Plan de Acción Nacional, 2009-2012

Transcripción

Plan de Acción Nacional, 2009-2012
Proyecto Piloto para el Refuerzo de Capacidades Nacionales en materia
de Gobernanza Ambiental Democrática y Aplicación del Principio 10 de
la Declaración de Río
Plan de Acción Nacional, 2009-2012
Lineamientos Estratégicos
RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN
Secretaría de Estado de Medio Ambiente
y Recursos Naturales
CORDINADORA DEL PROYECTO
Lic. Martha Pérez
Subsecretaria de Estado de Educación e
Información Ambiental / SEMARENA
PUNTO FOCAL DEL PROYECTO
Lic. Mariana Pérez
Directora de Información Ambiental y
de Recursos Naturales
Julio, 2009
2
Plan de Acción Nacional, 2009-2012
para el Refuerzo de Capacidades Nacionales en materia de
Gobernanza Ambiental Democrática y Aplicación del Principio 10
de la Declaración de Río
INDICE DE CONTENIDO
I. ANTECEDENTES............................................................................................................................. 4
II. PRESENTACION............................................................................................................................ 6
III. OBJETIVOS .................................................................................................................................. 9
IV. ALCANCE..................................................................................................................................... 10
V. COMPONENTES DEL PLAN ........................................................................................................ 11
Acceso a la Información Ambiental: ...................................................................................................... 11
Acceso a la Participación en materia ambiental: .............................................................................. 11
Acceso a la Justicia en materia Ambiental:......................................................................................... 12
VI.
PRIORIDADES Ó PLANTEMAINETO ESTRATÉGICO POR PILARES DEL
PRINCIPIO 10................................................................................................................................... 13
VI.1 PRIORIDADES PARA ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL....................................... 13
VI.2 PRIORIDADES PARA ACCESO A LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA EN DECISIONES
AMBIENTALES .................................................................................................................................. 14
VI.3 PRIORIDADES DE ACCESO A LA JUSTICIA EN MATERIA AMBIENTAL......................... 16
VII. PLAN DE ACCIÓN POR COMPONENTE ................................................................................. 18
VII.1 PLAN DE ACCIÓN PARA ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL ............................... 18
VII.2 PLAN DE ACCIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA EN LAS DECISIONES
AMBIENTALES ................................................................................................................................................. 20
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
3
VII.3 Plan de Acción de Acceso a Justicia en materia Ambiental .............................................. 23
VIII. CRONOGRAMA DE EJECUCION POR COMPONENTE........................................................ 25
VIII.1 CRONOGRAMA DE EJECUCION PLAN DE ACCIÓN ACCESO A LA INFORMACION
AMBIENTAL ...................................................................................................................................................... 25
VIII.2 CRONOGRAMA DE EJECUCION PLAN DE ACCIÓN ............................................................... 27
ACCESO A LA PARTICIPACION PÚBLICA EN DECISIONES AMBIENTAL ................................... 27
VIII.3 CRONOGRAMA DE EJECUCION PLAN DE ACCIÓN ............................................................... 29
ACCESO A LA JUSTICIA AMBIENTAL...................................................................................................... 29
NOTAS TECNICAS ........................................................................................................................... 31
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
4
I. ANTECEDENTES
La República Dominicana a través de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y
Recursos Naturales (SEMARENA), solicitó la participación, como país miembro de la
Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD) en el Proyecto Piloto
“Refuerzo de las Capacidades Nacionales en Materia de Gobernanza Ambiental
Democrática y Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río”, a implementarse
conjuntamente en Honduras y Costa Rica, con el apoyo del Instituto de las Naciones
Unidas para la Formación y la Investigación (UNITAR), la cooperación de la CCAD y de la
Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), resultando aceptada su
petición y en ese contexto se ha desarrollado dicho proyecto.
Este proyecto tiene como objetivos principales 1) Análisis de la situación nacional en
materia de gobernanza ambiental democrática; 2) Autorreflexión del gobierno sobre
procesos participativos. El mismo tiene como actividades centrales y resultados; 1) Perfil
Nacional sobre Gobernabilidad Ambiental Democrática y Aplicación del Principio 10; 2)
Establecimiento de prioridades nacionales; 3) Plan de Acción Nacional para el refuerzo
de la gobernabilidad ambiental democrática
Para el desarrollo del proceso fue seleccionado un Comité Coordinador Nacional
pluralista integrado por instituciones de la sociedad civil y del gobierno, teniendo entre
sus funciones la selección del consultor nacional para la elaboración del Perfil Nacional y
el monitoreo de todo el proceso de participación, para la selección de las propuestas
recibidas para la consultoría sometidas al Comité Coordinador Nacional, resultando
electo
el
Instituto
de
Abogados
para
la
Protección
del
Medio
Ambiente
Inc.
(INSAPROMA), representado por el Lic. Euren Cuevas, en calidad de Presidente de dicha
institución.
En ese orden, el INSAPROMA, procedió a la elaboración del Perfil Nacional de
Gobernabilidad Ambiental Democrática en el marco de un proceso participativo, con
todos los sectores sociales, contemplados dentro de la guía metodológica del UNITAR,
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
5
En este contexto se desarrolló una investigación con carácter diagnóstico sobre la
aplicación del Principio 10 y la situación de gobernabilidad ambiental en República
Dominicana, basada en una metodología que abarca tres fases fundamentales: 1)
Recopilación de la información escrita (leyes, decretos, resoluciones, reglamentos,
trabajos de investigación etc.); 2) Entrevistas a actores claves gubernamentales y no
gubernamentales; 3) Análisis y redacción de las informaciones obtenidas.
