PETRÓLEOS DEL PERÚ

Transcripción

PETRÓLEOS DEL PERÚ
PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
TERMINOS DE REFERENCIA
“SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE DE COMBUSTIBLE DESDE PLANTA VENTAS
TALARA Y PLANTA VENTAS PIURA, HACIA LAS ESTACIONES 6, 8, 9, PLANTADE VENTAS
EL MILAGRO Y TERMINAL BAYOVAR”
1.- LUGAR DEL SERVICIO
El Servicio de Transporte Terrestre de Combustibles desde Planta Ventas Talara y Planta
Ventas Piura, considera como puntos de descarga las siguientes instalaciones de Petroperú
del Oleoducto Nor Peruano:
-
Estación 6: Caserío Kusu Grande, Distrito de Imaza, Provincia de Bagua, Dpto.
Amazonas.
Estación 8: Localidad Playa Azul, Distrito de Pucará, Provincia de Jaén, Dpto.
Cajamarca.
Estación 9: Localidad Tasajeras del Rio, Distrito de Huarmaca, Provincia de
Huancabamba, Dpto. de Piura.
Planta de Ventas El Milagro (frente a Estación 7): Centro Poblado El Valor, Distrito El
Milagro, Provincia de Utcubamba, Dpto. de Amazonas.
Terminal Bayóvar: Distrito de Bayóvar, Provincia de Sechura, Dpto. de Piura.
1.1 Ubicación geográfica de las Estaciones del Oleoducto Norperuano
1.2 .Lugar de despacho, lugar de recepción y distancias estimadas.
Lugar de despacho
Planta Piura
Planta Talara
Planta Talara
Planta Talara
Planta Talara
Lugar de recepción
Terminal Bayóvar
Estación 9
Estación 8
Planta El Milagro
Estación 6
Distancia estimada (KM)
139
372
425
510
640
“Servicio de Transporte Terrestre de Combustible desde Planta de Ventas Talara Y Planta Ventas Piura, hacia las
Estaciones 6,8,9, Planta El Milagro y Terminal Bayòvar de la Gerencia Oleoducto”
PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
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PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
2. MONTO ESTIMADO REFERENCIAL.
2.1 El monto estimado es de S/.26´678,149.67 Nuevos Soles (veintiseis millones seiscientos
setenta y ocho mil ciento cuarenta y nueve con 67/100 Nuevos Soles) Incluido IGV.
El monto estimado incluye los tributos, seguros, transporte, inspecciones y, costos
laborales conforme a la legislación vigente; así como cualquier otro concepto que le
sea aplicable y que pueda incidir sobre el valor del servicio a contratar.
2.2. Monto estimado por Ítem
Por criterios de selección y competencia se ha considerado 3 ítems, y los
postores podrán concursar a cada uno de ellos o a todos.
3.
ALCANCES DEL SERVICIO.
3.1. El transporte, se efectuará desde Planta de Venta Talara, ubicada en Tanques Tablazo
s/n Área Industrial – Talara Alta (horario de lunes a viernes de 7 am a 5 pm y sábado de
8 a 11 am.) hasta las Estaciones 6, 8, 9, Planta El Milagro y desde Planta Ventas Piura
– Zona Industrial – Piura, hacia Terminal Bayovar del Oleoducto Nor Peruano. En caso
de ser necesario, el servicio se ampliará inclusive al día domingo, previa coordinación
con el Contratista.
3.2.
Los combustibles a transportarse son: Diesel B5, Gasolina 84, Gasolina 90, Turbo A1,
Biodiesel B-100 y Gasolina Craqueada y de según los ítems detallados en el numeral
2.2 “Monto estimado referencial por ítems”; por consiguiente las unidades
propuestas deberán estar acondicionadas para transportar estos combustibles en las
rutas indicadas.
