Víctima, estado, Agresor Análisis del fenómeno criminal

Transcripción

Víctima, estado, Agresor Análisis del fenómeno criminal
CI S
Centro de Investigaciones Socio-Jurídicas
T
U
N
J
A
Universidad Santo Tomás - Seccional Tunja
VÍCTIMA
AGRESOR
ESTADO
Fabio Iván Rey Navas
VÍCTIMA – ESTADO – AGRESOR
ANALÍSIS DEL FENÓMENO CRIMINAL
Fabio Iván Rey Navas
ISBN: 978-958-8561-46-2
VÍCTIMA – ESTADO – AGRESOR: ANALÍSIS DEL FENOMENO CRIMINAL FABIO IVÁNR REY NAVAS Tunja, Sello Editorial Universidad Santo Tomás, 2012, 94 p. ISBN: 978-­‐958-­‐8561-­‐46-­‐2 Hecho el depósito que establece la ley Derechos Reservados, Universidad Santo Tomás.
2
Rey Navas, Fabio Iván
Víctima – Estado – Agresor: Análisis del fenómeno criminal / Fabio Iván Rey Navas. Tunja
(Boyacá): Universidad Santo Tomás, Centro de investigaciones, Centro de Investigaciones
Sociojurídicas; 2012.
94 p. ; cm.
Incluye bibliografía.
ISBN 978-958-8561-46-2
1.
CRIMINOLOGÍA 2. DELITOS 3. DERECHO PENAL .
364 CD 21 ed.
CEP - Departamento de Biblioteca Universidad Santo Tomás – Tunja
VÍCTIMA – ESTADO – AGRESOR
ANALÍSIS DEL FENÓMENO CRIMINAL
Autor:
Fabio Iván Rey Navas
Tunja, Sello Editorial Universidad Santo Tomás, 2012, 94 zp.
ISBN: 978-958-8561-46-2
Hecho el depósito que establece la ley
Derechos Reservados, Universidad Santo Tomás.
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3
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4
CONTENIDO INTRODUCCIÓN ............................................ ……………….6 PARADIGMA ETIOLÓGICO .................................................. 8 Las explicaciones al delito a partir del delincuente ............. 8 PARADIGMA DE LA NUEVA CRIMINOLOGÍA............... 31 La comprensión del fenómeno criminal a partir de la víctima 31 LA EXPLICACIÓN DEL DELITO A PARTIR DE LA PSICOLOGÍA CRIMINAL
PARADIGMA DE LA REACCIÓN SOCIAL O DE LAS TEORÍAS
NORTEAMERICANAS ......................................................... 52 Explicación del fenómeno criminal a partir de la sociología .. 52 COMPRENSIÓN DEL FENÓMENO A PARTIR DE LA REACCIÓN SOCIAL A LA
CONDUCTA Y DE LA ELECCIÓN SITUACIONAL. ......... 69 EL PARADIGMA MARXISTA. ............................................ 76 COMPRENSIÓN DEL DELITO A PARTIR DE CAIDA DEL MURO DE BERLÍN /
SURGIMIENTO DEL ENEMIGO TERRORISTA ................ 84 5
41 INTRODUCCIÓN La criminología surge como una explicación positivista al fenómeno delictual,
tratando de evitar delitos la ciencia criminal comienza a estudiar al delincuente,
mediante diversos aspectos propios de la explicación del delito a partir del
delincuente, lo que viene a configurar un paradigma etiológico de la criminología.
El objeto de estudio de la criminología era el delincuente, a partir de ciencias como
la psicología, sociología, psiquiatría, medicina, genética, química entre otras, que
amplían el conocimiento del criminal1.
Al ser una ciencia con un método de investigación inductivo la criminología se
reinventa en cada sociedad y en cada momento de la historia. Fue entonces con la
ocasión de la segunda guerra mundial donde florecieron o a partir de la cual se
crearon algunos movimientos sociales que favoreciendo el abandono de miradas
monotemáticas hacia otras manifestaciones sociales, tocando igualmente a la
criminología, la cual fue influenciada por una mirada al otro participante en el
fenómeno delictual: la víctima.
Con la adopción del criterio de la pareja criminal, la criminología se dejó influenciar
por corrientes sociológicas que permitieron ver el delito más allá de la pareja
criminal, para encontrarlo en la sociedad, y es allí donde se pasa a estudiar a la
sociedad como parte integrante del delito.
El fenómeno criminal supera el pensamiento monotemático de la explicación del
delito por el delincuente para pasar a una dualidad de actores, asumiendo a la
víctima. Junto a la entrada de la víctima y tal vez antes de su puesta en escena, se
empezó a estructurar al delito a partir del estado, como forma asociativa que
soporta la sociedad, para pasar a la concientización de un fenómeno criminal que
se explica por sobre los propios actores del conflicto individual (delincuente –
víctima), para pasar a comprenderse como un fenómeno social.
1
SORIA VERDE resalta como “El estudio de la criminalidad humana es un fenómeno complejo sobre el cual
distintas ciencias han ido aportando conocimientos y teorías explicativas respecto a su comprensión,
evaluación y tratamiento.”, ciencias entre estas destaca la psicología, la psicología y la criminología, las
cuales considera deben tener una relación fluida a nivel teórico y profesional, lo que posibilitaría un avance
significativo en el conocimiento de la conducta criminal. Sin embargo SORIA VERDE considera que la
criminología es la ciencia que estudia el crimen, su génesis, desarrollo y configuración, desde la concepción
legal del delito (legalismo) o desde cualquier conducta violenta o antisocial (anti-legalismo), negándole una
integralidad a la ciencia que estudia la lógica del delito. SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Psicología
Criminal. Pearson Educación S.A. Madrid, 2006. Pág. 29
6
Se requirió de la victimización de millones de seres humanos, que dejaron de
existir sin un motivo razonable por la responsabilidad de agentes estatales, para
situarnos en la contradicción entre el estado que daña, y el estado que protege, en
una encrucijada que permite analizar el fenómeno criminal de manera integral,
desarticulando la respuesta penal, como la respuesta del poder estatal.
Al asumir la victimización potencial como una realidad, la respuesta penal ya no
solo ocupa el núcleo duro de las respuestas punitivas, sino que se disminuye la
exigencia de lesividad para atender el tratamiento de problemas sociales.
Es necesario reflexionar sobre el fenómeno criminal, entendiéndolo como en una
completud criminológica que se constituye a partir de la crítica de la realidad
social. No es solo estudiar las diversas teorías que han asumido la explicación de
lo criminal, es la retroalimentación (teoría/realidad) lo que permite aprender a ver
la sociedad con ánimo crítico, a través del filtro de la incertidumbre.
Como se asume el estudio
El fenómeno criminal puede ser estudiando a partir de los llamados Paradigmas
Criminológicos2. La primera experiencia científica en la cual se comienza la
comprensión de la situación es a partir del individuo responsabilizado de la
conducta criminal. A esta visión se le conoce como el paradigma tradicional o
etiológico, y está cifrado por estudios en los que se entiende el delito como una
expresión del delincuente por sus condiciones biotipológicas, ambientales, o
psicológicas, o como parte de
una concepción antropológica cultural y
sociológica, que lo determinan a ser delincuente. Analizar el delito como
consecuencia de las condiciones del delincuente es una forma de análisis que
continúa vigente en la actualidad, y a la cual la sociedad nunca podrá renunciar.
Frente a este entender el fenómeno criminal en la persona del delincuente, se
suma el comprender el delito como una consecuencia de la impresión con que la
sociedad asume la conducta, en el llamado paradigma de la reacción social o de
las teorías norteamericanas, mediante las cuales se supera la concepción
monotemática para pasar a una dualidad delincuente/estado o viceversa.
2
Conjunto de prácticas que definen la disciplina científica durante un período específico de tiempo y espacio.
El paradigma tiene como propósito marcar una determinada tendencia de explicación del fenómeno en una
especie de fotografía temporal, permitiendo describir el conjunto de experiencias, creencias y valores que
afectan la forma en que un individuo percibe la realidad y la forma en que responde a esa percepción,
tomando del paradigma el modelo social y la idea de explicación del delito.
7
Logrando
posteriormente
la
sociedad
la
unidad
de
la
triada
(víctima/estado/delincuente) en la llamada Nueva Criminología, entendiéndose
dentro del fenómeno del delito a la víctima. En este espacio de tiempo se pueden
justificar las tendencias que interpretan la necesidad de abolir al derecho, o
reducirlo a su máxima expresión, devolviéndole el conflicto a su propietario original
- la víctima -. Surgiendo una nueva expresión para el derecho penal por medio de
la víctima, en la que se reconoce al derecho penal como la “magna carta de la
víctima”, introduciéndose en la dogmática, el procedimiento penal y la pena.
Finalmente es comprensible incluir dentro de la comprensión del fenómeno
criminal, la asunción de problemas sociales, flexibilizando el criterio de delincuente
y por consiguiente las penas, en el llamado “expansionismo del derecho penal”,
síndrome que obliga a entender las velocidades del derecho penal. Mediante estas
se trata de mirar integralmente el fenómeno criminal, otorgando respuestas
adecuadas al paradigma actual del enemigo, a propósito de la guerra contra el
terrorismo.
La reflexión es fruto del desarrollo de la línea de investigación que sobre
criminología – Victimología – derecho penal se desarrolla en el Centro de
Investigaciones de la Universidad Santo Tomás de Aquino Seccional Tunja,
integrándose válidamente al curso de Criminología que actualmente regento en la
misma casa de estudios.
PARADIGMA ETIOLÓGICO Las explicaciones al delito a partir del delincuente La lucha de la sociedad contra el delito ha sido objeto de estudio en toda la
historia de la humanidad, desde el principio de los tiempos se establecieron faltas
que ocasionaban consecuencias. Veamos como en el relato de la creación divina
Adán y Eva por probar del árbol del conocimiento obtuvieron como consecuencia
la expulsión del paraíso3, y como esta situación se ha traducido en la compresión
de la mujer como el vaso más débil, fácilmente influenciable o con carácter
disminuido. Como otro hecho histórico del libro sagrado se relata el asesinato de
Abel por parte de Caín, cuya consecuencia es la consecuente pena de destierro.
3
Es interesante acotar este hito histórico como la introducción del pecado en el ser humano masculino a
través del vaso más débil como es la mujer, lo que ha permitido darle un status de protección por parte del
masculino hasta la entrada del primer cuarto del siglo XX en el cual se empezaron a gestar movimientos en
pro de las mujeres lo que posteriormente genero los movimientos feministas.
8
En la civilización griega se entendió al delincuente como un deficiente físico y
mental, por factores personales o hereditarios. Filósofos como Sócrates señalaban
que: “El hombre malo, lo es por ignorancia; el que no sigue el bien es porque no lo
conoce, por eso la virtud se debe enseñar, y lo necesario es que cada cual
conozca su virtud", negándose la posibilidad de un mal voluntario.
El estudio del fenómeno criminal puede partir de la historia del derecho penal, toda
vez que es en la estructuración de la ciencia del derecho penal, en la que tuvo
origen el estudio del delincuente, aun cuando en toda la historia de la humanidad
se puede observar las diversas manifestaciones del delito.
Surgimiento de la criminología como ciencia causal explicativa del delito La criminología se inicia como ciencia pasada la segunda mitad del siglo XIX, en la
que se ha venido a denominar la Escuela Clásica y la Escuela Positiva del
derecho penal, ambas escuelas propugnaban la defensa de la sociedad frente a
los hechos delictivos ocasionados por el delincuente. La primera busca la
eliminación del peligro social que sobrevendría por la impunidad del delito, por
esta razón el delincuente es corregido mediante una sanción necesaria conforme
al delito cometido. En la segunda la sanción penal se diseña para evitar que otras
personas cometan las mismas conductas criminales y para curar y reeducar al
delincuente, dependiendo la pena del cambio que el individuo logre alcanzar.4
En 1764 Beccaria con su tratado de los “delitos y de las penas” humaniza el
derecho penal iniciando con unos presupuestos de una teoría jurídica del delito, de
la pena, y del proceso, excluyendo la tortura como medio de confesión o de
sanción penal, basando la justicia en razones de utilidad común, de tal forma que
exista la máxima felicidad para el máximo número. Defiende la sociedad por medio
de la limitación de la libertad, de la que todos cedimos un poco en el acuerdo del
contrato social, “el criterio de medida de la pena es el mínimo sacrificio necesario
de la libertad individual”5 siendo los únicos llamados a limitar este derecho los
jueces, los cuales deben ser independientes y no estar supeditados al ejecutivo,
insistiendo en la división de poderes públicos.
Hacia 1791 Romagnosi siguiendo el racionalismo que se le quiere dar al derecho
penal expone en sus obras “Génesis del Derecho Penal” ( 1791 ) y “Filosofía del
Derecho” ( 1825 ) la necesidad de basar la ciencia del derecho penal en una
filosofía del derecho. Con base en la idea de la existencia y exigencia originaria de
4
BARATTA, Alejandro. Criminología Crítica y Crítica del Derecho Penal. Introducción a la sociología
jurídico-penal. Editorial Siglo veintiuno editores S.A. de C.V., 1986. Pág. 21.
5
Ibid.. Pág. 26
9
la sociedad como medio de subsistencia y racionalidad del ser humano, se
constituye con base en el derecho natural, y la conservación de la especie el
principio de la obtención de la máxima utilidad, del cual se desprenden las tres
relaciones ético jurídico fundamental:
- El derecho y el deber de cada cual de conservar la propia existencia.
- El deber reciproco de los hombres de no atentar contra su existencia.
- El derecho de cada cual a no ser ofendido por otro.
El fin de la pena es la defensa social, a manera de contra estimulo o contra
impulso al estimulo criminal, no debiendo el contra superar al estimulo, por cuanto
si se supera la respuesta el estado se convierte en quien infringe la ley penal;
Escribe Romagnosi “si después del primer delito existiese la certeza moral de que
no sucedería ningún otro, la sociedad no tendría derecho alguno a castigarlo” 6.
Señala Romagnosi que la pena no es el único medio de defensa social, por cuanto
el mayor esfuerzo de la sociedad debe darse es en la prevención del delito, a
través del mejoramiento de las condiciones sociales, con lo cual se puede señalar
que ya desde el siglo XVIII se señalan los “sustitutivos penales” indicados
posteriormente por Ferri y la prevención del delito en los medios de control social
anteriores al derecho penal.
En 1859 Carrara diseña su “Programa de Derecho Criminal” sobre la base del
derecho natural, la ley absoluta dada por el creador por medio de la naturaleza, de
la cual deriva que el delito es un ente jurídico porque su esencia consiste
indeclinablemente en la violación de un derecho. El delincuente comete el delito
por tener la capacidad de libre albedrío, siendo el fin de la pena la defensa social,
por medio de la eliminación del peligro social que sobrevendría de la impunidad
del delito, la enmienda y la reeducación del condenado es un fin accesorio de la
pena, pero no es su esencia.
En la Escuela Positiva, Cesar Lombroso, medico (1835), Enricco Ferri, jurista
(1856), y Rafael Garófalo, jurista, criminólogo y penalista (1905), crean la teoría
positivista del derecho penal. Lombroso considera al delito como algo natural,
como un “fenómeno necesario”7, como el nacimiento, la muerte o la concepción,
determinado por causas biológicas sobre todo hereditarias, es el más rígido de la
escuela positivista por cuanto sus estudios son médicos. Propone considerar sus
conocimientos sobre el delincuente como una parte del derecho penal.
6
7
Ibid. Pág. 29
Ibid. Pág. 32
10
Garofalo acentúa el estudio del delincuente con los factores Psicológicos y Ferry
con los sociológicos. La responsabilidad moral (de la escuela clásica) se sustituye
por la responsabilidad social del delincuente. El delincuente era tal porque estaba
determinado para esto por varias condiciones hereditarias, genéticas, biológicas o
psicológicas, por esta razón se sanciona al delincuente no por el hecho cometido
(derecho penal de acto) sino por lo que él es, es decir por el peligro que
representa para la sociedad (derecho penal de autor o peligrosismo criminal),
siendo indeterminadas las penas para los delincuentes.
El determinismo de la Escuela Positiva llevo a la caracterización del ser humano
como eventualmente peligroso para la sociedad, de tal forma que un individuo con
ciertas características morfológicas tendría mayor tendencia a la comisión de
delitos que otro que no las tuviera, método inductivo que permitió la existencia de
la escuela peligrosista tanto en Italia, como en América Latina, donde tuvo
excelentes exponentes como Jorge Eliécer Gaitán.
El peligrosismo rechaza el libre albedrío y basa la culpabilidad en el concepto de
peligrosidad del agente, pudiendo imponerse severos castigos por delitos de poca
importancia ejecutados por un autor con tendencia a delinquir y quedar impunes
crímines de mayor gravedad siempre que los hubiesen cometidos delincuentes
con prognosis favorables8.
Relación entre biológica y conducta criminal Cada uno de los máximos exponentes italianos de la Escuela Positiva realizo su
propia tipología del delincuente. Cesar Lombroso (1835 – 1909), antropólogo
criminal, toma del darwinismo propio del siglo XIX, que los criminales constituyen
una subespecie primitiva y degenerada <<homo delinquens>> con características
atávicos biológicos y psicológicos, son una mutación del <<homosapiens>>.
La tipología realizada por Lombroso9 se radica sobre fundamentos médicos,
basándose en enfermedades mentales:
8
WELSEL, Das deutsche Strafrecht, Eine systematische Darstellung, 10 edición. Berlin, 1967. p. 235 – 236.
Citado por GIMBERNAT ORDEIG, Enrique. Estudios de Derecho Penal. 3 edición. ¿Tiene futuro la
dogmática jurídico penal? Editorial Tecnos, Madrid, 1990. p. 141.
9
QUINTILIANO SALDAÑA denomina Frenología a la ciencia que explica el delito a través de la estructura
cerebral. Su representante fue Franz Joseph Gall. En España fue Don Mariano Cubi, quien viajo a las indias
en busca de saber, examinando en 8828 más de 200 cabezas americanas, regresando a Europa para desarrollar
una cátedra en Frenología, fue precursor directo de Lombroso. VON LIZST, Franz. Tratado de Derecho
Penal. Hijos de Reus Editores. Madrid, 1914. p. 425
11
- Delincuente Epiléptico: Individuo que sufre de epilepsia y comete delitos a causa
de esta enfermedad. Generalmente son delitos violentos. Una característica de
estos delincuentes es que siempre utilizan armas blancas para cometer delitos
violentos... para diferenciarlos de un impostor que quiere escudarse de un delito
violento por su epilepsia, se debe ver si el cuchillo ingresó varias veces y en un
mismo ángulo. Desde el punto de vista clínico y los fenómenos
electroencefalográficos, se reconoce cuatro subdivisiones de esta enfermedad,
siendo la que afecta a estos delincuentes la epilepsia mayor o Gran Mal.
- Delincuente Loco: Es aquel en que el delito se manifiesta o revela por una
anomalía mental, a causa de su individualidad psíquica anormal. El delito en éstos
no es más que un episodio en su anomalía mental, es considerado criminalmente
inimputable.
Dentro de esta clase de delincuentes, se distinguen las siguientes subclases:
1.
El alienado, que es el enfermo mental o loco, que padece enfermedades
mentales,
2. El alcohólico cuya conducta se origina por el consumo de estas sustancias, y
el
3. La histeria que ataca más a las mujeres, por medio de la cual se somatizan
una angustia del paciente al suponer que padece diversos problemas físicos y
psíquicos.
- Delincuente loco-moral: Corresponde al estado psicopatológico que impide o
perturba la normal valoración de la conducta desde el punto de vista moral, pero
dejando subsistente la capacidad cognoscitiva y volitiva. Es considerado como un
inimputable.
- Delincuente nato o atávico: Es la persona que está determinada a cometer
delitos por causas hereditarias. Se basa en que la constitución herencia y
biológica de ciertas personas les lleva inexorablemente a la delincuencia.
Sobre las características morfológicas del delincuente nato Lombroso
consideraba: “En general la mayoría de los delincuentes natos tienen orejas en
asa, cabellos abundantes, escasa barba, senos frontales separados, mandíbula
enorme, mentón cuadro o saliente, pómulos anchos, gesticulación frecuente, tipo
en suma parecido al mongólico y algunas veces al negroide”10. Es imputable.
- Delincuente ocasional: Casi siempre es normal, aunque de escasa energía
volitiva, delinque por sugestión del ambiente o por un motivo pasajero sentimental
10
LOMBROSO, Cesar. L´homme criminale. Pág. 248.
12
o externo. Se trata de un delincuente primario, poco o nada peligroso,
generalmente exento de defectos psicológicos, pero susceptible de convertirse en
delincuente habitual. No tiene frenos inhibitorios. Esta clase de delincuentes no
puede refrenar sus impulsos, ante la ocasión reacciona por impulso. Es imputable.
El delincuente ocasional a su vez clasificar se puede en:
- Pseudocriminal : Las circunstancias hacen que cometa el delito.
- Criminaloide: Que está empezando a delinquir por sugestión del ambiente.
- Delincuente Pasional: Aquel en que el delito prorrumpe tempestuosamente,
como un huracán psíquico, anulando la voluntad e impidiendo la sana y normal
recepción de los acontecimientos. Para su imputabilidad o inimputabilidad requiere
en todo caso un análisis psicológico.
- El delincuente Profesional: Es el que participa regularmente y como medio
normal de vida en una cultura criminal perfeccionada y dotada de un cuerpo de
aptitudes y conocimientos especializados.
El delincuente profesional se diferencia del delincuente habitual, porque éste
comete delitos de manera regular pero no posee una destreza perfeccionada y
especializada; y del delincuente ocasional porque éste no se lanza al delito de
manera regular ni posee una aptitud especializada sino que comete algún delito
cuando se presenta la ocasión. Es imputable.
Ferri realiza su propia caracterización a partir de la óptica sociológica:
- Delincuente Nato: Es aquel que comete delitos por que tiene una tendencia
criminal por atavismo. La palabra atavismo viene del latín “atavus”, cuarto abuelo,
explicándose como un fenómeno de herencia discontinua que se manifiesta por la
reaparición de los caracteres de antepasados remotos y no inmediatos. Se debe a
una casual recombinación de genes o a condiciones ambientales
excepcionalmente favorables para su expresión en el embrión.
- Delincuente Loco: El enfermo mental.
- Delincuente habitual o condicional o delincuente por falta de restricciones: Hace
del delito su forma de vida basándose en habilidad y fuerza, por ejemplo el
carterista.
- Delincuente Ocasional: Ve la ocasión para delinquir en que no hay nadie que lo
detenga o lo restrinja. Dentro esta esfera está quien comete un accidente de
tránsito con muerte, como en el homicidio involuntario.
13
- Delincuente pasional: Es el que comete el delito por pasión, por amor, por celos,
por sentimiento.
Por su parte Garofalo realiza una tipología del delincuente estableciendo cuatro
tipos:
El asesino: Que es el criminal nato que no tiene sentimientos de altruismo y
de probidad, por lo que puede cometer delitos cuando se le presente la
oportunidad.
El delincuente violento: Al que le falta el sentimiento de piedad, por lo que
comete delitos violentos.
El ladrón: Que atentan contra la propiedad, sin raíces profundas en estos
individuos, faltándole el sentimiento altruista, siendo influenciado por el medio
ambiente.
El delincuente lascivo: Que no encaja en las anteriores definiciones se
determina por ser un delincuente sensual.
En toda América Latina tuvo fuerte influencia la corriente positivista, a Colombia
llego el influjo a través de autores como Jorge Eliecer Gaitán, quien pública en la
revista “Scuola Positiva” en 1928 el artículo sobre criterio positivo de la
premeditación, en el que realiza una clasificación antropológica de los
delincuentes que premeditan:
Premidatativos constitucionales. Aquel que es reflexivo, no sufre pasiones, actúa
de la misma forma en sus actos morales como inmorales. En su actuación se
deben determinar los motivos determinantes y el fin que se propuso el agente.
Premidatativos pasionales. No es la ausencia de sentimientos morales sino
precisamente la fuerza de éstos lo que le impide la ejecución inmediata y obliga al
sujeto a premeditar.
Premidatativos egocentristas. Corresponde al delincuente habitual. Premedita en
virtud de un sentimiento personal, de ilegitima defensa. El sabe que ya antes
realizó la conducta dejando indicios y pruebas que lo comprometen, por esta razón
en esta ocasión prepara el plan minuciosamente para dejar impune el delito. En
este caso la premeditación será siempre un agravante.
