fabricante a declarar si la maquina supera el nivel de acción. Consideramos que no es muy habitual que el empresario tenga en cuenta estos datos a la hora de elegir un equipo y sería fundamental para eliminar el riesgo en el origen. Tampoco hay mucha información acerca de la existencia de asientos amortiguadores, asideros, y guantes antivibratorios, y los estudios actuales ponen en duda su eficacia. 5. Información y formación a los trabajadores sobre las medidas técnicas destinadas a reducir los niveles, los resultados de las evaluaciones y mediciones. 6. Consulta y participación de los trabajadores. 7. Vigilancia de la salud a fin de una detección precoz de cualquier daño para la salud. No especifica la periodicidad pero sí indica que cuando se superen los niveles de acción el trabajador tendrá derecho a una vigilancia de la salud apropiada, que se reforzará en caso de superarse los valores límites. En los que respecta a la entrada en vigor, toda la herramienta que se está utilizando a día de hoy, tiene hasta el 6 de julio del año que viene (2008), para adecuarse a la normativa. A partir de esa fecha los nuevos equipos que se adquieran deberán respetar en si mismos o en la forma en que se utilicen los valores límites establecidos en el R.D. 1311/2005 salvo la maquinaria agrícola y forestal que tendrá una prórroga de 3 años más (2011). No obstante llama la atención la disposición transitoria única que deja vislumbrar una posible prórroga de estos plazos a la espera del estudio técnico que está realizando el INSHT que tendrá en cuenta tanto el estado de la técnica como la experiencia obtenida en otros Estados. Se excluye del ámbito de aplicación la navegación marítima y aérea por considerar que el estado actual de la técnica no permite cumplir con estas restricciones. Aplicación práctica En la Unidad de Seguridad y Salud de Valladolid se adquirió hace cuatro años un sonómetro que con una programación espe- cial permitía registrar mediciones de vibraciones mecánicas. Después de superar problemas de saturación con los acelerómetros, empezamos hace más de dos años realizar las primeras mediciones. Nuestro objetivo era tener una primera toma de contacto con la problemática que rodeaba la medición de vibraciones mecánicas, conociendo los equipos, trabajando in situ con las herramientas y obtener unos resultados representativos del nivel de vibraciones de las herramientas más utilizadas. Se empezó con mediciones de cuerpo completo a raíz de un requerimiento, y se continuó con mano brazo, al considerar que era un tema muy interesante, ante la inminente transposición de la directiva europea que iba a exigir a todas las empresas la valoración y reducción de un riesgo que hasta ahora se había ignorado. Cuerpo completo Equipo de medida Equipo de medición estaba compuesto por un conjunto modular que comprende: (Ver fig.4 y 5) Fig. 4 1. Acelerómetro triaxial de asiento, que recoge las vibraciones en los tres ejes simultáneamente, y envía la señal al filtro. 2. Filtro, elimina las señales de frecuencia fuera del rango de interés (0.5-80 Hz) en vibraciones globales, Asimismo el filtro ha de producir una ponderación frecuencial, esto es; modificar las señales dentro del rango de interés, en función de la frecuencia de manera que la medida final refleje la forma en que el trabajador percibe la vibración, ya que el cuerpo humano no es igual de sensible en todas las frecuencias. 3. Analizador, que realiza un análisis en tiempo real de parámetros de banda ancha, un análisis en frecuencia, y lo que más interesante para evaluar la exposi- Fig. 5 ción laboral, calcula el valor eficaz de la aceleración, es decir la integración de las señales en los tres ejes ya filtradas y ponderadas en frecuencia durante el tiempo de medida, según ISO 2631-1 Resultados Comenzamos las mediciones cuerpo completo en una barredora-fregadora AMERICAN LINCOLH, midiendo por separado las distintas operaciones de limpieza, y repitiendo en numerosas ocasiones las mismas medidas. Los resultados obtenidos fueron bastante homogéneos como era de esperar. Una de las primeras dificultades que encontramos fue la forma de fijar el acelerómetro de manera firme a un asiento desgastado y hundido. Para ello fabricamos a medida una tablilla que se acoplaba perfectamente al asiento y sobre la cual se apoyaba directamente el acelerómetro. Fuimos conscientes del posible error que se introducía en la medida pero siempre sería menor que dejando libre un acelerómetro que no apoyara sobre la superficie vibratil y además se moviera con el consiguiente riesgo de rotura de los cables (ver fig 6). Los cables se fijaron y protegieron con almohadillado, y se colocó el resto del equipo dentro de su estuche, detrás del asiento del conductor en el escaso espacio que quedaba libre. Fig. 6 Los resultados demostraron que la principal componente correspondía con el eje Z que coincidía con el movimiento vertical del tronco del conductor según el sistema de coordenadas basicéntricos. Se apreció una gran influencia de la velocidad del vehículo con la exposición, de manera que si se superaba los valores recomendados por el fabricante, los valores se disparaban. En este caso los valores límites sólo se superaban puntualmente (cuando se circulaba por la vía pública) pero no al promediar en 8 horas, ya que por lo general estas máquinas no se utilizan durante más de 3 horas. No obstante estos resultados no son representativos de la generalidad y solo reflejan las características de ésta máquina y otras similares que se midieron. Para hacernos una idea de la realidad, vamos a referenciar un proyecto de investigación realizado por el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales (IAPRL), que han realizado un estudio sobre una muestra de más de 60 vehículos de obra pública obteniendo las siguientes conclusiones: 1. El 86% de la maquinaria supera el nivel de acción y el 28% el valor límite para un periodo de 8 horas. 2. Sólo el 42% de los asientos amortiguan las vibraciones mientras que el 37% lo amplifican. Por lo que las medidas correctoras pasan por un correcto reglaje de los asientos, limitar la duración de la exposición e incidir en el adecuado mantenimiento de las máquinas. Mediciones mano brazo Equipo de medida Se ha realizado un estudio con 8 herramientas de jardinería de distintas potencias (2 sopladoras, 2 cortasetos, 2 motosierras, 1desbrozadora y 1 cortacésped). Para cada una de ellas se ha elaborado una ficha teniendo en cuenta la potencia, el peso, y los datos dados por el fabricante de la aceleración eficaz. Una vez más tuvimos que “ingeniar” cómo acoplar un equipo bastante voluminoso al trabajador. Para ello se preparó una mochila lo suficientemente cómoda para que no entorpeciera el trabajo del operario y convenientemente amortiguada interiormente para que no se dañara el equipo. El acelerómetro se apoyaba sobre la herramienta con ayuda de un adaptador con forma de T que el trabajador sujetaba entre los dedos y los tres cables (uno para cada eje) que salen del acelerómetro se protegieron con una espiral (tipo cable del teléfono). Para evitar que el cable se enganchara PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 5 REPORTAJE con alguna rama, se introdujo dentro del forro polar del trabajador, a la altura del cuello y bajando por el brazo se sacó por el puño hasta la mano. (Ver fig. 7 ). 6. En la motosierra, cortasetos y cortacésped preponderancia eje X (derechaizquierda) respecto al Y y al Z. Una vez más adjuntamos los resultados obtenidos por el IAPRL, recientemente publi- Fig. 8 Fig. 7 Procedimiento de medida Se realizaron mediciones secuenciales de 2 minutos de duración en cada uno de los ejes, sin cambiar la posición del acelerómetro que es triaxial y por tanto es capaz de medir a los tres ejes a la vez, pero que debido a que el filtro y el analizador no lo son, se deben registrar cada eje por separado, con la consiguiente inversión en el tiempo en la medida. El valor eficaz de la aceleración ponderada en frecuencia se calcula automáticamente por el software del analizado según la ISO 5349-1, teniendo en cuenta los tres ejes. Fig. 9 Resultados mano brazo (Ver fig.8 y 9) 1. Niveles más altos en la mano izquierda, cuando esta mano es la que guía la herramienta . 2. Se supera el Nivel de Acción en todas las herramientas. 3. Se supera el Valor límite en todas a excepción de la sopladora. 4. Al repetir mediciones en las mismas condiciones variaciones de hasta 30%, dependiendo del agarre, tarea concreta. 5. La incertidumbre afecta más a herramientas menos ruidosas. 6 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 Fig. 10 cados sobre un estudio realizado en máquinas portátiles en distintos sectores (ver fig .10) y estudios realizados sobre guantes antivibratorios, en las que sólo tres de las nueve marcas experimentadas cumplen los requisitos de la UNE-EN ISO 10819. De he- cho solo se aprecia un buen comportamiento de los guantes en altas frecuencias (mayor de 500 Hz). Por último indicar que llama la atención que en el último año en Castilla y León no se ha recibido ningún parte de enfermedad profesional (EP) relacionado con patologías clasificadas como provocadas por vibraciones. Sin embargo en las visitas realizadas a los centros de trabajo que habían declarado EP provocadas por posturas forzadas y movimientos repetitivos el 30% de los trabajadores diagnósticados realizaban de forma habitual trabajos en los que se producían vibraciones. Conclusiones 1. Hasta hace poco los equipos de medición de vibraciones mecánicas resultaban poco manejables por su peso y su tamaño sin olvidar los errores añadidos por problemas de saturación con los acelerómetros. Afortunadamente la creciente demanda en el mercado ha permitido desarrollar nuevos equipos de medida más ligeros y compactos que permiten medir y filtrar simultáneamente los niveles de vibración en los tres ejes, con el consiguiente ahorro de tiempo. 2. Medir con exactitud el nivel de vibraciones transmitido al sistema mano brazo de una herramienta manual, resulta difícil por no decir imposible, con variaciones que superan el 30% al repetir las mediciones en las mismas condiciones. Este hecho nos demuestra que existen numerosas fuentes de incertidumbre que influyen en la medida final como son: la fijación del acelerómetro, la fuerza de agarre de la herramienta, la tarea concreta que se esté realizando y la posición de las manos, sin olvidar el ruido introducido en la señal por la vibración del cableado. 3. Los niveles obtenidos sorprenden por lo elevado de su cuantía, especialmente en herramientas manuales como la cortasetos o la desbrozadora, capaces de superar hasta diez veces el valor límite. Estudios publicados por el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales, pioneros en esta materia y a los que agradecemos su colaboración, han demostrado que los niveles de acción se superan en toda la maquinaria de obra pública para vibraciones cuerpo completo y se sobrepasan los valores límites para vibraciones mano brazo en sectores como la construcción, forestal, jardinería, madera y metal. 4. Los medios de protección existentes como asientos amortiguadores o guantes antivibratorios, parecen tener una escasa eficacia, amplificando la amplitud en el peor de los casos. 5. En la actualidad las medidas preventivas pasan por la adquisición de equipos intrínsecamente seguros y cuando esto no es posible, la limitación del tiempo de exposición. 6. Las consecuencias derivadas de la exposición a vibraciones mecánicas no se declaran o se confunden con otras patologías. Este hecho queda demostrado al no haberse registrado en nuestra Comunidad ninguna enfermedad profesional derivada de la exposición a vibraciones mecánicas. De forma general podemos afirmar que queda mucho trabajo por hacer en todo lo relacionado con la problemática de vibraciones mecánicas en nuestro país, empezando por el reconocimiento y la valoración del riesgo por parte de la Administración, los servicios de prevención, las empresas, siguiendo por la investigación y experimentación en sistemas amortigüadores y medios de protección por parte de fabricantes. Bibliografía 1. Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. 2. Directiva 2002/44/CE, de 24 de junio, sobre las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la exposición de los trabajadores a los riesgo derivados de los agentes físicos (vibraciones). 3. ISO 2631-1 Mechanical vibration and shock – Evaluation of human exposure to whole-body vibration. Part 1: General requeriments. 4. UNE-EN ISO 5349; Vibraciones mecánicas - Medición y evaluación de la exposición humana a las vibraciones transmitidas por la mano. Parte 1: Requisitos generales. Parte 2: Guía Práctica para la medición en el lugar de trabajo. 5. UNE-EN 14253, Vibraciones mecánicas – Medidas y calculos de la exposición laboral a las vibraciones de cuerpo completo con referencia a la salud. Guía práctica. 6. García Morilla Eduardo, (Jefe del Área de Higiene Industrial y Normativa del IAPRL), Santurio Díaz José Mª (Técnico de Higiene de Campo del IAPRL). “Proyecto de estudio de vibraciones en maquinaria de obra pública” y “Proyecto de estudio de vibraciones mano-brazo en máquinas manuales”. Artículos publicados en la revista “Asturias Prevención”. 7. Arana Burgui Miguel, (Dpto de Fïsica de la Universidad Pública de Navarra), Eransus Izquierdo Javier (Técnico de Prevención del Instituto Navarro de Salud Laboral). Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la exposición a las vibraciones mecánicas en los puestos de trabajo. Promociona y distribuye: Fondo de publicaciones del Gobierno de Navarra. Deposito Legal: NA-2 396/2004. 8. Desoille H., Marti Mercadal J.A., Scherrer J., Truhaut R. Medicina en el Trabajo. Edita: Masson, 1990. 9. Félix Bernal Domínguez, Emilio Castejón Vilella, Nuria Cavallé Oller. Higiene Industrial – Problemas resueltos. Edita: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo-2006. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 7 OPINIÓN La responsabilidad, una cuestión de todos Laura Mínguez González Coordinadora del Servicio Técnico de Asistencia Preventiva - UGT Castilla y León La Ley es concluyente al señalar al empresario como único destinatario de las obligaciones que en ella se disponen, dado que se convierte en deudor de la seguridad de sus trabajadores. Deuda que adquiere en el mismo instante en el que se firma un contrato de trabajo y que encuentra su fundamento en que el empresario ostenta en exclusiva el poder de dirección y capacidad de organización sobre la empresa y sus métodos de trabajo L a responsabilidad de las centrales sindicales en prevención de riesgos laborales es la defensa de la salud de los trabajadores a través del ejercicio de una acción sindical fuerte. Y EN UGT LO CUMPLIMOS CON CRECES. Esa defensa se articula fundamentalmente a través de 3 vías: La negociación colectiva, como instrumento de mejora de las condiciones de trabajo, siendo la salud laboral un aspecto nuclear de las relaciones laborales y en consecuencia, de las condiciones de trabajo. El diálogo social, como máxima expresión de la democratización de las relaciones de trabajo. La acción sindical de nuestros representantes, delegados de prevención y comités de seguridad y salud, en las empresas. 8 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 Tras más de 100 años de actividad sindical, la Unión General de Trabajadores ha ido acumulando experiencias en la organización y defensa de los trabajadores. Esto ha sido posible gracias al constante esfuerzo de innovación y adaptación en nuestra práctica sindical que nos permita corregir los diferentes desequilibrios sociales existentes y ENFRENTARNOS A NUEVOS RETOS. Cuando hablamos de nuevos retos sociales nos estamos refiriendo a temas tan importantes como la calidad en el empleo, la inmigración, la reducción de la siniestralidad laboral y el desarrollo de normativas encaminadas a la mejora de las condiciones de trabajo. Además de estos retos sociales podemos añadir otros retos personales como por ejemplo saber dar la suficiente cobertura a una nueva clase de trabajadores más cualificada, a la población inmigrante, a trabajadores con contratos temporales eternamente sucesivos, etc. De entre todo este maremagnum de nuevos retos a los que nos enfrentamos surge, por su característica intersectorial y multicausal, el tema de la Salud Laboral. Y no porque la Salud Laboral sea un tema novedoso, que no lo es, pero si porque la importancia que empieza a tener para los trabajadores, dentro de este nuevo contexto mundial, exige un cambio de estrategia desde la que abordar esta cuestión. En el seno de las empresas, bajo la gran sombra de la competitividad, es muy difícil mantener niveles básicos de seguridad y salud. La reducción de costes, el conseguir producir a más bajo precio afecta a las condiciones de trabajo de manera inevitable. Conseguir que se rompa esta tendencia, que se desmonte el falso argumento de que la Salud Laboral va en detrimento de la competitividad es responsabilidad de los sindicatos. Debemos estar presentes en este nuevo desafío como artífices de una visión radicalmente opuesta. La verdadera competitividad debe surgir bajo unas condiciones de trabajo semejantes, se trabaje donde se trabaje, unas condiciones que respeten la integridad física de los trabajadores, que no menoscaben su Salud Integral y que promocionen hábitos de trabajo saludables. A nivel mundial, como miembros de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres, debemos exigir que se cumplan los convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo y fomentar la firma de estos convenios en aquellos países que aún no hayan firmado los mismos. A nivel europeo, como miembros de la Confederación Europea de Sindicatos, debemos participar en la elaboración de normas encaminadas a mejorar los niveles de protección de los trabajadores, así como vigilar y controlar la trasposición de todo el cuerpo normativo comunitario sobre esta materia. A nivel nacional y regional se debe continuar con la estrategia de mejora de las condiciones de trabajo mediante el establecimiento de acuerdos, dentro del Diálogo Social, que permitan el seguimiento y control del cumplimiento empresarial de la normativa y la ampliación de la representación de los trabajadores en el seno de las empresas. La importancia de la Salud Laboral en las estrategias sindicales es evidente. Nos corresponde a los Sindicatos vigilar no sólo porque no se destruya el empleo sino además porque sea un empleo de calidad, que respete la salud de los trabajadores. Un sindicato que no se de cuenta de este cambio de concepto, que siga apostando exclusivamente por las reivindicaciones laborales históricas será un sindicato desfasado y con fecha de caducidad, y ese NO ES LA UGT. En los últimos años, desde la U.G.T., se ha iniciado un buen camino en este sentido, recogiendo las necesidades de los trabajadores, afiliados o no, y trasformándolas en nuevos servicios como la Atención a Delegados de Prevención, que desde su creación ha dado respuesta a las más de 7000 consultas planteadas por nuestros representantes, en toda la Comunidad. • El Programa de Visitas a Empresas, que ha asesorado a más de 5000 empresas de la región, y que ha servido para mejorar sus condiciones de seguridad, y en consecuencia, elevar los niveles de seguridad de los trabajadores. • El enorme esfuerzo formativo que venimos realizando desde 1997, que se ha saldado con cerca de 900 alumnos que han obtenido el título de técnico de prevención, 353 de los cuales son delegados de prevención de UGT. Por tanto, podemos afirmar que la responsabilidad de la Unión General de Trabajadores de Castilla y León en materia preventiva se ha ejercido y se seguirá ejerciendo con contundencia y sin cortapisas, tanto en el plano individual como en el colectivo, siendo un eje fundamental de su política sindical. Así lo hemos hecho, como digo, y seguiremos haciéndolo. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 9 OPINIÓN NUEVO BOLETÍN DIGITAL ¡¡ BOICCOOT a la siniestralidad laboral !! Mariano Sanz Lubeiro Secretario de Salud Laboral de la Unión Sindical de CC.OO. de Castilla y León Desde la Secretaría de Salud Laboral de la Unión Sindical de CC.OO. de Castilla y León, hemos puesto en funcionamiento un nuevo proyecto que tratará de ser una herramienta útil de información en materia de prevención de riesgos laborales, con el único fin de poder ser más efectivos en la defensa de los derechos de los trabajadores y trabajadoras. Q ueremos que este “Boletín Informativo” sea un referente para nuestros delegados de prevención y para todos los trabajadores implicados activamente en la prevención de riesgos laborales; como también aspiramos a ser una referencia obligada para consultas y cuestiones relativas a esta materia. Esta publicación, que pretendemos ofreceros con periodicidad quincenal, detallará las actividades que se vayan organizando en nuestro sindicato a lo largo del año, los cambios y novedades normativas, los sucesos y noticias acaecidos durante la semana, junto con todas aquellas actividades (charlas, jornadas, encuentros...) que se vayan a organizar en nuestra comunidad y que aborden cualquier tema relacionado con la prevención de riesgos laborales. Haremos hincapié en aquellos datos y noticias que ocurran en el panorama nacional y que pueden ser del interés de todos. Este boletín informativo digital se estructura en siete apartados perfectamente diferenciados: El Artículo: Supone el grueso del boletín, se abordará un tema de actualidad mediática y especial relevancia en el mundo de la salud laboral, marcado por la evolución cronológica de los acontecimientos. Noticias Breves: Se incluirán las noticias más relevantes de las acaecidas en las últimas dos semanas. Se hará especial mención de aquellas noticias en las que CC.OO. tenga algo que decir o se presente como sujeto activo. 