Nota: El Transporte de Turbo A-1 a Planta El Milagro es esporádico, este servicio no está contemplado para
realizar con las 18 unidades principales ni las 03 de reemplazo indicados en el Ítem 1 del numeral 3.3; por
“Servicio de Transporte Terrestre de Combustible desde Planta de Ventas Talara Y Planta Ventas Piura, hacia las
Estaciones 6, 8, 9; Planta El Milagro y Terminal Bayòvar de la Gerencia Oleoducto”
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consiguiente para el transporte de este combustible de aviación; el postor deberá presentar una declaración
jurada donde especifique que dispone de una unidad adicional acondicionado para dicho servicio y que
cuenta con todo la documentación vigente en regla y que se compromete a brindar dicho servicio eventual
cuando PETROPERÚ lo requiera, al costo del flete con el cual se le adjudico la buena pro para el Ítem1.
EL CONTRATISTA debe cumplir con el Programa Semanal de transporte para el caso
del Item1 o Quincenal para el caso de los Ítems 2 y3 preparado por PTROPERÚ. S.A,
el cual está sujeto a cambios por necesidades operativas debiendo cumplir EL
CONTRATISTA con lo requerido, estos cambios serán comunicados por PETROPERÚ
con la debida anticipación y las coordinaciones para cualquier cambio serán diarias de
ser necesarias.
3.3 Frecuencia estimada de recepción de cisternas en punto de destino y número de
unidades requeridas para el servicio:
Item
Volumen
Referencial
(galones)
Frecuencia de
recepción aprox.
N° unidades
estimadas
N°
Reempla
zo
N°
Total
Item 1
52´000,000
09 unidades/ día
18
3
21
Item 2
764,000
07 unidades/ mes
1
1
2
Estación 8
912,000
04 unidades/ mes
Estación 9
2´385,000
11 unidades/ mes
2
1
3
432,000
02 unidades/ mes
21
5
26
Item 3:
Terminal
Bayóvar
Total referencial
56´493,000
Notas: Se requiere como mínimo que la capacidad de las unidades para atender a Planta de
Ventas El Milagro (ítem 1), a las Estaciones 8, 9 y Terminal Bayóvar (ítem 3) sean de
9,000 galones. Y para la Estación 6 (Ítem 2) la capacidad requerida es de 5,000 galones
por razones de transitabilidad y limitaciones en la plataforma de recepción.
3.4. El servicio de transporte de combustible, se dará a solicitud del usuario de las
Estaciones 6, 8, 9, Planta El Milagro y Terminal Bayovar, basado en las necesidades
de cada operación.
PETROPERU, se reserva el derecho de ampliar o reducir los volúmenes referenciales
indicados en el cuadro del numeral 3.3, donde las cantidades totales a ser
transportadas serán las que resulten de la demanda real del punto de recepción, con
las únicas limitaciones de no exceder el monto contractual y el plazo de 2 años (lo
primero que ocurra).
PETROPERU, también se reserva el derecho de postergar los despachos y/o
cancelar el programa de requerimientos parcialmente o en su totalidad, según
requerimientos de la Operación.
EL TRANSPORTISTA brindará el servicio de transporte terrestre cumpliendo los
estándares y normas inherentes al servicio, con unidades propias, leasing o
contratadas. La prestación será ejecutada a todo costo y debe incluir todos los
recursos necesarios como: el personal, maquinarias, equipos, herramientas,
consumibles, materiales, seguros (del personal y unidades) y dotarse de todas las
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facilidades y requerimientos necesarios que le permitan efectuar una adecuada
prestación del servicio de transporte de los productos.
4.
PLAZO EJECUCIÓN DEL SERVICIO.
4.1. El plazo de ejecución del servicio será por 2 años calendarios.
4.2. Los plazos Máximos de Viaje o Travesía hasta el lugar de descarga son:





5.
De Planta de Ventas Piura hasta Terminal Bayóvar:
De Planta Talara hasta Estación 9:
De Planta Talara hasta Estación 8:
De Planta Talara hasta Planta El Milagro:
De Planta Talara hasta Estación 6:
06 horas.
18 horas.
20 horas.
24 horas.
32 horas
SISTEMA DE CONTRATACIÓN
El sistema de contratación es a Precios Unitarios: Soles por cada galón transportado.
6.