Premidatativos condicionales. Es condicional por ser un hecho externo que no que
no depende de la voluntad del agente, sin embargo para probar la gravedad del
dolo debe prestarse especial atención a la personalidad del delincuente. Al
14
tratarse de una verdadera intensión, el individuo se muestra de una evidente
peligrosidad delictiva.11
La escuela positivista no se sintetiza en estos autores, se tecnifica a través de
otros que desde otras ciencias se ocupan del estudio del delincuente a partir de la
relación contextura física / temperamento como en Sheldon y Kretschmer.
Dentro de las teorías constitucionales, derivadas de los estudios iniciales de
Lombroso sobre la criminalidad, permite elaborar estereotipos sobre delincuentes.
En los estudios de los somatotipos12 se intentan unir la psique al temperamento y
a los trastornos psicopatológicos.
Biotipología Criminal o del Modelo Humano Ernst Kretschmer (1988 – 1964), psiquiatra y neurólogo alemán, que forma para
de la Escuela Biotipológica Alemana, investigó la relación entre el temperamento y
la constitución corporal, explicando fenómenos como la histeria y la esquizofrenia,
en su explicación del delito establece la biotipología que relaciona el fenómeno
criminal a partir del temperamento del individuo. La clasificación que asume es
atlético, pícnico y leptosomo:
El atlético: Sus características morfológicas parten de su buena
constitución física, el alto, musculoso, anguloso, y de un intenso desarrollo físico.
Esto se compagina con su comportamiento que es pausado, tranquilo, reposado,
aun cuando viscoso, asiduo y tenaz. Por su temperamento y constitución física sus
delitos se caracterizan por ser agresicos, rudos, brutales y primitivos, con mayor
incidencia en delitos corporales y de sangre, como el homicidio y las lesiones. Por
su temperamento normalmente acepta el tratamiento y se resocializa.
11
GAITAN, Jorge Eliecer Et al. Ensayos Jurídicos. Volumen I. Publicaciones Crítica Jurídica. Bogotá,
Colombia. 1952. Pág. 51.
12
El concepto de SOMA hace referencia a lo interno y externo del cuerpo, en el sentido de realidad visible,
accesible a los sentidos. Y al sistema y funcionamiento de todos los órganos corporales. RODRIGUEZ
RAMIREZ, Carlos Alberto. La constitución ontológica de la persona según Juan Pablo II. Revista de filosofía
de Costa Rica, XXXVI (88/89) 313 – 320,1998. p. 314
15
El pícnico, tiene un comportamiento abierto, extrovertido, y divertido,
es un individuo servicial, llegando a caer en lo escandaloso y vulgar, es decir
ciclotímico, con fuerte sentido de la realidad, del yo Freudiano. Su físico se
identifica por ser gordo, con tendencia a la obesidad, siendo su estomago de
mayor tamaño que su cuello. La conducta por este ejercida puede tener
características de engaño y error, en menor medida delitos violentos, aceptando el
tratamiento se readapta fácilmente a la sociedad.
El leptosomo, tiene un temperamento esquizotimico: nervioso, pulido,
selector, rígido, dominante y rencoroso, razón por la cual su estructura muscular
es escasa, siendo su contextura delgada y con huesos largos. Las conductas
delictivas que puede ejecutar son casi siempre de inteligencia, de habilidad
mental. El tratamiento es poco efectivo, continúan su actividad sin reparar en el
mismo13.
En la misma línea se realiza la clasificación de la endomorfia, mesomorfia y
ectomorfia
Biotipología Criminal de Sheldom. William Herbert Sheldon ( 1899 – 1977 ), psicólogo y medico estadounidense,
continuo con el estudio realizado por Kretschmer, aun cuando señala que lo
determinante es el somatotipo, que es una clasificación del tipo corporal o físico y
los rasgos del temperamento, que aparecen como un epifenómeno, es decir como
un fenómeno accesorio que lo acompaña pero que no tiene influencia sobre el,
investigándose separadamente, estudiándose posteriormente su correlación con el
somatotipo . Distingue tres tipos de rasgos del temperamento: viscerotonía,
somatotonía y cerebrotonía.
La Viscerotonía - Predominio del abdomen
13
PEREZ PINZÓN, Álvaro Orlando. Universidad Externado de Colombia, Bogotá, 2001. Pág. 42
16
La endomorfia es aquel componente que da al cuerpo un contorno
ovalado. Indica un cuerpo con un abdomen protuberante y un estómago
muy desarrollado. La sección media – región de la cadera - es más
ancha que el pecho, con un total desarrollo del vientre y del trasero,
pero un desarrollo relativamente débil de las extremidades.
La viscerotonía es aquella clase de temperamento que tiende a sentir amor al
solaz físico, al comer, a los buenos modales, a la compañía y al dormir, como
características prominentes. La viscerotonía dota a su poseedor con una blandura
de cuerpo y de mente. La cara es suave y casi aniñada, los labios blandos y
ansiosos por besar, todo el cuerpo está relajado, los movimientos son suaves y
fáciles. Emocionalmente, el viscerotónico muestra lo que siente. Cuando tiene
problemas, busca el consuelo de otros. Llora con facilidad y su llanto es
incontrolable, como algo que surge desde el fondo de su vientre. La viscerotonía
facilita las relaciones personales, porque estos gorditos y blandos individuos, por
lo general, están siempre listos para dar consuelo a los demás, para abrazar a
todo el mundo, para animar, para solazar.
La Somatotonía - Predominio muscular
La mesomorfia es aquel componente que
da al cuerpo una postura
fuerte, firme y erguida y un contorno
relativamente triangular. Un
individuo con un coeficiente alto en mesomorfia muestra unos hombros anchos
sobrepuestos a caderas relativamente estrechas. Caracteres de mesomorfia
extrema pueden observarse en héroes de revistas tales como «Superman», y en
todos
los
Tarzanes
de
la
pantalla.
Sómatotonía es la clase de temperamento que va con la persona
predominantemente mesomórfica. Este es el temperamento de acción, cuyo punto
focal es la musculatura. Los somatotónicos son emprendedores y conquistadores.
Conquistan montañas, selvas, otras razas, y últimamente han estado muy
ocupados - como dicen ellos - conquistando el espacio. Les fascina la acción
vigorosa, vencer obstáculos externos. Tienen poderes que individuos menos
robustos envidiarían. Gozan de gran capacidad de resistencia física, requieren de
poco sueño, son relativamente insensibles al dolor, al ruido, a la distracción y a los
sentimientos de los demás.
La
Cerebrotonía
-
Predominio
17
del
sistema
nervioso.
La Ectomorfia es aquella condición que da al cuerpo fragilidad, delgadez, pecho
plano, delicadeza en general. El cuerpo del predominantemente ectomorfo es
lineal, sin mucha carne en ningún lado. Tales personas tienen miembros delgados,
con pobre musculatura, y huesos finos y frágiles. Carecen de relleno graso y su
sistema
nervioso
queda
con
muy
poca
defensa.
La cerebrotonía es la clase de temperamento que acompaña a la figura alta en
ectomorfía. Es la principal característica de lo que se llamó «introversión», así
como la somatotonía y la viscerotonía son características de «extraversión». El
cerebrotónico encuentra tanto sus delicias como sus defensas en el sistema y
funcionamiento de su propia consciencia. A causa de ello, se podría pensar que él,
más que la mayoría, muestra interés en estudios teóricos. Esto es totalmente
cierto, son con frecuencia «buscadores» y tienden a leer numerosos libros sobre
ocultismo, misticismo, teosofía, etc. El cerebrotónico «mentaliza» este material
más que cualquier otro tipo y tiende a perderse en sueños. Su mayor peligro es
disociarse de la realidad, lo que lo lleva a una pérdida del equilibrio biológico que
perjudica su salud. Sheldon caracteriza las psicosis desde el punto de vista de la
constitución, no por el predominio de un componente, sino por su insuficiente
representación.
Caracterología Criminal.
Se vincula el modo de ser de la persona, su temperamento más su experiencia
con el delito, es decir se basa en la endocrinología, genética y biotipología. Para
realizar el estudio clasifica el hombre en:
Nervioso
actos.
: No canaliza la energía, es emotivo, no mide la consecuencia de sus
Colérico
: Se enciende fácilmente, no mide sus acciones, es emotivo,
combativo y agresivo.
Estafa, Hurto Violento y delitos sexuales.
Apasionado : Reacciona en forma madura, lenta y traduce sus emociones en
hechos. Es exagerado en las emociones (amor, odio y celos). Se inclina por
delitos que exigen planeación, premeditación.
Sanguíneo : Se deja llevar por sus instintos y gusto corporal (comer, beber y
saciar sus instintos). Comete delitos contra las personas y sexuales.
La conducta delictiva se predica de quien es nervioso, colérico, apasionado y
sanguíneo. Normalmente las personas nerviosas y coléricas son delgadas, al igual
18
de quienes sufren epilepsia (Cerebrotonia - Leptosomico). El Apasionado y
Sanguíneo puede ser un individuo gordo (Vicerectonia – Pícnico), por cuanto no
sacia sus deseos y en algunos casos puede ser Atlético con el objetivo de sentirse
por sobre los demás (Somatotonia – Atlético).
La explicación del delito a partir de la trasmisión genética y adopción
Con el desarrollo de la ciencia genética, se realizan estudios en los descendientes
con base en las cargas de los antepasados, tratando de explicar enfermedades
actuales en los genes familiares, o para encontrar la causa de diversas dolencias,
incluyendo el delito.
El estudio de las familias criminales se relaciona con la observación de los
antepasados del delincuente para ver como estos influyen en el resultado de la
conducta criminal actual desarrollada por el sujeto.
El estudio de la genética permite conocer como se realiza la actividad celular,
entre estas la trasmisión de las características biológicas del genotipo (contenido
exclusivo del un individuo en forma de ADN), característica típica del fenotipo, de
apariencia y personalidad. Ya desde 1865 George Mendel se planteó la
posibilidad de la herencia genética de los genes.
La característica cromosomatica estandarizada del ser humano es de 23 pares de
cromosomas (22 pares de autosomes y un par sexual), en total 46 cromosomas14.
En cuanto al par sexual es propio de las féminas tener una composición
cromosomatica XX, mientras los masculinos tienen la composición cromosomática
XY.
La Genética Criminal refiere a los estudios que las aberraciones o malformaciones
cromosomáticas de la delincuencia. Hace relación a la forma criminal por
cuestiones criminológicas:
Un ejemplo de esta teoría esta dado por el Síndrome de Turner: el cariotipo o
formula cromosómica es la ausencia de un cromosoma X, muestra 45
cromosomas con un modelo 44X, es decir, un cromosoma sexual ausente.
Las características físicas es de mujeres con morfología genital neutra, poca
pilosidad, esterilidad casi absoluta, sin ciclo hormonal normal, órganos
reproductores pequeños o subdesarrollados, ausencia de ovarios, talla reducida
14
Un cromosoma es una sola pieza en espiral de ADN que contiene genes, reguladores y otros nucleótidos.
19
(no superior a 1.40 mts) cuello cortos con cabellos en la nuca, anomalía en codos,
manos y rodillas, deficiencias cardiacas y renales, desarrollo mental insuficiente
aunque moderado e inconstante, implantación baja de las orejas, pecho ancho,
pezones muy separados y manos subdesarrolladas. Cuando alcanzan tener
gestión puede tener problemas de abortos espontáneos o dolosos.
Tomada del blog: http://cmcmotilla27.blogspot.com/
Otro es el Síndrome Triple X: se presenta en mujeres que portan más de dos
cromosomas X, por ejemplo el cariotipo 47 XXX, debiendo ser 46, tienen un
cromosoma X adicional.
La morfología y función de los genitales es normal, en un 75% son fértiles, pueden
presentar retrasos en la menstruación de la pubertad y menopausias precoces,
alteraciones menstruales y debilidad mental. No tienen ninguna característica
física que las diferencia de otras mujeres, aun cuando suelen ser más altas y
pueden tener menos coordinación. El comportamiento escolar se puede ver
afectado por problemas asociados con el aprendizaje, pueden tener un
comportamiento inmaduro en comparación con sus contemporáneas y abandonar
los estudios. Se relaciona con conductas agresivas y violentas.
El Síndrome de Klinefelter se presenta en varones cuya fórmula cromosomatica es
47 XXY, con un cromosoma femenino (X) adicional. Coeficiente intelectual un
poco bajo, retardo escolar constante, con habilidades del lenguaje reducidas y
pene pequeño. Son jóvenes altos, delgados u obesos, de miembros largos pero
con apariencia normas, son impotentes con testículos reducidos y la mayoría
estériles. Son individuos peligrosos, muestran predisposición delictiva ante
estímulos criminógenos del exterior.
20
Tomada de: http://www.aurorahealthcare.org/
El Síndrome de doble YY, también llamado síndrome del super hombre: Un
cromosoma Y suplementario o supernumerario en varones, con el careotipo: 47
XYY. Usualmente no causa alteraciones físicas o problemas médicos, pueden
tener problemas de aprendizaje. Varones de elevada estatura por encima de los
parientes (1.83 mts) padecen de acné, calvicie, miopía y debilidad mental, lo que
los hace agresivos y con tendencia a la criminalidad. Sufren de desviación de la
personalidad, presencian antecedentes delictivos, impulsividad, inestabilidad,
afectividad frustrada y debilidad en las fricciones con la realidad. Tienen una
conducta violenta y comenten delitos contra el patrimonio económico15.
Estudios posteriores tienden a negar una clara relación entre el <<superhombre>>
y la conducta criminal, provocando un progresivo olvido científico de esta línea de
estudio16, sin embargo algunos estudios realizados en criminales convictos los
cuales comparten características cromosomáticas similares.
Estudio de Gemelos
Otro elemento que se clasifica dentro de esta teoría está dada por las personas
que nacen del mismo ovulo devienen conductas muy parecida entre las personas,
ahora si es entre quienes no proceden mismo ovulo, pero lo realizan en los
mismos períodos de gestación esta igualdad de los comportamientos disminuye,
aun cuando se presenta en menor proporción.
Estos estudios se han realizado en la década de los 30, en los primeros resultados
hacían pensar la influencia de la genética en el comportamiento criminal, por
ejemplo se reportaban tazas de criminalidad en personas univitelinos,
monocigóticos, uniovulares o idénticos, desarrollados a partir de un solo ovulo que
15
Un estudio realizado en 1965 en escocia (Patricia Jacobs) hizo un estudio de reclusos de una prisión
escocesa y publicó sus hallazgos en la revista Nature, encontrando que el 4% de los presos tenía dos
cromosomas Y (normalmente es XY). Estudios posteriores indican que en parte son más propensos a estar en
la cárcel debido a la dificultad para hablar. Fuente: Fuente: http://es.shvoong.com/exactsciences/biology/2192493-cromosoma-doble/
16
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. Pág. 46
21
se parte durante el período de la fecundación (mitosis). De cada 13 mellizos uni 10
convergen en conductas criminales concordantes, es decir un 77%.
Biovulares, seres que vienes de dos óvulos y coinciden en el período de
gestación. De cada 17 bi solo dos convergen la misma conducta, es decir 12%.
En la actualidad los resultados no están tan claros como se describieron en los
años 30, aun cuando ambos grupos presentan niveles intelectuales, actitudes
sociales, personalidad e intereses similares17.
Genealogía Criminal.
Aquí se trata el tema de las familias delincuentes o genealogía criminal, mediante
las cuales se analiza la influencia del factor herencial en la comisión de la
criminalidad. Se basa en el principio de considerar que si los niños adoptados
desde muy tierna edad presentan características delictivas concordantes con los
padres biológicos, se supone la influencia de dicha base.
En hijos de padres desviados son mayores la condenas de cuando es desviado
uno solo de los padres, teniendo mayor incidencia de quienes no tienen padres
desviados.
Los hijos de personas que han delinquido, tienen más tendencia al delito que los
hijastros. Si se tienen abuelos que han delinquido se aumenta la criminalidad
frente a quienes no tienen parientes infractores, ni padres delincuentes.
Las taras o la epilepsia hereditaria aumenta el riesgo de la comisión de delitos, por
cuanto existe una correlación entre enfermedad mental y conducta antisocial, los
reincidentes tienen el doble de taras hereditarias de quienes no lo hacen. En el
evento de epilepsia traumática es menor la influencia en la comisión de delitos por
parte de la familia.
En un estudio danés, realizado en 1984 con 14.427 niños adoptados, se observó
como 981 niños y 212 niñas habían tenido una o más detenciones por actos
delictivos.
Filiación Legal: Al comparar Hijos naturales e hijos adoptivo tenemos:
Padres no delincuentes (biológico o adoptivo ) = 10 % de los hijos desviados.
17
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. Pág. 45
22
Padre adoptivo delinque = 11.2% de los hijos desviados, aumenta un poco.
Padre biológico delinque y adoptivo no = 21 % de los hijos delinquen.
Padre biológico y adoptivo delinquen = 36.2 % de los hijos delinquen.
Por estos estudios de herencia criminal, se pensó y lamentablemente se llego a la
puesta en funcionamiento de métodos de esterilización para controlar el delito. En
1927 en la Habana se llevo a cabo un “evento científico” en el que varios
participantes plantearon la “esterilización eugénica” y en México se planteó la “ley
de esterilización de delincuentes”18, lo cual fue posteriormente asumido por Hitler
en Europa, para mantener la raza superior y Franco es España, al tratar de
encontrar el gen del comunismo en la sangre19.
La relación de la actividad físico-química con el delito
El concepto de biotipología humana fue acuñado por Nicolas Pende, identificando
la ciencia de la individualidad humana en sus aspectos endocrinológico,
fisiológico, físico, psíquico, bioquímico y neurológico, con numerosas aplicaciones
en medicina, antropología, física, sociología, pedagogía y el deporte20.
Endocrinología Criminal
La endocrinología es la ciencia médica que estudia la anatomía y alteraciones
producidas en el sistema endocrino. Este comprende un conjunto de glándulas de
secreción interna cuyos productos son las hormonas. Y las hormonas son
mensajeros dentro de las células, cuya síntesis (liberación) al receptor se produce
en una localización lejana del área donde fue producida.
En cuanto a la endocrinología criminal es la explicación del delito a partir de la
secreción hormonal producida por algunas glándulas dentro del organismo del
delincuente.
Se estudia la relación de las glándulas de la secreción interna (endocrinas) con el
delito:
18
ZAFFARONI, Eugenio Raúl. Criminología. Aproximación desde un margen. Editorial Temis. Bogotá,
1993. Pág. 157.
19
En la condena del Consejo del Consejo de Europa al régimen franquista se señala que psiquiatras militares
efectuaron experimentos sobre presos para identificar los “genes rojos” en 1938, mediante la utilización de
test físicos y psicológicos extraños, con el objetivo de identificar el “biopsiquismo del fanatismo marxista”
(núm. 65 de la Declaración). Vease: RODRÍGUEZ ARIAS, Miguel Ángel. Los niños perdidos del
franquismo. Valencia : Tirant Lo Blanch, 2008; PRESTON, Paul. La política de la venganza, el fascismo y el
militarismo en la España del siglo XX. Barcelona : Quinteto, 2004.
20
VILLANUEVA SAGRADO, María. Manual de técnicas somatotipológicas. Instituto de Investigaciones
Antropológicas. Primera edición. UNAM, Mexico, 1979. p.11
23
La tiroides al ser un acelerador biológico localizado en el cuello, tiene influencia
sobre el estado anímico de las personas, además de cambios en la contextura
física de las personas.
La suprarrenal ubicada encima de los riñones, produce adrenalina, que actúa
directamente en el sistema nervioso central, está presente en los delitos
emocionales.
Las glándulas sexuales como las gónadas, que resultan cruciales en el proceso de
diferenciación sexual del feto y en la pubertad. Se destaca la capacidad de
ejecución de actos delictivos por sujetos que presentan elevados niveles de
testosterona. La testosterona inhibe la monoamina oxidasa, que metaboliza
numerosos neurotrasmisores cerebrales, relacionados con la búsqueda de
sensaciones, extraversión, bajo neuroticismo y baja socialización.
Los andrógenos se relacionan con la criminalidad femenina en los cambios
hormonales producidos durante el ciclo menstrual, especialmente en la tensión
<<premenstrual>>.
La hipófisis o pituitaria, que es la hormona del crecimiento, regula el metabolismo
y la producción de hormonas suprarrenales y de la tiroides.
Delitos relacionados:
- Delincuentes Homicidas y Sanguinarios: Hipertiroidismo e Hipersuprarrenalismo.
- Delincuentes Ocasionales: Disteroidismo.
- Delincuentes contra la propiedad: Dispituitarismo y Distiroidismo.
- Delitos sexuales: Disfunción en las glándulas sexuales.
- Delincuentes Violentos: Hipertiroidismo.
- Delincuentes que engañan, Estafa y Falsedades: Dispituitarismo.
Otra de las hormonas producidas en la insulina que segrega el páncreas, cuya
falta causa hipoglucemia, carencia que provoca una falta de capacidad para
concentrarse del sujeto y un incremento de su irritabilidad.
Resulta igualmente interesante la verificación sobre la existencia de la hormona
que segrega a la víctima y que llama la atención del delincuente, por ejemplo en
las llamadas feromonas que llevan el estimulo hormonal de la especie, en cuanto
a la presencia de estas en los humanos, aun no se ha establecido con certeza. O
por medio de la tensión que siente el delincuente en la víctima, y lo provoca a
24
actuar. Precisamente resulta llamativa la explicación de ataque de un delincuente
a la víctima por razón de sentir miedo.
Criminales constitutivos – asesinos en serie Es el caso de individuos que cometen delitos de manera sistemática, sin aparente
motivación económico, sexual, psicológica o de otra índole, diríamos que son
maquinas de matar. Fue el agente del FBI Robert Ressler fue quien acuño el
término de asesinos, antes de esa fecha los crímenes que tenían similitudes entre
sí se denominaban “asesinatos extraños” 21.
El estudio de esta clase de individuos se clasifica dentro del paradigma etiológico
teniendo en cuenta que la explicación de su conducta parte y termina en la
constitución del individuo.
Algunas personas consideran que existe un vínculo directo entre los asesinos en
serie y los trautamatismos cerebrales, en el libro guilty by reason of insanity la
psiquiatra Dorothy Lewis afirma que los asesinos más despiadados padecen de
alguna clase de lesión cerebral como resultado de un accidente o de abusos
físicos22, al realizar una resonancia magnética a un asesino de once mujeres
encontró dos pequeñas cicatrices rectas en ambos lóbulos temporales y un quiste
en expansión en la base del temporal, lo que podría clasificarse como fuente de la
conducta.
Millones de niños viven en hogares desestructurados lo que ocasiona cicatrices
emocionales, sin que lleguen a cometer esta clase de asesinatos. Muchos
asesinos son excelentes padres de familia, colaboradores con sus vecinos y
cuidadosos con sus mascotas. Otros podrían tomar conductas de acumuladores,
coleccionistas de cosas inútiles y tener una vida sin sentido y desordenada.
También salen a la carretera, viajan en avión, no gritan, no pelean, no buscan
cómplices, prefieren viajar solos, y luego de realizado el crimen no tratan de
escapar.
Las víctimas que seleccionan pueden ser personas desconocidas, seres humanos
que considera desvalorados socialmente como prostitutas o sus hijos, o igual
mujeres desprevenidas que confían fácilmente en un desconocido algunas de
21
MORRISON, Helen, and GOLDBERG, Harold. Mi vida con los asesinos en serie. Editorial Océano.
Barcelona, 2004. p. 314
22
MORRISON, Helen, and GOLDBERG, Harold. Mi vida con los asesinos en serie. Editorial Océano.
Barcelona, 2004. p. 214
25
ellas jóvenes hermosas. En no pocos casos puede tratarse de jóvenes con
tendencias sexuales diversas.
En relación al iter criminis, pocas veces planean sus crímenes, las víctimas
pueden ser seleccionadas al azar principalmente personas que un carácter débil,
fácilmente manipulables que confían demasiado en los demás.
Para MORRISON no es el debilitamiento del tejido moral lo que conduce a los
asesinos a matar, sino probablemente una anomalía genética23, por lo que con el
progreso de la ciencia será posible aislar el gen de la violencia. NORRIS llega a la
conclusión que la dieta, la desnutrición y la carencia de vitaminas inducen al
asesino en serie a actuar, sugiere que el envenenamiento por plomo o cobalto o
hasta ingerir azúcar en exceso puede conducir a matar24. Otros defienden la teoría
que los abusos sexuales o malos tratos en la niñez pueden conducir a la
conformación de los asesinos en serie. La doctora MORRISON asegura que si
una persona asesina gatos, moja la cama, tiene padres sobreprotectores o uno
violento, no permite conocer la tendencia a asesinar en serie, después de 30 años
de investigar a los asesinos en serie obtiene nueve características que comparten
estas personas:
“- Asesinan sin motivo.
