LA FALSA PROMESA DE LA VENTANILLA DIGITAL
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LA FALSA PROMESA DE LA VENTANILLA DIGITAL
1 LA FALSA PROMESA DE LA VENTANILLA DIGITAL Oscar Ramos Valverde He leído con sumo cuidado la información publicada en relación a la Ventanilla Digital (VUCE); sobre el lanzamiento del novedoso VUCE 2.0 del que se dice ahorrará la suma de $10.3 millones por la no utilización del papel en los trámites de exportación como de importación. El año pasado indicaron que cada exportador se ahorraría $60 por contenedor, sin que explicaran realmente cómo sucedería eso. Esta nueva manifestación no se ajusta a la verdad real, toda vez que los exportadores e importadores o bien el Agente Aduanero que los represente, deberán conservar siempre en sus archivos los DUAS en papel y las facturas de las mercancías, Conocimiento de Embarque, Guías Aéreas, Cartas de Porte, Listas de Empaque, notas de exención, permisos y autorizaciones, etc. que importan o exportan, así como la factura de cobro por concepto de servicios de las compañías de transportes, Almacenes Fiscales, Agencia de Aduana, zonas portuarias; todo ese cúmulo de papeles impresos deben ser guardados por el plazo de 5 años, de conformidad con la Ley General de Aduanas. Como bien lo dice el señor Lic. Jorge Sequeira, Gerente de PROCOMER, en los trámites de exportación no es obligatoria la utilización de los Agentes de Aduana, pero esto no es ninguna novedad, así está establecido en la Ley General de Aduanas desde el año 1996. No obstante esta disposición legal, las Empresas Exportadoras siguen utilizando los servicios de los Agentes de Aduana para realizar los trámites aduaneros, por lo que cabe hacernos la siguiente pregunta ¿Por qué no lo hacen ellas si están autorizadas?, la respuesta es demasiado sencilla, para que los ilustres jerarcas de PROCOMER la puedan entender. El Agente de Aduana que tramita una exportación, quien es un profesional que ostenta el grado académico universitario de Licenciatura en Administración Aduanera, debe además contar con autorización por parte de la Dirección General de Aduana para operar en la Aduana por donde saldrán las mercancías, como también debe rendir una garantía de cumplimento y es solidario responsable con lo manifestado en el DUA; adicionalmente deberá contar con oficina dentro de la zona aduanera de exportación y con personal que lo represente ante la Aduana de salida respectiva. Pero véase bien que el costo de todos estos servicios para un exportador habitual se sitúa entre los 20 y los 40 dólares, dependiendo del volumen y condiciones de las operaciones aduaneras. 2 Aclarado lo anterior, creo que es necesario explicar lo siguiente: un exportador de chayotes de la zona de Orosi de Cartago, hace una declaración de exportación según los lineamientos del VUCE 2, con todos los datos: cantidad de bultos, partida arancelaria que le corresponde según el Arancel Centroamericano y el valor CIF de los chayotes. El empresario debe imprimir (otro papel) el DUA de exportación para entregárselo al Transportista, el transportista debe confeccionar la Carta de Porte y el manifiesto de carga (más papel), llega a la frontera y entrega a la Aduana los documentos (papeles), la aduana digita el DUA y si el semáforo salió rojo, significa que deben revisarse físicamente los chayotes por parte de la Aduana y en presencia del exportador. Ahora, revisará la carga de chayotes, si el representante legal se encuentra en la zona de Orosi, Cartago, ya que de acuerdo con la Ley debería desplazarse hasta el puesto fronterizo, para tratar de resolver el caso, mientras tanto el transportista está varado y el costo del flete va en aumento, sumándose los gastos del vehículo en que deberá viajar el representante de la compañía exportadora, así como su tiempo. En cambio, si la misma exportadora hubiese tenido a una Agencia de Aduana, ésta hubiese resuelto los problemas y el señor seguiría tranquilo en Orosi de Cartago recogiendo más chayotes. No entiendo cuál es el problema de PROCOMER con los Agentes de Aduana, ya que esa entidad sólo debe tramitar los permisos o notas técnicas que se requieren para importador o exportar mercancías, ya que los demás trámites se llevan a cabo al amparo de la legislación aduanera comunitaria y nacional, donde PROCOMER no puede intervenir. También es oportuno recordar que PROCOMER se financia, entre otras, porque recauda por cada Declaración Aduanera que procesa la Aduana, la suma de tres dólares ($3) sea de importación o exportación, sin comprometerse a ningún tipo de responsabilidad. Será que ahora pretende asumir también todos los trámites aduaneros y cobrar por ellos? En el Periódico La República del día 19 de julio de 2013, me publicaron un artículo con el título: Ninguna “ventanilla única” sustituye a la aduana. En ese artículo señalé lo siguiente: 1) De conformidad con el Derecho Comunitario Centroamericano y la Ley de Aduana Nacional, solamente las Aduanas son los Órganos competentes, para realizar los trámites aduaneros de importación y exportación. 3 2) En el caso de que un exportador dentro de lo establecido en las leyes, haga una Declaración Única Aduanera (DUA) de exportación, asume directamente todas las responsabilidades, tanto administrativas, tributarias, fiscales o penales. 3) En caso de que un exportador proceda a hacer y tramitar un DUA de exportación, y en la Aduana de salida se le asigne semáforo rojo, deberá hacerse presente para aclarar cualquier duda que tuviere la autoridad aduanera. 4) En caso de que un exportador proceda a hacer y tramitar un DUA de exportación, y ya sea la Policía fiscal o la Policía antidrogas, encuentren más productos de los declarados o mercancías que no son parte de la naturaleza que se manifestaron, deberá dar las explicaciones correspondientes a las autoridades competentes. Hoy después de leer los comentarios que se han hecho sobre el VUCE 2.0 no es más que: LA FALSA PROMESA DE LA VENTANILLA DIGITAL.