10 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2006 Los resultados obtenidos en los análisis y estudios llevados a cabo por el sindicato, pueden ser un buen ejemplo de ello. en el se haga especial mención de los incumplimientos ocurridos en materia preventiva. El asesor responde: En este apartado se intentará dar respuesta a aquellas preguntas que de manera más asidua se repiten en las diversas Asesorías que CC.OO. tiene en nuestra región, aunque siempre intentando que coexistan varios de los siguientes temas: a) Mutuas de AT y EP. b) Medidas preventivas o actuación ante un riesgo en concreto. c) Actuación sindical en salud laboral. Publicaciones: Detallaremos las publicaciones que se elaboran desde la propia Secretaría de Salud Laboral de CC.OO. Castilla y León, pero dejando también cabida a las que se elaboran tanto a nivel nacional así como a cualquier otra publicación relevante que se haga y que destaque por su interés. Los últimos datos: Bajo este epígrafe se incluirán pequeñas llamadas de atención sobre datos relevantes. Al igual que en el artículo, contendrá temas de actualidad de la semana o mes en el que nos encontremos, así como de los acontecimientos acaecidos en los últimos días. Legislación y Jurisprudencia: Se informará de las novedades legislativas, que tanto a nivel regional como nacional, se vayan produciendo. También se incluirá algún estudio jurisprudencial La agenda: En este epígrafe se informará de las diversas actividades (Congresos, Cursos o Jornadas) que en materia de salud laboral se realicen en la región, destacando de manera muy especial los promovidos u organizados por organismos acreditados en materia preventiva. Desde CC.OO. animamos a la participación de todas aquellas personas (Delegados de prevención, técnicos en PRL, trabajadores y trabajadoras...) que quieran colaborar con nosotros en este proyecto divulgativo, con la aportación de sugerencias y opiniones, que sirvan de apoyo en nuestro quehacer diario para crear entre todos la reiterada “Cultura Preventiva”. Si quieres recibir el Boletín puntualmente, mándanos un correo con tus datos personales a: [email protected]. El registro es totalmente gratuito, y la finalidad es que los trabajadores y trabajadoras puedan mantenerse puntualmente informados de la actualidad y novedades en materia preventiva de nuestro país, pero con especial hincapié en lo que afecta a Castilla y León. Puedes encontrarnos también en: wwwcastillayleon.ccoo.es ¡SALUD! OPINIÓN Dispositivos de Presentación de la información Angélica Riocerezo Fernández Jesús Eloy Fernández Garmón Técnicos en Prevención de Riesgos Laborales en CECALE Nuestras empresas muestran en su interior una serie de signos importantes dirigidos a sus recursos humanos para promover la ejecución con seguridad del trabajo productivo. En la mayoría de los casos, no nos percatamos de su presencia o no les damos la más mínima importancia debido a que ya estamos muy acostumbrados a percibirlos. Se trata, en definitiva, de dispositivos de información como paneles luminosos, alarmas o displays, entre otros, que de su facilidad de interpretación dependerá la rapidez de ejecución segura del trabajo. ¿Qué se le debe exigir a un dispositivo de este tipo? Ante todo que sea seguro, que no dé lugar a errores y que sea tan rápido como la respuesta que pueda causar en el trabajador. Suelen estar ubicados en paneles verticales para poder ser accionados de forma segura evitando lesiones musculoesqueléticas y deben estar colocados de tal forma que no tengamos que hacer esfuerzos para poder visualizarlos y comprenderlos, aunque el propio trabajador, el proceso y el entorno nos pueden ofrecer otros parámetros para su colocación. La adaptación entre el desempeño del trabajo de una forma segura con las posibilidades de cada trabajador en el entorno laboral correspondiente se realiza a través de la Ergonomía, que trata de buscar el bienestar a la hora de desarrollar el trabajo y se va a encargar de conseguir que la interacción de la persona con su trabajo y con el medio en el que se desarrolla sea lo más óptimo posible. Nos debemos basar, por tanto, en el principio ergonómico fundamental, que debe regir todas nuestras intervenciones como es adaptar la actividad a las capacidades y limitaciones de los usuarios, y no a la inversa. Por este motivo, aumentar la complejidad de uso de estos dispositivos de información elevaría de forma directa la tensión del trabajador, con el consiguiente aumento del riesgo de estrés, de ansiedad, de sentirse superado por la situación y de no ser capaz de dar esa respuesta suficientemente rápida, para regresar a un proceso normal en la ejecución y toma de decisiones. Es, sin duda, en el sector industrial donde la prevención de riesgos laborales está estrechamente ligada a la seguridad de las máquinas y de los equipos de trabajo. Por ello ha sido necesario desarrollar un marco legislativo y normativo que intente regular todo lo asociado al uso de estas máquinas con seguridad. Nos referimos, en concreto, al Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, que nos indica, entre otras cosas, que los órganos de accionamiento de un equipo de trabajo que tengan alguna incidencia en la seguridad deberán ser claramente visibles e identificables y, cuando corresponda, estar indicados con una señalización adecuada. Es importante reducir o en su caso evitar los accidentes motivados por la utilización de las máquinas, integrando la seguridad de las mismas en todas las fases de diseño PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 11 REPORTAJE y fabricación mediante una prevención intrínseca, y en las fases de instalación y mantenimiento, mediante la aplicación de componentes de seguridad. Además, los órganos de accionamiento deberán estar situados fuera de las zonas peligrosas, de forma que su manipulación no pueda ocasionar riesgos adicionales. Asimismo, cada equipo de trabajo deberá estar provisto de un órgano de accionamiento que permita su parada total en condiciones de seguridad, que tendrá prioridad sobre las órdenes de puesta en marcha. Al igual que veíamos con el diseño de los dispositivos de información, a la hora de diseñar esos órganos de control, el ergónomo ha de tener en cuenta la información que se va a recibir, las posibilidades y consecuencias de los errores, el tiempo de respuesta y la frecuencia de la señal, las características particulares de la persona, así como la interacción entre hombre-máquina. Por ello, la antropometría aporta los datos necesarios para adaptar la máquina al individuo, con el fin de diseñar un sistema que respete las capacidades físicas de la persona, en cuanto a tipo de mandos, tamaño y ubicación de los mismos, ya que el alcance, la velocidad, la precisión y la fuerza del movimiento dependen de la parte del cuerpo utilizada. Tres de las principales preocupaciones del diseño ergonómico son, en primer lugar, los controles o dispositivos que transmiten energía y señales desde el operador hasta una pieza de una máquina. En segundo lugar, los indicadores o dispositivos de presentación de datos, que proporcionan información visual al operador sobre el estado de la maquinaria, y por último, la combinación de controles y dispositivos de indicación en un panel o consola. Atendiendo a las fuentes más usadas para la entrada de información podemos clasificar los dispositivos en visuales (luces, escalas, contadores, tubos de rayos catódicos, paneles planos, etc.), auditivos (campanas, sirenas, mensajes grabados, sonidos generados electrónicamente, etc.) y táctiles (controles con formas determinadas, Braille, etc.). Los rótulos, instrucciones escritas, advertencias o símbolos (“iconos”) pueden considerarse tipos especiales de dispositivos de presentación de datos. Por otra parte, los colores y el significado de los dispositivos son muy utilizados para transmitir información, por lo que una correcta utilización de los mismos nos facilitaría la toma de decisiones y sería muy útil para dar respuesta a aquellas situaciones que nos podamos ir encontrando. En resumen, cuatro son las normas básicas que deben reunir los dispositivos de indicación: 1. Mostrar sólo la información que resulte esencial para la realización correcta del trabajo. 2. Mostrar la información con la precisión necesaria para las decisiones y acciones del operador. 3. Presentar la información de la forma más directa, simple, comprensible y aprovechable. 4. Presentar la información de manera que un fallo o mal funcionamiento del propio indicador resulte inmediatamente obvio. FOTOPREVEN Esta sección pretende reflejar y concienciar, de una manera visual, la existencia de una serie de situaciones anormales que se producen en el entorno laboral como consecuencia de la confluencia de una serie de factores y circunstancias previas a las mismas. ¿Demoliendo el edificio Windsor? E stá claro que no se trata una imagen tomada durante la demolición del edificio Windsor de Madrid. Demolición que contó con toda una serie de medidas preventivas que han quedado como referente de unas buenas prácticas de trabajo, especialmente teniendo en cuenta las difíciles condiciones en las que fue necesario efectuar dicha demolición y una planificación rigurosa permitió garantizar la realización segura de la demolición. Está claro que la imaginación del ser humano no tiene límites y la osadía tampoco. ¿Quien se atrevería a dar por bueno un Plan de Seguridad de una obra de demolición en la que una miniretroexcavadora (con su maquinista dentro de la cabina manejándola) es introducida en un contenedor de vertido de escombro y suspendido de una grúa a más de 10 m de altura para realizar el arranque de materiales mien- tras se balancea con cada nuevo “zarpazo” al edificio? Cuando la improvisación se adueña del escenario, las consecuencias son impredecibles. Ver para creer. Gracias a la persona que nos ha proporcionado la oportunidad de contemplar, una vez más, a un trabajador corriendo un riesgo innecesario y evitable. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 13 REPORTAJE CENTRO DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL DE CASTILLA Y LEÓN Metodología de análisis de los componentes causales de los accidentes de trabajo en el sector industrial En el número 2 de la Revista de Prevención de Castilla y León se publicó (en la sección de reportajes) un primer informe de resultados sobre los componentes causales de los accidentes de trabajo en el sector de la Construcción, en dicho informe se exponían los fundamentos metodológicos seguidos y los resultados más relevantes obtenidos hasta la fecha por este proyecto iniciado en el Centro de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León. E s bien sabido que la información generada en el transcurso de las investigaciones de las causas de los accidentes de trabajo con consecuencias graves o mortales, que se realizan por parte de los cuerpos técnicos de la Administración, son una fuente precisa y valiosa para, entre otras aplicaciones, analizar las prioridades y orientar la acción preventiva a desarrollar desde la Administración de Castilla y León con el fin de llevar adelante su competencia promotora de la seguridad y salud en los centros de trabajo de la Comunidad con las debidas garantías de eficacia y eficiencia. La precisión de la información obtenida en cada investigación de accidente y su fiabilidad superan con creces a cualquier otra a la hora de analizar las causas que han generado la serie de hechos y circunstancias que finalmente se han materializado en un accidente de trabajo. METODOLOGÍA DESARROLLADA Debemos recordar que el modelo epidemiológico del análisis causal y la metodología de análisis de accidentes basado en la elaboración del árbol de causas (red causal) pretende fundamentar un modelo conceptual práctico y eficaz de desarrollo del análisis de las causas (y especialmente de sus componentes) de cualquier tipo de accidente para extraer conclusiones preventivas de aplicación concreta y directa. Para ello, el análisis de los informes se ha centrado en determinar los factores causales y cada uno de sus posibles componentes partiendo de la cronología de acontecimientos, la asociación de dependencia entre los mismos y su conclusión efectiva más inmediata. Los tres niveles de factores causales (y sus componentes) conceptualmente se si- 14 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 tuarían dentro del árbol causal del siguiente modo. Las causas predisponentes del accidente (CP), las causas desencadenantes del incidente (CDs) y las determinantes de las lesiones (CDt) aparecerían representadas según la fig 1 y ponen de manifiesto las deficiencias preventivas que hicieron posible el accidente en cada una de sus etapas de materialización. Fig. 1 Clasificación cronológica de factores causales COMPONENTES CAUSALES DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO EN EL SECTOR DE ACTIVIDAD “INDUSTRIA” El enfoque de esta metodología permite universalizar los conceptos temporales y lógicos de los fenómenos que predisponen, desencadenan y materializan la lesiones de una persona durante el desarrollo de su trabajo de una forma inesperada pero explicable a la vista de las condiciones de seguridad en que se desarrollaba la tarea, los hechos acontecidos y las consecuencias evidentes en forma de lesión corporal, visceral o funcional. Este modelo de análisis de las causas y sus componentes permite determinar las prioridades preventivas que surgen de las investigaciones efectuadas por personal técnico de alta cualificación y experiencia que añade su imparcialidad al conjunto de valores esenciales de cara a servir de soporte al rigor y fiabilidad de la información que, además, nutre de forma sistemática este banco de datos sobre accidentes de trabajo en Castilla y León. Con este singular proyecto, Castilla y León se incorpora plenamente a la red de investigadores que aportan, al conjunto nacional y al propio conocimiento del fenómeno de la siniestralidad, unos resultados y conclusiones de utilidad práctica para la orientación de las estrategias preventivas de los accidentes de trabajo. De los accidentes que actualmente conforman el banco de datos, el 29,6% se corresponden con accidentes de trabajo del sector “Industria” (excluida la minería del carbón). Los resultados obtenidos han sido los siguientes: PREDISPONENTES DE LOS ACCIDENTES Los principales componentes causales que aparecen en el conjunto de los accidentes de este sector son los métodos de trabajo inadecuados o inexistentes. Esto se traduce en procedimientos de trabajo inseguros, con procedimientos que contienen acciones peligrosas y en las cuales los riesgos de accidente no se encuentran debidamente controlados. El siguiente componente presente en los accidentes es la presencia (y el manejo) de una máquina considerada como peligrosa por carecer de las debidas medidas de seguridad hoy en día la normativa establece, además de la que se pueda derivar de las evaluaciones de riesgos efectuadas. Estos mismos factores son los mas relevantes en el caso de accidentes de conse- cuencias graves. Pero en el caso de los accidentes mortales investigados de este sector, el manejo, de forma peligrosa (debido a su forma, peso tamaño...etc) de mate- riales supone, junto al método de trabajo inadecuado los principales componentes presentes detectados seguido de la consideración de un evidente desconocimiento PREDISPONENTES EN INDUSTRIA DEL TOTAL DE LOS GRAVES de los riesgos a los que se exponía la víctima en su trabajo. DE LOS MORTALES DESCONOCIMIENTO APLICACION MEDIDAS PREVENTIVAS 8,2 9 0 DESCONOCIMIENTO DE RIESGOS 5,9 4,7 6,8 MAQUINA PELIGROSA 13,6 15,6 0 METODO TRABAJO INADECUADO/INEXISTENTE 14,9 14,6 11,4 MANEJO PELIGROSO DE MATERIALES (PESO, TAMAÑO, FORMAS…) DESENCADENANTES DE LOS ACCIDENTES Entre los factores desencadenantes identificados en los accidentes investigados en el sector de Industria hay que destacar que en el conjunto global la realización de una imprudencia es el más destacado, seguido de una manipulación deficiente y la realización de operaciones en una máquina mientras permanece en funcionamiento. 11,4 En los casos de accidentes de consecuencias graves se aprecia una situación similar, pero destaca en el caso de los accidentes de consecuencias mortales la pérdida de equilibrio como desencadenante mas frecuentemente presente seguido de una ubicación inadecuada de la víctima durante el trabajo y de una manipulación deficiente. Puede resultar llamativo que el primer componente desencadenante de la cadena de DESENCADENANTES EN INDUSTRIA DEL TOTAL acontecimientos que finalmente concluye en un traumatismo de consecuencias mortales sea la pérdida de equilibrio, pero es evidente que no solo en la construcción están presentes los riesgos de caídas de altura y probablemente no se esté valorando en su justa medida la presencia de esta condición de trabajo en actividades de amplia diversificación y para las que el trabajo o circulación en altura se encuentra cada vez mas presente. DE LOS GRAVES DE LOS MORTALES MANIPULACION DEFICIENTE 16,2 15 12 IMPRUDENCIA 17,8 17,9 0 OPERACIONES SIN PARAR MAQUINA 15,5 17,9 0 PERDIDA EQUILIBRIO 20 TRABAJADOR MAL UBICADO DURANTE LA OPERACIÓN 12 DETERMINANTES DE LAS LESIONES El factor determinante de las lesiones que mas frecuentemente aparece en los accidentes investigados en el sector de Industria se corresponde con atrapamientos se- guido de cortes por objetos o herramientas, tanto en el conjunto total como en los de consecuencias graves. Por su parte, las caídas a distinto nivel (de altura) representan el mecanismo más DETERMINANTES DE INDUSTRIA DEL TOTAL frecuente que origina lesiones mortales, en correspondencia con el desencadenante, mencionado con anterioridad, de pérdida de equilibrio. DE LOS GRAVES DE LOS MORTALES ATRAPAMIENTO 26,1 29,4 10,5 CAIDA A DISTINTO NIVEL 12,9 13,6 21,1 CORTE POR OBJETO O HERRAMIENTA 21,5 22,6 0 GOLPE CON OBJETO O HERRAMIENTA 10,6 8,5 10,5 CONCLUSIONES La protección de las caídas de altura se aprecia como una de las principales necesidades a considerar en la prevención de accidentes mortales no solo en el sector de la construcción, sino también de las actividades que se engloban en Industria. La combinación de “acciones imprudentes” como desencadenantes o la “mala ubicación durante el trabajo”, junto a unos “métodos inadecuados de trabajo” y evidencias que indican “desconocimientos de las medidas preventivas a aplicar, e incluso de los propios riesgos” a los que se halla sometida la víctima, hacer nuevamente necesario toma en consideración la importancia que debe concederse a la formación e información para el desarrollo de un trabajo eficiente y seguro. La formación e información deben reforzarse con la necesaria vigilancia de cumplimiento de lo transmitido a través de dicha formación e información para su adecuada integración en unos modelos de buenas prácticas de trabajo y la consolidación de un modo de trabajo seguro y satisfactorio. Finalmente, las conclusiones a las que este informe llega en el ámbito de la industria hace necesario llamar la atención sobre la necesidad de prestar una especial atención en los planes preventivos a las acciones de supervisión, vigilancia y control de las malas práctica de trabajo a través de la generación de instrucciones claras y precisas que garanticen la preservación de unas condiciones seguras durante el desarrollo del trabajo. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 15 REPORTAJE Ávila 2007 Muestra de Formación Profesional Los días 14 y 15 de marzo, en el Polideportivo Municipal de San Antonio se celebro, como viene siendo habitual, la séptima edición de la Muestra de Formación Profesional, organizada por la Dirección Provincial de Educación, con el lema “Conduce tu futuro”, con objeto de ofrecer información educativa sobre todos los ciclos formativos existentes de formación Profesional – 10 familias profesionales – que pueden realizarse en la provincia de Ávila. U n año más participaron en la muestra, además de los Centros de Formación Profesional, una amplia representación empresarial e institucional, que en este año rondo la treintena, entre las que se encontraba la Oficina Territorial de Trabajo de Ávila, que viene participando en la misma desde la segunda edición, instalando un stand en el cual se difunden las funciones y competencias, y acerca a los futuros trabajadores y/o empresarios los servicios que se prestan por la Administración de la Junta de Castilla y León competencia de dicha Oficina. Este año el stand se enfocó hacia uno de los aspectos que más preocupan en materia de prevención de riesgos laborales, la divulgación de una cultura preventiva, para lo cual se confecciono diverso material que difundiera las distintas medias puestas en marcha a raíz del acuerdo para la prevención de riesgos laborales en Castilla y León, que como parte del Acuerdo sobre el Desarrollo del Dialogo Social en Castilla y León, firmado por el Presidente de la Junta con los agentes 16 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 económicos y sociales más representativos de la Comunidad, establece como una de las acciones a desarrollar en materia de prevención de riesgos laborales, la divulgación en esta materia, y de una manera especifica en el ámbito de la enseñanza. Así, a los distintos materiales existentes para divulgar la escuela de prevención, folletos, pines, gorras, etc., con sus diversas actuaciones: la campaña ¡a salvo!, aula de prevención y Web escuela de prevención, se añadieron otros confeccionados para la ocasión como bolígrafos, carpetas o libretas, que además disponían de los consejos recogidos en el decálogo de la prevención de riesgos laborales, a lo que se añadió la presencia de la mascota de la campaña ¡a salvo! y la proyección de diversos audiovisuales. Además, este año, como novedad, se desarrollaron unas mesas redondas sobre distintos temas, que comenzaron el día 12, en el salón de actos de la Junta de Castilla y León, con la mesa sobre “Gestión de la prevención y riesgos laborales”, en la cual par- ticiparon un técnico de la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de la Oficina Territorial de Trabajo, D. Jesús Criado, que hablo sobre la salud y el trabajo, prevención de riesgos laborales, daños y técnicas preventivas, la Ley de Prevención de Riegos Laborales y los servicios de prevención, para posteriormente un técnico de la Sociedad de Prevención FREMAP tratar sobre la evaluación de riesgos y los planes de emergencia, y un representante del servicio de prevención MEDYCSA, expuso las funciones de los técnicos de prevención nivel intermedio, para finalizar con un coloquio, con los casi cien alumnos del Instituto de Enseñanza Secundaria Vasco de la Zarza que asistieron a la mesa, a los cuales se les entrego diverso material, como los FACTS de la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo, confeccionadas con motivo de semana europea de la seguridad y salud en el trabajo 2006. En los dos días de duración pasaron por la muestra unos once mil alumnos de los distintos centros de la capital y provincia. REPORTAJE EN ASTURIAS, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN III Encuentro Nacional de Profecionales en Prevención de Riesgos Laborales Con el título “Situación actual y perspectivas de la Prevención de Riesgos Laborales”, se celebró en Gijón del 20 al 22 de junio el Encuentro Nacional de Profesionales en Prevención de Riesgos Laborales, que este año cumplió su tercera edición. Este encuentro se organiza con el objetivo de que todos los profesionales en esta materia puedan compartir experiencias preventivas a la vez que poner al día sus conocimientos. H a sido un encuentro en el que participaron mas de 350 congresistas en las distintintas ponencias que se desarrollaron en las tres jornadas, que realizaron un recorrido por las diferentes materias preventivas y por los temas más actuales para los profesionales de la prevención. De esta manera, se habló sobre las Necesidades de Información, para posteriormente centrar la primera jornada en el Riesgo de Atmósferas Explosivas y sobre los Accidentes de Tráfico con relación laboral. El segundo día se centró en torno a la Ergonomía, tanto desde la carga mental, como de los riesgos psico-sociales y de los trastornos músculo- esqueléticos. El último día el tema principal fue las Enfermedades Profesionales y la Medicina del Trabajo donde se analizó la nueva lista de EEPP y se estableció un interesante debate sobre la “Situación actual y perspectivas de futuro de la Enfermedad Profesional en España”. Asi mismo se instaló en un pabellón contiguo al del Encuentro, una “Exposición preventiva” donde instalaron stand las Comunidades Autónomas asistentes, el INSHT, los Agentes Sociales y Económicos, la Fundación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias, el 112 Asturias, el Instituto de Biomecánica de Valencia, el Instituto de Robótica de la Universidad de Valencia e ICSOFT informática de Badajoz. La Junta de Castilla y León expuso en su stand, las diferentes actuaciones que en materia preventiva se están desarrollando, así mostramos las acciones y los materiales desarrollados que componen “Escuela de Prevención” ( maleta troley con su contenido, Aula de prevención, Salvaconsejos y la web escuela de prevención), se dió a conocer las diferentes publicaciones que en prevención de riesgos laborales se han realizado y la posibilidad de acceder a ellas a través del portal web: http//www.prevencioncastillayleon.com, y por último presentamos los carteles, folletos y el spot televisivo de la campaña de prevención de riesgos laborales “ No juegues con su/tu vida”. Queremos dar la enhorabuena al Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales por su invitación para acudir a dicho Encuentro, por la buena elección de las ponencias y la excelente calidad de los distintos ponentes que participaron, y por las facilidades dadas a la hora de realizar nuestro trabajo en el stand. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 17 REPORTAJE Cincuenta años de trabajo sitúan a Harinera Vilafranquina como una de las empresas líder del sector harinero español y una de las más importantes en Europa. La localidad de Arévalo (Ávila) acoge una de las siete plantas que tiene repartidas por todo el territorio español, y desde donde producen 1.200 toneladas diarias de trigo molturado. Una de sus prioridades es la seguridad de sus trabajadores y de sus clientes, por ello la empresa ha marcado un hito en el sector de la fabricación de harina, reduciendo las cargas de los sacos de distribución del producto a la mitad y financiando la instalación de silos a sus clientes evitando así problemas de sobreesfuerzo en la distribución y recepción del material. Harinera Vilafranquina: PIONEROS EN LA PREVENCIÓN DE LOS ACCIDENTES POSTURALES H arinera Vilafranquina ha pasado de ser una pequeña empresa familiar catalana que nace en los años cincuenta, a una de las mayores productoras de harina de Europa, con una cuota nacional del 30 por ciento. Actualmente cuenta con siete plantas repartidas por toda España: en Vilafranca del Penedés (Barcelona), Santa Margarida els Monjos (Barcelona), Alcañiz (Teruel), Cádiz, Pamplona, Nogales de Pisuerga (Palencia) y Arévalo (Ávila). Ésta última se asienta en Arévalo en 1989, comenzando con una molturación de 500 toneladas diarias. Poco a poco se fue incrementando su actividad y, hoy en día producen 1.200 toneladas diarias de trigo molturado, con previsión de que se amplíe a otras 500 toneladas más. Actualmente, en la planta arevalense –que ocupa un total de 5 hectáreas de superficie– trabajan más de 100 personas, distribuidas entre laboratorio, silos, ofici- 18 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 nas, almacenes... aunque como está totalmente automatizada, en el proceso de producción tan sólo está formado por tres personas repartidas en cada uno de los tres turnos, lo que sitúa a la factoría como una de las más modernas de Europa. Pioneros en su sector Una de las empresas más punteras en tecnología y en producción de harina del continente europeo, valora su seguridad y la de sus trabajadores. Y dando ejemplo de que el camino de hace andando, Harinera Vilafranquina ha iniciado una medida en materia de prevención de riesgos laborales que ha supuesto una revolución en el sector y en la prevención de riesgos laborales derivados de los sobreesfuerzos. El 80 por ciento de la producción de Harinera Vilafranquina se distribuye a granel, y el 20 por ciento restante en sacos, lo que supone un problema a hora de transportarlos. Para sol- ventar este handicap, la empresa reconvirtió las cargas de sus continentes reduciéndola a la mitad. “Hasta hace tres años teníamos las cargas en sacos de 50 kilogramos y, observando que traía problemas de sobreesfuerzos, tanto en nuestra plantilla como en algunos de nuestros clientes, las redujimos a 25 kilogramos, cuando el convenio contempla sacos de hasta 40 kilogramos. Fue una gran inversión, ya que supuso un coste importante en de maquinaria, embasado, adaptación de los paletizadores, nuevos almacenes y nuevos embases para las cargas. Todo para paliar un problema que no sólo nos afectaba a nosotros, ya que en la fábrica se manipulan pocas cargas, el inconveniente estaba en la distribución final, en los receptores de la mercancía. Y así todos hemos reducido mucho los accidentes derivados de sobreesfuerzos”, indica Carlos Rodríguez Mayo, Director Gerente de Harinera Vilafranquina en Arévalo. Esta iniciativa ha sido recogida por otras empresas, incluyéndose así la nueva medida en el Convenio Nacional de Fabricación de Harinas. Otra medida que han llevado a cabo en Harinera Vilafranquina para eliminar los riesgos posturales a sus clientes ha sido aminorar la distribución en sacos. ¿Cómo? Financiando a sus clientes la instalación de silos de harina. Rodríguez Mayo recuerda que “hace dos años llegamos a un acuerdo con nuestros clientes para iniciar esta medida. Nosotros les financiamos la instalación y así evitamos las descargas manuales. Una ventaja para la empresa y para los receptores de nuestro producto”. Actividad clasificada Según Ángel Serrano Grande, ingeniero técnico eléctrico y responsable de Prevención de Riesgos Laborales de Harinera Vilafranquina, expone que una empresa con su proyección tiene que plantearse unos objetivos muy claros en materia de riesgos laborales. “Nuestro objetivo es la integración de la prevención en todos los niveles asignando a los encargados de las distintas secciones la responsabilidad de la vigi- lancia del desarrollo de los trabajos según se establecen los distintos procedimientos y normas”. Y para ello los estos responsables reciben cursos básicos de formación de 50 horas, aunque también cuentan con “técnicos con formación a nivel intermedio y superior”, Una de las particularidades de Harinera Vilafranquina es que está enmarcada dentro de una actividad clasificada, ya que trabajan con polvo de harina y sus derivados. El objeto del procedimiento de actividades clasificadas es la regulación de todas aquellas actividades susceptibles de ocasionar molestias, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgo para las personas o bienes. La materia prima con la que trabajan en la empresa es susceptible , entre otras cosas, de peligro de incendios y explosiones, “algo de lo que están informados nuestros trabajadores, y por ello reciben unas normas y una formación concreta sobre las actividades que deben y no deben realizar dentro de nuestras instalaciones”. Por ello, la gran preocupación del responsable de prevención de riesgos laborales, Ángel Serrano, es la coordinación con las empresas que acuden a trabajar a Harinera Vilafranquina: “Debemos informarles de que no pueden llevar a cabo trabajos con aporte de calor, como soldaduras, radiales... sin el correspondiente permiso por escrito que han de firmar al menos tres responsables de la empresa”. A esta circunstancia hay que añadir que los trabajadores que vayan a estar temporalmente en sus instalaciones reciben un resumen de la evaluación de riesgos laborales de las zonas donde desempeñen sus trabajos, así como del plan de emergencia. Las explosiones centran muchas de las medidas de prevención de riesgos laborales de Harinera Vilafranquina: detección de “Nuestro objetivo es la integración de la prevención en todos los niveles” PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 19 REPORTAJE puntos calientes en los transportes incorporando extinciones automáticas, mejoras de los sistemas de recepción de la materia prima potenciando aspiraciones para minimizar la presencia del polvo en nube y el riesgo de explosión, y la realización del documento de protección contra explosiones según el Real Decreto 681 de 2003 con la empresa consultora Inburex. La exposición al polvo es otro aspecto importante a tratar desde el punto de vista de la prevención. Así, en aquellas zonas donde mayor presencia de polvo hay, como son las de recepción de materia prima y descargas del material, se han instalado sistemas de aspiración, de manera que se 20 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 separa el producto del aire, reduciendo así el riesgo de intoxicación por inhalación. Otro riesgo asociado a la actividad de la fábrica, debido a la automatización de la misma, es el ruido. Los cascos son obligatorios en todas las plantas, y en cada una existe la señalización correspondiente y se han compartimentado y reducido los espacios para que la exposición a esos decibelios de más sea menor, “aunque este es un problema que se va solventando a medida que se van haciendo cambios en las instalaciones: se sustituyen los equipos antiguos por otros nuevos acondicionados para que el ruido que generen sean el menor posible”, señala el responsable de riesgos laborales de la empresa. Protección colectiva frente a la individual Ángel Serrano insiste en que desde Harinera Vilafranquina se da prioridad a las protecciones colectivas frente a las individuales, “aunque los quipos de Protección Individual (EPIs) también se respetan”. Por ello se van incorporando seguridades en la maquinaria según la evolución de las tecnologías: “la fábrica se pone en marcha en 1989, y los conceptos de seguridad laboral hace veinte años no eran los mismos que ahora, así que hemos tenido que evolucionar y acondicionar las instalaciones a la Ley y a los resultados de nuestras evaluaciones periódicas de riesgos. Hemos apostado mucho en este sentido por la automatización de las labores y los controles, intentando que una persona no quede innecesariamente expuesta al riesgo, sino que la máquina controle o haga directamente la labor que, en caso de realizarla una persona, pudiera resultar peligrosa. Por ello, si una persona invade una zona de riesgo, la máquina se para”. “No sólo nos preocupan los accidentes por formar parte de una estadística, sino porque los errores también nos ayudan a aprender”, asegura Ángel Serrano. La mayoría de los sucesos registrados por la empresa son leves, lo que está causado, según el responsable de prevención, por el empeño en la investigación. “hay que evitar los incidentes antes de que se produzcan poniendo los medios adecuados: formación, información, guías técnicas... La cuestión es que los accidentes nunca ocurren por mala suerte, siempre están producidos por algo, por ello siempre hay que recordar que los accidentes no son casuales, sino causales”. DEBATE Buscar soluciones conociendo las causas acercará a España a las estadísticas europeas La reducción de un 25 por ciento de la tasa global de accidentes de trabajo en la Unión Europea de los 27, garantizar la aplicación adecuada de la legislación europea, a poyar a las pymes y trabajar en los métodos de identificación y evaluación de nuevos riesgos potenciales son algunos de los objetivos de la nueva Estrategia Comunitaria para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el período 2007- 2012 hecha pública por la Comisión Europea en el mes de febrero. U na medida a nivel comunitario que se complementa con el diseño por parte del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo presentada el pasado mes de junio. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN ha abierto el debate en torno a estos planes de actuación para conocer qué es lo que se espera de ambos a través de un encuentro entre Sofía Andrés Merchán, Responsable del Departamento Jurídico y de Relaciones Laborales de la Confederación de Organizaciones Empresariales de Castilla y León (Cecale); Mariano Sanz Lubeiro, Secretario de Salud Laboral del Sindicato Comisiones Obreras de Castilla y León (CC.OO.); y Francisca Ortega Lorenzo, Secretaria Regional de Salud Laboral y Medio Ambiente de la Unión General de Trabajadores (UGT). “Un gran avance para conseguir acercarnos a las estadísticas europeas ”. La valoración de los tres representantes de los sindicatos y la patronal comienza con un aplauso a ambos textos. “Han sido más de dos años de negociaciones en los que se han desarrollado más de cien medidas y actuaciones que cumplen con las demandas de las negociaciones sindicales; así que no sólo saludamos la estrategia, sino que nos sentimos orgullosos porque los agentes económicos y sociales de Castilla y León hemos sido parte activa en el diseño del texto, ya que cerca del 70% de las medidas desarrolladas ya se llevan a cabo en la región a través de los acuerdos conseguidos a través de la Mesa de Diálogo Social de Castilla y León”, indica el Secretario de Salud Laboral de CC.OO. Por su parte, la Secretaria Regional de Salud Laboral y Medio Ambiente de UGT, señala que “aunque la estrategia es una noticia positiva, hay que recordar que no deja de ser un marco de actuaciones concretas, no una normativa, ya que su objetivo es cumplir con las exigencias europeas”, algo que asiente la representante de la Comisión de Sanidad, Seguridad Social y Prevención de Riesgos Laborales de Cecale, que recuerda que “no sólo se han calcado líneas de actuación de los acuerdos de Castilla y León, sino también actividades e iniciativas como nuestro programa de visitas, del que hemos sido pioneros”. Incidir en pymes y micropymes Después de once años desde la aprobación de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, el nivel de siniestralidad en España no es acorde con un mercado de trabajo que apuesta por más y mejores empleos, además de que sus índices son superiores a los de la Unión Europea. Por ello, PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 21 DEBATE a través de diversos puntos, esta estrategia nace, por un lado con el objetivo de reducir la siniestralidad laboral y, por otro, el de mejorar los sistemas de seguridad y salud en el trabajo. La Estrategia Española de Seguridad y salud en el Trabajo marca como primer objetivo lograr un mejor y más eficaz cumplimiento de la normativa, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas –las que registran mayor índice de siniestralidad, una cuestión que , según Sofía Andrés, “se deja muy en el aire, ya que se insiste en la necesidad del cumplimiento de la norma, pero no en los métodos para que esto sea una realidad”. Francisca Ortega coincide en este punto recordando que el 80% de las empresas de Castilla y León tienen menos de 10 trabajadores, y de éstas el 90% emplea a menos de 5, “lo que hace que se convierte para nosotros en una prioridad. ¿Cómo se puede conseguir convencer a estas pequeñas empresas? Pues incidiendo en programas de ayuda porque tienen menos recursos”. 22 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 Mejorar la eficacia y la calidad del sistema de prevención poniendo un especial énfasis en las entidades especializadas en prevención es otro punto en el que incide la estrategia. Al respecto, Mariano Sanz señala sería necesario insistir en “la necesidad de un mayor control de las condiciones trabajo, lo que se mejoraría con una plantilla mayor de técnicos, de inspectores de prevención que garanticen los recursos humanos y técnicos de cada empresa”. La representante de la patronal en la mesa opina que “para que esos técnicos puedan trabajar, ya sea dentro de la empresa, como en servicios ajenos, hay que poner los medios, ya que en la estrategia se exigen titulados en Formación Profesional , pero no se apoya la formación de esas titulaciones. Hay que invertir en formación”. Cultura y formación Por otro lado existe la lucha por la reducción de los accidentes y la mortalidad laboral desde la raíz: la cultura preventiva; es decir, movilizar a la sociedad española para transformar sus valores, actitudes y comportamientos priorizando en la prevención. Para ello, las estrategias para la Seguridad y la Salud en el Trabajo en España y en la Unión Europea recogen en sus textos la necesidad de desarrollar y consolidar la cultura de la prevención en la sociedad y potenciar la formación en materia de prevención de riesgos laborales. “Se observa un déficit en materia de formación que ayude a difundir la cultura preventiva, tanto a empresarios como a trabajadores”, indica el Secretario de Salud Laboral de CC.OO. Un hecho en el que coinciden las representantes de Cecale y UGT, que indican que “Hay que trasladar la prevención de riesgos laborales al resto de la vida mediante la formación y ampliarlo a los máximos ámbitos posibles, por lo que hay que atacar el problema desde la niñez”. Mariano Sanz señala que “para ello habría que implicar más al profesorado e insistir en que además de ser una materia lectiva, la formación en prevención de ries- gos debería impartirse como algo básico, más conceptual, identificando el riesgo con la madurez”. Participación de las administraciones “Para que estos acuerdos y estrategias se llevan a cabo con efectividad es imprescindible la coordinación interadministrativa”, señala Francisca Ortega. Esta necesidad de mejorar la participación institucional y la coordinación entre Administraciones en las políticas de prevención de riesgos laborales también es aplaudida por los agentes económicos y sociales de Castilla y León. Mariano Sanz recuerda que “La estrategia marca un terreno de juego donde se esbozan más de cien medidas que, para su correcta aplicación dependen de la implicación de las propias administraciones, tanto autonómicas como estatales”. No se puede perder de vista que la gran mayoría de las competencias de trabajo están en las comunidades autónomas, pero que, tal y como apunta Sofía Andrés, “habría que apuntar poco a poco hacia la homogeneización de líneas de actuación, algo que en Castilla y León hemos abordado, pero ahora tenemos la oportunidad de poder elevarlo a nivel nacional”. Algo que apoya Mariano Sanz: “Yo creo que así como que cada Comunidad Autónoma debe tener sus particularidades, tiene que haber un compendio común de todas para avanzar y mantener una coordinación adecuada desde el punto de vista, no sólo del desarrollo de las medidas, sino de los estudios de las condiciones de los trabajadores, del trabajo y de aportar las valoraciones científicas como elementos fundamentales a la hora de desarrollar políticas concretas”. La población inmigrante registra una mayor accidentalidad que los trabajadores locales, “y acabar con esto es uno de los objetos principales de este estrategia”, recuerda el Secretario de Salud Laboral de CC.OO., “pero también tenemos que incluir en este saco a los jóvenes, ya que los accidentes la mayoría se dan en menores de 35 años, lo que ratifica que hay que volcar recursos en la formación y en controlar las contrataciones de los trabajadores, especialmente en los colectivos de inmigrantes, jóvenes y mujeres. En cuanto a la situación de las mujeres, Mariano Sanz señala que “desde el punto de vista político y práctico, la ley de prevención está diseñada tomando como base al hombre, algo que hay que cambiar”, sobre todo teniendo en cuenta, como apunta Sofía Andrés, que “sobre las mujeres además continúa asentándose el peso de las consecuencias de la maternidad y la responsabilidad de la vida familiar, así que irremediablemente hay que insistir en políticas que favorezcan la conciliación de la vida laboral y familiar”. Algunas ‘lagunas’ Ambos textos, el europeo y el español, recogen otros puntos en los que es necesario incidir, pero que CC.OO., UGT y Cecale consideran que deberían haberse tratado más a fondo. Es el caso de la vigilancia de la salud, pues, tan y como recuerdo Mariano Sanz, “El 90% de las enfermedades profesionales se tratan como enfermedades comunes”. Por su parte, Francisca Ortega señala que no se hace ninguna alusión a los riesgos psicosociales, aquellos relativos a la organización del trabajo que puede ser desencadenante del estrés. Otro de los ‘puntos negros’ que encuentra Sofía Andrés en la estrategia es que “se incide en la investigación sobre la siniestralidad, pero no sobre sus causas, que son el punto de partida para buscar soluciones y orientar políticas adecuadas. Además contribuiría a la armonización entre las estadísticas de la Unión Europea y España, cuya diferencia creemos que viene dada por el diferente concepto de accidente de trabajo y la responsabilidad de las empresas”. Aunque los tres representantes de Cecale, UGT y CC.OO. valoran como muy positivo el hecho de que se reduzcan las cotizaciones de las empresas con menor siniestralidad y se penalice a las que registren más accidentes. En cuanto a estas estadísticas, los tres representantes sindicales y de la patronal coinciden en decir que “no son comparables”. La Secretaria Regional de Salud Laboral y Medio Ambiente de UGT, “Una comparativa sería frívola porque los conceptos no están normalizados. Lo que se pretende ahora con estas dos estrategias es integrar la normativa europea en el marco español, y así conseguir poco a poco poder optar a hacer una comparación integral. Pero de momento no podemos hacerlo, ya que los conceptos y la cultura de prevención no es la misma en Europa que en España. Nosotros hemos venido a rastras de las normativas en políticas de prevención de riesgos laborales, así que no podremos ver los resultados en corto o medio plazo. Lo único que podemos ir haciendo ahora es aplicar las políticas de las estrategias, hacer un seguimiento, homogeneizar las políticas en las Comunidades Autónomas y después ya podremos optar a compararlas con las europeas”. CO N C L U S I O N E S MARIANO SANZ LUBEIRO “Desde CC.OO. saludamos esta estrategia, que marca muchas actuaciones que vemos necesarias. Ahora falta ver cuál es la eficacia de esas actuaciones y la implicación de los distintos agentes, no solamente económicos y sociales, sino de los propios gobernantes. El texto es un buen inicio, lo aplaudimos, y vamos a estar expectantes en su desarrollo. Y hay que recordar que cerca del 70 por ciento de las medidas que se desarrollan en el texto ya las veníamos trabajando en la Comunidad, lo que demuestra que los agentes sociales de Castilla y León no lo están haciendo tan mal”. SOFÍA ANDRÉS MERCHÁN “Aunque aplaudimos la estrategia creo que debemos seguir trabajando en la cultura preventiva y en la formación, para inculcar esa cultura a todos los niveles. Esperamos que sirva para facilitar el cumplimiento de la normativa a la empresa, y muy especialmente a las pequeñas y medianas empresas, que en Castilla y León son mayoritarias. También deseamos que se continúe trabajando en la investigación, en la averiguación de las causas de la siniestralidad para poder desarrollar las políticas adecuadas”. FRANCISCA ORTEGA LORENZO “El texto supone un gran avance, pero es solamente un punto de partida porque el trabajo empieza ahora. Por lo tanto hay que estar expectantes para ver cómo se van a desarrollar esas políticas, qué actuaciones se van a llevar a cabo para implantar esta cultura de prevención, para corregir donde existen las carencias, sobre todo en las micropymes y ver a corto o medio plazo los resultados de esta estrategia”. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN ENERO-ABRIL 2007 23 REPORTAJE Los Premios de Prevención de Riesgos Laborales de Castilla y León, que otorga la Junta de Castilla y León, reconoció el pasado 24 de abril la labor de siete empresas e instituciones por su esfuerzo para la integración de la prevención dentro de sus procesos productivos o el desarrollo de campañas específicas o de formación de los empleados y de la población. Unos premios “ya consolidados” en su sexta edición. C aja de Burgos, Promecal, Gestamp Palencia, Tableros Losan, Faurecia Automotive España, Destilería DYC y la Escuela Universitaria Politécnica de Valladolid recibieron estos galardones durante una gala en la Consejería de Economía y Empleo y presidida por el Consejero Tomás Villanueva. El también vicepresidente segundo de la Junta señaló que para que recibieran este premio ha sido decisivo que “han sustituido el término gasto por el de inversión”. Durante su intervención, Villanueva reclamó a los empresarios de Castilla y León que contemplen la prevención de riesgos laborales como “parte inseparable de la empresa, como una parte positiva de la gestión empresarial, que es preciso incorporar desde etapas del proceso de diseño y planificación del proyecto”, insistiendo en que invertir en la matera desde las primeras etapas de actividad “es rentable y contribuye al beneficio empresarial en un sentido amplio y a la mejora de su competitividad”. Los siete ganadores han realizado importantes inversiones en materia de prevención de riesgos laborales y han conseguido reducir los índices de siniestralidad, presentando un balance de resultados en prevención “que les ha hecho merecedoras de estos premios” –señaló Villanueva–, “convirtiéndose en un referente en la Comunidad en seguridad y salud laboral”. Así pues, el Consejero felicitó a CC.OO., UGT y CECALE por implicarse en una política positiva para todos. “El Gobierno, los empresarios y los sindicatos vamos de la mano en cuanto a las actuaciones, los acuerdos y las campañas que estamos poniendo en marcha para impulsar la seguridad laboral”, recordó Villanueva, aludiendo al trabajo conjunto de la Mesa de Diálogo Social desde 2003 y al 24 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 VI PREMIOS PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE CASTILLA Y LEÓN La consolidación de nuevo Acuerdo 2007- 2010 en materia de Prevención de Riesgos Laborales, firmado hace unos meses. “Gracias a este consenso y a un compromiso cada vez mayor del empresariado regional, en estos últimos años estamos logrando reducir moderadamente el impacto de los accidentes laborales”, señaló el vicepresidente económico. Y nada mejor que mostrarlo con ejemplos, por eso Villanueva resaltó que el año pasado en la Comunidad se redujeron un 11% los accidentes graves y un 4,5% los mortales. Además, concretó que durante el ejercicio pasado se contabilizaron 56,5 accidentes por cada 1000 trabajadores, frente a los 58 de 2005. También subrayó que Castilla y León absorbió en 2006 el 7% de los certificados de calidad emitidos en España por AENOR, (3.175 empresas), cuando sólo se posee el 5% del las actividades del conjunto nacional. Unos datos que, según Villanueva, “reflejan que Castilla y León tiene un sector empresarial competitivo, que apuesta por la calidad, por la gestión eficaz y eficiente de la empresa y, en consecuencia, también está apostando por la actividad preventiva”. Los premiados Las seis empresas y la Escuela Universitaria Politécnica de Valladolid, tienen su lugar en el podio de los ganadores por muchas razones, y entre ellas por cumplir con una premisa que resumió el Consejero de Economía y Empleo, Tomás Villanueva con la sentencia “Queremos centros de trabajo, y no de riesgo”. Y es que, recordó, “dentro de las empresas, las personas, su desarrollo profesional y procurar unas condiciones saludables en su trabajo, deben de ser considerados como uno de los objetivos prioritarios de la propia empresa y, por tanto, formar parte de la gestión empresarial”. El Premio Autonómico de 1ª categoría correspondió a Promotora de Medios de Castilla y León, S.L. (Promecal), a propuesta de CC.OO., UGT y CECALE. Entre sus méritos se encuentra su activa colaboración con los Agentes Económicos y Sociales a la divulgación de la cultura preventiva a través de artículos, noticias positivas y de prevención, y su contribución relevante al fomento de la seguridad y salud laboral en los centros de trabajo. ria preventiva y llevado a efecto campañas para la solución de los riesgos derivados de las condiciones de trabajo con participación de los empleados. Y el último de los galardones Autonómicos, que en este caso propuso Asepeyo, fue Destilarías DYC (Beam Global España, S.A.) por su constante preocupación por la mejora de sus condiciones de trabajo, que se traduce en el desarrollo y mejora de su Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos y en la obtención de unos resultados siempre favorables, que se constatan en informes de auditorías y en el seguimiento de los objetivos, con una reducción significativa de la accidentalidad. A Gestamp Palencia, S..A. le fue otorgado el premio de categoría 1ª por Palencia. A propuesta de Confederación Palentina de Organizaciones Empresariales, ha sido reconocida por lograr integrar la prevención en todas las acciones de la empresa y en todos los niveles jerárquicos, que se reactiva periódicamente a través de actualizaciones de la política preventiva de la empresa, con fórmulas que llegan a los trabajadores de forma atractiva e interesante y mediante la integración potenciada desde la dirección. En este caso, es de destacar la inversión realizada en incendios, seguridad, higiene, ergonomía y vigilancia de la salud, con una cuantía de 362.858 euros para 221 empleados en 2005 (1.641 euros por cada uno). El siguiente de los Premios Provinciales, y a propuesta de Federación de Organizaciones Empresariales de Soria, fue concedido en la categoría 1ª por Soria a Tableros Losan, la prevención Caja de Burgos, a propuesta de Fremap, recibió el Premio Autonómico de 2ª categoría por la realización de fuertes inversiones para sustituir mobiliario y pantallas de visualización de datos de diferentes puestos de trabajo, motivado por el estudio ergonómico realizado previamente por el Servicio de Prevención. Además, la entidad realizó un importante plan de formación en mate- S.A. por la mejora en el conjunto de acciones preventivas desarrolladas en 2005, desarrollando un modelo de gestión de la prevención en el que hay plena integración de la prevención de riesgos con el proceso productivo. Especialmente por las inversiones realizadas en la instalación de un sistema de detección y extinción de incendios automático en el interior de conductos y zonas clasificadas como susceptibles de generar atmósferas explosivas ATEX, materializado con un sistema de protección preventiva contra fuegos y explosiones. Además, han desarrollado un plan de formación para todo el personal de la empresa. Todo esto ha dado como fruto un índice de siniestralidad un 53,11% menor que el índice del sector. Faurecia Automotive España, S.L., a propuesta de la Mutua Asepeyo, recibió el premio de 1ª categoría en la provincia de Valladolid. Entre los méritos valorados están el conjunto de actuaciones preventivas desarrolladas en 2005, además de su modalidad preventiva mixta, es decir, con la conjunción de recursos propios y ajenos. Han invertido 115.802 euros en acciones preventivas o de control de riesgos, además de otros 4.565 euros para la formación teórico- práctica de los empleados en relación a los riesgos generales y específicos inherentes a su puesto de trabajo. También ha desarrollado diferentes campañas de implicación y participación entre los trabajadores tituladas ‘Ideas de mejora’ consistente en que cualquier empleado de la fábrica puede hacer sugerencias, de forma que si son aceptadas y realizadas proporciona puntos acumulables canjeables por premios. La otra campaña toma el nombre ‘Nuestras 15 buenas actitudes HSE’, desarrollada durante 4 meses y que consistía en que todos los días al inicio de turno, durante unos 15 minutos, operarios y jefes de taller comentaran entre ellos una buena práctica de trabajo en seguridad. Por último, la Escuela Universitaria Politécnica de Valladolid, a propuesta de la Mutua Ibermutuamur, cerró los galardones con el premio de 2ª categoría por la provincia de Valladolid. Fue premiada por la asistencia y participación de los alumnos, futuros profesionales, en un Master de Calidad con módulos específicos de prevención de riesgos laborales. En definitiva, por crear una cultura preventiva dentro de la propia Escuela, que tendrá proyección exterior, y con ello, la mejora de la prevención de las empresas. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 25 REPORTAJE FORO REGIONAL DE PREVENCIÓN TERCERA EDICIÓN PROGRAMA UNIVERSITAS Organizada por la Fundación General de la Universidad de Salamanca, bajo la coordinación académica de los profesores D. Enrique Cabero Morán y D. Julio Cordero González, con el patrocinio y la colaboración de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Castilla y León, el pasado 6 de junio se celebró en el Edificio FES del Campus Miguel de Unamuno de la Universidad de Salamanca una jornada técnica dirigida a médicos, técnicos de prevención, mutuas, empresarios y todos aquellos interesados por el nuevo cuadro de enfermedades profesionales. Jornada Técnica. “Nuevo cuadro de enfermedades profesionales: un acercamiento interdisciplinar.” P resentó e Inauguró la Jornada D. Julio Cordero González, Coordinador del Foro Regional de Prevención Universidad de Salamanca, quien agradeció a la nutrida asistencia su presencia, al tiempo que destacó la singularidad de esta Jornada respecto de otras que se han venido realizando en la provincia de Salamanca, al estar dirigida principalmente a los profesionales sanitarios. D. Manuel Galán Cuesta, Director del Centro de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León, expuso la situación actual y evolución de las enfermedades profesionales en la Comunidad de Castilla y León mediante un exhaustivo análisis comparativo entre provincias correspondiente al año 2006 así como algunos indicadores y su evolución respecto al conjunto nacional. 26 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 Dª. Amparo Sanz Albornos, Técnico Superior de la Oficina Territorial de Trabajo de Salamanca desarrolló el marco jurídico actual de las enfermedades profesionales en España (Real Decreto 1299/2006 y Orden TAS/1/2007) sintetizando la normativa actual y recordando normas que continúan vigentes y que no han sido derogadas por el Real Decreto citado. Así mismo, destacó el gran problema de la infradeclaración al tiempo que instó a los asistentes a su colaboración en esta materia. D. Roberto Pesquera Barón, Jefe de Servicio de Inspección del SACYL, analizó el mecanismo para poder llevar a efecto la notificación de sospecha por parte de los profesionales sanitarios, cuyo proceso se encuentra en vía de estudio en la Comunidad por el SACYL y la Consejería de Sanidad y que se articulará en un futuro próximo a través de la Inspección Médica. D. Fernando Benito García, Jefe de Sección de Medicina Preventiva del Hospital Universitario de Salamanca expuso, mediante una serie de ejemplos, la dificultad para calificar una enfermedad como “Enfermedad Profesional” fundamentalmente por su inespecificidad clínica, variabilidad biológica y la multicausalidad que caracterizan a muchas de las enfermedades profesionales hoy en día incluidas en la lista de referencia. D. Eduardo Gil Pérez, Jefe de la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de la Oficina Territorial de Trabajo de Salamanca, realizó una interesante referencia histórica sobre la prevención de las enfermedades profesionales en España y moderó el animado coloquio que tuvo lugar entre asistentes y ponentes. Seguidamente clausuró el acto agradeciendo nuevamente la presencia a todos los asistentes. REPORTAJE Ciclo Formativo de Grado Superior en Prevención de Riesgos Profesionales Los nuevos profesionales en la prevención de riesgos La prevención de riesgos laborales se ha convertido en uno de los temas más analizados de los últimos años, al situarse España entre los países de la Unión Europea con más accidentes en el trabajo. La figura del técnico prevencionista de riesgos se ha hecho imprescindible en las empresas, más aún desde que en 1995 se aprueba la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que surge “con el propósito de fomentar una auténtica cultura preventiva”. E n este sentido, desde 2004 existe el Ciclo Formativo de Grado Superior de Prevención de Riesgos Profesionales, un ciclo de nueva creación que con 2.000 horas presenciales -400 de ellas son prácticas en empresas- repartidas en dos cursos, está destinado a formar a profesionales en la prevención de riesgos en el trabajo. Un ciclo de nueva creación Este ciclo comenzó a impartirse en el curso académico 2004-2005 en Ávila y Salamanca, provincias pioneras en iniciar este tipo de formación en nuestra Comunidad Autónoma. En Ávila, el ciclo se imparte en el Instituto de Educación Secundaria Vasco de la Zarza. De allí, salieron 19 alumnos titulados el año pasado, de los cuales, varios de ellos están ya trabajando en Servicios de Prevención Ajenos. En estos momentos, se está finalizando la segunda promoción y ya son varias las empresas de servicios de prevención y mutuas las que se han dirigido a este instituto de secundaria abulense para solicitar los servicios de estos nuevos profesionales. “PROFESIONALES QUE TIENEN UNA FORMACIÓN PRESENCIAL ADECUADA IMPARTIDA POR DOCENTES CONOCEDORES DE LAS MATERIAS ESPECÍFICAS QUE SE DESARROLLAN EN EL CICLO” Y es que, cada vez más, se requiere de este tipo de especialistas que tienen una preparación adecuada –han recibido una formación en prevención de riesgos laborales de 2.000 horas-, impartida por docentes profesionales en las materias especificas que se desarrollan en el ciclo. Prevencionistas que están preparados para ejercer como profesionales en empresas en prevención de riesgos laborales, para ser contratados en sociedades que desarrollen su actividad preventiva de forma meticulosa. Estructuración del ciclo El ciclo se estructura en dos cursos académicos. Al finalizar estos estudios, el alumno obtiene el Título de Técnico en Prevención de Riesgos Profesionales de carácter oficial, con validez en todo el territorio nacional y en la Unión Europea y estará capacitaPREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 27 REPORTAJE do para desarrollar la actividad en Empresas y en Servicios de Prevención Ajenos. Los contenidos se agrupan en los siguientes módulos profesionales: • Gestión de la prevención • Riesgos derivados de las condiciones de seguridad • Riesgos físicos ambientales • Riesgos químicos y biológicos ambientales • Prevención de riesgos derivados de la organización y la carga de trabajo • Emergencias • Relaciones en el entorno de trabajo • Formación y orientación laboral • Formación en centros de trabajo “ESTÁN PREPARADOS PARA EJERCER COMO PROFESIONALES DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS EN EMPRESAS O EN SOCIEDADES QUE QUIERAN DESARROLLAR SU ACTIVIDAD PREVENTIVA DE FORMA METICULOSA” Organización y distribución horaria sarrollar en casos de emergencia y primeros auxilios. - Colaborar con los servicios y entidades con competencias en PRL, y especialmente con aquellos que, en su caso, formen parte del sistema de prevención en la empresa. - Cualquier otra función asignada como auxiliar, complementaria o de colaboración del nivel superior Las salidas laborales para los Técnicos en Prevención de Riesgos Profesionales son: Salidas y competencias Las funciones o competencias profesionales que pueden desempeñas estos alumnos cuando finalizan el ciclo son: - Promover, con carácter general, la prevención en la empresa - Poseer una visión global e integrada del proceso de producción que le permita colaborar con otros departamentos internos y externos en la planificación de las actividades que puedan comportar daños para los trabajadores, las instalaciones o el entorno, con objeto de su prevención - Realizar evaluaciones de riesgos, salvo las específicamente reservadas al nivel superior y proponer medidas para el control y reducción de los riesgos o plantear la necesidad de recurrir al nivel 28 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN ENERO-ABRIL 2007 superior, a la vista de los resultados de la evaluación - Realizar actividades de información y formación básica de los trabajadores - Vigilar el cumplimiento de las normas de seguridad, higienes y ambientales, supervisando la adecuación de los equipos y medios de prevención a los riesgos asociados a las máquinas, instalaciones, procesos, sustancias y preparados. - Establecer medidas preventivas y protectoras participando en la elaboración del programa preventivo y del plan de emergencia interior y exterior, organizando los medios humanos y materiales en la forma más adecuada para controlar las situaciones de riesgo, así como colaborar en las actuaciones a de- 1. Prevencionista 2. Coordinador de prevención 3. Técnico de prevención 4. Técnico/jefe de seguridad e higiene La Junta de Castilla y León mediante RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2007, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, convoca subvenciones para el año 2007, dirigidas a fomentar la contratación indefinida de Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales. (BOCyL núm. 127 de 2 de julio) Estos nuevos profesionales de la prevención de riesgos laborales, con su formación de 2000 horas presénciales de las que 400 son prácticas de prevención en empresas, ofrecen a nuestro mercado laboral una solución eficiente, de cara a garantizar a las empresa una correcta gestión de la prevención en sus distintos campos o disciplinas. E N T R A D A E N V I G O R LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN El próximo 19 de abril entrará en vigor la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción (en adelante Ley de Subcontratación). El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, las Comunidades Autónomas y los agentes sociales están trabajando intensamente en la elaboración de una norma reglamentaria que concretará aquellos aspectos de la Ley que precisan de desarrollo para su plena efectividad. Tanto la Ley como el reglamento de desarrollo introducirán algunas cuestiones novedosas en nuestro ordenamiento: la exigencia de unos requisitos de solvencia y calidad a las empresas, un nuevo régimen de ordenación y limitación de la subcontratación en el sector de la construcción, mayor transparencia y más garantías para los trabajadores de empresas incluidas en cadenas de subcontratación. El presente tiene por objeto recoger una información clara y sencilla respecto a cómo debería producirse la puesta en funcionamiento de este nuevo e importante conjunto normativo. En todo caso, debe recordarse que la interpretación del ordenamiento jurídico corresponde en exclusiva a los órganos jurisdiccionales, sin perjuicio de la interpretación de la norma que implica su aplicación por las autoridades laborales. •¿Qué obligaciones establece la Ley de Subcontratación y cuándo serán exigibles? De forma esquemática, el siguiente cuadro recoge las obligaciones exigidas por la Ley de Subcontratación en el Sector de la Construcción, así como el momento en que serán exigibles: INFORMACIÓN PRÁCTICA INFORMACIÓN PRÁCTICA sobre la LEY DE SUBCONTRATACIÓN E N T R A D A E N V I G O R LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN 1. Requisito de solvencia y calidad empresarial Las empresas contratistas y subcontratistas deben: - Disponer de infraestructura y medios adecuados para llevar a cabo la actividad y ejercer directamente la dirección de los trabajos. - Acreditar que su personal dispone de la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales. - Acreditar que cuenta con una organización preventiva adecuada. Obras cuya ejecución se inicie a partir del 19/04/07. 2. Requisito de estabilidad en el empleo: Las empresas contratistas y subcontratistas deben disponer de un porcentaje mínimo de trabajadores indefinidos. Desde la entrada en vigor del reglamento, conforme se determine en el mismo. 3. Inscribirse en el Registro de Empresas Acreditadas. Transcurrido un año desde la entrada en vigor del reglamento. 4. Cumplir los límites en el régimen de subcontratación establecidos en la Ley. Obras cuya ejecución se inicie a partir del 19/04/07. 5. Disponer cada empresa contratista del Libro de Subcontratación. Provisionalmente y desde el 19 de abril se utilizarán las fichas del anexo de la Ley El reglamento determinará el modo y condiciones de habilitación del Libro. 6. Cada empresa contratista debe dar acceso al Libro de Subcontratación a todos los agentes que intervienen en la obra y representantes de los trabajadores en la obra. Desde que se disponga del Libro (provisionalmente, y desde el 19/04/07, se dará acceso a las fichas del anexo de la Ley). 7. Informar a los representantes de los trabajadores de todas las empresas de la obra sobre todas contrataciones o subcontrataciones de la misma. • ¿Qué se entiende por inicio de la ejecución de la obra, a efectos de esta Ley? Hay que tener presente que la Ley de Subcontratación es una norma laboral, por lo que, a efectos de determinar el inicio de la ejecución de la misma, conviene remitirse al momento en que la obra adquiere la consideración de centro de trabajo. En este sentido, el comienzo “laboral” de la obra de construcción tiene lugar en el momento en que se inician los trabajos y hay empresarios y trabajadores en la misma. 1. EL REQUISITO DE SOLVENCIA Y CALIDAD EMPRESARIAL Desde el 19/04/07. 1) Disponer de infraestructura y medios adecuados para llevar a cabo la actividad, y ejercer directamente la dirección de los trabajos. 2) Acreditar que su personal cuenta con la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales. 3) Acreditar que disponen de una organización preventiva adecuada. Como se observa, ninguno de estos requisitos es nuevo. La novedad consiste en que debe acreditarse su cumplimiento a la empresa contratante (y a la autoridad laboral, cuando estén en funcionamiento los Registros de Empresas Acreditadas), y en que el incumplimiento de este deber de acreditación lleva aparejado nuevas responsabilidades. • ¿En qué consiste el requisito de solvencia y calidad empresarial? Las empresas contratistas y subcontratistas deben acreditar el cumplimiento de las siguientes obligaciones: • ¿Cómo deben acreditar este requisito? La acreditación dependerá del momento que se considere: E N T R A D A E N V I G O R LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN a) Hasta la puesta en funcionamiento de los Registros de Empresas Acreditadas, las empresas que contraten o subcontraten deberán vigilar el cumplimiento de estos requisitos por sí mismas. Podría entenderse cumplida esta obligación, por ejemplo, adjuntando al contrato de ejecución de obra una declaración relativa al primer requisito, así como documentación acreditativa de que la empresa cuenta con una organización preventiva y certificación de que su personal dispone de formación en materia de prevención de riesgos laborales. b) Después de que los Registros estén en funcionamiento, las empresas contratistas y subcontratistas cumplirán esta obligación solicitando certificación de que las empresas con las que contratan están inscritas en el Registro. • ¿Qué ocurre si se incumple este deber de acreditación? Las empresas que no cumplan el requisito de solvencia tendrán las responsabilidades establecidas en las disposiciones sociales para cada incumplimiento. Por ejemplo, quien no forme a su personal en prevención de riesgos laborales cometerá una infracción grave. Además, las empresas que contraten con otras empresas que no hayan acreditado el cumplimiento de estos requisitos cometerán infracciones (graves o muy graves, según la actividad desarrollada) en materia de prevención de riesgos laborales, y responderán solidariamente de cualesquiera obligaciones laborales y de Seguridad Social que correspondan a la empresa contratada (artículo 7.2 de la Ley). Esta responsabilidad es adicional a las ya establecidas en la legislación social, como la prevista en el artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores para la cesión ilegal de trabajadores, que podría apreciarse cuando se den los supuestos previstos en el mismo, y que guardan relación con los requisitos previstos en el artículo 4.1 de la Ley. 3. EL REGISTRO DE EMPRESAS ACREDITADAS •¿Qué es el Registro de Empresas Acreditadas? Es un Registro que debe crearse en cada Comunidad Autónoma (así como en Ceuta y Melilla) y que servirá para acreditar que las empresas contratistas y subcontratistas han aportado los datos y documentos exigibles sobre su solvencia, su disposición de una organización preventiva adecuada y de unos recursos humanos con la formación necesaria en materia de prevención de riesgos laborales. Al Registro de Empresas Acreditadas le corresponderán, entre otras, las siguientes funciones: - Tramitar los procedimientos relativos a solicitudes de inscripción, renovación, variación de datos y cancelación. - Expedir las certificaciones sobre las inscripciones registrales existentes. - Dar acceso a los datos obrantes en el Registro a cualesquiera personas o entidades. •¿Quién debe inscribirse en el Registro de Empresas Acreditadas? Todas las empresas contratistas y subcontratistas. Por el contrario, no es exigible a los trabajadores autónomos ni a quien sólo actúa como promotor (artículo 4.1 de la Ley). Esta inscripción será única, válida para todo el territorio nacional. • ¿Dónde inscribirse? En el Registro correspondiente al territorio de la Comunidad Autónoma donde radique el domicilio social de la empresa. • ¿Cuándo debe solicitarse la inscripción en el Registro? • ¿Cuál es el porcentaje mínimo de trabajadores indefinidos que debe tener una empresa? Las empresas que habitualmente realicen trabajos en el sector de la construcción deberán contar con el siguiente porcentaje mínimo de trabajadores contratados con carácter indefinido: ==> ==> ==> No inferior al 10% desde la entrada en vigor del reglamento hasta el 18 de octubre de 2008. No inferior al 20% desde el 19 de octubre de 2008 hasta el 18 de abril de 2010. No inferior al 30% desde el 19 de abril de 2010. • ¿Cuándo debe cumplirse esta obligación? ¿Cómo ha de cumplirse? A partir de la entrada en vigor de la norma reglamentaria se tendrá en cuenta el porcentaje de trabajadores indefinidos de la empresa. El reglamento establecerá reglas precisas sobre la forma de efectuar el cómputo del porcentaje, así como normas transitorias para el período inicial de su vigencia. •¿Qué empresas deben cumplir el requisito de estabilidad en el empleo? El requisito de estabilidad en el empleo se exigirá en la proyectada norma reglamentaria a las empresas en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias: - Que se dediquen a actividades del sector de la construcción. - Que, sin dedicarse a tales actividades, haya intervenido en obras de construcción por tiempo superior a seis meses dentro de los doce últimos meses. Después de la entrada en vigor del reglamento, cada Comunidad Autónoma deberá crear un Registro. Según proyecta la norma reglamentaria, deben tenerse en cuenta dos circunstancias: - Hasta que no esté creado el Registro correspondiente a su Comunidad Autónoma no podrá solicitarse la inscripción. - La inscripción no será exigible hasta transcurrido un año desde la entrada en vigor del reglamento de desarrollo de la Ley de Subcontratación. Según prevé el borrador de reglamento, una vez inscrita la empresa, la inscripción tendrá validez por un período de tres años, debiendo solicitarse la renovación dentro de los seis meses anteriores a la finalización de esa “fecha de caducidad”. También deberá comunicarse a la autoridad laboral cualquier variación de los datos identificativos de la empresa incluidos en el Registro, y la cancelación cuando cesen en la actividad o dejen de cumplirse los requisitos necesarios para estar inscrito. • Las empresas no establecidas en España que se desplazan con sus trabajadores, ¿tienen que inscribirse en el Registro de Empresas Acreditadas? Las empresas que realizan prestaciones transnacionales de servicios tendrán un régimen específico para el cumplimiento de este nuevo conjunto normativo, que se detallará en la norma reglamentaria. Cuando los Registros estén en funcionamiento, deberán inscribirse, si bien dispondrán de un procedimiento simplificado de inscripción. Con la primera comunicación de desplazamiento que realicen adjuntarán la documentación acreditativa del cumplimiento del requisito de solvencia y calidad empresarial. Desde ese momento se les considerará provisionalmente inscritos, hasta que la autoridad laboral inscriba efectivamente o deniegue la inscripción en su Registro. En sucesivos desplazamientos, bastará con que indique en la comunicación de desplazamiento el número de inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas. INFORMACIÓN PRÁCTICA 2. LA OBLIGACIÓN DE ESTABILIDAD EN EL EMPLEO E N T R A D A E N V I G O R LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN 4. RÉGIMEN DE SUBCONTRATACIÓN •¿Cuál es el régimen de subcontratación previsto por la Ley? En el cuadro anexo se recoge esquemáticamente el nuevo régimen de ordenación de la subcontratación exigible en las obras iniciadas desde el 19 de abril de 2007. • ¿Qué se entiende por subcontratista “intensivo” de mano de obra? Subcontratista intensivo es aquél cuya organización productiva puesta en uso en la obra consista fundamentalmente en la aportación de mano de obra, entendiéndose por tal la que para la realización de la actividad contratada no utiliza más equipos de trabajo propios que las herramientas manuales, incluidas las motorizadas portátiles, aunque cuenten con el apoyo de otros equipos de trabajo distintos de los señalados, siempre que éstos pertenezcan a otras empresas, contratistas o subcontratistas, de la obra. • ¿Qué ocurre si se incumple el régimen de subcontratación? Las empresas afectadas (desde la contratista hasta la última subcontratista afectada) cometerán infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales. Además, responderán solidariamente de cualesquiera obligaciones laborales y de Seguridad Social que correspondan a ésta última empresa subcontratista (artículo 7.2 de la Ley). Esta responsabilidad es adicional a las ya establecidas en la legislación social. 