Gráfica 1 - Nikken | Latinoamerica
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Manual del ASESOR DE BIENESTAR INDEPENDIENTE IV MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 Índice Manual del Asesor de Bienestar Independiente Políticas y Procedimientos De Nikken I. De las Políticas y Procedimientos Generales A. Principios Generales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 B. De los Asesores de Bienestar Independientes de los Productos Nikken. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 C. De la Venta de los Productos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 D. De los Precios de los Productos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 E. De la Red de Mercadeo y de las Políticas de Patrocinio para Comercializar los Productos Nikken. . . . . 10 F. De las Recomendaciones para Desarrollar la Red de Mercadeo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 G. De la Transmisión de la Titularidad de los Derechos Contractuales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 H. De los Cambios de Línea de Patrocinio. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 I. De la Cesión de las Líneas de Patrocinio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 J. De la Certificación de Negocios Internacional (CNI). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16 K. De la Garantía de los Productos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17 L. De los Cambios de Productos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 M. Del Uso de las Marcas de Nikken. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 N. Del Uso de Internet y Redes Sociales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 O. De las Páginas Web Personales de Nikken (PWP) y de las Páginas Web de los Asesores de Bienestar Independientes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 P. De la Renovación del Contrato Mercantil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 Q. De los Efectos de la Solicitud de Terminación del Contrato Mercantil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 24 R. De los Efectos de la Rescisión del Contrato Mercantil . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .26 S. De la Jurisdicción y Competencia. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27 II. De las Políticas y Procedimientos de Pagos y Descuentos A. De los Beneficios Adicionales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27 B. De los Pagos por el Mantenimiento de la Cuenta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28 III. De las Políticas y Procedimientos para las Compraventas A. De las Oficinas y los Centros de Distribución y Desarrollo Autorizados de Nikken. . . . . . . . . . . . . . . . . 30 B. De los Procedimientos para Realizar Compras de Productos Nikken. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 C. De las Formas de Pago. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 D. Del Envío de los Productos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36 E. De la Atención de Ordenes Pendientes (Back Orders). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36 F. De las Confirmaciones de una Orden . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 37 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 1 Índice IV. De las Políticas y Procedimientos para el Club de Bienestar A. De los Lineamientos Generales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38 B. De los Clientes Preferentes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38 C. De la Inscripción al Club de Bienestar y de la Base de Datos de Clientes Preferentes de Nikken. . . . . . 39 D. Del Contrato Mercantil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39 E. De los Precios de los Productos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41 F. De la Vigencia, Terminación y Prórroga del Contrato Mercantil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41 G. De los Beneficios Adicionales para el Asesor de Bienestar Independiente. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42 Plan de Mercadeo de Nikken I. De las Generalidades II. De la Bonificación de Liderazgo III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales A. Del Asesor de Bienestar Independiente Superior. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49 A.1. Requisitos para alcanzar el rango*. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49 A.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .50 A.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50 B. Del Asesor de Bienestar Independiente Ejecutivo. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 B.1. Requisitos para alcanzar el rango* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 B.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 B.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 C. Del Asesor de Bienestar Independiente Bronce. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52 C.1. Requisitos para alcanzar el rango* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52 C.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52 C.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52 D. Del Asesor de Bienestar Independiente Plata. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53 D.1. Requisitos para alcanzar el rango* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53 D.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54 D.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54 E. Del Asesor de Bienestar Independiente Oro. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55 E.1. Requisitos para alcanzar el rango*. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55 E.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56 E.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56 F. Del Asesor de Bienestar Independiente Platino. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .58 F.1. Requisitos para alcanzar el rango*. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58 F.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58 F.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59 2 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 Índice G. Del Asesor de Bienestar Independiente Diamante. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60 G.1. Requisitos para alcanzar el rango* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60 G.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60 G.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61 H. Del Asesor de Bienestar Independiente Diamante Real. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62 H.1. Requisitos para alcanzar el rango* . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 62 H.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 63 H.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64 I. Del Asesor de Bienestar Independiente Embajador Real . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65 I.1. Requisitos para alcanzar el rango*. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65 I.2. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65 j. Del Bono Estilo de Vida. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66 J.1. Requisitos para acceder a la bonificación adicional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66 J.2. Valor máximo del Bono de Estilo de Vida. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67 K. Del Bono para Vivienda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67 K.1. Requisitos para acceder a la bonificación adicional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67 K.2. Aplicación del Bono para Vivienda. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67 K.3. Valor máximo del Bono para Vivienda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 68 L. Reglas de cálculo para el Bono de Estilo de Vida y el Bono para Vivienda . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69 IV. De las Características Especiales A. Del Principio de Compresión General . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70 B. Del Principio de Compresión Especial. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71 V. De la Certificación de Negocios Internacional (CNI) A. De los Lineamientos Generales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72 B. De los Requisitos para obtener la Certificación de Negocios Internacionales (CNI) . . . . . . . . . . . . . . . . 73 C. Requisitos para Acceder a los Beneficios Adicionales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 74 D Del Rango en la Unidad de Mercado y del Rango Global del Asesor de Bienestar Independiente. . . . . . 74 E. Del Pago de las Bonificaciones Internacionales para el Asesor de Bienestar Independiente Internacional.75 F. De las Prohibiciones para los Asesores de Bienestar Independientes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 75 G. Nikken Global. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 76 VI. De las Definiciones y Términos De las Definiciones y Términos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .77 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 3 A. Principios Generales Políticas y Procedimientos De Nikken I. De las Políticas y Procedimientos Generales A. Principios Generales 1. La relación comercial entre Nikken y el asesor de bienestar independiente se rige por las disposiciones del Contrato Mercantil, del presente Manual del Asesor de Bienestar Independiente y la legislación aplicable en el territorio del país en donde se celebre el primero. 2. Nikken comercializa sus productos a través del sistema de venta directa con personas registradas como asesores de bienestar independientes en la empresa, y además debidamente registrados ante las autoridades fiscales y las que correspondan de acuerdo a la legislación aplicable en cada caso. 3. Nikken cuenta con un padrón denominado Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes en cada país en donde efectúe operaciones, con el propósito de mantener un adecuado control de los nombres y domicilios de cada uno de los asesores de bienestar independientes con los que establezca una relación comercial duradera. 4. El asesor de bienestar independiente deberá solicitar su inscripción a la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes de Nikken en el país en el que pretenda comercializar sus productos. 5. El asesor de bienestar independiente deberá obtener su inscripción en la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes de Nikken de manera previa a la celebración del Contrato Mercantil correspondiente, el que le da derecho para comprar y, en su caso, comercializar los productos de Nikken. 6. El Contrato Mercantil que celebre Nikken con el asesor de bienestar independiente, constituye un acuerdo de voluntades, cuyo objeto y 4 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 A. Principios Generales vigencia deberán estar debidamente determinados de conformidad con la legislación vigente del lugar de su suscripción. 7. Las obligaciones emanadas de la relación comercial establecida entre Nikken y el asesor de bienestar independiente están sujetas a la vigencia del Contrato Mercantil y sus cláusulas correspondientes. 8. La vigencia del registro del asesor de bienestar independiente en la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes de Nikken está determinada por la propia vigencia del Contrato Mercantil. 9. La relación comercial entre Nikken y el asesor de bienestar independiente no conlleva la subordinación ni la dependencia de éste respecto de la empresa. Por lo tanto, bajo ninguna circunstancia el asesor de bienestar independiente deberá ni podrá considerarse como agente, comisionista, empleado o representante de Nikken. 10.La empresa y el asesor de bienestar independiente se entenderán como contratistas independientes con respecto al cumplimiento de las obligaciones y derechos establecidos bajo su relación mercantil, y en consecuencia: a. Nada de lo establecido en el Contrato Mercantil ni el presente Manual, se entenderá que constituye o crea una asociación, sociedad, agencia o cualquier otro convenio similar entre las partes; b. La ejecución de los servicios, no genera vínculo laboral alguno entre la empresa y el asesor de bienestar independiente. Este, mantendrá indemne e indemnizará a la empresa por cualquier responsabilidad de orden laboral, que pudiera generase como consecuencia del incumplido de sus obligaciones individuales para con el personal que, en su caso dependa de él; c. Ni el asesor de bienestar independiente ni la empresa tendrán autorización para asumir o crear obligaciones a cargo de la otra y, adicionalmente, ninguno de ellos podrá tomar acción alguna que tenga el efecto de aparentar que cuenta con la autorización para representar a la otra, y, d. El asesor de bienestar independiente mantendrá indemne a la empresa por responsabilidad personal e individual que eventualmente pueda derivarse frente a terceros, y que sea consecuencia del hecho de sus dependientes o personal contratado y bajo su vigilancia, o por las cosas que sirve o que tiene a su cuidado dicho personal dependiente o contratado. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 5 11. En caso de terminación del Contrato Mercantil, la empresa no estará obligada a comprar los productos que hubiera adquirido el asesor de bienestar independiente durante la vigencia del mismo. 12.El asesor de bienestar independiente se obliga a cumplir con el contenido del Contrato Mercantil y del presente Manual, cuando venda los productos con posterioridad a la fecha de terminación del referido contrato. B. De los Asesores de Bienestar Independientes de los Productos Nikken 1. Son sujetos para la comercialización de los productos Nikken, todas las personas (naturales/físicas o jurídicas/morales) con plena capacidad para el ejercicio del comercio, que se encuentren debidamente registradas ante las autoridades fiscales y las que correspondan, de acuerdo a la legislación vigente del país en donde haya de establecerse la relación comercial. Las personas que deseen comercializar los productos Nikken en un país en donde se les considere como extranjeros deberán cumplir con los requisitos señalados en el párrafo anterior sin excepción alguna. 2. Ningún asesor de bienestar independiente podrá comercializar los productos Nikken con un nombre ficticio, por lo que la información que debe asentar en la Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y Contrato, (forma 9050) deberá ser verídica y comprobable legalmente. 3. El Contrato Mercantil y la inscripción a la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes de Nikken dan al asesor de bienestar independiente la titularidad de un derecho de comercialización único y personal, por lo que ningún asesor de bienestar independiente podrá tener dos o más registros de Nikken simultáneamente, ni siquiera bajo la modalidad de cotitular prevista en la Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente. 4. Nikken se reserva el derecho de otorgar un registro por familia mononuclear, por lo que el o la cónyuge y los descendientes menores o incapaces de un asesor de bienestar independiente, sólo podrán comercializar los productos Nikken utilizando el mismo registro del 6 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 B. De los Asesores de Bienestar Independientes de los Productos Nikken asesor de bienestar independiente en Nikken. A efecto de que dos o más miembros de una misma familia mononuclear puedan obtener más de un registro de Nikken, el familiar interesado deberá presentar una solicitud por escrito expresando las razones por las que solicita se le asigne un registro independiente a la de la persona física/ natural previamente inscrita en la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes. Nikken deberá analizar la solicitud y emitir una respuesta al familiar interesado dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de presentación. En caso de que la solicitud sea autorizada el interesado deberá suscribir la Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y Contrato (forma 9050) y cumplir con los requisitos y procedimientos establecidos en este Manual a fin de quedar inscrito en la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes de Nikken. 5. Toda persona que desee comercializar los productos Nikken deberá presentar en original una identificación oficial vigente, cumplir con el llenado y suscripción de la Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y el Contrato Mercantil, así como adquirir el Kit de Inscripción a través de su asesor de bienestar independiente patrocinador, al costo establecido por la empresa. 6. La persona que se desee inscribir en la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes de Nikken a una sociedad mercantil, persona moral o jurídica debe cumplir con las disposiciones aplicables descritas en los numerales de este apartado y además acompañar su Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y Contrato con los documentos siguientes: a. Copia simple y para su cotejo copia certificada del acta constitutiva de la sociedad; b. Copia simple y para su cotejo copia certificada del poder del representante legal, y c. Copia simple y para su cotejo original de la identificación oficial vigente del representante legal. d. Carta firmada por los socios manifestando su voluntad de que la sociedad sea aceptada como asesor de bienestar independiente de Nikken. A falta de cualquiera de los documentos originales necesarios para el cotejo de las copias simples señalados en los incisos a y b anteriores, el interesado deberá acompañar la referida Solicitud con copias certificadas MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 7 C. De la Venta de los Productos de los documentos jurídicamente válidos para acreditar la existencia de la sociedad mercantil, persona moral o jurídica, así como su calidad de representante legal de la misma. En el caso de la identificación oficial vigente el representante legal deberá presentar el documento original sin excepción alguna. Además de los requisitos antes señalados, el representante legal deberá registrar el nombre de la sociedad mercantil, persona moral o jurídica como titular y su nombre como cotitular en los espacios correspondientes de la Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y el Contrato, y estampar su firma consintiendo las estipulaciones del Contrato Mercantil. 7. El asesor de bienestar independiente debe establecer autónomamente sus propias metas para la comercialización de los productos Nikken, respetando los lineamientos establecidos al efecto en el Contrato Mercantil y en el presente Manual. C. De la Venta de los Productos 1. A efecto de preservar el buen nombre e imagen de la empresa, el asesor de bienestar independiente deberá conducirse con honestidad en tanto que se dedique a la comercialización de los productos Nikken. 2. El asesor de bienestar independiente no podrá realizar declaraciones sobre las propiedades terapéuticas o curativas de los productos, excepto en los casos oficialmente aprobados por escrito por la empresa o según conste en la literatura oficial de la misma. Específicamente, el asesor de bienestar independiente no deberá aseverar que los productos Nikken son útiles en el tratamiento o cura de ninguna enfermedad. En el mismo sentido, el asesor de bienestar independiente tampoco podrá manifestar que los beneficios de los productos Nikken se encuentran garantizados por la Autoridad Sanitaria o de Salud o cualquier otra autoridad gubernamental del país en donde se lleve a cabo la comercialización de los mismos. 3. El asesor de bienestar independiente no podrá comercializar productos Nikken diferentes a los descritos en el Catálogo de Productos autorizado por la empresa en el país donde haya celebrado el Contrato Mercantil que lo faculta para efectuar estas operaciones. Todas las 8 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 D. De los Precios de los Productos 4. 5. 6. 7. declaraciones del asesor de bienestar independiente concernientes a la descripción, calidad, uso y garantía de los productos Nikken deben ser acordes con la información escrita proporcionada por la empresa en el Catálogo de Productos y el presente Manual del Asesor de Bienestar Independiente. El asesor de bienestar independiente tiene la libertad de comercializar otros productos distintos a los de Nikken, aún y cuando se trate de productos de una empresa competidora; sin embargo, el asesor de bienestar independiente no puede utilizar folletos, programas, manuales, audiovisuales ni cualquier otro material producido por la empresa, para efectuar la comercialización de productos distintos a los de Nikken. En caso de que el asesor de bienestar independiente ejerza su derecho a comercializar productos distintos a los de Nikken, no podrá promover los productos de las otras compañías a las que se hubiera afiliado, dentro de las oficinas, centros de entrenamiento y eventos organizados y/o patrocinados por Nikken. En ningún caso al asesor de bienestar independiente le es dable reetiquetar o reempacar los productos Nikken para efectos de la comercialización de los mismos. El asesor de bienestar independiente se obliga a no revender o exhibir los productos Nikken en tiendas, comercios, ferias, mercados o en cualquier otro lugar de venta al público y sujetarse al sistema de venta directa al consumidor establecido en el presente Manual. D. De los Precios de los Productos 1. La suscripción del Contrato Mercantil da al asesor de bienestar independiente el derecho de comprar productos directamente de la empresa a precios de mayoreo. 