Plan de Acción Nacional, 2009-2012
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Plan de Acción Nacional, 2009-2012
Proyecto Piloto para el Refuerzo de Capacidades Nacionales en materia de Gobernanza Ambiental Democrática y Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río Plan de Acción Nacional, 2009-2012 Lineamientos Estratégicos RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales CORDINADORA DEL PROYECTO Lic. Martha Pérez Subsecretaria de Estado de Educación e Información Ambiental / SEMARENA PUNTO FOCAL DEL PROYECTO Lic. Mariana Pérez Directora de Información Ambiental y de Recursos Naturales Julio, 2009 2 Plan de Acción Nacional, 2009-2012 para el Refuerzo de Capacidades Nacionales en materia de Gobernanza Ambiental Democrática y Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río INDICE DE CONTENIDO I. ANTECEDENTES............................................................................................................................. 4 II. PRESENTACION............................................................................................................................ 6 III. OBJETIVOS .................................................................................................................................. 9 IV. ALCANCE..................................................................................................................................... 10 V. COMPONENTES DEL PLAN ........................................................................................................ 11 Acceso a la Información Ambiental: ...................................................................................................... 11 Acceso a la Participación en materia ambiental: .............................................................................. 11 Acceso a la Justicia en materia Ambiental:......................................................................................... 12 VI. PRIORIDADES Ó PLANTEMAINETO ESTRATÉGICO POR PILARES DEL PRINCIPIO 10................................................................................................................................... 13 VI.1 PRIORIDADES PARA ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL....................................... 13 VI.2 PRIORIDADES PARA ACCESO A LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA EN DECISIONES AMBIENTALES .................................................................................................................................. 14 VI.3 PRIORIDADES DE ACCESO A LA JUSTICIA EN MATERIA AMBIENTAL......................... 16 VII. PLAN DE ACCIÓN POR COMPONENTE ................................................................................. 18 VII.1 PLAN DE ACCIÓN PARA ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL ............................... 18 VII.2 PLAN DE ACCIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA EN LAS DECISIONES AMBIENTALES ................................................................................................................................................. 20 Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 3 VII.3 Plan de Acción de Acceso a Justicia en materia Ambiental .............................................. 23 VIII. CRONOGRAMA DE EJECUCION POR COMPONENTE........................................................ 25 VIII.1 CRONOGRAMA DE EJECUCION PLAN DE ACCIÓN ACCESO A LA INFORMACION AMBIENTAL ...................................................................................................................................................... 25 VIII.2 CRONOGRAMA DE EJECUCION PLAN DE ACCIÓN ............................................................... 27 ACCESO A LA PARTICIPACION PÚBLICA EN DECISIONES AMBIENTAL ................................... 27 VIII.3 CRONOGRAMA DE EJECUCION PLAN DE ACCIÓN ............................................................... 29 ACCESO A LA JUSTICIA AMBIENTAL...................................................................................................... 29 NOTAS TECNICAS ........................................................................................................................... 