El análisis particular de los tres pilares de la Gobernanza Ambiental Democrática, el
acceso a la información, participación pública en la toma de decisiones y acceso a la
justicia , arroja como resultado la estructura básica para que los ciudadanos puedan
hacer valer sus derechos, fundamentalmente el de acceso a la justicia ambiental.
Para la elaboración del Plan de Acción Nacional a ser sometido a las estructuras políticas
nacionales para su adopción e implementación, se realizó un Taller de Prioridades
Nacionales y Fortalecimiento de Capacidades para la Gobernabilidad Ambiental, en el
mes de diciembre de 2008, convocado a través del Comité Coordinador Nacional, con
representación de diversas entidades enfocadas a la gestión ambiental, como son
instituciones públicas, privadas, universidades y organizaciones de sociedad civil.
Los objetivos fundamentales del Taller de Identificación de Prioridades, fueron;
Socializar el documento del Perfil Nacional y los estudios de casos seleccionados;
Identificar acciones concretas, responsabilidades y obstáculos en la Implementación del
Principio 10 de la Declaración de Río, los cuales, servirían de insumos para la
elaboración del Plan de Acción Nacional; Identificar prioridades nacionales importantes y
urgentes para el refuerzo de la aplicación del Principio 10 en base a resultados del Perfil
Nacional y estudios de caso; Motivar el fortalecimiento y la consolidación de los niveles
de coordinación para el apoyo interinstitucional en torno al proyecto.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
6
II. PRESENTACION
El principio 10 de la Declaración de Río y sus tres pilares de la Gobernanza ambiental
Democrática (acceso a la información, a la participación pública y la justicia en materia
ambiental), es una herramienta indispensable para fomentar la transparencia, reducir el
grado de discrecionalidad en los procesos, fomentar la transparencia, y al mismo
tiempo, incrementar el nivel de co-responsabilidad y de confianza entre el gobierno y los
ciudadanos en la gestión ambienta.
En República Dominicana, la Ley General No. 64 del año 2000, sobre Medio Ambiente y
Recursos Naturales, ha establecido principios fundamentales que se constituyen en
derecho ciudadanos para cada uno de los tres pilares de la Gobernanza Ambiental
Democrática; en el caso del acceso a la Información se destaca el Artículo 6 que
establece la libertad de los ciudadanos en el uso de los recursos naturales, basada en el
derecho a disfrutar de un medio ambiente sano, de participar en la conservación,
gestión y uso sostenibles de los recursos naturales, así como el acceso a información
veraz y oportuna sobre la situación y el estado de los mismos, lo que debe de garantizar
el Estado. Del mismo modo, crea el Sistema Nacional de Información de Medio Ambiente
y Recursos Naturales mediante el Artículo 49 y siguientes, integrado por los organismos
e instituciones públicas y privadas dedicadas a generar informaciones técnicas y
científicas sobre el estado del medio ambiente y los recursos naturales. Cabe destacarse
que dicho Sistema no se ha puesto en funcionamiento, aunque se han iniciado algunas
acciones tendentes al cumplimiento de éste.
Respecto a la Participación Pública, dicha Ley establece en el Artículo 18, numeral 11,
dentro de sus funciones que corresponden a la SEMARENA, Propiciar la integración de la
sociedad civil y las organizaciones comunitarias a los planes, programas y proyectos
destinados a la preservación y mejoramiento del medio ambiente.
En cuanto al acceso a la Justicia en asuntos ambientales, mediante el Artículo 165, crea
la Procuraduría para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, como
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
7
rama especializada de la Procuraduría General de la República. Para, entre otras
atribuciones ejercer la representación de la defensa del Estado y la sociedad en materia
ambiental.
Se debe resaltar que hasta la promulgación de la Ley General de Libre Acceso a la
Información Pública, No. 200-04, no existían mecanismos jurídicos para hacer valer el
derecho del ciudadano al acceso a la información, en caso de ser negado.
Sin embargo, no basta con tener un marco normativo internacional y marcos jurídicos
nacionales que garanticen los derechos ciudadanos de acceso en asuntos ambientales,
es necesario que los ciudadanos los conozcan y hagan uso de ella, demandando mejores
prácticas de acceso.
El gobierno y la sociedad dominicana tienen un gran desafío en el uso adecuado de las
legislaciones vigentes, su aplicación y seguimiento a los procedimientos. Generar
conocimientos y retroalimentación de los procesos locales y nacionales de acceso a la
información ambiental y participación que permitan mejorar el accionar de las
comunidades a favor de un medio ambiente sano y una mejor calidad de vida.
El presente Plan de Acción es el resultado de las necesidades identificadas durante el
proceso de elaboración del Perfil Nacional de Gobernabilidad Ambiental, los resultados
de los Estudios de Casos, así como de las prioridades identificadas por sectores y
actores relevantes en el Taller de Consulta y Establecimiento de Prioridades Nacionales,
en el marco del desarrollo del Proyecto Piloto para el Refuerzo de Capacidades
Nacionales en materia de Gobernanza Ambiental Democrática y Aplicación del Principio
10 de la Declaración de Río.