2. Nikken se reserva el derecho de sugerir al asesor de bienestar independiente el precio al menudeo que considere conveniente para la venta de los productos al consumidor final. 3. Nikken deberá respetar el precio de mayoreo de sus productos establecido en la Lista de Precios para Asesores de Bienestar Independientes, vigente, al momento de cada una de las compras que efectúe el asesor de bienestar independiente, independientemente del MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 9 E. De la Red de Mercadeo y de las Políticas de Patrocinio para Comercializar los Productos Nikken rango que éste ocupe dentro de la red de mercadeo. Es decir: todos los asesores de bienestar independientes pagarán el mismo precio de mayoreo establecido en la Lista de Precios para Asesores de Bienestar Independientes que se encuentre en vigor al momento de cada una de las compras que efectúen y sin que para ello la empresa tome en cuenta el rango alcanzado por cada uno de ellos. E. De la Red de Mercadeo y de las Políticas de Patrocinio para Comercializar los Productos Nikken 1. El asesor de bienestar independiente podrá beneficiarse económicamente patrocinando a otras personas que, como él, deseen comercializar los productos Nikken, cuando la empresa acepte la Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y Contrato que sus patrocinados le presenten. 2. El asesor de bienestar independiente no deberá afirmar ni asegurar a terceros que Nikken garantiza las ganancias derivadas de la compraventa de sus productos, debiéndoles aclarar que el lucro obtenido depende de las acciones y esfuerzos individuales de cada persona. En el mismo sentido, el asesor de bienestar independiente deberá evitar hacer una falsa o engañosa proyección de eventuales ganancias. 3. Un asesor de bienestar independiente puede patrocinar a clientes o amigos que, como él, deseen comercializar los productos Nikken. 4. El asesor de bienestar independiente que presente a Nikken a otras personas que deseen comercializar los productos de la empresa, se considerará patrocinador de aquellos y, en tal virtud, pasarán a formar parte de su línea de patrocinio o grupo comercial, con lo que tendrá derecho de acceder a los beneficios establecidos en los apartados I, II y III del Plan de Mercadeo del presente Manual para el Asesor de Bienestar Independiente. 5. El asesor de bienestar independiente debe respetar la elección del patrocinador que haga una persona, cuando existan uno o más asesores de bienestar independientes prospectando a la misma persona a la que él pretende patrocinar. 6. Nikken reconoce al asesor de bienestar independiente como patrocinador de un tercero cuando su nombre aparece en el rubro 10 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 F. De las Recomendaciones para Desarrollar la Red de Mercadeo información del Patrocinador/Auspiciador de la Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y Contrato que le haya sido presentada para su aprobación debidamente llenada y firmada, y hasta en tanto que haya incorporado al patrocinado en el Registro de Asesores de Bienestar Independientes correspondiente. 7. El asesor de bienestar independiente podrá solicitar a Nikken, en cualquier tiempo, la información concerniente al volumen de compras de su grupo personal, así como la descripción y cantidad de los productos adquiridos. Al respecto, el asesor de bienestar independiente reconoce que la información aludida es propiedad de la empresa y su uso es de carácter confidencial, por lo que no le es dable revelar tal información a terceros, ni usarla para competir con Nikken directa o indirectamente. 8. Nikken no vende, muestra ni comparte con terceras personas la información derivada de la relación comercial establecida con el asesor de bienestar independiente; sin embargo, se reserva el derecho de proporcionar dicha información, cuando estime necesario cumplir con alguna disposición legal o resolución judicial, o para demandar el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Contrato Mercantil o en este Manual, o para proteger los derechos o la seguridad de otro u otros asesores de bienestar independientes. 9. El asesor de bienestar independiente que se encuentre afiliado a otra u otras compañías de multinivel no podrá promover, fomentar, invitar ni auspiciar a ningún asesor de bienestar independiente de Nikken para que se vincule voluntaria o involuntariamente a otra compañía diversa, en tanto su Contrato Mercantil se encuentre vigente. F. De las Recomendaciones para Desarrollar la Red de Mercadeo 1. Nikken recomienda al asesor de bienestar independiente la atención de las sugerencias apuntadas a continuación, como un medio para consolidar y fortalecer la red de mercadeo que, en su caso, decida desarrollar de manera autónoma e independiente el propio asesor de bienestar independiente. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 11 G. De la Transmisión de la Titularidad de los Derechos Contractuales a. Atender diligentemente las actividades derivadas de la comercialización de los productos Nikken que lleven a cabo los miembros de su línea de patrocinio o grupo comercial; b. Supervisar las ventas, distribución y entrega al consumidor final de los productos Nikken que realicen sus patrocinados. c. Mantener comunicación permanente con los miembros de su línea de patrocinio o grupo comercial, bajo cualquiera de las modalidades siguientes: correspondencia escrita, reuniones personales, conferencias telefónicas, mecanismos electrónicos, o cualquier otra herramienta que le permita conocer y, en su caso, participar en los procesos de comercialización de los productos que aquellos realicen. d. Proporcionar a sus patrocinados las sesiones de entrenamiento necesarias para la comercialización de los productos, así como asistirlos y acompañarlos en los entrenamientos que ofrezca la propia empresa. e. Brindar a sus patrocinados los elementos indispensables para el adecuado entendimiento y alcance del presente Manual, la información y contenido de la revista Familia Nikken, así como compartir con ellos la información genealógica de su línea de patrocinio o grupo comercial. f. Nikken recomienda al asesor de bienestar independiente patrocinador supervisar que las personas que integren su grupo comercial en línea descendente atiendan la regla del 70% establecida en este Manual, como un mecanismo para evitar que realicen desembolsos excesivos que se traduzcan en la vana disminución de su patrimonio. G. De la Transmisión de la Titularidad de los Derechos Contractuales 1. Los asesores de bienestar independientes que contraigan matrimonio, después de haber celebrado sus respectivos contratos mercantiles con Nikken, deberán transmitir o terminar uno de los contratos, cuando ambos pertenezcan al mismo grupo comercial, con el objeto de no contravenir la política establecida en el punto 4, apartado B, capítulo I de las Políticas y Procedimientos de éste Manual. 12 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 H. De los Cambios de Línea de Patrocinio 2. Los asesores de bienestar independientes que compartan la titularidad de los derechos derivados de un Contrato Mercantil celebrado con Nikken, que decidan divorciarse y que no deseen asumir sus obligaciones de manera conjunta, deberán acreditar ante la empresa, mediante un acuerdo protocolizado ante un notario o corredor público o una resolución judicial firme, cuál de los dos conserva la titularidad sobre dichos derechos. 3. En caso de fallecimiento de un asesor de bienestar independiente, los derechos y obligaciones derivados del Contrato Mercantil serán transmitidos por la empresa a quien acredite debidamente ser el legítimo titular de los mismos, siempre y cuando dicha persona complete una nueva Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y Contrato y cubra los requisitos establecidos en éste Manual para el rango alcanzado por el asesor de bienestar independiente fallecido. 4. En caso de que un asesor de bienestar independiente quede incapacitado física o mentalmente, de manera total o permanente, hasta el grado de no poder cumplir con las obligaciones derivadas del Contrato Mercantil, su representante legal o tutor, previa acreditación de su personalidad jurídica ante la empresa, deberá manifestar si desea darlo por terminado o pretende continuar con la relación jurídica, en cuyo caso tendrá que suscribir en representación del incapaz, una nueva Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y Contrato, y cubrir los requisitos establecidos en éste Manual para el rango del asesor de bienestar independiente declarado incapaz, dentro de un plazo de seis meses, contado a partir de la notificación de la incapacidad del asesor de bienestar independiente titular de los derechos. 5. En cualquiera de los mencionados casos, tratándose del cambio de titularidad o cotitularidad de un Contrato Mercantil, el asesor de bienestar independiente y el cotitular deberán presentar a la empresa una solicitud escrita, misma que deberá ser aprobada por Nikken de manera previa a la realización del trámite del cambio solicitado. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 13 I. De la Cesión de las Líneas de Patrocinio H. De los Cambios de Línea de Patrocinio 1. El asesor de bienestar independiente que aún no haya alcanzado el rango Plata podrá solicitar a Nikken el cambio de patrocinador, siempre y cuando, al momento de la solicitud, el patrocinador cedente y el patrocinador cesionario formen parte del mismo grupo personal de un asesor de bienestar independiente de rango Plata. 2. El asesor de bienestar independiente deberá presentar la solicitud de cambio de patrocinador en las oficinas de Nikken establecidas en el país en donde celebró su Contrato Mercantil, dentro del mismo mes calendario en el que la empresa haya recibido y registrado su Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y el propio Contrato. 3. El asesor de bienestar independiente que desee cambiar de línea de patrocinio deberá remitir a Nikken su petición por escrito, explicando la razón de su cambio, para que la empresa, conjuntamente con el patrocinador cedente, el patrocinador cesionario y el asesor de bienestar independiente de rango Plata o mayor en el primer lugar de la línea de patrocinio ascendente aprueben o desaprueben la solicitud. 4. En caso de ser aprobado el cambio de la línea de patrocinio, el asesor de bienestar independiente solicitante deberá pagar a Nikken el importe equivalente a $25.00 (veinticinco dólares 00/100 US), que deberán ser cubiertos en la moneda de curso legal y al tipo de cambio vigente al momento del pago que establezcan las autoridades competentes del país en donde haya celebrado su Contrato Mercantil, para sufragar los costos administrativos del cambio de patrocinador. 5. En su caso, el cambio de línea de patrocinio se hará efectivo para el asesor de bienestar independiente solicitante, pero su línea de patrocinio descendente permanecerá bajo la línea de patrocinio ascendente original. 6. El cambio de patrocinador sólo será válido con una notificación por escrito de Nikken, que en tal sentido se le dirija al asesor de bienestar independiente interesado. 7. Nikken rechazará cualquier solicitud de cambio de patrocinador que no cumpla con los requisitos antes señalados. 14 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 J. De la Certificación de Negocios Internacional (CNI) I. De la Cesión de las Líneas de Patrocinio 1. La persona que esté interesada en adquirir los derechos derivados de la línea de patrocinio descendente de un asesor de bienestar independiente de productos Nikken, deberá acreditar a la compañía que se encuentra inscrita ante las autoridades fiscales y las que correspondan al país en donde pretenda efectuar la operación correspondiente y presentar para la aprobación de Nikken la Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y Contrato (forma 9050) debidamente llenada. 2. Cuando la persona interesada en adquirir los derechos de una línea de patrocinio descendente de los productos Nikken tenga el carácter de asesor de bienestar independiente de Nikken y se dedique a la comercialización de sus productos, deberá solicitar a Nikken la terminación de su Contrato Mercantil, con la aprobación de seis niveles de asesores de bienestar independientes de rango Plata o mayor dentro de su línea de patrocinio. En caso de que el asesor de bienestar independiente comprador obtenga la autorización en los términos señalados anteriormente, el asesor de bienestar independiente inmediato inferior en su línea de patrocinio ocupará su nivel, y el asesor de bienestar independiente comprador ocupará el nivel del asesor de bienestar independiente vendedor. 3. Nikken se reserva el derecho de revisar cualquier transmisión de derechos derivados de una línea de patrocinio y el de fijar, a su criterio, condiciones razonables para asegurar el cumplimiento de las políticas de comercialización de sus productos. 4. El Asesor de bienestar independiente no puede traspasar los derechos derivados de su línea de patrocinio con el propósito de incumplir las obligaciones previstas en el Contrato Mercantil y en el presente Manual. 5. Nikken busca proteger la genealogía de las redes de mercadeo como un valor fundamental de su modelo de negocios. Por consiguiente, sancionará a cualquier asesor de bienestar independiente que simule o manipule cesiones de líneas de patrocinio que contravengan las políticas establecidas en este Manual. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 15 K. De la Garantía de los Productos J. De la Certificación de Negocios Internacional (CNI) 1. La suscripción del Contrato Mercantil otorga al asesor de bienestar independiente el derecho a comercializar los productos Nikken en el país en donde haya solicitado y obtenido su inscripción en el Registro de Asesores de Bienestar Independientes de Nikken y en dónde haya suscrito el señalado convenio. 2. Adicionalmente, el asesor de bienestar independiente que cumpla con los requisitos mencionados en este apartado, puede intervenir con el carácter de patrocinador en la comercialización de los productos en cualquier país en donde Nikken desarrolle sus operaciones. 3. El asesor de bienestar independiente que desee desarrollar las actividades comerciales en los términos señalados en el numeral anterior, deberá obtener de la empresa la Certificación de Negocios Internacional (CNI), conforme a las reglas establecidas en el capítulo V. De la Certificación de Negocios Internacional del Plan de Mercadeo de este Manual. 4. La CNI únicamente faculta al asesor de bienestar independiente para patrocinar asesores de bienestar en otros países, por lo que en ningún momento y bajo ninguna circunstancia estará en posibilidad de comercializar los productos Nikken en otro lugar distinto al país en el que se encuentra inscrito. 5. Las bonificaciones internacionales serán calculadas en la moneda del país en el cual se han generado los ingresos y serán pagadas en la moneda del país donde el asesor de bienestar independiente haya suscrito con Nikken su Contrato Mercantil. El tipo de cambio para el pago de bonificaciones internacionales se basará en la tasa internacional denominada Oanda. 6. El asesor de bienestar independiente certificado internacionalmente deberá estar familiarizado y cumplir con todas las leyes, regulaciones y requisitos aplicables al patrocinio y comercialización de los productos Nikken en el país en el que haya elegido expandir su red de mercadeo. 7. El asesor de bienestar independiente de Nikken que se encuentre inscrito en la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes en Latinoamérica no requiere obtener la CNI para patrocinar a otros asesores de bienestar independientes en los países que conforman la Unidad de Mercado “Latinoamérica”. 16 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 L. De los Cambios de Productos K. De la Garantía de los Productos 1. Nikken ofrece una garantía limitada por defectos de fabricación contados a partir de la fecha de compra de los productos Nikken, con base a la siguiente tabla: Productos 30 días 90 días 6 1 Año 3 Años 15 Años Kenko Luxury Mattress Kenko Dream Pad Deluxe Kenko Dream Pad Kenko Fit Sleep Pad Kenko Dream Comforter Kenko Dream Makura Kenko Fit Sleep Pillow Kenko Multipad Dummy Kenko Fit Sleep Pad Dummy Luxury Mattress Ki Kenko Seat PiMag Water System y Aqua pour Pimag Waterfall y Pi Water System PiMag Optimizer PiMag Microjet Shower Pared /Manual PiMag Ultra Shower System Botella Deportiva Kenko Light ii Kenko Air Purifier (en el motor) Kenko Air Purifier (en otras partes) Air Wellnes Power 5 Pro (en el motor) Air Wellnes Power 5 Pro (en otras partes) Linea PiMag y Air Wallness ( Filtros y Repuestos) Joyeria Kenko Classic Joyeria Magnetic Fashion Joyeria Santa Fe Joyeria Triphasse Joyeria Triphasse Sport Powerd Band Joyeria Marquesa MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 17 M. Uso del Nombre Nikken Productos 30 días 90 días 6 1 Año 3 Años 15 Años Joyería Kenko Cassic Joyería Magnetic Fashion Joyería Duo Elegance Joyería Perfect Link Kenko Mag Flex Kenko Power Chip Kenko Power Mini Kenko Power Sleep Mask Kenko Promo Pad Kenko Sleep Mask Kenko Super Mini Magboy Magcreator Magduo Plantillas Magsteps / Magstrides /Mstrides Medias Sistema de Soporte Kenko Therm 2. Por cuanto hace a los productos señalados en el punto anterior, Nikken deberá reemplazar los productos con calidad deficiente durante el período de garantía. 3. La persona que reclame la devolución y reemplazo de los productos defectuosos deberá hacerlo por escrito describiendo el posible defecto, indicar el número de la orden con la que adquirió el producto y su número de asesor de bienestar independiente; y una vez que Nikken considere que la reclamación procede se llevará a cabo el reemplazo del producto. 18 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 N. De la Renovación del Contrato Mercantil L. De los Cambios de Productos 1. El asesor de bienestar independiente que desee cambiar algún producto Nikken, deberá mostrar la factura o la orden de compra original y presentar el producto en condiciones de ser vendido otra vez en su empaque original. 2. Nikken no autoriza el cambio de productos que se encuentren maltratados o fuera de su empaque original. 3. El asesor de bienestar independiente deberá efectuar el cambio dentro del plazo de un año contado a partir del día en que compró el producto y, en su caso, debe enviarlo a Nikken con el flete y seguro pagados. 4. En cualquier cambio Nikken está facultado para cobrar por derechos de manejo de mercancía al asesor de bienestar independiente, el 3% del valor del producto al precio de mayoreo vigente en la fecha de la compra. 5. Nikken no autoriza el cambio de productos por baja rotación, pues, en congruencia con la regla del 70% establecida en este Manual, no fomenta la compra de productos para que el asesor de bienestar independiente mantenga un inventario. M. Del Uso de las Marcas de Nikken 1. El uso de las marcas, lemas comerciales, obras o cualquier otra producción de Nikken que sea susceptible de reproducirse por cualquier medio, incluyendo los de comunicación masiva, debe ser autorizada por la compañía en todos los casos, previamente y por escrito. Esta autorización no comprenderá el reconocimiento ni pretenderá el beneficio individual de los asesores de bienestar independientes, y siempre tendrá como objetivo la difusión de las particularidades de sus productos, las características y ventajas de su modelo de negocios y el beneficio colectivo de aquellos 2. El asesor de bienestar independiente no puede realizar la comercialización de los productos Nikken a través de ningún medio de comunicación masiva, tales como son: cine, televisión, radio, revistas y periódicos 3. El asesor de bienestar independiente no podrá usar, directa o indirectamente, el nombre Nikken incluyendo el logotipo Nikken o MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 19 O. De los Efectos de la Solicitud de Terminación del Contrato Mercantil 4. 5. 6. 7. 