Mercado de Dinero" en PDF - Asociación Perjudicados Fórum Madrid
Transcripción
Mercado de Dinero" en PDF - Asociación Perjudicados Fórum Madrid
Afinsa Fórum MERCADO DE DINERO especial Enero 2013 / 23 afinsa fórum seis años y medio de lucha Crónica de un despropósito letal Más de 500.000 familias han perdido gran parte de los modestos ahorros de toda una vida debido a una decisión precipitada e infundada Ángel Garay. Madrid Empieza el año 2013 en España. La situación económica en general y financiera en particular ha sido crítica durante todo el año 2012, pero los expertos coinciden en afirmar que el riesgo de rescate se aleja y las entidades financieras han recibido ya los más de 39.500 mil millones de euros del rescate bancario aprobado en junio –y estas entidades financieras no han sido intervenidas por la justicia española–. Pero estas primeras luces de esperanza no alcanza a un grupo importante de ciudadanos españoles. Existen 500.000 familias que, durante casi 30 años mantuvieron una relación mercantil confiada y tranquila, con dos empresas que despuntaban en el escenario español: Fórum Filatico y Afinsa. Aquéllas se sobresaltaron la mañana del 9 de mayo de 2006 cuando grupos especiales de la Policía entraron en las sedes de Afinsa y Fórum Filatélico pertrechados al uso y semejanza de las unidades de lucha contra el narcotráfico y el terrorismo. Aterrorizados empleados administrativos de ambas entidades creían asistir a una pesadilla diseñada por un director de ‘serie B’ con perros policías, armas de asalto…. Esta sobreactuación policial estaba sustentada en las querellas presentadas en los Juzgados de Instrucción de la Audiencia Nacional por los fiscales Luzón y Pavía y aceptadas por los jueces Pedraz (Afinsa) y Grande Marlaska (Fórum) que pronto sería sustituido con mucho ruido y parafernalia por el titular del Juzgado, Baltasar Garzón. Las escuetas y poco elaboradas querellas se referían a la existencia de “un delito defraudatorio que, por sus dimensiones, puede producir una grave seguridad en el tráfico mercantil y en la economía nacional”. Adicionalmente se refería a la existencia de” delitos contra la Hacienda Pública, de blanqueo de capitales, insolvencia punible, administración desleal y falsedad en documento privado”. Todo ello se fundaba en la consideración de que el negocio que ambas empresas desarrollaban era “ financiero” y que los sellos “estaban sobrevalorados” o “eran falsos”. A pesar de que la actividad de compraventa de sellos estaba perfectamente descrita en la disposición adicional cuarta de la Ley 35/2003 de 4 de noviembre de Instituciones de Inversión Colec- El 9 de mayo de 2006. Ésta es la fatídica fecha en la que fueron intervenidas y clausuradas Fórum y Afinsa. Desde entonces, los afectados, respaldados por Ausbanc, no han dudado en echarse a la calle para denunciar este brutal atropello. tiva, donde se le atribuye expresamente una naturaleza mercantil. Además de esta forzada interpretación ‘contra legem’ de la actividad de Fórum y Afinsa, los jueces tomaron otra decisión insólita en el Derecho Procesal Penal español: el cierre ‘sine die’ de las empresas. Como cualquiera puede comprobar al examinar la historia de las intervenciones judiciales en empresas en España, la detención de los directivos imputados es perfectamente compatible con la continuidad de las actividades de las mismas para minimizar los daños a clientes, empleados y accionistas en todo caso inocentes de los presuntos delitos de los directivos. Salvo en el ‘caso Egunkaria’ no hay precedentes de una decisión tan drástica y letal. Así se consiguió que las empresas desaparecieran del mercado. No obstante, sólo perpetraron su objetivo de que entraran en concurso de acreedores por una estratagema en virtud de la cual los administradores judiciales dejaron de pagar las obligaciones tributarias y con sus clientes de manera artificial. Hasta el 9 de mayo de 2006, Afinsa y Fórum Filatélico llevaban casi 30 años funcionando sin ningún tipo de reclamación significativa por parte de clientes, proveedores, acreedores o Administraciones Públicas. El resultado es conocido: las 500.000 familias afectadas pierden sus ahorros y prácticamente toda esperanza en recuperarlos. Los