Año 1997(2072-2121) - Departamento de Hidraulica

Transcripción

Año 1997(2072-2121) - Departamento de Hidraulica
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN -
A C T A N° 2072
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a seis
días del mes de enero del año mil novecientos noventa y siete, se reunen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer,
Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata
Lloveras, ausente con aviso el señor Juan Pedrozo, bajo la presidencia del señor Director General
Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva,
Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez,
siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) DESIGNACION DE VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO.
A fin de dar cumplimiento con lo prescripto en el artículo 16º de la Ley 886, se designa al
Consejero Regante representante de la Primera Zona, señor Francisco Ferrer, para ejercer la
Vicepresidencia del Consejo durante el año 1997.
2°) COMISIONES DE TRABAJO
Entre los miembros integrantes de este Consejo, se conforman las siguientes Comisiones:
Comisión de Concesiones y Tomas:
Señor Juan Pedrozo
Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos
Ing. Agr. Marcos Baltazar A. Zapata Lloveras
Comisión de Hacienda:
Sr. Florencio Riveros
Ing. Agr. Marcos Baltazar A. Zapata Lloveras
Sr. Francisco Ferrer
Comisión de Asuntos Generales:
Sr. Francisco Ferrer
Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos
Sr. Juan Pedrozo
3º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2071.
4º) ELECCIONES PARA DESIGNAR JUNTA DEPARTAMENTAL.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que el día 27 de diciembre de 1996 se llevó a cabo el acto eleccionario convocado
mediante Acta Nº2068, para elegir miembros titulares y suplentes de la Junta de Riego del
departamento San Martín, que se desempeñarán durante el periodo 1996-1998.
Que dicho acto se ha realizado con toda normalidad sin haberse registrado objeción alguna.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar las elecciones realizadas el día 27 de diciembre de 1996 para designar
Miembros Titulares y Suplentes que integrarán la Junta de Riego del departamento San Martín.
ARTICULO 2°. Proclámase Miembros Titulares y Suplentes de dicho Organismo a las
personas que se especifican a continuación:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
2
- SAN JUAN –
SECCION ELECTORAL N°1
TITULAR
SUPLENTE
ROBERTO CALDERON
BALTAZAR FERNANDEZ
SECCION ELECTORAL N°2
DOMINGO PENIZZOTTO
LUIS BARBERO
SECCION ELECTORAL N°3
ERNESTO LUND
JOSE BORBORE
ARTICULO 3°. Convócase a todas las personas electas como miembros titulares y suplentes
para que el día viernes 17 de enero de 1997, a la hora diez (10), concurran al local de la
Delegación Departamental, para dejar constituida la Junta y designar sus autoridades.
ARTICULO 4°. Comuníquese a quienes corresponda y tómese debida nota.
5°) Expediente N° F12 1035-I-96, IRRIGACION, e/actuaciones del Municipio departamento
Iglesia solicitando condonación de deuda y certificado (Libre Deuda) de la Cuenta Nº 1941.
En sesión del día de la fecha este Cuerpo toma conocimiento de la resolución de Dirección
General ad-referendum del Consejo Nº 690/96, por la cual se condona la deuda que registren
hasta el 18 de octubre de 1995 los inmuebles inscriptos bajo las Cuentas 1941 y 1948 a nombre
del Gobierno de la Provincia.
6º) Expediente Nº 519 0013-D-97, DIRECCION GENERAL, e/notas enviadas por las Juntas de
Riego.
VISTO:
El expediente Nº 519 0013-D-97, y;
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo indicado por el artículo 82º del Código de Aguas se solicitó a las Juntas
de Riego del Valle de Tulum emitan opinión respecto a la posibilidad de efectuar concesiones
para uso recreativo en el perilago del Dique de Ullum, denominado Zona AT1.
Que de las respuestas recibidas de las Juntas de Riego, diez dicen que puede accederse a
las peticiones y cuatro que no debería darse curso a las concesiones basándose especialmente
en la Emergencia Hídrica.
Que es necesario que los futuros concesionarios se ajusten a las disposiciones vigentes,
tanto para las concesiones como respetar lo especificado en la Ley 5824 y su reglamentación,
Decreto Nº 0638-OSP-89.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
3
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Autorizar a proseguir con los trámites de pedidos de concesiones de agua para
uso recreativo en el Perilago del Dique de Ullum, denominado Zona AT1, dando por cumplido
lo indicado en el artículo 82º de la Ley 4392/78.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota.
7°) Expediente N° F12 2658-D-96, DIVISION ECOLOGIA AGRICOLA, e/información.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que División Ecología Agrícola eleva información
respecto a las dotaciones de agua para riego de arbolado público que se están entregando a la
Municipalidad de la Capital, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario regularizar la situación de entrega de las dotaciones correspondientes
indicadas por Ecología Agrícola.
Que a la Municipalidad de la Capital se la debe encuadrar como concesionario, en un todo
de acuerdo a lo dispuesto por el Código de Aguas, Ley 4392/78.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Empadronar a nombre de la Municipalidad de la Capital en Uso de
Abastecimiento de Poblaciones, Riego del Arbolado Público, las concesiones que se detallan a
continuación:
Compuerta sobre canal Benavidez
150Ha.
Canal General Concepción
30Ha.
Ramo Coll
50Ha.
Ramo Quinta
60Ha.
Ramo Molinos
40Ha.
Toma Ausonia
80Ha.
Cola del Valdivia
40Ha.
Ramo Fretes
3Ha.
TOTAL
453Ha.
ARTICULO 2°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas procederá a empadronar
de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTICULO 3°. Departamento Recaudación-División Rentas y Valores confeccionará las
boletas respectivas en forma similar a lo dispuesto para Uso Agrícola.
ARTICULO 4°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas, Departamento Recaudación y Departamento Irrigación.
8°) Expediente N° F12 2389-C-96, CONSTRUIR S.A., s/ permiso para extracción de agua del
Canal Valdivia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la empresa Construir S.A. solicita autorización para
extraer, a través de una bomba, agua del Canal Valdivia en un volumen de treinta mil (30.000)
litros por día, con destino a riego de calles proyectadas que estén en ejecución, hasta el mes de
diciembre del corriente año, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
4
- SAN JUAN –
Que por Acta Nº2036, punto 13º) se otorgó a la citada empresa un permiso similar para
extracción de agua del canal Valdivia donde la Junta de Riego dio opinión favorable.
Que Secretaría Técnica sugiere que la extracción para el presente año se realice desde el
canal Céspedes, teniendo en cuenta el mayor volumen de agua disponible, sin que se afecte
senciblemente las condiciones aguas abajo.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Otorgar a la empresa Construir S.A. permiso de uso precario por el término de
12 (doce) meses (hasta el mes de diciembre de 1997) para extraer a través de una bomba agua
del Canal Céspedes en su intersección con Avenida Ignacio de la Roza, un volumen diario de
treinta mil (30.000) litros total, en horario de mañana y/o tarde.
ARTICULO 2°. La continuidad o no de la entrega especificada en el artículo anterior estará
sujeta al sistema de riego usado en el Canal Céspedes.
ARTICULO 3°. Departamento Irrigación deberá encargarse de determinar los aspectos técnicos
de exigencia que debe cumplir la empresa peticionante a los efectos de concretar la entrega en
forma coordinada.
ARTICULO 4°. Departamento Recaudación - División Rentas y Valores - confeccionará las
boletas con los valores correspondientes de acuerdo a lo dispuesto en Acta N° 2034/96 punto
9°).
ARTICULO 5°. Lo autorizado precedentemente queda supeditado a que la Empresa Construir
S.A. haga efectivo el pago total del año 1997 en forma anticipada.
ARTICULO 6º. Notifíquese. Tómese debida nota. Cumplido archívese.
9º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 811, 817, 818, 820, 821, 822, 823, 824, 825, 826, 827, 828, 829, 830,
831, 832, 833, 834, 835, 836, 837, 838, 839, 840, 841, 842, 843, 844, 845, 846, 847, 848, 849,
850, 851, 852, 853, 854, 855, 856, 857, 858, 859, 860, 861, 862, 863, 864, 865, 866, 870, 871,
872, 873 y 874-DH-96, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 811-DH-96: por la que se encomienda interinamente a partir del 02 de enero de 1997, la
función de Inspector Técnico del departamento Pocito al agente Osvaldo Zussino, D.N.I.
16.865.252, en su estado actual de revista y hasta tanto el Licenciado Mario Gómez cumpla la
función de Inspector General de Riego y la función de Inspector Técnico en el departamento
Albardón al agente Enrique Gerardo Carrizo, L.E. 07.935.834, en su estado actual de revista y
hasta tanto dure la ausencia del agente Rafael Romero.
Nº 817-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Martín E. Tantén, por
la suma de $3.804,00 para la reparación de trépanos triconos comunes, para formación dura,
ripieros, de 17” y 12” de diámetro, con destino a los equipos perforadores que ejecutan tareas
en las baterías de pozos oficiales de la Repartición.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
5
- SAN JUAN –
Nº 818-DH-96: por la que se autoriza el pago a los señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José
M. Castro, propietarios de camiones contratados que ejecutan tareas en los departamentos
Iglesia, Calingasta y Jáchal, por la suma total de $5.485,99.
Nº 820-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan A. Marrelli, por
la suma total de $429,00 por trabajos de limpieza y desembanque del ramo Siete, departamento
Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de
Servicios Hídricos.
Nº 821-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mateo Mestre Molina,
por la suma total de $117,00 por trabajos de limpieza y desembanque de sifón, ramo Ocho,
departamento Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 822-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Pedro Adrover, por la
suma total de $1.034,69 para la construcción de roscado de caños, cortes, soldaduras,
construcción de cuplas y provisión de metros de caños con destino a perforaciones que ejecuta
la Repartición para agua potable en la localidad de Bella Vista.
Nº 823-DH-96: por la que se rechaza las propuestas de las firmas Italo Letizia, José Leticia y
Diaz Electrificaciones, respectivamente, por considerar excesivo los precios de las cotizaciones
efectuadas en Cotejo de Precios Directo Nº 61/96 y se autoriza la contratación directa a favor
de la firma Simeb, por la suma total de $5.042,00 para la reparación de cuatro motores
eléctricos a eje huevo vertical de 60 y 70 C.V.
Nº 824-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mario Zini y Cia.
S.A., por la suma total de $2.687,00 para la reparación de los equipos transceptores que
componen la red de comunicaciones de la Repartición.
Nº 825-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Lino Eduardo Luna
e Integral Distribuciones, por la suma total de $68.750,00 por la entrega de cinco mil bolsas de
cemento cada una, con destino al Departamento Construcciones.
Nº 826-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Héctor Aldo
Rocchetti, por la suma total de $8.800,00 para la reparación completa incluido mano de obra
especializada y repuestos de dos motores Perkins 3 cilindros, que deberán ser instalados en
motobombas de la Repartición.
Nº 827-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Savino Pugliese
S.R.L., por la suma total de $26.760,00 por la provisión y colocación de dos motores Perkins
nuevos modelos 4-PA-203-O-IM vehicular para aplicación a Pick Up Dodge con cajas de
velocidades nuevas marca Clark modelo 2515, puestas en camionetas Dodge, patentes J030604
y M182809 de la Repartición.
Nº 828-DH-96: por la que se rechazan las propuestas formuladas por las firmas GMD
Distribuciones, Savino Pugliese y Elásticos Persia S.R.L., respectivamente, por considerar
excesivo los precios cotizados en el Cotejo de Precios Nº111/96 y se autoriza a realizar la
contratación directa que establece la Ley 6.737.
Nº 829-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma G.M.D.
Distribuciones, por la suma total de $9.500,00 para la reparación completa, incluido mano de
obra especializada y repuestos, de un motor Perkins 4 cilindros, con destino a la puesta en
servicio de la camioneta Gladiator doble cabina, patente J023992 de la Repartición.
Nº 830-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Savino Pugliese
S.R.L., por la suma total de $10.695,00 para la reparación completa incluido mano de obra
especializada y repuestos de un motor Perkins 6 cilindros, con destino a la puesta en servicio
del camión marca Ford 7000 modelo 79, patente J051126 de la Repartición.
Nº 831-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Savino Pugliese
S.R.L., por la suma total de $10.200,00 para la reparación completa incluido mano de obra
especializada y repuestos de un motor Perkins 6 cilindros, con destino a la puesta en servicio
del camión marca Ford 7000 modelo 79, patente J051131 de la Repartición.
Nº 832-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Elásticos Persia
S.R.L., por la suma total de $49.990,00 por la provisión, adaptación y colocación de tres
motores Perkins nuevos modelos Prima 4-20- vehicular puestos en rurales Falcon, patentes
J016978, J046826 y M182658 de la Repartición.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
6
- SAN JUAN –
Nº 833-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Lar Chilecito S.A., por
la suma total de $8.806,00 para la provisión de 1.400 bolsas de cemento portland, envase papel,
normal, de 50 Kg. c/u, con destino al Departamento Irrigación, para la ejecución de trabajos en
la Tercera Zona.
Nº 834-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas: Cáceres Hnos.; Luis
Fernández Tornello y Cia. S. A.; G. M. D. Distribuciones y Alberto y Alfredo Lage,
respectivamente, por la suma total de $2.412,41 para la adquisición de filtros varios con destino
al mantenimiento y conservación de camionetas, camiones, movilidades y equipos viales de la
Repartición.
Nº 835-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Martín Esteban
Tanten y Guarneri S.A., por la suma total de $609,00 para la adquisición de candados de bronce
de 40 mm y barras de hierro ángulo de 38x1x6,3x6 m., con destino a la construcción de cercos
perimetrales en las baterías de pozos oficiales de la Repartición.
Nº 836-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Martín Esteban
Tanten, por la suma total de $1.466,50 para la adquisición de pistones de goma y tela doble
acción, guarniciones de goma de 54x36x9 mm. y guarniciones de goma para tapas de válvulas,
con destino a la puesta en servicio de la máquina perforadora rotativa Nº3 de la Repartición.
Nº 837-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Metalúrgica del Valle,
por la suma total de $3.760,00 para la provisión de camisas de acero cromo níquel y vástagos
de acero cromo níquel, con destino a la puesta en servicio de la máquina perforadora rotativa
Nº3 de la Repartición.
Nº 838-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma “Los Carlos S.R.L.”,
por la suma total de $360,00 por trabajos de limpieza y desembanque en el Desagüe General
Quinto Cuartel - departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y
Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 839-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de Constantino Espejo, por la
suma total de $1.980,00 por trabajos de monda en el canal Malimán, departamento Iglesia,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
Nº 840-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de Win Win S.A. y Bernut S.A.,
por la suma total de $6.875,00 por trabajos de monda en el canal Tamberías, departamento
Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de
Servicios Hídricos.
Nº 841-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Cordillera Nevada
S.A., por la suma total de $2.365,00 por trabajos de monda en el canal Rigoberto Pizarro,
departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 842-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Platario S.A.C.I.F.,
por la suma total de $1.785,00 por trabajos de monda en el Primer Derivado del canal San
Guillermo, Barreal, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de
Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 843-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Gonzalez Fernandez,
Carmen D. de, por la suma total de $815,00 por trabajos de monda en el ramo Nº2 del canal
Justo Moya, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y
Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 844-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Víctor Hugo Malaisi
y Petrocuyo S.R.L., por la suma total de $5.313,27 por la adquisición de tambores de
lubricantes de distintas densidades y tipos con destino al mantenimiento y conservación de
movilidades, camionetas, camiones y equipos pesados de la Repartición.
Nº 845-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Simeb de Juan A.
Riveros, por la suma total de $12.250,00 para la reparación general (bobinados), incluido mano
de obra especializada y repuestos de ocho motores eléctricos a eje hueco vertical de 380 V.
marcas Siemens Electromac de 60, 70 y 100 C.V., con destino a las baterías de pozos oficiales
de los departamentos San Martín, Zonda y Santa Lucía.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
7
- SAN JUAN –
Nº 846-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas López Hnos., San
Juan Diesel S.R.L. y G.M.D. Distribuciones, respectivamente, por la suma total de $2.089,70
para la adquisición de repuestos con destino a la reparación y puesta en servicio del camión
Mercedes Benz 1114 patente J020914 de la Repartición.
Nº 847-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Baterías Diaz e
Industrias Sisterna S.R.L., respectivamente, por la suma total de $854,50 para la adquisición de
baterías de distintos amperajes, con destino al mantenimiento y conservación de los equipos
perforadores de la Repartición.
Nº 848-DH-96: por la que se rechazan las propuestas formuladas por las firmas Motores
Balderramo S.A., Héctor Aldo Rocchetti y Pugliese Hnos. S.A., respectivamente, por
considerar excesivo los precios cotizados en el Cotejo de Precios Nº105/96 y se autoriza a
realizar la Contratación Directa que establece la Ley de Emergencia Hídrica 6.737 en vigencia.
Nº 849-DH-96: por la que se rechazan las propuestas formuladas por las firmas Motores
Balderramo S.A., Héctor Aldo Rocchetti y Pugliese Hnos. S.A., respectivamente, por
considerar excesivo los precios cotizados en el Cotejo de Precios Nº106/96 y se autoriza a
realizar la Contratación Directa que establece la Ley de Emergencia Hídrica 6.737 en vigencia.
Nº 850-DH-96: por la que se rechazan las propuestas formuladas por las firmas Motores
Balderramo S.A. y Héctor Aldo Rocchetti, respectivamente, por considerar excesivo los
precios cotizados en el Cotejo de Precios Nº103/96 y se autoriza a realizar la Contratación
Directa que establece la Ley de Emergencia Hídrica 6.737 en vigencia.
Nº 851-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Esteban Fernández,
por la suma total de $4.872,00 por trabajos de monda en el ramo Nº19 de calle 8, ramo Nº20 de
calle 9 derivados del canal Céspedes, desagüe de calle Vidart entre 8 y 9 y transporte de
personal obrero al canal Colonia Fiscal del departamento Pocito, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 852-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas San Juan
Informática S.R.L. y Falduti S.A., respectivamente, por la suma total de $17.924,20 para la
adquisición de equipos informáticos y calculadoras, con destino al Centro de Procesamiento y
Computación de Datos y el Departamento Contable de la Repartición.
Nº 853-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma “Agrícola Tamberías
S.A.”, por la suma total de $1.870,00 por trabajos de limpieza y desembanque en el Canal San
Guillermo - departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y
Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 854-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Antonio Pascual, por
la suma total de $240,00 por trabajos de limpieza y desembanque en el Ramo Apeceche Coria departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 855-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Don Walter S.R.L.,
por la suma total de $2.257,80 por la provisión de 318 bolsas de cemento portland con destino a
la impermeabilización del Ramo Ortega - Primera Sección - departamento 25 de Mayo, importe
que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 856-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Pedro Mestre, por la
suma total de $600,00 por trabajos de limpieza y desembanque en los Ramos 16º y 20º del
Canal Colonia Fiscal - departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de
Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 857-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Aymare S.A., por la
suma total de $3.792,00 por 79 horas de máquina retroexcavadora para la ejecución de trabajos
de limpieza y desembanque en los Drenes Sarmiento, Colón y Laprida - departamento San
Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
Nº 858-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Jose Gonzalez
Cabrera, por la suma total de $1.540,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de
trabajos de limpieza y desembanque en el Canal Roman - Localidad de Sorocayense departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
8
- SAN JUAN –
Nº 859-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan P. Enrique, por la
suma total de $2.250,00 por 30 jornales de camión para el transporte de personal obrero y
levantamiento de los productos de monda en los canales Trinidad y Desamparados y los ramos
Recabarren y Molino - departamento Rivadavia, importe que se acreditará a cuenta del pago de
Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 860-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma S.A. Manuel Marquez
Romero Ltda., por la suma total de $600,00 por 50 jornales de personal obrero para la
ejecución de trabajos de limpieza y desembanque del Canal Primero - departamento Caucete,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
Nº 861-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Remo Da Rold, por la
suma total de $2.625,00 por el transporte de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza y desembanque del Canal General 25 de Mayo y sus derivados, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 862-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Antonio Marrelli,
por la suma total de $480,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza y desembanque del Ramo Ocho - departamento Rawson, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 863-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Agros S.A.I.C.I., por
la suma total de $2.400,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza y desembanque en el Ramo Roca y Castro y en Ramo Del Bono - departamento
Rivadavia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de
Servicios Hídricos.
Nº 864-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Central Química
S.R.L., por la suma total de $4.599,00 para la adquisición de un equipo de aforo con destino a
División Hidrología de la Repartición.
Nº 865-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Héctor Aldo
Rocchetti, por la suma total de $20.000,00 para la reparación complete incluido mano de obra
especializada y repuestos de dos motores Perkins 6 cilindros, pertenecientes a los camiones
Ford 3.500, patentes J051133 y J051134 de la Repartición.
Nº 866-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Auto Park, por la
suma total de $3.928,00 para la adquisición de 32 ventiladores de techo y 2 extractores
trifásicos.
Nº 870-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Luisa de Baistrocchi,
por la suma total de $1.600,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza y desembanque en Canal General La Bebida y Canal Trinidad - departamento
Rivadavia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de
Servicios Hídricos.
Nº 871-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Victor Ronchietto, por
la suma total de $1.164,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza y desembanque del Canal Primero - departamento Caucete, importe que se acreditará
a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 872-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Roberto A. Montilla,
por la suma total de $360,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza y desembanque del Canal Primero - departamento Caucete, importe que se acreditará
a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 873-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Alberto Ricardo
Fernandez, por la suma total de $749,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de
trabajos de limpieza y desembanque en el sifón ubicado en calles Lemos y Superiora y por
levantamiento y transporte de productos de monda en el canal Medanito - departamento
Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de
Servicios Hídricos.
Nº 874-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Alberto Ramon
Escudero, por la suma total de $216,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
9
- SAN JUAN –
trabajos de limpieza y desembanque del Canal Primero - departamento Caucete, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
10°)Expediente N° F12 2711-C-96, CONSTRUCCIONES, s/renovación de contratos de camiones
año 1997.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones Jefatura del Departamento Construcciones solicita la
renovación de los contratos de alquiler de los camiones volcadores que prestan servicio en el
Valle de Tulum, Zonda, 25 de Mayo y en la Tercera Zona, por el término de doce meses a
partir del 01 de enero de 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que el 31 de diciembre de 1996 fenecieron los contratos suscriptos con los propietarios
de camiones adjudicados, según consta en resoluciones del Consejo contenidas en Actas Nº
2054 y Nº 2061/96 y que la cláusula 14º prevé la renovación del mismo por doce meses más,
con las mismas condiciones establecidas en el contrato.
Que los propietarios de los camiones contratados han prestado conformidad según consta
a fs. 2 vta. de estas actuaciones.
Que han tomado oportuna intervención Departamento Contable y Delegación Contable
Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar la prórroga de contratos de alquiler de camiones suscriptos con los
señores: Rodolfo Cordeje, José Mario Castro, Luis Cano, Eduardo Aguilera, Juan Héctor Nardi
y Salvador Victoria, conforme lo establece la cláusula l4º y cuyas fotocopias obran a fs. 4/15 de
estos actuados, por el término de doce meses a partir del 02 de enero y hasta el 31 de diciembre
de 1997.
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3º. Tómese debida nota, comuníquese y oportunamente archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y cuarenta, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
10
- SAN JUAN –
A C T A N° 2073
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a trece
días del mes de enero del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia de la Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía
E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2072.
2°) Expediente N° 519 0022-D-97, DIVISION RENTAS Y VALORES, s/se fije el canon de riego y
tasas retributivas de servicios correspondiente al primer período ejercicio 1997.
VISTO:
El expediente N° 519 0022-R-97, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario fijar el valor para la primera, segunda y tercera cuota anticipo hasta tanto
se cumpla con todos los requisitos requeridos para la fijación del canon de riego definitivo,
conforme a las atribuciones legales que establece la Ley N° 886, Código de Aguas Ley Nº
4392/78 y Código Tributario, Ley N° 3908.
Que el artículo 9º de la Ley Nº 6.748/96, establece un descuento del veinte por ciento
(20%) a aquellos contribuyentes que se encuentren al día en sus obligaciones y siempre que se
efectivice el pago en las fechas de los correspondientes vencimientos que se produzcan,
mientras dure la emergencia hídrica declarada por la Ley Nº 6.737.
Que por razones de orden práctico se decide adoptar el criterio aplicado por el Consejo en
Acta N° 767 punto 2°) Articulo 2°.
POR ELLO; en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Fíjase como valor para la primera, segunda y tercera cuotas anticipo del canon
de riego y tasas de servicios hídricos, por hectárea empadronada, los siguientes:
Primera y Segunda Zona:
Jáchal, Calingasta e Iglesia:
Valle Fértil:
$5,00
$3,00
$3,60
ARTICULO 2°: Fíjase como fechas de vencimiento para el cobro de la primera, segunda y
tercera cuota anticipo del canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos las siguientes:
Primera cuota anticipo:
1° vencimiento: 17 de Marzo de 1997
2° vencimiento: 31 de Marzo de 1997
Segunda cuota anticipo:
1° vencimiento: 15 de Mayo de 1997
2° vencimiento: 29 de Mayo de 1997
Tercera cuota anticipo:
1° vencimiento: 15 de Julio de 1997
2° vencimiento: 29 de Julio de 1997
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
11
- SAN JUAN –
ARTICULO 3º. Departamento Recaudación, División Rentas y Valores efectuará el 20% de
descuento a aquellos contribuyentes que se encuentren al día en sus obligaciones, en un todo de
acuerdo a lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 6.748.
ARTICULO 4°. A efectos del cumplimiento del Articulo 1°, los predios de mas de 5000m2 y
que no alcancen al 10.000m2 se considerarán como 1Ha. y los que no exceden de 5000m2
como 1/2Ha.
ARTICULO 5°. Del valor establecido, el canon de riego representa el 40% y el 60% restante
responde a tasas retributivas de servicios hídricos.
ARTICULO 6°. Elévese al Poder Ejecutivo la presente Resolución.
3º) Expediente 6566/4-C-95, CABRERA JORDAN, CARLOS, ref. expte. 6566/3-C-95. Agregados
expedientes 6566/3-C-78, 127.325-C-74, 6566/1-C-70, 7519-P-58, 3695-P-58, 2105-H-55,
19339-H-52, 2985-P-60, 6566-C-69 y F12 2533-C-96.
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales el señor Carlos Bernardo Cabrera
presenta Recurso de Reconsideración y Jerárquico en Subsidio contra el artículo 2º de la
resolución recaída en Acta Nº 2064, punto 9º de fecha 12 de noviembre de 1996, y;
CONSIDERANDO:
Que Asesoría Letrada en su dictamen N°018-DH-97 expresa: que el recurso de
reconsideración es interpuesto con fecha 13 de diciembre de 1996 excediendo el plazo
prescripto por el articulo 84 del Decreto Nº0655-G-73, reglamentario de la Ley Nº3784 y
conforme a lo establecido en el articulo Nº274 del Código de Aguas, el cual ratifica la cesación
de todas las concesiones de derechos de agua con carácter de accidentales que no se encuentren
en uso.
Que en las presentes actuaciones, está suficientemente acreditado en los informes
que corren agregados, que las concesiones de agua de carácter accidental del Arroyo Cochagual
y perteneciente al inmueble de referencia nunca estuvieron en uso.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le confiere la ley 886:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Rechazar por extemporáneo y de conformidad a lo dispuesto en el Articulo
Nº274 del Código de Aguas el recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Carlos
Bernardo Cabrera, de fecha 13/12/96, contra el Articulo 2º del Punto 9º) de la Resolución
contenida en Acta Nº2064/96.
ARTICULO 2°: Comuníquese. Tómese debida nota y elévese al Superior conforme lo
establece el Art. 94° del Decreto Acuerdo 0655-G-73, reglamentario de la Ley Nº3784.
4º) Expediente Nº 29298/46-M-96, MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA, s/dotación de agua de
regadío para arbolado publico Barrio Natania XVI.
VISTO:
Las manifestaciones efectuadas por la Municipalidad de Rivadavia, que corren agregadas a
Expediente Nº29298/46-M-96, y
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
12
- SAN JUAN –
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establece el articulo 257º de la Ley Nº 4392/78 el Departamento de
Hidráulica percibirá por única vez en cada caso, en el momento de ser otorgada, un derecho
especial de concesión que será determinado anualmente por esa Repartición al sancionar su
presupuesto.
POR ELLO, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 886:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Intimar a la Municipalidad de Rivadavia para que cumpla con los requisitos
que establece el Articulo 42º de la Ley Nº4392/78.
ARTICULO 2°. La Municipalidad de Rivadavia deberá abonar el derecho especial de
concesión que asciende a la suma de pesos dos mil trescientos ($2.300,00), conforme lo
establece el articulo 257º de la Ley Nº4392/78.
ARTICULO 3º. Notifíquese y tómese debida nota.
5º) Expediente Nº 29.298/45-M-96, MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA, s/dotación de agua de
regadío para arbolado público Barrio Wilkinson.
VISTO:
Las manifestaciones efectuadas por la Municipalidad de Rivadavia, que corren agregadas a
expediente Nº29298/45-M-96, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establece el articulo 257º de la Ley Nº 4392/78 el Departamento de
Hidráulica percibirá por única vez en cada caso, en el momento de ser otorgada, un derecho
especial de concesión que será determinado anualmente por esa Repartición al sancionar su
presupuesto.
POR ELLO, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 886:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Intimar a la Municipalidad de Rivadavia para que cumpla con los requisitos
que establece el Articulo 42º de la Ley Nº4392/78.
ARTICULO 2°. La Municipalidad de Rivadavia deberá abonar el derecho especial de
concesión que asciende a la suma de pesos dos mil doscientos cincuenta ($2.250,00), conforme
lo establece el articulo 257º de la Ley Nº4392/78.
ARTICULO 3º. Notifíquese y tómese debida nota.
6º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 009, 010, 011 y 013-DH-97, dictadas por Dirección General ad
referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
13
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 009-DH-97: por la que se destaca a los agentes Manuel Hugo García y Juan José Pelayes al
cumplimiento de la comisión oficial a la Estación Nivometeorológica Pachón, departamento
Calingasta, como observadores meteorológicos a partir del 17-01-97, aprobándose el gasto de
$7.104,00 para atender el pago del 50% que demanda dicha comisión.
Nº 010-DH-97: por la que se encomienda interinamente la Dirección Administrativa a partir del
13 de enero de 1997, al señor Jefe del Departamento Administrativo, Alberto Eduardo Lanteri y
hasta tanto dure la ausencia del señor Ricardo Silva.
Nº 011-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por Resolución
Nº440/96 al señor Nicolás Búbica, las cuentas Nº 1229, 1230 y 1231 del departamento 9 de
Julio y Nº 1729, 3138, 3140 y 3428 del departamento Caucete, Nota de Crédito Nº 1354.
Nº 013-DH-97: por la que se exime del pago la deuda que registra la cuenta Nº 335 del
departamento Rawson, correspondiente al inmueble N.C. 04-35/800320 (hoy propiedad del
Instituto Provincial de la Vivienda) y se acepta la renuncia al derecho de agua para 4Ha.4911m²
registrado bajo la citada cuenta.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión entrando en
receso hasta el día tres de febrero inclusive.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
14
- SAN JUAN –
A C T A N° 2074
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a cuatro
días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y siete, se reunen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha y como Secretaria la Srta. Lucía E.
Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2073.
2°) Expediente N° 37.754-L-96, LEVIAND S.A., s/permiso para efectuar una perforación,
departamento Zonda.
VISTO:
Lo solicitado por la firma Leviand S.A. mediante expediente N° 37.754-L-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se han cumplimentado los requisitos fijados en Acta Nº 2049, punto 5º.
Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación
técnica exigida por la reglamentación vigente.
POR ELLO; en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso
definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3672.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese.
3°)
Expediente N° F33 0135-C-96, CORPORACION CUYANA DE ALIMENTOS
S.A.,s/aprobación de la perforación de un pozo, departamento Zonda. Agregado expediente Nº
F12 1289-C-96.
VISTO:
Lo solicitado por la firma Corporación Cuyana de Alimentos S.A. mediante expediente N°
F33 0135-C-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se han cumplimentado los requisitos fijados en Acta Nº 2049, punto 5º.
Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación
técnica exigida por la reglamentación vigente.
POR ELLO; en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
15
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso
definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3669.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese.
4º) Expediente N° 37.719-N-96, NUEVA GEORGIA S.A., s/permiso para efectuar una perforación,
departamento Ullum.
VISTO:
Lo solicitado por la firma Nueva Georgia S.A. mediante expediente N° 37.719-N-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se han cumplimentado los requisitos fijados en Acta Nº 2049, punto 5º.
Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación
técnica exigida por la reglamentación vigente.
POR ELLO; en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso
definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3670.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese.
5º) Expediente N° 37.718-E-96, EL ESPEJO S.A., s/permiso para efectuar una perforación,
departamento Ullum.
VISTO:
Lo solicitado por la firma El Espejo S.A. mediante expediente N° 37.718-E-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se han cumplimentado los requisitos fijados en Acta Nº 2049, punto 5º.
Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación
técnica exigida por la reglamentación vigente.
POR ELLO; en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso
definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3671.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese.
6°) Expediente N° F12 2483-J-96, JUNTA DE RIEGO DE SARMIENTO, e/nota de la firma San
Miguel S.A., s/traslado temporario de derecho de agua.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
16
- SAN JUAN –
El expediente N° F12 2483-J-96 por el cual la firma San Miguel S.A.V.B.I.C. solicita
trasladar a la parcela N.C. Nº 15-94/770750 una dotación de 35Ha. proveniente de la cuenta
1655 del departamento Sarmiento en los términos previstos en la Ley 6737, y;
CONSIDERANDO:
Que justifica su solicitud de traslado temporario la actual situación de emergencia hídrica,
como única alternativa disponible para salvar los cultivos de carácter permanente (viñedos)
existentes.
Que la Ley Nº 6737 permite el traslado temporario de derechos de agua desde una
propiedad a otra mientras dure el estado de emergencia hídrica, dejando en suspenso lo que
prevé el artículo l36º de la Ley Nº 4392/78.
Que se le ha dado intervención a la Comisión de Riego del canal Tercero y usuarios del
ramo San Miguel, toma Nº7, manifestando oposición por escrito los regantes del tramo final del
canal Prolongación Centenario.
Que la Junta de Riego de Sarmiento, fojas 2, da conformidad al traslado solicitado.
Que Departamento Irrigación a fs. 5 vta., informa que el inmueble a privar del derecho de
agua figura inscripto bajo cuenta Nº 1655, con dotación para 98Ha.0903m² y el predio a
beneficiar con el traslado tiene derecho de riego para 30Ha.0000m² según traslado autorizado
por Acta Nº2022 y que el traslado temporario solicitado no implica la realización de obras.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar a la firma San Miguel S.A.V.B.I.C. el traslado temporario por un
total de 35Ha.0000m², proveniente de la Cuenta Nº 1655 del departamento Sarmiento del
inmueble N.C. Nº15-50/500200 a otro inmueble identificado con N.C. Nº15-94/770750, con
derecho de riego para 30Ha.0000m² y mientras dure la Emergencia Hídrica (Ley Nº6737).
ARTICULO 2°. La peticionante deberá dar cumplimiento a la publicación respectiva en el
Boletín Oficial, como lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 6737.
ARTICULO 3°. Una vez finalizada la Ley de Emergencia Hídrica, la solicitante deberá adecuar
las obras a su estado actual para volver los derechos al inmueble N.C. Nº15-50/500200.
ARTICULO 4°. Notifíquese al interesado. Tome nota Secretaría Técnica y Departamento
Irrigación. Posteriormente gírese a la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas para
que proceda de acuerdo a lo especificado en el artículo 4º, inciso d) de la Ley de Emergencia
Hídrica.
7º) AMPLIANDO PLAZO, ART. 7º DE REGLAMENTACION ART. 3º LEY 6748.
VISTO:
Que mediante Acta Nº 2062, punto 6º, Artículo 7º, inciso c), se determina una plazo de
hasta treinta días posteriores a cada uno de los vencimientos previstos en el Art. 5º de la Ley
Nº6748, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario ampliar dicho plazo para aquellos casos en que habiendo iniciado
expediente con posterioridad al 16 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 1996, aún se
encuentran en curso administrativo de Nota de Crédito.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
17
- SAN JUAN –
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ampliar por el término de quince (15) días el plazo fijado en el inciso c),
artículo 7º de la reglamentación del Articulo 3º de la Ley Nº 6748, aprobada mediante Acta Nº
2062 punto 6º), para los expedientes que a continuación se detallan con su fecha de iniciación:
Departamento: RIVADAVIA
10/12/96
F 12-2498-I-96
12/12/96
F 12-2546-I-96
12/12/96
F 12-2547-I-96
28/11/96
F 12-2422-I-96
Departamento: CHIMBAS
28/11/96
F 12-2419-I-96
Departamento: RAWSON
28/11/96
F 12-2413-I-96
10/12/96
F 12-2496-I-96
28/11/96
F 12-2414-I-96
10/12/96
F 12-2495-I-96
28/11/96
F 12-2411-I-96
1612/96
F 12-2494-I-96
10/12/96
F 12-2497-I-96
Departamento: POCITO
28/11/96
F 12-2416-I-96
30/12/96
F 12-2691-I-96
10/12/96
F 12-2493-I-96
30/12/96
F 12-2692-I-96
Departamento: SAN MARTIN
18/12/96
F 12-2601-I-96
Departamento: CAUCETE
25/11/96
F 12-2415-I-96
10/12/96
F 12-2489-I-96
4/12/96
F 12-2449-I-96
10/12/96
F 12-2490-I-96
10/12/96
F 12-2492-I-96
23/12/96
F 12-2645-I-96
10/12/96
F 12-2491-I-96
23/12/96
F 12-2649-I-96
12/12/96
F 12-2545-I-96
23/12/96
F 12-2648-I-96
Departamento: 25 DE MAYO
18/12/96
F 12-2599-I-96
Departamento: 9 DE JULIO
26/11/96
F 12-2656-I-96
Departamento: CALINGASTA
19/12/96
F 12-2615-I-96
26/11/96
F 12-2374-I-96
18/12/96
F 12-2600-I-96
26/11/96
F 12-2375-I-96
26/11/96
F 12-2373-I-96
Departamento: IGLESIA
26/11/96
F 12-2372-I-96
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
ARTICULO 2º. Comuníquese y tómese debida nota.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión.
18
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
19
- SAN JUAN –
A C T A N° 2075
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a once
días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta.
Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2074.
2°) Expediente N°562.140-C-94, CONTADURIA, e/foja de medición correspondiente al
Certificado Nº4, obra Limpieza Arroyo Los Tapones - Etapa I - parte B.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la
Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 12 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley
Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el
gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos doscientos sesenta y cinco con catorce centavos
($265,14) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de intereses
conforme liquidación obrante a fs. l2, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes
Nº6606, Nº6705, y complementarias.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
3°) Expediente N°561.605-C-94, CONTADURIA, e/foja de medición correspondiente al
Certificado Nº2, obra Limpieza Arroyo Los Tapones - Etapa I - parte B.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
20
- SAN JUAN –
Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la
Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 15 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley
Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el
gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos doscientos doce con cuarenta y nueve centavos
($212,49) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de intereses
conforme liquidación obrante a fs. l5, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes
Nº6606, Nº6705, y complementarias.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
4°) Expediente N°F33-052-C-95, CONSTRUCCIONES, e/Certificado de Obra Nº9, obra Limpieza
Drenes Tercero y Chimbera, departamento 25 de Mayo.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la
Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 11 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley
Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el
gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
21
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos trescientos treinta y dos con cinco centavos
($332,05) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de intereses
conforme liquidación obrante a fs. l1, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes
Nº6606, Nº6705 y complementarias.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
5°) Expediente N°562.139-C-94, CONTADURIA, e/acta de medición obra Dren Mendoza Spada,
certificado Nº8.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la
Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 12 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley
Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el
gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos trescientos veinte con cuarenta y seis centavos
($320,46) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de intereses
conforme liquidación obrante a fs. l2, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes
Nº6606, Nº6705 y complementarias.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
6°) Expediente N°G9-0029-I-95, INSPECCIÓN DE OBRA, e/Certificado de Obra, obra Arroyo
Los Tapones, departamento Santa Lucía.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
22
- SAN JUAN –
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la
Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 9 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley
Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el
gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos un mil trescientos treinta y cuatro con veinticinco
centavos ($1334,25) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de
intereses conforme liquidación obrante a fs. 9, el cual se halla comprendido en las normas de
las Leyes Nº6606, Nº6705 y complementarias.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
7°) Expediente N°561.468-C-94, CONTADURÍA, e/Certificado Nº7, obra Dren Tercero y
Chimbera, departamento 25 de Mayo.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la
Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 16 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley
Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el
gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
23
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos setecientos setenta y cuatro con sesenta y nueve
centavos ($774,69) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de
intereses conforme liquidación obrante a fs. 16, el cual se halla comprendido en las normas de
las Leyes Nº6606, Nº6705 y complementarias.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
8°) Expediente N°561.939-S-94, STORNINI EXCAVACIONES, e/Certificado Nº3, obra Limpieza
Arroyo Los Tapones, Etapa I, Parte B, departamento 25 de Mayo.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la
Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 15 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley
Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el
gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos ochocientos ocho con ochenta y seis centavos
($808,86) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de intereses
conforme liquidación obrante a fs. 15, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes
Nº6606, Nº6705 y complementarias.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
9º) Expediente N°37.915-O-96, OCHOA, MARIA E. GÓMEZ DE, s/ beneficios del artículo 286°
Ley N° 4392/78, departamento Rivadavia.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
24
- SAN JUAN –
VISTO:
Que mediante expediente N°37.915-O-96 la señora María Elena Gómez de Ochoa, solicita
se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al
derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 02-36/630680, registrado bajo
cuenta N°2937 del departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0983m², registrado bajo
cuenta N° 2937, a nombre de María Elena Gómez de Ochoa, departamento Rivadavia.
ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
10°) Expediente N°37.771-S-96, SANCHEZ, MARÍA GOMEZ DE, s/ beneficios del artículo 286°
Ley N° 4392/78, departamento Calingasta.
VISTO:
Que mediante expediente N°37.771-S-96 la señora María Gómez de Ochoa, solicita se
encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho
de agua que le corresponde al inmueble registrado bajo cuenta N°839 del departamento
Calingasta, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 4, el predio de referencia
no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.l306m², registrado bajo
cuenta N° 839, a nombre de Víctor Isidro Sánchez, departamento Calingasta.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
25
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
11º) Expediente N° 347.160-S-85, SANCHEZ GARCIA, TOMAS, s/que la finca ubicada en el
Dpto.Rawson, reciba el agua por el ramo Riutor. Agregados F33 391-S-95, F33 1247-S-95 y
F33 133-S-96.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Tomas Sánchez García solicita cambio de
servidumbre del subramo Las Mendocinas al ramo Riutor del departamento Rawson para el
inmueble con Nom.Cat. 04-28/400800, y;
CONSIDERANDO:
Que por Acta Nº1789 punto 6º) de fecha 24 de junio de 1986 se autorizó el traslado
solicitado por el señor Tomás Sánchez García.
Que el señor Sánchez se notificó el 3 de julio de l986 de la resolución del H.Consejo donde
se le autorizó el traslado solicitado y que en su artículo 2º las obras a realizar debían ser
ejecutadas por el interesado.
Que por expediente Nº F33 391-S-95 el señor Sánchez con fecha 28 de marzo de 1995 y
reiterado por expediente Nº F33 1247-S-95, manifiesta que la Repartición cumpla con lo
dispuesto en Acta Nº1789, dejando entrever que el Departamento de Hidráulica tendría que
hacer las obras para materializar el traslado.
Que Dirección General en folio 4 del expediente F33 1247-S-95 no hace lugar al reclamo
efectuado ya que la ejecución de las obras es por exclusiva cuenta del recurrente, lo cual se
notificó el interesado y que la realización de las obras es imprescindible para efectivizar la
entrega de la dotación de agua de riego.
Que por expediente Nº F33 133-S-96, el señor Sánchez cuestiona la disposición de
Dirección General de lo cual ha sido notificado.
Que según informa la Inspección Técnica de Rawson, fs. 21, el inmueble no hace uso
efectivo del derecho de agua de riego como consecuencia del no cumplimiento, por parte del
interesado, de lo resuelto mediante acta Nº 1789, punto 6º) con fecha 24 de junio de 1986,
donde establece que serán por cuenta exclusiva del recurrente los trabajos de modificación de
obra que corresponda, lo que fue oportunamente notificado, siendo imprescindible su
realización para efectivizar la entrega de dotación.
POR ELLO; en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar en todas sus partes la resolución contenida en Acta Nº1789, punto
6º).
ARTICULO 2°. Notifíquese. Tómese debida nota y archívese.
12°) Expediente N°37.795-F-96, FERNANDEZ, FERNANDO Y OTRO, s/traslado de dotación,
departamento Chimbas
.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
26
- SAN JUAN –
Las presentes actuaciones por las que los usuarios Bernardo Fernando Fernández y María
Cristina Maldonado de Garcés, en carácter de apoderada de la sucesión Cristina Padilla y Otros,
solicitan cambio de servidumbre de riego, y;
CONSIDERANDO:
Que los regantes afectados fueron notificados sin presentar oposición alguna a lo que se
agrega opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica por cuanto con dicho
cambio de servicio se eliminarían los obstáculos que les ocasionan inconvenientes y pérdidas
de agua debido al largo recurrido del ramo.
Que tomaron intervención e informan Departamento Irrigación y Secretaría Técnica.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el cambio de servidumbre de riego para las propiedades
individualizadas con Nom.Cat. 08-26/2763 a nombre de Fernando Fernández y 08-26/3070 a
nombre de Suc. María Cristina Padilla y otros, con dotaciones de 2Ha.4272m² Cuenta Nº 1015
y 4Ha.5120m² Cuenta Nº 1013, que reciben actualmente por la toma Nº9, ramo Toledo y Otro,
a la toma Nº14 (partidor), ramo Maldonado, ambas del canal Mogote Viejo, departamento
Chimbas.
ARTICULO 2°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a la aprobación del estudio
técnico que deberán presentar los peticionantes y a la ejecución de las obras, lo que será por su
cargo y cuenta, como también a efectuar los trabajos que la Inspección Técnica indique en el
ramo que abandonan.
ARTICULO 3°. Los peticionantes serán responsables de los daños y perjuicios que se puedan
ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado.
ARTICULO 4°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de
lo indicado en los artículos anteriores.
ARTICULO 5º. Notifíquese a los interesados. Tome nota Secretaría Técnica, Departamento
Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas.
13°) Expediente N°30.206/9-D-96, DE LA TORRE, ANTONIO, s/unificación de compuertas,
departamento Chimbas
.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que el Abogado Antonio de la Torre, solicita recibir por
la compuerta N9 del canal Mogote Viejo las dotaciones correspondientes a las cuentas Nº 3948,
3949 y 3950 del departamento Chimbas, y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 que los derechos
de riego registrados bajo las cuentas citadas pertenecen a un mismo inmueble inscripto a
nombre de Hijos de Francisco Pérez Sociedad Anónima, señalando que la totalidad del predio
fue adquirido por el peticionante según escritura Nº 221, folio 913.
Que a fs. 6 vta. el peticionante acepta la alternativa propuesta de recibir los derechos por la
toma Nº12, ramo Carrión y Otros.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
27
- SAN JUAN –
Que los regantes afectados fueron notificados sin presentar oposición alguna a lo que se
agrega opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica y Departamento Irrigación,
manifestando que no es necesario la modificación de obras hidráulicas debido a que la entrega
se realizará a través de compuerta aforada.
Que tomó intervención e informa Secretaría Técnica.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar al señor Antonio de La Torre el cambio de servidumbre de riego
para la propiedad individualizada con Nom.Cat. 08-26/300560, con dotación de 0Ha.8593m²
Cuenta Nº 3948, 1Ha.2121m² Cuenta Nº3950 y 2Ha.2554m² Cuenta Nº 3949, que reciben
actualmente por la toma Nº10, ramo Toledo y Otros a la toma Nº12, ramo Carrión y Otros,
ambas del canal Mogote Viejo, departamento Chimbas.
ARTICULO 2°. El usuario peticionante será responsable de los daños y perjuicios que se
puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado.
ARTICULO 3°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de
lo indicado en los artículos anteriores.
ARTICULO 4º. Notifíquese. Tome nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y
Dirección del Registro y Catastro General de Aguas.
14º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 012, 036, 038, 039, 042, 043, 044, 051 y 052-DH-97, dictadas por
Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 012-DH-97: por la que se aprueba el estudio técnico, presentado por el Ing. Civil Humberto
O. Aubone, que prevé desplazamiento de defensas de crecidas aluvionales de la Quebrada de
Maradona, departamento Zonda.
Nº 036-DH-97: por la que se amplía por el término de 15 (quince) días, a partir del día 22 de
enero del corriente año, el plazo acordado por el Honorable Consejo en Acta Nº2069, punto 4º,
para los mismos efectos establecidos en la mencionada Acta.
Nº 038-DH-97: por la que se incluye a partir del 02 de enero del corriente año, en el régimen de
extensión horaria que establece la Ley Nº 5073 a los Inspectores Técnicos Osvaldo Zussino y
Enrique Gerardo Carrizo.
Nº 039-DH-97: por la que se encomienda interinamente la función de Celador del Canal
General y Segundo de Cochagüal - departamento Sarmiento, en su estado actual de revista, al
agente Hugo E. Tejada, D.N.I. Nº 10.349.041 y se le incluye en el régimen de extensión horaria
que establece la Ley Nº 5073 mientras dure en dicha función.
Nº 042-DH-97: por la que se ordena la inscripción del Ing. Juan Carlos Di Chiacchio, en el
Registro de Directores Técnicos de Empresas Perforadoras.
Nº 043-DH-97: por la que se autoriza la renovación automática del alquiler de la casa
habitación donde funciona la Inspección Técnica y Junta Departamental de Riego del
departamento Rawson, por el período comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de
1997.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
28
- SAN JUAN –
Nº 044-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $5.870,36 a los señores Rodolfo
Cordeje, Luis Cano y José M. Castro, respectivamente, propietarios de camiones contratados
que ejecutan tareas en los departamentos de Iglesia, Calingasta y Jachal, correspondiente al mes
de diciembre de 1996.
Nº 051-DH-97: por la que se exime del pago de la deuda que registran las Cuentas Nº4963, 420
y 4962 del departamento Capital, inscriptas a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda y
se acepta la renuncia al derecho de agua de riego que les corresponde a los inmuebles Nom.Cat.
01-32/790300/700500/840460 inscriptos bajo las cuentas mencionadas..
Nº 052-DH-97: por la que se autoriza la renovación automática del alquiler de la casa
habitación donde funciona la Inspección Técnica y Junta Departamental de Riego de Albardón,
por el período comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de 1997.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
29
- SAN JUAN –
A C T A N° 2076
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
dieciocho días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y
como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración
de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2075.
2°) Expediente N°519.0029-T-97, TESORERIA, s/una orden de pago anticipada de $4.000.00.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para
librar una orden de pago anticipada a fin de atender los gastos de fletes, acarreos, franqueos,
etc., que se produzcan en el transcurso del año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que División Tesorería informa a fs. 2 vta. que el expediente Nº F33-0018-T-96, con
destino al gasto de fletes y acarreos fue rendido oportunamente.
Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el
gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada..
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero de
la Repartición, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos cuatro mil ($4.000,00),
para atender los pagos en concepto de fletes, acarreos, franqueos, etc., que se produzcan en el
transcurso del año 1997.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02
PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 24 - “TRANSPORTE” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
3°) Expediente N°519.0028-T-97, TESORERIA, s/una orden de pago anticipada de $500.00.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para
librar una orden de pago anticipada por la suma de $500,00 para la compra de estampillas
fiscales, durante el ejercicio 1997, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
30
- SAN JUAN –
Que División Tesorería informa a fs. 2 vta. que el expediente Nº F33-0013-T-96,
correspondiente a la compra de estampillas fiscales, fue rendido y reingresado oportunamente.
Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el
gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero de
la Repartición, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos quinientos ($500,00), para
atender los pagos en concepto de compra de estampillas fiscales, que se produzcan en el
transcurso del año 1997.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02
PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 05 - “CORREOS Y
TELEGRAFOS” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
4°) Expediente N°519.0079-T-97, TESORERIA, s/una orden de pago anticipada de $500.00.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para
librar una orden de pago anticipada por la suma de $500,00 a fin de atender el gasto que
demande la provisión de diario De Cuyo y Boletín Oficial con destino a Dirección General, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el
gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero de
la Repartición, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos quinientos ($500,00), para
atender el gasto por la provisión de diario De Cuyo y Boletín Oficial con destino a Dirección
General.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 01 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 13 - “LIBROS, REVISTAS Y
PERIODICOS” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
31
- SAN JUAN –
5°) Expediente N°519.0026-T-97, TESORERIA, s/una orden de pago anticipada por la suma de
$10.000.00.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para
librar una orden de pago anticipada a fin de atender el pago de las comisiones autorizadas en el
marco de la vigencia del Decreto Acuerdo Nº 0025/94 (Fondo Permanente) durante el ejercicio
1997, y;
CONSIDERANDO:
Que División Tesorería
informa a fs. 3 que el expediente Nº F33-0015-T-96,
correspondiente al pago de comisiones según Decreto 0025/94, fue rendido oportunamente.
Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el
gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero de
la Repartición, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos diez mil ($10.000,00), para
atender el pago en concepto de comisiones según Decreto Acuerdo Nº 0025/94, durante el
ejercicio 1997.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 01 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
6°) Expediente N°519.0025-T-97, TESORERIA, s/una orden de pago anticipada por la suma de
$10.000.00.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para
librar una orden de pago anticipada a fin de atender los gastos de vigilancia y transporte de
valores que se utilizan para el pago del personal de la Repartición durante el año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que División Tesorería informa a fs. 2 vta. que el expediente correspondiente al gasto de
vigilancia que se produjo durante el ejercicio 1996, fue rendido oportunamente.
Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el
gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
32
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero de
la Repartición, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos diez mil ($10.000,00), para
atender el pago en concepto de vigilancia y transporte de valores durante el año 1997.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02
PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 39 - “SERVICIOS DE
VIGILANCIA” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
7°) Expediente N° F12 2624-J-96, JUNTA DE RIEGO E INSP.TECNICA DE ZONDA, e/nota de
la firma Rio Manso S.A. sol/traslado de dotación, Dpto. Zonda.
.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que el Ingeniero Mariano Ravanelli, en calidad de
Representante Técnico de la firma Rio Manso S.A., solicita cambio de toma para recibir por el
derivado Nº3 del canal Playas la dotación de 30Ha.7301m² que registra la cuenta Nº 421 y que
recibe actualmente por la compuerta Nº 1, derivado Nº 2 del mismo canal, departamento
Zonda, y;
CONSIDERANDO:
Que fundamenta su solicitud en la necesidad de contar con la dotación en un punto más
cercano a la propiedad, debido a que actualmente debe recorrer un tramo de 1.200 metros
paralelo al canal Playas, con las pérdidas de caudal por infiltración.
Que los regantes afectados fueron notificados sin presentar oposición alguna a lo que se
agrega opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica y Departamento Irrigación,
manifestando que en el Derivado Nº 3 es necesario realizar una obra de toma interna, por regar
los usuarios de este derivado a turno horario.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 15 que el derecho de
riego registrados bajo la cuenta Nº 421 pertenece al inmueble Nom.Cat. 06-56/240050,
inscripto a nombre de Rio Manso Sociedad Anónima
Que tomó intervención e informa Secretaría Técnica.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar a la firma Rio Manso S.A., el cambio de servidumbre de riego para
la propiedad individualizada con Nom.Cat. 06-56/240050, con dotación de 30Ha.7301m²
Cuenta Nº 421, que recibe actualmente por el Derivado Nº 2 del canal Playas al Derivado Nº 3
del mismo cauce, departamento Zonda.
ARTICULO 2°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a la aprobación del estudio
técnico que deberá presentar el peticionante y a la ejecución de las obras, lo que será por su
cargo y cuenta, como también a efectuar los trabajos que a criterio del Departamento de
Hidráulica se considere necesario.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
33
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. El usuario peticionante será responsable de los daños y perjuicios que se
puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado.
ARTICULO 3°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de
lo indicado en los artículos anteriores.
ARTICULO 4º. Notifíquese. Tome nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y
Dirección del Registro y Catastro General de Aguas.
8º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 035, 060, 067, 068 y 069-DH-97, dictadas por Dirección General ad
referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 035-DH-97: por la que se autoriza a favor de la firma Raigal por la suma total de $1.500,00
por la publicidad en programas informativos en la emisora radial LV 1 Radio Colón, sobre la
problemática hídrica por la que atraviesa la provincia de San Juan, de acuerdo a lo que
establece la Ley 6737.
Nº 060-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por Resolución
Nº633/96 a la firma Bodegas y Viñedos Blas Sirera S.A., las cuentas Nº 547 departamento
Pocito y Nº 1238 departamento Angaco, Nota de Crédito Nº 01422.
Nº 067-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $3.429,96 a los señores Eduardo
Aguilera, Juan Nardi y Salvador Victoria, respectivamente, propietarios de camiones
contratados que ejecutan tareas en el Valle de Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y
sus distritos, correspondiente al mes de diciembre de 1996
Nº 068-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma G.M.D.
Distribuciones, por la suma total de $5.450,00 para la reparación general, incluido mano de
obra especializada y repuestos originales homologado por Fiat Iveco, de la caja de velocidades
del camión Fiat 619 N 1 modelo 79, patente J051156 de la Repartición.
Nº 069-DH-97: por la que se autoriza la contratación directa a favor de la firma Diesel
Rodriguez, por la suma total de $3.063,00 para la reparación general, incluido repuestos
legítimos, de la bomba inyectora e inyectores Roosa Master, de la máquina cargadora frontal
Fiat Allis 545-B interno 14-06 de la Repartición.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
34
- SAN JUAN –
A C T A N° 2077
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
veinticinco días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y
como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración
de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2076.
2°) MODIFICACION ARTICULOS LEY 4392/78.
VISTO:
La resolución contenida en Acta Nº 2051, punto 10º) en la cual se plantea a las Juntas de
Riego de la Provincia, en base a la opinión emitida por ellas oportunamente, la necesidad de
efectuar un profundo análisis de los artículos 47º, 62º, 132º, 136º y 137º del Código de Aguas,
Ley Nº 4392/78, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario introducir modificaciones al Código de Aguas que permitan una
actualización de los derechos de riego en uso.
Que se posibilite dinamizar el sistema de manera tal de disponer del derecho donde sea de
mayor rentabilidad para el usuario.
Que se cumpla con las obligaciones económicas, lo cual facilitaría mejorar la red de riego
existente, lográndose con ello un mejor aprovechamiento del recurso.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Proponer se analicen por parte de las Juntas de Riego las posibles
modificaciones a introducir a los artículos del Código de Aguas, Ley N° 4392/78 ya señalados,
lo cuales quedarían redactados de la siguiente forma:
Art. 47°) Renuncia: Los concesionarios pueden renunciar a sus derechos en todo o en parte. La
renuncia solo surtirá efectos cuando concurran los siguientes requisitos:
a) Aceptación por la autoridad administrativa competente;
b) Aceptación por los titulares de derechos reales sobre el inmueble, cuando los hubiere;
c) Podrá renunciar a la concesión, aún cuando no se encuentre al día en las contribuciones
económicas derivadas de la misma.
Art. 62°) Suspensión del servicio: La falta de cumplimiento de la obligación establecida en el
inciso 5° del Art. anterior por el término de dos años calendarios autoriza a suspender en forma
total el ejercicio de derecho de uso y suministro de la concesión previa notificación fehaciente
al concesionario. Únicamente podrá suspenderse el servicio en forma general en los casos
siguientes:
a) En los periodos anuales fijados para limpieza y reparaciones ordinarias de los acueductos y
obras anexas.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
35
- SAN JUAN –
b) En caso de derrumbes, perdidas de tomas o cualquier otra causa extraordinaria que así lo
exigiera para poder evitar perjuicios mayores.
Los trabajos a que se refiere el apartado a) deberán efectuarse en la época en que menos daño
ocasione la falta de agua, dándose aviso a los interesados con diez días de anticipación por lo
menos.
Art. 132°) Traslados definitivos de derechos: El titular de una concesión de uso agrícola podrá
obtener que le sea trasladada a otro terreno de su propiedad dentro del mismo departamento o
entre departamentos de los valles de Tulum, Ullum y Zonda con el coeficiente que detenta en el
cauce del cual proviene, cuando concurran simultáneamente los siguientes requisitos:
a) Acreditación de que el terreno que será privado del agua, se encuentra en pleno uso y goce
de la concesión;
b) Demostración de que la explotación es objetivamente más conveniente en el segundo
terreno, en cuanto al mejor aprovechamiento de los recursos hídricos y a los resultados
agronómicos y económicos. A este fin, se acompañará un resultado técnico agro-económico,
fundado y explicativo, suscripto por profesionales responsables, matriculados, sobre ambos
terrenos, incluyendo estudios de suelos, perfiles, salinidad, permeabilidad, napas de agua y
demás antecedentes;
c) Cumplimiento de los extremos previstos por el Art. 130°;
d) Que los titulares de los ramos implicados, y las Juntas Departamentales y Comisiones de
Regantes correspondientes, previamente notificados, no deduzcan oposición fundada y
atendible al traslado en cuestión;
e) Acreditación de la conformidad de acreedores hipotecarios, contratistas y arrendatarios del
inmueble perjudicado con el traslado.
Art. 136°) Traslados temporarios: El titular de una concesión de uso agrícola podrá obtener que
le sea trasladada por el término máximo de cinco años, cuando se cumplimenten los extremos
previstos en el Art. 132°).
Art. 137°) Caducidad: Las concesiones de uso de agua para riego caducan por el no uso
continuado durante tres años, que se contarán: desde su otorgamiento en caso que haya habido
ejercicio del derecho, o desde su cese o abandono siempre que la administración no fuese
responsable de esa vacancia. No podrá resolverse la caducidad sin previa audiencia del
interesado. La extinción así declarada no liberará al usuario de la deuda que mantuviera con la
administración por canon, tasas, multas u otros conceptos.
ARTICULO 2º. Comunicar a las Juntas de Riego de la Provincia y solicitar que las mismas se
expidan con las observaciones correspondientes en un plazo no mayor de 15 (quince ) días.
ARTICULO 3º. Tómese debida nota.
3°) Expediente N° 519 0272-S-97, SALTA PERFORACIONES, s/se inscriba como empresa
perforadora.
VISTO:
El expediente N° 519 0272-S-97 mediante el cual el señor José Antonio Fernández, en
calidad de propietario de la empresa Salta Perforaciones, solicita su inscripción en el registro de
Empresas Perforadoras, proponiendo como Representante Técnico al Licenciado Oscar Egidio
Ferrari, inscripto en el Registro de Profesionales de la Repartición con Matrícula Nº36, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
36
- SAN JUAN –
Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría Técnica
de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170°
siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa Salta Perforaciones en el Registro de
Constructores de Pozos de la Repartición.
ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea,
comuníquese y oportunamente archívese.
4°) Expediente N°519.0279-L-97, LANDA MARDONIO O., e/donación de 2 (dos) heladeras al
Departamento de Hidráulica, con destino a las delegaciones de Jáchal e Iglesia.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que mediante estas actuaciones el señor Mardonio O. Landa, Presidente de la Junta de
Riego del departamento Jáchal, dona 2 (dos) heladeras marca SACCOL, con destino al
equipamiento de las delegaciones de Jáchal e Iglesia.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aceptar la donación de 2 (dos) heladeras marca SACCOL, números de serie
88147 y 90237, que serán destinadas a las Delegaciones de Jáchal e Iglesia, respectivamente.
ARTICULO 2º. Tome debida nota División Patrimonio, comuníquese y archívese.
5°) Expediente N°F12-1834-S-96, STORNINI EXCAVACIONES, ref./ reconocimiento de gastos
directos improductivos.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Luis Raúl Stornini, en representación de la
Empresa Stornini Excavaciones, solicita reconocimiento de gastos directos improductivos
ocasionados a la Empresa por la paralización de la obra “Proyecto y Ejecución Obras de
Drenaje y Consecuente Desecamiento del Arroyo Los Tapones”, ocurrida entre el 5 de enero de
1995 y el 18 de junio de 1996, por haberse dado las causales previstas en el Art. 35º del Pliego
de Especificaciones Particulares de la obra, y;
CONSIDERANDO:
Que el Art. 35º del Pliego de Especificaciones Particulares contempla el reconocimiento de
los gastos directos improductivos al contratista como consecuencia de paralizaciones totales o
parciales de la obra, imputables o causadas por la Administración, estableciendo que son las
erogaciones que resulten improductivas (contempladas en el Art. 42º Ley 3734), disponiendo
además que dichas reclamaciones deberán formularse dentro del plazo de cinco (5) días hábiles
administrativos, de producido el hecho o evento judicial.
Que Asesoría Letrada expresa en su informe Nº 025-DH97, fs. 39, que conforme a los
antecedentes, informes y documentación obrante en estas actuaciones, no se han acreditado los
extremos legales exigidos por la legislación vigente para resolver favorablemente la liquidación
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
37
- SAN JUAN –
de los gastos directos improductivos reclamados por la empresa Stornini Excavaciones (Ley de
Obra Pública Nº 3734 y decreto reglamentario Nº 3523).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. No hacer lugar al reconocimiento de gastos directos improductivos solicitado
por la empresa Stornini Excavaciones.
ARTICULO 2º. Notifíquese al peticionante, tómese debida nota y archívese.
6°) Expediente N°519.0310-C-97, CONTADURIA, s/la emisión de una orden de pago anticipada
por la suma de $2000.00.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para
librar una orden de pago anticipada por la suma de $2000,00 a fin de atender el pago a la
empresa Raigal en concepto de publicidad radial por la emisora L.V.1 Radio Colón, sobre la
problemática hídrica de la provincia, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el
gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero,
con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos dos mil ($2000,00), con destino al pago a
favor de la empresa Raigal, con motivo de la emisión de programas informativos sobre la
problemática hídrica de la provincia, por la emisora radial L.V.1 Radio Colón, conforme lo
establece la Ley de Emergencia Hídrica 6737.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02
PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 26 - “IMPRENTA,
PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
7°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 070, 072, 073, 074, 075, 076, 077, 078, 084 y 085-DH-97, dictadas
por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
38
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 070-DH-97: por la que se da por finalizado el Contrato de Locación existente entre el señor
Villalva Cosme Riveros y el Departamento de Hidráulica, a partir del 01 de marzo de 1997,
dejando el Departamento de Hidráulica abonado lo que se adeuda en concepto de consumo
energético y agua potable, según lo establece el artículo 5º.
Nº 072-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 04 para la
adquisición de 600 candados de bronce con destino a compuertas ubicadas en las zonas de
riego de la provincia.
Nº 073-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 05 para la
adquisición de ocho thoner para la impresora láser HP-92291-A, de la Repartición.
Nº 074-DH-97: por la que se autoriza la emisión de una orden de pago anticipada, a favor del
Tesorero de la Repartición, con cargo a rendir cuenta, por la suma de $10.000,00 (diez mil
pesos), para proceder a los pagos correspondientes al método de compras por Fondo
Permanente hasta $500,00 (pesos quinientos) durante el año 1997.
Nº 075-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 03 para la
adquisición de repuestos viales, con destino a la reparación y puesta en servicio de la topadora
Fiat-Allis 16-B interno 36-04 de la Repartición.
Nº 076-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 01 para la
adquisición de repuestos viales, con destino a la reparación y puesta en servicio de la cargadora
frontal Fiat-Allis 545-B- interno 14-05 de la Repartición.
Nº 077-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 02 para la
adquisición de repuestos viales, con destino a la reparación y puesta en servicio de la topadora
Fiat-Allis AD-14 interno 36-02 de la Repartición.
Nº 078-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 08 para la
adquisición de vástagos de acero cromo níquel, camisas de acero cromo níquel y una llave
exclusa de tres vías, con destino a la máquina perforadora rotativa Nº 3 de la Repartición.
Nº 084-DH-97: por la que se autoriza a la Firma Cordero Hnos. S.R.L. a hacer uso de las notas
de créditos Nº 00065, 01365, 01384, 01396, 01397 y 01398, cedidas por los titulares de las
mismas señores: Lucía Gentile de Vitale y Nelson Vitale a esa Firma.
Nº 085-DH-97: por la que se autoriza: Art. 1º. el traslado del agente Carlos E. Arias en su
estado actual de revista, para que cumpla funciones en el área Baterías de Pozos, sector
Distribución de Caudales; Art. 2º. dar por concluida la designación en forma interina del
agente Juan Carlos Camuñas como Inspector Técnico del departamento Albardón; Art. 3º.
Designar interinamente al señor Juan Carlos Camuñas como Inspector Zona de Baterías de
Pozos; Art. 4º. Trasladar al agente Mario E. Lucero del Departamento Estudios y Proyectos al
Departamento Irrigación; Art. 5º. Designar al agente Mario E. Lucero como Encargado de
Distribución Matriz en forma interina; Art. 6º Quedan comprendidos en lo dispuesto por la Ley
5073 los agentes: Carlos E. Arias, Juan Carlos Camuñas y Mario E. Lucero.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
39
- SAN JUAN –
A C T A N° 2078
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a cuatro
días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta.
Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2077.
2°) Expediente N°519 0087-D-97, DOMINGUEZ, ALBERTO RICARDO, s/ beneficios del
artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Caucete.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Alberto Ricardo Dominguez, , solicita se encuadre
en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua
que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 13-64/810180, registrado bajo cuenta N°2632 del
departamento Caucete, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 7 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 8, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0634m², registrado bajo
cuenta N° 2632, a nombre de Alberto Ricardo Dominguez y Otra, departamento Caucete.
ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
3°) Expediente N°37.947-F-96, FERNANDEZ, GREGORIO, s/ beneficios del artículo 286° Ley N°
4392/78, departamento Rawson.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Gregorio Fernández, solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 04-20/575165, registrado bajo cuenta N°8637 del
departamento Rawson, y;
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
40
- SAN JUAN –
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1298m², registrado bajo
cuenta N° 8637, a nombre de Gregorio Naciansemo Fernández y otras, departamento Rawson.
ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
4°) Expediente N° F12-2508-D-96, DAVILA, CARLOS M., s/ beneficios del artículo 286° Ley N°
4392/78, departamento Rivadavia
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Carlos M. Dávila, solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 02-36/630660, registrado bajo cuenta N°4844 del
departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0533m², registrado bajo
cuenta N° 4844, a nombre de Carlos Marcelo Dávila y otra, departamento Rivadavia.
ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
5°) Expediente N°519-0053-P-97, PAEZ, MARY ESMELDA, s/ beneficios del artículo 286° Ley
N° 4392/78, departamento San Martín.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la señora Mary Esmelda Paez , solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
41
- SAN JUAN –
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 12-52/630360, registrado bajo cuenta N°1499 del
departamento San Martín, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 3 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1504m², registrado bajo
cuenta N° 1499, a nombre de Santos Cayetano Paez, departamento San Martín.
ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
6°) Expediente N°F12 2133-T-96 TORES, MARIA F. DE s/unificación de cuentas, departamento
Chimbas.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la señora Maria Fátima Chipre de Torés, en calidad de
copropietaria, solicita la restitución de 0Ha.0900m² de dotación no otorgada por error de
inscripción, asimismo, la unificación de las cuentas N°4433 y 4434 del departamento Chimbas
y;
CONSIDERANDO:
Que según informes de la Inspección Técnica Departamental y Departamento Irrigación a
fs. 2 vta. y 4 vta., los derechos de riego inscriptos bajo las cuentas cuya unificación se
peticiona, se encuentran en uso por el Canal General Mogote, toma 3, Ramo Capriotti.
Que según informe elaborado por Dirección del Registro y Catastro General de Aguas, el
error aludido por la recurrente deviene a raíz del censo de regantes que se realizó en el año
1965, inscribiendo una dotación para la parcela 08-23/290260 de 1ha.1224m², cuando en
realidad lo debió ser por 1ha. 2124m². Mediante Decreto 1972-OSP-73, quedaron convalidados
todos los derechos de riego registrados en el Padrón General de Usuarios del año 1973,
previendo la misma norma legal el sistema y métodos de reclamo al efecto. Esta normativa
queda igualmente plasmada en el Código de Aguas de la provincia Ley 4392/78, por lo que se
considera fuera de termino el actual reclamo. En cuanto a la unificación de que se trata, los
inmuebles Nom. Cat. 08-23/290270/290260 son colindantes entre si y con igual identidad de
los titulares de los derechos de riego.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 20º inciso ñ) de la Ley 886:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. No hacer lugar, por extemporánea, la solicitud de restitución de dotación
efectuada por la señora María Fátima Chipre de Torés.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
42
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Unificar las cuentas N° 4434 y N° 4433 con dotaciones de agua de riego de
carácter permanente para 1Ha.1674m² y 1Ha.1673m² a nombre de Beatríz Isabel Chipre de
Muñoz y María Fátima Chipre de Torés, con una superficie s/m de 2Ha.4363,29m², N.C. N°
08-23/290270/290260 departamento Chimbas.
ARTICULO 3°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
7°) Expediente N°37528-R-95 RUFINO VARELA, MARIELA s/dotación de agua de regadío
parcela Nº 17-54-520430 departamento Iglesia. Agregados: 24727-Q-78 y 24727/1-Q-82.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la Dra. Mariela Rufino Varela, en calidad de apoderada de
la señora Rosa Lila Caballero de Quilpatay, solicita dotación de agua de regadío para el
inmueble, propiedad de su mandante, ubicado en la localidad de Angualasto, departamento
Iglesia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de Dirección de Registro y Catastro General de Aguas, dicho inmueble
figuró inscripto como usuario clandestino, quedando sin efecto la misma en virtud de lo
resuelto por el H. Consejo en Acta Nº 1628 punto 7º de fecha 15 de marzo de 1983, recaída en
expediente Nº 24727/1-C-82.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 028-DH-97 expresa que la instancia administrativa
fue agotada oportunamente por lo cual corresponde desestimar el pedido de dotación solicitado
por la señora Rosa Lila Caballero de Quilpatay.
POR ELLO, en uso de las atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Desestimar el pedido de dotación de agua solicitado por la señora Rosa Lila
Caballero de Quilpatay.
ARTICULO 2°. Notifíquese, tómese debida nota y archívese.
8°) Expediente N°560022-I-94, IRRIGACION, s/ autorización para contratar en forma directa
equipo pesado.
VISTO:
El expediente N°560022-I-94, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 2201-MPIyMA-96 se reconoce un gasto por la suma de
$77.100,00 a favor de la Empresa Rodarena S.A, deuda comprendida en el régimen de
consolidación previsto por la Ley Nº6606.
Que a fs. 44, el Departamento Contable eleva la liquidación en concepto de intereses desde
el 01-01-95 al 31-07-95 y que asciende a la suma de $1.696,20.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
43
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos un mil seiscientos noventa y seis con veinte
centavos ($1696,20) a favor de la Empresa Rodarena S.A., en concepto de intereses conforme
liquidación obrante a fs. 44 de estos actuados.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
9º) Expediente Nº 339.167-G-93 y agregados Nº 545.266-G-94; Nº F12 956-G-96; Nº 561.566-D94 y Nº 361.565-D-94, GIULIANI DIAMANTE (CONSTRUCCIONES).
VISTO:
Que la Empresa Diamante Giuliani solicita autorización para extracción de áridos del lecho
del río San Juan en dos zonas comprendidas entre el Dique de Punta Negra y calle Las Moras,
departamentos Ullum - Zonda, y;
CONSIDERANDO:
Que por resolución recaída en Acta Nº2024, punto 4º), el H. Consejo resolvió no autorizar
la extracción de áridos en la Zona l, aguas abajo del Dique de Punta Negra en virtud de lo
resuelto en Acta Nº2023, punto 3º), artículo 2º.
Que dicha Zona 1 estaba comprendida entre 50m. aguas abajo del Dique Punta Negra y la
progresiva 1.050m.
Que el Acta Nº2023, punto 3º), artículo 2º, prohibía la explotación de áridos en el tramo
comprendido entre el Azud Punta Negra y hasta 1.500m. agua abajo del Camping del Cerro
Blanco.
Que mediante Nota la Empresa Diamante Giuliani expresa que si bien se ha fijado una
zona de exclusión aguas abajo del Azud de Punta Negra, solicita la posibilidad de que se
permita extraer material del río desde los 600 metros aguas abajo del dique Punta Negra y hasta
los 1.050 metros.
Que dicha extracción se haría en la forma compatible con lo dispuesto en Acta Nº1966, en
la zona central del río y con profundidades no mayores de 3,00m.
Que los volúmenes a extraer se harían en dos periodos y se estiman en unos 10.000 a
12.000m³ de material por periodo (cada periodo es de 60 a 90 días).
Que haciendo una explotación racional y no sobrepasando los volúmenes antes indicados,
es factible la revocación de lo dispuesto en Acta Nº2023, punto 3º), Artículo 2º y por
consiguiente de lo resuelto en Acta Nº2024, punto 4º, Artículo 1º.
Que la Empresa Diamante Giuliani deberá previamente reacondicionar el cauce del río San
Juan en el tramo comprendido desde Punta Negra hasta los 600 metros aguas abajo, eliminando
todos los montículos y oquedades existentes por efecto de las extracciones ya realizadas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
44
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Modificar el Artículo 2º del punto 3º) del Acta Nº2023, que quedará redactado
de la siguiente forma: “ARTICULO 1º. Autorízase la explotación de áridos desde la progresiva
600m. aguas abajo del Dique de Punta Negra, bajo las condiciones previstas en Acta Nº1966,
punto 6º).”
ARTICULO 2°. Modificar el Artículo 1º del punto 4º) del Acta Nº2024, que quedará redactado
de la siguiente forma: “ARTICULO 1º. Autorizar a la Empresa Diamante Giuliani la
explotación de áridos en la Zona 1, aguas abajo del Dique de Punta Negra entre las progresivas
600m. y 1.050m., por el término de dos años a partir de la notificación de la presente.”
ARTICULO 3º. La explotación indicada en el artículo anterior queda supeditada a la
presentación de un estudio técnico por parte de la Empresa Diamante Giuliani, ajustándose a
las normas establecidas en Acta Nº1966, punto 6º, inciso A).
ARTICULO 4º. La Empresa Diamante Giuliani colocará el material de rechazo donde la
Inspección del Departamento de Hidráulica lo indique.
ARTICULO 5º. El Departamento de Hidráulica se reserva el derecho de interrumpir la
explotación si estudios posteriores a la presente indican la no conveniencia de extraer material
de la zona autorizada, no dando derecho alguno a reclamo por parte de la Empresa Diamante
Giuliani.
ARTICULO 6º. La Empresa Diamante Giuliani previo a todo deberá reacondicionar el lecho
del río aguas abajo del Dique Punta Negra hasta la progresiva 600 metros, eliminando los
montículos y oquedades existentes.
ARTICULO 7º. Notifíquese a quien corresponda y tómese debida nota.
10°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 089, 090 y 091-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum
de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 089-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 07 para la
adquisición varillas de hierro especiales con destino al Departamento Construcciones para la
ejecución de obras en las zonas de riego de la provincia.
Nº 090-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 06 para la
adquisición de útiles de oficina varios, con destino a las distintas dependencias de la
Repartición.
Nº 091-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 09 para la
adquisición de madera de pino insigne y/o paraná y madera de álamo, con destino al
Departamento Construcciones para la ejecución de obras en las zonas de riego de la provincia..
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y veinte, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
45
- SAN JUAN –
A C T A N° 2079
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a once
días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta.
Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2078.
2°) Expediente N° 519 0390-E-97, ESTUDIOS Y PROYECTOS, e/ proyecto levantamiento
producto de monda, departamento Caucete.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Estudios y Proyectos eleva el
proyecto “Levantamiento de Productos de Monda” del Dren Divisoria del departamento
Caucete, y
CONSIDERANDO:
Que dicha proyecto consiste en sacar 5.173m³ de suelo proveniente de la monda del dren
Divisoria con un plazo de ejecución de veinte días corridos.
Que el señor Director General informa a fs, 3, que el mantenimiento de la red de drenaje
que ha venido realizando Hidráulica, ha ocasionado, por razones presupuestarias y
disponibilidad de equipo, que se acumule importante cantidad de producto de monda al costado
de drenes y desagües ocasionando variados inconvenientes por lo que es necesario su
extracción.
Que en virtud de ello se ha efectuado un relevamiento a fin de determinar volúmenes con
el objetivo de realizar un cotejo de precios disponiendo para atender el gasto, bonos CREFI
que posee la Repartición.
Que Departamento Contable informa que corresponde aprobar el gasto y autorizar el
Cotejo de Precios Directo, en un todo de acuerdo a la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, en
vigencia.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el proyecto “Levantamiento de Producto de Monda” del Dren
Divisoria del departamento Caucete que consta de: Pliego de Condiciones Particulares.
Especificaciones Técnicas. Memoria Descriptiva. Planos de Ubicación y Perfiles
Longitudinales y Transversales.
ARTICULO 2º. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos necesarios para sacar 5.173m³ de suelo proveniente de la monda del Dren Divisoria en
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
46
- SAN JUAN –
el tramo de 3.965 metros comprendido entre las calles 19 y Caseros y transportarlo al depósito
fijado en el Proyecto o donde lo indique la Inspección, de acuerdo a lo establecido en la Ley de
Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 3º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes.
ARTICULO 4°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 5°. Comuníquese y tómese debida nota.
3°)
Expediente N° 519 0391-E-97, ESTUDIOS Y PROYECTOS, e/ proyecto levantamiento
producto de monda, departamentos San Martín y Caucete.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Estudios y Proyectos eleva el
proyecto “Levantamiento de Productos de Monda” del Dren San Isidro de los departamentos
San Martín - Caucete, y
CONSIDERANDO:
Que dicha proyecto consiste en sacar 21.342m³ de suelo proveniente de la monda del dren
San Isidro, con un plazo de ejecución de cincuenta días corridos.
Que el señor Director General informa a fs, 3, que el mantenimiento de la red de drenaje
que ha venido realizando Hidráulica, ha ocasionado, por razones presupuestarias y
disponibilidad de equipo, que se acumule importante cantidad de producto de monda al costado
de drenes y desagües ocasionando variados inconvenientes por lo que es necesario su
extracción.
Que en virtud de ello se ha efectuado un relevamiento a fin de determinar volúmenes con
el objetivo de realizar un cotejo de precios disponiendo para atender el gasto, bonos CREFI
que posee la Repartición.
Que Departamento Contable informa que corresponde aprobar el gasto y autorizar el
Cotejo de Precios Directo, en un todo de acuerdo a la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, en
vigencia.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el proyecto “Levantamiento de Producto de Monda” del Dren San
Isidro, departamentos San Martín - Caucete que consta de: Pliego de Condiciones Particulares.
Especificaciones Técnicas. Memoria Descriptiva. Planos de Ubicación y Perfiles
Longitudinales y Transversales.
ARTICULO 2º. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos necesarios para sacar 21.342m³ de suelo proveniente de la monda del Dren San Isidro,
en el tramo de 10.750 metros comprendido entre las calles Pedro Cortinez - departamento San
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
47
- SAN JUAN –
Martín y Patricias Sanjuaninas - departamento Caucete y transportarlo al depósito fijado en el
Proyecto o donde lo indique la Inspección, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 6737.
ARTICULO 3º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes.
ARTICULO 4°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 5°. Comuníquese y tómese debida nota.
4°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 108, 109, 110, 111, 112, 113, y 125-DH-97, dictadas por Dirección
General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 108-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 11 para la
adquisición de guarniciones de goma, manguera de alta presión y pistones de goma y tela, con
destino a la máquina perforadora rotativa Nº3 de la Repartición.
Nº 109-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 12 para la
adquisición de elementos y materiales con destino al mentenimiento de las baterías de pozos
oficiales de la Repartición
Nº 110-DH-97: por la que se autoriza la Contratación Directa a favor de la firma Elásticos
Persia S.R.L. por la suma total de $1.148,00 para la reparación incluido mano de obra
especializada y repuestos, de la máquina perforadora Ciclone Drill de la Repartición.
Nº 111-DH-97: por la que se autoriza la Contratación Directa a favor del Boletín Oficial e
Imprenta del Estado, por la suma total de $45,00 para la confección de 500 planillas de registro
diario de heliofanía, con destino a la Estación Nivometeorológica Pachón, departamento
Calingasta.
Nº 112-DH-97: por la que se autoriza la Contratación Directa a favor del Boletín Oficial e
Imprenta del Estado, por la suma total de $85,00 para la confección de 1.000 bandas para
limnígrafos, con destino a la red de limnígrafos del Valle de Tulum, Ullum y Zonda.
Nº 113-DH-97: por la que se aprueba el gasto de $1.528,46 en concepto de pago por comisión
de servicios de los observadores meteorológicos Miguel A. Benegas y Antonio R. Corvalán,
por la misión cumplida durante 17 días del mes de enero de 1997 en la Estación Nivológica
Pachón - Calingasta.
Nº 125-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Compu Service San
Juan, por la suma total de $1.296,00 para la adquisición de ocho thoner para impresora láser
HP-92291-A, con destino al Centro de Procesamiento y Computación de Datos de la
Repartición.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
48
- SAN JUAN –
5°) Expediente N° 519 0353-S-97, SECRETARIA TECNICA, e./ para aprobación el proyecto de
Acta Complementaria a suscribir para dar cumplimiento al desarrollo informático de la
Repartición.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que mediante estas actuaciones Secretaría Técnica eleva el Acta Complementaria que
forma parte del Convenio Marco de fecha 03/10/88, refrendado por Decreto Nº 2987-G-88,
Gobierno de la Provincia de San Juan, con el objeto de realizar el desarrollo informático de
distintas áreas de la Repartición.
Que para el desarrollo de los objetivos por parte del personal de la Universidad Nacional
de San Juan el Departamento de Hidráulica en contrapartida deberá desembolsar la suma de
$1.400,00 por mes, durante tres meses, con la posibilidad de prorrogar la duración del plazo en
un todo de acuerdo al cronograma de actividades previsto.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el Acta Complementaria suscripta entre Dirección General y la
Universidad Nacional de San Juan, que obra a fs.3 de estas actuaciones y cuyo texto se
transcribe:
“ACTA COMPLEMENTARIA Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN JUAN, a
través de la Facultad de Ciencias Exactas Físicas y Naturales, representada en este acto por el
Sr. Decano, Ing. Jesús Abelardo Robles, con domicilio a los fines legales en Ignacio de la Roza
y Meglioli - Rivadavia - San Juan, en adelante “LA UNIVERSIDAD”, por una parte; y el
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA, representado en este acto por su Director General,
Ing. Joaquin Riveros, con domicilio a los fines legales en calle Agustín Gnecco N° 350 (sur) de
esta Ciudad en adelante “HIDRAULICA”,
acuerdan suscribir el presente Acta
Complementaria, Anexo del Convenio Marco firmado en fecha 3/10/88, y ratificado por
Decreto N°2987-G de fecha 03/11/88 - Gobierno de la Provincia de San Juan.------------------------------------------------PRIMERA: La presente Acta Complementaria tiene como objetivo el estudio, sistematización y
desarrollo informático en áreas administrativas - contables del Departamento de Hidráulica.-SEGUNDA: “LA UNIVERSIDAD” brindará a través del personal a su cargo, que
oportunamente designe, el apoyo tecnológico necesario para el cumplimiento del objetivo
dispuesto en la cláusula Primera, estableciendo para ello, un cronograma de actividades que se
aprobará de común acuerdo entre las partes y pasará a formar parte de la presente como anexo.-TERCERA: A solicitud de "HIDRAULICA", “LA UNIVERSIDAD” designa al Ing. Alfredo
LEIVA y al Lic. Manuel ORTEGA como Responsables Técnicos del trabajo derivado de la
presente Acta Complementaria.-----------------------------------------------------------------------------CUARTA: "HIDRAULICA" proveerá toda la información necesaria e insumos para el
desarrollo del objetivo establecido en la cláusula Primera y la suma de $1400 (pesos un mil
cuatrocientos) por mes, durante un periodo de 3 (tres) meses a partir de la firma de la presente,
pudiendo renovarse por periodos similares, de común acuerdo entre las partes.---------------------------------QUINTA: Cualquiera de las partes podrá ejercer el derecho de revocación unilateral de este
Acta, en cualquier estado de su ejecución por las causales de fuerza mayor, mérito,
conveniencia o presupuestaria, previa notificación de setenta y dos (72) horas de antelación.------------------------
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
49
- SAN JUAN –
SEXTA: Cualquier controversia o duda que se plantee durante el desarrollo de las actividades,
con motivo de la presente Acta Complementaria será resuelta por los coordinadores designados
por las partes.---------------------------------------------------------------------------------------------------En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación por las partes, se firman tres (3) ejemplares de un mismo efecto, en San Juan, a los tres días del mes de marzo de mil novecientos
noventa y siete.-------------------------------------------------------------------------------------------------Firmado: Ing. Jesús Abelardo Robles Decano Facultad de Ciencias Exactas Fisicas y
Naturales e Ing. Joaquin Carlos Riveros Director General Departamento de Hidráulica.”
ARTICULO 2º. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
50
- SAN JUAN –
A C T A N° 2080
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
dieciocho días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y
como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración
de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta Nº 2079.
2º) Expediente N° 519 0396-O-97, ORO, CARLOS JACINTO, s/se inscriba como empresa
perforadora.
VISTO:
El expediente N° 519 0396-O-97 mediante el cual el señor Carlos Jacinto Oro, en calidad
de propietario de la empresa de Perforaciones Oro, solicita su inscripción en el registro de
Empresas Perforadoras, proponiendo como Representante Técnico al Licenciado Ricardo
Demartini, inscripto en el registro de profesionales de la Repartición con Matrícula Nº37, y;
CONSIDERANDO:
Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría Técnica
de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170°
siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa de Perforaciones Oro en el Registro de
Constructores de Pozos de la Repartición.
ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea,
comuníquese y oportunamente archívese.
3°) Expediente N° 519 0359-P-97, PIRIZ, CARLOS, s/la inscripción como representante técnico de
empresas perforadoras.
VISTO:
El expediente N° 519 0359-P-97 mediante el cual el Ing. de Minas señor Carlos Raúl Piriz,
solicita su inscripción en el registro respectivo a fin de poder actuar como Representante
Técnico de empresas perforadoras, y;
CONSIDERANDO:
Que el peticionante adjunta certificado de inscripción del Consejo Profesional de
Ingenieros y Agrimensores de San Juan, bajo matricula Nº 3095 y fotocopia certificada del
Título de Ingeniero de Minas expedido por la Universidad Nacional de San Juan.
Que según informe de Departamento Agua Subterránea y Secretaría Técnica se han
cumplido todos los requisitos que establece el Código de Aguas.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
51
- SAN JUAN –
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción en el Registro de Directores Técnicos de Empresas
Perforadoras de la Repartición, al Ing. de Minas Carlos Raúl Piriz, L.E.Nº 8.363.996.
ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea,
comuníquese y oportunamente archívese.
4°) Expediente N°F12 2611-A-96, AGUILAR, JUAN LIBORIO, s/ beneficios del artículo 286°
Ley N° 4392/78, departamento Pocito.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Juan Liborio Aguilar, solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 05-24/810720, registrado bajo cuenta N°3375 del
departamento Pocito, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0596m², registrado bajo
cuenta N° 3375, a nombre de Aguilar, Juan Liborio, departamento Pocito.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
5°) Expediente N°519 0201-P-97, PEREZ ANA R. GARRIDO DE, s/ beneficios del artículo 286°
Ley N° 4392/78, departamento Chimbas.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la señora Ana R. Garrido de Perez, solicita se encuadre en
los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 08-44/770060, registrado bajo cuenta N°191 del
departamento Chimbas, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 4, el predio de referencia
no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
52
- SAN JUAN –
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0998m², registrado bajo
cuenta N° 191, a nombre de Garrido Sanchez, Emilio, departamento Chimbas.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
6°) Expediente N°519 0126-V-97, VIDELA, FLORENCIA JOSEFA, s/ beneficios del artículo 286°
Ley N° 4392/78, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la señora Florencia Josefa Videla, solicita se encuadre en
los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 02-37/450830, registrado bajo cuenta N°953 del
departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
Que según manifiesta el peticionante a fs. 2 el inmueble tiene instalado servicio de agua
potable.
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 3 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1633m², registrado bajo
cuenta N° 953, a nombre de Videla, Jacinto y Videla Guardia, Florencia Josefa, departamento
Rivadavia.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
7°) Expediente N°519 0215-M-97, MALDONADO GLADYS TASCHERET DE, s/ beneficios del
artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Rawson.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
53
- SAN JUAN –
Que mediante estas actuaciones la señora Gladys Tascheret de Maldonado, solicita se
encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho
de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 04-33/130760, registrado bajo cuenta
N°1249 del departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 3 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalados los servicios de agua potable
provistos por O.S.S.E..
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0502m², registrado bajo
cuenta N° 1249, a nombre de Maldonado Padilla, Rafael y Tascheret de Maldonado, Gladys
Esther, departamento Rawson.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
8°) Expediente N° F12 2687-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Angaco.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 5º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Angaco, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
DOTACION
CUENTA
Lescano, Francisco
Lescano, Francisco
Cant. y Cal. El Refugio
3Ha.8496m²
1Ha.1206m²
1Ha.0496m²
1498
834
255
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
54
- SAN JUAN –
Cant. y Cal. El Refugio
Funes, Gabino
Figueroa, Pedro R.
Cascón Novaro, Francisco
2Ha.4704m²
1Ha.5800m²
0Ha.3500m²
3Ha.0000m²
252
791
780
2368
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
9°) Expediente N° F12 2682-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 10º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Rivadavia, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
DOTACION
Siva Mandatos S.A.
Ruiz S. de Valero
Torcivia, Juan
Fuentes, Enrique
Fuentes, Pedro
Sanchez, Ignacio
Gonzalez, Floduardo
Gonzalez, Floduardo
1Ha.1693m²
0Ha.5712m²
1Ha.7060m²
0Ha.7717m²
0Ha.7439m²
1Ha.1867m²
0Ha.4560m²
0Ha.4640m²
CUENTA
0659
2731
4049
4825
4681
1326
1319
1342
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
10°) Expediente N° F12 2678-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rawson
.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 11º, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
55
- SAN JUAN –
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Rawson, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
Yusif, Jorge W.
Ruiz Rodriguez, Tomás
Ruiz Rodriguez, Tomás
Aguilera de Romero, Teresa
García, Silvia E. y Otros
Cano, Antonio y Otro
Portell, Raquel E. y Otro
Sanchez Sanchez, Adrian
Maturano Olguin, Segundo
Maturano Olguin, Pedro M.
Correa, Juan A. y Otro
Fernandez, Raul O.
Quiroga, Tito
Salazar, Doroteo y Otro
Diaz de Aranda, Encarnación
Archilla, Jacinta
Ortiz Araya, Fco. Adán
Ortiz Araya, María Virginia
Ortiz Araya, Urbelina
DOTACION
0Ha.1250m²
0Ha.4150m²
0Ha.2207m²
0Ha.3784m²
0Ha.8207m²
0Ha.4149m²
0Ha.1821m²
0Ha.8966m²
0Ha.3578m²
0Ha.3578m²
0Ha.8260m²
0Ha.8061m²
0Ha.4140m²
0Ha.5287m²
1Ha.1720m²
0Ha.5669m²
0Ha.1257m²
0Ha.1139m²
0Ha.1180m²
CUENTA
2346
2344
2345
2351
2348
2354
9403
9404
9402
9327
2358
2359
2360
2363
2376
5823
10074
8726
10388
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
11°) Expediente N° F12 2683-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Pocito.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 12º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
56
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Pocito, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
Prione Diaz, Pedro
Prione Diaz, Pedro
Sanchez, María
Sanchez, María
Diaz, José
Priano, Jorge
Cañada, Miguel
Sociedad El Capilo S.R.L.
Maurin, N. Juan
Maurin, N. Juan
Grezzi, Willan
Goldstein Lozano R.
Diaz Cano, Leopoldo R.
Agozzino, Carlos
Pantano, Carlos
DOTACION
5Ha.0000m²
2Ha.8648m²
0Ha.2275m²
5Ha.0000m²
3Ha.0300m²
6Ha.1876m²
3Ha.4060m²
25Ha.0000m²
4Ha.6911m²
2Ha.0097m²
3Ha.6300m²
5Ha.1903m²
1Ha.9837m²
1Ha.3537m²
3Ha.0284m²
CUENTA
6358
6359
2682
2527
1342
1291
2761
5196
5322
5320
2432
2567
5073
4989
5046
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
12°) Expediente N° F12 2680-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento 9 de Julio.
