CONSULTA INICIAL O PREVIA ATRACADEROS La
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CONSULTA INICIAL O PREVIA ATRACADEROS La
CONSULTA INICIAL O PREVIA ATRACADEROS La consulta previa, es de carácter optativo y tiene como propósito fundamental, que la CIMAT oriente al interesado sobre los estudios físico-ambientales, que deberá aportar al momento de su solicitud formal de aprobación de anteproyecto. No crea ningún derecho, ni se constituye en un permiso o autorización. Para el trámite de consulta previa, se presentará lo siguiente: 1) Solicitud formal dirigida a la CIMAT, suscrita por el interesado quien en caso de ser persona jurídica debe demostrar su representación, indicando además un lugar o medio donde recibir notificaciones (Art. 20 Reglamento). 2) Descripción del proyecto, haciendo referencia al tipo de embarcaciones, cantidad, destinos, actividades y servicios a prestar (Art. 20 Reglamento). 3) Ubicación del proyecto en copia de hoja cartográfica del Instituto Geográfico Nacional a escala 1:50000 (Art. 20 Reglamento). 4) Plano preliminar de conjunto a escala adecuada no mayor a 1:2000, elaborado por un profesional competente en la materia e incorporado al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos (Art. 20 Reglamento). 5) Cualquier otra información o documentos, que el gestionante estime convenientes y que permitan a la CIMAT una mejor comprensión del proyecto, sin que por ello se elimine alguno de los requisitos solicitados con anterioridad. NOTA: Para resolver este trámite, la CIMAT tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la recepción de la documentación (Art. 20 Reglamento).