31 Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 4 I. ANTECEDENTES La República Dominicana a través de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARENA), solicitó la participación, como país miembro de la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD) en el Proyecto Piloto “Refuerzo de las Capacidades Nacionales en Materia de Gobernanza Ambiental Democrática y Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río”, a implementarse conjuntamente en Honduras y Costa Rica, con el apoyo del Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación (UNITAR), la cooperación de la CCAD y de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), resultando aceptada su petición y en ese contexto se ha desarrollado dicho proyecto. Este proyecto tiene como objetivos principales 1) Análisis de la situación nacional en materia de gobernanza ambiental democrática; 2) Autorreflexión del gobierno sobre procesos participativos. El mismo tiene como actividades centrales y resultados; 1) Perfil Nacional sobre Gobernabilidad Ambiental Democrática y Aplicación del Principio 10; 2) Establecimiento de prioridades nacionales; 3) Plan de Acción Nacional para el refuerzo de la gobernabilidad ambiental democrática Para el desarrollo del proceso fue seleccionado un Comité Coordinador Nacional pluralista integrado por instituciones de la sociedad civil y del gobierno, teniendo entre sus funciones la selección del consultor nacional para la elaboración del Perfil Nacional y el monitoreo de todo el proceso de participación, para la selección de las propuestas recibidas para la consultoría sometidas al Comité Coordinador Nacional, resultando electo el Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente Inc. (INSAPROMA), representado por el Lic. Euren Cuevas, en calidad de Presidente de dicha institución. En ese orden, el INSAPROMA, procedió a la elaboración del Perfil Nacional de Gobernabilidad Ambiental Democrática en el marco de un proceso participativo, con todos los sectores sociales, contemplados dentro de la guía metodológica del UNITAR, Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 5 En este contexto se desarrolló una investigación con carácter diagnóstico sobre la aplicación del Principio 10 y la situación de gobernabilidad ambiental en República Dominicana, basada en una metodología que abarca tres fases fundamentales: 1) Recopilación de la información escrita (leyes, decretos, resoluciones, reglamentos, trabajos de investigación etc.); 2) Entrevistas a actores claves gubernamentales y no gubernamentales; 3) Análisis y redacción de las informaciones obtenidas. El análisis particular de los tres pilares de la Gobernanza Ambiental Democrática, el acceso a la información, participación pública en la toma de decisiones y acceso a la justicia , arroja como resultado la estructura básica para que los ciudadanos puedan hacer valer sus derechos, fundamentalmente el de acceso a la justicia ambiental. Para la elaboración del Plan de Acción Nacional a ser sometido a las estructuras políticas nacionales para su adopción e implementación, se realizó un Taller de Prioridades Nacionales y Fortalecimiento de Capacidades para la Gobernabilidad Ambiental, en el mes de diciembre de 2008, convocado a través del Comité Coordinador Nacional, con representación de diversas entidades enfocadas a la gestión ambiental, como son instituciones públicas, privadas, universidades y organizaciones de sociedad civil. Los objetivos fundamentales del Taller de Identificación de Prioridades, fueron; Socializar el documento del Perfil Nacional y los estudios de casos seleccionados; Identificar acciones concretas, responsabilidades y obstáculos en la Implementación del Principio 10 de la Declaración de Río, los cuales, servirían de insumos para la elaboración del Plan de Acción Nacional; Identificar prioridades nacionales importantes y urgentes para el refuerzo de la aplicación del Principio 10 en base a resultados del Perfil Nacional y estudios de caso; Motivar el fortalecimiento y la consolidación de los niveles de coordinación para el apoyo interinstitucional en torno al proyecto. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 6 II. PRESENTACION El principio 10 de la Declaración de Río y sus tres pilares de la Gobernanza ambiental Democrática (acceso a la información, a la participación pública y la justicia en materia ambiental), es una herramienta indispensable para fomentar la transparencia, reducir el grado de discrecionalidad en los procesos, fomentar la transparencia, y al mismo tiempo, incrementar el nivel de co-responsabilidad y de confianza entre el gobierno y los ciudadanos en la gestión ambienta. En República Dominicana, la Ley General No. 64 del año 2000, sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, ha establecido principios fundamentales que se constituyen en derecho ciudadanos para cada uno de los tres pilares de la Gobernanza Ambiental Democrática; en el caso del acceso a la Información se destaca el Artículo 6 que establece la libertad de los ciudadanos en el uso de los recursos naturales, basada en el derecho a disfrutar de un medio ambiente sano, de participar en la conservación, gestión y uso sostenibles de los recursos naturales, así como el acceso a información veraz y oportuna sobre la situación y el estado de los mismos, lo que debe de garantizar el Estado. Del mismo modo, crea el Sistema Nacional de Información de Medio Ambiente y Recursos Naturales mediante el Artículo 49 y siguientes, integrado por los organismos e instituciones públicas y privadas dedicadas a generar informaciones técnicas y científicas sobre el estado del medio ambiente y los recursos naturales. Cabe