aprobacion y difusion del presupuesto institucional de apertura

Transcripción

aprobacion y difusion del presupuesto institucional de apertura
CODIGO: OPP-PRES-002-05
VERSION: PRIMERA
AREA:
OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO
AREA DE PRESUPUESTO
TITULO:
APROBACION Y DIFUSION DEL PRESUPUESTO
INSTITUCIONAL DE APERTURA - PIA
RUBRO
Formulado por:
NOMBRE
FIRMA
Equipo de Elaboración del Manual
de Procedimientos (MAPRO) - OPP
Aprobado por:
Oficina
de
Planificación
y
Planificación
y
Presupuesto
VºBº por:
Oficina
de
Presupuesto
FECHA
INDECI
PROCEDIMIENTO:
Sede Central
1.
APROBACION Y DIFUSION DEL PRESUPUESTO
INSTITUCIONAL DE APERTURA
COD: OPP-PRES-002-05
FECHA: 28/09/2006
PAG
2/10
OBJETIVO
Establecer lineamientos y mecanismos que coadyuven a la aprobación del
Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego INDECI, así como su difusión
a todas las Unidades Orgánicas de la institución.
2.
ALCANCE
Este procedimiento es de aplicación en la OPP, responsable de la aprobación y
difusión del Presupuesto Institucional de Apertura para las Unidades Orgánicas y
Organos Desconcentrados del INDECI.
Describe las actividades desde la remisión del Reporte Oficial por parte de la
Dirección Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economía y Finanzas
al INDECI, hasta la difusión del Presupuesto Institucional de Apertura aprobado, a
todas las Unidades Orgánicas y Organos Desconcentrados del INDECI, así como a
los Organismos señalados por Ley.
3.
BASE LEGAL
3.1. Decreto Ley Nº 19338, Ley del Sistema de Defensa Civil, y sus normas
modificatorias Decretos Legislativos Nos. 442, 735 y 905, Ley Nº 25414 y el
Decreto de Urgencia Nº 049-2000.
3.2. Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, que aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones del INDECI y su modificatoria aprobada por
Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM que deroga la 3ra. disposición de dicho
reglamento.
3.3. Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, del
06DIC04.
3.4. Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público,
del 26NOV03.
3.5. Resolución Directoral N° 055-2004-EF/76.01, que aprueba la Directiva
N° 001-2005-EF/76.01, para la Aprobación del Presupuesto Institucional de
Apertura de los Pliegos del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno
Local para el Año Fiscal 2005”.
3.6. Ley Nº 28427 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2005, del 20DIC04.
3.7. Resolución Jefatural N°188-2003-INDECI, que aprueba el Plan Estratégico
Institucional (PEI) del INDECI para el período 2004-2006, del 30JUN03.
4.
REQUISITOS DEL PROCESO
4.1. Directiva emitida por la Dirección Nacional del Presupuesto Público del
Ministerio de Economía y Finanzas, para la Aprobación del Presupuesto
Institucional de Apertura para el Año Fiscal correspondiente.
4.2. Reporte Analítico del Presupuesto Institucional de Apertura remitido por la
Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y
Finanzas.
INDECI
Sede Central
5.
PROCEDIMIENTO:
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COD: OPP-PRES-002-05
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RESPONSABLES DEL PROCESO
Oficina de Planificación y Presupuesto.
6.
CONSIDERACIONES
6.1. La Dirección Nacional del Presupuesto Público remite al INDECI, antes del
inicio del año fiscal, el Reporte Analítico del Presupuesto Institucional de
Apertura, que contiene el desagregado del Presupuesto de Ingresos a nivel
de Pliego y el de Egresos por Unidad Ejecutora, Función, Programa,
Subprograma, Actividad, Proyecto, Categoría del Gasto, Grupo Genérico de
Gastos y Fuentes de Financiamiento. Asimismo, el Reporte Oficial incluye el
detalle de la Estructura Funcional Programática de Apertura del año fiscal. El
Reporte Oficial constituye el documento técnico que expresa el resultado final
de los trabajos de las Fases de Programación y Formulación de los
Presupuestos Institucionales de Apertura.
6.2. El Titular del Pliego, antes del inicio del año fiscal, aprueba el Presupuesto
Institucional de Apertura mediante la Resolución Jefatural correspondiente. A
dicha Resolución, debe adjuntarse el Reporte Oficial remitido por la Dirección
Nacional del Presupuesto Público, el que debe ser suscrito por el Jefe de la
Oficina de Planificación y Presupuesto, y que finalmente será distribuido a las
Unidades Orgánicas y Organos Desconcentrados del INDECI para su
conocimiento y consideración en su toma de decisiones.