.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 13º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento 9 de Julio, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
Gallerano, Francisco
Masciadri M. Ramon
Martin, Mario Amador
San Martino, Rafael
Pensado, Roberto
DOTACION
14Ha.5000m²
12Ha.8296m²
14Ha.8377m²
1Ha.0000m²
3Ha.5556m²
CUENTA
2142
130
896
1023
347
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
57
- SAN JUAN –
Balmaceda, Augusto
Balmaceda Correa P. Eleazar
1Ha.2000m²
1Ha.8000m²
404
397
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
13°)Expediente N°36.476/2-L-96, LOS 5 HERMANOS S.A., s/traslado de dotación, departamento
Pocito.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Victor Alonzo Montañez en su carácter de
presidente de la firma “Los 5 hermanos S.A.”, solicita el traslado de una dotación de
10Ha.0000m² proveniente de la cuenta N°3353, desde la parcela N.C. N° 05-84/230760 al
inmueble con N.C. N°05-84/060700/050850, del departamento Pocito, y;
CONSIDERANDO:
Que la Junta de Riego e Inspección Técnica, informan a fs. 11 que el derecho de carácter
permanente para 10 Ha., cuentas 3353 es entregado por la compuerta Nº 1 derivado del Ramo
Nº 7 del Canal Justo M. Moya conjuntamente con el derecho correspondiente a la cuenta Nº
1775 con dotación para 14Ha.7400m², situación que se mantiene desde hace varios años no
registrando antecedentes de que se haya usado en la parcela 05-84/230760 y considerando, que
de formalizar la inscripción se normalizaría una situación de hecho de antigua data, criterio que
comparte el Departamento Irrigación.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar a la firma Los 5 Hermanos S.A. a trasladar una dotación de
10Ha.0000m² desde el inmueble N.C. N° 05-84/230760, cuenta N°3353, al inmueble con N.C.
N°05-84/050850/060700, cuenta N°1775 dotado por la compuerta N°1, derivado del ramo Nº 7
del Canal Justo M. Moya, departamento Pocito.
ARTICULO 2°. El usuario peticionante será responsable de los daños y perjuicios que se
puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado y estará obligado a realizar las
modificaciones pertinentes a su exclusivo cargo, en caso de ser necesario.
ARTICULO 3°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de
lo expresado en los artículos anteriores.
ARTICULO 4°. Notifíquese, tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y
Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese.
14°) Expediente N° 519 0059-P-97, PATRIMONIO, e/ liquidaciones enviadas por la Caja de
Seguros S.A., ref. seguro de automotores.
VISTO:
El expediente N° 519 0059-P-97, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Acta Nº 2041 punto 5º se contrató a la Caja de Ahorro y Seguros S.A.,
pólizas Nº 4061 y 4029 para las movilidades de la Repartición con opción a renovación
automática.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
58
- SAN JUAN –
Que División Patrimonio da a conocer la nómina de movilidades que prestarán efectivo
servicio durante el corriente año.
Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Renovar y aprobar para el corriente año, las pólizas de seguros de automotores
N° 4061 y 4029, conforme al Art.3º de las condiciones generales establecidas en las mismas,
contratadas con la Caja de Seguros S.A para las movilidades de la Repartición cuya nómina
dan cuenta las presentes actuaciones.
ARTICULO 2°. Aprobar el gasto de pesos tres mil doscientos ochenta y seis con 54/100
($3286,54), el cual se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE
ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
de la Caja de Seguros S.A.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
15°) Expediente N°704-B-96, DR. VICTOR HUGO CALISSE, s/consolidación de deuda (capital e
intereses) en Autos 892 “Pizarro, M. Angel c/Departamento de Hidráulica - Ordinario.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales el Dr. Victor Hugo Calisse en representación del
señor Miguel Osvaldo Pizarro, solicita se de tramite para la inclusión de la deuda pendiente en
relación a los Autos Nº 892 caratulados “Pizarro, Miguel Osvaldo c/ Departamento de
Hidráulica - Ordinario”, conforme a las leyes 6139, 6219 y sus decretos reglamentarios, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Fiscalía de Estado de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 19 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, informando a fs. 19
vta. y 20, que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos dieciocho mil cuarenta y seis con ochenta y dos
centavos ($18.046,82), a favor de Miguel Osvaldo Pizarro, en concepto de consolidación del
capital e intereses existente en los Autos Nº 892 caratulados “Pizarro, Miguel Osvaldo c/
Departamento de Hidráulica - Ordinario”, conforme liquidación obrante a fs. 19 de estos
actuados.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
59
- SAN JUAN –
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
16) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 131, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 142, 143, 144, 145, 146 y 155-DH97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 131-DH-97: autorizar la inclusión en los trabajos adjudicados a la firma “REMO DA
ROLD”, por resolución Nº 861/96, las cuentas Nº 738 y 2408 del departamento Angaco.
Nº 134-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 15 para la
adquisición de 1.500 Kg de alambre galvanizado, 100 Kg de alambre negro recocido Nº 17 y
100 Kg de alambre negro recocido Nº 14 con destino al Departamento Construcciones para la
ejecución de trabajos de defensas en las zonas de riego de la Provincia.
Nº 135-DH-97: por la que se autoriza la Contratación Directa a favor del Boletin Oficial e
imprenta del estado, por la suma total de $605,00 para la confección de 100 talonarios
cuadriplicados de boletas de ingresos y 50 block formularios de partes diarios de recaudación,
con destino a la División Rentas y Valores de la Repartición.
Nº 136-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 14 para la
reparación de cuatro trépanos triconos de 17-1/2” para formación dura insertos y/o comunes y
la reparación de cuatro trépanos triconos de 12-1/4” para formación dura insertos y/o comunes
con destino a los equipos perforadores que realizan tareas en las Baterías de Pozos oficiales de
la Repartición.
Nº 137-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 18 para la
adquisición de herramientas y materiales con destino al Departamento Construcciones para la
ejecución del programa de obras previsto para el presente periodo en la zona de riego de la
Provincia.
Nº 138-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 17 para la
adquisición de chapas negras; planchuelas; hierro perfil U; tornillos con tuercas y arandelas;
hierro; electrodos; hierro angulo; llave francesa y juego de llaves combinadas fijas y estrias con
destino al mantenimiento y conservación de compuertas en la zona de riego de la Provincia.
Nº 139-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 16 para la
adquisición de cubiertas, cámaras y protectores, con destino al mantenimiento y conservación
de los camiones Ford 3500 y 7000, Mercedes Benz 1114, Fiat 619-N1 y Scania 112-E y
maquinarias pesadas de la Repartición.
Nº 142-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $5.160,96 a los señores: Eduardo
Aguilera, Juan Nardi y Salvador Victoria, propietarios de camiones contratados que ejecutan
tareas en el Valle de Tullum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo, y sus distritos.
Nº 143-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas : Libreria San
Carlos, Libreria Malú, Integral Distribuciones, Distribuidora Sudamericana y Papeleria
Salomon, por la suma de $2.072,83, para la adquisición de útiles de oficinas varios, con destino
a las diferentes dependencias de la Repartición.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
60
- SAN JUAN –
Nº 144-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Lar Chilecito S.A., por
la suma total de $942,25 para la adquisición de maderas pino insigne y/o paraná y álamo con
destino al Departamento Construcciones de la Repartición para la ejecución de obras en la zona
de riego de la Provincia
Nº 145-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Alumetal S.A., por la
suma total de $21.434,50 para la adquisición de varillas de hierro especial de 16 mm, 12mm,
10mm, 8mm y 6 mm de diámetro con destino al Departamento Construcciones para la
ejecución de obras en la zona de riego de la Provincia
Nº 146-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firmas Metalurgica del Valle
y Metalurgica Arancibia, por la suma total de $2.031,00 para la adquisición de vastagos de
acero cromo niquel con tratamiento de dureza completos, camisas de acero cromo niquel con
tratamiento de dureza y pulido a espejo de sus partes interiores, plataforma estriada y una
llave exclusa de tres vias con destino a la máquina perforadora rotativa Nº 3 de la Repartición.
Nº 155-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $6.056,54 a los señores: Rodolfo
Cordeje, Luis Cano y Jose Castro, propietarios de camiones contratados que ejecutan tareas en
la Tercera Zona de Riego de la Provincia.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y cuarenta, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
61
- SAN JUAN –
A C T A N° 2081
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
veinticinco días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Francisco Ferrer, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y
como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración
de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta Nº 2080.
2º) MODIFICACION ARTICULOS LEY 4392/78.
VISTO:
La resolución contenida en Acta N° 2077 punto 2°) en la cual se propone se analicen por
parte de las Juntas de Riego las posibles modificaciones a introducir a los artículos del Código
de Aguas Ley N° 4392/78, 47°, 62°, 132°, 136 y 137°, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha recibido contestación por parte de las Juntas de Riego.
Que las mismas se analizaron en el seno de este cuerpo y en reunión con Juntas de Riego
realizada el día 18 de marzo del corriente año.
Que de dicha evaluación se desprende que existen marcadas coincidencias y consenso en
la modificación de los Art. 47°, 62°, 136° y 137°.
Que es necesario continuar con la tarea de consensuar y de acuerdo a lo establecido con
Juntas de Riego.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Enviar a cada Junta de Riego copia de las opiniones emitidas, para
conocimiento de los usuarios y consideraciones generales respecto de los artículos en
discusión, que se transcriben a continuación:
“Art. 47°: No significa que la deuda que mantenga el usuario con el Departamento de
Hidráulica se va a extinguir, ya que su cobro se efectuará por la vía administrativa o judicial,
según corresponda.
Art. 62°: Se hace hincapié que la suspensión del servicio es temporal mientras el regante
mantenga la deuda con el Departamento de Hidráulica. Una vez cancelada se restituye de
inmediato el servicio.
Art. 132°: Para admitir el traslado entre departamentos se ha tenido en cuenta casos extremos
que se presentan a menudo en zonas bajo riego. Tal es el caso de suelos salinizados que no
permiten una explotación, años consecutivos de revenición con esperas prolongadas para poder
recuperar las tierras, catástrofes como ejemplo incendios que inutilizan los terrenos, etc. La
reglamentación actual condena económicamente al usuario a no utilizar su derecho por cuanto
no le permite trasladarlo a otro departamento. Se destaca que previo al traslado de dotaciones
entre departamentos, se harán cumplir estrictamente las exigencias que el caso requiere y que
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
62
- SAN JUAN –
están implementadas en la legislación vigente, destacándose entre otras la presentación de un
estudio agronómico que determine claramente que los suelos a beneficiar son más aptos y de un
estudio técnico que permita determinar la factibilidad de lo solicitado, donde debe incluirse
todo tipo de obra que debe modificarse, especialmente para determinar la capacidad de los
cauces donde se incluirá la nueva dotación. La decisión final está a cargo de las Juntas de
Riego, y de las Comisiones de Canal tanto de donde se saca el derecho como donde ingresa el
mismo, y que deban intervenir en el problema del traslado.
Art. 136°: Son válidas las consideraciones efectuadas para el Art. 132°, pero está acotada a
través del tiempo, ya que se estipula que al cabo de un tiempo máximo de 5 años pueden
desaparecer las razones del traslado temporal.
Art.137°: La razón de poner un tiempo menor del previsto en la situación actual es prever que
se inserte dentro del aparato productivo mas rápidamente.
Se deja en claro que el Art. 123° no está en discusión, ni en tratamiento, por cuanto se
mantendrá el agotamiento de caudales, prohibición de nuevas concesiones para uso agrícola y
que los derechos recuperados por los Arts. 47° y 137° podrán ser destinados a completar los
casos en que se tienen derechos de agua accidentales, a efectos de ir cumplimentando lo
estipulado en el Art. 121°.”
ARTICULO 2º. Para las respuestas de las Juntas de Riego, se fija como fecha el 14 de abril del
corriente año.
ARTICULO 3º: Tómese debida nota.
3°) Expediente N°519 0207-B-97, BACUR JUAN MIGUEL, s/ beneficios del artículo 286° Ley N°
4392/78, departamento 9 de Julio.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Juan Miguel Bacur, solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 09-32/770180, registrado bajo cuenta N°1082 del
departamento 9 de Julio, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 4, el predio de referencia
no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 5., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0553m², registrado bajo
cuenta N° 1082, a nombre de Bacur, Juan Miguel, departamento 9 de Julio.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
4°) Expediente N°F12 2634-A-96, ABALLAY, PABLO ERNESTO Y OTRA, e/renuncia al
derecho de riego, departamento Pocito.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
63
- SAN JUAN –
VISTO:
Que mediante estas actuaciones los señores Pablo Ernesto Aballay y Dora Andrea Nievas
de Aballay, elevan renuncia al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N°
05-26/850800, registrado bajo cuenta N°5135 del departamento Pocito, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 3 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 5., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando que se aplique en este caso, en vez de la
renuncia al derecho de riego, la cesación por no uso en los términos del Art. N° 286 del
Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0917m², registrado bajo
cuenta N° 5135, a nombre de Aballay, Pablo Ernesto y Nievas de Aballay, Dora Andrea,
departamento Pocito.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
5°) Expediente N°31938/3-S-96, SOCIEDAD CIVIL CONSORCIO RICARDO BALBIN, Ref/
expedientes N°31938-S-93 y N°31938/2-S-93 (agregados), departamento Albardon.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la Sociedad Civil Consorcio Ricardo Balbin, solicita se
encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho
de agua que le corresponde a los inmuebles Nom. Cat. N° 10-56/200670 y 200630, registrados
bajo cuentas N°2018 y 810 del departamento Albardon, por cuanto fueron fraccionados con
destino a un complejo habitacional y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 25 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 33, la situación
registral de los derechos de que se trata.
Que Asesoría Letrada a fs. 48 en su informe Nº 027-DH-97 sugiere, que teniendo en cuenta
lo actuado y los informes obrantes en este expediente se encuadre el presente caso en las
disposiciones establecidas en el Art. 286º de la Ley 4392, previo acreditación, por parte de la
peticionante, de que el plano de fraccionamiento adjunto se encuentra apto para transferir
dominio, requisito que se agrega a fs. 50.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
64
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente para: 1Ha.5290m² y
1Ha.4855m², registrados bajo cuentas N° 2018 y 810, a nombre de Sociedad Civil Consorcio
Ricardo Balbin, departamento Albardon.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
6°) Expediente N° F12 2685-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Caucete.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 8º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Caucete, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
DOTACION
CUENTA
F.C.Nac.G.Belgranos
Sebastián Morino
Sebastián Morino
Sebastián Morino
Sebastián Morino
Sebastián Morino
Sebastián Morino
10Ha.0000m²
0Ha. 3300m²
0Ha. 1433m²
0Ha. 6293m²
0Ha. 2782m²
0Ha. 1261m²
0Ha. 2275m²
---3179
1486
1488
1489
1709
1227
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
7°) Expediente N° 519 0306-I-97, IRRIGACION, e/nota de la señora Rosario Aranda de Perez
sol/traslado de ramo, Dpto. Jachal.
.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que la señora Rosario Aranda de Perez, en calidad de
propietaria del inmueble nomenclatura catastral Nº 18-56/600709, solicita recibir por el ramo
Población, compuerta Nº 1, derivado del canal Rincón, la dotación de 2Ha.1029m² que registra
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
65
- SAN JUAN –
la cuenta Nº 1435 y que le corresponde recibir por el subramo Pavón, compuerta Nº 2, ramo
Puente Verde, compuerta Nº 1, canal Falda Sur, departamento Jachal, y;
CONSIDERANDO:
Que fundamenta su solicitud aduciendo problemas económicos para rehabilitar el subramo
Pavón, actualmente en desuso.
Que los regantes afectados fueron notificados sin presentar oposición alguna a lo que se
agrega opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica, dejando establecido que
los problemas de dominio de riego y gastos a realizar en la modificación del partidor (Canal
Falda Sur-Canal Rincón) y toma serán responsabilidad del propietario, criterio que comparte
Departamento Irrigación.
Que a fs. 10 la peticionante deja expresa constancia que existen problemas de dominio
parcial en la parcela y que todos los trabajos necesarios a ejecutar por falta de dominio de riego,
correrán por su cuenta y riesgo.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 14 que el derecho de
riego registrado bajo la cuenta Nº 1435 pertenece al inmueble Nom.Cat. 18-56/600700,
inscripto a nombre de Rosario María Aranda de Perez del departamento Jachal.
Que Secretaría Técnica sugiere que podría acceder a lo solicitado al tener opinión
favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica y la voluntad manifiesta del recurrente
referente a dominio y ejecución de obras.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar a la señora Rosario María Aranda de Perez, el cambio de
servidumbre de riego para la propiedad individualizada con Nom.Cat. 18-56/600700, con
dotación de 2Ha.1029m² Cuenta Nº 1435, correspondiente al Canal Falda Sur, Ramo Puente
Verde, Compuerta Nº 1, Subramo Pavón, compuerta Nº 2 al canal Rincón, ramo Población,
compuerta Nº 1, departamento Jachal.
ARTICULO 2°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a la aprobación del estudio
técnico que deberá presentar la peticionante y a la ejecución de las obras, lo que será por su
cargo y cuenta, como también a efectuar los trabajos que a criterio del Departamento de
Hidráulica se considere necesario.
ARTICULO 3°. El usuario peticionante asume la responsabilidad de la falta de dominio parcial
en la parcela y de los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros por efecto de lo
autorizado.
ARTICULO 4°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de
lo indicado en los artículos anteriores.
ARTICULO 5º. Notifíquese. Tome nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y
Dirección del Registro y Catastro General de Aguas.
8) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168
Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
y 181-DH-97, dictadas por
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
66
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 162-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 20 para la
adquisición de 3 bombas de agua y 3 paletas con destino a la reparación y puesta en servicio de
las cargadoras frontales Fiat-Allis 545-B internos Nº 14-04, 14-05 y 14-06.
Nº 163-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 13 para la
adquisición de 3 relojes electrónicos con sus correspondientes software y la provisión de 800
tarjetas magnéticas con destino al Departamento Administración de Personal.
Nº 164-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Ingemeb de Mario
Batias y Agrinsa S.A. por la suma de $35.568,34 para la adquisición de repuestos con destino a
la reparación y puesta en servicio de la topadora Fiat-Allis 16-B interno 36-04 de la
Repartición.
Nº 165-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Ingemeb de Mario
Batias, Sanchez Bustos y Cia S.R.L. y Agrinsa S.A. por la suma de $26.682,11 para la
adquisición de repuestos con destino a la reparación y puesta en servicio de la topadora FiatAD-14 interno 36-02 de la Repartición.
Nº 166-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firma Ital Diesel Concesionario Oficial Perkins, por la suma de $99.780,00 por la provisión, instalación y puesta
en funcionamiento de 6 motores Perkins nuevos y 6 cajas de velocidades nuevas incluida mano
de obra especializada, repuestos y reparaciones requeridas con destino a la puesta en servicio
de 6 pick up Ford F100 de la Repartición.
Nº 167-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 21 para la
ejecución de trabajos de levantamiento y transporte de producto de monda en el Dren San
Isidro en el tramo comprendido entre Calle Pedro Cortinez hasta calle Patricias Sanjuaninas, a
pagar con bonos CREFI de la provincia.
Nº 168-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 22 para la
ejecución de trabajos de levantamiento y transporte de producto de monda en el Dren San
Isidro en el tramo comprendido entre las vías del FFCC, al oeste de calle 19 y calle Caseros, a
pagar con bonos CREFI de la provincia.
Nº 181-DH-97: por la que se autoriza la inclusión en los trabajos de monda adjudicados por
Resolución Nº 668/96 a la Firma Florencio Rodolfo Burgues, las cuentas Nº 2728 del
departamento Pocito y Nº 4003 del departamento Rawson
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
9º) Expediente N° 519 0563-I-97, IRRIGACION, e/listado de usuarios con derecho de riego del
canal Luna, departamento Santa Lucia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la Inspección Técnica de Santa Lucía, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola, en un periodo superior a los cinco
(5) años, a fín de declarar fuera de servicio el canal Luna, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas eleva a fs. 8/11 nómina
actualizada de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica y otros
que se detectaron como pertenecientes al canal Luna.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
67
- SAN JUAN –
Que Secretaría Técnica, analizados estos actuados estima procedente la aplicación de los
términos de cesación por no uso, Artículos 137º, 285º, 286º y concordantes del Código de
Aguas.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados de los departamentos Capital y Santa Lucía, que a continuación se detallan, hagan
sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la
caducidad de la concesión:
Usuario
CABRERA, Félix y O.
CABRERA, Margarita F.
CHIRINO, Julian
GONZALEZ DIAZ, Juan
BGAS Y VDOS LAS CUYANAS
AGUILERA, Agustín
COBOS, Juan Domingo
ESTRELLA, Juan
ROMERO, Guillermo C.
ZAPATA RAMIREZ, Julio
MACIAS DE P., Josefa
GARCIA DE C., María
CASTRO G., Lidia M.O.
Cuenta
5492
7303
2421
2429
1584
1315
1354
1652
1337
2672
2430
2431
2428
Dotación Departamento
0Ha.7626 m²
Capital
0Ha.7540 m²
Capital
1Ha.0000 m²
Santa Lucía
1Ha.5000 m²
Santa Lucía
2Ha.8476 m²
Capital
2Ha.0000 m²
Capital
0Ha.8374 m²
Capital
0Ha.5225 m²
Capital
0Ha.6277 m²
Capital
0Ha.6165 m²
Capital
0Ha.8705 m²
Santa Lucía
0Ha.6133 m²
Santa Lucía
1Ha.5000 m²
Santa Lucía
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente de los departamentos Capital y
Santa Lucía que a continuación se detallan:
Usuario
NESMAN, María E.
PEREYRA, Genaro A.
AVILA, Juan Marcos
RIOS, Victor A.
VILLAVICENCIO, María
VIDELA DE FRIAS, Lidia y O.
VIDELA, Amado Eulogio
ABERASTAIN DE MORENO, Delia
FRIAS, Juan I. y O.
ABREGO DE MOLINA, Dalinda
BARQUIEL, Francisco D.
HEREDIA, José Sotero y O.
Cuenta
1561
2675
1565
4562
1564
1569
1570
1571
6738
1596
7014
1598
Dotación
0Ha.1024m²
0Ha.0735m²
0Ha.0666m²
0Ha.1032m²
0Ha.1089m²
0Ha.5000m²
0Ha.4059m²
0Ha.1287m²
0Ha.1312m²
0Ha.0815m²
0Ha.0562m²
0Ha.0872m²
Departamento
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
68
- SAN JUAN –
Usuario
MONASTERIO, Juan Carlos y O.
ESCODA DE MESTRE, María
ROYON, Alfredo
BUSTOS, Brigido del R.
GONZALEZ, Argentino
SORIA DE GARAY, A.
ALBARRACIN DE INFANTES
BARRIENTOS, José C.
BRONIA DE AYALA, C.
BUSTOS, Cira de
CORDOBA, Alberto
ESTEO, Manuel G. y otro
FERNANDEZ, Adela V. de
FERNANDEZ DE POBLETE, I.
GONZALEZ, Antolín E.
TANTEN DE PONCE, Julia
VILANES, Humberto V.
GONZALEZ, Manuel A.
CORIA, Clara Filomena
LOPEZ MINGOLLA, Juan
PAPOLO, Genaro Cerafín
ACHEN, Elías S.
ARIAS, Dionisio L.
MARTIN LIROLA, Emilio
RANEA, Américo
CASTRO, Humberto L.
MARATTA CONTI, María
ALFERILLO, Segundo Eusebio
AGUERO, Enrique
AMANTE, Leonardo
CACERES, Franklin
VICTORIA, Domingo A.
CATALINI, Manuel A.
FLORENTINO, Luis
GARRO, Mercedes Roque
FERNANDEZ DE RODRIGUEZ
FERNANDEZ FERNANDEZ, G.
QUEVEDO DE VIDELA, Dolores
MARTIN, Hugo Daniel
CACERES, Ramón C.
DIAZ DE CASTRO, María
SANCHEZ, Juana M. y Otros
FREDES, Angela T.
PAEZ, Eduardo Genaro
PAEZ, Eduardo Genaro
ALFERILLO, José
PAEZ, Félix Máximo
PAEZ, Pedro Mario
AGUILERA, Damian Segundo
SISTERNA DE VILLAVICENCIO
ENTZ, Guillermo S.
MARTIN PINO, José
ORTEGA, Pedro
QUIROGA, Segundo
Cuenta
4926
7206
7613
5835
1611
1637
1649
1655
4589
1647
4918
7065
1651
1661
7064
4839
5826
5836
7201
5194
4574
1779
7272
6138
7072
6809
1812
1830
5493
1848
1839
1843
1858
5696
5021
4765
5478
1853
6787
5476
7141
4688
4803
3838
5436
3804
4754
1838
3573
4088
4806
2426
2446
2444
Dotación
0Ha.0730m²
0Ha.1225m²
0Ha.0642m²
0Ha.0561m²
0Ha.0510m²
0Ha.0546m²
0Ha.0650m²
0Ha.1702m²
0Ha.0606m²
0Ha.3723m²
0Ha.1571m²
0Ha.1478m²
0Ha.5000m²
0Ha.0899m²
0Ha.1726m²
0Ha.1277m²
0Ha.0627m²
0Ha.0533m²
0Ha.1968m²
0Ha.3334m²
0Ha.0852m²
0Ha.2888m²
0Ha.1195m²
0Ha.0615m²
0Ha.0859m²
0Ha.0866m²
0Ha.1745m²
0Ha.0623m²
0Ha.0600m²
0Ha.1675m²
0Ha.0546m²
0Ha.0942m²
0Ha.0931m²
0Ha.0594m²
0Ha.0534m²
0Ha.2032m²
0Ha.4845m²
0Ha.0800m²
0Ha.1073m²
0Ha.0772m²
0Ha.0962m²
0Ha.1401m²
0Ha.0860m²
0Ha.0726m²
0Ha.0780m²
0Ha.0680m²
0Ha.0582m²
0Ha.0543m²
0Ha.3301m²
0Ha.2688m²
0Ha.1036m²
0Ha.2064m²
0Ha.5000m²
0Ha.5000m²
Departamento
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Santa Lucía
Santa Lucía
Santa Lucía
Santa Lucía
Santa Lucía
Santa Lucía
Capital
Santa Lucía
Santa Lucía
Santa Lucía
Santa Lucía
Santa Lucía
Santa Lucía
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
69
- SAN JUAN –
Usuario
MATUS, Custodia
CONCAR
CONCAR
AMARFIL PAEZ, Luis y O.
ROBLES FIGUEROA, Antonio
BERENGUER, Juan Bautista
GAMERO LOPEZ, Daniel
GAMERO LOPEZ, Daniel y O
LOPEZ, Estrella Luminar
LOPEZ, Estrella L. y O.
LOPEZ MINGOLLA, Juan
MONASTERIO, Cesar y O.
PARDO, Ignacio L. y O.
MOLINA, Angel A. y O.
ORELLANO, Nicolás T.
MONARDEZ DE C. María
MUNICIPALIDAD DE CAPITAL
LOPEZ RIGO DIEGO
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
GOMEZ, Petrona G. de
ACIAR, Ramón Victor
ALTAMIRANO, José V.
CONCAR
ARREDONDO, Rosa G.
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
MOLINA, Carlos I.
CONCAR
SALCEDO, Eugenio
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CARRIZO DE VALDEZ, Rita
SERRANO, Hermelinda A.
SEGOVIA PERALTA, José M.
RODRIGUEZ, Mercedes
ABERASTAIN, Doraliza de
CASTRO F., Regina
CONCAR
Cuenta
2447
4808
4807
4809
2386
1833
7427
7425
7429
7426
7483
1039
1658
7622
7621
1657
4816
1891
6801
6800
5692
5691
5693
6810
5695
5700
5629
5641
6975
5573
6938
6984
5599
5640
5602
5600
6937
5590
6966
5584
6978
5670
5847
5611
6980
6992
6999
1757
1351
1589
1593
1353
1646
5981
Dotación Departamento
0Ha.5000m²
Santa Lucía
0Ha.3867m²
Santa Lucía
0Ha.1295m²
Santa Lucía
0Ha.0571m²
Santa Lucía
0Ha.2285m²
Santa Lucía
0Ha.0683m²
Capital
0Ha.1529 m²
Capital
0Ha.0665 m²
Capital
0Ha.0523 m²
Capital
0Ha.0563 m²
Capital
0Ha.4838 m²
Capital
0Ha.2550 m²
Capital
0Ha.1370 m²
Capital
0Ha.0741 m²
Capital
0Ha.0543 m²
Capital
0Ha.1100 m²
Capital
0Ha.1783 m²
Capital
0Ha.5000 m²
Capital
0Ha.0890 m²
Capital
0Ha.0590 m²
Capital
0Ha.0597m²
Capital
0Ha.0596 m²
Capital
0Ha.0599 m²
Capital
0Ha.0594 m²
Capital
0Ha.0590 m²
Capital
0Ha.0591 m²
Capital
0Ha.0545 m²
Capital
0Ha.0523 m²
Capital
0Ha.0664 m²
Capital
0Ha.0642 m²
Capital
0Ha.0616 m²
Capital
0Ha.0580 m²
Capital
Capital
0Ha.0618 m²
0Ha.0676 m²
Capital
0Ha.0532 m²
Capital
0Ha.0517 m²
Capital
0Ha.0563 m²
Capital
0Ha.0518 m²
Capital
0Ha.0503 m²
Capital
0Ha.0557 m²
Capital
0Ha.0611 m²
Capital
0Ha.0520 m²
Capital
0Ha.0602 m²
Capital
0Ha.0668 m²
Capital
0Ha.0686 m²
Capital
0Ha.0523 m²
Capital
0Ha.1857 m²
Capital
0Ha.0542 m²
Capital
0Ha.2550 m²
Capital
0Ha.1025 m²
Capital
0Ha.5000 m²
Capital
0Ha.5000 m²
Capital
0Ha.5000 m²
Capital
0Ha.0593 m²
Capital
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
70
- SAN JUAN –
Usuario
EGEA, María del C. R.de
GOMEZ, Esther
GOMEZ, Juan Pablo
GOMEZ, Saulo
LOPEZ GIMENEZ, José y O.
MARQUEZ SERRANO, Juan
NAVAS, Juan Rafael
PERALTA, Nicolás
POLLO, Ascensión S. de
RODRIGUEZ DE G., María
ROMERO, Mercedes G.
SORIA, María Ruch
VERSINO, Alberto
ZAPATA, Abigail Vda. de
ZAPATA R., Fanny del C.
ZAPATA R., Fanny del C.
ZAPATA R., Josefa Eva
ZAPATA R., Josefa Eva
ZAPATA R., Josefa Eva
AMPAÑA DE TEJADA,Angela
FLORES, Ramón León
CASTRO, Segundino I.
QUIROGA, Segundo F.
LOPEZ, Justo F. y Otra
CARBAJAL, Ramón F.
CARRIZO, Amada
CARRIZO E., Lorenzo
DIAZ, Pascuala y Lucila
DIAZ, Ruperto
GIMENEZ, Enriqueta S.de
MALLA, Petrona M. de
MOYA, Antonio C.
RAMOS, José S.
MUÑOZ DE S., Rosario
Cuenta
1328
1324
1323
1322
1327
2676
1660
1653
1318
7631
1346
1325
5486
2671
2685
2689
2682
2687
2693
6229
4691
4801
2714
2452
2420
2432
2436
2435
2433
2425
3511
2424
4994
2385
Dotación Departamento
0Ha.0548 m²
Capital
0Ha.5000 m²
Capital
0Ha.4698 m²
Capital
0Ha.0603 m²
Capital
0Ha.1506 m²
Capital
0Ha.0720 m²
Capital
0Ha.1040 m²
Capital
0Ha.4080 m²
Capital
0Ha.3723 m²
Capital
0Ha.1843 m²
Capital
0Ha.0544 m²
Capital
0Ha.0822 m²
Capital
0Ha.0591 m²
Capital
0Ha.4851 m²
Capital
0Ha.0938 m²
Capital
0Ha.1745 m²
Capital
0Ha.1248 m²
Capital
0Ha.0857 m²
Capital
0Ha.0967 m²
Capital
0Ha.0863 m²
Santa Lucía
0Ha.0501 m²
Santa Lucía
0Ha.2078 m²
Santa Lucía
0Ha.2517 m²
Santa Lucía
0Ha.2807 m²
Santa Lucía
0Ha.2739 m²
Santa Lucía
0Ha.5000 m²
Santa Lucía
0Ha.1114 m²
Santa Lucía
0Ha.1018 m²
Santa Lucía
0Ha.4429 m²
Santa Lucía
0Ha.0565 m²
Santa Lucía
0Ha.5000 m²
Santa Lucía
0Ha.2312 m²
Santa Lucía
0Ha.0536 m²
Santa Lucía
0Ha.1384 m²
Santa Lucía
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos en el Boletín Oficial, por el término de un
día y diario local dos días.
ARTICULO 4°. Notifíquese y tomen nota de la cesacion de derechos declarada en el artículo
2º de esta resolución, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento
Irrigación. Cumplido archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y cuarenta, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
71
- SAN JUAN –
A C T A N° 2082
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a dos
días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Juan Pedrozo, Florencio
Riveros, Francisco Ferrer, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta.
Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2081.
2°) Expediente N° 519 0520-I-97, IRRIGACION, s/autorización con comisión.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones, Departamento Irrigación con motivo del relevo del
personal de observadores meteorológicos destacados en comisión en la Estación
Nivometeorológica Pachón, Departamento Calingasta, solicita destinar en esta oportunidad a
los agentes Alberto R. Medalla y Héctor O. López, por un término aproximado de 96 días a
partir del 19/04/97 y;
CONSIDERANDO:
Que Administración de Personal eleva planilla de liquidación de 50% de los gastos de
comisión de los referidos agentes. El 50% restante se liquidará por planilla general de sueldos.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar la comisión y aprobar el
gasto.
Que tomó debida intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Destacar a los agentes Alberto R. Medalla Doc. 8.493.321 y Héctor O. López
Doc. 7.949.379, al cumplimiento de la comisión oficial Estación Nivometeorológica Pachón,
Departamento Calingasta, como observadores meteorológicos cuya duración se estima por el
término de 96 días aproximadamente, desde el 19 de abril de 1997 hasta el 24 de julio de 1997.
ARTICULO 2°. Aprobar el gasto por la suma de pesos ocho mil seiscientos treinta y uno con
treinta y seis ($8.631,36) para atender el pago del 50% que demanda la comisión de referencia,
con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 01 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Autorizar al Departamento Contable a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada en el articulo anterior, a favor del Tesorero de la Repartición, con cargo a
rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Queda establecido que, para el caso de que la comisión autorizada de los
referidos observadores meteorológicos deba prorrogarse por causas de fuerza mayor,
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
72
- SAN JUAN –
debidamente justificado, esta regirá hasta la fecha en que pueda efectuarse el relevo
correspondiente .
ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
3°) Expediente N° 519 0523-C-97, CONTADURIA, s/la emisión de una orden de pago anticipada
por la suma de $1.500.00.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para
librar una orden de pago anticipada por la suma de $1.500,00 para atender el pago a la empresa
Pool de Ideas en concepto de publicidad que se realiza por T.V.O., con motivo de la campaña
sobre la problemática hídrica de la provincia y con el fin de concientizar a la población respecto
a la restricción del uso del agua tanto potable como de regadío, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el
gasto y autorizando a librar orden de pago anticipada, conforme lo establece la Ley de
Emergencia Hídrica 6737.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero,
con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos un mil quinientos ($1.500,00), con destino
al pago a favor de la empresa Pool de Ideas, con motivo de la publicidad que se realiza por
T.V.O. a fin de concientizar a la población respecto a la restricción del uso del agua tanto
potable como de regadío debido a la emergencia hídrica.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02
PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 26 - “IMPRENTA,
PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
4°) Expediente N° 519.0554-T-97, TRIELEC S.A., e/donación de elementos.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que mediante estas actuaciones la firma Trielec S.A., ofrece en donación elementos con
destino a medición de factor de potencia, amperaje, voltaje, etc. de los motores eléctricos
instalados en las perforaciones oficiales.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aceptar la donación de: un módulo conecc. VPM 277C1 M.Geri; un monitor
de cir. CM-2250 M. Geri y un adapt. óptico p/powerlogic.
ARTICULO 2º. Tome debida nota División Patrimonio, comuníquese y archívese.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
73
- SAN JUAN –
5°) Expediente N° F12 2688-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Albardón.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 6º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Albardón, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
DOTACION
Albarracín M., Luis
Mathus, Carlos E.
Blanco de Riveros, A.
Aguirres, Luis y O.
2Ha.1935m²
2152
2Ha.2731m²
2797
1Ha.2084m²
2593
3Ha.6783m²
3575
CUENTA
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
6°) Expediente N° F12 2695-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Jáchal.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 9º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
74
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Jáchal, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
DOTACION
Zabaleta, Romelia
Zabaleta, Antonio
Carrizo de Bravo, Elena
Manrique, Encarnación
Quiroga, Damiana
6Ha.5642m²
6Ha.1250m²
22Ha.5826m²
1Ha.5625m²
1Ha.5625m²
CUENTA
1600
1603
2864
139
186
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
7°) Expediente N° F12 2679-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Santa Lucia.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 14º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Santa Lucía, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
Corrales, Luis A.
Quiroga, Oscar J.
Cáceres, José H.
Rios, Juan A.
Molina, Antonio
Alcani de Amparán
Vargas Escudero
Tejada de Zalazar R.
Tejada Zalazar, Edith
Zalazar Tejada
USUARIO
Zalazar Tejada
Tortoza, Ramon
Tortoza, Ramón
Tortoza, Ramón
Tortoza, Ramón
Avellaneda, Francisco
DOTACION
0Ha.5000m²
0Ha.4158m²
0Ha.3463m²
0Ha.0535m²
0Ha.2990m²
0Ha.1374m²
0Ha.1425m²
0Ha.3515m²
0Ha.3983m²
0Ha.3925m²
DOTACION
0Ha.4104m²
0Ha.7533m²
0Ha.1730m²
0Ha.1804m²
0Ha.1726m²
0Ha.0532m²
CUENTA
2795
4726
2818
4727
4731
4729
4547
2798
6038
6039
CUENTA
6040
2819
2831
2834
2836
6288
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
75
- SAN JUAN –
Pallares, José M.
Arredondo, Juan
Bazan, Sinforosa Suc.
Farías, Agustina B. de
Infante, Javier
Lucero, Filomena
Ortiz, Rufina B. de
Vieyra, Luis
Heredia, Pascuala
Aguero, Abdona
Celani, Francisco
Molina, Antonio
Cano, Pablo A.
Ortiz de Cano, Blanca
Cano, Pablo A.
Cano, Pablo A.
Perez, Fortunato
Sanchez, Espósito
Rodriguez, Fidel
Flores, Ramón
Pazcel, Augusto
Ríos, Juan A.
Alcani, Gregorio
Alcani, Amparan
Cerri, Luis Emilio
Sanchez, Faustino y otros
Esteo de Ruiz, María
Esteo, Juan Carlos
Esteo, Miguel A.
Esteo, Armando
Luna de Ortiz, María
Mancini, L. de Sanchez
Mancini, Luci Nazareno
Mancini, Luci Nazareno
Vera, Elio José
Delgado, Oscar
Rodriguez, Pedro
Chipre, Felix
Mancini, Enrique
Mancini, Ercilia
Mancini, L. Juan
0Ha.0532m²
0Ha.0527m²
0Ha.5000m²
0Ha.3752m²
0Ha.3043m²
0Ha.4400m²
0Ha.8433m²
0Ha.3500m²
0Ha.5000m²
0Ha.5000m²
0Ha.5000m²
0Ha.2180m²
0Ha.0712m²
0Ha.0718m²
0Ha.0716m²
0Ha.1684m²
0Ha.0565m²
0Ha.2071m²
0Ha.0634m²
0Ha.0501m²
0Ha.1625m²
0Ha.0535m²
0Ha.0560m²
0Ha.1374m²
0Ha.0740m²
0Ha.0582m²
0Ha.0775m²
0Ha.0713m²
0Ha.0745m²
0Ha.0742m²
0Ha.1105m²
1Ha.8389m²
1Ha.8301m²
1Ha.5367m²
1Ha.3009m²
1Ha.5061m²
0Ha.3210m²
0Ha.3275m²
1Ha.1802m²
1Ha.1763m²
1Ha.1899m²
6290
2824
2817
2814
2813
2821
2820
2825
2792
2790
2788
2794
4679
4680
4681
4802
2419
2394
4682
4691
4724
4727
4730
4729
5816
5815
5650
5649
5651
5648
2775
2750
2749
2760
4979
6131
3417
3374
2748
2752
2745
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
8°) Expediente N° F12 2681-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 15º, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
76
- SAN JUAN –
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Chimbas, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
Porres, Juan W. y otros
Caik, Abraham y otros
Caik, Abraham y otros
Bonilla Lopez, Andrés
Cataldo, José Ustacio
Delgado, Edmundo
Delgado, Francisco José
Delgado, Juan Dario
Delgado, Juan Dario
Moretta, Elizabeth Alicia
Rodriguez, Luciano y otros
Toledo Rios, Antonio
Toledo Rios, Antonio
Guerrero de Jimenez, Ema
Guerrero, Francisco
Sosa, Francisco Hilario
Garramuño, Jorge W.
1 de Nov. Coop. C. y Credito Ltda.
Martinez de Castillo, María
Martinez, Pedro Tomas
Martinez, Segundo C.
Medina de Martinez, Mercedez
Martinez, Domingo E.
Montello, José Succ.
Mapal S.A.C.I.Y.A.
Sanchez, Oscar Manuel
Rivera de Vega, Esther
Pozo, Miguel Laureano
USUARIO
Arancibia, Horacio C.
Illanes, Juan y otra
Posse, José Dick
DOTACION
5Ha.2882m²
6Ha.2487m²
1Ha.7124m²
1Ha.1600m²
0Ha.7663m²
0Ha.7800m²
0Ha.8512m²
0Ha.1078m²
0Ha.1896m²
0Ha.0649m²
0Ha.0545m²
2Ha.1448m²
1Ha.2691m²
0Ha.4243m²
0Ha.8765m²
2Ha.0526m²
0Ha.5200m²
1Ha.3333m²
0Ha.1334m²
0Ha.1334m²
0Ha.1334m²
0Ha.1334m²
0Ha.1334m²
0Ha.6877m²
1Ha.2456m²
0Ha.4530m²
0Ha.0568m²
0Ha.0572m²
DOTACION
0Ha.0575m²
0Ha.0581m²
0Ha.0578m²
CUENTA
173
3626
3645
3437
260
49
259
4367
4366
4091
4063
2722
60
2257
2121
4161
2259
3851
2314
2319
2316
2317
2318
112
4090
4052
3935
3942
CUENTA
3943
3944
3968
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
9°) Expediente N° F12 2686-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento San Martín.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
77
- SAN JUAN –
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 16º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento San Martín, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
Gonzalez, Andrés W.
Gonzalez de Lopez, María
Gonzalez, Ernesto
Cagliero, Isidro
Gamboa, Pedro
Gamboa, Francisco
Gamboa, Eusebio
Escobar, Noé
Naranjo, Humberto
Araujo, Emerenciano
Ontiveros de Sanchez, Juana
Bustos de Quiroga, M.
Olmo, Segundo
Naranjo, Humberto
Adaro, María
Escobar, María Ascención
Escobar, María Rosa
Escobar, Paula María
Laciar, Juana
Rodriguez de Cataldo, Tereza
USUARIO
Gimenez, Antonio
Antunez, Segundo
Alvarez Chinchilla, Antonio
Orozco, Hercilio
Robledo, Pedro Pablo
García de Sirerol, Encarnación
Gomez Zafra, Manuel
Gomez Zafra, Manuel
Sirerol, Juan Bautista
Mas Barber, Angel
Blanco, Miguel
García de Orozco, María
Orozco, Hercilio del Carmen
DOTACION
1Ha.0024m²
1Ha.0230m²
3Ha.9953m²
0Ha.0862m²
0Ha.5199m²
0Ha.5199m²
0Ha.5199m²
0Ha.9619m²
1Ha.0000m²
2Ha.5000m²
0Ha.7864m²
0Ha.7300m²
1Ha.4437m²
4Ha.0000m²
1Ha.0000m²
1Ha.0000m²
1Ha.0000m²
1Ha.0000m²
0Ha.1530m²
1Ha.1720m²
DOTACION
0Ha.5651m²
0Ha.6727m²
1Ha.0000m²
1Ha.7500m²
0Ha.1527m²
1Ha.7875m²
0Ha.5160m²
2Ha.3850m²
0Ha.5000m²
5Ha.3735m²
0Ha.4362m²
0Ha.2788m²
0Ha.5911m²
CUENTA
1608
1635
1634
528
1214
1215
1213
459
348
325
1124
450
447
352
461
473
460
349
1044
354
CUENTA
1905
1048
385
1121
416
1249
1811
1814
1448
439
507
1008
1101
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
78
- SAN JUAN –
Platero, Blas
Orozco, José Hercilio
Cáceres, Neptalí
Vitale, Vicente y O.
Mortensen, Elena Mabel de Vargas
Comerio Medina, Eduardo
Rodriguez, Nélida A. Valdez de
Paez, Carlos César y O.
Sastre Rivero, Perfecto
Sastre Rivero, Perfecto
Bosque de Gomez, B.A.
Moreno, Domingo
Aguero, José
Gentile, Fernando
Albarracín, Gilberto
Sanchez Leveque, Antonia
Sanchez Leveque, Antonia
Boronat, Valero
Paredes. Modesto
Olivera, Eleuterio
Luna, Agustín
Graffigna, José Decio
Sosa de Asis, Francisca
Rollón de Serrate, María
Jordas, Juan Carlos
Pereyra, Pedro Ignacio
De La Precilla, Emilio
Peñaloza, Gualberto
Peñaloza, Gualberto
S.A.A.G.V.I.C.E.I.S.T.A.
Canteras Puntilla Blanca
Sowter, Carlos
Montivero o Escudero M. Eusebia y
Otros
Gonzales, Félix
Gonzales, Félix
Ginestar, Antonio
Ginestar, Antonio
USUARIO
Sosa de Dorgan, Feliza
Dorgan, Ricardo
Dorgan, Ricardo
Solorza, Basilio
Acosta, Pedro H.
Accoroni Gonzales, M.T.
Gonzalez de Gomez, A.
Rivas, Juan
Correa, Jesús de la B. y O.
Bernao Vda.de Correa y O.
Vera Antero de Los Angeles
Vera, Isabel Tello de
Tello, Francisco
Guzman, Agustín
Unión Vecinal Dos Acequias
Laciar, Ramón Segundo
0Ha.0830m²
0Ha.3521m²
1Ha.8291m²
1Ha.0000m²
0Ha.4091m²
0Ha.5000m²
0Ha.1625m²
0Ha.1614m²
1Ha.2999m²
1Ha.2998m²
2Ha.3176m²
1Ha.2002m²
2Ha.7500m²
0Ha.6500m²
9Ha.9608m²
0Ha.6462m²
0Ha.6457m²
1Ha.7500m²
0Ha.7500m²
0Ha.7330m²
1Ha.7500m²
80Ha.5756m²
1Ha.0000m²
5Ha.0000m²
0Ha.7864m²
9Ha.2110m²
21Ha.0535m²
1Ha.3216m²
1Ha.3216m²
6Ha.3583m²
1Ha.4021m²
2Ha.5979m²
2Ha.0000m²
301
1007
1222
304
1419
286
1817
1818
82
83
85
16
4
1167
687
1954
1953
714
752
747
749
900717
2428
2230
465
1883
761
1089
1556
186
1296
175
166
1Ha.3884m²
2Ha.5276m²
4Ha.3545m²
4Ha.3545m²
DOTACION
8Ha.3401m²
3Ha.2274m²
6Ha.5781m²
8Ha.5000m²
0Ha.0650m²
3Ha.0466m²
0Ha.7321m²
1Ha.0000m²
0Ha.6749m²
1Ha.2500m²
0Ha.7948m²
0Ha.1512m²
0Ha.2008m²
0Ha.2437m²
0Ha.3357m²
0Ha.5506m²
1629
1630
154
215
CUENTA
1406
1407
1408
1960
1413
1795
571
242
238
234
1153
243
1063
246
494
374
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
79
- SAN JUAN –
Laciar, María A.
Laciar, Jorge Segundo
Laciar, Juan Carlos
Laciar, Pedro Augusto
Ruiz, Santiago Valentín
Robledo, Maximiliano H.
Robledo, Juan Eusebio
Quevedo, Pablo
Albarracín, Gilberto
Flores, Héctor Humberto
Rivas Mazueco, Antonio
Flores, José
Flores, José
Ontiveros, Juan
Aguilera, Crescencio
Paez de Chacón, Silveria
Albornoz, Cleofe
Quiroga, Rodolfo
Montes Romaní, Hugo
Moles Guardiola, Antonio
Muriel Romera, Luis
Maure, Juan Esteva y O.
Alonso Sanchez, Francisco
0Ha.4725m²
0Ha.3534m²
0Ha.5000m²
0Ha.5377m²
0Ha.0800m²
0Ha.0652m²
0Ha.0651m²
0Ha.0648m²
1Ha.8255m²
13Ha.7470m²
1Ha.3514m²
0Ha.7500m²
0Ha.5000m²
9Ha.5000m²
0Ha.3939m²
1Ha.1674m²
0Ha.1877m²
0Ha.9522m²
4Ha.3958m²
5Ha.0000m²
19Ha.0935m²
1Ha.0000m²
1Ha.1666m²
1859
1871
1870
1872
1652
2009
2010
1144
877
625
931
1327
655
592
1239
1238
535
1061
1519
600
870
14520
1353
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
10º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 182 y 184-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de
este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 182-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas G.M.D.
Distribuciones y Lar Chilecito S.A., respectivamente, por la suma total de $3.814,50 para la
adquisición de 600 candados de bronce de 50mm. marca Eduardo y 150 metros de cadena
eslabón Nº60 con destino a compuertas instaladas en la red de riego.
Nº 184-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Ingemeb de Mario
Batias, Sanchez Bustos y Cia. S.R.L. y Agrinsa S.A., respectivamente, por la suma total de
$50.971,18 para la adquisición de repuestos con destino a la reparación y puesta en servicio de
la cargadora Fiat Allis 545-B interno 14-05 de la Repartición.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
80
- SAN JUAN –
A C T A N° 2083
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a ocho
días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Juan Pedrozo, Florencio
Riveros, Francisco Ferrer, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición
Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora once treinta, se inicia la
sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2082.
2°) Expediente N° 519 0456-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Pocito.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Pocito, en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Pocito, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones
ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo
establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la
concesión:
USUARIO
Alejandro Videla
Blas Eduardo Videla
Pedro Vazquez
Isaias L. Wanstein
Juan J. Quiroga
José López
José López
José López
DOTACION
6Ha.9850m²
5Ha.2358m²
0Ha.3005m²
10Ha.0138m²
0Ha.1234m²
0Ha.1234m²
0Ha.1234m²
0Ha.1234m²
CUENTA
1372
1419
4754
0100
0210
0202
0207
0208
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
81
- SAN JUAN –
USUARIO
José López
Jorge Sosa
Centro de Aviación Civil
Centro de Aviación Civil
Imetal San Juan
Esteban Gómez
DOTACION
0Ha.9875m²
0Ha.7736m²
4Ha.6735m²
10Ha.3220m²
2Ha.9308m²
2Ha.7461m²
CUENTA
0209
0166
3110
3111
6141
3525
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
3°) Expediente N° 519 0458-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Chimbas, en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Chimbas, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la
caducidad de la concesión:
USUARIO
Coop. de Vivienda Consumo y
Credito 30 de Agosto
Porres Juan W. y Otro
Porres Juan W. y Otro
Porres Juan W. y Otro
Porres Juan W. y Otro
Paton Miguel Angel
De los Rios, Isidro
Sage de Garcia, Ema y Otro
Bgas. y Vdos. Ovidio Braganolo
DOTACION
CUENTA
5Ha.0481m²
1Ha.9894m²
1Ha.4442m²
1Ha.7304m²
1Ha.2561m²
0Ha.1505m²
0Ha.0542m²
0Ha.1112m²
0Ha.8480m²
4333
2919
2234
2079
2078
3449
3985
4296
3260
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
82
- SAN JUAN –
USUARIO
Sage de Garcia, Ema y Otro
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Rivera Juan Jose y Otro
Rivera Juan Jose y Otro
Deiana Ramon Francisco
Deiana Bernardino
Deiana Bernardino
Deiana Rafael Dante
Deiana de Rojas Providencia
Deiana de Rojas Providencia
Deiana Francisco Angel
Deiana Francisco Angel
Deiana Miguel Argentino
Carbajal, Severo Segundo
Aracena Juan Gregorio
Perez Jose Isidro
Bertomeu Daniel Manuel
Sosa Alcira Estanisla
Gervasoni Jose Marcos
Ramirez Juan Inocencio
Samper Juan Carlos
Diaz Vicente y otro
Rivera Juan Jose
Rivera Juan Jose
Caballero Isidro
Robledo Maria Agustina
Vedia Francisco y otra
Gómez Francisco Marco
Alvarez Eduardo
Robledo Rogelio y otra
Mota Bernardo Rafael
Sanchez Luis Cecilio
Claro Maria Mingolla de
Beltran Manuel y Otro
Tejada Justa
Flores Gilberto Domingo
Flores Gilberto Domingo
Flores Gilberto Domingo
Sanchez Juan y otros
Gómez Piedad C. Aciar de
Sanchez Miguel y Otros
Diaz de Marin Manuela E.
Sanchez Juan
Fleita de Varela C. y Otro
Costa Evaristo Conrado
Lopez Carrion Francisco
Figueroa Roberto R. y otros
Fernandez de Espinar Natividad
Asocc. Mutual Ban de Ban
Farias Sergio Guillermo
Portillo Francisco
Portillo Francisco
Portillo Francisco
DOTACION
0Ha.0885m²
1Ha.2631m²
1Ha.5983m²
1Ha.2468m²
0Ha.2133m²
0Ha.2261m²
0Ha.3844m²
0Ha.1942m²
1Ha.5560m²
1Ha.1402m²
1Ha.1728m²
0Ha.0966m²
0Ha.5718m²
0Ha.6255m²
0Ha.1176m²
0Ha.0600m²
0Ha.1176m²
0Ha.3629m²
0Ha.0628m²
0Ha.1000m²
0Ha.0628m²
0Ha.0928m²
0Ha.0628m²
2Ha.0000m²
0Ha.5000m²
0Ha.1605m²
0Ha.1417m²
0Ha.1552m²
0Ha.6015m²
0Ha.2673m²
0Ha.1171m²
0Ha.8968m²
0Ha.0596m²
0Ha.2477m²
1Ha.5000m²
0Ha.3568m²
0Ha.1939m²
0Ha.2640m²
0Ha.1104m²
0Ha.7671m²
0Ha.5629m²
0Ha.2295m²
0Ha.1407m²
0Ha.4163m²
0Ha.1396m²
0Ha.1392m²
0Ha.0696m²
0Ha.7812m²
3Ha.1938m²
2Ha.8459m²
2Ha.3500m²
0Ha.6286m²
0Ha.1565m²
0Ha.2833m²
CUENTA
4297
4299
4298
4249
4250
2678
4255
4256
4257
4258
4259
4260
4261
4262
1308
2677
2724
3288
4212
2033
4191
4190
4009
1251
1236
1245
1300
1297
1254
1296
1298
1241
4092
2885
1265
1293
1288
1289
1305
2887
1301
1303
1284
3556
4465
4403
2118
2892
1281
3342
1268
1278
3908
3912
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
83
- SAN JUAN –
USUARIO
Correa Maria E. Ariza de
Baez, Jose Ricardo Juan
Baez, Jose Ricardo Juan
Correa Maria E. Ariza de
Farias Sergio
Farias Sergio Guillermo
Ariza de Claro Irma E.
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Gattas Amado S.A.C.I.P.I.
Muñoz de Correa Aurora
Sanchez de Fernandez Ana
Sanchez de Fernandez Ana
Coop. de Vivienda y Consumo Cuyo
DOTACION
0Ha.0613m²
0Ha.4426m²
0Ha.8014m²
0Ha.1109m²
0Ha.9125m²
1Ha.6520m²
2Ha.0090m²
0Ha.8124m²
0Ha.8126m²
0Ha.8125m²
0Ha.8128m²
0Ha.8122m²
0Ha.8124m²
0Ha.8116m²
0Ha.8135m²
0Ha.5748m²
0Ha.4082m²
0Ha.5082m²
0Ha.8292m²
2Ha.1666m²
CUENTA
3911
3909
3914
3913
3910
3915
3930
2807
2808
2809
4339
4343
4340
4341
4342
3380
1046
1096
773
775
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
4°) Expediente N° 519 0455-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rawson.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Rawson, en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Rawson, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones
ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
84
- SAN JUAN –
establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la
concesión:
USUARIO
Del Carril A. Enrique
Vergara Vda. de Montosa
Montosa Antonio
Montosa Agustín
S.U.T.I.A.G. y F.
Flores Miguel
Lopez Francisco
Lopez Bastante, Maria
Tourres, José León
Municipalidad de Rawson
Lopez Francisco
Moyano Carmelo
Lopez Bastante, Antonio
Garcia de Lopez, Mercedes
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Molina Francisco
Quiroga Oscar
Garrido A. Beralde
Muñoz Simón
Chaparro O. Fermín
DOTACION
2Ha.2600m²
1Ha.2462m²
2Ha.7738m²
4Ha.3168m²
6Ha.0000m²
6Ha.3083m²
0Ha.9493m²
0Ha.5376m²
4Ha.4911m²
0Ha.9113m²
0Ha.3602m²
0Ha.1697m²
0Ha.4217m²
0Ha.3119m²
0Ha.0628m²
0Ha.0628m²
0Ha.0586m²
0Ha.0503m²
0Ha.0503m²
0Ha.0503m²
0Ha.0503m²
0Ha.0628m²
0Ha.0503m²
0Ha.0530m²
0Ha.0531m²
0Ha.0535m²
0Ha.0501m²
0Ha.0569m²
CUENTA
11775
12359
72
9354
12517
130
9984
9290
335
12249
11780
11779
9292
7351
12248
12247
12246
12245
12244
12243
12242
12241
12240
12920
12030
12031
12032
12210
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
5°) Expediente N° 519 0447-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento 9 de Julio.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento 9 de Julio, en
un periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
85
- SAN JUAN –
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento 9 de Julio, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la
caducidad de la concesión:
USUARIO
Arbo Jose Antonio
Delca S.R.L.
Mas Antonio y Otro
Mas Antonio y Otro
Mas Antonio y Otro
Mas Antonio y Otro
Herramann Jorge
Retamar Walter
Escudero de Videla Juana
Peña Dionicio
Rodriguez Jacinto
Posse Geronimo
Cortez Nicolas
Ruiz Paula R. Yacanto de
Rodriguez Avel
Yacanto Alejo
Yacanto Ramon
Yacanto de Aguero Dominga
Sanchez Salomon
Sanchez Salomon
Sanchez Salomon
Chavero Erasmo
Martinez Segundo
Gómez Policarpo
Sanchez Tomas E.
Ozan de Chavero Juana
Rozales Felix
Martinez Segundo
Vargas Aguilera Andres E.
Mercado Juan I.
Quero Antonio
Quero Antonio
DOTACION
0Ha.9025m²
0Ha.9025m²
0Ha.9025m²
1Ha.5093m²
1Ha.8522m²
0Ha.9447m²
4Ha.5286m²
2Ha.5000m²
1Ha.0000m²
0Ha.1296m²
0Ha.1429m²
0Ha.8646m²
0Ha.1429m²
0Ha.1429m²
0Ha.1428m²
0Ha.1428m²
0Ha.1428m²
0Ha.1429m²
0Ha.0818m²
0Ha.0814m²
0Ha.0774m²
0Ha.2345m²
0Ha.1896m²
0Ha.2328m²
0Ha.1800m²
0Ha.1170m²
0Ha.1120m²
0Ha.2340m²
0Ha.1180m²
0Ha.0750m²
0Ha.7144m²
1Ha.3942m²
CUENTA
107
105
603
96
106
113
800
551
262
261
260
1096
734
735
736
737
738
739
888
889
890
292
293
294
296
300
258
302
851
852
773
244
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
86
- SAN JUAN –
6°) Expediente N° 519 0448-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Caucete.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Caucete, en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Caucete, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones
ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo
establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la
concesión:
USUARIO
Pablo Bustos
Isidro Gonzalez
Pablo Bustos
Aurelia B. de Rodriguez
Victor M. Calvo
María C. de Calvo
Cristobal Benitez
Ramon Bazan
Salvador Fadar
Juan Raul Salazar
Dominga Riveros
Jorge H. Vega
Gramajo de Barrera Irma
Jose Di Blasi
Ramon Fernandez
Marcos Peñaloza
Rosa E. Canto
Geronimo Caballero
Yesla Amud
Reginaldo Ruarte
Juan Moreta
Albino Ibañez
DOTACION
1Ha.2727m²
0Ha.2448m²
0Ha.0746m²
0Ha.2000m²
0Ha.1134m²
0Ha.1129m²
0Ha.1500m²
0Ha.1866m²
0Ha.0848m²
0Ha.1134m²
0Ha.1134m²
0Ha.4606m²
0Ha.0562m²
0Ha.1245m²
0Ha.0727m²
0Ha.0561m²
0Ha.0529m²
0Ha.0747m²
0Ha.0750m²
0Ha.0750m²
0Ha.0739m²
0Ha.0510m²
CUENTA
2292
2293
2288
3222
2709
3274
2284
3312
2296
2297
2289
2328
2944
534
406
675
2968
483
2853
404
533
2946
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
87
- SAN JUAN –
USUARIO
Carlos Diaz
Bartolome Diaz
Quechi de Vilches
Benigno Duran
Jose Morales
Dolores Ozan de Alvarez
Pascual Aguilera
Gregorio Calderon
Angel Manuel Gomez
Justina Rojas de Delgado
Manuel A.Torres
Jose A. Torres
Juan Estevez Noguera
Elias Alvarez
Juan M. Perez
Agapito Paredes
Mirta Mercedes Pelaytay
Andres Gonzalez
Juan Gonzalez
Pedro Flores
José D. Oviedo
Antonio Martin H.
Pablo Ortiz
Cruz Zabala
Mercedes Velardez
Crispin Velardez
Ramon Fernandez
Ramon Bazan
Ramon Bazan
Andres Bazan
DOTACION
0Ha.1000m²
0Ha.0662m²
0Ha.0650m²
0Ha.1300m²
0Ha.0555m²
0Ha.0870m²
0Ha.0870m²
0Ha.1865m²
0Ha.0546m²
0Ha.1365m²
0Ha.0683m²
0Ha.1365m²
0Ha.0682m²
0Ha.0910m²
0Ha.0682m²
0Ha.0682m²
0Ha.0682m²
0Ha.0682m²
0Ha.0682m²
0Ha.0682m²
2Ha.0705m²
1Ha.4686m²
0Ha.0539m²
1Ha.9661m²
0Ha.2066m²
0Ha.3932m²
0Ha.1581m²
0Ha.4703m²
0Ha.1866m²
0Ha.0506m²
CUENTA
2945
529
447
448
450
559
2586
367
366
365
364
363
362
360
359
358
357
356
355
353
2875
352
3045
301
541
373
748
680
3312
692
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
7°) Expediente N° 519 0449-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Angaco.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Angaco, en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
88
- SAN JUAN –
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Angaco, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones
ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo
establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la
concesión:
USUARIO
Soria de Aguilera Amada
Soria de Chavez Regina
Lohay de Turte Petrona
Chirino Estaurino
Bgas. y Vdos. Castro Hnos.
Sanchez Francisco
Mas B. Angel
Castro de Castro Amalia
Pintor Francisco A.
Union Sport Club
DOTACION
0Ha.9500m²
0Ha.2800m²
5Ha.8600m²
0Ha.7900m²
8Ha.9177m²
8Ha.7400m²
23Ha.4641m²
2Ha.0000m²
0Ha.9074m²
0Ha.0718m²
CUENTA
313
314
315
262
78
897
2191
979
1683
1685
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
8°) Expediente N° 519 0446-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Albardón.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Albardón, en
un periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
89
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Albardón, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la
caducidad de la concesión:
USUARIO
Soc. Civil Cons. Dr. Arturo Illia
Mota Rafael Bernardo
Mota Rafael Bernardo
Mota Rafael Bernardo
Arevalos de Sarmiento
Ayestaran Juan B.
Balmaceda Pedro y Otros
DOTACION
0Ha.7800m²
0Ha.1788m²
0Ha.4130m²
1Ha.8242m²
0Ha.5355m²
3Ha.8319m²
0Ha.9957m²
CUENTA
2296
2418
3179
3870
2355
544
3980
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
9°) Expediente N° 519 0638-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Ullum.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Ullum, en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Ullum, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones
ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo
establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la
concesión:
USUARIO
Demartini Oscar Pedro
DOTACION
0Ha.5712m²
CUENTA
328
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
90
- SAN JUAN –
USUARIO
Rivaroza, Celso Juan
Rivaroza, Celso Juan
Adarvez Rafael A.
Del Zotto Adriano
Montaña Santos Ramon
Montaña de Moreno Florencia
DOTACION
0Ha.5942m²
0Ha.6259m²
0Ha.0523m²
0Ha.0641m²
0Ha.0549m²
0Ha.2376m²
CUENTA
509
510
217
147
368
272
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
10°) Expediente N° 519 0457-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rivadavia.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en los departamentos Rivadavia y
Capital, en un periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados de los departamentos Rivadavia y Capital, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la
caducidad de la concesión:
Usuario
Lanza Luis
Alcayaga Paulino
Chiffer Pedro A.
Chiffer Pedro
Guevara Leonardo
Pala Nidia Gonzalez de
Campanaro Amadeo
Flores Vidal A.
Dotacion
0Ha.0547m²
0Ha.9868m²
0Ha.1137m²
0Ha.4313m²
0Ha.1299m²
0Ha.1991m²
0Ha.1066m²
0Ha.5850m²
Cuenta Departamento
720
Rivadavia
Rivadavia
4840
2973
Rivadavia
726
Rivadavia
778
Rivadavia
1103
Rivadavia
Rivadavia
1061
1012
Rivadavia
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
91
- SAN JUAN –
Usuario
Centro Friuliano
Seiche de Araya L.
Aranda Quintero M.
Sanchez Gregorio
Marrelli Gabriel
Ramirez Ramon
Boggian Atilio
Civico Antonio
Di Nucci Carlos
Orellano Juana Gutierrez de
S.E.S. (r/Nº1)
Samarbide Belio
Patinella Antonio
Patinella Antonio
Patinella Antonio
Soc. Civil Cons. Unión Pers. J. En.
Ansberk Antonio
Ponce Ramon V.
Aguilar C. Fco.
Aguilar C. Fco.
Valenzuela de Maurin Adelaida
Fernandez Fca. V. de
Valenzuela Antonio
Farias Juan R.
Caccamo Antonio
Hierrezuelo Antonio
Andino Rosa P. de
Orozco Hector
Rodriguez Rosendo
Rodriguez Rosendo
Guirado Antonio
Rios T. Cristobal
Rios T. Cristobal
Paez E. Manuel
Montaño Pedro
Furgiuele Osvaldo Carlos y otro
Guirado Brigida de
Palacio S. Fco.
Mulet Vicente y otro
Casares Miguel
Valverde Maria E. Castro de
Jofre Juan A.
Azuri, Jose
Gómez Z. Jose
Schvartz Luis
Fuentes Tomasa
Torres León
Torres Nicanor F.
Dotacion
0Ha.2943m²
0Ha.0926m²
0Ha.0769m²
0Ha.0925m²
0Ha.0590m²
0Ha.3200m²
0Ha.1499m²
1Ha.8013m²
0Ha.7602m²
0Ha.2000m²
4Ha.0000m²
0Ha.9982m²
0Ha.0760m²
0Ha.7175m²
0Ha.1048m²
1Ha.3802m²
0Ha.0785m²
0Ha.2176m²
0Ha.3003m²
0Ha.2992m²
0Ha.1000m²
0Ha.3563m²
0Ha.1748m²
0Ha.0558m²
0Ha.3598m²
0Ha.2687m²
0Ha.2215m²
0Ha.3387m²
1Ha.6160m²
0Ha.7386m²
0Ha.2081m²
0Ha.5391m²
0Ha.4849m²
0Ha.8215m²
0Ha.1087m²
1Ha.2224m²
1Ha.2079m²
0Ha.3000m²
1Ha.0000m²
1Ha.9180m²
2Ha.4464m²
0Ha.3196m²
0Ha.2641m²
0Ha.7780m²
0Ha.6962m²
0Ha.1805m²
0Ha.1964m²
0Ha.1975m²
Cuenta Departamento
679
Rivadavia
2661
Rivadavia
Rivadavia
876
947
Rivadavia
341
Rivadavia
412
Rivadavia
4854
Rivadavia
Rivadavia
134
4746
Rivadavia
4822
Rivadavia
4893
Rivadavia
1375
Rivadavia
Capital
2527
339
Capital
401
Capital
4381
Capital
5036
Capital
Capital
4148
5048
Capital
5049
Capital
369
Capital
5010
Capital
Capital
5012
4626
Capital
2821
Capital
19
Capital
23
Capital
Capital
2820
4798
Capital
4799
Capital
3821
Capital
0037
Capital
Capital
2823
2829
Capital
1234
Capital
4653
Capital
4745
Capital
4744
Capital
1246
Capital
1282
Capital
1253
Capital
4784
Capital
4136
Capital
1209
Capital
4617
Capital
4525
Capital
4524
Capital
4526
Capital
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
92
- SAN JUAN –
11°) Expediente N°519.0671-L-97, LICITACIONES Y COMPRAS, s/autorización para la emisión
de una orden de pago anticipada por la suma de $3.000.00.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para
librar una orden de pago anticipada por la suma de $3.000,00 a fin de atender el pago a la
empresa Raigal en concepto de publicidad radial por la emisora L.V.1 Radio Colón, sobre la
problemática hídrica de la provincia, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el
gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero,
con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos tres mil ($3.000,00), con destino al pago a
favor de la empresa Raigal, con motivo de la emisión de programas informativos sobre la
problemática hídrica de la provincia, por la emisora radial L.V.1 Radio Colón, conforme lo
establece la Ley de Emergencia Hídrica 6737.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02
PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 26 - “IMPRENTA,
PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
12°) Expte. N°519 0220-G-97, GIUGNI, ALFREDO, s/el pago de licencia anual año 1995.
VISTO:
Que mediante escrito Nº 54, agregado a estos actuados el ex agente Alfredo Osvaldo
Giugni, por derecho propio con el patrocinio letrado de la doctora Agustina Sanchez, interpone
Recurso de Reconsideración con Jerárquico en Subsidio contra la Resolución N° 127-DH-97,
y;
CONSIDERANDO:
Que Asesoría Letrada en su dictamen Nº 070-DH-97 (fs. 6), manifiesta que según
constancias obrantes a fs. 4 vta. y 5 respectivamente, el recurso ha sido interpuesto en los
plazos previstos por los artículos. 84° y 89º del Decreto Acuerdo 0655/73 Reglamentario de la
ley 3784 y que en virtud de las disposiciones de la Ley 1894, Ley 6698 y su Reglamentación
Decreto Nº 049/96 sugiere no hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto en razón de
que no se encuentran cumplimentados los extremos legales exigidos para tener derecho a la
compensación pecuniaria de la licencia por vacaciones no gozadas correspondiente al año
1995.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
93
- SAN JUAN –
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Tener por presentado en tiempo y forma el Recurso de Reconsideración con
Jerárquico en Subsidio interpuesto por el ex agente Alfredo Osvaldo Giugni, D.N.I.
13.107.003, contra la Resolución N° 127-DH-97.
ARTICULO 2°. Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el ex agente Alfredo
Osvaldo Giugni, D.N.I. 13.107.003, contra la Resolución N° 127-DH-97, en razón de que no se
encuentran cumplimentados los extremos legales exigidos para tener derecho a la
compensación pecuniaria de la licencia por vacaciones no gozadas correspondiente al año
1995.
ARTICULO 3°: Comuníquese. Tómese debida nota y elévese al Superior conforme lo
establece el Art. 87° inc. a) del Decreto Acuerdo 0655-G-73
13°) Expediente N° 410 310-H- 97, DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
HIDRAULICA, s/ informe sobre monto de la ha. con y sin derecho de agua.
VISTO:
La necesidad de fijar el derecho especial de concesión anual establecido en el artículo 257º
del Código de Aguas, y;
CONSIDERANDO:
Que el Tribunal de Tasaciones de la Provincia a requerimiento de la Dirección General del
Departamento de Hidráulica informa los valores promedios de los suelos con derecho y sin
derecho de riego para cada uno de los departamentos de la Provincia de San Juan,
discriminando dichos valores en función de la calidad de los suelos conforme a una
clasificación realizada por INTA.
Que conforme lo establece el artículo 257° del Código de Aguas, ley 4392/78, el
Departamento de Hidráulica debe determinar anualmente un derecho especial de concesión en
el momento de ser otorgado el que será por lo menos, igual al setenta y cinco por ciento de la
diferencia del valor venal entre el que corresponda a la hectárea de tierra cultivable, libre de
toda mejora y sin derecho de agua, por una parte, y el que corresponda a una hectárea igual,
pero provista de dotación hídrica por concesión legal.
Que Secretaría Técnica, una vez analizada la información, eleva los montos a fijar como
derecho especial de concesión para cada uno de los departamentos de la Provincia de San Juan,
resultando el monto equivalente al 75% establecido en el artículo 257º del Código de Aguas, de
la diferencia obtenida entre los valores promedios de la hectárea con derecho de riego y el valor
de la hectárea sin derecho de riego.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Fíjase un derecho especial de concesión por hectárea a empadronar para los
departamentos que se detallan, conforme lo establece el artículo 257° de la ley 4392/78, para el
año 1997:
Departamentos
Capital
Rivadavia
Santa Lucía
Rawson
Derecho especial
$ 1.312,50
$ 1.312,50
$ 1.312,50
$ 1.230,00
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
94
- SAN JUAN –
Pocito
Zonda
Ullum
Chimbas
9 de Julio
Albardón
Angaco
San Martín
Caucete
25 de Mayo
Sarmiento
Calingasta
Iglesia
Jáchal
Valle Fértil
$ 1.312,50
$ 1.147,50
$ 1.147,50
$ 802,50
$ 720,00
$ 765,00
$ 765,00
$ 690,00
$ 1.230,00
$ 885,00
$ 832,50
$ 832,50
$ 600,00
$ 600,00
$ 382,50
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
14°) Expediente N°560.255-I-94, INSPECTOR GENERAL DE RIEGO, s/cargadora y camiones
para extracción de productos de monda departamento Angaco. Agregado 373.099-I-93 y
373.100-I-93.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la
Empresa Conar Constructora Argentina S.R.L., y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 89 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a Ley Nº 6606 y Decretos Reglamentarios, informando que
corresponde se dicte resolución autorizando el gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos ciento cincuenta y cinco con setenta y cinco
centavos ($155,75) a favor de la Empresa Conar Constructora Argentina S.R.L., en concepto de
intereses conforme liquidación obrante a fs. 89, el cual se halla comprendido en las normas de
la Ley Nº 6606 y Decretos Reglamentarios.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - DEUDA EJERCICIO VENCIDO - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
95
- SAN JUAN –
15°)Expediente N°560.743-R-94, RODRIGUEZ MARIO, s/pago de movilidad desde abril a
diciembre de 1992.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de capital mas intereses a favor
del agente Mario Eugenio Rodriguez en concepto de pago de movilidad periodo abrildiciembre de 1992, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Contable eleva a fs. 46 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a Ley Nº 6606 y Decretos Reglamentarios, informando que
corresponde se dicte resolución autorizando el gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos seiscientos cuarenta y cuatro con cinco centavos
($644,05) a favor del agente Mario Eugenio Rodriguez D.N.I. Nº 07.931.071, en concepto de
capital e intereses conforme liquidación obrante a fs. 46, el cual se halla comprendido en las
normas de la Ley Nº 6606 y Decretos Reglamentarios.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - DEUDA EJERCICIO VENCIDO - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
16°) Expediente N°35.055-S-94, SANZ PATRICIA ESTER, s/consolidación de deuda para hacer
efectivo el pago capital y honorarios profesionales en Autos Nº 5152.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales la Dra. Patricia Ester Sanz, Mat. Nº 1697 tramita el
pago de capital y honorarios de Autos Nº 5152 caratulados Departamento de Hidráulica c/
Francisco Germán Arrabal y Otros - Expropiación, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 19 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios,
informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
96
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos once mil quinientos catorce con cuarenta y ocho
centavos ($11.514,48) a favor de la Dra. Patricia Ester Sanz, Mat. Nº 1697, en concepto de
monto condenatorio, honorarios e intereses conforme liquidación obrante a fs. l9, el cual se
halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - DEUDA EJERCICIO VENCIDO - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
17°) Expediente N°176-B-95, DR. OSVALDO ONTIVEROS, s/consolidación de deuda en Autos
Nº 1003.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales el Dr. Osvaldo W. Ontiveros, Mat. Nº 898, tramita
el pago de la deuda, Autos Nº 1003 caratulados Contreras Vda. de Funes Sofía c/Departamento
de Hidráulica - Ordinario, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 21 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios,
informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos noventa y cuatro mil quinientos cuarenta con
cincuenta y cinco centavos ($94.540,55) a favor del Dr. Osvaldo W. Ontiveros, Mat. Nº 898, en
concepto de monto condenatorio, honorarios e intereses conforme liquidación obrante a fs. 21,
el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos
Reglamentarios.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
97
- SAN JUAN –
18°) Expediente N°560.962-C-94, CONTADURIA, e/foja de medición certificado Nº 5 obra Dren
Colector Sarmiento, departamento Sarmiento.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la
Empresa Paz García S.R.L., y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 17 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a la Ley Nº 6606 y Decretos Reglamentarios, informando
que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos doscientos noventa con veintinueve centavos
($290,29) a favor de la Empresa Paz García S.R.L., en concepto de intereses conforme
liquidación obrante a fs. 17, el cual se halla comprendido en las normas de la Ley Nº 6606 y
Decretos Reglamentarios.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
19°) Expediente N°519 0474-D-97, DEPARTAMENTO EQUIPOS Y SERVICIOS, e/nota
solicitando estudio técnico.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales el Departamento Equipos y Servicios, solicita se
analice el sistema hidráulico del carreton Leo-Cord propiedad de la Repartición, a fín de evitar
sus continuas roturas y desperfectos, y;
CONSIDERANDO:
Que debido a las actuales exigencias de trabajo es necesario mantener operativo dicho
equipo, por lo que se solicitó a la Facultad de Ingeniería de la U.N.S.J. un estudio técnico a tal
fin.
Que a fs. 4 y 5 la Universidad Nacional de San Juan eleva presupuesto de los trabajos a
realizar por el Instituto de Mecánica Aplicada de dicha Universidad.
Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el
gasto y autorizar a librar orden de pago.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
98
- SAN JUAN –
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos un mil ($1000,00) a favor de la Universidad
Nacional de San Juan, que demanda el estudio técnico del funcionamiento del sistema
hidráulico del carretón Leo-Cord conforme a presupuesto obrante a fs. 4 y 5 de estas
actuaciones.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 15 - “MANTENIMIENTO Y
REPARACION DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
20°)Expediente N° 37.422-A-95, ARANCIBIA JUANA H. CHIRINO DE, s/ beneficios artículo
286 Ley 4392/78. Departamento Albardón. Agregado 519 0330-C-97.
VISTO:
Que por estas actuaciones la señora Juana H. Chirino de Arancibia, en representación del
Consorcio Hipólito Irigoyen, solicita se aplique los términos de cesación que establece el Art.
286° Ley 4392/78 al derecho de agua registrado bajo cuenta N° 327 del departamento Albardón
que le corresponde al inmueble identificado con Nom. Catastral 10-52/461421/481421/491421,
fraccionado mediante plano de mensura Nº 10-2885/95, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, a fojas 3 vuelta, las parcelas
inscriptas bajo la citada cuenta no hacen uso del agua de regadío y poseen los servicios de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa que el derecho de riego
registrado bajo cuenta N° 327 figura inscripto a nombre del Consorcio Hipólito Irigoyen con
una dotación para 1Ha.6140m² y superficie según mensura de 1Ha.6410,90m² fraccionada,
según plano de mensura Nº 10-2885/95, en lotes no mayores de 5.000m² y en su gran mayoría
menores de 500m², por lo que se podría incluír en los términos de cesación por no uso Art.
285° y 286º del Código de Aguas.
Que Asesoría Letrada a fojas 24 considera que en el presente caso se han cumplimentado
los recaudos que establece la Ley por lo que correspondería hacer lugar a lo peticionado.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establecen los Art. 285° y 286º,
según corresponda, de la Ley 4392/78, al derecho de agua de carácter permanente para
1Ha.6410m² registrado bajo cuenta N° 327 del Departamento Albardón a nombre de Sociedad
Civil Consorcio Hipólito Irigoyen.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
99
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
21°)Expediente N° 30.836/7-T-96, TAPIA RAMON VICENTE, e/ renuncia al derecho de riego.
departamento Pocito.
VISTO:
Que por estas actuaciones el señor Ramón Vicente Tapia, solicita se dé de baja el derecho
de agua registrado bajo cuenta N° 6017 del departamento Pocito, que le corresponde al
inmueble identificado con Nom. Catastral de origen Nº 05-24/840640, fraccionado mediante
planos de mensura Nº 05-3257/84 y 05-3402/85, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, a fojas 7 vuelta, el inmueble
se encuentra fraccionado en lotes que no hacen uso de la dotación y poseen los servicios de
agua potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fojas 6, que el derecho
de riego para 1Ha.1411m², registrado bajo cuenta N° 6017 figura inscripto a nombre de Ramon
Vicente Tapia y Otra con una superficie según mensura de 1Ha.2197,78m² fraccionada en
lotes menores de 500 m² por lo que se podría incluír en los términos de cesación por no uso
Art. 285° del Código de Aguas.
Que Asesoría Letrada a fojas 7, considera que teniendo en cuenta los antecedentes obrantes
se puede hacer lugar a lo peticionado.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. 285° de la Ley
4392/78, al derecho de riego de carácter permanente para 1Ha.1411m² registrado bajo cuenta
N° 6017 del departamento Pocito a nombre de Ramón Vicente Tapia y otra.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
22°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 188, 189, 190, 198, 199, 202, 203, 204 y 205-DH-97, dictadas por
Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 188-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por resolución Nº
677/96 a la firma Briones Carlos L., cuenta Nº 53 del departamento Sarmiento.
Nº 189-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por resolución Nº
803/96 a la firma Juan Ernesto Vives, cuentas Nº 5273 y Nº748 del departamento Pocito.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
100
- SAN JUAN –
Nº 190-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por resolución Nº
640/96 a la firma Enrique Gonzalez, cuenta Nº 11657 del departamento Rawson.
Nº 198-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de pesos cuatro mil doscientos
noventa y seis ($4.296,00), a los señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi y Salvador Victoria
propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en el valle de Tulum, Ullum, Zonda,
Sarmiento, 25 de Mayo y sus distritos durante el mes de febrero de 1997.
Nº 199-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $5.281,76, a los señores Rodolfo
Cordeje, Luis Cano y José M. Castro, propietarios de camiones contratados que ejecutaron
tareas en los departamentos de Iglesia, Jachal y Calingasta durante el mes de febrero de 1997.
Nº 202-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Auto Park, Martin
Esteban Tanten y Guarneri S.A., por la suma total de $681,96 para la adquisición de materiales
con destino al mantenimiento de las baterias de Pozos Oficiales de la Repartición, de acuerdo a
lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6.737.
Nº 203-DH-97: por la que se autoriza la contratación directa a favor de la firma Diesel
Rodriguez por la suma total de $3.300,00 para la reparación general incluído repuestos
legítimos de la bomba inyectora e inyectores Roosa Master de la máquina cargadora frontal
Fiat Allis 545-B interno 14-05 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica Nº 6.737.
Nº 204-DH-97: por la que se autoriza la contratación directa a favor de la firma Diesel
Rodriguez por la suma de $3.350,00 para la reparación general incluído repuestos legítimos de
la bomba inyectora e inyectores Roosa Master de la máquina cargadora frontal Fiat Allis 545-B
interno 14-04 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6.737.
Nº 205-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Polygom S.R.L. y
Martín Esteban Tanten por la suma total de $1.004,00 para la adquisición de guarniciones de
goma, pistones de goma y tela y manguera de alta presión con destino a la máquina
perforadora rotativa Nº 3, que realiza tareas en las distintas baterias de pozos oficiales de la
Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6.737.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece cincuenta, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
101
- SAN JUAN –
A C T A N° 2084
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
quince días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y
como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la
consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2083.
2°) Expediente N° 519 0579-L-97, LUCERO, SANTIAGO E., s/la inscripción como empresa
perforadora.
VISTO:
El expediente N° 519 0272-S-97 mediante el cual el señor Lic. Santiago E. Lucero, Jefe
del Departamento Geología y E. de Fuentes de Obras Sanitarias Mendoza S.A., solicita la
inscripción en el registro de Empresas Perforadoras bajo la denominación “Obras Sanitarias de
Mendoza S.A.”, proponiendo como Representante Técnico al Licenciado Juan Carlos Di
Chiacchio, inscripto en el Registro de Profesionales de la Repartición con Matrícula Nº39, y;
CONSIDERANDO:
Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría
Técnica de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170°
siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa Obras Sanitarias de Mendoza S.A. en el
Registro de Constructores de Pozos de la Repartición.
ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea,
comuníquese y oportunamente archívese.
3°) Expediente N° 519 0308-R-97, RODRIGUEZ, MARIO E., s/ pago de licencias adeudadas.
VISTO:
El expediente N° 519 0308-R-97, y;
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la resolución N° 126-DH-97, fs. 7 del mencionado expediente
Departamento Administración de Personal remite planilla de liquidación en concepto de
licencia proporcional año 1996, que se le adeuda al ex agente Mario Rodriguez.
Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
102
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de $696,85 (pesos seiscientos noventa y seis con ochenta y
cinco centavos) en concepto de pago por la licencia proporcional año 1996 que se le adeuda al
ex agente Mario Rodriguez, M.I. N°07.939.071.
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA
PRINCIPAL 02 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 40 - “OTROS
SERVICIOS NO PERSONALES” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°: Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
4°) Expediente N° 519 0118-D-97, DONOSO, FRANCISCO, s/ pago de licencias.
VISTO:
El expediente N° 519 0118-D-97, y;
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la resolución N° 102-DH-97, fs. 10 del mencionado expediente,
Departamento Administración de Personal remite planilla de liquidación en concepto de
licencia proporcional año 1996, que se le adeuda al ex agente Francisco Donoso.
Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de $315,98 (pesos trescientos quince con noventa y ocho
centavos) en concepto de pago por la licencia proporcional año 1996 que se le adeuda al ex
agente Francisco Donoso, M.I. N° 08.328.893.
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA
PRINCIPAL 02 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 40 - “OTROS
SERVICIOS NO PERSONALES” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°: Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
5°) Expediente N° 519 0323-O-97, ORO, ROSA IRENE, s/ beneficios del artículo 286° Ley N°
4392/78, departamento Pocito.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
103
- SAN JUAN –
Que mediante estas actuaciones la señora Rosa Irene Oro, solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 05-44/725755, registrado bajo cuenta N°2309 del
departamento Pocito, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 3 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1000m², registrado
bajo cuenta N° 2309, a nombre de Alfredo Gregorio Oro, departamento Pocito.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
6°) Expediente N° 519 0441-Y-97, YORNET, CARLOS RICARDO, s/ beneficios del artículo 286°
Ley N° 4392/78, departamento Pocito.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Carlos Ricardo Yornet, solicita se encuadre en
los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 05-45/511200, registrado bajo cuenta N°6456 del
departamento Pocito, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0707m², registrado
bajo cuenta N° 6456, a nombre de Carlos Ricardo Yornet, departamento Pocito.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
104
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
7°) Expediente N° 33.177/1-S-87, SOC. CIVIL CONS. VILLA CABILDO, s/ beneficios artículos
285 y 286 Ley 4392/78. Departamento Rivadavia. Agregado 35 855-B-91.
VISTO:
Que por estas actuaciones la señora Inés Bustos, en el carácter de Presidente de la
Sociedad Civil Consorcio Villa Cabildo, solicita se aplique los términos de cesación que
establece el Art. 286° Ley 4392/78 al derecho de agua registrado bajo cuenta N° 4904 del
departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, a fojas 8, las parcelas Nom.
Catastral 02-28/130800/130750/120870, inscriptas bajo la citada cuenta no hacen uso del agua
de regadío y poseen los servicios de agua potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa que el derecho de riego
registrado bajo cuenta N° 4904 figura inscripto a nombre de Sociedad Civil Consorcio de
Propietarios de Villa Cabildo con una dotación para 2Ha.0099m² y superficie según mensura de
2Ha.0099,75m² fraccionada, según plano de mensura Nº 02-337/88, en 37 lotes en su gran
mayoría menores de 500m².
Que Asesoría Letrada a fojas 11 manifiesta que el art. 286º de la Ley 4392/78 establece
que cesarán a partir de la promulgación de la misma todos los derechos de agua de riego de
hasta 5.000m² que no se encuentren en uso y que correspondan a parcelas ubicadas en zonas
urbanizadas, recaudos que en el presente caso se han cumplimentado por lo que correspondería
hacer lugar a lo peticionado.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establecen los Art. 285° y 286º,
según corresponda, de la Ley 4392/78, al derecho de agua de carácter permanente para
2Ha.0099m² registrado bajo cuenta N° 4904 del departamento Rivadavia a nombre de Sociedad
Civil Consorcio de Propietarios de Villa Cabildo.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
8°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 206, 207, 208, 209, 210, 211, 216 y 217-DH-97, dictadas por
Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
105
- SAN JUAN –
Nº 206-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 23 para la
adquisición de dos hormigoneras con tambor basculante de 240 litros de capacidad con destino
al Departamento Construcciones de la Repartición.
Nº 207-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Claudio Menchetti,
Martín Esteban Tanten, Auto Park, Integral Distribuciones y José F. Lopez Comercial,
respectivamente, en la suma total de $1.824,47 para la adquisición de materiales y
herramientas con destino al Departamento Construcciones de la Repartición.
Nº 208-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Integral
Distribuciones y Guarneri S.A., respectivamente, en la suma total de $1.936,50 para la
adquisición alambre galvanizado Nº 10 y 12 y alambre negro recocido Nº 14 y 17, con destino
al Departamento Construcciones de la Repartición.
Nº 209-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 28 para la
adquisición de elementos, materiales y herramientas, con destino al mantenimiento y
conservación de diques, conforme Ley 6737.
Nº 210-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 25 para la
adquisición de cubiertas y cámaras, con destino al mantenimiento y conservación de rurales y
Pick-Up Ford de la Repartición.
Nº 211-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 27 para la
adquisición de chequeras de combustibles, con destino al mantenimiento y conservación de
movilidades, camionetas, camiones y equipos viales de la Repartición.
Nº 216-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 29 para la
adquisición de materiales y elementos para cocina y baños de la casa de la Inspección Técnica
del departamento Sarmiento.
Nº 217-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas José F. López
Comercial, Martín E. Tanten, Guarneri S.A., Piriz y Cia. y Auto Park, respectivamente, en la
suma total de $10.620,16 para la adquisición de materiales, elementos y herramientas, con
destino a reparación y conservación de compuertas ubicadas en las zonas de riego de la
provincia.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
9°) Expediente N° 37.911-G-96, GONZALEZ, TITO, e/ renuncia al derecho de agua de regadío,
departamento Chimbas.
VISTO:
Que por estas actuaciones el señor Tito F. González, en nombre y representación de
“Primero de Noviembre Cooperativa de Vivienda Consumo y Crédito Ltda.”, solicita se acepte
la renuncia a la dotación de agua de regadío del terreno inscripto bajo cuenta Nº3851 ya que en
el mismo se construirá un barrio, y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3, que el derecho
de riego perteneciente al inmueble Nom.Cat.08-42/380570 figura inscripto bajo la cuenta N°
3851 del departamento Chimbas a nombre de Primero de Noviembre Cooperativa de Vivienda,
Consumo y Crédito Limitada con dotación de carácter permanente para 1Ha.3333m².
Que a fojas 9 el presentante manifiesta que por error solicitó renuncia de la dotación
cuando en realidad lo que se pretendía obtener era la caducidad del derecho conforme al Art.
137º del Código de Aguas, teniendo en cuenta que la dotación de la cuenta Nº3851 del
departamento Chimbas no se utiliza desde hace aproximadamente diez años a la fecha, que se
encuentra al día en el pago de sus obligaciones tributarias con esta Repartición.
Que la Inspección Técnica Departamental, fojas 9 vta., certifica que la referida parcela
no hace uso del agua de regadío desde hace más de diez años.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
106
- SAN JUAN –
Que Asesoría Letrada en su informe Nº073-DH-97, fojas 16, en virtud de los informes
obrantes en estas actuaciones entiende que correspondería proceder a lo solicitado declarando
la caducidad del derecho para riego inscripto bajo cuenta Nº 3851.
Que en el presente caso el trámite de notificación que determina el art. 137º del Código
de Aguas no es necesario por cuanto es el titular que expresa y solicita la caducidad.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso conforme lo establece el artículo 137º de la
Ley 4392/78 de la concesión de agua de riego para 1Ha.3333m² registrada bajo Cuenta Nº 3851
a nombre de Primero de Noviembre Cooperativa de Vivienda, Consumo y Crédito Limitada,
departamento Chimbas.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de
la caducidad declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro
General de Aguas y archívese.
10°) Expediente N° 16.248/4-S-94, SANCHEZ ALOS, JOSE, s/beneficios del art. 286 Ley
4392/78. Agreg. Escrito Nº45/97.
VISTO:
Que por estas actuaciones el señor Gerente de la firma Agric. Com. Sánchez Sánchez
S.R.L., solicita se de baja al derecho de riego de la cuenta Nº 771 y se estudie la posibilidad de
que la dotación correspondiente sea trasladada a la cuenta Nº 3847 del departamento Caucete,
propiedad del señor José Sánchez Alos, y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 6, que los derechos
de referencia figuran inscriptos: bajo la cuenta N° 771 del departamento 9 de Julio a nombre de
José Sánchez Sánchez e Hijo S.R.L. con dotación de agua de riego de carácter permanente para
15Ha.1623m² y bajo la cuenta N° 3847 del departamento Caucete a nombre de José Sánchez
Alos con dotación de agua de riego de carácter permanente para 45Ha.7900m².
Que la Inspección Técnica Departamental, fojas 5, informa que el predio designado con
Nom.Cat. 09-28/600510, Cuenta Nº771, no hace uso del agua de riego desde hace
aproximadamente cinco años, no existiendo cultivos o viñedos, ratificando lo expresado por el
peticionante.
Que a fojas 9 se agrega el Escrito Nº 45 en el que solicitan que la dotación de la Cuenta
Nº 771 de departamento 9 de Julio, haciendo uso de la Emergencia Hídrica art. 8º, sea
transferida a otra propiedad en el departamento Caucete.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº071-DH-97, fojas 10, manifiesta que analizadas
las constancias obrantes en estas actuaciones no surge el cumplimiento de los requisitos que
establecen los art. 132º del Código de Aguas y art. 8º de la Ley de Emergencia Hídrica y que el
art. 137º de la Ley 4392 establece que todas aquellas concesiones de uso de agua de riego
caducan por el no uso continuado durante cinco años no liberando, al usuario por ello, de la
deuda que mantuviere con este Organismo por canon, tasas, multas u otros conceptos.
Que en el presente caso el trámite de notificación que determina el art. 137º del Código
de Aguas se ha cumplimentado con la publicación del edicto ordenado por Acta Nº2071, punto
13º) de fecha 30 de diciembre de 1996.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
107
- SAN JUAN –
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. No hacer lugar a la solicitud de traslado de la dotación correspondiente a la
cuenta Nº771 del departamento 9 de Julio a la cuenta Nº 3847 del departamento Caucete, por
que no se ha dado cumplimiento acabado con el requisito impuesto por el Código de Aguas.
ARTICULO 2°. Declarar la caducidad por no uso conforme lo establece el artículo 137º de la
Ley 4392/78 de la concesión de agua de riego para 15Ha.1623m² registrada bajo cuenta N° 771
del departamento 9 de Julio a nombre de José Sánchez Sánchez e Hijo S.R.L., de conformidad
con el pedido de baja solicitado por el recurrente a fs. 2 de las presentes actuaciones.
ARTICULO 3°. Notifíquese y tómese nota de la caducidad declarada por este acto. Cumplido,
archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
108
- SAN JUAN –
A C T A N° 2085
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
veintidós días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y
como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora doce quince, se inicia la sesión con la
consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2084.