Está concebido para un período de 3 años, durante los cuales se pondrán en ejecución
un conjunto de actividades, políticas y estrategias que permitan al país avanzar en la
gobernabilidad ambiental democrática y sentar las bases para dar fiel cumplimiento, en
un mediano y largo plazo, a la aplicación de los tres Pilares del Principio 10 de la
Declaración de Río. “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
8
participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el
plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el
medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información
sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así
como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los
Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población
poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a
los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y
los recursos pertinentes”.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
9
III. OBJETIVOS
1. Reforzar
las
Capacidades
Nacionales,
sobre
Gobernabilidad
Ambiental
Democrática y responsabilidad en la Aplicación del Principio 10 de la Declaración
de Río, que tiene el Estado Dominicano.
2. Fortalecer al Estado Dominicano, para el cumplimiento de los compromisos
Internacionales, la Ley General- 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos
Naturales y en el cumplimiento de otras disposiciones legales, leyes nacionales
relacionadas con la información y la gestión ambiental.
3. Promover y consolidar el proceso de participación, a través de consulta, diálogo y
debate entre las organizaciones de la sociedad civil, el sector privado y las
diferentes entidades gubernamentales, para el cumplimiento de las políticas sobre
Gobernanza Ambiental Democrática, focalizada al Acceso a la información
ambiental, acceso a la participación pública y acceso a la justicia en materia
ambiental.
4. Disponer de un documento base que permita la ejecución conjunta de un Plan de
Acción Nacional mediante procesos de participación y empoderamiento de las
organizaciones nacionales, para que sus intereses y prioridades, se integren a la
agenda nacional del Gobierno Dominicano, especialmente en las Políticas
asociadas a los tres pilares de la Gobernanza Ambiental Democrática.
5. Fortalecer la capacidad de articulación de la sociedad civil, el sector privado y los
actores políticos con la gestión ambiental en República Dominicana, que permita
conjugar las necesidades e intereses de todos los sectores de la sociedad.
6. Incorporar nuevas visiones y enfoques al análisis de los procesos de Gobernanza
Ambiental Democrática.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
10
IV. ALCANCE
El Plan de Acción Nacional se ha elaborado conforme a las prioridades y necesidades
nacionales, para el fortalecimiento de capacidades en la implementación del Principio 10
de la Declaración de Río, identificadas por los diferentes actores y sectores relacionados
con la gestión ambiental, como son, sociedad civil, instituciones académicas, sector
privado y del gobierno.
Es un plan, a implementarse en el corto y mediano plazo (2009-2012). Procura crear
una plataforma estratégica e integral, dirigida a incrementar el nivel de las capacidades
nacionales para el acceso a la información, garantizar la participación pública;
oportunidades para los ciudadanos acceder a la justicia.
Para ello será necesario, contar con la voluntad de todas las instituciones involucradas
en el esfuerzo de cumplimiento de las responsabilidades colectivas pero individuales que
garantice la implementación de este Plan en el ámbito local y nacional como un
compromiso del Estado Dominicano.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
11
V. COMPONENTES DEL PLAN
Acceso a la Información Ambiental:
La capacidad que tienen los ciudadanos para demandar y obtener información ambiental
oportuna y confiable en posesión de instituciones y/o autoridades públicas ó privadas.
La información ambiental “incluye, aquellas que describe el estado de los elementos del
ambiente, como aire, agua, suelo, territorio, flora y fauna, y las interacciones entre
estos. Igualmente, se incluye los factores y elementos que afectan la salud, tales como
emisiones, desechos, energía”.
Para poder transferir el Principio de acceso a la información a un marco nacional, los
países deberían considerar el concepto amplio de "información ambiental", así como los
procedimientos para su divulgación y mecanismos de difusión. E identificar el tipo
información considerada confidencial.
Acceso a la Participación en materia ambiental:
Oportunidad que tienen los ciudadanos para aportar sus ideas e influir en las políticas,
estrategias y planes para la toma de decisiones ambientales, así como en el diseño y
ejecución de proyectos que puedan tener impacto sobre el ambiente y los recursos
naturales. Estas oportunidades de participación pueden garantizarse a través de
consultas,
reuniones,
audiencias
públicas,
diálogos,
debates
y
contactos
con
funcionarios y técnicos del gobierno.
Para implementar el principio de acceso a la participación pública en materia ambiental,
los países, a través de sus gobiernos, deberían considerar los espacios de participación y
aplicar los mecanismos y procedimientos existentes e identificara otros que puedan ser
útiles para garantizar un verdadero involucramiento de la sociedad en la toma de
decisiones ambientales.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
12
Acceso a la Justicia en materia Ambiental:
Está
estrechamente
vinculado
con
los
dos
pilares
del
Principio
10,
descritos
anteriormente. La implementación del acceso a la justicia en materia ambiental tiene
relación directa con la implementación de los procedimientos del acceso a la Información
Ambiental y a la Participación Pública.
El acceso de los ciudadanos a la justicia en materia ambiental, podría requerir de
revisión judicial en instrumentos administrativos, penales, de derecho privado y de la
propia constitución.