di- Todos los culpables. Lamentablemente ya tenemos identificadas las partes sustanciales de esta letal crónica de despropósitos que se puso en escena el 9 de mayo de 2006. El instigador identificable fue el Gobierno socialista a través de la Inspección de Hacienda, concretamente de la inspectora Teresa Yabar. Los autores fueron los fiscales de la Audiencia Nacional Alejandro Luzón y Juan Pavía. Los cooperadores necesarios fueron los jueces de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz y Fernando Grande Marlaska con la aparición posterior pero estelar del mediático juez Baltasar Garzón. Y las víctimas, más de 500.000 familias inocentes, que se han visto atrapadas por la incorrecta actuación de unos y la falta de consistencia de un Estado de Derecho que no es capaz de aplicar sus propias decisiones con coherencia. rectivos acusados y encarcelados durante unos días quedan en libertad sin fianza y sujetos a una instrucción que se demora sin rumbo y sin objetivo concreto desde hace seis años y siete meses. El Tribunal Supremo ha desmontado la afirmación de que se trataba una actividad financiera, afirmando contundente y taxativamente que era una actividad mercantil. La Audiencia Provincial de Madrid ha declarado lo mismo en relación con el concurso de Afinsa. Por tanto, los fundamentos de la querella de los fiscales han quedado refutados por los tribunales de justicia. Y aquí viene lo más descorazonador: pese a ello, no se toman medidas que revoquen las decisiones adoptadas en base a dichas bases incorrectas. Además, falta saber el final de la instrucción contra los directivos imputados de las dos mercantiles. Una instrucción que deambula entre meandros de comisiones rogativas demorando una y otra vez el punto clave: elevar el escrito de acusación fundada contra los presuntos responsables por hechos concretos y tipos penales concretos. ¿Van a poder llegar a este punto? ¿Qué ocurre si no hay escrito de acusación o éste es tan endeble que no se sostiene? La respuesta a estas preguntas puede ser la cuestión critica para que 500.000 familias puedan tener bases para una reclamación por responsabilidad de la Administración de Justicia. MERCADO DE DINERO Enero 2013 / 25 afinsa fórum especial concurso de afinsa Tras seis años y medio de la intervención y clausura Los administradores concursales siguen sin pagar Redacción. Madrid El triste caso de la intervención y cierre de las filatélicas Forum Filatélico y Afinsa tiene muchas caras oscuras y desconcertantes para un ciudadano que quiera creer en las virtudes de nuestro sistema constitucional y también judicial. En el asunto concreto del concurso de acreedores, instigado de manera sorprendente por el bufete Osorio, la realidad de su gestión es claramente frustrante. Al margen del hecho fundamental que la justicia no esté teniendo en cuenta para nada que ha desaparecido la base del concurso – la consideración de la actividad de Afinsa como financiera cuando el Tribunal Supremo ha establecido que es mercantil– y que ,en una resolución la Audiencia Imagen de las cajas que contienen los sellos de Afinsa, y que fueron analizadas por los peritos. dida que se alargue el concurso. ¿Es esto Justicia? La desidia para el pago a los afectados de Afinsa no ha sido tal en el cobro de las retribuciones de los administradores concursales. Provincial no permite a los afectados recuperar su filatelia y pocas semanas después la misma Audiencia permite recuperar la filatelia “identificable”, los administradores concursales de Afinsa están siendo especialmente crueles con los afectados. Situación sangrante los sellos son auténticos y existen. En los primeros meses tras la intervención, se afirmó que los sellos que guardaba Afinsa en sus sedes eran falsos, e incluso que eran inexistentes. El tiempo, y el estudio de los peritos filatélicos, han confirmado que son auténticos. Todo se reducía a un problema de valoración de los activos. Pero esta desidia para el pago a los afectados de Afinsa no resulta homogénea con su política de auto-retribuciones. Javier Díaz- Gálvez y Benito Agüera, los administradores designados por el juez Francisco Javier Vaquer Martín, han percibido ya 16,2 millones de euros en concepto de