8. cualquier otro nombre comercial, lema, obra, marca, producción literaria o frase distintiva acuñadas por Nikken, para la comercialización de productos distintos a los de la empresa. En este sentido, el asesor de bienestar independiente deberá notificar a Nikken cualquier conducta desplegada por otros asesores de bienestar independientes que sea contraria a lo establecido en esta política. El asesor de bienestar independiente no hará negocios o transacciones a nombre de Nikken ni tergiversará la relación mercantil, simulando u ostentándose como agente o empleado de Nikken. El asesor de bienestar independiente tiene la libertad de seleccionar un nombre distintivo para su negocio; sin embargo, no le es dable utilizar ninguno que le permita aparentar ser u ostentarse como agente, empleado o socio comercial de Nikken, por lo que en todo caso siempre deberán señalar que es un asesor de bienestar independiente El asesor de bienestar independiente que tenga conocimiento de alguna reclamación judicial o extrajudicial relacionada con las marcas registradas, nombres comerciales, derechos de autor, patentes o cualquier materia relacionada con la operación de la empresa, tiene la obligación de notificar inmediatamente a Nikken dicha situación El asesor de bienestar independiente no podrá duplicar o reproducir la literatura, planes y programas ni cualquier tipo de material como: videocintas, audiocintas, discos compactos, imágenes y fotografías de Nikken sin el consentimiento escrito de la empresa El asesor de bienestar independiente deberá remitir a la empresa cualquier pregunta o solicitud de información que reciba de los medios de información respecto de la operación o los productos de Nikken, como mecanismo para asegurar una imagen pública exacta y consistente. N. Del Uso de Internet y Redes Sociales 1. Nikken considera que el Internet y las redes sociales son herramientas útiles para la conformación de redes de mercadeo y, en consecuencia, que los asesores de bienestar independientes pueden hacer uso de las mismas para desarrollar su organización, en tanto la difusión de la información que 20 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 P. De los Efectos de la Rescisión del Contrato Mercantil se lleve a cabo por estos medios se apegue a las políticas establecidas en este Manual 2. La información oficial y las noticias más recientes de la empresa se difunden a través de la página Web, del canal de YouTube, de la página de Facebook, Instagram, Pinterest y del Twitter de Nikken Latinoamérica, a los que se puede acceder en cualquier momento a través de las siguientes URL: http://www.nikkenlatam.com y http:// www.vivenikken.com. 3. Los documentos, testimonios y cualquier otro tipo de información relacionada con Nikken de carácter no oficial que se difundan vía Internet, a través de páginas Web y/o de cualquier red social, está permitida en tanto su contenido se apegue a la verdad y a las políticas establecidas en este Manual. 4. El asesor de bienestar independiente que difunda información relacionada con los productos y el modelo de negocio de Nikken vía Internet será responsable de la veracidad de su contenido y de verificar que la misma se apegue a las políticas relacionadas con el tema que se prevén en este Manual. O. De las Páginas Web Personales de Nikken (PWP) y de las Páginas Web de los Asesores de Bienestar Independientes 1. La Página Web Personal o PWP es una herramienta desarrollada por Nikken para que los asesores de bienestar independientes cuenten con un vehículo apto que les ayude a desarrollar su negocio. 2. La PWP provee a los asesores de bienestar independientes información del modelo de negocios y de los productos de Nikken, un conjunto de utilidades que les permite promover su negocio personal entre los consumidores finales, así como administrar las órdenes de compras que reciban vía Web. 3. La PWP se adecua a los requisitos establecidos por Nikken por cuanto su imagen y los contenidos de la información que puede ser manejada a través de Internet, al tiempo que permite la personalización de diversas secciones del sitio lo que posibilita la presentación individualizada de información inherente al negocio personal de los asesores de bienestar independientes. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 21 Q. De la Jurisdicción y Competencia 4. Nikken suministra al asesor de bienestar independiente el servicio de PWP mediante el pago de una cuota única de $100.00 (cien dólares 00/100 US) o su equivalente en la moneda de curso legal y al tipo de cambio que establezcan las autoridades competentes del país en donde se hubiera suscrito el Contrato Mercantil vigente entre ambos. 5. Asimismo, cualquier asesor de bienestar independiente puede desarrollar su propia página Web para promover y administrar su negocio personal, en tanto Nikken valide los requisitos de imagen y la información o contenidos que se difundan a través dicho vehículo, así como la propuesta de acercamiento comercial hacía terceras personas. 6. En caso de que Nikken emita la autorización para la publicación de la página Web del asesor de bienestar independiente, éste podrá solicitar que la empresa establezca un vínculo en la misma que posibilite el acceso de sus clientes a la Tienda Virtual Nikken, pagando una cuota única de $100.00 (cien dólares 00/100 US). 7. El asesor de bienestar independiente reconoce que Nikken es el único propietario del software que le permite la creación y utilización de una PWP, así como el diseño, estructura, servicio y la marca “Nikken”. Por tanto, el asesor de bienestar independiente al acceder y utilizar una PWP es responsable de que la información y/o contenidos publicado por él, serán exactos, completos, correctos y actualizados. No obstante, Nikken no puede garantizar la información y/o contenidos proporcionados por el asesor de bienestar independiente, ni tampoco bajo ninguna circunstancia es responsable por la inexactitud, integridad y/o contenido de la PWP 8. El asesor de bienestar independiente se compromete a hacer uso de la PWP de forma correcta, responsable y lícita, atendiendo a los fines e intereses de Nikken, en consecuencia queda prohibido el mal uso de la PWP para fines ilícitos que perjudiquen el normal funcionamiento del sitio y/o que afecten directa o indirectamente los intereses y derechos de Nikken o de terceras personas. En este sentido, Nikken se reserva el derecho de revisar, clasificar, filtrar, eliminar parcial o totalmente, sin consentimiento del asesor de bienestar independiente y sin su responsabilidad, la información y/o contenido incorporado por el asesor de bienestar independiente que sea ofensivo, afecte el buen funcionamiento de la PWP, de los derechos de terceros y/o de Nikken. Asimismo, podrá suspender temporal o definitivamente el 22 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 A. De los Beneficios Adicionales servicio o dar de baja la PWP que a su consideración ponga en riesgo el buen nombre de Nikken, sus derechos o los de terceras personas o que la misma sea utilizada para fines ilícitos 9. Nikken no garantiza que la operación del sitio Web será ininterrumpida o libre de errores, o que el Sitio Web está libre de virus u otros componentes que pueden ser perjudiciales para su equipo o software; ni garantiza que el Sitio Web sea compatible con los equipos y software que se utilicen, ni que esté disponible todo el tiempo o en cualquier momento específico. No obstante se compromete a que a realizar cualquier esfuerzo. Para que la PWP esté disponible las 24 horas del día, así como a realizar actualizaciones y mantenimientos periódicos al sistema. Para mayor información, el asesor de bienestar independiente tendrá a su disposición en el sitio web de Nikken los términos y condiciones de uso y de servicio relacionados con el acceso y utilización de la PWP. P. De la Renovación del Contrato Mercantil 1. El Contrato Mercantil suscrito entre Nikken y el asesor de bienestar independiente tiene una vigencia que comienza el día de su firma y vence el 15 de enero del segundo año contado a partir de aquella fecha. 2. El Contrato Mercantil suscrito entre Nikken y el asesor de bienestar independiente es renovable por periodos sucesivos de un año contado a partir del día siguiente de la fecha de vencimiento originalmente establecida en el propio convenio. Es decir, una vez renovado el Contrato Mercantil tendrá una vigencia que comienza el día 16 de enero del año de su renovación y vence el 15 de enero del año inmediato posterior. 3. La renovación del Contrato Mercantil será automática siempre y cuando el asesor de bienestar independiente mantenga su registro en la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes de Nikken. Para mantener dicho registro el asesor de bienestar independiente deberá tener, como mínimo, un volumen de compras personales equivalente a 100 puntos en cualquier mes del año inmediato anterior a la fecha de vencimiento de aquel convenio. 4. Cada año Nikken analizará el volumen de compras personales del asesor de bienestar independiente con antelación a la fecha de MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 23 B. De los Pagos por el Mantenimiento de la Cuenta vencimiento del Contrato Mercantil suscrito entre ambos. Y, cuando el asesor de bienestar independiente alcance el volumen mínimo de compras personales señalado en el punto anterior, Nikken mantendrá su registro en la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes. En caso contrario, Nikken cancelará el registro del asesor de bienestar independiente de la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes. 5. El mantenimiento del registro del asesor de bienestar independiente en la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes de Nikken posibilita la renovación automática del Contrato Mercantil. Por el contrario, la cancelación de dicho registro impide la renovación de dicho instrumento. 6. Nikken deberá publicar anualmente, en su página Web, la relación de los registros de los asesores de bienestar independientes que haya dado de baja de la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes en cada uno de los países que integran la unidad de mercado en Latinoamérica. 7. El asesor de bienestar independiente que sea dado de baja en términos del punto 4 de este apartado puede comercializar de nueva cuenta los productos Nikken en cualquier tiempo, cuando presente una nueva Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente, ésta sea aprobada por la empresa y, en consecuencia, suscriba un nuevo Contrato Mercantil con la misma. Q. De los Efectos de la Solicitud de Terminación del Contrato Mercantil 1. El asesor de bienestar independiente puede solicitar en cualquier momento la terminación del Contrato Mercantil suscrito con Nikken, en los términos y con las condiciones previstas en el mismo. Dado el caso, la línea de patrocinio descendente del asesor de bienestar independiente que solicita la terminación del Contrato Mercantil, será transferida al patrocinador inmediato superior en su línea de patrocinio ascendente 2. El nuevo asesor de bienestar independiente patrocinador sólo podrá tomar en cuenta al nuevo asesor de bienestar independiente para avanzar de rango hasta que el nuevo asesor de bienestar independiente 24 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 A. De las Oficinas y los Centros de Distribución y Desarrollo Autorizados de Nikken 3. 4. 5. 6. 7. haya logrado adelantar al siguiente rango. Esta misma política aplica para cualquier caso de cancelación del Contrato Mercantil con respecto al movimiento de las líneas de patrocinio El asesor de bienestar independiente que haya solicitado la terminación de su Contrato Mercantil, podrá comercializar nuevamente los productos Nikken, siempre y cuando presente una nueva Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente, ésta sea aceptada por la empresa y, en consecuencia, suscriba un nuevo Contrato Mercantil auspiciado por el mismo Patrocinador relacionado en el convenio originalmente celebrado con la empresa. El asesor de bienestar independiente que haya solicitado la terminación de su Contrato Mercantil no podrá establecer una nueva relación comercial dentro de los doce meses siguientes a la fecha en que haya surtido efectos la terminación del mismo y, en su caso, durante el mismo periodo de tiempo, deberá abstenerse de participar en forma activa o pasiva en cualquier grupo personal de Nikken. El asesor de bienestar independiente que haya solicitado la terminación de su Contrato Mercantil y desee venderle a Nikken los productos adquiridos, deberá pedírselo por escrito y presentarle la mercancía en el mismo estado y empaque en el que le fue entregada al momento de la compraventa original. En este caso, Nikken podrá adquirir los productos al precio de mayoreo vigente en el momento de la operación original, descontando del mismo las bonificaciones que, en su caso, le hubiera pagado al asesor de bienestar independiente en los términos establecidos en los apartados I, II y III del Plan de Mercadeo de este Manual. El asesor de bienestar independiente que solicita la terminación de su Contrato Mercantil pierde automáticamente, por ese hecho, todos los derechos relacionados con la comercialización de los productos llevada a cabo por su grupo personal, entre los que se cuentan, de manera enunciativa más no limitativa, los siguientes: su nivel de calificación, y los descuentos y ganancias que de haber continuado con la comercialización de los productos pudiera obtener. Nikken busca proteger la genealogía de las redes de mercadeo como un valor fundamental de su modelo de negocios. Por consiguiente, sancionará a cualquier asesor de bienestar independiente que simule o manipule los cambios de línea de patrocinio que contravengan las políticas establecidas en este Manual. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 25 B. De los Procedimientos para Realizar Compras de Productos Nikken R. De los Efectos de la Rescisión del Contrato Mercantil 1. Nikken se reserva el derecho de rescindir en cualquier momento el Contrato Mercantil suscrito con el asesor de bienestar independiente cuando incumpla con alguna de las obligaciones a su cargo, contravenga las políticas establecidas en este Manual, o despliegue alguna conducta que afecte el buen nombre de Nikken o el desarrollo de cualquier organización vinculada con la empresa. 2. En su caso, Nikken notificará al asesor de bienestar independiente trasgresor su decisión de rescindir el Contrato Mercantil, así como la fecha a partir de la que ha decidido dar por terminada la relación comercial existente entre ambos. La notificación deberá hacerse por escrito, remitido mediante correo certificado, al último domicilio notificado por el asesor de bienestar independiente a la empresa. 3. El asesor de bienestar independiente dispondrá de quince días hábiles para apelar la decisión de Nikken respecto de la rescisión del Contrato Mercantil, contados a partir del día hábil siguiente de la fecha en que el correo le hubiere entregado la notificación señalada en el punto anterior. 4. El asesor de bienestar independiente deberá remitir su apelación con los argumentos que considere pertinentes para que, en su caso, Nikken revoque su decisión, mediante escrito a las oficinas que tenga establecida la empresa en el país en donde se haya celebrado el Contrato Mercantil 5. Presentada en tiempo la apelación a la rescisión del Contrato Mercantil, Nikken la revisará y, a su discreción, reconsiderará su decisión y resolverá lo que estime pertinente, debiendo notificar por escrito al asesor de bienestar independiente su decisión definitiva. 6. Cuando el asesor de bienestar independiente no apele o no apele en tiempo la determinación de Nikken, o cuando ésta determine la improcedencia de la apelación, la rescisión del Contrato Mercantil se hará efectiva el día en que la compañía la hubiere establecido originalmente en la primera notificación hecha al asesor de bienestar independiente. 7. La línea de patrocinio de un asesor de bienestar independiente trasgresor, cuyo Contrato Mercantil hubiere sido rescindido, será 26 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 C. De las Formas de Pago transferida al patrocinador inmediato en su línea de patrocinio ascendente. 8. El asesor de bienestar independiente cuyo Contrato Mercantil haya sido rescindido por Nikken no puede volver a aplicar como asesor de bienestar independiente de los productos Nikken. S. De la Jurisdicción y Competencia 1. Serán competentes para conocer de cualquier acción legal concerniente al Contrato Mercantil o al presente Manual los tribunales del lugar señalados en aquél, siempre y cuando el mismo haya sido celebrado entre el asesor de bienestar independiente y Nikken. II. De las Políticas y Procedimientos de Pagos y Descuentos A. De los Beneficios Adicionales 1. Nikken pagará al asesor de bienestar independiente por concepto de beneficios adicionales los montos que le correspondan de acuerdo a las acciones y metas alcanzadas conforme a lo establecido en los diferentes esquemas de comercialización de los productos establecidos en los apartados I, II y III del Plan de Mercadeo de este Manual. 2. Para acceder a los beneficios adicionales derivados de la comercialización de los productos Nikken, el asesor de bienestar independiente debe cumplir con la regla del 70%, lo que implica que un asesor de bienestar independiente no podrá efectuar nuevas compras cuando no haya vendido cuando menos el 70% de la mercancía adquirida con antelación a la empresa. 3. El asesor de bienestar Independiente es responsable de incluir en el formulario 9050 Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente, el nombre de la institución bancaria y el número MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 27 C. De las Formas de Pago 4. 5. 6. 7. 8. de cuenta en la que Nikken le deberá depositar el importe de los beneficios adicionales señalados en este apartado. Nikken depositará en la cuenta bancaria del asesor de bienestar independiente titular el importe de los beneficios adicionales mensuales tales como: reembolsos por compras personales, bonificaciones adicionales por compras del grupo comercial y las bonificaciones de liderazgo dentro de los quince días del mes siguiente al que hayan sido generadas, salvo causa de fuerza mayor no imputable a la empresa. El asesor de bienestar independiente deberá cumplir con entregar a Nikken los comprobantes fiscales pertinentes para tener derecho de reclamar el pago de los conceptos descritos en el punto primero de este apartado. La omisión de este requisito libera a Nikken de cualquier responsabilidad derivada del incumplimiento de la obligación estipulada en el punto anterior. El asesor de bienestar independiente perderá el derecho de reclamar el pago de las bonificaciones adicionales y/o de las bonificaciones de liderazgo si no entrega a Nikken los comprobantes fiscales pertinentes dentro de los seis meses siguientes de haber sido generadas. Nikken deberá entregar al asesor de bienestar independiente un estado de cuenta cada vez que éste reciba algún pago por los conceptos enumerados en el punto 1 de este apartado. En su caso, el asesor de bienestar independiente dispondrá de un plazo de veinte días, contados a partir de la fecha de recepción del estado de cuenta, para revisarlo y notificar a Nikken cualquier discrepancia que considere le asiste. Cuando el monto de los conceptos arriba señalado sean menores a $10.00 (diez dólares 00/100 US) o su equivalente en la moneda de curso legal y al tipo de cambio que establezcan las autoridades competentes del país en donde se haya suscrito el Contrato Mercantil vigente entre el asesor de bienestar independiente y Nikken, ésta acumulará la cantidad correspondiente a los conceptos del mes siguiente y una vez sobrepasando dicha cantidad le serán pagadas al asesor de bienestar independiente que las haya generado. B. De los Pagos por el Mantenimiento de la Cuenta 1. El asesor de bienestar independiente deberá pagar a Nikken una cuota mensual por el mantenimiento de su cuenta. 28 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 C. De las Formas de Pago 2. El asesor de bienestar independiente autoriza a Nikken a descontar el importe de la cuota de mantenimiento de su cuenta, del monto de sus ganancias mensuales. 3. Nikken descontará al asesor de bienestar independiente, para el mantenimiento de su cuenta y de acuerdo al rango alcanzado al término del mes, el importe expresado en dólares americanos en la siguiente relación: Rango ABI Superior ABI Ejecutivo ABI Bronce ABI Plata ABI oro ABI Platino ABI Diamante ABI Diamante Real Importe $ 4.00 $ 5.00 $ 7.00 $ 9.00 $ 10.00 $ 11.00 $ 15.00 $15.00 4. Nikken hará el descuento señalado en el punto anterior en moneda nacional, al tipo de cambio vigente en la fecha del descuento que determinen las autoridades competentes del país en donde el asesor de bienestar independiente haya suscrito el Contrato Mercantil y a aquél le agregará el impuesto que corresponda de acuerdo con la legislación local. 