REF.: MODIFICA INTEGRACION COMITE DE ETICA CIENTIFICA

Transcripción

REF.: MODIFICA INTEGRACION COMITE DE ETICA CIENTIFICA
REF.: MODIFICA INTEGRACION COMITE DE ETICA
CIENTIFICA.
RESOLUCION EXENTA N°
A
TEMUCO,
1.2.3.-
4.5.6.7 -
1.-
2.-
3.-
4.5.-
1.2.3.4.5.-
4088
2 5 S E P2013
VISTOS; estos antecedentes:
Ley 20120, Sobre la Investigación Científica en el Ser Humano, Su Genoma y Prohibe la Clonación
Humana.
Decreto Supremo 494 del 19 de julio de 1999 del Ministerio de Salud que crea los Comités de Ética
Científica.
Norma Técnica N° 57 sobre regulación de la ejecución de Ensayos Clínicos que utilizan productos
farmacéuticos en seres Humanos de mayo de 2001, aprobado por Res Exenta N° 952/2001 del
Ministerio de Salud.
Resolución exenta N 0 2211 de 9 de agosto de 2001, que constituye el Comité de Evaluación Ética
Científica del Servicio de Salud Araucanía Sur.
Res. Exta. 1473/28.04.2011 que aprueba integración de Comité de evaluación Ético Científica.
Resolución Exta. N° 1121 de fecha 30.05.2012 que modifica Integración del Comité de Ética
Científica.
Ordinario N°03 de fecha 06.09.2013 del Presidente del Comité de Ética Científica a la Directora del
Servicio, solicitando Resolución de modificación de la integración de dicho comité.
CONSIDERANDO:
Que el inciso tercero del artículo 10 de la Ley 20120 exige que toda investigación científica biomédica
requiere autorización expresa del Director del establecimiento dentro del cual se efectúe, previo
informe favorable del Comité Ético Científico que corresponda.
Que, de acuerdo a la Res. Señalada en el N° 4 de Vistos, desde el año 2001 funciona un Comité de
ética Científica al alero del Servicio de Salud Araucanía Sur, el cual aprueba permanentemente
Protocolos de Investigación.
Res Exta 134/94 del MINSAL que regula la creación y funcionamiento de los Comités Ético Científicos
y Clínico, Norma Técnica N° 57 sobre regulación de la ejecución de Ensayos Clínicos que utilizan
productos farmacéuticos en seres Humanos de mayo de 2001.
Decreto N° 114 de fecha 22.11.2010, que aprueba reglamento de la ley 20120.
Que, de acuerdo a lo informado por el Presidente del Comité de Ética Científica por Ordinario 03 de
fecha 06.09.2013 se solicita dictar Resolución que apruebe la nueva integración de dicho Comité.
TENIENDO PRESENTE.
D.F.L. N° 1/2006, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del DL 2.763/79 que crea los
Servicios de Salud;
D.S. 140/04 del Ministerio de Salud que reglamenta los Servicios de Salud;
D.F.L. 1/19.414/97 del Ministerio de Salud; que separa los Servicios de Salud Araucanía Norte y Sur.
DS. N° 120/10 que Designa a la Dra. María Angélica Barría Schulmeyer en calidad de Directora del
Servicio de Salud Araucanía Sur.
Resolución N°1600/08 de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente
RESOLUCION
1.- APRUEBASE nueva integración del Comité de Ética Científica
del Servicio de Salud Araucanía Sur. La composición y cargos es la siguiente:
SERVICIO DI SALUD ARAUCANIA SUR
1
DEPARTAMENTO JURIDICO
Presidente del Comité:
1. PATRICIO V A L D É S GARCÍA, Ginecólogo, funcionario del Servicio de Salud Araucanía Sur.
Secretario Comité:
2.
H A R D Y M U L L E R OSSES, Asistente Social, funcionario del Servicio de Salud Araucanía Sur.
Otros miembros:
3.
E N R I Q U E V A L E N Z U E L A HERNÁNDEZ, Químico Farmacéutico, representante del Departamento de
Salud Municipal de T e m u c o
4. L O R E T O R O D R Í G U E Z BARRIOS, Filósofa, representante Universidad de la Frontera.5. R O B E R T O M A T A M O R O S PINEL, Médico Veterinario, representante Universidad Santo Tomas,
sede Temuco.
6. N A T A L I A C H A H I N I N O S T R O Z A , Kinesióloga, representante de la Universidad Mayor,
7. H E L D E R B I N I M E L I S E S P I N O Z A , Periodista, representante de la Universidad Católica de
Temuco.
8. J O A N N A C A R T E S CÁCERES, Abogada, funcionaria de la Dirección del Servicio de Salud Araucanía
Sur.
9. R O B E R T O C E A M O R A , Miembro de la Comunidad.
Déjase establecido que la integración señalada, ha c o m e n z a d o a funcionar a partir del día 24 de julio
del año 2013.2.- N O T I F I Q U E S E la presente resolución al Comité de Ética
Científica del SSAS y a la Unidad de Bioética del Servicio remitiéndole copia íntegra de la misma.
ANOTESE Y COMUNIQUESE
ANGELICA BARRIA SCHULMEYER
IRECTORA
VICIO SALUD ARAUCANIA SUR
16.09.2013N°1359
DISTRIBUCIÓN
I N T E R E S A D O S / C O M I T É DE ETICA CIENTIFICA (9)
UNIDAD DE BIOETICA
DEPTO. JURIDICO
SUBDIRECCION MÉDICA
DEPTO. JURIDICO.
FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE LA F R O N T E R A
UNIVERSIDAD SANTO T O M A S SEDE T E M U C O
UNIVERSIDAD M A Y O R SEDE T E M U C O
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE T E M U C O
S U B D I R E C C I O N DE R E C U R S O S H U M A N O S
ARCHIVO.
SERVICIO DE SALUD ARAUCANIA SUR
DEPARTAMENTO JURIDICO

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