6.3. La Oficina de Planificación y Presupuesto, tiene como plazo máximo, el quinto
día hábil después de haber sido aprobada la Resolución Jefatural y del
Reporte Oficial que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura, para
remitir una copia de éstas a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de
la República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la
República y a la Dirección Nacional de Presupuesto Publico.
6.4. En este documento se entenderá como “Comisión de Presupuesto” cuando se
refiera a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del
Congreso de la República. También se entenderá como Reporte Oficial
cuando se refiera al Reporte Analítico del Presupuesto Institucional de
Apertura aprobado por la DNPP.
7.
SIGLAS
7.1. CGR: Contraloría General de la República.
7.2. CR: Congreso de la República.
7.3. CPCGR: Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del
Congreso de la República
7.4. DDRR: Direcciones Regionales de Defensa Civil.
7.5. DNPP: Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de
Economía y Finanzas.
7.6. DRDC: Dirección Regional de Defensa Civil.
7.7. INDECI: Instituto Nacional de Defensa Civil.
7.8. MEF: Ministerio de Economía y Finanzas.
7.9. OAJ: Oficina de Asesoría Jurídica.
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7.10. OD: Organo Desconcentrado.
7.11. OPP: Oficina de Planificación y Presupuesto.
7.12. PIA: Presupuesto Institucional de Apertura.
7.13. RJ: Resolución Jefatural.
7.14. SGII: Secretaría General e Imagen Institucional.
7.15. UO: Unidad Orgánica.
8.
GLOSARIO DE TERMINOS
8.1. Año Fiscal: Es el período en el cual se produce la Ejecución Presupuestaria
de los Ingresos y Egresos. Corresponde al año calendario, y se inicia el 01 de
enero y culmina el 31 de diciembre.
8.2. Asignación Presupuestaria: Son los Recursos Públicos contenidos en la
Ley Anual de Presupuesto, aprobados para una determinada Entidad del
Sector Publico. Dichos recursos deben permitir lograr los Objetivos
Institucionales del Pliego debiendo consignarse necesariamente en el
Presupuesto Institucional como condición necesaria para su utilización por
parte de la Entidad.
8.3. Estructura Funcional Programática: La Estructura Funcional Programática
muestra las grandes líneas de acción que el Pliego desenvolverá durante el
ejercicio presupuestario a fin de lograr los Objetivos Institucionales
propuestos, a través del cumplimiento de las Metas contempladas en el
Presupuesto Institucional.
La Estructura Funcional Programática se compone de las Categorías
Presupuestarias seleccionadas técnicamente por los Pliegos, las cuales no
deben ser numerosas, de manera que permitan visualizar los propósitos a
lograr durante el ejercicio así como una eficaz y eficiente administración de
los Recursos Públicos de los Pliegos.
8.4. Meta Presupuestaria: Es la expresión concreta, cuantificable y medible que
caracteriza el(los) producto(s) final(es) de las Actividades y Proyectos
establecidos para el Año Fiscal.
Se compone de tres (3) elementos, a saber:
(i) Finalidad (Precisión del objeto de la meta).
(ii) Unidad de Medida (magnitud a utilizar para su medición).
(iii) Cantidad (el número de Unidades de Medida que se espera alcanzar).
La Meta Presupuestaria -dependiendo del objeto de análisis- puede mostrar
las siguientes variantes:
a.
Meta Presupuestaria de Apertura: Es la Meta Presupuestaria
considerada en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA).
b.
Meta Presupuestaria Modificada: Es la Meta Presupuestaria cuya
determinación es considerada durante un Año Fiscal. Se incluye -en
este concepto- a las Metas Presupuestarias de Apertura y las nuevas
metas que se adicionen durante el Año Fiscal.
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Meta Presupuestaria Obtenida: Es el estado situacional de la Meta
Presupuestaria a un momento dada. Como resultado de la aplicación de
los Indicadores Presupuestarios, la Meta Presupuestaria Obtenida se
califica como Meta Cumplida o Meta Ejecutada, de acuerdo a las
siguientes definiciones:
ƒ
Meta Presupuestaria Cumplida: Es la Meta Presupuestaria cuyo
número de Unidades de Medida que se esperaba alcanzar
(Cantidad), se ha cumplido en su totalidad.
