PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP (PPP)
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PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP (PPP)
27 septiembre de 2012 PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP (PPP) PREGUNTAS Y RESPUESTAS Material de trabajo PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP Programa Benvinguda Sr. Miquel Montañá, Soci Director de Clifford Chance Barcelona. Presentació de la sessió. Sr. Ernest Maragall, vicepresident de la Fundació Catalunya Europa Keynote – Com hem d’abordar un projecte de Col·laboració Públic Privada? Sr. Lluís Torrens, Public-Private Sector Research Center manager, IESE Business School. 3 projectes d’èxit en PPP: Com s’han fet realitat? El sector de les infraestructures: a càrrec del Sr. Daniel Ventín (Abertis). El sector de l’educació: a càrrec del Sr.Francesc Colomé. El sector de la salut: a càrrec de la Sra. Carme Briera (Clifford Chance). Preguntes i respostes. Taula rodona entre els assistents i els experts. Sra. Neus Colet, Junta Consultiva de Contractació Administrativa, Generalitat de Catalunya. Sr. Toni Barios, la Caixa. Sra. Mercedes Fontsaré, la Caixa. Sr. Joan Miquel Piqué, Maurilia Knowledge. Sra. Carme Briera, Clifford Chance. Página 2 de 30 Nota de prensa La colaboración público-privada aumenta económica y puede reducir el déficit público la actividad Los resultados de un seminario sobre Public Private Partnership muestran que la inversión pública en proyectos privados (hasta el 57% de su importe) reduce el dèficit público. El pasado jueves 27 de septiembre se celebró en Barcelona el seminario Public Private Partnership: Preguntas y Respuestas. En la jornada, que fue organizada por Clifford Chance y la Fundació Catalunya Europa, participaron representantes de una treintena de las empresas más importantes relacionadas con proyectos de colaboración público-privada a nivel nacional e internacional, en los sectores de las infraestructuras, las utilities, las telecomunicaciones, y el sector químico y farmacéutico, además de instituciones como la Generalitat de Catalunya, la Autoridad Portuaria de Tarragona, o IESE Business School. Este seminario de reflexión sobre las nuevas fórmulas de colaboración público-privada culminó el trabajo de análisis y estudio de casos llevado a cabo por la Fundación Catalunya Europa, y el Public Private Sector Research Center de la escuela de negocios IESE durante el último año, en el que también ha colaborado Clifford Chance. Este análisis pretende acercar las visiones del sector público y privado en relación a este tipo de colaboraciones, así como proponer nuevos instrumentos y soluciones para afrontar proyectos de inversión en el actual contexto de crisis económica a nivel mundial. El responsable del equipo de análisis PPP de la Fundació Catalunya Europa, Joan PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP Miquel Piqué, destacó que el sector público y el sector privado aun tienen visiones y objetivos muy distintos en relación al Public Private Partnership. Durante la inauguración del seminario, el socio director de Clifford Chance Barcelona, Miquel Montañá, destacó la necesidad de extender la colaboración público-privada más allá de los sectores tradicionales mediante nuevas fórmulas innovadoras, por ejemplo en el ámbito de la salud. Por su parte, el vicepresidente de la Fundació Catalunya Europa, Ernest Maragall, señaló que este tipo de proyectos pueden mejorar sustancialmente los servicios a los ciudadanos, sobretodo en ámbitos como el de la educación. A lo largo de las exposiciones de los ponentes, el manager del Public Private Sector Research Center de IESE, Lluís Torrens, argumentó que la cofinanciación privada de proyectos de inversión públicos puede ser un instrumento efectivo para salir de la crisis económica, dado que estas colaboraciones pueden aumentar la actividad económica reduciendo a la vez el déficit público. En este sentido, Torrens destacó que para conseguir un ahorro público de un millón de euros, el gasto debe reducirse en 2,3 millones de euros, a causa del impacto de esta reducción de gasto sobre la recaudación de impuestos y el debilitamiento de la actividad productiva. También fueron presentados casos reales de proyectos de colaboración público-privada, como las charter school de los Estados Unidos, o el desarrollo de autopistas en Puerto Rico por parte de Abertis Infraestructuras. En este sentido, Carme