- Carecen de personalidad estructurada y no encajan en las teorías comunes
sobre el desarrollo postuladas por Freud o Kohut.
- No son psicópatas, ya que los psicópatas tiene la capacidad de controlar sus
pensamientos, acciones y sentimientos.
- No sufren ningún retraso mental; por el contrario, muchos presentan un
coeficiente intelectual por encima de la media.
- No son seres humanos psicológicamente completos, pese a ser capaces de
imitar e interpretar patrones de conducta normales.
- No todos han sido objeto de abusos sexuales o de malos tratos.
- Son adictos a matar e incapaces de controlar sus acciones.
- No son exclusivos de la sociedad occidental, sino que se dan casos en todo el
mundo.
- No han aparecido como un fenómeno nuevo, es posible que se dieran casos en
sociedades primitivas de hace miles de años”25.
A pesar de la conclusión en relación a la falla genética, es otra de las
explicaciones que hasta ahora es científicamente no probada26, además la
23
Ob. Cit. p. 314
Ob. Cit. p. 315
25
Ob. Cit. p. 325
24
26
exclusión del gen de la violencia podría igualmente influir en la disminución de las
posibilidades de supervivencia por cuanto la violencia es útil para conservar la
vida. Se rescata entre otros importantes aportes que un asesino en serie puede
provenir de cualquier parte, sin distingo de clase social, restándole importancia a
las condiciones en las cuales haya crecido o en las cuales desarrolle su vida.
Los delitos cometidos por estos individuos tienen una fuerte connotación sexual,
aun cuando superan el simple acceso carnal puesto que acaban con la vida de
sus víctimas en un proceso de apoderamiento que puede tardar diversas
cantidades de tiempo, por esta razón otra de las propuesta de inhibición se
presenta alrededor de la castración química por medio de medicamentos,
específicamente depo provera que es un prostageno para el control de la natalidad
que reduce los niveles de testosterona. El éxito de esta clase de inhibidores es
relativa, puesto que el organismo tiende a sentir placer por medio de otra
conductas que sustituye a la sexual, pero que implique agresión a otros, pero el
tratamiento acompañado de un tratamiento adecuado puede evitar la reincidencia,
actualmente es aplicado en Europa y Estados Unidos, en Colombia se ha negado
legislativamente su utilización.
A manera de conclusión del pensamiento positivista.
La primera explicación al delito es el delincuente, el agente que realiza la
conducta, asumiendo que mientras se controle al agente se disminuirá la comisión
de delitos. Al relacionar la conducta con las condiciones individuales del
delincuente se pone el énfasis en la identificación de los rasgos físicos externos o
internos del agente, en las condiciones sociales que lo rodean o en los rasgos
hereditarios.
Así lo feo, lo diverso, lo discapacitado se convierte en un indicio de
responsabilidad, pues no sospechamos de aquello que es bello, limpio, hermoso,
parte de nosotros mismos, por esto el pensamiento positivista sugiere un
peligrosismo, que implica controlar por medio de la discriminación o de la prisión a
quienes tienen la potencialidad de ser delincuentes, no solo a quien haya cometido
la conducta.
Otro aspecto que se analiza en el determinismo del pensamiento positivista es la
negación de la responsabilidad individualidad al estar el sujeto preso de las
condiciones, lo que lleva a un escenario de modificación de las condiciones
26
Investigaciones realizadas por Jamen Fallon, Kent Kiehl y Terry Holmes, entre otros importantes
psiquiatras genetistas han concluido la existencia del gen de la violencia en la corteza cerebral de los seres
humanos, por esto el medicamente PROZAC (Fluoxetina) podría resultar un buen inhibidor de estos síntomas.
27
individuales que lo alientan, mediante tratamientos médicos o a través de la
superación de las limitaciones económicas. Por esta razón la prisionalización en
esta teoría jurídico criminológica es intemporal y está sometida a la curación del
individuo.
Se acusa el pensamiento positivista de ser fruto de la burguesía, en la que los
seres humanos se dividen por la calidad de propietarios de tierra o riquezas
obtenidas por medio de las transacciones y de aquellos que no tiene recursos, los
desarrapados, lo que generó un estereotipo del pobre bueno, que es utilizado en
la mano de obra de las factorías o en las casas, y el pobre malo, maloliente,
repugnante, con la marca física de las taras de la maldad moral,digno de las
masmorraz27.
Las clases no incorporadas a la actividad económica son sospechosas de la
comisión de delitos, siendo necesariamente lo “feo”, lo malo, y lo “bello” lo bueno,
lo preferible. Lo “feo” debe ser marginado, excluido o modificado. Entendiéndose
que lo desagradable es lo propio de la escases económica, de allí que el
decaimiento de la belleza femenina pueda ser soportado con el vestido apropiado
/no hay mujer fea, sino mal arreglada/, o la falta de beldad masculina con el
componente dinerario /no hay hombre feo, sino sin plata/.
Esta clase de pensamiento se hace notar en las estrategias de lucha contra la
delincuencia, concentrándose la búsqueda de los criminales en las zonas urbanas
con mayor escases económica, por lo “sospechoso” de sus habitantes, por la falta
de posibilidad de defensa técnica y por la fealdad de sus habitantes /la pobreza se
nota en el rostro/.
No siendo pocas las conductas delictivas que se pueden explicar a partir del
delincuente, el positivismo sigue vigente en nuestra sociedad, a pesar que el
derecho penal ha desarraigado esta cultura jurídica.
El reclamo de la seguridad se realiza frente a los hurtos menores, a la violencia
callejera, que se caracteriza por ser individual. La policía es la encargada de
controlar esta clase de violencia por medio de la búsqueda selectiva en los barrios
pobres. Sin embargo la búsqueda de delincuentes sigue realizándose en los
lugares donde se ubica la población con menores recursos lo que facilita identificar
la micro criminalidad, los propietarios de las empresas criminales se ubican en
espacios residenciales con favorecimiento económico.
27
En la sociedad monárquica el poder se centraba en razones de linaje “genes sanguíneos” de nobleza,
inteligencia, belleza, piedad, dulzura, raza o en otras cualidades que traían consigo riqueza, quienes carecían
de estas tradiciones eran los plebeyos, que en algunas sociedades o actividades se convirtieron en Burgueses.
28
Con la creación de la teoría de cuello blanco SUTHERLAND extrae a la
delincuencia de un sustrato social diferente, la población más favorecida
económicamente, en la cual podría igualmente aplicarse la teoría positivista y la
identificación de motivos determinantes (genes, taras y tipologías físicas) que
permitirían señalar a esta clase de delincuentes, cuya criminalidad es tanto o más
grave que la delincuencia callejera, o de estratos sociales con inferiores recursos
económicos.
29
“Entre sus logros más notables los criminólogos positivistas consiguieron algo que
parecía imposible. Consiguieron separar el estudio del delito de la actividad y
teoría del estado. Hecho esto y aplicado a la desviación en general, el programa
de investigación académica para los siguientes cincuenta años quedó
relativamente claro, al menor por lo que se refiere a aquello que no se iba a
estudiar”.
DAVID MATZA, Becoming Deviant28
28
Citado por LARRAURI, Elena. Herencia de la Criminología Crítica. Editorial Siglo XXI. México, 1992.
Pág. 1.
30
PARADIGMA DE LA NUEVA CRIMINOLOGÍA La comprensión del fenómeno criminal a partir de la víctima La Escuela positiva que pretende estudiar integralmente el delito se centra en el
estudio del hombre antisocial “observa al hombre delincuente”, sin percatarse de
la víctima. La escuela clásica, asume estudiar la norma jurídica “observa el
derecho”, sin atender los postulados normativos de la inclusión de la víctima 29.
Omisión que es propia tanto en el pensamiento criminológico etiológico, como el
crítico, salvo en la tendencia abolicionista que robustece el rol de la víctima como
propietaria del conflicto; así como en las teorías penales del finalismo y
funcionalismo, excepto en cuanto a la propuesta de corresponsabilidad de la
víctima en la comisión de la conducta punible.
La existencia de la víctima en el derecho a castigar han sido pendular, su máxima
expresión fue en la venganza privada30 , volviendo el péndulo al lado opuesto, con
la aparición del Estado que entra a representar legítimamente a la víctima y a la
sociedad31. Esto es, el Estado pasa a ocupar el puesto de la víctima en el conflicto
penal, y relega a la misma al rol de denunciante u objeto de prueba de la acción
penal. Regresa el péndulo tras el final de la Segunda Guerra Mundial a un estado
de suspensión, al ir desneutralizando a la víctima hasta lograr, hacia los años 70,
la conformación de la Victimología como ciencia, con el correspondiente
redescubrimiento de la víctima en el derecho penal.32
29
RODRIGUEZ MANZANERA, Luis. Victimología. Ob. Cit.Pág.1.
DRAPKIN dice: “Steinmetz (15) apunta correctamente que la venganza, en cualquiera de sus tipos, no fue
originalmente una institución legal. (…) La venganza sencillamente ya existía, desde tiempos inmemoriales,
en la naturaleza o condición humana, como un elemento totalmente inconsciente de su vida psíquica y social.”
DRAPKIN, Israel. El Derecho de las Víctimas. Anuario de Derecho Penal y Ciencias Penales. Tomo 33.
Fasc/mes 2, 1980, Pág. 374
31
SCHNEIDER anota que se debió a dos fenómenos: “La gran codificación del derecho penal de la Edad
Media, del emperador Carlos V de 1532, concibió como un deber del estado, que dejó ser una cuestión
privada de la víctima. (…) En la biología criminal de Cesare Lombroso, Enrico Ferry y Raffaele Garofalo
hacia fines del siglo XIX, y en la psicopatología de Kurt Schneider en los años 20 y 30 de nuestro siglo, se
destacó sobre todo la causación del hecho punible por el autor (…)”. SCHNEIDER, Hans Joachim. La
posición jurídica de la víctima del delito en el derecho y en el proceso penal. Revista Doctrinal Penal. Teoría
y Práctica en las Ciencias Penales. Ediciones de Palma, Buenos Aires, 1989. Pág. 307.
32
Así lo reconoce la exposición de motivos de la norma española Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de Ayuda
y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la Libertad Sexual: “I. La víctima del delito ha
padecido un cierto abandono desde que el sistema penal sustituyó la venganza privada por una intervención
pública e institucional, ecuánime y desapasionada, para resolver los conflictos generados por la infracción de
la ley penal. Pero, desde una perspectiva más global, la pretensión punitiva del Estado debe acercarse al
problema social y comunitario en que el delito consiste para prevenirlo y recuperar al infractor, desde luego,
pero además, para reparar en lo posible el daño padecido por la víctima. En muchas ocasiones, el abandono
social de la víctima a su suerte tras el delito, su etiquetamiento, la falta de apoyo psicológico, la misma
intervención en el proceso, las presiones a que se ve sometida, la necesidad de revivir el delito a través del
juicio oral, los riesgos que genera su participación en el mismo, etc., producen efectos tan dolorosos para la
30
31
Víctima, es la persona respecto de la cual se materializa la conducta típica, quien
sufre también un daño, siendo igualmente perjudicado, estando legitimada para
asumir la indemnización ocasionada por la comisión de conducta punible 33.
El concepto Víctima puede asemejarse en algunos casos al de sujeto pasivo sobre
el cual se materializa la conducta, pudiendo ser una persona natural o jurídica; por
ejemplo, el muerto, el lesionado, el propietario o poseedor del bien hurtado, el
desaparecido o el secuestrado. Mientras que en otro caso el concepto de víctima
puede diferenciarse del de sujeto pasivo, como en el caso que una persona
estando como mero tenedor de un bien mueble que pertenece a otro, le sea
arrebatado mediante violencia. El propietario sería el sujeto pasivo, y el sujeto a
quien se lo hurtaron, la víctima.
El redescubrimiento de la víctima permite que se nutra la discusión en torno al
derecho penal, mediante la víctimodogmática, la participación procesal de la
víctima y la sanción penal, a través de la inclusión de la reparación como tercera
vía.
La inclusión de la víctima permite construir una ciencia punitiva integral ampliando
el fin del juzgamiento del responsable penal a la búsqueda de la verdad, la justicia
y la reparación34. Incluyendo la posibilidad que el acuerdo que logre la víctima y el
delincuente llegue a asumirse como pena.
Asumiendo el derecho penal que solo se puede llegar a la justicia material a través
de la satisfacción de la pretensión de la víctima, buscando la justicia mediante la
verdad y la reparación, y la reparación dentro del marco de la justicia.
Con el surgimiento de la figura de la víctima en los delitos, el derecho penal
diseñado exclusivamente para establecer la responsabilidad penal del procesado y
víctima como los que directamente se derivan del delito. En esta línea, desde hace ya bastantes años la ciencia
penal pone su atención en la persona de la víctima, reclamando una intervención positiva del Estado dirigida a
restaurar la situación en que se encontraba antes de padecer el delito o al menos a paliar los efectos que el
delito ha producido sobre ella.”.
33
Corte Constitucional. M.P.: Manuel José Cepeda Espinosa y Eduardo Montealegre Lynett. Sentencia de
Constitucionalidad C-228/02.
34
Sobre este tema ha dicho la Corte Constitucional: Como lo ha señalado la ONU directamente o por
conducto del Alto Comisionado en Colombia según el caso, la reparación se logra mediante: (i) la restitutio in
integrum, o reposición de la situación a su estado original; (ii) la indemnización o reparación por equivalencia
en dinero, y (iii) la satisfacción o reparación moral. Así, en orden a la reparación se impone la regla
consuetudinaria según la cual “toda violación de un derecho humano da lugar a un derecho de la víctima o sus
derechohabientes a obtener reparación, el cual implica el deber del Estado de reparar y el derecho de dirigirse
contra el autor”. En este sentido, El derecho a obtener reparación es de carácter integral, pues deberá abarcar
todos los daños y perjuicios sufridos por la víctima. Por ello comprenderá: a) Medidas individuales de
reparación relativas al derecho de restitución, indemnización y rehabilitación; b) Medidas de satisfacción de
alcance general. Corte Constitucional. M.P.: Jaime Araujo Rentería. Sentencia de Constitucionalidad C773/03.
32
sancionar a través de la pena y la medida de seguridad, se modifica para atender
los derechos de la parte que estaba neutralizada dentro de la ciencia criminal.
Correspondiéndole el otorgamiento de la justicia que le compete al procesado, la
víctima y la sociedad, dentro del marco de los derechos que emanan de la
normatividad internacional, de la constitución y de la ley penal.
La Victimología
La Victimología es la ciencia que estudia la víctima, quien es víctima, por que se
es víctima, el tratamiento de la víctima, las formas de evitar ser víctima. En cuanto
a la Victimología criminal es dable entender a la víctima como un igual o superior
al delincuente. Durante algunos años se ha entendió al derecho penal como aquel
que regula las relaciones Estado-Delincuente, sin tomar en cuenta a la víctima que
es la otra parte de la pareja criminal, el contrapuesto al delincuente. La víctima es
la persona humana que sufre el dolor ocasionado por la comisión en su contra de
una conducta injusta por parte del agresor. Para poder comprender el delito de
manera integral debemos tomar en cuenta a ambas partes, entonces la víctima
complementa el panorama del porque, para que y cuando del delito.
La Victimología penal ha venido ocasionando en el derecho penal una
deconstrucción, replanteando la unidireccionalidad de la ciencia, construida
exclusivamente sobre y hacia el delincuente, para otorgarle un sentido
bidireccional, al llevarla a otorgar justicia a la pareja criminal, colocándolo frente a
nuevos retos35.
La clasificación de la víctima a partir del delito, la incidencia en la comisión de la
conducta
Aplicándose el pensamiento positivista a la comprensión de la sociedad, a partir
de entender en el delito a la pareja criminal, se estructuro la tipología de las
víctimas, la cual no se clasifica conforme a las características biotipológicas, pero
si alrededor de una comprensión de la víctima como pareja criminal del
delincuente.
Recordemos como en la historia bíblica Caín mata a Abel, recordamos a Caín
como el asesino y ha Abel, como la víctima sin embargo Caín se inmortalizo, y
35
SILVA SÁNCHEZ señala cómo “los sujetos del bienestar” generan un fenómeno general de identificación
social con la víctima (sujeto pasivo) del delito antes que con el autor del delito. Surge entonces la concepción
de la ley penal como “Magna Charta” de la víctima, junto a la clásica consideración de la ley penal como
“Magna Charta” del delincuente. SILVA SÁNCHEZ, Jesús María. La expansión del derecho penal. Madrid:
Civitas, 1999, p. 36-37.
33
tuvo una gran descendencia y Abel fue relegado al olvido. En 1924 Edwin
Sutherland, introduce en su libro de Criminología un primer capítulo que en las
posteriores ediciones sería eliminado.
En 1948 el siquiatra estadunidense Frederick Wertham comenta que la sociedad
convierte al asesino en un ser extraordinario y relega a las víctimas al olvido, todos
recordamos a Jack el destripador, pero nadie sabe a quién destripo, o recordemos
hoy día, quien no conoce al paramilitar “Carlos Castaño”, pero quien recuerda a
mas de tres de sus miles de víctimas.
Con posterioridad Mendelsohn inicia en 1940 su trabajo acuñando el término
victimología, siguiendo posteriormente Henri Ellenberger la consideración sobre la
pareja criminal en 1945. Hacia 1948 el criminólogo Alemán Hans von Henting
publica el libro el criminal y su víctima, donde describe a la víctima como aquella
que “le da forma y modela al criminal”, mostrando de esta forma una
corresponsabilidad víctima-delincuente.
MENDELSOHN expone la hipótesis de la relación inversa entre la culpabilidad de
la víctima y la del infractor: a mayor culpabilidad de uno menor culpabilidad del
otro36. Si uno tuviera el 100% de culpabilidad, el otro tendría 0%. Para
RODRÍGUEZ, “frente a una víctima inocente debemos encontrar un criminal
absolutamente culpable”37, y, contrario sensu, frente a una víctima con
responsabilidad en la conducta, disminuiría la del delincuente.
MENDELSOHN señala un segundo grupo donde reúne aquellos eventos en los
cuales la víctima colabora incluso intencionalmente en la conducta del delito, a tal
punto que debe disminuirse la pena al criminal. La víctima provocadora incita al
delincuente a cometer la infracción, la víctima imprudente determina el accidente
por falta de control en sí misma, y en la voluntaria e ignorante38 subyace la
responsabilidad en la comisión de la conducta.
HETING menciona a las víctimas que por impulso o inhibición provocan el delito:
víctimas con ánimo de lucro, que por codicia, por deseo de enriquecerse
fácilmente, caen en manos de estafadores39. La víctima con ansias de vivir, quien
36
MENDELSOHN, Benjamín. La Victimología y las tendencias de la sociedad contemporánea. En: ILANUD
al día. San José de Costa Rica. Año 4. Nº 10 (1981); p. 54 a 66.
37
RODRÍGUEZ MANZANERA, Luis. Victimología, Editorial Porrúa. México, 1996. Pág. 81.
38
Ibíd. Pág. 83.
39
Por su parte, HENTIG asume una clasificación en la que incluye a aquellas víctimas que permiten,
promueven o provocan el crimen: la víctima aislada, que se aparta de la sociedad, poniendo en peligro su
integridad, como el anciano, el misántropo, el extranjero, la viuda, el desertor. Y la víctima por proximidad,
que asume situaciones excesivas o angustiosas que provocan violencia, como en el caso de las relaciones
34
trata de recuperar el tiempo perdido, de experimentar lo que ha dejado de vivir,
asumiendo aventuras y peligros, como en el juego, la emigración, el derroche y,
podríamos sumar, las relaciones sexuales indiscriminadas. Las víctimas agresivas,
aquellas que han sido torturadas por sus amigos y familiares, y en un momento
dado devuelven su agresión, como en el caso del síndrome de la mujer
maltratada. Y las víctimas sin valor, aquellas personas consideradas “inútiles”,
como los viejos, los pesados, los pecadores, los infieles, pudiendo sumarse los
desechables, los del grupo religioso o político diverso, entre otras odiosas
diferenciaciones40.
En este mismo sentido, JIMÉNEZ DE ASUA menciona a las víctimas
coadyuvantes, quienes participan activamente en el delito, como en el homicidio,
tiranicidio, homicidio justiciero, homicidio consentido, homicidio pasional,
atormentador-atormentado, duelo, riña, suicidio, muerte y lesiones en accidentes
causados por otros, delitos sexuales, delitos contra la propiedad y la estafa, entre
otros. Por su parte, FATTAH se refiere a la víctima deseosa o suplicante, que
desea el acto delictuoso y que hace todo lo posible para incitar al agente a
cometerlo; ella pide, suplica y presta su ayuda y aun asistencia para facilitar la
ejecución del acto, como los menores que piden alcohol, en la eutanasia solicitada
o en el aborto consentido. Asumiendo un rol similar está la víctima que consiente
libremente en el delito, que no decide, no presenta objeción, no resiste, no se
defiende, ni impide la infracción.
En una categorización semejante, SELLIN y WOLFGANG plantean los casos en
los cuales ambos participantes pueden ser criminal y víctima (homosexualidad o
incesto). ANIYAR clasifica a la víctima conforme a la modalidad de la conducta
punible, como culposa, consciente y dolosa, acomodándola a la intención, que
más allá de la simple actitud que la lleva a ello, busca obtener lucro, o dañar a
alguien; y RODRÍGUEZ MANZANERA agrega que cabría la víctima
preterintencional, como aquella que esperando ser víctima, o sufrir un mal menor,
cae en un estado victimal no esperado o mayor al calculado41.
GULOTTA habla de la víctima participante, la cual puede ser provocadora,
imprudente y voluntaria. NEUMAN rotula a las víctimas individuales con aptitud
victimal, en culposas, entre las cuales despunta la provocadora (legítima defensa),
provocadoras genéricas, cooperadoras o coadyuvantes, solicitantes o rogantes
(mutilación y eutanasia); y las dolosas, dentro de las que se encuentran las que
familiares o profesionales. HENTIG, citado por RODRÍGUEZ MANZANERA, Luis. Victimología, Op. cit.,
p. 84.
40
RODRÍGUEZ MANZANERA, Luis. Victimología. Op. cit., p. 84.
41
Ibíd. p. 88 a 96.
35
asumen el delito por su propia determinación (suicidio) y la delincuente (estafa).
Finalmente SCHAFER clasifica a la víctima precipitadora que induce o atrae al
criminal, y a la provocativa que incita la agresión en su contra42.
MENDELSOHN realiza una clasificación de las víctimas, al mejor estilo positivista
con el objeto de explicar las varias formas en que una persona puede ser víctima
por su personalidad física o psíquica, por sus condiciones socioeconómicas,
políticas o incluso hasta filosóficas.
La clasificación de las victimas propuesta por Mendelsohn es:
Víctima Culpable: La que cae fácilmente en la victimización, por negligencia
(culpa), vanidad o ambición (como en el caso de la estafa).
Víctima Coadyuvante: Que presta colaboración para la realización del resultado
típico, como en la riña, lesiones personales, en algunos homicidios o tiranicidio
(darle muerte al tirano).
Víctima Causal: La que da origen al delito, como en el aborto consentido, el
adulterio o algunos incestos.
Víctima determinada: La víctima que es seleccionada por el agresor, como digna
de su ataque43.
Víctima incapaz: Se identifica a estas víctimas por el bajo nivel de autocrítica, de
intelectualidad, de conocimiento o comprensión del ilícito, o de escasa energía de
defensa, como en el caso de los niños, enfermos y débiles por incapacidad mental
o física.
Víctima indiferente: Quien cae en el delito sin selección previa, por obra del azar.
Se diferencia de la víctima determinada. Como la persona “cualquiera” que espera
el delincuente pase por el lugar en el cual se encuentra esperando para hurtar.
Víctima independiente: Es quien recibe el perjuicio no por obra del delincuente,
sino de un caso fortuito o fuerza mayor, como la víctima de la naturaleza, de un
accidente, de una desgracia. Aun cuando esta clase de víctimas tiende a ser
menos en el derecho penal, puesto que al imputarse al ser humano la creación de
42
Ibíd. p. 88 a 96.