destacarse que dicho Sistema no se ha puesto en funcionamiento, aunque se han iniciado algunas acciones tendentes al cumplimiento de éste. Respecto a la Participación Pública, dicha Ley establece en el Artículo 18, numeral 11, dentro de sus funciones que corresponden a la SEMARENA, Propiciar la integración de la sociedad civil y las organizaciones comunitarias a los planes, programas y proyectos destinados a la preservación y mejoramiento del medio ambiente. En cuanto al acceso a la Justicia en asuntos ambientales, mediante el Artículo 165, crea la Procuraduría para la Defensa del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, como Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 7 rama especializada de la Procuraduría General de la República. Para, entre otras atribuciones ejercer la representación de la defensa del Estado y la sociedad en materia ambiental. Se debe resaltar que hasta la promulgación de la Ley General de Libre Acceso a la Información Pública, No. 200-04, no existían mecanismos jurídicos para hacer valer el derecho del ciudadano al acceso a la información, en caso de ser negado. Sin embargo, no basta con tener un marco normativo internacional y marcos jurídicos nacionales que garanticen los derechos ciudadanos de acceso en asuntos ambientales, es necesario que los ciudadanos los conozcan y hagan uso de ella, demandando mejores prácticas de acceso. El gobierno y la sociedad dominicana tienen un gran desafío en el uso adecuado de las legislaciones vigentes, su aplicación y seguimiento a los procedimientos. Generar conocimientos y retroalimentación de los procesos locales y nacionales de acceso a la información ambiental y participación que permitan mejorar el accionar de las comunidades a favor de un medio ambiente sano y una mejor calidad de vida. El presente Plan de Acción es el resultado de las necesidades identificadas durante el proceso de elaboración del Perfil Nacional de Gobernabilidad Ambiental, los resultados de los Estudios de Casos, así como de las prioridades identificadas por sectores y actores relevantes en el Taller de Consulta y Establecimiento de Prioridades Nacionales, en el marco del desarrollo del Proyecto Piloto para el Refuerzo de Capacidades Nacionales en materia de Gobernanza Ambiental Democrática y Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. Está concebido para un período de 3 años, durante los cuales se pondrán en ejecución un conjunto de actividades, políticas y estrategias que permitan al país avanzar en la gobernabilidad ambiental democrática y sentar las bases para dar fiel cumplimiento, en un mediano y largo plazo, a la aplicación de los tres Pilares del Principio 10 de la Declaración de Río. “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 8 participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos, entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes”. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 9 III. OBJETIVOS 1. Reforzar las Capacidades Nacionales, sobre Gobernabilidad Ambiental Democrática y responsabilidad en la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río, que tiene el Estado Dominicano. 2. Fortalecer al Estado Dominicano, para el cumplimiento de los compromisos Internacionales, la Ley General- 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales y en el cumplimiento de otras disposiciones legales, leyes nacionales relacionadas con la información y la gestión ambiental. 3. Promover y consolidar el proceso de participación, a través de consulta, diálogo y debate entre las organizaciones de la sociedad civil, el sector privado y las diferentes entidades gubernamentales, para el cumplimiento de las políticas sobre Gobernanza Ambiental Democrática, focalizada al Acceso a la información ambiental, acceso a la participación pública y acceso a la justicia en materia ambiental. 4. Disponer de un documento base que permita la ejecución conjunta de un Plan de Acción Nacional mediante procesos de participación y empoderamiento de las organizaciones nacionales, para que sus intereses y prioridades, se integren a la agenda nacional del Gobierno Dominicano, especialmente en las Políticas asociadas a los tres pilares de la Gobernanza Ambiental Democrática. 5. Fortalecer la capacidad de articulación de la sociedad civil, el sector privado y los actores políticos con la gestión ambiental en República Dominicana, que permita conjugar las necesidades e intereses de todos los sectores de la sociedad. 6. Incorporar nuevas visiones y enfoques al análisis de los procesos de Gobernanza Ambiental Democrática. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 10 IV. ALCANCE El Plan de Acción Nacional se ha elaborado conforme a las prioridades y necesidades nacionales, para el fortalecimiento de capacidades en la implementación del Principio 10 de la Declaración de Río, identificadas por los diferentes actores y sectores relacionados con la gestión ambiental, como son, sociedad civil, instituciones académicas, sector privado y del gobierno. Es un plan, a implementarse en el corto y mediano plazo (2009-2012). Procura crear una plataforma estratégica e integral, dirigida a incrementar el nivel de las capacidades nacionales para el acceso a la información, garantizar la participación pública; oportunidades para los ciudadanos acceder a la justicia. Para ello será necesario, contar con la voluntad de todas las instituciones involucradas en el esfuerzo de cumplimiento de las responsabilidades colectivas pero individuales que garantice la implementación de este Plan en el ámbito local y nacional como un compromiso del Estado Dominicano. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 11 V. COMPONENTES DEL PLAN Acceso a la Información Ambiental: La capacidad que tienen los ciudadanos para demandar y obtener información ambiental oportuna y confiable en posesión de instituciones y/o autoridades públicas ó privadas. La información ambiental “incluye, aquellas que describe el estado de los elementos del ambiente, como aire, agua, suelo, territorio, flora y fauna, y las interacciones entre estos. Igualmente, se incluye los factores y elementos que afectan la salud, tales como emisiones, desechos, energía”. Para poder transferir el Principio de acceso a la información a un marco nacional, los países deberían considerar el concepto amplio de "información ambiental", así como los procedimientos para su divulgación y mecanismos de difusión. E identificar el tipo información considerada confidencial. Acceso a la Participación en materia ambiental: Oportunidad que tienen los ciudadanos para aportar sus ideas e influir en las políticas, estrategias y planes para la toma de decisiones ambientales, así como en el diseño y ejecución de proyectos que puedan tener impacto sobre el ambiente y los recursos naturales. Estas oportunidades de participación pueden garantizarse a través de consultas, reuniones, audiencias públicas, diálogos, debates y contactos con funcionarios y técnicos del gobierno. Para implementar el principio de acceso a la participación pública en materia ambiental, los países, a través de sus gobiernos, deberían considerar los espacios de participación y aplicar los mecanismos y procedimientos existentes e identificara otros que puedan ser útiles para garantizar un verdadero involucramiento de la sociedad en la toma de decisiones ambientales. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 12 Acceso a la Justicia en materia Ambiental: Está estrechamente vinculado con los dos pilares del Principio 10, descritos anteriormente. La implementación del acceso a la justicia en materia ambiental tiene relación directa con la implementación de los procedimientos del acceso a la Información Ambiental y a la Participación Pública. El acceso de los ciudadanos a la justicia en materia ambiental, podría requerir de revisión judicial en instrumentos administrativos, penales, de derecho privado y de la propia constitución. El acceso a la Justicia debe proveer al ciudadano la oportunidad de participar e involucrarse en procesos judiciales y recurrir a árbitros imparciales al momento de resolver cualquier disputa en asuntos ambientales. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 13 VI. PRIORIDADES Ó PLANTEMAINETO ESTRATÉGICO POR PILARES DEL PRINCIPIO 10 VI.1 PRIORIDADES PARA ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL. PROBLEMA 1. IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA INFORMACIÓN AMBIENTAL, CON UN MARCO NORMATIVO Y REGULATORIO. NIVEL DE PREOCUPACIÓN DEL PROBLEMA 1 OPORTUNIDADES PARA RESOLVER EL PROBLEMA CON ÉXITO 2 VALORACIÓN DE LA PRIORIDAD 3 Alta Alta 1 2. PLAN NACIONAL DE CONCIENTIZACIÓN CIUDADANA Y A TOMADORES DE DECISIONES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN. Medio Baja 5 3. CREAR CAPACIDADES TÉCNICAS Y OPERATIVAS PARA GENERAR Y ACTUALIZAR LAS INFORMACIONES Alta Baja 3 4. ESTABLECER EL SISTEMA DE VENTANILLA ÚNICA EN LA SEMARENA. Alto Media 6 5. CAMPAÑA DE DIVULGACIÓN DE INFORMACIONES AMBIENTALES DISPONIBLES EN EL PAÍS Bajo Alta 4 1 Bajo, Mediano, Alto Bajo, Mediano, Alto 3 Problema Enfrentado por el País, 1er. Problema más Grave; 2do. Problema más grave; 3er. Problema Más Grave…. 2 Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 14 VI.2 PRIORIDADES PARA ACCESO A LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA EN DECISIONES AMBIENTALES PROBLEMA 1. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL (SEMARENA, AYUNTAMIENTOS, SOCIEDAD CIVIL LOCAL Y NACIONAL). 2. FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES TÉCNICA DE LOS RECURSOS HUMANOS PARA LA PARTICIPACIÓN. Y LA CAPACIDAD OPERATIVA DE LAS UGAM 3. OPORTUNIDADES PARA RESOLVER EL PROBLEMA CON ÉXITO 5 VALORACIÓN DE LA PRIORIDAD 6 Alto Alto 1 Alto Bajo 1 Alto Medio 1 Alto Alto 1 Medio Bajo 2 Alto Alta 2 DESARROLLAR UN PROGRAMA DE CAPACITACIÓN INSTITUCIONAL PARA ARTICULAR PROCESOS PARTICIPATIVOS. 