Briera, counsel de Clifford Chance, destacó que deben mejorarse los planteamientos iniciales que se realizan al impulsar proyectos PPP en prácticamente todos los países, ya que estos Página 4 de 30 deben adaptarse a un marco jurídico que no está especialmente preparado para abordar este tipo de proyectos. También participaron en el Seminario, Neus Colet, Jefe de la Secretaría Técnica de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Generalitat de Catalunya, centrando su intervención en la regulación del nuevo contrato de colaboración público-privada y Antonio Barios y Mercedes Fontsaré de la asesoría jurídica de Caixabank, quienes incidieron en la necesidad de que la documentación contractual de las diversas fórmulas de colaboración entre el sector público y el sector privado facilite a las entidades bancarias el análisis de riesgos en trance de acordar la financiación de proyectos de este tipo. Finalmente, durante el debate entre los asistentes, se planteó la necesidad de mejorar las capacidades estratégicas, técnicas y operativas de los equipos gestores de este tipo de proyectos, sobre todo en las Administraciones Públicas que los impulsan, así como el interés de establecer marcos más flexibles de colaboración y ejecución de los contractos, en concreto, en nuevos sectores donde la tecnología y las soluciones avanzan muy rápidamente, como el sector de las telecomunicaciones. Perfil de los ponentes Sr. Lluis Torrens. Public-Private Sector Research Center manager, IESE Business School. Llicenciat en Ciències Econòmiques per la Universitat Autònoma de Barcelona, Magister en Anàlisi Econòmica pel Departament d'Economia de la U.A.B i l'Institut d'Anàlisi Econòmica (C.S.I.C.); diplomat pel Programa de Direcció General de l'Institut d'Estudis Superiors de l'Empresa (I.E.S.E.) de la Universitat de Navarra. PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP És l'actual gerent del Public-Private Sector Research Center al IESE. També és professor associat d'economia a l'Escola Superior de Comerç Internacional de Barcelona (Universitat Pompeu Fabra), i ha estat professor també a la Universitat Autònoma de Barcelona i a la Universitat de Vic. Especialista en economia aplicada, ha publicat diversos estudis sobre l’economia espanyola i catalana. L’any 2005 va rebre el X premi Catalunya d’Economia de la Societat Catalana d’Economia conjuntament amb Xavier Vives per un treball sobre les estratègies de les regions metropolitanes europees davant l’ampliació de la UE. Ha estat empresari, soci i consultor de negoci en diverses companyies de distribució, edició, i de noves tecnologies aplicades a les telecomunicacions i a l’educació. Va ser Director de serveis de la Secretaria General del Departament de Salut de la Generalitat de Catalunya 2005-6 i Director de Serveis de la Secretaria General del Departament d’Interior, Relacions Institucionals i Participació de la Generalitat de Catalunya 2006-2011. Sr. Francesc Colomé. Licenciado en Ciencias Químicas, es Inspector de Educación y ha desempeñado diferentes cargos públicos en este ámbito. Entre otros, ha sido Director de la alta Inspección del Estado en materia de Educación en Catalunya entre 1986 y 1994, Director General de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa del Ministerio de Educación entre 1994 y 1996, director del Área de Educación de la Diputación de Barcelona entre 1999 i 2003, i Secretario de Políticas Educativas de la Generalitat de Catalunya entre 2006 y 2010. Sr. Daniel Ventín. Abogado de Abertis Infraestructuras, fue abogado de Clifford Chance en proyectos de adquisición de empresas. Desde 2005 es abogado en Abertis Infraestructuras, S.A, y ha trabajado en numerosos proyectos de licitación de contratos de concesión de autopistas y aeropuertos o adquisición de compañías concesionarias en varios países de Europa y América. Página 6 de 30 Sra. Carme Briera. Counsel de Clifford Chance, Responsable del Departamento de Derecho administrativo de Clifford Chance Barcelona. Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona, con premio extraordinario de licenciatura. Master of Laws por "The University of Chicago Law School". Se incorporó a Clifford Chance en 1998 después de haber trabajado dos años en Uría & Menéndez. Después de 4 años en la oficina de Madrid de Clifford Chance, se traslada a Barcelona para dirigir el departamento de Derecho administrativo en esta oficina. Profesora asociada del Departamento de Derecho administrativo de la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona desde 2006. Especialista en contratación del sector público, patrimonio de las Administraciones Públicas, procedimiento administrativo en general y procedimiento contenciosoadministrativo en distintos sectores como infraestructuras, telecomunicaciones, actividades extractivas y farmacéutico. Sra. Neus Colet. Llicenciada en Dret per la Universitat de Barcelona. Pertany al Cos d’Advocats de la Generalitat de Catalunya i està adscrita al Departament d’Economia i Finances des de l’any 1990. Màster en Dret Tributari i Financer per la Universitat de Barcelona (1994); Màster en Dret de Catalunya per la Universitat Autònoma de Barcelona (1995); Màster en Direcció Pública (European Master in Public Administration) per ESADE Barcelona (2004) i Diplomada en Funció Gerencial en les Administracions Públiques, també per ESADE Barcelona (2003). Sra. Mercedes Fontsaré. Colegiada del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona. Licenciada en Derecho y en Administración y Dirección de Empresas por la Universidad de Barcelona (2007). Inició su carrera profesional en Departamento de Derecho Financiero y Bancario de Clifford Chance, S.L (2007-2012), PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP y a principios de este año se incorporó al equipo de Asesoría Jurídica de Banca de Inversión de Caixabank, S.A. Sr. Antoni Barios. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona. Licenciado en derecho por la Universidad de Barcelona. En junio de 2006 se incorporó al departamento de Asesoría Jurídica de Negocio de Caixabank, S.A. (“la Caixa”), donde es responsable del equipo que presta asesoramiento jurídico a los equipos de Banca de Inversión incluyendo a Banca Institucional, Corporate Finance y a Financiaciones Estructuradas). Antes de incorporarse a Caixabank, desarrolló su práctica profesional en los departamentos de derecho mercantil e inmobiliario de Vialegis (hoy Vialegis Dutilh). Co-autor junto con otros coordinados por Fernando Zunzunegui de la segunda edición del libro “Derecho Bancario y Bursátil” recientemente publicado por la editorial Colex. Sr. Joan Miquel Piqué. Economista especializado en Economía Internacional y Crecimiento por la Universidad Autónoma de Barcelona. Formado en el ámbito del análisis y la creación de conocimiento, ha desarrollado su trayectoria profesional mediante la especialización en diferentes campos, desde la economía regional y urbana hasta el análisis económico y del mercado de trabajo, compaginando durante 15 años la actividad profesional en la Administración Pública con actividades profesionales independientes. Ha sido jefe del Área de Economia del Instituto de Estudios Metropolitanos de Barcelona, asesor senior de los Consejeros de Trabajo, Indústria y Educación de la Generalitat de Catalunya, Director Adjunto del Servicio Público de Empleo de Catalunya, responsable del Fondo Social Europeo en Catalunya, y Director General del consorcio Localret. Desde 2011 está concentrado en la dirección de la consultora Maurilia Knowledge, es coach y consultor de la Business School de la UOC, y dirige el grupo de análisis en PPP de la Fundació Catalunya Europa. Página 8 de 30 Materials Keynote – com hem d’abordar un projecte de col·laboració públic privada? Sr. Lluis Torrens. ¿QUÉ PODEMOS HACER PARA SALIR DE LA CRISIS? Políticas de reactivación de la demanda compatibles con la reducción de los dos déficits (público y cuenta corriente) 1. Optimizar el sector público: 1.1. Identificando y financiando inversiones y actividades: • Que realmente mejoren la competitividad de la economía (sin hipotecas políticas ni territoriales) • Las que generen ahorros recurrentes en el gasto público y se puedan autofinanciar 1.2. Movilizando recursos privados para aumentar la eficiencia: Incrementando la colaboración público-privada a todos los niveles 2. Reducir la deuda externa. 