Véase: RODRIGUEZ MANZANERA, Luis. La Elección de la Víctima. EGUZKILORE. San Sebastián.
Diciembre de 2008.
43
36
un riesgo, a este podría aplicarse responsabilidad por no prevenirlo, como en el
caso de los accidentes de tránsito, por carecer la curva del peralte44 necesario.
Víctima por coincidencia; Quien resulta lesionado sin que el autor este buscando
su lesión, como en el llamado “error en el golpe”, o “dolo eventual” por el accionar
de elemento explosivo.
Víctima por convenio: La persona que resulta vulnerada a causa de un acuerdo
previo con el autor, como en el caso del alemán Armin Meiwes llamado “caníbal de
Roteburgo”, quien mato, descuartizo y se comió a Bernd Jürgen Brandes por
mutuo acuerdo.
Víctima resistente: Aquella que se constituye como rival del agente, como en el
agredido en el caso de legitima defensa.
Víctima simuladora: Quien acude a denunciar o señala como agresor a quien no
ha cometido la conducta, con el objetivo de obtener un ánimo de lucro, o una
sentencia condenatoria contra un individuo inocente, o quien denuncia para
acceder a la asistencia victimal.
Víctima provocativa: La víctima que cae en el delito a causa de una incitación
producida por el autor. Caso el evento en cual un ginecólogo por razón de su
profesión produce excitación a la víctima, motivando en este el contacto sexual. O
quien deja el vehículo sin seguridades con la idea que un ladrón lo hurte, pues le
resulta mejor el pago del seguro, que la venta.
Auto víctima: El sujeto que se auto expone a la comisión de la conducta, por
violación del principio de autorresponsabilidad, como el alcohólico, el toxicómano,
los jugadores, o el estafado.
Víctima política: Que es victimizado por razón de su ideología, o por ser
estigmatizado en su pensamiento, como el comunista en régimen económico y
político capitalista, o el capitalista en un régimen comunista.
Víctima imaginaría: La persona que asume ser víctima de un delito que no ha
existido, como los mitómanos, en algunos casos los niños y los ancianos, o
quienes aducen su situación a la responsabilidad de la conducta de otros.
Víctima latente o predispuesta: La víctima que por su escasa capacidad de
autoreflexión esta vulnerable para sucumbir a ser víctima, como la mujer, anciano
o niño que vive solo, o un trabajador(a) sexual.
44
Pendiente trasversal que se da en las curvas de una carretera o vía férrea.
37
La víctima aislada: Refiere a quien se aparta de la comunidad, asumiendo una
posición de soledad, poniendo en peligro su integridad al sustraerse de las normas
sociales, como el ermitaño.
La víctima falsa: Se diferencia de la víctima imaginaria, por que esta se
autolesiona o autoofende para obtener un beneficio.
Víctima inmune: De quien el delincuente piensa que es un error lesionarlo, como al
policía, al juez, al periodista o al religioso (a).
Víctima reincidente: Quien resulta nuevamente victimizada por que no asume los
deberes de contención para el delito. Como el caso de quien conociendo que
volverá a ser victimizada permanece en el lugar donde es vulnerable. También se
conoce como multivictimización.
Víctima deseosa o suplicante: Quien anhela el acto delictivo y busca que este se
lleve a cabo, incluso realizando lo necesario para facilitar el comportamiento, como
en el incesto, en el aborto consetido, o en las largas filas para que le reciban el
dinero en la captadora ilegal.
Víctima mutua. Cuando dos personas, o más, de forma mutua, y simultánea son
víctima y victimario, como en el incesto y la bigamia45.
Esta clasificación de las víctimas resulta prudente en la medida que la
comprensión de situaciones vulnerables de victimización sugiere el desarrollo de
una conciencia por parte de los involucrados en contactos sociales riesgosos de
evitar la lesión antijurídica. Correspondiendo a la víctima la protección primaria de
sus bienes, debe actuar con cautela, evitando asumir posiciones riesgosas, o
implementar las medidas de contención para el manejo del riesgo.
A la par de la creación de los supuestos de hechos pertenecientes a la tipicidad
penal, se podría erigir un “Código de Victimización” consistente en los supuestos
de hechos que provocan, conducen o facilitan la victimización por el delincuente.
La Victimodogmática
45
La clasificación victimal es asumida con base en la descripción realizada por PEREZ PINZÓN, Álvaro
Orlando. Curso de Criminología. Ob. Cit. Pág. 179.
38
Desde el nacimiento de la victimología como ciencia, se planteó la realidad de una
cierta corresponsabilidad de la víctima en la comisión del delito. En la
identificación de las clases o tipos de víctimas, se incluyó la víctima en la conducta
(víctima provocadora, víctima co-culpable). Posteriormente, al asumir la
participación de la víctima, se produjo la recategorización de algunos conceptos
dogmáticos, la inclusión de otros nuevos, y el impacto en la pena, endilgando
corresponsabilidad a la víctima en la comisión de la conducta46. Surge así la
“victimodogmática”, al relacionar la víctima con la dogmática.
Por su parte la Victimodogmática es una ciencia que combina la victimología y la
dogmática penal, en un esfuerzo por integrar a la víctima a la dogmática penal, en
cuanto al ámbito de corresponsabilidad de la víctima en la comisión del punible,
sobre todo cuando se este frente a situaciones de asunción del riesgo, es decir en
la realización de actividades peligrosas en las cuales la víctima se expone de
manera abierta a la ocurrencia del peligro, colocando pocos o ningún medio de
protección para evitar el daño antijurídico penal.
Para LANDROVE DÍAZ, “La victimodogmática se preocupa de analizar el
comportamiento de la víctima como una categoría de carácter dogmático, que
debe tomarse en consideración por la sistemática del delito a objeto de determinar
la exclusión de la responsabilidad del autor o la atenuación de la misma. Al igual
que la victimología, el estudio se realiza sobre la pareja criminal, delincuentevíctima, pero partiendo de la inteligencia que algunas víctimas contribuyen –dolosa
o imprudentemente- a la propia victimización, lo que puede influir en la
responsabilidad criminal del delincuente”47.
Dentro de esta concepción se observa el Principio de Autoprotección por el cual se
le exige legalmente a la víctima que se auto proteja de las lesiones que pueden
ocurrir en su contra o sus bienes. Correspondiendo a la víctima la primera
responsabilidad en el cuidado de su propio comportamiento, quien no se protege a
sí mismo o sus bienes no puede exigir que el sistema penal lo haga por él, por
cuanto se presume que hace dejación de su bien jurídico. En la relación
delincuente-victima debe observarse la precipitación del daño por parte de la
víctima, caso en el cual el Juez podría llegar a considerar la conducta como no
típica por asunción del riesgo por parte de quien resulto afectado.
46
Planteamientos tales como la exclusión del tipo penal por la falta de protección del autor, la exigencia de
autorresponsabilidad para el titular del bien jurídico, la ampliación del concepto de autoría en cuanto al
manejo del hecho por parte de la víctima, así como la reconsideración de la imputación objetiva del resultado
y la disminución de la punibilidad hasta el porcentaje de participación del titular del bien jurídico.
47
LANDROVE DÍAZ, Gerardo. La moderna Victimología. Citado por SANTIBÁÑEZ TORRES, María
Helena. Algunas consideraciones victimodogmáticas en los delitos sexuales. En : Revista Ars Boni Et Aequi.
No. 6,2 (2010); p. 111-131.
39
La integración de la víctima en la punibilidad - La tercera vía
La propuesta de la tercera vía consiste en la integración de la reparación,
entendida como el acuerdo entre víctima y delincuente, dentro del sistema de
sanciones penales, junto a la pena y la medida de seguridad.
La reparación es una comunión de diversas ideas que se relacionan con las
necesidades que buscan satisfacer la pretensión de justicia de la víctima en el
Derecho Penal. Devolviéndole a la víctima el conflicto a través del sistema penal,
sin renunciar al procedimiento, sin abolir el derecho penal.
La reparación como tercera vía se erige alrededor de la necesidad de construir
una alternativa a la pena prisión, como forma de suspensión de la pena o como fin
de la política criminal por medio de la aplicación del principio de oportunidad, es
decir a favor del delincuente. La reparación como tercera vía ha venido siendo
entendida como un criterio económico – indemnizatorio que acompaña la
pretensión penal, pero que al ampliarla no solo a favor del delincuente, sino
también de la víctima permite acercar el contenido material de la consecuencia de
la responsabilidad penal a la justicia.
La tercera vía, se constituye como un mecanismo de favorecimiento al
delincuente, y de beneficio frente a la víctima, teniendo en cuenta su olvido en
cuanto a la pena.
La tercera vía es una mancomunión de diferentes ideas que pueden estar
relacionadas con las necesidades de la víctima en el Derecho Penal, con algunos
postulados de las corrientes abolicionistas, y con los objetivos de la “justicia
restauradora” devolviendo el conflicto a la víctima, promoviendo un mayor
compromiso social, diversificando la pena, separando la noción de punibilidad del
concepto de castigo48.
La asistencia a la víctima de los delitos
Como parte de una prevención especial para las víctimas de los delitos los
estados han asumido la disposición de medios para la atención prioritaria a las
víctima de los delitos, generando oficinas de atención a víctimas, estableciendo
rangos de indemnización para la recuperación de los bienes perdidos o satisfacer
48 GALAIN PALERMO, Pablo. La reparación del daño como equivalente funcional de la pena. Universidad
Católica del Uruguay – Konrad-Adenaur-Stiftung E.V.. Montevideo, 2009. Pág. 170.
40
medianamente la justicia en delitos violentos o sexuales, o creando leyes de
víctimas para quienes resultan perjudicados por el conflicto armado.
La asistencia adquiere relevancia en Estados Unidos y Europa, siendo Nueva
Zelanda el primer país en iniciar un programa de asistencia y compensación a las
víctimas de los delitos, seguido del estado de California en Estados Unidos de
América del Norte49.
La asistencia no es la misericordia que el estado le debe brindar a la víctima, este
es un rol propio de la Iglesia. La asistencia se desprende del deber de solidaridad
mediante el cual se debe prestar especial protección a quien este en situación de
vulnerabilidad o en condición de inferioridad, especialmente cuando estas
proceden de un acto antijurídico como es el delito. Este deber de asistencia es
fruto de la presión realizada por medio de los documentos de las Naciones Unidas
sobre Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y Abusos
del Poder, y la Resolución 1996/119 de la Subcomisión de Prevención de las
Discriminaciones y Protección de las Minorías de la Comisión de Derechos
Humanos de las Naciones Unidas50.
LA EXPLICACIÓN DEL DELITO A PARTIR DE LA PSICOLOGÍA CRIMINAL El estudio del delito se asume a partir de la personalidad criminal, la cual tiene por
causa las patologías individuales del hombre, que pueden ser detectadas en su
cuerpo, mente y psiquis, teniendo en cuenta el mundo cultural y social
circundante.
Los psicólogos al estudiar los desordenes psicológicos como la psicosis (que
implican pérdida de contacto con la realidad.
/ esquizofrenia, psicosis maniaco-depresiva,
paranoia y psicosis orgánicas) y la neurosis (que implican pérdida de capacidad para realizar
ciertas tareas, y dolor psíquico que hace insoportable la vida. / ansiedad aguda, fobias, neurosis
obsesivo compulsivo/ histeria)
tienen contacto con personas que han llegado o pueden
llegar a realizar conductas delictivas.
49
PEARSON, Annette Et al. Victimología. Aproximación psicosocial a las Víctimas. Editorial Pontificia
Universidad Javeriana, 2008. P. 17
50
http://www.cnrr.org.co/interior_otros/pdf/der_hum.pdf. Consultada el 15 de junio de 2008.
41
La psicología como ciencia que explica el comportamiento en la sociedad, a través
de los procesos psíquicos y socio cognitivos que se involucran en el entorno
social, ha desarrollado profundos estudios en psicología criminal. Trata de
identificar que induce al individuo a delinquir, qué significado tiene para él la
conducta criminal y por que la sanción no lo atemoriza.
La psicología criminal es la ciencia que estudia las causas y motivos, normales y/o
patológicos que conducen a una persona a convertirse en un delincuente51, dentro
de esta parte de la psicología criminal es dable distinguir como áreas, la psicología
evolutiva, la psicología social, la psicología biológica y la psicología del
comportamiento.
A. Contribución de las áreas de la psicología al estudio de la criminalidad La psicología criminal tiene varios ámbitos de aplicación, en la elaboración de
teorías sobre el delito, la elaboración de técnicas específicas, la victimización, la
técnica del testimonio, la investigación policial a través de los perfiles criminales,
análisis de organizaciones criminales, negociaciones con secuestradores y
geocriminalidad, en la prevención del delito y la psicología forense52.
Son varias las áreas de la psicología que aportan al estudio de la criminalidad:
1. Psicología evolutiva
Para la psicología evolutiva el objetivo de estudio es la personalidad del
delincuente, la estructura personal en la que se integra un conjunto de factores e
interacciones desde la infancia y hasta la adultez.
En la infancia el niño recibe la conducta de su entorno familiar, social y ambiental,
constituyendo su personalidad. Especial significación tiene el momento de la
adolescencia, en el que el antes niño sale a la calle sin compañía de su familia,
subrayando necesariamente su propia personalidad, produciéndose la necesaria
ruptura con el entorno familiar, lo que produce inseguridad personal. Inseguridad
que se refuerza al abrirse a nuevos retos y demandas de la sociedad, lo que
conducen al joven a una situación “tremendamente confusa, conflictiva y
ambivalente” 53.
51
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. p. 28
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. p. 57
53
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. Pág. 32
52
42
El adolescente tiene sus primeras relaciones con iguales, lo que le da espacios
para ciertas libertades como el consumo de alcohol, de drogas, u otras sustancias,
en sitios públicos, llevándolo a tener contacto con medios de control social como
otros miembros de la comunidad, la policía y hasta los jueces.
De la forma como se comprende la sociedad en la adolescencia, se parte para la
integración de la personalidad del adulto. La teoría de la identidad negativa,
determina que desde su temprana edad el hombre comienza a interiorizar su
forma de actuar observando a sus progenitores, quienes tratan de moldear al hijo
conforme el modelo que ellos consideran, en esta interacción se pueden transferir
conductas sociales y antisociales. Si se trasmite una imagen descuidada al niño o
al joven este adquiere una identidad negativa.
2. Psicología social.
En esta área se observa la relación de fenómenos macro – sociales con atributos
individuales. Los primeros estudios en relación al estudio sobre procesos grupales
datan de los años 30, en los que se muestra como el comportamiento social de los
individuos esta en íntima relación y dependencia con el de otras personas al
encontrase en situación grupal. El grupo se da cuando más de 3 personas ven
influida su conducta por el resto. Transformándose el sujeto con cambios de
pensamiento muy significativos, conforme al grupo. El cambio más relevante y con
mayor importancia en la conducta criminal, es la influencia social: las personas
pueden realizar auténticos cambios de opinión y de juicio al hallarse en una
situación social determinada.
Posteriormente se realizan estudios analizando la relación actitud – conducta, con
base en la actitud humana se pueden establecer hipótesis antecedentes de
conducta humanas. SORIA VERDE considera que en los años 60 se estableció
que solo en escasos casos existía una relación directa entre actitudes y conductas
expresadas, selección que no deja de lado la conducta con base en la expresión
de la actitud.
En los años 50 Leo FESTINGER, enfatiza la tendencia de las personas a adscribir
una causa a la aparición de una determinada conducta social, a factores externos
como la suerte (buena o mala), o internos como el carácter - Teoría de la
atribución social -.
En la misma línea FESTINGER dispone que cuando el sujeto debe decidir entre
una de dos o más opciones, valoradas de manera equivalente y con un grado de
atracción similar, sufre un malestar psicológico y sentimientos negativos ¿qué
43
hubiera pasado si asumo la otra decisión?, a lo que denomina disonancia. La
forma de reducir la contradicción es mediante cambios cognitivos o mentales
dirigidos a incrementar la atracción de la decisión tomada y reducir la ignorada,
por esto la denomina disonancia cognitiva.
3. Psicología biológica
Sin abandonar la conexión entre la conducta determinada por factores biológicos,
el interaccionismo biológico permite comprender que los procesos biológicos se
relacionan con el entorno físico-social y con las experiencias psicológicas
individuales. No todos los individuos nacen con las mismas posibilidades
biológicas, el desarrollo de las potencialidades o la superación de las limitaciones
solo se logra a través de la interacción con el medio social.
Los estudios desarrollados sobre esta relación son genéticos, sobre adopciones,
fisiológicos y de disfunción cerebral.
Psicología del comportamiento
La medición y cuantificación científica del comportamiento de las personas, traen
el desarrollo de sistemas de evaluación, medida y control de conductas,
alcanzando la previsión del comportamiento humano54.
A. Teorías explicativas de la agresión humana 1. Teorías biológicas
Karl LORENZ elabora el “instinto universal de agresión”, predisposición emocional
que está presente en todos los seres humanos, pero no es destructiva, sino que
es una adaptación reactiva ante una amenaza a la supervivencia del sujeto y no
tanto una erupción de energía espontánea.
Al instituto universal se le atribuyen las funciones de control de la población,
selección de seres mejor dotados para la reproducción de la especie, defensa del
territorio y garantía del orden social.
Siento la agresividad es propia de todos los seres humanos, por lo cual los actos
criminales, las acciones militares, las actividades deportivas o las relaciones
sociales agresivas son un medio de escape.
54
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. Pág. 35
44
Se crítica toda vez que relega los avances comportamentales y cognitivos
relacionados con la capacidad de las personas para aprender y controlar su
conducta55.
2. Teorías psicosociales
a) Psicoanálisis
Estas teorías tienen como sustrato común un instinto o drive agresivo que se
controla o canalizado en el proceso de desarrollo de la persona, acomodándose y
regulándose por los mecanismos internos del yo y el superyo.
El aporte del psicoanálisis de FREUD a la criminología
En las teorías psicoanalíticas y de la biotipología se observa la relación
delincuente con la sociedad, aislando elementos sociales, políticos y económicos,
que acompañan la comisión de conductas criminales56, estas teorías tratan de
explicar los delitos en la relación individuo mentalmente insano o el sujeto
criminalizado con la sociedad, negando así el principio de la legitimidad de la
reacción criminal.
Sigmund Freud en el año 1.915 publico el artículo “Los delincuentes por
sentimientos de culpa”, explicando que la labor analítica le condujo al
sorprendente resultado de que las conductas delictivas eran cometidas ante todo
porque se hallaban prohibidas, y porque a su ejecución se enlazaba para el autor
un alivio psíquico. El sujeto sufría un penoso sentimiento de culpabilidad de origen
desconocido, donde una vez cometida la falta, sentía mitigada la presión del
mismo. Por paradójico que parezca, el sentimiento de culpa existía antes del delito
y no procedía de él, contrario, el delito es el que procedía del sentimiento de culpa.
Profundizando su análisis llega a la conclusión de que este sentimiento de
culpabilidad proviene del complejo de Edipo o Electra.
El súper yo se impone a los instintos, los cuales se encuentran en el inconsciente
y la comisión del delito permite liberarlos y por esto el delincuente tiene tendencia
a confesar.
55
56
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. Pág. 43
BARATTA. Ob. Cit. Pág. 44 y Siguientes.
45
SC Sentimiento de Culpa = D Delito = L Liberación Psíquica = C Confesión = CS
Catarsis.
SC = D = L = C = CS
Igualmente expone la teoría del delincuente sin súper yo, en el cual el id
desatiende las regulaciones del ego.
Los niños cometen travesuras para llamar la atención y atraerse un castigo, luego
que este es aplicado, quedan tranquilos. Sirviendo el castigo para satisfacer la
necesidad de auto castigo, emanada de la sensación de culpabilidad que
provocan otras faltas más graves. El delincuente por un lado comete un delito por
sentimientos de culpa, y por el otro, el castigo que el delito ocasiona, satisface la
necesidad de auto castigo que el sujeto experimenta inconscientemente.
Freud también habla de los delincuentes adultos que cometen delitos sin
sentimientos de culpa. Señala que estos sujetos no han desarrollado inhibiciones
morales o creen justificada su conducta por su lucha contra la sociedad,
refiriéndose así hacia las actualmente denominadas personalidades psicopáticas.
Posteriormente, en el año 1.923 edita su artículo “El yo y el ello”, en donde
fundamenta su teoría de conformación del aparato psíquico del yo, súper-yo y el
ello, bastantemente conocido por todo aquel que ha desarrollado estudios básicos
de la criminología.
La teoría psicoanalítica centrada en el individuo comienza a caracterizar al
delincuente, abandonando el análisis exclusivo de las características físicas del
ser humano, en la explicación del delito por medio de la aplicación del método
psicoanalítico. Este método se origina hacia finales del siglo XIX y principios del
XX, siendo antecedido por el método catártico diseñado por Josef Breuer57,
mediante el cual se trataba de curar la histeria por medio de la hipnosis,
permitiendo que se limpiara o purgara el alma del paciente al permitirle expresar
todos sus sentimientos y el hecho causante de la histeria.
Al aplicar Freud el método catártico encontró que el mismo se dificultaba por la
imposibilidad de hipnotizar a todos los pacientes, por lo cual comenzó a fomentar
en el paciente la expresión de todas las ideas que se le venían a la cabeza, al
principio imponía las manos sobre la frente del paciente interrogándole sobre
diversos aspectos, pero por la invasión en la psiquis del paciente y la provocación
57
SALVAT, Manuel. Biblioteca Salvat de Grandes Temas. Libros GT. Salvat Editores, Barcelona, 1973. El
Método Catártico.
46
de respuestas, se decidió a abandonar cualquier intromisión promoviendo la
relajación del perturbado y la declaración libre y espontánea.
Al expresarse el paciente encontraba una resistencia en la elaboración de las
ideas, lo que FREUD denomino “teoría de la represión ” que es el olvido activo de
algunos contenidos como ideas, impresiones, afectos etc., encontrando que todo
lo olvidado había sido para el sujeto penoso, doloroso, temible o vergonzoso, a
esta idea reprimida le denomina síntoma, el cual explica como la sustitución del
material psíquico reprimido que aflora a la conciencia lo suficientemente
deformada como para enmascarar su origen.
El tabú – Prevención General Positiva.
En la comprensión de la Prevención General del Derecho Penal FREUD la afirma
como el tabú, que es una formación social por la cual el primitivo siente temor de
atraer sobre si una venganza, un dolor o la muerte, la cual puede ser impuesta por
el grupo mismo.
Quien observa cómo se vulnera el tabú, trata de imitarlo, porque al agredir el tabú
se liberan de la represión del Súper Yo, superándolo, por esto la reacción punitiva
busca que los miembros del grupo no imiten la conducta prohibida, a través de la
represión.
Explicando la neurosis como una enfermedad individual, en la cual el delincuente
teme que recaiga la pena que el merece, sobre un pariente o una persona
próxima.
El complejo de Edipo y Electra.
Como explicación del sentimiento de culpa, el autor señala el primer instinto o
complejo inconsciente del ser humano y que este tiende a reprimir, como es el
amor que tienen los niños (as) hacia el progenitor del sexo opuesto, al que
denomina llamado complejo de Edipo o complejo de Electra, que sucede cuando
los niños idealizan a los padres, queriendo poseerlos, pero al no lograrlo se
reprimen, comenzando el síntoma reprimido del “sentimiento de culpa.
El niño - afirma FREUD – “ya desde muy pequeño empieza a mostrar un afecto
especial hacia la madre, a la que considera propiedad suya, viendo al padre como
47
un rival que le disputa su posesión exclusiva. También los hermanos pueden
despertar rivalidad o ser deseados. De este modo, el complejo de Edipo constituye
el núcleo de las relaciones familiares en las que toda hostilidad y todo deseo ilícito
son censurados”58
El complejo de Edipo o el ánimo incestuoso es reprimido por la familia y por la
sociedad, permaneciendo en el inconsciente reprimido, perpetuándose sin
destruirse en el adulto. FREUD observa la estrecha relación de la evolución del
instinto sexual del individuo con la represión a que ese instinto está sometido,
explicando las zonas erógenas o no sexuales que producen excitación, buscando
así la satisfacción del placer por el placer, siendo la primera manifestación del
placer el “placer de chupar” experimentado por él bebe en la mama o el tetero.
El Ello, el Yo y el Súper-yo.