2°)
Expediente N° 519 0391-E-97, ESTUDIOS Y PROYECTOS, e/ proyecto levantamiento
producto de monda Dren San Isidro, departamentos San Martín y Caucete.
VISTO:
Los antecedentes del cotejo de precios directo Nº21 efectuado el día 31 de marzo del año
en curso, y ;
CONSIDERANDO:
Que la Comisión de Adjudicaciones, una vez analizadas las ofertas presentadas, aconseja
adjudicar a la firma Luis Stornini Excavaciones, por considerar su propuesta mas conveniente.
Que tomaron intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Adjudicar en la suma total de sesenta y seis mil quinientos cincuenta y cuatro
con setenta y tres (66.554,73) en bonos CREFI, a favor de la firma Luis Stornini
Excavaciones la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de
monda en el Dren San Isidro - departamentos Caucete y San Martín, en una longitud de 10.750
m. y un volumen aproximado de 21.342 m³, tramo comprendido desde calle Cortinez del
departamento San Martín hasta calle Patricias Sanjuaninas del departamento Caucete. Plazo de
ejecución de la obra: cincuenta (50) días corridos a partir de la fecha de iniciación de los
trabajos. Mantenimiento de Oferta: treinta (30) días. Forma de Pago: a diez (10) días de
presentación de facturas con Bonos CREFI Provinciales, por certificaciones mensuales de
acuerdo a medición del último día hábil del mes de acuerdo al tramo ejecutado y conformado
por la Inspección, en un todo de acuerdo con el Pliego de Condiciones y Especificaciones
Técnicas que sirvieron de base para el presente llamado a Cotejo de Precios y conforme lo
establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Aprobar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, el
cual se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Procédase a la suscripción del respectivo contrato y a emitir la Orden de
Adjudicación correspondiente, para dar comienzo de los trabajos dentro de los plazos que
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
109
- SAN JUAN –
establecen los artículos 11º y 13º del Pliego de Condiciones que sirvió de base para el llamado
a Cotejo de Precios Nº21/97.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá oportunamente a librar la respectiva orden
de pago a favor de la firma Luis Stornini Excavaciones, por la suma expresada, a los efectos de
los pagos respectivos con Bonos CREFI Provinciales, previa presentación de la y/o facturas
debidamente conformadas.
ARTICULO 4°. Comuníquese, tómese debida nota y oportunamente archívese.
3°) Expediente N° 519 0059-P-97, PATRIMONIO, e/ liquidaciones enviadas por la Caja de
Seguros S.A., ref. seguro de automotores.
VISTO:
El expediente N° 519 0059-P-97, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Acta Nº 2080 punto 14º) se aprueba la renovación para el corriente año de
las pólizas de seguro de automotores Nº 4061 y 4029 para las movilidades de la Repartición,
conforme al artículo 3º de las condiciones generales establecidas en las mismas, contratadas
con la Caja de Seguros S.A.
Que Departamento Contable informa a fs. 63 que corresponde aprobar el gasto y
autorizar a librar orden de pago por el importe de la segunda cuota.
Que tomó debida intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos diez mil trescientos cuarenta y cinco ($10.345,00), a
fin de atender el pago de la segunda cuota del seguro de automotores, pólizas Nº 4061 y Nº
4029 contratadas con la Caja de Seguros S.A. para las movilidades de la Repartición.
ARTICULO 2°. El gasto que origina el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la
Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
de la Caja de Seguros S.A.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
4°) Expediente N° 519 0694-P-97, PATRIMONIO, s/ una orden de pago anticipada por la suma de
$3.000.00.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales División Patrimonio solicita la tramitación
correspondiente para librar una orden de pago anticipada por la suma de $3.000,00 a fin de
atender el pago de gastos de transferencia de movilidad, cambio de patentes, gastos por
cambios de motor y estampillados y verificación, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
110
- SAN JUAN –
Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el
gasto y se autorice a librar orden de pago anticipada.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto por la suma total de pesos tres mil ($3.000,00) y autorizar al
Departamento Contable a librar una orden de pago anticipada a favor del Tesorero, con cargo a
rendir cuenta, para el pago de gastos de transferencia de movilidad, cambio de patentes, gastos
por cambios de motor y estampillados y verificación.
ARTICULO 2º. El gasto que demanda el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 34 - “IMPUESTOS DIRECTOS” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
5°) Expediente N° 519 0707-M-97, MADCUR, MONIR, s/ inscripción como empresa perforadora.
VISTO:
El expediente N° 519 0707-M-97 mediante el cual el Ing. Monir E. Madcur, solicita se
inscriba en el registro correspondiente a la Empresa Madcur Construcciones S.A., proponiendo
como Representante Técnico al Licenciado Carlos Piriz, inscripto en el Registro de
Profesionales de la Repartición con Matrícula Nº40, y;
CONSIDERANDO:
Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría
Técnica de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170°
siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa Madcur Construcciones S.A. en el
Registro de Constructores de Pozos de la Repartición.
ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea,
comuníquese y oportunamente archívese.
6°) Expediente N° 20.681/2-Z-96, ZULIANI, JORGE EDUARDO, s/ beneficios del artículo 286°
Ley N° 4392/78, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Jorge Eduardo Zuliani, solicita se encuadre en
los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 02-31/105290, departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
111
- SAN JUAN –
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 8 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fojas 9, que dicho
inmueble se encuentra inscripto bajo cuenta Nº 4989 a nombre de Jorge Eduardo Zuliani con
superficie s/m de 0Ha.0602,76m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para
0Ha.0602m², aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286º
del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0602m², registrado
bajo cuenta Nº 4989 a nombre de Jorge Eduardo Zuliani, departamento Rivadavia.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
7°) Expediente N° 519 0235-S-97, SANCHEZ RIVAS, FRANCISCO, e/ renuncia al derecho de
riego departamento Pocito.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Francisco Sanchez solicita la aplicación de los
términos de cesación por no uso establecidos por el art. 286º de la Ley 4392/78 para los
derechos de agua registrados bajo cuentas N° 2964, 2960 y 2501 del departamento Pocito, y;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al informe elaborado por Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas los derechos de referencia figuran inscriptos en el padrón oficial de riego de Pocito bajo
R.T. 2927(C)5534 a nombre de Francisco Sánchez Rivas, con dotación de agua de riego de
carácter permanente para 3Ha.3363m², cuenta Nº2964 Nom. Catastral 0538-060740; bajo R.T.
2928(C)5535 a nombre de Francisco Sánchez Rivas, con dotación de agua de riego de carácter
permanente para 3Ha.3363m², cuenta Nº2960 Nom. Catastral 0538-060760 y bajo R.T.
2929(D)4668 a nombre de Francisco Sánchez Rivas, con dotación de agua de riego de carácter
vertiente (permanente conforme al art. 121º de la Ley 4392/78) para 3Ha.3261m², cuenta
Nº2501 Nom. Catastral 0538-060720, haciendo notar que lo solicitado no encuadra en lo
preceptuado por el art. 286º pudiendo optar por la renuncia conforme lo prescribe el art. 47º del
Código de Aguas.
Que el peticionante agrega a fs. 12 el certificado de libre gravamen de los inmuebles
citados, por lo que el trámite deviene en consideración en un todo conforme al art. 47º renuncia
de derecho de riego de la citada norma legal.
Que Asesoría Letrada de la Repartición en su informe Nº 104 manifiesta que la presente
solicitud encuadra en las previsiones del art. 47º renuncia de derecho de riego ya que están
acreditados en el expediente los extremos exigidos por la Ley 4392/78.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
112
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Aceptar la renuncia de los derechos de agua de riego de carácter permanente
para: 3Ha.3363m² registrado bajo cuenta N° 2964 del departamento Pocito a nombre de
Francisco Sánchez Rivas, Nom. Catastral N° 0538-060740; 3Ha.3363m² registrado bajo cuenta
N° 2960 del departamento Pocito a nombre de Francisco Sánchez Rivas, Nom. Catastral N°
0538-060760 y de carácter vertiente (permanente conforme al art. 121º de la Ley 4392/78) para
3Ha.3261m² registrado bajo cuenta Nº 2501 del departamento Pocito a nombre de Francisco
Sánchez Rivas, Nom. Catastral 0538-060720.
ARTICULO 2°. Notifíquese. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.8°) Expediente N° 29.298/47-M-96, MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA, s/dotación de agua para
regadío de arbolado público del Bº La Cabaña, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que por expediente Nº 29.298/47-M-96, el señor Intendente de la Municipalidad de
Rivadavia, solicita el otorgamiento de una concesión de agua para riego de arbolado público y
espacios verdes del barrio La Cabaña, y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa que el terreno que
comprende el barrio de referencia, tiene dotación de agua para riego agrícola registrado en el
Padrón de Riego del departamento Rivadavia bajo el R.T.Nº1275(B)7009 a nombre de
Sindicato de Trabajadores y Obreros del Transporte Automotor de Cargas de San Juan con una
superficie remanente s/m de 8Ha.3159,30m² y dotación de agua permanente remanente para
6Ha.9709m² Cuenta Nº109 Nom.Cat.02-31/560700 y 02-31/520910, lotes 2 y 3 del plano de
mensura 02-3124/83 y que conjuntamente con el otorgamiento de la concesión debe
considerarse la extinción del derecho para uso agrícola que posee el terreno del Complejo
Habitacional.
Que Departamento Irrigación informa a fs. 5 que la Junta Departamental de Riego e
Inspección Técnica de Rivadavia procedió a notificar a los usuarios que pudieran considerarse
afectados, no presentando los mismos oposición debidamente fundamentada, adjuntando copia
de plano con sistema de riego de arbolado público y espacios verdes, tramitados por
expedientes F33 252-B-96 y 416.595-B-87 y que División Ecología Agrícola calculó la
dotación en 3Ha.3000m².
Que Asesoría Letrada en su informe Nº072-DH-97 manifiesta que se habrían dado
cumplimiento con los requisitos impuestos por el Código de Aguas, a excepción de lo
prescripto en el Art. 42º el que dispone que las solicitudes de concesión deberán ser publicadas
por un día en el Boletín Oficial y durante cinco días en el diario de mayor circulación en la
Provincia, para dar lugar a la presentación de terceros que se consideren legítimamente
afectados. Asimismo, en virtud de lo expresado por la Dirección del Registro y Catastro
General de Aguas, correspondería resolver la cesación del derecho de riego de uso agrícola
registrado bajo cuenta Nº109 de conformidad a los antecedentes, informes y lo establecido en
los artículos 285º y 286º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establecen los Arts. 286º y 285º,
según corresponda, de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente
remanente para 6Ha.9709m², registrado bajo cuenta Nº 109 a nombre de Sindicato de
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
113
- SAN JUAN –
Trabajadores y Obreros del Transporte Automotor de Cargas de San Juan, departamento
Rivadavia.
ARTICULO 2°. Hacer saber a la Municipalidad de Rivadavia que, previo al otorgamiento de
concesión para riego de arbolado público para 3Ha.3000m², debe cumplimentar lo prescripto en
el Art.42 del Código de Aguas que dispone que las solicitudes de concesión deberán ser
publicadas por un día en el Boletín Oficial y durante cinco días en el diario de mayor
circulación en la Provincia, para dar lugar a la presentación de terceros que se consideren
legítimamente afectados.
ARTICULO 3º. Notifíquese, tomen debida nota de la cesación declarada por este acto
Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación.
10°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 218, 219, 220 y 225-DH-97, dictadas por Dirección General ad
referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 218-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 19 para la
adquisición de tres cajas de cambio nuevas y/o reparación general de las mismas con destino a
la puesta en servicio de las retroexcavadoras Fiat Allis SR9 internos 38-0l, 38-02 y 38-03 de la
Repartición.
Nº 219-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 24 para la
adquisición de un cilindro excavador nuevo y/o la reparación del mismo con destino a la puesta
en servicio de la retro Fiat 4600 interno 40-0l de la Repartición.
Nº 220-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ingemeb de Mario
Batias, por la suma total de $3.822,00 para la adquisición de bombas de agua y paletas nuevas,
piezas 74007550 y 73058372, con destino a la reparación y puesta en servicio de las cargadoras
frontales Fiat Allis 545 B internos 14-04, 14-05 y 14-06 de la Repartición.
Nº 225-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Luis Stornini
Excavaciones, por la suma total de 18.720,00 en bonos CREFI, para ejecución de trabajos de
levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Divisoria, tramo comprendido
desde vías del FF.CC. al este de calle 19 hasta calle Caseros, departamento Caucete, en una
longitud aproximada de 3.965 m. y un volumen de 5.173 m³ , de acuerdo a lo que establece la
Ley de Emergencia Hídrica.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece cuarenta y cinco, se levanta la sesion.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
114
- SAN JUAN –
A C T A N° 2086
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
veintinueve días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y
como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la
consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2085.
2°) Expediente N° 519 0869-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, s/prórroga por pago de
contado de la bonificación del 5% de descuento.
VISTO:
El expediente Nº 519 0869-D-97 por el cual se solicita ampliar la fecha de vencimiento
del plazo para pago de contado con una bonificación del 5% de descuento establecido en la
reglamentación del artículo 3º de la Ley 6748, y;
CONSIDERANDO:
Que el inciso b) del artículo 6º de la resolución contenida en Acta Nº 2062, punto 6º), ,
faculta a este Cuerpo para prorrogar la fecha del 30 de abril de 1997 establecida para optar por
el descuento del 5%.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ampliar por el término de sesenta (60) días la fecha para optar por el
descuento del 5% que refiere el artículo 6º de la resolución contenida en el punto 6º) del Acta
Nº 2062/96.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
3°) Expediente N° F12 2683-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Pocito.
VISTO:
El expediente Nº F12 2683-I-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2080, punto 11º.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
115
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento
Irrigación. deberán tomar nota de la caducidad de las concesiones indicadas en Acta Nº 2080,
punto 11º), con excepción de la Cuenta Nº5196, atento que por expediente Nº 519 0376-E-97 el
señor Carlos Enrique Yanzón por Sociedad El Capilo S.R.L. ha interpuesto recurso de
reconsideración al acto administrativo mencionado.
ARTICULO 2º. Comuníquese.
4°) Expediente N° F12 2687-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Angaco.
VISTO:
El expediente Nº F12 2687-I-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2080, punto 8º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento
Irrigación. deberán tomar nota de la caducidad de las concesiones indicadas en Acta Nº 2080,
punto 8º).
ARTICULO 2º. Comuníquese.
5°) Expediente N° F12 2682-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rivadavia.
VISTO:
El expediente Nº F12 2682-I-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2080, punto 9º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento
Irrigación. deberán tomar nota de la caducidad de las concesiones indicadas en Acta Nº 2080,
punto 9º).
ARTICULO 2º. Comuníquese.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
116
- SAN JUAN –
6°) Expediente N° F12 2678-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rawson.
VISTO:
El expediente Nº F12 2678-I-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2080, punto 10º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento
Irrigación. deberán tomar nota de la caducidad de las concesiones indicadas en Acta Nº 2080,
punto 10º).
ARTICULO 2º. Comuníquese.
7º) Expediente N° 37.819-A-96, AGRICOLA SUDAMERICANA S.A., s/permiso para efectuar
una perforación, departamento 25 de Mayo.
VISTO:
Lo solicitado por la firma Agrícola Sudamericana S.A. mediante expediente N° 37.819A-96, y;
CONSIDERANDO:
Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación
técnica exigida por la reglamentación vigente.
POR ELLO; en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso
definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3656.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese.
8º) Expediente N° 37.819/2-A-96, AGRICOLA SUDAMERICANA S.A., s/permiso para efectuar
una perforación, departamento 25 de Mayo.
VISTO:
Lo solicitado por la firma Agrícola Sudamericana S.A. mediante expediente N° 37.819/2A-96, y;
CONSIDERANDO:
Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación
técnica exigida por la reglamentación vigente.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
117
- SAN JUAN –
POR ELLO; en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso
definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3674.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese.
9º) Expediente N° 37.820-S-96, SAN JUAN CULTIVOS S.A., s/permiso para efectuar una
perforación, departamento 25 de Mayo.
VISTO:
Lo solicitado por la firma San Juan Cultivos S.A. mediante expediente N° 37.820-S-96,
y;
CONSIDERANDO:
Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación
técnica exigida por la reglamentación vigente.
POR ELLO; en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso
definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3657.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese.
10º) Expediente N° 37.263-A-95, ALIFRUT S.A., s/permiso para efectuar una perforación,
departamento 25 de Mayo.
VISTO:
Lo solicitado por la firma Alifrut S.A. mediante expediente N° 37.263-A-95, y;
CONSIDERANDO:
Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación
técnica exigida por la reglamentación vigente.
POR ELLO; en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso
definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3616.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese.
11º) Expediente N° 37.826-C-96, COMAHER SAN JUAN S.A., s/permiso para efectuar una
perforación, departamento 25 de Mayo.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
118
- SAN JUAN –
VISTO:
Lo solicitado por la firma Comaher S.A. mediante expediente N° 37.826-C-96, y;
CONSIDERANDO:
Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación
técnica exigida por la reglamentación vigente.
POR ELLO; en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso
definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3660.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese.
12°) Expediente N° 519 0493-H-97, HERNANDEZ, RAMON, s/ beneficios del artículo 286° Ley
N° 4392/78, departamento Pocito.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Ramón Hernandez, solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 05-44/500890, registrado bajo cuenta N°1075 del
departamento Pocito, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 6/6 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 7, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0720m², registrado
bajo cuenta N° 1075, a nombre de Bernabé Ramón Hernandez, departamento Pocito.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
13°) Expediente N° 519 0225-C-97, CORTEZ, FRANCISCO ERNESTO, s/ beneficios del artículo
286° Ley N° 4392/78, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Francisco Ernesto Cortez, solicita se encuadre en
los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
119
- SAN JUAN –
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 02-38/260440, registrado bajo cuenta N°4567 del
departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs.3 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0626m², registrado
bajo cuenta N° 4567, a nombre de Francisco Ernesto Cortez, departamento Rivadavia.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
14°) Expediente N° 519 0428-G-97, GONZALEZ, JORGE F., s/ beneficios del artículo 286° Ley
N° 4392/78, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Jorge F.Gonzalez, solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 02-32/770750, registrado bajo cuenta N°4603 del
departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs.2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.2311m², registrado
bajo cuenta N° 4603, a nombre de José Filemón González, departamento Rivadavia.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
120
- SAN JUAN –
15°) Expediente N° 6566/4-C-95, CABRERA JORDAN, CARLOS, ref. expte. 6566/3-C-95.
Agregados expedientes 6566/3-C-78, 127.325-C-74, 6566/1-C-70, 7519-P-58, 3695-P-58,
2105-H-55, 19339-H-52, 2985-P-60, 6566-C-69 y F12 2533-C-96.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales el señor Carlos Bernardo Cabrera solicita se revea
la resolución contenida en Acta Nº 2073, punto 3º manifestando que el recurso de
reconsideración fue interpuesto dentro del término legal fijado en el Código de Procedimiento
Administrativo, adjuntando copia certificada del recurso presentado en Mesa de Entradas y
Salidas el día 12 de diciembre de 1996, y;
CONSIDERANDO:
Que Mesa General de Entradas y Salidas de la Repartición informa a fs. 129 vta. que por
error, en la recepción del expediente F12 2553-C-96 y debido que por exceso de trabajo se
usaron distintos sellos, uno en la nota de elevación y otro en copia de la misma, siendo válida la
fecha de presentación el día 12/12/96.
Que Asesoría Letrada en su dictamen Nº092-DH-97, fojas 131, manifiesta que conforme
a la documentación, informes obrantes y lo establecido en el artículo 25º, párrafo 5º del Decreto
Nº 0655/73 al disponer que en caso de duda, deberá estarse a la fecha enunciada en el escrito y
en su defecto, se considerará que la presentación se hizo en término, en consecuencia el
Recurso de Reconsideración fue interpuesto en los plazos previstos en los artículos 84º y 89º
del Decreto Nº 0655/73 Reglamentario de la Ley 3784 correspondiendo modificar el Acto
Administrativo declarando que fue interpuesto en tiempo y forma. En cuanto al error que diera
origen a la impugnación del acto administrativo induciendo a las autoridades competentes a
dictar un acto administrativo que implica la invalidez de la declaración de extemporaneidad, si
bien no importa la nulidad del acto en razón de que no afecta la esencia del acto emitido, dicho
agente habría incurrido en negligencia en el cumplimiento de sus funciones según se desprende
de las constancias de autos en razón de que debió dejar constancia poniendo al efecto el cargo
pertinente en forma simultánea en las presentaciones de escritos conforme a la reglamentación
vigente, lo que encuadra en una de las causales previstas en el Art. 84º del Estatuto y Escalafón
para el Personal de la Administración Pública de la Provincia para la aplicación de medidas
disciplinarias preceptuadas en el Art. 80º incisos a) b) c) y e) del mencionado cuerpo legal.
Que según informe Nº 018-DH-97 Asesoría Letrada expresa “que tal lo actuado entiende
que rige en el presente caso el art. 274 el cual ratifica la cesación de todas las concesiones de
derecho de aguas con carácter de accidentales que no se encuentren en uso, este artículo como
el artículo 273 contribuyen a depurar el padrón. Las concesiones otorgadas con carácter
accidental en San Juan o se han encontrado en ejercicio permanente y regular o no se han
encontrado en uso de ninguna manera. Las que se han encontrado en tal ejercicio permanente y
regular, han sido incorporadas por el uso y la costumbre, por lo hechos y las situaciones
jurídicas, a la condición de permanentes. Las que no se han encontrado en uso, se mantuvieron
en esa situación, fuera de la virtualidad jurídica y de la posibilidad hídrica. El decreto Ley
47/OP/57 no hizo otra cosa que explicitar, con expresiones legales, lo que estaba expresado en
los hechos. En las presentes actuaciones está suficientemente acreditado en los informes que
corren agregados, que las concesiones de agua de carácter accidental del Arroyo Cochagual y
pertenecientes al inmueble de referencia nunca estuvieron en uso y que oportunamente el
H.Consejo por Acta Nº 1094 de fecha 23 de junio de 1971 resolvió denegar la entrega de las
dotaciones por haber desaparecido las fuentes, surgiendo de los antecedentes que no se puede
entregar un recurso que no existe por causas naturales no imputables a la Administración,
resolución ésta, que según constancias del expediente no fueron recurridas en tiempo y forma
de ley por el interesado.”
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
121
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Modificar el artículo 1º de la resolución contenida en Acta Nº2073 punto 3º),
el que debe decir: “ARTICULO 1°. Tener por presentado en tiempo y forma el Recurso de
Reconsideración y Jerárquico en Subsidio interpuesto por el señor Carlos Bernardo Cabrera,
contra el artículo 2º del punto 9º de la Resolución contenida en Acta N° 2064/96”.
ARTICULO 2°. Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Carlos
Bernardo Cabrera, contra el artículo 2º del punto 9º de la Resolución contenida en Acta N°
2064/96, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 274º del Código de Aguas.
ARTICULO 3°. Comuníquese. Tómese debida nota y elévese al Superior conforme lo
establece el Art. 94° del Decreto Nº0655-G-73, reglamentario de la Ley Nº3784.
ARTICULO 4°. Sanciónase con 2 (dos) días de suspensión, al agente Tito Costa, M.I. Nº
7.951.073, dependiente de División Mesa de Entradas y Salidas de la Repartición, conforme a
lo establecido en los artículos 80º y 84º de la Ley 3816. Remitir copia de la presente al
Departamento Administración de Personal para que notifique al referido agente, haciéndole
saber que la suspensión rige a partir del día hábil siguiente al de la notificación. Comuníquese a
quien mas corresponda y tómese nota.
16°) Expediente N° 519 0775-M-97, MUNICIPALIDAD DE SANTA LUCIA, e/ Convenio.
VISTO y CONSIDERANDO:
El Convenio suscripto entre esta Repartición y la Municipalidad de Santa Lucía que obra
a fojas 3 del expediente de referencia.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el Convenio suscripto entre Dirección General y la Municipalidad de
Santa Lucía, que obra a fs.3 de estas actuaciones y cuyo texto se transcribe: “C O N V E N I O:
En la Ciudad de San Juan, a los veinticinco días del mes de marzo del año de un mil
novecientos noventa y siete, entre el Departamento de Hidráulica, con domicilio legal en calle
Agustín Gnecco Nº 350 (sur) -Dpto. Capital-, representado en este acto por el Señor Director
General, Ing. JOAQUIN CARLOS RIVEROS, en adelante "HIDRAULICA" por una parte, y
la Municipalidad de Santa Lucía con domicilio legal en calle Aberastain 590 Sur- Santa Lucía,
representada por el Señor Intendente Don LUIS EDUARDO MARTINAZZO, cuya firma es
refrendada por el Sr. Secretario de Servicios Don LUIS ROLANDO MERCADO, con
acuerdo del Consejo Deliberante, en adelante "EL MUNICIPIO", por la otra, se formula el
presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas.----------------------------------------------------------------------------------------PRIMERA: “EL MUNICIPIO” se compromete a realizar trabajos en los cauces que a
continuación se detallan, de levantamiento y transporte de productos de monda en la red de
riego del Departamento, como así también préstamo de camiones para transporte de
materiales; notificando fehacientemente de dichos servicios al Departamento de Hidráulica.
Los trabajos señalados en la cláusula presente deberán ser concesuados con la Inspección
Técnica del Departamento de Hidráulica a fin de fijar fecha y modo de realización de los
mismos. 1) Canal Ambas Leguas, calle Sarmiento; 2) Canal Legua Sur, calle Hipólito
Irigoyen; 3) Canal Legua Norte, calle Hipólito Irigoyen ; 4) Ramo La Colonia, calle Colón; 5)
Ramo La Colonia, Calle San Lorenzo; 6) Canal Matus- Matadero, Calle Roque Saenz Peña; 7)
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
122
- SAN JUAN –
Canal Echegaray, Av. Lib. Gral. San Martín; 8) Ramo Zuluaga, Av. Lib. Gral. San Martín; 9)
Canal Primero, Calle Roque Saenz Peña y Colón.----------------------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDA: "HIDRAULICA" en contraprestación se compromete a adscribir a la Ing. Liliana
Tores, D.N.I. Nº 13.383.334, para desarrollar tareas técnicas dentro del ámbito municipal.-------TERCERA: El presente convenio tendrá una duración de un (1) año a contar desde la firma del
mismo y podrá ser renovado por un periodo similar sin notificación alguna.--------------------------CUARTA: El presente Convenio podrá rescindirse a solicitud de cualquiera de las partes,
notificándose con una antelación no menor de treinta días.-----------------------------------------------QUINTA: A los efectos de este convenio las partes constituyen domicilio legal según lo
indicado en el encabezamiento, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que no fueran
los de los tribunales ordinarios de la Ciudad de San Juan.------------------------------------------------------------De entera conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.------------Firmado: Don Luis Eduardo Martinazzo Intendente Municipalidad de Santa Lucia, Don Luis
Rolando Mercado Secretario de Servicios Municipalidad de Santa Lucia e Ing. Joaquin Carlos
Riveros Director General Departamento de Hidráulica.”
ARTICULO 2º. Comuníquese a la Municipalidad de Santa Lucía, tome conocimiento
Departamento Irrigación, Inspección Técnica de Concepción Santa Lucía, Departamento
Administración de Personal y quien mas corresponda. Cumplido, archívese.
17°) Expediente N° 519 0778-I-97, ESCUELA AGROTECNICA LOS PIONEROS, e/nota de
agradecimiento.
VISTO y CONSIDERANDO:
La nota elevada por el señor Director de la Escuela Agrotécnica Los Pioneros, Prof. Julio
Roberto Rosa, con el objeto de agradecer al señor Director de Hidráulica, al Secretario Técnico
y en particular a los señores agentes que mostrando capacidad, experiencia y vocación de
resolver problemas mas allá de las dificultades encontradas, dieron solución a la obstrucción
que presentaba el pozo ubicado en predios de las Escuelas Juana Cardozo de Aberastáin y
Agrotécnica Los Pioneros, departamento Rawson.
POR ELLO,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Agradecer la dedicación y empeño puesto de manifiesto, haciéndose
acreedores de una mención especial el siguiente personal del Departamento Agua Subterránea:
• Señor Carlos W. Sisterna
• Señor Marcelino Castro
• Señor Rodolfo Salinas
• Señor Elías Cobarrubia
• Señor Virgilio Castro
ARTICULO 2°. Dejar constancia de esta mención en los respectivos legajos de cada uno de
ellos.
ARTICULO 3°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
123
- SAN JUAN –
18°) Expediente N° 519 0890-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento Angaco.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de
monda correspondiente al Dren Velazquez Este del departamento Angaco, y
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre calles San Isidro y
Campodónico en una longitud aproximada de tres mil metros, contando para ello con el VºBº
del señor Director General.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Velazquez Este,
tramo comprendido entre las calles San Isidro y Campodónico y depositarlo en calle
Velazquez, en una longitud aproximada de tres mil metros, departamento Angaco, de acuerdo a
lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 06 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO CANAL ANGACO” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
19°) Expediente N° 519 0892-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento 25 de
Mayo.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar trabajos de monda, limpieza del cauce y obras
de arte correspondiente al Dren La Plata del departamento 25 de Mayo, y
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre calle 10 y río San Juan
en una longitud aproximada de cinco mil metros, contando para ello con el VºBº del señor
Director General.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
124
- SAN JUAN –
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de monda, limpieza del cauce y obras de arte en el Dren La Plata, tramo comprendido
entre calle 10 y río San Juan, en una longitud aproximada de cinco mil metros departamento 25
de Mayo, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 06 - “TRABAJOS
DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES VALLE TULUM” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
20°) Expediente N° 519 0889-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento Angaco.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de
monda correspondiente al canal Nacional del departamento Angaco, y
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre cruce de canal Nacional
y Calle El Bosque y Final de canal Nacional en una longitud aproximada de dos mil metros,
contando para ello con el VºBº del señor Director General.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda del canal Nacional, tramo
comprendido entre cruce de canal Nacional y calle El Bosque y Final de canal Nacional en una
longitud aproximada de dos mil metros, departamento Angaco, de acuerdo a lo establecido en
la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
125
- SAN JUAN –
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 06 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO CANAL ANGACO” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
21°) Expediente N° 519 0884-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento San
Martín.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de
monda correspondiente al Dren Colón del departamento San Martín, y
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 00 a 0500 y
00 a 1500 (500 m. entre calles Sarmiento y Carril y 1500 m. entre calles Carril y Laprida),
contando para ello con el VºBº del señor Director General.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Colón, tramo
comprendido entre progresiva 00 a 0500 y 00 a 1500 (500 m. entre calles Sarmiento y Carril y
1500 m. entre calles Carril y Laprida) departamento San Martín, de acuerdo a lo establecido en
la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 10 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO C. TERCERO SAN MARTIN” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
126
- SAN JUAN –
22°) Expediente N° 519 0883-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento San
Martín.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de
monda correspondiente al Dren Mitre del departamento San Martín, y
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 00 a 1650 y
00 a 700 (1650 m. entre calles Cortinez y Sarmiento y 700 m. entre calles Carril y Quiroga),
contando para ello con el VºBº del señor Director General.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Mitre, tramo
comprendido entre progresiva 00 a 1650 y 00 a 700 (1650 m. entre calles Cortinez y Sarmiento
y 700 m. entre calles Carril y Quiroga), departamento San Martín, de acuerdo a lo establecido
en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 10 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO C. TERCERO SAN MARTIN” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
23°) Expediente N° 519 0893-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento San
Martín.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de
monda correspondiente al Dren Belgrano del departamento San Martín, y
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 1800 a 8000
y 8600 a 9100, contando para ello con el VºBº del señor Director General.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
127
- SAN JUAN –
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Belgrano, tramo
comprendido entre progresiva 1800 a 8000 y 8600 a 9100, departamento San Martín, de
acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 10 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO C. TERCERO SAN MARTIN” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
24°) Expediente N° 519 0885-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento San
Martín.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de
monda correspondiente al Dren Godoy del departamento San Martín, y
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos se realizarán: 600 m. entre calles Divisoria y Rawson; 1300m. entre
calles Cortinez y Sarmiento y 1200m. entre calles Carril y Laprida, contando para ello con el
VºBº del señor Director General.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Godoy: 600 m. entre
calles Divisoria y Rawson; 1300m. entre calles Cortinez y Sarmiento y 1200m. entre calles
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
128
- SAN JUAN –
Carril y Laprida, departamento San Martín, de acuerdo a lo establecido en la Ley de
Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 10 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO C. TERCERO SAN MARTIN” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
25°) Expediente N° 519 0886-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento San
Martín.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de
monda correspondiente al Dren San Juan del departamento San Martín, y
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 00 a 1800,
00 a 1400 y 00 a 1300 (1800 m. entre calles Cortinez y Sarmiento; 1400m. entre calles Carril y
Quiroga y 1300m. entre calles Quiroga y Correa), contando para ello con el VºBº del señor
Director General.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren San Juan, tramo
comprendido entre progresiva 00 a 1800, 00 a 1400 y 00 a 1300 (1800 m. entre calles Cortinez
y Sarmiento; 1400m. entre calles Carril y Quiroga y 1300m. entre calles Quiroga y Correa),
departamento San Martín, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 10 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO C. TERCERO SAN MARTIN” EJERCICIO 1997.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
129
- SAN JUAN –
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
26°) Expediente N° 519 0888-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento Angaco.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de
monda correspondiente al Dren Punta del Monte, canal Zapata y Canal Olivera del
departamento Angaco, y;
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre calles Zapata y Santa
Elena, en una longitud aproximada de quince mil metros, contando para ello con el VºBº del
señor Director General.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Punta del Monte,
canal Zapata y Canal Olivera, tramo comprendido entre calles Zapata y Santa Elena en una
longitud aproximada de quince mil metros, departamento Angaco, de acuerdo a lo establecido
en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 06 - “TRABAJOS
DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES - VALLE TULUM” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
27°) Expediente N° 519 0891-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento 25 de
Mayo.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar trabajos de limpieza y monda correspondiente
al Dren de calle 20 del departamento 25 de Mayo, y
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
130
- SAN JUAN –
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre calle 11 y salida al río
San Juan en una longitud aproximada de cinco mil metros, contando para ello con el VºBº del
señor Director General.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de limpieza y monda en el Dren de calle 20, tramo comprendido entre calle 11 y salida
al río San Juan, en una longitud aproximada de cinco mil metros, departamento 25 de Mayo, de
acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 06 - “TRABAJOS DE
CONSERVACION Y OBRAS MENORES VALLE TULUM” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
28°) Expediente N° 519 0894-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento 25 de
Mayo.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar trabajos de monda, limpieza del cauce y obras
de arte correspondiente al Dren de calle 21 del departamento 25 de Mayo, y
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre calle 11 y empalme con
dren de calle 20, en una longitud aproximada de cinco mil metros, contando para ello con el
VºBº del señor Director General.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
131
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de monda, limpieza del cauce y obras de arte en el Dren de calle 21, tramo
comprendido entre calle 11 y empalme con dren de calle 20, en una longitud aproximada de
cinco mil metros, departamento 25 de Mayo, de acuerdo a lo establecido en la Ley de
Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 06 - “TRABAJOS DE
CONSERVACION Y OBRAS MENORES VALLE TULUM” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
29°) Expediente N° 519 0877-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento 9 de
Julio.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de
monda correspondiente al Dren Costa Canal del departamento 9 de Julio, y
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 1800 a 2300
y de 2800 a 3200, en una longitud aproximada de un mil ochocientos metros, contando para
ello con el VºBº del señor Director General.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Costa Canal, tramo
comprendido entre progresiva 1800 a 2300 y de 2800 a 3200, en una longitud aproximada de
un mil ochocientos metros, departamento 9 de Julio, de acuerdo a lo establecido en la Ley de
Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
132
- SAN JUAN –
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 08 - SUBPARCIAL 06 “REPARACION CANAL DEL NORTE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
30°) Expediente N° 519 0881-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento 9 de
Julio.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de
monda correspondiente al Dren Birasoro y Derivador del departamento 9 de Julio, y
CONSIDERANDO:
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 000 a 6400,
en una longitud aproximada de seis mil cuatrocientos metros, contando para ello con el VºBº
del señor Director General.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Birasoro y Derivador,
tramo comprendido entre progresiva 000 a 6400, en una longitud aproximada de seis mil
cuatrocientos metros, departamento 9 de Julio, de acuerdo a lo establecido en la Ley de
Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 08 - SUBPARCIAL 06 “REPARACION CANAL DEL NORTE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
31°) Expediente N° 519 0882-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento 9 de
Julio.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un
llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de
monda correspondiente al Dren Bilbao del departamento 9 de Julio, y
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
133
- SAN JUAN –
Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 000 a 4500,
en una longitud aproximada de cuatro mil quinientos metros, contando para ello con el VºBº
del señor Director General.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios
Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Bilbao, tramo
comprendido entre progresiva 000 a 4500, en una longitud aproximada de cuatro mil quinientos
metros, departamento 9 de Julio, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica
Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 08 - SUBPARCIAL 06 “REPARACION CANAL DEL NORTE” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
32°) Expediente N° 519 0914-C-97, CONSTRUCCIONES, s/autorización para la adquisición de
motobomba, carro hormigonero y motosierra.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Construcciones solicita la
adquisición de equipos a fin de no interrumpir las tareas de ejecución, mantenimiento y
protección de la red de riego del Valle de Tulum, Ullum y Zonda, para lo cual se cuenta con el
VºBº de Dirección General y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de
Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia
Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
134
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la adquisición de: dos
(2) hormigoneras tambor basculante de 240 litros provista con motor a explosión de 8 HP; dos
(2) motobombas de 10 a 13 HP con entrada y salida de 4” centrifuga autocebante con aspirante
y espelente; diez (10) carros hormigoneros de 180 litros (capacidad), con ruedas neumáticas y
dos (2) motosierras de 72 cc espada de 24”, de acuerdo a lo establecido en la Ley de
Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con
afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 05 - “TRABAJOS
DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES - VALLE TULUM” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
33°) Expediente N° 519 0913-C-97, CONSTRUCCIONES, s/autorización para la compra de hierro
y alambre.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Construcciones solicita la
adquisición de materiales con destino a las distintas obras que ejecuta la Repartición, para lo
cual se cuenta con el VºBº de Dirección General, y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de
Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia
Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la adquisición de: 3.000
Kg. de alambre negro recocido Nº14; 3.000 Kg. de alambre negro recocido Nº17; 1.500 Kg. de
alambre galvanizado Nº10; 2.500 Kg. de alambre galvanizado Nº12; 300 barra hierro Ø 8
especial; 300 barra hierro Ø 10 especial; 300 barra hierro Ø 12 especial y 50 barra hierro Ø 12
común, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
las Partidas: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 12 y 24 - SUBPARCIAL 05 “TRABAJOS DE
CONSERVACION Y OBRAS MENORES en JACHAL y CALINGASTA”, respectivamente,
EJERCICIO 1997.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
135
- SAN JUAN –
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
34°) Expediente N° 519 0915-C-97, CONSTRUCCIONES,
materiales y herramientas.
s/autorización para la compra
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Construcciones solicita la
adquisición de materiales y herramientas varias con destino a las distintas obras que ejecuta la
Repartición, para lo cual se cuenta con el VºBº de Dirección General, y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de
Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia
Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la adquisición de: 100
balde albañil (chapa), 10.000 Kg. de bitumen; 100 par de bota ½ caña; 60 cabo de anchada; 20
cabo de hacha de mano; 20 cabo de hacha grande; 20 cabo de horqueta; 60 cabo de maza; 60
cabo de pala; 60 cabo de pico; 60 balde galvanizado (10 litros); 40 cámara para carro
hormigonero (350-19); 60 canasta albañil; 50 candados de 50 mm.; 15 cepillo acero; 30 cepillo
t/bodeguero; 400 Kg. clavo 2” (punta paris); 400 Kg. clavo 2½ ” (punta paris); 40 cubierta
p/carro hormigonero (350-19); 60 cuchara albañil Nº12; 20 escoba t/bodeguera; 60 fratacho de
50 cm.; 60 llana de 30 cm.; 50 plomada de 250 g. c/u; 1.000 par guante de vaqueta (puño
corto); 20 hacha grande; 1.000 metros hilo albañil; 50 horqueta cabo largo (4 dientes); 10.000
m. junta homiflex; 50 martelinas; 60 martillo t/carpintero Nº26; 60 maza chica; 100 pala
arenera (con cabo); 10 pala carbonera (con cabo); 60 pico hacha y pala; 60 pico punta y pala;
60 pico punta y punta; 60 serrucho t/encofrador de 80 cm; 100 plancha telgopor; 100 tenaza
t/encofrador Nº9; 100 tenaza t/encofrador Nº12; 300 m² de tabla pino paraná 1” x 6” no menor
a 4,00 m. de largo y 500 m. lineales de tirante pino paraná de 3” x 3” no menor de 4,00 m. de
largo, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los
pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
las Partidas: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE: 01 - 12 - 18 - 24 y 27 - SUBPARCIAL 05 “TRABAJOS
DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES en: VALLE TULUM - JACHAL - IGLESIA CALINGASTA y VALLE FERTIL”, respectivamente, EJERCICIO 1997
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
35°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
136
- SAN JUAN –
Las resoluciones N° 227, 234, 235, 236, 237, 239, 241, 244 y 245-DH-97, dictadas por
Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 227-DH-97: por la que se aprueba el gasto de $4.200,00 a favor del Tesorero de la
Repartición con cargo a rendir cuenta a fin de atender los pagos en virtud del acta
complementaria suscripta entre el Departamento de Hidráulica y la Universidad Nacional de
San Juan aprobada mediante Acta Nº 2079, punto 5º).
Nº 234-DH-97: por la que se aprueba el estudio técnico presentado correspondiente al traslado
temporario autorizado mediante Acta Nº2065, punto 3º).
Nº 235-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 30 para la
reparación completa incluido mano de obra especializada y repuestos del motor, bomba
inyectora, sistema de frenos, tren delantero y trasero, compresor y provisión de repuestos
originales y/o de primera calidad para la puesta en servicio del camión Mercedes Benz 1114
patente J020915 interno 04-02 de la Repartición, conforme Ley 6737.
Nº 236-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 31 para la
adquisición de baterías en cajas de baquelita nuevas, con destino al mantenimiento y
conservación de camiones, colectivo y equipos viales de la Repartición, conforme Ley 6737.
Nº 237-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 32 para la
adquisición de materiales y elementos, con destino a los Talleres de la Repartición, conforme
Ley 6737.
Nº 239-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Antonio Guerra
S.A., G.M.D. Distribuciones y José F. López Comercial, respectivamente, por la suma total de
$39.913,78 para la adquisición de cubiertas, cámaras y protectores, con destino al
mantenimiento y conservación de camiones, carretones y equipos viales de la Repartición,
conforme Ley 6737.
Nº 241-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas José F. López
Comercial, Claudio Menchetti, Martín E. Tanten, Lar Chilecito S.A. e Integral Distribuciones,
respectivamente, en la suma total de $1.502,08 para la adquisición de elementos y materiales,
con destino a reparación y refacción de la casa donde funciona la Junta Departamental de Riego
e Inspección Técnica en el departamento Sarmiento, conforme Ley 6737.
Nº 244-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas José F. López
Comercial, Sánchez Bustos y Cia. S.R.L., Auto Park, La Marina, Pinturería Córdoba S.R.L.,
Martín E. Tanten, Trielec S.A., Lar Chilecito S.A., Claudio Menchetti y Piriz y Cia.,
respectivamente, en la suma total de $4.386,95 para la adquisición de materiales, elementos y
herramientas con destino al mantenimiento y conservación de diques, conforme Ley 6737.
Nº 245-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Carlos y Alberto
Raverta y José F. López Comercial, respectivamente, por la suma total de $5.268,00 para la
adquisición de cubiertas y cámaras, con destino al mantenimiento y conservación de rurales
Falcon y Pick Up Ford F100 de la Repartición, conforme Ley 6737.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
36°) Expediente N° 519 0840-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, s/se libre una orden de
pago anticipada.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para
librar una orden de pago anticipada por la suma de $10.000,00 a fin de atender el pago de
servicios de correo durante el corriente año, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
137
- SAN JUAN –
Que por razones presupuestarias se afecta la suma de $3.000,00 por lo que corresponde
emitir resolución de aprobación del gasto por este importe y autorizar a librar orden de pago
anticipada.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero,
con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos tres mil ($3.000,00), para atender los
pagos en concepto de servicios de correo durante el corriente año.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 05 - “CORREOS Y TELEGRAFOS
” - EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece cuarenta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
138
- SAN JUAN –
A C T A N° 2087
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a seis
días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta.
Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes
temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2086.
2°) Expediente N° 519 0345-R-97, TRIGO, RAMONA R. FUNES DE., s/ pago de licencias
adeudadas.
VISTO:
El expediente N° 519 0345-R-97, y;
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la resolución N°221-DH-97, fojas 7 del mencionado expediente,
Departamento Administración de Personal remite planilla de liquidación en concepto de
licencia proporcional año 1996, que se le adeuda al ex agente Orlando Domingo Trigo.
Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de $231,96 (pesos doscientos treinta y uno con noventa y seis
centavos) en concepto de pago por la licencia proporcional año 1996 que se le adeuda al ex
agente Orlando Domingo Trigo, M.I. N°10.304.731.
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 01 - “TRABAJOS
DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES - V. TULUM” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°: Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
3°) Expediente N° F12 2684-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento 25 de Mayo.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 7º, y;
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
139
- SAN JUAN –
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento 25 de Mayo, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
DOTACION
CUENTA
Tiro Federal Las Casuarinas
Correa, Bernardo
4Ha.5000m²
3Ha.2760m²
1159
198
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
4°) Expediente N° F12 2685-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Caucete.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 8º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Caucete, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
DOTACION
CUENTA
Sebastián Morino
Sebastián Morino
Sebastián Morino
0Ha.7314m²
0Ha.2686m²
0Ha.1340m²
2732
3190
2867
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
5°) Expediente N° F12 2679-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Santa Lucía.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
140
- SAN JUAN –
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 14º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Santa Lucía, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
Cuenca de Melian
Gutierrez, Rodolfo
Zapata, Gregorio
Zapata Flores, L.
Arena de Rojas, Hilda
Salvador de la Roza
Ruiz, Francisco
Vazquez, Balderrama
Portillo, Miguel
Cueli, José
Barrionuevo, Nicolas
DOTACION
0Ha.0603m²
0Ha.0624m²
0Ha.0624m²
0Ha.0886m²
0Ha.0633m²
0Ha.8200m²
0Ha.4340m²
0Ha.1571m²
0Ha.0875m²
0Ha.2371m²
0Ha.0706m²
CUENTA
4465
4467
4466
4673
4473
2872
4745
1357
2891
5881
6024
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
6°) Expediente N° F12 2681-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071,
punto 15º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
141
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Chimbas, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
Carmona, Orlando Alberto
Zaghaib Dumis, Miguel
Castro, Dalmiro Luis
León, Juan Federico y otros
Porres, José Marcelino
Porres, Olguin Ramón
Tejada, Carlos Alberto
Oropel, Pedro Alberto
Figueroa, Juan Agustin
Morales de Porres, Catalina
Moreno, José F. y otros
Pizarro, Juan Angel
Porres, Oscar
Porres, Oscar
Mercado de Gonzalez, Marta
Porres, Florencio W.
Porres, Florencio W.
Porres de Luengo, Rosario
Emp. Constr. Walter Melcher
Porres de Luengo, Rosario
Cobos, Maria C. y otra
Cobos, José Sebastian
Salinas de Roldan, Paulina
Cobos, Marcelo
Fuentes, José
Aballay, José Miguel
De los Ríos, Gerónimo y otros
Prado, Desiderio
Bustos de Paez, Jacinta
Saldivar, Manuel Pablo E.
Porres, Segundo Vicente
Segura, Juan Pedro Enrique
Coop. de Vivienda 30 de Agosto
Coop. de Vivienda 30 de Agosto
Coop. de Vivienda 30 de Agosto
Coop. de Vivienda 30 de Agosto
Ramos, Pedro Arnaldo
Ramos, Pedro Arnaldo
Ramos, Pedro Arnaldo
USUARIO
Alvarez Abarca, Francisco
Vila de Criado, Susana
Guardia, Juan Evaristo
DOTACION
0Ha.2605m²
0Ha.0607m²
0Ha.0621m²
0Ha.2464m²
0Ha.9275m²
1Ha.6131m²
0Ha.0576m²
0Ha.0629m²
0Ha.0549m²
0Ha.4813m²
3Ha.0000m²
0Ha.1011m²
0Ha.1976m²
1Ha.0148m²
0Ha.0540m²
1Ha.6699m²
0Ha.8348m²
1Ha.9016m²
0Ha.0984m²
1Ha.0000m²
0Ha.6828m²
0Ha.4565m²
0Ha.0508m²
0Ha.0620m²
0Ha.5000m²
0Ha.1099m²
0Ha.0557m²
0Ha.0683m²
0Ha.0661m²
0Ha.0829m²
0Ha.5882m²
1Ha.1865m²
0Ha.6783m²
0Ha.4284m²
0Ha.8120m²
0Ha.0617m²
1Ha.6042m²
0Ha.5132m²
0Ha.1510m²
DOTACION
1Ha.7552m²
0Ha.0584m²
0Ha.4692m²
CUENTA
3813
4069
4075
4141
752
753
3778
3786
3941
942
760
4398
4435
4436
4437
3393
3392
1777
4380
763
749
3242
4352
3995
759
3611
1829
1069
1072
995
959
87
3723
3724
1693
120
3957
3958
3956
CUENTA
1691
3969
98
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
142
- SAN JUAN –
7°) Expediente N° F12 2680-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento 9 de Julio.
VISTO:
El expediente Nº F12 2680-I-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2080, punto 12º.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento
Irrigación. deberán tomar nota de la caducidad de las concesiones indicadas en Acta Nº 2080,
punto 12º), con excepción de las Cuentas: Nº2142 y Nº896, atento que por expedientes Nº 519
0846-C-97 y Nº 519 0848-M-97, los señores Juan Bautista Ciprian y Alfredo Marún,
respectivamente, han interpuesto recurso de reconsideración al acto administrativo
mencionado.
ARTICULO 2º. Comuníquese.
8º) Expediente N° 37.741-I-96, ISNARDO, JUAN ALEJANDRO, s/ empadronamiento,
departamento Capital.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Juan Alejandro Isnardo, en calidad de
propietario, solicita el empadronamiento del derecho de agua de riego correspondiente al
inmueble adquirido por posesión veinteañal individualizado con Nom. Catastral N° 0125/040820, ubicado en departamento Capital, y;
CONSIDERANDO:
Que según informa la Inspección Técnica Departamental a fojas 8 vta., el predio de
referencia recibe el total de la dotación por canal Robledo, toma propia.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha efectuado un análisis de los
antecedentes dominiales y de derecho de riego del inmueble en cuestión, determinando que el
mismo proviene de la cuenta N° 2586 a nombre de Luisa Ligoule de Isnardo que actualmente
figura con dotación permanente remanente para 0Ha.6322m² aconsejando, en consecuencia, su
inscripción.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, a nombre de Juan Alejandro Isnardo, el
inmueble de su propiedad, Nom. Catastral N° 01-25/040820, con superficie según mensura de
0Ha.3400,98m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.3400m² en
descargo de la cuenta N° 2586 que figura inscripta a nombre de Luisa L. de Isnardo, con
dotación para 0Ha.6322m², canal Robledo, toma propia, departamento Capital.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
143
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Eliminar de la cuenta Nº 2586 del departamento Capital un excedente de
dotación de 0Ha.2922m² por ajuste de superficie conforme a mensura.
ARTICULO 3°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.9°) PLACA RECORDATORIO DEL CINCUENTENARIO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que este Cuerpo ha detectado que en el hall de entrada al Departamento de Hidráulica se
encuentra una placa recordatorio del cincuentenario del Departamento de Hidráulica, indicando
que la fecha de creación de esta Repartición data del año 1943.
Que ello implica un error, ya que de acuerdo a la documentación existente, que es la Ley
886 de creación del Departamento de Hidráulica data del año 1942, tal cual fue tratada y
aprobada en su oportunidad por la Honorable Cámara de Representantes de la Provincia el 28
de setiembre de 1942.
Que posteriormente con fecha 10 de octubre de 1942 el señor Gobernador de la Provincia
señor Pedro Valenzuela y el Ministro F. Bustelo de Obras Públicas Industria Comercio y
Minería le da fuerza de ley y que se conoce con el Nº 886.
Que por ello debe considerarse como fecha de creación del Departamento de Hidráulica
el 10 de octubre de 1942, que es cuando queda sancionada por las autoridades respectivas
teniéndola como Ley de la Provincia, dándole los articulados de forma y ordenando la
publicación en el Boletín Oficial.
Que de acuerdo a visitas realizadas por el Consejo a distintas Delegaciones del
Departamento de Hidráulica se ha observado placas con el mismo error en cada una de ellas.
Que es procedente salvar el error cometido, por cuanto se debe dejar plasmado en una
placa recordatorio la fecha exacta de creación del Departamento de Hidráulica.
Que a efectos de que quede un recuerdo real de los primeros 50 años de vida del
Departamento de Hidráulica se deberá proceder a colocar placas con las verdaderas autoridades
existentes al 10 de octubre de 1992.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Retirar todas aquellas placas colocadas tanto en el hall del Departamento de
Hidráulica como en las respectivas Delegaciones donde se indica que el cincuentenario es
desde 1943 hasta 1993.
ARTICULO 2°. Autorizar al señor Director del Departamento de Hidráulica para que proceda a
confeccionar nuevas placas donde se indique la verdadera fecha de creación de la Repartición y
con las autoridades existentes al 10 de octubre de 1992.
ARTICULO 3°. El texto de dicha placa será el siguiente:
Lic. JORGE ALBERTO ESCOBAR - Gobernador
Ing. JULIO TITO MONTAÑA - Subsecretario de Irrigación
Ing. JOAQUIN C. RIVEROS - Jefe Técnico Departamento de Hidráulica
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
144
- SAN JUAN –
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
10°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 247, 248, 250, 251, 252 y 253-DH-97, dictadas por Dirección
General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 247-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Auto Park y Martín
Esteban Tanten, respectivamente, en la suma total de $7.188,00 para la adquisición de
trépanos triconos ripieros para formación dura insertos y/o comunes de 17-1/2” y 12-1/4” con
destino a los equipos perforadores de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley 6737.
Nº 248-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Enrique Gatti en la
suma total de $4.449,16 para la adquisición de dos hormigoneras con tambor basculante de
240 litros provistas de dos motores a explosión de 8 H.P. con destino a la ejecución de obras
programadas por esta Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley 6737.
Nº 250-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por Resolución Nº
709/96 a la firma Juan Enrique, las cuentas 848, 849, 856 y 467 del departamento Iglesia.
Nº 251-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por Resolución Nº
859/96 a la firma Juan Enrique, las cuentas 848, 849, 856 y 467 del departamento Iglesia.
Nº 252-DH-97: por la que se autoriza el pago a los señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi y
Salvador Victoria, propietarios de camiones contratados que ejecutan tareas en el Valle de
Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus distritos, por la suma total de $4.347,16
correspondiente al mes de marzo de 1997.
Nº 253-DH-97: por la que se autoriza el pago a los señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José
M. Castro, propietarios de camiones contratados que ejecutan tareas en los departamentos
Calingasta, Iglesia y Jáchal, por la suma total de $4.600,00 correspondiente al mes de marzo de
1997
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
145
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
146
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
147
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
148
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
149
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
150
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
151
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
152
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
153
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
154
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
155
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
156
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
157
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
158
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
159
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
160
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
161
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
162
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
163
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
164
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
165
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
166
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
167
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
168
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
169
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
170
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
171
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
172
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
173
- SAN JUAN –
A C T A N° 2091
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a tres
días del mes de junio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta.
Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes
temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2090.
2°) Expediente N° 519 0976-I-97, I.P.V., s/ caducidad de derecho de riego agrícola por el no uso,
departamento Chimbas.
VISTO:
Que por estas actuaciones Jefatura Técnica del Instituto Provincial de la Vivienda,
solicita se disponga la caducidad del derecho de riego agrícola por el no uso para las dotaciones
de 11Ha.4666m² Cuenta Nº 4471 y 9Ha.3444m² Cuenta Nº 4472, departamento Chimbas en
razón de que en la parcela Nom.Cat. 08-23/125080 se ha contratado la ejecución de un
complejo habitacional, y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3, que los derechos
de riego perteneciente al inmueble Nom.Cat.08-23/125080 figuran inscriptos bajo la cuenta N°
4471 y Nº 4472 del departamento Chimbas a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda
con dotaciones de carácter permanente para 11Ha.4666m² y 9Ha.0618m².
Que la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., manifiesta que la referida parcela
no hace uso del agua de regadío desde hace más de diez años.
Que el artículo 137º del Código de Aguas, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que en el presente caso no es necesario por cuanto es el titular que expresa
y solicita la caducidad.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso conforme lo establece el artículo 137º de la
Ley 4392/78 de las concesiones de agua de riego para 11Ha.4666m² y 9Ha.0618m² registradas
bajo Cuentas Nº 4471 y Nº4472 a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda, departamento
Chimbas.
ARTICULO 2°. Notifíquese y tomen nota de la caducidad declarada por este acto Dirección del
Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
3°) Expediente N° F12-2701-I-96, IRRIGACION, s/ reemplazo de movilidad para el agente Efrain
Néstor Rodriguez..
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
174
- SAN JUAN –
VISTO:
El expediente Nº F12-2701-I-96 y Decreto N°0459/96, y;
CONSIDERANDO:
Que en virtud de los informes y documentación obrantes en las actuaciones de
referencia, se ha liquidado al Celador del departamento Chimbas, Efrain Néstor Rodriguez, la
compensación por uso de movilidad particular adeudada desde julio a diciembre de 1996.
Que han tomado intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos cuatrocientos sesenta con ochenta centavos
($460,80) en concepto de compensación por uso de movilidad particular, adeudada durante los
meses julio a diciembre de 1996, al Celador del departamento Chimbas, Efrain Néstor
Rodriguez, M.I. N°07.934.178.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 06 - “TRABAJOS DE
CONSERVACION Y OBRAS MENORES-VALLE TULUM” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada, a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Comuníquese, tómese debida nota y oportunamente archívese.
4°) Expediente N° 519 1199-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso de
derecho de riego, departamento Sarmiento.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego agrícola empadronado en el departamento Sarmiento, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de
Sarmiento.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
175
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Sarmiento
que a continuación se detallan:
Usuario
Menendez, Escobar C.
Riveros, Marcial
Ramos, Manuel
Patiño, Ciriaco H.
Tejada de Bordón, Vicenta R.
Patiño, Ciriaco Suc.
Patiño, Ciriaco Suc.
Patiño, Ciriaco Suc.
Hensel, Eduardo
Blanco, Carlos Angel
Patiño, Ciriaco Suc.
Patiño, Ciriaco Suc.
Patiño, Ciriaco Suc.
Patiño, Ciriaco Suc.
Patiño, Ciriaco Suc.
Videla, Lázaro E.
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Diaz, Azicando B.
Patiño, Ciriaco
Bordón, Vicenta
Aguilera, Dora del Jesús
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Cortez, Domingo Silo
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Espinoza, Demetria
Sánchez, Gilberto
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Rosales, Juana E.
Gonzalez, Heriberto
Gonzalez de Morales, Rosa y O.
Morales, Anibal
Tello, Clemente
Patiño, Ciriaco
Femenía, Jaime
Femenía, Jaime
Cuenta
1125
1361
1364
1718
1779
1918
1917
1915
2267
2266
1913
1912
2018
1625
1622
1607
1604
1603
1601
1600
1599
1597
1595
1911
1916
1621
1620
1616
1615
1614
1613
1611
1594
1592
1591
1590
1589
1588
1587
1586
1584
1582
1609
1706
1566
Dotación
0Ha.0749m²
0Ha.1997m²
0Ha.1498m²
0Ha.0749m²
0Ha.0749m²
0Ha.0749m²
0Ha.0849m²
0Ha.0749m²
0Ha.0625m²
0Ha.0624m²
0Ha.2488m²
0Ha.1498m²
0Ha.0750m²
0Ha.1500m²
0Ha.2500m²
0Ha.1975m²
0Ha.2500m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.2497m²
0Ha.1000m²
0Ha.1149m²
0Ha.1739m²
0Ha.2497
m²
0Ha.2497m²
0Ha.1739m²
0Ha.0750m²
0Ha.0750m²
0Ha.1000m²
0Ha.0750m²
0Ha.1000m²
0Ha.1847m²
0Ha.0999m²
0Ha.2000m²
0Ha.0750m²
0Ha.1000m²
0Ha.0850m²
0Ha.1000m²
0Ha.0749m²
0Ha.0749m²
0Ha.1000m²
0Ha.1850m²
0Ha.2500m²
0Ha.0876m²
0Ha.1113m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
176
- SAN JUAN –
Usuario
Femenía, Jaime
Femenía, Jaime
Luján, Jorge Osvaldo
Femenía, Jaime
Femenía, Jaime
Torrent, César Alberto y Otro
Torrent, César Alberto y Otro
Cuenta
1571
1579
1107
1708
1707
0985
0690
Dotación
0Ha.2878m²
0Ha.0635m²
0Ha.2490m²
0Ha.1427m²
0Ha.3690m²
0Ha.1590m²
0Ha.2608m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos por el término de un día en el Boletín
Oficial, y dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Notifíquese y tomen nota de la cesación de derechos declarada en el artículo
1º de esta resolución, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento
Irrigación. Cumplido archívese.
5°) Expediente N° 519 1014-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego empadronado, departamento Valle Fértil.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Valle Fértil, en
un periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Valle Fértil, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la
caducidad de la concesión:
Usuario
Sirerol, Enrique
Kerman, Luis
Kerman, Isaac
Silva, Edgar R.
Diaz, Rudecindo Serafín
Fernandez, Antonio
Lorea, Rímolo Pascual
Cuenta
600
598
597
581
586
582
420
Dotación
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
0Ha.1596m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
177
- SAN JUAN –
Usuario
Lorea, Rímolo Pascual
Cooperativa Agrovitícola (CAVIC)
Costa de De la Vega, Modesta
Zunino, Josefina Mo de
Baistrocchi, Silvio S.A.
Sarmiento, Fany Echegaray de
Daroni, Alfredo
Rodriguez, Arminda Olga
Pellicer, Eduardo
Adi, Casimiro
Cuenta
633
726
656
628
629
631
630
612
611
610
Dotación
9Ha.8404m²
0Ha.0829m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
6°) Expediente N° 519 1227-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Chimbas en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Chimbas.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Chimbas, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos,
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
178
- SAN JUAN –
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la
caducidad de la concesión:
Usuario
Porres, Juan Walter y Ot.
Mota, Rafael Bernardo
Martín Moreno, Juan
Sanchez de Calvo, Feliza E.
Plana, Francisco
Gimenez H., Francisco H.
Asoc.Mut.Pers. de Loma Negra
Baez, Amadeo
D.P.L.Hogar
Empresa Const.Esteban Tabani S.R.L.
Empresa Const.Esteban Tabani S.R.L.
Ordoñez, Raul Juan
Fernandez, Arturo
Sind. de Trab. de Luz y Fuerza
Fernandez Vda.de Martín, Carmen T.
Municip. de Chimbas Bº FAECAP
Selman Martín, José Ahmed
Selman Martín, José Ahmed
Nefa, Oscar Meljen y otro
Natania Coop. de Viv. Cons. y Cred. Ltda.
Octavio D’Ascanio S.A.
Octavio D’Ascanio S.A.
Asoc. Mutual Ban de Ban
Cuenta
175
1842
30
29
2266
4004
42
53
4365
4409
4410
2747
1684
111
172
4326
1384
1820
3707
1190
1191
4183
3342
Dotación
5Ha.3663 m²
1Ha.7992 m²
0Ha.9083 m²
0Ha.5999 m²
0Ha.7084 m²
1Ha.3806 m²
3Ha.0000 m²
1Ha.0000 m²
2Ha.7412 m²
2Ha.5868 m²
2Ha.4132 m²
0Ha.5032 m²
3Ha.3433 m²
6Ha.0000 m²
0Ha.5855 m²
9Ha.1000 m²
0Ha.7241 m²
3Ha.0000 m²
4Ha.0707 m²
4Ha.3852 m²
3Ha.8487 m²
0Ha.6354 m²
2Ha.8459 m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Chimbas
que a continuación se detallan:
Usuario
Castillo, David B. y Otros
Villalba, Juan María
Guevara, Lola Marcelina S. de
Rivera, Eugenio
Rivera, Adolfo Washington
Chaves, Encarnación Rivera
Sind. de Trab. de Luz y Fuerza
Rivera, Eugenio M. F. Víctor
Sanchez, Pedro Domingo
Sanchez, Pedro Domingo
Cuenta
4155
3637
4051
109
3933
3934
1723
1984
4239
3889
Dotación
0Ha.0640m²
0Ha.1644m²
0Ha.4802m²
0Ha.3402m²
0Ha.0562m²
0Ha.0565m²
0Ha.4720m²
0Ha.0536m²
0Ha.0501m²
0Ha.0677m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos en el Boletín Oficial, por el término de un
día y diario local dos días.
ARTICULO 4°. Notifíquese y tomen nota de la cesación de derechos declarada en el artículo
2º de esta resolución, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento
Irrigación.
7°) Expediente N°37.796-B-96, BERBARI, MICHEL, s/traslado de dotación, departamento 9 de
Julio.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
179
- SAN JUAN –
Que mediante estas actuaciones el señor Michel Berbari en su carácter de propietario,
solicita se legalice el traslado de dotación efectuado hace aproximadamente cuarenta años,
desde la parcela N.C. N° 09-38/600640 al inmueble con N.C. N°09-38/820550, departamento 9
de Julio, como también se unifiquen los derechos de riego en una sola cuenta, y;
CONSIDERANDO:
Que según informes de la Junta de Riego e Inspección Técnica y Departamento
Irrigación, aunque no existe instrumento legal que lo acredite, hace varias décadas la Junta de
Riego Departamental debido a rotura del cauce regador por crecida del río San Juan, autorizó el
traslado de 3,1660Ha. que se entregaban por el ramo 6º del canal Majadita, Cuenta Nº611 al
ramo 5º del mismo canal conjuntamente con el derecho correspondiente a la cuenta Nº 610,
situación que se mantiene, estimando que es conveniente formalizar la inscripción a fin de
normalizar una situación de hecho de antigua data.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 15 vta., que los
derechos de riego perteneciente a los inmuebles de referencia figuran inscriptos bajo las
cuentas N° 611 y Nº 610 del departamento 9 de Julio a nombre de Michel Berbari con
dotaciones de carácter permanente del Arroyo de Agua Negra para 3Ha.1660m² y
23Ha.1866m².
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el traslado de una dotación de 3Ha.1660m² desde el inmueble N.C.
N° 09-38/600640 cuenta N° 611 al inmueble con N.C. N°09-38/820550 cuenta N° 610, a
nombre de Michel Berbari, dotado por el ramo 5º del Canal Majadita, departamento 9 de Julio.
ARTICULO 2°. Unificar las cuentas N°611 y Nº610 con dotaciones de agua de riego de
carácter permanente del Arroyo de Agua Negra para 3Ha.1660m² y 23Ha.1866m² a nombre de
Michel Berbari, con superficies s/m de 7Ha.0797,02m² y 51Ha.8543,98m², Nom.Cat. N° 09-38/
600640/820550, departamento 9 de Julio.
ARTICULO 3°. Notifíquese, tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y
Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese.
8º) Expediente N° 519 1049-C-97, COSTA, TITO ENRIQUE, s/ se revea sanción disciplinaria
VISTO:
Que por estas actuaciones el agente Tito Enrique Costa, solicita se revea la sanción
disciplinaria aplicada según artículo cuarto de la resolución contenida en Acta Nº 2086 punto
15º fundando su pedido en razón de que cuando se produjo el error involuntario se encontraba
solo y con un gran cúmulo de trabajo, y;
CONSIDERANDO:
Que lo expuesto por el agente Tito E.Costa lleva a este Cuerpo a atenuar la medida
aplicada.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Reducir a un día la sanción aplicada en artículo cuarto de la resolución
contenida en Acta Nº 2086 punto 15º al agente Tito Enrique Costa, M.I. Nº 7.951.073.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
180
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Notifíquese y tomen nota Departamento Administración de Personal.
Cumplido, archívese.
9°) Expediente N° 519 1186-J-97, JUNTA DE RIEGO DEL DEPARTAMENTO JACHAL, e/ nota
aceptando la renuncia de integrantes de Comisión de Riego.
VISTO:
Las renuncias presentadas por los señores Alejandro Guevara y Angel Olivares, como
miembros titular y suplente de la Comisión de Riego del departamento Jáchal, y;
CONSIDERANDO:
Que la Junta Departamental de Riego opina que corresponde aceptar las renunciar
presentadas.
Que ante la falta de autoridades en el Subdistrito Medio del Distrito II, Sección Electoral
Nº3, corresponde convocar a elecciones complementarias conforme lo dispone el artículo 66º
de la Ley 886.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aceptar las renuncias presentadas por los señores Alejandro Guevara y Angel
Olivares, como miembros titular y suplente, respectivamente, del Subdistrito Medio, Distrito II,
Sección Electoral Nº3 del departamento Jáchal.
ARTICULO 2°. Convocar a los concesionarios de agua de riego y uso industrial o fuerza
motriz de la Sección Electoral Nº3, Distrito II, Sub Distrito Medio del Departamento Jachal con
derecho a voto, para que el día 18 de julio próximo entre las 8 y 12hs., procedan por votación a
elegir miembros titular y suplente para el periodo 1996 - 1998.
ARTICULO 3º: Para el Acto Eleccionario se utilizará el padron electoral confeccionado, con
motivo de la elección de Comisiones de Regantes y Encargados de Canal, Ramo y/o Pozos
Oficiales, llevadas a cabo el día 27 de octubre de 1996.
ARTICULO 4º: Se designa apoderado al señor Inspector Técnico departamental, quien tendrá a
su cargo el control del normal funcionamiento del acto eleccionario, quedando facultado para
designar autoridades de comicio en caso de ser necesario por situaciones imprevistas.
Igualmente dispondrá la asistencia del personal de riego para colaborar con las autoridades de
comicio, en cuanto les sea requerido.
ARTICULO 4º: Autorízase a Dirección General a disponer la publicación de los edictos de
convocatoria en el Boletín Oficial y diario local, según lo dispone el artículo 70º de la Ley 886.
ARTICULO 5º: Comuníquese y tómese nota.
10°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO.
VISTO:
Las resoluciones N° 284, 285, 286, 287, 288, 291, 292, 293, 297, 298, 299, 300, 301 y
304-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
181
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 284-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº45 para la
adquisición de tres bombas de agua nuevas pieza Nº473295, con destino a la puesta en servicio
de las retroexcavadoras Fiat Allis S.R. 9, internos 38-01, 38-02 y 38-03 de la Repartición, de
acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 285-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº48 para la
adquisición de cuarenta cajas de 5 resmas c/u de papel formato A-4 tipo ejecutivo en papel obra
de 75 g. blanco liso, con destino a los diferentes sectores informáticos de la Repartición, de
acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 286-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº46 para la
adquisición de tambores de lubricantes de distintas densidades y tipos, con destino al
mantenimiento y conservación de equipos de bombeo de perforaciones de las baterías de pozos
oficiales de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 287-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ingemeb de Mario
Batias, por la suma total de $1.258,00 para la adquisición de un cilindro excavador nuevo con
destino a la reparación y puesta en servicio de la retro Fiat 4600 interno 40-01 de la
Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 288-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Auto Park, La
Platense S.A., Lino Eduardo Luna, Lar Chilecito S.A., Martín Esteban Tanten, Claudio
Menchetti y José F. López Comercial, por la suma total de $2.991,91 para la adquisición de
materiales, elementos y herramientas con destino a los talleres de la Repartición, de acuerdo a
lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 291-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Integral
Distribuciones e Industrias Sisterna S.R.L., por la suma total de $5.360,48 para la adquisición
de materiales, elementos y herramientas con destino a los talleres de la Repartición, de acuerdo
a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 292-DH-97: por la que se autoriza el pago a favor de los señores Rodolfo Cordeje, Luis
Cano y José Mario Castro, por la suma total de $4.864,84 en concepto de prestación de servicio
en alquiler de camiones durante el mes de abril de 1997 en los departamentos Calingasta,
Iglesia y Jáchal.
Nº 293-DH-97: por la que se autoriza el pago a favor de los señores Eduardo Aguilera, Juan
Nardi y Salvador Victoria, por la suma total de $5.307,16 en concepto de prestación de servicio
en alquiler de camiones durante el mes de abril de 1997 en el Valle de Tulum, Ullum, Zonda,
Sarmiento, 25 de Mayo y sus distritos.
Nº 297-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación directa a favor del Boletín Oficial e
Imprenta del Estado, por la suma total de $230,00 para la confección de dos libros media pasta
para registros de aforos diarios con destino a Distribución Matriz de la Repartición.
Nº 298-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Federico Hnos.
Empresa Constructora, por la suma total en bonos CREFI 6.000,00 para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Colón, departamento
San Martín, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 299-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Federico Hnos.
Empresa Constructora, por la suma total en bonos CREFI 12.000,00 para la ejecución de los
trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el canal Nacional y Dren
Velazquez Este, departamento Angaco, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia
Hídrica.
Nº 300-DH-97: por la que se autoriza la contratación del servicio de Internet con la empresa
Mercedario Digital en un todo de acuerdo con el Contrato obrante a fojas 3, 4, 5 y 6 del
expediente Nº519 0714-S-97 cuya cobertura rige a partir del mes de abril hasta diciembre de
1997, por la suma total de $497,31 a fin de poder acceder a informaciones de temas
relacionados con el sistema hídrico y estudios sobre la optimización de recursos y
contaminación de cauces tanto en el ámbito nacional y/o internacional, en un todo de acuerdo a
lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
182
- SAN JUAN –
Nº 301-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Luis Stornini
Excavaciones, por la suma total en bonos CREFI 79.587,00 para la ejecución de los trabajos de
levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Punta del Monte, canal Zapata y
canal Olivera, departamento Angaco, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia
Hídrica.
Nº 304-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Luis Stornini
Excavaciones, por la suma total en bonos CREFI 69.551,00 para la ejecución de los trabajos de
limpieza de dren, levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren de calle 20,
departamento 25 de Mayo, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora doce, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
183
- SAN JUAN –
A C T A N° 2092
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a diez
días del mes de junio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta.
Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes
temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2091.
2°) MANEJO DIRECTO DEL MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE LA RED DE
RIEGO, DRENES, DESAGUES Y DEFENSAS POR PARTE DE LAS JUNTAS
DEPARTAMENTALES DE RIEGO.
VISTO:
Que algunas Juntas Departamentales han manifestado su deseo de una participación mas
activa en el mantenimiento y conservación de la red, drenes y desagües, defensas, etc., y;
CONSIDERANDO:
Que esta situación está contemplada en la Ley 886 de creación del Departamento de
Hidráulica, donde en su artículo 5º se expresa que el Gobierno del Departamento de Hidráulica
estará a cargo de un Consejo, de una Dirección General y de los Organismos Descentralizados
establecidos a tal fin.
Que Organismos descentralizados son las Juntas Departamentales de Riego y las
Comisiones de Regantes cuyos conceptos generales están establecidos desde el art. 42º al art.
49º.
Que desde el art. 50º al 56º se indican como deben establecerse las Juntas
Departamentales.
Que en su Art. 57º se establecen cuales son los deberes y atribuciones de cada Junta
Departamental.
Que en los incisos b), g), h) y k) se indica que deben fijar anualmente el presupuesto de
conservación, mejoras, limpieza y monda de cauces del departamento y además ordenar la
iniciación y ejecución de los trabajos luego que el Consejo haya autorizado a su favor los
créditos a invertir.
Que a efectos de poder realizar por su propia cuenta los trabajos antes indicados las
Juntas Departamentales deberán disponer de un porcentaje de lo recaudado por la Contribución
Económica en cada uno de los departamentos.
Que de acuerdo a las disposiciones vigentes el 60% de esa Contribución Económica
pertenece a las Tasas Retributivas de Servicios y el 40% al Canon propiamente dicho.
Que en base a ello es procedente que parte de lo recaudado por las Tasas Retributivas de
Servicios sea girado a las distintas Juntas de Riego para que cumplan su cometido antes
indicado.
Que la situación actual de las Juntas Departamentales son diferentes entre si por cuanto
algunas manejan mayor cantidad de personal obrero que otras cuyos sueldos son planillados y
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
184
- SAN JUAN –
abonados por el Departamento de Hidráulica y además existen diferencias en la red de riego,
teniendo en cuenta lo impermeabilizado y en tierra como así también en lo referente a Red de
Drenes y Desagües, como a defensas.
Que esto se verá reflejado en las Transferencias a cada Junta de Riego, por lo que deberá
ser analizado cada caso en particular.
Que no obstante existirá un porcentaje base igual para transferir a cada una de las Juntas
que se establece en un 35% de las Tasas Retributivas de Servicios de lo recaudado en cada
departamento.
Que este proyecto fue puesto a consideración de las Juntas de Riego el día 03 de junio, el
cual fue aprobado.
POR ELLO:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1º. Establecer un marco general para que cada Junta de Riego maneje su
presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, drenes, desagües y defensas,
en base a las siguientes consideraciones:
a) Cualquier gasto que realice la Junta de Riego deberá aprobarse por Acta y ajustarse a lo
estipulado por Ley de Contabilidad de la Provincia.
b) Deberá llevar un Libro de Banco rubricado por Contaduría General de la Provincia donde se
hará constar los Ingresos y Egresos, ajustados a la Ley de Contabilidad.
c) El Delegado Habilitado tiene los deberes y atribuciones que le confiere la Ley Nº886,
articulo 38º, debiendo rendir mensualmente los gastos.
d) Deberá elevar para su aprobación al Consejo un Presupuesto de Gastos en función de los
trabajos a realizar anualmente, estableciendo un Orden de Prioridad para su ejecución.
e) Trimestralmente cada Junta elevará al Departamento de Hidráulica un informe detallado
sobre todo lo ejecutado con la inversión respectiva. Haciendo también un balance final al
término de cada año.
f) El Departamento de Hidráulica otorgará a la Junta de Riego el crédito presupuestario en
base al Decreto Nº 001 que anualmente emite el Ministerio de Hacienda y Finanzas.
g) El Departamento de Hidráulica girará a la Junta respectiva mensualmente, depositándola en
la cuenta que ésta tenga, la parte que le corresponda por la recaudación del pago de los
Usuarios del Departamento.
h) El Departamento de Hidráulica se reserva el derecho de inspeccionar las obras que ejecuten
las Juntas.
i) El Departamento de Hidráulica colaborará dentro de sus posibilidades y de acuerdo a la
disponibilidad de Equipos Pesados, cuando en la ejecución de tareas se requieran esos
servicios.
j) Se fija como importe aproximado a transferir a cada Junta el 35% de las Tasas Retributivas
de Servicios de lo recaudado en cada departamento.
k) El importe final a transferir a cada Junta será diferente, teniendo en cuenta las características
particulares que presentan cada una de ellas y en base a un análisis que se efectuará en cada
caso.
ARTICULO 2º. De acuerdo a lo indicado en el artículo anterior y a las condiciones particulares
de cada departamento se elaborará en cada caso un convenio para llevar a cabo su cometido, el
cual será firmado por el Presidente de la Junta Departamental y por el Director General,
refrendado por este Consejo.
ARTICULO 3º. Comuníquese y tómese debida nota.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
185
- SAN JUAN –
3°) Expediente N° 519 1233-D-97, DEPARTAMENTO RECAUDACION, s/se determine importes
y fecha de vencimientos a la 4ta. y 5ta. cuota anticipo año 1997.
VISTO:
El expediente N° 519 1233-D-97, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario fijar el valor para la cuarta y quinta cuota anticipo hasta tanto se cumpla
con todos los requisitos requeridos para la fijación del canon de riego definitivo, conforme a las
atribuciones legales que establece la Ley N° 886, Código de Aguas Ley Nº 4392/78 y Código
Tributario, Ley N° 3908.
Que el artículo 9º de la Ley Nº 6.748/96, establece un descuento del veinte por ciento
(20%) a aquellos contribuyentes que se encuentren al día en sus obligaciones y siempre que se
efectivice el pago en las fechas de los correspondientes vencimientos que se produzcan,
mientras dure la emergencia hídrica declarada por la Ley Nº 6.737.
Que por razones de orden práctico se decide adoptar el criterio aplicado por el Consejo en
Acta N° 767 punto 2°) Articulo 2°.
POR ELLO; en uso de sus atribuciones
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Fíjase como valor para la cuarta y quinta cuotas anticipo del canon de riego y
tasas de servicios hídricos, por hectárea empadronada, los siguientes:
Primera y Segunda Zona:
Jáchal, Calingasta e Iglesia:
Valle Fértil:
$5,00
$3,00
$3,60
ARTICULO 2°: Fíjase como fechas de vencimiento para el cobro de la cuarta y quinta cuota
anticipo del canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos las siguientes:
Cuarta cuota anticipo:
Quinta cuota anticipo:
1° vencimiento: 12 de setiembre de 1997
2° vencimiento: 26 de setiembre de 1997
1° vencimiento: 14 de noviembre de
1997
2° vencimiento: 28 de noviembre de 1997
ARTICULO 3º. Departamento Recaudación, División Rentas y Valores efectuará el 20% de
descuento a aquellos contribuyentes que se encuentren al día en sus obligaciones, en un todo de
acuerdo a lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 6.748.
ARTICULO 4°. A efectos del cumplimiento del Articulo 1°, los predios de mas de 5000 m² y
que no alcancen al 10.000m² se considerarán como 1Ha. y los que no exceden de 5000m²
como ½Ha.
ARTICULO 5°. Del valor establecido, el canon de riego representa el 40% y el 60% restante
responde a tasas retributivas de servicios hídricos.
ARTICULO 6°. Elévese al Poder Ejecutivo la presente Resolución.
4°) Expediente N°157-B-95, NAVAS, MARCELO, s/consolidación de deuda en Autos Nº 5394.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
186
- SAN JUAN –
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales el Dr. Marcelo Navas, Mat. Nº 1437, tramita el
pago de la deuda, Autos Nº 5394 caratulados Navas González, Emilio c/Departamento de
Hidráulica - Expropiación Inversa, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 26 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios,
informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos dos mil ochocientos cuarenta y dos con sesenta y
nueve centavos ($2.842,69) a favor del Dr. Marcelo Navas, Mat. Nº1437, en concepto de
monto condenatorio, honorarios e intereses conforme liquidación obrante a fs. 26, el cual se
halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
5°) Expediente N° 519 0016-C-97, CLUB VELA Y REMO, s/concesión de derecho de uso de agua,
departamento Ullum.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Marcelo Navas, en su carácter de Presidente del
Club Sanjuanino de Vela y Remo, solicita concesión de uso de agua con fines recreativos para
el predio ubicado en el Area Turística de Actividades al Aire Libre (Area A.T. 1), de la Presa
Embalse Quebrada de Ullum, y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Irrigación - División Ecología Agrícola a fs. 9, en razón de que el
agua solicitada se destinará al riego de campos de deportes, jardines y arbolado, además de los
usos domésticos para la población permanente y transitoria, determina que la cantidad de agua
necesaria es de 2Ha.0000m².
Que a fs. 11 el presentante agrega a estos actuados la Resolución Nº 145-EPT-97 por la
que el Ente Provincial de Turismo considera de importancia turística las instalaciones del Club
Vela y Remo.
Que se han cumplimentado los requisitos que determina el Código de Aguas en sus
artículos 35º, 42º “Publicaciones” y 82º “Intervención de Otros Organismos”, según Acta Nº
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
187
- SAN JUAN –
2072 punto 6º), por la cual las Juntas de Riego prestan su consentimiento sin formular las
acciones referidas en los artículos 52º al 54º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Otorgar al Club Sanjuanino de Vela y Remo, una concesión de agua para uso
recreativo de 2Ha.0000m², a derivar del Embalse Quebrada de Ullum.
ARTICULO 2°. El Departamento Irrigación a través de la Inspección Técnica departamental
controlará periódicamente el funcionamiento del sistema de extracción en función de la
dotación acordada.
ARTICULO 3°. El otorgamiento de la concesión cesará cuando no se cumplan estrictamente
los mismos fines y se haya producido el cambio de destino en materia de uso, especialmente
con la implantación de cultivos con fines económicos o que no sean propios y relativos a la
actividad recreativa.
ARTICULO 4°. La concesión de agua otorgada en el Articulo 1º, es en forma temporaria por el
término de 5 (cinco) años cuya renovación puede operarse si es solicitada antes de expirar el
plazo autorizado (Articulo 81º siguientes y concordantes de la Ley Nº4392/78).
ARTICULO 5°. A los efectos de la contribución de riego se tendrá en cuenta lo dispuesto en
Acta Nº 2044, punto 13º) (Derecho Especial de Concesión) y para el canon anual, lo
establecido en Acta Nº 2088, punto 2º).
ARTICULO 6°. Notifíquese al recurrente. Tomen debida nota Secretaría Técnica,
Departamento Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido,
archívese.
6°) Expediente N° F12 1832-C-96, COLL, ERNESTO J., s/aprobación del proyecto de división,
departamento Calingasta.
.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que el Agrimensor Ernesto J. Coll, solicita por la
sucesión de Prudencio Antonio Berrío, cambio de servidumbre de riego para una dotación de
0Ha.9000m² del canal Román a un ramo de riego de arbolado público municipal derivado del
canal Cano y Araya, departamento Calingasta, y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 7 la Junta de Riego e Inspección Técnica dan opinión favorable y el Municipio
de Calingasta, fs. 9, concede el permiso para el uso de la cuneta del arbolado público que se
encuentra ubicada en la Ruta 412-Sorocayense.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 14 que el inmueble
comprendido por el proyecto de fraccionamiento figura inscripto bajo Cuenta Nº690 a nombre
de Prudencio Antonio Berrío con dotación de agua de riego de carácter permanente para
5Ha.8000m².
Que tomaron intervención e informan Departamento Irrigación y Secretaría Técnica.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
188
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Autorizar el cambio de servidumbre de riego para una dotación parcial de
0Ha.9000m² desde el canal Román, compuerta Nº2 al ramo para riego del arbolado Público
Municipal derivado del canal Cano y Araya, Cuenta Nº690 a nombre de Prudencio Antonio
Berrío departamento Calingasta.
ARTICULO 2°. Los peticionantes serán responsables de los daños y perjuicios que se puedan
ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado.
ARTICULO 3°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de
lo indicado en los artículos anteriores.
ARTICULO 4º. Notifíquese a los interesados. Tome nota Secretaría Técnica, Departamento
Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas.
7°) Reglamentación de la Ley 6791/97.
VISTO: Las Leyes N° 886, 6791 y el Decreto Acuerdo N° 808-SHF-93, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6791 autoriza a los contribuyentes-regantes que realicen trabajos de
monda y/o reparaciones, mantenimiento, limpieza de drenes y desagües autorizados por el
Departamento de Hidráulica para el año 1997, cancelar total o parcialmente el Canon de Riego
y las Tasas Retributivas de los Servicios Hídricos con el crédito documentado que a tal efecto
se emita.
Que han tomado debida intervención los Departamentos Contable, Irrigación y Asesoría
Letrada.
POR ELLO:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Los contribuyentes-regantes podrán cancelar total o parcialmente las
contribuciones que les correspondan, mediante el aporte de mano de obra, horas maquina,
combustible, materiales (acero de construcción y cemento) y fletes por transporte de productos
de monda y/o personal, aplicados a trabajos de monda, reparación de cauces de riego,
mantenimiento o limpieza de drenes y desagües y emergencias, fijándose los siguientes valores:
mano de obra
cemento
hierro Ø12
hierro Ø10
hierro Ø8
hierro Ø6
camiones
gas oil
topadora
retroexcavadora
excavadora
cargadora
hasta
hasta
hasta
hasta
hasta
hasta
hasta
hasta
hasta
hasta
hasta
hasta
$13,00 por jornal
$ 7,10 por bolsa de 50kg.
$ 7,99 por barra
$ 5,19 por barra
$ 3,58 por barra
$ 1,58 por barra
$65,00 por dia
$ 0,428 por litro (sujeto a reajuste)
$75,00 por hora
$50,00 por hora
$55,00 por hora
$45,00 por hora
ARTICULO 2°. Entiéndase como contribuyentes-regantes los que cumplan con alguno de los
siguientes requisitos:
*
Inscripción en Padrón de Riego.
*
Escritura Pública que avale su titularidad.
*
Boleto de compraventa.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
189
- SAN JUAN –
ARTICULO 3°. Las contrataciones respectivas para la ejecución de los trabajos y/o
prestaciones se realizarán según se detalla:
Productor Agrícola única actividad
a) Constancia de inscripción en Ingresos Brutos. (al momento de iniciación del trámite)
b) Constancia de C.U.I.T. (al momento de iniciación del trámite)
c) Constancia de inscripción en Autónomos. (al momento de iniciación del trámite)
d) La factura presentada deberá coincidir en sus datos con lo indicado precedentemente y
consecuentemente con los datos de inscripción en los registros del Departamento de
Hidráulica en la cuenta principal o su acreditación como tal.
Productor Agrícola, Comercial e Industrial
a) Constancia de inscripción y libre deuda en Ingresos Brutos. (al momento de iniciación del
trámite)
b) Constancia de C.U.I.T. (al momento de iniciación del trámite)
c) Constancia de pago en Autónomos. (al momento de iniciación del trámite)
d) La factura presentada deberá coincidir en sus datos con lo indicado precedentemente y
consecuentemente con los datos de inscripción en los registros del Departamento de
Hidráulica en la cuenta principal o su acreditación como tal.
e) Cuando el monto de los trabajos no supere $500,00 (pesos quinientos), solo se exigirá la
constancia de inscripción en Ingresos Brutos.
ARTICULO 4°. Para poder acceder a la autorización de Dirección General para la ejecución de
los trabajos y/o prestaciones, se debe tener completo lo exigido en el artículo 3º, según
corresponda, como así también la solicitud de la Junta de Riego Departamental, Inspección
Técnica respectiva y el informe del Departamento Irrigación.
ARTICULO 5°. Para la iniciación de los trabajos o entrega de materiales, el Departamento
Irrigación emitirá la orden respectiva, por escrito y numerada, una vez cumplimentado lo
establecido en artículo 4º.
La fecha de iniciación de los trabajos o entrega de materiales se tendrá en cuenta para la
acreditación de pago de cuotas anticipos y/o del o los planes de pago sin recargo y con los
beneficios que rijan para aquellos usuarios que se encuentren al día con sus contribuciones
económicas.
ARTICULO 6°. La supervisión y recepción de los trabajos contratados la realizará el
Departamento Irrigación a través de las Inspecciones Técnicas Departamentales, el
Departamento Construcciones y el Depósito Central, según corresponda, confeccionando el
Certificado respectivo.
ARTICULO 7°. El Departamento de Hidráulica a través del área correspondiente emitirá un
Certificado por los trabajos y/o prestaciones para pago de deudas vencidas a la fecha de
presentación de la certificación, que deberá contener:
a) Apellido y Nombre del Contribuyente.
b) Fecha de Emisión y ubicación de los trabajos y/o prestaciones.
c) Computo físico (medición).
d) Precio unitario por Item.
e) Monto final.
f) Firma del Inspector Técnico, Presidente de la Junta de Riego, Director del Departamento de
Hidráulica y del Contribuyente-regante.
g) Número del Certificado, con la identificación del Departamento mediante la Nomenclatura
Catastral, y números de las cuentas a las que se acreditará.
ARTICULO 8°. Una vez cumplimentado el artículo 7°, la documentación deberá ser presentada
por expediente al Departamento Contable en un plazo no mayor de diez (10) días corridos.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
190
- SAN JUAN –
ARTICULO 9°. La Tesorería emitirá las Notas de Crédito en forma correlativa y cronológica
en formularios pre-numerados por cuadruplicado firmado por los funcionarios autorizados a
obligar a la Repartición, en las que debe constar:
a) Fecha de emisión.
b) Titular de la cuenta, ubicación del inmueble, número de cuenta.
c) Numero del Certificado.
El original será entregado al Contribuyente-regante, el duplicado a la Tesorería, el triplicado al
Departamento Recaudación y el cuadruplicado al Departamento Contable.
La División Tesorería rendirá las Notas de Crédito en dos momentos:
1- el duplicado cuando rinda el pago del Certificado de Obra.
2- el original como recurso cuando lo reciba por cancelación del canon de riego y tasas
retributivas de los servicios hídricos.
ARTICULO 10°. El Departamento Contable llevará un registro encuadernado, foliado y
rubricado por la Contaduría General de la Provincia, de las Notas de Crédito emitidas y del
descargo cuando se rinda el ingreso, dejando consignado el saldo.
ARTICULO 11°. El Departamento Recaudación llevará un registro de cada Contribuyenteregante, en el que se incluirá el triplicado de la Nota de Crédito y al momento de su utilización,
el canon de riego y las tasas retributivas de los servicios hídricos que se cancelen.
ARTICULO 12°. El Departamento Auditoría Contable y personal técnico a designar, efectuará
el control administrativo-contable de los procedimientos de contratación de los trabajos y/o
prestaciones, emisión y registración de las Notas de Crédito emitidas, debiendo elevar a la
Superioridad un informe mensual de lo realizado.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
191
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
192
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
193
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
194
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
195
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
196
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
197
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
198
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
199
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
200
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
201
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
202
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
203
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
204
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
205
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
206
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
207
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
208
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
209
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
210
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
211
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
212
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
213
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
214
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
215
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
216
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
217
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
218
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
219
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
220
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
- SAN JUAN –
221
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
222
- SAN JUAN –
A C T A N° 2095
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a un
día del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la
sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2094.
2°) Expediente N° 519 0832-D-97, DEPARTAMENTO EQUIPOS Y SERVICIOS, s/autorización
para la reparación de la excavadora Kockum.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Equipos y Servicios, solicita la
reparación con mano de obra especializada de la máquina excavadora Kockum KL-230 número
interno (17-02) de la Repartición, y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de
Precios y aprobar el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia
Hídrica Nº 6737.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios, para realizar los trabajos de
reparación y mano de obra especializada para su armado, conforme a lo establecido en la Ley
de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios, de acuerdo a las disposiciones vigentes.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 06 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO
CANAL ANGACO” EJERCICIO 1997
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
3°) Expediente N° 519 1248-E-97, ESTUDIOS Y PROYECTOS (FOTOCOPIA), s/autorización
para la compra de un módulo xerográfico.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
223
- SAN JUAN –
Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la adquisición de un módulo
xerográfico con destino a la fotocopiadora, propiedad de la Repartición, y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de
Precios y aprobar el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia
Hídrica Nº 6737.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios, para la adquisición de un módulo
xerográfico 13R9 p/eq. 5321, conforme a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios, de acuerdo a las disposiciones vigentes.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 15 “MANTENIMIENTO Y
REPARACION DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS” EJERCICIO 1997
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
4°) Expediente N° 0108-B-96, Dr. GUILLERMO M. ATIENZA, s/se vise la liquidación Autos Nº
7208.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales el Dr. Guillermo M. Atienza, tramita el pago de la
deuda, Autos Nº 7208 caratulados Tabolango S.R.L. c/Provincia de San Juan - Cobro de
Australes - Ordinario, y;
CONSIDERANDO:
Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia.
Que el Departamento Contable eleva a fs. 11 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios,
informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos dos mil ochocientos cuarenta y dos con sesenta y
nueve centavos ($56.842,88) a favor del Dr. Dr. Guillermo M. Atienza, en concepto de monto
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
224
- SAN JUAN –
condenatorio e intereses conforme liquidación obrante a fs. 11, el cual se halla comprendido en
las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA
RED DE RIEGO Y DRENAJE” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
5º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 348, 349, 351, 353, 354, 355 y 360-DH-97, dictadas por Dirección
General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 348-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Integral Distribuciones
por la suma total de $665,60 para la adquisición de 40 cajas de cinco resmas c/u de papel
formato A4 tipo ejecutivo en papel obra de 75g. blanco liso, marca Ledesma, de acuerdo a lo
que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 349-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ricardo Martinez por
la suma total de $2.094,00 para la adquisición de 03 bombas de agua nuevas, pieza Nº4732395
con destino a la retreoexcavadora Fiat Allis SR-9 internos Nº 38-01, 38-02 y 38-03, marca
legítima Fiat Allis procedencia Italia, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia
Hídrica.