2.1. Atrayendo inversiones directas y capital riesgo para el sector productivo real. 2.2. Continuar ganando cuota en los mercados exteriores (más apertura) 2.3. Reduciendo la dependencia energética 3. Identificando y (co) financiando inversiones privadas que reduzcan el déficit público (ingresos netos fiscales > subvención) PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP UN EJEMPLO NUMÉRICO DE AUSTERIDAD Simulación reducción de inversión pública en 1.000.000 € ahorro presupuestario reducción gasto 1.000.000 reducción recaudación IVA -‐173.554 reducción facturación neta proveedores 826.446 reducción costes laborales pagados empresas proveedoras directas 578.512 e indirectas (70 % ventas) reducción recaudación IRPF ( 15 % neto para 25.000 € de sueldo y -‐66.751 un hijo) reducción recaudación SS trabajador fijo (6,35%) -‐28.258 reducción recaudación SS empresa (30 %) -‐133.503 reducción recaudación IS (15 % sobre 5 % ventas) -‐6.198 incremento coste paro inducido (promedio prestaciones contributivas y no contributivas 6.000 € netos/año) reducción masa salarial neta reducción recaudación Impuestos consumo implícitos (promedio 16 %) s/consumo (10% ahorro) reducción otros impuestos ( multiplicadores, etc. 20 %) Total efecto pérdida recaudación ahorro neto conseguido ahorro presupuestario necesario para conseguir 1 M € ahorro neto puestos directos de trabajo perdidos -‐76.288 273.712 -‐39.415 -‐46.860 -‐570.826 429.174 2.330.058 17,8 Por cada euro neto de ahorro a conseguir se debe recortar la inversión en 2,33 euros Página 10 de 30 UN EJEMPLO NUMÉRICO EXPANSIVO Simulación incremento de inversión pública en 1.000.000 € incremento gasto presupuestado incremento recaudación IVA incremento facturación neta proveedores incremento costes laborales pagados empresas proveedoras directas e indirectas (70 % ventas) incremento recaudación IRPF ( 15 % para 25.000 € de sueldo y un hijo) incremento recaudación SS trabajador fijo (6,35%) incremento recaudación SS empresa (30 %) incremento recaudación IS (15 % sobre 5 % ventas) reducción coste paro inducido (promedio prestaciones contributivas y no contributivas 6.000 € netos /año) incremento masa salarial neta incremento recaudación Impuestos consumo implícitos (promedio 16 %) s/consumo (10% ahorro) incremento otros impuestos ( multiplicadores, etc. 20 %) total mejora recaudación -‐ gasto social Total incremento gasto neto puestos de trabajo directos ganados -‐1.000.000 173.554 826.446 578.512 66.751 28.258 133.503 6.198 76.288 273.712 AGE+SS 39.415 46.860 570.826 -‐429.174 CCAA 26,6% 73,4% 17,8 Inversiones privadas cofinanciadas hasta en un 57 % por el sector público reducen el déficit público (sin tener en cuenta costes financieros) ASÍ QUE… • Hay que identificar oportunidades adecuadas al contexto actual • Priorizar las más rentables económicamente (ahorros, reducción del paro, etc.) • Evitar las trampas PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP • Optimizar el diseño, la adjudicación y la ejecución de los contratos EL CONTINUO DE LA COLABORACIÓN PÚBLICO-PRIVADA (VISIÓN BIDIMENSIONAL ) CRITERIOS DE ELECCIÓN PARA: Transferir los activos: • La especificidad de las inversiones (+) ((-) para externalizar) • El control de la calidad de la prestación (+) Externalizar la prestación (además de las anteriores): Página 12 de 30 • Incertidumbre en los ingresos, costes y en la calidad del servicio (-) • Capacidad de respuesta extracontractual (+) • Capacidad interna de gestionar la externalización (+) • Existencia de competencia efectiva adjudicación y en la ejecución (+) antes de la CPP • Los activos pueden ser temporalmente propiedad de la empresa privada (construir y mantener puede ser más eficiente junto que por separado) • Contratos de periodo fijo • Asignados vía subastas o diálogos competitivos (y posterior negociación bilateral) • Sector público y empresa privada comparten los riesgos de ejecución (a menudo con problemas de contratos incompletos): – Riesgo de construcción – Riesgo de mantenimiento – Riesgo de demanda • La planificación es básicamente pública • Pueden haber garantías gubernamentales de ingresos mínimos • Contabilidad fiscal escasa o inexistente • Una única entidad pública se encarga de todo: – Planeamiento. – Suministro – Supervisión de la ejecución – Regulación. VENTAJAS DE LA CPP Argumentos frecuentemente mencionados: 1. Empresas privadas son más eficientes. PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP – Mercados de capitales imponen disciplina 2. Ventajas de empaquetar construcción y operación/mantenimiento – Se optimiza el coste total a lo largo de la vida de la infraestructura. 