En la teorización del pensamiento psicoanalítico FREUD divide la personalidad en
tres instancias psíquicas, el Ello, el Yo y el Súper Yo. La personalidad consiente o
Yo es la parte del Ello que tiene contacto con la realidad y la cultura, está en
contacto con el medio ambiente circundante, canalizando el impulso del Ello o del
síntoma conforme a las circunstancias exteriores, realizándola, aplazándola o
negándola, sustituyendo el principio del placer por el principio de la realidad.
El Ello se explica como la reserva de energía libidinal y agresiva guiada por el
principio del placer, que busca la satisfacción de los impulsos instintivos aun
cuando sean irrealizables, imposibles o en desacuerdo con la realidad. Es la fase
primaria o arcaica, es lo propio, lo recóndito, lo inherente al hombre, lo más
humano.
El Súper-yo es la interiorización o asimilación de las estructuras que rigen la
sociedad, la primera se asume con los padres o quienes crían al menor,
aprobando o rechazando actos, pensamientos o impulsos. La desaprobación del
Súper-yo genera un sentimiento de culpabilidad, y al no diferenciarse entre acto y
deseo puede crear situaciones crueles. Está conformado por las imposiciones
culturales, religiosas, políticas, sociales, económicas y jurídicas. La génesis del
Súper yo está dada en dos importantes factores biológicos: el de la larga
indefensión y dependencia infantil del hombre y de su complejo de Edipo, el cual
se relaciona con la interrupción del desarrollo de la libido por el período de
latencia.
58
Ibid.
48
Entonces los instintos delictivos del Ello se reprimen a través del Súper Yo, los
cuales quedan en el inconsciente, produciendo un sentimiento de culpa
inconsciente que lleva a la realización del delito y se expresa en la tendencia del
criminal a confesar; Siendo el delito una superación del sentimiento de culpa que
se realiza por la represión de los instintos delictivos o animales del hombre a
través de la acción del Súper Yo, razón por la cual, luego de realizado el delito la
persona tiene tendencia a reconocer el hecho como propio, a confesar.
Otros psicoanalistas posteriores rechazan la visión de Freud desarrollando nuevas
elaboraciones teóricas, como FROM quien diseña que en la búsqueda constante
del placer el hombre disfruta de varias satisfacciones. Un tipo de placer que Freud
y otros consideraron esta dado en la sensación que acompaña el alivio de una
tensión penosa. El hambre, la sed, y la necesidad de satisfacción sexual, el dormir
y el ejercicio físico están arraigados en las condiciones químicas del organismo.
La necesidad fisiológica objetiva de satisfacer estas exigencias se perciben
subjetivamente como un deseo, y si permanece sin ser satisfechas durante un
lapso prolongado se experimenta una tensión penosa. Cuando esta tensión es
liberada, se experimenta placer o satisfacción59.
b) Teorías del aprendizaje y el sociocognitivismo social
Estas teorías se basan en modelos, según el condicionamiento operante. La
conducta de la persona se conforma mediante refuerzos externos y siguiendo el
modelado del comportamiento, la conducta se aprende mediante la imitación de
otras personas que le sirven de modelo.
Según DOLLARD Y COLS la agresión siempre se produce por frustración y la
frustración siempre provoca agresión; la agresión también puede presentarse por
insulto, dolor o amenaza la autoestima. Cuando el individuo se frustra, es decir no
obtiene satisfacción, aumenta la agresividad, por la cual en un momento
determinado puede llegar a ofender bienes jurídicos.
En los años 80 BANDURA considera que la conducta violenta puede aprenderse
también por observación de otras personas que la ejecuten, la probabilidad que se
desarrolle la conducta dependerá de los estándares de pensamiento que
conduzca a la autorregulación, autorrecompensa o al castigo. Al realizar la
conducta la persona tiende a realizar distorciones cognitivas como culpar a la
víctima o deshumanizarla60.
59
60
FROMM, Erich. Ética y Psicoanálisis. Fondo de Cultura Económica, Colombia, 1997. p. 198
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. Pág. 44 - 45
49
Algunas otras tendencias de la psicología entienden el delito de otras formas:
Psicología Individual. El delito obedece a una superación de la baja autoestima del
delincuente. La ausencia de educación o la carencia de una estimulación de la
personalidad, puede producir un sentimiento de inferioridad, considerándose
menos que los demás, si logra compensar esta baja autoestima su conducta es
normal, pero si no, opta por aislarse, por el narcisismo, el desprecio o la
criminalidad.
Reflexología. El hombre es una máquina de los reflejos del exterior. El delito se
produce por un estímulo del medio ambiente físico – social, que circunda al ser
humano, obedeciendo reflejos instrumentalizados que provienen del exterior.
Conductismo. El crimen se debe al desarrollo de conflictos resultantes de factores
ambientales adversos. La conducta es una respuesta ante los estímulos. Esta se
da por secreciones glandulares, es reducible a procesos físico-químicos. Todo
estimulo obedece a una respuesta y la respuesta obedece a un estímulo, relación
causa-efecto.
Explicación Psicodinámica. El origen del crimen se ubica en factores sociales y
económicos que se observan frente al desarrollo de la personalidad del hombre.
Se distorsiona el proceso de socialización del niño por: severidad de los padres
(dureza precoz), fracaso escolar, que conlleva a la necesidad de buscar refugio y
seguridad en las bandas juveniles. Intolerancia a la frustración, dificultades
económicas61.
Psicoanálisis de la Sociedad Punitiva El Chivo expiatorio, refiere al señalamiento que se realiza hacia una comunidad o
miembros de la misma como responsables de los males sociales o de un crimen
en particular. Las frustraciones se desplazan hacia los más débiles. Esto se
explica con base en la relación frustración-comportamiento agresivo que se
genera por la inconformidad de no alcanzar las metas sociales (frustración) se
genera agresión, sentimiento que se desahoga hacia el grupo ajeno, extraño o
diferente, estos grupos se seleccionan especialmente por su débil seguridad, su
visibilidad negativa, los rasgos extraños, o el desagrado que despiertan62.
61
PEREZ PINZON, Álvaro Orlando. Ob. Cit. P. 57.
STEPHEN, Worchel Et al. Psicología Social. Pág. 196. (Ver:
http://books.google.com.co/books?id=Pa0lvf858oC&printsec=frontcover&hl=es&source=gbs_ge_summary_r
&cad=0#v=onepage&q&f=false)
62
50
La teoría psicoanalítica de la sociedad Punitiva afirma que la reacción penal al
comportamiento delictual es un mecanismo psicológico ante la desviación, la cual
es necesaria y existe en la sociedad, con lo cual la reacción penal no tiende a
eliminar la criminalidad, sino con un mecanismo para evitar que se cometan más
delitos.
Franz Alexander63 y Hugo Staub64, afirman que el delincuente se identifica con la
sociedad punitiva, con el mundo de los delincuentes y con quienes administran el
sistema penal, la pena es una recompensa por la renuncia al sadismo,
identificación que sugiere una disminución de la cantidad de desviaciones, para
que menos personas sean llamadas por el espectáculo el juicio y por la pena
capital a cometer conductas desviadas. El Súper Yo se siente atraído para relucir
en la sociedad punitiva (criminales y procedimiento penal). El procedimiento penal
llama la atención al delincuente.
El mecanismo de proyección es por medio del cual el sentimiento de culpa que se
produce por la represión del Súper Yo, se descarga no sobre el individuo, sino
hacia un tercero de quien cometió del delito o puede llegar a cometerlos, o de un
grupo marginal o de minoría.
Por su parte REIKI señala desde la óptica psicológica las funciones de la pena,
acuñando dos funciones principales, la primera satisfacer la necesidad
inconsciente de castigo del delincuente y satisfacer la necesidad del castigo de la
sociedad, en cuanto esta inconscientemente se identifica con el delincuente, es
decir la pena se asume como una satisfacción de la necesidad de castigo tanto del
delincuente, como de la sociedad, en un proceso catártico; la segunda función
concluye que como la pena es un medio de satisfacción, llegara el momento en
que se supere la necesidad de la pena, lo cual estará cuando se encuentren
medios para evitar el delito, como el Arco Iris después del temporal.
63
64
Psiquiatra Húngaro (1891 - 1964).
Psiquiatra Alemán ( 1886 – 1942 )
51
PARADIGMA DE LA
NORTEAMERICANAS REACCIÓN
SOCIAL
O
DE
LAS
TEORÍAS
La expresión “cambio de paradigma” es una modificación en el objeto de estudio,
pasando de estudiar el delincuente y el comportamiento a los órganos de control
social, que tienen por función controlar y reprimir la desviación65.
Para comprender la modificación en el objeto de estudio del delincuente a la
sociedad, ingresamos a estudiar algunas de las formas como se puede entender
la sociedad a partir de las visiones sociológicas de la misma, a partir de este
momento la criminología continuara teniendo una fuerte influencia sociológica,
impactando así mismo al derecho penal que construye la teoría funcionalista del
delito con base en la teoría estructuralista de la sociedad.
La teoría del conflicto social es vista en la criminología desde el paradigma
marxista, al comprender la sociedad como una lucha de clases, lo que va a marcar
una tendencia criminológica que explicará al delito desde una órbita de izquierda.
Explicación del fenómeno criminal a partir de la sociología Las explicaciones sociológicas abandonan las explicaciones biosociológicas y
caracterológica del delincuente y la concepción del bien y el mal propia de la
defensa social, para explicar el origen de la criminalidad con base en el análisis
global de la sociedad, verificándose en ella lo que produce la desviación.
65
LARRAURI, Elena. Ob. Cit. P. 28.
52
El origen del crimen se busca en el medio social donde se desarrolla el
delincuente, por medio de la praxis, de lo empírico, por relaciones familiares
deterioradas, malos amigos, intereses insatisfechos, sobreprotección de los
padres, severidad en el grupo primario o en la escuela. Naciendo el delito en
múltiples factores, incluyendo personales o psicológicos, pero básicamente en el
medio social.
Dentro de estas teorías se establece como punto de partida dos formas de
entender la sociedad, una entidad funcional (teoría funcionalista) y la otra,
entendiéndola como un caso ( Teoría del conflicto social).
Teoría funcionalista
Ubicándonos en la teoría criminológica de origen sociológico, entramos a observar
dos formas de comprender la sociedad. Como conjunto de seres humanos,
generados del contrato social – fruto del pensamiento iluminista, positivista,
racionalista – de la revolución francesa o periodo de la ilustración, entramos a
explicar las relaciones humanas como una estructura dada.
La visión estructural posee como objeto de estudio la relación entre los delitos y la
organización social, siendo fundamentales conceptos como desorganización
social, anomia, desigualdad de oportunidades y subcultura66.
La teoría funcionalista o sistémica de la sociedad es explicada por Merton67, a
quien se le considera su padre, para este la estructura social es un sistema que
permanece en el tiempo, identifica al sistema con un conjunto de elementos
interdependientes, asociados entre si, en equilibrio, que tienen la posibilidad de
desarrollarse, a la que igualmente se le ha denominado sistémica.
El estructuralismo puede ser entendido en el sentido amplio: una estructura abarcativa que contiene casos
particulares, por lo que es una “regla de variabilidad”. Y en un sentido estricto, la estructura son pautas
inventadas a partir de ella para cumplir con los modelos, haciéndola inteligible, de este concepto surge el
funcionalismo.
La estructura es un sistema de relaciones relativamente estables entre las partes
de un conjunto, y la estabilidad deriva de la permanencia de los actos sociales
más allá de las personas.
66
67
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. p. 31
Robert King Merton, sociólogo estadounidense, 1910 - 2003.
53
Dentro del concepto de estructuralismo amplio, vemos la estructura social, conformada por fenómenos
sociales como fenómenos lingüísticos, que se forman a partir del juego estructural, entre elementos al interior
de una estructura, con base en los factores definidores de las relaciones.
El orden estructural es un fenómeno de sentido, al principio solo lo conocemos por sus productos y efectos,
pero luego lo definimos por las relaciones que vinculan entre sí a los elementos confiriéndole un valor de
posición. Asumiendo la realidad como una distribución o asignación de definiciones, que no la otorga los
entes institucionales o los desempeños personales, es el sentido quien otorga el juego estructural entre los
elementos.
Así como el valor que adquieren los fonemas dentro de una frase (Lévi-Strauss)68, dicé Lévi-Strauss, que toda
cultura puede ser considerada como un conjunto de sistemas simbólicos, … pero los diferentes sistemas de
símbolos cuyo contenido constituye la cultura son irreductibles entre sí, creando una estructura que supera la
suma de las instituciones o individuos, y depende más de los vínculos relacionales y valores posicionales
emergentes.
El funcionalismo se explica a partir de un concepto estricto de estructura, el pensamiento funcionalista surge
con Durkheim en el siglo XIX, al comprender la sociedad como un organismo viviente, con una coordinación
entre sus elementos, la labor del sociólogo consiste en observar el funcionamiento del organismo, para
reconocer los males sociales y definir como tratarlos. Desde esta óptica del delito es la enfermedad social, por
lo que debe tratársele para tener una sociedad sana. Pero como en todo cuerpo viviente la enfermedad es parte
de su evolución.
En relación al funcionalismo, la corriente estructural amplia (Lévi-Strauss) lo consideraba como una forma
primaria de estructuralismo: “decir que una sociedad funciona es una perogrullada, pero decir que todo, en
una sociedad, funciona es un absurdo” 69.
En la sociedad rural, del campo, los seres humanos tienen una cohesión interna basada en la conciencia
colectiva, de participación intensa de los individuos en la vida social, denominándola Durkeheim como una
“Sociedad de Solidaridad Mecánica o por semejanzas”. Por contrario las relaciones en una Sociedad de
Solidaridad Orgánica, como la sociedad obrera de la revolución industrial,se forma sobre las individualidades,
cumpliendo tareas específicas en las que cada uno realiza su vocación personal, disminuyendo la participación
social del individuo70.
El delito es esencial para mantener la salud de la sociedad, sirve para identificar lo
que es válido y moralmente aceptable. La ley es producto del consenso de los
valores comunes, las personas se vuelven delincuentes por qué no han sido
adecuadamente socializados71.
El sistema está formado por subsistemas interdependientes que cumplen
funciones sociales necesarias para el funcionamiento, regularidad y estabilidad de
68
ARNOLETTO, Eduardo Jorge. Curso de Teoría Política. p. 74
ARNOLETTO, Eduardo Jorge. Curso de Teoría Política. p. 74
70
ARNOLETTO, Eduardo Jorge. Curso de Teoría Política. p. 74
71
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. p. 31
69
54
todo el sistema, entonces cada subsistema cumple una función. Si el subsistema
cumple con sus objetivos se le denomina funcional, y, en caso contrario,
disfuncional.
La sociedad es un cuerpo, en el cual existen unos comportamientos normales,
coordinados y manejados adecuadamente y otros no tan aceptados que generan
cierto rechazo social, los cuales son desviados de los de la mayoría, agrupándose
estos individuos en las llamadas subculturas o contraculturas, las cuales en algún
momento, debido a su disfuncionalidad, son estigmatizadas y criminalizadas.
Una característica importante de la sociología funcionalista es su visión de la
sociedad como un todo que se presenta como algo estable, ordenado y
comprensible. Para los funcionalistas, el objetivo de la sociología es el análisis de
la sociedad con métodos científicos de investigación.
Este es el paradigma teórico dominando la práctica de la sociología hasta los años
sesenta del pasado siglo, pero a partir de esta fecha empieza a surgir una
sociología crítica del funcionalismo, y de la premisa conservadora de los
postulados funcionalistas del «orden natural de la sociedad». Al cuestionar esta
premisa y el acento que los funcionalistas ponían en cuestiones como la
estabilidad y el equilibrio social, la sociología crítica nos muestra la otra cara de la
sociedad: la desigualdad y el conflicto social.
Teoría del conflicto social
La teoría del conflicto social invita a observar el delito no como una patología o
enfermedad social, sino como una un mecanismo de cambio social, de
modificación de situaciones que ciertos grupos desean, para Jhon Dewey “el
conflicto es el tábano del pensamiento”. Este pensamiento surge a raíz de varios
fenómenos entre estos la bomba atómica en 1945 y el caos e incertidumbre por la
posible aniquilación de la especie humana.
Al ver a la sociedad como un sistema, una estructura que permanece en el tiempo,
existe quienes pueden llegar a la estructura buscando mantener el statu quo de la
misma y quienes quieren un cambio de la estructura social, por lo cual la sociedad
tiene dentro de sí el problema o la solución, por lo que el conflicto es funcional a la
sociedad.
55
La existencia de la cultura y de las sub o contra culturas genera conflicto social,
situación que alienta el delito, y considerando que en toda cultura existen estos
subgrupos se puede entonces afirmar que las conductas criminales forman parte
de la sociedad. Además y teniendo en cuenta que desde el nacimiento y durante
su desarrollo el individuo se inserta en la cultura, en la subcultura o en la
contracultura de manera involuntaria (por que nace y crece en ella), se cree que
los individuos sociales están determinados a cometer delitos y que el delito es
fruto de la consecuencia de vivir en sociedad.
En el conflicto social se asume a la sociedad como un punto de ebullición de
conflictos, ocasionados por la desigualdad y el constante cambio social, sobre
todo influenciado por aquellos que no forman parte del manejo de la estructura
social. La sociedad no funciona como un todo ordenado y armónico, compuesto
por grupos sociales o países poderosos, los unos luchan por mantener el statu
quo por que les conviene para sus intereses, es decir defienden sus intereses para
mantenerlos, y los otros, los desfavorecidos, casi siempre los mas, que quieren
cambiar la sociedad.
La Cultura.
La primera sociedad a la que está unida el individuo es la familia, la cual está
compuesta por miembros con los cuales se tienen vínculos de confianza,
solidaridad, respeto, amor, comprensión y ayuda mutua, en esta se observan
comportamientos desviados que son reprimidos por los padres o el grupo familiar,
por medio de la censura, la amenaza o el castigo. Se reflexiona entonces en la
Familia como el primer grupo plural, posteriormente los individuos forman grupos,
que son igualmente una pluralidad de personas que se unen para compartir
objetivos, gustos, intereses, valores, finalidades comunes, tiene una continuidad,
unas funciones determinadas que obedecen a unas normas. Siendo entonces la
sociedad el conjunto de familias, de grupos, en un terreno delimitado.
Familia = Grupo = Sociedad.
El término cultura viene de agricultura, y refiere al cultivo del espíritu humano, a la
erudición del ser humano. La Cultura es un proceso social de interacción que
tienen en común usos, pautas, guías, valores, creencias y normas que son
trasmitidos, heredados, aprendidos y que cohesionan a las personas para
protegerse, ayudarse o sencillamente compartir. Desde el punto de vista de la
comprensión la cultura es el conocimiento que tiene cada persona de su propio
entorno. Se conceptualiza como las formas y las expresiones de una sociedad
56
determinada o como la forma de compartir pautas, finalidades, metas, costumbres
y usos.
Los Mores son Pautas generalizadas, cimientos del grupo, comportamientos
obligados como la lealtad, el patriotismo, la vida, los cuales se consideran como
riesgos sociales que tienen un soporte sociocultural, que en caso de ser agredidos
generan una fuerte reacción social.
Las Costumbres son igualmente Pautas generalizadas, pero a diferencia de los
mores menos obligatorias, es lo deseable pero no es lo impuesto, con ejemplos de
tales los modales en la mesa, la argolla de matrimonio, la ropa para venir a clase,
en caso de desobedecerlas dan pie al chiste, a la mofa, al desaire, y por lo tanto
no genera una reacción social débil.
Los Rasgos o Usos refieren a etiquetas, opiniones o convencionalismos, son aun
menos obligatorias que las anteriores, se consideran tales el saludo de mano, el
guardar silencio en un teatro, entre otras, no generan reacción social o la misma
es menor.
La Subcultura.
El término subcultura se usa en sociología, antropología y estudios culturales para
significar la existencia de grupos de individuos que determinan el uso de un
conjunto distintivo de comportamientos y creencias que les diferencia de la cultura
dominante de la que forman parte, normalmente se han formando alrededor de
las características similares entre sus miembros como la edad, el grupo étnico o
el género, representando comportamiento políticos, estéticos, religiosos, sexuales
o económicos opuestos a los valores de la cultura, aun cuando el algunas
ocasiones puede formarse alrededor de la sobre valoración de algunos de los
valores culturalmente dominantes. Se pueden citar como ejemplos de subculturas
las corporaciones, las sectas y otros grupos como los punks, los metaleros, los
hemos y los neonazis, por cuanto los mismos tienen una simbología, lenguaje y
expresiones propias que difieren de los culturales, en este sentido la teoría del
interaccionismo simbólico hace relación con esta teoría.
Otro ejemplo de esta clase de teoría sociológica lo ofrece la subcultura de la
drogadicción la que se origina debido a los fenómenos sociales de marginalidad,
falta de oportunidades educativas y laborales, violencia social, discriminación,
violencia política, inequidad, impunidad y desplazamiento además de otros
factores que día a día generan y mantienen un estado de desorden social, los
57
cuales permiten que se den los elementos mínimos para que las nuevas
generaciones, no encuentren elementos ni recursos para desarrollar un estilo de
vida saludable y terminan en un porcentaje significativo inmersos en la cultura de
la drogadicción, a este respecto en un estudio sobre la drogadicción se afirma :
“ Formas de interactuar como el vandalismo, las pandillas, con pérdida de
principios y conductas de alto riesgo para la salud física y mental, vivencias
compulsivas, y gran variedad de formas de actuación generadas en el
consumo de sustancias psicoactivas y en estados de estimulación,
depresión, hilaridad, y aun en estados psicóticos han llegado a conformar
toda una “subcultura drogadiccional”, la cual debe ser evaluada y valorada
objetivamente y con la participación de los diferentes actores para que se
de un adecuado abordaje del fenómeno y se pueda dar la búsqueda clara
de soluciones acertadas que permitan incidir positivamente en la
problemática.”72
Las subculturas criminales hacen referencia a los grupos minoritarios de la
sociedad que tienen una identidad propia diversa a la cultura mayoritaria, pueden
ser criminales cuando las mismas representan como una reacción de minorías
desfavorecidas que en intentan orientarse dentro de la sociedad con un rango de
reducidas actuaciones legitimas debido a los medios de los que disponen73,
entonces la mayoría de las veces son jóvenes de clase baja que a pesar del
esfuerzo sienten frustrados sus intentos por alcanzar un nivel aceptable, tanto el lo
educativo como en lo social, lo que los conduce a repudiar los valores de la clase
media y alta, auto afirmándose entre los antisociales mediante conductas de
agresión y vandalismo74.
Criminalmente esta teoría estudia el modo como la subcultura delictiva se
comunica con los jóvenes delincuentes, conformando pandillas juveniles las que
representan una solución a los problemas de adaptación frente a la cultura
dominante, por lo que se origina una subcultura del “no utilitarismo” por cuanto los
actos delictivos del joven no buscan otro beneficio que alcanzar la satisfacción
personal negada por medio de actos permitidos, de la “maldad” por cuanto el único
objetivo es causar daños y problemas a los demás y del “negativismo” a manera
de enfrentamiento con las regla de la clase media o alta y no por unos valores o
reglas diferentes, al no lograr la satisfacción de integrarse a la cultura dominante el
Joven frustrado busca la gratificación inmediata, sin planeación, por medio de la
72
http://www.esecarisma.gov.co/paginas/Publicaciones/articulos/violencia_droga.htm
BARATTA. Ob. Cit. Pág. 66 y ss.
74
MUÑOS GARCIA, J.J, NAVAS COLLADO, E. Conducta antisocial en adolescentes: teorías explicativas
psicosociales. En Psiquis, 2004; 25 (2); 79-86. Ver : http://www.psiquis.com/art/04_25_n02_A05.pdf
73
58
búsqueda de placeres, satisfacción y alejamiento del control de padres, profesores
o agentes de control social, es decir adultos, rechazando el mismo pero aceptando
el control informal de los miembros de los propios grupos75.
La subcultura crea sus propios valores, los cuales pueden diferir de los de la
cultura a tal punto que los mismos motivan al individuo para cometer conductas
consideradas como desvaloradas socialmente, por lo que se afirma que la teoría
de las subculturas niegan el principio de culpabilidad76, toda vez que el individuo
no es que este desconociendo los valores existentes socialmente, sino que
sencillamente está aplicando los que el aprende en la subcultura, por lo cual
entonces no hay actitud positiva o negativa del individuo por cuanto su actuar
corresponde a los valores determinados en la subcultura.