Nº 351-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Setel S.R.L. por la
suma total de $5.084,00 para la adquisición de 03 relojes electrónicos con sus correspondientes
software para control de presentismo de personal, incluyendo la provisión de 800 tarjetas
magnéticas (sistema digicard monosaurio), con baterías incorporadas de níquel cadamio de 12
volts, con carga mínima para cuatro horas de funcionamiento, marca Macronet, de acuerdo a lo
que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 353-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Víctor Hugo Malaisi
por la suma total de $776,56 para la adquisición de cuatro tambores de aceite de distintas
densidades y tipos con destino al mantenimiento y conservación de los equipos perforadores y
baterías de pozos oficiales de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
Nº 354-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Procargo S.A., por la
suma total de $759,99 para efectivizar el pago por repuestos adicionales que surgieron una vez
hecho el desarme del camión Scania 112-E Patente J062304 de la Repartición, de acuerdo a lo
que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 355-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Sánchez Bustos y Cia.
S.R.L. por la suma total en bonos CREFI provinciales 16.944 para la adquisición de dos
hormigoneras, dos motobombas de 7,5 HP, diez carros hormigoneros y dos motosierras de 72
cc. con destino al Departamento Construcciones de la Repartición, de acuerdo a lo que
establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 360-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma total de $9.828,44 a favor de los
señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi, Herminia Rojas, María de Valverde y Salvador Victoria
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
225
- SAN JUAN –
en concepto de prestación de servicio de alquiler de camiones durante el mes de mayo de 1997
en el Valle de Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus distritos.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
6°) Expediente N° 519 1156-R-97, RETA ORANGEL RAMON, s/ beneficios art. 286 Ley
4392/78, departamento Pocito.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Orangel Ramón Reta, solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble Nom.Cat. 05-44/230800, departamento Pocito, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.2013m², registrado
bajo cuenta N° 1121, a nombre de Gregoria Cepeda, departamento Pocito.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
7°) Expediente N° 519 0854-P-97, PIZARRO, JUAN ANGEL, s/ beneficios art. 286º Ley 4392/78,
departamento Chimbas.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Juan Angel Pizarro, solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 4398, departamento Chimbas, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica departamental, fojas 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
226
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1011m², registrado
bajo cuenta N° 4398, a nombre de Juan Angel Pizarro, departamento Chimbas.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
8°) Expediente N° F12 2679-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Santa Lucía.
VISTO:
El expediente Nº F12 2679-I-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resoluciones del Consejo contenidas en Actas
Nº 2082, punto 7º) y Nº 2087, punto 5º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Actas Nº 2082 y Nº 2087, puntos 7º) y
5º), respectivamente, para los siguientes derechos de riego del departamento Santa Lucía:
USUARIO
Corrales, Luis A.
Quiroga, Oscar J.
Cáceres, José H.
Rios, Juan A.
Molina, Antonio
Alcani de Amparán
Vargas Escudero
Tejada de Zalazar R.
Tejada Zalazar, Edith
Zalazar Tejada
Zalazar Tejada
Tortoza, Ramon
Tortoza, Ramón
Tortoza, Ramón
Tortoza, Ramón
USUARIO
Avellaneda, Francisco
Pallares, José M.
Arredondo, Juan
Bazan, Sinforosa Suc.
Farías, Agustina B. de
Infante, Javier
Lucero, Filomena
Ortiz, Rufina B. de
DOTACION
0Ha.5000m²
0Ha.4158m²
0Ha.3463m²
0Ha.0535m²
0Ha.2990m²
0Ha.1374m²
0Ha.1425m²
0Ha.3515m²
0Ha.3983m²
0Ha.3925m²
0Ha.4104m²
0Ha.7533m²
0Ha.1730m²
0Ha.1804m²
0Ha.1726m²
DOTACION
0Ha.0532m²
0Ha.0532m²
0Ha.0527m²
0Ha.5000m²
0Ha.3752m²
0Ha.3043m²
0Ha.4400m²
0Ha.8433m²
CUENTA
2795
4726
2818
4727
4731
4729
4547
2798
6038
6039
6040
2819
2831
2834
2836
CUENTA
6288
6290
2824
2817
2814
2813
2821
2820
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
227
- SAN JUAN –
Vieyra, Luis
Heredia, Pascuala
Aguero, Abdona
Celani, Francisco
Molina, Antonio
Cano, Pablo A.
Ortiz de Cano, Blanca
Cano, Pablo A.
Cano, Pablo A.
Perez, Fortunato
Sanchez, Espósito
Rodriguez, Fidel
Flores, Ramón
Pazcel, Augusto
Ríos, Juan A.
Alcani, Gregorio
Alcani, Amparan
Cerri, Luis Emilio
Sanchez, Faustino y otros
Esteo de Ruiz, María
Esteo, Juan Carlos
Esteo, Miguel A.
Esteo, Armando
Luna de Ortiz, María
Mancini, L. de Sanchez
Mancini, Luci Nazareno
Mancini, Luci Nazareno
Vera, Elio José
Delgado, Oscar
Rodriguez, Pedro
Chipre, Felix
Mancini, Enrique
Mancini, Ercilia
Mancini, L. Juan
Cuenca de Melian
Gutierrez, Rodolfo
Zapata, Gregorio
Zapata Flores, L.
Arena de Rojas, Hilda
Salvador de la Roza
Ruiz, Francisco
Vazquez, Balderrama
Portillo, Miguel
USUARIO
Cueli, José
Barrionuevo, Nicolas
0Ha.3500m²
0Ha.5000m²
0Ha.5000m²
0Ha.5000m²
0Ha.2180m²
0Ha.0712m²
0Ha.0718m²
0Ha.0716m²
0Ha.1684m²
0Ha.0565m²
0Ha.2071m²
0Ha.0634m²
0Ha.0501m²
0Ha.1625m²
0Ha.0535m²
0Ha.0560m²
0Ha.1374m²
0Ha.0740m²
0Ha.0582m²
0Ha.0775m²
0Ha.0713m²
0Ha.0745m²
0Ha.0742m²
0Ha.1105m²
1Ha.8389m²
1Ha.8301m²
1Ha.5367m²
1Ha.3009m²
1Ha.5061m²
0Ha.3210m²
0Ha.3275m²
1Ha.1802m²
1Ha.1763m²
1Ha.1899m²
0Ha.0603m²
0Ha.0624m²
0Ha.0624m²
0Ha.0886m²
0Ha.0633m²
0Ha.8200m²
0Ha.4340m²
0Ha.1571m²
0Ha.0875m²
DOTACION
0Ha.2371m²
0Ha.0706m²
2825
2792
2790
2788
2794
4679
4680
4681
4802
2419
2394
4682
4691
4724
4727
4730
4729
5816
5815
5650
5649
5651
5648
2775
2750
2749
2760
4979
6131
3417
3374
2748
2752
2745
4465
4467
4466
4673
4473
2872
4745
1357
2891
CUENTA
5881
6024
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
9°) Expediente N° F12 2684-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento 25 de Mayo.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
228
- SAN JUAN –
El expediente Nº F12 2684-I-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2087, punto 3º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2087, punto 3º), para los siguientes
derechos de riego del departamento 25 de Mayo:
USUARIO
DOTACION
CUENTA
Tiro Federal Las Casuarinas
Correa, Bernardo
4Ha.5000m²
3Ha.2760m²
1159
198
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
10°) Expediente N° F12 2681-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO:
El expediente Nº F12 2681-I-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resoluciones del Consejo contenidas en Actas
Nº 2082, punto 8º) y Nº 2087, punto 6º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Actas Nº 2082 y Nº 2087, puntos 8º) y
6º), respectivamente, para los siguientes derechos de riego del departamento Chimbas:
USUARIO
Porres, Juan W. y otros
Caik, Abraham y otros
Caik, Abraham y otros
Bonilla Lopez, Andrés
Cataldo, José Ustacio
Delgado, Edmundo
Delgado, Francisco José
Delgado, Juan Dario
Delgado, Juan Dario
Moretta, Elizabeth Alicia
Rodriguez, Luciano y otros
Toledo Rios, Antonio
Toledo Rios, Antonio
DOTACION
5Ha.2882m²
6Ha.2487m²
1Ha.7124m²
1Ha.1600m²
0Ha.7663m²
0Ha.7800m²
0Ha.8512m²
0Ha.1078m²
0Ha.1896m²
0Ha.0649m²
0Ha.0545m²
2Ha.1448m²
1Ha.2691m²
CUENTA
173
3626
3645
3437
260
49
259
4367
4366
4091
4063
2722
60
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
229
- SAN JUAN –
Guerrero de Jimenez, Ema
Guerrero, Francisco
Sosa, Francisco Hilario
Garramuño, Jorge W.
1 de Nov. Coop. C. y Credito Ltda.
Martinez de Castillo, María
Martinez, Pedro Tomas
Martinez, Segundo C.
Medina de Martinez, Mercedez
Martinez, Domingo E.
Montello, José Succ.
Mapal S.A.C.I.Y.A.
Sanchez, Oscar Manuel
Rivera de Vega, Esther
Pozo, Miguel Laureano
Arancibia, Horacio C.
Illanes, Juan y otra
Posse, José Dick
Carmona, Orlando Alberto
Zaghaib Dumis, Miguel
Castro, Dalmiro Luis
León, Juan Federico y otros
Porres, José Marcelino
Porres, Olguin Ramón
Tejada, Carlos Alberto
Oropel, Pedro Alberto
Figueroa, Juan Agustin
Morales de Porres, Catalina
Moreno, José F. y otros
Pizarro, Juan Angel
Porres, Oscar
Porres, Oscar
Mercado de Gonzalez, Marta
Porres, Florencio W.
Porres, Florencio W.
Porres de Luengo, Rosario
Emp. Constr. Walter Melcher
Porres de Luengo, Rosario
USUARIO
Cobos, Maria C. y otra
Cobos, José Sebastian
Salinas de Roldan, Paulina
Cobos, Marcelo
Fuentes, José
Aballay, José Miguel
De los Ríos, Gerónimo y otros
Prado, Desiderio
Bustos de Paez, Jacinta
Saldivar, Manuel Pablo E.
Porres, Segundo Vicente
Segura, Juan Pedro Enrique
Coop. de Vivienda 30 de Agosto
Coop. de Vivienda 30 de Agosto
Coop. de Vivienda 30 de Agosto
Coop. de Vivienda 30 de Agosto
0Ha.4243m²
0Ha.8765m²
2Ha.0526m²
0Ha.5200m²
1Ha.3333m²
0Ha.1334m²
0Ha.1334m²
0Ha.1334m²
0Ha.1334m²
0Ha.1334m²
0Ha.6877m²
1Ha.2456m²
0Ha.4530m²
0Ha.0568m²
0Ha.0572m²
0Ha.0575m²
0Ha.0581m²
0Ha.0578m²
0Ha.2605m²
0Ha.0607m²
0Ha.0621m²
0Ha.2464m²
0Ha.9275m²
1Ha.6131m²
0Ha.0576m²
0Ha.0629m²
0Ha.0549m²
0Ha.4813m²
3Ha.0000m²
0Ha.1011m²
0Ha.1976m²
1Ha.0148m²
0Ha.0540m²
1Ha.6699m²
0Ha.8348m²
1Ha.9016m²
0Ha.0984m²
1Ha.0000m²
DOTACION
0Ha.6828m²
0Ha.4565m²
0Ha.0508m²
0Ha.0620m²
0Ha.5000m²
0Ha.1099m²
0Ha.0557m²
0Ha.0683m²
0Ha.0661m²
0Ha.0829m²
0Ha.5882m²
1Ha.1865m²
0Ha.6783m²
0Ha.4284m²
0Ha.8120m²
0Ha.0617m²
2257
2121
4161
2259
3851
2314
2319
2316
2317
2318
112
4090
4052
3935
3942
3943
3944
3968
3813
4069
4075
4141
752
753
3778
3786
3941
942
760
4398
4435
4436
4437
3393
3392
1777
4380
763
CUENTA
749
3242
4352
3995
759
3611
1829
1069
1072
995
959
87
3723
3724
1693
120
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
230
- SAN JUAN –
Ramos, Pedro Arnaldo
Ramos, Pedro Arnaldo
Ramos, Pedro Arnaldo
Alvarez Abarca, Francisco
Vila de Criado, Susana
Guardia, Juan Evaristo
1Ha.6042m²
0Ha.5132m²
0Ha.1510m²
1Ha.7552m²
0Ha.0584m²
0Ha.4692m²
3957
3958
3956
1691
3969
98
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
11°) Expediente N° F12 2685-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Caucete.
VISTO:
El expediente Nº F12 2685-I-96, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resoluciones del Consejo contenidas en Actas
Nº 2081, punto 6º) y Nº 2087, punto 4º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Actas Nº 2081 y Nº 2087, puntos 6º) y 4º),
respectivamente, para los siguientes derechos de riego del departamento Caucete:
USUARIO
DOTACION
CUENTA
F.C.Nac.G.Belgrano
Sebastián Morino
Sebastián Morino
Sebastián Morino
Sebastián Morino
10Ha.0000m²
0Ha. 3300m²
0Ha. 1433m²
0Ha. 6293m²
0Ha. 2782m²
---3179
1486
1488
1489
USUARIO
DOTACION
CUENTA
Sebastián Morino
Sebastián Morino
Sebastián Morino
Sebastián Morino
Sebastián Morino
0Ha. 1261m²
0Ha. 2275m²
0Ha.7314m²
0Ha.2686m²
0Ha.1340m²
1709
1227
2732
3190
2867
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
12°) Expediente N° 519 1406-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Jáchal.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Jáchal, en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
231
- SAN JUAN –
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Jáchal, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones
ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo
establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la
concesión:
USUARIO
DOTACION
CUENTA
Zabaleta, Eusebia A.V. de
Zabaleta, César Raul
Zabaleta, Napoleón S.
7Ha.5900m²
3Ha.3228m²
5Ha.3259m²
1602
1604
1593
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
13°) Expediente N° F12 2678-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rawson.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que a fs. 18 de las presentes actuaciones, Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas toma debida nota de la caducidad de los derechos de riego, Art. 137º Ley 4392/78,
resueltos mediante Acta Nº 2080 punto 10º, haciendo algunas observaciones referentes a las
cuentas Nº 2346, Nº 2344, Nº 2345, Nº 2348 y Nº 9404 del departamento Rawson.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Tomar conocimiento de las correcciones efectuadas respecto de las cuentas Nº
2346, Nº 2344, Nº 2345, Nº 2348 y Nº 9404 del departamento Rawson, avalando lo actuado por
Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fs. 18 de las presentes actuaciones.
ARTICULO 2°. Tome nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido,
archívese.
14°) Expediente N° 519 0450-C-97, CATTORINI HNOS., s/se lo tenga presentado en término
según edictos publicados, departamento Santa Lucía.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
232
- SAN JUAN –
VISTO:
Que el señor Reinaldo A. Palacio en calidad de Apoderado de la firma Cattorini Hnos.
S.A.I.C.F. e I., se presenta formulando reclamo en tiempo y forma con motivo del Edicto de
publicación del Acta Nº 2071 punto 14º, manifestando que por razones inherentes a su empresa
no se hizo uso intensivo del agua comprometiéndose a normalizar el consumo y por ello la
necesidad de evitar la caducidad de la concesión, y;
CONSIDERANDO:
Que según informa la Inspección Técnica de Santa Lucía la cuenta Nº 3870 que figura a
nombre de S.A.Industria del Vidrio no se encuentra en uso desde hace más de diez años por
causas exclusivamente de la recurrente ya que la servidumbre fue anulada por la construcción
de las obras civiles de la planta industrial.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. No hacer lugar al reclamo formulado por la firma Cattorini Hnos. S.A.I.C.F. e
I.
ARTICULO 2°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años, conforme lo
establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, de la concesión de agua de riego para 2Ha.5000m²
registrada bajo cuenta Nº3870 a nombre de S.A.Industria del Vidrio, departamento Santa Lucía.
ARTICULO 3°. Notifíquese al recurrente. Tomen debida nota Departamento Recaudación,
Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido,
archívese.
15°) Expediente N° 562 071-M-94, MADCUR CONSTRUCCIONES S.R.L. s/autorización para
extraer agua del canal San Guillermo, departamento Calingasta.
VISTO:
El convenio suscripto entre Dirección General y el Ing.Carlos Wadi Madcur, apoderado
de la empresa Madcur Construcciones a efectos de la cancelación de la deuda que mantiene
dicha Empresa con motivo de la autorización para extraer agua del canal San Guillermo,
departamento Calingasta, y;
CONSIDERANDO:
Que la Junta de Riego e Inspección Técnica informan que han recibido de la empresa una
contraprestación de 32 Ha. de cargadora y 16 viajes para acarreo de material, en un todo de
acuerdo al convenio suscripto para la cancelación del monto.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Dar por cumplido lo dispuesto en el artículo tercero de la resolución Nº 546/95
conforme a lo establecido en la cláusula Primera del Convenio adjunto a fojas 13 de estas
actuaciones.
ARTICULO 2°. Comuníquese y tómese nota. Cumplido archívese.
16°) AMPLIANDO TERMINO BONIFICACIÓN 5% DISPUESTO POR ACTA Nº 2086/97.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
233
- SAN JUAN –
VISTO y CONSIDERANDO:
Que es necesario ampliar hasta el 30 de setiembre de 1997 el plazo para pago de contado
con una bonificación del 5% de descuento establecido en la reglamentación del artículo 3º de la
Ley 6748 con el objeto de incentivar el pago de contado por parte de los contribuyentes que se
encuentran atrasados con el pago del canon y tasa por servicios.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ampliar hasta el 30 de setiembre de 1997 la fecha para optar por el descuento
del 5% que refiere el artículo 6º de la resolución contenida en el punto 6º) del Acta Nº 2062/96,
en virtud del artículo 3º de la Ley 6748.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
17°) Expediente N° 519 1391-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SARMIENTO, s/autorización para
hacerse cargo de la monda anual año/97.
VISTO:
Que la Junta de Riego de Sarmiento solicita autorización para hacerse cargo del
presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del
presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto
correspondiente a los cauces: Dren Colector Arroyo, Dren Colector Sarmiento, Colector
Cochagual, Colector San Carlos, Colector Bofinger Sur, Dren Prol. Centenario, Dren Col.
Magdalena, Dren Morón, Dren Maurín, Dren Hospital, Dren Matadero, Nuevo Dren
Magdalena y Dren Alfonso XIII, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica.
Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento
Sarmiento y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la
transferencia del 23% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de
deuda atrasada como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 23%, del monto de lo recaudado en el
departamento Sarmiento para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la
Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque
correspondiente al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece cuarenta, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
234
- SAN JUAN –
A C T A N° 2096
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a ocho
días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la
sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2095.
2°) Expediente N° 519 1309-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego empadronado, departamento Santa Lucia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego agrícola, en un periodo superior a los cinco (5) años, en
el departamento Santa Lucía, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Santa Lucía.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad o cesación por no uso, Artículos 137º, 286º y concordantes del Código de Aguas,
según corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Santa Lucía, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la
caducidad de la concesión:
Usuario
Tejada, Angela del Carmen Campa
Cuenta
2467
Dotación
1Ha.5629 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
235
- SAN JUAN –
Rodriguez, Humberto Genaro
Usuario
Cortez, José María
García Pelaez, Julio
Navarro, Tránsito D. de
Aubone, Saul
Royón Hnos. S.R.L.
Dirección Nac. de Vialidad
Donaire Rivera, José y O.
Marini, Francisco
Muro, Tomás F.
Muro, Tomás F.
Basso, Rafael
Elizondo, Mercedes B. de
Fernandez García, Manuel
García, Gervasio
Gil, Francisco C.
Guevara, Cesáreo M
Heredia T. y Angélica N.
Jofré, Antonio Segundo
Navarro, Agustín
Olguín, Rosa A. de
Rodriguez, Nilo Julián
Rodriguez, Nilo Julián
Rojo, José
Vera, José
Vila, Lorenzo J.
Villavicencio, Eulalia
Bravo, María Enoe
Madrid, Domingo
Sanchez Montana, José
Zunino, Bernardo
Aguero, Margarita de
Jofré Enoe
Navarro, Tránsito D. de
Olguin, Eusebio
Peralta, Vicente
Vilchez, Fernando
Delgado, Juan M.
Ortiz, David
Roldán, Clara O. de
Zabala, Corsino
Irustia, Manuel
Pérez, María Lorenzo de
286
Cuenta
323
2646
678
2648
2680
5115
2674
2470
321
322
412
420
406
413
414
432
428
423
408
407
419
422
421
437
436
431
499
515
610
512
670
682
678
669
679
681
705
756
768
746
778
833
2Ha.1639 m²
Dotación
0Ha.6157 m²
0Ha.7864 m²
0Ha.7800 m²
3Ha.3626 m²
1Ha.1180 m²
0Ha.7178 m²
1Ha.0681 m²
5Ha.8950 m²
12Ha.682lm²
0Ha.9256m²
0Ha.5380 m²
0Ha.6675 m²
0Ha.5121 m²
0Ha.6462 m²
0Ha.7800 m²
1Ha.1450 m²
1Ha.2917 m²
0Ha.8564 m²
0Ha.6400 m²
2Ha.1396 m²
0Ha.5755 m²
0Ha.7162 m²
0Ha.6600 m²
0Ha.7800m²
0Ha.7800 m²
1Ha.2114 m²
1Ha.5131 m²
0Ha.7800 m²
1Ha.0480 m²
1Ha.5000 m²
0Ha.7800 m²
0Ha.7020 m²
0Ha.7800 m²
0Ha.5797 m²
1Ha.3593 m²
0Ha.5124 m²
1Ha.0363 m²
1Ha.5700 m²
1Ha.5596 m²
2Ha.0307 m²
0Ha.5180 m²
0Ha.6870 m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Santa Lucía
que a continuación se detallan:
Usuario
Labiaso, Evangelina F. de
Murciano, Mercedes
Reta, Solano
Galvez de Gillen, Dora
Arias, Lucia
Cuenta
1233
1206
1170
1175
399
Dotación
0Ha.0510m²
0Ha.0606m²
0Ha.0601m²
0Ha.0506m²
0Ha.1731m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
236
- SAN JUAN –
Usuario
Cobos, Juan de los A.
Cuello, Natalio Luis
Cuello, Francisco
García, Horacio Alfredo
Herrera, Dardo P.
Herrera, Eleazar
Herrera, Valentín
Jofré, Antonio Segundo
Lopez, Micaela Noguera
Morales, Antonio y Sra.
Muriel Romera, Luis
Osorio, José
Espinosa de Adaro, Demofila
Pereyra, Javier
Pérez, Francisco E.
Rombola, Domingo
Varela, José María
Vera, José
Aguilera, Manuel
Alvarez, Antonia I.
Bravo, Noe
Coll, Ramona Collado de
Gimenez Sanchez, Manuel
Grimalt, Josefa G.
Uliarte, Miguel
Alé, José
Viviani, Carlos H.
Videla, Elia Caballero de
Diaz, Francisco B.
Villa, Petronila y Justino
Menzur, Florinda M. de
Ortega Ruiz, Enrique Juan
Búbica, Jorge y Juan
De los Rios, Daniel
Herrera, Clemente Serafín
Jofré, Leandro
Castro, Eduardo Dalmiro
Cuello, Eusebio
Delgado, Rufina A. de
Ortiz, Pedro David
Zabala Basualdo, Maria O.
Carrizo, Arnobio y otra
Ferreyra, Rosario
Riveros, Petrona G. de
Rodriguez, Nicomedes
Chicone, Constantino y Otro
Malaise, Julio César
Alvarez, Ramón
Correa, Vicente S.
Muñoz, Petrona R.
Rios, Juana A.
Rios Vila Clemira
Salas, José Bernardo
Toledo, Isabel A.
Cuenta
385
415
416
444
384
383
386
417
441
434
457
397
394
426
398
448
405
396
646
518
640
526
632
594
500
747
596
754
740
395
514
609
661
659
3104
707
757
761
763
758
765
779
777
776
803
836
981
983
982
988
989
991
990
984
Dotación
0Ha.2153m²
0Ha.2900m²
0Ha.3955m²
0Ha.0716m²
0Ha.2153m²
0Ha.4543m²
0Ha.2150m²
0Ha.3900m²
0Ha.1892m²
0Ha.1444m²
0Ha.0512m²
0Ha.1839m²
0Ha.1047m²
0Ha.2000m²
0Ha.2600m²
0Ha.1504m²
0Ha.2245m²
0Ha.3600m²
0Ha.0573m²
0Ha.0902m²
0Ha.1221m²
0Ha.0750m²
0Ha.0686m²
0Ha.0686m²
0Ha.0696m²
0Ha.2175m²
0Ha.1400m²
0Ha.0721m²
0Ha.0725m²
0Ha.3000m²
0Ha.2013m²
0Ha.5000m²
0Ha.1730m²
0Ha.2998m²
0Ha.1362m²
0Ha.4410m²
0Ha.1422m²
0Ha.3360m²
0Ha.3500m²
0Ha.4578m²
0Ha.2973m²
0Ha.3338m²
0Ha.1944m²
0Ha.3900m²
0Ha.1903m²
0Ha.0526m²
0Ha.0700m²
0Ha.3164m²
0Ha.2500m²
0Ha.0866m²
0Ha.0866m²
0Ha.1690m²
0Ha.0866m²
0Ha.1696m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
237
- SAN JUAN –
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos por el término de un día en el Boletín
Oficial, y dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Notifíquese y tomen nota de la cesacion de derechos declarada en el artículo
2º de esta resolución, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento
Irrigación. Cumplido archívese.
3º) Expediente N° 519 1174-C-97, CARRASAN, MANUEL SEGUNDO, s/ beneficios art. 286 Ley
4392/78, departamento Rawson.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Manuel Segundo Carrasan, solicita se encuadre
en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua
que le corresponde al inmueble Nom.Cat. 04-34/610630, departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0598m², registrado
bajo cuenta N° 7883, a nombre de Manuel Segundo Carrasan, departamento Rawson.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
4º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 352, 369, 371 y 372-DH-97, dictadas por Dirección General ad
referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 352-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Integral
Distribuciones, Lino Eduardo Luna, Jorge Lorenzo Furlani, Claudio Menchetti y Felix Bustos
S.A., respectivamente, por la suma total en bonos Crefi provinciales de 74.802,40 para la
adquisición de materiales y herramientas con destino al Departamento Construcciones de la
Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 369-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Lino Eduardo Luna
y Claudio Menchetti, respectivamente, por la suma total en bonos Crefi provinciales de
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
238
- SAN JUAN –
28.330,00 para la adquisición de 8.500 Kg. de alambre negro recocido y 1.500 Kg. de alambre
galvanizado, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 371-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación directa a favor de la firma G.M.D.
Distribuciones por la suma total de $3.780,00 para la adquisición de un eje para reductor de
giro de estructura de la retroexcavadora Fiat Allis S-11 interno 39-02, pieza Nº 45016166, de
acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 372-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº61 para la
adquisición de materiales, herramientas y elementos varios con destino al Departamento
Construcciones de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
5°) Expediente N° 37.803-Q-96, QUIROZ, RICARDO W. Y OTROS, s/ beneficios artículo 285
Ley 4392/78. departamento Rawson.
VISTO:
Que por estas actuaciones los señores Ricardo W. Quiros, Héctor G. Diaz Rios y Silvia
de Flecha, en el carácter de apoderados, solicitan se aplique los términos de cesación que
establece el Art. 285° Ley 4392/78 al derecho de agua registrado bajo cuenta N° 7384 a nombre
de Francisco, José y Juan Lopez Ortega, departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, a fojas 5 vta., el terreno
inscripto bajo la citada se encuentra fraccionado en lotes no mayores de 300 m² según plano de
mensura Nº 04-7586/93, que no hacen uso del agua de regadío y poseen los servicios de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa que el derecho de riego
registrado bajo cuenta N° 7384 figura inscripto a nombre de Francisco Domingo Lopez Ortega
y Otros con una dotación para 4Ha.9981m² y superficie según mensura de 4Ha.9981,91m²
Nom.Cat. de origen 04-34/400200.
Que teniendo en cuenta que el fraccionamiento practicado subdivide el terreno en lotes
menores de 500m² es viable la aplicación del artículo 285º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Artículo 285° de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de carácter permanente para 4Ha.9981m² registrado bajo
cuenta N° 7384 del departamento Rawson a nombre de Francisco Domingo Lopez Ortega y
Otros.
ARTICULO 2°. Notifíquese. Tomen nota de la cesación declarada por este acto Dirección del
Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
6°) Expediente N° 24.700-G-78, GOMILA, MARIA L. DE, s/se la encuadre en los artículos 275 y
276, departamento Rawson.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que la señora María Linares de Gomila, solicita el
otorgamiento de concesión de agua de riego conforme lo determina el Código de Aguas en sus
artículos 275º y 276 (Usuarios Clandestinos), y;
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
239
- SAN JUAN –
CONSIDERANDO:
Que la petición fue presentada dentro del plazo legal, habiéndose acreditado los requisitos
que exige la Ley 4392/78.
Que mediante expedientes 371.120-R-92 y 562.134-R-94, agregados a estos actuados, el
señor Manuel Rodriguez manifiesta ser propietario de las parcelas Nom.Cat. 04-50/365805 y
04-50/340801, acreditando titularidad con la escritura Nº12/89, solicita se le de participación en
expediente iniciado por la señora María Linares de Gomila.
Que del informe elaborado por Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fs.
21, surge que el inmueble nomenclatura catastral de origen 04-50/360800 no posee derecho de
riego, figura inscripto de acuerdo a lo constatado en Legajo del Censo General de Usuarios de
Agua de Riego bajo Reg. Nº219 U. Clandestino, departamento Rawson.
Que la Inspección Técnica de Rawson confirma el uso de la dotación con fotocopia de los
repartos respectivos, fojas 15 e informa a fs. 20 y ratifica a fs.33 que la parcela nomenclatura
catastral de origen 0450/360800 recibe una dotación proveniente del pozo oficial R.14.
Que Ecología Agrícola informa a fs. 20 vta. que se encuentra cultivada de espárragos,
considerando al espárrago como un cultivo permanente..
Que otorgar el derecho de riego a la propiedad de referencia significaría normalizar una
situación de hecho ya que figura en los repartos.
Que en los últimos informes, tanto del señor Rodriguez como del Inspector Técnico
existen cultivos de espárragos en una superficie aproximada de 9Ha., por lo que habría que
otorgar derecho de riego para esta superficie.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Hacer lugar a lo peticionado otorgándole una dotación de agua de riego de
9Ha.0000m² para el inmueble propiedad del señor Manuel Rodriguez, ubicado en el
departamento Rawson, lote Nº1, Nom.Cat. 04-50/365805 (actual), en un todo de acuerdo al
área con cultivos permanentes.
ARTICULO 2°. El otorgamiento y registración de la concesión queda supeditado al previo
pago de la tasa especial de $1.230,00 (Pesos un mil doscientos treinta) por hectárea a
empadronar (Art. 257º Ley 4392/78), debiendo acreditar asimismo el pago de canon y tasas
correspondiente a los últimos diez años debidamente actualizado (Art. 277º Ley 4392/78). En
caso de incumplimiento del pago en el plazo establecido en el artículo 3º, el presente acto
importará el rechazo de la petición y deberá procederse a la corta o retiro de la dotación en uso.
ARTICULO 3°. El monto que resulte debidamente actualizado, conforme lo establece el Código
Fiscal, deberá ser abonado por el titular de la concesión en el término de treinta (30) días a
partir de la fecha de notificación.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación procederá a ajustar la entrega de dotación conforme a
derecho.
ARTICULO 5°. Notifíquese, tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del
Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación.
7º) Expediente N° 519 1554-I-97, IRRIGACIÓN, e/listado de candidatos para cubrir cargos de
Miembros de Comisión de Canales, departamento Jáchal.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
240
- SAN JUAN –
VISTO:
El Expediente N° 519 1554-I-97 por el cual Departamento Irrigación, eleva lista de
candidatos a miembros de Comisiones de Canal, presentada por la Junta de Riego de Jáchal
para la elección convocada por Acta Nº 2091, punto 9º), y
CONSIDERANDO:
Que se ha presentado una sola lista necesitando de su aprobación como paso previo al
acto eleccionario.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley N°886
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar la lista de candidatos a miembros titular y suplente, respectivamente,
del Subdistrito Medio, Distrito II, Sección Electoral Nº3 del departamento Jáchal para las
elecciones complementarias que tendrán lugar el próximo 18 de julio del corriente año:
JORGE LUIS ANDRADA
(titular)
SERGIO MORENO
(suplente)
ARTICULO 2°. Los candidatos que resulten electos cumplirán sus funciones hasta completar el
periodo 1996-1998.
ARTICULO 3°. Comuníquese a quienes corresponda y tómese debida nota.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
241
- SAN JUAN –
A C T A N° 2096
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a ocho
días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la
sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2095.
2°) Expediente N° 519 1309-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego empadronado, departamento Santa Lucia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego agrícola, en un periodo superior a los cinco (5) años, en
el departamento Santa Lucía, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Santa Lucía.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad o cesación por no uso, Artículos 137º, 286º y concordantes del Código de Aguas,
según corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Santa Lucía, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la
caducidad de la concesión:
Usuario
Tejada, Angela del Carmen Campa
Rodriguez, Humberto Genaro
Cuenta
2467
286
Dotación
1Ha.5629 m²
2Ha.1639 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
242
- SAN JUAN –
Usuario
Cortez, José María
García Pelaez, Julio
Navarro, Tránsito D. de
Aubone, Saul
Royón Hnos. S.R.L.
Dirección Nac. de Vialidad
Donaire Rivera, José y O.
Marini, Francisco
Muro, Tomás F.
Muro, Tomás F.
Basso, Rafael
Elizondo, Mercedes B. de
Fernandez García, Manuel
García, Gervasio
Gil, Francisco C.
Guevara, Cesáreo M
Heredia T. y Angélica N.
Jofré, Antonio Segundo
Navarro, Agustín
Olguín, Rosa A. de
Rodriguez, Nilo Julián
Rodriguez, Nilo Julián
Rojo, José
Vera, José
Vila, Lorenzo J.
Villavicencio, Eulalia
Bravo, María Enoe
Madrid, Domingo
Sanchez Montana, José
Zunino, Bernardo
Aguero, Margarita de
Jofré Enoe
Navarro, Tránsito D. de
Olguin, Eusebio
Peralta, Vicente
Vilchez, Fernando
Delgado, Juan M.
Ortiz, David
Roldán, Clara O. de
Zabala, Corsino
Irustia, Manuel
Pérez, María Lorenzo de
Cuenta
323
2646
678
2648
2680
5115
2674
2470
321
322
412
420
406
413
414
432
428
423
408
407
419
422
421
437
436
431
499
515
610
512
670
682
678
669
679
681
705
756
768
746
778
833
Dotación
0Ha.6157 m²
0Ha.7864 m²
0Ha.7800 m²
3Ha.3626 m²
1Ha.1180 m²
0Ha.7178 m²
1Ha.0681 m²
5Ha.8950 m²
12Ha.682lm²
0Ha.9256m²
0Ha.5380 m²
0Ha.6675 m²
0Ha.5121 m²
0Ha.6462 m²
0Ha.7800 m²
1Ha.1450 m²
1Ha.2917 m²
0Ha.8564 m²
0Ha.6400 m²
2Ha.1396 m²
0Ha.5755 m²
0Ha.7162 m²
0Ha.6600 m²
0Ha.7800m²
0Ha.7800 m²
1Ha.2114 m²
1Ha.5131 m²
0Ha.7800 m²
1Ha.0480 m²
1Ha.5000 m²
0Ha.7800 m²
0Ha.7020 m²
0Ha.7800 m²
0Ha.5797 m²
1Ha.3593 m²
0Ha.5124 m²
1Ha.0363 m²
1Ha.5700 m²
1Ha.5596 m²
2Ha.0307 m²
0Ha.5180 m²
0Ha.6870 m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Santa Lucía
que a continuación se detallan:
Usuario
Labiaso, Evangelina F. de
Murciano, Mercedes
Reta, Solano
Galvez de Gillen, Dora
Arias, Lucia
Cobos, Juan de los A.
Cuenta
1233
1206
1170
1175
399
385
Dotación
0Ha.0510m²
0Ha.0606m²
0Ha.0601m²
0Ha.0506m²
0Ha.1731m²
0Ha.2153m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
243
- SAN JUAN –
Usuario
Cuello, Natalio Luis
Cuello, Francisco
García, Horacio Alfredo
Herrera, Dardo P.
Herrera, Eleazar
Herrera, Valentín
Jofré, Antonio Segundo
Lopez, Micaela Noguera
Morales, Antonio y Sra.
Muriel Romera, Luis
Osorio, José
Espinosa de Adaro, Demofila
Pereyra, Javier
Pérez, Francisco E.
Rombola, Domingo
Varela, José María
Vera, José
Aguilera, Manuel
Alvarez, Antonia I.
Bravo, Noe
Coll, Ramona Collado de
Gimenez Sanchez, Manuel
Grimalt, Josefa G.
Uliarte, Miguel
Alé, José
Viviani, Carlos H.
Videla, Elia Caballero de
Diaz, Francisco B.
Villa, Petronila y Justino
Menzur, Florinda M. de
Ortega Ruiz, Enrique Juan
Búbica, Jorge y Juan
De los Rios, Daniel
Herrera, Clemente Serafín
Jofré, Leandro
Castro, Eduardo Dalmiro
Cuello, Eusebio
Delgado, Rufina A. de
Ortiz, Pedro David
Zabala Basualdo, Maria O.
Carrizo, Arnobio y otra
Ferreyra, Rosario
Riveros, Petrona G. de
Rodriguez, Nicomedes
Chicone, Constantino y Otro
Malaise, Julio César
Alvarez, Ramón
Correa, Vicente S.
Muñoz, Petrona R.
Rios, Juana A.
Rios Vila Clemira
Salas, José Bernardo
Toledo, Isabel A.
Cuenta
415
416
444
384
383
386
417
441
434
457
397
394
426
398
448
405
396
646
518
640
526
632
594
500
747
596
754
740
395
514
609
661
659
3104
707
757
761
763
758
765
779
777
776
803
836
981
983
982
988
989
991
990
984
Dotación
0Ha.2900m²
0Ha.3955m²
0Ha.0716m²
0Ha.2153m²
0Ha.4543m²
0Ha.2150m²
0Ha.3900m²
0Ha.1892m²
0Ha.1444m²
0Ha.0512m²
0Ha.1839m²
0Ha.1047m²
0Ha.2000m²
0Ha.2600m²
0Ha.1504m²
0Ha.2245m²
0Ha.3600m²
0Ha.0573m²
0Ha.0902m²
0Ha.1221m²
0Ha.0750m²
0Ha.0686m²
0Ha.0686m²
0Ha.0696m²
0Ha.2175m²
0Ha.1400m²
0Ha.0721m²
0Ha.0725m²
0Ha.3000m²
0Ha.2013m²
0Ha.5000m²
0Ha.1730m²
0Ha.2998m²
0Ha.1362m²
0Ha.4410m²
0Ha.1422m²
0Ha.3360m²
0Ha.3500m²
0Ha.4578m²
0Ha.2973m²
0Ha.3338m²
0Ha.1944m²
0Ha.3900m²
0Ha.1903m²
0Ha.0526m²
0Ha.0700m²
0Ha.3164m²
0Ha.2500m²
0Ha.0866m²
0Ha.0866m²
0Ha.1690m²
0Ha.0866m²
0Ha.1696m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
244
- SAN JUAN –
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos por el término de un día en el Boletín
Oficial, y dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Notifíquese y tomen nota de la cesacion de derechos declarada en el artículo
2º de esta resolución, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento
Irrigación. Cumplido archívese.
3º) Expediente N° 519 1174-C-97, CARRASAN, MANUEL SEGUNDO, s/ beneficios art. 286 Ley
4392/78, departamento Rawson.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Manuel Segundo Carrasan, solicita se encuadre
en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua
que le corresponde al inmueble Nom.Cat. 04-34/610630, departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0598m², registrado
bajo cuenta N° 7883, a nombre de Manuel Segundo Carrasan, departamento Rawson.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
4º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 352, 369, 371 y 372-DH-97, dictadas por Dirección General ad
referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 352-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Integral
Distribuciones, Lino Eduardo Luna, Jorge Lorenzo Furlani, Claudio Menchetti y Felix Bustos
S.A., respectivamente, por la suma total en bonos Crefi provinciales de 74.802,40 para la
adquisición de materiales y herramientas con destino al Departamento Construcciones de la
Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 369-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Lino Eduardo Luna
y Claudio Menchetti, respectivamente, por la suma total en bonos Crefi provinciales de
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
245
- SAN JUAN –
28.330,00 para la adquisición de 8.500 Kg. de alambre negro recocido y 1.500 Kg. de alambre
galvanizado, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 371-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación directa a favor de la firma G.M.D.
Distribuciones por la suma total de $3.780,00 para la adquisición de un eje para reductor de
giro de estructura de la retroexcavadora Fiat Allis S-11 interno 39-02, pieza Nº 45016166, de
acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 372-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº61 para la
adquisición de materiales, herramientas y elementos varios con destino al Departamento
Construcciones de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
5°) Expediente N° 37.803-Q-96, QUIROZ, RICARDO W. Y OTROS, s/ beneficios artículo 285
Ley 4392/78. departamento Rawson.
VISTO:
Que por estas actuaciones los señores Ricardo W. Quiros, Héctor G. Diaz Rios y Silvia
de Flecha, en el carácter de apoderados, solicitan se aplique los términos de cesación que
establece el Art. 285° Ley 4392/78 al derecho de agua registrado bajo cuenta N° 7384 a nombre
de Francisco, José y Juan Lopez Ortega, departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, a fojas 5 vta., el terreno
inscripto bajo la citada se encuentra fraccionado en lotes no mayores de 300 m² según plano de
mensura Nº 04-7586/93, que no hacen uso del agua de regadío y poseen los servicios de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa que el derecho de riego
registrado bajo cuenta N° 7384 figura inscripto a nombre de Francisco Domingo Lopez Ortega
y Otros con una dotación para 4Ha.9981m² y superficie según mensura de 4Ha.9981,91m²
Nom.Cat. de origen 04-34/400200.
Que teniendo en cuenta que el fraccionamiento practicado subdivide el terreno en lotes
menores de 500m² es viable la aplicación del artículo 285º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Artículo 285° de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de carácter permanente para 4Ha.9981m² registrado bajo
cuenta N° 7384 del departamento Rawson a nombre de Francisco Domingo Lopez Ortega y
Otros.
ARTICULO 2°. Notifíquese. Tomen nota de la cesación declarada por este acto Dirección del
Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
6°) Expediente N° 24.700-G-78, GOMILA, MARIA L. DE, s/se la encuadre en los artículos 275 y
276, departamento Rawson.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que la señora María Linares de Gomila, solicita el
otorgamiento de concesión de agua de riego conforme lo determina el Código de Aguas en sus
artículos 275º y 276 (Usuarios Clandestinos), y;
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
246
- SAN JUAN –
CONSIDERANDO:
Que la petición fue presentada dentro del plazo legal, habiéndose acreditado los requisitos
que exige la Ley 4392/78.
Que mediante expedientes 371.120-R-92 y 562.134-R-94, agregados a estos actuados, el
señor Manuel Rodriguez manifiesta ser propietario de las parcelas Nom.Cat. 04-50/365805 y
04-50/340801, acreditando titularidad con la escritura Nº12/89, solicita se le de participación en
expediente iniciado por la señora María Linares de Gomila.
Que del informe elaborado por Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fs.
21, surge que el inmueble nomenclatura catastral de origen 04-50/360800 no posee derecho de
riego, figura inscripto de acuerdo a lo constatado en Legajo del Censo General de Usuarios de
Agua de Riego bajo Reg. Nº219 U. Clandestino, departamento Rawson.
Que la Inspección Técnica de Rawson confirma el uso de la dotación con fotocopia de los
repartos respectivos, fojas 15 e informa a fs. 20 y ratifica a fs.33 que la parcela nomenclatura
catastral de origen 0450/360800 recibe una dotación proveniente del pozo oficial R.14.
Que Ecología Agrícola informa a fs. 20 vta. que se encuentra cultivada de espárragos,
considerando al espárrago como un cultivo permanente..
Que otorgar el derecho de riego a la propiedad de referencia significaría normalizar una
situación de hecho ya que figura en los repartos.
Que en los últimos informes, tanto del señor Rodriguez como del Inspector Técnico
existen cultivos de espárragos en una superficie aproximada de 9Ha., por lo que habría que
otorgar derecho de riego para esta superficie.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Hacer lugar a lo peticionado otorgándole una dotación de agua de riego de
9Ha.0000m² para el inmueble propiedad del señor Manuel Rodriguez, ubicado en el
departamento Rawson, lote Nº1, Nom.Cat. 04-50/365805 (actual), en un todo de acuerdo al
área con cultivos permanentes.
ARTICULO 2°. El otorgamiento y registración de la concesión queda supeditado al previo
pago de la tasa especial de $1.230,00 (Pesos un mil doscientos treinta) por hectárea a
empadronar (Art. 257º Ley 4392/78), debiendo acreditar asimismo el pago de canon y tasas
correspondiente a los últimos diez años debidamente actualizado (Art. 277º Ley 4392/78). En
caso de incumplimiento del pago en el plazo establecido en el artículo 3º, el presente acto
importará el rechazo de la petición y deberá procederse a la corta o retiro de la dotación en uso.
ARTICULO 3°. El monto que resulte debidamente actualizado, conforme lo establece el Código
Fiscal, deberá ser abonado por el titular de la concesión en el término de treinta (30) días a
partir de la fecha de notificación.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación procederá a ajustar la entrega de dotación conforme a
derecho.
ARTICULO 5°. Notifíquese, tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del
Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación.
7º) Expediente N° 519 1554-I-97, IRRIGACIÓN, e/listado de candidatos para cubrir cargos de
Miembros de Comisión de Canales, departamento Jáchal.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
247
- SAN JUAN –
VISTO:
El Expediente N° 519 1554-I-97 por el cual Departamento Irrigación, eleva lista de
candidatos a miembros de Comisiones de Canal, presentada por la Junta de Riego de Jáchal
para la elección convocada por Acta Nº 2091, punto 9º), y
CONSIDERANDO:
Que se ha presentado una sola lista necesitando de su aprobación como paso previo al
acto eleccionario.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley N°886
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar la lista de candidatos a miembros titular y suplente, respectivamente,
del Subdistrito Medio, Distrito II, Sección Electoral Nº3 del departamento Jáchal para las
elecciones complementarias que tendrán lugar el próximo 18 de julio del corriente año:
JORGE LUIS ANDRADA
(titular)
SERGIO MORENO
(suplente)
ARTICULO 2°. Los candidatos que resulten electos cumplirán sus funciones hasta completar el
periodo 1996-1998.
ARTICULO 3°. Comuníquese a quienes corresponda y tómese debida nota.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
248
- SAN JUAN –
A C T A N° 2098
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
veintidos días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora
diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2097.
2°) Expediente N° 519 0738-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, s/se autorice la compra de
veinte P.C..
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Dirección Administrativa solicita la compra de 20
PC personales, 10 placas de red, 20 estabilizadores, 22 impresoras y 10 calculadoras, y;
CONSIDERANDO:
Que dichos equipos se destinarán a oficinas de la Repartición y Delegaciones
Departamentales con el fin de mantener actualizada la información de los contribuyentes con el
Departamento de Hidráulica de manera de poder implementar planes de pago con el objeto de
incrementar la recaudación y brindarle un mejor servicio a los regantes.
Que por resolución Nº 1211-SH-97 se exceptúa a las partidas Equipamiento e
Inversiones Administrativas de lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Acuerdo Nº 001MHF-97.
Que Asesoría Letrada de la Repartición en su informe Nº487-DH-97 manifiesta que
correspondería imprimir a la presente compra el trámite establecido para las contrataciones
directas en el marco de las disposiciones preceptuadas por la Ley de Emergencia Hídrica
vigente, Ley 6737.
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de
Precios y el gasto.
Que el pago se efectuará 50% en efectivo y el saldo en bonos CREFI.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios, para la adquisición de: 20 PC
personales, procesador Pentium Intel 166 MHZ, Motherboard P.C.I., memoria Caché 512 KB
Real, 16 Mb Ram, disco rígido capacidad 1,3 GB, placa de video P.C.I. de 1 Mb ampliable a 2
Mb, monitor S.V.G.A. N.E. color 14”, disquetera 3,5; 1,44 Mb, mouse tres botones y pad,
teclado expandido 101 teclas.; 10 placas de red N.E. 2.000 compatible, instaladas física y
lógicamente para funcionar en red Novell 3.11; 20 estabilizadores potencia mínima 0,5 Kw,
tensión de entrada: 160-250 volts, tensión de salida 220 ≠ 3% volts, regulación electrónica,
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
249
- SAN JUAN –
protegido contra sobrecargas y cortocircuitos; 16 impresoras tipo EPSON LX300 con cable
Centronic; 3 impresoras tipo EPSON FX1170 con cable Centronic; 2 impresoras H.P. Tipo
680 con cable Centronic; 1 impresoras EPSON 1500, chorro de tinta, mínimo 140 columnas y
resolución 360 x 360 mínimo y 240 c.p.s. mínimo, con cable Centronic y 10 calculadoras
Olivetti tipo LOGOS 82, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos
de condiciones que el pago se efectuará 50% en efectivo y el saldo en bonos CREFI.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 09 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 02 “INVERSIONES
ADMINISTRATIVAS - EQUIPOS P/COMPUTACION” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
3º) Expediente N° 519 1618-J-97, JUNTA DE RIEGO DE CHIMBAS, s/autorización para hacerse
cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego del departamento.
VISTO:
Que la Junta de Riego de Chimbas solicita autorización para hacerse cargo del
presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del
presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto
correspondiente a los cauces: drenes Flores, Vergara, Recabarren y Pedrozo, que estarían a
cargo del Departamento de Hidráulica.
Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Chimbas
y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la
transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de
deuda atrasada como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el
departamento Chimbas para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la
Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque
correspondiente al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
4º) Expediente Nº 519 1186-J-97, JUNTA DE RIEGO DEL DPTO. JACHAL, e/renuncia de
miembros integrantes de Comisión de Riego - Agregado expediente Nº 519 1554-I-97.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
250
- SAN JUAN –
VISTO:
El resultado del escrutinio definitivo de la elección realizada el día 18 de julio ppdo., para
elegir Miembros de Comisión de Regantes del departamento Jáchal, en la Sección Electoral
Nº3, Distrito II, Subdistrito Medio, convocada por resolución contenida en Acta Nº 2091/97, y;
CONSIDERANDO:
Que el acto eleccionario se realizó normalmente, no habiéndose formulado observación o
impugnación de ninguna naturaleza.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley N°886
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar la elección dispuesta por resolución del Consejo en Acta Nº 2091,
punto 9º), artículo 2º, para designar Comisión de Regantes del departamento Jáchal, en la
Sección Electoral Nº3, Distrito II, Subdistrito Medio, realizadas el día 18 de julio del corriente
año.
ARTICULO 2°. Proclamar miembros electos de la Comisión de Regantes del departamento
Jáchal, Sección Electoral Nº3, Distrito II, Subdistrito Medio, para el periodo 1996-1998, a los
señores: JORGE LUIS ANDRADA, Titular y SERGIO MORENO, Suplente.
ARTICULO 3°. Comuníquese y tómese debida nota.
5°) OTORGANDO ADICIONAL.
VISTO:
El Decreto Nº 1592-SHF-90, artículos 1º y 2º, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución Nº 603-DH-95 se designa al agente Ricardo E.Silva, L.E.
7.932.877, en el cargo de Director Administrativo de la Repartición, por encontrarse vacante el
mismo.
Que dicho agente viene cumpliendo ininterrumpidamente esa función desde el 30 de
agosto de 1995.
Que corresponde encuadrarlo en lo que prescribe el decreto a que se hace referencia.
POR ELLO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 886:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Incluir en los alcances del Decreto Nº 1592-SHF-90, al Director
Administrativo señor Ricardo E.Silva, L.E. 7.932.877, a partir del 30 de agosto de 1995.
ARTICULO 2°. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
6°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 391, 394, 395, 397 y 400-DH-97, dictadas por Dirección General ad
referéndum de este Cuerpo,
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
251
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
N°391-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas G.M.D.
Distribuciones y Carben, respectivamente, por la suma total de $5.637,00 para la adquisición de
matafuegos y gatos hidráulicos con destino al equipamiento de movilidades de la Repartición
con motivo de la nueva Ley de Tránsito, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia
Hídrica.
Nº 394-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firma G.M.D.
Distribuciones por la suma total de $3.790,00 por la reparación del carretón Atlantar de la
Repartición, incluido mano de obra especializada, provisión y colocación de repuestos, de
acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 395-DH-97: por la que en: Art. 1º. Da por concluida la función de Jefe del Departamento
Administración de Personal, agente Humberto V. Valdebenitez, M.I. 08.455.205, en virtud de
su solicitud. Art. 2º. Traslada al agente Humberto V.Valdebenitez del Departamento
Administración de Personal a prestar servicios en el Departamento Irrigación. Art. 3º.
Encomienda la función de Jefe del Departamento Administración de Personal al Sub Jefe de
dicho Departamento, José Héctor Zapata, D.N.I. 10.029.994. Art. 4º. Encomienda en su estado
actual de revista, la función de Subtesorero de la Repartición al agente Juan Antonio Almazán
L.E. 7.807.810.
Nº 397-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas: Ingemeb de Mario
Batias y G.M.D. Distribuciones de Norma Escudero, respectivamente, por la suma total de
$9.372,80 para la adquisición de filtros con destino al mantenimiento y conservación de
máquinas viales, camiones y camionetas de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley
de Emergencia Hídrica.
Nº 400-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por Resolución Nº
643/96 a la firma José Luis Roca, las cuentas 1986, 1985 y 1988 del departamento Santa Lucía.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
7º) Expediente N° 519 0846-C-97, CIPRIAN, JUAN BAUTISTA, s/ser presentado en tiempo y
forma ref. a edictos publicados.
VISTO:
Que el señor Juan Bautista Ciprian, titular de la cuenta Nº 2142, se presenta formulando
reclamo en tiempo y forma con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2080 punto 12º,
manifestando que por problemas de orden económico no ha pedido realizar cultivos en la
propiedad, situación que ha sido superada por lo que es indispensable conservar el derecho de
riego, y;
CONSIDERANDO:
Que son atendibles las razones invocadas por el recurrente.
Que la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fojas 3 vta. manifiesta que
la cuenta Nº 2142 corresponde al departamento Santa Lucía a nombre del señor Juan Bautista
Ciprian y Otro y no al departamento 9 de Julio puesto que en el mismo no se alcanza a tal
numeración.
Que el Departamento Irrigación a fojas 6 informa que el citado derecho se efectiviza por
el ramo Sungry - Alday, derivado del canal 9 de Julio.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
252
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Hacer lugar al recurso presentado por el señor Juan Bautista Ciprian contra la
resolución de Acta Nº 2080, punto 12º), referente a la declaración de caducidad sobre la cuenta
Nº 2142 consignada como del departamento 9 de Julio a nombre de Francisco Gallerano.
ARTICULO 2°. Rectificar el artículo 1º de la citada resolución eliminando por no corresponder
la inscripción a nombre de Francisco Gallerano con dotación para 14Ha.5000m², Cuenta Nº
2142.
ARTICULO 3°. El señor Juan Bautista Ciprian deberá, en forma inmediata, poner en actividad
agrícola la propiedad antes mencionada, caso contrario quedará incurso en la caducidad por no
uso que prescribe el artículo 137º de la Ley 4392 a partir de la fecha.
ARTICULO 4°. El peticionante, conforme lo establecido en el inciso 5º) del artículo 61º de la
referida norma legal, deberá estar al día con las obligaciones económicas derivadas de la
concesión que adeuda, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales correspondientes.
ARTICULO 5°. Notifíquese al recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que
tome nota y supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero y Departamento
Recaudación a los efectos dispuestos en el artículo cuarto. Cumplido, archívese.
8°) Expediente N° 519 0519-M-97, MEGLIOLI, ANTONIO LUIS, s/ser presentado en tiempo y
forma ref. a edictos publicados, departamento San Martín. Agregado 519.1021-M-97.
VISTO:
Que en virtud de la publicación del edicto, Acta Nº 2071 punto 16º se presenta el señor
Antonio Luis Meglioli a hacer valer sus derechos referente a la cuenta Nº 232, y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fojas 16/16 vta. ha procedido
conforme a antecedentes dominiales a inscribir los siguientes inmuebles: Fracción 1 - plano 12924/80 bajo el R.T. 445(D)5358 a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda, con una
superficie s/m de 6Ha.4476,45m², dotación de agua de riego de carácter permanente para
6Ha.4476m², Cuenta Nº 2043 y Fracción 2 - plano 12-924/80 bajo el R.T. 445(D)5357 a
nombre de Meglioli, Antonio Luis; Fernandez de Meglioli, Sara Reneé; Meglioli, Luis Enrique;
Meglioli, de Diaz, Irma Esther y Meglioli, Juan Eduardo, con una superficie s/m de
24Ha.7761,52m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para 24Ha.7761m²,
Cuenta Nº 2042 cuyos derechos de riego devienen de la cuenta Nº 232 del departamento San
Martín..
POR ELLO, atento a que el inmueble del señor Meglioli no hace uso del agua de riego y
al presentar nueva inscripción, Cuenta Nº2042.
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Intimar al señor Antonio Luis Meglioli que deberá, en forma inmediata, poner
en actividad agrícola su propiedad, bajo apercibimiento de declarar la caducidad por no uso que
prescribe el artículo 137º de la Ley 4392 a partir de la fecha.
ARTICULO 2°. Notifíquese al recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que
tome nota y supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero. Cumplido,
archívese.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
253
- SAN JUAN –
9º) Expediente N° F12-1834-S-96, STORNINI EXCAVACIONES, Ref. reconocimiento de Gastos
Directos Improductivos.
VISTO:
El recurso de reconsideración y de alzada en subsidio interpuesto por el señor Luis Raul
Stornini, en representación de la Empresa Stornini Excavaciones, contra la Resolución
contenida en Acta N° 2077 de fecha 25 de febrero de 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que Asesoría Letrada en su dictamen N° 399-DH-97 expresa que conforme a lo
establecido por el Art. 84 y 82 del Decreto 0655 reglamentario de la ley 3784, el recurso de
reconsideración y de alzada en subsidio ha sido interpuesto en tiempo y forma y en cuanto a los
fundamentos del recurso ratifica el dictamen Nº 025-D-H-95 que corre agregado a fs. 39 de
estas actuaciones.
Que Secretaría Técnica ratifica en un todo lo manifestado a fojas 14 de estos actuados.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Tener por presentado en tiempo y forma el recurso de reconsideración y de
alzada en subsidio interpuesto por el señor Luis Raul Stornini, en representación de la Empresa
Stornini Excavaciones, contra la Resolución contenida en Acta N° 2077 punto 5º) de fecha 25
de febrero de 1997.
ARTICULO 2°: Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Luis Raul
Stornini, en representación de la Empresa Stornini Excavaciones, contra la Resolución
contenida en Acta N° 2077/97.
ARTICULO 3°: Comuníquese. Tómese debida nota y elévese al Superior conforme lo
establece el Art. 87° inc. a) del Decreto 0655-G-73.
10º) Expediente N° 413.151-E-87, EXPROPIACIONES DE LA S.R.H., Ref. trámite de
expropiación parcelas afectadas con motivo de la obra Dren Hospital de Villa Media Agua.
Agregado expediente F12 1663-T-96.
VISTO:
Que mediante escrito de fecha 30 de mayo de 1997, agregado a fojas 28 de estas
actuaciones, la doctora Remedios Gomez de Toro, solicita se desglose del inmueble de su
propiedad, Nom.Cat. 15-82/600700, las superficies expropiadas por O.S.S.E y el Departamento
de Hidráulica a fin de acceder a un plan de pago sobre la superficie remanente, y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 36 que analizadas
las presentes actuaciones el inmueble de referencia figura inscripto en el Padrón de Riego del
departamento Sarmiento a nombre de Juan Enrique Jesús Lértora con dotación de carácter
permanente para 28Ha.3374m², cuenta Nº 1766 y de carácter vertiente (permanente conforme
art. 121 Ley 4392) para 5Ha.8686m² cuenta Nº 1765. Que atento a que los trámites de
expropiación denunciados por la peticionante e informado por esta Repartición no han sido
concluidos, estima que sería factible únicamente resolver mediante empadronamiento el
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
254
- SAN JUAN –
derecho de riego a nombre de la recurrente en forma independiente para cada uno de los lotes
que integran el inmueble.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, a nombre de Remedios Felisa Gomez
de Toro, las siguientes concesiones de agua en descargo de las cuentas Nº 1766 y Nº 1765,
departamento Sarmiento:
Lote Nº 1, con superficie s/mensura de 19Ha.3392,16m² y dotación de agua de riego de
carácter permanente para 16Ha.0202m² y de carácter vertiente (permanente Art. 121) para
3Ha.3178m².
Lote Nº 2, con superficie s/mensura de 14Ha.5298,47m² y dotación de agua de riego de
carácter permanente para 12Ha.0362m² y de carácter vertiente (permanente Art. 121) para
2Ha.4927m².
Lote Nº 3, con superficie s/mensura de 0Ha.3388,08m² y dotación de agua de riego de carácter
permanente para 0Ha.2807m² y de carácter vertiente (permanente Art. 121) para 0Ha.0581m².
ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
11°) Expediente N° F12 1522-V-96, VALENTINO, JORGE, s/concesión de derecho de uso de
agua, departamento Ullum, Agregado expediente 37.873-V-96.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Ingeniero Jorge Alberto Valentino, solicita concesión
de uso de agua con fines recreativos para el predio ubicado en el Area Turística de Actividades
al Aire Libre (Area A.T. 1), de la Presa Embalse Quebrada de Ullum, y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Irrigación - División Ecología Agrícola a fs. 20, en razón de que el
agua solicitada se destinará al riego de plantas ornamentales y uso doméstico para un residente
y la población transitoria de diseño, determina que la cantidad de agua necesaria es de
2Ha.7000m² pero que en la actualidad el complejo no se ha desarrollado en su totalidad por lo
que la dotación sería de 0Ha.4500m².
Que a fs. 18 el presentante agrega a estos actuados la Resolución Nº 386-EPT-96 por la
que el Ente Provincial de Turismo declara como atractivo turístico el área ocupada por el Solar
del Huarpe, denominado Punta Tabasco.
Que se han cumplimentado los requisitos que determina el Código de Aguas en sus
artículos 35º, 42º “Publicaciones” y 82º “Intervención de Otros Organismos”, según Acta Nº
2072 punto 6º), por la cual las Juntas de Riego prestan su consentimiento sin formular las
acciones referidas en los artículos 52º al 54º del Código de Aguas.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 017-DH-97 manifiesta que en virtud de los
informes que corren agregados correspondería encuadrar la petición formulada en lo
preceptuado en el título III de la Ley 4392.
Que a fojas 34, mediante escrito Nº 143/97, se solicita que la concesión a otorgar para
uso del agua en el complejo sea tomada para una superficie de 4.500m² dado que es la
superficie actualmente ocupada y en uso.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
255
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Otorgar al Ingeniero Jorge Alberto Valentino, una concesión de agua para uso
recreativo de 0Ha.4500m², a derivar del Embalse Quebrada de Ullum con destino al predio
denominado Punta Tabasco.
ARTICULO 2°. El Departamento Irrigación a través de la Inspección Técnica departamental
controlará periódicamente el funcionamiento del sistema de extracción en función de la
dotación acordada.
ARTICULO 3°. El otorgamiento de la concesión cesará cuando no se cumplan estrictamente
los mismos fines y se haya producido el cambio de destino en materia de uso, especialmente
con la implantación de cultivos con fines económicos o que no sean propios y relativos a la
actividad recreativa.
ARTICULO 4°. La concesión de agua otorgada en el Articulo 1º, es en forma temporaria por el
término de 5 (cinco) años cuya renovación puede operarse si es solicitada antes de expirar el
plazo autorizado (Articulo 81º siguientes y concordantes de la Ley Nº4392/78).
ARTICULO 5°. El otorgamiento y registración de la concesión queda supeditado al previo
pago, en el término máximo de quince días, de la tasa especial especial dispuesta mediante
Acta Nº 2044, punto 13º) equivalente a pesos setecientos cincuenta ($750,00) y canon anual
según lo establecido en Acta Nº 2088, punto 2º).
ARTICULO 6°. Notifíquese al recurrente. Tomen debida nota Secretaría Técnica,
Departamento Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido,
archívese.
12°) Expediente N° 519 1565-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rawson.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Rawson, en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Rawson.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
256
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Rawson, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones
por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme
lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de
la concesión:
USUARIO
Aubone de Gonzalez, Maria
Nidia
Asoc.Coop. del Inst. de Inv.
Delaude, Nicolás
García, José Antonio
Libossart, Arturo Raul
Lucio, Jorge
Russo, Antonio
Aguirre, Bertha Herrera de
DOTACION
4Ha.4792m²
CUENTA
6192
4Ha.2276m²
0Ha.6001m²
0Ha.5918m²
3Ha.2957m²
0Ha.6027m²
1Ha.2990m²
0Ha.7781m²
7625
3744
3782
8259
134
4858
4922
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
13°) Expediente N° 519 1566-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso de
derecho empadronado, departamento Rawson.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de
Rawson.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Rawson que
a continuación se detallan:
Usuario
Berenguer Ivars, Juan
Cuenta
7617
Dotación
0Ha.0702m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
257
- SAN JUAN –
Usuario
Berenguer Ivars, Juan
Tejada de Vargas, P.
Aciar de Garcia, María
Peña de Peña, Juana
Martín, Enrique
Jorge, Lucio y O.
Aguilera, Sixta
Achem, Elías
Rollan, Arlinton A.
Rocha, Nidia C.
Coria Jofré, Sara
Coria de Quiroga, J.
Figueroa, Dardo Enevaro
Tejada de Ramos, Guillermina
Frias, Oscar A.
Aguilera, Francisco
Atencio, Nicolás
Guardia, Loreto
Tello, Aureliano
Gutierrez, Guilberto Hipólito
Perez, Saturnino
Maresca y Cia. S.A.
Maresca y Cia. S.A.
Maresca y Cia. S.A.
Maresca y Cia. S.A.
Maresca y Cia. S.A.
Maresca y Cia. S.A.
Buron, Alonso Antonio
Silva, Martín Manuel
Fretes, María
Silva, Pedro Martín
Consejo de Reconstrucción
Vargas, Armin E. y Otro
Bustos de Monteros, Mireya B.
Bailón, Rafael Francisco
Montenegro Dolffi Felipe y otro
Flores, Magdalena del S. E. Vda. D.
Krause, Domingo
Recabarren, Julio C.
Ramirez, Ismael
Roca, Alberto
Naranjo, Pedro
Arce de Quiroga, Amira
Bustos, Rolando Rociel
Garcia, Nora Cerli
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Peñaloza, Eresmila Rosa
Garín de Laciar, Juana y O.
Lértora de Tascheret, Amalia
Calderón, José
Martín, José
Herrero, Segundo F.
Krause, Domingo
Cuenta
7618
7306
3746
7468
4700
7302
3755
3759
6238
3765
4742
4741
5160
6979
6974
7020
7014
7005
7013
7001
6199
7038
7037
7034
7033
7030
7029
7028
7018
7016
7019
6193
7624
8676
10438
3522
3512
5623
9498
3087
7379
5634
5636
5631
3530
5632
5640
3656
9112
304
3631
5681
5682
5676
Dotación
0Ha.0925m²
0Ha.0504m²
0Ha.1712m²
0Ha.1471m²
0Ha.1800m²
0Ha.1542m²
0Ha.1700m²
0Ha.3227m²
0Ha.4122m²
0Ha.2044m²
0Ha.0868m²
0Ha.0869m²
0Ha.1013m²
0Ha.0785m²
0Ha.0576m²
0Ha.0719m²
0Ha.0576m²
0Ha.0691m²
0Ha.0576m²
0Ha.0519m²
0Ha.1483m²
0Ha.0600m²
0Ha.0560m²
0Ha.0722m²
0Ha.0722m²
0Ha.0723m²
0Ha.0723m²
0Ha.2640m²
0Ha.0719m²
0Ha.0720m²
0Ha.0719m²
0Ha.2885m²
0Ha.4677m²
0Ha.1108m²
0Ha.1090m²
0Ha.1035m²
0Ha.0542m²
0Ha.0545m²
0Ha.0680m²
0Ha.1380m²
0Ha.0622m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0543m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0671m²
0Ha.0545m²
0Ha.2249m²
0Ha.0545m²
0Ha.0681m²
0Ha.0545m²
0Ha.1090m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
258
- SAN JUAN –
Usuario
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Mateos, Cristobal
García, Remigio J.
Rodriguez, José
Roiman, Sara
Ariza de Bueno, Carmen
Muñoz, América
Cardozo, Miguel Segundo
Godoy, Eligio Bernabé
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Montaña, Martiniano
Cuello, José
Amante, Evangelina
Riveros, Marcelino
Lucero, Martín Ramón L.
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Antunez, Carlos
Uzair, Carlos
Guerrero, Andrés
Morales, Remedio
Perce, Francisco
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Cuenta
5677
5678
5679
5680
562
8165
564
8168
5703
5705
5709
5690
5689
5692
5693
5695
5698
5699
5700
5706
5702
5712
5724
5691
5725
5710
5711
5713
5726
5714
5716
5723
9113
5721
5727
Dotación
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0570m²
0Ha.0570m²
0Ha.0570m²
0Ha.0520m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.1226m²
0Ha.0545m²
0Ha.0681m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0681m²
0Ha.0681m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.1090m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0522m²
0Ha.0681m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.1226m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos por el término de un día en el Boletín
Oficial, y dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Notifíquese y tomen nota de la cesación de derechos declarada en el artículo
1º de esta resolución, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento
Irrigación. Cumplido archívese.
14°) Expediente N° 519 0868-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, s/se declare comprendido
en los alcances del artículo 286 a titulares del departamento Capital.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones Dirección Administrativa, solicita se declare
comprendido en los alcances de los artículos 286º y 137º del Código de Aguas, según
corresponda, a derechos de riego de terrenos del departamento Capital que durante los últimos
quince años no recibieron agua de regadío y en los cuales se construyeron viviendas que poseen
los servicios de agua potable, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
259
- SAN JUAN –
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 360-DH-97 manifiesta que dado el tiempo
transcurrido, en razón de no encontrarse en uso, por corresponder a parcelas ubicadas en zonas
urbanizadas y en virtud de lo preceptuado en la Ley 5263, correspondería declarar la cesación
de todos los derechos de agua de riego del departamento Capital cuyo listado corre agregado de
fojas 3 a 13 de estos obrados.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Capital
que a continuación se detallan:
Usuario
Dotación
Cuenta
CONCAR
0Ha.1200 m²
559
CONCAR
0Ha.0592 m²
588
CONCAR
0Ha.1076 m²
590
CONCAR
0Ha.0717 m²
631
CONCAR
0Ha.0675 m²
639
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.2359 m²
1157
CONCAR
0Ha.0597 m²
1498
CONCAR
0Ha.0872 m²
1499
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.0576 m²
1747
CONCAR
0Ha.1953 m²
1798
CONCAR
0Ha.0517 m²
1817
CONCAR
0Ha.1850 m²
1832
CONCAR
0Ha.1003 m²
1860
CONCAR
0Ha.0590 m²
1861
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.1344 m²
2100
DIRECCION NAC DE VIALIDAD
0Ha.0628 m²
2101
Usuario
Dotación
Cuenta
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.0588 m²
2132
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.1212 m²
2138
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.0677 m²
2166
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.0699 m²
2167
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.0698 m²
2199
DIRECCION NAC DE VIALIDAD
0Ha.0595 m²
2203
DIRECCION NAC DE VIALIDAD
0Ha.0615 m²
2204
DIRECCION NAC DE VIALIDAD
0Ha.1004 m²
2207
CONCAR
0Ha.2720 m²
2351
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.3806 m²
2390
CONCAR
0Ha.0519 m²
2701
INSTITUCION SALECIANA
0Ha.0532 m²
3443
CONCAR
0Ha.1943 m²
3503
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.0615 m²
3619
EST NAC ARG D N V
0Ha.0604 m²
3620
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.0735 m²
3640
ESTADO NAC ARGENT DIRECC NAC V
0Ha.0501 m²
3666
ARZOBISPADO DE SAN JUAN
0Ha.0704 m²
3690
INSTITUCION SALECIANA
0Ha.0617 m²
4440
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.0501 m²
4523
MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL
0Ha.3689 m²
4543
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.2677 m²
4593
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.0646 m²
4669
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.0732 m²
4840
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
260
- SAN JUAN –
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
Usuario
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONS REC SAN JUAN
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
0Ha.0626 m²
0Ha.0698 m²
0Ha.0726 m²
0Ha.0549 m²
0Ha.0556 m²
0Ha.0625 m²
0Ha.0625 m²
0Ha.0624 m²
0Ha.0630 m²
0Ha.0611 m²
0Ha.0627 m²
0Ha.0627 m²
0Ha.0625 m²
0Ha.0655 m²
0Ha.0571 m²
0Ha.0573 m²
0Ha.0599 m²
0Ha.0592 m²
0Ha.0594 m²
0Ha.0587 m²
0Ha.0525 m²
0Ha.0591 m²
0Ha.0680 m²
0Ha.0676 m²
0Ha.0676 m²
0Ha.0679 m²
0Ha.0676 m²
Dotación
0Ha.0593 m²
0Ha.0570 m²
0Ha.0568 m²
0Ha.0569 m²
0Ha.0636 m²
0Ha.0628 m²
0Ha.0629 m²
0Ha.0629 m²
0Ha.0629 m²
0Ha.0628 m²
0Ha.0566 m²
0Ha.0627 m²
0Ha.0627m²
0Ha.0628 m²
0Ha.0561 m²
0Ha.0516 m²
0Ha.0629 m²
0Ha.0629 m²
0Ha.0590 m²
0Ha.0630 m²
0Ha.0651 m²
0Ha.0675 m²
0Ha.0681 m²
0Ha.0682 m²
0Ha.0626 m²
0Ha.0626 m²
0Ha.0630 m²
4842
4900
4950
4995
5055
5079
5085
5090
5091
5092
5093
5094
5099
5103
5110
5111
5140
5141
5143
5144
5147
5150
5161
5162
5163
5164
5165
Cuenta
5183
5189
5190
5191
5195
5196
5197
5198
5199
5201
5202
5204
5205
5206
5207
5208
5209
5210
5211
5212
5213
5215
5217
5219
5220
5221
5223
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
261
- SAN JUAN –
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
Usuario
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
0Ha.0629 m²
0Ha.0763 m²
0Ha.0658 m²
0Ha.0666 m²
0Ha.0583 m²
0Ha.0625 m²
0Ha.0564 m²
0Ha.0576 m²
0Ha.0551 m²
0Ha.0553 m²
0Ha.0553 m²
0Ha.0555 m²
0Ha.0556 m²
0Ha.0552 m²
0Ha.0551 m²
0Ha.0593 m²
0Ha.0549 m²
0Ha.0678 m²
0Ha.0596 m²
0Ha.0708 m²
0Ha.0789 m²
0Ha.0733 m²
0Ha.0679 m²
0Ha.0631 m²
Dotación
0Ha.0628 m²
0Ha.0750 m²
0Ha.0758 m²
0Ha.0630 m²
0Ha.0628 m²
0Ha.0593 m²
0Ha.0680 m²
0Ha.0672 m²
0Ha.3203 m²
0Ha.3891 m²
0Ha.0628 m²
0Ha.0628 m²
0Ha.0630 m²
0Ha.0629 m²
0Ha.0616 m²
0Ha.0629 m²
0Ha.0629 m²
0Ha.0895 m²
0Ha.0788 m²
0Ha.0710 m²
0Ha.0571 m²
0Ha.0587 m²
0Ha.0565 m²
0Ha.0681 m²
0Ha.0566 m²
0Ha.0566 m²
0Ha.0571 m²
0Ha.0570 m²
0Ha.0568 m²
0Ha.0567 m²
5224
5225
5228
5230
5232
5233
5236
5237
5238
5239
5241
5244
5246
5247
5248
5249
5252
5253
5267
5292
5293
5294
5298
5300
Cuenta
5314
5318
5319
5320
5323
5324
5325
5326
5332
5339
5341
5351
5352
5359
5360
5361
5362
5364
5365
5366
5376
5377
5378
5380
5381
5382
5383
5385
5386
5387
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
262
- SAN JUAN –
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
Usuario
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
0Ha.0565 m²
0Ha.0570 m²
0Ha.0570 m²
0Ha.0570 m²
0Ha.0703 m²
0Ha.0570 m²
0Ha.0625 m²
0Ha.0623 m²
0Ha.0620 m²
0Ha.0622 m²
0Ha.0615 m²
0Ha.0620 m²
0Ha.0570 m²
0Ha.0567 m²
0Ha.0575 m²
0Ha.0572 m²
0Ha.0646 m²
0Ha.0568 m²
0Ha.0566 m²
0Ha.0585 m²
0Ha.0656 m²
Dotación
0Ha.0635 m²
0Ha.0703 m²
0Ha.0643 m²
0Ha.0612 m²
0Ha.0672 m²
0Ha.0650 m²
0Ha.0711 m²
0Ha.0647 m²
0Ha.0740 m²
0Ha.0678 m²
0Ha.0684 m²
0Ha.0670 m²
0Ha.0648 m²
0Ha.0711 m²
0Ha.0706 m²
0Ha.0688 m²
0Ha.0699 m²
0Ha.0698 m²
0Ha.0527 m²
0Ha.0593 m²
0Ha.0521 m²
0Ha.0915 m²
0Ha.0526 m²
0Ha.0635 m²
0Ha.0540 m²
0Ha.0568 m²
0Ha.0577 m²
0Ha.0574 m²
0Ha.0561 m²
0Ha.0579 m²
0Ha.0815 m²
0Ha.0767 m²
0Ha.0754 m²
5388
5389
5392
5393
5395
5396
5403
5404
5405
5406
5407
5410
5411
5412
5413
5415
5416
5417
5418
5421
5426
Cuenta
5427
5430
5431
5433
5434
5438
5440
5441
5442
5443
5444
5446
5448
5453
5454
5463
5470
5472
5497
5498
5499
5500
5502
5503
5506
5507
5508
5509
5510
5511
5529
5533
5534
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
263
- SAN JUAN –
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
Usuario
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
0Ha.0607 m²
0Ha.0838 m²
0Ha.0580 m²
0Ha.0569 m²
0Ha.0567 m²
0Ha.0568 m²
0Ha.0569 m²
0Ha.0578 m²
0Ha.0569 m²
0Ha.1035 m²
0Ha.0750 m²
0Ha.0681 m²
0Ha.0670 m²
0Ha.0837 m²
0Ha.0862 m²
0Ha.0569 m²
0Ha.0563 m²
0Ha.0567 m²
Dotación
0Ha.0513 m²
0Ha.0642 m²
0Ha.0645 m²
0Ha.0599 m²
0Ha.0642 m²
0Ha.0637 m²
0Ha.0616 m²
0Ha.0607 m²
0Ha.0597 m²
0Ha.0519 m²
0Ha.0524 m²
0Ha.0522 m²
0Ha.0595 m²
0Ha.0591 m²
0Ha.0657 m²
0Ha.0646 m²
0Ha.0646 m²
0Ha.0658 m²
0Ha.0648 m²
0Ha.0646 m²
0Ha.0653 m²
0Ha.0655 m²
0Ha.0646 m²
0Ha.0646 m²
0Ha.0656 m²
0Ha.0648 m²
0Ha.0648 m²
0Ha.0650 m²
0Ha.0649 m²
0Ha.0646 m²
0Ha.0760 m²
0Ha.0646 m²
0Ha.0644 m²
0Ha.0642 m²
0Ha.0643 m²
0Ha.0522 m²
5535
5536
5544
5546
5547
5548
5549
5550
5551
5552
5556
5557
5558
5559
5560
5561
5562
5563
Cuenta
5564
5573
5682
5683
5686
5687
5688
5689
5701
5702
5703
5704
5705
5706
5714
5715
5716
5717
5718
5719
5720
5723
5724
5725
5726
5727
5730
5731
5733
5734
5735
5736
5740
5741
5742
5743
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
264
- SAN JUAN –
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
Usuario
E NAC ARGENTINO D N VIALIDAD
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONSEJO DE RECONSTRUCCION
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
ESTADO NACIONAL ARGENTINO DNV
ESTADO NACIONAL ARGENTINO DNV
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
CONS REC SAN JUAN L/12 MZNA Z
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
0Ha.0522 m²
0Ha.0520 m²
0Ha.0645 m²
0Ha.0646 m²
0Ha.0644 m²
0Ha.1157 m²
0Ha.0646 m²
0Ha.0644 m²
0Ha.0645 m²
0Ha.0644 m²
0Ha.0644 m²
0Ha.0984 m²
0Ha.0644 m²
0Ha.0700 m²
0Ha.0846 m²
Dotación
0Ha.0541 m²
0Ha.0544 m²
0Ha.0679 m²
0Ha.0677 m²
0Ha.0679 m²
0Ha.0677 m²
0Ha.0533 m²
0Ha.0677 m²
0Ha.0677 m²
0Ha.0596 m²
0Ha.0677 m²
0Ha.0588 m²
0Ha.0624 m²
0Ha.0632 m²
0Ha.0675 m²
0Ha.2885 m²
0Ha.0759 m²
0Ha.0745 m²
0Ha.2633 m²
0Ha.0716 m²
0Ha.0544 m²
0Ha.0559 m²
0Ha.0601 m²
0Ha.0566 m²
0Ha.0609 m²
0Ha.0686 m²
0Ha.0617 m²
0Ha.0583 m²
0Ha.0524 m²
0Ha.0526 m²
0Ha.0506 m²
0Ha.1118 m²
0Ha.0572 m²
0Ha.0623 m²
0Ha.0602 m²
0Ha.0598 m²
0Ha.0589 m²
0Ha.0551 m²
0Ha.0582 m²
5744
5745
5746
5747
5748
5749
5750
5751
5753
5754
5755
5757
5758
5841
5879
Cuenta
5944
5976
6086
6087
6088
6090
6091
6092
6093
6094
6097
6100
6101
6140
6141
6193
6197
6201
6218
6426
6434
6447
6487
6690
6705
6707
6712
6716
6717
6718
6719
6736
6791
6792
6793
6804
6806
6807
6875
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
265
- SAN JUAN –
CONCAR
0Ha.0618 m²
6879
CONCAR
0Ha.0518 m²
6882
CONCAR
0Ha.0503 m²
6885
CONCAR
0Ha.0598 m²
6890
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.0615 m²
7097
DIRECCION NAC DE VIALIDAD
0Ha.0643 m²
7110
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.1697 m²
7125
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.0866 m²
7154
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.0806 m²
7240
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.1602 m²
7244
DIRECCION NAC DE VIALIDAD
0Ha.0510 m²
7245
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.1406 m²
7264
Usuario
Dotación
Cuenta
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.2500 m²
7266
CONCAR
0Ha.0711 m²
7273
DIRECC NAC VIALIDAD
0Ha.0577 m²
7275
DIRECC NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.1109 m²
7281
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.1320 m²
7370
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.0756 m²
7385
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.0676 m²
7396
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.1035 m²
7398
ESTADO NACIONAL ARGENTINO DNV 0Ha.0610 m²
7434
ESTADO NACIONAL ARGENTINO DNV 0Ha.3858 m²
7439
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.0615 m²
7456
DIRECC NAC DE VIALIDAD
0Ha.0615 m²
7457
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.0848 m²
7467
ESTADO NAC ARGENTINO D N V
0Ha.2371 m²
7481
DIRECC NAC DE VIALIDAD
0Ha.1166 m²
7482
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0Ha.1866 m²
7529
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0Ha.1305 m²
7555
ARTICULO 2°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante más de quince años de
las concesiones de agua de riego del departamento Capital que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Dotación
Cuenta
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
2Ha.5609 m²
41
CONCAR
0 Ha.6456 m²
638
INST. P. DE LA VIVIENDA
2 Ha.9160 m²
2564
CONCAR
0 Ha.5333 m²
2704
ESC. IND. DE LA NACION
0 Ha.6000 m²
2825
EMPRESA DEL F. C. INDUSTRIAL
2 Ha.5275 m²
4366
CONCAR
0 Ha.9043 m²
5370
CONCAR
0 Ha.6847 m²
5941
ESCUELA NACIONAL 76
0 Ha.6475 m²
6021
CONSEJO DE RECONSTRUCCION
0 Ha.6700 m²
6072
CONSEJO DE RECONSTRUCCION
0 Ha.6711 m²
6078
CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION
0 Ha.6019 m²
6150
CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION
0 Ha.9976 m²
6631
ESTADO NACIONAL ARGENTINO
0 Ha.5752 m²
7226
DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD
0 Ha.7971 m²
7452
ESTADO NACIONAL ARGENTINO D N
0 Ha.8547 m²
7533
ARTICULO 3°. Tomen nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro
General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
266
- SAN JUAN –
A C T A N° 2099
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
veintinueve días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora
diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2098.
2°) Expediente N° F33 617-A-95, A.T.E., s/pago de licencia al agente Oscar Onofre Olivera.
Agregados expedientes F33 786-A-95, F33 1175-A-95, F7 0051-S-96 y 000760-E-96.
VISTO:
El expediente N° F33 617-A-95 con sus agregados, y;
CONSIDERANDO:
Que en virtud del Decreto Nº 1122-MPIyMA-97, obrante a fojas 42 de estos actuados,
Departamento Administración de Personal remite planilla de liquidación en concepto de
licencia proporcional año 1994, que se le adeuda al ex agente Oscar Onofre Olivera.
Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de $901,50 (pesos novecientos uno con cincuenta centavos)
en concepto de pago por la licencia proporcional año 1994 que se le adeuda al ex agente Oscar
Onofre Olivera, M.I. N°6.753.459.
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA
PRINCIPAL 01 - PARTIDA PARCIAL 01 - CLASE 07 - SUBPARCIAL 02 - “PERSONAL
OBRERO MAESTRANZA Y SERVICIOS” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°: Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
3º) Expediente N° 519 1652-J-97, JUNTA DE RIEGO DE 25 DE MAYO, s/autorización para
hacerse cargo de la monda anual año/97.
VISTO:
Que la Junta de Riego de 25 de Mayo solicita autorización para hacerse cargo del
presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del
presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
267
- SAN JUAN –
CONSIDERANDO:
Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto
correspondiente a los cauces: canal General 25 de Mayo, desde comparto Caucete hasta
comparto de calle Divisoria; Dren de calle La Plata y Dren Tercero (calle 21), que estarían a
cargo del Departamento de Hidráulica.
Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento 25 de
Mayo y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la
transferencia del 25% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de
deuda atrasada como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 25%, del monto de lo recaudado en el
departamento 25 de Mayo para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la
Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque
correspondiente al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
4º) Expediente N° 519 1589-J-97, JUNTA DE RIEGO DE CAUCETE, s/autorización para hacerse
cargo de la monda anual año/97.
VISTO:
Que la Junta de Riego de Caucete solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto
de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de
gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto
correspondiente a los cauces: Drenes Colectores San Isidro, La Plata y Cuarto, que estarían a
cargo del Departamento de Hidráulica.
Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Caucete y
a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia
del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada
como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
268
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el
departamento Caucete para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la
Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque
correspondiente al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
5°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 402, 403 y 405-DH-97, dictadas por Dirección General ad
referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 402-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº64 para la
compra de 350 metros cúbicos de oxígeno industrial con destino a la Sección Herrería de la
Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 403-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Lar Chilecito S.A. por
la suma total en Bonos CREFI 12.047,50 para la adquisición de varillas de hierro especial de 8,
10 y 12 mm., respectivamente, con destino al Departamento Construcciones de la Repartición,
de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 405-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Fipen S.R.L., por la
suma total de $1.600,00 para la fabricación de dos radiadores completos para las excavadoras
Bucyrus 22-B internos 17-04 y 17-06 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
6°) Expediente Nº 315.261-S-81, SRIA. DE ESTADO DE RECURSOS HIDRICOS, Ref. se tramita
otorgar derechos de agua a la Colonia 25 de Mayo Norte ubicada en el departamento 25 de
Mayo.
VISTO:
El expediente N°315.261-S-81 de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, y ;
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a la Ley 4526/79 que modifica algunos artículos de la Ley 4392/78,
establece en su art. 188º que el Poder Ejecutivo en cumplimiento del convenio preexistente
aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 2110 de fecha 21 de agosto de 1975,
deberá otorgar derechos de agua con carácter permanente a la Colonia 25 de Mayo Norte, por
cuanto con la construcción de 52 pozos se cubre el hectareaje de la mencionada colonia.
Que el otorgamiento de los derechos de agua quedaba supeditado al instrumento legal
correspondiente que debía dictar el Poder Ejecutivo
Que por Decreto Nº 0610-SRH-81 de fecha 24 de marzo de 1981 el Gobernador de la
Provincia establece “otórganse derechos de agua para riego y uso agrícola para 4.149Ha. de los
terrenos de propiedad de la Provincia ubicados en el Departamento 25 de Mayo”.
Que en su oportunidad, el Departamento de Hidráulica toma conocimiento de lo
dispuesto y realiza un estudio del dominio de los terrenos de la proyectada Colonia 25 de Mayo
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
269
- SAN JUAN –
Norte, llegando a la conclusión que no todos estaban a nombre de la Provincia, razón por la
cual no podía hacerse la inscripción correspondiente.
Que recientemente se ha vuelto a realizar un chequeo de todas las propiedades indicadas
en el Decreto Nº 0610-SRH-81, comprobándose que en la actualidad los terrenos están bajo el
dominio de la Provincia. En consecuencia se estaría en condiciones de dictar el Acto
Administrativo, que ordene la registración de los derechos de riego para la Colonia 25 de Mayo
Norte, debiéndose indicar la fuente proveedora y el cauce de riego pertinente.
Que por su ubicación geográfica la provisión de agua de riego debería hacerse a través
del canal Aductor paralelo a calle Divisoria, que fue construido con capacidad suficiente para
absorber la dotación de la Colonia 25 de Mayo Norte. No obstante este canal deriva del Canal
Gral. 25 de Mayo, que como es de público conocimiento no tiene capacidad para los derechos
actualmente vigentes, ya que el terremoto del año 1977 produjo serias averías en su estructura.
Que además, por el mismo efecto, y por circunstancias propias del deterioro a través de
tiempo, el canal Manuel Gregorio Quiroga (Norte) que alimenta al Canal Gral. 25 de Mayo, no
tiene la capacidad suficiente para absorber más caudales de los que actualmente conduce.
Que siendo la conducción a través de los mencionados canales, habría que reacondicionar
tanto el Canal Manuel Gregorio Quiroga como el Canal Gral. 25 de Mayo, ya que si la entrega
de la dotación respectiva para la Colonia 25 de Mayo - Norte se realiza en las condiciones que
actualmente se encuentra la red de riego, significaría un perjuicio directo a los usuarios que se
encuentran empadronados y que están haciendo uso de sus derechos, al disminuir
sensiblemente los coeficientes de distribución.
Que debe tenerse en cuenta los derechos de carácter accidental que por amparo de la Ley
4392/78 adoptan la calidad de permanentes.
Que por lo establecido en Art. 121º Ley 4526, las mismas “se irán incorporando al
sistema de coeficiente único en forma gradual conforme a las mejoras que se obtengan en el
aprovechamiento del recurso hídrico con las obras en construcción y a construirse que
posibiliten el funcionamiento integral del sistema”.
Que actualmente estos derechos suman 21.167Has., de las cuales al departamento 25 de
Mayo corresponden 4.l5lHas., se encuentran empadronadas y puestas al cobro en iguales
condiciones que las permanentes.
Que en este sentido las Juntas de Riego han producido un manifiesto, donde expresan que
no debe aplicarse el Art. 188º de la Ley 4392/78 y su modificatoria Ley 4526/79, debiendo
darse prioridad a la entrega de aquellos derechos accidentales actualmente empadronados.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Inscribir los derechos de riego para Uso Agrícola de 4.149Ha. previsto en las
leyes 4392/78 y 4526/79 para la Colonia 25 de Mayo Norte y otorgadas mediante Decreto Nº
06l0-SRH-81.
ARTICULO 2°. Para la entrega efectiva de lo dispuesto en el artículo anterior, deberá
cumplimentarse previamente lo indicado en los considerandos.
ARTICULO 3°. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
7°) Expediente N° 519 1294-G-97, GARCIA, CARLOS R., s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78,
departamento Chimbas.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
270
- SAN JUAN –
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Carlos R. Garcia, solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 663 del departamento Chimbas, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 4, el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0800m², registrado
bajo cuenta N° 663, a nombre de Benicio García, departamento Chimbas.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
8º) Expediente N° F12-552-S-96, SUBSECRETARIA DE RECURSOS ENERGETICOS, e/ listado
de entidades con y sin fines de lucro con trámites de concesión - presa embalse de Ullum,
departamento Rivadavia.
VISTO:
El recurso de reconsideración interpuesto por el Ingeniero Roberto G. Carmona, en
carácter de Vicepresidente de Tambolar S.A., “Costa Magna”, contra el acto administrativo
dictado por el señor Director General del Departamento de Hidráulica el día 10 de enero de
1997, y;
CONSIDERANDO:
Que Asesoría Letrada en su dictamen N° 184-DH-97 expresa que conforme a lo
establecido por el Art. 84 y 89 del Decreto 0655 reglamentario de la ley 3784, el recurso de
reconsideración ha sido interpuesto en tiempo y forma y en cuanto a los fundamentos del
recurso manifiesta que el artículo 18 de la Ley 4392/78 dispone que nadie podrá aprovechar
aguas públicas ni sus álveos o lechos, fuera de los casos expresados en este Código y sin
permiso o concesión de autoridad competente, por lo que son nulas desde su origen las
concesiones que no se otorguen conforme a las disposiciones que regulan la materia y que de
acuerdo con lo establecido en la Ley 4984, la Secretaría de Recursos Hídricos, hoy
Subsecretaría de Recursos Energéticos es el Organismo de Aplicación que otorga en carácter de
concesiones los lotes de terrenos en el área del dique de Ullum siendo el Departamento de
Hidráulica el órgano competente para otorgar las concesiones de uso de agua, artículo 1º de la
Ley 886 y artículo 5º de la Ley 4392/78.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
271
- SAN JUAN –
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Tener por presentado en tiempo y forma el recurso de reconsideración
interpuesto por el Ingeniero Roberto G. Carmona, en carácter de Vicepresidente de Tambolar
S.A., “Costa Magna”, contra el acto administrativo dictado por el señor Director General del
Departamento de Hidráulica de fecha 10 de enero de 1997.
ARTICULO 2°: Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el Ingeniero Roberto
G. Carmona, en carácter de Vicepresidente de Tambolar S.A., “Costa Magna”, contra el acto
administrativo dictado por el señor Director General del Departamento de Hidráulica de fecha
10 de enero de 1997, ratificando en todas sus partes lo actuado por Dirección General.
ARTICULO 3°: Comuníquese y tómese debida nota.
9º) Expediente N° 519 0449-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Angaco.
VISTO:
El expediente Nº 519 0449-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2093, punto 10º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 10º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Angaco:
USUARIO
Soria de Aguilera Amada
Soria de Chavez Regina
Lohay de Turte Petrona
Chirino Estaurino
Bgas. y Vdos. Castro Hnos.
Sanchez Francisco
Pintor Francisco A.
Union Sport Club
DOTACION
0Ha.9500m²
0Ha.2800m²
5Ha.8600m²
0Ha.7900m²
8Ha.9177m²
8Ha.7400m²
0Ha.9074m²
0Ha.0718m²
CUENTA
313
314
315
262
78
897
1683
1685
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
10º) Expediente N° 519 0446-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Albardón.
VISTO:
El expediente Nº 519 0446-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2093, punto 13º).
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
272
- SAN JUAN –
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 13º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Albardón:
USUARIO
Soc. Civil Cons. Dr. Arturo Illia
Mota Rafael Bernardo
Mota Rafael Bernardo
Mota Rafael Bernardo
Arevalos de Sarmiento
Ayestaran Juan B.
Balmaceda Pedro y Otros
DOTACION
0Ha.7800m²
0Ha.1788m²
0Ha.4130m²
1Ha.8242m²
0Ha.5355m²
3Ha.8319m²
0Ha.9957m²
CUENTA
2296
2418
3179
3870
2355
544
3980
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
11º) Expediente N° 519 1199-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Sarmiento.
VISTO:
El expediente Nº 519 1199-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la cesación declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2091, punto 4º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2091, punto 4º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Sarmiento:
Usuario
Menendez, Escobar C.