3. Las CPP alivian presupuestos públicos restringidos 4. Consideraciones de asignación de recursos: – Pagan los que se benefician 5. Las CPP´s nos acercan al resultado competitivo – Subastas competitivas 6. Consideraciones políticas: – El sector público puede rechazar más fácilmente proyectos dirigidos a intereses políticos particulares (pork-barrel projects). – Una subasta competitiva provee un test de mercado para detectar proyectos irreales (elefantes blancos) EVITAR LAS TRAMPAS 1. No transferir los riesgos adecuadamente • Cláusulas de ingresos garantizados (generan elefantes blancos) • Se transfieren riesgos no controlables por el contratista (políticos, jurídicos, macroeconómicos, etc.) • Renegociaciones continuas (más del 30 % en estudio de Guasch) 2. Mayor facilidad para realizar proyectos que solo son rentables políticamente (pork barrels) 3. Evitar el problema político de la privatización, cuando esta sería la solución más eficiente 4. Las CPP alivian presupuestos públicos restringidos a corto plazo. • Se usan para evitar restricciones presupuestarias pero no que crean Value For Money Página 14 de 30 TEST VALUE FOR MONEY Para comparar los costes y beneficios totales de una CPP vs su alternativa convencional de financiación, se debe realizar obligatoriamente un test de Value for money (PSC: Public Sector Comparator) El test calcula si el mayor coste explícito de la CPP se compensa por la transferencia de riesgos, por una reducción de costes públicos de gestión o por mejoras cualitativas en el proyecto. LAS “MALAS” RENEGOCIACIONES SON RECURRENTES • CPP: básicamente es un contrato incompleto • Pueden haber ganancias en bienestar con renegociaciones ex-post – Renegociaciones de “buena fe” (por circunstancias realmente imprevistas ) vs. “mala fe” (oportunistas) • Gobiernos descuidados: – Diseño de contrato defectuoso – Regulación defectuosa • Gobiernos oportunistas – Permite incrementar gasto actual a cargo de futuros ingresos de la empresa • Empresas oportunistas – Empresas son conscientes que se hacen beneficios cuando se renegocia. • Corrupción. DISEÑO DEL CONTRATO. ELEMENTOS DE MEJORA • Incentivos para construir la infraestructura dentro del plazo • Incentivos para el mantenimiento y servicio hasta el fin del contrato • Concesiones de plazo variable PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP CONCESIONES A PLAZO VARIABLE Cuando existe alta incertidumbre sobre la demanda, generalmente más allá del control de la empresa, pero es muy probable que si la concesión dura lo suficiente, el proyecto sea rentable aun con demanda baja: • El regulador fija las tarifas de usuario (ej. peaje) y la tasa de descuento. • Las empresas licitan por el valor presente de los ingresos (VPI) por las tasas de uso que quieren recaudar de los usuarios. • El contrato es concedido a la menor oferta. • El contrato dura hasta que la firma recauda ingresos en valor presente (VPI) de los usuarios por el valor de su baja ganadora. • La prima de riesgo es un 30 % menor en promedio, se reducen la demanda de garantías y las renegociaciones oportunistas. CLÁUSULAS DE INGRESOS GARANTIZADOS A favor: • Reducen la prima de riesgo requerida para empresas • Reducen los incentivos a renegociar atraer En contra: • Incentivan la aparición de elefantes blancos (sus consecuencias pueden ser pagadas por futuras administraciones) • Permite una deficiente contabilidad presupuestaria para anticipar gasto público evitando el proceso presupuestario normal Página 16 de 30 PREVENCIÓN Y MEJORA DE LAS RENEGOCIACIONES • Una agencia especializada e independiente revisa y aprueba los proyectos. La agencia garantiza que el valor del contrato no cambia después de la renegociación • Los contratos se deben basar en niveles de servicio, no en inputs • Los trabajos adicionales deben ser licitados públicamente si es posible • Hay que mejorar la contabilización presupuestaria de los costes futuros adicionales y de las garantías de demanda PREVENCIÓN Y MEJORA DE LAS RENEGOCIACIONES • Las CPP británicas consideran la posibilidad de renegociar la carga financiera de los proyectos una vez finalizada la fase de construcción, que es la fase más arriesgada del proyecto. En el 2008, el 70 % de las ganancias obtenidas en la renegociación fueron repercutidas en favor del sector público. • Hay que analizar la posibilidad de que el contratista privado, una vez realizada la construcción, transfiera sus acciones a un tercero, puesto que entonces se puede perder el incentivo del empaquetamiento (construcciónmantenimiento) • Habría que introducir en los contratos CPP mayores facilidades de flexibilización ante situaciones inesperadas y/o cláusulas de revisión obligatorias con posibilidad de rescisión unilateral cada 5 años. LA GOBERNANZA DE LAS CPP • Si toda la gestión