4. LOS CIUDADANOS NO ESTÁN ARTICULADOS NI EMPODERADOS PARA RECLAMAR SUS DERECHOS DE PARTICIPACIÓN. 5. NIVEL DE PREOCUPACI ÓN DEL PROBLEMA 4 LA SEMARENA NO TIENE SUFICIENTES RECURSOS PARA DAR SEGUIMIENTO Y ARTICULAR LA PARTICIPACIÓN 6. LA CONSTITUCIÓN NO CONTEMPLA LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA. 7. LA NO APLICACIÓN DE LOS ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN CONTEMPLADOS EN LA LEY 176-07 8. CREAR MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CREATIVOS PARA LA DE TOMA DE DECISIONES, A NIVEL NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 15 PROGRAMA DE DIFUSIÓN SOBRE EL DERECHO DE PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS EN LA TOMA DE DECISIONES AMBIENTALES. 9. 10. EL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN AMBIENTAL Y EL CONSEJO NO ESTÁN FUNCIONANDO NO HAY UNA POLÍTICA PARTICIPACIÓN PÚBLICA O LEY Medio 2 Alto Bajo 3 Alto Mediano 4 DE DEFINIR LOS OBJETIVOS DE LA PARTICIPACIÓN Y LOS NIVELES DE LA MISMA, HASTA EL CONTROL SOCIAL. 11. Alto VISUALIZACIÓN Y ARTICULACIÓN DEL COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 16 VI.3 PRIORIDADES DE ACCESO A LA JUSTICIA EN MATERIA AMBIENTAL PROBLEMA 1. 2. 3. EL CÓDIGO PROCESAL PENAL, LEY 76-02, EN SU ART. 51 LIMITA EL DERECHO CIUDADANO AL ACCESO A LA JUSTICIA. LA NO EXISTENCIA DE LA CONFIDENCIALIDAD (DESCONFIANZA), PARA LOS DENUNCIANTES. EL PODER POLÍTICO POR ENCIMA DE LA LEGALIDAD. DEBILIDAD INSTITUCIONAL. RELACIONES INTERPERSONALES ENTRE LOS ACTORES (AMIGOS, FAMILIARES, PARIENTES, RELACIONADOS, ETC.) DIFICULTA LA APLICACIÓN DE LA LEY. 4. APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN CON UN ENFOQUE RECAUDATORIO MÁS QUE DE PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN A FAVOR DE LOS RECURSOS. 5. IMPLEMENTACIÓN LEGAL DEL RÉGIMEN DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO. 6. INSEGURIDAD EN LA PERMANENCIA DE LAS FUNCIONES. 7. NIVEL DE PREOCUPACIÓN DEL PROBLEMA 7 OPORTUNIDADES PARA RESOLVER EL PROBLEMA CON ÉXITO 8 Alta VALORACIÓN DE LA PRIORIDAD 9 5 Media Alta 3 Alta 2 Alta 4 Medio LAS LEYES AMBIENTALES ESCASAMENTE DIFUNDIDAS. LA LEY ESTÁ ESCRITA EN UN LENGUAJE NO COMPRENSIBLE POR SER MUY TÉCNICO Y ESPECIALIZADO. Alto CREAR MECANISMOS DE DIFUSIÓN PARA Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 1 17 LA COMPRENSIÓN DE LA LEY. FALTA DE USO DE LA TRANSVERSALIDAD 8. DEBILIDAD EN LA CADENA DE CUSTODIA DEL CUERPO DEL DELITO 9. ESCASOS PERITOS EN LOS PROCESOS JUDICIALES 10. FALTA DE INCENTIVOS A LAS INSTITUCIONES EN LOS PROCESOS JUDICIALES. Medio Alto Bajo Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 18 VII. PLAN DE ACCIÓN POR COMPONENTE VII.1 PLAN DE ACCIÓN PARA ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL PRIORIDAD U OBJETIVO INDICADORES FINALES Un 100% de las instituciones que generan información ambiental están integradas al sistema. 1. IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA INFORMACIÓN AMBIENTAL (SINIA), CON UN MARCO NORMATIVO Y REGULATORIO. El SINIA cuenta con mecanismos de obligatoriedad para intercambiar información (Decreto, Reglamento) Plan Nacional de concientización a tomadores de decisiones sobre acceso a la información. 2. CREAR CAPACIDADES TÉCNICAS Y OPERATIVAS PARA GENERAR Y ACTUALIZAR LAS INFORMACIONES Un 60% de las instituciones tienen capacidades operativas y técnicas a nivel nacional, regional y local para brindar información en tiempo real. ACCIONES Ó ACTIVIDADES RESPONSABLES DE RESOLVERLA Crear la infraestructura central operativa donde este establecido el SINIA. Elaboración del reglamento para el acceso y el intercambio de información. Identificación e integración de las instituciones que suministren información ambiental. SEMARENA Coordinación interinstitucional. Elaboración de protocolos y acuerdos de colaboración interinstitucional. Diagnóstico del estado y requerimientos de las informaciones. Capacitar técnicos - técnicas y autoridades de las diferentes instituciones que generan Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 SEMARENA en colaboración con otras instituciones. 19 Existe una base de datos de uso descentralizado funcionando a capacidad. 3. CAMPAÑA DE DIVULGACIÓN DE INFORMACIONES AMBIENTALES DISPONIBLES EN EL PAÍS 4. ESTABLECER EL SISTEMA DE VENTANILLA ÚNICA EN LA SEMARENA Un 20% de la población adulta conoce las informaciones disponibles. información a nivel regional y local. nacional, Talleres, campañas publicitarias. No aplica Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 20 VII.2 PLAN DE ACCIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA EN LAS DECISIONES AMBIENTALES PRIORIDAD U OBJETIVO INDICADORES FINALES Definición clara de las competencias ambientales de cada instancia (ayuntamientos, instituciones estatales), las propias, compartidas y delegadas. 1. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Treinta (30) personas por regiones -10 regiones a nivel nacional-entrenadas a diferentes niveles (gerentes, directores, síndicos, encargados de departamentos y unidades). 2. FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES: SEMARENA UGAM SOCIEDAD CIVIL INSTITUCIONES ESTATALES .Personal entrenado replica los conocimientos adquiridos. 3. APLICACIÓN O CREACIÓN DE MECANISMOS, ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN Y TOMA DE DECISIONES VINCULANTES A DIFERENTES NIVELES (NACIONAL, REGIONAL, LOCAL): LEY 176-07; CONSEJO NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE Y EL SINIA OTROS Los consejos comunitarios, social y económico, provincial, regional y nacional están creados y operando. El SINIA cuenta con un mecanismo de obligatoriedad para intercambiar información. ACCIONES RESPONSABLES Establecer acuerdos entre las partes para llevar a cabo acciones coordinadas. Promover proyectos conjuntos Establecer mecanismos de monitoreo y seguimiento a la coordinación. SEMARENA Gobiernos locales Foro Ciudadano Formación sobre mecanismos y niveles de participación pública en la gestión ambiental. Formación sobre marco legal y normativo ambiental y municipal. Formación sobre manejo de conflictos. Secretarías de Estado Gobiernos locales Sociedad civil organizada Formación sobre gobernanza ambiental democrática. Habilitación de ONGs frente a las autoridades correspondientes, en los casos requeridos. Selección de representes de la sociedad civil mediante asambleas regionales y nacional. Difundir/divulgar, dar a conocer el SINIA. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 Sociedad civil organizada 21 Existen mecanismos de participación, coordinado por la SC, de consulta obligatoria para la toma de decisiones en temas ambientales. Promover la elaboración del Reglamento del SINIA. Promover e incentivar mediante asambleas regionales y nacionales, la creación de espacios de participación. Definir los espacios, objetivos y forma de funcionamiento. Posicionar los espacios. SEMARENA Sociedad Civil Sociedad Civil Gestionar su validación oficial como espacio de consulta obligatoria. Encuentros por provincia con Ongs Al menos 30 ONGs y organizaciones Estatales desarrollan un programa de difusión. 4. PROGRAMA DE DIFUSIÓN SOBRE EL DERECHO DE PARTICIPACIÓN DE CIUDADANAS Y CIUDADANOS EN LA TOMA DE DECISIONES AMBIENTALES Al menos 1 programa de radio por región, 3 de TV y todos los periódicos de circulación nacional incorporan el tema con cierta frecuencia. El tema se difunde a través de las páginas web oficiales, tanto de instituciones públicas, privadas y ONGs. Difundir los resultados del Proyecto, específicamente los del Plan de Acción a través de programas radiales y de TV de organizaciones como SOECI, ECOclubes en La Vega, entre otros. Publicar resultados del Proyecto a través de las Pag. WEB de todas las instituciones que estuvieron involucradas en el Proyecto UNITAR Elaboración, publicación y difusión de brochures sobre participación pública. Elaboración, publicación y difusión de afiches. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 Instituciones estatales Gobiernos locales Sociedad civil 22 5. LEY DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA * Ley de participación pública promulgada. Elaboración proyecto de Ley Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 SEMARENA Sociedad Civil Gobiernos locales Congreso Nacional 23 VII.3 Plan de Acción de Acceso a Justicia en materia Ambiental PRIORIDAD U OBJETIVO INDICADORES FINALES Cantidad de cuadernillos educativos sobre legislación ambiental suministrados en el año 2010. 1. CREAR MECANISMOS DE DIFUSIÓN PARA LA COMPRENSIÓN DE LAS LEYES AMBIENTALES ESCASAMENTE DIFUNDIDAS Y EN UN LENGUAJE NO COMPRENSIBLE Nivel de capacitación (charlas, seminarios, talleres, etc.) de la ciudadanía en materia ambiental realizada al año 2010. Cuántos ayuntamientos están realizando actividades de capacitación ciudadana en materia ambiental. ACCIONES Elaborar cuadernillos. Realizar actividades de capacitación ciudadana. Implementar link en los sitios web. 2. APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN CON UN ENFOQUE MÁS DE PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN QUE RECAUDATORIO 3. EVITAR LAS RELACIONES INTERPERSONALES ENTRE LOS ACTORES: JUECES, AUTORIDADES, Porcentaje de lo recaudado utilizado en restauración de los recursos naturales afectados. Funcionamiento efectivo del Fondo Nacional del Medio Ambiente. Opinión y rumor público. SEMARENA, Dirección de Educación y de Información Ambiental. Procuraduría Ambiental Ayuntamientos Número de sitios de web nacionales contienen información ambiental dominicana Número de promociones televisivas y radiales sobre el tema ambiental RESPONSABLES ONGs. Realizar video clips sobre temas ambientales. Destinar los recursos de tasas y sanciones al Fondo Especializado de Medio Ambiente y este a su vez, a la prevención y restauración de los daños ambientales. Evitar la designación de jueces y ministerio público con fuertes Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 Gobierno