Riveros, Marcial
Ramos, Manuel
Patiño, Ciriaco H.
Tejada de Bordón, Vicenta R.
Usuario
Patiño, Ciriaco Suc.
Patiño, Ciriaco Suc.
Patiño, Ciriaco Suc.
Hensel, Eduardo
Blanco, Carlos Angel
Patiño, Ciriaco Suc.
Patiño, Ciriaco Suc.
Patiño, Ciriaco Suc.
Patiño, Ciriaco Suc.
Cuenta
1125
1361
1364
1718
1779
Cuenta
1918
1917
1915
2267
2266
1913
1912
2018
1625
Dotación
0Ha.0749m²
0Ha.1997m²
0Ha.1498m²
0Ha.0749m²
0Ha.0749m²
Dotación
0Ha.0749m²
0Ha.0849m²
0Ha.0749m²
0Ha.0625m²
0Ha.0624m²
0Ha.2488m²
0Ha.1498m²
0Ha.0750m²
0Ha.1500m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
273
- SAN JUAN –
Patiño, Ciriaco Suc.
Videla, Lázaro E.
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Diaz, Azicando B.
Patiño, Ciriaco
Bordón, Vicenta
Aguilera, Dora del Jesús
Patiño, Ciriaco
1622
1607
1604
1603
1601
1600
1599
1597
1595
1911
Patiño, Ciriaco
Cortez, Domingo Silo
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Espinoza, Demetria
Sánchez, Gilberto
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Patiño, Ciriaco
Rosales, Juana E.
Gonzalez, Heriberto
Gonzalez de Morales, Rosa y O.
Morales, Anibal
Tello, Clemente
Patiño, Ciriaco
Femenía, Jaime
Femenía, Jaime
Femenía, Jaime
Femenía, Jaime
Luján, Jorge Osvaldo
Femenía, Jaime
Femenía, Jaime
Torrent, César Alberto y Otro
Torrent, César Alberto y Otro
1916
1621
1620
1616
1615
1614
1613
1611
1594
1592
1591
1590
1589
1588
1587
1586
1584
1582
1609
1706
1566
1571
1579
1107
1708
1707
0985
0690
0Ha.2500m²
0Ha.1975m²
0Ha.2500m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.2497m²
0Ha.1000m²
0Ha.1149m²
0Ha.1739m²
0Ha.2497
m²
0Ha.2497m²
0Ha.1739m²
0Ha.0750m²
0Ha.0750m²
0Ha.1000m²
0Ha.0750m²
0Ha.1000m²
0Ha.1847m²
0Ha.0999m²
0Ha.2000m²
0Ha.0750m²
0Ha.1000m²
0Ha.0850m²
0Ha.1000m²
0Ha.0749m²
0Ha.0749m²
0Ha.1000m²
0Ha.1850m²
0Ha.2500m²
0Ha.0876m²
0Ha.1113m²
0Ha.2878m²
0Ha.0635m²
0Ha.2490m²
0Ha.1427m²
0Ha.3690m²
0Ha.1590m²
0Ha.2608m²
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y
Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
12º) Expediente N° 519 1012-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rawson.
VISTO:
El expediente Nº 519 1012-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la cesación declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2090, punto 9º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
274
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2090, punto 9º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Rawson:
Usuario
Cuenta
Peñaloza, E. y Otra
3373
Krause, Domingo
5628
Ramírez, Ismael A.
3087
Roca, Alberto
7379
Avila, Walberto
9210
Jorquera de C., Juana
11356
Jorquera, Sonia
11355
Casivar, Humberto R.
5736
Fed. Arg. de Trab. Rurales y Estibadores 5731
Krause, Domingo
5735
Krause, Domingo
5733
Luna, Juan
5730
Armedo, Manuel Luis
3576
Fernández, Walter
5216
Spada, Justino Serapio S.
3299
Arroyo, Segundo Ventura
523
Caparroz, Antonio
3851
Correa Moyano, Humberto
3465
Cáceres, Domingo
9366
Krause, Domingo
5778
Dotación
0Ha.0690m²
0Ha.0690m²
0Ha.1380m²
0Ha.0622m²
0Ha.0746m²
0Ha.0679m²
0Ha.0681m²
0Ha.0552m²
0Ha.0690m²
0Ha.0680m²
0Ha.0703m²
0Ha.0690m²
0Ha.0545m²
0Ha.0616m²
0Ha.0610m²
0Ha.0508m²
0Ha.0987m²
0Ha.1152m²
0Ha.0941m²
0Ha.0545m²
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y
Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
13°) Expediente N° 519 1227-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2091,
punto 6º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Chimbas, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Porres, Juan Walter y Ot.
Cuenta
175
Dotación
5Ha.3663 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
275
- SAN JUAN –
Mota, Rafael Bernardo
Martín Moreno, Juan
Sanchez de Calvo, Feliza E.
Plana, Francisco
Gimenez H., Francisco H.
Asoc.Mut.Pers. de Loma Negra
Baez, Amadeo
D.P.L.Hogar
Empresa Const.Esteban Tabani S.R.L.
Empresa Const.Esteban Tabani S.R.L.
Ordoñez, Raul Juan
Fernandez, Arturo
Sind. de Trab. de Luz y Fuerza
Fernandez Vda.de Martín, Carmen T.
Municip. de Chimbas Bº FAECAP
Selman Martín, José Ahmed
Selman Martín, José Ahmed
Nefa, Oscar Meljen y otro
Natania Coop. de Viv. Cons. y Cred. Ltda.
Octavio D’Ascanio S.A.
Octavio D’Ascanio S.A.
Asoc. Mutual Ban de Ban
1842
30
29
2266
4004
42
53
4365
4409
4410
2747
1684
111
172
4326
1384
1820
3707
1190
1191
4183
3342
1Ha.7992 m²
0Ha.9083 m²
0Ha.5999 m²
0Ha.7084 m²
1Ha.3806 m²
3Ha.0000 m²
1Ha.0000 m²
2Ha.7412 m²
2Ha.5868 m²
2Ha.4132 m²
0Ha.5032 m²
3Ha.3433 m²
6Ha.0000 m²
0Ha.5855 m²
9Ha.1000 m²
0Ha.7241 m²
3Ha.0000 m²
4Ha.0707 m²
4Ha.3852 m²
3Ha.8487 m²
0Ha.6354 m²
2Ha.8459 m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
14°) Expediente N° 519 1014-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Valle Fértil.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2091,
punto 5º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Valle Fértil, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Sirerol, Enrique
Kerman, Luis
Kerman, Isaac
Silva, Edgar R.
Diaz, Rudecindo Serafín
Cuenta
600
598
597
581
586
Dotación
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
276
- SAN JUAN –
Usuario
Fernandez, Antonio
Lorea, Rímolo Pascual
Lorea, Rímolo Pascual
Cooperativa Agrovitícola (CAVIC)
Costa de De la Vega, Modesta
Zunino, Josefina Mo de
Baistrocchi, Silvio S.A.
Sarmiento, Fany Echegaray de
Daroni, Alfredo
Rodriguez, Arminda Olga
Pellicer, Eduardo
Adi, Casimiro
Cuenta
582
420
633
726
656
628
629
631
630
612
611
610
Dotación
5Ha.0000m²
0Ha.1596m²
9Ha.8404m²
0Ha.0829m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
15°) Expediente N° 519 1646-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego empadronado, departamento San Martín.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento San
Martín, en un periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento San Martín, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus
derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de
resolver la caducidad de la concesión:
Usuario
Bernaldez de Storni, María
Bernaldez de Storni, María
Elorza, Hilario
Instituto Prov. de la Vivienda
Cuenta
636
1285
1648
2043
Dotación
3Ha.2752m²
2Ha.5868m²
10Ha.8108m²
6Ha.4476m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
277
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
16º) Expediente N° 10.889/2-S-77, SAKER MATTAR, s/empadronamiento, departamento Rawson.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones se solicita el empadronamiento del derecho de riego que
le corresponde al inmueble, propiedad del señor Mattar Saker, identificado con Nom.Cat. 0450/400500, departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que según informa la Inspección Técnica departamental, fojas 5 vta., el predio hace uso
del agua de riego por intermedio del pozo oficial Nº 13, subramo Saker, haciéndosele entrega
de una dotación de 2Ha.0142m²
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha realizado un estudio, fs.
11/16 vta., analizando los antecedentes dominiales y de derecho de riego del citado inmueble
determinando que el derecho de riego que le corresponde figura inscripto en el actual Padrón
Oficial de Riego de Rawson bajo cuenta Nº 2994 a nombre de Eduardo Félix Velasco con
dotación de carácter permanente remanente para 1Ha.2205m² y que efectuado el balance de
desprendimientos de la partida Nº 808 surge una dotación faltante de 0Ha.9265m² que estaría
en uso en el inmueble a empadronar conjuntamente con el remanente antes mencionado, por lo
que deduce que la dotación de 2Ha.0142m² que recibe el inmueble, justifica derecho de la
partida origen y no representa parcialmente un uso indebido.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, a nombre de Mattar Saker, el inmueble
identificado bajo Nom.Cat. 0450/400500 con una superficie s/mensura de 2Ha.0142,99m² y s/t
de 2Ha.0076,09m², con dotación de agua de riego de carácter permanente para 2Ha.0142m² a
deducir: 1Ha.2205m² total de la cuenta Nº 2994 y 0Ha.7937m² de la partida Nº 808 que
figuran a nombre de Eduardo Félix Velasco, departamento Rawson. Pozo Ofical Nº13, subramo
Saker.
ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
17º) Expediente N° 519 0565-A-97, AGUILAR, JOSE N., s/empadronamiento, departamento
Pocito.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Ing. José Ned Aguilar, en calidad de propietario,
solicita el empadronamiento del derecho de riego que le corresponde al inmueble identificado
con Nom.Cat. 05-22/310620, fracción Nº2 del plano de mensura 05-3965/94,departamento
Pocito, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
278
- SAN JUAN –
Que según informa la Inspección Técnica departamental, fojas 9 vta., la dotación de
4Ha.8800m² es entregada por la compuerta Nº 6 del ramo 17 derivado del canal Ing. G.
Céspedes en la fracción 1 del plano citado y que la fracción Nº 2 objeto del empadronamiento
no recibe dotación por encontrarse aguas arriba de la toma actual.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha realizado un estudio, fs.
11/12, analizando los antecedentes dominiales y de derecho de riego del citado inmueble
determinando que el derecho de riego que le corresponde figura inscripto en el actual Padrón
Oficial de Riego de Pocito bajo cuenta Nº 455 a nombre de Ferrocarril Nacional General San
Martín con dotación de carácter permanente para 4Ha.8800 y estando en uso la dotación total
beneficiando a una fracción de terreno que no esta incluida en la concesión original, es
conveniente normalizar la situación de uso conforme lo manifiesta el peticionante en su nota de
fojas 10, para lo que deberá tenerse en cuenta las disposiciones previstas en los art. 142º,
siguientes y concordantes del Código de Agua..
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, a nombre de Aguilar Minera Industrial,
el inmueble identificado bajo Nom. Cat. 05-22/310620, con una superficie s/mensura de
2Ha.5364,64m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.9912m² en
descargo parcial de la Cuenta Nº 455 que figura inscripta a nombre de Ferrocarril Nacional
General San Martín con dotación para 4Ha.8800m², departamento Rawson.
ARTICULO 2°. Para la entrega de la dotación deberá ajustarse al cumplimiento de lo
establecido en el art. 142º, siguientes y concordantes del Código de Aguas, para lo cual el
interesado deberá realizar el estudio técnico y las obras necesarias. Todo ello estará bajo el
control del Departamento Irrigación.
ARTICULO 3°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
279
- SAN JUAN –
A C T A N° 2100
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a cinco
días del mes de agosto del año novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la
sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2099.
2°) Expediente N° 519 1653-C-97, CONSTRUCCIONES, s/se autorice la compra de bitumen.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Construcciones solicita la compra
de bitumen termoplástico, y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de
Precios y el gasto de acuerdo a lo que establece la Ley 6737.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios, para la adquisición de 5000 Kg. de
bitumen termoplástico 85-25, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº
6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios, de acuerdo a las disposiciones vigentes.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 11 - SUBPARCIAL 06 “IMPERMEABILIZACION
TRAMO RAMO COLL” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
3º) Expediente N° 519 1337-I-97, IRRIGACION, s/autorización con comisión.
VISTO:
La nota del Departamento Irrigación obrante a fojas 10 de estas actuaciones por la que
solicita la modificación de la comisión autorizada mediante Acta Nº 2097, punto 3º, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
280
- SAN JUAN –
Que en la mencionada acta se previó la comisión a la Estación Nivometeorológica
Pachón, Departamento Calingasta desde el 21/07/97 hasta el 25/10/97 (96 dias), por parte de
los agentes Miguel A. Benegas y Antonio R. Corvalán.
Que por razones de transporte dicha comisión recién daría comienzo el día 08/08/97 por
lo que se hace necesario modificar fecha de salida y duración de comisión
Que en virtud de ello se ha dado nueva intervención al Departamento Contable y
Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Modificar los artículos 1º y 2º de la resolución contenida en Acta Nº 2097
punto 3º), los que quedarán redactados de la siguiente forma:
“ARTICULO 1°. Destacar a los agentes Miguel A. Benegas, Doc. Nº 11.286.104 y Antonio R.
Corvalán Doc. Nº 7.807.761, al cumplimiento de la comisión oficial en la Estación
Nivometeorológica Pachón, Departamento Calingasta, como observadores meteorológicos
cuya duración se estima por el término de 85 días aproximadamente, desde el 08 de agosto
hasta el 31 de octubre de 1997.
ARTICULO 2°. Aprobar el gasto por la suma de pesos siete mil seiscientos cuarenta y dos
con treinta y cuatro centavos ($7.642,34) para atender el pago del 50% que demanda la
comisión de referencia, con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE
ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 SUBPARCIAL 01 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE”
EJERCICIO 1997.”
ARTICULO 2°. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
4º) Expediente N° 519 1679-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SANTA LUCIA, s/autorización para
hacerse cargo de la monda anual año/97.
VISTO:
Que la Junta de Riego de Santa Lucia solicita autorización para hacerse cargo del
presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del
presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto
correspondiente a los cauces: Drenes Legua Sur, Benavidez, Richet, Zapata,Gutierrez, Vargas,
Cortinez, 12 de Octubre, Pino, Oro, Pino y Oro y Legua Norte, que estarían a cargo del
Departamento de Hidráulica.
Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Santa
Lucia y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la
transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de
deuda atrasada como deuda vigente.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
281
- SAN JUAN –
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el
departamento Santa Lucia para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la
Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque
correspondiente al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
5º) Expediente N° 519 1683-J-97, JUNTA DE RIEGO DE 9 DE JULIO, s/autorización para
hacerse cargo de la monda anual año/97.
VISTO:
Que la Junta de Riego de 9 de Julio solicita autorización para hacerse cargo del
presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del
presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento 9 de Julio
y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la
transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de
deuda atrasada como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el
departamento 9 de Julio para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la
Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque
correspondiente al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
6°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 406, 407, 409, 410 y 411-DH-97, dictadas por Dirección General ad
referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 406-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $ 7.696,02 a favor de los señores
Eduardo Aguilera, Juan Nardi, Herminia Rojas, María de Valverde y Salvador Victoria,
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
282
- SAN JUAN –
propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en el valle de Tulum, Ullum,
Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus Distritos, durante el mes de junio de 1997.
Nº 407-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas G.M.D.
Distribuciones de Norma Escudero, Carben, Luis Fernández Tornello y Cia S.A., Organización
Disbayro S.R.L. y Antonio Demetrio Bolaños S.A., respectivamente, por la suma total de $
20.629,85 para la adquisición de repuestos y elementos con destino al Departamento Equipos y
Servicios para el mantenimiento y conservación de movilidades, camionetas, camiones y
máquinas pesadas de la Repartición, de acuerdo a los que establece la Ley de Emergencia
Hídrica.
Nº 409-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº66/97 para la
reparación de un motor marca Deutz A6L-1114-110 H.P. SAE-6 cilindros, incluido mano de
obra especializada y repuestos y demás reparaciones requeridas para la máquina excavadora
Kockum KL 230 interno 17-03 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
Nº 410-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº70/97 para la
reparación de un motor marca Skoda ML 634-CIL. 11,94 dm3. Potencia 180 CV, incluido
mano de obra especializada y repuestos y demás reparaciones requeridas para la máquina
retroexcavadora Unex 411-DH-interno 39-06 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la
Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 411-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Antonio Demetrio
Bolaños S.A, G.M.D. Distribuciones de Norma Escudero, Carben, Luis Fernández Tornello y
Cia S.A., Repuestos López Hermanos y Organización Disbayro S.R.L., respectivamente, por la
suma total de $ 7.300,34 para la adquisición de repuestos y elementos con destino al
Departamento Equipos y Servicios para el mantenimiento y conservación de movilidades de la
Repartición, de acuerdo a los que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
7°) Expediente N° 37.678-A-96, AGUILERA, MARCOS HUMBERTO, s/ beneficios art. 286 Ley
4392/78, departamento Iglesia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Marcos Humberto Aguilera eleva renuncia al
derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 984 del departamento
Iglesia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 4, el predio de
referencia no hace uso de agua de riego a pedido del propietario, desde el mes de enero de
1996.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3, la situación
registral del derecho de que se trata.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0845m², registrado
bajo cuenta N° 984, a nombre de Humberto Marcos Aguilera, departamento Iglesia .
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
283
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
8º) Expediente N° 36.952-C-94, CALIGOLI, RAMON ROQUE, s/empadronamiento, departamento
Calingasta.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Ramón Roque Calígoli, en calidad de propietario
y presidente de la firma Establecimiento Valle Grande S.A., solicita el empadronamiento de los
derechos de riego que les corresponde a los inmuebles identificados con Nom.Cat. 1626/280560/550440/600470/450520, departamento Calingasta, y;
CONSIDERANDO:
Que por escrito Nº 123 el señor Ramón Roque Calígoli en calidad de Presidente del
Directorio de la firma Establecimiento Valle Grande S.A., solicita recibir los derechos de riego
de la siguiente forma: Cuentas 567 y 181 por canal Salé, cuenta 208 por canal Pampa y cuenta
172 por canal Fundición.
Que los informes de la Inspección Técnica, Junta de Riego, Departamento Irrigación y
Secretaría Técnica sugieren la conveniencia del empadronamiento solicitado según se detalla a
fojas 10 de estos actuados.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, las siguientes concesiones de agua en el
departamento Calingasta:
Cuenta Nº 181, a nombre de Ramón Roque Calígoli con dotación de agua de riego de carácter
permanente para 5Ha.0000m², canal Salé, en descargo de lo que figura a nombre de Apolonia
Vda. de Tapia.
Cuenta Nº 567, a nombre de Ramón Roque Calígoli con dotación de agua de riego de carácter
permanente para 150Ha.0000m², canal Salé, en descargo de lo que figura a nombre de Agustín
Gnecco.
Cuenta Nº 208, a nombre de Establecimiento Valle Grande S.A. con dotación de agua de riego
de carácter permanente para 97Ha.0000m², canal Pampa, en descargo de lo que figura a nombre
de Agustín Gnecco.
Cuenta Nº 172, a nombre de Ramón Roque Calígoli con dotación de agua de riego de carácter
permanente para 4Ha.5000m², canal Fundición, en descargo de lo que figura a nombre de
Manuel González.
ARTICULO 2°. Departamento Irrigación ajustará la entrega de dotaciones conforme a
derechos que se indican en el artículo anterior.
ARTICULO 3°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
9º) Expediente N° 519 1082-G-97, GARABANO, ARNOLDO, s/unificación de cuentas, dpto.
Sarmiento.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
284
- SAN JUAN –
Que mediante estas actuaciones el señor Arnoldo Garabano en calidad de propietario,
solicita la unificación de las cuentas N° 1497, 1498, 1561, 1562, 1774, 1775, 2230 y 2231 del
departamento Sarmiento y;
CONSIDERANDO:
Que según informes de la Inspección Técnica departamental y Departamento Irrigación a
fs. 5 vta. y 6, los derechos de riego inscriptos bajo las cuentas cuya unificación se peticiona, se
encuentran en uso por intermedio del canal Tercero de Media Agua, ramo Campodónico Lértora, compuerta Nº 13.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa la situación registral de
los predios y que tal cual se observa en croquis obrante a fojas 3, no todos los predios
conforman un solo cuerpo por no tener puntos en común y estar separados por el dren Colector
Sarmiento siendo posible únicamente la unificación de los derechos de riego de carácter
permanente de la parcela 15-82/900930, cuentas Nº 1497 y Nº 1561.
Que tomó intervención e informa Asesoría Letrada.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Unificar las cuentas N° 1561 y 1497 del departamento Sarmiento con dotación
de agua de riego de carácter permanente para 12Ha.0970m² a nombre de Arnoldo Garabano,
con una superficie Rte. s/m de 14Ha.9126,17 m², N.C. N°15-82/900930.
ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
10º) Expediente N° 519 0448-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Caucete.
VISTO:
El expediente Nº 519 0448-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2093, punto 15º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 15º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Caucete:
USUARIO
Pablo Bustos
Isidro Gonzalez
Pablo Bustos
Aurelia B. de Rodriguez
Victor M. Calvo
María C. de Calvo
DOTACION
1Ha.2727m²
0Ha.2448m²
0Ha.0746m²
0Ha.2000m²
0Ha.1134m²
0Ha.1129m²
CUENTA
2292
2293
2288
3222
2709
3274
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
285
- SAN JUAN –
USUARIO
Cristobal Benitez
Ramon Bazan
Salvador Fadar
Juan Raul Salazar
Dominga Riveros
Jorge H. Vega
Gramajo de Barrera Irma
Jose Di Blasi
Ramon Fernandez
Marcos Peñaloza
Rosa E. Canto
Geronimo Caballero
Yesla Amud
Reginaldo Ruarte
Juan Moreta
Albino Ibañez
Carlos Diaz
Bartolome Diaz
Quechi de Vilches
Benigno Duran
Jose Morales
Dolores Ozan de Alvarez
Pascual Aguilera
Gregorio Calderon
Angel Manuel Gomez
Justina Rojas de Delgado
Manuel A.Torres
Jose A. Torres
Juan Estevez Noguera
Elias Alvarez
Juan M. Perez
Agapito Paredes
Mirta Mercedes Pelaytay
Andres Gonzalez
Juan Gonzalez
Pedro Flores
José D. Oviedo
Antonio Martin H.
Pablo Ortiz
Cruz Zabala
Mercedes Velardez
Crispin Velardez
Ramon Fernandez
Ramon Bazan
Ramon Bazan
Andres Bazan
DOTACION
0Ha.1500m²
0Ha.1866m²
0Ha.0848m²
0Ha.1134m²
0Ha.1134m²
0Ha.4606m²
0Ha.0562m²
0Ha.1245m²
0Ha.0727m²
0Ha.0561m²
0Ha.0529m²
0Ha.0747m²
0Ha.0750m²
0Ha.0750m²
0Ha.0739m²
0Ha.0510m²
0Ha.1000m²
0Ha.0662m²
0Ha.0650m²
0Ha.1300m²
0Ha.0555m²
0Ha.0870m²
0Ha.0870m²
0Ha.1865m²
0Ha.0546m²
0Ha.1365m²
0Ha.0683m²
0Ha.1365m²
0Ha.0682m²
0Ha.0910m²
0Ha.0682m²
0Ha.0682m²
0Ha.0682m²
0Ha.0682m²
0Ha.0682m²
0Ha.0682m²
2Ha.0705m²
1Ha.4686m²
0Ha.0539m²
1Ha.9661m²
0Ha.2066m²
0Ha.3932m²
0Ha.1581m²
0Ha.4703m²
0Ha.1866m²
0Ha.0506m²
CUENTA
2284
3312
2296
2297
2289
2328
2944
534
406
675
2968
483
2853
404
533
2946
2945
529
447
448
450
559
2586
367
366
365
364
363
362
360
359
358
357
356
355
353
2875
352
3045
301
541
373
748
680
3312
692
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
11º) Expediente N° 519 0447-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento 9 de Julio.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
286
- SAN JUAN –
El expediente Nº 519 0447-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2093, punto 17º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 17º), para los siguientes
derechos de riego del departamento 9 de Julio:
USUARIO
Arbo Jose Antonio
Delca S.R.L.
Herramann Jorge
Retamar Walter
Escudero de Videla Juana
Peña Dionicio
Rodriguez Jacinto
Posse Geronimo
Cortez Nicolas
Ruiz Paula R. Yacanto de
Rodriguez Avel
Yacanto Alejo
Yacanto Ramon
Yacanto de Aguero Dominga
Sanchez Salomon
Sanchez Salomon
Sanchez Salomon
Chavero Erasmo
Martinez Segundo
Gómez Policarpo
Sanchez Tomas E.
Ozan de Chavero Juana
Rozales Felix
Martinez Segundo
Vargas Aguilera Andres E.
Mercado Juan I.
Quero Antonio
Quero Antonio
DOTACION
0Ha.9025m²
0Ha.9025m²
4Ha.5286m²
2Ha.5000m²
1Ha.0000m²
0Ha.1296m²
0Ha.1429m²
0Ha.8646m²
0Ha.1429m²
0Ha.1429m²
0Ha.1428m²
0Ha.1428m²
0Ha.1428m²
0Ha.1429m²
0Ha.0818m²
0Ha.0814m²
0Ha.0774m²
0Ha.2345m²
0Ha.1896m²
0Ha.2328m²
0Ha.1800m²
0Ha.1170m²
0Ha.1120m²
0Ha.2340m²
0Ha.1180m²
0Ha.0750m²
0Ha.7144m²
1Ha.3942m²
CUENTA
107
105
800
551
262
261
260
1096
734
735
736
737
738
739
888
889
890
292
293
294
296
300
258
302
851
852
773
244
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
12º) Expediente N° 519 0455-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rawson.
VISTO:
El expediente Nº 519 0455-I-97, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
287
- SAN JUAN –
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2093, punto 16º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 16º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Rawson:
USUARIO
Del Carril A. Enrique
Vergara Vda. de Montosa
Montosa Antonio
Montosa Agustín
S.U.T.I.A.G. y F.
Flores Miguel
Lopez Francisco
Lopez Bastante, Maria
Tourres, José León
Municipalidad de Rawson
Lopez Francisco
Moyano Carmelo
Lopez Bastante, Antonio
Garcia de Lopez, Mercedes
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Arce Victor Eleodoro
Molina Francisco
Quiroga Oscar
Garrido A. Beralde
Muñoz Simón
Chaparro O. Fermín
DOTACION
2Ha.2600m²
1Ha.2462m²
2Ha.7738m²
4Ha.3168m²
6Ha.0000m²
6Ha.3083m²
0Ha.9493m²
0Ha.5376m²
4Ha.4911m²
0Ha.9113m²
0Ha.3602m²
0Ha.1697m²
0Ha.4217m²
0Ha.3119m²
0Ha.0628m²
0Ha.0628m²
0Ha.0586m²
0Ha.0503m²
0Ha.0503m²
0Ha.0503m²
0Ha.0503m²
0Ha.0628m²
0Ha.0503m²
0Ha.0530m²
0Ha.0531m²
0Ha.0535m²
0Ha.0501m²
0Ha.0569m²
CUENTA
11775
12359
72
9354
12517
130
9984
9290
335
12249
11780
11779
9292
7351
12248
12247
12246
12245
12244
12243
12242
12241
12240
11920
12030
12031
12032
12210
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y
Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
13º) Expediente N° 519 1696-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego empadronado, departamento Angaco.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Angaco,
en un periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
288
- SAN JUAN –
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Angaco.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Angaco, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones
por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme
lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de
la concesión:
Usuario
Herrera de Orosco, Isabel
Merino, Rafael Segundo
Amarfil, Victor Manuel
Garcia, Martín Miguel
Chavero, Horacio de la Paz
Gonzalez, Francisco Javier
Naveda, Gabino
Sotomayor, Vicente
Cuenta
986
987
989
1005
1006
1007
1008
1573
Dotación
0Ha.7056m²
1Ha.5457m²
0Ha.5472m²
0Ha.8119m²
0Ha.7482m²
0Ha.6754m²
0Ha.8100m²
0Ha.5434m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Angaco que
a continuación se detallan:
Usuario
Castro de Aragón, Isabel
Wancel, Siles Héctor
Tobares, María Angélica
Rodrigues, Oscar y Mario
Rodrigues, Oscar y Mario
Riveros, Rita de Mercedes
Naveda, Gabino
Sanchez Rodriguez, Hilario
Maurich, Mateo
Tejada, Horacio Abel
Mengibar Delgado, Juan
Cuenta
985
988
990
991
992
999
1004
1073
1571
1572
1621
Dotación
0Ha.3527m²
0Ha.2812m²
0Ha.1909m²
0Ha.3520m²
0Ha.3642m²
0Ha.1980m²
0Ha.1800m²
0Ha.3913m²
0Ha.4280m²
0Ha.1950m²
0Ha.2900m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
289
- SAN JUAN –
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
14°) Expediente N° 519 1700-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego empadronado, departamento Caucete.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Caucete,
en un periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Caucete.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Caucete, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones
por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme
lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de
la concesión:
Usuario
Consejo Reconstrucción San Juan
Consejo Reconstrucción
Consejo Reconstrucción
Ferrocarril del Estado
Ferrocarril del Estado
Ferrocarril G O A
Cuenta
2828
2830
2831
790
791
298
Dotación
3Ha.2854m²
3Ha.5370m²
5Ha.3537m²
1Ha.0000m²
1Ha.0000m²
3Ha.2522m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Caucete que
a continuación se detallan:
Usuario
Cuenta
Dotación
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
290
- SAN JUAN –
Usuario
Aguirre, Juan I.
Navarro, Félix
Gil Aguero, Ramón
Vera, Tránsito
Vila, Aníbal Florencio
Consejo Reconstrucción
Consejo Reconstrucción
Consejo Reconstrucción
Alaluf, Victor
Soc.A.I.M.Luis Romero
Slavusqui, Jacobo
Pelaytay, Juan de D.
Arafe, Lucio Félix
Sgro. De Sampoglioni
Leyes, Juan Benito
Gee, Gervacio
Cuenta
2676
611
690
1264
674
2785
2829
2832
2109
2137
2160
2585
2514
673
1298
2133
Dotación
0Ha.0509m²
0Ha.0536m²
0Ha.0561m²
0Ha.0571m²
0Ha.0561m²
0Ha.0622m²
0Ha.3640m²
0Ha.1253m²
0Ha.0600m²
0Ha.0750m²
0Ha.0662m²
0Ha.0539m²
0Ha.0840m²
0Ha.0510m²
0Ha.0595m²
0Ha.0686m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
15°) Expediente N° 519 1697-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego empadronado, departamento Albardón.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Albardón,
en un periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en
interesados del departamento Albardón, que
presentaciones por escrito ante el Departamento
derechos, conforme lo establece el artículo 137º
resolver la caducidad de la concesión:
el término de diez (10) días, los usuarios
a continuación se detallan, hagan sus
de Hidráulica a efectos de hacer valer sus
de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
291
- SAN JUAN –
Usuario
Sanchez, Pedro A.
Videla Rojas, Abraham
Blanco, Manuel
Castro, Aurora
Cuenta
176
178
888
1328
Dotación
10Ha.7909m²
16Ha.7433m²
12Ha.5837m²
11Ha.9456m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
16º) Expediente N° F12 2688-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Albardón.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que a fs.26 de las presentes actuaciones, Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas toma debida nota de la caducidad de los derechos de riego, Art. 137º Ley 4392/78,
resueltos mediante Acta Nº 2082 punto 5º observando que la inscripción de Carlos Enrique
Mathus, Cuenta Nº 2797 no corresponde en virtud de que adolece de error en cuanto al número
de cuenta y dotación a que refiere, ratificado esto por el Departamento Irrigación.
Que resulta necesario proceder a la rectificación del punto 5º) del Acta Nº 2082,
ratificada por Acta Nº 2090, punto 5º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Rectificar la resolución contenida en Acta Nº 2082, punto 5º), ratificada por
Acta Nº 2090, punto 5º), en cuyo artículo primero deberá constar lo siguiente: “ARTICULO 1°.
Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de
riego del departamento Albardón, que a continuación se detallan, conforme lo establece el
artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
DOTACION
Albarracín M., Luis
Blanco de Riveros, A.
Aguirre, Luis y O.
2Ha.1935m²
2152
1Ha.2084m²
2593
3Ha.6783m²
3575”
CUENTA
ARTICULO 2°. Citar y emplazar por edicto al señor Carlos Enrique Mathus para que en el
término de diez (10) días haga su presentación, por escrito, ante el Departamento de Hidráulica
a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78,
bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión para 2Ha.8723m² registrada bajo
cuenta Nº 3378 del departamento Albardón.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
17°) CONVENIO DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA Y O.S.S.E.
VISTO:
La cláusula décimo segunda del Acuerdo Complementario Especial ENOHSA - O.S.S.E.
para la ejecución de la obra “Rehabilitación Embalse San Agustín Valle Fértil”, por el
Programa de Agua Potable y Saneamiento - BID VI Etapa, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
292
- SAN JUAN –
Que en virtud de ello es necesario suscribir convenio con O.S.S.E. a fin de dejar
establecido el compromiso de las partes respecto al aporte de contrapartida, financiamiento,
ejecución de la obra, devolución del préstamo y efectivización de aportes que deben ser
abonados por los usuarios tanto del sistema de agua potable como el sistema de riego.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar a Dirección General a suscribir con Obras Sanitarias Sociedad del
Estado - San Juan el convenio respectivo conforme lo establece la cláusula décimo segunda del
Acuerdo Complementario Especial ENOHSA - O.S.S.E.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece diez, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
293
- SAN JUAN –
A C T A N° 2101
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a doce
días del mes de agosto del año novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la
sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2100.
2°) Expediente N° 519 0735-S-97, SANTILLAN, JUAN CARLOS, s/Pago de licencias adeudadas.
VISTO:
El expediente N° 519 0735-S-97, y;
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la Resolución Nº 295-DH-97, obrante a fojas 8 de estos actuados,
Departamento Administración de Personal remite planilla de liquidación en concepto de
licencia año 1996 y proporcional año 1997, que se le adeuda al ex agente Juan Carlos Santillan.
Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de $643,40 (pesos seiscientos cuarenta y tres con cuarenta
centavos) en concepto de pago por licencia año 1996 y proporcional año 1997, que se le adeuda
al ex agente Juan Carlos Santillan, M.I. N°11.687.965.
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 01 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
3º) Expediente N° 519 1811-J-97, JUNTA DE RIEGO DE ANGACO, s/hacerse cargo del
mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento.
VISTO:
Que la Junta de Riego de Angaco solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto
de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de
gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
294
- SAN JUAN –
Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto
correspondiente a los cauces: Dren Centro, Dren Divisoria Oeste Superior, Medio e Inferior y
Dren Divisoria Este, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica.
Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Angaco y
a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia
del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada
como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el
departamento Angaco para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la
Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque
correspondiente al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
4º) Expediente N° 519 1672-J-97, JUNTA DE RIEGO DE JACHAL, s/autorización para hacerse
cargo de la monda anual año/97.
VISTO:
Que la Junta de Riego de Jáchal solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto
de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de
gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto
correspondiente a los cauces: Canal General del Alto, Canal General del Sur, Canal General del
Bajo, Red de Desagües, Colectoras, Sistemas de Defensas del departamento y Mantenimiento
del Dique Pachimoco y Cauquenes, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica.
Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Jáchal y a
los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia
del 25% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada
como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
295
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 25%, del monto de lo recaudado en el
departamento Jáchal para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta
de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente
al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
5°) Expediente N° 519 1679-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SANTA LUCIA, s/autorización para
hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y
Desagües del departamento.
VISTO:
El Acta Nº 2100, punto 4º), y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas
12, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo
comprendido entre enero y junio del corriente año.
Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos
realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $6.803,88 (pesos seis mil ochocientos tres con ochenta y
ocho centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº
2100, punto 4º).
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por
Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de junio del corriente año, a
fin de realizar la compensación que corresponda.
ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
6°) Expediente N° 519 1391-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SARMIENTO, s/autorización para
hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y
Desagües del departamento.
VISTO:
El Acta Nº 2095, punto 17º), y;
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
296
- SAN JUAN –
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas
15, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo
comprendido entre enero y julio del corriente año.
Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos
realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $47.214,59 (pesos cuarenta y siete mil doscientos catorce
con cincuenta y nueve centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en Acta Nº 2095, punto 17º).
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por
Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de julio del corriente año, a
fin de realizar la compensación que corresponda.
ARTICULO 5º. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
7°) Expediente N° 519 1618-J-97, JUNTA DE RIEGO DE CHIMBAS, s/autorización para hacerse
cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del
departamento.
VISTO:
El Acta Nº 2098, punto 3º), y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas
10, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo
comprendido entre enero y julio del corriente año.
Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos
realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
297
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $6.658,35 (pesos seis mil seiscientos cincuenta y ocho
con treinta y cinco centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en Acta Nº 2098, punto 3º).
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por
Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de julio del corriente año, a
fin de realizar la compensación que corresponda.
ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
8°) Expediente N° 519 1683-J-97, JUNTA DE RIEGO DE 9 DE JULIO, s/autorización para
hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y
Desagües del departamento.
VISTO:
El Acta Nº 2100, punto 5º), y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas
14, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo
comprendido entre enero y junio del corriente año.
Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos
realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $9.224,04 (pesos nueve mil doscientos veinticuatro con
cuatro centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº
2100, punto 5º).
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
298
- SAN JUAN –
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por
Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de junio del corriente año, a
fin de realizar la compensación que corresponda.
ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
9°) Expediente N° 519 1397-J-97, JUNTA DE RIEGO DE POCITO, s/autorización para hacerse
cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del
departamento.
VISTO:
El Acta Nº 2097, punto 4º), y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas
13, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo
comprendido entre enero y julio del corriente año.
Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos
realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $56.831,66 (pesos cincuenta y seis mil ochocientos
treinta y uno con sesenta y seis centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento
de lo dispuesto en Acta Nº 2097, punto 4º).
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por
Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de julio del corriente año, a
fin de realizar la compensación que corresponda.
ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
10°) Expediente N° 519 1652-J-97, JUNTA DE RIEGO DE 25 DE MAYO, s/autorización para
hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y
Desagües del departamento.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
299
- SAN JUAN –
El Acta Nº 2099, punto 3º), y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas
10, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo
comprendido entre enero y junio del corriente año.
Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos
realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $22.966,75 (pesos veintidos mil novecientos sesenta y
seis con setenta y cinco centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en Acta Nº 2099, punto 3º).
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por
Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de junio del corriente año, a
fin de realizar la compensación que corresponda.
ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
11°) Expediente N° 519 1589-J-97, JUNTA DE RIEGO DE CAUCETE, s/autorización para
hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y
Desagües del departamento.
VISTO:
El Acta Nº 2099, punto 4º), y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas
11, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo
comprendido entre enero y junio del corriente año.
Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos
realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
300
- SAN JUAN –
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $16.466,74 (pesos dieciseis mil cuatrocientos sesenta y
seis con setenta y cuatro centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en Acta Nº 2099, punto 4º).
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por
Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de junio del corriente año, a
fin de realizar la compensación que corresponda.
ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
12°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 416, 418, 419, 420, 421, 422, 424, 425, 426 y 427-DH-97, dictadas
por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 416-DH-97: por la que en: Art.1º. Da por concluida la función de Delegado Habilitado de la
Repartición en el departamento 25 de Mayo, asignada por Acta Nº 2052, punto 6º del H.
Consejo, al agente Manuel Ruperto Riveros, M.I.Nº 06.728.509. Art. 2º Asignar la función de
Delegado Habilitado de la Repartición en el departamento 25 de Mayo, al agente Juan Cándido
Reta M.I.Nº 07.934.473, sin perjuicio de sus funciones específicas. Art. 3º La percepción y
rendición de los valores en concepto de canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos,
será efectuada semanalmente en forma personal por el Delegado Habilitado ante la División de
Rentas y Valores, conforme a las disposiciones de la Ley de Contabilidad.
Nº 418-DH-97: por la que se otorga bonificación por título universitario al Licenciado Mario
Antonio Gómez, L.E.Nº 08.666.815, quien posee diploma de Licenciado en Administración de
Empresas, expedido por la Universidad Nacional de San Juan, por un monto equivalente el 50
% de la asignación de la categoría que revista, a partir del 01 de diciembre de 1996.
Nº 419-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº71/97 para el
desarme, reparación, armado y puesta en funcionamiento de dos cajas de velocidad de las
máquinas retroexcavadoras Fiat-Allis SR-9 internos Nº 38-02 y 38-03 de la Repartición, de
acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 420-DH-97: autoriza la adjudicación a favor de las firmas J.F. López Comercial, Claudio
Menchetti, Trielec S.R.L., Martín E.Tanten y Lar Chilecito S.A., respectivamente, por la suma
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
301
- SAN JUAN –
total en Bonos Crefi Provinciales de 5.814,68 para la adquisición de herramientas, materiales y
elementos varios con destino a la reparación, mantenimiento y conservación del edificio central
de la Repartición, de acuerdo a los que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 421-DH-97: autoriza la adjudicación directa a favor de la firma, Xerox Argentina ICSA, por
la suma total de $623,50 para la adquisición de un módulo xerográfico 13-R-9 para equipo
fotocopiador marca Xerox, modelo 5321, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia
Hídrica.
Nº 422-DH-97: por la que se autoriza la Contratación Directa a favor de la Dirección
Provincial de Aeronáutica-San Juan, por la suma total de $2.400,00 por cuatro horas de vuelo
de un helicóptero, por ser el único medio de transporte para efectuar el relevo de personal en la
estación Pachón, departamento Calingasta, todo de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
Nº 424-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Ingemeb Mario de
Batías, G.M.D. Distribuciones de Norma Escudero y Carben., respectivamente, por la suma
total de $7.036,00 para la adquisición de 66 filtros con destino al Departamento Equipos y
Servicios para el mantenimiento y conservación de máquinas viales y camión Scania 112-E de
la Repartición, de acuerdo a los que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 425-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Ingemeb de Mario y
Batías y G.M.D. Distribuciones de Norma Escudero, respectivamente, por la suma total de
$10.165,40 para la adquisición de filtros con destino al Departamento Equipos y Servicios para
el mantenimiento y conservación de máquinas viales, camiones y camionetas de la Repartición,
de acuerdo a los que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 426-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firma, Cáceres Hnos., por
la suma total de $5.925,00 por mano de obra especializada para la reparación y armado de la
caja de convertidor del topador Fiat-AD 14, interno 36-02 de la Repartición, para cuyo trabajos
los repuestos serán provistos por el Departamento de Hidráulica, todo de acuerdo a lo que
establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 427-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firma, Cáceres Hnos., por
suma total de $10.900,00 por mano de obra especializada para la reparación y armado de la caja
del topador Fíat Allis-16 interno 36-04 de la repartición, para cuyo trabajos los repuestos serán
provistos por el Departamento de Hidráulica, todo de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
13°) Expediente N° 519 1319-F-97, FIGUEROA, REINA R. DE, s/ beneficios art. 286 Ley
4392/78, departamento Albardón.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la señora Reina Rojas de Figueroa solicita se encuadre en
los términos de cesación que establece el articulo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua
que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 690 del departamento Albardón, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
302
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0588m², registrado
bajo cuenta N° 690, a nombre de Hugo Antonio Figueroa, departamento Albardón.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
14º) Expediente N° 519 1369-A-97, ALFARO FERNANDEZ, ALBINO, s/ beneficios art. 286 Ley
4392/78, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Albino Alfaro Fernandez solicita se encuadre en
los términos de cesación que establece el articulo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua
que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 4837 del departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 10 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.11, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1344m², registrado
bajo cuenta N° 4837, a nombre de Juana del Carmen Alfaro de Arancibia y otros, departamento
Rivadavia.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
15º) Expediente N° 519 1412-M-97, MALLEA, JUANA TERESA, s/ beneficios art. 286 Ley
4392/78, departamento Pocito.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la señora Juana Teresa Mallea solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el articulo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 223 del departamento Pocito, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 5, el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
303
- SAN JUAN –
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.5 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1248m², registrado
bajo cuenta N° 223, a nombre de César Luis Mallea, departamento Pocito.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
16º) Expediente N° 519 1476-B-97, BERMUDEZ BECERRA, JOSE, s/ beneficios art. 286 Ley
4392/78, departamento Pocito.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor José Bermudez Becerra solicita se encuadre en
los términos de cesación que establece el articulo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua
que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 1098 del departamento Pocito, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 4, el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0800m², registrado
bajo cuenta N° 1098, a nombre de José Bermudez Becerra, departamento Pocito.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
17º) Expediente N° 519 1046-I-97, IRRIGACION, e/nómina de concesionario del canal Fernandez
que no hacen uso de la dotación en el departamento Santa Lucía.
VISTO:
El expediente Nº 519 1046-I-97, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
304
- SAN JUAN –
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la cesación declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2094, punto 20º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2094, punto 20º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Santa Lucía:
Usuario
Gordillo, Martín
Ortega, Antonio
Dir.Nac. de Vialidad
Pizarro de Vera, Juana
Rodriguez, Manuel
Estado Nac.Argentino
Bustos, Juan Luis
Guerra de Carranza, María F.
Ruiz García, José P.
S.R.L. Bodegas Autard
Estado Nacional
S.A. Est. Frig. La Unión
Bustello, Abilio
Carbajo, Macareo
Pineda, Cayetano
Fernandez, Bernardo
Rojas, Lucía Pérez de
Flores M., José Y.
Gómez Ruiz, Francisco A.
Gómez Ruiz, Pedro A.
Heras Rubio, Juan
Muñoz, José Isaac
Guevara, Domingo
Estado Nacional
Uliarte de Ferreyra, Josefa
Sanchez, Manuel
Castro, Pablo
Andino, Jorge E.
Boyado, Leopoldo
Belbruno, Angel
Muñoz Fernandez, José
Escobar, Irma Emilia
Pérez, Enrique
Tobares, Jacobo Lucio
Riveros, Juan Adán
Estado Nacional Argentino DNV
Estado Nacional Argentino DNV
Estado Nacional Argentino DNV
Estado Nacional Argentino DNV
Lozano, Sabino Humberto
Almada, Juan Ramón
Dirección Nac. de Vialidad
Cuenta
4408
2606
2609
4400
4398
2625
2480
2456
280
278
302
3558
376
333
331
324
325
357
373
372
339
341
359
366
351
350
352
1229
1224
1176
1181
1216
1215
1210
2647
4707
5378
2656
5391
2677
2676
5133
Dotación
0Ha.0543m²
0Ha.0562 m²
0Ha.0540m²
0Ha.0600m²
0Ha.0554m²
0Ha.1150m²
0Ha.1966m²
0Ha.1246m²
0Ha.0508m²
0Ha.4401m²
0Ha.0981m²
0Ha.2797m²
0Ha.0500m²
0Ha.0504m²
0Ha.0550m²
0Ha.0583m²
0Ha.0550m²
0Ha.2543m²
0Ha.0719m²
0Ha.0718m²
0Ha.0692m²
0Ha.0694m²
0Ha.0508m²
0Ha.0930m²
0Ha.0586m²
0Ha.0536m²
0Ha.0586m²
0Ha.0510m²
0Ha.0550m²
0Ha.0533m²
0Ha.0510m²
0Ha.0510m²
0Ha.0510m²
0Ha.0510m²
0Ha.1534m²
0Ha.1073m²
0Ha.0845m²
0Ha.0918m²
0Ha.2128m²
0Ha.1125m²
0Ha.3419m²
0Ha.0688m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
305
- SAN JUAN –
Usuario
Mingolla Teresa
Cardozo, Rodolfo
Cortez, Concepción V. de
Herrera, Mercedes V. de
Paredes, Hortensia A. de
Pérez, Jesús C.
Rodriguez, Amadora A. de
Martín Cura Francisco
Estado Nacional Argentino
Bilbao, Carlos Miguel
Robledo, Olga
Limole, Américo
Avila de Taillant, Felisa
Duarte, Estaurino
Estado Nacional Argentino
Amberk, María S. de
Amberk, María S. de
Flores, Martiniano
Gómez, Luis Martiniano
Castro, Santiago
Castro, Pedro M.
Castro, Pablo A.
Varela, José María
Godoy, Micaela
Leyes, Nélida A.
Lucero, Eriberto
Cuenta
4706
2468
2463
2464
2460
2539
2459
2686
4711
4709
4703
3802
2640
4462
4415
2888
2889
2588
3785
402
403
404
405
410
1226
1228
Dotación
0Ha.2189m²
0Ha.5000m²
0Ha.5000m²
0Ha.5000m²
0Ha.5000m²
0Ha.1352m²
0Ha.5000m²
0Ha.3900m²
0Ha.1738m²
0Ha.0650m²
0Ha.0578m²
0Ha.0575m²
0Ha.0566m²
0Ha.0519m²
0Ha.0589m²
0Ha.0903m²
0Ha.5000m²
0Ha.0929m²
0Ha.0519m²
0Ha.2769m²
0Ha.1950m²
0Ha.0938m²
0Ha.2245m²
0Ha.0837m²
0Ha.0510m²
0Ha.2695m²
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y
Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
18º) Expediente N° 519 0563-I-97, IRRIGACION, e/listado de usuarios con derechos de riego del
canal Luna, departamento Santa Lucía.
VISTO:
El expediente Nº 519 0563-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación de los
Edictos publicados en virtud de lo resuelto por el Consejo en Actas Nº 2081, punto 9º) y Nº
2094, punto 19º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2094, Punto 19º), para los
siguientes derechos de riego:
Usuario
CABRERA, Félix y O.
CABRERA, Margarita F.
CHIRINO, Julian
GONZALEZ DIAZ, Juan
Cuenta
5492
7303
2421
2429
Dotación Departamento
0Ha.7626 m²
Capital
0Ha.7540 m²
Capital
1Ha.0000 m²
Santa Lucía
1Ha.5000 m²
Santa Lucía
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
306
- SAN JUAN –
BGAS Y VDOS LAS CUYANAS
AGUILERA, Agustín
COBOS, Juan Domingo
ESTRELLA, Juan
ROMERO, Guillermo C.
ZAPATA RAMIREZ, Julio
MACIAS DE P., Josefa
GARCIA DE C., María
CASTRO G., Lidia M.O.
1584
1315
1354
1652
1337
2672
2430
2431
2428
2Ha.8476 m²
2Ha.0000 m²
0Ha.8374 m²
0Ha.5225 m²
0Ha.6277 m²
0Ha.6165 m²
0Ha.8705 m²
0Ha.6133 m²
1Ha.5000 m²
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Santa Lucía
Santa Lucía
Santa Lucía
ARTICULO 2°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2081, punto 9º), artículo segundo, para
los siguientes derechos de riego:
Usuario
NESMAN, María E.
PEREYRA, Genaro A.
AVILA, Juan Marcos
RIOS, Victor A.
VILLAVICENCIO, María
VIDELA DE FRIAS, Lidia y O.
VIDELA, Amado Eulogio
ABERASTAIN DE MORENO, Delia
FRIAS, Juan I. y O.
ABREGO DE MOLINA, Dalinda
BARQUIEL, Francisco D.
HEREDIA, José Sotero y O.
MONASTERIO, Juan Carlos y O.
ESCODA DE MESTRE, María
ROYON, Alfredo
BUSTOS, Brigido del R.
GONZALEZ, Argentino
SORIA DE GARAY, A.
ALBARRACIN DE INFANTES
BARRIENTOS, José C.
BRONIA DE AYALA, C.
BUSTOS, Cira de
CORDOBA, Alberto
ESTEO, Manuel G. y otro
FERNANDEZ, Adela V. de
FERNANDEZ DE POBLETE, I.
GONZALEZ, Antolín E.
TANTEN DE PONCE, Julia
VILANES, Humberto V.
GONZALEZ, Manuel A.
CORIA, Clara Filomena
LOPEZ MINGOLLA, Juan
PAPOLO, Genaro Cerafín
ACHEN, Elías S.
ARIAS, Dionisio L.
MARTIN LIROLA, Emilio
RANEA, Américo
CASTRO, Humberto L.
MARATTA CONTI, María
ALFERILLO, Segundo Eusebio
AGUERO, Enrique
Cuenta
1561
2675
1565
4562
1564
1569
1570
1571
6738
1596
7014
1598
4926
7206
7613
5835
1611
1637
1649
1655
4589
1647
4918
7065
1651
1661
7064
4839
5826
5836
7201
5194
4574
1779
7272
6138
7072
6809
1812
1830
5493
Dotación
0Ha.1024m²
0Ha.0735m²
0Ha.0666m²
0Ha.1032m²
0Ha.1089m²
0Ha.5000m²
0Ha.4059m²
0Ha.1287m²
0Ha.1312m²
0Ha.0815m²
0Ha.0562m²
0Ha.0872m²
0Ha.0730m²
0Ha.1225m²
0Ha.0642m²
0Ha.0561m²
0Ha.0510m²
0Ha.0546m²
0Ha.0650m²
0Ha.1702m²
0Ha.0606m²
0Ha.3723m²
0Ha.1571m²
0Ha.1478m²
0Ha.5000m²
0Ha.0899m²
0Ha.1726m²
0Ha.1277m²
0Ha.0627m²
0Ha.0533m²
0Ha.1968m²
0Ha.3334m²
0Ha.0852m²
0Ha.2888m²
0Ha.1195m²
0Ha.0615m²
0Ha.0859m²
0Ha.0866m²
0Ha.1745m²
0Ha.0623m²
0Ha.0600m²
Departamento
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
Capital
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
307
- SAN JUAN –
Usuario
AMANTE, Leonardo
CACERES, Franklin
VICTORIA, Domingo A.
CATALINI, Manuel A.
FLORENTINO, Luis
GARRO, Mercedes Roque
FERNANDEZ DE RODRIGUEZ
FERNANDEZ FERNANDEZ, G.
QUEVEDO DE VIDELA, Dolores
MARTIN, Hugo Daniel
CACERES, Ramón C.
DIAZ DE CASTRO, María
SANCHEZ, Juana M. y Otros
FREDES, Angela T.
PAEZ, Eduardo Genaro
PAEZ, Eduardo Genaro
ALFERILLO, José
PAEZ, Félix Máximo
PAEZ, Pedro Mario
AGUILERA, Damian Segundo
SISTERNA DE VILLAVICENCIO
ENTZ, Guillermo S.
MARTIN PINO, José
ORTEGA, Pedro
QUIROGA, Segundo
MATUS, Custodia
CONCAR
CONCAR
AMARFIL PAEZ, Luis y O.
ROBLES FIGUEROA, Antonio
BERENGUER, Juan Bautista
GAMERO LOPEZ, Daniel
GAMERO LOPEZ, Daniel y O
LOPEZ, Estrella Luminar
LOPEZ, Estrella L. y O.
LOPEZ MINGOLLA, Juan
MONASTERIO, Cesar y O.
PARDO, Ignacio L. y O.
MOLINA, Angel A. y O.
ORELLANO, Nicolás T.
MONARDEZ DE C. María
MUNICIPALIDAD DE CAPITAL
LOPEZ RIGO DIEGO
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
GOMEZ, Petrona G. de
ACIAR, Ramón Victor
ALTAMIRANO, José V.
CONCAR
ARREDONDO, Rosa G.
CONCAR
Cuenta
1848
1839
1843
1858
5696
5021
4765
5478
1853
6787
5476
7141
4688
4803
3838
5436
3804
4754
1838
3573
4088
4806
2426
2446
2444
2447
4808
4807
4809
2386
1833
7427
7425
7429
7426
7483
1039
1658
7622
7621
1657
4816
1891
6801
6800
5692
5691
5693
6810
5695
5700
5629
5641
6975
Dotación Departamento
0Ha.1675m²
Capital
0Ha.0546m²
Capital
Capital
0Ha.0942m²
0Ha.0931m²
Capital
0Ha.0594m²
Capital
0Ha.0534m²
Capital
0Ha.2032m²
Capital
Capital
0Ha.4845m²
0Ha.0800m²
Capital
0Ha.1073m²
Capital
0Ha.0772m²
Capital
0Ha.0962m²
Capital
Santa Lucía
0Ha.1401m²
0Ha.0860m²
Santa Lucía
0Ha.0726m²
Santa Lucía
0Ha.0780m²
Santa Lucía
0Ha.0680m²
Santa Lucía
0Ha.0582m²
Santa Lucía
0Ha.0543m²
Capital
0Ha.3301m²
Santa Lucía
0Ha.2688m²
Santa Lucía
0Ha.1036m²
Santa Lucía
Santa Lucía
0Ha.2064m²
0Ha.5000m²
Santa Lucía
0Ha.5000m²
Santa Lucía
0Ha.5000m²
Santa Lucía
0Ha.3867m²
Santa Lucía
0Ha.1295m²
Santa Lucía
0Ha.0571m²
Santa Lucía
0Ha.2285m²
Santa Lucía
0Ha.0683m²
Capital
0Ha.1529 m²
Capital
0Ha.0665 m²
Capital
0Ha.0523 m²
Capital
0Ha.0563 m²
Capital
0Ha.4838 m²
Capital
0Ha.2550 m²
Capital
0Ha.1370 m²
Capital
0Ha.0741 m²
Capital
0Ha.0543 m²
Capital
0Ha.1100 m²
Capital
0Ha.1783 m²
Capital
0Ha.5000 m²
Capital
0Ha.0890 m²
Capital
0Ha.0590 m²
Capital
0Ha.0597m²
Capital
0Ha.0596 m²
Capital
0Ha.0599 m²
Capital
0Ha.0594 m²
Capital
0Ha.0590 m²
Capital
0Ha.0591 m²
Capital
0Ha.0545 m²
Capital
0Ha.0523 m²
Capital
0Ha.0664 m²
Capital
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
308
- SAN JUAN –
Usuario
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
MOLINA, Carlos I.
CONCAR
SALCEDO, Eugenio
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CONCAR
CARRIZO DE VALDEZ, Rita
SERRANO, Hermelinda A.
SEGOVIA PERALTA, José M.
RODRIGUEZ, Mercedes
ABERASTAIN, Doraliza de
CASTRO F., Regina
CONCAR
EGEA, María del C. R.de
GOMEZ, Esther
GOMEZ, Juan Pablo
GOMEZ, Saulo
LOPEZ GIMENEZ, José y O.
MARQUEZ SERRANO, Juan
NAVAS, Juan Rafael
PERALTA, Nicolás
POLLO, Ascensión S. de
RODRIGUEZ DE G., María
ROMERO, Mercedes G.
SORIA, María Ruch
VERSINO, Alberto
ZAPATA, Abigail Vda. de
ZAPATA R., Fanny del C.
ZAPATA R., Fanny del C.
ZAPATA R., Josefa Eva
ZAPATA R., Josefa Eva
ZAPATA R., Josefa Eva
AMPAÑA DE TEJADA,Angela
FLORES, Ramón León
CASTRO, Segundino I.
QUIROGA, Segundo F.
LOPEZ, Justo F. y Otra
CARBAJAL, Ramón F.
CARRIZO, Amada
CARRIZO E., Lorenzo
DIAZ, Pascuala y Lucila
DIAZ, Ruperto
Cuenta
5573
6938
6984
5599
5640
5602
5600
6937
5590
6966
5584
6978
5670
5847
5611
6980
6992
6999
1757
1351
1589
1593
1353
1646
5981
1328
1324
1323
1322
1327
2676
1660
1653
1318
7631
1346
1325
5486
2671
2685
2689
2682
2687
2693
6229
4691
4801
2714
2452
2420
2432
2436
2435
2433
Dotación Departamento
0Ha.0642 m²
Capital
0Ha.0616 m²
Capital
0Ha.0580 m²
Capital
0Ha.0618 m²
Capital
0Ha.0676 m²
Capital
0Ha.0532 m²
Capital
0Ha.0517 m²
Capital
0Ha.0563 m²
Capital
0Ha.0518 m²
Capital
0Ha.0503 m²
Capital
0Ha.0557 m²
Capital
0Ha.0611 m²
Capital
0Ha.0520 m²
Capital
0Ha.0602 m²
Capital
0Ha.0668 m²
Capital
0Ha.0686 m²
Capital
0Ha.0523 m²
Capital
0Ha.1857 m²
Capital
0Ha.0542 m²
Capital
0Ha.2550 m²
Capital
0Ha.1025 m²
Capital
0Ha.5000 m²
Capital
0Ha.5000 m²
Capital
0Ha.5000 m²
Capital
0Ha.0593 m²
Capital
0Ha.0548 m²
Capital
0Ha.5000 m²
Capital
0Ha.4698 m²
Capital
0Ha.0603 m²
Capital
0Ha.1506 m²
Capital
0Ha.0720 m²
Capital
0Ha.1040 m²
Capital
0Ha.4080 m²
Capital
0Ha.3723 m²
Capital
0Ha.1843 m²
Capital
0Ha.0544 m²
Capital
0Ha.0822 m²
Capital
0Ha.0591 m²
Capital
0Ha.4851 m²
Capital
0Ha.0938 m²
Capital
0Ha.1745 m²
Capital
0Ha.1248 m²
Capital
0Ha.0857 m²
Capital
0Ha.0967 m²
Capital
0Ha.0863 m²
Santa Lucía
0Ha.0501 m²
Santa Lucía
0Ha.2078 m²
Santa Lucía
0Ha.2517 m²
Santa Lucía
0Ha.2807 m²
Santa Lucía
0Ha.2739 m²
Santa Lucía
0Ha.5000 m²
Santa Lucía
0Ha.1114 m²
Santa Lucía
0Ha.1018 m²
Santa Lucía
0Ha.4429 m²
Santa Lucía
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
309
- SAN JUAN –
Usuario
GIMENEZ, Enriqueta S.de
MALLA, Petrona M. de
MOYA, Antonio C.
RAMOS, José S.
MUÑOZ DE S., Rosario
Cuenta
2425
3511
2424
4994
2385
Dotación Departamento
0Ha.0565 m²
Santa Lucía
0Ha.5000 m²
Santa Lucía
0Ha.2312 m²
Santa Lucía
0Ha.0536 m²
Santa Lucía
0Ha.1384 m²
Santa Lucía
ARTICULO 3º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
19°) Expediente N° 519 1773-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho empadronado en el departamento Santa Lucia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la Inspección Técnica de Santa Lucía, eleva listado de
propiedades que no hacen uso de la dotación empadronada, en un periodo superior a los cinco
(5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de
Santa Lucía.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Santa Lucía
que a continuación se detallan:
Usuario
Garcia, Castro José
Gallucci, Antonio
Arancibia
Guadalupe
Flores
de
Garcia de Fernandez, María
Balmaceda, Pedro
Urbano Rubiales, José
Aberastain Lima Mario
Varese de Aberastain, Luisa
Martín, Urbano Francisco
Velazquez, Pedro Enrique
Sojo Moreno, José
Cuenta
5344
1240
Montiveros,
1149
1132
1137
3898
1256
1269
1239
1134
1148
Dotación
0Ha.0653m²
0Ha.0735 m²
0Ha.1046m²
0Ha.3014m²
0Ha.2402 m²
0Ha.2045m²
0Ha.1377m²
0Ha.1647m²
0Ha.0661m²
0Ha.1872m²
0Ha.3000m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
310
- SAN JUAN –
Usuario
Balmaceda de Flores, Petrona
Mariano Acosta S.A.C.I.
Tello de Castro, Martha
Tello, Reginaldo
Castro, Ladislao y O.
Pastran, Arlington Justo
Pastran, José Américo
Cabrera, Duilio
Enrique Fernández, Vicente
Matarín, Angel Victorio
Matarín de Ponce, María Josefa
Martín y Cia. S.R.L.
Cuenta
1138
1280
1143
4375
5117
4483
4484
4485
4628
3823
3800
5317
Dotación
0Ha.1134m²
0Ha.0859m²
0Ha.1339m²
0Ha.0527m²
0Ha.0944m²
0Ha.0502m²
0Ha.0501m²
0Ha.2801m²
0Ha.1057m²
0Ha.0888m²
0Ha.0955m²
0Ha.2471m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
20°) Expediente N° 519 1768-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento San Martín.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento San Martín en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de San Martín.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento San Martín, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos,
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
311
- SAN JUAN –
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la
caducidad de la concesión:
Usuario
Estrella, Juan
Lund, Kristofer
Reynoso, Ernesto
Vega, Juana
Noguera, Hermenegildo
Vargas, Lisandro
Cataldo, Teodoro
Ferreyra, Pilar
Gillemain, Arturo
Lima, Manuela
Maradona, Clemente
Picon, Valentina F. de
Serrano, Juan
Aguirre, Francisco
Bustos, Laureana G. de
Gaetano, Segundo
López, Antonio R.
Vargas, Bautista
Gambetta, Luisa Sorsana de
Machado Gomez , Nicolás
Aguero, Daniel
Burgos, Ramona C.
Flores, Andrés
Zeballos, Héctor
Zeballos, Eleazar
Estrella, Juan
Mas, Benjamin
Villa, Francisco I.
Sanchez, José Martín
Cuenta
45
50
57
61
294
307
344
361
366
377
380
401
421
534
543
570
578
626
653
662
689
696
710
792
794
838
847
856
898
Dotación
4Ha.2581 m²
1Ha.7774 m²
9Ha.0933 m²
0Ha.5100 m²
1Ha.6680 m²
0Ha.6169 m²
0Ha.6682 m²
1Ha.6756 m²
2Ha.8123 m²
1Ha.0320 m²
1Ha.0000 m²
0Ha.6373 m²
1Ha.2500 m²
1Ha.6918 m²
1Ha.5000 m²
0Ha.8629 m²
2Ha.0396 m²
3Ha.2500 m²
1Ha.2246 m²
2Ha.8034 m²
0Ha.7308 m²
0Ha.6792 m²
1Ha.7790 m²
2Ha.2878 m²
3Ha.6118 m²
25Ha.0000 m²
0Ha.9989 m²
1Ha.9488 m²
1Ha.2290 m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento San Martín
que a continuación se detallan:
Usuario
Escalante, Lubina del C.
Lara, Juana Alcaide de
Ortas, María Carrizo
Cortinez Barriga, Miguel
Gentile, Valentín J.
Herrera, Carmen
Balmaceda, Celedonia
Calivar, Ramón
Cáceres, Benjamina A. de
Carrizo, José
Cáceres, Justo Pastor
Laciar, Víctor
Melian, Fulgencia
Ramirez, Ramón
Sanchez, Pantaleón
Vargas, Víctor
Medina, José Anian
Cuenta
46
69
71
125
276
282
330
334
339
342
346
375
383
413
419
430
479
Dotación
0Ha.2354m²
0Ha.3454m²
0Ha.1460m²
0Ha.2500m²
0Ha.2310m²
0Ha.2500m²
0Ha.2947m²
0Ha.5000m²
0Ha.1516m²
0Ha.1111m²
0Ha.2556m²
0Ha.1522m²
0Ha.0778m²
0Ha.2783m²
0Ha.2136m²
0Ha.5000m²
0Ha.1353m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
312
- SAN JUAN –
Usuario
Burgos, Domingo
Fernández, Sara B. de
Rua, Emiliana M. de
Herrera, Juana
Moreira, Alejandro H.
Flores, Andrés
Huerta, Benancio
Paredes, Nicanor
Sosa, Juana Aballay de
García, Fátima D. Salez de
Cuenta
547
564
569
575
664
709
727
753
774
842
Dotación
0Ha.1992m²
0Ha.2601m²
0Ha.2319m²
0Ha.2710m²
0Ha.3571m²
0Ha.2290m²
0Ha.4220m²
0Ha.4469m²
0Ha.3011m²
0Ha.0943m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
21º) Expediente N° 37.484/6-P-96, PARRALCHA S.A., s/ traslado de dotación. Dpto. Pocito
VISTO:
El expediente N° 37.484/6-P-96 por el cual el Ing. Eduardo Molina, apoderado de la
empresa Parralcha S.A. solicita trasladar las dotaciones de los inmuebles N.C. Nº 0560/810400/790410/830400/290420, a otro inmueble de su propiedad con N.C. 05/84-150710,
fracciones A, B y C2 del plano de mensura de división e integración 05-4027/95, y,
CONSIDERANDO:
Que a fojas 66 el peticionante desiste de la solicitud de traslado para el predio Nom.Cat.
05-60/290420.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa, fs. 77 y 64, que los
predios a privar del derecho figuran inscriptos en el Padrón Oficial de Riego del Departamento
Pocito a nombre de Parralcha S.A. bajo las cuentas N° 1509, N° 4025 y N° 1434 con
dotaciones de carácter permanente para: 8Ha.1531m², 7Ha.8468m² y 13Ha.9984m²,
respectivamente y el inmueble a beneficiar con el traslado con superficie según mensura de
372Ha.5550,14m² posee un derecho de riego para 0Ha.7493m², cuenta Nº 6548.
Que a fs. 75/75 vta. la Junta de Riego e Inspección Técnica del departamento Pocito
informan que no hubo oposición al traslado por parte de los usuarios afectados y emite opinión
favorable a lo solicitado indicando que no es necesario modificar obras hidráulicas, lo que es
ratificado por Departamento Irrigación a fs. 76 vuelta.
Que a fs. 76 División Ecología Agrícola informa que en el terreno a beneficiar con el
traslado se encuentra en ejecución un proyecto de diferimiento impositivo con implantación de
variedades de vid y ciruelos efectuando el riego mediante un sistema presurizado, por goteo,
instalado y en funcionamiento, alimentado desde un reservorio de agua.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 640-DH-96 advierte que el presentante no tiene
facultades para peticionar el traslado de los derechos de agua, requisito al que da cumplimiento
con el Testimonio que adjunta a fojas 67/68 de estos actuados.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
313
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Autorizar a la empresa “Parralcha S.A.” a trasladar la dotación de agua de
carácter permanente para 29Ha.9983m² que les corresponde a los inmuebles N.C. Nº 0560/810400/790410/830400 que reciben actualmente por Cola de Ramo Nº 34 del Canal Justo
M. Moya: cuentas N° 1509, 4025 y 1434, a otro inmueble de su propiedad Nom. Cat. 05/84150710, con una superficie según mensura de 372Ha.5550,14m², con derecho de agua de
carácter permanente para 0Has.7493m², cuenta N° 6548 que recibe la dotación por el Canal
Justo M. Moya, compuerta N°6, departamento Pocito.
ARTICULO 2°. La Empresa Parralcha S.A será responsable de los daños y perjuicios que se
puedan ocasionar a terceros por efecto del traslado autorizado.
ARTICULO 3°. Departamentos Irrigación verificará el cumplimiento de lo expresado en los
artículos anteriores.
ARTICULO 4°. La Empresa Parralcha S.A. será responsable de acuerdo a lo estipulado por el
Art. 245 y concordantes de la Ley 4392/78 de todos los daños y perjuicios ocasionados a
terceros y/o cosas derivados de la ejecución de obras de defensas sobre cauces aluvionales
emplazadas en terrenos de su propiedad. El Departamento de Hidráulica no se hace responsable
por los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a los cultivos a implementar por la empresa
Parralcha S.A. por efecto de crecidas.
ARTICULO 5°. Notifíquese y tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación
y la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese.
22º) Expediente N° 37.840-N-96, NAVAS, MIGUEL ANGEL, s/ traslado de dotación. Dpto.
Ullum.
VISTO:
El expediente N° 37.840-N-96 por el cual el señor Miguel Angel Navas, en calidad de
propietario, solicita el traslado de una dotación inscripta bajo cuenta Nº 576 a otro inmueble
inscripto bajo cuentas Nº 259, 115 y 154, y,
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa, fs. 21/21 vta., que el
predio a privar del derecho figura inscripto en el Padrón Oficial de Riego del departamento
Ullum a nombre de María Renee Nieto de Franchini, bajo cuenta N° 576 con dotación de
carácter permanente para 3Ha.9000m² y el inmueble a beneficiar con el traslado con superficie
según mensura de 8Ha.1820,16m² posee derechos de riego para 3Ha.0000m², cuenta Nº 115,
0Ha.3799m², cuenta Nº 154 y 0Ha.2875m², cuenta Nº 259, estando acrediata la titularidad del
inmueble mediante escritura que obra a fs. 23 y 24.
Que los regantes afectados fueron notificados sin presentar oposición alguna a lo que se
agrega opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica y Departamento Irrigación,
manifestando que deben modificarse dos partidores libres como se indica en croquis de folio
19.
Que a fs. 31 vta. División Ecología Agrícola informa que dadas las características
observadas en las parcelas inspeccionadas, considera que, desde el punto de vista
agroeconómico, es más conveniente el uso del agua de riego en la propiedad a beneficiar con el
traslado solicitado.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 355-DH-97 sugiere que una vez cumplimentados
los requisitos exigidos por la normativa vigente podría hacerse lugar a lo solicitado.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
314
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar al señor Miguel Angel Navas a trasladar la dotación de agua de
carácter permanente para 3Ha.9000m² que le corresponde al inmueble Nom.Cat. Nº 0742/290160, lote 25 del plano de mensura Nº3434-F-44, que recibe actualmente por compuerta
Nº 3, ramo Polo del Canal del Bajo, cuenta N° 576 a otro inmueble de su propiedad Nom. Cat.
07/26-450650, con una superficie según mensura de 8Ha.1820,16m², con derecho de agua de
carácter permanente para 3Ha.0000m², cuenta Nº 115, 0Ha.3799m², cuenta Nº 154 y
0Ha.2875m², cuenta Nº 259 que recibe la dotación por el Canal Falda, compuerta N°7, ramo
Jesús Fernandez y Otros, departamento Ullum.
ARTICULO 2°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a la aprobación del estudio
técnico que deberá presentar el peticionante y a la ejecución de las obras, lo que será por su
cargo y cuenta.
ARTICULO 3°. El usuario peticionante será responsable de los daños y perjuicios que se
puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado.
ARTICULO 4°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de
lo indicado en los artículos anteriores.
ARTICULO 5°. Notifíquese y tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación
y la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
315
- SAN JUAN –
A C T A N° 2102
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
diecinueve días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como
Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración
de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2101.
2°) Expediente N° 36.660-C-93, CALDERON RIOS, JOSE, s/ benef. del art. 286 de la Ley
4392/78, departamento Rawson.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor José Calderón Rios, solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua de riego
registrado bajo cuenta Nº 9387 del departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que la Inspección Técnica de Rawson informa que el derecho de riego inscripto bajo la
cuenta citada no se encuentra en uso desde hace aproximadamente diez años y tiene instalado el
servicio de agua potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fojas 5, que el
presente caso estaría en condiciones de tener tratamiento de caducidad del derecho en virtud del
no uso continuado.
Que el artículo 137º de la Ley 4392/78 prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que en el presente caso no es necesario por cuanto es el peticionante quien
expresa y solicita la caducidad.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 594-DH-97 sugiere, en virtud de estar probado el
no uso del agua de riego por el término mínimo que exige el Código de Aguas, se declare la
caducidad de la concesión de referencia.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso conforme lo establece el artículo 137º de la
Ley 4392/78 de la concesión de agua de riego para 0Ha.7363m² registrada bajo Cuenta Nº 9387
a nombre de Antonio Domingo Vicente Sánchez, departamento Rawson.
ARTICULO 2°. A efectos de la liquidación de la deuda que mantuviere el peticionante por
canon, tasas, multas u otros conceptos se tendrá en cuenta la fecha de iniciación de estos
actuados, 22-04-93.
ARTICULO 3°. Notifíquese a quien corresponda. Cumplido, tome nota Departamento
Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación.
Cumplido, archívese.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
316
- SAN JUAN –
3º) Expediente N° 2070/6-T-93, TRANSPORTE JUAREZ HNOS. S.R.L., s/ benef. del art. 137 de
la Ley 4392/78, departamento Capital.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Orlando Francisco Juarez, Socio Gerente de la
firma Transporte Juarez Hnos. S.R.L., solicita se encuadre en los términos de caducidad que
establece el Art. 137° de la Ley 4392/78 al derecho de agua de riego registrado bajo cuenta Nº
7635 del departamento Capital, y;
CONSIDERANDO:
Que la Inspección Técnica departamental informa que el derecho de riego inscripto bajo
la cuenta citada no se encuentra en uso desde el año 1985 aproximadamente.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fojas 6, que el
presente caso estaría en condiciones de tener tratamiento de caducidad del derecho en virtud del
no uso continuado.
Que el artículo 137º de la Ley 4392/78 prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que en el presente caso no es necesario por cuanto es el peticionante quien
expresa y solicita la caducidad.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 593-DH-97 sugiere, en virtud de estar probado el
no uso del agua de riego por el término mínimo que exige el Código de Aguas, se declare la
caducidad de la concesión de referencia.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso conforme lo establece el artículo 137º de la
Ley 4392/78 de la concesión de agua de riego para 0Ha.7002m² registrada bajo Cuenta Nº 7635
a nombre de Transporte Juarez Hnos. S.R.L., departamento Capital.
ARTICULO 2°. A efectos de la liquidación de la deuda que mantuviere el peticionante por
canon, tasas, multas u otros conceptos se tendrá en cuenta la fecha de iniciación de estos
actuados, 15-06-93.
ARTICULO 3°. Notifíquese a quien corresponda. Cumplido, tome nota Departamento
Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación.
Cumplido, archívese.
4º) Expediente N° 15.425/3-R-78, RODRIGUEZ, FERNANDO MIGUEL, s/ benef. arts. 275 y 276
de la Ley 4392/78, departamento Rawson.
VISTO:
Que mediante escrito Nº 97/97, agregado a estas actuaciones, el señor Augusto Daniel
Norte, solicita se incremente el derecho de agua para riego de la parcela identificada con
Nom.Cat. 04-28/100700 del departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 655-DH-97 manifiesta que en virtud de lo que
establece el artículo 63º del Decreto Nº 00655-G-73 reglamentario de la Ley de Procedimiento
Administrativo Nº 3784, las resoluciones dictadas por el Consejo del Departamento de
Hidráulica mediante Actas Nº 1455, punto 23º de fecha 08 de mayo de 1979 y Nº 1505, punto
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
317
- SAN JUAN –
20º de fecha 01 de julio de 1980 que corren agregadas a fs. 9 y 17, el reclamo formulado
concluyó con estos actos decisorios que hacen expresa consideración de los principales
argumentos y cuestiones propuestas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Rechazar la petición formulada a fojas 19 por el señor Augusto Daniel Norte,
por encontrarse firme y consentidos los actos administrativos que refiere el considerando y de
conformidad a las disposiciones legales vigentes, Ley 3784 y Decreto Reglamentario Nº 00655G-73, que establecen los plazos para impugnar los mismos.
ARTICULO 2°. Notifíquese a quien corresponda. Tómese nota y archívese.
5°) Expediente N° 519 0608-R-97, RUFINO TOMAS A. Y OTRO, ofrece en carácter de donación
una perforación, departamento Iglesia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones los señores Duilio Osiris Rufino y Tomás A. Rufino,
ofrecen en donación la perforación existente en el predio de su propiedad identificado con
Nom. Catastral 17-40/290360, y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 5 obra nota del Presidente de la Junta de Riego de Iglesia en la que manifiesta
que los Miembros de la Junta departamental han decidido aceptar la donación del pozo de 12” y
profundidad de 20 metros, con el nivel de agua a 2 metros, haciendo destacar que atendiendo a
la necesidad hídrica que vive el agro será en beneficio de la producción agrícola de la zona.
Que Departamento Irrigación informa que el caudal a extraer
equipo de bombeo, reforzaría el coeficiente de riego del canal Agua
distritos de Las Flores y Rodeo, dotando por su ubicación, los ramos
suma de derechos es de 247,6373Has. y que en caso de explotación se
un canal de 150 metros de longitud en terreno de los donantes.
del pozo, que no tiene
Negra que alimenta los
4 grande, 5, 6 y 7 cuya
hace necesario construir
Que previo a la puesta en servicio la perforación se debe realizar también la donación
correspondiente a la superficie del terreno donde esta implantado el pozo y de la superficie que
ocuparía el canal de conducción.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aceptar la donación de un pozo para extraer agua subterranea existente en el
inmueble identificado con Nom. Catastral 17-40/290360, propiedad de los señores Duilio
Osiris Rufino y Tomás A. Rufino con las siguientes características: Diámetro de caño 12”;
Profundidad 20 metros; Nivel de agua 2,00 metros de superficie de terreno, departamento
Iglesia.
ARTICULO 2°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a que los señores Duilio
Osiris Rufino y Tomás A. Rufino donen la superficie de terreno donde esta implantada la
perforación y la que ocuparía el canal de conducción.
ARTICULO 3°. Notifíquese a quien corresponda y tómese nota.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
318
- SAN JUAN –
6°) Expediente N° F12 2686-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento San Martín.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que a fs.186/189 de las presentes actuaciones, Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas toma debida nota de la caducidad de los derechos de riego, Art. 137º Ley 4392/78,
resueltos mediante Acta Nº 2082 punto 9º y ratificados mediante Acta Nº 2090, punto 3º,
haciendo observaciones respecto a cuentas incluidas en la nómina de usuarios del departamento
San Martín que se registran en la Padrón de Riego del departamento Angaco y otras que
presentan diferencias con lo inscripto en el Padrón de Riego del departamento San Martín.
Que resulta necesario proceder a la rectificación del punto 9º) del Acta Nº 2082,
ratificada por Acta Nº 2090, punto 3º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Rectificar la resolución contenida en Acta Nº 2082, punto 9º), ratificada por
Acta Nº 2090, punto 3º), en lo referente a los derechos de riego que se detallan, ratificando la
caducidad y cesación de los mismos conforme lo establecen los artículos 137º y 286º de la Ley
4392/78:
Usuario
Tapia de Leveque, Antonia M.
Tapia de Leveque, Antonia M
Sosa, Francisco de Asis y Otra
Royón de Serrate, María
González de López, María y O.
Aguilera, Crescencio
Rodriguez de Cataldo, Teresa
Mortenssen, Elena Mabel V. de
Pedrozo Hnos. SAIC y GSA
Gonzalez, Félix
Luna, Agustín
Maure, Juan Esteban y Otro
Dotación
0Ha.6462m²
0Ha.6457m²
1Ha.0000m²
5Ha.0000m²
1Ha.0023m²
0Ha.3949m²
0Ha.6069m²
0Ha.2884m²
0Ha.4362m²
0Ha.5276m²
1Ha.7500m²
1Ha.0000m²
Cuenta
1954
1953
2428
2230
1635
1239
354
1419
507
1630
740
1420
Departamento
Angaco
Angaco
Angaco
Angaco
San Martín
San Martín
San Martín
San Martín
San Martín
San Martín
San Martín
San Martín
ARTICULO 2°. Tómese debida nota.
7º) Expediente N° F12 2682-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rivadavia.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que a fs.18 de las presentes actuaciones la Inspección Técnica de Rivadavia informa que
al proceder al tomado de nota de la caducidad de los derechos de riego, Art. 137º Ley 4392/78,
resueltos mediante Acta Nº 2080 punto 9º ha detectado que por error consignó en el listado
obrante a fojas tres la Cuenta Nº 4049 con dotación para 1Ha.7060m² que actualmente está en
uso por lo que solicita se deje sin efecto la caducidad declarada para dicha cuenta, ratificado
esto por el Departamento Irrigación.
Que resulta necesario proceder a la rectificación del punto 9º) del Acta Nº 2080.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
319
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Rectificar la resolución contenida en Acta Nº 2080, punto 9º), en lo referente a
la cuenta Nº 4049 con dotación para 1Ha.7060m² a nombre de Juan Torcivia quedando sin
efecto la caducidad allí declarada, en base a los fundamentos expresados en el considerando de
la presente resolución.
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas,
Departamento Recaudación y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
8º) Expediente N° 519 0842-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SARMIENTO, e/nota de la firma
Quisqueya S.A. sol./ traslado de dotación.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Dr. Ing. Francisco Garcés, en carácter de Presidente
del Directorio de la firma Quisqueya S.A., solicita el traslado definitivo del total de derechos de
agua de regadío de los inmuebles Nom. Catastral N° 15-62/700700, 1582/790700/882691/730700 a la parcela Nom. catastral N° 15-94/850760, sin derecho de agua,
y;
CONSIDERANDO:
Que justifica su petición la apreciable diferencia en la calidad de suelos y condiciones de
permeabilidad y drenaje.
Que a fs. 2 la Junta de Riego eleva nota manifestando que la Inspección Técnica procedió
a notificar a las Comisiones de Canales y Usuarios de los distintos cauces que pudieran
considerarse afectados por el traslado, no prestando conformidad los propietarios del tramo
final del canal Prolongación Centenario quienes manifiestan su oposición por nota que obra a
fs. 42/45 argumentando falta de capacidad del canal y problemas en la distribución.
Que la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fs. 23 informa que los
inmuebles a privar del derecho de agua de riego figuran inscriptos de la siguiente manera:
Nom. Catastral N° 15-62/700700 a nombre de “Quisqueya S.A.” con una superficie s/m de
67Ha.1290,17m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para 67Ha.1290m² cuenta
N° 2198. Nom. Cat. Nº 15-82/790700 (lote 3) superficie s/m 1Ha.9711,97m²; Nom. Cat. Nº 1582/ 882691 (lote A) superficie s/m 10Ha.0790,56m²; Nom. Cat. Nº 15-82/730700 (lote B)
superficie s/m 8Ha.0010,52m², estos tres últimos predios a nombre de Lértora, Enrique A., en
mayor extensión, (superficie 23Ha.4275,29m²) bajo las cuentas N° 1323 y N° 1325 con
dotaciones remanentes de 4Ha.8780m² de carácter vertiente y 18Ha.5499m² de carácter
permanente respectivamente (R.U. Nº 1152 y Nº 1151).
Que la firma Quisqueya S.A. acredita ser titular de los inmuebles lote 3, A y B conforme
a las constancias de fs. 24/28 (título de dominio) los que conforme a título y lo informado a fs.
34 vta. tienen derecho de riego para 20Ha.0511m².
Que Ecología Agrícola fs. 50 informa que el suelo de los inmuebles a privar del derecho
de riego presentan elevada salinidad en superficie y características propias del fenómeno de
revenición y en el predio a beneficiar con el traslado se encuentra en ejecución un proyecto de
diferimiento impositivo, con implantación de variedades finas de vid realizando el riego
mediante un sistema presurizado, por goteo, instalado y en funcionamiento.
Que Departamento Irrigación informa que el presentante dio cumplimiento con los
requisitos previstos con el Art. 132° del Código de Aguas no siendo necesario modificar obras
de arte por cuanto la distribución se realiza a través de compuertas aforadas, estimando que
podría accederse a lo solicitado teniendo en cuenta la necesidad de verificar técnicamente la
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
320
- SAN JUAN –
capacidad máxima del canal Prolongación Centenario en su tramo final y los aforos
correspondientes de acuerdo a los coeficientes históricos de distribución en el departamento, se
expresa además que lo manifestado por los regantes en su nota de oposición carece de
fundamento debido a que al ejecutarse traslado de dotación, la misma es incorporada al canal
correspondiente, por lo tanto no se reduce el caudal que le corresponde a cada usuario del
canal, entregándose de acuerdo al coeficiente de distribución del departamento.
Que Secretaría Técnica comparte lo expresado por Departamento Irrigación en cuanto a
la oposición planteada, punto 4º y además agrega: 4º-1 La falta de capacidad del canal
Prolongación Centenario (en su tramo final es de 522Has.6004m²) o bien la falta de pendiente
del mismo, puede verificarse mediante estudio técnico a llevar a cabo por el solicitante,
pudiéndose practicar los aforos con coeficientes de riego máx. históricos, de entrega de
dotación, si fuese necesario; 4º-2 Con respecto a esta observación “falta de agua en el canal”,
cuando se trasladan derechos de riego, estos quedan incorporados al reparto del cauce
beneficiado, debiendo tenerse en cuenta que las variaciones de volumen en más o en menos
responden al coeficiente de riego que se aplica en el momento de la entrega del recurso hídrico
disponible, siendo redistribuidos los tiempos de duración de los turnados y en proporción al
aumento de la dotación agregada al cauce; 4º-3 “Regar aguas arriba”: Con el sistema riego
propuesto (presurizado), no es condición necesaria que la parcela a irrigar se encuentre a nivel
inferior al cauce que la abastece, por cuanto los caudales se almacenarán en reservorios, desde
donde serán posteriormente bombeados; 4º-4 La observación formulada, con respecto a los
pozos del consorcio, bien puede allanarse teniendo en cuenta la propuesta de la Junta de Riego,
de cambios o reformulación de turnados.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 681-DH-97 expresa que según se desprende del
análisis de la oposición formulada por los regantes mediante la invocación de sus efectos, las
notificaciones diligenciadas son válidas en virtud de que los interesados han tenido
conocimiento del acto que las motivó, habiéndose garantizado en el presente procedimiento el
derecho a ser oido y el debido proceso y que conforme a los antecedentes e informes obrantes
en las presentes actuaciones los requisitos exigidos por el artículo 132º de la Ley 4392/78, están
debidamente cumplimentados y en consecuencia corresponde resolver la petición mediante el
pertinente acto administrativo.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. No hacer lugar a la oposición formulada por regantes del tramo final del canal
Prolongación Centenario en virtud de lo manifestado en los considerandos de la presente
resolución.
ARTICULO 2°. Autorízase a la firma Quisqueya S.A. a trasladar las dotaciones que les
corresponde a las parcelas Nom. Catastral N° 15-62/700700 - 67Ha.1290m² de carácter
permanente inscripta bajo la cuenta N° 2198 y Nom. Catastral Nº15-82/790700, 882691 y
730700 18Ha.5499m² de carácter permanente, cuenta N° 1325 y 1Ha.5012m² de carácter
vertiente a descargar de la cuenta N° 1323, procedentes de los canales Campodónico - Devoto,
ramo Gimenez y canal Tercero, compuerta 11, ramo Campodónico - Lértora, al predio Nom.
Catastral 15-94/850760, canal Prolongación Centenario, ramo Final, compuerta Nº 25,
departamento Sarmiento.
ARTICULO 3°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a la presentación del estudio
técnico para determinar la capacidad del cauce, lo que será por cargo y cuenta del peticionante,
como así también la ejecución de las obras que resulten de dicho estudio.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
321
- SAN JUAN –
ARTICULO 4°. La firma peticionante será responsable por los daños y perjuicios que se
puedan ocasionar a terceros por efecto del traslado autorizado.
ARTICULO 5°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de
lo indicado en los artículos anteriores.
ARTICULO 6°. Notifíquese y tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación
y la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese.
9º) XXXVII SEMANA DEL AGUA.
Este Consejo fija como fecha de celebración de la XXXVII Semana del Agua desde el día
08 al 10 de octubre de 1997.
A tal efecto, designa una comisión integrada por los señores: Francisco Ferrer,Juan
Pedrozo, Ricardo Silva, José González y señoritas: Silvia Palacios, Beatriz Martinez, Rosario
Tejada, Alicia Amposta y Lucía E. Pérez, quienes tendrán a su cargo la programación de los
actos correspondientes.
10º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 429, 430, 431, 432, 433, 434, 435, 436, 437, 439, 440 y 441-DH-97,
dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 429-DH-97: por la que en: Art.1º. Da por concluida la función de Delegado Habilitado de la
Repartición en el departamento Santa Lucía, asignada por Acta Nº 2052, punto 6º del H.
Consejo, al agente Angel Bernardo Ocampo, M.I.Nº 07.943.949. Art. 2º Asignar la función de
Delegado Habilitado de la Repartición en el departamento Sana Lucia, al agente Eloi Argentino
Martinez M.I.Nº 06.755.508, sin perjuicio de sus tareas específicas. Art. 3º La percepción y
rendición de los valores en concepto de canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos,
será efectuada semanalmente en forma personal por el Delegado Habilitado ante la División de
Rentas y Valores, conforme a las disposiciones de la Ley de Contabilidad.
Nº 430-DH-97: por la que en: Art.1º. Da por concluida la función de Delegado Habilitado de la
Repartición en el departamento 9 de Julio, asignada por Acta Nº 2052, punto 6º del H. Consejo,
al agente Mario Eustaquio Sanchez, M.I.Nº 08.665.140. Art. 2º Asignar la función de Delegado
Habilitado de la Repartición en el departamento 9 de Julio, al agente José Daniel Ortiz, M.I.Nº
11.378.299, sin perjuicio de sus funciones específicas. Art. 3º La percepción y rendición de los
valores en concepto de canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos, será efectuada
semanalmente en forma personal por el Delegado Habilitado ante la División de Rentas y
Valores, conforme a las disposiciones de la Ley de Contabilidad.
Nº 431-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma total de $4.469,76 a favor de los
señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José Mario Castro en concepto de prestación de servicio
de alquiler de camiones durante el mes de junio de 1997 en los departamentos Jáchal,
Calingasta e Iglesia.
N°432-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Rey de Oro S.R.L. por
la suma total de $ 3.250,00 por la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque en los
ramos de 1º sección del departamento 25 de Mayo, correspondiente a: ramo de calle 18, ramo
de calle 19, ramo de calle 20 y ramo de calle 22, en una longitud total de 15.000 metros,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
322
- SAN JUAN –
N°433-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Oscar Armando
González Valverde por la suma total de $ 2.485,00 por la provisión de 350 bolsas de cemento
portland, puesta en obra, para ejecución de trabajos de impermeabilización en canal Punta del
Monte-Tapia departamento Angaco, en una longitud total de 1.071 metros, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 434-DH-97: Por la que se otorga la bonificación por título al agente Wilfrido Díaz Dávalos,
C.E.Nº 92.518.241, quien posee diploma de Bachiller en Humanidades Modernas, otorgado por
el Colegio Normal Juan Montalvo de la República del Ecuador, por un equivalente al 35% de la
asignación de la categoría uno conforme a Ley 5547, a partir del 1º de octubre de 1996.
Nº 435-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº74 para la
adquisición de empaquetadura con destino al mantenimiento y conservación de máquina
pesadas de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 436-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº75 para la
adquisición de mangueras varias con destino a mantenimiento y conservación de camionetas
Pick Up, movilidades, camiones y máquinas pesadas de la Repartición, de acuerdo a lo que
establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 437-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº76 para la
adquisición de motobombas, motosierras, desmalezadoras, mochilas fumigadoras, grupos
electrógenos, motosoldadoras y mangueras con destino al departamento Irrigación para la
ejecución de obras en la 1º, 2º y 3º zona de Riego de la Provincia, de acuerdo a lo que establece
la Ley de Emergencia Hídrica.
N°439-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma La Platense S.A. por la
suma total de $ 1.400,00 por la adquisición de 350 metros cúbicos de oxígeno industrial con
destino a la sección Herrería de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
Nº 440-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº77 para la
ejecución de trabajos de monda de cauce, limpieza de obras de arte, levantamiento y transporte
de productos de monda en el Dren Tercero, Calle 21, departamento 25 de Mayo en una longitud
aproximada de 10.000 metros, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°441-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Multivid S.A. por la
suma total de $ 143,00 por la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque en el canal
Carril departamento San Martín en una longitud de 1.200, importe que se acreditará a cuenta
del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
323
- SAN JUAN –
A C T A N° 2103
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
veintiseis días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como
Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora once treinta, se inicia la sesión con la
consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2102.
2°) Expediente N° 519 1885-J-97, JUNTA DE RIEGO DE ALBARDON, s/hacerse cargo del
mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento.
VISTO:
Que la Junta de Riego de Albardón solicita autorización para hacerse cargo del
presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del
presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto
correspondiente a los cauces: Drenes: Desecador, Florida, Tucumán Sur, Tucumán Norte,
Zanjón, Romero, Gral. Cañada, Nacional y Rawson, Lozano, Internos Vº San Miguel, Uruguay,
Santa Elena, Blanco- Tucumán y Tambo; Desagües: San Nicolás, Chirino, Tierrita, Antúnez,
Sarmiento, Nacional y Rawson, Arenales, Tucumán, La Laja, España e Internos Cañada;
Cauces: Rio Yakín, Rio Avila, Rio Burela, Rio Lahoz, Rio Bolado y Descenso Tierrita, que
estarían a cargo del Departamento de Hidráulica.
Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Albardón
y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la
transferencia del 23% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de
deuda atrasada como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 23%, del monto de lo recaudado en el
departamento Albardón para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la
Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque
correspondiente al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
3º) Expediente N° 519 1821-A-97, AGRINSA S.A. PERFORACIONES, s/ inscripción como
empresa perforadora.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
324
- SAN JUAN –
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Licenciado Marcelo A. Minnozzi, solicita se inscriba
en el registro correspondiente a la Empresa “Agrinsa S. A. Perforaciones”, proponiendo como
Representante Técnico al Licenciado Ricardo Demartini, inscripto en el Registro de
Profesionales de la Repartición con Matrícula Nº37, y;
CONSIDERANDO:
Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría
Técnica de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170°
siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa “Agrinsa S. A. Perforaciones” en el
Registro de Constructores de Pozos de la Repartición.
ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea,
comuníquese y oportunamente archívese.
4º) Expediente N° F12 2334-I-96, IRRIGACION, c/la aceptación de la Junta de Riego de San
Martín de la donación de un equipo de computación.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación informa que la Junta de Riego del
departamento San Martín ha aceptado la donación por parte de la Empresa Peñaflor S.A., de un
equipo de computación para ser utilizado en la Inspección Técnica departamental.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aceptar la donación de un equipo de computación para ser utilizado en la
Delegación de San Martín, con las siguientes características: PC Pentium 120 Mhz. (Proc.
Intel), 256 K de Cache; PCI Full, C/fan Cooler; 8 Mb. de Memoria RAM (ampliable a 128
Mb.); Diskettera 3,5 l,44 Mb; Disco rígido 1,6 G-Byte; Monitor 14” S-VGA color (.28)
Samsug; N/entrelazado 1024x768; Syncmster III, c/placa VGA de 1 Mb. Ampliable a 2 Mb.
PCI; Teclado expandido p/Windows-95 e/Español; Mouse de 3 botones Genius c/Pad; Gabinete
M-Twer; Impresora Hewlett Packard 680-C, b/negro y Color: Full simultáneo, 5 PPM,
600x300 DPI, maneja papel continuo c/cable Centronic.
ARTICULO 2º. Tome debida nota División Patrimonio, comuníquese y archívese.
5°) Expediente N° 519 0530-P-97, P Y B CONSTRUCCIONES, e/renuncia al derecho de riego,
departamento Chimbas.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
325
- SAN JUAN –
Que mediante estas actuaciones el Arquitecto Guillermo E. Pirán, en calidad de
presidente de la Empresa P y B Construcciones Civiles S.A. y como propietario de un terreno
identificado con N.C. N°08-36/270120, renuncia al derecho de riego registrado bajo cuenta
Nº4458 del departamento Chimbas, y ;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 16, que el predio
mencionado figura inscripto bajo R.T. Nº 2030(D)4669 con superficie según mensura de
2Ha.4317,59m² y dotación de carácter permanente para 2Ha.0271m² a nombre de P y B
Construcciones Civiles S.A. Cuenta Nº4458.
Que Asesoría Letrada en su dictamen 699-DH-97 expresa que en virtud de las
constancias obrantes en las presentes actuaciones, se han dado cumplimiento con todos los
extremos legales exigidos por la normativa vigente y sugiere aceptar la renuncia al derecho de
agua solicitado.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aceptar la renuncia al derecho de riego de carácter permanente para
2Ha.0271m² que figura inscripto bajo cuenta Nº 4458 a nombre de P y B Construcciones
Civiles S.A., departamento Chimbas.
ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
6°) Expediente N° 29.294/2-M-88, MUNICIPALIDAD DE ZONDA, s/concesión de agua para el
riego del arbolado público del departamento Zonda. Agregados expedientes 29.294/5-M-92,
29.294/6-M-92, 127.091-R-77, 322.186-M-82 y 321.743-M-83.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la Municipalidad de Zonda solicita la concesión de
dotaciones para riego del arbolado público y espacios verdes del departamento, y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fojas 38 que en los
registros respectivos no se encuentra inscripta concesión alguna de agua para riego de arbolado
público y espacios verdes a nombre de la citada Municipalidad y que lo peticionado encuadra
en la primera categoría del orden de preferencias establecido en el art. 31º del Código de Aguas
y con las disposiciones del Libro II, título I en lo referente a Abastecimiento de Poblaciones,
Art. 64º y concordantes de la citada norma legal.
Que División Ecología Agrícola a fojas 8/8 vta., determina las dotaciones necesarias para
riego del arbolado público y espacios verdes solicitadas.
Que Departamento Irrigación informa a fojas 45 vta. las dotaciones que actualmente se
encuentran en uso y las solicitadas no en uso.
Que analizados los antecedentes del caso es estima conveniente el empadronamiento de las
dotaciones en uso.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
326
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, a nombre de Municipalidad de Zonda,
las siguientes concesiones de agua de carácter permanente para riego del arbolado público y
espacios verdes:
20Ha.0000m², canal General, compuerta Nº1 - Camping Cerro Blanco.
12Ha.0000m², canal General, compuerta Nº3 - Ruta Nº12 desde compuerta Nº3 del canal
General hasta calle Sarmiento, ambos costados.
10Ha.0000m², canal Barros, compuerta Nº1 - calle San Martín, desde calle Matías Sánchez a
calle Libertador, ambos costados.
2Ha.5000m², canal Barros, compuerta Nº2 - Ruta Nº12 desde calle San Martín a Libertador,
ambos costados.
7Ha.5000m², canal Barros, compuerta Nº2 - Villa Darboren, Villa Basilio Nievas y Barrio
Basilio Nievas.
1Ha.5000m², canal Playas, compuerta Nº5 - Cementerio Municipal.
ARTICULO 2°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas procederá a registrar los
derechos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTICULO 3°. Departamento Recaudación-División Rentas y Valores confeccionará las
boletas respectivas conforme lo establece el Acta N° 2089.
ARTICULO 4°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas, Departamento Recaudación y Departamento Irrigación.
7º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 445, 446, 447, 448, 449, 450, 453, 454, 455, 456, 457, 458, 459,
460, 461 y 462-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 445-DH-97: por la que en: Art.1º. Encomienda la función de Sub Contador de la Repartición
en su estado actual de revista, al C.P.N. Horacio Aracena, D.N.I. Nº 13.563-671.
N°446-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Domingo José
González por la suma total de $ 260,00 por 20 jornales de personal obrero para la ejecución de
limpieza y desembanque en Canaleta Balcarce departamento Santa Lucía en una longitud total
de 743 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de
Servicios Hídricos.
N°447-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Domingo Gerveno por
la suma total de $ 264,00 por 22 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque en el Ramo Carmy departamento Santa Lucía, un tramo comprendido desde
Derivado Aubone hasta el final por Calle San Lorenzo, importe que se acreditará a cuenta del
pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°448-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Felipe Serer Palacio
por la suma total de $ 480,00 por 40 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque en Canal Alto de Sierra departamento Santa Lucía en una longitud total de 1200
metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
Nº 449-DH-97: por la que se rechaza las propuestas presentadas en el cotejo de precios directo
Nº 66 por las firmas Rectificaciones Domínguez y Cáceres Hnos., por considerar excesivo los
precios cotizados, autorizando a la sección Licitaciones y Compras para que conjuntamente con
la Comisión de Adjudicaciones realice una contratación directa para la reparación y puesta en
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
327
- SAN JUAN –
servicio llave en mano de la máquina excavadora Kockum KL-230 Interno 17-03 de la
Repartición.
Nº 450-DH-97: por la que se rechaza las propuestas presentadas en el cotejo de precios directo
Nº 69 por las firmas Rectificaciones Domínguez y Cáceres Hnos., por considerar excesivo los
precios cotizados, autorizando a la sección Licitaciones y Compras para que conjuntamente con
la Comisión de Adjudicaciones realice una contratación directa para la reparación y puesta en
servicio llave en mano de la máquina excavadora Kockum KL-230 Interno 17-02 de la
Repartición.
N°453-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Faldutti S.A., Sevri
S.R.L. y San Juan Informática S.R.L. por la suma total de $30.994,00 para la adquisición de lo
siguiente cuyo pago será 100% en efectivo excepto la firma San Juan Informática S.R.L. que el
pago será 50% en efectivo y 50 % en bonos Crefi Provinciales:
Faldutti S.A.: 20 Computadoras Pentium con procesador Intel certificado de 166 MHZ; 10
Placas para Red en 2000 compatibles y 16 impresora marca Epson modelo LX 300, total
$25.290,00.
Sevri S.R.L.: 20 Estabilizadores de 0,5 KVA-160-250 V; 03 Impresoras Epson FX 1170 con
cable paralelo centronics y 01Impresora Epson 1500 con cable paralelo centronics, total $
4.626,00.
San Juan Informática S.R.L.: 02 Impresoras H.P. Deskjet 670 C. 600 x 600 DPI. $ 1.078,00.
N°454-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas San Juan Informática
S.R.L, Sevri S.R.L y Faldutti S.A., por la suma total de $ 5.886,00 para la adquisición de
paquetes de Windows 95 con licencia OEM Español en CD y 20 licencias; office pro 97
completo; Visual Basic; antivirus Dr. Salomon; actualización trimestral de los antivirus y cajas
de diskettes, con destino a las distintas dependencias de la Repartición.
N°455-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Automovil Club
Argentino, por la suma total de $30.000,00 para la adquisición de chequeras y/o vales de
combustibles por valores de $10,00 y $20,00 c/u correspondiente a nafta común y gasoil, con
destino a mantenimiento de movilidades de la Repartición.
Nº 456-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma total de $5.590,68 a favor de los
señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José Mario Castro en concepto de prestación de servicio
de alquiler de camiones durante el mes de julio de 1997 en los departamentos Jáchal,
Calingasta e Iglesia.
N°457-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Agulles de Leiva,
Josefa por la suma total de $793,00 por 61 jornales de personal obrero para la ejecución de
monda de invierno en el Ramo Apeceche Coria departamento Caucete en una longitud de 1.850
metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°458-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Villa Mercedes S.A.
por la suma total de $1.235,00 por 95 jornales de personal obrero para la ejecución de monda
de invierno en el Ramo La Pampa del departamento Caucete en una longitud de 5.000 metros,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°459-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Villa Mercedes S.A.
por la suma total de $1.378,00 por 106 jornales de personal obrero para la ejecución de
limpieza y desembanque en el Ramo Barros departamento Caucete, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°460-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Vergara, Juan por la
suma total de $180,00 por 18 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque en el Den de Calle 11 departamento Pocito en una longitud de 500 metros,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°461-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ales R. Evaristo y
Ales N. Evaristo por la suma total de $988,00 por 76 jornales de personal obrero para la
ejecución de monda de invierno en el Canal Primero del departamento Caucete en una longitud
de 3.000 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
328
- SAN JUAN –
Servicios N°462-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ales R.
Evaristo y Ales N. Evaristo por la suma total de $624,00 por 48 jornales de personal obrero
para la ejecución de monda de invierno en el Canal Primero del departamento Caucete en una
longitud de 1.909 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
329
- SAN JUAN –
A C T A N° 2104
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a dos
días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones
los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer,
Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar
Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos
Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora
diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2103.
2°) Expediente N° 519 2020-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Chimbas en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Chimbas.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Chimbas, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la
caducidad de la concesión:
Usuario
Perez Garcés, José
Carmona, Juan
Dotación
1Ha.0311m²
0Ha.6845m²
Cuenta
22
24
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
330
- SAN JUAN –
Blanco, Claudio
Usuario
Sanchez, Gabriel
Samaja, Domingo
Gehan, León
Gehan, León
Sarmiento, José
Rodriguez, Salvador
Sarmiento, José
Maldonado, Andrés
Valverde, Manuel
Dorador, Antonia H.
Escudero, Paula de
Mira Puerta, Olga F.
Fernandez, Francisco
Salcedo, María Celia Zunino de
Lopez Mansilla, Salvador
Puy, Manuel F.
Sarmiento, José
Morrone, Hermino
Fagale, Antonio S.A.C.A.I.F.E.I. y O.
Locce, María A. y Otra
Batezzati, Honorina R.
Deiana, Juan
Mira, José
Crespillo Fernandez L.
Marini, Francisco
Sala, Domingo
Alvarez, Juan P.
Mancini de Nuñez, Laura N.
Albarracín, Micaela de
Riveros, Elena G. de
Muñoz, Mercedes
Jofré, Marcial
De los Ríos, Alvano
Luengo, Matilde P. de
Pedrosa, Salvador
Pedrosa, Salvador
Ferreyra, Pío
Jorquera, Marcos
García, Martín Andrés
Flores, Aurora R. de
Flores de Suarez, Aurora
Yornet, Josefa de Y.
Saenz, Aurora V. de
Coralli S.A.A.C.I.
Díaz Alvarez, Antonio
Usuario
0Ha.7464m²
Dotación
2Ha.2103m²
1Ha.8100m²
6Ha.1618m²
1Ha.2008m²
4Ha.7760m²
1Ha.2216m²
0Ha.8001m²
2Ha.9072m²
1Ha.3333m²
0Ha.6720m²
0Ha.5647m²
2Ha.5000m²
0Ha.5626m²
5Ha.8536m²
6Ha.5243m²
0Ha.7012m²
1Ha.0142m²
0Ha.5789m²
0Ha.7210m²
0Ha.5407m²
2Ha.5000m²
0Ha.8000m²
1Ha.0340m²
0Ha.5684m²
0Ha.6081m²
1Ha.5000m²
3Ha.4517m²
1Ha.5511m²
1Ha.,8637m²
9Ha.2627m²
1Ha.5000m²
3Ha.5452m²
0Ha.9882m²
1Ha.3444m²
1Ha.0000m²
1Ha.5000m²
3Ha.6673m²
0Ha.8912m²
3Ha.9141m²
4Ha.0299m²
3Ha.0000m²
0Ha.9178m²
0Ha.5924m²
1Ha.0000m²
1Ha.9861m²
Dotación
38
Cuenta
58
59
63
64
67
69
71
72
77
96
99
104
106
126
128
130
132
136
215
356
530
746
748
768
770
777
779
803
823
825
830
833
836
837
849
850
853
856
887
894
899
910
912
948
953
Cuenta
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
331
- SAN JUAN –
Ariza Segovia S. y
Szvalb, José
Rambau, María M. de
Bergalio, María Edith G. de y Ot.
Bettio, Luis Roque
Marini, María Marini de
Castro, Teodora Bazán de
Castro, Teodora Bazán de
Castro, Teodora Bazán de
Sarmiento, Nazario
Diez, Rafael
Falcón, Antonio
Moreno, Alfonso
Moreno, Alfonso
Lozano, Antonio
Garrido Sanchez
Muñoz, Julio
Bustos, María
Santamaría, Pablo
Fernandez, Juan
García B. Pedro y Otra
Baca, Antonio
Gil Guerra, Rafael
Luengo, Rogelio
Salinas, José Abel
Putelli, Domingo
Díaz, Patrocinio
Putelli, Enrique
Provincia de San Juan
Dagnino, Alejandro
Zárate, Nicasio
Lorente de Ramos, María
Municipalidad de Chimbas
Quiroga, Raúl Domingo Sucesión
Valverde, José
Laspina, Rosario
Santiago, Héctor y Otro
Berenguer, Juan
Gomez, Pedro Antonio
Segovia, Domingo F.
Cabrera Ruiz, Eduardo
0Ha.5168m²
1Ha.7500m²
4Ha.4359m²
5Ha.2831m²
2Ha.0679m²
2Ha.0027m²
1Ha.4538m²
1Ha.1196m²
1Ha.8696m²
2Ha.5000m²
1Ha.2030m²
1Ha.2631m²
0Ha.5468m²
1Ha.5000m²
0Ha.5323m²
1Ha.9513m²
1Ha.2649m²
0Ha.6880m²
2Ha.6052m²
0Ha.5643m²
8Ha.8252m²
1Ha.0000m²
1Ha.0039m²
1Ha.7996m²
1Ha.4609m²
2Ha.5000m²
1Ha.0000m²
1Ha.5000m²
1Ha.3623m²
15Ha.7308m²
0Ha.6662m²
2Ha.3330m²
5Ha.6551m²
1Ha.2769m²
2Ha.8960m²
3Ha.2616m²
0Ha.5264m²
1Ha.7425m²
3Ha.2327m²
3Ha.2226m²
5Ha.9088m²
954
992
999
1003
1027
1061
1077
1078
1079
1129
1135
1149
1160
1168
1185
1186
1187
1266
1318
1320
1324
1328
1332
1333
1342
1345
1359
1367
1382
1383
1446
1473
1480
1592
1652
1679
159
4475
1047
1050
1100
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Chimbas
que a continuación se detallan:
Usuario
Aracena, María
Ledesma, Santiago
Dotación
0Ha.1095m²
0Ha.1200m²
Cuenta
7
10
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
332
- SAN JUAN –
Sanchez, José
Matos, Serafín
Merenda y Adelfine
Paez, José Domingo
Alvarez, Dominga C. de
Ortega, Francisco R.
Barboza, Estaudino
Frias, Jaime
Baez, Manuel
Sarmiento, Angela
Sarmiento, Modesta Z.
Rodriguez, Jova
Castillo, Justa R. de
Lara Alcova, Rafael
Reza, Antonio
Reza, Juan
Cortez, Francisca R.
Lara Alcova, Manuel
Fuentes Robles, José
Cara, Antonio
Ramos, José
Mira, José
Castilla, Justa Q. de
Aguilar, Eduardo Del
Tierney, Juan P.
Paez, Lola Lopez de
Morrone, Lucía Rollón de
Marquez Pinto, Matías
Muñoz De Lillo, Carmen
Riveros, María Vargas de
Riveros, María Vargas de
Tejada, Juan Eliseo
Varas, Mariano
Carrizo, Francisco
Arcerito de Tantén, María
Laciar, José Miguel
Vela de Carrizo, Ana
Figueroa, Urbano
Samper, Filomeno
Battio, Dolores Carrión de
Bazán, Roque Oscar
Carrizo, Abdón
Agüero, Alejandro
Usuario
Aballay, Alejandro S. y Ot.
Augusto, Antonio y Genaro
Ramirez, Gilberto
Aballay, Rosa Durán de
0Ha.1750m²
0Ha.5000m²
0Ha.1535 m²
0Ha.5000m²
0Ha.0639m²
0Ha.0561m²
0Ha.5000m²
0Ha.3046m²
0Ha.3231m²
0Ha.4001m²
0Ha.4001m²
0Ha.3800m²
0Ha.3955m²
0Ha.2317m²
0Ha.2306m²
0Ha.0962m²
0Ha.1675m²
0Ha.1660m²
0Ha.0758m²
0Ha.3725m²
0Ha.4291m²
0Ha.2127m²
0Ha.0979m²
0Ha.1286m²
0Ha.2434m²
0Ha.5000m²
0Ha.3500m²
0Ha.0704m²
0Ha.0798m²
0Ha.1307m²
0Ha.1257m²
0Ha.0998m²
0Ha.0798m²
0Ha.0798m²
0Ha.0902m²
0Ha.1535m²
0Ha.0818m²
0Ha.0698m²
0Ha.0975m²
0Ha.0798m²
0Ha.1247m²
0Ha.1061m²
0Ha.2210m²
Dotación
0Ha.1802m²
0Ha.0998m²
0Ha.1257m²
0Ha.1207m²
14
16
26
34
35
41
45
47
56
66
68
70
90
91
93
94
95
97
100
101
102
105
107
114
129
135
141
143
185
186
187
188
189
190
192
193
194
195
197
199
200
201
202
Cuenta
203
204
207
210
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
333
- SAN JUAN –
Aballay, Alejandro
Paez, José Baldomero
Benegas, Juan Suc.
Figueroa, Juan de la Cruz
Gonzalez Lopez, Nicolás
Otarola de Riveros, M.
Paredes, Cantalicio
Bustos de Espíndola, Amada
Mercado de Martinez, Juana
Contreras de Sosa, Juana
Vega, Noemí C. Vega de
Jácomo de Lemos, Mercedes
Orozco, Isaac
Guerra, Juan Alberto
Flores, Rosalba
Tejada, Manuel
Quintero, Antolín
Vargas, Luisa
Sarmiento, Modesta
Vela de Villalba, Isabel
Valverde de Marcuzzi C.
Cuadros de Lucero, Martina
Fernandez, Venteo
Esteba, Francisco
Godoy, Jesús Agustín
Bullor, Isaac
Alfonzo, Lorenzo
Pellarín, Ofilio
Guerrero, Francisco
Sarmiento, Modesta
Municipalidad de Chimbas
Valdez Dusber
Carrera, Benito
Carrizo de Sosa, Rufina
Segura, Miguel
Cortez Mendez, Francisco
Mamone de Oliveros P.
Mollo, Santiago
Moreno, Azucena
García, Benicio
Moral Muñoz, Felipe
Usuario
Belli, Elvira Porrez de
Moral Diaz, Miguel
Alvarez, Bautista
García, Martín Andrés
Ponce, Modesta Nuñez de
García, Manuel
0Ha.0900m²
0Ha.0800m²
0Ha.0800m²
0Ha.0704m²
0Ha.0733m²
0Ha.1056m²
0Ha.0710m²
0Ha.1100m²
0Ha.0750m²
0Ha.1000m²
0Ha.0620m²
0Ha.0704m²
0Ha.0980m²
0Ha.0980m²
0Ha.0800m²
0Ha.1000m²
0Ha.0550m²
0Ha.0690m²
0Ha.1500m²
0Ha.1000m²
0Ha.0704m²
0Ha.1000m²
0Ha.0538m²
0Ha.0733m²
0Ha.1200m²
0Ha.0600m²
0Ha.0704m²
0Ha.0940m²
0Ha.0892m²
0Ha.2373m²
0Ha.2812m²
0Ha.1500m²
0Ha.0840m²
0Ha.1000m²
0Ha.0600m²
0Ha.0674m²
0Ha.1600m²
0Ha.1197m²
0Ha.0600m²
0Ha.0800m²
0Ha.1641m²
Dotación
0Ha.2003m²
0Ha.2038m²
0Ha.1539m²
0Ha.3599m²
0Ha.3264m²
0Ha.2523m²
213
216
220
223
237
249
251
265
266
290
299
301
337
344
348
350
359
366
367
371
373
378
387
429
448
478
486
488
490
495
524
539
543
576
588
596
612
619
654
663
761
Cuenta
767
785
802
828
842
863
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
334
- SAN JUAN –
Recabarren, Ramona L.
Rodriguez, Edmundo
Pelayes, Domingo
Blanco, Antonio
Deiana, Francisco
Riveros Guardia, Segundo
Esquivel Porres
Cumella, Joaquín
Arzobispado de San Juan
Segura Gimenez, Gabriel O.
Perez, Segundo C.
Lopez Fernandez, Francisco A. F.
Municipalidad de Chimbas
Vela, Plácido
Díaz, Ramón
Aciar, Juana O. de
Robledo, Hipólito
Baca, Francisco
Bustos, José María
Rivera, Rosa F.
Sanchez Vilches, Mateo
Tejada, Pilar
Ortiz, Luciano O.
La Protectora de San Juan
Díaz, Ramón
Cabrera, Alejandro B.
Díaz Ruffa
Zavalla, Salvador
Zagua, Manuel
Sarmiento, Nazario
Pons, Francisco S.
Acosta, Juan H. y Otra
Picot, Alberto
Flores, Juan Santos
Ruarte, Nicolás
Corzo, Perecio Bruno
Vega, Gregorio
Gonzalez, Segundo
Leiva, María Clemencia
Usuario
Avila, Fortunato
Mercado, Andrés
Fernandez, M. Francisco
Goyochea, Jesús
Gonzalez, Antonio
Sanchez, Ana Rodriguez de
Rausch, Juan Bautista
Saavedra, Enrique
0Ha.3591m²
0Ha.2500m²
0Ha.3898m²
0Ha.1816m²
0Ha.1257m²
0Ha.0522m²
0Ha.3513m²
0Ha.3082m²
0Ha.0727m²
0Ha.3647m²
0Ha.4465m²
0Ha.4730m²
0Ha.0581m²
0Ha.2069m²
0Ha.0600m²
0Ha.1338m²
0Ha.0820m²
0Ha.1490m²
0Ha.1248m²
0Ha.2545m²
0Ha.2329m²
0Ha.4125m²
0Ha.3269m²
0Ha.4496m²
0Ha.1792m²
0Ha.2055m²
0Ha.5000m²
0Ha.2907m²
0Ha.0732m²
0Ha.5000m²
0Ha.5000m²
0Ha.0590m²
0Ha.2731m²
0Ha.0793m²
0Ha.0793m²
0Ha.0696m²
0Ha.0571m²
0Ha.0942m²
0Ha.0793m²
Dotación
0Ha.0746m²
0Ha.1039m²
0Ha.0846m²
0Ha.0636m²
0Ha.0942m²
0Ha.1138m²
0Ha.0595m²
0Ha.0793m²
869
874
878
891
922
956
960
981
993
1002
1065
1110
1125
1182
1234
1237
1240
1271
1274
1275
1287
1291
1314
1331
1337
1338
1340
1341
1349
1351
1364
1371
1381
1394
1397
1399
1400
1401
1402
Cuenta
1404
1409
1413
1415
1416
1417
1418
1419
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
335
- SAN JUAN –
Galvez, María Rojas de
Garrido, Nelly
Manrique, Gervacio S.
Campillay, Cipriano
Olivares, Osvaldo S.
Puz, Luis
Petrona, Juana Yanez
Elizondo, Ambrocio C.
Tejada, Edmundo C.
Lopez, Gonzalez Francesco
Bustos, José Agapito
Fernandez, José L.
Paez Vega, Tomás
Nuñez, Leonidas
Muñoz Quiroga, Francisco
Reinoso, Daniel
Perez, Enrique W.
Salinas, José Amadeo
Molina, Domingo
Parodi, José Enrique
Rosales, Nicolás N.
Alvarez, Rosendo
Ane, Felix
Beratina, María Isidra C. de
Pereyra, Sixto
Salas, Carmen
Nina H. Emeterio
Torchia de Romero Noemi V.
Godoy, Bernardo
Hernandez, Froilán
Jurca, Francisco
Cáceres, Cándico
Torres, Felix y Otro
Barzola, José Oscar
Guaycochea, Pericles
Guaycochea, Pericles
Aguirre, Felix E.
Usuario
Liquitay, Pedro E.
Rodriguez, Pedro
Liquitay, Juan Alberto
Reynoso, Daniel
Tejada, Alejandra
Maffioli, Italo
Ortiz, Máximo
Ortiz, Máximo
Quiroga, Gregorio
Aballay, Aurelio
0Ha.0575m²
0Ha.0575m²
0Ha.0793m²
0Ha.1354m²
0Ha.0793m²
0Ha.0793m²
0Ha.0621m²
0Ha.0942m²
0Ha.0510m²
0Ha.0631m²
0Ha.0849m²
0Ha.1414m²
0Ha.0595m²
0Ha.0793m²
0Ha.0521m²
0Ha.0674m²
0Ha.1586m²
0Ha.1028m²
0Ha.0793m²
0Ha.0631m²
0Ha.0942m²
0Ha.0793m²
0Ha.0521m²
0Ha.0595m²
0Ha.0595m²
0Ha.0793m²
0Ha.0521m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.1363m²
0Ha.0942m²
0Ha.0545m²
0Ha.0652m²
0Ha.0555m²
0Ha.0595m²
0Ha.1603m²
0Ha.0595m²
Dotación
0Ha.0793m²
0Ha.0793m²
0Ha.1591m²
0Ha.0674m²
0Ha.1014m²
0Ha.0557m²
0Ha.0535m²
0Ha.0670m²
0Ha.0674m²
0Ha.0768m²
1420
1421
1422
1425
1428
1432
1436
1440
1442
1449
1451
1452
1455
1458
1459
1460
1464
1465
1466
1467
1468
1477
1478
1479
1482
1484
1490
1491
1492
1493
1495
1497
1498
1501
1502
1505
1506
Cuenta
1509
1511
1514
1515
1519
1520
1525
1526
1527
1529
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
336
- SAN JUAN –
0Ha.0595m²
0Ha.0529m²
0Ha.3318m²
0Ha.1222m²
0Ha.0794m²
0Ha.2872m²
0Ha.4077m²
0Ha.1815m²
0Ha.1425m²
0Ha.2651m²
0Ha.1466m²
0Ha.5000m²
0Ha.1361m²
0Ha.4896m²
Miranda, Agustina
Beltrán Sanchez, José
Moral, Dolores Fernandez de
Arranz, Pedro
Aballay, Ramón
Gomez, Roque
Barrios, Dolores Bazán de
De la Vega, Claudio H.
Fernandez, Walter
Alvarez, Dominga C. de
Castillo, Justa Quiroga de
Valverde, Francisco
Ochionero, Victor
Santiago, Héctor y Otro
1530
1533
1535
1538
1556
1576
1580
1622
1625
1680
1681
1682
1683
162
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
3º) Expediente N° 37.781/2-L-96, LA FABRICA S.R.L., e/renuncia al derecho de riego,
departamento Rawson.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Mauro Andberto Delgado, en calidad de Socio
Gerente de la firma La Fábrica S.R.L. renuncia al derecho de riego que le corresponde al
inmueble registrado bajo cuenta Nº12372 del departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, que el predio
mencionado figura inscripto bajo R.T. Nº 7669(D)5029 con superficie según mensura de
1Ha.8452m² y dotación de carácter permanente para 1Ha.8452m² a nombre de La Fábrica
S.R.L., Cuenta Nº12.372.
Que Asesoría Letrada en su dictamen 709-DH-97 expresa que en virtud de las
constancias obrantes en las presentes actuaciones, se han dado cumplimiento con todos los
extremos legales exigidos por la normativa vigente y sugiere aceptar la renuncia al derecho de
agua solicitado.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aceptar la renuncia al derecho de riego de carácter permanente para
1Ha.8452m² que figura inscripto bajo cuenta Nº 12.372 a nombre de La Fábrica S.R.L.,
departamento Rawson.
ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
4º) Expediente N° 519 1418-I-97, I.P.V., s/ condonación de deuda y renuncia al derecho de riego,
departamento Capital.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
337
- SAN JUAN –
VISTO:
Que por estas actuaciones el señor Subsecretario de Vivienda, solicita condonación de la
deuda y renuncia del derecho de riego correspondiente al inmueble propiedad del Instituto
Provincial de la Vivienda identificado como fracción 6 del plano de mensura Nº 1-11313/77,
departamento Chimbas, y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 6, que el derecho
de riego perteneciente al inmueble Nom.Cat.01-58/410600 figura inscripto bajo la cuenta N°
5077 del departamento Capital-Desamparados a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda
con dotación de carácter permanente para 4Ha.6593m².
Que la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., manifiesta que la referida parcela
no hace uso del agua de regadío desde hace más de diez años.
Que Asesoría Letrada en sus informes de fojas 9 y 10 vta., manifiesta que este Organismo
no está facultado para disponer condonaciones de deudas mantenidas por los usuarios por
derecho a la concesión de una dotación de agua por lo que sugiere extinguir la obligación de
pago conforme lo preceptuado en el Título XX del Código Civil por cuanto el mismo prescribe
que las obligaciones se extinguen de distintas formas, en este caso habría una confusión que es
uno de los modos de extinción atento a que se reúnen en una misma persona la calidad de
acreedor y deudor, esta conjunción en una misma persona de ambas calidades constituye un
obstáculo al cumplimiento de la obligación y que en virtud del no uso del agua para riego por
término mínimo que exige el Código de Aguas correspondería declarar la caducidad de la
concesión.
Que el artículo 137º del Código de Aguas, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que en el presente caso no es necesario por cuanto es el titular que expresa
y solicita la caducidad.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Extinguir la obligación de pago de la deuda que registre la Cuenta Nº 5077 a
nombre del Instituto Provincial de la Vivienda, departamento Capital-Desamparados, conforme
lo preceptuado en el Título XX del Código Civil.
ARTICULO 2°. Declarar la caducidad por no uso conforme lo establece el artículo 137º, Ley
4392/78 de la concesión de agua de riego para 4Ha.6593m² registrada bajo Cuenta Nº 5077 a
nombre del Instituto Provincial de la Vivienda, departamento Capital-Desamparados.
ARTICULO 3°. Notifíquese y tomen nota de la caducidad declarada por este acto
Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y
Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
5°) Expediente N° 519 1013-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Zonda.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2093,
punto 8º, y;
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
338
- SAN JUAN –
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Zonda, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
DOTACION
CUENTA
Navas González, Emilio
Peralta, Anita Arcelia
Balada, José Gonzalo
0Ha.0575m²
0Ha.1248m²
0Ha.0599m²
220
353
357
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
6°) Expediente N° 519 1309-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Santa Lucia.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2096,
punto 2º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Santa Lucía, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Tejada, Angela del Carmen Campa
Rodriguez, Humberto Genaro
Cortez, José María
García Pelaez, Julio
Navarro, Tránsito D. de
Aubone, Saul
Dirección Nac. de Vialidad
Donaire Rivera, José y O.
Marini, Francisco
Cuenta
2467
286
323
2646
678
2648
5115
2674
2470
Dotación
1Ha.5629 m²
2Ha.1639 m²
0Ha.6157 m²
0Ha.7864 m²
0Ha.7800 m²
3Ha.3626 m²
0Ha.7178 m²
1Ha.0681 m²
5Ha.8950 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
339
- SAN JUAN –
Muro, Tomás F.
Muro, Tomás F.
Basso, Rafael
Elizondo, Mercedes B. de
Fernandez García, Manuel
García, Gervasio
Gil, Francisco C.
Guevara, Cesáreo M
Heredia T. y Angélica N.
Jofré, Antonio Segundo
Navarro, Agustín
Olguín, Rosa A. de
Rodriguez, Nilo Julián
Rodriguez, Nilo Julián
Rojo, José
Vera, José
Vila, Lorenzo J.
Villavicencio, Eulalia
Bravo, María Enoe
Madrid, Domingo
Sanchez Montana, José
Zunino, Bernardo
Aguero, Margarita de
Jofré Enoe
Navarro, Tránsito D. de
Olguin, Eusebio
Peralta, Vicente
Vilchez, Fernando
Delgado, Juan M.
Ortiz, David
Roldán, Clara O. de
Zabala, Corsino
Irustia, Manuel
Pérez, María Lorenzo de
321
322
412
420
406
413
414
432
428
423
408
407
419
422
421
437
436
431
499
515
610
512
670
682
678
669
679
681
705
756
768
746
778
833
12Ha.682lm²
0Ha.9256m²
0Ha.5380 m²
0Ha.6675 m²
0Ha.5121 m²
0Ha.6462 m²
0Ha.7800 m²
1Ha.1450 m²
1Ha.2917 m²
0Ha.8564 m²
0Ha.6400 m²
2Ha.1396 m²
0Ha.5755 m²
0Ha.7162 m²
0Ha.6600 m²
0Ha.7800m²
0Ha.7800 m²
1Ha.2114 m²
1Ha.5131 m²
0Ha.7800 m²
1Ha.0480 m²
1Ha.5000 m²
0Ha.7800 m²
0Ha.7020 m²
0Ha.7800 m²
0Ha.5797 m²
1Ha.3593 m²
0Ha.5124 m²
1Ha.0363 m²
1Ha.5700 m²
1Ha.5596 m²
2Ha.0307 m²
0Ha.5180 m²
0Ha.6870 m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
7º) Expediente N° 519 0638-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Ullum.
VISTO:
El expediente Nº 519 0638-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2093, punto 14º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
340
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 14º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Ullum:
USUARIO
Demartini Oscar Pedro
Rivarosa, Celso Juan
Rivarosa, Celso Juan
Adarvez Rafael A.
Del Zotto Adriano
Montaña Santos Ramon
Montaña de Moreno Florencia
DOTACION
0Ha.5712m²
0Ha.5942m²
0Ha.6259m²
0Ha.0523m²
0Ha.0641m²
0Ha.0549m²
0Ha.2376m²
CUENTA
328
509
510
217
147
368
272
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
8º) Expediente N° 519 0457-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rivadavia.
VISTO:
El expediente Nº 519 0457-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2093, punto 12º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 12º), para los siguientes
derechos de riego:
Usuario
Lanza Luis
Alcayaga Paulino
Chiffel Pedro A.
Chiffel Pedro
Guevara Leonardo
Pala Nidia Gonzalez de
Campanaro Amadeo
Flores Vidal A.
Centro Friuliano
Seiche de Araya L.
Aranda Quintero M.
Sanchez Gregorio
Marrelli Gabriel
Ramirez Ramon
Boggian Atilio
Civico Antonio
Di Nucci Carlos
Dotacion
Cuenta Departamento
0Ha.0547m²
720
Rivadavia
0Ha.9868m²
4840
Rivadavia
0Ha.1137m²
2973
Rivadavia
0Ha.4313m²
726
Rivadavia
0Ha.1299m²
778
Rivadavia
Rivadavia
0Ha.1991m²
1103
0Ha.1066m²
1061
Rivadavia
0Ha.5850m²
1012
Rivadavia
0Ha.2943m²
679
Rivadavia
0Ha.0926m²
2661
Rivadavia
Rivadavia
0Ha.0769m²
876
0Ha.0925m²
947
Rivadavia
0Ha.0590m²
341
Rivadavia
0Ha.3200m²
412
Rivadavia
0Ha.1499m²
4854
Rivadavia
Rivadavia
1Ha.8013m²
134
0Ha.7602m²
4746
Rivadavia
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
341
- SAN JUAN –
Usuario
Orellano Juana Gutierrez de
S.E.S. (r/Nº1)
Zamarbide Belio
Patinella Antonio
Patinella Antonio
Patinella Antonio
Soc. Civil Cons. Unión Pers. J. En.
Ansberk Antonio
Ponce Ramon V.
Aguilar C. Fco.
Aguilar C. Fco.
Valenzuela de Maurin Adelaida
Valenzuela Antonio
Farias Juan R.
Caccamo Antonio
Hierrezuelo Antonio
Andino Rosa P. de
Orozco Hector
Rodriguez Rosendo
Rodriguez Rosendo
Guirado Antonio
Rios T. Cristobal
Rios T. Cristobal
Paez E. Manuel
Montaño Pedro
Furgiuele Osvaldo Carlos y otro
Guirado Brigida de
Palacio S. Fco.
Mulet Vicente y otro
Casares Miguel
Valverde Maria E. Castro de
Jofre Juan A.
Azuri, Jose
Gómez Z. Jose
Schvartz Luis
Fuentes Tomasa
Torres León
Torres Nicanor F.
Dotacion
0Ha.2000m²
4Ha.0000m²
0Ha.9982m²
0Ha.0760m²
0Ha.7175m²
0Ha.1048m²
1Ha.3802m²
0Ha.0785m²
0Ha.2176m²
0Ha.3003m²
0Ha.2992m²
0Ha.1000m²
0Ha.1748m²
0Ha.0558m²
0Ha.3598m²
0Ha.2687m²
0Ha.2215m²
0Ha.3387m²
1Ha.6160m²
0Ha.7386m²
0Ha.2081m²
0Ha.5391m²
0Ha.4849m²
0Ha.8215m²
0Ha.1087m²
1Ha.2224m²
1Ha.2079m²
0Ha.3000m²
1Ha.0000m²
1Ha.9180m²
2Ha.4464m²
0Ha.3196m²
0Ha.2641m²
0Ha.7780m²
0Ha.6962m²
0Ha.1805m²
0Ha.1964m²
0Ha.1975m²
Cuenta Departamento
4822
Rivadavia
4893
Rivadavia
Rivadavia
1375
2527
Capital
339
Capital
401
Capital
4381
Capital
Capital
5036
4148
Capital
5048
Capital
5049
Capital
369
Capital
Capital
5012
4626
Rivadavia
2821
Rivadavia
19
Rivadavia
23
Rivadavia
Rivadavia
2820
4798
Rivadavia
4799
Rivadavia
3821
Rivadavia
0037
Rivadavia
Rivadavia
2823
2829
Rivadavia
1234
Rivadavia
4653
Rivadavia
4745
Rivadavia
Rivadavia
4744
1246
Rivadavia
1282
Rivadavia
1253
Rivadavia
4784
Rivadavia
Rivadavia
4136
1209
Rivadavia
4617
Rivadavia
4525
Rivadavia
4524
Rivadavia
Rivadavia
4526
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
9º) Expediente N° 519 0456-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Pocito.
VISTO:
El expediente Nº 519 0456-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2093, punto 9º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
342
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 9º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Pocito:
USUARIO
Alejandro Videla
Blas Eduardo Videla
Pedro Vazquez
Isaias L. Wanstein
Juan J. Quiroga
José López
José López
José López
José López
Jorge Sosa
Imetal San Juan
Esteban Gómez
DOTACION
6Ha.9850m²
5Ha.2358m²
0Ha.3005m²
10Ha.0138m²
0Ha.1234m²
0Ha.1234m²
0Ha.1234m²
0Ha.1234m²
0Ha.9875m²
0Ha.7736m²
2Ha.9308m²
2Ha.7461m²
CUENTA
1372
1419
4754
0100
0210
0202
0207
0208
0209
0166
6141
3525
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
10º) Expediente N° 519 0458-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO:
El expediente Nº 519 0458-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2093, punto 11º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 11º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Chimbas:
USUARIO
Coop. de Vivienda Consumo y
Credito 30 de Agosto
Porres Juan W. y Otro
Porres Juan W. y Otro
Porres Juan W. y Otro
Porres Juan W. y Otro
Paton Miguel Angel
De los Rios, Isidro
Sage de Garcia, Ema y Otro
DOTACION
CUENTA
5Ha.0481m²
1Ha.9894m²
1Ha.4442m²
1Ha.7304m²
1Ha.2561m²
0Ha.1505m²
0Ha.0542m²
0Ha.1112m²
4333
2919
2234
2079
2078
3449
3985
4296
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
343
- SAN JUAN –
USUARIO
Bgas. y Vdos. Ovidio Braganolo
Sage de Garcia, Ema y Otro
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Rivera Juan Jose y Otro
Rivera Juan Jose y Otro
Deiana Ramon Francisco
Deiana Bernardino
Deiana Bernardino
Deiana Rafael Dante
Deiana de Rojas Providencia
Deiana de Rojas Providencia
Deiana Francisco Angel
Deiana Francisco Angel
Deiana Miguel Argentino
Carbajal, Severo Segundo
Aracena José Gregorio
Perez Jose Isidro
Bertomeu Daniel Manuel
Sosa Alcira Estanisla
Gervasoni Jose Marcos
Ramirez Juan Inocencio
Samper Juan Carlos
Diaz Vicente y otro
Rivera Juan Jose
Rivera Juan Jose
Caballero Isidro
Robledo Maria Agustina
Vedia Francisco y otra
Gómez Francisco Marco
Alvarez Eduardo
Robledo Rogelio y otra
Mota Bernardo Rafael
Sanchez Luis Cecilio
Claro Maria Mingolla de
Beltran Manuel y Otro
Tejada Justa
Flores Gilberto Domingo
Flores Gilberto Domingo
Flores Gilberto Domingo
Sanchez Juan y otros
Gómez Piedad C. Aciar de
Sanchez Miguel y Otros
Diaz de Marin Manuela E.
Sanchez Juan
Fleita de Varela C. y Otro
Costa Evaristo Conrado
Lopez Carrion Francisco
Figueroa Roberto R. y otros
Fernandez de Espinar Natividad
Asocc. Mutual Ban de Ban
Farias Sergio Guillermo
Portillo Francisco
Portillo Francisco
DOTACION
0Ha.8480m²
0Ha.0885m²
1Ha.2631m²
1Ha.5983m²
1Ha.2468m²
0Ha.2133m²
0Ha.2261m²
0Ha.3844m²
0Ha.1942m²
0Ha.5560m²
0Ha.1402m²
0Ha.1728m²
0Ha.0966m²
0Ha.5718m²
0Ha.6255m²
0Ha.1176m²
0Ha.0600m²
0Ha.1176m²
0Ha.3629m²
0Ha.0628m²
0Ha.1000m²
0Ha.0628m²
0Ha.0928m²
0Ha.0628m²
2Ha.0000m²
0Ha.5000m²
0Ha.1605m²
0Ha.1417m²
0Ha.1552m²
0Ha.6015m²
0Ha.2673m²
0Ha.1171m²
0Ha.8968m²
0Ha.0596m²
0Ha.2477m²
1Ha.5000m²
0Ha.3568m²
0Ha.1939m²
0Ha.2640m²
0Ha.1104m²
0Ha.7671m²
0Ha.5629m²
0Ha.2295m²
0Ha.1407m²
0Ha.4163m²
0Ha.1396m²
0Ha.1392m²
0Ha.0696m²
0Ha.7812m²
3Ha.1938m²
2Ha.8459m²
2Ha.3500m²
0Ha.6286m²
0Ha.1565m²
CUENTA
3260
4297
4299
4298
4249
4250
2678
4255
4256
4257
4258
4259
4260
4261
4262
1308
2677
2724
3288
4212
2033
4191
4190
4009
1251
1236
1245
1300
1297
1254
1296
1298
1241
4092
2885
1265
1293
1288
1289
1305
2887
1301
1303
1284
3556
4465
4403
2118
2892
1281
3342
1268
1278
3908
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
344
- SAN JUAN –
USUARIO
Portillo Francisco
Correa Maria E. Ariza de
Baez, Jose Ricardo Juan
Baez, Jose Ricardo Juan
Correa Maria E. Ariza de
Farias Sergio
Farias Sergio Guillermo
Ariza de Claro Irma E.
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Ighani, Mehrdad
Gattas Amado S.A.C.I.P.I.
Muñoz de Correa Aurora
Sanchez de Fernandez Ana
Sanchez de Fernandez Ana
Coop. de Vivienda y Consumo Cuyo
DOTACION
0Ha.2833m²
0Ha.0613m²
0Ha.4426m²
0Ha.8014m²
0Ha.1109m²
0Ha.9125m²
1Ha.6520m²
2Ha.0090m²
0Ha.8124m²
0Ha.8126m²
0Ha.8125m²
0Ha.8128m²
0Ha.8122m²
0Ha.8124m²
0Ha.8116m²
0Ha.8135m²
0Ha.5748m²
0Ha.4082m²
0Ha.5082m²
0Ha.8292m²
2Ha.1666m²
CUENTA
3912
3911
3909
3914
3913
3910
3915
3930
2807
2808
2809
4339
4343
4340
4341
4342
3380
1046
1096
773
775
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
11º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 464, 465, 466, 467, 468, 469, 471, 473, 474, 475, 476, 477, 480,
482,. 483, 484, 485, 486, 487, 488, 489, 490, 491, 492, 493, 494, 495 y 496-DH-97, dictadas
por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 464-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $ 9.425,02 a favor de los señores
Eduardo Aguilera, Juan Nardi, Herminia Rojas, María de Valverde y Salvador Victoria,
propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en el valle de Tulum, Ullum,
Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus Distritos, durante el mes de julio de 1997.
N°465-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Miguel Rueda por la
suma total de $ 450,00 por 45 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque en Ramo Calle 9 - Proveniente del Canal Quinto Cuartel departamento Pocito en
una longitud total de 900 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°466-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Andrés Vargas por la
suma total de $150,00 por 15 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque en el Ramo Nº 27 Parcial, derivado del Canal Ing. Céspedes departamento
Pocito, en una longitud total de 500 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de
Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°467-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Angel Antonio
González por la suma total de $110,00 por 10 jornales de personal obrero para la ejecución de
limpieza y monda en el Canal Laprida de calle Nacional 700 m.aguas arriba, departamento San
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
345
- SAN JUAN –
Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°468-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José Borbore
S.A.C.I.A. y F. por la suma total de $132,00 por 12 jornales de personal obrero para la
ejecución de limpieza y monda en el Canal Cortinez de calle Colón 1200 metros aguas arriba,
departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°469-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Domingo José
Gonzalez por la suma total de $ 494,00 por 38 jornales de personal obrero para la ejecución de
limpieza y desembanque de Canaleta Balcarce, departamento Santa Lucía, tramo comprendido
desde progresiva 0000 hasta 1.412, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y
Tasas Retribuidas de Servicios Hídricos.
N°471-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Don Domingo S.A.
por la suma total de $110,00 por 10 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
monda en el Canal Cortinez departamento San Martín tramo comprendido desde progresiva
0.000 hasta progresiva 2.000, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°473-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Osvaldo Ramón Lima
por la suma total de $165,00 por 15 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
monda en el Canal Laprida departamento San Martín tramo comprendido desde progresiva
1.700 hasta progresiva 2.900, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°474-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Miguel Angel Pedrozo
por la suma total de $ 97,00 por 1½ jornal de un camión para transporte de personal al Canal
Laprida departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y
Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°475-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José Borbore
S.A.C.I.A.y F. por la suma total de $385,00 por 35 jornales de personal obrero para la
ejecución de limpieza y monda en el Canal Cortinez, departamento San Martín, tramo
comprendido desde progresiva 2.000 hasta progresiva 4.700, importe que se acreditará a cuenta
del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°476-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Justo Angel Fuente por
la suma total de $550,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
monda en el Canal Laprida departamento San Martín tramo comprendido desde progresiva
2.900 hasta progresiva 4.900 y de progresiva 6.100 hasta progresiva 8.100, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°477-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Miguel Angel Pedrozo
por la suma total de $165,00 por 15 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
monda en el Canal Carril departamento San Martín tramo comprendido desde progresiva 3.600
hasta progresiva 5.000, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°480-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Villa Mercedes S.A.
por la suma total de $1.456,00 por 112 jornales de personal obrero para la ejecución de monda
de invierno en el Ramo Maurín departamento Caucete en una longitud de 4.850 metros,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
Nº 482-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 83 para la
ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en Dren Colector Escobar
departamento Rawson, longitud aproximada 2.000 metros, de acuerdo a lo que establece la Ley
de Emergencia Hídrica.
Nº 483-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 82 para la
ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en Desagüe Desecador
departamento Albardón, longitud aproximada 7.250 metros, de acuerdo a lo que establece la
Ley de Emergencia Hídrica.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
346
- SAN JUAN –
Nº 484-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 84 para la
ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en Dren Colector Nuevo,
departamento Rawson, longitud aproximada 6.000 metros, de acuerdo a lo que establece la
Ley de Emergencia Hídrica.
N°485-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Jofré Washington
Domingo por la suma total de $160,00 por 16 jornales de personal obrero para la ejecución de
limpieza y desembanque en el Ramo de calle 15, derivado del Canal Céspedes, departamento
Pocito, en una longitud de 1.600 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon
y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°486-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Aymare S.A. por la
suma total de $198,00 por 18 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
monda en el Canal Carril departamento San Martín tramo comprendido desde progresiva 6.200
hasta progresiva 7.700, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°487-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mario Serrani y Otros
por la suma total de $275,00 por 25 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
monda en el Canal Laprida departamento San Martín tramo comprendido desde progresiva
11.500 hasta progresiva 14.000, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°488-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Tulio Meglioli por la
suma total de $385,00 por 35 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
monda en el Canal Laprida departamento San Martín de Comp. Nº19 a Comp. Nº23, tramo
comprendido desde progresiva 8.100 hasta progresiva 10.100, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 489-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº78/97 para la
adquisición de una central telefónica nueva, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
Nº 490-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº79/97 para la
adquisición de 3.000 bolsas de cemento portland, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
N°491-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma G.M.D. Distribuciones
de Norma Escudero, por la suma total de $28.000,00 para la reparación completa, incluido
mano de obra especializada y colocación de repuestos originales, de un motor Skoda ML 634CIL.11,94 DM3 potencia 180 CV de la retroexcavadora Unex 411-DH- Interno 39-06 de la
Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°492-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Francisco Segura por
la suma total de $1.300,00 por 100 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza,
desmonte y desembanque en el Ramo Gutierrez 1B, departamento Santa Lucía tramo
comprendido desde progresiva 0.000 hasta progresiva 2.200, importe que se acreditará a cuenta
del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°493-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma El Salado S.A., por la
suma total de $1.950,00 por 30 jornales de camión para transporte de personal para la ejecución
de monda en el departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a cuenta del pago de
Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°494-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José Jorge Romero
por la suma total de $ 420,00 por 35 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza,
desmonte y desembanque de 330 metros en el Canal Los Molinos y desborde y levantamiento
de productos de monda, departamento Santa Lucía, importe que se acreditará a cuenta del pago
de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°495-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Las Palomas S.A. por
la suma total de $ 4.260,00 por 600 bolsas de cemento para la ejecución de impermeabilización
de Ramo de Calle 10 y 22, de la 3º Sección de Riego del departamento 25 de Mayo, importe
que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°496-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Vicente Vizcaino por
la suma total de $ 494,00 por 38 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
347
- SAN JUAN –
desembanque en el Ramo Richet, departamento Santa Lucía, importe que se acreditará a cuenta
del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
12°) MODIFICANDO RESOLUCION PUNTO 2º), ACTA Nº 2092.
VISTO:
La resolución contenida en Acta N° 2092 punto 2º), y;
CONSIDERANDO:
Que posterior a la notificación de dicha resolución se ha advertido que en el inciso b) se
especifica que se deberá llevar un Libro de Banco rubricado por Contaduría General de la
Provincia cuando en realidad es resorte del Departamento de Hidráulica, Departamento
Contable, la rubricación del mismo
Que es necesario modificar lo referente a los incisos j) y k) en cuanto a porcentajes a
transferir a cada Junta de Riego.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Modifícase los incisos b), j) y k) del Artículo 1º de la resolución recaída en el
punto 2º) del Acta 2092, por los siguientes:
“b) Deberá llevar un Libro de Banco rubricado por Departamento Contable del Departamento
de Hidráulica donde se hará constar los Ingresos y Egresos, ajustados a la Ley de
Contabilidad.
j) Se fija como base mínima el 21% a transferir a cada Junta de Riego en base a lo recaudado
por todo concepto en cada departamento.
k) El porcentaje a definir para cada Junta de Riego será diferente, se tendrá en cuenta las
características particulares que presente el departamento y en base a un análisis que se
efectuará para cada caso.”
ARTICULO 2°. Notifíquese. Tómese debida nota. Cumplido archívese.
13º) Expediente N° 519 1337-I-97, IRRIGACION, s/autorización con comisión.
VISTO:
La resolución contenida en Acta Nº 2100, punto 3º que autoriza la comisión a la Estación
Nivometeorológica Pachón, departamento Calingasta desde el 08/08/97 hasta el 31/10/97 (85
dias), por parte de los agentes Miguel A. Benegas y Antonio R. Corvalán., y;
CONSIDERANDO:
Que por razones de climáticas y de transporte no fue posible el cumplimiento de dicha
comisión en la fecha fijada, la que recién regirá a partir del 10 de setiembre de 1997.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Modificar la fecha de salida de la comisión autorizada mediante Acta Nº 2100
punto 3º), la que regirá a partir del 10/09/97 y por igual término.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
348
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Comuníquese, tómese debida nota y archívese.
14º) Expediente N° 519 0353-S-97, SECRETARIA TECNICA, e/para aprobación el Proyecto de
Acta Complementaria a suscribir para dar cumplimiento al desarrollo informático de la
Repartición.
VISTO:
El Acta Complementaria suscripta entre la Universidad Nacional de San Juan y el
Departamento de Hidráulica con fecha 01 de setiembre de 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo cuarto del Acta Complementaria aprobada por Acta Nº 2079/97 prevé la
renovación por periodos de tres meses, de común acuerdo entre las partes.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Prorrogar, por el término de tres meses a partir del 01 de setiembre de 1997, la
vigencia del acta suscripta entre la Universidad Nacional de San Juan y el Departamento de
Hidráulica conforme lo establece el artículo cuarto de la misma.
ARTICULO 2°. Aprobar el gasto de $4.200,00 (pesos cuatro mil doscientos) para la ejecución
del estudio, sistematización y desarrollo informático en áreas administrativas - contables a que
hace referencia el acta complementaria aprobada en resolución contenida en Acta Nº 2079/97.
Los pagos se efectuarán parcialmente en la suma de $1.400,00 por mes, durante tres meses.
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA
PRINCIPAL 02 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 22 “SERVICIOS DE
PROFESIONALES DE CAPACITACIÓN” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°: Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
15°) Expediente N° 519 1402-I-97, IRRIGACION, s/cotejo de precios.
VISTO:
Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice monda
de cauce y limpieza de obras de arte, en el dren Centro, departamento Angaco para lo cual se
cuenta con el VºBº de Dirección General, y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de
Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia
Hídrica Nº 6737.
Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
349
- SAN JUAN –
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los
trabajo de monda de cauce y limpieza de obras de arte correspondiente a 10.770 metros del
Dren Centro de progresiva 0000 a 10.770, departamento Angaco, de acuerdo a lo establecido
en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737.
ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a
realizar el Cotejo de Precios Directo de acuerdo a las disposiciones vigentes.
ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED
DE RIEGO Y DRENAJE” EJERCICIO 1997
ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
350
- SAN JUAN –
A C T A N° 2105
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a nueve
días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones
los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer,
Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar
Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos
Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora
once treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2104.
2°) Expediente N° 519 2063-D-97, DIRECCION DEL REGISTRO Y CATASTRO, e/informe
sobre depuración del Padrón Oficial de Riego.
VISTO y CONSIDERANDO:
El informe referente al trabajo de depuración del Padrón Oficial de Riego que efectua la
Direccion del Registro y Catastro General de Aguas mediante la comparación del Padrón de
Usuarios con los registros de repartos (usos), el catastro y la correspondiente identificación
tributaria (Nº de cuenta) realizándose en forma inmediata las correcciones del caso.
Que a la fecha se ha completado la depuración del Padrón Oficial de los departamentos:
Zonda, Ullum, Rawson, 9 de Julio, San Martín y Angaco.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Tomar conocimiento del trabajo de depuración del Padrón Oficial de Riego
realizado por la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas en los siguientes
departamentos: Zonda, Ullum, Rawson, 9 de Julio, San Martín y Angaco.
ARTICULO 2°. Pase a Departamento Irrigación a fin de que informe sobre las actuaciones
iniciadas o a iniciar por la documentación presentada.
ARTICULO 3°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
3º) Expediente N° 519 2098-S-97, SECRETARIA TECNICA, e/ criterios para la fijación de la
Contribución Económica de Usos Hidroenergéticos.
VISTO:
El empadronamiento para Usos Hidroenergéticos dispuestos en Acta del H.Consejo Nº
2050/96, puntos 10, 11 y 12, y los antecedentes, sobre estos usos, obrantes en expedientes
Nº370.403-G-93; Nº370.293-G-93; Nº370.394-E-93 y N° 519-2098-S-97, y;
CONSIDERANDO:
Que Secretaria Técnica presenta un estudio sobre el tema a considerar para la fijación de
la Contribución Económica en concesiones de Usos Hidroenergéticos, en la que se ha tenido en
cuenta los contenidos del Código de Aguas Ley Nº4392/78 y su modificatoria Ley Nº 4526/79,
las fuentes y remisiones que aluden en sus comentarios.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
351
- SAN JUAN –
Que el Código de Aguas en el Libro Tercero - Título VI - Capítulo II- “El canon” el art.
259º “Fijación del canon” establece que “el canon correspondiente a la concesión de derechos
de agua para usos agrícolas se fijará en proporción a la magnitud de la respectiva concesión y
será uniforme dentro de cada cuenca. En las concesiones correspondientes a otros usos, se
tendrán en cuenta, además las circunstancias propias de cada tipo de utilización y
especialmente la capacidad tributaria presuntiva media en cada categoría de usuarios. La
reglamentación fijará los criterios a seguir”.
Que el artículo 258º establece: Materia Imponible. Por la concesión de derecho de agua,
cualquiera sea el uso a que se le destine, se pagará el canon establecido en este Título, de
acuerdo a las disposiciones de este Código, del Código Tributario y de la Ley Impositiva
Anual.
Que en el Capítulo III del Título VI “Tasas Retributivas de los Servicios Hídricos” art.
262º especifica claramente que todos los trabajos de carácter general o particular que la
administración realice en este caso concreto para uso hidroenergético, serán retribuidos por los
beneficiarios, concordante con ello el artículo 263º dispone que los cálculos de gastos para la
fijación de las tasas para la prestación de los servicios retribuibles por el Departamento de
Hidráulica los efectuarán las Juntas Departamentales procurando que la recaudación probable
financie el presupuesto respectivo.
Que el art. 20º inciso f) de la Ley 886, le otorga la atribución al Consejo del
Departamento de Hidráulica para fijar el canon de riego y tasas retributivas de servicios
hídricos, es decir que la Ley determina cual es el Organismo competente que instrumentará la
reglamentación a tal fin y a la que alude la última parte del artículo 259º del Código de Aguas.
Que de los comentarios del Código de Aguas, en el caso de los Usos Hidroenergéticos,
se destaca el criterio plasmado por el Ing. Manuel Gregorio Quiroga el cual aconseja una
relación de 1 HP equivalente a 5Has. de derecho para Uso Agrícola.
Que de la información recabada al Departamento General de Irrigación de la Provincia de
Mendoza, para el caso se rige por la Resolución Nº91 del H.Tribunal Administrativo, que
establece una equivalencia de 1Hp.= 1Ha. de derecho para Uso Agrícola con una escala de
valores decreciente en relación a la potencia generada.
Que es necesario incentivar este tipo de usos por cuanto implica instalación de industrias
que benefician a la producción.
Que en consecuencia, es conveniente adoptar el criterio fijado por la Dirección General
de Irrigación de la provincia de Mendoza.
Que Asesoría Letrada de la Repartición sugiere que mediante Resolución del Consejo del
Departamento de Hidráulica, siguiendo los criterios legales aludidos en su informe Nº893-DH97, se fije el canon y tasas retributivas de servicios hídricos correspondiente a las concesiones
de derecho de agua para usos hidroenergéticos, cumpliendo con el procedimiento establecido
por la Ley 3784 y su Decreto Reglamentario, indicado para los actos administtrativos de
alcance general.
POR ELLO:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Establécese como Contribuciones Económicas a cargo de la usuarios de Usos
Hidroenergéticos la siguiente tabla de equivalencias:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
352
- SAN JUAN –
Potencia instalada
De 1 a 100 HP
De 101 a 500 HP
De 501 a 1.000 HP
De 1.001 a 2.000 HP
De 2.001 a 5.000 HP
De 5.001 a 7.000 HP
De 7.001 a 10.000 HP
De 10.001 HP en adelante
Coeficiente
1
0,9
0,8
0,7
0,5
0,4
0,3
0,2
Relación
1 HP = 1Ha. derecho agrícola
1 HP = 0,9 Ha. derecho agrícola
1 HP = 0,8 Ha. derecho agrícola
1 HP = 0,7 Ha. derecho agrícola
1 HP = 0,5 Ha. derecho agrícola
1 HP = 0,4 Ha. derecho agrícola
1 HP = 0,3 Ha. derecho agrícola
1 HP = 0,2 Ha. derecho agrícola
ARTICULO 2°. El monto del pago anual será el que surja de multiplicar el valor de potencia
declarada por el coeficiente y por la Contribución Económica equivalente al Uso Agrícola.
ARTICULO 3°. Elévese al Poder Ejecutivo la presente resolución para que sea refrendada
mediante Decreto.
4º) Expediente N° 519 1624-P-97, PEÑALOZA, MIGUEL R, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78,
departamento Rawson.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Miguel Ramón Peñaloza solicita se encuadre en
los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua
que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 3248 del departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.4, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0540m², registrado
bajo cuenta N° 3248, a nombre de Pedro Alejandro Peñaloza, departamento Rawson.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
5°) Expediente N° 519 1721-M-97, MARINERO, RAUL, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78,
departamento Santa Lucía.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Raul Marinero solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 2457 del departamento Santa Lucía, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
353
- SAN JUAN –
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 6 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.7, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1335m², registrado
bajo cuenta N° 2457, a nombre de Elsa Francisca Cortez, departamento Santa Lucía.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
6°) Expediente N° 519 2081-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Santa Lucía.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Santa Lucía en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Santa Lucía.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
354
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Santa Lucia, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la
caducidad de la concesión:
Usuario
Garcia Castro, José
Pastran Arlinton, J.
Pastrán, Héctor
Andino Bravo, Eduardo
López Orozco Bogas
Gonzalez Cortez, Humberto
Herrero, Félix
Coop. de Viv. Urbana 7 de Julio
Garcia, Juan
López, Victoria José y O.
Cano, Francisco y O.
Dir. Nac. de Vialidad
Moreno Manzano, José
Meros, Aurora Victoria de
Torrent Blanes, Carmelo y Rafael
Enrique de Correa, Ana M.
Morando Víctor J. y sra.
Collado, Pedro
Sanchez, R. de Archilla F.
Dir. Nac. de Vialidad
Cuenta
1255
1251
1270
1320
1306
5389
3845
6358
1001
3900
986
6215
993
1022
1019
1018
1017
4852
4855
6215
Dotación
0Ha.6790 m²
0Ha.6748 m²
5Ha.8909 m²
0Ha.5871 m²
1Ha.2700 m²
0Ha.5654 m²
1Ha.9402 m²
2Ha.0784 m²
0Ha.7800 m²
0Ha.9602 m²
5Ha.0000 m²
1Ha.8217 m²
0Ha.6209 m²
0Ha.5867 m²
1Ha.8323 m²
0Ha.6768 m²
2Ha.1112 m²
0Ha.7091 m²
0Ha.6707 m²
1Ha.8217 m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Santa
Lucía que a continuación se detallan:
Usuario
Alonso, Angel Ramiro
Alvarez Urbano Joaquín
Arias, Gregorio de Jesús
Arias, Gumercinda Antonia
Estado Nacional Argentino
Bertazzo de Demichelis L.
Boyado, Leopoldo
Brizuela, Emilio
Castro, Gabriel
Castro, Pablo Segundo
Cortez de Rodriguez, D
Del Castillo, Juan
Díaz de Videla Paz de J.
Díaz, Manuel
Estado Nacional Argentino D.N.V.
Estado Nacional Argentino D.N.V.
Estado Nacional Argentino D.N.V.
Fernandez de Fernandez D.
Usuario
Fernandez de Ininguez, Ana
Fernandez de Ininguez, Ana
Ene, Guillermo José y Otras
Cuenta
1217
4025
4022
3983
338
4016
1224
3986
4062
352
360
327
453
3131
347
343
4020
4018
Cuenta
4192
389
1207
Dotación
0Ha.0607 m²
0Ha.1338 m²
0Ha.0869 m²
0Ha.0543 m²
0Ha.0808 m²
0Ha.0791 m²
0Ha.0550 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.1131 m²
0Ha.0586 m²
0Ha.1089m²
0Ha.0550 m²
0Ha.0547 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0590 m²
0Ha.0537 m²
0Ha.0747 m²
0Ha.0640 m²
Dotación
0Ha.4186 m²
0Ha.4123 m²
0Ha.0604 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
355
- SAN JUAN –
Guevara, Margarita del Rosario
Herrera de Gonzalez, Elisa
Llovera, Antonio Alejandro
López Victoria, José
Maratta, Cayetano y Otra
Masquijo Andino, Octavio
Mengual Mestre, Juan B. y O.
Mercado, Pedro Modesto
Morales, Edmundo
Moreno Perez, Rosa
Dir. Nac. de Vialidad
Galdame M. de Cortez Bruna
Gomez, Orlando Oscar
Guerrero, María Argentina
Lozano, Mariano
Pacheco, Eduardo Rómulo
Torés, Manuel y Otra
López Noguera, Rogelio
Manrique, Ilda Dora
Moreno, María Adela
Navarrete, Domingo
Nieva, Rolando Ramón
Ortiz, Efrain Luciano
Riveros, Domingo Segundo
Ruiz de Diaz, Rebeca y O.
Salas, Ramón Sotero
Salinas de Chavez, Blanca D.
Sillero de Muñoz Ana,
Sarmiento, Haidee y Ots.
Verderrama, Matías Antonio
Quiroga, Marcos Cleto
Arce de Tejada, Adelfa
Aubone, Gonzalo y Otro
Garces Noguera, José
Bastida, Benito
Sanchez R. de Archilla F.
Estado Nac. Argentino
Estado Nac. Argentino
Figueroa O. de Cortez, R. Rosa
Martín de Mafezzini, María
Olivera, Santiago Segundo
Ortega Calvo, Francisco
Plana Riera, Vicente Eugenio
Nacaratto, Francisco
Nacaratto, Francisco
Navas Sanchez, Antonio
Porres, Marcelo Baltazar
Pulido, Francisco Solano
Robles de Perez, Mercedes
Usuario
Oliver Oliver, Juan Bautista
Romera, Antonio
Martos, Julia Rodriguez de
Salinas, Antonio Nicolás
Sanchez, Manuel Rufino
461
4175
447
424
342
439
1222
4017
375
362
346
4198
4196
4135
4245
3899
476
492
4201
4247
4257
4254
617
4058
4194
4227
4246
4262
3509
4219
4231
4258
4840
4839
4369
4854
1117
4371
1090
4372
1112
1054
4370
435
458
337
349
3859
1166
Cuenta
348
456
344
400
350
0Ha.0956 m²
0Ha.1923 m²
0Ha.0810 m²
0Ha.3064 m²
0Ha.0533 m²
0Ha.1797 m²
0Ha.0610 m²
0Ha.0566 m²
0Ha.0550 m²
0Ha.0526 m²
0Ha.1075 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0517 m²
0Ha.0539 m²
0Ha.0549 m²
0Ha.0502 m²
0Ha.0886 m²
0Ha.0545 m²
0Ha.0663 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0639 m²
0Ha.0647 m²
0Ha.0613 m²
0Ha.0623 m²
0Ha.0500 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0616 m²
0Ha.0713 m²
0Ha.0599 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0635 m²
0Ha.4038 m²
0Ha.1886 m²
0Ha.0870 m²
0Ha.1410 m²
0Ha.0889 m²
0Ha.0900 m²
0Ha.0547 m²
0Ha.2528 m²
0Ha.0512 m²
0Ha.0609 m²
0Ha.0831 m²
0Ha.5000 m²
0Ha.3585 m²
0Ha.1029 m²
0Ha.0590 m²
0Ha.1250 m²
0Ha.0556 m²
Dotación
0Ha.1200 m²
0Ha.1997 m²
0Ha.0730 m²
0Ha.2600 m²
0Ha.0536 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
356
- SAN JUAN –
Sanchez, V. de Quiroga, A.
Schnitzler, Eugenio Gerardo
Bonansea, Alfredo José y O.
Soria, José Gregorio
Sosa de Romero Paz, María
Sosa, Mateo Antonio
Tejada, José Romidio
Torés, José
Troncoso, Luis Rufino
Uliarte de Ferreyra, Josefa
Estado Nac. Argentino
Varela de Flores, Yolanda
Videla, Mario Josue
Vila, Clemente Luciano
Yornet Cevallos, Jorge y Blas
Aciar de Torres, Yolanda R.
Crespo, Joaquín
Alvarez, José
Cornejo, Oscar Luciano
Beatrice, Norma Josefina y Otros
Beatrice, Norma Josefina y Otros
Neman, Héctor Bautista y Otros
Neman, Héctor Bautista y Otros
Fernandez, Sonia Gladys y Otros
La Agraria S.A.
Quiroga, Antonio M.
Furio, Rosa
Furio, Rosa
Furio, Rosa
Furio, Rosa
Furio, Rosa
Furio, Rosa
Furio, Rosa
Furio, Rosa
Furio, Rosa
Furio, Rosa
Furio, Rosa
Furio, Rosa
Furio, Rosa
Rios, Liborio Apolinar
Aguirre Correa, César
Dir. Nac. de Vialidad
Dir. Nac. de Vialidad
Dir. Nac. de Vialidad
Mera, Aurora Victoria de
Mera, Aurora Victoria de
Mera, Aurora Victoria de
Usuario
Mera, Aurora Victoria de
4019
3994
4077
418
3988
4010
1200
4006
4007
351
366
442
440
330
387
4226
4228
469
522
6323
6324
6325
6326
6331
6387
6413
6437
6440
6441
6442
6443
6444
6445
6446
6447
6448
6449
6450
6452
987
1353
6213
6214
6217
1031
1026
1023
Cuenta
1025
0Ha.0537 m²
0Ha.0627 m²
0Ha.4060 m²
0Ha.1839 m²
0Ha.0542 m²
0Ha.0550 m²
0Ha.0576 m²
0Ha.1234 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0586 m²
0Ha.0930 m²
0Ha.2487 m²
0Ha.1400 m²
0Ha.0528 m²
0Ha.0754 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0758 m²
0Ha.0700 m²
0Ha.0817 m²
0Ha.0715 m²
0Ha.0721 m²
0Ha.0800 m²
0Ha.0549 m²
0Ha.0855 m²
0Ha.0659 m²
0Ha.1461 m²
0Ha.0735 m²
0Ha.0854 m²
0Ha.0880 m²
0Ha.0925 m²
0Ha.0906 m²
0Ha.0902 m²
0Ha.0746 m²
0Ha.0726 m²
0Ha.0604 m²
0Ha.0548 m²
0Ha.0636 m²
0Ha.1096 m²
0Ha.2600 m²
0Ha.2280 m²
0Ha.0988 m²
0Ha.0909 m²
0Ha.2186 m²
0Ha.2537 m²
0Ha.2500 m²
0Ha.2300 m²
Dotación
0Ha.1802 m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
357
- SAN JUAN –
7º) Expediente N° 519 1218-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, e/nómina de usuarios
comprendidos en los alcances de los artículos 286º y 137º departamento Capital.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones Dirección Administrativa eleva nómina de usuarios
inscriptos en el Padrón de Riego del departamento Capital que se encuentran ubicados dentro
de la Avenida de Circunvalación, poseen los servicios de agua potable y no han recibido agua
de regadío durante los últimos quince años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 359-DH-97 manifiesta que dado el tiempo
transcurrido, en razón de no encontrarse en uso, por corresponder a parcelas ubicadas en zonas
urbanizadas y en virtud de lo preceptuado en la Ley 5263, correspondería declarar la cesación
de todos los derechos de agua de riego del departamento Capital cuyo listado corre agregado de
fojas 3 a 7 de estos obrados.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Capital
que a continuación se detallan:
Usuario
Lanteri C., Enrique
Del Bono, Bartolomé
Del Bono, Bartolomé
Lanteri, Santiago
Varas, Manuel D.
Castro, Segundo P.
Daneri, Miguel P.
Cardozo, María P.
Zunino, Angelina y Hons.
Zunino, Modesta A. de
Luna, Eleuterio
Moya, Anacleto
Borini, Teresa de
Alfani, Miguel
Ferrer, Vicenta R. de
Testi, Remigio
Rodriguez, Rosario L. de
Usuario
Furlano, Natalio
Silva, Eusebia S. de
Bustos, Rita B. de
Sanchez, Pedro
Juarez, José
Echeverria, Andrés S.
Gnecco, Agustín V.
Furlano, Natalio
Dotación
0Ha.2354 m²
0Ha.3708 m²
0Ha.3285 m²
0Ha.3581 m²
0Ha.4483 m²
0Ha.1249 m²
0Ha.4502 m²
0Ha.3599 m²
0Ha.2323 m²
0Ha.1127 m²
0Ha.1701 m²
0Ha.2250 m²
0Ha.0652 m²
0Ha.3780 m²
0Ha.2100 m²
0Ha.0776 m²
0Ha.1545 m²
Dotación
0Ha.2223 m²
0Ha.0800 m²
0Ha.3059 m²
0Ha.3600 m²
0Ha.4510 m²
0Ha.0574 m²
0Ha.2820 m²
0Ha.1377 m²
Cuenta
6
7
11
13
18
19
20
21
22
23
24
26
27
28
29
30
31
Cuenta
32
33
34
36
37
38
42
43
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
358
- SAN JUAN –
Reyna, Dolores S. de
Narvaez, Segundino
Rodriguez, Manuel L.
Quiroz, Patrocinia R. de
Bustos, Primitivo
Quiroz, Antonio
Zalazar, Higinio
Sasso, Florinda R. y C.
Gomez, Santiago
Furque, Rosa B. de
Sosa, Cirilo Saul
Moyano, Juan B.
Arnaez, José
Moyano, Pedro y Pablo
Moyano. Zoe P.
Andrada, Nicolasa
Arevalo, Isaac
Canizaris, Cira C. de
Furlani, Pedro R.
Seba, Enrique Ramón
Aguilar, María Atencia de
De La Torre Rodriguez, Rosario
De La Torre Rodriguez, Ramón
De La Torre R., Pedro
Santa Lucia, Alberto
Sanchez, Francisco Gabriel
De La Torre, Teresa
Lahoz, Bernardina Garcia de
Gutierrez, Emilio
De La Torre R., Josefa
De La Torre R., María del C.
De La Torre R., María del C.
Aguiar, Segundo C.
Ruiz, Jacinto
Quiroga de Sanchez, Dora E.
Pena, Miguel
0Ha.0970 m²
0Ha.1360 m²
0Ha.3350 m²
0Ha.2775 m²
0Ha.0650 m²
0Ha.1017 m²
0Ha.4282 m²
0Ha.2480 m²
0Ha.0919 m²
0Ha.1722 m²
0Ha.2679 m²
0Ha.0890 m²
0Ha.1360 m²
0Ha.0900 m²
0Ha.0900 m²
0Ha.2478 m²
0Ha.3700 m²
0Ha.1986 m²
0Ha.0562 m²
0Ha.0720 m²
0Ha.0621 m²
0Ha.1230 m²
0Ha.0540 m²
0Ha.0671 m²
0Ha.0564 m²
0Ha.1310 m²
0Ha.0638 m²
0Ha.0900 m²
0Ha.1168 m²
0Ha.0666 m²
0Ha.0520 m²
0Ha.0705 m²
0Ha.4000 m²
0Ha.1705 m²
0Ha.2595 m²
0Ha.1281 m²
45
46
47
50
51
54
55
56
57
58
59
60
61
62
63
65
66
67
68
70
73
74
75
76
77
78
79
80
82
83
87
88
96
97
98
99
ARTICULO 2°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante más de quince años de
las concesiones de agua de riego del departamento Capital que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Raffo, María Lanteri de
Del Bono, Bartolomé
Usuario
Lanteri C., Romeo
Langlois, Emilio
Autar, Luis
Gambetta, Demetrio
Lanteri C., Teresa
Lanteri C., Antonio
Sanchez, Arnobio
Rodriguez, Vicente
De La Torre, Pedro
Pensado, Ana F. de
Dotación
0Ha.5478 m²
0 Ha.6319 m²
Dotación
0 Ha.6734 m²
0 Ha.5833 m²
0 Ha.6350 m²
0 Ha.6519 m²
0 Ha.6086 m²
0 Ha.6552 m²
1 Ha.5729 m²
0 Ha.6864 m²
1 Ha.1651 m²
2 Ha.9598 m²
Cuenta
4
5
Cuenta
8
9
10
12
14
15
16
17
35
40
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
359
- SAN JUAN –
Gobierno de la Provincia
Forlano, Natalio
Sastre, Andrés
Mercado, José Abdon
Zaballa, Pedro L.
Contreras, Luiss Gil de
Lopez Masilla, Ricardo
2 Ha.5609 m²
0 Ha.5517 m²
0 Ha.5232 m²
1 Ha.3283 m²
0 Ha.7864 m²
2 Ha.0000 m²
1 Ha.6278 m²
41
44
48
49
53
64
71
ARTICULO 3°. Tomen nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro
General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
8º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 501, 502, 503, 504, 505, 506, 507, 508, 509, 510, 511, 512, 513,
514, 515, 516, 517, 518 y 526-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este
Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
N°501-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Fernando Díaz Cano
por la suma total en Bonos Crefi Provinciales de 38.600,00 para la ejecución de trabajos de
limpieza del Dren, limpieza de obras de arte, levantamiento y transporte de producto de monda,
Dren de Calle 21, departamento 25 de Mayo, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
N°502-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma G.M.D. Distribuciones
de Norma Escudero por la suma total de $ 2.550,00 por la adquisición de repuestos con destino
a la puesta en servicio de máquinas viales y camión Fíat 619-N1 modelo 79 de la Repartición,
de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°503-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Paz García S.R.L. por
la suma total de $ 53.728,00 para la ejecución de trabajos de limpieza del Dren, limpieza de
obras de arte, levantamiento y transporte de producto de monda, Dren Tercero, departamento
25 de Mayo, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°504-DH-97: por la que se autoriza la Contratación Directa a favor de la firma OCA por la
suma total de $7.500,00 para la distribución de correspondencia oficial a usuarios regantes que
se encuentran en mora con la Repartición y para la entrega de boletas de cuotas de Canon de
Riego, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°505-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Fernando Díaz Cano
por la suma total en Bonos Crefi Provinciales de 42.350,00 para la ejecución de trabajos de
limpieza del Dren, limpieza de obras de arte, levantamiento y transporte de producto de monda,
Dren de Calle la Plata, departamento 25 de Mayo, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
N°506-DH-97: por la que se autoriza la contratación directa y se aprueba la adjudicación a
favor de la firma M.A. y V.E. SH por la suma total de $5.700,00 para la reparación general
incluido mano de obra especializada y repuestos necesarios del motor hidráulico rotativo de la
retroexcavadora Fíat Allis S-11 Interno 39-02 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece
la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 507-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº85 para la
ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en el Desagüe Cochagual,
departamento Sarmiento en una longitud aproximada de 8.000 metros, de acuerdo a lo que
establece la Ley de Emergencia Hídrica.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
360
- SAN JUAN –
Nº 508-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº86 para la
ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en el Dren Colector
Sarmiento, departamento Sarmiento en una longitud aproximada de 9.000 metros, de acuerdo a
lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 509-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº87 para la
ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en el Dren Colector
Arroyo, departamento Sarmiento en una longitud aproximada de 12.500 metros, de acuerdo a
lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 510-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº92 para la
fabricación de un radiador con destino a la cargadora Frontal Fiat-Allis 545-B interno 14-04 de
la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 511-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº89 para el
reacondicionamiento de hojas de la máquina Topadora Fiat-Allis 16-B de la Repartición, de
acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 512-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº90 para la
construcción de bujes externos y pernos para los mismos de los brazos de penetración de las
retroexcavadoras Fiat-Allis S-11 y SR9 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley
de Emergencia Hídrica.
Nº 513-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº88 para la
adquisición de 2.000 bolsas de cemento portland en envase de papel, normal, de 50 Kg. c/u.
puesta en Depósito Central de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
N°514-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Luis B. Astudillo por
la suma total de $ 260,00 por 26 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza,
desembanque y desmonte en el Ramo Nº 5 Sur, derivado del Canal Colonia Fiscal Sarmiento,
departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°515-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Miguel Villanueva
Duran por la suma total de $ 260,00 por 26 jornales de personal obrero para la ejecución de
limpieza y desembanque en el Ramo Nº10 Sur, derivado del Canal Colonia Fiscal Sarmiento,
departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°516-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Zorrilla Hugo Alberto
y Otros por la suma total de $ 132,00 por 12 jornales de personal obrero para la ejecución de
limpieza y monda en el Ramo San Isidro, departamento San Martín, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°517-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Cepas de Oro S.R.L.
por la suma total de $ 6.013,00 por 110 horas máquina retroexcavadora; 27 jornales de camión
y 34 jornales de personal obrero para la ejecución de monda, desmonte y limpieza del Desagüe
Cochagual, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y
Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°518-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Alfonso San Nicolás,
por la suma total de $ 1.128,00 por 94 jornales de personal obrero para la ejecución de monda
de invierno en el Ramo Ramirez, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del
pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°526-DH-97: por la que se autoriza a los Presidentes de Juntas, Inspectores Técnicos y
Delegados Habilitados de los departamentos Pocito, Chimbas, 25 de Mayo, Albardón, Caucete,
9 de Julio, Santa Lucia y Sarmiento para que en forma conjunta suscriban los repectivos
cheques, para el manejo de los recursos provenientes del Canon y Tasas Retributivas de
Servicios Hídricos, autorizados oportunamente por el Consejo.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
361
- SAN JUAN –
A C T A N° 2106
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
dieciseis días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora
diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2105.
2°) Expediente N° 519 2156-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SAN MARTIN, s/hacerse cargo del
mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento.
VISTO:
Que la Junta de Riego de San Martín solicita autorización para hacerse cargo del
presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del
presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto
correspondiente a los cauces: Dren Colector San Isidro desde calle Divisoria con el
departamento Angaco hasta calle Divisoria con el departamento Caucete, Dren Colector
Belgrano desde calle Divisoria con el departamento Angaco hasta calle Divisoria con el
departamento Caucete que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica.
Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento San
Martín y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la
transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de
deuda atrasada como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el
departamento San Martín para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la
Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque
correspondiente al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
3º) Expediente N° 519 1672-J-97, JUNTA DE RIEGO DE JACHAL, s/autorización para hacerse
cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del
departamento.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
362
- SAN JUAN –
VISTO:
El Acta Nº 2101, punto 4º), y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas
9, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo
comprendido entre enero y julio del corriente año.
Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos
realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $33.095,60 (pesos treinta y tres mil noventa y cinco con
sesenta centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta
Nº 2101, punto 4º).
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 12 - SUBPARCIAL 06 “TRABAJOS DE
CONSERVACION Y OBRAS MENORES-JACHAL” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por
Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 31 de julio del corriente año, a
fin de realizar la compensación que corresponda.
ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
4º) Expediente N° 519 1885-J-97, JUNTA DE RIEGO DE ALBARDON, s/autorización para
hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y
Desagües del departamento.
VISTO:
El Acta Nº 2103, punto 2º), y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas
12, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo
comprendido entre enero y julio del corriente año.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
363
- SAN JUAN –
Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos
realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $12.785,97 (pesos doce mil setecientos ochenta y cinco
con noventa y siete centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en Acta Nº 2103, punto 2º).
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06
“MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por
Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 31 de julio del corriente año, a
fin de realizar la compensación que corresponda.
ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
5°) Expediente N° 519 1811-J-97, JUNTA DE RIEGO DE ANGACO, s/autorización para hacerse
cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del
departamento.
VISTO:
El Acta Nº 2101, punto 3º), y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas
8, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo
comprendido entre enero y julio del corriente año.
Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos
realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $11.668,91 (pesos once mil seiscientos sesenta y ocho
con noventa y uno centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en Acta Nº 2101, punto 3º).
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 -
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
364
- SAN JUAN –
CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06
“MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por
Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 31 de julio del corriente año, a
fin de realizar la compensación que corresponda.
ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
6°) Expediente N° 28.865/4-A-96, AYMARE S.A., s/ traslado de dotación. Dpto. San Martín.
VISTO:
El expediente N° 28.865/4-A-96 por el cual la firma Aymare S.A., solicita el traslado de
una dotación de 5Ha.5954m² inscripta bajo cuenta Nº 1579 a otro inmueble, también de su
propiedad, identificado con Nom.Cat. 12-28/600550, departamento San Martín y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa, fs. 41, que el predio a
privar del derecho, Nom.Cat. 12-28/900590, figura inscripto en el Padrón Oficial de Riego del
departamento San Martín a nombre de Aymare Sociedad Anónima, bajo cuenta N° 1579 con
dotación de carácter permanente para 5Ha.5954m² y el inmueble a beneficiar con el traslado
con superficie según mensura de 60Ha.0757,90m² posee derecho de riego para 54Ha.1873m²,
cuenta Nº 691, Nom.Cat. 12-28/600550/700600, fracción 1 y 2 del plano de mensura 12498/71.
Que las Comisiones de Riego y regantes afectados fueron notificados sin presentar
oposición alguna a lo que se agrega opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección
Técnica y Departamento Irrigación, manifestando que puede accederse a lo solicitado previa
presentación y autorización de un proyecto que contemple la modificación de obras afectadas:
partidores San Isidro, canal Tercero, Sanchez - Villa y Moreno.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 729-DH-97 manifiesta que de los informes y
antecedentes obrantes surge que han quedado acreditados los extremos legales exigidos en el
artículo 132 de la Ley 4392/78 para acceder al traslado de los derechos de agua de una
propiedad a otra por lo que correspondería otorgar el traslado solicitado.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar a la firma Aymare Sociedad Anónima a trasladar la dotación de agua
de carácter permanente para 5Ha.5954m² que le corresponde al inmueble Nom.Cat. Nº 1228/900590, lote 1 del plano de mensura Nº12-1268/95, que recibe actualmente por toma Nº 22,
ramo San Isidro, subramo Moreno del canal Tercero, cuenta N° 1579, a otro inmueble de su
propiedad con superficie según mensura de 60Ha.0757,90m² y derecho de agua de carácter
permanente para 54Ha.1873m², cuenta Nº 1569, R.T. Nº351(C)4562, que recibe la dotación por
el canal Tercero, compuerta N°19, ramo Graffigna, departamento San Martín, Nom. Cat. 1228/600550/700600.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
365
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a la aprobación del estudio
técnico que deberá presentar la peticionante y a la ejecución de las obras, lo que será por su
cargo y cuenta.
ARTICULO 3°. El usuario peticionante será responsable de los daños y perjuicios que se
puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado.
ARTICULO 4°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de
lo indicado en los artículos anteriores.
ARTICULO 5°. Notifíquese y tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación
y la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese.
7º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 521, 522, 523, 527, 528 y 530-DH-97, dictadas por Dirección
General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 521-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº94 para la
contratación de una máquina topadora de 200 HP como mínimo 500 horas, con destino a la
ejecución de los trabajos de defensas y mantenimiento de ríos, bajadas aluvionales y protección
de la red de riego y drenaje en todo el ámbito de la provincia, de acuerdo a lo que establece la
Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 522-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº91 para la
adquisición de elementos de herrería con destino al taller de la Delegación Jachal, de acuerdo a
lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 523-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº95 para la
contratación de una máquina topadora de 200 HP como mínimo 500 horas, con destino a la
ejecución de los trabajos de defensas y mantenimiento de ríos, bajadas aluvionales y protección
de la red de riego y drenaje en todo el ámbito de la provincia, de acuerdo a lo que establece la
Ley de Emergencia Hídrica.
N°527-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma I.N.T.A. por la suma
total de $110,00 por 10 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en
canal Sarmiento, departamento San Martín en una longitud total de 1500 metros, importe que
se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°528-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Alfonso San Nicolás
por la suma total de $924,00 por 77 jornales de personal obrero para la ejecución de monda de
invierno del ramo Las Bóvedas, departamento Caucete, en una longitud total de 3280 metros,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°530-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ingemeb de Mario
Batías por la suma total de $47.000,00 para el desarme, reparación, provisión de repuestos
legítimos Fíat Allis, de la cajas de velocidades de las retroexcavadoras Fíat Allis SR9 internos
Nº 38-02 y Nº 38-03 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia
Hídrica.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
366
- SAN JUAN –
A C T A N° 2107
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
veintitres días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora
diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2106.
2°) Expediente N°562.046-I-94, IRRIGACION, inf. cambio de movilidades en el Decreto 577/94.
VISTO:
El Decreto Nº 1016-MPI y MA por el cual se reconoce un gasto a favor de los agentes
Ricardo Enrique Silva y Edgardo Raul Espín que prestaron servicios con sus movilidades
particulares durante los meses de setiembre a diciembre de 1994, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Contable eleva a fs. 64 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios,
informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos un mil cuatrocientos treinta y uno con veintiun
centavos ($1.431,21) a favor de los agentes Ricardo Enrique Silva y Edgardo Raul Espín, en
concepto de compensación por uso de movilidad e intereses conforme liquidación obrante a fs.
64, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos
Reglamentarios.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02
- PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 40 - “OTROS SERVICIOS NO
PERSONALES” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
3º) Expediente N° 519 2209-I-97, IRRIGACION, e/información sobre concesionarios del
departamento Angaco.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
367
- SAN JUAN –
Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación eleva listado de propiedades del
departamento Angaco que no hacen uso de la dotación empadronada, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de
Angaco.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Angaco que
a continuación se detallan:
Usuario
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Cuenta
1119
1120
1121
1122
1123
1124
1125
1172
1171
1170
1174
1173
1163
1164
1165
Dotación
0Ha.0944 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0967 m²
0Ha.1045 m²
0Ha.1045 m²
0Ha.1424 m²
0Ha.1353 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
4º) Expediente N° 519 2160-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego empadronado, departamento Pocito.
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de
propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Pocito, en
un periodo superior a los cinco (5) años, y;
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
368
- SAN JUAN –
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Pocito.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento Pocito, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones
por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme
lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de
la concesión:
Usuario
Coria Jofré, Juana
Hermosilla Hernandez, C. y Otro
Hermosilla Hernandez, C. y Otro
Fernandez, Gaspar Suc.
Busto, Justo
Rojas, Cirilo Suc.
Atencio, Bautista
Ferla, Dante
Gobli, Antonia de
Maturano, Salvador
Soc. Ortiz. Hnos.
Ortiz Ruiz, Angela
Pastor, Bartolomé
Pont. Antonio
Tello
Lorenzo, José
Hernandez, Catalina A. de
Soc. San Vicente
Banco de San Juan
Cuenta
33
2643
2644
2707
2627
2515
2435
2454
2459
2483
2487
2488
2491
2511
2512
2468
2637
2238
1720
Dotación
11Ha.7600 m²
59Ha.0000 m²
78Ha.6400 m²
243Ha.3066 m²
12Ha.0000 m²
40Ha.0000 m²
78Ha.7419 m²
14Ha.0000 m²
10Ha.0000 m²
14Ha.0000 m²
37Ha.0000 m²
18Ha.0000 m²
14Ha.0000 m²
12Ha.0000 m²
14Ha.0000 m²
9Ha.6000 m²
19Ha.8381 m²
13Ha.3100 m²
100Ha. 0000 m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
5°) Expediente N° 519 2201-I-97, IRRIGACION, e/información sobre concesionarios del
departamento Albardón.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
369
- SAN JUAN –
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Albardón en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Albardón.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en
interesados del departamento Albardón, que
presentaciones por escrito ante el Departamento
derechos, conforme lo establece el artículo 137º
resolver la caducidad de la concesión:
Usuario
Lahoz, Carmen C. de
Yakin, Santiago
Arancibia, Humberto
Gomez, Juana M. de
el término de diez (10) días, los usuarios
a continuación se detallan, hagan sus
de Hidráulica a efectos de hacer valer sus
de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de
Cuenta
168
294
302
308
Dotación
1Ha.5662m²
2Ha.9121m²
1Ha.3377m²
0Ha.7203m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Albardón
que a continuación se detallan:
Usuario
Mercado, Desiderio
Rubiño P. Antonio,
Chirino, Telesfora L. de
Alaniz, Juan
Pavón Galdeano, Salvador
Riveros, Silvestre
Cuenta
175
223
299
301
306
313
Dotación
0Ha.4595m²
0Ha.0821m²
0Ha.4447m²
0Ha.4973m²
0Ha.0902m²
0Ha.1737m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
370
- SAN JUAN –
6°) Expediente N° 519 2161-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Sarmiento.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Sarmiento en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Sarmiento.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, el usuario Juan de la
C. Nuñez haga su presentación por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de
hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo
apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión para 0Ha.9800 m² inscripta bajo cuenta
Nº 1501, departamento Sarmiento.
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Sarmiento
que a continuación se detallan:
Usuario
Sarmiento, Luis
Sarmiento, Juan Luis
Santana, José
Diaz, Ramón Eusebio
Maturano, Mercedes
Narvaez, Victor Vicente
Guerra, Justino
De La Vega de Mercado Violeta
Garbellotti, Francisco
Cuenta
812
1129
1434
1435
1202
1276
0795
1025
825
Dotación
0Ha.3800m²
0Ha.2500m²
0Ha.2000m²
0Ha.2000m²
0Ha.0639m²
0Ha.0600m²
0Ha.2000m²
0Ha.2132m²
0Ha.0537m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
371
- SAN JUAN –
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
7°) Expediente N° F12 2681-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que a fs.94/95 de las presentes actuaciones, Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas toma debida nota de la caducidad de los derechos de riego, Art. 137º Ley 4392/78,
resueltos mediante Actas Nº 2082 y Nº 2087, puntos 8º) y 6º), ratificado mediante Acta Nº
2095, punto 10º, haciendo algunas observaciones referentes a las cuentas Nº 2879 y Nº 87 del
departamento Chimbas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Tomar conocimiento de las correcciones efectuadas respecto de las cuentas Nº
2879 y Nº 87 del departamento Chimbas, avalando lo actuado por Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas a fs. 94/95 de las presentes actuaciones.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota.
8º) Expediente N° 519 1673-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, e/nómina de usuarios
comprendidos en los alcances de los artículos 286º y 137º departamento Capital.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones Dirección Administrativa eleva nómina de usuarios
inscriptos en el Padrón de Riego del departamento Capital que se encuentran ubicados dentro
de la Avenida de Circunvalación, poseen los servicios de agua potable y no han recibido agua
de regadío durante los últimos quince años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante más de quince años de
las concesiones de agua de riego del departamento Capital que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Robledal, Vicente
Cazzati, Abundio
Sin, Pedro
Caballero, Belmero
Loiacomo, José
Robledo, Regalada
Almada, Ines M. de
Graffigna D., Emilio
Dotación
1 Ha.2945 m²
0 Ha.5049 m²
0 Ha.9035 m²
0 Ha.8979 m²
0 Ha.5287 m²
0 Ha.6684 m²
0 Ha.5500 m²
3 Ha.5000 m²
Cuenta
101
102
119
120
133
181
185
280
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
372
- SAN JUAN –
Delgado, Zulema D. de
Navarro, Pascual
Pringles, Oscar I.
Videla Yanckson, Isabel
López P., Salvador
Blanco, Manuel
Videla, Juan H.
Elizondo, Adelaida R. de
Quiroga, Tomasa G. de F.A.
Segovia, José
Carrizo, Argentina Videla D.