5. Nikken no cobrará al asesor de bienestar independiente los importes correspondientes al mantenimiento de su cuenta señalados anteriormente cuando: el interesado sólo tenga derecho a percibir ganancias al menudeo en el mes calendario; la suma de los reembolsos y las ganancias al menudeo generadas por el interesado en el mes calendario sean inferiores al costo del servicio de mantenimiento, o cuando el importe de las bonificaciones que tenga derecho a percibir el mismo durante el mes no rebasen $10.00 (diez dólares 00/100 US) o su equivalente en la moneda de curso legal y al tipo de cambio que establezcan las autoridades competentes del país en donde se haya suscrito el Contrato Mercantil vigente entre el asesor de bienestar independiente y Nikken. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 29 D. Del Envío de los Productos III. De las Políticas y Procedimientos para las Compraventas A. De las Oficinas y los Centros de Distribución y Desarrollo Autorizados de Nikken 1. Las oficinas, centros de entrenamiento (CE) autorizados de Nikken ofrecen al asesor de bienestar independiente los siguientes servicios: a. Recepción de solicitudes y registro; b. Venta directa de productos; c. Despacho y envío de pedidos; d. Devolución de productos por defectos de fabricación; e. Trámite e inscripción al Seminario Básico, Intermedio y Diamante.. f. Reservación de salas de juntas, equipo y material para realizar actividades de capacitación y desarrollo. 2. Nikken se reserva el derecho de admisión a todas sus oficinas y centros de entrenamiento. B. De los Procedimientos para Realizar Compras de Productos Nikken 1. El asesor de bienestar independiente que desee adquirir productos Nikken podrá hacerlo respetando los procedimientos que se detallan en los numerales e incisos siguientes. 2. Compras en el local o establecimiento autorizado por Nikken. a. El asesor de bienestar independiente que desee adquirir productos Nikken de manera directa deberá presentarse en el local de nuestras oficinas o en cualquiera de los CE y llenar el formulario de orden de compra para asesor de bienestar independiente autorizado por Nikken al momento de realizar su compra. b. Las formas de pago autorizadas por Nikken para este tipo de compraventas se encuentran detalladas en el apartado C de este capítulo. 3. Compras vía fax. 30 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 F. De las Confirmaciones de una Orden a. El asesor de bienestar independiente que desee adquirir productos Nikken vía fax deberá llenar el formulario de orden de compra para asesor de bienestar independiente autorizado por Nikken con tinta negra y letra legible. b. Con posterioridad, el asesor de bienestar independiente deberá transmitir vía fax el formulario referido al Call Center de Nikken en el país en donde vaya a realizar la compra de los productos c. El asesor de bienestar independiente deberá confirmar que su pedido haya sido recibido por Nikken en los teléfonos que la empresa tenga señalados para tal efecto en el país en dónde se realice la operación correspondiente. d. En las compraventas vía fax el asesor de bienestar independiente deberá cubrir el precio de los productos en la forma de pago prevista por Nikken para el lugar o país en donde se efectúe la operación, por lo que aquel deberá informarse al respecto con antelación a la compra de los productos que desee adquirir. 4. Compras vía e-mail. a. El asesor de bienestar independiente que desee adquirir productos Nikken vía e-mail deberá descargar o imprimir desde el sitio www.vivenikken.com el formulario de orden de compra para asesor de bienestar independiente autorizado por Nikken. b. El asesor de bienestar independiente deberá completar el formulario con tinta negra y letra legible y enviarlo en formato electrónico a la dirección de correo electrónico que, para tal efecto, tenga autorizado Nikken en el país en donde se efectúe la compra de los productos. c. El asesor de bienestar independiente deberá confirmar que su pedido fue recibido por Nikken, marcando a los números telefónicos que la empresa tenga señalados para tal efecto en el país en dónde se realice la operación correspondiente. d. Nikken resolverá cualquier inconsistencia que advierta en la orden de compra mediante consulta que formule al asesor de bienestar independiente a la misma dirección de correo electrónico desde donde hubiera sido enviado el pedido. e. Nikken desechará aquellas órdenes de compra que no pueda procesar en virtud de las inconsistencias que no sean aclaradas vía correo electrónico por el asesor de bienestar independiente comprador. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 31 IV. De las Políticas y Procedimientos para el Club de Bienestar 5. Compras vía Tienda Virtual. a. El asesor de bienestar independiente que desee adquirir productos Nikken a través de la Tienda Virtual deberá ingresar a la pagina Web www.vivenikken.com y registrarse con su número de ABI y la clave de acceso que le proporcione Nikken. b. Nikken dará de alta al asesor de bienestar independiente o al cliente preferente para que pueda hacer compras en la Tienda Virtual dentro de las veinticuatro horas siguientes a la hora en la que se verifique su registro en el sistema electrónico de la empresa. c. Una vez que Nikken complete el proceso de alta detallado en el punto anterior, el asesor de bienestar independiente o el cliente preferente podrán realizar sus compras por este medio accediendo a la Tienda Virtual a través del sitio Web y conforme al referido procedimiento. d. El envío de los productos se regirá por los lineamientos comprendidos en el Capítulo III, Apartado D, de este Manual y el domicilio de entrega será el que se indique en la orden de compra que complete el interesado al efectuar la operación en el sitio Web. 6. Compras vía telefónica. a. Antes de efectuar cualquier compra vía telefónica, el asesor de bienestar independiente debe consultar si Nikken presta este servicio en el país en donde vaya a efectuar la operación. b. El asesor de bienestar independiente que desee adquirir productos Nikken vía telefónica deberá completar y tener a la mano su orden de compra antes de realizar la llamada correspondiente. c. Todas las llamadas telefónicas que realice un asesor de bienestar independiente o un cliente preferente con el objeto de adquirir productos Nikken serán monitoreadas y grabadas en tiempo real. d. El asesor de bienestar independiente solo podrá tramitar una orden de compra por cada llamada telefónica.. e. Nikken sólo procesará las órdenes de compra que reciba vía telefónica, cuando el asesor de bienestar independiente o el cliente preferente respondan correctamente todas las preguntas de validación que se le formulen durante el procedimiento. f. Nikken sólo procesará las órdenes de compra que reciba vía telefónica del asesor de bienestar independiente o cliente preferente que aparezcan registrados como titulares o cotitulares 32 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 C. De la Inscripción al Club de Bienestar en la Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y Contrato (forma 9050). g. Nikken no procesará las órdenes de compra que reciba vía telefónica cuando el domicilio de entrega o el nombre del consumidor final no correspondan a los del asesor de bienestar independiente o del cliente preferente que tenga registrados en la Solicitud de Admisión como Asesor de Bienestar Independiente y Contrato (forma 9050). 7. Restricciones. a. El asesor de bienestar independiente deberá respetar las restricciones establecidas por Nikken para las compra de productos, tratándose de negocios internacionales, conforme a lo establecido en el apartado denominado De la Certificación de Negocios Internacionales de este Manual. b. Un asesor de bienestar independiente no puede colocar nuevas órdenes sin haber vendido al menos el 70% de la mercancía que hubiera comprado en ocasiones anteriores. C. De las Formas de Pago 1. El asesor de bienestar independiente deberá pagar el precio de los productos Nikken que desee adquirir conforme a las modalidades y procedimientos establecidos en este apartado. 2. Tarjetas de Crédito: Nikken aceptará que el asesor de bienestar independiente pague el precio de los productos que adquiera directamente en todos sus establecimientos autorizados con las tarjetas de crédito aprobadas en su país, cuando: a. El nombre del usuario de la tarjeta coincida con el del asesor de bienestar independiente o con el nombre que este escrito en el formulario de orden de compra para asesor de bienestar independiente autorizado por Nikken en la sección de autorización de cargo a la tarjeta de crédito correspondiente. b. El cargo a la tarjeta de crédito sea verificado y autorizado por la institución bancaria correspondiente. Cuando el cargo no sea autorizado por la institución bancaria correspondiente, independientemente del motivo, la orden no será procesada y la operación anulada por Nikken. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 33 D. Del Contrato Mercantil 3. Depósito Bancario: Nikken aceptará que el asesor de bienestar independiente pague el precio de los productos que adquiera mediante el depósito que se haga en la cuenta bancaria que tenga en el país en donde se deba efectuar la operación, cuando: a. El procedimiento se efectúe de acuerdo a las políticas de cada institución bancaria, las que podrá consultar el asesor de bienestar independiente en la oficina de la empresa que corresponda. b. El asesor de bienestar independiente o el cliente preferente envíe a Nikken el comprobante del depósito vía fax o por correo electrónico, con independencia de la orden de compra correspondiente. c. Nikken verifique que el depósito bancario fue efectuado correctamente, de manera previa a la entrega o envío de los productos señalados en la orden de compra. 4. Formas de Pago en la Tienda Virtual, Vía Telefónica o por Correo Electrónico a. Nikken sólo acepta el pago del precio de los productos que adquiera el asesor de bienestar independiente o el cliente preferente mediante tarjeta de crédito cuando la compra se realice en la Tienda Virtual. En su caso, Nikken enviará al asesor de bienestar independiente o al cliente preferente que adquiera uno o más productos a través de la Tienda Virtual una confirmación en la que indique si la operación fue aceptada o rechazada en razón de la respuesta que a su vez obtenga de la institución emisora de la tarjeta de crédito. b. Nikken sólo acepta el pago del precio de los productos que adquiera el asesor de bienestar independiente o el cliente preferente mediante tarjeta de crédito cuando la compra se realice vía telefónica. En su caso, Nikken sólo aceptará efectuar el cargo del precio de los productos cuando el titular de la tarjeta de crédito sea el asesor de bienestar independiente o el cliente preferente y conforme al procedimiento para las compras vía telefónica que se establece en este Manual. c. Nikken sólo aceptará el pago del precio de los productos que adquiera el asesor de bienestar independiente o el cliente preferente mediante tarjeta de crédito si la compra se realiza por correo electrónico, cuando el interesado le envíe junto con la orden de compra debidamente diligenciada, una copia de la 34 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 E. De los Precios de los Productos tarjeta de crédito por ambos lados y una copia de la identificación oficial del titular de la misma, a fin de que la empresa pueda verificar que la firma y los datos asentados en la orden de compra sean correctos. Nikken no asume ninguna responsabilidad frente al asesor de bienestar independiente o el cliente preferente que opten por este mecanismo para efectuar la compra por el uso indebido de la información electrónica que pudiera hacer cualquier tercero ajeno a la empresa. 5. Nikken se reserva el derecho de surtir los productos adquiridos por el asesor de bienestar independiente, cuando el pago haya sido efectuado mediante tarjeta de crédito o depósito en cuenta corriente, en tanto los recursos hayan sido liberados por parte del banco o institución correspondiente. 6. El asesor de bienestar independiente que por cualquier motivo reciba los productos adquiridos a Nikken, sin que el pago correspondiente hubiera sido liberado por la institución bancaria, deberá pagar a la empresa el valor total del pedido dentro de los términos y con las condiciones que se establecen al efecto en el Contrato Mercantil. 7. Nikken tiene el derecho de cobrarle al asesor de bienestar independiente, cuando éste no pague en tiempo el precio de los productos adquiridos, los intereses por mora a la máxima tasa permitida por la legislación del país en donde se haya efectuado la compraventa. 8. Por cuestiones de seguridad, Nikken desestima el uso de dinero en efectivo en las operaciones comerciales que se efectúen en todas sus oficinas y establecimientos autorizados. 9. Nikken no procesará y anulará cualquier pedido efectuado vía fax, vía telefónica o correo electrónico cuyo pago sea incorrecto, cuando no le sea posible comunicarse telefónicamente o vía fax con el asesor de bienestar independiente para acordar las diferencias y, en su caso, realizar la rectificación del pago que sea procedente. 10.En el caso de que Nikken anule el pedido en los términos establecidos anteriormente, el asesor de bienestar independiente deberá reclamar el reembolso del pago que, en su caso, hubiera efectuado de manera previa a la orden de los productos. En consecuencia, Nikken efectuará MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 35 F. De la Vigencia, Terminación y Prórroga del Contrato Mercantil el reembolso que corresponda a la cuenta bancaria que para tal efecto le indique el asesor de bienestar independiente. D. Del Envío de los Productos 1. Para identificar los términos y condiciones de los envíos de los productos, el asesor de bienestar independiente deberá consultar la lista de precios vigentes, los formularios para ordenar productos y para verificar los cargos por envío y manejo que tiene establecidos Nikken en cada país. 2. Nikken deberá enviar al asesor de bienestar independiente los productos que éste le solicite, dentro de las 72 horas siguientes al momento de la confirmación del pago correspondiente, sin que para ello se deban considerar los días festivos ni los fines de semana. 3. Nikken no será responsable por los retrasos en la entrega de los productos cuando el motivo del retraso sea imputable al porteador o transportista. 4. Nikken no será responsable de los retrasos o falta de entrega de los productos cuando la causa sea atribuible al asesor de bienestar independiente o al cliente preferente y, en su caso, éste deberá cubrir los costos y gastos adicionales que se generen por parte del porteador o transportista. E. De la Atención de Ordenes Pendientes (Back Orders) 1. Nikken comunicará periódicamente a los asesores de bienestar independientes y a los clientes preferentes la relación de los productos que no estarán disponibles para la compra de acuerdo a su disponibilidad de inventario, para que consideren dicha información al momento de colocar una o más órdenes de compra. 2. Nikken no incurre en responsabilidad alguna por no tener en sus inventarios la disponibilidad de alguno de los productos de su Catálogo o por tomar la decisión de descontinuar la comercialización de alguno de ellos. 3. Cuando un asesor de bienestar independiente solicite a Nikken un producto que no se encuentre disponible en sus inventarios, Nikken 36 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 G. De los Beneficios Adicionales para el Comerciante Independiente atenderá diligentemente las órdenes correspondientes surtiendo los productos en el momento en que la empresa los reciba, siempre y cuando los mismos estén pagados y no hayan sido descontinuados de su Catálogo. En este caso, el pago efectuado se tendrá como un pago anticipado y el surtido de los productos se deberá verificar con posterioridad a la fecha de compra y en los términos previstos en este apartado. 4. Nikken reconocerá al asesor de bienestar independiente la compra de cualquier artículo que no se encuentre en sus inventarios y no le pueda ser surtido inmediatamente. En este caso, Nikken deberá acreditar al asesor de bienestar independiente la adquisición del producto en su volumen personal de compras para efectos de la cuantificación de los beneficios adicionales que le correspondan. 5. Nikken no será responsable por los retrasos en la entrega de los productos cuando éste se deba a la inexistencia de los mismos en su inventario. F. De las Confirmaciones de una Orden 1. El asesor de bienestar independiente deberá corroborar con los datos de la factura que el producto recibido fue el solicitado. 2. En caso de discrepancia entre el pedido, la factura y el producto recibido, el asesor de bienestar independiente tendrá un plazo de 10 días hábiles para notificar a Nikken por escrito o correo electrónico las diferencias encontradas, y vencido el plazo señalado el asesor de bienestar independiente perderá su derecho a solicitar a Nikken la corrección correspondiente. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 37 I. De las Generalidades IV. De las Políticas y Procedimientos para el Club de Bienestar A. De los Lineamientos Generales 1. El Club de Bienestar es la figura que le permite a Nikken establecer relaciones comerciales con todas las personas (naturales/físicas o jurídicas/morales) que deseen adquirir sus productos, sin formar parte de una red de mercadeo. 2. Las personas que establezcan relaciones comerciales con la empresa bajo los lineamientos del Club de Bienestar serán reconocidos como clientes preferentes de Nikken. 3. Las relaciones comerciales establecidas entre Nikken y el cliente preferente se rigen exclusivamente por las disposiciones del Contrato Mercantil correspondiente y la legislación aplicable en el territorio del país en donde aquel se celebre. B. De los Clientes Preferentes 1. Son sujetos para la compra de los productos Nikken todas las personas (naturales/físicas o jurídicas/morales) que cuenten con capacidad jurídica para contratar en términos de la legislación vigente en el país donde se celebre el Contrato Mercantil, que soliciten y obtengan su inscripción a la Base de Datos de Clientes Preferentes Nikken, y que suscriban con la empresa el Contrato Mercantil correspondiente. 2. Ningún cliente preferente podrá comprar los productos Nikken con un nombre ficticio, por lo que la información que debe asentar en la Solicitud de Inscripción al Club de Bienestar y Contrato, deberá ser verídica y comprobable legalmente. 38 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 I. De las Generalidades C. De la Inscripción al Club de Bienestar y de la Base de Datos de Clientes Preferentes de Nikken 1. Nikken cuenta con un padrón denominado Base de Datos de Clientes Preferentes en cada país en donde efectúe operaciones, con el propósito de mantener un adecuado control de los nombres y domicilios de cada uno de los clientes preferentes con los que establezca una relación comercial duradera. 2. La persona que desee formar parte del Club de Bienestar de Nikken deberá solicitar su inscripción a la Base de Datos de Clientes Preferentes de Nikken en el país en el que pretenda comprar los productos. 3. El cliente preferente podrá solicitar su inscripción al Club de Bienestar de Nikken, previo el pago de la cuota de inscripción o efectuando una primera compra suficiente para cubrir los puntos establecidos por la empresa en el país en donde la persona pretenda ser reconocido como cliente preferente de Nikken. 4. El cliente preferente deberá obtener su inscripción en la Base de Datos de Clientes Preferentes de Nikken de manera previa a la celebración del Contrato Mercantil correspondiente, el que le da derecho de comprar los productos de Nikken. 5. El cliente preferente deberá contar con un patrocinador que tenga la calidad de asesor de bienestar independiente de Nikken para presentar su solicitud de inscripción al Club de Bienestar de Nikken. 6. La vigencia del registro del cliente preferente en la Base de Datos de Clientes Preferentes de Nikken está determinada por la propia vigencia del Contrato Mercantil. D. Del Contrato Mercantil 1. El Contrato Mercantil que celebre Nikken con el cliente preferente, constituye un acuerdo de voluntades, cuyo objeto y vigencia deberán estar debidamente determinados de conformidad con la legislación vigente del lugar de su suscripción. 2. Las obligaciones emanadas de la relación comercial establecida entre Nikken y el cliente preferente están sujetas a la vigencia del Contrato Mercantil y sus cláusulas correspondientes. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 39 II. De la Bonificación de Liderazgo 3. La relación comercial entre Nikken y el cliente preferente no conlleva la subordinación ni la dependencia de éste respecto de la empresa. Por lo tanto, bajo ninguna circunstancia el cliente preferente deberá ni podrá considerarse como agente, comisionista, empleado o representante de Nikken. 4. En caso de terminación del Contrato Mercantil, la empresa no estará obligada a comprar los productos que hubiera adquirido el cliente preferente durante la vigencia del mismo. 5. El Contrato Mercantil y la inscripción a la Base de Datos de Clientes Preferentes de Nikken dan al cliente preferente la titularidad de un derecho de compra único y personal, por lo que ningún cliente preferente podrá tener dos o más registros de Nikken simultáneamente, ni siquiera bajo la modalidad de cotitular prevista en la Solicitud de Inscripción al Club de Bienestar. 6. Toda persona que desee comprar los productos Nikken deberá presentar en original una identificación oficial vigente, cumplir con el llenado y suscripción de la Solicitud de Inscripción al Club de Bienestar y el Contrato Mercantil, así como cumplir con los requisitos de inscripción establecidos por la empresa. 7. La persona que se desee inscribir en la Base de Datos de Clientes Preferentes de Nikken a una sociedad mercantil, persona moral o jurídica debe cumplir con las disposiciones aplicables descritas en los numerales de este apartado y además acompañar su Solicitud de Inscripción como Clientes Preferentes y Contrato con los documentos siguientes: Copia simple y para su cotejo copia certificada del acta constitutiva de la sociedad; a. Copia simple y para su cotejo copia certificada del poder del representante legal. b. Copia simple y para su cotejo original de la identificación oficial vigente del representante legal. A falta de cualquiera de los documentos originales necesarios para el cotejo de las copias simples señalados en los incisos a y b anteriores, el interesado deberá acompañar la referida Solicitud con copias certificadas de los documentos jurídicamente válidos para acreditar la existencia de la sociedad mercantil, persona moral o jurídica, así como su calidad de representante legal de la misma. En el caso de la identificación oficial vigente el representante legal deberá presentar el documento original sin excepción alguna. 40 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales Además de los requisitos antes señalados, el representante legal deberá registrar el nombre de la sociedad mercantil, persona moral o jurídica como titular y su nombre como cotitular en los espacios correspondientes de la Solicitud de Inscripción al Club de Bienestar y el Contrato, y estampar su firma consintiendo las estipulaciones del Contrato Mercantil. E. De los Precios de los Productos 1. Nikken se compromete a vender al cliente preferente cualquiera de los productos que fabrique, importe y/o distribuya, al precio de venta sugerido en moneda nacional establecido en la Lista de Precios de Nikken que se encuentre vigente en la fecha de cada una de las compras que al amparo del Contrato Mercantil efectúe el cliente preferente. 2. En este sentido, los productos se encuentran plenamente identificados en el Catálogo de Productos de Nikken y los precios son aquellos que se consignan como precio de venta sugerido en la Lista de Precios de Nikken, que se encuentre en vigor al momento de cada una de las transacciones. 3. Nikken se reserva el derecho de modificar en cualquier tiempo, durante la vigencia de Contrato Mercantil, tanto el Catálogo de Productos como la Lista de Precios señalados en este apartado. 4. El cliente preferente deberá cubrir el precio de los productos en efectivo, en la moneda de curso legal en el país donde haya celebrado el Contrato Mercantil, y liquidar cada compra como requisito para realizar compras adicionales de los productos Nikken. F. De la Vigencia, Terminación y Prórroga del Contrato Mercantil 1. La vigencia del Contrato Mercantil suscrito entre Nikken y el Cliente Preferente inicia el día de su firma y concluye el 15 de enero del año siguiente a la fecha de su firma. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 41 III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales 2. Las partes podrán dar por terminado el Contrato Mercantil, sin responsabilidad alguna de su parte, en cualquier tiempo, mediante aviso dado por escrito a la otra, cuando menos con diez días hábiles de anticipación, en la que exprese en forma indubitable su intención de extinguir la relación comercial existente 3. La vigencia del Contrato Mercantil puede prorrogarse automáticamente por periodos subsecuentes de un año, siempre y cuando el cliente preferente mantenga su registro en la Base de Datos de Clientes Preferentes de Nikken. 4. El cliente preferente puede conservar su registro en la Base de Datos de Clientes Preferentes al comprar, al menos, un producto Nikken dentro de los doce meses previos a la fecha de terminación del Contrato Mercantil. 5. El cliente preferente que pierda su registro en la Bese de Datos de Clientes Preferentes de Nikken podrá inscribirse nuevamente cumpliendo los requisitos establecidos por la empresa y suscribiendo un nuevo Contrato Mercantil. G. De los Beneficios Adicionales para el Asesor de Bienestar Independiente 1. El asesor de bienestar independiente que patrocine a un cliente preferente de Nikken tendrán derecho a los beneficios adicionales que se establecen en este apartado, con independencia de los beneficios adicionales establecidos para su rango en el Plan de Mercadeo de este Manual. 2. El cliente preferente que desee inscribirse al Club de Bienestar de Nikken deberá contar con un patrocinador reconocido por Nikken como asesor de bienestar independiente, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en los apartados de este Capítulo. 3. El cliente preferente patrocinado será considerado como asesor de bienestar independiente de rango Directo frontal en la red de mercadeo del asesor de bienestar independiente patrocinador, sólo para efectos de su estructura, más no para efecto de la liquidación de las bonificaciones adicionales, pues los clientes preferentes no son sujetos de los beneficios establecidos en el Plan de Mercadeo de Nikken. 42 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 III. de los Rangos y los Beneficios Adicionales 4. El cliente preferente no podrá solicitar el cambio de línea de auspicio bajo ninguna circunstancia. 5. El asesor de bienestar independiente patrocinador de un cliente preferente de Nikken tendrá derecho a una bonificación adicional en cada una de las compras de los productos que este realice al amparo del Contrato Mercantil. 6. El reembolso que Nikken pagará al asesor de bienestar independiente patrocinador del cliente preferente por cada una de las compras de productos que realice será el equivalente al 20% del precio de los productos, antes de impuestos, que adquiera el cliente preferente. 7. Nikken pagará al asesor de bienestar independiente patrocinador las bonificaciones adicionales correspondientes a las compras que realicen su o sus clientes preferentes patrocinados al tiempo en que se le liquiden las otras bonificaciones adicionales a las que tenga derecho, en las fechas de pago establecidas en este Manual. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 43 III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales PLAN DE MERCADEO DE NIKKEN I. De las Generalidades 1. Para los efectos del Plan de Mercadeo, Nikken reconoce el rango denominado Asesor de Bienestar Independiente Directo, a todo asesor de bienestar independiente que esté inscrito en su Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes y que haya celebrado el Contrato Mercantil correspondiente. 2. El asesor de bienestar independiente autorizado para vender los productos Nikken, que respete el precio de venta al público sugerido por la empresa en la Lista de Precios para Asesores de Bienestar Independientes, obtendrá una ganancia directa en la comercialización de los mismos correspondiente al 25% de su valor, como resultado de la diferencia existente entre el precio de mayoreo y el precio de venta al público establecido en dicho documento. 3. Además de la ganancia señalada en el punto anterior, el asesor de bienestar independiente que haya llenado los requisitos establecidos para comercializar los productos Nikken tendrá el derecho de obtener como beneficio adicional un reembolso como resultado del volumen de compras personales que realice durante la comercialización de los mismos, en los términos y condiciones regulados en este Manual. 4. Aunado a lo anterior, el asesor de bienestar independiente reconocido por Nikken podrá desarrollar un grupo comercial, patrocinando a otras personas que, como él, deseen comercializar los productos de la empresa. 5. La organización de un grupo comercial o red de mercadeo da al asesor de bienestar independiente el derecho de acceder a bonificaciones adicionales y bonificaciones de liderazgo, como parte de los beneficios adicionales establecidos a su favor por Nikken, siempre y cuando se apegue de manera voluntaria a las reglas y condiciones descritas al efecto en este capítulo. 6. Independientemente de su precio, cada uno de los productos Nikken tiene un valor representado en puntos en la Lista de Precios para Asesores de Bienestar Independientes. Dichos puntos constituyen la base para que Nikken efectúe el cómputo de los volúmenes de 44 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales compras que realicen el asesor de bienestar independiente y/o su grupo comercial. 7. Nikken acumulará al asesor de bienestar independiente los puntos correspondientes a cada una de sus compras y/o a las de su grupo personal y, con base en ello, hará el cómputo de los volúmenes de compras que, en su caso, se le tomarán en cuenta para avanzar de rango y acceder a los beneficios adicionales antes mencionados. 8. Nikken hará el cálculo de los beneficios adicionales alcanzados por el asesor de bienestar independiente, con base en la suma de los volúmenes de cálculo (VC) de los productos adquiridos por el asesor de bienestar independiente y, en su caso, por su grupo personal, de acuerdo a los valores establecidos (VC) en la Lista de Precios para Asesores de Bienestar Independientes que correspondan a cada producto. 9. Los beneficios adicionales obtenidos por el asesor de bienestar independiente le serán pagados en la moneda de curso legal en el país en donde él haya solicitado a Nikken su registro y suscrito el respectivo Contrato Mercantil, conforme a lo dispuesto en el apartado II de las Políticas y Procedimientos de este Manual. 10.Los requisitos para alcanzar un rango determinado de acuerdo al presente Plan de Mercadeo sólo son acumulables por las compras efectuadas por el asesor de bienestar independiente y, en su caso, su grupo personal, dentro de un mismo mes calendario. 11. Todo asesor de bienestar independiente podrá calificar uno o varios rangos en un mismo mes calendario, cumpliendo con los requisitos establecidos para cada caso en este Manual. 12.Los rangos alcanzados por el asesor de bienestar independiente son de carácter permanente y los derechos adquiridos no podrá perderlos, salvo en los casos en donde opere la terminación, rescisión o cancelación del Contrato Mercantil. 13.Para acceder a los beneficios adicionales establecidos en este capítulo, el asesor de bienestar independiente, no obstante del rango que hubiere alcanzado, deberá realizar una compra personal mínima de productos Nikken equivalente a 100 puntos dentro de un mismo mes calendario. 14.Los reembolsos por compras personales y las bonificaciones adicionales estarán expresados en múltiplos del 5 hasta llegar al 20 por ciento del volumen de cálculo, y estos porcentajes se aplicarán para efectuar la estimación de los beneficios adicionales correspondientes MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 45 POSICIÓN DE LIDERAZGO REQUISITOS PARA AVANCE DE RANGO Desarrollar 3 líneas descendentes Rango Diamante ó mayor calificadas, ó 6 líneas descendentes de Rango Platino ó mayor calificadas. VP 100/ VGP 1,000 /VO 300,000 /VO-LDP 100,000 Desarrollar 3 líneas descendentes Rango Platino ó mayor calificadas, ó 6 líneas descendentes de Rango Oro ó mayor calificadas. VP 100/ VGP 1,000 /VO 100,000 /VO-LDP 33,000 Desarrollar 3 líneas descendentes Rango Oro ó mayor calificadas, ó 6 líneas descendentes de Rango Plata ó mayor calificadas. VP 100/ VGP 1,000 /VO 30,000 /VO-LDP 10,000 Desarrollar 3 líneas descendentes Rango Plata ó mayor calificadas. VP 100 / VGP 1,500 /VO 10,000 VP 100 en cada mes que acumule volumen grupal, VGP 12,000 en un periodo de hasta 3 meses consecutivos, formar 3 líneas frontales de Rango Superior o mayor y certificado del Seminario Intermedio. REQUISITOS PARA CALIFICACIÓN DE RANGO MENSUAL VP 100 VGP 1,000 Ganancias de Ventas a precio sugerido VO 300,000 VO-LDP 100,000 Mantener 3 líneas descendentes calificadas de Rango Diamante ó mayor ó 6 líneas calificadas de Rango Platino ó mayor. VP 100 VGP 1,000 VO 100,000 VO-LDP 33,000 VP 100 VGP 1,000 VO 30,000 VO-LDP 10,000 VP 100 VGP 1,500 VO 10,000 Mantener 3 líneas descendentes calificadas de Rango Platino ó mayor ó 6 líneas calificadas de Rango Oro ó mayor. Mantener 3 líneas descendentes calificadas de Rango Oro ó mayor ó 6 líneas calificadas de Rango Plata ó mayor. Mantener 3 líneas descendentes calificadas de Rango Plata ó mayor. VP 100 VGP 2,000 VO 4,000 VP 100 y VGP 4,000 en un mes calendario. VP 500 y VGP 1,500 en un mes calendario. Adquirir el Kit de Inicio. al asesor de bienestar independiente de acuerdo al rango que haya alcanzado. 15.A partir del rango denominado Asesor de Bienestar Independiente Plata y en adelante, el asesor de bienestar independiente podrá acceder a las bonificaciones de liderazgo como parte de los beneficios 46 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 BONIFICACIÓN DE LIDERAZGO SOBRE VC Reembolso Personal Sobre VC III. De los Rangos y los Bonificación Adicional Sobre VC 10% ó 5% 15% ó 10% 20% ó 15% 10% ó 5% 15% ó 10% 20% ó 15% 10% ó 5% 15% ó 10% 20% ó 15% 10% ó 5% 15% ó 10% 20% ó 15% 10% ó 5% 15% ó 10% % ó 15% 20 5% 10% adicionales que, en su caso, le reconoce Nikken. La bonificación de liderazgo corresponde al 6% del volumen de cálculo y se estimará sobre el volumen de compras acumuladas del grupo comercial de líneas calificadas con rango Plata o mayor, desde dos y hasta seis MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 47 III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales niveles en la línea de patrocinio descendente del asesor de bienestar independiente. 16.A partir del rango denominado Asesor de Bienestar Independiente Plata, el volumen en puntos de las compras de grupo que haya acumulado un asesor de bienestar independiente con este rango no será computado para el volumen de grupo personal de su patrocinador, pero si será tomado en cuenta como base para calcular la bonificación de liderazgo que le corresponda, una vez que cumpla en el mismo mes calendario con los requisitos para acceder a este beneficio adicional. 17. A partir del rango denominado Asesor de Bienestar Independiente Plata y en adelante, el asesor de bienestar independiente recibirá un pin distintivo y un certificado de avance de rango como un reconocimiento especial que otorga la empresa en estos casos. II. De la Bonificación de Liderazgo 1. El sostenimiento de la bonificación de liderazgo que se establece en el punto 15, capítulo I, de la sección del Plan de Mercadeo de éste Manual, se rige por las normas contenidas en éste capítulo. 2. Para acceder a la bonificación de liderazgo, el asesor de bienestar independiente deberá estar calificado; es decir, deberá acumular cada mes los puntos requeridos de: volumen de compras personales (VP) y volumen de compras de grupo personal (VGP) correspondientes a su rango, y, además deberá cumplir el volumen organizacional (VO) y volumen organizacional de las líneas descendentes diferentes a la línea primaria (VO/LDP) requerido para su rango. 3. En términos de las disposiciones expuestas en los apartados subsecuentes, para efectos de las bonificaciones de liderazgo, un asesor de bienestar independiente de rango Plata o mayor se considera calificado cuando cuenta con el equivalente a 100 puntos de volumen de compras personales, más los puntos de volumen de compras de grupo personal (VGP) requeridos para su respectivo rango: 2000 para Plata; 1500 para Oro; 1000 para Platino; 1000 para Diamante, y 1000 para Diamante Real y rangos mayores. 4. Los asesores de bienestar independientes de rango Plata, Oro, Platino, Diamante y Diamante Real deberán mantener el volumen de 48 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales compras personales (VP) y volumen de compras de grupo personal (VGP) correspondientes a su rango y, además, deberán cumplir con el volumen organizacional (VO) y, en su caso, con el volumen organizacional de las líneas descendentes diferentes a la línea primaria (VO/LDP) requeridos para acceder a las bonificaciones de liderazgo establecidas en este Manual. 5. Cuando un asesor de bienestar independiente alcance el volumen de compras personales (VP) y el volumen de compras de grupo personal (VGP) correspondientes a su rango pero no logre acumular el volumen organizacional (VO) y no cumpla con el mínimo de volumen organizacional de sus líneas descendentes diferentes a la primaria (VP/LDP), su rango de pago será menor y acorde al rango inferior cuyos requisitos hubiera alcanzado en el mes calendario. III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales 1. El asesor de bienestar independiente podrá acceder a los beneficios adicionales establecidos a su favor por Nikken, cumpliendo con los requisitos previstos en este capítulo para cada uno de los rangos reconocidos por la empresa, conforme a los lineamientos descritos en adelante. 2. Los rangos de la Red de Mercadeo de Nikken son sucesivos y cada uno da el derecho al asesor de bienestar independiente de acceder a los beneficios adicionales determinados en este capítulo, siempre y cuando alcance de manera previa los requisitos del rango correspondiente. A. Del Asesor de Bienestar Independiente Superior A.1. Requisitos para alcanzar el rango Para acceder al rango de Asesor de Bienestar Independiente Superior, el asesor de bienestar independiente debe: 1. Ser un Asesor de Bienestar Independiente Directo. 2. Acumular por una única vez un volumen de compras personales (VP) de 500 puntos en un mes calendario, y MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 49 III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales 3. Acumular adicionalmente un volumen de compras de grupo personal (VGP) de 1,500 puntos en el mismo mes, o 4. Acumular 100 puntos de VP y 1,500 de VGP en cualquier mes posterior a aquel en el que acumuló los 500 puntos de VP. Disposición de rebase para el rango El Asesor de Bienestar Independiente Directo que califique como Asesor de Bienestar Independiente Superior rebasará a su patrocinador, cuando éste solo hubiera alcanzado el rango de Asesor de Bienestar Independiente Directo pero no los 500 puntos de volumen de compras personales en un mes calendario o no hubiera alcanzado los 100 puntos de compras personales en el mes en el que el asesor de bienestar independiente hubiera accedido al rango de Asesor de Bienestar Independiente Superior, y pasará a formar parte de la línea de primer nivel del siguiente Asesor de Bienestar Independiente Superior que cuente con dicho requisito o del asesor de bienestar independiente de mayor rango en su línea ascendente, en cuyo caso el asesor de bienestar independiente patrocinador perderá la línea de patrocinio descendente y no podrá recuperarla bajo ninguna circunstancia. A.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales Para acceder a los beneficios adicionales correspondientes al rango el asesor de bienestar independiente debe: 1. Acumular en el mes calendario un volumen mínimo de compras personales (VP) de 100 puntos. A.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango Los beneficios adicionales correspondientes al rango son: 1. Reembolso del 5% sobre el volumen de cálculo acumulado de sus compras personales, estimado a partir del volumen requerido para alcanzar el rango. 2. Bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo del grupo personal de directos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango (ver gráfica 1 Definiciones y Términos). 50 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales B. Del Asesor de Bienestar Independiente Ejecutivo B.1. Requisitos para alcanzar el rango Para acceder al rango de Asesor de Bienestar Independiente Ejecutivo, el asesor de bienestar independiente debe: 1. Acumular en un mes calendario un volumen de compras personales (VP) mínimo de 100 puntos, y 2. Acumular en un mes calendario un volumen de grupo personal (VGP) mínimo de 4,000 puntos. B.