5. EL LIBRO DE SUBCONTRATACIÓN • ¿A quién es exigible el Libro de Subcontratación? ¿Cuándo es exigible? El Libro es exigible al contratista, siempre que pretenda subcontratar parte de la obra a empresas subcontratistas o trabajadores autónomos. En cuanto al momento de su exigibilidad, según el proyecto de reglamento, habrá que distinguir tres situaciones: - Desde el 19 de abril debe cumplimentarse, al menos, la ficha que figura en el anexo de la Ley 32/2006, de 18 de octubre. - Durante los tres meses siguientes a la entrada en vigor del reglamento que desarrolle la Ley, podrá utilizarse tanto la ficha como el Libro de Subcontratación que regule dicho reglamento. - Transcurridos tres meses desde la entrada en vigor del reglamento, deberá utilizarse obligatoriamente el Libro de Subcontratación. • ¿Qué es el Libro de Subcontratación? Es un Libro habilitado por la autoridad laboral en el que el contratista debe reflejar, por orden cronológico desde el comienzo de los trabajos, todas y cada una de las subcontrataciones realizadas en la obra con empresas subcontratistas y trabajadores autónomos. Sirve para realizar el control y seguimiento del régimen de subcontratación. Respecto del Libro de Subcontratación, el contratista deberá: • Tenerlo presente en la obra. • Mantenerlo actualizado. • Permitir el acceso al Libro a: - Promotor, a la dirección facultativa y al coordinador en seguridad y salud durante la ejecución de la obra. - Empresas y trabajadores autónomos de la obra. - Técnicos de prevención. - Delegados de prevención y representantes de los trabajadores de las empresas que intervengan en la obra. - Autoridad Laboral. • Conservarlo durante los cinco años posteriores a la finalización de su participación en la obra. • ¿Quién debe habilitarlo? El contratista deberá presentar el Libro de Subcontratación a la autoridad laboral de la Comunidad Autónoma en cuyo territorio se ejecute la obra, para que ésta proceda a su habilitación. 6. OTRAS OBLIGACIONES Finalmente, la Ley exige también que desde el 19 de abril de 2007 las empresas dispongan de la documentación o título que acredite la posesión de la maquinaria que utiliza y de la documentación que exigen las disposiciones legales. CUADRO DE SUBCONTRATACIÓN REPORTAJE JORNADA TÉCNICA REPERCUSIÓN DE LA LEY DE SUBCONTRATACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE GRANDES PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN. Soterramiento del AVE Organizada por la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid, se celebró el día 12 de Junio una Jornada Técnica sobre “Repercusión de la Ley de Subcontratación en Materia de Prevención de Grandes Proyectos de Construcción. Soterramiento del AVE”, en el salón de actos de Caja Duero. Esta actividad se enmarca en la programación anual que con el objetivo de difundir conocimientos especializados en materia de Prevención de Riesgos Laborales desarrolla la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Valladolid. L a jornada tenía como objetivo dar a conocer por un lado las condiciones de seguridad en que se deben desarrollar los trabajos de construcción de túneles y los de excavación mediante ejecución de pantallas, así como los Planes de Autoprotección y Emergencia a implantar durante la construcción de los túneles. Por otra parte se pretendía destacar los aspectos generales de la Ley de Subcontratación, así como las repercusiones en su aplicación práctica en estas grandes obras. La Jornada estaba dirigida a Técnicos de Empresas del sector de la construcción, Técnicos de los Servicios de Prevención Ajenos relacionados con este tipo de empresas, así como a representantes de estas mismas empresas, Delegados de Prevención y Trabajadores en general de este sector. La presentación de la jornada corrió a cargo de Dña. Agustina Arias Gallego, Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid, quién se refirió a las normativas de aplicación de los contenidos de esta jornada, por un lado a la reciente Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción y por otro al Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, destacando los riesgos especiales que implican las obras de excavación de túneles galerías, pozos y otros trabajos que supongan movimientos de tierra subterráneos. La exposición de los contenidos técnicos establecidos en la jornada se llevó a cabo con la participación de diversos ponentes, todos ellos expertos en estas materias, moderados por D. Jesús García Hernández, Jefe de Sección de Prevención de Riesgos de la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Valladolid. En la primera parte de la jornada se contó con la participación de tres Técnicos de la empresa I+P Ingeniería y Prevención de Riesgos: En primer lugar intervino D. Roberto Jara Fraile, Representante Territorial de la zona centro, quién a modo de introducción comentó las funciones del Coordinador de Seguridad y Salud, en particular en las grandes obras de infraestructuras. Seguidamente D. Pedro García Sánchez, Técnico de apoyo a la Gestión Preventiva del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias ADIF, habló sobre las condiciones de seguridad en la obras de túneles, con excavación mediante máquinas tuneladoras, exponiendo los riesgos más relevantes asociados a este tipo de obras, así como las medidas de prevención correspondientes. A continuación D. Luis Charro Blanco, Delegado para el ente público Madrid In- fraestructuras del Transporte, expuso el tema de la seguridad en la ejecución de muros pantalla, haciendo un análisis de las situaciones de peligro en la realización de estos trabajos y las maneras de prevenirlos. Después de una pausa, se reanudó la actividad de la jornada con la intervención de D. Fernando Villegas Puerta, Técnico de Prevención de la empresa Dragados, que en su exposición hizo un repaso al Plan de Autoprotección puesto en práctica en las obras que esta empresa está llevando a cabo en uno de los tramos de los túneles de Pajares, de la línea de alta velocidad León-Asturias. Finalmente D.Juan Ramón Seco RuizBravo, Inspector de Trabajo y Seguridad Social de Valladolid, quien está llevando directamente el seguimiento y la supervisión de varios tramos de las obras del AVE, disertó sobre los aspectos más importantes que a su juicio supone la aplicación de la Ley de Subcontratación en el Sector de la Construcción. Una vez finalizadas las intervenciones dio comienzo un turno de preguntas a todos los intervinientes, en el que los asistentes formularon cuestiones relacionadas con los distintos temas expuestos. Después de ello, fue clausurada la jornada por Dº Juan Manuel Paredes Palomo, Jefe de la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Valladolid. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 29 REPORTAJE DISPOSICIONES MÍNIMAS GENERALES APLICABLES A LOS EQUIPOS DE TRABAJO Verificando las condiciones de seguridad en los equipos de trabajo Julio Moreno Gutiérrez Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales en las especialidades de Seguridad en el trabajo, Higiene industrial , Ergonomía y Psicosociología aplicada. G&M Prevención de Riesgos Laborales S.L Dentro del mundo de la prevención de riesgos laborales, existen un extenso campo de acciones a realizar en la también amplia variedad de actividades industriales que desarrollan las distintas empresas existentes y entre todas esas acciones preventivas se encuentra la que es objeto de este articulo. E n ese sentido, la empresa a la que yo pertenezco, G&M Prevención de Riesgos Laborales, S.L., cuya actividad principal, es la de ser un Servicio de Prevención Ajeno, suscribe contratos específicos con nuestras empresas clientes, para realizar una revisión a los equipos de trabajo existentes en sus instalaciones. El trabajo consiste en realizar un chequeo a los equipos de trabajo, existentes en las instalaciones y distribuidos en los distintos talleres que allí se dan lugar. Este chequeo es el resultado de la transposición de la legislación existente en lo que se refiere a equipos de trabajo y más en concreto, de los “requisitos esenciales de seguridad y salud”, a los procedimientos de Prevención de Riesgos Laborales en vigor, propios. Estos requisitos en su ma- 30 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 yoría, son muy similares a los que se incluyen en la Guía Técnica del R.D. 1215/1997, por citar algunos de ellos tenemos: situación en la que se encuentran los órganos de mando (identificación, señalización, funciones que desempeñan, etc..), existencia o no de dispositivos de captación o extracción, condiciones de los elementos o partes móviles, en lo que se refiere a los posibles riesgos por contacto con estos, consignación (separación, bloqueo, disipación o retención y verificación) de las fuentes de energía, situación existente sobre la utilización y manutención a la que esta sometido el equipo de trabajo, etc. A la hora de realizar el chequeo y siguiendo punto a punto cada uno de los ítems, cabe reseñar algunos de ellos, que son, en los que se producen la mayor parte de las no conformidades y observaciones detectadas: - En lo que se refiere a los órganos de mando cabe destacar que en equipos de trabajo con cierta antigüedad no existe señalización e identificación de estos, sobre todo en equipos como tornos y fresadoras, donde se “supone” que las funciones de palancas, pedales y volantes, son intuitivas. Añadir también que el código de colores, para la identificación de funciones en muchos casos resulta insuficiente al no estar indicado la parte del equipo sobre la que actúa esa botonera. - En cuanto a la puesta en marcha, decir, que en muchas ocasiones, nos encontramos, que el órgano previsto a tal efecto no existe o esta función es la combinación de otros mandos. - Para lo que se refiere a la parada del equipo, es de vital importancia la posibilidad de que exista un interruptor general y que este tenga la posibilidad de bloquearse mediante algún tipo de enclavamiento y no que, como única posibilidad existente haya que realizar la desconexión del equipo, a través de la retirada del enchufe de la red, cosa que en algunos equipos con alimentación mediante clavija de conexión, deberían disponer de mecanismo que impida la conexión/desconexión de la clavija sin abrir previamente el interruptor correspondiente en equipos (>16 A o 3 Kw). - Una circunstancia que se da mucho, en equipos dotados de dispositivo de parada de emergencia, es que, en el momento de actuar, no para instantáneamente la función que deseamos detener, puesto que en muchos casos esa función tiene asociado elementos móviles que tienen una inercia bastante grande, por ello la parada de emergencia debería tener asociado un freno para que sea totalmente efectiva y con ello cumplir la función para la que esta pensada. - Los dispositivos de protección en la mayoría de los casos hacen una doble función, que es la de, por un lado, impedir el acceso a elementos móviles y proteger contra la posibilidad de una proyección de una parte del equipo por fallo de este (rotura, desprendimiento, etc.) - Los problemas de estabilidad en equipos se dan, fundamentalmente, en los de pequeñas dimensiones y que en la mayoría de las ocasiones cumplen una función de portabilidad, lo que ocurre, es que en su diseño no esta previsto esa movilidad. - El punto de las protecciones que deben existir para proteger al operario contra los contactos con elementos móviles, sea cual sea su naturaleza (elementos de transmisión, partes móviles etc...), es uno de los críticos, por que las no conformidades llegan fundamentalmente por este punto, bien sea por la no existencia de protecciones contra este riesgo o por la insuficiencia de los mismos, en relación con esto, decir que un ejemplo típico lo tenemos en los tornos de toda la vida, el plato giratorio esta totalmente descubierto y la solución mas idónea seria la de hacer una cubierta que protegiese por completo al operario de la zona de operación, lo que ocurre, es que, en la mayoría de los casos, esa solución no es compatible con el trabajo a realizar, puesto que dificulta mucho la labor del operario, ya que su forma de trabajar es la de estar muy encima de la zona de mecanizado, controlando la operación y actuando en consecuencia, por todo esto la solución que se adopta normalmente es colocar una especie de envolvente en el torno, que en absoluto protege al operario e impide al acceso al plato giratorio, mas bien hace una función de quita miedo. Todo esto, se da también en fresadoras, donde el cabezal esta totalmente al descubierto y la problemática es la misma que en el torno, la dificultad que se genera al operario para realizar el trabajo, puesto que exige estar encima de la zona de mecanizado. - Los niveles de iluminación en general suelen ser los adecuados, pero se da el caso que la iluminación existente suele ser ambiental y el nivel de esta no siempre se mantiene dentro de los niveles requeridos, debido a causas como la acumulación de suciedad, existencia de sombras, etc... por ello es muy recomendable, sobre todo para equipos que precisan una alta precisión que se tenga, como apoyo, iluminación localizada en el equipo. - Es extremadamente difícil el proteger contra contacto térmico las partes sometidas a alta temperatura, puesto que con la realización de esta medida, en muchos casos, dificultamos la realización del trabajo al operario y que tecnológicamente puede generar un elevado coste, por lo cual la solución a adoptar suele ser la, de distanciarlo y sobre todo la de señalizar la zona de peligro. - En el apartado que hace referencia a la separación de cada una de las fuentes de energía, hay que añadir que es uno de los puntos en el que los requisitos esenciales de seguridad y salud tienen mayor importancia y en el que mas no conformidades nos podemos encontrar a la hora de aplicar este chequeo. Para el cumplimiento integro de este punto debemos obtener una consignación de todas las fuentes de alimentación del equipo (eléctrica, neumática, hidráulica...) PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 31 REPORTAJE yoría de los casos son los generadores de esos niveles de ruido, o a través de encapsular el equipo o la zona critica, medidas que no solo por el cumplimiento de este requisitos serian obligatorias si no que además por el propio R.D. 286/2006, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido, debiéndose ejecutar un programa de medidas técnicas y/o de organización. La consignación comprende una serie de premisas que deben cumplirse: separación, bloqueo, disipación o retención y mediante la implantación de un procedimiento, finalmente debe verificarse el cumplimiento estricto de todo el proceso. Como aplicación practica de todo esto, hay que señalar el elevado de incumplimiento generalizado que nos podemos encontrar sobre todo en equipos de trabajo “viejos”, interruptores sin posibilidad alguna de ser cancelados o bloqueados, la influencia que ejercen unas energías sobre otras en caso de fallos, puestas en marcha intempestivas... y la poca conciencia existente, de todo esto en lo que se refiere al uso cotidiano de los equipos y sobre todo en las operaciones de mantenimiento , limpieza, cambio de útiles, etc.. en las que tanta importancia tiene este punto. Por el contrario, decir que, hoy en día existen gran variedad de soluciones alternativas para estas deficiencias de los equipos y que en muchos casos son de bajo coste, como elementos accesorios para bloqueo de interruptores, conectores rápidos, 32 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 señalización y sobre todo una mayor cultura en lo que se refiere al manejo seguro de estos equipos. - En lo referente a los niveles de ruido emitidos por el equipo, la mayoría de los fabricantes se limitan a informar sobre ello, como una característica mas del propio equipo, cuando en muchos de ellos seria necesario que esos niveles se redujesen a través de medidas técnicas, bien sea por los materiales de que están fabricados los elementos de transmisión, que, en la ma- Como ejemplos de equipos de trabajo a los que se ha realizado la revisión, están, los tornos, fresadoras, taladros de columna, esmeriles, plegadoras, cizallas, puentes grúa, etc. Una vez finalizados dichos chequeos, el siguiente paso consiste en realizar una ficha en la que se recogen las no conformidades detectadas en dichos chequeos y como solución a dichas no conformidades, se proponen una serie de medidas correctoras, a la vez que se planifica en tiempo la ejecución de dichas medidas. Como complemento a este chequeo y con el objeto de informar a los trabajadores, se confeccionan, las fichas informativas que contienen una identificación y valoración de los riesgos existentes en el uso de los distintos equipos de trabajo, aplicando los criterios existentes en los procedimientos internos de cada empresa cliente, además, se incluyen una serie de normas y recomendaciones de seguridad, tanto generales, como especificas correspondientes a cada equipo. En la labor de campo para la realización de los chequeos cabe destacar, en la mayoría de los casos, la colaboración de todo el personal afectado (mandos y los propios trabajadores) sin la cual, es muy difícil la elaboración de dicho trabajo. REPORTAJE “Actualización en Higiene Industrial: AGENTES QUÍMICOS Y RUIDO” Organizado por la Dirección General de Trabajo. y Prevención de Riesgos Laborales, de la Consejería de Economía y Empleo, este curso de actualización se ha desarrollado durante los días 24,25,26 y 27 de abril de 2007 en el Centro de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León, y su duración ha sido de 25 horas. L os alumnos pertenecen a los grupos A y B de la Escala de Seguridad e Higiene en el Trabajo y proceden de las Unidades de Seguridad y Salud de las Oficinas Territoriales de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales. Han asistido con regularidad los 25 alumnos solicitantes a los que se ha hecho entrega del certificado de asistencia. El curso ha tenido como objetivo la actualización de las técnicas de evaluación y prevención de los riesgos relacionados con agentes químico, desarrollando las capacidades de los alumnos para detectar y evaluar los riesgos relacionados con los agentes químicos y ruido en los puestos de trabajo, a la luz de la normativa vigente, y la puesta en práctica de los medios de evaluación y prevención adecuados. Su contenido ha versado sobre los temas siguientes, evaluación del riesgo químico. Análisis del riesgo químico en el lugar de trabajo. Vigilancia de las atmósferas de trabajo. Interpretación de resultados. Metrología de contaminantes especiales. Toma de muestras y análisis de gases y vapores. Toma de muestras y análisis de aerosoles minerales (metales y no metales), ácidos y bases en aire. Determinación de la concentración de fibras de amianto en aire (Método de toma de muestras). Determinación de la concentración de la fracción alveolar de sílice cristalina. Norma UNE 689. Métodos generales y específicos de control de contaminantes. Exposición y discusión de casos prácticos. Exposi- ción al ruido Real Decreto 286/2006. Medición y control del ruido. Normativa de emisión de ruido. La declaración de ruido: su utilidad y consecuencias. Exposición y discusión de casos prácticos. Para impartir este contenido se ha seleccionado como profesorado a personas con especial preparación técnica. Han impartido clase: D. José N. Tejedor Traspaderne, Dña. Celia Tanarro Gozalo y D. Eduardo Gil Iglesias, técnicos de prevención del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y D. Manuel Bernaola Alonso, técnico de prevención del Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Este curso además ha sido declarado de Alto Nivel de Especialización por Resolución de la Dirección General de Función Pública. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN ENERO-ABRIL 2007 33 REPORTAJE ¿Cómo ven los escolares la prevención? Los ojos de los niños lo ven todo pero no lo comprenden todo. Necesitan de la ayuda de los adultos para entender lo que ven y los mayores necesitamos de los niños para recuperar la sensibilidad hacia lo que nunca debió de perder importancia con el paso de los años. P or ello, esta sección es una nueva oportunidad para ver con ojos transparentes y limpios la imagen que nosotros creamos en las retinas de quienes lo ven todo pero no entienden por qué los adultos seguimos corriendo riesgos en nuestros trabajos, cuando sabemos cómo pueden evitarse. También del Colegio Juan XXIII de Zamora, Elisabeth P.M., no se anda por las ramas y realiza una serie de profundas reflexiones en un corto espacio literario intenso y concluyente: SEGURIDAD LABORAL Seguridad, seguridad Hasta en su propio trabajar. Tres breves ejemplos acompañados por algunos dibujos en los que se deja entrever además la vena artística de sus autores, la muestra de la imagen del trabajo, y sus riesgos, entre algunos de los mas pequeños de los escolares de nuestra Comunidad. La seguridad es buena para dos personas El que la practica y al que se le da. Con esto quiero señalar Que la seguridad será buena Por siempre jamás. David Tovar, del Colegio E.I.P. Juan XXIII de Zamora ofrece, para quien los quiera tomar en cuenta, una serie de consejos siempre útiles y universales: LOS ACCIDENTES Los accidentes Son algo horroroso Algo imprudente Los accidentes Son errores No son cosas menores En el trabajo Hay que tener cuidado Para no salir mal parado No pases por zonas peligrosas No hagas imprudencia Esas son cosas dolorosas Por su parte, Cristina Ramos Marcos, del mismo colegio, a sus 11 años hace una síntesis magnífica, de los diferentes ámbitos en los que hay que tener presente la prevención, en su poema: LA SEGURIDAD ES IMPORTANTE La seguridad es importante Y con ella la salud Y es esta vida tienes Que aprovecharla tú. Seguridad en el trabajo Se debe tener Si no, en ese trabajo Puedes fallecer. Seguridad en casa Debes tener Si no, caídas e incendios Se pueden tener. La seguridad es las carreteras No se puede olvidar Porque muchas familias Se pueden salvar. 34 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 Todos estos artistas se hacen merecedores de nuestro reconocimiento y, también, de nuestro mas sincero agradecimiento porque en unos pocos segundos de lectura de sus breves pasajes literarios y gráficos nos hacer reflexionar sobre la prevención de los riesgos que está a nuestro alcance. Gracias a todos y ¡felicidades! REPORTAJE La cultura preventiva desde el principio La prevención de riesgos laborales, que en el devenir diario va adquiriendo más significado y relevancia, requiere actuaciones coordinadas dentro de la Administración y desde todos los niveles de la misma y deben formar parte de un planteamiento cuyo último fin sea la modificación de actividades frente a los riesgos laborales, no de manera inmediata pero si a medio y largo plazo. P ara ello, la información, formación y diálogo son premisas esenciales en orden a conseguir la mejora de la salud y seguridad de los trabajadores, de modo que la cultura preventiva vaya enriqueciéndose para asegurar el debido cumplimiento de las obligaciones preventivas por parte de todos los implicados y qué mejor forma de comenzar esta andadura desde la infancia, impulsando campañas divulgativas para continuar desarrollándolas en la Formación Profesional y en la propia Universidad, tratando con todo ello de sensibilizar a los alumnos, futuros trabajadores y empresarios, en la materia, a través primordialmente de convenios entre la Administración Autonómica y las Universidades de la Comunidad. Dentro de este contexto, una de las múltiples respuestas ofrecidas por la Junta de Castilla y León, dentro del marco del Diálogo Social, con la necesaria colaboración con los agentes sociales y económicos más representativos, está contenida tanto en el Acuerdo para la Prevención de Riesgos Laborales (2002-05), ampliado en el 2006, como en el reciente Acuerdo firmado para el periodo 2007-2010, constituye la convocatoria de un concurso escolar para la realización de trabajos por alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad en este ámbito de la seguridad y salud laboral y que se viene realizando anualmente. Es así que conviene recordar la reciente publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, de 4 de junio, de la convocatoria para el presente año ( Orden EYE/996/2007, de 20 de abril), que como en años precedentes, se quiere hacer realidad el que desde los centros educativos se realicen activida- des relacionadas con la materia de prevención de riesgos laborales. En la citada convocatoria se contienen con claridad los datos relativos a los tipos de trabajos a presentar por los distintos participantes ( trabajo escrito o trabajo artístico de técnica libre), el lugar y plazo de presentación ( finaliza el plazo de presentación de trabajos el día 31 de octubre de 2007) y demás aspectos formales así como la relación de premios a otorgar; los trabajos ganadores tendrán un lugar de exposición permanente en el Centro de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León. Esperemos que esta iniciativa ya consolidada, como otras, sirva para mejorar y completar esta cultura preventiva tan necesaria para ir disminuyendo los índices de siniestralidad en los que nos movemos. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 35 REPORTAJE Enfermería del trabajo: evolución histórica y sus nuevas perspectivas en el ámbito de la salud laboral Oscar Alonso Maté Diplomado en Enfermería, Enfermero de Empresa y Acreditado para Funciones de Nivel Superior en PRL (Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología) Enfermero de la Sociedad de Prevención de Ibermutuamur en la delegación de Burgos. P odemos decir que la primera referencia o alusión al Enfermero/a del Trabajo fue realizada en el reglamento de la extinta O.S.M.E (Organización de los Servicios Médicos de Empresa),esta organización fue legalmente constituida con la publicación de una Orden del Ministerio de Trabajo el 21 de noviembre de 1959 (BOE nº 284 de 27 de noviembre).A través de la OSME se regulaba la constitución de los SME (Servicios Médicos de Empresa), los que debían estar dotados obligatoriamente por un medico de empresa, un ATS (Ayudante Técnico Sanitario), o un ATS diplomado en Enfermería de Empresa, se debería constituir un SME por cada 1000 trabajadores o fracción de 1000, en una o varias empresas y su dedicación deberá ser completa ( 8 horas ) siempre que se llegue al censo de 1000 trabajadores. Las funciones que se reconocían a los SME y por lo tanto funciones inherentes a sus componentes (Medico y ATS de Empresa) eran básicamente las siguientes: so de los ATS de Empresa siempre derivadas y bajo el estricto control y supervisión de Medico de Empresa. Para poder ejercer en los SME se debía estar en posesión del diploma especifico que se de obtenía en los cursos regulares que anualmente convocaba y realizaba la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo y a veces en los antiguos Gabinetes de Seguridad e Higiene. Por lo tanto la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo regulaba de esta forma la titulación del ATS o Enfermero de Empresa, titulación que facultaba para ejercer la profesión enfermera en el ámbito de la empresa. Para obtener esta titulación específica, los entonces ATS obtenían el diploma acreditativo tras una formación de 300 horas teórico-practicas (250 horas teóricas y 50 practicas) bajo la supervisión y tutela de la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo. Dentro del programa formativo de esta titulación específica de Enfermería de Empresa se abarcaban temas específicos relacionados con: • Funciones médicas: asistenciales y primeros auxilios. • Funciones Fisiológicas: educación sanitaria y preventiva. • Funciones Psicológicas. • Funciones Técnicas o de colaboración con otros profesionales técnicos. • Funciones Sanitarias: Vacunaciones e higiene de las instalaciones. • Funciones Asesoras. • Funciones Formativas. • Funciones Investigadoras. • Riesgos Laborales e Industriales en los diferentes sectores de actividad. • Condiciones de Trabajo y Salud • Epidemiología Laboral • Promoción de la Salud en la Empresa y Patología específica laboral. • Socorrismo y primeros auxilios. Todas ellas se debían realizar desde el punto de vista de la formación académica de cada componente del SME, pero en el ca36 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 Más adelante, tras la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención, se incorporan en el temario una serie de contenidos que han ido adaptando las novedades que han aparecido en el ámbito de la salud laboral, como son: • Vigilancia de la Salud de los trabajadores • Planificación y Gestión en la Enfermería de Empresa. Desde entonces hasta la actualidad, este ha sido el sistema de formación para obtener el titulo de diplomado en Enfermería de Empresa. A través de cursos publicados anualmente en el BOE en convocatorias realizadas por la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo, se convocaban habitualmente del orden de 4 a 6 cursos anuales con unos 30 alumnos por curso en diferentes ciudades de España. Hacia el año 2000, a medida que se va implantando la LPRL en las empresas y en previsión de la fuerte demanda en el mercado de la prevención de Enfermeros de Empresa, la Escuela Nacional de Medicina del Trabajo, firma una serie de convenios con Comunidades Autónomas, Universidades y Colegios Profesionales de Enfermería mediante los cuales se aumenta de forma considerable la oferta de plazas para acceder a esta titulación, celebrándose un mayor numero de cursos y con mayor numero de alumnos por curso. Durante este periodo (2000-2005) ha aumentado de forma considerable el número de profesionales de la Enfermería de Empresa formados a través de los cursos celebrados en las instituciones mencionadas. Es ya en el año 2005,concretamente con la publicación en el BOE del REAL DECRETO 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, en que se establece: ”A partir de la entrada en vigor de este real decreto, no se convocarán más cursos para la formación en Enfermería de Empresa, sin que ello suponga modificación alguna del ámbito funcional para el que están actualmente habilitados los Diplomados Universi- tarios en Enfermería y los Ayudantes Técnico-Sanitarios que tengan el diploma correspondiente”. La nueva vía para formar a los profesionales de enfermería especializados en salud laboral será a través de especialidad de Enfermería del Trabajo, que es una de las siete especialidades aprobadas en el REAL DECRETO 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería. En este Real Decreto se aprueba el sistema de formación de Enfermeros/as Especialistas en Enfermería del Trabajo a través de vía EIR (Enfermero/a Interno/a Residente) con dos años de formación especifica en Enfermería Laboral. Del mismo modo, en este mismo Real Decreto, se regula el acceso mediante otras vías para los profesionales con el Diploma de Enfermería de Empresa y experiencia laboral en Enfermería del Trabajo, con lo cual muchos profesionales que lleven tiempo dedicados a la enfermería laboral podrán obtener el titulo de Enfermero/a Especialista en Enfermería del Trabajo sin necesidad de pasar por la vía EIR. Tras esta reconocida especialización se asumen, para nuestra profesión, unas nuevas funciones, actividades y tareas dentro de la enfermería del trabajo, muchas de ellas derivadas de la nueva normativa relacionada con la Salud Laboral, que ha ido entrando en vigor en nuestro país, sobre todo a partir de la Ley de PRL, el Reglamento de los Servicios de Prevención y otras recomendaciones publicadas relacionadas con la Salud Laboral. Conforme al “ACUERDO DE CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA LA ACTIVIDAD SANITARIA DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN”, las actividades sanitarias a desarrollar por los miembros de las Unidades Básicas de Salud o Unidades Básicas Sanitarias (recordemos que esta regulada la obligatoriedad de que estén constituidas por un Medico del Trabajo y un/a Enfermero/a de Empresa) sería la siguiente: 1. Vigilancia de la Salud. 2. Estudio de las enfermedades que se produzcan entre los trabajadores. 3. Formación e Información. 4. Promoción de la Salud en el lugar de trabajo. 5. Asistencia de primeros auxilios y urgencias. 6. La colaboración con el Sistema Nacional de Salud. 7. La colaboración con las Autoridades Sanitarias. Desglosar estas funciones daría de sobra para otro articulo, pero de todas ellas se van ha derivar las nuevas líneas de trabajo que han de asumir los profesionales de la Salud Laboral de este país, tanto médicos como enfermeros del trabajo. Tras lo reseñado anteriormente, debemos hacer desaparecer la idea de un enfermero/a de empresa meramente asistencial y “a la espera” de que el trabajador acuda en busca de su ayuda y cuidado cuando aparece un accidente o un problema en su salud. La figura de los profesionales en enfermería del trabajo debe reflejarse en el sector de la prevención como un profesional integrado en un equipo multidisciplinar dedicado a buscar el máximo estado de salud y seguridad de los trabajadores a su cargo, siendo el enfermero del trabajo el que debe “buscar” y proponer la acción preventiva al trabajador, para evitar que aparezcan daños en su salud, especialmente en el ámbito de su trabajo, pero sin dejar de lado la salud extralaboral del trabajador proporcionando así una asistencia integral e integrada. Así pues el abanico de funciones, actividades y tareas de un/a enfermero/a de empresa sobre un trabajador es muy amplio y puede pasar desde un asesoramiento sobre la utilización de un EPI, corregir un habito postural, educar para una alimentación saludable o resolver de forma efectiva una situación de urgencia que pueda aparecer en los trabajadores a su cargo, especialmente cuando las empresas disponen de PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 37 REPORTAJE áreas medicas asistenciales con materiales y equipos adecuados, el personal de enfermería del trabajo también debe estar correctamente entrenado en resolver urgencias vitales. Por lo tanto, tendiendo en cuenta que el objetivo esencial de la práctica de la Salud Laboral es la de salvaguardar la salud de los trabajadores y promover ambientes de trabajo sanos, seguros y saludables, el personal de enfermería del trabajo deberán asesorar con competencia al empresario en el cumplimiento de sus responsabilidades en las cuestiones de salud y seguridad laboral y asesorar honestamente a los trabajadores sobre la protección y promoción de su salud en relación con el trabajo. Los enfermeros/as del trabajo deben mantener un continuo esfuerzo para familiarizarse con el trabajo y con los ambientes de trabajo de la empresa o empresas bajo su responsabilidad, así como para aumentar la competencia y estar actualizados en los conocimientos científicos y técnicos de los riesgos profesionales e industriales así como conocer los medios más eficaces para prevenirlos, eliminarlos o reducirlos para ello deberán visitar de forma regular y rutinaria los puestos de trabajo y consultar a los trabajadores, técnicos y directivos sobre la naturaleza de los trabajos que se realizan. Conclusión. Ya para concluir, debemos ver a la enfermería del trabajo es una especialidad de la enfermería diferente a las demás, en particular menos asistencial, más administradora y desde el punto de vista funcional, más independiente y que debe valorar las necesidades salud de la población trabajadora a su cargo por lo que se puede considerar a la enfermería del trabajo como centinela adelantado en la lucha contra los riesgos profesionales e industriales y ser los instructores sanitarios por excelencia de los trabajadores a su cargo. La Enfermería del Trabajo se ha de considerar como una especialidad “especial” ya que en ella confluyen muchos factores que han de valorarse y confluyen muchas actuaciones diferentes a la vez sobre un mismo individuo a lo largo del tiempo, lo que hace de la enfermería del trabajo una especialidad con “futuro profesional y de responsabilidad” dedicada a: cuidar, prever y prevenir la salud de los trabajadores a su cargo. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS • Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. • Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los Servicios de Prevención. • Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre Especialidades de Enfermería. • Reglamento OSME, orden del Ministerio de Trabajo el 21 de Noviembre de 1959 (BOE nº 284 de 27 de noviembre). • Reglamento OSME(Cáp. I ,sec Sexta). • Actualización del acuerdo de criterios Básicos sobre la organización de recursos para la actividad sanitaria. www.msc.es/salud/epidemiologia/laboral/amds3.pdf • Padrones Hortigüela, Azucena. La participación del Diplomado en Enfermería como profesional y trabajador en el ámbito de la Empresa. Departamento de Enfermería. Salamanca. Junio 2004. REPORTAJE JORNADA EN SEGOVIA Ley de la Subcontratación Asistieron unas 100 personas a la jornada, que sobre la Ley de Subcontratación se hizo en Segovía, y que comenzó a las 10,20 horas con la presentación de la misma que hizo el Delegado Territorial de la Junta en Segovia, Luciano Municio. S eguidamente tomó la palabra el primer ponente, Pedro Fernández Alén, Jefe del Departamento Jurídico de la Confederación Nacional de la Construcción, Licenciado en Derecho, y entre otras muchas cosas, Vocal de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud Laboral y miembro de la Comisión que está negociando el Reglamento de la Ley de Subcontratación. Comenzó haciendo un repaso de la difícil gestación de la ley ("difícil embarazo", dijo él, con su gracejo extremeño), para a continuación desgranar con brillantez, rigor y claridad uno a uno los aspectos más relevantes de la ley, comentarios que se acompañaban con referencias al Proyecto de Reglamento de la Ley. Como conclusión de su intervención se puede decir que a juicio del ponente la Ley 32/2006 es bastante intervencionista pero que los empresarios que hubiera en la sala nada tenían que temer, ya que cumpliendo los requisitos que impone la Ley formarán parte sin ningún problema de la cadena de subcontratación. La intervención gustó mucho a la audiencia porque fue bastante clarificadora de los contenidos de la Ley y sobre todo de los aspectos documentales de la misma. La segunda ponencia la realizó el Jefe de la Inspección, Javier Puente de Pinedo, sobre las reformas que introduce la Ley de la Subcontratación sobre la LISOS. Empezó haciendo referencia al principio de legalidad en el Derecho administrativo sancionador, para seguidamente mencionar quienes son los sujetos responsables de las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, apartado donde se ubica el grueso de las modificaciones introducidas. Se preguntó por la situación en la que quedan los autónomos, que son sujetos responsables pero a los que la ley olvida porque no tipifica ninguna infracción referente a ellos. A continuación nos habló de dichos cambios que introduce la Ley en materia de infracciones y sanciones para terminar haciendo una breve referencia a los artículos 42 y 43 del Estatuto, muy relacionados con el tema de la jornada. También gustó su exposición, aunque el aspecto más sobrio de la misma y el propio tema en sí pudiera parecer lo contrario. A continuación se abrió un turno de coloquio con todos los asistentes a la jornada, coloquio que se extendió por espacio de unos 40-45 minutos. Se hicieron preguntas sobre quien tenía que firmar la declaración de cumplir requisitos de solvencia y capacidad, sobre UTES, sobre el Registro de Empresas Acreditadas, sobre el Libro de la subcontratación, pero la mayoría de preguntas giraron en torno a los documentos que a fecha de hoy hay que presentar. Por último, clausuro la Jornada el Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo de Segovía, Eugenio Hurtado, pasadas las dos de la tarde con una breve intervención sobre la importancia, el significado y objetivos fundamentales de la ley. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 39 REPORTAJE La norma UNE- EN 13374:2004 establece los requisitos de comportamiento y métodos de ensayo para los sistemas provisionales de protección de borde utilizados durante la construcción o mantenimiento de edificios y otras estructuras. El Grupo Intersa, en colaboración con la Fundación Laboral de la Construcción y la Junta de Castilla y León, organizó dos jornadas técnicas, el 19 de abril en Valladolid y el 3 de mayo en Zamora, sobre esta nueva normativa dirigida a todas las partes implicadas: empresarios, trabajadores del sector de la construcción, sindicatos y técnicos de prevención de riesgos laborales con el fin de utilizar la herramienta de la cultura preventiva a través del conocimiento y así reducir los accidentes laborales en este sector. Nuevos Sistemas de Protección Colectiva L a Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Castilla y León, Rosario Rodríguez, encargada de presentar la jornada en Valladolid, recordó que “es conocida la elevada siniestralidad en este sector, que se encuentra en cotas nada aceptables y muy por encima del resto de los sectores productivos. Así, indicó que en Castilla y León la siniestralidad laboral en la construcción supone ya casi un tercio del total de accidentes mortales que se han registrado en enero y febrero se en este sector. Entre los dos primeros meses del año en la Comunidad en dicho sector han tenido lugar 2.036 accidentes con un repunte del 7% respecto al mismo período del año pasado. La Directora de Trabajo apuntó: “Este repunte se produce en accidentes leves, no en graves ni en mortales; además es un sector que está creciendo en cuanto a población laboral ocupada, con lo cual realmente el incremento de accidentes no es tanto porque se incremente en cuanto al índice de siniestralidad sino en cuanto al número de personas que están ocupadas en el sector. Pero ello no nos tiene que inducir al optimismo. Nosotros preferimos considerar que las cifras de accidentes en 40 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 el sector son inaceptables y que la tolerancia en este terreno tiene que ser nula”. Desde la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, a través del Centro de Seguridad y Salud Laboral, se ha realizado un estudio que ha tenido en cuenta los informes de investigación de los accidentes que se han producido en la construcción realizados por los técnicos de las Unidades de Seguridad y Salud Laboral, y que arroja unos datos significativos. Indica que la segunda causa predisponente a los accidentes laborales en el sector, después de los métodos inadecuados de trabajo, son los trabajos en altura sin protección o con protección inadecuada; y también indica que en un porcentaje del 50%, la principal causa que determina las lesiones en el sector han sido las de traumatismo por caídas a distinto nivel. Estas cifras dan una idea de la incidencia que las caídas de altura tienen en la siniestralidad en la construcción, caídas que se deben fundamentalmente a deficiencias o a protecciones colectivas inexistentes. De ahí la importancia que debe tener la utilización generalizada y sistemática de sistemas de protección colectiva de bordes adecuados que mejores las condiciones de seguridad en las obras, sistemas de los que durante la jornada se hablaron con amplitud. Seguir trabajando La Directora de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, Rosario Rodríguez, dejó encima de la mesa algunas “reflexiones” acerca de estos sistemas de protección de borde sobre los que la norma parece no incidir y que para la Dirección de Trabajo sí tienen importancia. “Los distintos materiales que componen el sistema de protección tienen que ser robustos y duraderos, y según la norma tienen que cumplir una serie de requisitos de calidad, como pasar por rigurosos ensayos, pero la eficacia del sistema de protección no sólo depende de la propia protección de borde sino de otras variables: del correcto montaje en las obras, de cómo se controla este montaje, de qué manera afectará al sistema en su conjunto el envejecimiento de los componentes, el sistema de protección de bordes sabemos que se fija en una estructura, qué niveles mínimos deben tener de resistencia estas estructuras, su reutilización de forma indiscriminada, o si se montarán en otras obras sin atender a recomendaciones del fabricante..” Una mejora considerable Ante esta situación, la legislación en materia de seguridad y salud en construcción desarrolla la norma UNE- EN 13374- 2004, que establece los requisitos de comportamiento y métodos de ensayo, para los sistemas provisionales de protección de borde utilizados durante la construcción o mantenimiento de edificios y otras estructuras. Las principales novedades que incorpora la norma son los criterios de diseño estructural de la protección de cada elemento en función de su utilización dentro de las obras; la geometría de la protección de borde en función de su clasificación; que incorpora requisitos de carga dinámica en función de la clase de protección y requisitos generales también para los principales materiales que se emplean en la fabricación de estos sistemas. La norma incluye también métodos de ensayo para verificar experimentalmente los requisitos mínimos, recomendaciones de utilización, en función de la altura de caída a cubrir y la inclinación de la estructura a proteger, además de una información mínima que debe tener el manual de instrucciones del fabricante con aspectos como las restricciones de limitación de uso, explicación de la clasificación y rango de aplicaciones, criterios de rechazo de los componentes usados o deteriorados, así como su almacenamiento, mantenimiento y reparación. Así, esta norma, de cumplimiento voluntario, puede representar para el sector de la construcción un cambio de planteamiento importante sobre las condiciones de utilización de estos sistemas de protección ya que hasta la fecha no existía ningún documento normativo que estableciera para estos medios de seguridad unos requisitos específicos. Todo ello fue expuestro a lo largo de la jornada, en una serie de ponecias que se impartieron por expertos en la materia. En concreto D. Gustavo Arcenegui Parreño, Director del INVASAT en Alicante y miembro del Comité AEN/CTN 81 de AENOR, planteo los requisitos técnicos exigidos por la norma UNE-EN 13374 de sistemas provisionales de protección de borde. D. Francisco Javier Blanco Urzaiz, Jefe de la Unidad especializada de PRL de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Valladolid relaciono la norma UNE-EN 13374 y la guía técnica del R.D. 1.627/1.997. Posteriormente D. Luis Rosel Ajamil, director del Area de Seguridad y Salud de la Fundación Laboral de la Construcción expuso las experiencias realizadas en un centro de prácticas preventivas de la FLC, con las nuevas protecciones fabricadas según norma UNEEN 13374 y la formación en protección frente a los riesgos de caída de altura. Para finalizar D. Rafael López García, Coordinador Técnico de PRL del “Grupo INTERSA”, presento unas soluciones preventivas en construcción, basadas en la nueva norma UNE-EN 13374, en concreto un sistema de protección continua en puentes y el denominado sistema 2.005 de protección en cubiertas inclinadas. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 41 REPORTAJE La importancia de los mandos intermedios en el sector del montaje y mantenimiento La empresa ‘Head Training Consultores’ regresó a Valladolid el pasado 11 de mayo en calidad de entidad organizadora de la Jornada ‘Mandos Intermedios del sector del montaje y mantenimiento industrial: por la integración y promoción de la seguridad con el personal a su cargo’, apoyada por la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Castilla y León. Se trata de la segunda actividad sobre esta materia que realizan en esta Comunidad, donde ya estuvieron presentes en 2005. L a jornada, desarrollada con el objetivo de promocionar y difundir las buenas práctica preventivas, fue presentada por la Jefa de la Oficina Territorial de Trabajo de Valladolid, Agustina Arias, quien destacó la importancia que la prevención tiene en un sector que en Castilla y León engloba a 7.000 empresas y que da trabajo a 58.000 personas, así como la evolución continua de los equipos de trabajo y los riesgos que existen por las características de los trabajos que se tienen que realizar. El vicepresidente del Comité de Prevención de ADEMI (Asociación de Empresas de Montajes y Mantenimientos Industriales), José María Manero García expuso de forma clara la importancia de la función en prevención del mando directo en obra. Entre las razones principales enumeró la elevada dispersión geográfica de los lugares de trabajo, la realización de las actividades fuera de los centros y en condiciones difíciles (a la intemperie, con presiones, en alturas...), la amplia rotación de operarios –lo que crea el problema añadido de la continuidad de la formación–, la escasez de trabajadores especializados o la subcontrata- 42 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 ción, y por ello un mayor control de los empleados y sus actividades. “A nivel de asociación somos conscientes de que el mando intermedio es fundamental en este sector porque los accidentes ocurren en la obra, no en la oficina, y en la obra es donde debe estar la figura del mando”, recordó Manero. Pero, ¿cómo se consigue esto? La Jefa de la Oficina de Trabajo de Valladolid recordó la solución: “con la integración de la actividad preventiva en la empresa, de forma que los trabajadores y el empresario sean conscientes de que la prevención de riesgos laborales es parte de la empresa”. Para que esto sea una realidad, Agustina Arias indicó que “los mandos intermedios deben recibir una correcta formación e información para ayudar a integrar la cultura preventiva en los procesos productivos”. Funciones de los mandos intermedios Las actividades fundamentales de los trabajadores del sector del montaje y mantenimiento industrial se realizan con electricidad, en altura, en emplazamientos con atmósferas explosivas, en recintos confinados, con maquinaria pesada de gran tamaño y con peligro de derrumbamiento en zanjas y excavaciones, lo que, como recordó José María Manero “conlleva elevados riesgos que requieren conocer cómo evitarlos. Y sólo se puede evitar con un mando intermedio que conozca las características y los peligros del medio y las herramientas”. Así, el mando intermedio del sector del montaje y el mantenimiento industrial tendría las siguientes funciones: Organización del trabajo, control de las condiciones, de las subcontrataciones, la comunicación a sus compañeros de las medidas preventivas como recurso preventivo que es, la investigación de los accidentes y la actuación ante los sucesos que acontezcan. Por ello, la Junta de Castilla y León, a través de la Jefa de la Oficina de Trabajo de Valladolid, Agustina Arias, se compromete a realizar un esfuerzo por acercar a los trabajadores y empresarios del sector a través de la web, http://www.prevencioncastillayleon.com , un DVD en el cual se puede encontrar una guía técnica para controlar los riesgos de un sector de gran importancia en nuestra Comunidad. REPORTAJE Periodo 1998-2006 Evolución del índice de incidencia en Castilla y León En los anteriores números de nuestra revista hemos venido haciendo diversos análisis de la siniestralidad registrada en nuestra Comunidad, teniendo en cuenta por una parte los accidentes registrados y por otra los Indices de Incidencia, que, como hemos comentado en varias ocasiones, puede ser un mejor punto de partida para dichos análisis, ya que se considera que el número absoluto de accidentes no es un indicador adecuado de la calidad de la actuación preventiva, ni de la evolución de la siniestralidad. E l número de accidentes de trabajo depende directamente del número de trabajadores en activo, por lo que el incremento en el número total de accidentes no implica que hayan empeorado las condiciones de trabajo de nuestros trabajadores o la gestión preventiva de nuestras empresas. Es por ello que se debe recurrir, para realizar estos análisis, a diferentes indicadores relativos, que nos dan una imagen más fidedigna de la evolución de la siniestralidad, al minimizar el efecto de las variaciones en el número de trabajadores. Y esto ocurre tanto en el caso de una población activa en crecimiento (como viene sucediendo en los últimos años) en el que un incremento de los accidentes no debe interpretarse directamente como un crecimiento de la siniestralidad y por tanto empeoramiento de la seguridad y salud laboral, como en el caso contrario, ya que con un población ocupada en descenso, la disminución del número de accidentes no implica una mejora de las condiciones laborales. Entre estos indicadores relativos los más conocidos y los más utilizados son el Índice de frecuencia (relaciona el nº de accidentes ocurridos en un periodo determinado de tiempo con el número de horas trabajadas), el Índice de gravedad (relaciona el nº de jornadas perdidas con el número total de horas trabajadas) y el Índice de incidencia (que se define como la relación entre el número de accidentes registrados en un periodo de tiempo determinado, y el promedio del número de personas expuestas al riesgo). En los análisis que se han realizado en los artículos de números anteriores de esta revista y en el que vamos a realizar a continuación se han utilizado los Índices de Incidencia por ser este un indicador válido para el estudio de la evolución de la siniestralidad y porque a partir de los datos de que disponemos es el índice con el que podemos trabajar con datos más fiables (nº de trabajadores afiliados a la Seguridad Social en nuestra Comunidad, por provincias y sectores y nº de accidentes registrados), ya que tanto el número de jornadas perdidas como el número de horas trabajadas, que para una empresa son datos perfectamente conocidos, para nosotros al estudiar el conjunto de la Comunidad son datos basados en estimaciones. La evolución del nº total de accidentes de trabajo con baja en jornada de trabajo en Castilla y León, en este periodo de referen- cia (1998-2006), pasa por un continuo incremento entre los años 1998 y 2002, para reducirse los dos años siguientes y volver a sufrir aumentos en 2005 y 2006, pero manteniéndose en estos últimos 5 años en valores muy similares, prácticamente constantes. Paralelamente, el nivel de actividad económica de nuestra Comunidad ha ido creciendo paulatinamente en este periodo, y como consecuencia también lo ha hecho el nº de trabajadores afiliados con las contingencias por accidente de trabajo cubiertas, que es el dato en el que nos basamos para el cálculo de lo Indices de incidencia. Esta cifra ha pasado de aproximadamente 595.000 trabajadores en 1998 a los 771.000 del año 2006 (datos procedentes de Seguridad Social), con un incremento constante a lo largo de todo el periodo. Como resultado de la combinación de ambas cifras obtenemos una evolución del Indice de incidencia anual general en Castilla y León en el que se aprecia un incremento del mismo entre los años 1998 y 2001, para comenzar a partir de esa fecha un descenso de sus valores que nos llevan hasta unas cifras en los últimos 3 años inferiores a las del comienzo del periodo (ver gráfico 2). PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 43 REPORTAJE Esta evolución claramente positiva del Indice de incidencia en nuestra Comunidad en estos últimos años, no se debe por igual todos los sectores, y la evolución de este indicador en los grandes sectores de actividad es claramente distinta. Así, mientras el sector industrial se mantiene durante todo el periodo en unos valores entre 85 y 95 accidentes con baja por cada mil trabajadores y año, 44 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 el sector de Construcción disminuye sus valores entre 20 y 25 accidentes por cada mil trabajadores y año, pasando de los aproximadamente 145 del año 1998, a 154 en el año 2000 (valor máximo) y 125 en los años 2005 y 2006. A pesar de ello su cifra absoluta sigue siendo muy elevada, la más elevada (si exceptuamos minería) de los grandes sectores de actividad. Por su parte, el sector Servicios mantiene una línea bastante homogénea, con una ligera tendencia a la baja, y en el sector agrario se mantiene también en un mismo orden de valores pero con una ligera tendencia al alza. Desde el punto de vista de los valores absolutos de este indicador, las cifras más bajas las obtenemos en el sector agrario, con cifras entre 22 y 28 accidentes por cada mil trabajadores y año, aunque Periodo 1998-2006 Evolución del índice de incidencia los valores absolutos en este sector, probablemente no puedan considerarse muy significativos, ya que tradicionalmente se produce en él una cierta infradeclaración de accidentes de trabajo. Las cifras más altas corresponden a la minería del carbón, sector que aún tiene bastante importancia en nuestra Comunidad, especialmente en algunas provincias (León y Palencia). En este sector se siguen dando cifras que rondan los 500 accidentes con baja por cada mil trabajadores y año, lo que significa que cada año se accidentan aproximadamente la mitad de los trabajadores ocupados en el sector. En Construcción, se siguen manteniendo valores muy altos. De los 4 grandes sectores de actividad es el que presenta mayores valores, lo que nos indica que la accidentalidad en este en Castilla y León sector es mayor que en el resto, con valores, en los últimos años, entre un 30 y un 50 % superiores a Industria, que sería quizás un valor de referencia al que se debería tender. A pesar de todo la evolución respecto a ese posible valor de referencia es buena, pasando de una diferencia de en torno a un 70 % al comienzo del periodo a un 30 en el último año. Analizando este indicador de acuerdo con los valores para los distintos CNAE’s podemos encontrar algunos valores llamativos y/o relevantes dependiendo de las circunstancias. Dentro del sector agrario el CNAE que más aporta al valor total es el correspondiente a Silvicultura y explotaciones forestales, con valores que oscilan desde cerca de 700 accidentes por cada mil trabajadores y año hasta el más bajo de 237 en el año 2006. A pesar de esos valores, la evolución en esta actividad es muy positiva, pues la tendencia es a la baja, con valores mantenidos en los últimos años muy por debajo de los del comienzo del periodo estudiado. En Industria, la extracción de carbón es el CNAE que mas aporta al indicador global, con valores muy por encima de la media, seguida de la extracción de otros minerales, también con valores claramente por encima de la media del sector industrial. En cuanto al resto de las industrias destacan las actividades correspondientes a indus- tria del metal, sobre todo metalurgia y fabricación de productos metálicos, por mantener durante todo el periodo valores homogéneos, muy por encima de la media del sector. La industria de la madera y corcho mantiene también valores constantes por encima de la media, sin una evolución clara, sino más bien manteniendo el nivel de accidentalidad. Algunos otros CNAE’s con datos llamativos son por ejemplo el de la Industria Química cuyos índices se duplican en los últimos 3 años respecto a los anteriores, o el de Reciclaje con índices muy elevados aunque en descenso, y caracterizado por el escaso número de trabajadores en el sector que hace que los índices se vean muy afectados con pequeñas variaciones en el número de accidentes. Por la parte positiva encontramos algunas otras industrias de gran actividad, como la fabricación de vehículos, con índices mantenidos muy por debajo de la media del sector. En el sector Servicios destacan sobre todo los CNAE’s correspondiente a Transporte, donde el transporte terrestre es el más importante tanto por número de trabajadores como por accidentes registrados, ofreciendo unos índices bastante constantes a lo largo del periodo, pero que duplican los valores del promedio del sector servicios. Por su parte el transporte fluvial ofrece unos indicadores altísimos, caracterizados por el escaso número de trabajadores afiliados en este CNAE, de manera que su aportación al Índice general es muy baja a pesar de los datos tan altos del propio CNAE. Otro dato llamativo es el correspondiente al CNAE de saneamiento público, que también mantiene índices homogéneos muy por encima de la media del sector Servicios a lo largo de todo el periodo. Del resto de los CNAE’s quizás se debería destacar que los que más aportan al índice general del sector son los relativos a comercio, hostelería, administración pública, actividades sanitarias y otras actividades empresariales (en la que se encuadra el sector de limpieza), tanto por el número de trabajadores como por el número de accidentes registrados. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 45 REPORTAJE 46 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 Periodo 1998-2006 Evolución del índice de incidencia Una de las deficiencias del Indice de incidencia como indicador de la siniestralidad es que no considera la gravedad de los accidentes como hace por ejemplo el Índice de Gravedad. De cualquier modo es una deficiencia fácilmente corregible, ya que se puede calcular un índice de incidencia de accidentes graves o de acci- dentes mortales, con lo que también se puede analizar la evolución de los accidentes de distinta gravedad. En el caso de los accidentes mortales se nos muestra un descenso lento pero continuo del indicador a lo largo del periodo estudiado, con una tendencia a la baja, ratificada no solo por el índice, sino por el propio en Castilla y León descenso del número de accidentes mortales. Lo mismo ocurre con los accidentes graves, cuyo Índice de incidencia se reduce en este periodo en más de un 40 %, lo cual es debido tanto al incremento del número de trabajadores afiliados como al descenso del número de accidentes graves registrados. Una vez vistos todos estos datos y para completar el análisis deberíamos indicar que cuando medimos la evolución del Índice de incidencia a lo largo del tiempo, en realidad estamos comparando datos de dos poblaciones distintas, pues la distribución de las distintas ocupaciones dentro de la población laboral, varía a lo largo del tiempo. De hecho, el índice tiende a disminuir de forma “natural” debido al aumento permanente del porcentaje de ocupados en el sector servicios, menos peligroso que la industria o la construcción. Del mismo modo si hiciésemos un análisis del Índice por provincias, la dis- tribución de la ocupación entre los distintos sectores varía de unas a otras, lo cual dificulta la comparación. Las provincias en las que la agricultura o los servicios tengan una presencia más importante, tendrían “ventaja” frente a aquellas en las que dominaran la industria o la construcción. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 47 ACTUALIDAD FERIAS Y CONGRESOS • A + A 2007. XXX Congreso Internacional de Seguridad y Salud Ocupacional. Organizado por BASI, OIT Y la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo. Se celebrará los días 18, 19 y 20 y 21 de septiembre de 2007, en Dusseldorf – Alemania. Tel.: 02241 231 6000 Fax: 02241 231 6111 E-mail: [email protected] Web: www.basi.de • EUROTOX 2007. XLIV Congreso de la Sociedad Europea de Toxicología. Organizado por Eurocongres Conference Management. Se celebrará en Ámsterdam - Holanda, los días 7,8 9, y 10 de octubre de 2007. Tel.: +31 (0)20 679 3411 Fax: +31 (0)20 673 7306 E-mail: [email protected] Web: www.eurotox2007.org • Coloquio Internacional sobre la Seguridad y Salud en el Trabajo en Agricultura. Organizado por el Comité de la Asociación Internacional de la Seguridad Social, de acuerdo con el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y el Instituto Navarro de Salud Laboral. Se celebrará en Pamplona, los días 16, 17, 18 y 19 de octubre de 2007. Tel.: +34 948 22 33 43 Fax: +34 948 22 34 20 e-mail: [email protected] • II Congreso de Prevención de Riesgos Laborales en Iberoamérica, PREVENCIA 2007.Organizado por la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo de España y la Organización Iberoamericana de Seguridad Social. Se celebrará en Cádiz, entre los días 19 a 21 de septiembre de 2007. Web: www.prevencia.org • V Edición de la Feria PREVENTIA.Organizada por la Escola Técnica Superior d´Enginyeria Industrial de Barcelona. Universidad Politécnica de Ca48 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 AGENDA AGENDA taluña. Se celebrará los días 23, 24 y 25 de octubre en el Palau de Congresos de Fira Barcelona. Tel.: 93 238 8080 E-mail: [email protected] Web: www.preventia.org CURSOS • Curso GENERAL DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO > Del 15 al 19 de octubre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de León. Avda. de Portugal, s/n. C.P. 24009 LEÓN. Tel.: 987 202 252; Fax: 987 261 716. > Del 12 al 16 de noviembre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Ávila. C/ Segovia, 25-bajo. C.P. 05005 ÁVILA. Tel.: 920 355 800; Fax: 920 355 807. > Del 10 al 14 de diciembre.Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Palencia. C/ Doctor Cajal, 4-6. C.P. 34001 PALENCIA. Tel.: 979 715 500 / 979 715 470; Fax: 979 724 20. • Curso GENERAL DE HIGIENE EN EL TRABAJO > Del 20 al 24 de octubre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Burgos. C/ Virgen del Manzano, 16-1ª Planta. C.P. 09071 BURGOS. Tel: 947 244 222; Fax: 947 244 405. > Del 10 al 14 de diciembre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Soria. Pº Espolón 10. C.P. 42001 SORIA. Tel.: 975 240 784; Fax: 975 240 874. • Curso GENERAL DE ERGONOMÍA EN EL TRABAJO > Del 15 al 19 de octubre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Salamanca. Paseo de Carmelitas, 87-91. C.P. 37002 SALAMANCA. Tel: 923 296 060; Fax: 923 296 069. > Del 15 al 20 de octubre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Soria. Pº Espolón 10. C.P. 42001 SORIA. Tel.: 975 240 784; Fax: 975 240 874. > Del 22 al 26 de octubre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Ávila. C/ Segovia, 25-bajo. C.P. 05005 ÁVILA. Tel.: 920 355 800; Fax: 920 355 807. > Del 22 al 26 de octubre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Palencia. C/ Doctor Cajal, 4-6. C.P. 34001 PALENCIA. Tel.: 979 715 500 / 979 715 470; Fax: 979 724 203. > Del 11 al 18 de noviembre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Valladolid. Plaza España, 13, Portal Izda. 3ª Izda. . C.P. 47001 VALLADOLID. Tel.: 983 292 980. Fax: 983 292 923 > Del 26 al 30 de noviembre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de León. Avda. de Portugal, s/n. C.P. 24009 LEÓN. Tel.: 987 202 252; Fax: 987 261 716. > Del 15 al 19 de diciembre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Burgos. C/ Virgen del Manzano, 16-1ª Planta. C.P. 09071 BURGOS. Tel: 947 244 222; Fax: 947 244 405. JORNADAS Y SEMINARIOS • Curso GENERAL DE SEGURIDAD EN CONSTRUCCIÓN > Del 23 al 30 de septiembre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Valladolid. Plaza España, 13, Portal Izda. 3ª Izda. . C.P. 47001 VALLADOLID. Tel.: 983 292 980. Fax: 983 292 923 > Del 12 al 16 de noviembre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Zamora. C/ Avda. Requejo, 4-2º. C.P. 49012 ZAMORA. Tel.: 980 557 544; Fax: 980 536 027. > Del 19 al 23 de noviembre. Organizado por la Unidad de Seguridad y Salud Laboral de León. Avda. de Portugal, s/n. C.P. 24009 LEÓN. Tel.: 987 202 252; Fax: 987 261 716. • Jornada Técnica sobre “NUEVA LISTA Y PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES”. > 20 de septiembre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Ávila. C/ Segovia, 25-bajo. C.P. 05005 ÁVILA. Tel.: 920 355 800; Fax: 920 355 807. > 26 de septiembre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de León. Avda. de Portugal, s/n. C.P. 24009 LEÓN. Tel.: 987 202 252; Fax: 987 261 716. > 8 de octubre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Soria. Pº Espolón 10. C.P. 42001 SORIA. Tel.: 975 240 784; Fax: 975 240 874. > 15 de octubre. Unidad de Seguridad y Salud La- boral de Valladolid. Plaza España, 13, Portal Izda. 3ª Izda. . C.P. 47001 VALLADOLID. Tel.: 983 292 980. Fax: 983 292 923 > 17 de octubre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Burgos. C/ Virgen del Manzano, 16-1ª Planta. C.P. 09071 BURGOS. Tel: 947 244 222; Fax: 947 244 405 > 17 de octubre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Segovia. Plaza La Merced, 12, bajo. C.P. 40003 SEGOVIA. Tel.: 921 417 384; Fax: 921 417 447 > 18 de octubre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Palencia. C/ Doctor Cajal, 4-6- C.P. 34001 PALENCIA. Tel.: 979 715 500 / 979 71 470; Fax: 979 724 203. • Jornada Técnica sobre “PREVENCIÓN DEL RUIDO Y LAS VIBRACIONES EN EL TRABAJO” > 12 de septiembre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Segovia. Plaza La Merced, 12, bajo. C.P. 40003 SEGOVIA. Tel.: 921 417 384; Fax: 921 417 447 > 26 de septiembre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Salamanca. Paseo de Carmelitas, 87-91. C.P. 37002 SALAMANCA. Tel: 923 296 060; Fax: 923 296 069. > 18 de octubre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Zamora. C/ Avda. Requejo, 4-2º. C.P. 49012 ZAMORA. Tel.: 980 557 544; Fax: 980 536 027. > 15 de noviembre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de León. Avda. de Portugal, s/n. C.P. 24009 LEÓN. Tel.: 987 202 252; Fax: 987 261 716. • Jornada Técnica sobre “PREVENCIÓN LABORAL Y AMIANTO”. > 7 de noviembre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Burgos. C/ Virgen del Manzano, 161ª Planta. C.P. 09071 BURGOS. Tel: 947 244 222; Fax: 947 244 405 > 8 de noviembre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Palencia. C/ Doctor Cajal, 4-6- C.P. 34001 PALENCIA. Tel.: 979 715 500 / 979 71 470; Fax: 979 724 203. > 13 de noviembre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Soria. Pº Espolón 10. C.P. 42001 SORIA. Tel.: 975 240 784; Fax: 975 240 874. > 14 de noviembre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Salamanca. Paseo de Carmelitas, 87-91. C.P. 37002 SALAMANCA. Tel: 923 296 060; Fax: 923 296 069. > 14 de noviembre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Segovia. Plaza La Merced, 12, bajo. C.P. 40003 SEGOVIA. Tel.: 921 417 384; Fax: 921 417 447 > 21 de noviembre. Unidad de Seguridad y Salud Laboral de Zamora. C/ Avda. Requejo, 4-2º. C.P. 49012 ZAMORA. Tel.: 980 557 544; Fax: 980 536 027. • Jornada Divulgativa sobre “SEGURIDAD Y SALUD LABORAL EN LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS”. Se celebrará el día 10 de octubre, en el Centro de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León. Avda. Portugal s/n. Apdo. de Correos 2009. C.P. 24080 LEÓN. Tel.: 987 344 032; Fax: 987 344 033. • Jornada Divulgativa sobre “INTEGRACIÓN DE LOS TRABAJADORES EXTRANJEROS EN LA PREVENCIÓN”. Se celebrará el día 7 de noviembre, en el Centro de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León. Avda. Portugal s/n. Apdo. de Correos 2009. C.P. 24080 LEÓN. Tel.: 987 344 032; Fax: 987 344 033. Nota: MÁS INFORMACIÓN en www.prevencioncastillayleon.com PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 49 LEGISLACIÓN/ JURISPRUDENCIA LA NORMATIVA LA NORMATIVA ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTONÓMA DE CASTILLA Y LEÓN ORDEN SAN/667/2007, de 2 de abril, por el que se aprueba el Plan de Actuaciones Sanitarias en personas con exposición laboral a amianto en Castilla y León. BOCyL núm. 72 de 13 de abril. ORDEN EYE/966/2007, de 20 de abril, por la que se convoca concurso escolar para la realización de trabajos relacionados con la prevención de riesgos laborales para alumnos de centros educativos no universitarios de la Comunidad de Castilla y León. BOCyL núm. 107 de 4 de junio. ORDEN EYE/1060/2007, de 5 de junio, por la que se modifica la Orden EYE/2007/2006, de 18 de diciembre, por la que se convocan subvenciones públicas dirigidas a la formación en materia de prevención de riesgos laborales y al desarrollo de medidas que tengan por objeto la seguridad y salud laboral. BOCyL núm. 118 de 19 de junio. ORDEN EYE/1101/2007, de 5 de junio, por la que se convocan para el año 2007 becas para la realización de estudios monográficos sobre seguridad y salud laboral para licenciados y diplomados universitarios. BOCyL núm. 121 de 22 de junio. RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2007, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones para el año 2007, dirigidas a fomentar la contratación indefinida de Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales. (código REAY ECL035, anterior ECL012). BOCyL núm. 127 de 2 de julio. RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2007, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se da publicidad a los beneficiarios de las subvenciones concedidas en el año 2006, al amparo de la Resolución de 1 de marzo de 2006, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se convocan subvenciones para el año 2006, dirigidas a fomentar la contratación indefinida de Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales. BOCyL núm. 132 de 9 de julio. DECRETO 72/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Empleo. BOCyL núm. 139 de 18 de julio. ÁMBITO NACIONAL REAL DECRETO 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia. B.O.E. núm. 72 de 24 de marzo. RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2007, por la que se determinan las actividades preventivas a realizar por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social durante el año 2007, en desarrollo de la Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales. B.O.E nº 88 de 12 de abril. 