Carrizo, Argentina Videla D.
Crecentino, Emilio
Del Corro, Juana
Alvarez, Isidoro
Drelier, María E.
Armendariz, Andres
Villena, Miguel
Smery, Ceferina L. de
Marco, Clodomira
Bianconi, Venecio
Guardia, Clemente
Guardia, Maria R.de
Guardia, Clemente
0 Ha.8691 m²
1 Ha.0000 m²
1 Ha.8122 m²
4 Ha.0000 m²
1 Ha.5000 m²
1 Ha.2683 m²
0 Ha.9738 m²
1 Ha.5000 m²
1 Ha.0000 m²
1 Ha.9086 m²
2 Ha.0000 m²
2 Ha.0000 m²
1 Ha.0000 m²
1 Ha.0000 m²
1 Ha.0000 m²
0 Ha.7970 m²
1 Ha.0000 m²
1 Ha.0000 m²
0 Ha.9593 m²
5 Ha.9214 m²
1 Ha.1917 m²
1 Ha.0000 m²
0 Ha.9470 m²
1 Ha.0000 m²
281
286
287
288
307
310
323
340
417
422
442
444
449
450
451
452
453
454
455
456
457
463
464
465
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Capital
que a continuación se detallan:
Usuario
Isca Yacú Basquebol Club
Bates, Martina C, de
Rodriguez, Segundo
Felipone, Pedro
Aguilera, Matilde C.de
Muñoz D., Florencia
Moyano, Eduardo
Guerra, Bernardo
Valverde, Dominga R. de
Fonseca, Balbina T. de
Navarro, Norberto G.
Garcia, Juan
Albagli, Victor
Bonomo, Antonia Guardia de
Usuario
Camacho, Sebastian
Rojas, Calixto Genaro
Sin Tarza, Francisco
Sin, Matilde Cecilia
Diblasi, Sebastian
Salva, Juan
Carbajal, Gonzalo
Garcia, Antonio y Otro
Garrone, Alberto G.
Mariel, Manuel
Dotación
0 Ha.1800 m²
0 Ha.2190 m²
0 Ha.0579 m²
0 Ha.0832 m²
0 Ha.0735 m²
0 Ha.0832 m²
0 Ha.0832 m²
0 Ha.1745 m²
0 Ha.1800 m²
0 Ha.0872 m²
0 Ha.2459 m²
0 Ha.0825 m²
0 Ha.0750 m²
0 Ha.0765 m²
Dotación
0 Ha.0800 m²
0 Ha.0600 m²
0 Ha.3695 m²
0 Ha.0931 m²
0 Ha.0971 m²
0 Ha.0872 m²
0 Ha.0907 m²
0 Ha.0901 m²
0 Ha.1361 m²
0 Ha.0637 m²
Cuenta
103
104
106
107
108
109
110
111
112
113
114
115
116
117
Cuenta
121
122
124
125
126
127
128
130
132
134
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
373
- SAN JUAN –
Pugliese, Francisco
Loiacomo, Francisco
Spinelli, Carmen Maciadri D.
Milani, Juan
Gil, Trinidad Natali C. de
Castro, Agustín Segundo
Desimone, Francisco
Echegaray, Arturo
Garrone, Alberto G.
Chescotta, Geronimo
Amado, Francisco
Segura, Dolores P. de
Samaja, Miguel y José
Palcerini, Antonio
Lima, Ursula B. de
Spelosi, José
Funes, Lino
Marrelli Paz V. de
Guajardo, Camilo
Gil, José
Benegas, Generosa del C.
Marcuzzi, Felipa Z. de
Guerrero, Romelia Eufemia
Correa, Máximo J.
Montouri, Aquiles
Aracena, Melchor
Flores, Gabriela A. de
Flores, Catalina
Naveda, Antonio
Oro, Rita
Oro, Manuel
Ferreyra, Amalia V. de
Mallea, Juan
Oro, María J.
Botta, Diego
Gutierrez, Juan D.
Pages, Jorge
Spelosi, José
Castro, Ardona M. de
Gomez, Francisco
Spelosi, José
Localonga, Walterina
Usuario
Ortega, Manuel
Rani, Fernando
Herrero, Tomasa de
Ramirez, Dolores L. de
Localonga, Alajandro
Nogues, Vicente
Pascuali, Juan
Conti, Romulo
Saboy, Silvano
Díaz, María O, de
Robledo, Sara
Chirino M., Rita
0 Ha.3052 m²
0 Ha.1752 m²
0 Ha.0898 m²
0 Ha.0671 m²
0 Ha.0617 m²
0 Ha.0617 m²
0 Ha.2000 m²
0 Ha.1827 m²
0 Ha.0832 m²
0 Ha.1109 m²
0 Ha.0890 m²
0 Ha.0834 m²
0 Ha.0865 m²
0 Ha.0877 m²
0 Ha.0825 m²
0 Ha.1092 m²
0 Ha.0920 m²
0 Ha.0600 m²
0 Ha.0900 m²
0 Ha.0523 m²
0 Ha.0872 m²
0 Ha.0832 m²
0 Ha.0892 m²
0 Ha.0892 m²
0 Ha.1500 m²
0 Ha.0641 m²
0 Ha.3303 m²
0 Ha.3932 m²
0 Ha.0591 m²
0 Ha.0591 m²
0 Ha.0591 m²
0 Ha.1741 m²
0 Ha.3829 m²
0 Ha.0982 m²
0 Ha.0600 m²
0 Ha.0810 m²
0 Ha.1795 m²
0 Ha.0900 m²
0 Ha.1800 m²
0 Ha.1725 m²
0 Ha.0788 m²
0 Ha.0600 m²
Dotación
0 Ha.0830 m²
0 Ha.0867 m²
0 Ha.0585 m²
0 Ha.1250 m²
0 Ha.0904 m²
0 Ha.1000 m²
0 Ha.0832 m²
0 Ha.0639 m²
0 Ha.1822 m²
0 Ha.1740 m²
0 Ha.1180 m²
0 Ha.0885 m²
135
136
138
139
142
143
146
151
152
153
155
156
157
159
160
161
162
163
164
165
168
169
170
172
174
175
176
177
178
179
180
182
183
186
187
189
190
191
192
195
196
198
Cuenta
202
203
205
206
207
208
210
213
214
215
216
217
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
374
- SAN JUAN –
Vargas, Angela V. de
Figueroa, Juan
Porter, Jorge
Castro, Marcial
Santori, Domingo
Rojas, Pedro Segundo
Farri, Josefina
Varas Sitjar, Alberto
Molina, Otilia E de
Recupero, Leonardo
Blanco, Julia y Angela
Blanco, Manuel y Candido
Blanco, Manuel
Rojas, Pedro
Rojas, Cirilo
Rodriguez, Domingo
Constantini, Luis e Hijos
Recabarren, Manuel, y Otra
Caputo H. de
Barud, Ramón
Armendari, Andres
Fernandez, Agueda de
Galli, Clara S. de
De Los Rios, Bernardo
Recabarren, Manuel y M.
Suarez, José
Davila, Lucas
Salinas, Lorenza
Nespolo, Santiago
Aseglio, Juan S de
Mira, José S.
Enrico y Capato
Martinez, Pedro
Lucero, Luisa de
Masud, Elias
Aguiar, Nazario y Otro
Bahamonde Spada, Rosa de
Basso, Oscar
Spada, Nicolaza
Liz G., de Flores de
Usuario
Bahamonde, Rosa S. de
Morales, Rosario
Rodriguez, Miguel A. Suc.
Grossi, Dante y Oreste
Alvarez, José
Furque, Benigno y Otros
Varas, Rosario S. de
Sarich, Juan
Calco, Idelfonso
Aubone Oreste
Tello, José Lino
Barrera, Felipe Santiago
Esquivel, Adela de
Herrera, Pedro I.
0 Ha.0885 m²
0 Ha.1332 m²
0 Ha.0900 m²
0 Ha.1903 m²
0 Ha.1833 m²
0 Ha.0870 m²
0 Ha.1420 m²
0 Ha.1600 m²
0 Ha.0575 m²
0 Ha.0780 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.3079 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha. 5000 m²
0 Ha. 5000 m²
0 Ha.4583 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.3019 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
Dotación
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.4393 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
219
222
223
225
227
228
231
232
234
236
238
240
241
242
243
244
245
246
247
248
249
250
252
253
254
255
256
257
258
259
260
261
262
263
264
265
266
267
268
269
Cuenta
270
271
272
273
274
275
276
277
278
279
282
283
284
285
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
375
- SAN JUAN –
Pringles, Rosario
Vega, Juan Guillermo
Pala, Juan
Lazzo, Tomás
Chirino, Dolores A. de
Chirino, Dolores A.
Becerra, Maria del C. M. de y Otr.
De Lara, Jaime
Pages, Mariano
Fernandez, Isidoro
Vera, Jacinto
Olivera, Manuel
Riveros, Ramón P.
Gonzalez, Andres G.
Villavicencio, Ramón Suc.
Cuello, Esperanza G. de
Vaca, Pedro
Arancibia, Filomena J. de
Garramuño, Rosa de
Garcia, Cerafina
Quiroga, Ramón
Perez, Camilo F.
Landa, Gustavo
Videla, Juan H.
Zavala, Julia M. y Videla
Laciar, Agustina A. de
Saint Avit, Celia de
Lopez, Juan Luis
Suarez, José
Rosas, Guillermo
Jofre, Serapio R.
Deligo, José
Varela, Maria Isabel
Saenz Calera, Benito
Guillen, Nicolás
Jaime, Francisco
Aravena, Maria
Sotomayor, Paulino
Usuario
Arrego, Maria J.
Balmaceda, Francisca M. de
Zapata, Virgina M.de
Naranjo, Afigenia y Lucila
Siri, Juan
Zalazar, Carmen de
Navarro, Ramón
Flores, Segundo I.
Aravel, Benigna
Muñoz, Celestino
Diaz, Julio
Perona, Celestino
Alvarez, Salvador
Aguiar, Palmira V.de
Saint Avit, Celia L.
Romero, Adan
0 Ha.5000 m²
0 Ha.0607 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.3880 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.4423 m²
0 Ha.4255 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
Dotación
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.4600 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
289
290
299
300
301
302
303
304
305
306
308
309
311
312
314
315
316
317
318
319
320
321
322
324
325
326
327
328
329
330
331
332
333
334
335
336
337
338
Cuenta
339
341
342
343
344
345
346
347
348
349
350
352
354
355
356
357
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
376
- SAN JUAN –
Rodriguez, Cecilio
Recabarren, Miguel S.
Quiroga, Pedro
Flores, Carlos Suc.
Martinez, Regino
Saenz Calera, Rosa
Cibeira, Eva Maria Y. de
Balmaceda, Juan
Pardo, Rosa P. de
Macro, Francisco
Samaja, Domingo
Fernandez, Benigna F. de
Alvarez, Margarita C. de
Romero, Gregoria
Saviatone, Laura Santori de
Marin Ibañez, Enrique
Paez, Domingo
Elizondo, Adelaida R. de
Antes, Fanny y Noe
Fussa, Juan
Figueroa, Feliza S. de
Poblete, Francisco B.
Vargas, Espernza y Delicia
Poblete, Francisco B.
Lopez de Venega, Dolores Y.
Pizarro, Florencio
De Los Rios, Benita
Aguero, Ernesto Domingo
Garramuño, Amalia E. de
Cardenas, Feliza B. de
Rivera Galdeano Manuel
Hidalgo, Camilo
Diaz, Manuel A.
Garramuño, Isabel
Recabarren, Agustín
Muñoz, Eloisa H. de
Usuario
Espinosa, Pascual
Beron, Delfina
Gutierrez, Jova
Quiroga, Lisandro Suc.
Sero Esquivel, Luciano R.
Figueroa, Isaias
Aubone, Ciro Emilio R.
Martinez, Pedro
Videla, Jesus M. Suc.
Tello, Rosa Quiroga de
Heredia, Encarnación R. de
Maya, Petrona Lucero de
Quiroga, Concepción
Esquivel, Emilio
Coria Celsa C. de
Molina, Marcolino
Sabastano, Domingo
Alcara, Dolores R. de
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.4146 m²
0 Ha.3148 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.4463 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.1236 m²
0 Ha.3795 m²
0 Ha.0600 m²
0 Ha.0930 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.1168 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
Dotación
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.4294 m²
0 Ha.4628 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.2827 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.4555 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.4628 m²
358
359
360
362
363
364
365
366
367
368
369
370
371
372
374
375
376
377
378
379
381
382
383
384
385
387
388
389
390
391
394
395
396
397
398
399
Cuenta
400
401
402
403
404
405
406
407
408
409
410
411
412
413
414
415
418
419
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
377
- SAN JUAN –
Martín, Alfonso
Oro, Ricardo D.
Oro, Ricardo D.
Quiroga, Maria Elena
Zulet, Juan
Flores Perramon, José
Negri, Eligio
Garcia, Maria Z. de
Catanzaro, Maria R. de y O.
Diaz, Lucila y Pascuala
Rodriguez, Arcenia de
Young Amalia G.de
Cruz Cantero, Antonio
Prado, Maria R. de
Vera, Manuel J.
Rios, Sara L. de
Sarmiento, Justo Suc.
Crecentino, Emilio
Avendano, Alicia V. de
Rodriguez G. America Videla de
Orellano, Mercedes de y O.
Martinez, Benigno
Davila, Jovita S. V. de
Villanueva Pons, Alfonso
Calderon, Julia N. F. y Otros
Quiroga, Manuel
Quiroga, Rosa M. Elena y O.
Vera, Justo A.
Banco Italo Argentino
Lara, Dolores R. de
Ramirez Marambio, Pedro
Peña, Filomena B. de
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.4403 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.3866 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.1500 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.2111 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
0 Ha.5000 m²
421
423
424
425
426
427
428
429
430
433
434
435
436
437
438
439
440
441
443
445
446
447
448
458
459
460
461
462
466
467
468
469
ARTICULO 3°. Tomen nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro
General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
9º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 536, 538, 539, 540, 541 y 542-DH-97, dictadas por Dirección
General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
N°536-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Lino E. Luna por la
suma total de $ 20.640,00 por la adquisición de 3000 bolsas de cemento portland, normal, de 50
Kg. c/u. puesta en Depósito Central de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
N°538-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José y Felipe Oliver
Moll por la suma total de $351,00 por 13 jornales de personal obrero para la ejecución de
monda en canal 1º de Cochagual, departamento Sarmiento, en una longitud total de 380 metros,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
378
- SAN JUAN –
N°539-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Agrícola Tamberías
S.A. por la suma total de $4.630,00 por 240 jornales de personal obrero para la ejecución de
monda y desborde en canal La Puntilla, departamento Calingasta, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°540-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma G.M.D.
Distribuciones, Polygom S.R.L., Carben, Martín Esteban Tanten y Luis Fernández Tornello y
Cia S.A. por la suma total de $ 1.301,04 por la adquisición de correas con destino al
mantenimiento y conservación de movilidades, camionetas Pick Up, camiones y máquinas
viales de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°541-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ramón Alberto
Escudero por la suma total de $ 408,00 por 34 jornales de personal obrero para la ejecución de
monda de invierno en Ramo Coria, departamento Caucete, en una longitud total de 1100
metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°542-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma S.A. Manuel Marquez
Romero Ltda. por la suma total de $ 420,00 por 35 jornales de personal obrero para la
ejecución de monda en Ramo Coria, departamento Caucete, en una longitud total de 1200
metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
379
- SAN JUAN –
A C T A N° 2108
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
treinta días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Florencio
Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras;
ausentes con aviso: Francisco Ferrer y Juan Pedrozo, bajo la presidencia del señor Director General
Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha,
Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo
la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2107.
2º) Expediente Nº 519 2318-J-97, JUNTAS DE RIEGO DEL VALLE DE TULUM - ULLUM y
ZONDA, solicitando al Poder Ejecutivo el manejo total del Dique Quebrada de Ullum.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que las Juntas Departamentales de Riego solicitan al señor Director y por su intermedio
al H. Consejo se arbitren las medidas correspondientes para que se gestione ante las autoridades
superiores que los movimientos de embalse y desembalse del Dique Quebrada de Ullum sean
controlados exclusivamente por el Departamento de Hidráulica.
Que la Ley 4392 en su artículo 1º referido al Area de Vigencia indica que el Código de
Aguas y las reglamentaciones que en consecuencia se dicten, regirán el sistema de
aprovechamiento, conservación y preservación de los recursos hídricos pertenecientes al
dominio público.
Que el artículo 5º de la misma Ley indica claramente que el Departamento de Hidráulica
y sus organismos descentralizados son las autoridades competentes para la aplicación del
presente Código.
Que la Ley 886 en su artículo 1º establece que el Departamento de Hidráulica es la
entidad que tiene a su cargo el gobierno, administración y policía de las aguas en el territorio de
la Provincia.
Que en el artículo 5º de la Ley 886 se indica que el Gobierno del Departamento de
Hidráulica estará a cargo de un Consejo, de una Dirección General y de los organismos
descentralizados que se establecen en esta ley (Junta de Riego y Comisiones de Canales).
Que en su artículo 8º de la misma Ley 886 se establece que todas las obras de hidráulica,
del estado o municipales existentes y que se construyan en el futuro dependerán del
Departamento de Hidráulica.
Que en los dos últimos años donde el recurso hídrico fue escaso, los movimientos del
Dique Quebrada de Ullum fueron coordinados entre el Gobierno Central del Departamento de
Hidráulica (Consejo y Dirección General) y los Organismos descentralizados (Juntas de Riego
y Comisiones de Canales) de forma tal que se pudo administrar correctamente el recurso
hídrico disponible embalsando la mayor cantidad de agua para utilizarse en el periodo agrícola.
Que de acuerdo a todo lo indicado anteriormente es procedente manifestar que la obra
cabecera de riego, que es el Dique Quebrada de Ullum, esté bajo el dominio total del
Departamento de Hidráulica, incluyendo los procesos de embalse y desembalse cuando las
necesidades así lo requieran.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
380
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Gestionar ante el Poder Ejecutivo para que se transfiera al Departamento de
Hidráulica en forma total el mantenimiento, manejo y control del Dique Quebrada de Ullum, en
un todo de acuerdo a lo que establecen las Leyes vigentes.
ARTICULO 2º. Elevar las presentes actuaciones con copia del Acta a Secretaría de Obras y
Servicios para que se cumplimente lo indicado en artículo 1º.
3°) Expediente N° F33 617-A-95, A.T.E., s/pago de licencia al agente Oscar Onofre Olivera.
Agregados expedientes F33 786-A-95, F33 1175-A-95, F7 0051-S-96 y 000760-E-96.
VISTO:
El expediente N° F33 617-A-95 y agregados, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Contable eleva a fs. 48 la liquidación correspondiente a la
consolidación de deuda de acuerdo a las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios,
informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos veinte con diez centavos ($20,10) a favor del ex
agente Oscar Onofre Olivera, M.I. N°6.753.459 en concepto de intereses conforme liquidación
obrante a fs. 48, lo cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y
Decretos Reglamentarios.
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a
la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 01
PARTIDA PARCIAL 01 - CLASE 07 - SUBPARCIAL 02 “PERSONAL OBRERO
MAESTRANZA Y SERVICIOS” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la
suma expresada.
ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota.
4º) Expediente Nº 519 2421-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, s/ la prórroga del beneficio
del 5% de descuento por pago de contado.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que es necesario ampliar hasta el 30 de diciembre de 1997 el plazo para pago de contado
con una bonificación del 5% de descuento establecido en la reglamentación del artículo 3º de la
Ley 6748 con el objeto de incentivar el pago de contado por parte de los contribuyentes que se
encuentran atrasados con el pago del canon y tasa por servicios cuyos vencimientos operaron
hasta el 31 de julio de 1996 inclusive.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones,
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
381
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ampliar hasta el 30 de diciembre de 1997 la fecha para optar por el descuento
del 5% que refiere el artículo 6º de la resolución contenida en el punto 6º) del Acta Nº 2062/96,
en virtud del artículo 3º de la Ley 6748.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
5°) Expediente N° 519 0842-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SARMIENTO, e/nota de la firma
Quisqueya S.A. sol./ traslado de dotación.
VISTO:
El escrito Nº 229/97, agregado a estos actuados, por el cual el Dr. Ing. Francisco Garcés,
en carácter de Presidente del Directorio de la firma Quisqueya S.A., manifiesta haber dado
cumplimiento al requisito establecido en el artículo 3º de la resolución contenida en Acta Nº
2102, y;
CONSIDERANDO:
Que la Junta de Riego e Inspección Técnica de Sarmiento han efectuado una prueba
hidráulica en el sistema de riego que se ve afectado por el traslado solicitado, comprobando que
los cauces actuales tienen capacidad para absorber la dotación a trasladar.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Dar por cumplido el requisito establecido en el artículo 3º de la resolución
contenida en Acta Nº 2102 punto 8º).
ARTICULO 2°. Departamento Irrigación deberá efectivizar el traslado autorizado.
Posteriormente deberá tomar nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas.
Cumplido archívese.
6°) Expediente N° 519 1865-F-97, FULLANA, PASCUAL, s/beneficio del Art. 286º, departamento
Rawson.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Pascual Fullana solicita se encuadre en los
términos de cesación que establece el articulo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le
corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 12.661 del departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
382
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1840m², registrado
bajo cuenta N° 12.661, a nombre de Pascual Fullana, departamento Rawson.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
7º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 544, 545, 546, 547, 548, 549, 550, 551, 554, 555, 556, 557, 558,
559, 560, 561, 562 y 563-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este
Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 544-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Integral Distribuciones
por la suma total de $ 12.360.00 para la adquisición de 2.000 bolsas de cemento portland en
envase de papel, normal, de 50 Kg. c/u. puesta en Depósito Central de la Repartición, de
acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº 545-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $ 9.097,36 a favor de los señores
Eduardo Aguilera, Juan Nardi, Herminia Rojas, María de Valverde y Salvador Victoria,
propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en el valle de Tulum, Ullum, Zonda,
Sarmiento, 25 de Mayo y sus Distritos, durante el mes de agosto de 1997.
N°546-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Carmen de González
Fernández por la suma total de $450,00 por 45 jornales de personal obrero para la ejecución de
limpieza y desembanque en Ramo Nº 2 del Canal J. Moya, departamento Pocito en una
longitud total de 900 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°547-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Salvador Gregori
Calvo por la suma total de $600,00 por 60 jornales de personal obrero para la ejecución de
monda, limpieza y desembanque en Ramo Nº 10, 11, 12, y 13 del Canal C. Fiscal Sarmiento,
departamento Pocito en una longitud total de 1000 metros, importe que se acreditará a cuenta
del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°548-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Vicente Palacio por la
suma total de $1.209,00 por 93 jornales de personal obrero para la ejecución de monda y
limpieza en canal de Calle 4, departamento 25 de Mayo en una longitud total de 2500 metros,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°549-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Domingo Gerveno por
la suma total de $121,00 por 11 jornales de personal obrero para la ejecución de monda,
desembanque y desmonte en canal Robledo, departamento Santa Lucia en una longitud total de
450 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de
Servicios Hídricos.
Nº 550-DH-97: por la que se deja sin efecto la Resolución Nº 422/97 y proceda el
Departamento Contable a desafectar la suma de $2.400,00 imputada a la partida que da cuenta
dicha resolución.
Nº 551-DH-97: por la que se autoriza a desafectar la suma de $3.384,81 en concepto de saldo
no utilizado del monto autorizado por Resolución Nº 040/96.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
383
- SAN JUAN –
N°554-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Antonio Mario
Quiroga por la suma total de $348,00 por 29 jornales de personal obrero para la ejecución de
monda de invierno, en Ramo Apeceche Coria, departamento Caucete en una longitud total de
900 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de
Servicios Hídricos.
N°555-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José I. Furlani por la
suma total de $1.105,00 por 17 jornales de camión para el transporte de agua para la obra de
impermeabilización del canal Tercero, departamento Caucete, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°556-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Felipe Calleja por
la suma total de $715,00 por 11 jornales de camión para el transporte de personal obrero desde
la delegación hasta la obra de impermeabilización del canal Tercero, departamento Caucete,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°557-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Alberto Olivera y Otra
por la suma total de $3.900,00 por 60 jornales de camión para el transporte de personal obrero
desde la delegación a distintos canales y ramos, departamento Caucete, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 558-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma total de $5.033,20 a favor de los
señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José Mario Castro en concepto de prestación de servicio
de alquiler de camiones durante el mes de agosto de 1997 en los departamentos Jáchal,
Calingasta e Iglesia.
Nº559-DH-97: autorízase la contratación directa para el diseño, armado, diagramación e
impresión de 1.000 ejemplares de folletos técnicos informativos con motivo de los actos
celebratorios de la XXXVII Semana del Agua, adjudicando a favor de la firma Lucia Beatriz
Mas - Editoriales en la suma total de $ 4.840,00.
N°560-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Julio Héctor Daroni
por la suma total de $325,00 por 5 jornales de camión para el transporte y levantamiento de
productos de monda del Canal Playas, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°561-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José Mulet por la suma
total de $3.120,00 por 48 jornales de camión para el transporte de personal en trabajos de
monda en canales del departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a cuenta del pago de
Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°562-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Vicente González
por la suma total de $1.625,00 por 25 jornales de camión para el transporte de productos de
monda y materiales varios de la Red de Riego, departamento Santa Lucia, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°563-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ricardo Martínez por
la suma total de $3.200,00 para la adquisición de 5000 Kg. de bitumen termoplástico 90-100 Marca Fca. Argentina de Asfaltos, con destino a la ejecución de trabajos en la red de riego de la
Provincia, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
384
- SAN JUAN –
A C T A N° 2109
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a siete
días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los
miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan
Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto
Zapata Lloveras bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con
asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino
Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la
sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2108.
2º) Expediente N° 519 1566-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rawson.
VISTO:
El expediente Nº 519 1566-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la cesación declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2098, punto 13º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2098, punto 13º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Rawson:
Usuario
Berenguer Ivars, Juan
Berenguer Ivars, Juan
Tejada de Vargas, P.
Aciar de Garcia, María
Peña de Peña, Juana
Martín, Enrique
Jorge, Lucio y O.
Aguilera, Sixta
Achem, Elías
Rollan, Arlinton A.
Rocha, Nidia C.
Coria Jofré, Sara
Coria de Quiroga, J.
Figueroa, Dardo Enevaro
Tejada de Ramos, Guillermina
Frias, Oscar A.
Aguilera, Francisco
Atencio, Nicolás
Guardia, Loreto
Cuenta
7617
7618
7306
3746
7468
4700
7302
3755
3759
6238
3765
4742
4741
5160
6979
6974
7020
7014
7005
Dotación
0Ha.0702m²
0Ha.0925m²
0Ha.0504m²
0Ha.1712m²
0Ha.1471m²
0Ha.1800m²
0Ha.1542m²
0Ha.1700m²
0Ha.3227m²
0Ha.4122m²
0Ha.2044m²
0Ha.0868m²
0Ha.0869m²
0Ha.1013m²
0Ha.0785m²
0Ha.0576m²
0Ha.0719m²
0Ha.0576m²
0Ha.0691m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
385
- SAN JUAN –
Usuario
Tello, Aureliano
Gutierrez, Guilberto Hipólito
Perez, Saturnino
Maresca y Cia. S.A.
Maresca y Cia. S.A.
Maresca y Cia. S.A.
Maresca y Cia. S.A.
Maresca y Cia. S.A.
Maresca y Cia. S.A.
Buron, Alonso Antonio
Silva, Martín Manuel
Fretes, María
Silva, Pedro Martín
Consejo de Reconstrucción
Vargas, Armin E. y Otro
Bustos de Monteros, Mireya B.
Bailón, Rafael Francisco
Montenegro Dolffi Felipe y otro
Flores, Magdalena del S. E. Vda. D.
Krause, Domingo
Recabarren, Julio C.
Ramirez, Ismael
Roca, Alberto
Naranjo, Pedro
Arce de Quiroga, Amira
Bustos, Rolando Rociel
Garcia, Nora Cerli
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Peñaloza, Eresmila Rosa
Garín de Laciar, Juana y O.
Lértora de Tascheret, Amalia
Calderón, José
Martín, José
Herrero, Segundo F.
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Mateos, Cristobal
García, Remigio J.
Rodriguez, José
Roiman, Sara
Ariza de Bueno, Carmen
Muñoz, América
Cardozo, Miguel Segundo
Godoy, Eligio Bernabé
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Cuenta
7013
7001
6199
7038
7037
7034
7033
7030
7029
7028
7018
7016
7019
6193
7624
8676
10438
3522
3512
5623
9498
3087
7379
5634
5636
5631
3530
5632
5640
3656
9112
304
3631
5681
5682
5676
5677
5678
5679
5680
562
8165
564
8168
5703
5705
5709
5690
5689
5692
5693
5695
5698
5699
Dotación
0Ha.0576m²
0Ha.0519m²
0Ha.1483m²
0Ha.0600m²
0Ha.0560m²
0Ha.0722m²
0Ha.0722m²
0Ha.0723m²
0Ha.0723m²
0Ha.2640m²
0Ha.0719m²
0Ha.0720m²
0Ha.0719m²
0Ha.2885m²
0Ha.4677m²
0Ha.1108m²
0Ha.1090m²
0Ha.1035m²
0Ha.0542m²
0Ha.0545m²
0Ha.0680m²
0Ha.1380m²
0Ha.0622m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0543m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0671m²
0Ha.0545m²
0Ha.2249m²
0Ha.0545m²
0Ha.0681m²
0Ha.0545m²
0Ha.1090m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0570m²
0Ha.0570m²
0Ha.0570m²
0Ha.0520m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.1226m²
0Ha.0545m²
0Ha.0681m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0681m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
386
- SAN JUAN –
Usuario
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Montaña, Martiniano
Cuello, José
Amante, Evangelina
Riveros, Marcelino
Lucero, Martín Ramón L.
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Antunez, Carlos
Uzair, Carlos
Guerrero, Andrés
Morales, Remedio
Perce, Francisco
Krause, Domingo
Krause, Domingo
Cuenta
5700
5706
5702
5712
5724
5691
5725
5710
5711
5713
5726
5714
5716
5723
9113
5721
5727
Dotación
0Ha.0681m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.1090m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0522m²
0Ha.0681m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.0545m²
0Ha.1226m²
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y
Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
3°) Expediente N° 519 1227-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO:
El expediente Nº 519 1227-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación de los
Edictos publicados en virtud de lo resuelto por el Consejo en Actas Nº 2091 y Nº 2099, puntos
6º) y 13º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2099, punto 13º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Chimbas:
Usuario
Porres, Juan Walter y Ot.
Mota, Rafael Bernardo
Martín Moreno, Juan
Sanchez de Calvo, Feliza E.
Plana, Francisco
Gimenez H., Francisco H.
Asoc.Mut.Pers. de Loma Negra
Baez, Amadeo
D.P.L.Hogar
Empresa Const.Esteban Tabani S.R.L.
Empresa Const.Esteban Tabani S.R.L.
Usuario
Ordoñez, Raul Juan
Cuenta
175
1842
30
29
2266
4004
42
53
4365
4409
4410
Cuenta
2747
Dotación
5Ha.3663 m²
1Ha.7992 m²
0Ha.9083 m²
0Ha.5999 m²
0Ha.7084 m²
1Ha.3806 m²
3Ha.0000 m²
1Ha.0000 m²
2Ha.7412 m²
2Ha.5868 m²
2Ha.4132 m²
Dotación
0Ha.5032 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
387
- SAN JUAN –
Fernandez, Arturo
Sind. de Trab. de Luz y Fuerza
Fernandez Vda.de Martín, Carmen T.
Municip. de Chimbas Bº FAECAP
Selman Martín, José Ahmed
Natania Coop. de Viv. Cons. y Cred. Ltda.
Octavio D’Ascanio S.A.
Octavio D’Ascanio S.A.
Asoc. Mutual Ban de Ban
1684
111
172
4326
1820
1190
1191
4183
3342
3Ha.3433 m²
6Ha.0000 m²
0Ha.5855 m²
9Ha.1000 m²
3Ha.0000 m²
4Ha.3852 m²
3Ha.8487 m²
0Ha.6354 m²
2Ha.8459 m²
ARTICULO 2°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2091, punto 6º), artículo segundo, para
los siguientes derechos de riegodel departamento Chimbas:
Usuario
Castillo, David B. y Otros
Villalba, Juan María
Guevara, Lola Marcelina S. de
Rivera, Eugenio
Rivera, Adolfo Washington
Chaves, Encarnación Rivera
Sind. de Trab. de Luz y Fuerza
Rivera, Eugenio M. F. Víctor
Sanchez, Pedro Domingo
Sanchez, Pedro Domingo
Cuenta
4155
3637
4051
109
3933
3934
1723
1984
4239
3889
Dotación
0Ha.0640m²
0Ha.1644m²
0Ha.4802m²
0Ha.3402m²
0Ha.0562m²
0Ha.0565m²
0Ha.4720m²
0Ha.0536m²
0Ha.0501m²
0Ha.0677m²
ARTICULO 3º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
4º) Expediente N° 519 1565-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rawson.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2098,
punto 12º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Rawson, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
USUARIO
Aubone de Gonzalez, Maria
Nidia
Asoc.Coop. del Inst. de Inv.
Delaude, Nicolás
DOTACION
4Ha.4792m²
CUENTA
6192
4Ha.2276m²
0Ha.6001m²
7625
3744
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
388
- SAN JUAN –
USUARIO
García, José Antonio
Libossart, Arturo Raul
Lucio, Jorge
Russo, Antonio
DOTACION
0Ha.5918m²
3Ha.2957m²
0Ha.6027m²
1Ha.2990m²
CUENTA
3782
8259
134
4858
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
5°) Expediente N° 519 1649-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento San Martín.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2099,
punto 15º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento San Martín, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Bernaldez de Storni, María
Bernaldez de Storni, María
Elorza, Hilario
Instituto Prov. de la Vivienda
Cuenta
636
1285
1648
2043
Dotación
3Ha.2752m²
2Ha.5868m²
10Ha.8108m²
6Ha.4476m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
6°) Expediente N° F12 2679-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Santa Lucía.
VISTO y CONSIDERANDO:
Que a fs.73/74 vta. de las presentes actuaciones, Dirección del Registro y Catastro
General de Aguas toma debida nota de la caducidad de los derechos de riego, Art. 137º Ley
4392/78, resueltos mediante Actas Nº 2095 punto 8º), haciendo algunas observaciones
referentes a las cuentas Nº 2819, Nº5881 y Nº 3374 del departamento Santa Lucía, señalando
además que la cuenta Nº 6131 no fue eliminada del Padrón de Riego debido a que los datos del
titular de la concesión y el volumen de la dotación corresponden a la cuenta Nº 6135.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
389
- SAN JUAN –
Que la Inspección Técnica de Santa Lucía informa a fs. 75 que la dotación que está en
caducidad, 1Ha.5061m², es la que corresponde a la cuenta Nº 6135 a nombre de Delgado, Oscar
Olegario.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Tomar conocimiento de las correcciones efectuadas respecto de las cuentas Nº
Nº 2819, Nº5881 y Nº 3374 del departamento Santa Lucía, avalando lo actuado por Dirección
del Registro y Catastro General de Aguas a fs. 73/74 de las presentes actuaciones.
ARTICULO 2°. Rectificar el número de cuenta consignado en el artículo 1º de la resolución
contenida en Acta Nº 2095 Punto 8º), por corresponder su inscripción a la Cuenta Nº 6135 a
nombre de Oscar Olegario Delgado con dotación para 1Ha.5061m² y dejar vigente la cuenta Nº
6131, departamento Santa Lucia.
ARTICULO 3°. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
7º) Expediente N° 519 2062-N-97, NEFA, OSCAR M., s/ser presentado en tiempo y forma sobre
caducidad, departamento Chimbas.
VISTO:
Que el señor Oscar M. Nefa, titular de la cuenta Nº 3707, se presenta formulando reclamo
con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2099 punto 13º, manifestando que por
problemas de orden económico no ha podido realizar cultivos en la propiedad,
comprometiéndose a realizarlo en los próximos seis meses, y;
CONSIDERANDO:
Que son atendibles las razones invocadas por el recurrente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Hacer lugar a lo peticionado por el señor Oscar M. Nefa referente a la
declaración de caducidad sobre la cuenta Nº 3707 del departamento Chimbas, dispuesta en
resolución de Acta Nº 2099, punto 13º).
ARTICULO 2°. El señor Oscar M. Nefa deberá, en forma inmediata, poner en actividad
agrícola la propiedad antes mencionada, caso contrario quedará incurso en la caducidad por no
uso que prescribe el artículo 137º de la Ley 4392 a partir de la fecha.
ARTICULO 3°. Notifíquese al recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que
tome nota y supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo. Cumplido,
archívese.
8º) Expediente Nº 519 2462-S-97, SECRETARIA TECNICA, e/evaluación sobre trabajos a realizar
en el valle de Tulum, Ullum y Zonda.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
390
- SAN JUAN –
El expediente Nº 519 2462-S-97 por el que Secretaria Técnica eleva a conocimiento de
Dirección General los trabajos necesarios a ejecutar en obras hidráulicas como en el sistema de
defensa, y;
CONSIDERANDO:
Que la Emergencia Hídrica Ley 6819 habilita al Departamento de Hidráulica a realizar
contrataciones en forma directa hasta la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL
($1.500.000) para la provisión de bienes, obras y servicios.
Que debe tenerse en cuenta la posibilidad de trabajar en el cauce de los ríos, favorecido
por los caudales aún bajos aportados por ellos.
Que hay obras a realizar en una primera etapa que cubren el valor estipulado por el Art.
2º de la Ley 6819.
Que del análisis técnico realizado, es necesario encarar las tareas detalladas en forma
simultánea en todos los frentes de trabajo.
Que es necesario facilitar el control e inspección en la ejecución de las mismas.
Que se adjunta Pliego General y de Especificaciones Técnicas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aconsejar la adjudicación de los trabajos en bloque, por cuanto permitirá
encarar simultáneamente todas la obras detalladas. Esto logrará un mejor control e inspección y
además contar por parte del Departamento de Hidráulica de una mayor disponibilidad de los
equipos necesarios, en zonas donde sea necesario ejecutar tareas a fin de evitar daños tanto a
obras del Estado como a terceros.
ARTICULO 2º. Aprobar Pliego General y de Especificaciones Técnicas para la ejecución de
los trabajos, que se adjuntan en el expediente de referencia.
ARTICULO 3º. Autorizar a Dirección General a actuar en base a lo establecido por Art. 3º Ley
6819.
ARTICULO 4º. Comuníquese a Departamento Contable, para que efectúe las invitaciones
correspondientes a fin de efectuar las contrataciones en base a lo estipulado por Art. 2º Ley
6819.
9º) Expediente Nº 519 2523-S-97, SECRETARIA TECNICA, e/evaluación sobre trabajos a realizar
en el Valle Calingasta.
VISTO:
El expediente Nº 519 2523-S-97 por el que Secretaria Técnica eleva a conocimiento de
Dirección General los trabajos necesarios a ejecutar en obras hidráulicas como en el sistema de
defensa, y;
CONSIDERANDO:
Que la Emergencia Hídrica Ley 6819 habilita al Departamento de Hidráulica a realizar
contrataciones en forma directa hasta la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL
($1.500.000) para la provisión de bienes, obras y servicios.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
391
- SAN JUAN –
Que debe tenerse en cuenta la posibilidad de trabajar en el cauce de los ríos, favorecido
por los caudales aún bajos aportados por ellos.
Que hay obras a realizar en una primera etapa que cubren el valor estipulado por el Art.
2º de la Ley 6819.
Que del análisis técnico realizado, es necesario encarar las tareas detalladas en forma
simultánea en todos los frentes de trabajo.
Que es necesario facilitar el control e inspección en la ejecución de las mismas.
Que se adjunta Pliego General y de Especificaciones Técnicas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aconsejar la adjudicación de los trabajos en bloque, por cuanto permitirá
encarar simultáneamente todas la obras detalladas. Esto logrará un mejor control e inspección y
además contar por parte del Departamento de Hidráulica de una mayor disponibilidad de los
equipos necesarios, en zonas donde sea necesario ejecutar tareas a fin de evitar daños tanto a
obras del Estado como a terceros.
ARTICULO 2º. Aprobar Pliego General y de Especificaciones Técnicas para la ejecución de
los trabajos, que se adjuntan en el expediente de referencia.
ARTICULO 3º. Autorizar a Dirección General a actuar en base a lo establecido por Art. 3º Ley
6819.
ARTICULO 4º. Comuníquese a Departamento Contable, para que efectúe las invitaciones
correspondientes a fin de efectuar las contrataciones en base a lo estipulado por Art. 2º Ley
6819.
10º) RESOLUCIONES AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 565, 566, 567, 568 y 569-DH-97, dictadas por Dirección General ad
referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
N°565-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Zakalik Bernardo por
la suma total de $351,00 por 27 jornales de personal obrero para la ejecución de monda y
desmonte en canal San Carlos, departamento Sarmiento en una longitud total de 600 metros,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°566-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Carrascosa de Alcaide
María del Carmen y Otros por la suma total de $499,66 por 43 jornales de personal obrero para
la ejecución de limpieza y desembanque en canal General Albardón, departamento Albardón en
una longitud total de 2000 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y
Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°567-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Industrias J. Matas
S.C.A. por la suma total de $6.952,00 por 632 jornales de personal obrero para la ejecución de
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
392
- SAN JUAN –
monda en canal Castillo, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago
de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°568-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Industrias J. Matas
S.C.A. por la suma total de $2.552,00 por 232 jornales de personal obrero para la ejecución de
monda en canal Castillo, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago
de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°569-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Martha A. Campayo
de Tamagnini por la suma total de $204,00 por 17 jornales de personal obrero para la ejecución
de monda en canal Campodónico Devoto, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece veinte, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
393
- SAN JUAN –
A C T A N° 2110
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
catorce días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín
Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora
diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) HOMENAJE RECORDATORIO.
VISTO:
El fallecimiento del ex Director General y Consejero del Departamento de Hidráulica,
Ing. Primo José Meglioli, y;
CONSIDERANDO:
Que el deceso del Ing. Primo José Meglioli enluta al Departamento de Hidráulica por la
trayectoria pública que dicho profesional tuvo en la provincia y en particular en la Institución
de la que fue Director General en el periodo 1958 a 1962 y posteriormente Consejero en
representación de los regantes por la Segunda Zona.
Que durante su gestión, con la dinámica que lo caracterizaba, puso en plena vigencia lo
estatuido por la Ley 886, integrando a los regantes a través de las Juntas de Riego en el
gobierno y distribución del recurso hídrico. Potenció la plantación de árboles en distintos
departamentos de la Provincia tales como Zonda, Rivadavia, Iglesia y Jáchal con el propósito
de establecer defensas naturales ante las eventuales crecidas de los ríos, crear zonas de
esparcimiento y en el futuro disponer de la madera necesaria para el consumo de la Repartición.
Intensificó el estudio e impermeabilización de cauces como el canal Romo, Agua Negra en el
departamento Iglesia, sistematización de la red de riego de Huaco, construcción de la defensa
Los Pajaritos en el departamento Jáchal, instalación de los primeros limnígrafos en la red de
riego y diversas obras en el Valle de Tulum tendientes a un mejor aprovechamiento del recurso
hídrico, obras que en la actualidad son testigo de su paso por la Repartición.
Que en la historia hídrica de San Juan fue uno de los grandes protagonistas en pos del
aprovechamiento del recurso agua en una provincia que cuenta con escasos caudales. Fue el
instaurador de la Semana del Agua, de la que recientemente se festejó la trigésima séptima
edición. Ya retirado de la función y acogido a los beneficios de la jubilación, por su
conocimiento profundo de la temática hídrica y sus criteriosas opiniones ante los diversos
problemas que se presentaban al respecto, fue motivo de permanentes consultas por
profesionales y regantes.
Que la larga e incesante acción cumplida por el Ing. Meglioli lo hacen acreedor al
reconocimiento público, tanto del Departamento de Hidráulica como de la gran masa de
regantes entre los cuales fue un verdadero pionero.
Que en virtud de ello, el Consejero Ing. Amor A. Lorenzo P., propone formalmente a la
consideración de los señores Consejeros rendir un minuto de silencio en homenaje a su
memoria, la imposición del nombre del Ingeniero Primo José Meglioli al salón de actos de la
Repartición y la colocación de una placa recordatoria en dicho salón.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
394
- SAN JUAN –
Formulada esta moción encontró plena acogida por parte de los señores Consejeros
presentes, fundando cada uno su total acuerdo a la iniciativa.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Guardar un minuto de silencio en homenaje a la memoria del Ing. Primo José
Meglioli.
ARTICULO 2°. Imponer al salón de actos de la Repartición el nombre de Ing. Primo José
Meglioli y colocar una placa recordatoria.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
2°) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2109.
3º) Expediente N° 519 2156-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SAN MARTIN, s/ hacerse cargo del
Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego del departamento.
VISTO:
El Acta Nº 2106, punto 2º), y;
CONSIDERANDO:
Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas 9,
que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago.
Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal.
Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo
comprendido entre enero y julio del corriente año.
Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos
realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $20.004,22 (pesos veinte mil cuatro con veintidos
centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº 2106,
punto 2º).
ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a
la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA
PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06
“MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997.
ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor
del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta.
ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por
Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 31 de julio del corriente año, a
fin de realizar la compensación que corresponda.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
395
- SAN JUAN –
ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese.
4º) Expediente N° 519 2489-C-97, CONTADURIA, e/valores de los Pliegos de Condiciones para
los llamados a Cotejos de Precios Directo.
VISTO:
El expediente N° 519 2489-C-97, y;
CONSIDERANDO
Que con motivo de la Emergencia Hídrica Ley 6819, se hace necesario establecer los
valores de Pliegos de Condiciones para los respectivos llamados a Cotejo de Precios Directo.
Que en virtud de ello Departamento Contable remite escala de valores, determinados en
función de los montos para cada llamado.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°. Fijar los siguientes valores para los Pliegos de Condiciones que servirán de
base en los llamados a Cotejo de Precios Directo para adquisiciones y contrataciones varias que
realice la Repartición conforme lo establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6819:
PRESUPUESTO OFICIAL
de $ 6.000,00 a $ 10.000,00
de $10.001,00 a $ 20.000,00
de $20.001,00 a $ 30.000,00
de $30.001,00 a $100.000,00
más de $100.000,00
VALOR DEL PLIEGO
$ 70,00
$ 100,00
$ 150,00
$ 200,00
$ 600,00
ARTICULO 2°. El Departamento Contable - Licitaciones y Compras, dejará establecido en
cada pliego el valor del mismo.
ARTICULO 3°. Comuníquese a quien más corresponda, tómese nota y archívese.
5°) Expediente N° 519 2412-I-97, IRRIGACION, e/información sobre concesionarios del
departamento 9 de Julio.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento 9 de Julio en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de 9 de Julio.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
396
- SAN JUAN –
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento 9 de Julio, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus
derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de
resolver la caducidad de la concesión:
Usuario
Escudero de Videla, Juana
Bustos, Rosa C. de
Quero, Antonio
Quero Mota, Antonio
Posse, Gerónimo
Cuenta
262
264
773
242
1096
Dotación
1Ha.0000m²
0Ha.5957m²
0Ha.7144m²
1Ha.2556m²
0Ha.8646m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento 9 de Julio
que a continuación se detallan:
Usuario
Rodriguez, Jacinto
Pena, Dionicio
Ochoa de Posse, Aurora
Ortola, Juana E. Flores de
Vargas, Pedro
Cortez, Nicolás de Baris
Ruiz, Paula R. Yacanto de
Rodriguez, Abel O. A.
Yacanto, Alejo O.
Yacanto, Ramon O.
Yacanto de Aguero Dominga
Molina, Juan Elias
Vargas Aguilera, Andres E.
Mercado, Juan Isidro
Sanchez, Juan Esteban
Godoy, Juan Bautista
Sanchez, Salomón
Sanchez, Salomón
Sanchez, Salomón
Guzman, Isidro Irene
Guzman, Hugo Jesus
Leyes, Felipe Bautista
Ochoa, Juan de Dios
Ozan de Chavero, Juana
Cuenta
260
261
627
629
631
734
735
736
737
738
739
847
851
852
853
865
888
889
890
956
957
958
964
300
Dotación
0Ha.1429m²
0Ha.1296m²
0Ha.1312m²
0Ha.3536m²
0Ha.1559m²
0Ha.1429m²
0Ha.1429m²
0Ha.1428m²
0Ha.1428m²
0Ha.1428m²
0Ha.1429m²
0Ha.1029m²
0Ha.1180m²
0Ha.0750m²
0Ha.0615m²
0Ha.0658m²
0Ha.0818m²
0Ha.0814m²
0Ha.0774m²
0Ha.0729m²
0Ha.0908m²
0Ha.0900m²
0Ha.0900m²
0Ha.1170m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
397
- SAN JUAN –
Usuario
Gonzales, Augusto
Paz Gallardo, Ernesto
Rozales, Felix
Cardozo, Argentino
Nievas, Juan
Blanes, Juan Nicolas
Torres, Eloy
Vargas, Oscar
Cuello, German
Yavel, Isaias
Guzman, Pedro Hugo
Tello, Demetrio
Alé, María Jorgelina
Godoy, Juan Carlos
Guerrero, Hugo
Cuenta
805
248
258
980
981
983
985
999
1004
1148
1203
1204
1225
1249
1274
Dotación
0Ha.0849m²
0Ha.4003m²
0Ha.1120m²
0Ha.0538m²
0Ha.0843m²
0Ha.0527m²
0Ha.0901m²
0Ha.0589m²
0Ha.0550m²
0Ha.1428m²
0Ha.0826m²
0Ha.0549m²
0Ha.0524m²
0Ha.1042m²
0Ha.0540m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
6°) Expediente N° 519 2413-I-97, IRRIGACION, e/información sobre concesionarios del
departamento 25 de Mayo.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento 25 de Mayo en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de
los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de 25 de Mayo.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
398
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento 25 de Mayo, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus
derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de
resolver la caducidad de la concesión:
Usuario
Marco, Sixto Anibal
Coll, Julio Cía. Suc.
Montivero, Fermin
Martinez, Juan B. M.
Vidart, Abrahan
Rodriguez, Daniel
Castro Mercedes, E de
Soc. Ahun Hnos.
Ferrocarriles Argentinos
Consejo Gral de Educación 905
Garcia, José M.
Estado Provincial
Curi, Teófilo
Reus Mengual Miguel
Pizarro Oro, Elvira de
Pizarro, Carlos G.
Barber Llendo, Juan B. y Otro
Pizarro Oro, Elvira de
Palacio Moreno, Luis
Gobierno de la Provincia
Soc. Anon. Del Bono Ltda.
Del Bono Soc. Anon.
Bustos Borjas Quiroga de
Cuenta
004
026
060
061
064
086
091
159
201
218
219
311
363
364
561
579
589
598
636
874
969
973
1149
Dotación
0Ha.5176m²
0Ha.8965m²
1Ha.8692m²
1Ha.3227m²
1Ha.5175m²
3Ha.7131m²
0Ha.7443m²
0Ha.8237m²
20Ha.1344m²
1Ha.3500m²
1Ha.5600m²
2Ha.1885m²
0Ha.6598m²
18Ha.7500m²
1Ha.6695m²
6Ha.0689m²
0Ha.8000m²
0Ha.8541m²
7Ha.2900m²
4Ha.8676m²
1Ha.8283m²
2Ha.5964m²
0Ha.5020m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento 25 de Mayo
que a continuación se detallan:
Usuario
Aguerri, Domingo
Lucero, Francisco
Diaz, Rafael
Fernandez, Celestino
Naranjo, Rosa Luisa
Cejas, Domingo Ramón
Veragua, Augusto
Troncoso, Filomeno
Arce, Agustín
Bustos, Cecilio
Policano, Actos
Balmaceda de Zalazar Flor
Liga Veinticinqueña Futbol
Fernandez de Quiroga, María
Bustos, Pedro
Lucero, Eustaquia Videla de
Otiñiano, Graciela
Iñon, Celestino
Chaparro, Herminia
Dominguez, Pedro
Cuenta
029
142
145
227
228
231
238
239
240
244
247
253
254
264
271
272
273
274
278
287
Dotación
0Ha.0837m²
0Ha.1000m²
0Ha.0999m²
0Ha.1000m²
0Ha.0993m²
0Ha.0510m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.0999m²
0Ha.1000m²
0Ha.0994m²
0Ha.0668m²
0Ha.1000m²
0Ha.0625m²
0Ha.1000m²
0Ha.2000m²
0Ha.1000m²
0Ha.2000m²
0Ha.1000m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
399
- SAN JUAN –
Usuario
Reta, Ernesto
Allende, Vicente
Gamba, Luis
Ochoa, Manuela Moyano de
Pereyra, Pedro
Vilchez, Segundo Feliciano
Reta, Hermenegildo
Martinez, Ruperto
Bustos Borjas Quiroga de
Sosa, Candelaria Becerra de
Otiñiano, Horacio
Esquivel, Pedro
Gordillo, Mercedes
Moran, Valentin
Guevara, Miguel
Castro, Angel Remigio
Tejada, Juan
Peñaloza, Lujan Juana de
Martinez, M. de los Desamp.
Correa Alvarez, Eduardo
Pages Montilla, Juan
Merli, Elina Yanadel de
Pacheco, Juan
Jaled, Julio Elias
Rivero, Segundo Sohar
Yacante, Luis María
Jofre, Felipe Santiago
Noguron, Margarita Chirino Q. de
Yacante, Juan Carlos
Gordillo, Mercedes
Soc. Anon. Del Bono Ltda.
Peinado de Trigo, Ramona
Olmedo Jofre, Elena
Montivero de Vera, Carmen
Cuello, Gervacio
Reta, Carlos
Torres, Benigno
Castro, Valdemar
Jaime De Lara S.A.C.I.F.E.
Lobos, Juan Esteban
Guevara, Carmen
Gil, Pedro Celestino
Zamora, Sergio
Castro Torres, Ramona Nelly de
Bustos Quiroga Horacio N.
Bustos Quiroga Horacio N.
Bustos Borjas Quiroga de
Reta Bustos, Arcelia de
Pelaytay, Dalmacio
Olmedo, Hilario y Otra
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Cuenta
317
333
401
402
403
404
406
407
411
417
421
426
429
432
436
438
439
448
452
454
455
459
460
462
467
469
470
471
472
473
492
497
498
499
503
506
507
555
698
747
898
908
910
911
936
940
944
948
960
1003
1018
1020
1022
1025
Dotación
0Ha.0821m²
0Ha.0522m²
0Ha.2000m²
0Ha.1250m²
0Ha.1000m²
0Ha.1250m²
0Ha.1983m²
0Ha.1000m²
0Ha.1300m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1957m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.0981m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.2000m²
0Ha.2500m²
0Ha.2250m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1380m²
0Ha.1250m²
0Ha.1400m²
0Ha.0991m²
0Ha.0990m²
0Ha.1250m²
0Ha.1000m²
0Ha.4000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.2133m²
0Ha.0550m²
0Ha.1000m²
0Ha.1250m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.0936m²
0Ha.1151m²
0Ha.0750m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.2352m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1250m²
0Ha.1000m²
0Ha.1250m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
400
- SAN JUAN –
Usuario
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Serer,. Obdulia M. de y Otros
Bustos Borjas Quiroga de
Agüero, Santiago
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Tejada, Cayetano
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Jalife, Juan Emilio
Quiroga de Bustos Borjas
Bustos Borjas Quiroga de
Gomez, Onofre Hugo
Garcia, Nacenceno Antonio
Quiroga de Bustos Borjas
Quiroga de Bustos Borjas
Quiroga de Bustos Borjas
Quiroga de Bustos Borjas
Gonzalez, José Hilario
Gonzalez, José Hilario
Gonzalez, José Hilario
Ferrer Vda. de Alcaraz, Francisca
Ferrer de Zeballos, Elsa
Garcia, Felipe
Gonzalez, José Hilario
Bustos Borjas Quiroga de
Bueno Avila, Juan
Martinez, Pedro
Muñoz Fernandez, Lucia
Bustos Borjas Quiroga de
Rodriguez, Luis
Rodriguez, Luis
Martinez, José
Bustos Quiroga, Ernesto
Bustos Quiroga, Ernesto
Bustos Quiroga Borjas
Bustos, Alfredo
Bustos Borjas Quiroga de
Gomez, Deolinda Del C.Cano de
Bustos Borjas Quiroga de
Bustos Borjas Quiroga de
Cuenta
1030
1031
1032
1033
1034
1036
1037
1038
1039
1040
1041
1042
1043
1045
1048
1049
1050
1051
1110
1112
1113
1138
1148
1150
1155
1156
1157
1163
1164
1201
1223
1224
1249
1271
1263
1272
1290
1294
1310
1316
1317
1321
1322
1335
1336
1350
1351
1362
1369
1429
Dotación
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.0625m²
0Ha.0625m²
0Ha.0625m²
0Ha.1250m²
0Ha.1250m²
0Ha.1400m²
0Ha.1000m²
0Ha.1750m²
0Ha.0501m²
0Ha.1250m²
0Ha.1000m²
0Ha.0963m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.0753m²
0Ha.0752m²
0Ha.0751m²
0Ha.1260m²
0Ha.0698m²
0Ha.0570m²
0Ha.0747m²
0Ha.1327m²
0Ha.0748m²
0Ha.0775m²
0Ha.0741m²
0Ha.1000m²
0Ha.0752m²
0Ha.0747m²
0Ha.0800m²
0Ha.1000m²
0Ha.1000m²
0Ha.2000m²
0Ha.0825m²
0Ha.1000m²
0Ha.0578m²
0Ha.2000m²
0Ha.1000m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
401
- SAN JUAN –
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
7º) Expediente Nº 519 2233-E-97, ECOLOGIA AGRICOLA, e/ Nota sobre Ley Nº 6571/95 de
evaluación de Impacto Ambiental
VISTO:
La Ley 6800/97 que modifica los artículos 2º, 4º y 17º de la Ley 6571/95, y;
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la sanción de la mencionada ley, publicada en Boletín Oficial de fecha
de 16 de julio de 1997, División Ecología Agrícola informa que las disposiciones de dicho
instrumento legal modifican el accionar del Departamento de Hidráulica respecto a la
aplicación de la Ley 5824/87, de Protección de los Recursos Agua, Suelo y Aire y Control de la
Contaminación, y sus decretos reglamentarios en cuanto al otorgamiento del certificado de
factibilidad de descarga de efluentes industriales según lo establece el artículo 2º, inciso a) del
Decreto Nº 638-OSP-89.
Que, además del mencionado, el Departamento de Hidráulica emite otros certificados de
factibilidad referidos a distintas temáticas.
Que asimismo el Departamento de Hidráulica deberá exigir la Declaración de Impacto
Ambiental expedida por la Subsecretaría de Política Ambiental, en los trámites donde así
corresponda y según enumera el artículo 17º de la Ley 6571/95 modificada por Ley 6800.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº823-DH-97 manifiesta que conforme lo establece
la normativa vigentes el Departamento de Hidráulica deberá exigir como condición habilitante
para cualquier tramitación de todos los proyectos de obras o actividades capaces de modificar
directa o indirectamente el ambiente del territorio provincial, la declaración de Impacto
Ambiental expedida por la Subsecretaría de Política Ambiental o el Departamento de Minería
cuando el administrado gestione obras o proyectos vinculado con las actividades mineras
comprendidas en el Código de Minería.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Tomar conocimiento de la Ley 6571/95 modificada por Ley 6800/97.
ARTICULO 2º. Los certificados de factibilidad serán emitidos por el Departamento de
Hidráulica al solo efecto de ser presentado ante la Subsecretaría de Política Ambiental o el
Departamento de Minería con el objeto de que el interesado gestione la Declaración de Impacto
Ambiental.
ARTICULO 3º. Comunicar a las distintas áreas que en todo trámite donde así corresponda,
según enumera el artículo 17º de la Ley 6571/95 modificada por Ley 6800, debe exigirse la
presentación de la Declaración de Impacto Ambiental expedida por la Subsecretaría de Política
Ambiental o el Departamento de Minería.
8º) Expediente N° 237.181-C-91, CENTRO COMUNITARIO Bº PUNTA DEL MEDANO DEPARTAMENTO SARMIENTO. Agregados expedientes 349.395-l-88, 31.970/2-M-89,
332.492-M-90 y 332.728-M-90.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
402
- SAN JUAN –
Que mediante expediente 31.970/2-M-89 la Municipalidad de Sarmiento, solicita una
concesión para riego del arbolado público y espacios verdes del barrio Punta del Médano,
distrito Cochagual, departamento Sarmiento, y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fojas 39 que el
inmueble en el cual se encuentra emplazado el complejo habitacional de referencia figura
inscripto con derecho de riego para uso agrícola bajo R.T. 420(D)2101 a nombre del Instituto
Provincial de la Vivienda con una superficie s/m de 5Ha.0000m² y dotación de agua de riego de
carácter accidental del arroyo (permanente conforme Art. 121º Ley 4392) para 5Ha.0000m²
cuenta Nº 2331, Nom.Cat. 15-38/820080 y que lo peticionado encuadra en la primera categoría
del orden de preferencias establecido en el art. 31º del Código de Aguas y con las disposiciones
del Libro II, título I en lo referente a Abastecimiento de Poblaciones, Art. 64º siguientes y
concordantes de la citada norma legal.
Que a fojas 6 vta. División Ecología Agrícola determina que la dotación necesaria para
riego del arbolado público y espacios verdes solicitada ha sido estimada en 2,5Ha. ratificando
dicho informe a fs. 33 vta.
Que la Inspección Técnica informa a fojas 41 que el citado barrio recibe actualmente una
dotación de agua por el canal Tercero, ramo Sales.
Que de acuerdo a los antecedentes obrantes en el expediente de referencia el derecho de
riego que posee la propiedad no hace uso para el riego agrícola.
Que el artículo 20º de la Ley 4392 establece que ningún concesionario o usuario podrá
dar al agua pública un uso distinto de aquel para el cual se autorizó y concordante con ello el
artículo 48º preceptúa que las concesiones caducan por no haberse dado cumplimiento a las
obligaciones establecidas en el acto de otorgarse la concesión, siempre que dicho
incumplimiento fuera esencial e imputable al concesionario.
Que Departamento Irrigación estima conveniente se otorgue a la Municipalidad de
Sarmiento una dotación para riego de arbolado público de 2Ha.5000m² lo que es ratificado por
Secretaría Técnica a fs. 41 vta.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad del derecho de riego inscripto bajo la cuenta Nº 2331 a
nombre del Instituto Provincial de la Vivienda con dotación para 5Ha.0000m², conforme lo
estipulan los artículos 20º y 48º de la Ley 4392/78.
ARTICULO 2°. Otorgar a la Municipalidad de Sarmiento una concesión de agua de carácter
permanente para riego del arbolado público y espacios verdes del Barrio Cochagual Punta del
Médano para 2Ha.5000m², canal Tercero de Media Agua, ramo Sales y Otros, compuerta Nº1.
ARTICULO 3°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas procederá a registrar el
derecho de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTICULO 4°. Departamento Recaudación-División Rentas y Valores confeccionará las
boletas respectivas conforme lo establece el Acta N° 2089.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
403
- SAN JUAN –
ARTICULO 5°. Departamento Irrigación ajustará la entrega de dotación conforme a lo
ordenado en el artículo 2º de la presente resolución.
ARTICULO 6°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas, Departamento Recaudación y Departamento Irrigación.
9º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 572, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, 587, 588, 589 y 590-DH-97,
dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
N°572-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Talleres Gráficos
Rawson, Joyería Janet, Florería Argentina y Bronce San Juan por la suma total de $5.146,00
para la adquisición de tarjetas de invitaciones, medallas de plata 925 con grabados y estuches,
ofrenda florales y placas recordatorias con motivo de los festejos conmemorativos de la
XXXVII Semana del Agua año 1997, de acuerdo a lo establecido por Resolución Ministerial
909-MPI-Y MA.
N°579-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Oscar Menin
Construcciones por la suma total de $7.400,00 para la ejecución de monda de cauce y limpieza
de obras de arte en el Dren Colector Escobar, departamento Rawson, en una longitud total de
2000 metros, de acuerdo lo establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°580-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ing. Oscar Prudkin
Construcciones S.R.L. por la suma total de $30.000,00 por el alquiler de una topadora de
256.41 H.P. por el término de 500 horas para la ejecución de trabajos de defensas y
mantenimientos de ríos en todo el ámbito de la Provincia, de acuerdo lo establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
N°581-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Stornini Excavaciones
por la suma total de $18.142,00 para la ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de
obras de Artes en el Dren Colector Nuevo, departamento Rawson, en una longitud total de
6000 metros, de acuerdo lo establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°582-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ingemeb de Mario
Batias por la suma total de $13.008,55 para la adquisición de empaquetaduras con destino al
mantenimiento y conservación de máquinas viales de la Repartición, de acuerdo lo establece la
Ley de Emergencia Hídrica
N°583-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Manuel Fernández
Rodríguez por la suma total de $140,00 por 14 jornales de personal obrero para la ejecución de
limpieza y desembanque del Ramo 32 A, departamento Pocito en una longitud total de 500
metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°584-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Stornini Excavaciones
por la suma total de $23.178,25 para la ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de
obras de arte en el Desagüe Desecador, departamento Albardón, en una longitud total de 7250
metros, de acuerdo lo establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°585-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan A. Terrera por la
suma total de $80,00 por 8 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque del Ramo 36, derivado del canal Céspedes, departamento Pocito en una longitud
total de 200 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas
de Servicios Hídricos.
N°586-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Industrias Metalúrgica
Italia por la suma total de $5.480,00 para el reacondicionamiento de cuatro hojas de topadoras
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
404
- SAN JUAN –
Fíat Allis 16-B. Incluido mano de obra especializada y materiales necesarios, de acuerdo lo
establece la Ley de Emergencia Hídrica
N°587-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Humberto Moral por la
suma total de $500,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza,
desembanque y desmonte del Ramo 21, derivado del canal Céspedes, departamento Pocito en
una longitud total de 2000 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y
Tasas Retributivas de Servicios Hídricos
N°588-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Dino Minnozzi por la
suma total de $450,00 por 45 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza,
desmonte y desembanque de los Ramos impermeabilizados de calle 11, Punta de Ramo en
tierra y cola de Ramo 25, derivado del canal Céspedes, departamento Pocito en una longitud
total de 3000 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos
N°589-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Cáceres Hnos. por la
suma total de $7.680,00 para la construcción de 6 bujes y 6 pernos para los brazos de
penetración de la retroexcavadora Fíat Allis S-11 y SR-9 de la Repartición, de acuerdo lo
establece la Ley de Emergencia Hídrica
N°590-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Fipen S.R.L. por la
suma total de $880,00 para la fabricación de un radiador completo para la cargadora Frontal
Fíat Allis 545-B interno 14-04 de la Repartición, de acuerdo lo establece la Ley de Emergencia
Hídrica
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece diez, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
405
- SAN JUAN –
A C T A N° 2111
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
veintiun días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos
Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora
diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2110.
2°) Expediente N° 519 2531-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Rivadavia en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Rivadavia.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados de los departamentos Capital y Rivadavia, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus
derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de
resolver la caducidad de la concesión:
Usuario
Cuenta
Dotación
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
406
- SAN JUAN –
Menis, Mabel T. de
Dufa, Gustavo
Gatti, Enrique A. y Otros
Usuario
Sindicato de M. y A.T.A. (SMATA)
Del Bono e Hijo S.R.L
Asoc.C. Nvo. Bº Del Bono
Soc.C. Const. Los Olivos
Cruz, Zoilo A.
Cruz, Pedro E.
Juarez, Francisco
Seippel Bod. y Vdos.
Est. Nac. Arg. D.N.V.
Desocio de Lopez, Filomena
Roca Benegas, José Pascual
Union T. Automotor
Rios, Miguel Angel N.
Marquez de Ruiz, Isabel
Giuliani, Osvaldo
Lopez de Alvarez, Lola I.
1627
3586
3589
Cuenta
322
4065
5047
5053
942
941
802
954
3247
1144
784
4618
4874
349
563
4917
0Ha.5305m²
0Ha.5076m²
0Ha.5135m²
Dotación
16Ha.2013m²
9Ha.6375m²
5Ha.4489m²
6Ha.9904m²
0Ha.5201m²
0Ha.8948m²
1Ha.3527m²
1Ha.4000m²
2Ha.2392m²
0Ha.5277m²
0Ha.6144m²
4Ha.1381m²
8Ha.5437m²
8Ha.3202m²
0Ha.9978m²
0Ha.9764m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente de los departamentos Capital y
Rivadavia que a continuación se detallan:
Usuario
Castilla de Martin, Maria
Ing. César Tascheret S.R.L.
Ing. César Tascheret S.R.L.
Conar Const. Arg. S.R.L.
Conar Const. Arg. S.R.L.
Conar Const. Arg. S.R.L.
Conar Const. Arg. S.R.L.
Conar Const. Arg. S.R.L.
Quiroga de Sanchez, Dora
Peña, Teodoro
Ruiz, Jacinto
Peña, Miguel
Rojas, Calixto G.
Navarro, Abelardo
Pugliesi, Francisco
Barata, Cipriano
Giugni, Carlos D.
Balmaceda de Segura Ofelia
Endrizzi, Angel
Sawade, Erich
Araya, Silvano P.
Mello Pina, Manuel
Alday de Aballay, Ramona
Barac, Simón
Pellinacci, Guido
Putelli, Elias M.
Aguirre, Juan C.
Peleritti, Nicolás
Pasten de Gomez, Esther
Cuenta
763
5042
5041
5050
5051
5052
5043
5044
098
5008
097
099
122
3723
135
4921
6065
834
918
845
874
910
2116
974
2665
7298
3212
3721
3765
Dotación
0Ha.2400m²
0Ha.2379m²
0Ha.2328m²
0Ha.2965m²
0Ha.3431m²
0Ha.3423m²
0Ha.2327m²
0Ha.2379m²
0Ha.2595m²
0Ha.2786m²
0Ha.1705m²
0Ha.1281m²
0Ha.0600m²
0Ha.0892m²
0Ha.3052m²
0Ha.4554m²
0Ha.1286m²
0Ha.0520m²
0Ha.0731m²
0Ha.0609m²
0Ha.0641m²
0Ha.0595m²
0Ha.0572m²
0Ha.0600m²
0Ha.0692m²
0Ha.1200m²
0Ha.0800m²
0Ha.0715m²
0Ha.0766m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
407
- SAN JUAN –
Usuario
Galife, Juan A.
Turchetti, Luis
Pataschner, Rafael
Fernandez, Manuel
Parejon de Fernandez, Maria
Ripol R., María
Martinez Pelaitay, María
Castro, María A. Ripoll de
Rigazzio, Adolfo
Vasquez, Gumercinda
Vasquez, Gumercinda
Galvan, Enrique A.
Meglioli, Enrique
Herrero, Tomasa de
Martinez, Eduardo
Montenegro, Anais P.
Rodriguez, N., Pedro
Paez, German A.
Torres Mas, Andres
Reinoso, Juan C.
Gaido de Colombo, María L.
Lopéz, Oscar A.
Riveros, Matilde Pastora
Carrizo, Zenón
Gobierno de la Pcia.
San Juan Refresco
Bazan, Eduardo M.
Brescia, Ruben A.
Sind. Pers. G. Estado
Frias, Rodolfo
Oro, Luis M.
Villega, Francisco
Mayorga Godoy, Osvaldo y O.
Mastrota, José
Ruffa de Albanesi, Teresa
Trebier de Mosert, Feliza
Gomez de De los Rios A.
Rupcit, Marcos
Ferro Castellone, Antonio
Guzman Carretero, Jesús
Ferro Castellone, Antonio
Manzano, Elias
Doña Diaz, Francisco y O.
Rawson Const. S.A.
Carballo, Juan
Cuenta
3764
1088
1094
1143
3313
3735
967
4735
3278
3249
3248
3601
3219
205
190
3600
3330
3281
3634
3717
3716
7271
3813
3811
4349
3917
4161
1101
963
2679
3218
3331
4384
3269
3720
816
1121
3719
3328
3327
3329
3280
3326
5039
3216
Dotación
0Ha.0503m²
0Ha.0600m²
0Ha.0508m²
0Ha.2900m²
0Ha.1285m²
0Ha.0510m²
0Ha.0759m²
0Ha.0520m²
0Ha.0735m²
0Ha.0562m²
0Ha.1045m²
0Ha.0727m²
0Ha.0653m²
0Ha.0585m²
0Ha.3380m²
0Ha.0723m²
0Ha.1621m²
0Ha.0636m²
0Ha.0748m²
0Ha.0782m²
0Ha.2000m²
0Ha.2209m²
0Ha.0543m²
0Ha.0525m²
0Ha.4784m²
0Ha.3000m²
0Ha.0596m²
0Ha.0550m²
0Ha.0810m²
0Ha.4983m²
0Ha.0740m²
0Ha.0705m²
0Ha.0721m²
0Ha.0721m²
0Ha.0935m²
0Ha.0892m²
0Ha.0529m²
0Ha.0900m²
0Ha.1811m²
0Ha.0643m²
0Ha.1723m²
0Ha.2340m²
0Ha.0620m²
0Ha.5000m²
0Ha.0603m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
3º) Expediente N° 519 1773-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Santa Lucia.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
408
- SAN JUAN –
El expediente Nº 519 1773-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la cesación declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2101, punto 19º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2101, punto 19º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Santa Lucia:
Usuario
Garcia, Castro José
Gallucci, Antonio
Arancibia
Guadalupe
Flores
de
Cuenta
5344
1240
Montiveros,
1149
Garcia de Fernandez, María
Balmaceda, Pedro
Urbano Rubiales, José
Aberastain Lima Mario
Varese de Aberastain, Luisa
Martín, Urbano Francisco
Velazquez, Pedro Enrique
Sojo Moreno, José
Balmaceda de Flores, Petrona
Mariano Acosta S.A.C.I.
Tello de Castro, Martha
Tello, Reginaldo
Castro, Ladislao y O.
Pastran, Arlington Justo
Pastran, José Américo
Cabrera, Duilio
Enrique Fernández, Vicente
Matarín, Angel Victorio
Matarín de Ponce, María Josefa
Martín y Cia. S.R.L.
1132
1137
3898
1256
1269
1239
1134
1148
1138
1280
1143
4375
5117
4483
4484
4485
4628
3823
3800
5317
Dotación
0Ha.0653m²
0Ha.0735 m²
0Ha.1046m²
0Ha.3014m²
0Ha.2402 m²
0Ha.2045m²
0Ha.1377m²
0Ha.1647m²
0Ha.0661m²
0Ha.1872m²
0Ha.3000m²
0Ha.1134m²
0Ha.0859m²
0Ha.1339m²
0Ha.0527m²
0Ha.0944m²
0Ha.0502m²
0Ha.0501m²
0Ha.2801m²
0Ha.1057m²
0Ha.0888m²
0Ha.0955m²
0Ha.2471m²
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y
Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
4°) Expediente N° 519 1309-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Santa Lucia.
VISTO:
El expediente Nº 519 1309-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación de los
Edictos publicados en virtud de lo resuelto por el Consejo en Actas Nº 2096 y Nº 2104, puntos
2º) y 6º).
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
409
- SAN JUAN –
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2104, punto 6º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Santa Lucia:
Usuario
Tejada, Angela del Carmen Campa
Rodriguez, Humberto Genaro
Cortez, José María
García Pelaez, Julio
Navarro, Tránsito D. de
Aubone, Saul
Dirección Nac. de Vialidad
Donaire Rivera, José y O.
Marini, Francisco
Muro, Tomás F.
Muro, Tomás F.
Basso, Rafael
Elizondo, Mercedes B. de
Fernandez García, Manuel
García, Gervasio
Gil, Francisco C.
Guevara, Cesáreo M
Heredia T. y Angélica N.
Jofré, Antonio Segundo
Navarro, Agustín
Olguín, Rosa A. de
Rodriguez, Nilo Julián
Rodriguez, Nilo Julián
Rojo, José
Vera, José
Vila, Lorenzo J.
Villavicencio, Eulalia
Bravo, María Enoe
Madrid, Domingo
Sanchez Montana, José
Zunino, Bernardo
Aguero, Margarita de
Jofré Enoe
Navarro, Tránsito D. de
Olguin, Eusebio
Peralta, Vicente
Vilchez, Fernando
Delgado, Juan M.
Ortiz, David
Roldán, Clara O. de
Usuario
Zabala, Corsino
Irustia, Manuel
Pérez, María Lorenzo de
Cuenta
2467
286
323
2646
678
2648
5115
2674
2470
321
322
412
420
406
413
414
432
428
423
408
407
419
422
421
437
436
431
499
515
610
512
670
682
678
669
679
681
705
756
768
Cuenta
746
778
833
Dotación
1Ha.5629 m²
2Ha.1639 m²
0Ha.6157 m²
0Ha.7864 m²
0Ha.7800 m²
3Ha.3626 m²
0Ha.7178 m²
1Ha.0681 m²
5Ha.8950 m²
12Ha.682lm²
0Ha.9256m²
0Ha.5380 m²
0Ha.6675 m²
0Ha.5121 m²
0Ha.6462 m²
0Ha.7800 m²
1Ha.1450 m²
1Ha.2917 m²
0Ha.8564 m²
0Ha.6400 m²
2Ha.1396 m²
0Ha.5755 m²
0Ha.7162 m²
0Ha.6600 m²
0Ha.7800m²
0Ha.7800 m²
1Ha.2114 m²
1Ha.5131 m²
0Ha.7800 m²
1Ha.0480 m²
1Ha.5000 m²
0Ha.7800 m²
0Ha.7020 m²
0Ha.7800 m²
0Ha.5797 m²
1Ha.3593 m²
0Ha.5124 m²
1Ha.0363 m²
1Ha.5700 m²
1Ha.5596 m²
Dotación
2Ha.0307 m²
0Ha.5180 m²
0Ha.6870 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
410
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2096, punto 2º), artículo segundo, para
los siguientes derechos de riego del departamento Santa Lucia:
Usuario
Labiaso, Evangelina F. de
Murciano, Mercedes
Reta, Solano
Galvez de Gillen, Dora
Arias, Lucia
Cobos, Juan de los A.
Cuello, Natalio Luis
Cuello, Francisco
García, Horacio Alfredo
Herrera, Dardo P.
Herrera, Eleazar
Herrera, Valentín
Jofré, Antonio Segundo
Lopez, Micaela Noguera
Morales, Antonio y Sra.
Muriel Romera, Luis
Osorio, José
Espinosa de Adaro, Demofila
Pereyra, Javier
Pérez, Francisco E.
Rombola, Domingo
Varela, José María
Vera, José
Aguilera, Manuel
Alvarez, Antonia I.
Bravo, Noe
Coll, Ramona Collado de
Gimenez Sanchez, Manuel
Grimalt, Josefa G.
Uliarte, Miguel
Alé, José
Viviani, Carlos H.
Videla, Elia Caballero de
Diaz, Francisco B.
Villa, Petronila y Justino
Menzur, Florinda M. de
Ortega Ruiz, Enrique Juan
Búbica, Jorge y Juan
De los Rios, Daniel
Herrera, Clemente Serafín
Jofré, Leandro
Castro, Eduardo Dalmiro
Cuello, Eusebio
Delgado, Rufina A. de
Ortiz, Pedro David
Zabala Basualdo, Maria O.
Carrizo, Arnobio y otra
Ferreyra, Rosario
Riveros, Petrona G. de
Rodriguez, Nicomedes
Chicone, Constantino y Otro
Cuenta
1233
1206
1170
1175
399
385
415
416
444
384
383
386
417
441
434
457
397
394
426
398
448
405
396
646
518
640
526
632
594
500
747
596
754
740
395
514
609
661
659
3104
707
757
761
763
758
765
779
777
776
803
836
Dotación
0Ha.0510m²
0Ha.0606m²
0Ha.0601m²
0Ha.0506m²
0Ha.1731m²
0Ha.2153m²
0Ha.2900m²
0Ha.3955m²
0Ha.0716m²
0Ha.2153m²
0Ha.4543m²
0Ha.2150m²
0Ha.3900m²
0Ha.1892m²
0Ha.1444m²
0Ha.0512m²
0Ha.1839m²
0Ha.1047m²
0Ha.2000m²
0Ha.2600m²
0Ha.1504m²
0Ha.2245m²
0Ha.3600m²
0Ha.0573m²
0Ha.0902m²
0Ha.1221m²
0Ha.0750m²
0Ha.0686m²
0Ha.0686m²
0Ha.0696m²
0Ha.2175m²
0Ha.1400m²
0Ha.0721m²
0Ha.0725m²
0Ha.3000m²
0Ha.2013m²
0Ha.5000m²
0Ha.1730m²
0Ha.2998m²
0Ha.1362m²
0Ha.4410m²
0Ha.1422m²
0Ha.3360m²
0Ha.3500m²
0Ha.4578m²
0Ha.2973m²
0Ha.3338m²
0Ha.1944m²
0Ha.3900m²
0Ha.1903m²
0Ha.0526m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
411
- SAN JUAN –
Usuario
Malaise, Julio César
Alvarez, Ramón
Correa, Vicente S.
Muñoz, Petrona R.
Rios, Juana A.
Rios Vila Clemira
Salas, José Bernardo
Toledo, Isabel A.
Cuenta
981
983
982
988
989
991
990
984
Dotación
0Ha.0700m²
0Ha.3164m²
0Ha.2500m²
0Ha.0866m²
0Ha.0866m²
0Ha.1690m²
0Ha.0866m²
0Ha.1696m²
ARTICULO 3º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
5º) Expediente N° 519 1014-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Valle Fertil.
VISTO:
El expediente Nº 519 1014-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2099 punto 14º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2099 punto 14º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Valle Fertil:
Usuario
Sirerol, Enrique
Kerman, Luis
Kerman, Isaac
Silva, Edgar R.
Diaz, Rudecindo Serafín
Fernandez, Antonio
Lorea, Rímolo Pascual
Lorea, Rímolo Pascual
Cooperativa Agrovitícola (CAVIC)
Costa de De la Vega, Modesta
Zunino, Josefina Mo de
Baistrocchi, Silvio S.A.
Sarmiento, Fany Echegaray de
Daroni, Alfredo
Pellicer, Eduardo
Adi, Casimiro
Cuenta
600
598
597
581
586
582
420
633
726
656
628
629
631
630
611
610
Dotación
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
0Ha.1596m²
9Ha.8404m²
0Ha.0829m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
5Ha.0000m²
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
6º) Expediente N° 519 1013-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Zonda.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
412
- SAN JUAN –
VISTO:
El expediente Nº 519 1013-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2104, punto 5º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2104, punto 5º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Zonda:
USUARIO
DOTACION
CUENTA
Navas González, Emilio
Peralta, Anita Arcelia
Balada, José Gonzalo
0Ha.0575m²
0Ha.1248m²
0Ha.0599m²
220
353
357
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
7º) Expediente N° 519 2688-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Albardón.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2100,
punto 16º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, el usuario interesado no se presentó a hacer valer su derecho por lo que corresponde
declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de la
concesión de agua de riego para 2Ha.8723m² registrada a nombre del señor Carlos Enrique
Mathus bajo cuenta Nº 3378 del departamento Albardón, conforme lo establece el artículo 137º
de la Ley 4392/78.
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
413
- SAN JUAN –
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
8º) RESOLUCIONES AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO
VISTO:
La resolución N° 596-DH-97, dictada por Dirección General ad referéndum de este
Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes la resolución N°596-DH-97: por la que se
autoriza la adjudicación a favor de la firma Aragón Juan Arnaldo por la suma total de $260,00
por 20 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de reparación del canal Alto de
Sierra, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y
Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece veinte, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
414
- SAN JUAN –
A C T A N° 2112
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
veintiocho días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de
sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco
Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos
Baltazar Alberto Zapata Lloveras bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos
Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora
diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2111.
2°) Expediente N° 519 2599-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Santa Lucia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Santa Lucia en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Santa Lucia.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados de el departamento Santa Lucia, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus
derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de
resolver la caducidad de la concesión:
Usuario
Cuenta
Dotación
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
415
- SAN JUAN –
Albarracin, Celia B. de
Estornell S.A. Cines y Teatros
Usuario
Bazan,Felino Modesto
Decio Soc.Anon. F.I.C.Y.R
Soc. Anon. José D. Graffigna
Farina, Mercedes de
Fernandez de Aranda P.
Riveros, Rogelia León de
Fochi, Luis
Gnecco, Agustín
Graffigna, Benito Duilio
Camacho de Marreli, Angela
Luraschi G. de Aubone, Maria
Maurin, Angelina Z. de
Estornell S. A. Cines y Teatros
Pazcel, Isabel
Lértora, Adela Campodónico de
Yornet, Aurora R. de
Yornet, Romelia R. de
Ginestar S. de Gil, Maria R.
Sanchez, Elsa M. Campodónico
41
42
Cuenta
4771
5105
5104
30
27
51
5
15
53
279
3928
8
39
4
60
34
32
5309
58
1Ha.1400m²
1Ha.7040m²
Dotación
1Ha.1143m²
0Ha.9766m²
2Ha.8334m²
0Ha.8000m²
0Ha.8999m²
0Ha.6579m²
0Ha.6381m²
1Ha.2064m²
2Ha.1500m²
0Ha.8443m²
0Ha.8624m²
1Ha.4818m²
1Ha.0466m²
0Ha.5700m²
0 Ha.9639m²
2Ha.5100m²
5Ha.8890m²
0Ha.5404m²
1Ha.1670m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente de el departamento Santa
Lucia que a continuación se detallan:
Usuario
Viviendas S.R.L.
Viviendas S.R.L.
Viviendas S.R.L.
Maratta, Adán
Marrelli, Luis
Moya Yestey, José
Gil, Sebastian
Ginestar, Rafael
Ginestar S. de Gil, Maria R.
Ginestar Santander, Carmen
Ginestar Santender, Maria
Magalhaes, César Américo De
Mascarel, Alberto
Mascarel, Alberto
Mascarel, Alberto
Molina, Luis Mercedes
Onorato, Saturnino
Chacón Perez, Juan
Mingolla, Juan
Videla, Lucia E.A.Z. de
Bustos, Regina M. de
Coria, Daniel
Jofre, Andres
Lara, Rita Castro De
Ortiz, César
Ridao, Maria López De
Marrelli de Cano, Victoria M.
Cuenta
24
4971
4970
282
274
291
57
4108
3933
3931
3932
62
3449
3476
3457
70
3475
3945
6328
97
216
225
262
214
222
240
300
Dotación
0Ha.2619m²
0Ha.2619m²
0Ha.2619m²
0Ha.1410m²
0Ha.2454m²
0Ha.0668m²
0Ha.0862m²
0Ha.0506m²
0Ha.1249m²
0Ha.0977m²
0Ha.0862m²
0Ha.0567m²
0Ha.0538m²
0Ha.0988m²
0Ha.0559m²
0Ha.0889m²
0Ha.0552m²
0Ha.0598m²
0Ha.1850m²
0Ha.1500m²
0Ha.2500m²
0Ha.3293m²
0Ha.0632m²
0Ha.1000m²
0Ha.1400m²
0Ha.0558m²
0Ha.0561m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
416
- SAN JUAN –
Usuario
Castro, Humberto
Chena, Justino
Coria, Pedro A.
Dominguez, Maria R. de
Maratta, Bautista
Aranda Camacho, Ricardo
Montero, Régulo Leonidas y Otros
Aubone, Saul Cornelio
Balaguer, Jorge Virgilio
Giuliani, Juan Carlos y Otr.
Carrizo de Quiroz, Daniela
Corica, Dominga y Ots.
Espin, Juan Bautista
Felix Garcia e Hijos S.C.C.
Garcia, Encarnación Ruz de
Gigantino, Rafael
Almiron, Juana Elizondo de
Paños, Héctor y Otros
Lopez, Agustina Martinez de
Maggini, Armando Luis
Maratta, Pablo
Ramirez, Carlos Mario
Russo, Alba Argentina y Otros
Russo, Antonio
Russo, Maria Juana Vda. de
Estado Nac. Argentino
Sigalat Mascarell, Juan B.
Ginestar S de Gil, Maria R.
Ginestar Santander, Carmen
Ginestar Santander, Maria A.
Ginestar, Rafael
Gil, Sebastian
Estado Nac. Argentino
Cuenta
281
305
269
271
272
3415
3416
22
3053
54
10
3801
21
249
3146
256
11
228
13
45
23
3148
4156
19
43
3531
4991
3933
3931
3932
4108
57
12
Dotación
0Ha.1410m²
0Ha.0568m²
0Ha.2000m²
0Ha.1700m²
0Ha.0605m²
0Ha.1891m²
0Ha.4635m²
0Ha.0838m²
0Ha.1576m²
0Ha.0517m²
0Ha.0850m²
0Ha.3020m²
0Ha.0820m²
0Ha.1507m²
0Ha.0882m²
0Ha.2034m²
0Ha.0883m²
0Ha.3190m²
0Ha.0504m²
0Ha.0527m²
0Ha.3300m²
0Ha.1500m²
0Ha.1510m²
0Ha.2230m²
0Ha.1510m²
0Ha.0882m²
0Ha.0618m²
0Ha.1249m²
0Ha.0977m²
0Ha.0862m²
0Ha.0506m²
0Ha.0862m²
0Ha.1044m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
3º) Expediente N° 519 1696-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Angaco.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2100,
punto 13º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
417
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Angaco, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Herrera de Orosco, Isabel
Merino, Rafael Segundo
Amarfil, Victor Manuel
Garcia, Martín Miguel
Chavero, Horacio de la Paz
Gonzalez, Francisco Javier
Naveda, Gabino
Sotomayor, Vicente
Cuenta
986
987
989
1005
1006
1007
1008
1573
Dotación
0Ha.7056m²
1Ha.5457m²
0Ha.5472m²
0Ha.8119m²
0Ha.7482m²
0Ha.6754m²
0Ha.8100m²
0Ha.5434m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
4°) Expediente N° 519 1697-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Albardón.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2100,
punto 15º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Albardón, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Sanchez, Pedro A.
Videla Rojas, Abraham
Blanco, Manuel
Castro, Aurora
Cuenta
176
178
888
1328
Dotación
10Ha.7909m²
16Ha.7433m²
12Ha.5837m²
11Ha.9456m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
418
- SAN JUAN –
5º) Expediente N° 519 1700-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Caucete.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2100,
punto 14º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Caucete, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Consejo Reconstrucción San Juan
Consejo Reconstrucción
Consejo Reconstrucción
Ferrocarril del Estado
Ferrocarril del Estado
Ferrocarril G O A
Cuenta
2828
2830
2831
790
791
298
Dotación
3Ha.2854m²
3Ha.5370m²
5Ha.3537m²
1Ha.0000m²
1Ha.0000m²
3Ha.2522m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
6º) Expediente N° 519 2020-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2104,
punto 2º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
419
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Chimbas, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Perez Garcés, José
Carmona, Juan
Blanco, Claudio
Sanchez, Gabriel
Samaja, Domingo
Gehan, León
Gehan, León
Sarmiento, José
Rodriguez, Salvador
Sarmiento, José
Maldonado, Andrés
Valverde, Manuel
Dorador, Antonia H.
Escudero, Paula de
Mira Puerta, Olga F.
Fernandez, Francisco
Salcedo, María Celia Zunino de
Lopez Mansilla, Salvador
Puy, Manuel F.
Sarmiento, José
Morrone, Hermino
Fagale, Antonio S.A.C.A.I.F.E.I. y O.
Locce, María A. y Otra
Batezzati, Honorina R.
Deiana, Juan
Mira, José
Crespillo Fernandez L.
Marini, Francisco
Sala, Domingo
Alvarez, Juan P.
Albarracín, Micaela de
Muñoz, Mercedes
Jofré, Marcial
De los Ríos, Alvano
Luengo, Matilde P. de
Pedrosa, Salvador
Pedrosa, Salvador
Ferreyra, Pío
Jorquera, Marcos
García, Martín Andrés
García, Martín Andrés
Usuario
Flores, Aurora R. de
Flores de Suarez, Aurora
Dotación
1Ha.0311m²
0Ha.6845m²
0Ha.7464m²
2Ha.2103m²
1Ha.8100m²
6Ha.1618m²
1Ha.2008m²
4Ha.7760m²
1Ha.2216m²
0Ha.8001m²
2Ha.9072m²
1Ha.3333m²
0Ha.6720m²
0Ha.5647m²
2Ha.5000m²
0Ha.5626m²
5Ha.8536m²
6Ha.5243m²
0Ha.7012m²
1Ha.0142m²
0Ha.5789m²
0Ha.7210m²
0Ha.5407m²
2Ha.5000m²
0Ha.8000m²
1Ha.0340m²
0Ha.5684m²
0Ha.6081m²
1Ha.5000m²
3Ha.4517m²
1Ha.,8637m²
1Ha.5000m²
3Ha.5452m²
0Ha.9882m²
1Ha.3444m²
1Ha.0000m²
1Ha.5000m²
3Ha.6673m²
0Ha.8912m²
3Ha.9141m²
3Ha.9141m²
Cuenta
4Ha.0299m²
3Ha.0000m²
Cuenta
22
24
38
58
59
63
64
67
69
71
72
77
96
99
104
106
126
128
130
132
136
215
356
530
746
748
768
770
777
779
823
830
833
836
837
849
850
853
856
887
887
Dotación
894
899
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
420
- SAN JUAN –
Yornet, Josefa de Y.
Saenz, Aurora V. de
Coralli S.A.A.C.I.
Ariza Segovia S. y
Bergalio, María Edith G. de y Ot.
Bettio, Luis Roque
Marini, María Marini de
Sarmiento, Nazario
Diez, Rafael
Falcón, Antonio
Moreno, Alfonso
Moreno, Alfonso
Lozano, Antonio
Garrido Sanchez
Muñoz, Julio
Bustos, María
Santamaría, Pablo
Fernandez, Juan
García B. Pedro y Otra
Baca, Antonio
Gil Guerra, Rafael
Luengo, Rogelio
Salinas, José Abel
Putelli, Domingo
Díaz, Patrocinio
Putelli, Enrique
Provincia de San Juan
Dagnino, Alejandro
Zárate, Nicasio
Lorente de Ramos, María
Municipalidad de Chimbas
Quiroga, Raúl Domingo Sucesión
Valverde, José
Laspina, Rosario
Santiago, Héctor y Otro
Berenguer, Juan
Gomez, Pedro Antonio
Segovia, Domingo F.
Cabrera Ruiz, Eduardo
0Ha.9178m²
0Ha.5924m²
1Ha.0000m²
0Ha.5168m²
5Ha.2831m²
2Ha.0679m²
2Ha.0027m²
2Ha.5000m²
1Ha.2030m²
1Ha.2631m²
0Ha.5468m²
1Ha.5000m²
0Ha.5323m²
1Ha.9513m²
1Ha.2649m²
0Ha.6880m²
2Ha.6052m²
0Ha.5643m²
8Ha.8252m²
1Ha.0000m²
1Ha.0039m²
1Ha.7996m²
1Ha.4609m²
2Ha.5000m²
1Ha.0000m²
1Ha.5000m²
1Ha.3623m²
15Ha.7308m²
0Ha.6662m²
2Ha.3330m²
5Ha.6551m²
1Ha.2769m²
2Ha.8960m²
3Ha.2616m²
0Ha.5264m²
1Ha.7425m²
3Ha.2327m²
3Ha.2226m²
5Ha.9088m²
910
912
948
954
1003
1027
1061
1129
1135
1149
1160
1168
1185
1186
1187
1266
1318
1320
1324
1328
1332
1333
1342
1345
1359
1367
1382
1383
1446
1473
1480
1592
1652
1679
159
4475
1047
1050
1100
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
7º) Expediente N° 519 1768-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento San Martín.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
421
- SAN JUAN –
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2101,
punto 20º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento San Martín, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Estrella, Juan
Lund, Kristofer
Reynoso, Ernesto
Vega, Juana
Noguera, Hermenegildo
Vargas, Lisandro
Cataldo, Teodoro
Ferreyra, Pilar
Gillemain, Arturo
Lima, Manuela
Maradona, Clemente
Picon, Valentina F. de
Serrano, Juan
Aguirre, Francisco
Bustos, Laureana G. de
Gaetano, Segundo
López, Antonio R.
Vargas, Bautista
Gambetta, Luisa Sorsana de
Machado Gomez , Nicolás
Aguero, Daniel
Burgos, Ramona C.
Flores, Andrés
Zeballos, Héctor
Zeballos, Eleazar
Estrella, Juan
Mas, Benjamin
Villa, Francisco I.