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales Para acceder a los beneficios adicionales correspondientes al rango el asesor de bienestar independiente debe: 1. Acumular en el mes calendario un volumen de compras personales (VP) mínimo de 100 puntos. B.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango Los beneficios adicionales correspondientes al rango son: 1. Reembolso del 10% sobre el volumen de cálculo acumulado de compras personales, estimado a partir del volumen requerido para alcanzar el rango. 2. Bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo de compras del grupo personal de superiores de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, y 3. Bonificación adicional del 10% sobre el volumen de cálculo de compras del grupo personal de directos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango (ver gráfica 1 Definiciones y Términos). Disposición de rebase para el rango El asesor de bienestar independiente que califique como Asesor de Bienestar Independiente Ejecutivo rebasará a su patrocinador cuando: MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 51 III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales el patrocinador no hubiera alcanzado los 100 puntos de volumen de compras personales (VP) en el mismo mes calendario en el que su patrocinado accedió al rango Ejecutivo. En este caso, el asesor de bienestar independiente patrocinador perderá la línea de patrocinio descendente y no la podrá recuperar bajo ninguna circunstancia. C. Del Asesor de Bienestar Independiente Bronce C.1. Requisitos para alcanzar el rango A partir del 1 de enero del 2013 ningún asesor de bienestar independiente podrá acceder al rango Bronce, conforme a las disposiciones contenidas en este Manual. El asesor de bienestar independiente que hubiera calificado al rango Bronce hasta el 31 de diciembre del 2012 podrá acceder a los beneficios adicionales establecidos en este Manual, en tanto conserve dicho rango y su Contrato Mercantil esté vigente. C.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales Para acceder a los beneficios adicionales correspondientes al rango el asesor de bienestar independiente debe: 1. Acumular en el mes calendario un volumen de compras personales (VP) mínimo de 100 puntos. C.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango Los beneficios adicionales correspondientes al rango son: 1. Reembolso del 15% sobre el volumen de cálculo acumulado de compras personales. 2. Bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo de compras del grupo personal de ejecutivos de primer nivel. 3. Bonificación adicional del 10% sobre el volumen de cálculo de compras del grupo personal de superiores de primer nivel y 52 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales 4. Bonificación adicional del 15% sobre el volumen de cálculo de compras del grupo personal de directos de primer nivel (ver gráfica 1 Definiciones y Términos). D. Del Asesor de Bienestar Independiente Plata D.1. Requisitos para alcanzar el rango Para acceder al rango de Asesor de Bienestar Independiente Plata, el asesor de bienestar independiente debe: 1. Acumular 12,000 puntos de Volumen de Grupo Personal (VGP) en un periodo de hasta tres meses consecutivos. 2. Acumular mínimo 100 puntos de Volumen Personal (VP) en el mes o en cada uno de los meses (en el caso de que se califique en dos o tres meses consecutivos), para que el Volumen de Grupo Personal (VGP) de cada mes sea considerado en la acumulación para obtener los 12,000 puntos de VGP.. 3. Desarrollar tres líneas frontales de rango Superior o de rango mayor. 4. Contar con el certificado de participación en el Seminario Intermedio. Nota: El asesor de bienestar independiente que califique a rango Plata y acumule dentro de los dos primeros meses de los tres posibles más de 4,000 puntos de volumen de compras de grupo personal, será considerado como Asesor de Bienestar Independiente Ejecutivo en el transcurso del tercer mes del periodo, sólo para efectos del cálculo de bonificaciones de liderazgo que le correspondan. Disposición de rebase para el rango En el caso de que cualquier asesor de bienestar independiente califique al rango Plata y su patrocinador no lo haya hecho, éste cuenta con un mes calendario para calificar al rango Plata y conservar su línea de patrocinio descendente. En su defecto, el nuevo Asesor de Bienestar Independiente Plata rebasará a su patrocinador en el siguiente mes calendario y pasará a formar parte de la línea de patrocinio de primer nivel del siguiente Asesor de Bienestar MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 53 III. De los Rangos y los Beneficios Adicionales Independiente Plata o de mayor rango en línea ascendente, y el asesor de bienestar independiente rebasado no podrá recuperar la línea de patrocinio perdida. En su caso, el nuevo Asesor de Bienestar Independiente Plata cuenta para su patrocinador en la estructura de su red de mercadeo como uno de los tres superiores frontales que requiere para alcanzar el rango Plata. D.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales Para acceder a los beneficios adicionales correspondientes al rango el asesor de bienestar independiente debe: 1. Acumular en el mes calendario un volumen de compras personales (VP) mínimo de 100 puntos. 2. Acumular en el mismo periodo un volumen de grupo personal (VGP) mínimo de 2,000 puntos, y 3. Acumular en el mismo periodo un volumen organizacional (VO) de 4,000 puntos. El Asesor de Bienestar Independiente Plata será considerado como calificado por el sistema de cálculo de bonificaciones cuando cumpla con los requisitos establecidos en los puntos 1 y 2, y podrá acceder a las bonificaciones de liderazgo cuando, además, cumpla con el requisitito establecido en el punto 3 de este apartado. D.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango Los beneficios adicionales correspondientes al rango son: 1. Reembolso del 20% sobre el volumen de cálculo acumulado de sus compras personales (VP), estimado a partir del volumen requerido para alcanzar el rango. 2. Bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de bronces de primer nivel, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 2,000 puntos. 3. Bonificación adicional del 10% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de ejecutivos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 2,000 puntos, o bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo de las compras del 54 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 J. Del Bono Estilo de Vida 4. 5. 6. 7. grupo personal (VGP) de ejecutivos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 2,000 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); Bonificación adicional del 15% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de superiores de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 2,000 puntos, o bonificación adicional del 10% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de superiores de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 2,000 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); Bonificación adicional del 20% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de directos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 2,000 puntos, o bonificación adicional del 15% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de directos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 2,000 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); Bonificación de liderazgo del 6% sobre el volumen de cálculo de hasta dos niveles de asesores de bienestar independientes Plata o mayor rango que estén calificados en la línea de patrocinio descendente, cuando alcance 4,000 puntos de volumen organizacional (VO), de conformidad con lo establecido en el numeral 15 De las Generalidades (aplica principio de compresión, ver capítulo V Características Especiales del Plan de Mercadeo), y Pin de Rango de Plata, certificado de rango alcanzado y la publicación de su foto en la revista Familia Nikken. E. Del Asesor de Bienestar Independiente Oro E.1. Requisitos para alcanzar el rango Para acceder al rango de Asesor de Bienestar Independiente Oro, el asesor de bienestar independiente debe: MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 55 K.Del Bono para Vivienda 1. Desarrollar tres líneas calificadas de asesores de bienestar independientes de rango Plata o de rango mayor; 2. Acumular un volumen de compras personales (VP) mínimo de 100 puntos en el mes calendario en el que acceda al rango; 3. Acumular en el mismo periodo un volumen de grupo personal (VGP) mínimo de 1,500 puntos; 4. Acumular en el mismo periodo 10,000 puntos de volumen organizacional (VO), y 5. Tener el certificado de participación en el Seminario Intermedio. E.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales Para acceder a los beneficios adicionales correspondientes al rango el asesor de bienestar independiente deberá: 1. Acumular en el mes calendario un volumen de compras personales (VP) mínimo de 100 puntos; 2. Acumular en el mismo periodo un volumen de grupo personal (VGP) mínimo de 1,500 puntos; 3. Mantener tres líneas calificadas de comerciantes independientes de rango Plata o de rango mayor, y 4. Acumular en el mismo periodo 10,000 puntos de volumen organizacional (VO). El Asesor de Bienestar Independiente Oro será considerado como calificado por el sistema de cálculo de bonificaciones cuando cumpla con los requisitos establecidos en los puntos 1 y 2, y podrá acceder a las bonificaciones de liderazgo correspondientes a su rango cuando, además, cumpla con los requisitos establecidos en los puntos 3 y 4 de este apartado o, en su defecto, accederá a las bonificaciones de liderazgo correspondientes a un rango inferior cuyos requisitos hubiera alcanzado en el mismo mes. E.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango Los beneficios adicionales correspondientes al rango son: 1. Reembolso del 20% sobre el volumen de cálculo acumulado de sus compras personales; 56 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 K.Del Bono para Vivienda 2. Bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de bronces de primer nivel, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,500 puntos. 3. Bonificación adicional del 10% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de ejecutivos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,500 puntos, o bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de ejecutivos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 1,500 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); 4. Bonificación adicional del 15% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de superiores de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,500 puntos, o bonificación adicional del 10% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de superiores de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 1,500 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); 5. Bonificación adicional del 20% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de directos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,500 puntos, o bonificación adicional del 15% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de directos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 1,500 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); 6. Bonificación de liderazgo con base en el rango de pago del 6% de hasta tres niveles de asesores de bienestar independientes Plata o de mayor rango que estén calificados en la línea de patrocinio descendente, cuando alcance 10,000 puntos de volumen organizacional (VO), de conformidad con lo establecido en el numeral 15 De las Generalidades (aplica principio de compresión, ver capítulo V Características Especiales del Plan de Mercadeo), y 7. Pin de Rango Oro, certificado de rango alcanzado y la publicación de su fotografía y su artículo en la revista Familia Nikken. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 57 L. Reglas de Cálculo para Bonos de Estilo de Vida y Vivienda F. Del Asesor de Bienestar Independiente Platino F.1. Requisitos para alcanzar el rango Para acceder al rango de Asesor de Bienestar Independiente Platino, el asesor de bienestar independiente debe: 1. Desarrollar tres líneas calificadas de comerciantes independientes de rango Oro o mayor, o 2. Desarrollar seis líneas calificadas de asesores de bienestar independientes de rango Plata o rango mayor; 3. Acumular un volumen de compras personales (VP) mínimo de 100 puntos en el mes calendario en el que acceda al rango; 4. Acumular en el mismo periodo un volumen de grupo personal (VGP) mínimo de 1,000 puntos, y 5. Acumular en el mismo periodo 30,000 puntos de volumen organizacional (VO) de los cuales 10,000 puntos deben corresponder a líneas descendentes diferentes a la primaria (VO/LDP). F.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales Para acceder a los beneficios adicionales relativos al rango el asesor de bienestar independiente debe: 1. Acumular en el mes calendario un volumen de compras personales (VP) mínimo de 100 puntos; 2. Acumular en el mismo periodo un volumen de grupo personal (VGP) mínimo de 1,000 puntos; 3. Mantener tres líneas calificadas de asesores de bienestar independientes de rango Oro o de rango mayor o seis líneas calificadas de asesores de bienestar independientes de rango Plata o de rango mayor, y 4. Acumular en el mismo periodo 30,000 puntos de volumen organizacional (VO), de los cuales 10,000 puntos deben corresponder a líneas descendentes diferentes a la primaria (VO/LDP). El Asesor de Bienestar Independiente Platino será considerado como calificado por el sistema de cálculo de bonificaciones cuando cumpla 58 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 IV. De las Características Especiales con los requisitos establecidos en los puntos 1 y 2, y podrá acceder a las bonificaciones de liderazgo correspondientes a su rango cuando, además, cumpla con los requisitos establecidos en los puntos 3 y 4 de este apartado o, en su defecto, accederá a las bonificaciones de liderazgo correspondientes a un rango inferior cuyos requisitos hubiera alcanzado en el mismo mes. F.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango Los beneficios adicionales correspondientes al rango son: 1. Reembolso del 20% sobre el volumen de cálculo acumulado de sus compras personales. 2. Bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de bronces de primer nivel, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,000 puntos. 3. Bonificación adicional del 10% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal de ejecutivos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,000 puntos, o bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de ejecutivos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 1,000 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); 4. Bonificación adicional del 15% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal de superiores de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,000 puntos, o bonificación adicional del 10% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de superiores de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 1,000 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); 5. Bonificación adicional del 20% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal de directos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,000 puntos, o bonificación adicional del 15% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de directos de primer nivel, estimada a partir MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 59 IV. De las Características Especiales del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 1,000 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); 6. Bonificación de liderazgo con base en el rango de pago del 6% de hasta cuatro niveles de asesores de bienestar independientes Plata o de mayor rango que estén calificados en la línea de patrocinio descendente, si cumple con el requisito de volumen organizacional establecido en el punto 4 del apartado F.2., de conformidad con lo establecido en el numeral 15 De las Generalidades (aplica principio de compresión, ver capítulo V Características Especiales del Plan de Mercadeo), y 7. Pin de Rango Platino, certificado de rango alcanzado y la publicación de su fotografía en la portada y su artículo en la revista Familia Nikken. G. Del Asesor de Bienestar Independiente Diamante G.1. Requisitos para alcanzar el rango Para acceder al rango de Asesor de Bienestar Independiente Diamante, el asesor de bienestar independiente debe: 1. Desarrollar tres líneas calificadas de asesores de bienestar independientes de rango Platino o mayor, o 2. Desarrollar seis líneas calificadas de asesores de bienestar independientes rango Oro o rango mayor; 3. Acumular un volumen de compras personales (VP) mínimo de 100 puntos en el mes calendario en el que acceda al rango; 4. Acumular en el mismo periodo un volumen de grupo personal (VGP) mínimo de 1,000 puntos, y 5. Acumular en el mismo periodo 100,000 puntos de volumen organizacional (VO) de los cuales 33,000 puntos deben corresponder a líneas descendentes diferentes a la primaria (VO/LDP). G.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales Para acceder a los beneficios adicionales relativos al rango el asesor de bienestar independiente debe: 1. Acumular en el mes calendario un volumen de compras personales (VP) mínimo de 100 puntos; 60 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 IV. De las Características Especiales 2. Acumular en el mismo periodo un volumen de grupo personal (VGP) mínimo de 1,000 puntos; 3. Mantener tres líneas calificadas de asesores de bienestar independientes de rango Platino o de rango mayor o seis líneas calificadas de asesores de bienestar independientes de rango Oro o mayor, y 1. Acumular en el mismo periodo 100,000 puntos de volumen organizacional (VO), de los cuales 33,000 puntos deben corresponder a líneas descendentes diferentes a la primaria. El Asesor de Bienestar Independiente Diamante será considerado como calificado por el sistema de cálculo de bonificaciones cuando cumpla con los requisitos establecidos en los puntos 1 y 2, y podrá acceder a las bonificaciones de liderazgo correspondientes a su rango cuando, además, cumpla con los requisitos establecidos en los puntos 3 y 4 de este apartado o, en su defecto, accederá a las bonificaciones de liderazgo correspondientes a un rango inferior cuyos requisitos hubiera alcanzado en el mismo mes. G.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango Los beneficios adicionales correspondientes al rango son: 1. Reembolso del 20% sobre el volumen de cálculo acumulado de sus compras personales; 2. Bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de bronces de primer nivel, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,000 puntos. 3. Bonificación adicional del 10% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal de ejecutivos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,000 puntos, o bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de ejecutivos de primer nivel, estimada a partir MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 61 V. De la Certificación de Negocios Internacional 4. 5. 6. 7. del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 1,000 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); Bonificación adicional del 15% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal de superiores de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,000 puntos, o bonificación adicional del 10% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de superiores de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 1,000 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); Bonificación adicional del 20% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal de directos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,000 puntos, o bonificación adicional del 15% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de directos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 1,000 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); Bonificación de liderazgo con base en el rango de pago del 6% de hasta cinco niveles de asesores de bienestar independientes Plata o de mayor rango que estén calificados en la línea de patrocinio descendente, si cumple con el requisito de volumen organizacional establecido en el punto 4 del apartado G.2., de conformidad con lo establecido en el numeral 15 De las Generalidades (aplica principio de compresión, ver capítulo V Características Especiales del Plan de Mercadeo), y Pin de Rango de Diamante, certificado de rango alcanzado y la publicación de su fotografía en la portada y su artículo en la revista Familia Nikken. H. Del Asesor de Bienestar Independiente Diamante Real H.1. Requisitos para alcanzar el rango Para acceder al rango de Asesor de Bienestar Independiente Diamante Real, el asesor de bienestar independiente debe: 62 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 V. De la Certificación de Negocios Internacional 1. Desarrollar tres líneas descendentes de asesores de bienestar independientes de rango Diamante o rango mayor, o 2. Desarrollar seis líneas descendentes de asesores de bienestar independientes de rango Platino o rango mayor; 3. Acumular un volumen de compras personales (VP) mínimo de 100 puntos en el mes calendario en el que acceda al rango; 4. Acumular en el mismo periodo un volumen de grupo personal (VGP) mínimo de 1,000 puntos, y 5. Acumular en el mismo periodo 300,000 puntos de volumen organizacional (VO) de los cuales 100,000 puntos deben corresponder a líneas descendentes diferentes a la primaria (VO/LDP). H.2. Requisitos para acceder a los beneficios adicionales Para acceder a los beneficios adicionales relativos al rango el asesor de bienestar independiente debe: 1. Acumular en el mes calendario un volumen de compras personales (VP) mínimo de 100 puntos. 