honorarios por su labor en este concurso. Pero estas ingentes cantidades irán creciendo a me- La situación es tan sangrante que el letrado de la Seguridad Social y el abogado del Estado que representa a la Agencia Tributaria han pedido que se reduzcan las citadas retribuciones de los administradores concursales. Confiemos que el tema se encauce adecuadamente por el juez y se activen los trámites necesarios para que los afectados de Afinsa empiecen ya a cobrar, ya que la espera está siendo muy larga. Es nuestra personal carta a los Reyes Magos de Oriente estas Navidades. Tras el pago del primer 10%, los afectados de Fórum Filatélico esperan nuevos cobros A la espera Los administradores concursales de Fórum Filatélico empezaron a abonar a los afectados el primer pago del 10% de sus créditos a partir del mes de febrero del año 2009. A diciembre de 2012, casi cuatro años después, los de Afinsa no han pagado ni un euro. Y ello, pese a que se han cumplido las condiciones que pusieron para pagar el primer 5%, a saber, la venta de las participaciones de Spectrum. Esta decisión está incluida en los informes elaborados por los propios administradores y anunciada verbalmente a los miembros del Consejo de Consumidores y Usuarios en una reunión mantenida el pasado 25 de septiembre. ¿Por qué no pagan ni siquiera este mínimo 5%? Sólo ellos lo saben y desde luego no dan explicación alguna de semejante retraso ni a los afectados ni a los medios de comunicación, teniendo en cuenta tan sólo lo que han realizado sus colegas de Fórum Filatélico. Redacción. Madrid En el caso de Fórum Filatélico, intervenida al igual que Afinsa el 9 de mayo de 2006, los afectados ya han recibido un primer pago equivalente al 10% de sus inversiones. El pago se ha ido completando en los casos en que se han producido cambios de domicilio o fallecimiento de los titulares. Tras este primer pago, los tribunales suspendieron la ejecución de la liquidación de los bienes no líquidos. Esta suspensión trae causa del hecho de que Fórum presentó una propuesta de convenio, ante el Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, en el que ofrecía devolver a los 269.000 afectados hasta el 50% de su inversión. Propuesta que fue inadmitida por dicho Juzgado. La compañía filatélica recurrió esta decisión, lo que condujo a la suspensión de la liquidación. El el mes de marzo de 2010, la Sección 28ª de la Audiencia Povincial rechazó el recurso de Fórum. Edificio principal de la sede de Fórum en Madrid el 9 de mayo de 2006 durante la intervención. MERCADO DE DINERO 24 / Enero 2013 afinsa fórum especial concurso de afinsa Tras seis años y medio de la intervención y clausura La AP de Madrid confirma la actividad mercantil de Afinsa Los contratos de compraventa de filatelia no pueden ser calificados como jurídicos simulados. Isabel Cámara. Madrid eran tales, sino parte del metálico recibido por los propios clientes”. En los últimos meses la Audien- Hecho Tercero, se afirma: “que cia Provincial de Madrid ha dicpor encima de su calculada fortado importantes resoluciones en malidad (el negocio) debe califiel proceso concursal de Afinsa. carse de financiero por la certeza A la vista de dichas resoluciones, de la revalorización pactada”. resulta evidente que la actividad Como es conocido por todos, la que desarrollaba la concursada querella fue admitiera de naturaleza da a trámite por el mercantil y que, en Juzgado Central de consecuencia, los Instrucción nº 1 de contratos de com- La Administrala Audiencia Napraventa de filatelia ción Concursal cional dando lugar con los clientes no pueden ser califica- ha de proceder a a la intervención de Afinsa a nuestro dos como negocios modificar la lista juicio desproporjurídicos simulacionada y con unos dos. No cabe, por de acreedores claros perjudicatanto, afirmar que respecto a los dos: miles de clienlos clientes pretentes que confiaron dieran realizar de- representados en dichas empresas pósitos dinerarios por Ausbanc y en la legalidad a plazo, a modo de que nuestro ordedepósitos banca- Consumo. namiento jurídico – rios. En este sentiseguridad jurídica– otorgaba a su do, la Audiencia Provincial de actividad consistente en comprar Madrid afirma, con total rotuny vender sellos a una pluralidad didad, que la inversión que reade clientes –lo mismo cabe selizaban los clientes era en sellos ñalar en relación a la Compañía y que la ganancia se articulaba Fórum Filatélico, S. A.