El acceso a la Justicia debe proveer al ciudadano la oportunidad de participar e
involucrarse en procesos judiciales y recurrir a árbitros imparciales al momento de
resolver cualquier disputa en asuntos ambientales.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
13
VI.
PRIORIDADES Ó PLANTEMAINETO ESTRATÉGICO POR PILARES DEL PRINCIPIO 10
VI.1 PRIORIDADES PARA ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL.
PROBLEMA
1. IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA
NACIONAL PARA LA INFORMACIÓN
AMBIENTAL, CON UN MARCO NORMATIVO Y
REGULATORIO.
NIVEL DE
PREOCUPACIÓN DEL
PROBLEMA 1
OPORTUNIDADES
PARA RESOLVER EL
PROBLEMA CON
ÉXITO 2
VALORACIÓN DE
LA PRIORIDAD 3
Alta
Alta
1
2. PLAN NACIONAL DE CONCIENTIZACIÓN
CIUDADANA Y A TOMADORES DE
DECISIONES DE ACCESO A LA
INFORMACIÓN.
Medio
Baja
5
3. CREAR CAPACIDADES TÉCNICAS Y
OPERATIVAS PARA GENERAR Y ACTUALIZAR
LAS INFORMACIONES
Alta
Baja
3
4. ESTABLECER EL SISTEMA DE VENTANILLA
ÚNICA EN LA SEMARENA.
Alto
Media
6
5. CAMPAÑA DE DIVULGACIÓN DE
INFORMACIONES AMBIENTALES
DISPONIBLES EN EL PAÍS
Bajo
Alta
4
1
Bajo, Mediano, Alto
Bajo, Mediano, Alto
3
Problema Enfrentado por el País, 1er. Problema más Grave; 2do. Problema más grave; 3er. Problema Más Grave….
2
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
14
VI.2 PRIORIDADES PARA ACCESO A LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA EN DECISIONES AMBIENTALES
PROBLEMA
1. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL
(SEMARENA, AYUNTAMIENTOS, SOCIEDAD
CIVIL LOCAL Y NACIONAL).
2. FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES
TÉCNICA DE LOS RECURSOS HUMANOS PARA LA
PARTICIPACIÓN. Y LA CAPACIDAD OPERATIVA
DE LAS UGAM
3.
OPORTUNIDADES PARA
RESOLVER EL PROBLEMA
CON ÉXITO 5
VALORACIÓN DE
LA PRIORIDAD 6
Alto
Alto
1
Alto
Bajo
1
Alto
Medio
1
Alto
Alto
1
Medio
Bajo
2
Alto
Alta
2
DESARROLLAR UN PROGRAMA DE
CAPACITACIÓN INSTITUCIONAL PARA
ARTICULAR PROCESOS PARTICIPATIVOS.
4. LOS CIUDADANOS NO ESTÁN ARTICULADOS NI
EMPODERADOS PARA RECLAMAR SUS
DERECHOS DE PARTICIPACIÓN.
5.
NIVEL DE
PREOCUPACI
ÓN DEL
PROBLEMA 4
LA SEMARENA NO TIENE SUFICIENTES
RECURSOS PARA DAR SEGUIMIENTO Y
ARTICULAR LA PARTICIPACIÓN
6. LA CONSTITUCIÓN NO CONTEMPLA LA
PARTICIPACIÓN PÚBLICA.
7. LA NO APLICACIÓN DE LOS ESPACIOS DE
PARTICIPACIÓN
CONTEMPLADOS EN LA LEY 176-07
8. CREAR MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN
CREATIVOS PARA LA DE TOMA DE DECISIONES,
A NIVEL NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
15
PROGRAMA DE DIFUSIÓN SOBRE EL DERECHO
DE PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS EN
LA TOMA DE DECISIONES AMBIENTALES.
9.
10.
EL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN
AMBIENTAL
Y
EL
CONSEJO
NO
ESTÁN
FUNCIONANDO
NO
HAY
UNA
POLÍTICA
PARTICIPACIÓN PÚBLICA
O
LEY
Medio
2
Alto
Bajo
3
Alto
Mediano
4
DE
DEFINIR
LOS
OBJETIVOS
DE
LA
PARTICIPACIÓN Y LOS NIVELES DE LA MISMA,
HASTA EL CONTROL SOCIAL.
11.
Alto
VISUALIZACIÓN
Y
ARTICULACIÓN
DEL
COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
16
VI.3 PRIORIDADES DE ACCESO A LA JUSTICIA EN MATERIA AMBIENTAL
PROBLEMA
1.
2.
3.
EL CÓDIGO PROCESAL PENAL, LEY 76-02,
EN SU ART. 51 LIMITA EL DERECHO
CIUDADANO AL ACCESO A LA JUSTICIA.
LA NO EXISTENCIA DE LA
CONFIDENCIALIDAD (DESCONFIANZA),
PARA LOS DENUNCIANTES. EL PODER
POLÍTICO POR ENCIMA DE LA LEGALIDAD.
DEBILIDAD INSTITUCIONAL.
RELACIONES INTERPERSONALES ENTRE
LOS ACTORES (AMIGOS, FAMILIARES,
PARIENTES, RELACIONADOS, ETC.)
DIFICULTA LA APLICACIÓN DE LA LEY.
4. APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN CON UN
ENFOQUE RECAUDATORIO MÁS QUE DE
PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN A FAVOR DE
LOS RECURSOS.