del contrato se realiza por la misma unidad pública hay incentivos a ser menos cuidadoso con el diseño del contrato y ocultar errores • Planeamiento-aprovisionamiento y supervisión-regulación no deberían estar en una sola mano • Una unidad de CPP puede planear y aprovisionar pero la evaluación del coste-beneficio social debe ser realizado o al menos evaluado por una agencia independiente PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP • Dado que las CPP establecen relaciones a largo plazo, los gestores públicos que administran y monitorizan los contratos, deberían aumentar su especialización y orientación a la gestión a largo plazo tanto como a la negociación del contrato • Habría que crear centros de competencia especializados para dar soporte transversal e interadministrativo a la contratación CPP CREAR UN MERCADO PARA LAS CPP • La complejidad y duración de los contratos requieren de una gran inversión a fondo perdido de los potenciales contratistas privados, esto reduce la competencia y encarece los precios. Sería conveniente estandarizar los contratos más usuales. • Hay que crear una base de datos pública con más y mejores datos del coste total del ciclo de vida de los proyectos realizados o en ejecución y compararlos a los similares realizados con procedimientos convencionales (que también deben mejorar su información de los costes totales de propiedad). • El objetivo es generar un mercado profundo de licitaciones de CPP tanto en clientes como proveedores especializados y que sea atractivo a fondos de inversión especializados EL FUTURO DE LAS CPP • Están aquí para quedarse … y probablemente serán de importancia creciente en muchos países • Sólo deben usarse cuando son apropiadas. Las mayores ventajas no deben estar en las finanzas sino en la transferencia efectiva de riesgos • Son posibles mejoras en el diseño de contratos, mecanismos de subastas y gobernanza Página 18 de 30 3 projectes d’èxit en PPP: Com s’han fet realitat? 1. El sector de les infraestructures Sr. Daniel Ventín. ¿QUÉ PODEMOS HACER PARA SALIR DE LA CRISIS? PUERTO RICO: LA CONCESIÓN DE LA AUTOPISTA PR-22 • La experiencia de abertis en Estados Unidos • La concesión de las autopistas PR-22 y PR-5 • La Ley de Alianzas Público Privadas de Puerto Rico: Un modelo a seguir PRECEDENTES EN ESTADOS UNIDOS • Chicago Skyway, Indiana Toll-Road, Pennsylvania Turnpike: – Excesivo énfasis en el importe del canon inicial – Ausencia de marco legal claro para APP – Modelo de contrato de concesión común PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP ¿QUÉ SE HA HECHO EN PUERTO RICO? • Se partió de cero para pensar en un nuevo modelo… • …pero habiendo aprendido de experiencias pasadas en otros países, positivas y negativas • Y se concluyó, ni más ni menos, que eran necesarios: – Un marco normativo claro pero flexible y práctico, y UNA BUENA ORGANIZACIÓN! LEY DE ALIANZAS PÚBLICO-PRIVADAS • Crea la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas • Ordena la creación de un “Inventario de Proyectos” • Obliga a la Autoridad a evaluar la idoneidad de dichos proyectos para una Alianza Público-Privada • Establece los Comités de Alianzas, uno por proyecto • Establece criterios de selección de ofertas ¿POR QUÉ ES ESTE UN MODELO A SEGUIR? • Establece un marco legal y administrativo estable y recalca la importancia de una adecuada organización de los proyectos • Establece principios claros y ponderables para regular los intereses en juego, no procedimientos rígidos • Simplifica los tipos contractuales posibles y les aplica un mismo régimen • Permite estructurar las APP como proyectos dinámicos (son proyectos a largo plazo, necesariamente evolutivos) • Implica a los stake-holders en la medida adecuada • No concibe las APP como puras herramientas de financiación. Exige la viabilidad económica, técnica y social de los proyectos REFERENCIAS ÚTILES: • http://www.app.gobierno.pr/ 2009 Ley Núm. 29 de 8 de junio de Página 20 de 30 • Reglamento para la licitación, evaluación, selección, negociación y adjudicación de contratos de Alianzas PúblicoPrivadas de 19 de diciembre de 2009 3 projectes d’èxit en PPP: Com s’han fet realitat? 