–. con compromisos de recompra de los mismos –revalorización pactada–. Mejora del crédito Estas afirmaciones están en diLa Sentencia, de 19 de octubre de recta contradicción con las rea2012, de la Audiencia Provincial lizadas por el Ministerio Público de Madrid estima el recurso de en su querella, de fecha 21 de apelación de Ausbanc Consumo abril de 2006, interpuesta con en representación de los asociabase en la denuncia que presentó dos personados en dicho incidenla Agencia Estatal de la Administe y considera que aquella parte tración Tributaria (AEAT). Debe de la inversión que los adminisrecordarse que como consecuentradores concursales clasificaban cia de esta querella se adoptaron como intereses y que, por ello, cauna serie de medidas cautelares, lificaban como créditos subordicomo fue el bloqueo de las cuennados, en verdad, son auténticas tas de Afinsa, que tuvieron como revalorizaciones del precio de la principal efecto que la concurfilatelia adquirida por los clientes sada no pudiera hacer frente a y, por ende, dichos créditos desus obligaciones exigibles al no ben ser calificados como créditos poder cumplir regularmente sus ordinarios, no subordinados, juncompromisos con los miles de to con el principal invertido. clientes que habían depositado En definitiva, la Sentencia pone su confianza en la mercantil y de manifiesto que el criterio que, en consecuencia, se declaadoptado por los administradores rase el concurso de Afinsa con concursales de Afinsa era equivofecha 14 de julio de 2006. cado. Lo que, lamentablemente, En este sentido, en la querella significa que el criterio que adopse realizaron, entre otras, las sitaron éstos, a pesar de sus desorguientes afirmaciones: bitados emolumentos, perjudicó - Hecho Primero, se afirma: “se considerablemente a los afectaentregaron lotes de sellos sumados en la medida que, cuantitatimente sobrevalorados, cuando vamente, vieron reducido su créno falsos, y luego cantidades en dito al excluir de la clasificación concepto de intereses que no como ordinarios aquella parte Incidente Una afectada delante del cartel de Afinsa situado en la sede principal del Grupo. del crédito que, equivocadamente, fue calificada como intereses. Todo ello, en la medida que, únicamente, aquellos acreedores que en su día impugnaron la calificación de las revalorizaciones, incorrectamente conceptuada como intereses por los Administradores, verán mejorada su posición acreedora en el concurso de Afinsa. En lo que atañe al Plan de Liquidación de Afinsa, la Audiencia Provincial de Madrid, por Auto de 22 de octubre de 2012, ha considerado que la opción subsidiaria de liquidación de la filatelia prevista en el Plan de Liquidación ha de revocarse y que, por tanto, no ha lugar al pronunciamiento de liquidación subsidiario que preveía en la instancia la opción de separar la filatelia, ex artículo 80 de la Ley Concursal. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid, en Senten- cia de 17 de octubre de 2012, y como consecuencia del incidente de impugnación de la Lista de Acreedores y del Inventario promovido por Afinsa considera que los lotes filatélicos que consten adjudicados “individual y nominativamente” en los contratos a favor de los clientes y que, por tanto, puedan ser identificados de un modo inconfundible frente al resto de la filatelia podrán dar lugar a su separación. Principales diferencias de los procesos concursales de Fórum Filatélico y Afinsa A pesar de que las dos mercantiles fueron intervenidas y clausuradas el mismo día, el 9 de mayo de 2006, hace ya más de seis años y medio, los procesos concursales de Fórum y Afinsa presentan importantes diferencias en relación a los plazos, y en cuestiones técnico-jurídicas. 1 En el concurso de Fórum Filatélico, la Agencia Tributaria ha continuado como administrador concursal, mientras que en Afinsa ha sido recusada, y sustituida por la Seguridad Social. El Juzgado Mercantil número 6 de Madrid recusó como administrador concursal de Afinsa a la Agencia Tributaria tanto por haber sido denunciante de los hechos ante el Ministerio Fiscal, circunstancia que dio inicio al proceso penal (art. 219.