ƒ
Meta Presupuestaria Ejecutada: Es la Meta Presupuestaria cuyo
número de Unidades de Medida que se esperaba alcanzar
(Cantidad), no se ha cumplido en su totalidad.
8.5. Organización de los Gastos Públicos: se clasifican de conformidad con el
Clasificador de los Gastos Públicos en:
a.
Categoría de Gastos.- Comprende los Gastos Corrientes, Gastos de
Capital y el Servicio de la Deuda.
b.
Grupo Genérico de Gastos.- Agrupa los gastos según su objeto, de
acuerdo a determinadas características comunes.
c.
Modalidad de Aplicación.- Determina si la operación de Gastos implica
o no una contraprestación para el Pliego.
d.
Especifica de Gastos.- Responde al desagregado del objeto del gasto
y se determina según el Clasificador de los Gastos Públicos.
8.6. Pliego Presupuestario: Son las entidades del Sector Público a las que se le
ha aprobado una Asignación Presupuestaria en la Ley Anual de Presupuesto.
Desde el punto de vista operativo, los Pliegos Presupuestarios son los
organismos ejecutores responsables del cumplimiento de las Metas
Presupuestarias y del logro de los Objetivos Institucionales trazados para
cada Año Fiscal, responsabilizándose -igualmente- de la atención de los
gastos adicionales no contemplados en el PIA que se presenten durante la
Fase de Ejecución Presupuestal, de acuerdo a su disponibilidad
presupuestaria y financiera existente.
8.7. Presupuesto Institucional: Es la previsión de Ingresos y Gastos,
debidamente equilibrada, que las entidades aprueban para un ejercicio
determinado.
El Presupuesto Institucional debe permitir el cumplimiento de los Objetivos
Institucionales y Metas Presupuestarias trazados para el Año Fiscal, los
cuales se contemplan en las actividades y proyectos definidas en la
Estructura Funcional Programática.
Los niveles de gasto considerados en el Presupuesto Institucional constituyen
la autorización máxima de egresos cuya ejecución se sujeta a la efectiva
captación, recaudación y obtención de los recursos que administran las
Entidades.
8.8. Presupuesto Institucional de Apertura (PIA): Es el Presupuesto Inicial
aprobado por el Titular del Pliego de acuerdo a los montos establecidos para
la Entidad por la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público.
8.9. Reporte Oficial: Es el documento técnico que expresa el resultado final de
los trabajos de las fases de Programación y Formulación de los Presupuestos
Institucionales.
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8.10. Titular del Pliego: Es la más alta autoridad ejecutiva de una Entidad. Es el
responsable del cumplimiento de las Metas Presupuestarias determinadas
para un Año Fiscal, en función de los Objetivos Institucionales definidos para
el mismo período.
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9. DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
UNIDAD
ORGANICA
RESPONSABLE
DESCRIPCION DE ACTIVIDADES
Jefe
Viene del proceso de “Programación y Formulación
del Presupuesto Institucional”, el que concluye con la
sustentación del Presupuesto Institucional del
INDECI ante la DNPP del MEF.
MEF
DNPP
1. Prepara y remite al INDECI el Reporte Oficial,
que contiene el desagregado del presupuesto de
ingresos y egresos a nivel del Pliego según
cuadro de plazos establecido en la Directiva para
la Aprobación del Presupuesto Institucional de
Apertura para el Año Fiscal vigente.
SGII
Secretaría
General
Se inicia el proceso de “Administración del Proceso
de Trámite Documentario”, el que concluye con la
recepción del Reporte Oficial por parte de la OPP.
Secretaria
2. Recibe, registra y eleva documentos al Jefe.
OPP
OPP
Jefe
3. Revisa documentos, asigna al Especialista en
Presupuesto la atención del documento y le
solicita elaborar el proyecto de Resolución
Jefatural para aprobar el PIA.
Especialista en
Presupuesto
4. Elabora memorándum dirigido a la OAJ y remite
proyecto de Resolución Jefatural solicitando
aprobación del Presupuesto Institucional de
Apertura. Presenta al Jefe.
Jefe
5. Revisa documentos, y de encontrarlos conforme
firma el memorándum y autoriza envío.
Secretaria
OAJ
6. Registra y entrega documentos para la OAJ.
Jefe
Se inicia el proceso de “Tramite de Resoluciones”, el
que concluye con la emisión de la Resolución
Jefatural que aprueba el PIA (se adjunta el Reporte
Oficial) a la OPP.
Secretaria
7. Recibe y registra el ingreso de la Resolución
Jefatural que aprueba el PIA. Eleva al Jefe y
pone de conocimiento al Especialista en
Presupuesto.