Sanchez, José Martín
Cuenta
45
50
57
61
294
307
344
361
366
377
380
401
421
534
543
570
578
626
653
662
689
696
710
792
794
838
847
856
898
Dotación
4Ha.2581 m²
1Ha.7774 m²
9Ha.0933 m²
0Ha.5100 m²
1Ha.6680 m²
0Ha.6169 m²
0Ha.6682 m²
1Ha.6756 m²
2Ha.8123 m²
1Ha.0320 m²
1Ha.0000 m²
0Ha.6373 m²
1Ha.2500 m²
1Ha.6918 m²
1Ha.5000 m²
0Ha.8629 m²
2Ha.0396 m²
3Ha.2500 m²
1Ha.2246 m²
2Ha.8034 m²
0Ha.7308 m²
0Ha.6792 m²
1Ha.7790 m²
2Ha.2878 m²
3Ha.6118 m²
25Ha.0000 m²
0Ha.9989 m²
1Ha.9488 m²
1Ha.2290 m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
8º) Expediente N° 519 2081-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Santa Lucia.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
422
- SAN JUAN –
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2105,
punto 6º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Santa Lucia, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Garcia Castro, José
Pastran Arlinton, J.
Pastrán, Héctor
Andino Bravo, Eduardo
Gonzalez Cortez, Humberto
Herrero, Félix
Coop. de Viv. Urbana 7 de Julio
Garcia, Juan
López, Victoria José y O.
Cano, Francisco y O.
Dir. Nac. de Vialidad
Moreno Manzano, José
Meros, Aurora Victoria de
Torrent Blanes, Carmelo y Rafael
Enrique de Correa, Ana M.
Morando Víctor J. y sra.
Collado, Pedro
Sanchez, R. de Archilla F.
Cuenta
1255
1251
1270
1320
5389
3845
6358
1001
3900
986
6215
993
1022
1019
1018
1017
4852
4855
Dotación
0Ha.6790 m²
0Ha.6748 m²
5Ha.8909 m²
0Ha.5871 m²
0Ha.5654 m²
1Ha.9402 m²
2Ha.0784 m²
0Ha.7800 m²
0Ha.9602 m²
5Ha.0000 m²
1Ha.8217 m²
0Ha.6209 m²
0Ha.5867 m²
1Ha.8323 m²
0Ha.6768 m²
2Ha.1112 m²
0Ha.7091 m²
0Ha.6707 m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
9º) Expediente N° 519 2458-S-97, SZVALB, JOSE, s/ser presentado en tiempo y forma ref. a
edictos publicados, departamento Chimbas.
VISTO:
Que el señor José Szvalb, titular de la cuenta Nº 992, se presenta formulando reclamo con
motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2104 punto 2º, manifestando que en el inmueble
se está efectuando un estudio de mejora de la tierra, afectada en algunos sectores por
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
423
- SAN JUAN –
revenición. Estima que en los primeros meses del año próximo se utilizará la dotación asignada,
y;
CONSIDERANDO:
Que son atendibles las razones invocadas por el recurrente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aceptar los motivos presentados por el señor José Szvalb para conservar el
derecho de agua para Uso Agrícola de la Cuenta Nº992 para 1Ha.7500m², departamento
Chimbas y desafectarlo del trámite seguido en expediente Nº 519 2020-I-97.
ARTICULO 2°. El señor José Szvalb deberá, en forma inmediata, poner en actividad agrícola
la propiedad antes mencionada, caso contrario quedará incurso en la caducidad por no uso que
prescribe el artículo 137º de la Ley 4392 a partir de la fecha.
ARTICULO 3°. Notifíquese al recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que
tome nota y supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo. Cumplido,
archívese.
10º) Expediente N° 519 2402-N-97, NUÑEZ, LAURA NATIVIDAD M. DE, s/ser presentado en
tiempo y forma sobre caducidad, departamento Chimbas.
VISTO:
Que la señora Laura Natividad Mancini de Nuñez, titular de la cuenta Nº 803, se presenta
formulando reclamo con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2104 punto 2º,
manifestando que por razones económicas no hizo uso del agua de riego, comunicando que ha
iniciado un cultivo, y;
CONSIDERANDO:
Que son atendibles las razones invocadas por la recurrente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Aceptar los motivos presentados por la señora Laura Natividad Mancini de
Nuñez para conservar el derecho de agua para Uso Agrícola de la Cuenta Nº803 para
1Ha.5511m², departamento Chimbas y desafectarlo del trámite seguido en expediente Nº 519
2020-I-97.
ARTICULO 2°. La señora Laura Natividad Mancini de Nuñez deberá, en forma inmediata,
poner en actividad agrícola la propiedad antes mencionada, caso contrario quedará incurso en la
caducidad por no uso que prescribe el artículo 137º de la Ley 4392 a partir de la fecha.
ARTICULO 3°. La peticionante, conforme lo establecido en el inciso 5º) del artículo 61º de la
referida norma legal, deberá estar al día con las obligaciones económicas derivadas de la
concesión que adeuda, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales correspondientes.
ARTICULO 4°. Notifíquese a la recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que
tome nota y supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo y Departamento
Recaudación a los efectos dispuestos en el artículo tercero. Cumplido, archívese.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
424
- SAN JUAN –
11º) Expediente N° 519 2506-L-97, LOPEZ CABRERA, FRANCISCO S., s/ser presentado en
tiempo y forma ref. a edictos publicados, departamento Chimbas.
VISTO:
Que el señor Francisco S. Lopez Cabrera, titular de la cuenta Nº 1110, se presenta
formulando reclamo con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2104 punto 2º,
manifestando que el inmueble se encuentra cultivado desde hace dos años, y;
CONSIDERANDO:
Que la Inspección Técnica de Chimbas rectifica lo informado por expediente Nº 519
2020-I-97 para la cuenta Nº 1110 manifestando que la parcela hace uso del derecho de riego y
se encuentra cultivada.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Hacer lugar a lo peticionado por el señor Francisco S. López Cabrera de
conservar el derecho de agua para Uso Agrícola de la Cuenta Nº 1110 para 0Ha.4730m²,
departamento Chimbas y desafectarlo del trámite seguido en expediente Nº 519 2020-I-97.
ARTICULO 2°. Notifíquese al recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que
tome nota. Cumplido, archívese.
12º) Expediente N° 300 5526-A-97, ANTONIA VILLASCUSA, ESCUELA, s/concesión de agua
para regadío de espacios verdes y árboles, departamento Santa Lucia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la Dirección de la escuela Antonia Villascusa, solicita
concesión de agua para regadío de árboles, espacios verdes y cancha de fútbol, departamento
Santa Lucia, y;
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Educación formaliza a fs. 04 la petición de otorgamiento de
concesión para dicho establecimiento escolar.
Que la Inspección Técnica informa que el predio que ocupa la escuela Antonia Villascusa
recibe una dotación de agua para 1Ha.0000m² que no figura inscripta en el Padrón de Usuarios
y si en los actuales repartos de riego del ramo Mayorga, canal Bermejito II.
Que División Ecología Agrícola determina que la dotación necesaria es de 1Ha.0000m².
Que toma conocimiento e informa a fs. 7 vta. el Departamento Irrigación.
Que otorgar el derecho de riego al establecimiento de referencia significaría normalizar
una situación de hecho ya que figura en los repartos.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Otorgar al Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan Escuela
Antonia Villascusa del departamento Santa Lucía, Nom.Cat. 0320/400430, una concesión de
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
425
- SAN JUAN –
agua de 1Ha.0000m² para Abastecimiento de Población (riego de jardines y arbolado)
conforme al Art. 64 del Código de Aguas; Canal Bermejito II, Ramo Mayorga.
ARTICULO 2°. Departamento Irrigación a través de la Inspección Técnica departamental
procederá a ajustar la entrega de dotación conforme a derecho.
ARTICULO 3°. Departamento Recaudación-División Rentas y Valores confeccionará las
boletas respectivas conforme lo establece el Acta N° 2089.
ARTICULO 4°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas, Departamento Recaudación y Departamento Irrigación.
13º) RESOLUCIONES AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO
VISTO:
La resolución N° 598, 603, 604, 605, 606, 607, 609, 610, 611, 612 y 613 -DH-97, dictada
por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 598-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $ 8.922,09 a favor de los señores
Eduardo Aguilera, Juan Nardi, Herminia Rojas, María de Valverde y Salvador Victoria,
propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en el valle de Tulum, Ullum, Zonda,
Sarmiento, 25 de Mayo y sus Distritos, durante el mes de setiembre de 1997.
Nº 603-DH-97: por la cual se intima a la firma La Martina S.A. para que de inmediato restituya
la situación de los cauces aluvionales modificados en la zona comprendida entre el canal
Chilote y Ruta Nº 14 departamento Ullum, haciéndola responsable de acuerdo a lo estipulado
por el Art. 245º y concordantes con la Ley 4392/78 (Código de Aguas) de todos los daños y
perjuicios causados a obras hidráulicas, poblaciones, propiedades de terceros, vías de
comunicación y otros daños ocasionados a terceros y/o cosas, derivados de la ejecución, sin
autorización, de las obras de defensa indicadas en el art. 1º.
N°604-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Morales por la
suma total de $695,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque y tres jornales de camión para el levantamiento de producto de monda en Ramo
Sur derivado del Canal Colonia Fiscal, departamento Pocito en una longitud total de 1000
metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°605-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Américan Export S.A.
por la suma total de $550,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
monda del Canal Segundo, departamento San Martín en una longitud total de 1200 metros,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°606-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Carlos González por la
suma total de $72,00 por 6 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque del Ramo Nº2 derivado de canal Justo Moya, departamento Pocito en una
longitud total de 180 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°607-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José María Palma por
la suma total de $450,00 por 45 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque del Canal 5º Cuartel, departamento Pocito en una longitud total de 1500 metros,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
426
- SAN JUAN –
N°609-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma G.M.D. Distribuciones
de Norma Escudero por la suma total de $14.600,00 para la reparación completa de motor
Perkins 6 cilindros de camión Ford 7000 modelo 79 patente J051132- Interno 05-10, incluido
mano de obra especializada y colocación de repuestos; reparación de bomba inyectora,
provisión y colocación de bomba de agua nueva y reparación del sistema de frenos, de acuerdo
a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°610-DH-97: por lo que se autoriza a los Presidentes de Juntas, Inspectores Técnicos y
Delegados Habilitados de los departamentos Jáchal, Iglesia, Calingasta, Angaco, San Martín,
Ullum y Zonda, que se consignan en la misma, para que en forma conjunta suscriban los
respectivos cheques.
N°611-DH-97: por la que se rechazan las propuesta formuladas por las firmas M.A.Y.V.G. SH,
Metalúrgica Don Bosco y G.M.D. Distribuciones, por no dar cumplimiento con la debida
presentación de la documentación que exige el pliego de condiciones.
Nº612-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo para la ejecución
de los trabajos de construcción de botadores de rocas (espigones) y la contratación en alquiler
de 1000 horas de topadoras para las defensas de los ríos del departamento Calingasta, de
acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
Nº613-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo para la ejecución
de los trabajos de construcción de botadores de rocas (espigones) en el cauce de Río San Juan
enrocados en los cuencos disipadores del dique José I. de Roza y Partidor San Emiliano y la
contratación en alquiler de 800 horas de topadoras, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
14º) Expediente N° F12 2513-D-96, DPTO. EQUIPOS Y SERVICIOS, e/listado de camionetas y
motores en estado de desuso.
VISTO:
El expediente N° F12 2513-D-96, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo Departamento Equipos y Servicios remite nómina de bienes de la
Repartición en desuso y otros elementos en estado obsoleto cuya venta se estima conveniente
mediante remate público.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 915-DH-97 manifiesta que el Decreto Nº
1427/76, encomienda a la Caja Popular de Préstamos la venta en remate público de los bienes
del Estado Provincial en los casos previstos en el articulo 69º, inciso 3º de la Ley de
Contabilidad y que para la venta de los bienes que se indican en listados que corren agregados a
las presentes actuaciones, corresponde se aplique lo dispuesto en los artículos 27º, 28º, 29º, 30º
y 31º del Decreto Acuerdo Nº 0042-E-79.
Que ha tomado intervención la Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar el Remate Público de los bienes de la Repartición en desuso y los
elementos y/o materiales de rezago cuya nómina se indica a continuación:
1 (uno) Rastrojero modelo 74 doble cabina, chapa J041089, sin motor y sin caja de velocidad.
1 (uno) Rastrojero modelo 74 doble cabina, chapa J041090, sin motor y sin caja de velocidad.
1 (uno) Chevrolet modelo 76 simple, chapa M183782, completa.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
427
- SAN JUAN –
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
1 (uno)
Chevrolet modelo 76 simple, chapa J046387, completa.
Motor Tornado 6 cilindros Nº 7077668 completo armado.
Motor Ford V8 8 cilindros Nº XMAK86357 completo armado.
Motor Ford V8 8 cilindros Nº XJSK63370 completo armado.
Motor Ford 6 cilindros Nº 15076 completo armado.
Motor Ford 6 cilindros Nº XKAD16171 desarmado.
Motor Ford 6 cilindros Nº DMEA36215 desarmado sin árbol de leva.
Motor Ford 6 cilindros Nº XCAL14961 completo armado
Motor Ford 6 cilindros Nº XKAD16176, en el estado que se encuentra
Motor Tornado 6 cilindros Nº230-757087616, armado, en el estado que se encuentra.
Motor Crislev 6 cilindros Nº 31A00271, armado, en el estado que se encuentra.
Motor Ford 6 cilindros Nº XCAD14091, armado, en el estado que se encuentra.
Motor Ford 6 cilindros Nº DMLB42558, armado, en el estado que se encuentra.
Motor Ford 6 cilindros Nº DSYA31262, armado, en el estado que se encuentra.
Motor Ford 6 cilindros Nº DLTA33464, armado, en el estado que se encuentra.
Motor Chevrolet 6 cilindros Nº A231A49942, armado, en el estado que se encuentra.
Motor Crislev 6 cilindros Nº 4M001054, armado, en el estado que se encuentra.
Máquina de calcular M/Olivetti divisuma 14 Nº 00.A.80924, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de calcular M/Facit Nº 29202, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Máquina de calcular M/Facit Nº 2364167 Inv. Nº 31.149, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de escribir M/Olivetti de 90 Esp. Nº 110626 inv. Nº 31143, en el estado en
que se encuentra.
1 (uno) Máquina de escibir M/Olivetti 90 esp. 110616 inv. Nº 31128, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de escribir M/Olivetti de 200 Esp. Nº 172916 inv. Nº 31135, en el estado en
que se encuentra.
1 (uno) Máquina de calcular divisuma 26 G.T.N. A-9-27.609 inv. Nº 271, en el estado en que
se encuentra.
1 (uno) Máquina Fotocopiadora M/Xerox 3100 Nº 111.P.385,en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Máquina de calcular Electrosuma 14 Olivetti Nº 873429/2 Inv. Nº 1179, en el estado
en que se encuentra.
1 (uno) Máquina de escribir de 200 esp. M/Olivetti L 88. Nº A.209700, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de escribir Eléctrica M/Olivetti E.T. 121 Nº 501792, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de calcular M/Olivetti divisuma 26 Nº A.B. 20241 inv. Nº 1187, en el estado
en que se encuentra.
1 (uno) Máquina divisuma 14 Olivetti Nº O-A 87989 Nº Inv. 270, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de calcular M/Olivetti multisuma 20 eléctrica Nº 44584 inv. Nº 1465, en el
estado en que se encuentra.
1 (uno) Máquina de calcular M/Olivetti Nº 972/21320 inv. Nº 1469, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de escribir de 100 esp. M/Olivetti L88 Nº A. 303881 inv. Nº 5476, en el
estado en que se encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular M/Hewlett Packard H.P. 97, con impresora c/ estuche Nº
1909B59208, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular M/Texas Instruments P.C. 100 C. con impresora incompleta Nº
3496789 (Ata) 1280, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular Cifra 121 Nº 53447, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular Facit manual Nº R.A. 1108275, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular M/Olivetti Nº O.A. 20848, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular M/Olivetti Nº 771360, en el estado en que se encuentra.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
428
- SAN JUAN –
1 (uno) Máquina de Calcular M/Olivetti divisuma 26 G.T, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular M/Olivetti divisuma 26 G.T inv. Nº 1178, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular M/Olivetti con impresora Logos 270 Nº 521412 , en el estado en
que se encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular M/Texas Intruments P.C. 100 G Nº 9976679 ATA 4881, en el
estado en que se encuentra.
1 (uno) Máquina Fotocopiadora M/Canon NP 5.500 Nº 30202933, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular divisuma 26 inv. Nº 5377, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Máquina de escribir de 90 esp. S/Marca Nº 5739423 inv.Nº 5340, en el estado en que
se encuentra.
1 (uno) Máquina de escribir de 90 esp. Nº 5734106 Nº inv. 53142, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular M/Sharp C.S 4164 Nº 09004501, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular M/Sharp C.S 2181 Nº 09002201, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular M/Sharp C.S 4164 Nº 09001701, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de escribir M/Remington 713 Nº L 71785867, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Máquina de Calcular M/Olivetti 14 OA20834, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Conmutador Telefónico M/Siemens N.E.A. 550 de dos cuerpos, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Heladera 4 puertas M/M-24 a motor Acmarmetic Nº 33045, en el estado en que se
encuentra
1 (uno) Estufa a gas M/Volcán, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Aspiradora M/ Yelmo Nº12890, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Aspiradora M/ Yelmo de 700 Wats Nº16554, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Aspiradora M/ Dixter mod. 400 Nº 2099 de 1000 wats.
1 (uno) Hormigonera M/Bounous Nº 3544, con motor y tolva 350 lts., en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Hormigonera M/Bounous Nº 3302, con motor y tolva 350 lts., en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Hormigonera M/Bounous Nº 3542, con motor y tolva 350 lts. agrícola, en el estado en
que se encuentra.
1 (uno) Hormigonera eléctrica con motor trifásico (roto) 55-724 de 3 HP Bounous de 180 lts.,
en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Hormigonera con motor Villa mod. 401/1 Nº 17417-HP-8 200 lts. de capacidad, en el
estado en que se encuentra.
1 (uno) Hormigonera de 180 lts. Nº 1761 con motor Villa Nº 7893 HPO, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Hormigonera de 180 lts. Nº 1724 con motor Villa Nº 7814 HPO., en el estado en que
se encuentra.
1 (uno) Hormigonera de 250 lts. M/Dobe Nº 3541 mod. HRM sin motor, en el estado en que se
encuentra.
1 (uno) Hormigonera de 180 lts. Nº 1712 sin motor, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Hormigonera de 180 lts. Nº 1727 sin motor, faltan ruedas delanteras, en el estado en
que se encuentra.
1 (uno) Chasis para Hormigonera chica, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Chasis para Hormigonera grande, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Engrasadora manual, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Motor Villa desarmado S/N identificatorio, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Motor Egia Desarmado, en el estado en que se encuentra.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
429
- SAN JUAN –
1 (uno) Motobomba M/Egia Nº 37376, en el estado en que se encuentra.
4 (cuatro) Radiadores grandes, en el estado en que se encuentra.
5 (cinco) Radiadores chicos, en el estado en que se encuentra.
18 (dieciocho) Motores Villa, en el estado en que se encuentra.
3 (tres) Tanques medianos para combustible, en el estado en que se encuentra.
20 (veinte) Palas de punta corazón, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Pala Arenera, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Minicargadora desarmada, en el estado en que se encuentra.
Chatarra compuesta por mangos de pala, canastas de albañil rotas, tornillos y chapas varias.
1 (uno) Motobomba M/Egia Nº 36914, en desuso (incompleta) montada en chasis de hierro, en
el estado en que se encuentra.
1 (uno) Motobomba M/Egia S/Nº, en desuso (incompleta) montada en chasis de hierro, en el
estado en que se encuentra.
Hierros varios ( abrazaderas de tachos de grasa), dos volantes de hormigoneras, en el estado
en que se encuentra.
1 (uno) Tanque de nafta mediano, en el estado en que se encuentra.
2 (dos) Tachos de 200 litros, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Moto M/Siambreta c/motor Nº 044521- 48cc., en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Moto M/Puma 125 cc. motor Nº 662243, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Moto M/Puma 125 cc. sin motor, en el estado en que se encuentra.
22 (veintidos) Triconos de 8”.
2 (dos) Triconos de 9”.
1 (uno) Tricono de 17”.
1 (uno) Tricono de 15”.
1 (uno) Tricono de 12”.
1 (uno) Cabezal de bomba “Fowal”- salida de 6” - Nº 64-5076.
1 (uno) Carretilla tipo Cajón.
1 (uno) Cabezal de bomba Sylwan 6200
1 (uno) Cabezal de bomba Sylwan 0895
1 (uno) Cabezal de bomba Johnston Nº 17123
1 (uno) Bomba de lodo 2-FG147
6 (seis) Llantas para rodado de camión
1250 (mil docientos cincuenta) Kg. de Chatarra, varios
1 (uno) Chasis de camión 7000 chapa J051125- Motor NPA 6466.841
1 (uno) Carrocería K-A-6-L-K- Nº 062.054
2 (dos) Llantas rodado para camioneta.
1 (uno) Motor generador de luz M/Indela-In-Ayer tipo GE. 75/4 Nº 40227, en el estado en que
se encuentra, de 1500 R.P.M. 65 V montado sobre un chasis de hierro de 2mx0,60m. de
ancho.
1 (uno) Vibrador M/Dynapac sin motor chasis Nº 188, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Minicargadora sin ruedas M/Erwin Mang. sin número de identificación, sin motor, sin
cilindro, sin lanza, en el estado en que se encuentra; montado sobre carretón de la
misma máquina con ruedas del carretón.
1 (uno) Motocompresor caracteristicas D603-B Nº 292/1/604446 tipo AGL2114 en desuso, en
el estado en que se encuentra.
1 (uno) Tractor M/Deutz Nº Motor FL 11141.800 - 292/1/402835 , en el estado en que se
encuentra.
Chasis Nº 292/2/85/1549.1430-4470-5-900-72, en desuso, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Excavadora Bucyrus -17-05-, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) retro Fiat Allis S.11-39/04-, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Lote de rodillos, zapatas, etc (peso a determinar)
1 (uno) Camión Ford -F-600 dominio J006534, en el estado en que se encuentra.
1 (uno) Motor Ford 8 cil. en “V” Nº 75M-60923, armado completo sin carburador, sin
arranque ni dínamo.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
430
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Encomendar al señor Contador de la Repartición, conjuntamente con el Jefe de
la División Patrimonio, a efectuar, conforme a lo establecido por el Decreto Acuerdo Nº 0042E-79, las gestiones pertinentes para llevar a cabo el mismo.
ARTICULO 3°. Comuníquese y tómese debida nota.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece veinte, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
431
- SAN JUAN –
A C T A N° 2113
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a cuatro
días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones
los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer,
Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar
Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos
Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora
diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2112.
2°) Expediente N° 519 2347-A-97, AFRIAGUA S.A., s/ inscripción como empresa perforadora.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Pedro La Motta, en representación de la
Empresa Afriagua S. A., solicita se inscriba a la citada empresa en el rubro Perforaciones,
proponiendo como representante técnico al Licenciado Ricardo Demartini, inscripto en el
Registro de Profesionales de la Repartición bajo el Nº37, y;
CONSIDERANDO:
Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría
Técnica de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170°
siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa AFRIAGUA S. A. en el Registro de
Constructores de Pozos de la Repartición.
ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea,
comuníquese y oportunamente archívese.
3º) Expediente N° 519 2500-H-97, HORISUR PERFORACIONES S.A., s/ inscripción como
empresa perforadora.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Eduardo Ramos, solicita se inscriba en el
registro correspondiente a la Empresa “Perforaciones Horisur S. A.”, proponiendo como
representante técnico al Licenciado Ricardo Demartini, inscripto en el Registro de
Profesionales de la Repartición bajo el Nº37, y;
CONSIDERANDO:
Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría
Técnica de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170°
siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
432
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
RE SUE L VE
ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa “Perforaciones Horisur S.A.” en el
Registro de Constructores de Pozos de la Repartición.
ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea,
comuníquese y oportunamente archívese.
4º) Expediente N° 519 2213-M-97, MARTIN RODRIGO, ALICIA ESTER, s/ beneficios art. 286
Ley 4392/78, departamento Santa Lucia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la señora Alicia Ester Martín Rodrigo, solicita se
encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al
derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 5597 del
departamento Santa Lucia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.4, la situación
registra del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.4835m², registrado
bajo cuenta N° 5597, a nombre de Antonio Rodrigo Mena, departamento Santa Lucia.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
5°) Expediente N° 519 2422-Z-97, ZEBALLOS, SAUL ARGENTINO Y OTRO, e/renuncia al
derecho de riego, departamento Jáchal.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones los señores Saul Argentino Zeballos y Luis Javier
Zeballos renucian al derecho de agua que le corresponde al inmueble, Nom. Catastral Nº
1860/190270, inscripto bajo cuenta Nº 2249 a nombre de Gastón Aliro Cuello, departamento
Jáchal, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
433
- SAN JUAN –
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 7, el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.8, la situación
registral del derecho de que se trata manifestando que mediante escritura Nº 133 que corre
agregada a fs. 3/6, los recurrentes acreditan la titularidad que les corresponde sobre la parcela
citada, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso que establece el Art.
286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0617m², registrado
bajo cuenta N° 2249, a nombre de Gaston Aliro Cuello, departamento Jáchal.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
6°) Expediente N° 519 1077-B-97, BUSTOS, EDUARDO P., s/sea presentado en tiempo y forma
sobre caducidad según Edicto 30-04-97, departamento Angaco.
VISTO:
Que el Doctor Eduardo Pedro Bustos, en calidad de Administrador, se presenta a fin de
hacer valer los derechos de usuario de la Sucesión Héctor Alfredo Bustos con motivo del
Edicto de publicación del Acta Nº 2083 punto 7º, manifestando que si bien la propiedad a la
que pertenece el derecho de agua no está actualmente cultivada, el agua es utilizada para
aumentar el caudal de riego en las propiedades colindantes, y;
CONSIDERANDO:
Que el presentante no ha cumplimentado lo requerido en la cédula que fue notificada con
fecha 21-05-97 y que se adjunta a fs. 4.
Que según informa la Inspección Técnica de Angaco a fs.5 vta. el predio 11-60/680440 al
cual pertenece el derecho inscripto bajo la cuenta Nº 979 que figura a nombre de Amalia Castro
de Castro se encuentra inculto y no hace uso de agua de riego desde hace más de cinco años.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 864-DH-97 manifiesta que el presente caso
estaría encuadrado en el artículo 20º del Código de Aguas por haber cambiado el fin para lo
cual fue concedido el uso, cual es el riego de su propiedad, por lo que sugiere se declare la
caducidad del derecho.
Que el artículo 137º de la citada norma legal prevé la caducidad por no uso continuado
durante cinco años del derecho de agua de riego.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
434
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. No hacer lugar a lo peticionado por el Dr. Eduardo Pedro Bustos.
ARTICULO 2°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años, conforme lo
establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, de la concesión de agua de riego para 2Ha.0000m²
registrada bajo cuenta Nº979 a nombre de Amalia Castro de Castro, departamento Angaco.
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
7°) Expediente N° F12-987-D-97, DIRECCION DEL REGISTRO Y CATASTRO GENERAL DE
AGUAS, e/informa sobre usuarios clandestinos, departamento Ullum.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones Dirección del Registro y Catastro General de Aguas una
vez verificada el padrón de distribución, comparado con el padrón oficial de riego del
departamento Ullum, ha detectado en el reparto dos usuarios de agua que no tienen derecho de
riego y que a los efectos administrativos se identifican como Usuarios Clandestinos, y;
CONSIDERANDO:
Que los usuarios Pedro Gamboa y Quintin Alfaro están incluidos en la nómina de
Usuarios Clandestinos que no se presentaron a regularizar la situación de uso, nos obstante
haberse ordenado el corte de suministro por resoluciones de Actas Nº 1447/79 y 1450/79.
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 31, los predios
propiedad de los señores Pedro Gamboa y Quintin Alfaro reciben actualmente una dotación
para 0Ha.4775m² y no tienen instalado el servicio domiciliario de agua potable.
Que Asesoría Letrada en su informe 140 DH-97 manifiesta que los usuarios no hicieron
su presentación en término tal es lo que establecían los Art. 275 y 276 del Código de Agua y
que el permiso precario otorgado mediante Acta Nº 600/60 carece de validez, más aún teniendo
en cuenta que el hecho que motiva que se mantenga es a raíz de que éstos no cuentan con
suministro de agua potable corresponde notificar a los citados usuarios que deben realizar los
trámites para una concesión para bebidas y usos domésticos.
Que solo se recepcionó la nota de solicitud del señor Pablo del Carmen Alfaro.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Departamento Irrigación a través de la Inspección Técnica departamental
procederá a efectivizar la corta definitiva del agua de riego a los usuarios clandestinos señores
Pedro Gamboa y Quintin Alfaro, inmuebles Nom.Cat. Nº 07-26/850280 y Nº 07-24/840740,
ratificando lo dispuesto en Actas Nº 1447/79 y 1450/79.
ARTICULO 2°. Otorgar a los señores Quintin Alfaro y Pedro Gamboa un permiso de uso
conforme lo determina el Art. 14º inciso 1) de la Ley 4392/78.
ARTICULO 3°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota.
Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese.
8º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
435
- SAN JUAN –
VISTO:
Las resoluciones N° 617, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626, 627, 628, 629, 630, 631,
632, 633, 634, 635 y 636-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este
Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 617-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma total de $5.766,93 a favor de los
señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José Mario Castro en concepto de prestación de servicio
de alquiler de camiones durante el mes de setiembre de 1997 en los departamentos Calingasta,
Iglesia y Jáchal.
N°620-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Antonio Manzano por
la suma total de $312,00 por 24 jornales de personal obrero para la ejecución de monda y
limpieza del dren Graffigna, departamento Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago
de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°621-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Hidalgo B. de Vargas
y Otros por la suma total de $650,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de
monda y limpieza del Canal Pastoriza, departamento Chimbas, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos
N°622-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Vicente González
por la suma total de $715,00 por 11 jornales de camión volcador para el transporte de productos
de monda de los canales Godoy Robledo, Bermejito y Mayorga, departamento Santa Lucia,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos
N°623-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Valle del Tulum S.A.
por la suma total de $510,00 por 37½ jornales de personal obrero para trabajos de limpieza,
desmonte y desembanque del canal Justo Moya y 1 jornal de camión para acarreo de producto
de monda del mismo canal, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago
de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos
N°624-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Francisco Rivas
Valverde por la suma total de $710,00 por 100 bolsas de cemento con destino a la construcción
del encamisado del canal Tercero, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta
del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°625-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Fernández R., Juan por
la suma total de $494,00 por 38 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
monda del Dren 7º, calle 10 entre Alfonso XIII y Callejón Belgrano, departamento Rawson,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°626-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Oscar Ferrarini, por la
suma total de $1.080,00 por 60 jornales de personal obrero para trabajos de limpieza y
desembanque del Ramo calle 13 y limpieza cola de Ramo calle 15 y 6 sifones y 48 jornales de
obrero para limpieza del desagüe Vidart entre 13 y 14, departamento Pocito, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°627-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Estebes, Rogelio por la
suma total de $120,00 por 10 jornales de personal obrero para el mantenimiento del canal
Bermejito II, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon
y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°628-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Evaristo R. Alés y
Evaristo N. Alés por la suma total de $777,00 por 9 jornales de camión y 16 jornales obrero
para el retiro de productos de monda del Ramo Barros, departamento Caucete, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
436
- SAN JUAN –
N°629-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Hidalgo, Miguel
Antonio por la suma total de $858,00 por 66 jornales de personal obrero para la ejecución de
limpieza y monda del Ramo Centenario-Alfonso XIII, departamento Rawson, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°630-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma González, Enrique por
la suma total de $299,00 por 23 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
monda del Desagüe Tahona, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del
pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°631-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José Díaz por la suma
total de $ 520,00 por 52 jornales de personal obrero para la ejecución de monda, limpieza y
desembanque del Canal Colonia Fiscal Sarmiento, departamento Pocito, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°632-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Enrique B. Gutiérrez
por la suma total de $300,00 por 30 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque del Ramo Nº8 Superior derivado del canal Colonia Fiscal Sarmiento,
departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°633-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Héctor Alfredo Millan
por la suma total de $500,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque del Sub Ramo de Villa Botta, derivado del Ramo Nº 20, departamento Pocito,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°634-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Vicente Oliver por la
suma total de $870,00 por 87 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque del Ramo Nº 5, derivado del canal Colonia Fiscal Sarmiento, departamento
Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°635-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Víctor Hugo Millán
por la suma total de $500,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y
desembanque del Dren de calle 11, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del
pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº636-DH-97: por la que en: Art.1º. Acepta la renuncia presentada por el agente José Ramón
Sánchez, M.I.Nº 07.934.708 a la función de Delegado Habilitado de la Repartición en el
departamento San Martín. Art. 2º Asigna la función de Delegado Habilitado de la Repartición
en el departamento San Martín, al agente Mario Gustavo Clavel, M.I.Nº 20.130.923, sin
perjuicio de sus funciones específicas. Art. 3º La percepción y rendición de los valores en
concepto de canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos, será efectuada
semanalmente en forma personal por el Delegado Habilitado ante la División Rentas y Valores,
conforme a las disposiciones de la Ley de Contabilidad.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
437
- SAN JUAN –
A C T A N° 2114
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a once
días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones
los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer,
Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar
Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos
Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director
Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora
diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2113.
2º) Expediente N° 519 2683-I-97, IRRIGACION, s/autorización con comisión.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones, Departamento Irrigación con motivo del relevo del
personal de observadores meteorológicos destacados en comisión en la Estación
Nivometeorológica Pachón, Departamento Calingasta, solicita destinar en esta oportunidad a
los agentes Manuel Hugo Garcia y Juan José Palayes, por un término aproximado de 96 días a
partir del 27/11/97 hasta el 02/03/98, y;
CONSIDERANDO:
Que para el caso de prorrogarse por causas de fuerza mayor y modificarse el tiempo de
permanencia debe preverse la ampliación de dicha comisión.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Destacar a los agentes Manuel Hugo Garcia D.N.I.Nº 7.932.624 y Juan José
Palayes D.N.I. Nº 10.223.347, al cumplimiento de la comisión oficial en la Estación
Nivometeorológica Pachón, departamento Calingasta, como observadores meteorológicos cuya
duración se estima por el término de 96 días aproximadamente, desde el 27 de noviembre hasta
el 02 de marzo de 1998.
ARTICULO 2°. Queda establecido que, para el caso de que la comisión autorizada de los
referidos observadores meteorológicos deba prorrogarse por causas de fuerza mayor,
debidamente justificado, esta regirá hasta la fecha en que pueda efectuarse el relevo
correspondiente.
ARTICULO 3°. Comuníquese y tómese debida nota.
3°) Expediente N° 519 2748-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Chimbas en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
438
- SAN JUAN –
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Chimbas.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en
interesados del departamento Chimbas, que
presentaciones por escrito ante el Departamento
derechos, conforme lo establece el artículo 137º
resolver la caducidad de la concesión:
Usuario
Concar
Bragagnolo, Ovidio
Municipalidad de Chimbas
Sanchez, Cristobal
López Mansilla, Salvador
Garcia, Emilio Fco. de J.
Rodriguez Ortega, Antonio
Ferreira, Francisco A.
el término de diez (10) días, los usuarios
a continuación se detallan, hagan sus
de Hidráulica a efectos de hacer valer sus
de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de
Cuenta
1685
1701
1728
1821
1867
2089
2093
2165
Dotación
5Ha.0000m²
0Ha.5297m²
0Ha.5657m²
1Ha.5688m²
1Ha.0638m²
1Ha.2114m²
0Ha.5386m²
1Ha.2862m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Chimbas
que a continuación se detallan:
Usuario
Zunino de Salcedo, Maria C.
Silva, Matilde de
Rojas S. S. y R. Verena Moreno
Marchelli, Salvador
Gimenez, Antonio
Martinez, Juan C. y Sra.
Baistrochi, Ernesto
López Fernandez, Juan
Porres, Florencio
Putelli, Domingo
Hidalgo Brizuela, Ramón
Baistrochi, Ernesto
Cuenta
1696
1698
1717
1724
1726
1742
1744
1757
1779
1822
1839
1841
Dotación
0Ha.2840m²
0Ha.5000m²
0Ha.0726m²
0Ha.0540m²
0Ha.0990m²
0Ha.0665m²
0Ha.0540m²
0Ha.1000m²
0Ha.1631m²
0Ha.5000m²
0Ha.1000m²
0Ha.0540m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
439
- SAN JUAN –
Usuario
Goyochea, Eusebio S.
Yanello, Francisco
Valverde, Maria
Palomar, Maria Valverde de
Castillo de Vela, E. Y
Carzzo Vita de y Otro
Baco, Juan
Amarfil, Clemente
Valverde, Juan J.
Cortez, Antonio
Aballay, Alejandro S. y Otro
Deiana, Bernardino
Cortez, Carlos
Tello, Gustavo Raul y Otro
Palmes Pujol, Tosti M.
Saiz, Luis Domingo
Cuenta
1920
1967
2003
2013
2040
2065
2077
2103
2115
2171
2274
2275
2276
2281
2282
2294
Dotación
0Ha.0669m²
0Ha.2916m²
0Ha.0793m²
0Ha.0675m²
0Ha.0780m²
0Ha.0743m²
0Ha.0824m²
0Ha.3234m²
0Ha.0551m²
0Ha.0666m²
0Ha.0838m²
0Ha.0810m²
0Ha.1326m²
0Ha.1162m²
0Ha.0877m²
0Ha.0600m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
4º) Expediente N° 519 2747-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Chimbas.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Chimbas en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de
Chimbas.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
440
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Chimbas
que a continuación se detallan:
Usuario
Hidalgo, Agustin
Club Atlético Benavidez
Uñac de Castro, Angélica
Vargas, Domingo
Valverde de Palomar, Maria
Diaz, José Pascual
Tejada, Pedro Maria
Ahumada, Luis
Garrido, Emilio
Villafañe, Marcelino
Guerrero Muñoz, Antonio
Bonilla Lopez, Andres
Moreno, Pedro S.
Riveros, Eugenio L.
Luzi, Héctor Gregorio
Herrero, José
Sanchez, Julio
Castro, Nicolás
Riarte, Juan Esmerito
Soria de Castro, Rosario
Bastida Code Marcial
Perez, Oscar Benjamín
Guzman, Pedro
Deiana, Juan Luis
Deiana, Rodolfo
Herrera, Petrona C.
Palacio, Manuel Jesus
Vilchez de Moreno, Dominga
Bastida Code Marcial
Cortinez, Ernesto
Rodriguez, Carlos
Suc. Cayetano Yanello
I.P.V. Lote 15 Manzana B
I.P.V. Lote 15 Manzana B
I.P.V. Calle
I.P.V. Calle
Olmos, Alicia I.
Pelayes, Tomas
Cortez, Alberto
Lujan, Luis Bartolo
Olarte, Enrique
Herrera, Oscar Angel
Vera, Felipe
Yacante, Silvestre
Amaya, Benancio
Vila, Santiago G.
Usuario
Muñoz,Rosa
Perez, Adolfo Cruz
Aciar de Flores
Cuenta
2296
2299
2301
2303
2311
2323
2502
2515
2661
2664
2666
2672
2682
2685
2687
2713
2714
2730
2764
2783
2795
2803
2804
2826
2828
2844
2845
2850
2924
2956
2957
2958
2990
2991
3056
3057
3070
3090
3109
3137
3141
3142
3144
3145
3147
3166
Cuenta
3216
3239
3243
Dotación
0Ha.1320 m²
0Ha.0900 m²
0Ha.1303 m²
0Ha.0603 m²
0Ha.0675 m²
0Ha.0524 m²
0Ha.0501 m²
0Ha.0667 m²
0Ha.0751 m²
0Ha.1026 m²
0Ha.3500 m²
0Ha.0660 m²
0Ha.1023 m²
0Ha.1000 m²
0Ha.1010 m²
0Ha.1056 m²
0Ha.1000 m²
0Ha.0506 m²
0Ha.0570 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0522 m²
0Ha.0559 m²
0Ha.1003 m²
0Ha.2000 m²
0Ha.1000 m²
0Ha.0822 m²
0Ha.0520 m²
0Ha.0533 m²
0Ha.0522 m²
0Ha.0785 m²
0Ha.2338 m²
0Ha.2333 m²
0Ha.0507 m²
0Ha.0507 m²
0Ha.3679 m²
0Ha.3679 m²
0Ha.1488 m²
0Ha.1102 m²
0Ha.0848 m²
0Ha.0679 m²
0Ha.1154 m²
0Ha.0554 m²
0Ha.1087 m²
0Ha.0533 m²
0Ha.0581 m²
0Ha.0550 m²
Dotación
0Ha.1691 m²
0Ha.0804 m²
0Ha.0943 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
441
- SAN JUAN –
Ormeño, Emilio Lázaro
Portillo Palacios
Fernandez, Gloria
Palacios, Eduardo
Arias Aldeco
Reyes, Adan V.
Luna, Dionicio
Luna, Dionicio
Herrada, Ricardo
Mallea, Desiderio
Mas Puchol, Vicente
Garcia de Maldonado, Maria
Valerio, Luis
Ordoñes, Raul Juan
Alvarez, Washington
Villafañe, Elio
Brizuela, José Antonio
Robledo, Antonio
Robledo, Antonio
Gomez, Isidro Valerio
Flores, Clarisa L.
Chirino, Carmen
Moreno, Juan Eusebio
Paez, Pedro Benito
Gob. de la Provincia de San Juan
Sanchez, Matias G.
Sanchez, Matias G.
Vargas, Alberto
Solis Castillo, Nicolás
Pellicelli, Gustavo
Avila, Juan Martín
Calvo Encacarnación Segura P. de
Carrera de Antunez, Ana Maria
Alonso, Oscar
Fuentes, José
Ozan Vidal, Valentín L.
Perez, Juan José
Perez, Cosme
Galvan, José Manuel
Duran, Isidro Bautista
Torres de Almonazid, Josefina M.
Castro, Carlos
Opazo, Vicente
Leguiza, Florentino S.
Colonna, Mario
Ortiza, Juan antonio
Aballay, Antonio R.
Montoro Chica, Nicolas
Faraudo, Mario
Usuario
Corp. Obispo Pres.Iglesia de Je
Cabral, Ramon Nelson
Leonardi, Pedro
Castro, Eduardo
Paredes de Paredes, Ada Jesus
3261
3271
3356
3472
3499
3516
3544
3545
3546
3563
3565
3592
3607
3623
3640
3646
3649
3650
3651
3654
3734
3738
3795
3802
3870
3887
3888
3902
3906
3918
3926
3938
3951
3954
3971
3979
3986
4002
4019
4028
4029
4030
4031
4057
4058
4059
4062
4077
4146
Cuenta
4147
4176
4186
4188
4189
0Ha.1029 m²
0Ha.0819 m²
0Ha.1086 m²
0Ha.0931 m²
0Ha.0993 m²
0Ha.0992 m²
0Ha.0610 m²
0Ha.0613 m²
0Ha.0540 m²
0Ha.0825 m²
0Ha.3407 m²
0Ha.0860 m²
0Ha.0844 m²
0Ha.4222 m²
0Ha.0507 m²
0Ha.0978 m²
0Ha.0770 m²
0Ha.0822 m²
0Ha.0822 m²
0Ha.0503 m²
0Ha.0609 m²
0Ha.0519 m²
0Ha.0514 m²
0Ha.0613 m²
0Ha.4126 m²
0Ha.0682 m²
0Ha.1018 m²
0Ha.0603 m²
0Ha.0841 m²
0Ha.2615 m²
0Ha.0555 m²
0Ha.1991 m²
0Ha.1991 m²
0Ha.0579 m²
0Ha.0613 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0604 m²
0Ha.0714 m²
0Ha.0619 m²
0Ha.0730 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0540 m²
0Ha.0607 m²
0Ha.0627 m²
0Ha.0600 m²
0Ha.0675 m²
0Ha.0767 m²
0Ha.0570 m²
0Ha.0776 m²
Dotación
0Ha.3403 m²
0Ha.0513 m²
0Ha.0786 m²
0Ha.0612 m²
0Ha.0618 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
442
- SAN JUAN –
Gonzalez, Benito
Martín, Graciela
Castro de Molina, Maria Lucrec
Espejo, Héctor
Enrique Alvarez, Miguel
4196
4197
4198
4201
4215
0Ha.0779 m²
0Ha.0988 m²
0Ha.0917 m²
0Ha.0704 m²
0Ha.0738 m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
5º) Expediente N°36.952-C-94 y agregados Nº 37.103-E-94; Nº519 1278-C-97, CALIGOLI,
RAMON ROQUE, s/empadronamiento, departamento Calingasta.
VISTO:
El expediente Nº 36.952-C-94 y agregados Nº 37.103-E-94; Nº519 1278-C-97, y;
CONSIDERANDO:
Que el Consejo mediante Acta Nº 2100 de fecha 05 de agosto de 1997 resolvió el
empadronamiento de derechos de agua de riego de inmuebles propiedad de Ramón Roque
Calígoli y Establecimiento Valle Grande S.A. en el departamento Calingasta.
Que la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas, a fojas 38, manifiesta la
imposibilidad de inscribir tal cual fuera ordenado en virtud de la afectación de los distintos
inmuebles por diversos canales, aconsejando en consecuencia la inscripción aplicando
coeficientes de riego para cada lote y/o parcela.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Disponer las inscripciones cuyo empadronamiento se ordenara oportunamente
bajo el procedimiento y la forma aconsejada por la Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas:
Propietario: Establecimiento Valle Grande S.A.
Lote 1 - Nom.Catastral 16-26/280560
Superficie: 177Ha.8690,99m²
Dotación: 86Ha.2666m²
Parcela II - Nom.Catastral 16-26/420580
Superficie: 22Ha.1308,58m²
Dotación: 10Ha.7334m²
Propietario: Ramón Roque Calígoli
Lote 2 - Nom.Catastral 16-26/550440
Superficie: 130Ha.7524,16m²
Dotación: 109Ha.8731m²
Parcela I - Nom.Catastral 16-26/450530
Superficie: 53Ha.7023,48m²
Dotación: 45Ha.1269m²
ARTICULO 2°. Notifíquese a los interesados. Tomen debida nota Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
6°) Expediente N° 519 2688-S-97, SECRETARIA TECNICA, e/ documentación referida a batería
oficial de pozos.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
443
- SAN JUAN –
VISTO:
El expediente N° 519 2688-S-97, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante estas actuaciones Secretaría Técnica eleva a conocimiento y consideración
de este Cuerpo el trabajo efectuado a fin de recopilar antecedentes de información referida a
baterías oficiales de pozos ditribuidas en todo el ámbito de la provincia.
Que se recabó información contando para ello con el aporte de un grupo de agentes del
Departamento Agua Subterránea siendo ejecutados los planos por el señor Gilberto Pringles del
Departamento Construcciones.
Que Jefatura Técnica quiere destacar el esfuerzo y esmero puesto de manifiesto por el
agente Víctor A. Miriani, solicitando un reconocimiento y mención en su legajo personal por la
valiosa tarea ejecutada.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Tomar conocimiento de la documentación referida a baterías oficiales de
pozos ditribuidas en todo el ámbito de la provincia y dejar fotocopia de la misma en Secretaría
Técnica, Departamento Agua Subterránea y Archivo Central.
ARTICULO 2°. Agradecer la colaboración, dedicación y empeño puesto de manifiesto por el
agente Víctor A. Miriani, haciéndolo acreedor de una mención especial.
ARTICULO 3°. Dejar constancia de esta mención en el legajo personal.
ARTICULO 4°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
7°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 640, 641, 642, 647, 648, 649, 650, 651 y 652, dictadas por Dirección
General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
N°640-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Oscar Menin
Construcciones por la suma total de $31.450,00 por la contratación en alquiler de 370 horas de
máquina topadora para la ejecución de botadores y encauzamientos en canal Agua Negra;
reparación de defensas y encauzamientos en canal Chita; reparación de defensas y limpieza de
pasantes (bajadas de crecientes) Canal Romo; reparación de defensas Canal la Colonia;
reparación de defensas en canales 5,6 y 7 y zona poblacional en el Puque; encauzamiento
bajada de creciente en Canal Buena Esperanza; reparación de defensas, encauzamiento de río
Jáchal en la Zona del Chinguillo y reparación de defensas zona poblacional de Maliman, de
acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°641-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Federico Hnos.
Empresa Constructora por la suma total de $782.376,00 para los trabajos de ejecución de
botadores de roca (espigones) en cauce del Rio San Juan, enrocado de cuencos disipadores en
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
444
- SAN JUAN –
el Dique José I. de la Roza y Partidor San Emiliano; contratación en alquiler de 800 horas de
máquinas topadoras para realizar trabajos de defensas y encauzamiento de ríos en el Valle de
Tulum, Ullum y Zonda, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°642-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Oscar Menin
Construcciones por la suma total de $268.600,00 para los trabajos de ejecución de botadores de
roca (espigones); contratación en alquiler de 1000 horas máquinas topadoras para realizar
trabajos de defensas y encauzamiento de ríos en departamento Calingasta, de acuerdo a lo que
establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°647-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Olivos San Juan S.A.
por la suma total de $840,00 por 30 jornales de personal obrero para limpieza y desembanque
del Canal J. Moya, del Distrito Carpintería, departamento Pocito y 8 jornales de camión para
transporte de producto de monda en el mismo canal, importe que se acreditará a cuenta del
pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°648-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Lucio Gómez por la
suma total de $690,00 por 69 jornales de personal obrero para trabajos realizados en canal
Colonia Fiscal Sarmiento, departamento Pocito, en los Ramos Nº 1, Nº 2 y C. Gral. incluido
desagüe derivado del mismo canal, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y
Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°649-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Solera de Marquez y
Otra por la suma total de $80,00 por 8 jornales de personal obrero para monda, limpieza y
desembanque Ramo 32 “B” derivado del canal Céspedes, departamento Pocito, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°650-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Bgas. y Vdos. Sirera
S.A. por la suma total de $130,00 por 13 jornales de personal obrero para limpieza y
desembanque Ramo 32 ”B“ derivado del canal Céspedes, departamento Pocito, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°651-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Hugo Marcelo
Schvartz por la suma total de $1.430,00 por 22 jornales de camión para transporte de productos
de monda y del desborde del canal Alto de Sierra, departamento Santa Lucia, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°652-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Francisco Caparros por
la suma total de $450,00 por 45 jornales de personal obrero para limpieza y desembanque
Ramo Nº 11, del canal Quinto Cuartel, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta
del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
445
- SAN JUAN –
A C T A N° 2115
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
dieciocho días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala
de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores:
Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr.
Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing.
Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha,
Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo
la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2114.
2º) Expediente N° 519 2807-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Angaco.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Angaco en un periodo
superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de
Angaco.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Angaco que
a continuación se detallan:
Usuario
Tejada, Miguel Angel
Serrani, Mario I.
Santiago, Joaquin
Soto, Manuel A.
Sanchez, José Carlos
Sefair Hnos. S.R.L.
Sefair Hnos. S.R.L.
Cuenta
2073
2039
1762
1781
1788
1166
1167
Dotación
0Ha.0565 m²
0Ha.0566 m²
0Ha.0630 m²
0Ha.0628 m²
0Ha.0630 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
446
- SAN JUAN –
Sefair Hnos. S.R.L.
Usuario
Sefair Hnos. S.R.L.
Sefair Hnos. S.R.L.
Sefair Hnos. S.R.L.
Sefair Hnos. S.R.L.
1168
Cuenta
1169
1175
1176
1177
0Ha.0878 m²
Dotación
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0834 m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
3°) Expediente N° 519 2161-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Sarmiento.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2107,
punto 6º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, el usuario interesado no se presentó a hacer valer su derecho por lo que corresponde
declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de la
concesión de agua de riego para 0Ha.9800m² registrada a nombre del señor Juan de la C.
Nuñez bajo cuenta Nº 1501 del departamento Sarmiento, conforme lo establece el artículo 137º
de la Ley 4392/78.
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
4º) Expediente N° 519 2201-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Albardón.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2107,
punto 5º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
447
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Albardón, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Lahoz, Carmen C. de
Yakin, Santiago
Arancibia, Humberto
Cuenta
168
294
302
Dotación
1Ha.5662m²
2Ha.9121m²
1Ha.3377m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
5º) Expediente N° 519 2160-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Pocito.
VISTO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2107,
punto 4º, y;
CONSIDERANDO:
Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de
Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de
aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Pocito, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Coria Jofré, Juana
Hermosilla Hernandez, C. y Otro
Hermosilla Hernandez, C. y Otro
Fernandez, Gaspar Suc.
Busto, Justo
Rojas, Cirilo Suc.
Atencio, Bautista
Ferla, Dante
Gobli, Antonia de
Maturano, Salvador
Soc. Ortiz. Hnos.
Ortiz Ruiz, Angela
Pastor, Bartolomé
Pont. Antonio
Usuario
Tello
Lorenzo, José
Cuenta
33
2643
2644
2707
2627
2515
2435
2454
2459
2483
2487
2488
2491
2511
Cuenta
2512
2468
Dotación
11Ha.7600 m²
59Ha.0000 m²
78Ha.6400 m²
243Ha.3066 m²
12Ha.0000 m²
40Ha.0000 m²
78Ha.7419 m²
14Ha.0000 m²
10Ha.0000 m²
14Ha.0000 m²
37Ha.0000 m²
18Ha.0000 m²
14Ha.0000 m²
12Ha.0000 m²
Dotación
14Ha.0000 m²
9Ha.6000 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
448
- SAN JUAN –
Hernandez, Catalina A. de
Soc. San Vicente
Banco de San Juan
2637
2238
1720
19Ha.8381 m²
13Ha.3100 m²
100Ha. 0000 m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín
Oficial y de dos días, en diario local.
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
6°) Expediente N° 519 2660-CH-97, CHIMINO, ANA ELENA ARRABAL DE, s/ beneficios art.
286 Ley 4392/78, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la señora Ana Elena Arrabal de Chimino, solicita se
encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al
derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 1948 del
departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0983m², registrado
bajo cuenta N° 1948, a nombre de Ana Elena Arrabal de Chimino, departamento Rivadavia.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
7º) Expediente N° 519 2590-M-97, MILLAN PEREGRINA, ANTONIO, s/ beneficios art. 286 Ley
4392/78, departamento Rawson.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Antonio Millan Peregrina, solicita se encuadre
en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua
que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 9065 del departamento Rawson, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
449
- SAN JUAN –
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.4, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0612m², registrado
bajo cuenta N° 9065, a nombre de Antonio Millan Peregrina, departamento Rawson.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
8º) Expediente N° 519 2476-R-97, RODRIGUEZ, RAFAEL MANUEL, s/ beneficios art. 286 Ley
4392/78, departamento Pocito.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Rafael Manuel Rodriguez, solicita se encuadre
en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua
que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 6592 del departamento Pocito, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.4, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0621m², registrado
bajo cuenta N° 6592, a nombre de Rafael Manuel Rodriguez, departamento Pocito.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
9º) Expediente N° 519 2353-A-97, ALVAREZ, LEONOR HERRERA DE, s/ beneficios art. 286
Ley 4392/78, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones la señora Leonor Argentina Herrera de Alvarez, solicita
se encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 a los
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
450
- SAN JUAN –
derechos de agua que les corresponde a los inmuebles inscriptos bajo cuentas Nº 795 y 452 del
departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., los predios de
referencia no hacen uso de agua de riego y tienen instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.4, la situación
registral de los derechos de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación
por no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.2000m² y
0Ha.2000m², registrados bajo cuentas N° 795 y Nº 452, a nombre de Manuel Justino Alvarez,
departamento Rivadavia, respectivamente.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
10º) Expediente N° 519 2382-D-97, DOMINGUEZ, ANGEL ANDRES, s/ beneficios art. 286 Ley
4392/78, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Angel Andrés Dominguez, solicita se encuadre
en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua
que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 1224 del departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.3 vta., la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0778m², registrado
bajo cuenta N° 1224, a nombre de Rafael Dominguez de la Fuente, departamento Rivadavia.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
451
- SAN JUAN –
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
11) Expediente N° 519 2551-S-97, SOBERBIO, FRANCISCO ALFREDO, s/ beneficios art. 286
Ley 4392/78, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Dr. Francisco Alfredo Soberbio, solicita se
encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al
derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 1992 del
departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0985m², registrado
bajo cuenta N° 1992, a nombre de Francisco Segundo Soberbio, departamento Rivadavia.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
12º) Expediente N° 519 2560-E-97, ESPINOSA, HUGO ORLANDO, s/ beneficios art. 286 Ley
4392/78, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Hugo Orlando Espinosa, solicita se encuadre en
los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua
que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 3063 del departamento Rivadavia, y;
CONSIDERANDO:
Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., el predio de
referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua
potable.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.4, la situación
registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por
no uso, Art. 286 del Código de Aguas.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
452
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la
Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1059m², registrado
bajo cuenta N° 3063, a nombre de Hugo Orlando Espinosa, departamento Rivadavia.
ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de
la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General
de Aguas y archívese.
13º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 654, 655, 656, 657, 658, 659, 661, 662, 663, 664, 665, 666, 667 y
668, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 654-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº99 para la
reparación general, incluido mano de obra especializada y repuestos necesarios para la puesta
en servicio del carretón Leo Cor de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica.
N°655-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mario Héctor Torrente
por la suma total de $480,00 por 40 jornales de personal obrero por mantenimiento, desmonte y
desembanque del Ramo Richet, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta
del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°656-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Sucesión María Castro
por la suma total de $60,00 por 5 jornales de personal obrero por limpieza, desmonte y
desembanque del Canal Godoy Robledo, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°657-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Julio Enrique Aragón
y Juan A. Aragón por la suma total de $120,00 por 10 jornales de personal obrero por la
reparación, empalizado del Canal Alto de Sierra, departamento Santa Lucia, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°658-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Cesar Ambrosio Gioja
por la suma total de $6.120,00 por 58 jornales de camión para transporte de personal y producto
de monda y 188 jornales de personal obrero para limpieza, desmonte y desembanque del Dren
Bóveda y Colector Carpintería, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del
pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°659-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Stornini Excavaciones
por la suma total de $29.079,00 para la ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de
obras de arte en el Dren Centro, departamento Angaco en una longitud de 10.770 metros, en un
todo de acuerdo con el Pliego de Condiciones y Especificaciones Técnicas que sirvieron de
base para el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº96/97.
N°661-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Héctor Rodolfo
Yanzon y Otros por la suma total de $1.298,00 por 118 jornales de personal obrero para la
ejecución de monda y desborde en canal Varas, departamento Calingasta, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°662-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Planagro S.R.L. por la
suma total de $2.310,00 por 210 jornales de personal obrero para la ejecución de monda en
canal Tamberías, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de
Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
453
- SAN JUAN –
N°663-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mateo Molina por la
suma total de $442,00 por 34 jornales de personal obrero para la ejecución de monda y
limpieza, Ramo 8, departamento Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon
y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°664-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ricardo H. Pontoriero
por la suma total de $264,00 por 22 jornales de personal obrero para trabajos de reparación en
la obra Toma Nº3 Ramo Monteverde del canal General Albardón, departamento Albardón,
importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios
Hídricos.
N°665-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Industrias J. Matas
S.C.A. por la suma total de $2.420,00 por 220 jornales de personal obrero para la ejecución de
monda en canal Román, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago
de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°666-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Reinaldo Viviani por
la suma total de $110,00 por 10 jornales de personal obrero con destino a la limpieza y monda
en canal Segundo, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de
Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°667-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Miguel A. Pedrozo por
la suma total de $2.080,00 por 32 jornales de camión en impermeabilización del canal Punta
del Monte Tapia, departamento Angaco, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon
y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°668-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Setel S.R.L. por la
suma total de $7.700,00 por la adquisición de una Central Telefónica Marca NEC-AK-2464
para 7 líneas externas, digital y con capacidad para 64 líneas internas, para ser instalada en el
edificio de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece quince, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
454
- SAN JUAN –
A C T A N° 2116
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a
veinticinco días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala
de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores:
Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr.
Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras bajo la presidencia del señor Director General Ing.
Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha,
Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo
la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2115.
2°) Expediente N° 519 2876-J-97, JUNTA DE RIEGO DE RIVADAVIA, s/autorización para
hacerse cargo del mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento.
VISTO:
Que la Junta de Riego de Rivadavia solicita autorización para hacerse cargo del
presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del
presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento
Rivadavia y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la
transferencia del 25% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de
deuda atrasada como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 25%, del monto de lo recaudado en el
departamento Rivadavia para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la
Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque
correspondiente al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
3º) Expediente N° 519-2663-H-97, HIDROLOGIA, s/ autorización de gasto para efectuar relevo del
personal afectado a la estación Pachón.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación, División Hidrología, solicita se
contrate el servicio de troperos y mulares para llevar a cabo el relevo-abastecimiento para el
personal de observadores meteorológicos que cumplen función en la Estación
Nivometeorológica Pachón, departamento Calingasta, y;
CONSIDERANDO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
455
- SAN JUAN –
Que la petición se funda en que debido a la gran cantidad de nieve precipitada es el único
medio posible de acceder a la referida zona.
Que se agregan a estas actuaciones los presupuestos presentados por los señores Ramón
Luis Ossa y José Orellano.
Que la Comisión de Adjudicaciones, una vez analizadas la propuestas presentadas,
aconseja adjudicar a favor del señor Luis Ramón Ossa por considerar el mejor precio ofertado
y ajustarse a lo requerido para este tipo de trabajo, correspondiendo autorizar una Contratación
Directa encuadrada en lo establecido por la Ley de Emergencia Nº6819.
Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la Contratación Directa adjudicando a favor del señor Luis Ramón
Ossa en la suma total de $6.864,00 (pesos seis mil ochocientos sesenta y cuatro), de acuerdo a
lo que establece la Ley de Emergencia Nº6819, conforme se detalla a continuación:
12 (doce) días de personal, 4 Troperos a razón de $35,00 cada jornal
$1.680,00
12 (doce) días de 18 animales mulares a razón de $24,00 cada jornal
$5.184,00
Importe total adjudicado .................... $6.864,00
ARTICULO 2°. Aprobar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución el
que se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA
PRINCIPAL 02 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 24 “TRANSPORTE” EJERCICIO 1997.
ARTICULO 3°. Autorizar al Departamento Contable a librar la respectiva Orden de Pago a
favor del Tesorero de la Repartición, con cargo a rendir cuenta por la suma expresada.
ARTICULO 4°. Si por razones climáticas u otras causas de fuerza mayor, justificadas, hicieren
variar en más o menos los días de contratación, ésta regirá hasta la fecha en que quede
debidamente cumplida.
ARTICULO 5°. Comuníquese y tómese debida nota.
4°) Expediente N° 519 1565-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Rawson.
VISTO:
El expediente Nº 519 1565-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2109 punto 4º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
456
- SAN JUAN –
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2109 punto 4º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Rawson:
USUARIO
Aubone de Gonzalez, Maria
Nidia
Asoc.Coop. del Inst. de Inv.
Delaude, Nicolás
García, José Antonio
Libossart, Arturo Raul
Lucio, Jorge
Russo, Antonio
DOTACION
4Ha.4792m²
CUENTA
6192
4Ha.2276m²
0Ha.6001m²
0Ha.5918m²
3Ha.2957m²
0Ha.6027m²
1Ha.2990m²
7625
3744
3782
8259
134
4858
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
5º) Expediente N° 519 1649-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento San Martín.
VISTO:
El expediente Nº 519 1649-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2109 punto 5º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2109 punto 5º), para los siguientes
derechos de riego del departamento San Martín:
Usuario
Bernaldez de Storni, María
Bernaldez de Storni, María
Instituto Prov. de la Vivienda
Cuenta
636
1285
2043
Dotación
3Ha.2752m²
2Ha.5868m²
6Ha.4476m²
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
6º) Expediente N° 519 2209-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Angaco.
VISTO:
El expediente Nº 519 2209-I-97, y;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto
publicado en virtud de la cesación declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº
2107, punto 3º).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
457
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2107, punto 3º), para los siguientes
derechos de riego del departamento Angaco:
Usuario
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Soc. Sefair Hnos.
Cuenta
1119
1120
1121
1122
1123
1124
1125
1172
1171
1170
1174
1173
1163
1164
1165
Dotación
0Ha.0944 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0967 m²
0Ha.1045 m²
0Ha.1045 m²
0Ha.1424 m²
0Ha.1353 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
0Ha.0878 m²
ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y
Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
7º) Expediente N° 519 2885-I-97, IRRIGACION, e/información sobre concesionarios del
departamento 9 de Julio.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento 9 de Julio en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de 9 de Julio.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia
del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos,
el domicilio legal.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
458
- SAN JUAN –
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios
interesados del departamento 9 de Julio, que a continuación se detallan, hagan sus
presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus
derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de
resolver la caducidad de la concesión:
Usuario
Mas, Antonio
Mas, Antonio
Mas, Antonio
Mas, Antonio
Soc. En Liq. Ant. Fiorito Hnos.
Soc. En Liq. Ant. Fiorito Hnos.
Carimar SACIFI y Maritima
Gil Mas de Abdala, Rosa Marina
Conti, Enrique Evangelisto
Cuenta
96
106
113
603
136
137
531
1252
1233
Dotación
1Ha.5093m²
1Ha.8522m²
0Ha.9497m²
0Ha.9025m²
2Ha.5116m²
1Ha.4826m²
2Ha.5000m²
7Ha.5000m²
4Ha.2544m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento 9 de Julio
que a continuación se detallan:
Usuario
Mas, Florencio
Galdeano, Juan
Benegas Troncoso, M.
Recabarren, Lucio
Trocoso R. Bernabe
Cuenta
553
552
1044
1045
1051
Dotación
0Ha.0804m²
0Ha.0804m²
0Ha.3464m²
0Ha.3464m²
0Ha.2280m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
8º) Expediente N° 519 2886-I-97, IRRIGACION, e/información sobre concesionarios del
departamento Chimbas.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Chimbas en un
periodo superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Chimbas.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según
corresponda.
Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del
interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el
domicilio legal.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
459
- SAN JUAN –
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en
interesados del departamento Chimbas, que
presentaciones por escrito ante el Departamento
derechos, conforme lo establece el artículo 137º
resolver la caducidad de la concesión:
Usuario
Porres, Juan W. y Otros
Porres, Juan Walter
Porres, Juan Walter
Porres, Juan W. y Otros
Porres, Juan Walter
Asociación Mutual Círculo P. S.J.
Porres, Juan W. y Juan W.
Porres, Juan Walter
Porres, Juan W. y Juan W.
el término de diez (10) días, los usuarios
a continuación se detallan, hagan sus
de Hidráulica a efectos de hacer valer sus
de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de
Cuenta
2017
2018
4391
1098
1756
4390
3810
4384
3811
Dotación
16Ha.5982m²
6Ha.4303m²
3Ha.5305m²
9Ha.7282m²
7Ha.5074m²
10Ha.1494m²
0Ha.6578m²
2Ha.6383m²
0Ha.5707m²
ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Chimbas
que a continuación se detallan:
Usuario
Enrique Alvarez, Antonio
Enrique Alvarez, Francisco
Enrique Alvarez de Puig, Isabe
Enrique Alvarez de Sanchez, Jos.
Enrique Alvarez de Mancini, Mar.
Ramos, Rogelio
Vargas, Luis Aurelio
Salas, Sergio Adrian
Vargas, Wenceslado
Vargas, José Benito
Luna, Jorge Leopoldo
Riveros, Raul
Perez, Juan Carlos
Junco, Mariano Y Otra
Muñoz, Felix Benino
Riveros, Angel
Tejada de Yornet, Blanca Hilda
Maldonado, Ramón
Rivera, José Mercedes
De Los Rios, Rosa
De Los Rios, Rosa
Kormendy, Jesus
Salinas, Miguel
Cuenta
4216
4217
4218
4219
4220
4222
4227
4240
4252
4253
4264
2468
4270
4272
4285
4302
4368
4385
4396
4407
4408
4421
4443
Dotación
0Ha.0747m²
0Ha.0693m²
0Ha.0783m²
0Ha.2950m²
0Ha.4226m²
0Ha.1100m²
0Ha.0701m²
0Ha.0823m²
0Ha.0617m²
0Ha.0591m²
0Ha.0561m²
0Ha.0941m²
0Ha.0534m²
0Ha.0857m²
0Ha.0570m²
0Ha.0570m²
0Ha.2337m²
0Ha.3896m²
0Ha.0925m²
0Ha.0870m²
0Ha.0847m²
0Ha.2370m²
0Ha.0547m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
460
- SAN JUAN –
Usuario
Zeballos, Victor H.
Pizarro, Juan Angel
Recio, Miguel Nestor
Recio, Roberto
Paez, Adelaida
Paez de Zarate, Victorina del R.
Perez, Seferino
Fernandez Ruiz, Miguel
Muñoz de Martinez, Maria
Herrada,Ricardo Jaime
Castro, Eduardo Ricardo
Porres, Juan W. y Juan W.
Cuenta
4444
4446
4447
4448
4449
4450
3378
470
473
3546
4188
3812
Dotación
0Ha.0540m²
0Ha.0586m²
0Ha.1484m²
0Ha.1530m²
0Ha.3384m²
0Ha.3384m²
0Ha.1752m²
0Ha.2467m²
0Ha.2050m²
0Ha.0540m²
0Ha.0612m²
0Ha.2405m²
ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
ARTICULO 4°. Tómese debida nota.
9º) Expediente N° 519 2808-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del
derecho de riego, departamento Caucete.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades
que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Caucete en un periodo
superior a los cinco (5) años, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392.
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los
derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de
Caucete.
Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de
cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas.
Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación
correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de
Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la
Ley Nº 3784).
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley
4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Caucete que
a continuación se detallan:
Usuario
Riveros, Martín
Olijovski, Samuel
Rojas, Francisco
Cuenta
2887
2899
3127
Dotación
0Ha.0544 m²
0Ha.1792 m²
0Ha.0581 m²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
461
- SAN JUAN –
Moran, Nantes
Herrera, Juvenal
Corvalan, Ramón
Rodriguez, Aldo
Muñoz Noguera, Francisco
Quiroga, Francio Maria
Labake, José
Perez, Juan
Gomez, Luis de los Santos
Avila, Julio R.
Rosales, Ramón
Luna, Angelia Echegaray de
Lopez, Renee E. Pacheco de
Ortiz, Pablo
Quiroga, Rosauro
Bustos, Benicio
Corvalan, José
Correa, Juan P.
Zárate, José
Carrasco, Francisco
Carril, Marcos Suc.
Rudovsky, Gregorio
Leglissi, Juan P.
Subire de Sanchez, Maria
Riveros, Joaquín R.
Rodriguez, Miguel
Sarich, Ramona Garcia de
Fernandez, Matías
Fernandez, Nicolás
Castro, Enriqueta V. de
Palacios, Sixta
Barrionuevo, Juan
Pelaytay, Horacio
Pastor Escudero,Juan
Orellano, Vicenta
Romero, Fidela
Re, Antonio
Canto, Francisco
Leiva, M. y Alfonso
Brizuela, Juan
Vargas, Paulino
Ferreyra, Pedro
Vargas, Gerarda de
Usuario
Correa, Bernabé
Busnik, Abrahan
Perez, Mercedes Suc.
Abdala, Pedro
Pereyra, Julián
Aguero, Justo
Naveda, Florentino Galo
3128
3133
3134
3212
3214
3235
3237
3239
3238
3240
3241
3840
1011
3045
3
1097
1099
1101
1102
1103
1104
1106
1107
1109
1111
1119
1125
1124
1135
1140
1143
1144
1145
1146
1147
1148
1160
1161
1163
1166
1175
1177
1178
Cuenta
1179
1181
1184
1544
1555
1563
1573
0Ha.0823 m²
0Ha.0857 m²
0Ha.0859 m²
0Ha.0501 m²
0Ha.0510 m²
0Ha.0680 m²
0Ha.0632 m²
0Ha.0613 m²
0Ha.0680 m²
0Ha.0613 m²
0Ha.0613 m²
0Ha.0602 m²
0Ha.0716 m²
0Ha.0539 m²
0Ha.1040 m²
0Ha.0966 m²
0Ha.1568 m²
0Ha.1732 m²
0Ha.0900m²
0Ha.0800 m²
0Ha.0650 m²
0Ha.1000 m²
0Ha.0712 m²
0Ha.0735 m²
0Ha.0652 m²
0Ha.1398 m²
0Ha.2213 m²
0Ha.0626 m²
0Ha.0800 m²
0Ha.0960 m²
0Ha.0831 m²
0Ha.1850m²
0Ha.1500 m²
0Ha.0574 m²
0Ha.1250 m²
0Ha.0574 m²
0Ha.0527 m²
0Ha.0620 m²
0Ha.0520 m²
0Ha.1217 m²
0Ha.1250 m²
0Ha.1000m²
0Ha.0660 m²
Dotación
0Ha.0600 m²
0Ha.1365 m²
0Ha.3785 m²
0Ha.0735 m²
0Ha.0893m²
0Ha.1427 m²
0Ha.1000 m²
ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín
Oficial y de dos días en diario local.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
462
- SAN JUAN –
ARTICULO 3°. Tómese debida nota.
10º) Expediente N° 519 2684-E-97, ELORZA HILARIO, s/ser presentado en tiempo y forma res. a
edictos publicados, departamento San Martín.
VISTO:
Que el señor Hilario Elorza, titular de la cuenta Nº 1648, se presenta formulando reclamo
con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2109 punto 5º, manifestando que no recibió
el agua por problemas de revenición pero que en la actualidad está recibiendo el agua en forma
permanente, y;
CONSIDERANDO:
Que son atendibles las razones invocadas por el recurrente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Hacer lugar a lo peticionado por el señor Hilario Elorza referente a la
declaración de caducidad sobre la cuenta Nº 1648 del departamento San Martín, dispuesta en
resolución de Acta Nº 2109, punto 5º) y desafectarlo del trámite seguido en expediente Nº 519
1649-I-97.
ARTICULO 2°. El señor Hilario Elorza deberá, en forma inmediata, poner en actividad
agrícola la propiedad inscripta bajo cuenta Nº 1648, caso contrario quedará incurso en la
caducidad por no uso que prescribe el artículo 137º de la Ley 4392 a partir de la fecha.
ARTICULO 3°. El peticionante, conforme lo establecido en el inciso 5º) del artículo 61º de la
referida norma legal, deberá estar al día con las obligaciones económicas derivadas de la
concesión que adeuda, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales correspondientes.
ARTICULO 4°. Notifíquese al recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que
tome nota y supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo y Departamento
Recaudación a los efectos dispuestos en el artículo tercero. Cumplido, archívese.
11º) Expediente N° 519 1988-B-97, BASUALDO, ELIDIO ROSAS, s/empadronamiento,
departamento Calingasta.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones el señor Elidio Rosas Basualdo, en calidad de
propietario, solicita el empadronamiento del derecho de agua de riego correspondiente al
inmueble individualizado con Nom. Catastral N° 16-76/540500, ubicado en departamento
Calingasta, y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha efectuado un análisis de los
antecedentes dominiales y de derecho de riego del inmueble en cuestión, determinando que el
derecho que registra el actual Padrón Oficial de Riego bajo cuenta N° 456, corresponde por
idéntica titularidad dominial y uso al terreno que fuera propiedad de Marcelina Basualdo de
Basualdo, mensurado y fraccionado por plano de mensura 16-1097/89 con una superficie total
de 30Ha.4685,40m², del que surge el lote Nº 1 objeto del empadronamiento peticionado con
una superficie según mensura de 10Ha..
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
463
- SAN JUAN –
Que según informa la Inspección Técnica Departamental a fojas 15, el predio de
referencia recibe una dotación para 10Ha.0000m² por el canal Cano compuerta 20 de lo que en
mayor extensión figura inscripto bajo cuenta Nº456.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, a nombre de Elidio Rosas Basualdo, el
inmueble identificado con Nom. Catastral N° 16-76/540500, con superficie según mensura de
10Ha.0000,00m² y dotación de agua de riego de carácter permanente del río De Los Patos para
10Ha.0000m² en descargo parcial de la cuenta N° 456 que figura inscripta a nombre de
Marcelina Basualdo de Basualdo, con dotación para 30Ha.5000m². Canal Cano, compuerta Nº
19, departamento Calingasta.
ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de
Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.12º) Expediente N° 519 1855-R-97, REGANTES DEL CANAL GRAL. 25 DE MAYO, s/ traslado
de toma, departamento 25 de Mayo.
VISTO:
Que mediante estas actuaciones Regantes del canal General 25 de Mayo solicitan
trasladar sus derechos de riego, 37Ha.5803m², desde la Toma Nº 11 a una nueva toma a
construir unos 500 metros aguas abajo de la citada toma, departamento 25 de Mayo, y;
CONSIDERANDO:
Que formulan tal petición con el objeto de mejorar el dominio de riego de sus
propiedades y disminuir el recorrido del ramo interno.
Que Secretaría Técnica una vez analizado el pedido de apertura de una nueva toma
manifiesta que existen coincidencias por parte de la Junta de Riego, Inspección Técnica y
Departamento Irrigación en denegar tal petición, todo ello basado en lo establecido por el
artículo 158º del Código de Aguas que dice textualmente: “Número de tomas. Perjuicios a
terceros. El número de tomas será el menor posible. El Departamento de Hidráulica está
facultado para disponer la unificación de varias de ellas y el correspondiente cierre de las que
considere innecesarias. Las tomas deberán ser construidas de manera de no causar daño a
terceros” y la voluntad en contrario a este tipo de autorizaciones puesta de manifiesto por las
Comisiones de Canal y de la Junta de Riego en el Acta Nº 8/95 y ratificada en Acta Nº 10/96.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. No hacer lugar a lo solicitado por regantes del canal General 25 de Mayo
Toma Nº 11, en virtud de lo manifestado en los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2°. Notifíquese. Tome debida nota Departamento Irrigación. Cumplido archívese.
13º) RESOLUCIONES AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO
VISTO:
Las resoluciones N° 669, 670, 671, 672, 675, 676, 677, 678, 679, 680, 681, 682, 683,
684, 685, 686, 687, 688, 689, 690, 691, 692, 693, 694, 695, 996, 700, 701, 702, 703, 704, 705,
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
464
- SAN JUAN –
706, 708, 708, 709, 710, 711, 712, 713, 714, 715, 716 y 717-DH-97, dictadas por Dirección
General ad referéndum de este Cuerpo,
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones:
Nº 669-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº100/97 para la
adquisición de lubricantes de distintas densidades y tipos, con destino al mantenimiento y
conservación de movilidades, camionetas, camiones y equipos pesados de la Repartición, de
acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°670-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº101/97 para la
adquisición de gaviones tejidos de 4m x 1m x 1m con diafragma malla hexagonal doble torsión
de 6 x 8 de 2,4 mm de diámetro ZN y 550 Kg de alambre de amarre ZN de 2 mm, con destino a
la construcción de defensas, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica.
N°671-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Rosa M. Leites de
Zeballos por la suma total de $2.665,00 por 41 jornales de camión para el levantamiento y
transporte de producto de monda del Dren Santa Teresa del departamento Rawson, importe que
se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°672-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Manuel Cecilio
Gimenez por la suma total de $1.885,00 por 145 jornales de personal obrero para la ejecución
de trabajos de limpieza y monda del canal Cordero, departamento Chimbas, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°675-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Peñavid S.A. por la
suma total de $825,00 por 75 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza y monda de los canales Lamaral y Puntilla, departamento San Martín, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°676-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Rubio José Isidro por
la suma total de $165,00 por 15 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza y monda del canal Segundo, departamento San Martín, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°677-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Peñavid S.A. por la
suma total de $1.650,00 por 33 horas de máquina por la limpieza y monda del Dren San Isidro,
departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°678-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Peñavid S.A. por la
suma total de $2.695,00 por 49 horas de máquina por la limpieza y monda del Dren San Isidro,
departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°679-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Peñavid S.A. por la
suma total de $6.800,00 por 136 horas de máquina por la limpieza y monda del Dren Belgrano
Inferior, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y
Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°680-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Schiavi, María Violeta
por la suma total de $165,00 por 15 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza y monda del canal Tercero, departamento San Martín, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 681-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $ 9.495,26 a favor de los señores
Eduardo Aguilera, Juan Nardi, Herminia Rojas, María de Valverde y Salvador Victoria,
propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en el Valle de Tulum, Ullum,
Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus Distritos, durante el mes de octubre de 1997.
Nº 682-DH-97: por la que se encomienda a partir del 21-11-97, la función de celador del
Distrito de la Villa de Calingasta, al agente Domingo Cesar Ibaceta, D.N.I.Nº 13.446.264, en su
estado actual de revista y se incluye al referido Celador, en la bonificación por extensión
horaria que establece la Ley 5073.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
465
- SAN JUAN –
N°683-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Elba Hidalgo de Gil
por la suma total de $1.650,00 por 24 jornales de camión para traslado de personal a la obra de
encamisado del Canal Tercero, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del
pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°684-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Peñavid S.A. por la
suma total de $1.770,00 por 46 horas de máquina Cargadora y 6 jornales de camión para
trabajos de reparación y transporte de ripio del Ramo Alba, departamento Caucete, importe que
se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°685-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Francisco Bustos
por la suma total de $1.300,00 por 20 jornales de camión para traslado de personal a distintos
canales y ramos para la ejecución de trabajos de monda, departamento Caucete, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°686-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Pablo Roberto
Gimenez por la suma total de $1.105,00 por 17 jornales de camión para transporte de agua para
la obra de impermeabilización del canal Tercero, departamento Caucete, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°687-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Evaristo R. Ales y
Evaristo N. Ales por la suma total de $1.294,00 por 14 jornales de camión y 32 jornales de
personal obrero para traslado y retiro de producto de monda del Ramo La Pampa, departamento
Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de
Servicios Hídricos.
N°688-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ramón Alberto
Escudero por la suma total de $252,00 por 21 jornales de personal obrero para la ejecución de
trabajos monda del Ramo Sanchez Barboza, departamento Caucete, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°689-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Víctor Hugo Millan
por la suma total de $1.224,00 por 102 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos
monda de invierno del canal General de Cochagual, departamento Sarmiento, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°690-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Domingo R. Rubio por
la suma total de $936,00 por 78 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos monda
del Canal Primero, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de
Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°691-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mateo Sirerol y Otro
por la suma total de $585,00 por 9 jornales de camión para transporte de ripio para ejecutar
trabajos de reparación en Canal Primero, departamento Caucete, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°692-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Viñas de Alicante S.A.
por la suma total de $3.976,00 por 560 bolsas de cemento para la impermeabilización del Canal
de Calle 4 Segunda Sección de Riego, departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°693-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Rincón Cercado S.A.
por la suma total de $3.976,00 por 560 bolsas de cemento para la impermeabilización del Canal
de Calle 4 Segunda Sección de Riego, departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°694-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Aurelio San Nicolás
por la suma total de $3.670,00 por 517 bolsas de cemento para la impermeabilización del Canal
de Calle 4 Segunda Sección de Riego, departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°695-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Hiperagro S.A. por la
suma total de $1.820,00 por 140 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos
limpieza y monda del ramo Calle 21; Ramo Calle 23, 1º Sección y Canal Gral., departamento
25 de Mayo, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de
Servicios Hídricos.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
466
- SAN JUAN –
N°696-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Jorge Luis Búbica por
la suma total de $1.200,00 por 48 horas máquinas par trabajos de monda del canal Gral. 9 de
Julio, departamento 9 de Julio, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
Nº 700-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma total de $6.062,28 a favor de los
señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José Mario Castro en concepto de prestación de servicio
de alquiler de camiones durante el mes de octubre de 1997 en los departamentos Calingasta,
Iglesia y Jáchal.
N°701-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Peñavid S.A. por la
suma total de $4.990,00 por 500 bolsas de cemento para la impermeabilización del Canal
Tercero y 32 horas de máquina retroexcavadora para trabajos de refuerzo de bordo en canal
Primero, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°702-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Domingo R. Rubio por
la suma total de $910,00 por 14 jornales de camión para transporte de personal de la Inspección
Técnica para ejecutar trabajos de mantenimiento, departamento San Martín, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°703-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mario Ferarini por la
suma total de $1.100,00 por 110 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza, desembanque y desmonte de los Ramos Nº 34 y Cola del Nº 17, derivados del Canal
Céspedes, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°704-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan José Mari por la
suma total de $120,00 por 10 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos por
limpieza y desembanque del desagüe de Calle Vidart, departamento Pocito, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°705-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma María E. Ferrer de
Galán por la suma total de $1.133,00 por 103 jornales de personal obrero para la ejecución de
trabajos de monda del Canal Gral. Cochagual y monda del canal 2º de Cochagual,
departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°706-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Eugenio Aranda por la
suma total de $1.200,00 por 80 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
monda del Canal Aranda; 32 jornales de obreros por limpieza y retiro de lama del canal San
Carlos, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°707-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Antonio Ortiz Ibañez
por la suma total de $1.970,00 por 120 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos
de monda del Canal Gral. Cochagual y 10 jornales de camión por transporte de personal para
monda del mismo canal, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago
de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°708-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Bruno Testi por la
suma total de $1.345,00 por 85 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
monda del Canal 2º de Cochagual y 5 jornales de camión por transporte de personal para
monda del mismo canal, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago
de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°709-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Carlos Héctor Suarez
por la suma total de $307,00 por 22 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos
monda de invierno del Canal 1º de Cochagual y 1 jornal de camión por transporte de personal
para monda de invierno del mismo canal, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°710-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Omar Sidasmed por la
suma total de $2.730,00 por 42 jornales de camión para transporte de personal y material en la
consolidación de terraplenes de la Red de Riego, departamento Sarmiento, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
467
- SAN JUAN –
N°711-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Garcia, Miguel por la
suma total de $980,00 por 98 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos limpieza,
desembanque y desmonte de los Ramos Nº 10 Superior y Nº 8 Superior, derivados del canal C.
Fiscal, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas
Retributivas de Servicios Hídricos.
N°712-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Héctor Paño por la
suma total de $1.500,00 por 150 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
monda Ramo Oratorio, departamento Rivadavia, importe que se acreditará a cuenta del pago de
Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°713-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Martín Alfonso Rufino
por la suma total de $494,00 por 38 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza y monda Canal Gral. Chimbas, departamento Chimbas, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°714-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Martín Alfonso Rufino
por la suma total de $338,00 por 26 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza y monda Canal Maradona de Chimbas, departamento Chimbas, importe que se
acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°715-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Omar Sidasmed por la
suma total de $3.250,00 por 50 jornales de camión para transporte de producto de monda en
la Red de Riego y Desagüe, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del
pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°716-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Añejol S.A. por la
suma total de $264,00 por 24 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de
limpieza y monda del Canal Carril, departamento San Martín, importe que se acreditará a
cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos.
N°717-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Automóvil Club
Argentino Filial San Juan por la suma total de $40.000,00 para la compra de gasoil
($35.000,00) y nafta común ($5.000,00) para el mantenimiento de movilidades, camionetas,
camiones y equipos pesados de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de
Emergencia Hídrica Nº 6819.
ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese.
No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece veinte, se levanta la sesión.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
468
- SAN JUAN –
A C T A N° 2117
En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a dos
días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones
los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer,
Juan Pedrozo, Florencio Riveros e Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos; ausente con aviso el Ing.
Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras; bajo la presidencia del señor Director General Ing.
Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha,
Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo
la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas:
1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2116.
2°) Expediente N° 519 3021-J-97, JUNTA DE RIEGO DE ULLUM, s/hacerse cargo del
mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento.
VISTO:
Que la Junta de Riego de Ullum solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto
de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de
gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto
correspondiente al mantenimiento de las defensas aluvionales de los canales Falda y Chilote,
que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica.
Que en el Acta Nº 2091 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Ullum y
a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia
del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada
como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el
departamento Ullum para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta
de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente
al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
3º) Expediente N° 519 3020-J-97, JUNTA DE RIEGO DE ZONDA, s/hacerse cargo del
mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento.
VISTO:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
469
- SAN JUAN –
Que la Junta de Riego de Zonda solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto
de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de
gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto
correspondiente al mantenimiento de las defensas aluvionales del canal Falda, que estarían a
cargo del Departamento de Hidráulica.
Que en el Acta Nº 2091 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Zonda y
a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia
del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada
como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el
departamento Zonda para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta
de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente
al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
4º) Expediente N° 519 2321-J-97, JUNTA DE RIEGO DE CALINGASTA, s/hacerse cargo del
mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento.
VISTO:
Que la Junta de Riego de Calingasta solicita autorización para hacerse cargo del
presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del
presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto
correspondiente a los cauces: Canal San Guillermo, Cano Castillo, Román, Hilario, Colón,
Barrealito, Villa Corral, Puchuzun, Salé, Villa Nueva y el total de tomas en los ríos de Los
Patos, Calingasta y Castaño, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica.
Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego
celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido.
Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones.
Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento
Calingasta y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la
transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de
deuda atrasada como deuda vigente.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
470
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el
departamento San Martín para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la
Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque
correspondiente al año 1997.
ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota.
5°) Expediente N° 519 2420-R-97, RUIZ, WASHINGTON RUBEN, s/se lo tenga presentado en
tiempo y forma sobre caducidad, departamento Chimbas.
VISTO:
Que el señor Washington Rubén Ruiz, en calidad de heredero de la Sucesión Eduardo
Alvarez, se presenta solicitando se revea la declaración de caducidad por no uso de la
concesión de agua para riego inscripta bajo cuenta Nº 1296 del departamento Chimbas, y;
CONSIDERANDO:
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 948-DH-97 manifiesta que conforme se
desprende de los antecedentes que corren agregados a estos actuados, la resolución contenida
en Acta Nº2093, punto 11º), que declara la caducidad de la cuenta Nº1296 fue recurrida fuera
de los plazos previstos por los artículos 84º y 89º del Decreto 655/73 Reglamentario de la Ley
3784 dejándola firme y consentida y que el artículo 1º apartado 6º de citada norma legal
preceptúa que una vez vencido los plazos establecidos para interponer recursos administrativos
se pierde el derecho para articularlos.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. No hacer lugar por extemporáneo el recurso interpuesto por el señor
Washington Rubén Ruiz contra la resolución contenida en Acta Nº2093, punto 11º).
ARTICULO 2°. Comuníquese. Tómese debida nota y archívese.
6°) Expediente N° 519 2408-L-97, LACIAR, PEDRO AUGUSTO, s/la restitución de derecho de
riego, departamento San Martín.
VISTO:
Que el señor Pedro Augusto Laciar, se presenta solicitando se restituya el derecho de
riego de la cuenta Nº1872, departamento San Martín, y;
CONSIDERANDO:
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 956-DH-97 manifiesta que conforme se
desprende de los antecedentes que corren agregados a estos actuados, la resolución contenida
en Acta Nº2082, punto 9º) que declara la caducidad de la cuenta Nº1872 fue recurrida fuera de
los plazos previstos por los artículos 84º y 89º del Decreto 655/73 Reglamentario de la Ley
3784 dejándola firme y consentida y que el artículo 1º apartado 6º de citada norma legal
preceptúa que una vez vencido los plazos establecidos para interponer recursos administrativos
se pierde el derecho para articularlos.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
471
- SAN JUAN –
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. No hacer lugar por extemporáneo el recurso interpuesto por el señor Pedro
Augusto Laciar contra la resolución contenida en Acta Nº2082, punto 9º).
ARTICULO 2°. Comuníquese. Tómese debida nota y archívese.
7°) Expediente N° 519 2197-R-97, RODRIGUEZ, ARMINDA OLGA, s/se lo tenga presentado en
tiempo y forma sobre caducidad, departamento Valle Fértil.
VISTO:
Que la señora Arminda Olga Rodriguez, se presenta solicitando se restituya el derecho de
riego de la cuenta Nº612, departamento Valle Fértil, y;
CONSIDERANDO:
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 952-DH-97 manifiesta que conforme se
desprende de los antecedentes que corren agregados a estos actuados, la resolución contenida
en Acta Nº2099 punto 14º) que declara la caducidad de la cuenta Nº612 fue recurrida fuera de
los plazos previstos por los artículos 84º y 89º del Decreto 655/73 Reglamentario de la Ley
3784 dejándola firme y consentida y que el artículo 1º apartado 6º de citada norma legal
preceptúa que una vez vencido los plazos establecidos para interponer recursos administrativos
se pierde el derecho para articularlos.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. No hacer lugar por extemporáneo el recurso interpuesto por la señora Arminda
Olga Rodriguez contra la resolución contenida en Acta Nº2099 punto 14º).
ARTICULO 2°. Comuníquese. Tomen debida nota de la caducidad declarada mediante Acta
2099 punto 14º), para el derecho de riego de 5Ha.0000m² inscripto bajo cuenta Nº 612 a
nombre de Arminda Olga Rodriguez, departamento Valle Fértil, Departamento Recaudación,
Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido,
archívese.
8°) Expediente N° 519 2399-G-97, GARCES, JORGE JULIAN, s/sea presentado en tiempo y
forma sobre caducidad, departamento Santa Lucía.
VISTO:
Que el Dr. Jorge Julian Garcés en representación de su padre y poderante José Garcés
Noguera, titular de la cuenta Nº 4839, se presenta formulando reclamo con motivo del Edicto
de publicación del Acta Nº 2105 punto 6º) Artículo 2º, manifestando que desconoce la
existencia del derecho de agua de la propiedad adquirida al señor Giner, no habiendo
usufructuado el derecho por no tener localizada la vía (acequia) de ingreso del agua a su
propiedad, y;
CONSIDERANDO:
Que la Inspección Técnica de Santa Lucía a fs.8 ratifica el no uso de la dotación desde la
construcción de la Avenida de Circunvalación, por quedar fuera de servicio parte del canal Oro
por donde se entregaba dicha dotación, informando además que luego de una consulta verbal el
recurrente reconoció que había incurrido en una equivocación ya que lo expresado en su nota
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
472
- SAN JUAN –
corresponde a otro inmueble Nom.Cat. 03-24/530340, sin derecho de riego y no al predio
Nom.Cat. 01-54/890730 al cual pertenece la concesión de riego cuya cesación se declara en la
referida Acta.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. No hacer lugar al reclamo formulado por el Dr. Jorge Julian Garcés.
ARTICULO 2°. Comuníquese. Tomen debida nota de la cesación declarada mediante Acta
2105 punto 6º) Artículo 2º, para el derecho de riego de 0Ha.1886m² inscripto bajo cuenta Nº
4839 a nombre de José Garcés Noguera, departamento Santa Lucía, Dirección del Registro y
Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese.
9°) Expediente N° 519 0360-D-97, DISTROCUYO S.A., s/ benef. art. 137 por caducidad de
dotación, departamento Rivadavia.
VISTO:
Que por estas actuaciones el señor Miguel Angel Ros en representación de Distrocuyo
S.A., Empresa concesionaria del transporte de energía eléctrica en Mendoza y San Juan,
solicita se disponga la caducidad de la dotación conforme al artículo 137 del Código de Aguas
de los predios Nom.Cat. 02-39/180600 y 02-39/170510, y;
CONSIDERANDO:
Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 23, que la Empresa
Distrocuyo Sociedad Anónima es titular dominial de las parcelas de referencia según se
desprende de las fotocopias de escrituras obrantes de fojas 3 a 18 y que los derechos de riego
pertenecientes a los inmuebles Nom.Cat.02-39/180600 y Nom.Cat.02-39/170510 figuran
inscriptos bajo las cuentas N° 2300, Nº 1396, Nº 4994 y Nº 4993 del departamento Rivadavia
con dotaciones de carácter permanente para 2Ha.3162m², 0Ha.4699m², 1Ha.0403m² y
1Ha.9983m².
Que la Inspección Técnica Departamental, fojas 24, manifiesta que las referidas parcelas
no hacen uso del agua de regadío desde hace más de cinco años.
Que Asesoría Letrada en su informe Nº 947-DH-97 manifiesta que el artículo 137º del
Código de Aguas dispone que las concesiones de uso de agua para riego caducan por el no uso
continuado durante cinco años y que la audiencia previa que prevé el mencionado artículo
quedaría cumplimentado con la declaración de voluntad del interesado a fs. 2 de autos por lo
que sugiere se declare la caducidad por no uso de agua para riego de las concesiones de
referencia.
POR ELLO, en uso de sus atribuciones:
EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
R E S UE L VE
ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las
concesiones de agua de riego del departamento Rivadavia, que a continuación se detallan,
conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78:
Usuario
Agua y Energía Eléctrica E.N.D.E.
Cuenta Dotación
2300 2Ha.3162m
²
GOBIERNO DE LA PROVINCIA
DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA
473
- SAN JUAN –
Usuario
Videla, Marta
Cuenta Dotación
1396 0Ha.4699m
²
Empresa de Transporte de Energía

Documentos relacionados