Valor del contrato
Transcripción
Valor del contrato
Vicepresidencia de Desarrollo Rural Dirección Forestal Contratos CIF suscritos con FINAGRO 1. 2. 3. Contratos suscritos después de mayo de 2012. Todo el proceso de registro del PEMF se realizó a través de la herramienta tecnológica “Artemisa”. El compromiso contractual es entre el beneficiario (Persona natural o Persona jurídica) y FINAGRO. “El cumplimiento de los compromisos de las partes garantiza la transparencia y oportunidad de los recursos” Comunicaciones 1. 2. 3. 4. Todas las notificaciones se harán a través del correo electrónico que el usuario registró en “Artemisa”. En esas notificaciones se informará oportunamente como se requiere la respuesta. Es responsabilidad del beneficiario estar pendiente de las comunicaciones y atenderlas oportunamente. Los requerimientos que tenga el beneficiario los podrá realizar al correo electrónico [email protected] Comunicaciones 5. Su comunicación deberá tener siempre el número del contrato CIF y opcionalmente el número del radicado de “Artemisa”. Estructura del número del contrato: CIF En algunos casos acompañado de “II” – 000 Número consecutivo del contrato – 0000 Cuatro dígitos del año de suscripción del contrato 6. Las comunicaciones deberán ser suscritas por el beneficiario. Lea cuidadosamente y con atención. Obligaciones del beneficiario 1. Notificar cualquier novedad al correo electrónico [email protected] Ejemplo: cambios de razón social, representante legal, junta directiva, casos fortuitos o fuerza mayor en la plantación que afecten el PEMF, embargos, etc.. 2. Diligenciar totalmente y remitir oportunamente los formatos de solicitudes de visita para verificación de la plantación. 3. El plazo del contrato es de cinco (5) años. Obligaciones del beneficiario 4. Forma de pago: en cinco (5) (1) pago de establecimiento y pagos de mantenimiento. pagos, un cuatro (4) 5. No hay lugar a cambios en el objeto del contrato, es decir en el PEMF. 6. Mantener vigentes durante el plazo: Garantías suscritas, contrato de asistencia técnica y contrato de arrendamiento (cuando aplique). Obligaciones del beneficiario 6.1. Garantías: Expedidas a favor de particulares. Cumplimiento del contrato: por el 10% del valor del contrato. Pago de salarios e indemnizaciones: (5% del valor del contrato) Responsabilidad civil: (20% del valor del contrato) Mantener las garantías vigentes durante el plazo del contrato y cuatro (4) meses más. Mantener actualizadas las garantías cada vez que se haga una modificación, notificando a la aseguradora y enviando los ajustes a FINAGRO para su aprobación. Pólizas de Garantía Obligaciones del beneficiario 7. Remitir los documentos de la forma y a través del medio solicitado por FINAGRO (digital o físico). 8. Remitir todos los documentos requeridos en un solo envío (No se aceptan envíos parciales). 9. Remitir los documentos con la vigencia solicitada. 10. Cumplir oportunamente con las obligaciones contractuales para evitar las dilaciones, retardos, sobrecostos y aumento injustificado en los procedimientos. Valor del contrato 1. El valor descrito en el contrato es del establecimiento. 2. El valor del contrato es indeterminado pero determinable al momento de la realización de la visita de verificación. 3. Todo monto a pagar esta sujeto a una visita de verificación previa al pago, realizada por el Operador Técnico. 4. La certificación expedida como resultado de la visita, indicará el área y número de árboles sobre la cual se liquidará el valor a pagar, teniendo en cuenta la resolución de precios expedida por el MADR. Valor del contrato Establecimiento 4.1. Se harán cinco (5) pagos así: Mantenimiento Establecimiento: Un (1) pago del área o número de árboles certificados y la resolución de precios vigente al momento de aplicar a la invitación pública. (indicada en el contrato suscrito). Mantenimiento: Cuatro (4) del área o número de árboles certificados y la resolución vigente para pago del año respectivo. Valor del contrato El MADR* de manera anual mediante Resolución fija los valores del Incentivo por cinco (5) años: (1) Establecimiento (4) Mantenimientos Por ejemplo: Teca Región Caribe- costos por ha. (promedio nacional -5 años) y valor que paga el incentivo (Resolución 386 de 2013) Obligaciones de FINAGRO 1. FINAGRO es el administrador de los recursos desde mayo de 2012, cada año suscribe un contrato interadministrativo con el MADR. 2. Realizar la supervisión de los contratos CIF. 3. Abstenerse de hacer pagos cuando un beneficiario se encuentra en listas clasificatorias o de SARLAFT. 4. Si el área o la densidad de la plantación certificada en la visita de verificación de pago es menor, ajustará el valor a pagar. 5. Si el área o la densidad de la plantación certificada en la visita de verificado la reducción es superior al 30% es causal de incumplimiento al objeto del contrato. Obligaciones de FINAGRO 6. Realizar visitas aleatorias de supervisión a los proyectos de los contratos. 7. No hacer modificaciones al objeto contractual (cambio de área, especie, cronograma, modificación PEMF). 8. Recibir las notificaciones de los beneficiarios. 9. Realizar los pagos a los beneficiarios dentro de los 30 días hábiles después de que éste remita toda la documentación solicitada y no requiera de Otrosí. Recomendaciones generales El beneficiario no puede acceder a otro incentivo sobre el mismo proyecto, por entidad pública o privada Los contratos no se pueden ceder sin previa autorización de FINAGRO. Si se vende o permuta el predio objeto del contrato, los nuevos propietarios deberán manifestar la continuidad del proyecto y remitirla para aprobación de FINAGRO. Si el beneficiario incumple o retarda cualquiera de sus obligaciones se hará exigible la cláusula penal. Notificar a FINAGRO las pérdidas o posibles incumplimientos por fuerza mayor o caso fortuito a los 30 días hábiles posteriores al suceso, junto con el concepto técnico o de la autoridad pública respectiva. Recomendaciones generales Tener en cuenta las causales de terminación: o Por incumplimiento del objeto contractual o Por no realización del establecimiento a más tardar al año siguiente de suscripción. o Por vencimiento del plazo o Por incumplimiento de las obligaciones contractuales o Por mutuo acuerdo o Por fuerza mayor o caso fortuito o Por que el beneficiario se encuentre incurso de alguna inhabilidad o incompatibilidad o Por modificar el PEMF, alterando el área, la especie, y el cronograma de actividades o Por sentencia ejecutoriada o por adquisición por medios ilegales del predio o porque se ordene la restitución del predio por sentencia. o Por imposibilidad de desarrollar el objeto del contrato. o Por pérdida de la propiedad sobre el inmueble o el derecho de uso. Finalmente tenga en cuenta El beneficiario deberá restituir los dineros actualizado su valor al IPC más intereses a una tasa de DTF más cinco (5) puntos si se demuestra un incumplimiento de su parte. Con la firma del contrato el beneficiario está declarando no haber gestionado la recepción de otro incentivo con entidad pública o privada. Hacen parte integral del contrato y resuelven los vacíos de éste: el PEMF, las certificaciones del operador, el estudio de títulos, la reserva presupuestal, los términos de referencia, manual operativo del CIF, el contrato de asistencia técnica, el contrato de arrendamiento, el FIB y demás documentos que se generen. Los valores de mantenimiento están sujetos a suscripción de contrato interadministrativo, apropiación y disponibilidad de recursos por parte del MADR. ¡GRACIAS! Dirección Forestal Mayor información: [email protected] Teléfono: (1) 3 203377 Ext.: 370 – 371 – 374 – 375 - 376