Valor del contrato

Transcripción

Valor del contrato
Vicepresidencia de Desarrollo Rural
Dirección Forestal
Contratos CIF suscritos con FINAGRO
1.
2.
3.
Contratos suscritos después de mayo de 2012.
Todo el proceso de registro del PEMF se realizó a través
de la herramienta tecnológica “Artemisa”.
El compromiso contractual es entre el beneficiario
(Persona natural o Persona jurídica) y FINAGRO.
“El cumplimiento de los compromisos de las
partes garantiza la transparencia y oportunidad
de los recursos”
Comunicaciones
1.
2.
3.
4.
Todas las notificaciones se harán a través del
correo electrónico que el usuario registró en
“Artemisa”.
En
esas
notificaciones
se
informará
oportunamente como se requiere la respuesta.
Es responsabilidad del beneficiario estar
pendiente de las comunicaciones y atenderlas
oportunamente.
Los requerimientos que tenga el beneficiario
los podrá realizar al correo electrónico
[email protected]
Comunicaciones
5. Su comunicación deberá tener siempre el número del contrato
CIF y opcionalmente el número del radicado de “Artemisa”.
Estructura del número del contrato:
CIF
En algunos
casos
acompañado de
“II”
–
000
Número
consecutivo
del contrato
– 0000
Cuatro dígitos
del año de
suscripción del
contrato
6. Las comunicaciones deberán ser suscritas por el
beneficiario.
Lea
cuidadosamente
y con atención.
Obligaciones del beneficiario
1. Notificar cualquier novedad al correo electrónico
[email protected]
Ejemplo:
cambios
de
razón
social,
representante legal, junta directiva, casos
fortuitos o fuerza
mayor en la
plantación
que afecten el PEMF, embargos, etc..
2. Diligenciar totalmente y remitir oportunamente
los formatos de solicitudes de visita para
verificación de la plantación.
3. El plazo del contrato es de cinco (5) años.
Obligaciones del beneficiario
4. Forma de pago: en cinco (5)
(1) pago de establecimiento y
pagos de mantenimiento.
pagos, un
cuatro (4)
5. No hay lugar a cambios en el objeto del
contrato, es decir en el PEMF.
6. Mantener vigentes durante el plazo:
Garantías
suscritas,
contrato
de
asistencia técnica
y
contrato
de
arrendamiento (cuando aplique).
Obligaciones del beneficiario
6.1. Garantías:
Expedidas a favor de particulares.
Cumplimiento del contrato: por el 10% del valor
del contrato.
Pago de salarios e indemnizaciones: (5% del
valor del contrato)
Responsabilidad civil: (20% del valor del contrato)
Mantener las garantías vigentes durante el plazo
del contrato y cuatro (4) meses más.
Mantener actualizadas las garantías cada vez que
se haga una modificación, notificando a la
aseguradora y enviando los ajustes a FINAGRO
para su aprobación.
Pólizas de Garantía
Obligaciones del beneficiario
7.
Remitir los documentos de la forma y a través del
medio solicitado por FINAGRO (digital o físico).
8.
Remitir todos los documentos requeridos en un
solo envío (No se aceptan envíos parciales).
9.
Remitir los documentos con la vigencia solicitada.
10. Cumplir oportunamente con las obligaciones
contractuales para evitar las dilaciones, retardos,
sobrecostos y aumento injustificado en los
procedimientos.
Valor del contrato
1.
El valor descrito en el contrato es del
establecimiento.
2.
El valor del contrato es indeterminado pero
determinable al momento de la realización de
la visita de verificación.
3.
Todo monto a pagar esta sujeto a una visita de
verificación previa al pago, realizada por el
Operador Técnico.
4.
La certificación expedida como resultado
de la visita, indicará el área y número de
árboles sobre la cual se liquidará el valor a
pagar, teniendo en cuenta la resolución de
precios expedida por el MADR.
Valor del contrato
Establecimiento
4.1. Se harán cinco (5) pagos así:
Mantenimiento
Establecimiento: Un (1) pago del área o
número de árboles certificados y la
resolución de precios vigente al momento
de aplicar a la invitación pública. (indicada
en el contrato suscrito).