2. EL SECTOR DE L’EDUCACIÓ Sr.Francesc Colomé. CHARTERS SCHOOLS Las charter schools nacen como una alternativa a las escuelas públicas que proporciona y sostiene la administración. Su propósito es mejorar los resultados que ofrecen las escuelas públicas. Su iniciativa proviene del sector privado, padres, profesores, activistas, … Pero son consideradas escuelas públicas y forman parte de esta red. Por ello: no tienen tasas, ni afiliación religiosa, ni selección de estudiantes. Cada Estado determina en su propia Ley las condiciones de creación, autorización, financiación y funcionamiento de estas escuelas. En particular debe definir: • Qué tipo de agencias pueden crear escuelas. • De qué manera escuelas privadas pueden convertirse en charter schools. • Qué condiciones debe cumplir el profesorado. PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP CARACTERÍSTICAS DE LAS CHARTER SCHOOLS Dos elementos que las caracterizan: Funcionamiento autónomo: – Reglas de funcionamiento propias. – Contratación de profesorado. – Currículum. – Metodología. • Permite una mayor adaptación a las necesidades de alumnos diversos. • • Permite innovar. • Rendición de cuentas en función de los resultados de los estudiantes. Mediante un sistema de test de resultados. • Un mal resultado debería conducir al cierre de una escuela Charter. • Aunque las razones, en general, para retirar el permiso o cerrar una Charter School son básicamente: • No tener suficientes alumnos. • No conseguir una estructura de funcionamiento estable. • No poder desarrollar un modelo sostenible económicamente. • Existe el debate, en algunos Estados sobre la limitación de creación de Charter Schools. FINANCIACIÓN • La financiación la define cada Estado y, normalmente, las escuelas se financian a coste por alumno. • Parece que las Charter Schools reciben, en promedio, menos de los que reciben las escuelas públicas. • Muchas Charter Schools obtienen fondos adicionales mediante aportaciones de personas e instituciones. • El Estado Federal aporta fondos para la creación y puesta en marcha de este tipo de escuelas. Página 22 de 30 CRITICAS • • • • Resultados desiguales. Algunas derivas hacia escuelas de élite. Condiciones laborales de los docentes. De un movimiento “progresista” a un movimiento “conservador”. Preguntes i respostes: taula rodona entre els assistents i els experts. Sra. Neus Colet EL ESCENARIO – ESPAÑA 2007 • La colaboración público privada como “modalidad” contractual no estaba regulada formalmente ni en el derecho comunitario ni en el derecho español de contratos • El escenario presupuestario • El derecho europeo comparado DE LA REGULACIÓN DEL CONTRATO DE CPP EN LA LCSP AL VIGENTE TRLCSP. ALGUNAS REFLEXIONES • Carácter subsidiario o residual de la fórmula contractual del cpp • Insuficiente delimitación de las prestaciones que pueden conformar su objeto? • Implica excesiva complejidad procedimental ? • Configuración básica como herramienta para la financiación a largo plazo de grandes inversiones y no como un sistema real de transferencia de know-how y de buenas prácticas entre el sector público y el sector privado y la consecución de mayores eficiencias • Las dificultades de financiación no pueden amparar, por si mismas, la utilización de esta fórmula PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP • Su consecuencia es un excesivo endeudamiento? • La adjudicación ordinaria de los contratos de cpp mediante el diálogo competitivo • Insuficiente regulación i/o necesidad de regulación de desarrollo • Qué tipologías reales de cpp se manejan? • La colaboración público privada no supone externalización automática de los servicios • Cuál es el balance del uso del contrato de cpp? • Se dispone de datos cualitativos para efectuar un análisis agregado de su uso? • Qué calificación merece la colaboración público privada para la participación en licitaciones (internacionales)? Cómo se gestiona esta colaboración? ALGUNAS POSIBLES MEDIDAS... • Gestión del cambio en la dimensión global de la cp 1. Cambio de cultura de las organizaciones públicas respecto de este ámbito 2. Cambio de perfil del “responsable” de la contratación pública 3. Cambio de cultura en la participación empresarial en los mercados públicos (private-private partnership) • Cambio de orientación normativa. Algunas opciones: 1. Delimitación de los elementos diferenciadores del cpp nominado respecto de las otras figuras contractuales 2. Configuración de la cpp como una técnica contractual y no como una tipología contractual 3. Ampliar el sistema de adjudicación de los cpp y, en todo caso, desarrollar reglamentariamente el diálogo competitivo • Regulación de la iniciativa privada de proyectos o regulación de la gestión de proyectos no solicitados (unsolicited