5. IMPLEMENTACIÓN LEGAL DEL RÉGIMEN
DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO.
6. INSEGURIDAD EN LA PERMANENCIA DE
LAS FUNCIONES.
7.
NIVEL DE
PREOCUPACIÓN DEL
PROBLEMA 7
OPORTUNIDADES
PARA RESOLVER EL
PROBLEMA CON
ÉXITO 8
Alta
VALORACIÓN DE LA
PRIORIDAD 9
5
Media
Alta
3
Alta
2
Alta
4
Medio
LAS LEYES AMBIENTALES ESCASAMENTE
DIFUNDIDAS.
LA LEY ESTÁ ESCRITA EN UN LENGUAJE
NO COMPRENSIBLE POR SER MUY
TÉCNICO Y ESPECIALIZADO.
Alto
CREAR MECANISMOS DE DIFUSIÓN PARA
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
1
17
LA COMPRENSIÓN DE LA LEY. FALTA DE
USO DE LA TRANSVERSALIDAD
8.
DEBILIDAD EN LA CADENA DE CUSTODIA
DEL CUERPO DEL DELITO
9.
ESCASOS PERITOS EN LOS PROCESOS
JUDICIALES
10. FALTA DE INCENTIVOS A LAS
INSTITUCIONES EN LOS PROCESOS
JUDICIALES.
Medio
Alto
Bajo
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
18
VII. PLAN DE ACCIÓN POR COMPONENTE
VII.1 PLAN DE ACCIÓN PARA ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL
PRIORIDAD U OBJETIVO
INDICADORES
FINALES
Un 100% de las
instituciones que
generan información
ambiental están
integradas al sistema.
1.
IMPLEMENTACIÓN DEL
SISTEMA NACIONAL PARA
LA INFORMACIÓN
AMBIENTAL (SINIA), CON
UN MARCO NORMATIVO Y
REGULATORIO.
El SINIA cuenta con
mecanismos de
obligatoriedad para
intercambiar
información (Decreto,
Reglamento)
Plan Nacional de
concientización a
tomadores de
decisiones sobre acceso
a la información.
2.
CREAR CAPACIDADES
TÉCNICAS Y OPERATIVAS
PARA GENERAR Y
ACTUALIZAR LAS
INFORMACIONES
Un 60% de las
instituciones tienen
capacidades operativas
y técnicas a nivel
nacional, regional y
local para brindar
información en tiempo
real.
ACCIONES Ó ACTIVIDADES
RESPONSABLES
DE RESOLVERLA
Crear la infraestructura central
operativa donde este establecido
el SINIA.
Elaboración del reglamento para
el acceso y el intercambio de
información.
Identificación e integración de
las instituciones que suministren
información ambiental.
SEMARENA
Coordinación interinstitucional.
Elaboración de protocolos y
acuerdos de colaboración
interinstitucional.
Diagnóstico del estado y
requerimientos de las
informaciones.
Capacitar técnicos - técnicas y
autoridades de las diferentes
instituciones
que
generan
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
SEMARENA en
colaboración con
otras instituciones.
19
Existe una base de
datos de uso
descentralizado
funcionando a
capacidad.
3.
CAMPAÑA DE DIVULGACIÓN
DE INFORMACIONES
AMBIENTALES DISPONIBLES
EN EL PAÍS
4. ESTABLECER EL SISTEMA DE
VENTANILLA ÚNICA EN LA
SEMARENA
Un 20% de la población
adulta conoce las
informaciones
disponibles.
información a nivel
regional y local.
nacional,
Talleres, campañas publicitarias.
No aplica
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
20
VII.2 PLAN DE ACCIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA EN LAS DECISIONES AMBIENTALES
PRIORIDAD U OBJETIVO
INDICADORES FINALES
Definición clara de las
competencias ambientales de
cada instancia (ayuntamientos,
instituciones estatales), las
propias, compartidas y
delegadas.
1. COORDINACIÓN
INTERINSTITUCIONAL
Treinta (30) personas por
regiones -10 regiones a nivel
nacional-entrenadas a
diferentes niveles (gerentes,
directores, síndicos,
encargados de departamentos
y unidades).
2. FORTALECIMIENTO DE LAS
CAPACIDADES:
SEMARENA
UGAM
SOCIEDAD CIVIL
INSTITUCIONES ESTATALES
.Personal entrenado replica los
conocimientos adquiridos.
3. APLICACIÓN O CREACIÓN DE
MECANISMOS,
ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN Y TOMA
DE DECISIONES VINCULANTES A
DIFERENTES NIVELES (NACIONAL,
REGIONAL, LOCAL): LEY 176-07;
CONSEJO NACIONAL DE MEDIO
AMBIENTE Y EL SINIA
OTROS
Los consejos comunitarios,
social y económico, provincial,
regional y nacional están
creados y operando.
El SINIA cuenta con un
mecanismo de obligatoriedad
para intercambiar información.
ACCIONES
RESPONSABLES
Establecer acuerdos entre las
partes para llevar a cabo acciones
coordinadas.
Promover proyectos conjuntos
Establecer mecanismos de
monitoreo y seguimiento a la
coordinación.
SEMARENA
Gobiernos locales
Foro Ciudadano
Formación sobre mecanismos y
niveles de participación pública en
la gestión ambiental.