2. Acumular en el mismo periodo un volumen de grupo personal (VGP) mínimo de 1,000 puntos. 3. Mantener tres líneas calificadas de asesores de bienestar independientes de rango Diamante o de rango mayor o seis líneas calificadas de asesores de bienestar independientes de rango Platino o mayor. 4. Acumular en el mismo periodo 300,000 puntos de volumen organizacional (VO), de los cuales 100,000 puntos deben corresponder a líneas descendentes diferentes a la primaria. El Asesor de Bienestar Independiente Diamante Real será considerado como calificado por el sistema de cálculo de bonificaciones cuando cumpla con los requisitos establecidos en los puntos 1 y 2, y podrá acceder a las bonificaciones de liderazgo correspondientes a su rango cuando, además, cumpla con los requisitos establecidos en los puntos 3 y 4 de este apartado o, en su defecto, accederá a las bonificaciones de liderazgo correspondientes a un rango inferior cuyos requisitos hubiera alcanzado en el mismo mes. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 63 V. De la Certificación de Negocios Internacional H.3. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango Los beneficios adicionales correspondientes al rango son: 1. Reembolso del 20% sobre el volumen de cálculo acumulado de sus compras personales; 2. Bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo (VGP) de las compras del grupo personal de bronces de primer nivel, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,000 puntos. 3. Bonificación adicional del 10% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal de ejecutivos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,000 puntos, o bonificación adicional del 5% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de ejecutivos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 1,000 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); 4. Bonificación adicional del 15% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal de superiores de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,000 puntos, o bonificación adicional del 10% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de superiores de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 1,000 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos);; 5. Bonificación adicional del 20% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal de directos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea igual o mayor a los 1,000 puntos, o bonificación adicional del 15% sobre el volumen de cálculo de las compras del grupo personal (VGP) de directos de primer nivel, estimada a partir del volumen requerido para alcanzar el rango, cuando dicho volumen sea menor a los 1,000 puntos (ver gráfica 1 Definiciones y Términos); 6. Bonificación de liderazgo con base en el rango de pago del 6% de hasta seis niveles de asesores de bienestar independientes Plata o de mayor rango calificados en la línea de patrocinio descendente, si cumple con el requisito de volumen organizacional establecido en el punto 4 del apartado H.2., de conformidad con lo establecido en el 64 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 V. De la Certificación de Negocios Internacional numeral 15 De las Generalidades (aplica principio de compresión, ver capítulo V Características Especiales del Plan de Mercadeo), 7. Pin de Diamante Real, certificado de rango alcanzado y la publicación de su fotografía en la portada y su artículo en la revista Familia Nikken. I. Del Asesor de Bienestar Independiente Embajador Real I.1. Requisitos para alcanzar el rango Para acceder al rango de Asesor de Bienestar Independiente Embajador Real, el asesor de bienestar independiente debe:: 1. Ser un Asesor de Bienestar Independiente Diamante Real calificado; 2. Tener cuatro líneas calificadas de asesores de bienestar independientes de rango Diamante, y 3. Acumular un volumen total mínimo de grupo personal de 100’000,000 de puntos de la línea descendente de las unidades del mercado mundial de Nikken, con un máximo de 25,000,000 de puntos en cada línea, dentro de un período de veinticuatro meses calendario, contados a partir del mes calendario en el que accedió al rango de Diamante Real. I.2. Beneficios adicionales una vez alcanzado el rango Los beneficios adicionales correspondientes al rango son los mismos que para el rango de Diamante Real más: 1. Una bonificación especial y única de un millón de dólares; 2. Una bonificación especial consistente en veinticuatro mensualidades para la compra de un automóvil último modelo con un valor máximo de $100,000.00 dólares; 3. Una cena privada con el Presidente de Nikken; 4. Invitación a la Convención Mundial, con tarifas aéreas y hospedaje en hoteles de lujo, seleccionados y pagados por su unidad de mercado Nikken, y 5. Pin de Rango de Embajador Real, certificado de rango alcanzado y la publicación de su fotografía y su artículo en la revista Familia Nikken, incluyendo su fotografía en la portada. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 65 V. De la Certificación de Negocios Internacional J. Del Bono Estilo de Vida Es una bonificación adicional que conlleva el sostenimiento o incremento de la calidad de vida de los asesores de bienestar independientes, mediante el acceso a un conjunto de beneficios diversos a los que tiene derecho un asesor de bienestar independiente en razón de haber alcanzado el rango Oro o un rango mayor en la Red de Mercadeo de Nikken de acuerdo con las condiciones establecidas en este Manual. J.Requisitos para acceder a la bonificación adicional Para acceder al Bono Estilo de Vida el Asesor de Bienestar Independiente Oro o de rango mayor debe: 1. Mantener 3 líneas de liderazgo calificadas durante tres meses consecutivos y mantener el rango de pago que le corresponda conforme a los lineamientos de este Manual durante el periodo de la calificación (VP, VGP. OV, OV-LDP y líneas calificadas). Si el asesor de bienestar no cumple los requisitos de rango de pago de nivel Oro, recibirá únicamente el 1% de su VGP como bono de estilo de vida. 2. No estar incorporado, afiliado o vinculado con otra compañía de venta directa. 3. Mantener 3 líneas de liderazgo calificadas durante tres meses consecutivos y mantener el rango de pago que le corresponda conforme a los lineamientos de este Manual durante el periodo de la calificación (VP, VGP. OV, OV-LDP y líneas calificadas). Si el asesor de bienestar no cumple los requisitos de rango de pago de nivel Oro, recibirá únicamente el 1% de su VGP como bono de estilo de vida. 4. Acumular en el mes calendario el volumen mínimo de compras personales correspondiente a su rango; 5. Acumular en el mismo periodo un volumen mínimo de grupo personal correspondiente a su rango. 66 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 VI. De las Definiciones y Términos J.2. Valor máximo del Bono de Estilo de Vida Rango Oro Platino Diamante Diamante Real Valor Máximo US$ 500 US$ 1,000 US$ 1,500 US$ 2,000 K. Del Bono para Vivienda Es una bonificación adicional que tiene por objeto fomentar el desarrollo individual y familiar de los asesores de bienestar independientes, que es complementario al Bono Estilo de Vida, y que debe destinarse de manera exclusiva para gastos de vivienda. K.1. Requisitos para acceder a la bonificación adicional Para acceder al Bono para Vivienda el asesor de bienestar independiente debe: 1. Ser un Asesor de Bienestar Independiente Platino o de rango mayor calificado; 2. Recibir el Bono Estilo de Vida conforme a los lineamientos establecidos en el apartado J de esta sección del Manual; 3. No estar incorporado, afiliado o vinculado con otra compañía de venta directa; 4. Percibir durante tres meses consecutivos un Bono Estilo de Vida equivalente a $1,000.00 dólares americanos o superior. 5. Acreditar la aplicación o el destino de la bonificación adicional ante Nikken con los documentos que se establecen en el numeral K.2. según el caso. K.2. Aplicación del Bono para Vivienda El asesor de bienestar independiente que acceda al Bono para Vivienda sólo podrá aplicar o destinar los recursos correspondientes para: adquirir, comprar, remodelar o mantener una vivienda nueva o para cubrir, pagar o cancelar un crédito hipotecario. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 67 VI. De las Definiciones y Términos El asesor de bienestar independiente que cumpla con los requisitos para acceder al Bono para Vivienda y que desee aplicar o destinar los recursos correspondientes para adquirir una casa deberá, además, presentar el contrato de compraventa con las formalidades requeridas a su nombre, el de su cónyuge, descendientes o dependientes económicos y, en su caso, acreditar el parentesco o dependencia económica correspondiente. El asesor de bienestar independiente que cumpla con los requisitos para acceder al Bono para Vivienda y que desee aplicar o destinar los recursos correspondientes para pagar un crédito hipotecario, además, deberá presentar la constancia oficial en la que conste la inscripción de la hipoteca respecto del bien inmueble de su propiedad, de su cónyuge, descendientes o dependientes económicos. El asesor de bienestar independiente que cumpla con los requisitos para acceder al Bono para Vivienda y que desee aplicar o destinar los recursos correspondientes para la remodelación de un inmueble de su propiedad de su cónyuge, descendientes o dependientes económicos, además, deberá presentar el proyecto ejecutivo y el presupuesto debidamente avalado por un profesionista del ramo de la construcción. El asesor de bienestar independiente que cumpla con los requisitos para acceder al Bono para Vivienda y que desee aplicar o destinar los recursos correspondientes para mantener un bien inmueble de su propiedad, de su cónyuge, descendientes o dependientes económicos, además, deberá presentar la escritura de propiedad y la declaración de impuestos anual durante el tiempo en el que sea acreedor al beneficio adicional. K.3. Valor máximo del Bono para Vivienda Valor Casa US$ 200,000 US$ 300,000 US$ 400,000 US$ 500,000 US$ 600,000 US$ 700,000 US$ 800,000 68 Valor Máximo US$ 1,500 US$ 2,500 US$ 3,500 US$ 4,500 US$ 5,500 US$ 6,500 US$ 7,500 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 VI. De las Definiciones y Términos l. Reglas de cálculo para el Bono de Estilo de Vida y el Bono para Vivienda El valor del Bono Estilo de Vida y del Bono para Vivienda se establece con base en: 1. El volumen de cálculo (VC) del grupo personal (VGP) del asesor de bienestar independiente; 2. El volumen de cálculo del grupo personal (VGP) de las líneas de liderazgo del asesor de bienestar independiente; 3. Los montos máximos del bono estilo de vida y del bono para vivienda determinados para cada rango de asesor de bienestar independiente, conforme a las tablas comprendidas en los apartados III.J., III.K. y III.L. de este Plan. Rango de Pago Nivel de Pago Calculo = VC*% Plata o mayor Oro o mayor Oro o mayor VGP Primer Nivel Segundo VC*1% VC*0,5% VC*0,5% Oro o mayor Platino o mayor Diamante o mayor Diamante Real Nivel Tercer Nivel Cuarto Nivel Quinto Nivel Sexto Nivel VC*0,25% VC*0,25% VC*0,25% VC*0,25% Ejemplo Cálculo del Bono de Estilo de Vida y Casa: Máximo pago mensual de Bono de Estilo de Vida para rango Platino= 1000 US$ Máximo pago mensual de Bono de Casa (Valor casa 200,000 US$) = 1500US$. Cálculo de Bono Estilo de Vida y Casa 800 1350 3000 Pago de Bono de Pago Incentivo Estilo de Vida de Casa 800 1000 1000 0 350 1500 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 69 VI. De las Definiciones y Términos IV. De las Características Especiales A. Del Principio de Compresión General Compresión de la Línea Descendente de los asesores de bienestar independientes de rango Plata y rangos mayores. Para incrementar al máximo posible las bonificaciones de liderazgo correspondientes a los asesores de bienestar independientes de rango Plata y mayores activos, Nikken ha desarrollado el Principio de Compresión General. Con base al rango alcanzado y al rango de pago calificado en cada mes calendario, cualquier asesor de bienestar independiente de rango Plata o mayor tiene derecho a obtener la bonificación de liderazgo, que consiste en un pago correspondiente al 6% del volumen de cálculo de diferentes niveles de acuerdo con el Plan de Mercadeo de Nikken (Ver gráfica 1 Definiciones y Términos). Estos niveles a los que accede el asesor de bienestar independiente Plata o mayor se cuentan por nivel calificado, lo que le da una gran ventaja por sobre los niveles descendentes. Bajo el Principio de Compresión Nikken buscará en las líneas descendentes del asesor de bienestar independiente acreedor a la bonificación de liderazgo, al primer asesor de bienestar independiente de rango Plata o mayor que esté calificado y lo tomará en cuenta como el primer nivel calificado; posteriormente, Nikken seguirá buscando en las mismas líneas al siguiente asesor de bienestar independiente calificado y lo tomará en cuenta como el segundo nivel calificado, y así en lo sucesivo hasta completar el número de niveles que le correspondan ser pagados al asesor de bienestar independiente acreedor (Ver gráfica 1 Definiciones y Términos). Independientemente de lo anterior, Nikken pagará el 6% de bonificación de liderazgo al asesor de bienestar independiente acreedor sobre el volumen de cálculo acumulado en el volumen de grupo personal tanto de los niveles calificados, así como de los niveles no calificados que se encuentren entre los niveles calificados. 70 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 VI. De las Definiciones y Términos B. Del Principio de Compresión Especial Compresión del Asesor de NIVEL NIVEL CALIFICADO DESCENDENTE Bienestar Independiente Plata o de rango mayor que no alcanza 1 100 puntos de volumen de compras personales (VP) en un 2 PRIMER NIVEL mes calendario. Para incrementar las bonificaciones adicionales 3 de los asesores de bienestar independientes patrocinadores, 4 SEGUNDO Nikken ha desarrollado el Principio de NIVEL Compresión Especial. Este principio 5 opera cuando cualquier asesor de bienestar independiente calificado 6 de rango Plata o mayor de la línea frontal de un asesor de bienestar 7 TERCER independiente patrocinador no NIVEL alcanza el volumen de compras personales (VP) de 100 puntos para calificar en un mes. En este Comerciante Independiente caso, para el cálculo de beneficios Plata o mayor Calificado adicionales, Nikken liquidará al Comerciante Independiente Plata o mayor No Calificado asesor de bienestar independiente patrocinador los volúmenes de compras personales alcanzados por los asesores de bienestar independientes de rangos Directo, Superior y Ejecutivo de la línea descendiente del asesor de bienestar independiente no calificado, como si estos asesores de bienestar independientes formaran parte de su grupo personal, es decir que, el asesor de bienestar independiente no recibirá la bonificación de liderazgo del volumen de grupo personal, sino el porcentaje de bonificación adicional correspondiente al rango de cada una de las líneas frontales del asesor de bienestar independiente no calificado: 10% de los asesores de bienestar independientes de rango Ejecutivo; 15% de los asesores de bienestar independientes de rango Superior, y 20% de los asesores de bienestar independientes de rango Directo. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 71 VI. De las Definiciones y Términos V. De la Certificación de Negocios Internacional (CNI) A. De los Lineamientos Generales 1. La CNI es la autorización, no exclusiva, que otorga Nikken a un asesor de bienestar independiente para que patrocine a otras personas, promueva sus productos y desarrolle su red de mercadeo en todos los países y unidades de mercado que forman parte de Nikken Global, y más allá de los límites de la Unidad de Mercado en donde se encuentra registrado en la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes de Nikken. 2. El asesor de bienestar independiente internacional debe cumplir con las disposiciones legales que le resulten aplicables en el país en donde desee expandir su negocio, tales como las relativas al ingreso, permanencia y egreso de su territorio y al pago de impuestos o tributos.. 3. En cumplimiento con las disposiciones fiscales o tributarias, en especial con las relacionadas con los ingresos y las ventas, Nikken proveerá mensualmente a los asesores de bienestar independientes internacionales un estado de cuenta con el detalle de las bonificaciones internacionales obtenidas en el periodo, incluyendo las retenciones de impuestos que correspondan de acuerdo a la legislación tributaria aplicable en cada uno de los países en donde aquel patrocine a otras personas y las incorpore a su red de mercadeo. Por su parte, el asesor de bienestar independiente internacional reconoce la obligación a su cargo cuando deba pagar otros impuestos por los ingresos que llegare a obtener de las compras efectuadas por sus downlines conforme a las leyes de los países en donde haya decidido expandir su negocio 4. El asesor de bienestar independiente internacional de Nikken debe observar y cumplir las políticas establecidas por Nikken en cada una de las unidades de mercado en donde desarrolle alguna actividad comercial, incluyendo las relacionadas con los pedidos y envíos, y, además, respetar las leyes y reglamentos vigentes en el país o territorio en donde lleve a cabo dichas actividades. 72 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 VI. De las Definiciones y Términos 5. El asesor de bienestar independiente internacional sólo puede comprar productos Nikken para su uso personal en la(s) oficina(s) que tenga establecida(s) Nikken en cada uno de los países que integran cada Unidad de Mercado y previa autorización de Gerente de la oficina correspondiente. 6. El status del asesor de bienestar independiente internacional es el mismo en todas las unidades de mercado. Cualquier cambio en cualquier Unidad de Mercado es aplicable a todas las unidades de mercado. Los cambios incluyen pero no se limitan a: nombre, número de asesor de bienestar, domicilio, rango, transmisión de derechos, cambios de línea de patrocinio, renovación, terminación o resolución y rescisión del contrato. 7. El plazo y la duración de la CNI está sujeta al acuerdo de renovación que el asesor de bienestar independiente internacional celebre en los términos de las políticas y procedimientos aplicables en su Unidad de Mercado. La omisión en la presentación y cumplimiento de los requisitos establecidos en dichas normas para la renovación se traducirán en la terminación o resolución automática del Contrato Mercantil y en la pérdida de los derechos relacionados con la comercialización y patrocinio en el ámbito local así como en el internacional. B. De los Requisitos para obtener la Certificación de Negocios Internacionales (CNI) Para obtener la CNI el asesor de bienestar independiente interesado debe ser un asesor de bienestar independiente de rango Superior o de rango mayor conforme a los registros de la Unidad de Mercado a la que pertenezca. El Country Pack del país en donde un asesor de bienestar independiente desee patrocinar a otros asesores de bienestar independientes para expandir su red de mercadeo o fortalecer su negocio se puede descargar desde la página Web www.vivenikken.com. Nikken reconocerá al asesor de bienestar independiente como asesor de bienestar independiente internacional después del día 15 del mes siguiente al mes en el que hubiera cumplido con el requisito señalado en este apartado. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 73 VI. De las Definiciones y Términos C. Requisitos para Acceder a los Beneficios Adicionales Para acceder a los beneficios adicionales correspondientes a la CNI el asesor de bienestar independiente debe: 1. Ser un asesor de bienestar independiente internacional; es decir, ser un asesor de bienestar independiente y contar con la CNI; 2. Alcanzar los volúmenes mínimos de compras personales (VP), de compras de grupo personal (VGP), de volumen organizacional (VO), de volumen organizacional de las líneas descendentes diferentes de las primarias (VO/LDP) y de líneas calificadas que le correspondan de acuerdo a su rango en términos del Plan de Mercadeo de este Manual. 