PENALIDADES.
a)
En caso de retraso injustificado en la ejecución contractual, PETROPERÚ aplicará al
CONTRATISTA la penalidad señalada en el Numeral 10.10 del Reglamento de
Contrataciones de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., salvo que se presenten
situaciones de fuerza mayor debidamente sustentadas y documentadas.
b) Si las unidades del Contratista demoraran más del tiempo estipulado en el numeral 4.2,
desde la salida de Planta de Ventas Talara o Planta de Ventas Piura hasta su arribo a
los puntos de destino; se aplicará la siguiente penalidad, salvo que se presenten
situaciones de fuerza mayor debidamente sustentadas y documentadas.
Penalidad por hora = [(0.10 x Monto)/ (F x plazo en días)] /24 horas
La penalidad será aplicada por hora o fracción al exceso de los Plazos Máximos de
Viaje establecidos, donde “Monto” es igual al monto a facturar por el flete de 01 cisterna
y “Plazo en Días” equivale a dividir el Plazo Máximo de Viaje o Travesía (horas)hasta el
lugar de descarga indicados en el numeral 4.2 divididos entre 24.
F= 0.40 para plazos menores a sesenta (60) días
Las penalidades serán deducidas de los pagos parciales, del pago final, en la
liquidación final o de ser el caso en la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento de
la Orden de Trabajo a Terceros. Estas penalidades se aplicarán automáticamente. El
monto máximo de las penalidades a aplicar no podrán exceder al 10% del monto
contractual.
c)
En caso el CONTRATISTA no cumpla con presentar el número de unidades en la fecha
requerida por PETROPERU, se hará acreedor a una penalidad de 50% de la UIT por
cada cisterna por cada día de retraso, salvo que se presenten situaciones de fuerza
mayor debidamente sustentadas e informadas hasta con 48 horas de ocurrido el evento.
d) Si en caso, en el transporte ocurre algún accidente, derrame o contaminación, EL
CONTRATISTA se hará acreedor, en adición al pago del costo de reposición en
indemnización a PETROPERU por la carga, a la penalidad de 1 UIT, salvo que el evento
ocurra por causas de fuerza mayor debidamente justificadas que inhiban de
responsabilidad al CONTRATISTA.
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CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO
7.2. .Modalidad de requerimientos de productos y, características básicas de las unidades
(Camiones-Cisterna):
7.1.1.
Para el presente servicio se ha considerado 3 Ítems:
Ítem 1: Postor concursa para la ruta Planta Talara hacia Planta El Milagro:
El Postor que concurse para cubrir la ruta hacia Planta El Milagro requerirá como
mínimo dieciocho (18) camiones-cisterna principales y tres (03) de reemplazo.
En condiciones normales se estima que mientras 9 Unidades están en espera o
proceso de carga en Planta de Ventas Talara y 9 unidades están en tránsito o
proceso de descarga en el punto de Destino.
Ítem 2: Postor concursa para la ruta Planta Talara hacia Estación 6:
El Postor que concurse para cubrir la ruta hacia Estación 6 requerirá como
mínimo un (01) camión-cisterna principal y una (01) de reemplazo.
Ítem 3: Postor concursa para las rutas Planta Piura/Planta Talara hacia las
Estaciones 9 y 8 y Terminal Bayóvar:
El Postor que concurse para cubrir hacia las rutas para las Estaciones 9 y 8 y
terminal Bayóvar requerirá como mínimo dos (02) camiones-cisterna principales
y una (01) de reemplazo.
7.1.2.
7.1.3.
7.1.4.
7.1.5.
7.1.6.
7.1.7.
7.1.8.
7.1.9.
El Transportista, no podrá modificar el programa de pedidos de productos, ni
cambiar el producto programado.
EL TRANSPORTISTA mantendrá en un lugar visible de la parte delantera del
tanque (Cisterna), la fecha de la última limpieza interna, la misma que deberá ser
efectuada anualmente.
Las unidades asignadas se distribuirán de acuerdo a la programación establecida
por Planta de Ventas El Milagro y las Estaciones de PETROPERU.S.A. Para el
caso de Planta El Milagro la programación será semanal y podrá reprogramarse
las unidades de forma diaria previa coordinación con el Contratista y para las otras
rutas la planificación del programa será quincenal las mismas que también podrán
ser reprogramadas.