Formación sobre marco legal y
normativo ambiental y municipal.
Formación sobre manejo de
conflictos.
Secretarías de Estado
Gobiernos locales
Sociedad civil
organizada
Formación sobre gobernanza
ambiental democrática.
Habilitación de ONGs frente a las
autoridades correspondientes, en
los casos requeridos.
Selección de representes de la
sociedad civil mediante asambleas
regionales y nacional.
Difundir/divulgar, dar a conocer el
SINIA.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
Sociedad civil
organizada
21
Existen mecanismos de
participación, coordinado por la
SC, de consulta obligatoria
para la toma de decisiones en
temas ambientales.
Promover la elaboración del
Reglamento del SINIA.
Promover e incentivar mediante
asambleas regionales y nacionales,
la creación de espacios de
participación.
Definir los espacios, objetivos y
forma de funcionamiento.
Posicionar los espacios.
SEMARENA
Sociedad Civil
Sociedad Civil
Gestionar su validación oficial
como espacio de consulta
obligatoria.
Encuentros por provincia con Ongs
Al menos 30 ONGs y
organizaciones Estatales
desarrollan un programa de
difusión.
4. PROGRAMA DE DIFUSIÓN SOBRE EL
DERECHO DE PARTICIPACIÓN DE
CIUDADANAS Y CIUDADANOS EN LA
TOMA DE DECISIONES AMBIENTALES
Al menos 1 programa de radio
por región, 3 de TV y todos los
periódicos de circulación
nacional incorporan el tema
con cierta frecuencia.
El tema se difunde a través de
las páginas web oficiales, tanto
de instituciones públicas,
privadas y ONGs.
Difundir los resultados del
Proyecto, específicamente los del
Plan de Acción a través de
programas radiales y de TV de
organizaciones como SOECI,
ECOclubes en La Vega, entre
otros.
Publicar resultados del Proyecto a
través de las Pag. WEB de todas
las instituciones que estuvieron
involucradas en el Proyecto
UNITAR
Elaboración, publicación y difusión
de brochures sobre participación
pública.
Elaboración, publicación y difusión
de afiches.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
Instituciones estatales
Gobiernos locales
Sociedad civil
22
5. LEY DE PARTICIPACIÓN
PÚBLICA
* Ley de participación pública
promulgada.
Elaboración proyecto de Ley
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
SEMARENA
Sociedad Civil
Gobiernos locales
Congreso Nacional
23
VII.3 Plan de Acción de Acceso a Justicia en materia Ambiental
PRIORIDAD U OBJETIVO
INDICADORES FINALES
Cantidad de cuadernillos educativos
sobre legislación ambiental
suministrados en el año 2010.
1. CREAR MECANISMOS DE
DIFUSIÓN PARA LA
COMPRENSIÓN DE LAS LEYES
AMBIENTALES
ESCASAMENTE DIFUNDIDAS Y EN
UN LENGUAJE NO COMPRENSIBLE
Nivel de capacitación (charlas,
seminarios, talleres, etc.) de la
ciudadanía en materia ambiental
realizada al año 2010.
Cuántos ayuntamientos están
realizando actividades de
capacitación ciudadana en materia
ambiental.
ACCIONES
Elaborar cuadernillos.
Realizar actividades de
capacitación ciudadana.
Implementar link en los sitios
web.
2. APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN
CON UN ENFOQUE MÁS DE
PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN QUE
RECAUDATORIO
3. EVITAR LAS RELACIONES
INTERPERSONALES ENTRE LOS
ACTORES: JUECES, AUTORIDADES,
Porcentaje de lo recaudado utilizado
en restauración de los recursos
naturales afectados.
Funcionamiento efectivo del Fondo
Nacional del Medio Ambiente.
Opinión y rumor público.
SEMARENA,
Dirección de
Educación y de
Información
Ambiental.
Procuraduría
Ambiental
Ayuntamientos
Número de sitios de web nacionales
contienen información ambiental
dominicana
Número de promociones televisivas y
radiales sobre el tema ambiental
RESPONSABLES
ONGs.
Realizar video clips sobre temas
ambientales.
Destinar los recursos de tasas y
sanciones al Fondo
Especializado de Medio
Ambiente y este a su vez, a la
prevención y restauración de
los daños ambientales.
Evitar la designación de jueces
y ministerio público con fuertes
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
Gobierno Central
SEMARENA
Procuraduría
General de la
24
CIUDADANOS; (AMIGOS,
FAMILIARES, PARIENTES, ETC.)
PARA FACILITAR LA APLICACIÓN
DE LA LEY.
4. IMPLEMENTACIÓN LEGAL DEL
RÉGIMEN DEL SILENCIO
ADMINISTRATIVO.
Cantidad de inhibiciones y
recusaciones de ministerios públicos
y de jueces.
vínculos de intereses con
infractores ambientales.
No designar jueces ni
ministerios públicos en su lugar
de origen.
Revisión de los textos legales
vigentes.
Cantidad de instrumentos legales
que han incorporado el régimen del
Silencio Administrativo positivo.
Cantidad de casos puntuales que se
han acogido al régimen del Silencio
Administrativo.
Inclusión del Régimen del
Silencio Administrativo en los
nuevos textos a elaborar.
