Adoptado por este Ayuntamiento el acuerdo provisional de

Transcripción

Adoptado por este Ayuntamiento el acuerdo provisional de
Adoptado por este Ayuntamiento el acuerdo provisional de
modificación de la Ordenanza Fiscal n° 2.4 reguladora de la
“Tasa de cementerio municipal”.
No habiéndose presentado reclamaciones contra el antedicho
acuerdo provisional durante el plazo de treinta días
hábiles de exposición al público del expediente, efectuada
mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de La
Rioja n° 132, de fecha 19 de octubre de 2015, queda
definitivamente adoptado el acuerdo de modificación de la
citada ordenanza, de conformidad con el artículo 17.3 del
R.D.Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
En
cumplimiento
del
artículo
17.4
del
citado
R.D.Legislativo, a continuación se inserta el texto íntegro
del acuerdo provisional así como de la modificación de la
Ordenanza Fiscal, elevado ya a definitivo, a todos los
efectos legales y especialmente el de su entrada en vigor,
que se aplicará a partir del 1 de enero de 2016.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 del
R.D.Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 52.1 y 113 de la
Ley 7/85, de 2 de abril, contra el presente acuerdo y la
Ordenanza antedicha, los interesados, podrán interponer
recurso
contencioso-administrativo
ante
la
Sala
correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de La
Rioja en plazo de dos meses contados desde el día siguiente
al de la presente publicación en el Boletín Oficial de La
Rioja y en la forma y plazos que establecen las normas
reguladoras de dicha jurisdicción.
En Haro, a 24 de noviembre de 2015,LA ALCALDESA,
Fdo.: LAURA RIVADO CASAS
1
DÑA. MARÍA DE LAS MERCEDES GONZÁLEZ MARTÍNEZ, SECRETARIA
GENERAL DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE HARO (LA RIOJA)
CERTIFICO:
Que el Pleno de este Excelentísimo Ayuntamiento de Haro, en
sesión celebrada el día 14 de octubre de 2015, adoptó,
entre otros el siguiente acuerdo:
2.- MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL N° 2.4 REGULADORA
DE
LA TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL.
Dada cuenta de la propuesta de modificación de la Ordenanza
Fiscal nº 2.4, reguladora de la "Tasa de cementerio
municipal".
Visto el dictamen de la Comisión Municipal Informativa de
Economía, Hacienda, Patrimonio y Turismo de fecha 1 de
octubre de 2015.
Vistos los artículos 56 del R.D. Legislativo 781/86, de 18
de abril, en relación con el 49 de la Ley 7/85, de 2 de
abril; y 16 y 17 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales.
El Pleno, por mayoría de los presentes, acuerda:
1).- Aprobar con carácter provisional la modificación del
artículo 6º B, 1º y 2º de la Ordenanza Fiscal nº 2.4,
reguladora de la "Tasa de cementerio municipal", quedando
redactado en los términos que figuran en el Anexo a este
acuerdo.
2).- Someter a información pública el presente acuerdo,
junto con el expediente, mediante su exposición en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento durante un plazo de
treinta días, a lo largo del cual los interesados podrán
examinar dicho expediente y presentar las reclamaciones que
estimen oportunas. De no presentarse reclamación alguna el
presente acuerdo se entenderá elevado a definitivo.
3).- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de
La Rioja y en uno de los diarios de mayor difusión en la
provincia, a los efectos prevenidos en el apartado
anterior.
4).- Señalar como fecha de entrada en vigor el día
siguiente al de la publicación del acuerdo definitivo y el
texto íntegro de la modificación en el Boletín Oficial de
la Rioja, y se aplicará a partir del 1 de enero de 2016.
5).Facultar
al
Sra.
Alcaldesa
para
resoluciones necesarias para la ejecución
acuerdo.
dictar
las
del presente
A N E X O
Articulo 6º.- CUOTA TRIBUTARIA
B) CESIÓN Y CONCESIÓN DE TERRENO, PANTEONES Y SEPULTURAS.
1º.- Terrenos para panteones EUROS
· Por el terreno equivalente a una
fosa 3,12 m/2 ................... 1.500
· Por el terreno equivalente a dos
fosas 6,24 m/2 .................. 3.000
· Por el terreno equivalente a tres
fosas 9,36 m/2 .................. 4.500
2º.- Fosas construidas por el Ayuntamiento
· En el cementerio de la Ciudad, ca
da una .......................... 1.515
Y para que conste y surta los efectos procedentes, expido
la presente certificación con el visto bueno de la Sra.
Alcaldesa, en Haro a veinticuatro de noviembre de dos mil
quince.
V° B°
LA ALCALDESA LA SECRETARIA GRAL.
Fdo.: LAURA RIVADO Fdo.: Mª DE LAS MERCEDES
CASAS GONZÁLEZ MARTÍNEZ
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