Jefe / Especialista 8. Toman conocimiento de la Resolución Jefatural
en Presupuesto
que aprueba el PIA.
OPP
Especialista en
Presupuesto
9. Elabora oficios dirigido a la CGR, a la DNPP del
MEF y a la CPCGR del Congreso de la
República, adjunta Resolución Jefatural y
Reporte Oficial. Presenta al Jefe.
Jefe
10. Revisa documentos y, de encontrarlos conforme
visa los oficios y autoriza a la Secretaria elevarlos
para la firma del Jefe del INDECI.
Secretaria
11. Registra documentos y eleva a la Jefatura.
INDECI
PROCEDIMIENTO:
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JEFATURA
MEF / CR /
CGR
OPP
SGII
UO / OD
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Se inicia el proceso de “Trámite de Documentos en la
Jefatura”, el que concluye con la recepción de los
oficios, firmados por el Jefe del INDECI, en la
Jefe del INDECI
Comisión de Presupuesto, la CGR y en la DNPP del
MEF, y con la copia del Reporte Oficial, debidamente
visado.
DNPP /
12. Reciben copias de la Resolución Jefatural que
CPCGR /
aprueba el PIA del INDECI, y el Reporte Oficial
Responsable
debidamente visado. Toman conocimiento.
Difusión del Presupuesto Institucional de Apertura
13. Solicita a la Secretaria elaborar memorándum
múltiple para la distribución del PIA a todas las
Jefe
Unidades
Orgánicas
y
Organos
Desconcentrados.
14. Elabora el memorándum múltiple de acuerdo a
instrucciones recibidas.
15. Prepara y adjunta copias de la Resolución
Secretaria
Jefatural, que aprueba el PIA, y el Reporte
Oficial. Presenta al Jefe
16. Revisa documentos, y de encontrarlos conforme,
firma memorándum múltiple y autoriza su envío a
Jefe
las
Unidades
Orgánicas
y
Organos
Desconcentrados del INDECI. Deriva a la
Secretaria.
17. Envía documentos y registra la salida.
No es para una DRDC
Ir a la actividad 18.
Secretaria
Es para una DRDC
Ir al proceso de “Administración del Proceso de
Trámite Documentario”.
Se inicia el proceso de “Administración del Proceso
Secretaria
de Trámite Documentario”, el que concluye con la
General
recepción de los documentos en las DDRR. Continúa
en la actividad 18.
18. Reciben documentos y toman conocimiento del
Director / Jefe
Presupuesto Institucional de Apertura. Fin del
Proceso.
10. DIAGRAMA DE FLUJO
APROBACION Y DIFUSION DEL
PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA - PIA
MEF / CR /
CGR
DNPP / CPCGR /
Responsable
INDECI
OPP
JEFATURA /
SGII / OAJ
UO / OD
Secretaria
Jefe
Especialista
en Presupuesto
Inicio
Programación y
Formulación del
Presupuesto
Institucional
1
Prepara y remite
Reporte Oficial
Administración del
Proceso de Trámite
Documentario
2
Recibe, registra y eleva
documentos
3
Revisa documentos y asigna
responsable solicitándole
elaborar el proyecto de RJ
para el PIA
Trámite de
Resoluciones
6
Registra y entrega
documentos a la OAJ
5
Revisa documentos y firma
memorándum
4
Elabora memorándum y
proyecto de RJ para el
PIA y presenta
7
Recibe, registra y eleva
RJ que aprueba el PIA
11
Envía documentos
y registra salida
12
Reciben RJ y Reporte
Oficial visado, y toman
conocimiento
8
Toma conocimiento de la
RJ que aprueba el PIA
8
Toma conocimiento de la
RJ que aprueba el PIA
10
Revisa y deriva
documentos para su envío
9
Elabora oficios, adjunta
RJ y presenta
Trámite de
Documentos en
la Jefatura
Difusión del Presupuesto
Institucional de Apertura
14
Elabora memorándum
múltiple
13
Solicita e instruye elaboración
de memorándum múltiple
15
Prepara memorándum
múltiple y adjunta copia
de RJ y Reporte Oficial
Reporte
oficial
RJ
aprobada
16
Revisa, firma memorándum
múltiple y deriva
17
Registra y envía
documentos
Si
Administración del
Proceso de Trámite
Documentario
Es
para una
DRDC
?
No
18
Reciben documentos
y toman conocimiento
del PIA
Fin

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