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial), como así mismo por haber emitido el informe que se acompañaba a dicha denuncia en relación a la actividad de Afinsa (art. 219.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial). Esta importante y trascendental resolución judicial vino a considerar que estas circunstancias, alegadas por Ausbanc en una demanda incidental de recusación presentada el 24 de julio de 2006, impiden a la AEAT el ejercicio imparcial y leal del cargo de administrador concursal. 2 En el caso de Afinsa ha existido una fase de convenido, que finalmente no fue aprobada, y en el de Fórum Filatélico no, por lo que este último procedimiento va más avanzado. 3 En el seno del concurso de Afinsa ha habido pronunciamientos expresos en torno a la relevancia que pueden tener determinadas resoluciones judiciales que hablan de la naturaleza mercantil de los negocios. Como consecuencia de una demanda incidental promovida por Ausbanc Consumo en el año 2007, la Audiencia Provincial de Madrid en la Sentencia, de fecha 19 de octubre de 2012, considera que la actividad que desarrollaba Afinsa consistía, precisamente, en comprar y vender sellos, negando que se tratara de un negocio simulado de depósito a plazo y, por tanto, entrando en directa contradicción con el criterio mantenido por la AEAT, el Ministerio Fiscal y el orden penal. Criterio que, como es sabido, constituyó uno de los elementos motivadores de la intervención y del bloqueo de las cuentas con la consiguiente imposibilidad de poder hacer frente a las obligaciones con los clientes. 4 En la actualidad, el concurso de Fórum Filatélico se encuentra en fase de liquidación, lo que supone que los afectados por el cierre de esta mercantil ya han percibido el 10% de sus ahorros, mientras que los perjudicados de Afinsa continúan a la espera del pago del primer 5% de sus inversiones. Pago del que todavía se desconoce la fecha en el que se efectuará. MERCADO DE DINERO 26 / Enero 2013 afinsa fórum especial PROCESO penal responsabilidad patrimonial Ausbanc reitera su solicitud de poner fin a la instrucción A. V. Madrid Transcurridos ya seis años desde el inicio de la causa, Ausbanc solicitó el pasado 8 de mayo el final de la instrucción en ambos Juzgados Centrales y que, a la vista de las Sentencias recaídas hasta entonces en la jurisdicción contencioso administrativa declarando el carácter mercantil de las empresas, se declarara la desproporción de la medida cautelar de intervención y cierre de ambas empresas. Esta última petición estaba dirigida a adelantar la reclamación patrimonial por error judicial. La solicitud ha sido rechazada por los Juzgados Centrales de Instrucción nº 1 y 5, y actualmente está pendiente de resolver por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Error judicial Dejando a salvo la viabilidad o no de la reclamación por las actuaciones en el concurso, es evidente que la reclamación podrá iniciarse cuando judicialmente se declare que la intervención fue desproporcionada, pues ya se ha superado con creces el plazo de un año desde que se produjo el cierre y sólo queda la vía del procedimiento específico por error judicial y no por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. Dicha resolución judicial puede venir de la Sala de lo Penal, al resolver el recurso de apelación, o declarado en la Sentencia que se dicte cuando se celebre el jui- Edificio del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Los perjudicados, pendientes de la decisión de Estrasburgo Santiago Pedraz es el titular del Juzgado que lleva el caso de Afinsa. Baltasar Garzón, juez de Forum hasta su expulsión de la carrera judicial. cio penal, para lo que habrá que esperar aún por lo menos un par de años. En el caso de los afectados de Fórum y Afinsa son dos las posibles circunstancias que pueden dar lugar a esta reclamación: las actuaciones concursales, y en concreto, de los administradores y del Juez de lo Mercantil, que, desoyendo las Sentencias que declaraban la actividad de la empresa como mercantil y no financiera, montaron el Plan de Liquidación conforme