Frente al derecho penal la teoría de las subculturas criminales acoge como
presupuesto que el sistema penal adopta un sistema de valores y modelos de
comportamiento que son aprobados por la mayoría de la sociedad, los cuales son
consagrados positivamente por el legislador, dependiendo entonces el derecho
penal del sistema de valores y reglas sociales apoyados por la mayoría.
El estudio sociológico realizado por la explicación de la subcultura y la
contracultura afirma que:
a) La sociedad moderna es pluralista y conflictiva, por lo tanto existen valores y
reglas comunes específicos para la mayoría.
b) El derecho penal selecciona valores y reglas alternativas, según los grupos
sociales que los elaboren (legislador) o los apliquen (operador jurídico).
c) El sistema penal conoce valores y reglas discordantes con respecto a la
sociedad que los diseña, siendo selectivo en su aplicación conforme a ciertos
grupos, por medio de la aplicación del principio de oportunidad, la falta de
investigación de ciertas conductas de grave acontecimiento para la sociedad,
por retardos o anticipaciones a las reacciones sociales.
d) Los sistemas de valores y reglas son relativos de acuerdo a la fase de
desarrollo de la estructura social en la cual se observe, lo que repercute en el
sistema penal. 77.
La Contracultura.
El concepto de Contracultura es acotado por JOHN MILTON YINGER78 y refiere al
concepto que se le da a los casos en los cuales la subcultura se caracteriza por
75
MUÑOS GARCIA, J.J. Ob. Cit.
El cual se explica como una actitud contraria a los valores y normas socialmente predominantes.
77
BARATTA. Ob. Cit. Pág. 73
78
Sociólogo y antropólogo estadunidense, 1916 – 2002.
76
59
una oposición sistemática a la cultura dominante, Son las subculturas en conflicto
por situaciones de frustración y conflicto elaboran normas en contraposición con la
cultura dominante y genera reacción social en contra lo que hace que se vuelva
violenta, entonces en la Contracultura se pueden realizar las aspiraciones y
sueños de un grupo social marginal.
Se explica a la contracultura como un movimiento de rebelión contra la cultura
hegemónica, que presenta un proyecto de una cultura y una sociedad alternativa o
diferente, tiene sus propios valores, tendencias y formas sociales organizados y
con un grupo de adeptos que son visibles y cuya entidad persiste durante un
período de tiempo considerable.
Se consideran manifestaciones contraculturales el romanticismo y bohemia
cultural del siglo XIX, La generación beat norteamericana de los años cincuenta,
los movimientos contracultural de los años 60 y los underground ( bajo tierra ) que
se generaron, igualmente las tribus urbanas, como los rockers, los punkies, los
skins, entre otros en las cuales los jóvenes preocupados por descubrir una
identidad que ni la sociedad ni la familia les proporcionan se reúnen entrono a un
líder y adquieren un código de expresiones culturales que les diferencian de los
demás. Están los grupos de ataque social, que son bandas de delincuentes que
hacen de su vida un delito, atacando de forma violenta y directa al sistema
establecido o que buscan desestabilizar a la sociedad para crear un nuevo estado
social, transgrediendo las leyes y haciendo uso de la violencia.
Los grupos sociales alternativos responden al vacío que muchos sienten ante un
futuro incierto y fugaz, intentando encontrar un sentido a la existencia a través de
distintos medios y rechazan el materialismo social.
La Teoría de la Ocasión, Oportunidad Diferencial o Desigualdad de
Oportunidades.
Esta teoría de explicación sociológica de la criminalidad expone que los
delincuentes son tales en razón a la frustración que sufren al no poder alcanzar la
oportunidades que la sociedad o la cultura les muestra como aptas para ser
protagónico dentro de la sociedad, es diseñada por CLOWARD Y OHLIN quienes
consideran que la delincuencia son conductas encaminadas a la adquisición de
bienes materiales por medios ilegítimos, es una combinación de la teoría de la
anomia, de la asociación diferencial y de las subculturas79.
79
MUÑOS GARCIA, J.J. Ob. Cit.
60
El adolescente es motivado a seguir un modelo de patrón social, el cual incluye lo
económico, al no poderlo alcanzar por medios legítimos debido a la falta de
oportunidades, acude a medios ilegítimos, por lo cual entonces la criminalidad es
una reacción frente a la ausencia de oportunidades para conseguir las metas
económicas mediante el trabajo personal u otros medios ilegítimos80.
Podemos pensar en aquellos barrios en los cuales el crimen aparece de forma
estable e institucionalizada, para CLOWARD Y OHLIN describen tres tipos de
subcultura, que pueden tener su propia estructura, la Criminal, la Conflictual y la
Abstencionista; La primera surge en aquel grupo donde la delincuencia esta
difundida, puede pensarse en las comunas. Aquella que se origina en los
contactos con medios ilegítimos por la cohesión e integración de sus miembros.
(Extorsión, Hurto = Dinero). La segunda, en la conflictual, no hay crimen
organizado, pero la violencia es un medio para lograr status, son sociedades con
menor cohesión social y movilidad y la última o abstencionista son jóvenes que no
logran expresar, por afirmarlo psicológicamente el id, por presiones internas o
externas, los cuales buscan refugio en experiencias y formas de vida “particulares”
= drogas, alcoholismo y prostitución81.
La Teoría del Conflicto o choque de culturas
SELLIN Y TAFT afirman que entre más amplia la sociedad, más posibilidades de
existencia de grupos divergentes, menos adaptación y asimilación, por cuanto no
se recibe el influjo con la misma claridad, el choque puede surgir por un choque
entre dos culturas o dentro del mismo grupo, por el influjo de varias valoraciones.
Consideran que la criminalidad es el producto de la descomposición social, de las
contradicciones internas de la sociedad, de la crisis de las relaciones
tradicionalmente heredadas. El delito es producto de la imposibilidad de
adaptarse, acomodarse o asimilar las normas culturales o sociales de la mayoría.
En el caso de los inmigrantes estos se chocan por dos culturas diferentes, dentro
de si mismo puede hacer crisis una de ella y atacarla. Entonces en la amplitud
social se presenta el influjo de culturas no dominantes, que obstruyen la llegada
del mensaje de la mayoritaria, lo que genera una heterogeneidad social que puede
llegar a generar delitos.
La Teoría de la Anomia.
80
81
PEREZ, Orlando. Ob. Cit. Pág. 75
PEREZ, Orlando. Ob. Cit. Pág. 75
61
Al mismo tiempo que la Escuela de Chicago estudiaba el proceso social, la
Escuela de Harvard se enfocaba en la estructura social, considerando el delito
como una Desviación Social. Para Harvard la teoría de la anomia elaborada por
DURKHEIM en 1897 (traducida al ingles en 1951) tuvo un gran impacto82.
Por la transición de la sociedad de Solidaridad Mecánica a una sociedad de Solidaridad Orgánica, deviene por
el aumento del tamaño y la complejidad social, y de la intensidad de los intercambios y de las
comunicaciones. Sobre esta modificación el autor diseña su teoría de la anomia, entendida como incapacidad
de integración de los individuos a causa del debilitamiento de la conciencia colectiva83.
El debilitamiento de la conciencia social, conlleva la ruptura de la relación entre el actor social y el orden
simbólico de su sociedad, lo que produce anomía, generando en el individuo conductas que con el sentido de
valores sociales impuesto no cometería. Desaparece la anomia cuando la sociedad tiene la fuerza suficiente
para someter al individuo a sus normas – integrándolo a la sociedad -84.
La anomia se presenta por el debilitamiento de la conciencia comunitaria, por falta
de cohesión y solidaridad, PINZÓN da el ejemplo de los obreros en la revolución
industrial, los cuales formaban un solo cuerpo que trabajaba lado a lado, de donde
surgieron los sindicatos, pero hoy en día el trabajo se puede hacer desde casa,
con contactos escasos o por medios virtuales, o en grupo pero en actividades
puntuales o con personas de diversas nacionalidades.
La Anomia es el vació absoluto de reglas por falta asunción, asimilación o
reconocimiento, lo que lleva a la incertidumbre, a la desorientación. La teoría es
diseñada por el sociólogo EMILE DURKHEIM85 quien no llega a diseñarla
totalmente y considera que el crimen es parte integrante de toda sociedad sana,
es la anticipación de la moral futura. El delito permite que el sentimiento colectivo
se mantenga susceptible al cambio. Relaciona el concepto con la insatisfacción de
los medios requeridos para colmarlos, cuando los medios son escasos o cuando
estos son demasiados.
El suicidio puede presentarse tanto cuando la línea media de satisfacción está
muy lejos de la línea mínima de carencia o de la línea máxima de satisfacción:
Super satisfacción de las metas sociales, creación de necesidades ilimitadas (con niveles de divinidad)
Satisfacción personal de alcance de las metas sociales con bajos niveles de frustración
82
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. p. 53
ARNOLETTO, Eduardo Jorge. Curso de Teoría Política. p. 74
84
ARNOLETTO, Eduardo Jorge. Curso de Teoría Política. p. 74
85
Sociólogo Francés. (1858 – 1917) que permitió dar un giro copernicano a la comprensión del delito. Al
tratarlo no como un fenómeno patológico, sino que se trata de algo natural y necesario que este parte
funcional de la sociedad industrial. ZAFFARONI, Eugenio Raúl. Criminología. Aproximación desde un
Margen, Bogotá, 1983. Pág. 181.
83
62
In satisfacción personal del alcance de las metas sociales con bajas posibilidades de alcanzarlo
El suicidio o el delito deberían considerarse normales en las sociedades
mecánicas, pues su ausencia seria indicativa de un control excesivo, pero, en
sociedades solidarias, estas desviaciones pueden llevar a una situación de
anomía86.
Posteriormente el sociólogo Robert King Merton diseña un estadio más avanzado
de la teoría, afirmando que la Anomia es la errada integración de las estructurales
sociales y culturales que guían al individuo. Por la errada integración de las metas
sociales y los medios diseñados para conseguirlos.
Esta teoría estructural funcionalista señala que las causas de la desviación no se
encuentran en lo interno, físico, ni patológico del delincuente. Es propio a la
estructura social el fenómeno del delito. El comportamiento desviado es necesario
y útil para el equilibrio y desarrollo socio cultural. El delito tiene unos límites
cualitativo y cuantitativo. El fenómeno de la desviación es negativo para la
existencia y el desarrollo de la estructura social cuando sobrepasa ciertos límites y
está acompañado de una desorganización. La anomia se presenta cuando el
sistema de reglas de conducta pierde valor y aun no se ha afirmado el nuevo
sistema que busca la conducta.
Se identifican dentro de la tesis un conjunto de estructuras, la estructura cultural
es el Conjunto de metas, fines, propósitos e intereses. La estructura social: es el
conjunto de medios institucionalizados para alcanzar los objetivos. El individuo
persigue unos objetivos sociales, que desea conseguir por medios legítimos o
ilegítimos y MERTON cita cinco categorías de respuestas para la adaptación
social :
- Conformista: Acepta los valores independiente a lograrlos o no. A frustrarse o no.
- Innovador: Acepta los valores pero utiliza medios legítimos o no para tratar de
lograrlos.
- Ritualista: Acepta los estándares sociales, pero ha perdido los valores que los
originaron. No entroniza los valores sociales, pero ahí va.
- Retraído: Rechaza los valores dominantes y rechaza el enfoque competitivo.
- Rebelde: Rechaza los valores que existen, los medios establecidos para lograr
los objetivos sociales, desea sustituirlos y reconstruir el sistema social.
86
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. p. 53
63
Las condiciones de pobreza traen consecuentemente la limitación de
oportunidades, pero esto solo no genera el delito, para que se presente la
conducta esta debe estar con la dificultad de adquirir los valores sociales y la
frustración de alcanzar el éxito.
CLOWARD, une a la teoría de la anomia el derrumbamiento de los valores de
DURKHEIM y a la integración errada de la estructura cultural y social de MERTON
la oportunidad diferencial, incluyendo la existencia de subculturas, las diferencias
entre los hombres, la diversidad de los medios y la división de la sociedad en
estratos o capas, siendo estas microsociedades las que propician o facilitan los
medios ilegítimos para el alcance de las metas sociales.
Las teorías de la anomia y de las subculturas relativizan los valores y reglas
sancionados por el derecho como sistema jurídico, niegan un mínimo ético. La
primera destaca la normalidad de la desviación y la segunda muestra como los
mecanismos de aprendizaje y de interiorización de reglas y modelos de
comportamiento de la delincuencia, no son diferentes de los mecanismos y
modelos de comportamiento normal, teniendo en cuenta que el proceso de
elección del individuo tiene poca relevancia87.
La década de los cincuenta en los estados unidos estuvo dominada por las teorías
criminológicas basados en un modelo de sociedad funcionalista, como la teoría de
la anomia y las teorías subculturales, las cuales son criticadas por MATZA, por
basarse en un modelo funcionalista de la sociedad, permaneciendo anclada a la
criminología positivista – que consideran al delincuente como un ser diferente del
ciudadano convencional – y a la incapacidad para explicar el tipo de desviación
predominante en la década de los sesenta, en la cual se forman los llamados
“delitos sin víctima”, como la homosexualidad, las drogas, los delitos políticos, las
manifestaciones pacifistas y las campañas a favor de los derechos humanos88.
De acuerdo con MATZA, la idea de unos valores opuestos a la cultura dominante,
que crea el concepto de subcultura, se dificulta debido a: 1). La influencia de la
familia, la escuela y los medios de comunicación impiden la existencia de una
cultura aislada. 2). La cultura dominante tiene unos valores convencionales y se
nutre de los valores subterráneos hedonistas de las culturas delictivas juveniles.
3). El delincuente comparte determinados valores con la cultura convencional, lo
87
BARATTA. Ob. Cit. Pág. 72.
LARRAURI, Elena. Ob. Cit. P. 1.
88
64
que se denota al neutralizar los valores apelando a diversas razones que justifican
sus actos, sin retar los valores dominantes89.
Critica igualmente el positivismo por aplicar los métodos de las ciencias naturales
al estudio de las ciencias sociales y tratar de comprobar empíricamente una
asunción teórica de la realidad, asemejando la sociedad a un organismo vivo,
mientras que el objeto de estudio de la sociología es la explicación de los hechos
sociales90.
MATZA demuestra la imposibilidad de entender a la sociedad como un esquema
cultura/subcultura, por medio de las técnicas de neutralización a las que acude el
delincuente: 1). Negación de la responsabilidad (no tuve más remedio que
defenderme), 2). Negación del daño (con el dinero que tiene ni lo notara), 3).
Negación de la victima (no hacíamos daño a nadie), 4. Rechazo de los juzgadores
(como si los polis fueran unos santos), 5. Apelación a lealtades superiores (no
podía ser desleal al grupo).
Estas críticas permiten dejar atrás la comprensión del delincuente como un
individuo determinado, propio del paradigma etiológico de la sociedad
consensuada, para dar paso a un cambio de paradigma, de estudiar al delincuente
y las causas de su comportamiento, se pasa a estudiar los órganos del control
social que tienen por función controlar y reprimir la desviación, conformando el
paradigma de la reacción social91.
Antes de entrar a estudiar la teoría del etiquetamiento es prudente dar un pequeño
recorrido histórico por una de las escuelas sociológicas que tuvo influencia en la
formación de la criminología sociológica, como lo fue la llamada “Escuela de
Chicago”.
La Influencia de la Escuela de Chicago en la Sociología Criminal.
La Escuela de Chicago marca un hito en la criminología sociológica, surge en el
siglo XIX y con el crecimiento de la ciudad en el siglo XX la universidad comenzó a
estudiar la ciudad desde la sociológica, conformando un estudio valido de la
sociología urbana, comparando al hombre en el ambiente natural del campo y el
hombre de la ciudad. El pensamiento de la Escuela de Chicago surgió hacia los
año 20 y 30 después de la primera guerra mundial y la gran depresión, y fue ya
después de la segunda guerra mundial en la cual se desarrolla la teoría del
89
Ibíd. P. 10.
Ibíd. P. 13.
91
Ibíd. P. 28.
90
65
“interaccionismo simbólico”. Son algunos de sus principales investigadores Ernest
Burgess y Edwin Sutherland, Herbert Blumer, George Herbert Mead, Harold
Garfinkel y Talcott Parsons entre otros.
Chicago engendró el nacimiento del movimiento sindical en Estados Unidos y una
de las ciudades con mayor nivel de delitos en el primer cuarto del siglo XX, en
1904 Max Weber visitó Chicago y dejó escrita la siguiente descripción:
"Chicago es una de las ciudades más increíbles. Junto al lago hay algunos
barrios residenciales, bellos y agradables, por lo general casas de piedra de
estilo más duro y pesado; justo detrás viejas casitas de madera, igual que
en Helgoland. Luego están las casas de los obreros y una absurda
suciedad vial; nada de adoquines, unas calles miserables fuera del barrio
residencial; el estado de las calles de la city, entre los Sky-scrapes es
horripilante (...). A la luz del día no ves más allá de tres bloques de
viviendas; todo está lleno de vapor, humo (...). Delirante es la mezcla de los
pueblos: los griegos les limpian las botas a los yankees por cinco centavos;
los alemanes son sus camareros; los irlandeses se ocupan de la política;
los italianos se encargan de los trabajos más sucios. Toda la enorme ciudad
(más grande que Londres) se parece, a excepción de los barrios
residenciales, a una persona a quien le hubieran quitado la piel y cuyas
vísceras se vieran trabajar..."92
La marginación social y la baja calidad de vida de los empleados, produjeron la
creación de sindicatos, siendo Chicago la ciudad con mayor desarrollo de esta
actividad en los Estados Unidos, lo cual era visto como revolucionario radicales,
anarquistas y socialistas, lo que llevo a que algunos consideraran a los extranjeros
y obreros como rojos, en 1886 se reunieron mas de cien mil trabajadores y se
produjo una huelga, produciendo la manifestación del Primero de Mayo,
posteriormente existieron otras concentraciones, como la de Haymarket en la cual
se condenaron a muerte a cinco personas y tres más a prisión de muchos años93.
En los primeros años de la Escuela de Chicago ejerció influencia sobre esta la
Premio Nobel de Paz y Defensora de los Derechos de las Mujeres y Minorías,
Jane Addams quien ejercía una sociología aplicada en la “Hull House” (Primera
Institución de apoyo a los inmigrantes en Estados Unidos), en 1893 fue una de las
autoras del Hull-House Maps and Papers, que definió los intereses y metodología
de los sociólogos de Chicago, enlazando el interaccionismo simbólico con el
feminismo cultural y el pragmatismo.
92
93
MIRANDA ARANDA, Miguel. Tesis para el doctorado en Antropología Social y Cultural. Pág., 218.
Ibíd.
66
Movimientos sindicales, feministas y de razas que engendraron teorías de la
Asociación Diferencial y del Interaccionismo Simbólico entre otras, las cuales
produjeron junto con otros pensamiento el movimiento sociológico.
Teoría de la Asociación Diferencial.
EDWIN H. SUTHERLAND (1883 – 1950), sociólogo estadunidense que hacia el
primer cuarto de siglo escribe dentro de la teoría de las subculturas criminales el
análisis del aprendizaje del comportamiento criminal y de la dependencia de esta
aprendizaje de los diversos contactos diferenciales que tiene el individuo con otros
individuos o grupos igualmente criminales. Para explicar la delincuencia de cuello
blanco considera que es aprendida en asociación directa o indirecta con quienes
ya practican el comportamiento criminal. Critica la elaboración de la teoría de la
subcultura basado en condiciones de pobreza, psicopatológicas
o socio
patológicas.
La comisión del hecho criminal depende de la frecuencia e intensidad de los
contactos con las personas que tienen los comportamientos.
Esta teoría contraria a la “tesis lombrosiana” del delincuente nato, sostiene que la
conducta desviada se aprehende, en un plano que comprende las técnicas del
crimen y la específica canalización de motivaciones, impulsos, racionalizaciones y
actitudes, que se canaliza a través de una cierta evaluación de los códigos
legales.
Consecuentemente, una gran parte del crimen (aquí el término, igual que en el
resto de su obra es utilizado en el sentido de Durkheim, como conducta que
ofende los más profundo de la conciencia colectiva), “se debe a la
desorganización social... El término “desorganización social” no resulta
plenamente satisfactorio y sería preferible sustituirlo por el término “organización
social diferenciada ”94.
Teoría de la Patología Social.
Uno de los principales pensadores fue Spencer, quien define a la sociedad como
un organismo, que posee una estructura compleja que se incrementa con su
crecimiento, unas partes interdependientes y una vida que esta por encima de las
vidas de cada parte. La masa social – personas – se convierten en problema
94
MACKINSON, Gladys. La promesa de la sociología: mitos y realidades de la drogadicción.
http://www.bioetica.org/colab4.htm
67
cuando interfieren con el funcionamiento normal de la sociedad <<orgánica>>, que
viene a constituirse como una enfermedad o patología.
Correspondiéndole al estado la redistribución de los recursos conforme a las
necesidades de la población, de la desproporción de las necesidades y las
posibilidades de respuesta o atención a estas, nace la alienación, lo que conlleva
a la producción de conductas que no son bien recibidas por la generalidad como el
alcoholismo, prostitución, vagancia y delito, las cuales deben ser reguladas o
mermadas por el estado para evitar que estos individuos alienados se conviertan
en delincuentes.
Por esta razón esta teoría entiende que el delito es una enfermedad social, de la
cual es responsable el estado. Los obstáculos para el proceso social se situaban
tanto en los desajustes de tipo individual como en el mal funcionamiento
institucional95.
Teoría de la desorganización social.
Situadas dentro del interaccionismo simbólico, las conductas delincuenciales,
drogadicción, alcoholismo y enfermedad mental, son problemas que en
comunidades pequeñas pueden ser manejadas como patologías sociales. En
grandes centros urbanos influenciados por la migración, la industrialización y la
urbanización se crean condiciones indeseables de vida, creándose el caldo de
cultivo para el surgimiento de la orientación de la desorganización social96
(RUBINGTON Y WEINBERG – 1981).
95
96
SORIA VERDE, Miguel Ángel Et Al. Ob. Cit. p. 53
Ibid. p. 52
68
COMPRENSIÓN DEL FENÓMENO A PARTIR DE LA REACCIÓN SOCIAL A LA CONDUCTA Y DE LA ELECCIÓN SITUACIONAL. Dejando de lado las explicaciones que cifran el fenómeno criminal en el
delincuente, en lo que se ha llamado el Paradigma Etiológico, donde se estudia al
delincuente y las causas de su comportamiento, surge como “cambio de
paradigma” la modificación del objeto de estudio, pasando a estudiar los órganos
de control social, que tienen por función controlar y reprimir la desviación.97
Los investigadores de la Universidad de Chicago se orientan más la teoría de la
reacción social, que esta íntimamente ligada con la teoría del etiquetamiento. Para
este paradigma la ley se aplica sobre las clases sociales más desposeídas, lo que
provoca la atribución de etiquetas a estas personas generando un estigma social.
Delincuentes de cuello blanco
EDWIN H. SUTHERLAND (1883 – 1950), - El delito de Cuello Blanco o
Criminalidad Económica, es la realizada por personas respetables, de alto status
social. El delito de cuello blanco se caracteriza por no ser realizado directamente
por el autor, se realiza a través de personas jurídicas u hombres de paja, las
conductas son cometidas por fuera de las actividades normales del grupo, no se
incluyen
los
comportamientos
realizados
por
personas
poderosas
económicamente, pero carentes de status y respetabilidad social, Se explica con
base en la teoría del aprendizaje y de la asociación diferencial, es decir con base
en la enseñanza realizada por otros delincuentes al individuo, ya sea pedagógica
o directamente, El costo social es muy alto, en cierto sentido no es medible, es
investigada y castigada administrativamente.
Igualmente la criminalidad de cuello blanco es organizada y profesionalizada, son
individuos preparados en el área determinada, esta asesorada y aconsejada por
expertos, la conducta se despliega dentro de los límites del principio de legalidad y
el tipo objetivo, es decir se mueve entre lo legal y lo ilegal y genera menos
reacción social.
El individuo que comete la conducta es egocéntrico, inteligente, hiperadaptado,
agresivo, siente temor a perder su buen nombre por escándalos o estar en la
cárcel, no reconoce la desviación, por lo que su resocialización es imposible.
Interaccionismo.
97
LARRAURI, Elena. Ob. Cit. P. 28.