Central SEMARENA Procuraduría General de la 24 CIUDADANOS; (AMIGOS, FAMILIARES, PARIENTES, ETC.) PARA FACILITAR LA APLICACIÓN DE LA LEY. 4. IMPLEMENTACIÓN LEGAL DEL RÉGIMEN DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO. Cantidad de inhibiciones y recusaciones de ministerios públicos y de jueces. vínculos de intereses con infractores ambientales. No designar jueces ni ministerios públicos en su lugar de origen. Revisión de los textos legales vigentes. Cantidad de instrumentos legales que han incorporado el régimen del Silencio Administrativo positivo. Cantidad de casos puntuales que se han acogido al régimen del Silencio Administrativo. Inclusión del Régimen del Silencio Administrativo en los nuevos textos a elaborar. Aplicación del Régimen del Silencio Administrativo en casos específicos. República Suprema Corte de Justicia SEMARENA, Dirección Normas Ambientales, Dirección Legal 5. MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL, LEY 76-02, EN SU ART. 51 LIMITA EL DERECHO CIUDADANO AL ACCESO A LA JUSTICIA. Para el 2011 se ha reformado el art. 51 de la Ley 76-02 Someter la reforma de la Ley al Congreso Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio 2009 SEMARENA 25 VIII. CRONOGRAMA DE EJECUCION POR COMPONENTE VIII.1 CRONOGRAMA DE EJECUCION PLAN DE ACCIÓN ACCESO A LA INFORMACION AMBIENTAL PRIORIDADES ACTIVIDADES AÑO 1 AÑO 2 AÑO 3 AÑO 4 Crear la infraestructura central operativa donde este establecido el sistema. IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL PARA LA INFORMACIÓN AMBIENTAL (SINIA), CON UN MARCO NORMATIVO Y REGULATORIO. Coordinación interinstitucional. Identificación e integración de las instituciones que suministren información ambiental. Elaboración del Reglamento para el acceso y el intercambio de información. Elaboración de protocolos y acuerdos de colaboración interinstitucional. Diagnóstico del estado y requerimientos de las informaciones. CREAR CAPACIDADES TÉCNICAS Y OPERATIVAS PARA GENERAR Y ACTUALIZAR LAS INFORMACIONES Capacitar técnicos técnicas y autoridades de las diferentes instituciones que generan información a nivel nacional, regional y local. INDICADOR Un 100% de las instituciones que generan información ambiental están integradas al SINIA. El SINIA cuenta con un mecanismo de obligatoriedad para intercambiar información (Decreto, Reglamento). Plan nacional de concientización a tomadores de decisiones, sobre acceso a la información Un 60% de las instituciones tienen capacidades operativas y técnicas a nivel nacional, regional y local para brindar información en tiempo real. Existe una base de datos de uso descentralizado funcionando a Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009 26 CAMPAÑA DE DIVULGACIÓN DE INFORMACIONES AMBIENTALES DISPONIBLES EN EL PAÍS. Talleres, campañas publicitarias. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009 capacidad. Un 20% de la población adulta conoce las informaciones disponibles. 27 VIII.2 CRONOGRAMA DE EJECUCION PLAN DE ACCIÓN ACCESO A LA PARTICIPACION PÚBLICA EN DECISIONES AMBIENTAL PRIORIDADES ACTIVIDADES AÑO 1 AÑO 2 AÑO 3 AÑO 4 Establecer acuerdos entre las partes para llevar a cabo acciones coordinadas. COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Promover proyectos conjuntos Establecer mecanismos de monitoreo y seguimiento a la coordinación. Formación sobre mecanismos y niveles de participación pública en la gestión ambiental. FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES: SEMARENA UGAM SOCIEDAD CIVIL INSTITUCIONES ESTATALES Formación sobre marco legal y normativo ambiental y municipal. APLICACIÓN O CREACIÓN DE MECANISMOS, ESPACIOS DE PARTICIPACIÓN Y TOMA DE DECISIONES VINCULANTES A DIFERENTES NIVELES (NACIONAL, REGIONAL, LOCAL): LEY 176-07; CONSEJO NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE ; SINIA, ENTRE OTROS Habilitación de ONGs frente a las autoridades correspondientes, en los casos requeridos. Formación sobre manejo de conflictos. Formación sobre gobernanza ambiental democrática. Selección de representes de la sociedad civil mediante asambleas regionales y nacional. Difundir/divulgar, dar a conocer el SINIA. Promover la elaboración del Reglamento del SINIA. Promover e incentivar mediante asambleas regionales y nacionales, la creación de los espacios de participación. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009 INDICADORES Definición clara de las competencias ambientales de cada instancia (ayuntamientos, instituciones estatales), las propias, compartidas y delegadas. Treinta (30) personas por regiones -10 regiones a nivel nacional-entrenadas a diferentes niveles (gerentes, directores, síndicos, encargados de departamentos y unidades). Personal entrenado replica los conocimientos adquiridos. Los consejos comunitarios, social y económico, provincial, regional y nacional están creados y operando. Existen mecanismos de participación, coordinado por la SC, de consulta obligatoria para la toma de decisiones en temas ambientales. 