a esta segunda y determinaron la insolvencia de la empresa. Y, por otro lado, las medidas cautelares adoptadas por los juzgados en cuanto a la intervención y cierre de ambas empresas mercantiles –sobreseimiento libre–. Por otra parte, en Afinsa la Administración Concursal ya ha dado cuenta de la venta de las acciones de Spectrum al Juzgado, y se ha confirmado la anotación preventiva de la causa penal en el Registro de la Propiedad en relación al inmueble sede de Afinsa, ubicado en la madrileña calle Génova nº 26. A fecha de hoy, aún no se ha practicado la ratificación de los peritos judiciales designados para evaluar la filatelia. Por su parte, en Fórum Filatélico, aunque los peritos judiciales se ratificaron hace largo tiempo, la proposición de una pericial de parte y la entrega de la documentación y filatelia precisa para llevarla a cabo aún no se ha realizado. A. C. Madrid Las decenas de recursos contencioso administrativos en las que se agruparon las pretensiones indemnizatorias de los perjudicados que encomendaron a Ausbanc su defensa quedaron, por decisión de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, en suspenso a expensas de lo que se resolviera en el primero de los procedimientos iniciados. De ese modo, conforme a lo previsto en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa se tramitó con carácter preferente como recurso ‘tipo’ la primera de las demandas interpuestas por Ausbanc, que finalizó con sentencia desestimatoria de la Audiencia Nacional. Posteriormente, interpuesto recurso de casación ante el Supremo contra esa sentencia, y el Tribunal sólo admitió aquellos recursos de perjudicados cuya cuantía superase los 150.000 euros –actualmente la cuantía se ha incrementado a 600.000 euros–, circunstancia que, a juicio de Ausbanc, supone una limitación inadmisible del derecho a la tutela judicial efectiva. Precisamente por ello se ha llevado el asunto hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo encontrándose actualmente pendiente de una decisión. Por otra parte, el Supremo ya ha dictado sentencia de fondo sobre los recursos de casación planteados por aquellos a quienes se les admitió al superar la cuantía mínima, confirmando las sentencias de la Audiencia Nacional que rechazaban la responsabilidad patrimonial de la Administración del Estado por la intervención. La decisión del Alto Tribunal también se ha llevado por vía de recurso a las últimas instancias nacionales y finalmente a Estrasburgo, habida cuenta de los reiterados pronunciamientos del Supremo que confirman la naturaleza mercantil de la actividad de las filatélicas. plataforma blanca de bizkaia Más de 400 personas asisten a la asamblea extraordinaria Redacción. Madrid En la tarde del pasado día 10 de diciembre se celebró una asamblea extraordinaria de la Plataforma Blanca de Bizkaia, en la que la letrada de los Servicios Jurídicos de Ausbanc, Isabel Camara, responsable del procedimiento mercantil de Afinsa Bienes Tangibles, informó sobre las últimas novedades acontecidas en los diferentes procedimientos judiciales abiertos después de seis años desde la intervención y clausura de dicha mercantil. Entre los temas jurídicos expuestos por la abogada, se encontraban las últimas sentencias obtenidas confirmando que la actividad de esta empresa era, sin ninguna duda, mercantil. Además, criticó la dilatación innecesaria de la fase de instrucción del procedimiento penal. En relación a la responsabilidad patrimonial, Cámara expuso los nuevos frentes para recuperar el 100% de los ahorros y resarcir los daños y perjuicios ocasionados por el cierre de la empresa. Al acto, celebrado en la Escuela Técnica Superior de Náutica y Máquinas Navales de Portugalete, asistieron más de 400 personas, que tras escuchar la exposición de la letrada, tuvieron la oportunidad de intervenir en el turno de preguntas para aclarar las dudas existentes sobre el procedimiento jurídico. Los afectados de Afinsa mostraron su preocupación por la renovación de los créditos ICO, que está pendiente de confirmación por parte del Gobierno, y por la posible fecha del pago del primer 5%. Numerosos perjudicados abarrotaron el salón de actos de la ETS de Náutica y Máquinas Navales de Portugalete.