50 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2007, por la que se amplían los anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001, por la que se publican las referencias a las normas UNE que son transposición de normas armonizadas, así como el período de coexistencia y la entrada en vigor del marcado CE relativo a varias familias de productos de construcción. B.O.E nº 108 de 5 de mayo. plementarias 09.0.02, 12.0.01 y 12.0.02, y se deroga la instrucción técnica complementaria 12.0.04, del Reglamento general de Normas Básicas de Seguridad Minera. B.O.E nº 141 de 13 de junio. REAL DECRETO 597/2007, de 4 de mayo, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales. B.O.E nº 108 de 5 de mayo. REAL DECRETO 902/2007, de 6 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, en lo relativo al tiempo de trabajo de trabajadores que realizan actividades móviles de transporte por carretera. B.O.E nº 171 de 18 de julio." ORDEN ITC/1683/2007, de 29 de mayo, por la que se modifican las instrucciones técnicas com- LEY 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo. B.O.E nº 166 de 12 de julio. JURISPRUDENCIA JURISPRUDENCIA APUNTES DE JURISPRUDENCIA EN LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Tribunal Supremo, Sala Cuarta, de lo Social, Sentencia de 29 Mar. 2007, rec. 210/2006 Ponente: Gilolmo López, José Luis. Nº de recurso: 210/2006 Jurisdicción: SOCIAL El accidente de tráfico sufrido por un trabajador cuando iba a realizar la declaración de la renta con autorización del empresario no se considera in itinere. ACCIDENTE DE TRABAJO IN ITINERE. Interrupción de la jornada laboral autorizada por el empresario para realizar una gestión privada relacionada con la declaración de la renta. Motivo de interés particular que rompió el nexo causal con la ida o vuelta al trabajo. Irrelevancia de la autorización empresarial para calificar el accidente como laboral. El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el trabajador contra la sentencia del TSJ Castilla y León desestimatoria del recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia de instancia que a su vez desestimó su pretensión de que el accidente de trafico sufrido fuera considerado accidente de trabajo in itinere. ciera la incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo. 5.1. Tal solicitud fue contestada por la Mutua mediante escrito de 25-42005 en el sentido de que "en relación con el accidente de tráfico ocurrido el día 12-4-2005 cuando se desplazaba desde la empresa a la Delegación de Hacienda en Palencia por cuestiones personales, no reúne los requisitos establecidos en el art. 115 de la LGSS para ser calificado como de accidente de trabajo in itinere". 6. Presentada papeleta de conciliación ante el SMAC el 11-5- 2005 por D. XXXX sobre reconocimiento de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, el acto se celebró el 24-5-2005 con el resultado de "sin avenencia con ……e intentada sin efecto con …... por su incomparecencia". 7. Ante el INSS, se presentó el 11-5-2005 escrito de Reclamación Previa por D. interesando que la incapacidad en que se encontraba el reclamante era derivada de accidente de trabajo no constando que tal petición se haya resuelto expresamente por dicha entidad. 8. ……….. no consta que haya emitido parte de accidente en relación con el sufrido por su trabajador Sr. D. XXXX el 124-2005". ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. Con fecha 8 de septiembre de 2005 el Juzgado de lo Social nº 1 de Palencia, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: " Que desestimando la demanda inicial de estos autos interpuesta por D. XXXX frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº y debo absolver y absuelvo a los citados demandados de las pretensiones deducidas en su contra". TERCERO. La citada sentencia fue recurrida en suplicación por D. ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León, la cual dictó sentencia en fecha 19 de diciembre de 2005 , en la que dejando inalterada la declaración de hechos probados de la sentencia de instancia, consta la siguiente parte dispositiva: " Que debemos desestimar y desestimamos el Recurso de Suplicación interpuesto por D. contra Sentencia del Juzgado de lo Social nº 1 de Palencia de fecha ocho de septiembre de 2005 , autos nº 292/2005, dictada en virtud de demanda promovida por el mencionado recurrente contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL,Mutua y la empresa , sobre Determinación de Contingencia; y, en consecuencia debemos confirmar y confirmamos el fallo de instancia". SEGUNDO. En dicha sentencia se declararon probados los siguientes hechos: "1. El actor D. XXXX prestaba servicios laborales el día 12-42005 para la empresa BBBB en el centro de trabajo sito en ……….. con horario de trabajo de 8 a 13 horas y de 16 a 19 horas. 2. El día 12-4-2005, D. solicitó autorización para salir a las 11 horas con la finalidad de acudir a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria-Delegación Provincial de Palencia en la que tenía cita a las 12,30 horas a fin de rectificar ciertos datos del borrador del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 3. En el desplazamiento desde su centro de trabajo a la Delegación de Hacienda, sobre las 11,20 horas D. sufrió un accidente de circulación resultando lesionado, e iniciando el día 12-4-2005 una baja laboral por contingencias comunes con el diagnóstico "traumatismo cervical". 4. La empresa tenía concertada en abril de 2005 la cobertura de las contingencias profesionales y comunes de sus empleados con Mutua YYY 5. D. presentó el 14-4-2005 ante …… un escrito solicitando se le recono- FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO. Interpone el trabajador demandante recurso de casación para la unificación de doctrina frente a la sentencia de 19 de diciembre de 2005, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla León, Valladolid ,con la pretensión de que el accidente de tráfico que sufrió sea calificado de accidente de trabajo "in itinere". La sentencia recurrida confirmó la resolución desestimatoria del Juzgado de lo Social nº 1 de Palencia de 8 de septiembre de 2005 , tras mantener inalterado su relato fáctico, por no haber sido siquiera combatido, en el que, entre otros extremos sin interés para el debate, se declara probado que el trabajador sufrió un accidente de circulación el día 12 de abril de 2005, a las 11,20, resultando lesionado con traumatismo cervical e iniciando baja laboral por contingencias comunes. Ese día había solicitado permiso al empresario para ausentarse del trabajo a partir de las 11 horas con la finalidad PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 51 LEGISLACIÓN/ JURISPRUDENCIA de acudir a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en Palencia, donde había sido citado a las 12,30 a fin de rectificar ciertos datos del borrador de su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El accidente se produjo en el desplazamiento desde su centro de trabajo a la oficina de Hacienda y la Mutua que cubría la incapacidad temporal, tanto por contingencias comunes como profesionales, declaró que la incapacidad derivaba de accidente no laboral. Denunció el actor en suplicación la infracción del articulo 115.2.a) LGSS de 1.994 , argumentando, en síntesis, que el Juzgado había realizado una interpretación excesivamente estricta del concepto "domicilio" y que no se había producido una interrupción o alteración significativa del "iter laboris". La Sala rechazó tal denuncia, tras razonar que "el empresario con su autorización al trabajador para acudir a realizar gestiones personales no está incluyendo dichas gestiones dentro del ámbito del contrato de trabajo, sino que está excluyendo la realización de una actividad sancionable por abandono del puesto de trabajo" y que "en el momento en que el trabajador abandona el puesto de trabajo el mismo inicia una actividad estrictamente privada separada totalmente de la actividad laboral, y el camino emprendido no es encaminado en absoluto ni para iniciar la prestación de servicios ni para terminarla, es decir hay un interés particular predominante y una interrupción total del iter de transporte laboral". SEGUNDO. Para acreditar el requisito de la contradicción, el recurrente ha señalado como sentencia referencial la de 20 de marzo de 2000 de la Sala de lo Social de Castilla León, Burgos, R. 78/00 , que confirmó el pronunciamiento de instancia favorable al trabajador demandante y desestimó el recurso de suplicación interpuesto por la Mutua condenada. Esta sentencia resolvió un supuesto semejante al anterior. La resolución del Juzgado había declarado probado que el trabajador sufrió accidente de circulación el día 28 de noviembre de 1998, cuando se dirigía al centro de salud, en el que tenía consulta con su traumatólogo a las 10,30 horas. Tras comenzar su jornada de trabajo a las 8 de la mañana, sobre las 10 solicitó permiso al empresario para acudir a dicha cita, siéndole concedido y cuando iba a ella conduciendo un ciclomotor colisionó con un camión resultando herido muy grave. El INSS determinó que el proceso de incapacidad temporal derivaba de accidente laboral y la Mutua impugnó tal decisión. La Sala, confirmando la sentencia de instancia y con cita de doctrina jurisprudencial, consideró que el supuesto era incardinable en el art. 115.2.a) de la Ley General de la Seguridad Social , dado que "en el referido desplazamiento no se rompía el nexo necesario con el trabajo". TERCERO. Concurre pues, como señala el Ministerio Fiscal en su informe y como igualmente admite la Mutua en su escrito de impugnación, el requisito de contradicción que el art. 217 LPL exige como presupuesto previo al examen de la cuestión de fondo debatida, pues pese a la indudable identidad subjetiva y objetiva de los supuestos contemplados (en la recurrida el accidente de circulación ocurrió en el intervalo en el que el trabajador se ausentó, con permiso de su empresario, para acudir a la Agencia Tributaria donde había sido 52 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 citado para una gestión personal, siendo su pretensión que la baja laboral por la lesión sufrida lo fuera por accidente de trabajo, mientras que en la de contraste, con idéntica pretensión, el accidente se produjo al desplazarse, también con autorización, al centro de salud donde tenía consulta con su traumatólogo), las sentencias comparadas han otorgado soluciones distintas. CUARTO. La parte recurrente, en el primer motivo del recurso, imputa a la sentencia impugnada la infracción del art. 115.2.a) de la Ley General de la Seguridad Social que considera accidente de trabajo aquel "que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo", invocando en el segundo motivo el principio constitucional de igualdad, en relación con lo dispuesto en el art. 51 del Tratado de Roma, solicitando el mismo trato otorgado por la sentencia de contraste. Como la Sala tiene declarado en múltiples ocasiones, el accidente de trabajo "in itinere", que inicialmente fue una figura de creación jurisprudencial, aparece, en efecto, actualmente regulado en el art. 115.2.a) de la Ley General de la Seguridad Social en los términos transcritos, que no incluye, expresamente, todos los requisitos exigidos por la jurisprudencia. Pero ello no es obstáculo para que a la hora de resolver la cuestión que el recurso plantea, debamos estar, como ya razonara la sentencia de 5 de diciembre de 1.975 , "a la constante y elaborada doctrina que sobre el particular tiene establecida esta Sala". QUINTO. La idea básica que subyace en la construcción jurisprudencial del accidente "in itinere" es que solo puede calificarse como tal aquel que se produce porque el desplazamiento viene impuesto por la obligación de acudir al trabajo. Por tal razón, "la noción de accidente "in itinere" se construye a partir de dos términos (el lugar de trabajo y el domicilio del trabajador) y de la conexión entre ellos a través del trayecto" (s. de 29-9-97, rec. 2685/96 )". "En consecuencia con esa idea, la reiterada y constante jurisprudencia de esta Sala exige, para calificar un accidente como laboral "in itinere", la simultánea concurrencia de las siguientes circunstancias: a) que la finalidad principal y directa del viaje esté determinada por el trabajo (elemento teleológico); b) que se produzca en el trayecto habitual y normal que debe recorrerse desde el domicilio al lugar de trabajo o viceversa (elemento geográfico) c) que el accidente se produzca dentro del tiempo prudencial que normalmente se invierte en el trayecto (elemento cronológico); o, lo que es igual, que el recorrido no se vea alterado por desviaciones o alteraciones temporales que no sean normales y obedezcan a motivos de interés particular de tal índole que rompan el nexo causal con la ida o la vuelta del trabajo; d) que el trayecto se realice con medio normal de transporte (elemento de idoneidad del medio)": SsTS 191-2005 y 20-9-2005, R. 6543/03 y 4031/04 . SEXTO. La solución del debate pasa por determinar si concurren en el caso los requisitos citados, y la respuesta debe ser necesariamente negativa porque es evidente que la finalidad principal y directa del viaje en el que se produjo el accidente del actor (una gestión privada relacionada con su declaración de la renta), aunque producido durante una interrupción autorizada de la jornada laboral, nin- guna relación tenía con el trabajo ni aconteció en el trayecto habitual de ida y vuelta entre el domicilio y el lugar de trabajo pues se debió a un motivo de interés particular que rompió el nexo causal con esa ida o vuelta, sin que la autorización empresarial para realizarlo implique otra cosa, como sostiene la sentencia impugnada, que la imposibilidad de cualquier sanción posterior por abandono del puesto de trabajo. Lo mismo sucedía en la sentencia de contraste porque, aunque en ella el desplazamiento autorizado lo fue para acudir a una consulta médica, ni siquiera consta que ésta tuviera la más mínima relación con la actividad laboral, por lo que no cabe sino concluir que se trataba también de una gestión de claro carácter privado, sin relación alguna con el trabajo. Faltan en ambos supuestos, pues, los elementos teleológico, geográfico y cronológico antes mencionados y por ello ha sido la sentencia recurrida, no la referencial, la que ha aplicado la buena doctrina, procediendo, en fin, de acuerdo con lo dispuesto en el art.226.3 de la LPL y de conformidad con el informe del Ministerio Fiscal, la desestimación del recurso de casación unificadora interpuesto frente a ella por el trabajador demandante, que se esta manera obtiene respuesta unificada y respetuosa con el principio de igualdad que invoca. Sin condena en costas, por no darse ninguno de los supuestos del art. 233.1 LPL . FALLAMOS Desestimamos el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por D. PPPP, en nombre y representación de D. XXXX, contra sentencia de fecha 19 de diciembre de 2005 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia Castilla-León , sede en Valladolid, que confirmamos, por la que se resuelve el recurso de suplicación interpuesto por el demandante contra la sentencia de fecha 8 de septiembre de 2005 dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Palencia . Sin costas. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 53 REPORTAJE Jornada Técnica “Amianto y construcción” El 30 de mayo de este año, la Junta de Castilla y León organizó la Jornada Divulgativa “Amianto y Construcción” con el objeto de ofrecer información actualizada sobre las medidas técnicas, organizativas, de seguridad personal y protección sanitaria para controlar eficazmente los riesgos derivados de la exposición a este agente. A través de esta Jornada se trató de informar y motivar a trabajadores, empresarios y prevencionistas sobre las medidas necesarias para crear unas laborales seguras y saludables. P resentó la Jornada el Director del Centro de Seguridad y Salud Laboral de Castilla y León, D. Manuel Galán Cuesta, quien hizo una breve descripción del problema del amianto en nuestra Comunidad y puso de relieve la necesidad de prevenir el riesgo de exposición en el trabajo de este contaminante. A continuación Dña. Carmen Arroyo Buezo, Jefe de Programa Técnico del Centro Nacional de Verificación de Maquinaria de Bilbao del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, presentó una ponencia sobre aspectos generales del amianto, repasando los efectos del contaminante sobre la salud, la naturaleza de los distintos tipos de amianto y su riesgo en función de la friabilidad del material. Asimismo expuso los procedimientos y criterios para la gestión, evaluación y control de los riesgos, las acciones necesarias para identificar los materiales, como elaborar un registro inventario, como evaluar el estado del material y adoptar las medidas preventivas pertinentes y la implantación de un programa básico de seguimiento y control. D. Gonzalo Zufía Álvarez, Director Técnico de la empresa Investigación y Gestión de Residuos (IGR), comentó las distintas técnicas y material utilizado por su empresa en los trabajos con amianto, tanto para la protección de los trabajadores, como el medio ambiente y la correcta restauración de la zona de trabajo. 54 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 D. Joaquín Ortega Herrero, Técnico de Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Castilla y León destinado en Ávila desarrollo el tema de los planes de trabajo para actividades con amianto y presentó un avance de los criterios que la administración de la Comunidad va a seguir para su aprobación. Dña. Mercedes Elvira Espinosa, de la Dirección General de Salud Pública y Consumo de la Junta de Castilla y León, presentó el Plan de Actuaciones Sanitarias que se ha puesto en marcha, destinado a las personas expuestas o post-expuestas laboralmente al amianto, en cumplimiento de la Orden SAN/667/2007. D. Juan Ramón Seco, Inspector de Trabajo y Seguridad Social repasó los aspectos legales sobre la materia y los criterios que adopta la Inspección de Trabajo en sus actuaciones, así como las principales conclusiones y resultados de la Campaña Europea Contra el Amianto promovida por el Comité de Altos Responsables de las Inspecciones de Trabajo de la Comisión Europea (SLIC). Finalmente clausuró la Jornada la Ilma. Sra. Dña. Rosario Rodríguez Pérez, Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales quien después de dar las gracias a ponentes y asistentes, expresó su deseo de que el acto hubiera sido útil por la información sobre las últimas medidas técnicas, organizativas, de seguridad personal y protección sanitaria que se deben de aplicar en trabajos con riesgo de exposición a amianto y expresó su deseo de que actos como este supusieran una motivación y un impulso más para fomentar, entre las partes implicadas, la creación de puestos de trabajo cada vez más seguros y saludables. FICHAS PRÁCTICAS MEDIDAS PREVENTIVAS Trabajo frente al calor en verano (PRECAUCIONES) Trabajando a partir de 30ºC, hay que extremar las precauciones y, por encima de 33ºC se puede estar en una situación de verdadero peligro. Fatiga, piel caliente y seca, dolor de cabeza, sensación de mareo o de vértigo, calambres musculares... estos síntomas pueden ser un aviso de problemas mucho más importantes, incluso mortales, debidos a deshidratación, golpe de calor... En tiempo caluroso, los mecanismos fisiológicos de adaptación entran en funcionamiento pero tienen sus límites y una vez sobrepasados, los riesgos para la salud son reales (sobre todo cuando se añaden determinados factores tales como una especial penosidad de la tarea o el trabajo al aire libre). Mediante la aplicación de una serie de medidas preventivas sencillas y eficaces es posible preservar la salud y reducir el riesgo de sufrir un accidente. PRECAUCIONES FRENTE AL TRABAJO EN UN AMBIENTE CALUROSO Durante los días especialmente calurosos, el organismo se ve sometido a exigencias muy superiores a las habituales que requiere modificar el comportamiento y adoptar ciertos hábitos dirigidos a soportar mejor estas condiciones en las que desarrollar el trabajo. • Adopte unos buenos hábitos frente al calor - Beba frecuentemente agua (un vaso cada 15-20 minutos) incluso aunque no tenga sensación de sed. - Lleve ropa amplia, ligera, de color claro para favorecer la evaporación de la sudoración. - Protéjase la cabeza del sol. - Si aprecia cualquier anomalía en el sistema de suministro de agua, comuníqueselo a su responsable lo antes posible. • Concilie “esfuerzo” y “comodidad” - Evite o reduzca los esfuerzos físicos importantes. - Adapte su ritmo de trabajo según su propia tolerancia al calor. - Cuando trabaje al aire libre, procure trabajar a la sombra lo más posible. - Utilice sistemáticamente ayudas mecánicas para transportar cargas pesadas. - No acelere el ritmo de trabajo para terminar antes, puede sufrir un accidente. • Vigile sus costumbres - Evite las bebidas alcohólicas. - Evite o reduzca el consumo de tabaco. - Evite las comidas copiosas. - Refuerce su prudencia si no ha podido descansar adecuadamente por el calor. • Salud y signos de alerta - Interrumpa el trabajo si presenta síntomas de alerta y hágalo saber a alguien próximo. - Si al terminar una calurosa jornada, notase una fatiga desproporcionada, dolor de cabeza, aturdimiento... , no conduzca su vehículo y procure que le acompañen. Y, si está en tratamiento por alguna dolencia o estado particular de salud, consulte a un médico. PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007 55 FICHAS PRÁCTICAS MEDIDAS PREVENTIVAS Trabajo frente al calor en verano (PRECAUCIONES) RECOMENDACIONES PARA EMPRESARIOS/AS Y MANDOS INTERMEDIOS Tenga en cuenta los riesgos inducidos por las condiciones climáticas en su Plan de Prevención y adapte la organización del trabajo a las mismas para garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores • Frente al calor, es preciso adaptar el ritmo de trabajo - Organice los horarios de trabajo aprovechando las horas menos calurosas de la jornada. - Aumente la frecuencia de las pausas de recuperación. - No olvide tomar en cuenta los períodos de aclimatación (la adaptación a un medio de trabajo caluroso requiere un período de 9 a 12 días) - Preste especial atención al momento de la incorporación tras un período vacacional, un permiso, baja o bien se trata de un interino o recién incorporado. •Esfuerzos controlados - Limite cuanto sea posible el trabajo físico y aplace las tareas mas pesadas. - Procure que se utilicen medios mecánicos para la manipulación de cargas. - Permita que sus trabajadores adopten su propio ritmo de trabajo. • Acondicionamiento del lugar de trabajo - Instale tomas de agua potable y fresca en las proximidades de los puestos de trabajo. - Prepare áreas de descanso climatizadas o con zonas de sombra. - Considere las adaptaciones técnicas que permitan limitar los efectos del calor (ventiladores, persianas, toldos...etc.) - Limite el tiempo de exposición al sol de los trabajadores y organice rotaciones de tareas en lugares de menor exposición. • Mas vale prevenir que curar - Informe a los trabajadores de los riesgos relacionados con el calor, de sus efectos y de las medidas de prevención y socorro a tomar en cuenta en caso necesario. - Evite que haya trabajadores aislados y promueva la mutua vigilancia ante la posible aparición de los primeros efectos derivados del calor. PRIMEROS AUXILIOS Si un trabajador expuesto a elevadas temperaturas presenta fatiga desproporcionada, dolor de cabeza, mareo o vértigo, piel seca y caliente, agitación, confusión, fiebre... 1.- Alerte o haga que avisen al 112. 2.- Lleve a la víctima a un lugar fresco y bien aireado. 3.- Quítele la ropa (déjele en ropa interior) 4.- Pásele paños o toallas húmedas por todo el cuerpo, cabeza, nuca y extremidades y repita esta operación regularmente para tratar de bajar su temperatura corporal. 5.- Si la víctima está consciente, hágale beber agua fresca en pequeños sorbos. 6.- Si la víctima está inconsciente, permanezca a su lado hasta la llegada de la atención sanitaria y colóquela en la posición lateral de seguridad. OTROS EFECTOS DEL SOL La exposición de la piel y los ojos al sol durante el trabajo, sin la debida protección, puede ocasionar efectos derivados de la radiación ultravioleta del sol y producir (cáncer de piel, queratitis en córnea y conjuntiva, debilitación del sistema inmunológico, envejecimiento prematuro de la piel...etc.) El uso de cascos y sombreros de ala ancha con pañuelo y camisetas evitan la exposición directa de las partes más sensibles de la piel a los efectos de la radiación solar. En las zonas de piel expuesta al sol, es muy aconsejable utilizar cremas de protección solar (filtro solar de factor 15 o supe- rior que deberán aplicarse en la piel 15 – 20 minutos antes de iniciar la exposición al sol) y barras labiales (factor 15 o superior). También es recomendable el uso de gafas de sol, ropa ligera y tupida de color claro y crear zonas de sombra en los lugares donde se vaya a trabajar. Las superficies reflectantes (agua, cristal, metal...etc.) son fuentes secundarias de radiación adicional que habrá que tomar igualmente en cuenta a la hora de la protección. Incluso en días nublados, la radiación solar puede penetrar la atmósfera de forma muy considerable y ocasionar efectos desagradables. LEGISLACIÓN Y NORMATIVA • Real Decreto 486/1997, de 14 de abril. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. BOE nº 97 de 23 de abril. 56 PREVENCIÓN CASTILLA Y LEÓN MAYO-AGOSTO 2007