28 Definir los espacios, objetivos y forma de funcionamiento. Gestionar su validación oficial como espacio de consulta obligatoria. Compilar información sobre la participación pública en materia ambiental. Encuentros por provincia ONGs PROGRAMA DE DIFUSIÓN SOBRE EL DERECHO DE PARTICIPACIÓN DE CIUDADANAS Y CIUDADANOS EN LA TOMA DE DECISIONES AMBIENTALES Al menos 30 ONGs y organizaciones Estatales desarrollan un programa de difusión. Difundir los resultados del Proyecto, específicamente los del Plan de Acción a través de programas radiales y de TV de organizaciones como SOECI, ECOclubes en La Vega, entre otros. Al menos 1 programa de radio por región, 3 de TV y todos los periódicos de circulación nacional incorporan el tema con cierta frecuencia. Creación de Consejos Provinciales Un consejo provincial instalado. Publicar resultados del Proyecto a través de las Pág. WEB de todas las instituciones que estuvieron involucradas en el Proyecto UNITAR. El tema se difunde a través de las páginas web oficiales, tanto de instituciones públicas, privadas y ONGs. Elaboración, publicación y difusión de brochurs y afiches sobre participación pública LEY DE PARTICIPACIÓN PÚBLICA Documentos sobre participación pública elaborados. Elaborar proyecto de Ley Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009 Un brochour y un afiche elaborados y difundidos. Ley de participación pública promulgada 29 VIII.3 CRONOGRAMA DE EJECUCION PLAN DE ACCIÓN ACCESO A LA JUSTICIA AMBIENTAL PRIORIDADES ACTIVIDADES AÑO 1 AÑO 2 AÑO 3 AÑO 4 Elaborar cuadernillos. Realizar actividades de capacitación ciudadana. Implementar link en los sitios web. CREAR MECANISMOS DE DIFUSIÓN PARA LA COMPRENSIÓN DE LAS LEYES AMBIENTALES ESCASAMENTE DIFUNDIDAS Y EN UN LENGUAJE NO COMPRENSIBLE Realizar video clips sobre temas ambientales. INDICADORES Cantidad de cuadernillos educativos sobre legislación ambiental suministrados en el año 2010. Nivel de capacitación (charlas, seminarios, talleres, etc.) de la ciudadanía en materia ambiental realizada al año 2010. Cuántos ayuntamientos están realizando actividades de capacitación ciudadana en materia ambiental. Número de sitios de web nacionales contienen información ambiental dominicana Número de promociones televisivas y radiales sobre el tema ambiental APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN CON UN ENFOQUE MÁS DE PROTECCIÓN Y PREVENCIÓN QUE RECAUDATORIO Destinar los recursos de tasas y sanciones al Fondo Especializado de Medio Ambiente y este a su vez, a la prevención y restauración de los daños ambientales. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009 Funcionamiento efectivo del Fondo Nacional del Medio Ambiente. Porcentaje de lo recaudado utilizado en restauración de los recursos naturales afectados. 30 EVITAR LAS RELACIONES INTERPERSONALES ENTRE LOS ACTORES: JUECES, AUTORIDADES, CIUDADANOS; (AMIGOS, FAMILIARES, PARIENTES, ETC.) PARA FACILITAR LA APLICACIÓN DE LA LEY. Evitar la designación de jueces y ministerio público con fuertes vínculos de intereses con infractores ambientales. No designar jueces ni ministerios públicos en su lugar de origen. Revisión de los textos legales vigentes. IMPLEMENTACIÓN LEGAL DEL RÉGIMEN DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO. MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL- LEY 76-02, EN SU ART. 51 PARA QUE NO LIMITE EL DERECHO CIUDADANO AL ACCESO A LA JUSTICIA. Inclusión del Régimen del Silencio Administrativo en los nuevos textos a elaborar. Aplicación del Régimen del Silencio Administrativo en casos específicos. Someter la reforma de la Ley al Congreso Nacional Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009 Opinión y rumor público. Cantidad de inhibiciones y recusaciones de ministerios públicos y de jueces. Cantidad de instrumentos legales que han incorporado el régimen del Silencio Administrativo positivo. Cantidad de casos puntuales que se han acogido al régimen del Silencio Administrativo. Para el 2011 se ha reformado el art. 51 de la Ley 76-02 NOTAS TECNICAS 31 El Plan de Acción Nacional está elaborado para un período de corto y mediano plazo y establece una referencia estratégica de un proceso que deberá ser enriquecido en el mediano y largo plazo. Las prioridades planteadas para los diferentes componentes, son el resultado de un proceso participativo y de jornadas de consultas con diferentes sectores y actores ambientales y con otros sectores de la sociedad civil relacionados con la gestión ambiental. Para la implementación del presente Plan de Acción, las prioridades deberán convertirse en propuestas de proyectos, a fin de que las agencias de cooperación internacional y el Gobierno Nacional, proporcionen asistencia técnica y financiera y pueda convertirse en un Programa de Gobernabilidad Ambiental en la República Dominicana. Plan de Acción Nacional para la Aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río. REPUBLICA DOMINICANA, Julio, 2009