69
El termino es acuñado por el sociólogo de la Escuela de Chicago estadunidense
HERBERT BLUMER ( 1900 – 1987 ), el cual a su vez es influenciado por el
Sociólogo de la Escuela de Chicago GEORGE HERBERT MEAD. Para BLUMER
el individuo al interactuar con los demás y con el medio ambiente se refleja a sí
mismo, es decir es un proceso social que interviene el yo y el mí. El yo es
iniciativa, creatividad y reflexividad. El mi es incorporación de las estructuras de
los demás.
Las conductas de los individuos están sujetas al significado que tengan las cosas,
lo que significa que las cosas para el sujeto dependen de su interacción social con
otros actores de su entorno y los significados dependen de la experiencia social
del sujeto.
Sus puntos principales y sobre los que fundamenta el marco teórico son: el símismo, el actor, la interacción social, los objetos y la acción conjunta. La sociedad
es una red de individuos que ínter obran y está determinada mediante el “poder de
definición” de la conducta criminal, con el rotulo, con la etiqueta, de tal forma que
las cosas tienen el significado que la sociedad determina, con esto establece un
nexo entre los conceptos de “séla” o “uno mismo” y la estructura social a las que
comprendía como interrelacionadas y recíprocamente influyentes, partes
inseparables de la realidad social.
La criminalidad como todo hecho social, no es objetiva y natural, sino más bien un
calificativo que la sociedad imparte a determinados comportamientos, poder de
definición que encasilla o rotula las conductas98.
Etnometodología.
La compresión de la sociedad en un contexto de comunicación interpretativa, es
el aporte de esta teoría al delito. Siendo expuesta por GARFINKEL con ideas
provenientes del interaccionismo simbólico, de la fenomenología de SCHUTZ y la
corriente funcionalista de PASSONS.
El autor público el artículo “Conditions of succesful degradation ceremonies”
(1956) el cual fue interpretado como un ataque más a los órganos de control
social, al definir como ceremonias de degradación aquellos actos o
ritos por los cuales se degrada el estatus al actor, situado en un escalafón inferior
y dotado de una nueva identidad. La indignación moral sirve para destruir a la
98
PEREZ PINZÓN, Álvaro Orlando. Ob. Cit. Pág. 89.
70
persona denunciada y contribuir a reforzar la solidad de grupo. Aniquilando la
antigua identidad y creando una nueva, sustituyéndose con una nueva “el sujeto
es lo que siempre había sido, un ladrón”.
Para que la ceremonia tenga éxito debe darse conforme a las siguientes
condiciones:
- El acto y el suceso deben ser vistos como “a-normales”.
- Ambos deben formar parte de una determinada categoría de actores y sucesos
que los responsabilidad, evitando el accidente, casualidad o excepcionalidad.
- Los testigos, el jurado, deben analizar a quien juzga con referencia a ellos
mismos.
- El denunciante debe ser visto como un representante público de la mayoría,
defendiendo los intereses de todos.
- Se debe producir una identificación entre jurado y denunciante.
- El denunciado debe ser extraño, no tiene nada que ver con el jurado, el juez o el
denunciante. Debe ser separado de la comunidad.
GARFINKEL criticaba estos procedimientos que se apartaban de los tribales, al
ser dictado por un cuerpo de expertos, por medio de un lenguaje técnico, en el
cual era imposible realizar la degradación. En las sociedades tribales el castigo
era otorgado por la propia víctima, en un lenguaje cotidiano o por tribunales
populares.
GARFINKEL definió la etnometodología como el estudio del “conocimiento de
sentido común y la variedad de procedimientos y consideraciones por los cuales
los miembros corrientes de la sociedad dotan de sentido, encuentran su camino y
actúan en las circunstancias en las que se encuentran” 99.
Las dudas sobre la imagen de un actor determinado y con el problema cognitivo
lleva a identificar esta teoría con el pensamiento de Schutz, quien afirma que la
persona sabe “construcciones típicas” que son fundamentalmente adquiridas
especialmente por el lenguaje, así el actor sabe cuando actúa. Como ejemplo
podemos anotar, cuando decimos “uribista”, o cuando pedimos en un bar “algo
fuerte”, tiene un lenguaje dado en la estructura que sustenta el mensaje.
Siendo el etnometodo el estudio de los grupos particulares, de las organizaciones
o métodos locales, adquiere importancia para establecer como el ser humano
tiene un sentido práctico de la vida, construyendo su propia realidad a través del
lenguaje. Estando compuesto el lenguaje local por las palabras, gestos,
99
LARRAURI, Elena. Ob. Cit. Pág. 41.
71
ademanes, enunciados, reglas, acciones, símbolos y expresiones, lo que se
denomina “la indexicalidad”.
Los métodos que la persona utiliza en su vida diaria como levantarse, ir al trabajo,
tomar decisiones, entablar una conversación con los otros y en estos contactos
cotidianos en los cuales se suceden las conductas desviadas. El entendimiento
entre la personas se presenta por dos idealizaciones: la intercambiabilidad de
posiciones, mediante la cual presumo que si tú estuvieras en mi lugar verías las
cosas igual que yo; y la relevancia de la congruencia, mediante el cual sabemos lo
que queremos decir.
Para la etnometodología la realidad es una construcción interindividual cuyas
reglas devienen de la conducta normal, habitual, de la vida cotidiana100, a través
de la proliferación de prácticas, la inclinación de estabilidad y la producción de
acciones rutinarias.
Conociendo la persona la norma, esto le permite saber cómo acto reflexivo,
anticipar las consecuencias de su cumplimiento y su incumplimiento. El actor
puede dejar de cumplir las normas, siempre que proporcione una explicación
(account), lo que genera una interpretación del comportamiento con base en otro
marco de referencia, por esto nuestras acciones están condenadas a tener
significado101 .
Teoría del Etiquetamiento - Edwin M. Lemert (1912-1996)
Avanzada la teoría del interaccionismo en el cual lo importante de la actuación es
la interpretación que el individuo hace de su propia situación y de la actuación de
los otros.
En esta hipótesis de comprensión del fenómeno delictual se considera que la
conducta desviada es rotulada como delito por quien detenta el poder, con el
objeto de crear una forma de aplicar al divergente una sanción para evitar que
otros decidan afectarlo por medio de la conducta no deseada, igualmente una vez
concluido el proceso delictual, en el proceso de aplicación el sistema penal es
selectivo y solo se aplica conforme a los desniveles sociales.
LEMERT (1976) al explicar su trabajo en el paradigma explicó: “Representa un
viraje respecto a la sociología antigua la cual asumía que el control social era una
respuesta a la desviación. He llegado a pensar que la idea opuesta, esto es, que
la desviación es una respuesta al control social, es igualmente viable y una
100
101
PEREZ PINZÓN, Álvaro Orlando. Ob. Cit. Pág. 93.
LARRAURI, Elena. Ob. Cit. Pág. 45.
72
premisa potencialmente más rica para el estudio de la desviación en las
sociedades modernas”.102
El estudio del etiquetamiento había sido comenzado por TANNEUBAUM (1938)
quien al observar como algunos muchachos realizaban algunos juegos, que sin
saberlo eran considerados como delictivos. Al saber el joven que lo realizado era
delito, los demás miraban su acto con sospecha, debiendo buscar un grupo de
delincuentes, que se identificara con su conducta, de donde se deduce que “la
persona deviene lo que se dice que es”.103
LEMERT distingue entre desviación primari y desviación secundaria, en la primera
la causa del delito debe ubicarse exclusivamente en el hombre. En la segunda
corresponde a un proceso de atribución como resultado de un proceso de
interacción que poco a poco lo fuerza a ser desviado, desarrollando una identidad
coherente104 .
La desviación carece de fealdad por sí misma, esto depende de la comprensión de
la conducta por parte de los demás que participan en la interacción, de la reacción
social que estos asuman depende el etiquetamiento de la conducta, o la
aceptación de la misma105 . BECKER fijo en el otro la técnica: “Desde este punto
de vista, la desviación no es una cualidad del acto que la persona realiza, sino una
consecuencia de la aplicación de reglas y sanciones que los otros aplican al
“ofensor”. El desviado es aquel a quien se le ha aplicado con éxito la etiqueta; el
comportamiento desviado es aquel que la gente define como desviado”.106
En los procesos de asignación de la desviación se sucede varias etapas:
1). ESCOGIMIENTO. Por parte de la comunidad, órganos estatales interesados,
grupos de presión, o estudio criminológicos.
2). DEFINICIÓN: rotulación por parte del legislador.
3). APLICACIÓN: que corresponde a los órganos de control del estado.
4). JUZGAMIENTO. Ejercido por el sistema penal.
5). PENALIZACIÓN. Aplicado por los encargados de hacer cumplir la sanción
penal.
102
Citado por LARRAURI, Elena. Ob. Cit. Pág. 28.
Citado por LARRAURI, Elena. Ob. Cit. Pág. 28.
104
PEREZ PINZÓN, Álvaro. Ob. Cit. Pág. 94
105
Asumir la comprensión de la conducta como de mayor lesión social depende de hacia dónde se movilice la
reacción social, caso paradigmático entre nosotros, la violencia sexual en contra de los menores y la comisión
de crímenes de lesa humanidad por los actores de la guerra. Para los primeros cadena perpetua, para los
segundos, alternatividad penal, 8 años de pena.
106
LARRAURI, Elena. Ob. Cit. Pág. 29.
103
73
6). ROTULACIÓN. La asunción social del individuo infractor como un delincuente
durante toda su vida. Las etapas son transversalmente influenciadas por la
competencia de la SELECCIÓN, que corresponde a la determinación de quienes
intervienen en el proceso de asignación para continuar o no con el mismo. Esta
selección es influenciada por comprensiones positivistas del delito, sociales,
económicas, demográficas, culturales y personales, así como del injusto
tratamiento estatal a la conducta.
Para el Labelling Approach el delito es una creación del estado, por cuanto este
considera que ciertas conductas son punibles e igualmente al momento de
determinar a quién le aplica la sanción los operadores judiciales son selectivos,
por ejemplo se identifican como personas más peligrosas a los negros, a los
inmigrantes, a los gitanos y a los de escasos recursos, pero menos necesitados de
tratamiento carcelario a los blancos, a quienes cometen delitos culposos, a los
delincuentes poderosos o quienes ejercen una capacidad económica.
Teoría de la Elección Racional o “situacional”.
Esta teoría forma parte junto con la teoría de las actividades rutinarias (COHEN y
FELSON, 1979), la teoría del patrón directivo (BRANTINGHAM 1984, 1993), la
prevención criminal basada en el ambiente físico (JEFFERY, 1971), la teoría del
espacio defendible (NEWMAN, 1972) y la de la policía orientada a la solución de
problemas (GODSTEIN, 1979), que conforman las teorías que se basan en la
prevención situacional del delito.
Estas teorías sostienen que el delito existe por los lugares en los cuales se comete
(en zonas de diversión, en las viviendas con pocos ofendaculos, o en las zonas
con un diseño de exposición al delito), o periodos (como la falta de concurrencia a
los sitios comerciales al medio día, o la noche en los calles de “vida nocturna”) sin
ser totalmente aleatorio. Otorgándose importancia al contexto y a los factores
ambientales, los cuales varían con la dimensión de espacio y periodo107.
Propuesta por CORNISH y CLARKE, la existencia de esta teoría trasciende siglos
después la existencia del dogma del “libre albedrio” al tratarse de una acción
deliberada ejercida por el individuo, calculada libremente, asumiendo los riesgos
de la comisión de la conducta, especialmente en delitos contra el patrimonio
económico, que también resulta aplicable a la criminalidad ecológica, de las
personas jurídicas o a los delitos masa.
107
SUMMERS, Lucia. Las técnicas de prevención situacional del delito aplicadas a la delincuencia juvenil.
Revista de de Derecho Penal y Criminología No. 3, 2009. Pág. 396
74
La teoría se basa en la posibilidad de elegir por parte del individuo entre muchas
opciones por el delito, conforme al razonamiento que este realiza de sus propias
condiciones. El desviado a más de ser empujado, elige la comisión de la conducta
El sujeto que vulnera el ente jurídico, no lo realiza por la influencia del medio, ni
por la interacción con los demás, ni por la inexistencia de valores sociales, ni por
que los demás intervenga en su concepción, sino por que elige, es él quien
selecciona, optando por su comportamiento con pleno conocimiento, con plena
conciencia y comprensión de la conducta.
A manera de cierre
El entender el delito como una de las formas de reacción social frente a una
conducta, es un acierto de la criminología crítica. El delito en nada se diferencia de
la reacción social frente a lo positivo, como los artistas, los jugadores de futbol, o
el restaurante de moda, todo es ocasionado por la reacción social autónoma, o
que provocan líderes de opinión, como los medios masivos de comunicación.
La creación de una conducta como delictiva, el endurecimiento de las penas, o el
relajamiento en la persecución de la conducta penalizada, está dada por la
reacción social frente al delito, que influye en Política Criminal del Estado.
Para concluir debemos decir que el paradigma etiológico cumple la función de
auxiliar y legitimar el sistema penal y de la política criminal oficial. Al partir de la
suposición que existe una cualidad natural de comportamientos y de sujetos que
tienen una característica especial, que los distingue de todos los otros
comportamientos y de todos los otros sujetos - cualidad natural que es la
criminalidad -, es posible investigarla mediante conocer que la causa, atacándola
precisamente donde se produce, poniendo a la ciencia al servicio de la práctica
que debe combatirla.
Al considerarse, en el paradigma de la reacción social, a la criminalidad como una
cualidad que es atribuida a través de procesos de definición por parte de las
instancias oficiales o de la opinión pública, se puede explicar el fenómeno criminal
como una oleada de vínculos comunicativos. Identificando la conducta ejercida por
el sujeto como lesiva socialmente, superándose el derecho penal de autor, por el
derecho penal de acto.
75
“La experiencia muestra que el alojamiento en una prisión produce en el prisionero mismo y sobre el público en general, el efecto de una demostración de que el condenado no pertenece más a la comunidad. Un examen científico de los efectos de la pena de prisión permite hacerse una idea de los efectos deprimentes que provoca y que conduce al desaliento en uno mismo y a la rebelión en los otros. Se impone este análisis en interés de las autoridades u del pueblo, pero el intérprete de este análisis jamás debe imaginarse que con él aprende a conocer al criminal como tal. Lo más que puede adquirir son ciertas ideas acerca de la personalidad del hombre declarado culpable y sometido a una pena de prisión.” POMPE108 EL PARADIGMA MARXISTA. La génesis de nuevas corrientes en la criminología se sitúa, en el fracaso de las
teorías de respuesta social, de la agresión por parte del delincuente a la sociedad,
y por lo tanto la legítima defensa social; y en la exposición de las teorías de la
asociación diferencial, del delito de cuello blanco, del interaccionismo simbólico,
de la sociología del conflicto social y del etiquetamiento o rotulación. Teorías que
forman parte de la llamada microsociológia de la desviación, que permitieron
entender a la sociedad como generadora de delitos.
Acompañando estas teorías, la realidad de la comisión de conductas, que
ocasionan grave daño social, por el hecho de ser cometida por parte de estado, de
sujetos pertenecientes al mismo o de detentadores del poder, como: el escándalo
del “Water Gate”, la guerra del Vietnam, los asesinatos de Macolm X, Jhon F.
Kennedy, Robert Kennedy y Salvador Allende, genera desilusión en los miles de
seguidores de estas personalidades. Conductas que fueron presumiblemente
cometidas por agentes estatales, o por delincuentes bajo su protección, que nunca
fueron juzgados o se apoderaron el poder con el apoyo de naciones poderosas.
Unido a esta visión socio-política, la superación de la prohibición del alcohol en los
estados unidos, el éxito de las bebidas gaseosas creadas para reemplazarlas, y la
consagración del consumo de drogas como parte de la cultura estadunidense,
provocaron movimientos sociales, y estudiantiles, que cambiaron la sociedad o por
108
Citado por ZAFFARONI, Eugenio Raúl. Criminología. Ob. Cit. Pág. 227.
76
lo menos la forma de verla. Como la subcultura del hipismo que constituyo un
“hacer el amor y no la guerra”.
Junto a esta ebullición la lucha por los derechos civiles de las negritudes en
Estados Unidos, llevo a un replanteamiento de las esferas sociales. Modificando
la interacción entre los ciudadanos, al relegarse la discriminación racial y, otorgar
protagonismo social y civil a las personas de color. Y tras ello a otras minorías
étnicas, que conforman o hacen parte de la Unión de Estados Americanos, como
los inmigrantes.
Compatible con estos sentidos, el reconocimiento de la izquierda política,
filosófica, económica, y criminológica, impulsada por la potencia militar y
económica de la Unión Soviética, permitió comprender el delito como una lucha de
clases, especialmente en cuanto a los delitos contra la propiedad privada, y el
estado. Ubicándose la tendencia Marxista como máxima expresión de esta forma
de comprender la sociedad capitalista.
Para Marx, la criminalidad se justifica por que el delito produce riqueza, y en la
respuesta social el estado gasta o invierte parte del presupuesto en combatir las
conductas criminales con lo cual se reafirma que el derecho penal es un integrante
necesario del sistema de producción capitalista.
Es Marx, uno de los principales críticos de la responsabilidad individual del delito,
y el uso de la violencia estatal a través del derecho penal. Desconoce el acuerdo
general para considerar ciertas conductas como punibles, y la supuesta igualdad
del derecho penal. Reconociendo que el Derecho Penal existe por el modo de
producción capitalista, porque genera alienación, al considerar el trabajo del
hombre como mercancía de uso, con una valor determinado legalmente por hora.
La pregunta que se generaría dentro de este paradigma es: ¿que se consideraría
entonces delito en una sociedad comunista?.
Influencia de Marx en la Criminología.
Aun cuando Marx no desarrolla una teoría criminológica, su pensamiento viene a
influir notablemente en la nueva tendencia, debido al estudio desde la sociología
de esta teoría y su relación con el estado.
Para Marx lo que tiene preeminencia en toda la sociedad es la economía, junto a
esta se establecen todas las relaciones como las jurídicas y las políticas. A la
economía le denomina “infraestructura”, y a la política “supreestructura”, a raíz que
el trabajo del hombre se mercantiliza, este no se siente feliz, no desarrolla
77
libremente su energía física o mental, mortifica su cuerpo y arruina su mente, lo
que produce alienación.
La alienación se da por que el obrero, no experimenta el producto final de su
trabajo. No controla el proceso, no disfruta su obra. Las relaciones humanas
adquieren un fetichismo dado en el dinero, que es puro papel, no tiene valor
respecto del trabajo del hombre, solo tiene valor en cuanto al desarrollo de las
relaciones sociales.
Marx entiende que el delito no es un acto solitario, para entenderlo debemos
comprender la sociedad que lo produce, entendiendo el delito como una lucha de
clases.
Para la escuela de Frankfurt fueron tres las ideas básicas que formularon
modificaciones a la criminología por el paradigma Marxista: 1). la relación entre las
formas económicas, políticas, jurídicas y culturales de una sociedad; 2). la
centralidad de la lucha de clases; y por último, 3). la preeminencia de la clase
obrera como agente del cambio social.109
El Abolicionismo Penal.
El entender la criminalidad como un status asignado, por medio de la rotulación
realizada por la sociedad. Entendida la criminalidad como integrante de la
sociedad; y el derecho penal como una forma de encubrir el conflicto social que
genera el delito, el cual está dado por la explotación económica del sistema
capitalista, y la opresión política de clase. Se encarga la criminología del examen
del proceso de criminalización, llevando a una contracción del sistema penal, y la
consiguiente ampliación de la inclusión de lo diverso dentro del sistema social.
Bajo estos presupuestos, se conforma la escuela abolicionista del derecho penal,
la cual es una forma espiritual de entender la sociedad por medio del
acercamiento y la solidaridad entre las personas; promoviendo el dialogo; el
conocimiento de las situaciones que genera el delito; la reparación que sustituye a
la sanción y, el cambio en el lenguaje para describir el delito.
Propone modificar el concepto de delito: por “situación conflictiva”; la pena: por la
búsqueda de soluciones a través de la transacción, la compensación y la
reparación. Al delincuente: como víctima del sistema; Promoviendo la privatización
de la situación problemática por medio de la relación directa delincuente-víctima,
conllevando a una salida negociada del conflicto criminal. Destacándose de esta
109
Tomado de LARRAURI, Elena. Ob. Cit. P. 54.
78
teoría la forma de entender, comprender, y explicar el fenómeno criminal, y la
importancia del rol de la víctima de la conducta punible.
El abolicionismo observa, que la cárcel solo le sirve, como medio de reinserción
social, a un porcentaje menor de quienes la frecuentan. De estos, son más, los
que no visitan la cárcel por la comisión de los delitos, que los culpables que
continúan delinquiendo, por no ser seleccionados por el sistema penal, o por la no
denuncia de las víctimas (lo que se conoce como la cifra negra de la criminalidad).
Al momento de purgar la pena al delincuente nunca se le reconoce socialmente su
“pago”.
El delincuente una vez declarado y purgada la condena, nunca se le considera
como resocializado o reinsertado, sino que será señalado como delincuente toda
la vida. La pena de prisión no favorece la adopción de medidas resarcitorias por el
daño ocasionado.
Al apropiarse el estado de la causa de la víctima, toma de esta la posibilidad de
manejar el conflicto, y por lo tanto priva a la pareja criminal, de la posibilidad de
considerar al delito como un fenómeno natural de la vida en sociedad. Y por lo
tanto una oportunidad de recrear experiencias positivas que permitan generar una
cultura de crecimiento social. La conducta desviada es un hecho que no se puede
desconocer como integrante de la sociedad, asumiéndose como un mal social que
perjudica.
Entonces, si el derecho penal es una maquinaria con un bajo rendimiento, en la
solución del conflicto social puesto bajo su tutela. Que tan solo, genera violencia al
momento de su aplicación. Que muchas veces es escogido por el delincuente
como una forma de protagonismo, que introduce a cualquier ciudadano inocente, o
culpable dentro de su órbita de funcionamiento. ¿Qué pasaría si desaparece el
derecho penal?; ¿aumentaría el número de delincuentes?; ¿habría un aumento en
el nivel de daños?.
O al omitir el derecho penal habría la necesidad de entender la situación que
origina el conflicto, en lugar de preocuparse por el castigo, a quien es
seleccionado como responsable del derecho penal.
Ideológicamente las corrientes que propugnan por el desaparecimiento del
derecho penal, y de la pena, promueven por una parte, el desaparecimiento del
estado capitalista (MARX Y LENIN); considerando el delito como una forma de
manifestación de los derechos deprimidos del id, por parte del yo, o como una
expresión del egoísmo anormal del yo.
79
Frente a las categorías del derecho penal, la teoría abolicionista crítica el
concepto de culpabilidad, por cuanto no siempre es posible establecer al sujeto
como culpable. Lo cual no es alejado de la realidad por cuanto esta categoría
subjetiva de análisis de la conducta punible, presenta una amplia discusión en la
teoría del delito.
Las doctrinas, han colocado en la culpabilidad, lo subjetivo del delito,
considerándolo como “libre albedrío”. La determinista, llevándolo como una
exigencia de actuar de un modo diferente, frente a como lo hizo el culpable. Otros
lo han considerado, como un juicio de reproche, por lo que no hay consenso en el
contenido que deba tener la culpabilidad, como si lo puede haberlo respecto del
injusto penal (tipicidad-antijuridicidad).
De otro lado, la actividad laboral del juez, dedicado a juzgar las causas
diariamente, lo lleva a la mecanización del conflicto. A exigir buscar por medio de
las formas propias del juicio, y de los supuestos legales que lo guían, la verdad y
la justicia. Sin que pueda alejarse de las consideraciones legales, so pena de estar
en curso de un delito. Es decir, el juez en realidad no aplica justicia, tan solo se
limita a proteger el condicionamiento social determinado por el derecho penal.
Para el abolicionismo la prisión debería ser entendida, como un aislamiento del
delincuente, para la reflexión del hecho cometido; y la sanción impuesta, como
una catarsis de la realidad que encarna el delito. Lo que se deslegitima al ser la
cárcel una comunidad artificialmente fabricada, alejada de la realidad, en la que se
resalta, o promueve lo negativo, y no lo positivo del ser humano. La mayoría de
lugares destinados para prisiones son pequeños, oscuros, desaseados, con olores
y paisajes depresivos. Acompañados de un descuido de lo espiritual, de lo
intelectual, de lo sexual, y de lo económico. Llevando a quienes residen en ella, a
padecer un sufrimiento, que pocas veces produce resultados positivos;
considerándola como una pérdida de tiempo, y no como un acto formativo
educativo y reflexivo.
El Nuevo Realismo.