3. Tener calificadas y certificadas las líneas de patrocinio descendentes conforme a las reglas internacionales establecidas en este Capítulo V del Plan de Mercadeo de Nikken. D. Del Rango en la Unidad de Mercado y del Rango Global del Asesor de bienestar independiente El rango del asesor de bienestar independiente internacional en su Unidad de Mercado es igual al rango Global, es decir al rango que tiene el asesor de bienestar independiente a nivel mundial. El asesor de bienestar independiente con Certificación de Negocios Internacional puede acumular sus volúmenes de compras personales y combinar los volúmenes de compras de sus grupos personales en las diferentes unidades de mercado para avanzar de rango. Los requerimientos de volumen personal (VP), volumen de grupo personal (VGP), volumen organizacional (VO) y volumen organizacional de las líneas diferentes a la línea descendente primaria (VO/LDP) para calificar a un rango y obtener los beneficios adicionales se acumulan respecto de todas las unidades de mercado en las que el asesor de bienestar independiente haya desarrollado su red de mercadeo. 74 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 VI. De las Definiciones y Términos E. Del Pago de las Bonificaciones Internacionales para el Asesor de Bienestar Independiente Internacional 1. Las bonificaciones internacionales mensuales son combinadas con las ganancias obtenidas por el asesor de bienestar independiente internacional en su Unidad de Mercado para generar el estado de cuenta correspondiente. 2. Nikken enviará al asesor de bienestar independiente internacional el estado de cuenta mensual dentro de los quince días siguientes a la fecha de cierre del mes incluido en el reporte 3. El asesor de bienestar independiente internacional cuenta con un periodo de veinte días naturales o calendario, contados a partir de la fecha de recepción del estado de cuenta, para reportar a Nikken cualquier diferencia o irregularidad que advierta en el mismo a fin de que se hagan los ajustes que resulten procedentes. 4. Los bonos internacionales serán calculados en la moneda local del país en que se hayan generado y pagados en la moneda local del país del asesor de bienestar independiente internacional. 5. En consideración a las disposiciones tributarias locales, Nikken estará obligado a retener y enterar por cuenta del asesor de bienestar independiente internacional ciertos impuestos por el pago de las bonificaciones percibidas, en cuyo caso el porcentaje correspondiente será deducido directamente de las sumas que le correspondan por dicho concepto en cada uno de los países en donde tenga actividad comercial e informado en el estado de cuenta que genere Nikken. F. De las Prohibiciones para los Asesores de Bienestar Independientes Antes de que Nikken inaugure oficialmente una filial en un país, los asesores de bienestar independientes no deben realizar actividades relacionadas con el desarrollo de su negocio en el nuevo territorio. Entre otras, las actividades que los asesores de bienestar independientes no deben llevar a cabo antes de la apertura de una nueva empresa Nikken se cuentan las siguientes: 1. Realizar ventas de productos o surtido de muestras; MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 75 VI. De las Definiciones y Términos 2. Efectuar publicidad, sin que importe la clase o medio utilizado para ello; 3. Inscribir o capacitar a posibles nuevos asesores de bienestar independientes; 4. Llenar solicitudes de admisión, órdenes de compra, cualquier otro formulario o documento que comprometa al prospecto con el patrocinador, al prospecto con la nueva empresa o a esta con el prospecto, y 5. Usar el nombre de Nikken u ostentarse como agente, empleado, directivo o representante de la empresa. Después del anuncio de apertura oficial y hasta la fecha de apertura de una nueva empresa Nikken, el asesor de bienestar independiente internacional sólo puede llevar a cabo las siguientes actividades: 1. Hacer demostraciones de los productos Nikken. 2. Organizar reuniones públicas y privadas. El asesor de bienestar independiente internacional tampoco puede inducir al engaño al público atribuyendo a los productos Nikken propiedades curativas, medicinales ni terapéuticas. Nikken se reserva el derecho de establecer políticas y procedimientos adicionales que sean aplicables para un país en específico. G. Nikken Global Actualmente, Nikken cuenta con empresas establecidas en cada uno de los países que se encuentran relacionados y agrupados en las unidades de mercado que conforman Nikken Global. Los asesores de bienestar independientes internacionales de Nikken son bienvenidos para expandir su negocio en cualquiera de los territorios que conforman Nikken Global. 76 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 VI. De las Definiciones y Términos Norteamérica Latinoamérica Canadá Estados Unidos de América Colombia Europa Alemania Austria Bélgica Francia Inglaterra Irlanda Kazajstán Costa Rica Ecuador El Salvador Guatemala México Panamá Perú ASIA Japón Turquía Polonia Portugal Rusia Suecia Suiza VI. De las Definiciones y Términos Bonificación del Volumen de Grupo Personal (Bonificación VGP) ¿Qué es? Es un porcentaje de ganancia que usted puede obtener por el volumen de compras de su grupo personal. ¿Cómo se calcula? El porcentaje de la bonificación adicional se determina con base en el diferencial entre el porcentaje de reembolso personal correspondiente al nivel alcanzado por usted y el porcentaje de reembolso personal de sus frontales (ver gráfica 1 Definiciones y Términos). Ejemplo: Si usted es un Asesor de Bienestar Independiente Plata y su patrocinado en primer nivel es Ejecutivo, a usted le corresponderá una bonificación adicional del 10% sobre el volumen de grupo personal de este asesor de bienestar independiente Ejecutivo. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 77 Bonificación de Liderazgo (Leadership Bonus): Es una bonificación que se paga al asesor de bienestar independiente con base en el 6% del volumen de cálculo de las compras acumuladas personales y grupales de su línea descendente de rango Plata o mayor hasta de seis niveles calificados dependiendo de su rango (ver gráfica 1 Definiciones y Términos). Cliente Preferente Es cualquier persona inscrita en la Base de Datos de Clientes Preferentes que ha celebrado un Contrato Mercantil y que, en tal virtud, tiene el derecho de comprar los productos Nikken. Asesor de Bienestar Calificado Es el asesor de bienestar independiente que cumple con todos los requisitos establecidos para acceder a los beneficios adicionales establecidos para el rango que ostente en los términos de este Manual. Asesor de Bienestar Independiente (ABI) Es cualquier persona inscrita en la Base de Datos de Asesores de Bienestar Independientes que ha celebrado un Contrato Mercantil y que, en tal virtud, tiene el derecho de comprar y en su caso, comercializar los productos Nikken. Asesor de Bienestar Independiente Internacional Es todo asesor de bienestar independiente que hubiera alcanzado el rango Superior o un rango mayor conforme a los requisitos establecidos en este Manual y que establezca una o más redes de mercadeo en una Unidad de Mercado de Nikken diversa a la Unidad de Mercado de la que forma parte. E-nikken Es el servicio electrónico que proporciona Nikken a los asesores de bienestar independientes y que consiste en: consulta de listas de precios de productos para Latinoamérica y otros países en donde opera Nikken (Country Packs); consulta de reportes de volúmenes de puntos personales y grupales; consulta del historial de bonificaciones; consulta de la versión 78 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 electrónica de la revista Familia Nikken Latinoamérica, y consulta de promociones, entre otra información. Ganancias al Menudeo Es el lucro que representa la diferencia del precio de mayoreo y el precio de venta al público sugerido por Nikken al asesor de bienestar independiente. El asesor de bienestar independiente retiene esta ganancia cuando vende los productos de su inventario, pero cuando la venta se realiza con intermediación de Nikken, la ganancia será incluida por la empresa en su reporte de compras y acumulada a su pago mensual de compensación, bajo el rubro de resumen de reembolso al por menor. Grupo Personal Es el conjunto de asesores de bienestar independientes que integran la línea de patrocinio descendente del asesor de bienestar independiente, con exclusión de aquellos que han alcanzado el rango Plata o mayor y sus grupos personales correspondientes. Línea Calificada Es la línea de patrocinio descendente en la que cualquier Asesor de Bienestar Independiente Plata o de mayor rango ha cumplido con los requisitos de calificación para obtener los beneficios adicionales correspondientes a su rango. Línea de Liderazgo Descendente (Leadership Downline) Es el conjunto de todos los asesores de bienestar independientes de una línea de patrocinio descendente que han alcanzado el rango Plata o uno mayor. Línea de Patrocinio Ascendente (Upline) Es el conjunto de los asesores de bienestar independientes ubicados en la línea directa superior de un patrocinador, partiendo de éste, siguiendo hacia su patrocinador y así sucesivamente. Por ejemplo: si A patrocina a B, quien a su vez lo patrocina a usted, A y B son su Línea de Patrocinio Ascendente. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 79 Línea de Patrocinio Calificada Es la línea de patrocinio descendente que pertenece a la red de mercadeo de un asesor de bienestar independiente en la que los asesores de bienestar independientes que la conforman cumplen con los requisitos de volumen de compras personales (VP) y volumen de compras de grupo personal (VGP) correspondientes a su rango dentro de un mes calendario conforme a lo establecido en este Manual. Línea de Patrocinio Descendente Primaria Es la línea de patrocinio descendente que representa el mayor volumen organizacional dentro de la red de mercadeo de un asesor de bienestar independiente.. Línea de Patrocinio Descendente (Downline) Es el conjunto de asesores de bienestar independientes patrocinados directa o indirectamente por otro asesor de bienestar independiente determinado. Por ejemplo: si usted patrocina a C quien a su vez patrocina a D, C y D conforman su Línea de Patrocinio Descendente. Nivel Es el término con el que se designa una posición específica en la línea descendente de un asesor de bienestar independiente. En este caso, el primer nivel se conforma por el conjunto de los asesores de bienestar independientes que patrocina otro asesor de bienestar independiente de manera personal; el segundo nivel lo integran los asesores de bienestar independientes patrocinados por los asesores de bienestar independientes que conforman el primer nivel del patrocinador y así sucesivamente. 80 A B Línea de Patrocinio Ascendente (Upline) Usted C Línea de Patrocinio Descendente (Downline) D MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 Patrocinador Es el asesor de bienestar independiente que introduce a Nikken a otras personas que desean comercializar los productos de la empresa y que, en tal virtud, pasarán a formar parte de su línea de patrocinio o grupo comercial. Nikken reconoce al asesor de bienestar independiente como patrocinador cuando su nombre aparece en el rubro de Patrocinador en la Solicitud de Admisión como asesor de bienestar independiente. Punto Es la unidad con la que se determina el valor de un producto Nikken en los diferentes mercados internacionales y que sirve para estimar la calificación y el rango de un asesor de bienestar independiente en los términos del Plan de Mercadeo. Rango Es la posición que el asesor de bienestar independiente ha alcanzado en la Red de Mercadeo. Los rangos denominados Directo, Superior, Ejecutivo y Bronce se logran con base en el volumen de grupo personal y los rangos de liderazgo de Plata hasta Diamante Real se logran con base en el rango mundial de los asesores de bienestar independientes directamente patrocinados (primer nivel de patrocinio). Rango de Pago Es el nivel de pago de un asesor de bienestar independiente que se determina mensualmente con base en el número de sus líneas de patrocinio calificadas y sobre el cual Nikken calcula el pago de las bonificaciones adicionales y de las bonificaciones de liderazgo que le correspondan. Se considera a partir del rango Plata o mayor y nunca será mayor al rango alcanzado por el asesor de bienestar independiente. Ejemplos: 1. El rango de pago de un Asesor de Bienestar Independiente Oro con tres líneas calificadas será Oro, por lo cual, le corresponderá una bonificación de liderazgo de hasta tres niveles de asesores de bienestar independientes de rango Plata o mayor que estén calificados. 2. El rango de pago de un Asesor de Bienestar Independiente Oro con dos líneas calificadas será Plata, por lo cual, le corresponderá una bonificación de liderazgo de hasta dos niveles de asesores de bienestar independientes de rango Plata o mayor que estén calificados. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 81 1 2 Rango: ORO Rango de pago: ORO Rango: ORO Rango de pago: PLATA Tres líneas de primer nivel calificadas. Dos líneas de primer nivel calificadas. Tres niveles de bonificación de liderazgo. Dos niveles de bonificación de liderazgo. ORO Q ORO Q PLATA Q PLATA Q PLATA Q PLATA NQ PLATA Q PLATA Q Q = Calificado NQ = No Calificado Rebase Es la condición en la que un asesor de bienestar independiente supera el nivel de su patrocinador y, por ende, pasa a formar parte de la línea de patrocinio descendente de otro asesor de bienestar independiente. Existen dos situaciones en las que un asesor de bienestar independiente puede rebasar a su patrocinador 1. Si cualquier Asesor de Bienestar Independiente Directo califica a Superior reuniendo las condiciones para ello y si su patrocinador 82 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 cuyo rango es Directo no ha alcanzado 500 puntos de volumen de compras personales en un mes, el nuevo Asesor de Bienestar Independiente Superior lo rebasará pasando a formar parte de la línea de primer nivel del siguiente Asesor de Bienestar Independiente Superior o rango mayor en línea ascendente. Si esto llegara a suceder, no se podrá recuperar la línea perdida 2. El asesor de bienestar independiente que califique como Asesor de Bienestar Independiente Ejecutivo rebasará a su patrocinador cuando: el patrocinador no hubiera alcanzado los 100 puntos de volumen de compras personales (VP) en el mismo mes calendario en el que su patrocinado accedió al rango Ejecutivo. 3. En el caso en el que cualquier asesor de bienestar independiente califica a Plata reuniendo todos los requisitos para ello y si su patrocinador no reúne esos requisitos, este último tiene un mes calendario para calificar al nivel Plata. Si esto no llega a suceder en el siguiente mes el nuevo Asesor de Bienestar Independiente Plata rebasará a su patrocinador formando parte de la línea de primer nivel del siguiente Asesor de Bienestar Independiente Plata o de rango mayor en línea ascendente. Si esto sucediera, no se podrá recuperar la línea pérdida. Reembolso Personal (Rebate) Es la bonificación adicional que se paga al asesor de bienestar independiente con base al cálculo hecho por Nikken sobre todo el volumen acumulado de sus compras personales y de acuerdo al rango alcanzado dentro de la Red de Mercadeo.. Regla del 70 por Ciento Es la condición que cumple el asesor de bienestar independiente cuando ha comercializado, cuando menos, el 70% de los productos que en su caso hubiere comprado a precio de mayoreo a Nikken, como requisito para acceder al pago de las bonificaciones adicionales, bonificaciones de liderazgo o avance de rango que le corresponda conforme al Plan de Mercadeo. Separación (Breakaway) Es la condición que se verifica a partir del momento en el que un asesor de bienestar independiente alcanza la calificación de rango Plata o MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 83 mayor y en consecuencia, su Volumen de Grupo Personal deja de ser acumulable para el volumen de grupo personal del asesor de bienestar independiente que lo patrocinó, aunque se le continúe considerando para el cálculo de las bonificaciones de liderazgo que a éste le correspondan. Unidad de Mercado Es el conjunto de países en dónde un asesor de bienestar independiente puede patrocinar a personas que estén interesadas en comercializar productos Nikken sin necesidad de cubrir los requisitos para negocios internacionales. No obstante, a través de la Certificación de Negocios Internacionales el asesor de bienestar independiente puede integrarse a otros mercados fuera de su unidad de mercado de origen. Venta al por Menor (Menudeo) Es la venta directa que realiza el asesor de bienestar independiente al consumidor final, que constituye la base del sistema de mercadeo de los productos Nikken y que puede realizarse atendiendo al precio sugerido por la empresa en la Lista de Precios para Asesores de Bienestar Independientes. Volumen Es la suma de los puntos correspondientes a cada uno de los productos comprados por el asesor de bienestar independiente. Algunos materiales no tienen un valor en puntos por lo que no se consideran en el volumen; Ejemplo de estos son: el Manual del Asesor de Bienestar Independiente, catálogos, revistas, material promocional y accesorios. Volumen de Cálculo (VC) Es el valor sobre el cual Nikken paga al asesor de bienestar independiente los beneficios adicionales. En este sentido, cada uno de los productos que aparecen en la Lista de Precios para Asesores de Bienestar Independientes tiene un volumen de cálculo definido. Volumen de Compras Personales (VP) Es el volumen de puntos de todos los productos comprados personalmente por un asesor de bienestar independiente dentro de un período determinado. Este período puede ser mensual o anual. El volumen mensual se refiere al volumen total mensual de un mes específico y el 84 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 volumen anual al total de un año calendario contado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre. Volumen de Grupo Personal (VGP): Es el valor que se obtiene de la suma del Volumen Personal más el Volumen de Grupo del asesor de bienestar independiente durante un período de tiempo determinado que puede ser mensual y/o anual. Volumen Grupal (VG) Es el volumen generado por los asesores de bienestar independientes de rangos Directo y hasta Bronce, pertenecientes al grupo personal de un asesor de bienestar independiente, durante un período de tiempo determinado que puede ser mensual y/o anual. Volumen Mensual Es la suma de todos los volúmenes acumulados en un mes calendario que es considerada para el cálculo de los reembolsos, bonificaciones adicionales y bonificaciones de liderazgo de un asesor de bienestar independiente. Volumen Organizacional (VO) Es el volumen de compras personales de un asesor de bienestar independiente más la suma de los volúmenes de compras de los grupos personales de todos los asesores de bienestar independientes de rango Plata o de rango mayor que pertenezcan a su red de mercadeo. Volumen Organizacional de las Líneas Descendentes Diferentes a la Línea Primaria (VO/LDP) Es la suma del volumen organizacional de todas las líneas descendentes diferentes a la línea descendente primaria que pertenecen a la red de mercadeo de un asesor de bienestar independiente. MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 85 Gráfica 1 Tabla de Beneficios Adicionales BONIFICACIONES ADICIONALES RANGO ALCANZADO POR COMERCIANTES INDEPENDIENTES DE PRIMER NIVEL EN SU GRUPO PERSONAL DIRECTO SUPERIOR EJECUTIVO REFERENCIA CON EL PLAN DE MERCADEO RANGO ALCANZADO POR USTED REEMBOLSO 0% 5% 10% H DIAMANTE REAL 20% 20% ó 15% ó 10% ó 10% 5% G DIAMANTE 20% 20% ó 15% ó 10% ó 10% 5% PLATINO 20% 20% ó 15% ó 10% ó 10% 5% ORO 20% 20% ó 15% ó 10% ó 10% 5% PLATA 20% 20% ó 15% ó 10% ó B EJECUTIVO 10% 10% 5% A SUPERIOR 5% 5% DIRECTO 0% F E D 86 15% 15% 15% 15% 15% MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 10% 5% B O N IFICACION D E LID ERAZ G O NIVELES DE COMERCIANTES INDEPENDIENTES PLATA O MAYOR RANGO CALIFICADOS CON BASE A LOS CUALES SE CALCULA LA BONIFICACION DE LIDERAZGO PRIMER NIVEL SEGUNDO NIVEL TERCER NIVEL CUARTO NIVEL QUINTO NIVEL SEXTO NIVEL 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% 6% MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 87 88 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 MANUAL DEL ASESOR DE BIENESTAR / NIKKEN AGOSTO 2015 89