Aplicación del Régimen del
Silencio Administrativo en casos
específicos.
República
Suprema Corte de
Justicia
SEMARENA,
Dirección Normas
Ambientales,
Dirección Legal
5. MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO
PROCESAL PENAL, LEY 76-02, EN
SU ART. 51 LIMITA EL DERECHO
CIUDADANO AL ACCESO A LA
JUSTICIA.
Para el 2011 se ha reformado el art.
51 de la Ley 76-02
Someter la reforma de la Ley al
Congreso
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009
SEMARENA
25
VIII. CRONOGRAMA DE EJECUCION POR COMPONENTE
VIII.1 CRONOGRAMA DE EJECUCION PLAN DE ACCIÓN ACCESO A LA INFORMACION AMBIENTAL
PRIORIDADES
ACTIVIDADES
AÑO
1
AÑO
2
AÑO
3
AÑO
4
Crear
la
infraestructura
central
operativa donde este establecido el
sistema.
IMPLEMENTACIÓN DEL
SISTEMA NACIONAL PARA
LA INFORMACIÓN
AMBIENTAL (SINIA), CON
UN MARCO NORMATIVO Y
REGULATORIO.
Coordinación interinstitucional.
Identificación e integración de las
instituciones que suministren
información ambiental.
Elaboración del Reglamento para el
acceso y el intercambio de
información.
Elaboración de protocolos y acuerdos
de colaboración interinstitucional.
Diagnóstico del estado y
requerimientos de las informaciones.
CREAR CAPACIDADES
TÉCNICAS Y OPERATIVAS
PARA GENERAR Y
ACTUALIZAR LAS
INFORMACIONES
Capacitar
técnicos
técnicas
y
autoridades
de
las
diferentes
instituciones que generan información
a nivel nacional, regional y local.
INDICADOR
Un 100% de las
instituciones que
generan información
ambiental están
integradas al SINIA.
El SINIA cuenta con un
mecanismo de
obligatoriedad para
intercambiar
información (Decreto,
Reglamento).
Plan nacional de
concientización a
tomadores de
decisiones, sobre
acceso a la información
Un 60% de las
instituciones tienen
capacidades operativas
y técnicas a nivel
nacional, regional y
local para brindar
información en tiempo
real.
Existe una base de
datos de uso
descentralizado
funcionando a
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009
26
CAMPAÑA DE
DIVULGACIÓN DE
INFORMACIONES
AMBIENTALES
DISPONIBLES EN EL PAÍS.
Talleres, campañas publicitarias.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009
capacidad.
Un 20% de la población
adulta conoce las
informaciones
disponibles.
27
VIII.2 CRONOGRAMA DE EJECUCION PLAN DE ACCIÓN
ACCESO A LA PARTICIPACION PÚBLICA EN DECISIONES AMBIENTAL
PRIORIDADES
ACTIVIDADES
AÑO
1
AÑO
2
AÑO
3
AÑO
4
Establecer acuerdos entre las partes para
llevar a cabo acciones coordinadas.
COORDINACIÓN
INTERINSTITUCIONAL
Promover proyectos conjuntos
Establecer mecanismos de monitoreo y
seguimiento a la coordinación.
Formación sobre mecanismos y niveles de
participación pública en la gestión ambiental.
FORTALECIMIENTO DE LAS
CAPACIDADES:
SEMARENA
UGAM
SOCIEDAD CIVIL
INSTITUCIONES ESTATALES
Formación sobre marco legal y normativo
ambiental y municipal.
APLICACIÓN O CREACIÓN DE
MECANISMOS,
ESPACIOS DE
PARTICIPACIÓN Y TOMA DE
DECISIONES VINCULANTES
A DIFERENTES NIVELES
(NACIONAL, REGIONAL,
LOCAL): LEY 176-07;
CONSEJO NACIONAL DE
MEDIO AMBIENTE ; SINIA,
ENTRE OTROS
Habilitación de ONGs frente a las autoridades
correspondientes, en los casos requeridos.
Formación sobre manejo de conflictos.
Formación sobre gobernanza ambiental
democrática.
Selección de representes de la sociedad civil
mediante asambleas regionales y nacional.
Difundir/divulgar, dar a conocer el SINIA.
Promover la elaboración del Reglamento del
SINIA.
Promover e incentivar mediante asambleas
regionales y nacionales, la creación de los
espacios de participación.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009
INDICADORES
Definición clara de las
competencias ambientales
de cada instancia
(ayuntamientos,
instituciones estatales), las
propias, compartidas y
delegadas.
Treinta (30) personas por
regiones -10 regiones a
nivel nacional-entrenadas a
diferentes niveles (gerentes,
directores, síndicos,
encargados de
departamentos y unidades).
Personal entrenado replica
los conocimientos
adquiridos.
Los consejos comunitarios,
social y económico,
provincial, regional y
nacional están creados y
operando.
Existen mecanismos de
participación, coordinado
por la SC, de consulta
obligatoria para la toma de
decisiones en temas
ambientales.
28
Definir los espacios, objetivos y forma de
funcionamiento.
Gestionar su validación oficial como espacio
de consulta obligatoria.
Compilar información sobre la participación
pública en materia ambiental.