infraestructure proposals) Página 24 de 30 FÓRMULAS DE COLABORACIÓN INFRAESTRUCTURAS Y DE FINANCIACIÓN DE Técnicas contractuales • Contrato de obra con abono total del precio (modelo alemán) • Contrato de concesión de obra pública • Contrato de gestión de servicios públicos • Contrato de colaboración sector público-sector privado (CPP) Técnicas institucionales • • Consorcios Sociedades de economía mixta Técnicas patrimoniales • Concesiones demaniales • Arrendamiento operativo y otras fórmulas afines REPENSAR LOS ESQUEMAS CLÁSICOS DE LA CP OBJETIVOS CLÁSICOS OBJETIVOS ESTRATÉGICOS CompeHHvidad Ejecución Presupuestaria Ahorros inmediatos ...Y SUS CONTENIDOS Innovación Eficiencias Sostenibilidad PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP ACTIVITDAD ESTRATÉGICA PROFESIONALIZACIÓN Guberna:va y técnica Responsabilidad De alto impacto HERRAMIENTAS PARA EL CONOCIMIENTO e-‐contratación Ges:ón de proyectos Vulnerable Partenariados Transparencia Global ACTIVIDAD DE GESTIÓN GLOBAL PLANTEAMIENTO ESTRATÉGICO EVALUACIÓN DE RESULTADOS EJECUCIÓN DEL PROYECTO DISEÑO Y CONFIGURACIÓN SELECCIÓN Y LICITACIÓN LA REGULACIÓN DEL CPP Partes: una AP; EPE o un organismo similar y un sujeto de derecho privado Objeto: la realización de una actuación global e integrada que, además de la financiación de inversiones inmateriales, de obras o Página 26 de 30 de suministros necesarios para el cumplimiento de determinados servicios, incluya alguna de las siguientes prestaciones: a. Construcción o transformación de obras, equipos, sistemas y productos o bienes complejos, así como su mantenimiento, su actualización o renovación, la explotación o su gestión; b. La gestión integral del mantenimiento de instalaciones complejas; c. La fabricación de bienes y la prestación de servicios que incorporen tecnología especialmente desarrollada con el propósito de aportar soluciones más avanzadas y económicamente más ventajosas que las existentes en el mercado; d. Otras prestaciones de servicios ligadas al desarrollo por la AP del servicio público o de la actuación de interés general que le haya sido encomendada. Contraprestación: un precio a satisfacer durante la duración del contrato y que puede estar vinculada al cumplimiento de determinados objetivos de rendimiento • Se configura como un contrato administrativo típico o nominado • Se le aplicarán, en la medida en que resulte posible, las normas específicas del contrato típico cuyo objeto se corresponda con la prestación principal del contrato de CPP • Contrato sujeto en todo caso a regulación armonizada • El sistema ordinario de adjudicación es el diálogo competitivo • Actuaciones preparatorias específicas: – El documento de evaluación previo al inicio del expediente realizado por un órgano colegiado integrado por expertos en la materia del contrato (no necesario en el caso que ya se hubiese efectuado para un supuesto análogo en la misma organización) PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP – El programa funcional (elementos básicos que informarán el diálogo con los contratistas) a incluir en el documento descriptivo del contrato – Clausulado del contrato: contenido mínimo necesario y cláusulas específicas – Los PCAP quedan sustituidos por el documento de evaluación y por el programa funcional • Duración máxima, como norma general: 20 años. La excepción: cuando la prestación principal determine la aplicación de las normas del contracto de COP (plazo máximo de 40 años) NOVEDADES EN EL RÉGIMEN DEL CONTRATO DE CPP (LES - 2011) PREVISIONES A INCLUIR EN EL CONTRATO DE FORMA OBLIGATORIA: El régimen de notificación de las operaciones financieras que formalice el contratista para financiar el contrato PREVISIONES A INCLUIR EN EL CONTRATO DE FORMA VOLUNTARIA • Las garantías que, de acuerdo con las disposiciones reguladoras de la financiación privada de las COP, puede obtener el contratista para captar la financiación necesaria para ejecutar el contrato • Cuando la ejecución del contrato requiera gastos de inversión y las obras y los equipamientos se incorporen al patrimonio de la entidad contratante, se puede prever que, si procede la resolución del contrato, la entidad contratante ponga a disposición de los acreedores una cantidad no superior al 80 por 100 del coste real de las inversiones realmente ejecutadas y descuente esta cantidad de la liquidación del contrato Página 28 de 30 DIAGRAMA BASE DEL DIÁLOGO PUBLIC PRIVATE PARTNERSHIP Página 30 de 30