Mantenimiento: Cuatro (4) del área o
número de árboles certificados y la
resolución vigente para pago del año
respectivo.
Valor del contrato
El MADR* de manera anual mediante Resolución fija los valores del Incentivo por cinco (5) años:
(1) Establecimiento
(4) Mantenimientos
Por ejemplo: Teca Región Caribe- costos por ha. (promedio nacional -5 años) y valor que paga el
incentivo (Resolución 386 de 2013)
Obligaciones de FINAGRO
1. FINAGRO es el administrador de los recursos
desde mayo de 2012, cada año suscribe un
contrato interadministrativo con el MADR.
2. Realizar la supervisión de los contratos CIF.
3. Abstenerse de hacer pagos cuando un
beneficiario se encuentra en listas clasificatorias
o de SARLAFT.
4. Si el área o la densidad de la plantación
certificada en la visita de verificación de pago es
menor, ajustará el valor a pagar.
5. Si el área o la densidad de la plantación
certificada en la visita de verificado la reducción
es superior al 30% es causal de incumplimiento
al objeto del contrato.
Obligaciones de FINAGRO
6. Realizar visitas aleatorias de supervisión a
los proyectos de los contratos.
7. No hacer modificaciones al objeto
contractual (cambio de área, especie,
cronograma, modificación PEMF).
8. Recibir
las
notificaciones
de
los
beneficiarios.
9. Realizar los pagos a los beneficiarios
dentro de los 30 días hábiles después de
que éste remita toda la documentación
solicitada y no requiera de Otrosí.
Recomendaciones generales
El beneficiario no puede acceder a otro incentivo sobre el mismo proyecto,
por entidad pública o privada
Los contratos no se pueden ceder sin previa autorización de FINAGRO.
Si se vende o permuta el predio objeto del contrato, los nuevos
propietarios deberán manifestar la continuidad del proyecto y remitirla
para aprobación de FINAGRO.
Si el beneficiario incumple o retarda cualquiera de sus obligaciones se
hará exigible la cláusula penal.
Notificar a FINAGRO las pérdidas o posibles incumplimientos por fuerza
mayor o caso fortuito a los 30 días hábiles posteriores al suceso, junto con
el concepto técnico o de la autoridad pública respectiva.
Recomendaciones generales
Tener en cuenta las causales de terminación:
o Por incumplimiento del objeto contractual
o Por no realización del establecimiento a más tardar al año siguiente de
suscripción.
o Por vencimiento del plazo
o Por incumplimiento de las obligaciones contractuales
o Por mutuo acuerdo
o Por fuerza mayor o caso fortuito
o Por que el beneficiario se encuentre incurso de alguna inhabilidad o
incompatibilidad
o Por modificar el PEMF, alterando el área, la especie, y el cronograma
de actividades
o Por sentencia ejecutoriada o por adquisición por medios ilegales del
predio o porque se ordene la restitución del predio por sentencia.
o Por imposibilidad de desarrollar el objeto del contrato.
o Por pérdida de la propiedad sobre el inmueble o el derecho de uso.
Finalmente tenga en cuenta
El beneficiario deberá restituir los dineros actualizado su valor al IPC
más intereses a una tasa de DTF más cinco (5) puntos si se demuestra
un incumplimiento de su parte.
Con la firma del contrato el beneficiario está declarando no haber
gestionado la recepción de otro incentivo con entidad pública o privada.
Hacen parte integral del contrato y resuelven los vacíos de éste: el
PEMF, las certificaciones del operador, el estudio de títulos, la reserva
presupuestal, los términos de referencia, manual operativo del CIF, el
contrato de asistencia técnica, el contrato de arrendamiento, el FIB y
demás documentos que se generen.
Los valores de mantenimiento están sujetos a suscripción de contrato
interadministrativo, apropiación y disponibilidad de recursos por parte del
MADR.
¡GRACIAS!
Dirección Forestal
Mayor información:
[email protected]
Teléfono: (1) 3 203377
Ext.: 370 – 371 – 374 – 375 - 376

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