Encuentros por provincia ONGs
PROGRAMA DE DIFUSIÓN
SOBRE EL DERECHO DE
PARTICIPACIÓN DE
CIUDADANAS Y
CIUDADANOS EN LA TOMA
DE DECISIONES
AMBIENTALES
Al menos 30 ONGs y
organizaciones Estatales
desarrollan un programa de
difusión.
Difundir los resultados del Proyecto,
específicamente los del Plan de Acción a
través de programas radiales y de TV de
organizaciones como SOECI, ECOclubes en La
Vega, entre otros.
Al menos 1 programa de
radio por región, 3 de TV y
todos los periódicos de
circulación nacional
incorporan el tema con
cierta frecuencia.
Creación de Consejos Provinciales
Un consejo provincial
instalado.
Publicar resultados del Proyecto a través de
las Pág. WEB de todas las instituciones que
estuvieron involucradas en el Proyecto
UNITAR.
El tema se difunde a través
de las páginas web oficiales,
tanto de instituciones
públicas, privadas y ONGs.
Elaboración, publicación y difusión de
brochurs y afiches sobre participación pública
LEY DE PARTICIPACIÓN
PÚBLICA
Documentos sobre
participación pública
elaborados.
Elaborar proyecto de Ley
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009
Un brochour y un afiche
elaborados y difundidos.
Ley de participación pública
promulgada
29
VIII.3 CRONOGRAMA DE EJECUCION PLAN DE ACCIÓN
ACCESO A LA JUSTICIA AMBIENTAL
PRIORIDADES
ACTIVIDADES
AÑO
1
AÑO
2
AÑO
3
AÑO
4
Elaborar cuadernillos.
Realizar actividades de capacitación
ciudadana.
Implementar link en los sitios web.
CREAR MECANISMOS DE
DIFUSIÓN PARA LA
COMPRENSIÓN DE LAS
LEYES AMBIENTALES
ESCASAMENTE
DIFUNDIDAS Y EN UN
LENGUAJE NO
COMPRENSIBLE
Realizar video clips sobre temas
ambientales.
INDICADORES
Cantidad de cuadernillos
educativos sobre legislación
ambiental suministrados en el
año 2010.
Nivel de capacitación (charlas,
seminarios, talleres, etc.) de la
ciudadanía en materia
ambiental realizada al año
2010.
Cuántos ayuntamientos están
realizando actividades de
capacitación ciudadana en
materia ambiental.
Número de sitios de web
nacionales contienen
información ambiental
dominicana
Número de promociones
televisivas y radiales sobre el
tema ambiental
APLICACIÓN DE LA
LEGISLACIÓN CON UN
ENFOQUE MÁS DE
PROTECCIÓN Y
PREVENCIÓN QUE
RECAUDATORIO
Destinar los recursos de tasas y sanciones
al Fondo Especializado de Medio Ambiente y
este a su vez, a la prevención y
restauración de los daños ambientales.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009
Funcionamiento efectivo del
Fondo Nacional del Medio
Ambiente.
Porcentaje de lo recaudado
utilizado en restauración de los
recursos naturales afectados.
30
EVITAR LAS RELACIONES
INTERPERSONALES
ENTRE LOS ACTORES:
JUECES, AUTORIDADES,
CIUDADANOS; (AMIGOS,
FAMILIARES,
PARIENTES, ETC.) PARA
FACILITAR LA
APLICACIÓN DE LA LEY.
Evitar la designación de jueces y ministerio
público con fuertes vínculos de intereses
con infractores ambientales.
No designar jueces ni ministerios públicos
en su lugar de origen.
Revisión de los textos legales vigentes.
IMPLEMENTACIÓN LEGAL
DEL RÉGIMEN DEL
SILENCIO
ADMINISTRATIVO.
MODIFICACIÓN DEL
CÓDIGO PROCESAL
PENAL- LEY 76-02, EN SU
ART. 51 PARA QUE NO
LIMITE EL DERECHO
CIUDADANO AL ACCESO
A LA JUSTICIA.
Inclusión del Régimen del Silencio
Administrativo en los nuevos textos a
elaborar.
Aplicación del Régimen del Silencio
Administrativo en casos específicos.
Someter la reforma de la Ley al Congreso
Nacional
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009
Opinión y rumor público.
Cantidad de inhibiciones y
recusaciones de ministerios
públicos y de jueces.
Cantidad de instrumentos
legales que han incorporado el
régimen del Silencio
Administrativo positivo.
Cantidad de casos puntuales
que se han acogido al régimen
del Silencio Administrativo.
Para el 2011 se ha reformado el
art. 51 de la Ley 76-02
NOTAS TECNICAS
31
El Plan de Acción Nacional está elaborado para un período de corto y mediano plazo
y establece una referencia estratégica de un proceso que deberá ser enriquecido en
el mediano y largo plazo.
Las prioridades planteadas para los diferentes componentes, son el resultado de un
proceso participativo y de jornadas de consultas con diferentes sectores y actores
ambientales y con otros sectores de la sociedad civil relacionados con la gestión
ambiental.
Para la implementación del presente Plan de Acción, las prioridades deberán
convertirse en propuestas de proyectos, a fin de que las agencias de cooperación
internacional y el Gobierno Nacional, proporcionen asistencia técnica y financiera y
pueda convertirse en un Programa de Gobernabilidad Ambiental en la República
Dominicana.
Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río.
REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009

Documentos relacionados