Departamento Administrativo De Inquilinato (DAI)

Transcripción

Departamento Administrativo De Inquilinato (DAI)
Departamento Administrativo De Inquilinato (DAI)
OBJETIVO GENERAL:
Llevar a cabo en lo administrativo, en forma conciliatoria y a petición de parte, una efectiva
regulación en aquellos conflictos que se susciten en materia de inquilinato de conformidad a
las facultades atribuidas por la Ley de Inquilinato para tal propósito y en consecuencia con el
reconocimiento estatal a la función social de la propiedad privada y el interés público que
implica el arrendamiento de viviendas, locales urbanos y suburbanos.
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES:
1. Asistir al Poder Ejecutivo en la fijación de políticas en materia de inquilinato y ejecutarlas
en lo administrativo.
2. Llevar el registro de inquilinato en forma reglamentaria.
3. Velar por la correcta aplicación de la ley y ejercer sobre ello acciones que la misma ley no
atribuya a otras actividades o a particulares.
4. Resolver las cuestiones contenciosas que se le planteen en casos concretos para la
fijación, el aumento o la rebaja de la renta de viviendas, mesones y locales.
5. Resolver todas las cuestiones que derivadas de esta ley, no sean de competencia de otras
autoridades administrativas o judiciales.
6. Recibir y devolver depósitos y hacer pagos conforme a la Ley de Inquilinato.
7. Presentar de oficio ante el juzgado competente, las demandas que procedan, en los casos
que por disposición de esta ley, debe deducirse responsabilidad criminal.
8. Vigilar la ejecución de los contratos de arrendamiento de vivienda, mesones y locales y
aplicar o hacer que se apliquen las sanciones que correspondan por incumplimiento.
9. Imponer sanciones que no competen a otra autoridad conforme a la Ley de Inquilinato.

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