Adoptado por este Ayuntamiento el acuerdo provisional de
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Adoptado por este Ayuntamiento el acuerdo provisional de
Adoptado por este Ayuntamiento el acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza Fiscal n° 2.4 reguladora de la “Tasa de cementerio municipal”. No habiéndose presentado reclamaciones contra el antedicho acuerdo provisional durante el plazo de treinta días hábiles de exposición al público del expediente, efectuada mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de La Rioja n° 132, de fecha 19 de octubre de 2015, queda definitivamente adoptado el acuerdo de modificación de la citada ordenanza, de conformidad con el artículo 17.3 del R.D.Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. En cumplimiento del artículo 17.4 del citado R.D.Legislativo, a continuación se inserta el texto íntegro del acuerdo provisional así como de la modificación de la Ordenanza Fiscal, elevado ya a definitivo, a todos los efectos legales y especialmente el de su entrada en vigor, que se aplicará a partir del 1 de enero de 2016. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 del R.D.Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 52.1 y 113 de la Ley 7/85, de 2 de abril, contra el presente acuerdo y la Ordenanza antedicha, los interesados, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja en plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial de La Rioja y en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción. En Haro, a 24 de noviembre de 2015,LA ALCALDESA, Fdo.: LAURA RIVADO CASAS 1 DÑA. MARÍA DE LAS MERCEDES GONZÁLEZ MARTÍNEZ, SECRETARIA GENERAL DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE HARO (LA RIOJA) CERTIFICO: Que el Pleno de este Excelentísimo Ayuntamiento de Haro, en sesión celebrada el día 14 de octubre de 2015, adoptó, entre otros el siguiente acuerdo: 2.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL N° 2.4 REGULADORA DE LA TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL. Dada cuenta de la propuesta de modificación de la Ordenanza Fiscal nº 2.4, reguladora de la "Tasa de cementerio municipal". Visto el dictamen de la Comisión Municipal Informativa de Economía, Hacienda, Patrimonio y Turismo de fecha 1 de octubre de 2015. Vistos los artículos 56 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, en relación con el 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril; y 16 y 17 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El Pleno, por mayoría de los presentes, acuerda: 1).- Aprobar con carácter provisional la modificación del artículo 6º B, 1º y 2º de la Ordenanza Fiscal nº 2.4, reguladora de la "Tasa de cementerio municipal", quedando redactado en los términos que figuran en el Anexo a este acuerdo. 2).- Someter a información pública el presente acuerdo, junto con el expediente, mediante su exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento durante un plazo de treinta días, a lo largo del cual los interesados podrán examinar dicho expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. De no presentarse reclamación alguna el presente acuerdo se entenderá elevado a definitivo. 3).- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de La Rioja y en uno de los diarios de mayor difusión en la provincia, a los efectos prevenidos en el apartado anterior. 4).- Señalar como fecha de entrada en vigor el día siguiente al de la publicación del acuerdo definitivo y el texto íntegro de la modificación en el Boletín Oficial de la Rioja, y se aplicará a partir del 1 de enero de 2016. 5).Facultar al Sra. Alcaldesa para resoluciones necesarias para la ejecución acuerdo. dictar las del presente A N E X O Articulo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA B) CESIÓN Y CONCESIÓN DE TERRENO, PANTEONES Y SEPULTURAS. 1º.- Terrenos para panteones EUROS · Por el terreno equivalente a una fosa 3,12 m/2 ................... 1.500 · Por el terreno equivalente a dos fosas 6,24 m/2 .................. 3.000 · Por el terreno equivalente a tres fosas 9,36 m/2 .................. 4.500 2º.- Fosas construidas por el Ayuntamiento · En el cementerio de la Ciudad, ca da una .......................... 1.515 Y para que conste y surta los efectos procedentes, expido la presente certificación con el visto bueno de la Sra. Alcaldesa, en Haro a veinticuatro de noviembre de dos mil quince. V° B° LA ALCALDESA LA SECRETARIA GRAL. Fdo.: LAURA RIVADO Fdo.: Mª DE LAS MERCEDES CASAS GONZÁLEZ MARTÍNEZ 3