Surge desde la criminología radical, tiene una perspectiva socialista, y totalizante.
Es una respuesta a la criminología crítica y tradicional, teniendo en cuenta, que la
primera, explica el delito desde lo político; y la segunda, desde lo patológico,
mediante un análisis global del fenómeno criminal, teniendo en cuenta aspectos
como el agresor, la víctima, la reacción social y el comportamiento delictual.
80
Esta corriente quiere apartarse de los excesos represivos de algunas formas de
crimininologia, tomando en serio el problema de la delincuencia, teniendo en
cuenta que la misma forma parte de la sociedad. Es un realismo de derecha y de
izquierda que explica el fenómeno criminal como una injusticia estructural no
relacionada con el grado de pobreza, sino con el individualismo, la competitividad,
el deseo de bienes materiales y el machismo.
Asume el delito como un problema real como la inflación, el desempleo o los
accidentes de transito, por esto debe tratarse tanto cuando se presenta intraclases
como interclases, por esta razón la sociedad observa como positiva la tipificación
de las conductas peligrosas. Considera el problema de la criminalidad desde la
óptica de robustecer el sistema penal para proteger a las víctimas de los delitos,
siendo entonces esta una forma de proteger a las clases desvalidas como la clase
obrera que es una de las principales víctimas, por cuanto las agresiones se
realizan en las clases mas desprotegidas económicamente. La mayor parte de los
delitos se cometen en las clases mas desfavorecidas o marginadas, por lo cual si
se protege a los grupos vulnerables se aminora el efecto del crimen, se controla la
criminalidad controlando a las víctimas, siendo el mismo agresor víctima de la
sociedad.
La ley es el mecanismo de protección de los más débiles, la política criminal debe
basarse en la disuasión y en los medios de control social alternativo antes de ir a
la Policía. Siendo la criminalidad una realidad debe atacarse con medios realistas,
existe una relación a la inversa entre mayor relajación de los sistemas
extrapenales, mayor utilización del sistema penal. A la vez propone un viro hacia
la victimología por cuanto es en las clases sociales de marginados o desposeídos
que golpea la criminalidad y este temor y zozobra es lo que genera
desorganización y desintegración de la clase obrera, por lo que se debe aumentar
la vigilancia policial en los sectores donde habitan las víctimas potenciales.
La Pena debe estar dirigida a la recuperación del sentido de la recriminación
moral, por lo tanto se debe de reintegrar a la persona a la sociedad con arrestos
los fines de semana, en casos de delincuentes peligrosos deben ser internados en
las cárceles pero en estos centros debe vivir el individuo normalmente.
Considerando al delito como una falta de solidaridad la pena tiene el deber de
avergonzar al infractor por haber agredido a un miembro de su propia clase.
El derecho penal Mínimo.
Esta es una corriente que justifica la existencia del derecho penal dentro de unos
límites y características propias del derecho penal liberal, se expone el
81
pensamiento a través de los esquemas básicos del delito como es la Tipicidad, la
Antijurídicidad y la Culpabilidad, sin embargo crítica la concepción y el manejo del
delito, a la cual denomina de manera alternativa como situación problemática.
La tipicidad debe ser reducida a las conductas mas graves que atenten contra los
derechos humanos, y por lo tanto solo estos deben ser los bienes jurídicos
tutelados penalmente, aparejado a esta protección deben existir controles
sociales no penales que regulen las actuaciones dañinas, entonces se procura la
disminución del catalogo de delitos; conceptúa que la antijuridicidad debe ser
entendida como aquellas agresiones que atenten de manera mas grave contra los
bienes jurídicos tutelados, descartando los de bagatela o aquellas que no ofendan
en un alto grado los bienes jurídicos. La Culpabilidad deber ser observada de
manera integral p or parte del operador jurídico, para así establecer posibles
límites a la exigencia a actuar de otro modo, teniendo en cuenta las conductas
alternativas que pudiera asumir el sujeto.
La pena debe ser idónea y efectiva para el sujeto al cual se le aplica, debe ser
proporcionada a la conducta que se pretende castigar, evitando así penas
desproporcionadas. Al igual que el abolicionismo este pensamiento crítica al
derecho penal por ser selectivo, violento, origen de problemas y costoso, muchas
veces es fruto de ideologías de grupos minoritarios pero fuertes, organizados y
poderosos, busca por último la abolición del sistema penal.
Se debe dar más relevancia al rol de la víctima dentro del conflicto penal,
permitiendo un acercamiento o reconocimiento entre las partes, descriminalizando
ciertas conductas que pueden ser manejadas por otros medios, aplicando
contrario a las penas, medidas restitutivas, de tal forma que se asegure la
indemnización a la víctima.
El Garantismo Penal.
Su mayor exponente es Luigi Ferrajoli, esta tendencia de la criminología busca
reducir la violencia estatal y evitar la violencia privada, haciendo énfasis en las
garantías del imputado, las cuales deben estar siempre presentes con el objeto de
controlar la aplicación de las sanciones penales por parte del estado.
Los principios de Legalidad, subsidiaridad, ultima ratio de control social,
minimización de la violencia, maximización de la libertad, limitación del poder
estatal, Habeas Corpus, Debido Proceso, Presunción de Inocencia, garantía de los
derechos ciudadanos, deben hacerse realidad dentro del sistema penal.
82
Estudia el derecho penal desde la norma pero también desde la realidad, critica y
apoya al sistema penal, sin embargo afirma que se debe laborar con base en la
duda respecto a la validez de las leyes penales y su aplicación, con incertidumbre
respecto de la eficacia del sistema penal.
La esencia del derecho penal de garantías es la crítica de la ideología estatal y
penal, propugnando un procedimiento penal acusatorio, con las características de
separación entre la investigación y el juzgamiento, igualdad de armas entre la
defensa y la acusación, y un juicio público y oral.
Los principios que expone son la retribución como sanción, la legalidad como
descripción previa y confeccionada del comportamiento y la economía de las
prohibiciones penales castigando solo las conductas mas graves como ultimo
control social. Al aplicar la ley penal se deben observar en la antijuridicidad la
ofensividad o lesividad al bien jurídico tutelado, castigando la conducta
exteriorizada y responsabilizando al sujeto por su relación con lo que quiso hacer y
realizo, es decir con su interior o subjetividad.
Para redondear la idea.
La gran influencia de esta tendencia abolicionista en la concepción político criminal
del estado, es dable admitir que más que el derecho penal, como proceso de
juzgamiento, lo que busca el abolicionismo es la terminación de la pena de prisión
en la cárcel, lo cual indudablemente no se ha logrado, por el contrario se observa
el crecimiento de las mismas en la mayor parte del mundo.
Lo efectivamente logrado por esta creencia espiritual, es el otorgamiento de la
capacidad de “autoresolución” del conflicto por parte de la víctima y del
delincuente, así como el reconocimiento de la incapacidad del estado para asumir
todo el juzgamiento de las causas penales, provocando la apertura a
procedimientos de negociación, y de derecho premial. Así mismo amplia las
posturas de concepción de la necesidad de pena a las conductas con mayor grado
de lesividad, sin apropiarla a conductas de escasa importancia.
El abolicionismo del derecho penal, es el punto más extremo al que llega la
criminología crítica, para luego regresar el péndulo a posturas menos radicales,
entendiendo el derecho penal como necesario, adaptándolo como a las conductas
más graves, y llenándolo de garantías que permitan acercarlo, en cuanto a la
responsabilidad, a la pretensión de justicia.
Se ha quedado corto el derecho penal, en responder al principal crítico de su
existencia, en cuanto a la pena, la cual sigue siendo resumida en la limitación de
83
la libertad, tanto en las penas, como en la medida de seguridad, llevando al
sistema de doble vía a una crisis, que no vislumbra una salida a corto plazo.
“Soy consciente de que ha caído el muro de Berlín, y con él se han esfumado las escasas esperanzas que quedaban de que las sociedades ocultas tras éste hubiesen alcanzado mayores cotas de democracia e igualdad. Pero no creo que ello haga a nuestras sociedades más justas. La criminología crítica puede continuar su tarea, en el Esta y en el Oeste.” ELENA LARRAURI. Herencia de la Criminología Crítica. (p. 243). COMPRENSIÓN DEL DELITO A PARTIR DE CAIDA DEL MURO DE BERLÍN / SURGIMIENTO DEL ENEMIGO TERRORISTA La caída del muro de Berlín (Noviembre de 1989) trajo consigo el derrumbamiento
de las fronteras de la guerra fría. El mundo pasó de la bipolaridad comunismo –
capitalismo imperialista, a un capitalismo que asume a un comunismo súper
productivo como el de China.
84
El abandono de la separación Soviética, trajo consigo la inclusión al occidente
Europeo – Americano de los países de la cortina de hierro, lo que produjo la
liberación de una sociedad reprimida, y la inexistencia del clásico enemigo sobre
el cual se construía el poder mundial.
Al desaparecer el “enemigo” para el capitalismo, el poder armado y bélico de las
potencias se perdía, lo que requirió del empleo de otros “enemigos” para solventar
la situación de unilateralidad occidental.
El enemigo a partir de la caída de los torres gemelas (11 – M 2001) paso a ser un
“fantasma”, que se enfrenta de manera silenciosa al estado, y se inserta en las
sociedades como producto de su propio decaimiento, o mediante la inclusión de
extremistas en el seno mismo de la sociedad.
La consideración del “enemigo” de la sociedad occidental genera como
consecuencia la exaltación de la personalidad del extremista islámico, como el
enemigo de la sociedad110 . La vieja consideración del enemigo sospechoso, llevo
a la creación de prisiones “preventivas” en varias partes del mundo, a la detención
de “terroristas” sin juicio en la base militar de Guantánamo, a la producción de una
guerra terrorista sin cuartel y a la inclusión del concepto de guerra “preventiva”.
El grave atentado terrorista a las Torres Gemelas generó la consideración de una
defensa penal a ultranza en contra de quienes son capaces de poner en grave
riesgo la existencia misma del estado, el profesor JAKOBS propuso el
denominado “Derecho Penal del Enemigo”.
La estigmatización de “terrorista” a los grupos armados alzados en armas, o a
quienes persiguen por medio ilegales sus ideales religiosos, políticos con un
trasfondo económico, es una etiqueta que identifica al sujeto como enemigo de la
humanidad de pensamiento occidental, un indeseable del sistema. terrorista, En
concepto de JAKOBS terrorista es “quien rechaza por principio la legitimidad del
ordenamiento jurídico y por ello persigue la destrucción de ese orden.”111
La generación del expansionismo penal, lleva como consecuencia que el derecho
penal asuma las problemáticas sociales para tratar de solucionarlas por medio de
la pena. El derecho penal pasa de ser el último medio de control social, para
convertirse en parte de los primeros medios de control social, o un control social
110
En la actualidad y gracias al fenómeno terrorista, se ha disminuido la tensión de vigilancia sobre los
peligrosos, sobre todo por razón de la droga, provenientes de Latinoamérica, para pasar a la consideración del
peligro terrorista proveniente de países árabes.
111
GÜNTHER, Jakobs. Derecho Penal del Enemigo. Thomson Civitas. Madrid, 2003. Pág. 41
85
más. Para entender el fenómeno expansionista SILVA SANCHEZ propone las tres
velocidades que tiene el derecho penal actual.
Derecho Penal del Enemigo
JAKOBS propone el regreso al peligrosismo criminal, en la búsqueda que el
derecho penal elimine el peligro de individuos que evitan guiarse por los
presupuestos sociales, atentando contra la organización social, adelantando la
punibilidad hacia el ámbito de la preparación, dirigiendo la pena más que a los
hechos cometidos, a los hechos futuros.
Pretendiéndose combatir en cada uno de estos casos a individuos que en su
actitud se han apartado probablemente de manera duradera, al menos de modo
decidido, del Derecho, es decir, que no prestan la garantía cognitiva mínima que
es necesaria para el tratamiento como persona: como ejemplo de estos individuos
el autor expone a los delitos sexuales), el caso de la criminalidad económica, la
criminalidad relacionada con las drogas tóxicas, otras formas de criminalidad
organizada, como la terrorista, o incluso en la conspiración para delinquir.
En este sentido el profesor afirma: “Hay otras muchas reglas del Derecho penal
que permiten apreciar que en aquellos casos en los que la expectativa de un
comportamiento personal es defraudada de manera duradera disminuye la
disposición a tratar al delincuente como persona. Así, por ejemplo, el legislador
(por permanecer primero en el ámbito del Derecho material) está pasando a una
legislación —denominada abiertamente de este modo— de lucha, por ejemplo, en
el ámbito de la criminalidad económica, del terrorismo, de la criminalidad
organizada, en el caso de «delitos sexuales y otras infracciones penales
peligrosas»”112
Siendo significativo el aporte que realiza el autor sobre la posibilidad de negar
frente a la macro delincuencia organizada su función como ciudadanos, puesto
que estos precisamente desconocen tal calidad a quienes utilizan en la búsqueda
de sus fines, sacrificándolos en pro de sus ideales, como en el caso de las
víctimas que estaban en los aviones que estrellaron contra las Torres Gemelas, o
los secuestrados que llevan años encadenados.
Frente a la comprensión de este fenómeno delictivo del terrorismo, la sociedad lo
entiende como un mal que se debe combatir tanto por medio de las armas, como a
través del derecho penal. Es una macro defensa social que busca expulsar de la
112
Ibíd. Pág. 40
86
sociedad occidental esta tendencia criminal, aun cuando se conozca que
proviniendo de otra cultura con una múltiple demografía, es difícil extinguirla,
cuando menos contenerla113 .
Las velocidades del derecho penal
SILVA SANCHEZ propone la inclusión de la criminalidad dentro de varias
velocidades conforme a la violación de diversos bienes jurídicos, con el
consecuente resultado de sanción penal. El verdadero problema de la expansión
del derecho penal no se encuentra en el derecho a penar, sino en la clase de pena
a imponer, con la consecuente flexibilización de principios radicales del derecho
penal.
La primera velocidad está compuesta por el llamado “núcleo criminal” o “núcleo
duro” del derecho penal, que salvaguarde el modelo clásico de principios e
imputación y para las conducta que tengan asignada una pena privativa de
libertad. La segunda velocidad compuesta por los delitos que atentan contra el
orden económico, o el medio ambiente, frente a los cuales cabría una
“flexibilización controlada de las reglas de imputación (así, responsabilidad penal
de las personas jurídicas, ampliación de los criterios de la autoría o de la comisión
por omisión, de los requisitos de vencibilidad del error, etc.) como también de los
principios político-criminales (por ejemplo, el principio de legalidad, el mandato de
determinación o el principio de culpabilidad).”114
En la tercera velocidad se incluirían las conductas que atentan contra la existencia
de la sociedad, para los enemigos de la sociedad un derecho penal donde
“coexistirían la imposición de penas privativas de libertad y, a pesar de su
presencia, la «flexibilización» de los principios político-criminales y las reglas de
imputación.” 115.
Propia de esta concepción del derecho es dejar de lado a las víctimas para
entender la comprensión del derecho, sin embargo que puedan considerarse
como la base misma de la existencia de esta teoría al considerar al derecho penal
como la Carta Magna de la Víctima.
113
Como respuesta a esta idealización de lucha contra el enemigo se sitúa a GRACIA MARTIN, Luis.
Prolegómenos para la lucha por la modernización y expansión del Derecho penal y para la crítica I y del
discurso de resistencia. Tirant lo Blanch. Valencia, 2003. Sobre el tema ver: ZAFFARONI, Eugenio Raúl. El
enemigo en el derecho penal. Grupo Editorial Ibáñez, Bogotá, 2006.
114
SILVA SANCHEZ, Jesús María. La expansión del derecho penal. Cuaderno Civitas. Madrid, 1999. Pág.
82.
115
CANCIO MELÍA, Manuel Et Al. Derecho Penal del Enemigo. Thomson, Civitas. Madrid, 2003. Pág. 82.
87
DIVERSAS FORMAS DE LA CRIMINALIDAD. Las formas de criminalidad se pueden observar desde dos ópticas, la primera la
Convencional y la segunda la No Convencional. La Convencional. Es aquella que
percibimos sin esfuerzo, la común, casi siempre es denunciada, la que comete el
pueblo, la que esta tipificada, se caracterizan por producir un daño directo a la
víctima de los delitos, promover la cercanía entre el actor y la víctima, ser delitos
individuales y lesionar bienes jurídicos personalísimos.
Dentro de la Criminalidad Convencional se pueden señalar las siguientes
categorías:
- Microcriminalidad: Es la criminalidad pequeña, de todos los días, como los hurtos
raterismo, al asalto callejero, al hurto, al robo en viviendas y negocios etc., para
diferenciarla del crimen organizado que se refiere a bandas delincuenciales de
mucha tecnología, preparación y planificación, que asaltan bancos, roban
vehículos, trafican con drogas y armas, y realizan toda clase de delitos que van
más allá de las fronteras y que operan como bandas.
- Aparente, Oficial o Registrada: La totalidad de hechos punibles e infractores
conocida por las autoridades.
o Global: Se generaliza sin discriminar.
o Específica o Discriminada: Se especifica en tiempo y espacio en un
bien jurídico en concreto.
- Legal: Es el conjunto de decisiones importantes, no definitivas tomadas en
un tiempo y espacio determinado.
- Judicial: Cantidad de sentencias en un lugar y tiempo determinado.
- Tratada: Total de sancionados que han purgado sentencia condenatoria
bajo el régimen penitenciario, no fugados, sustitutivas de la prisión.
- Retrograda: Aquella clase de criminalidad, modus operandi del pasado que
ha sido superada.
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-
-
-
-
-
-
Local: Cantidad de infracciones en un tiempo determinado y en unos
límites. por ejemplo un departamento o una ciudad.
Individual: Es la egoísta aquella que se comenten por motivos innobles y
singulares.
Ordinaria: La cometida por cualquier persona sin importar, profesión, arte u
oficio.
De blusa azul u overol : La cometida por los obreros o trabajadores en sus
funciones.
Ocupacional: La cometida por los profesionales y funcionarios de clase
media por violación de las normas legales que rigen los trabajos lícitos.
Nacional: Conjunto de delitos en los límites territoriales en un tiempo
determinado.
Ocasional: Conjunto de infracciones cometidas por personas normales,
debido a causas externas, personas que en forma ocasional ceden ante los
estímulos. Por ejemplo el delito casual.
Habitual: Personas que por las condiciones o estímulos ambientales actúan
inconcientemente, sin resistencia al delito, “predispocisión criminal”
Profesional: A quienes hacen del crimen su medio de vida, que tienen
aversión al trabajo, ansia de ventajas, especialidad, especificidad,
continuidad y uniformidad.
Social: Es la aprobada y descrita por una determinada cultura. El Criminal
adquiere status. Corresponde en su génesis y desenvolvimiento a
finalidades altruistas, generales, compartidas por el conglomerado.
Pasional: Proviene de la cólera, el amor, el deseo, la dignidad, es abierto al
público. Es una excepción en la vida del actor, otra persona en su mismo
caso posiblemente hubiera actuado igual.
Colectivo: Cometido en orden a una idea, sentimiento u objetivo noble, por
conseguir una finalidad común, plural. Lograda la meta desaparece la
infracción.
Ancilar: La ocasionada por los criados, empleados a sus patronos producto
de la lucha de clases.
La criminalidad No Convencional, es la cometida por grupos o personas
poderosas económica, política o ahora militarmente, ya sean nacionales,
multinacionales, internacionales privados o públicos. Se caracterizan por generar
un daño mayor que la convencional, las víctimas son sujetos plurales,
indeterminados o una masa de personas. Lesionan bienes jurídicos
fenomenológicos como el orden económico y social y la administración pública. La
víctima no tiene contacto directo con el autor.
Dentro de esta categoría se distinguen los siguientes conceptos:
89
- Macrocriminalidad. Es la conducta penal que ocasiona una pluralidad de víctimas
determinadas, como es el caso del genocidio o del terrorismo, de la adulteración
del contenido de los alimentos o productos farmacéuticos, o las políticas
económicas que buscan encarecer los productos de primera necesidad con el
objeto que un determinado sector de la economía aumente las utilidades, el
secuestro de aviones, la utilización de rehenes, el sabotaje en transportes
colectivos, la discriminación racial, espionaje industrial, la competencia desleal o la
corrupción de funcionarios con el objeto de conseguir prebendas o contratos
estatales.
Esta se caracteriza por a) Una crueldad excepcional, b) Una difusa amenaza para
el cuerpo social, c) Producen profundo desorden e inquietud, la sociedad, d)
Pluralidad de autores y de víctimas o de ambos a la vez, e) Diversidad de móviles,
tanto políticos como psicopatológicos y f) Las víctimas generalmente están
indefensas ante estas formas de criminalidad.
- El Concepto de Macrodelito refiere a la macrocriminalidad oculta, la que no se
denuncia por la calidad de la persona que la comete, como el gobernante, el
banquero, el comandante militar, tal como una decisión fiscal para imponer
impuestos a la canasta familiar o un gran negocio basado en el manejo de
recursos o intereses estatal, por ejemplo manejar los dineros recaudados de la
DIAN o el comandante que lleva a la población a una guerra injusta o que apoya
grupos al margen de la ley.
- La Cifra Dorada de la Criminalidad: Es la misma corrupción administrativa
realizada por personas poderosas que son servidores públicos.
- La Evolutiva: La criminalidad que se realiza conforme al desarrollo de los medios
tecnológicos, Hakers, autopréstamos, delitos informáticos o realizados por medios
de comunicación de alta tecnología como la interceptación de comunicaciones.
- La Anterógrada: Criminalidad del futuro, aquella que todavía no se conoce, pero
que puede suceder, como la clonación de seres humanos o el hurto de
información de robots que realizan determinadas tareas.
- Internacional: La que viola las convenciones o los tratados suscritos entre dos o
mas países u organizaciones multinacionales, tales como el tráfico de inmigrantes,
los genocidios, el apoyo de grupos terroristas.
- Transnacional: Es la delincuente que supera la del simple estado, es una
realizada por personas jurídicas o grupos protegidos por un gobierno o grupos de
90
gobiernos realizan daño social, no son castigados por cuanto logran burlas las
prohibiciones y sanciones, pretenden conseguir riquezas licita e ilícitamente .
- Oculta: La criminalidad que se comete, pero no se conoce, la criminalidad real
resulta de sumar la aparente y la oculta y esta se establece, un Estimativo: La
aparente va del 10% al 50 % de la registrada. La oculta va del 50 % al 90 % de la
criminalidad registrada. Encuestas de autoincriminación de los agresores no
registrados. Encuestas victimológicas a quienes han sufrido el delito. Informadores
u Observadores del fenómeno social del delito respecto de lo que han observado.
- Real: Son todos los delitos cometidos en un espacio y tiempo determinado, es la
suma de la aparente y la oculta.
- Impunizada: La que siendo conocida por las autoridades no se castiga por parte
del poder judicial, ya sea por una terminación anticipada del procedimiento, una
sentencia absolutoria o la prescripción de la acción.
- De Color Caqui: Es la cometida por los militares en tiempo de guerra116.
CONCLUSIÓN
El desarrollo de la línea de investigación Derecho Penal y Derechos Humanos, a
través del proyecto de investigación que sobre víctima se implementa en el centro
de investigaciones sociojurídicas, se complementa con la realización del presente
trabajo mediante la cual se logra dejar en claro la pertenencia de la víctima al
análisis del fenómeno criminal desde la óptica, criminológica y del derecho penal.
Dejando para un momento posterior del desarrollo de la investigación la
explicación Político Criminal o mejor Político Víctimal, especialmente con la Ley de
Víctimas.
116
PEREZ PINZÓN, Álvaro Orlando. Universidad Externado de Colombia, Bogotá, 2001.
pág. 29
91
Se comprende que este primer resultado académico se enmarque en una crítica
constructiva de la mirada que desde el Módulo Penal de la Facultad de Derecho
se realiza a los aspectos delictuales, victímales y de selección de las conductas
dignas de reproche, lo que hace que este esfuerzo sea compatible con la
generalidad de la enseñanza en el Módulo Penal.
El análisis del Fenómeno Criminal es apenas un empezar en la función de
construir un conocimiento apropiado para el discente, se deja ya para otros
estadios de la adquisición de saberes con una profundización en otros temas que
resultan de interés para quien desee vincular su esfuerzo académico a la
Criminología y al derecho penal. Sean bienvenidos a esta ciencia de carácter
explicativa la participación de todas las disciplinas que estudian el comportamiento
del hombre en sociedad.
92
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