La capacidad de los camiones-cisternas que cubran las rutas tendrán como
mínimo una capacidad de 9,000 galones; excepto para la ruta hacia Estación 6
que se considera unidades de 5,000 galones de capacidad.
Todos los camiones-cisterna no deberán tener una antigüedad mayor a 12 años de
fabricación, la cual será verificada con la tarjeta de propiedad.
Los camiones cisternas deben estar implementadas con cables de disipación de
corriente estática.
Los camiones-cisterna deberán cumplir con las condiciones y especificaciones
señaladas en el Adjunto Nº II.
Adicionalmente, EL TRANSPORTISTA deberá comprobar y comprometerse a que
las unidades destinadas para realizar el servicio de transporte, no contengan
alguno de los siguientes materiales, por resultar incompatibles con el producto
materia de transporte: Zinc galvanizado, Bunan, Neoprene, Urethane rubber,
Polyurethane, Sellantes de tubería en base a alcohol.
EL TRANSPORTISTA deberá tener un vehículo propio o contratado de auxilio
mecánico, tipo camioneta Pick – Up, para cubrir la ruta o rutas a la cual concursa.
La unidad deberá tener una antigüedad máxima de cinco (05) años y estar en
buen estado mecánico. El vehículo debe estar implementado con radio, kits anti
derrame que consta de 50 paños absorbentes, 03 barreras (tipo salchicha
absorbentes), 06 tapones de madera para contener fugas por perforaciones, un
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martillo de goma y cinta de seguridad amarilla con la inscripción “PELIGRO” en
letras negras.
Debe contener 50 sacos de polietileno e implementos de seguridad que consta de
casco, lentes, guantes de cuero, chalecos de seguridad con cita reflectante, botas
con punta de acero, 02 extintores de PQS como mínimo de 13 Kg. o 30 lb. Cada
uno, triángulos de seguridad y conos color naranja reflectantes.
El radio de acción del vehículo será cuando se presenten accidentes o incidentes,
como auxilio rápido, de manera que minimice los impactos negativos que pudiera
presentarse.
7.1.10. EL TRANSPORTISTA deberá contar con un taller de mantenimiento y/o
reparación propia o alquilada, para mantener en buenas condiciones operativas
las Unidades.
7.2.
Detalles y control de servicio
7.2.1. El Producto combustibles pasará a custodia de EL TRANSPORTISTA en la
carga, al transponer la válvula API de ingreso al tanque acoplado al camión, y
permanecerá bajo su custodia y responsabilidad hasta el momento de la
descarga, cuando pase por el mismo punto.
7.2.2. EL TRANSPORTISTA recibirá en Planta de Ventas Talara y/o Planta Ventas
Piura, el Certificado de Calidad y la Guía de Remisión de Petroperú con la
descripción del producto a transportar indicando el volumen, la temperatura y
gravedad API cuyo transporte se le confía.
7.2.3. EL TRANSPORTISTA firmará la Guía de Remisión haciéndose de esta manera
responsable del producto cargado. La copia de la Guía de Remisión Petroperú
quedará en poder del representante de PETROPERÚ en las Estaciones 6, 8, 9,
Planta El Milagro y Terminal Bayovar, respectivamente, luego de la recepción del
producto.
7.2.4. EL TRANSPORTISTA entregará el producto combustible Diesel B5 en la
Estaciones 6, 8, 9 y Terminal Bayóvar, y Diesel B5/ Biodiesel B100/ Gasolina 8490 Octanos/ Nafta Craqueada/ Turbo A1 en Planta El Milagro, luego de la cual el
conductor firmará la conformidad de la recepción tanto en cantidad y calidad del
producto entregado, debiendo recabar el conductor las copias de las Guías de
Remisión
para Transportista y SUNAT. La copia de la Guía Remisión
(Transportista) se anexará a su factura a efecto de pago por el transporte
realizado.
7.2.5. La operación de descarga del combustible en cada Estación y Planta El Milagro
será de 07:00 hasta las 18: 00 horas, además se descargará según la capacidad
de almacenamiento dentro de las 48 horas del arribo y no se efectuará pago de
lucro cesante por retraso en la descarga. Se podrá descargar fuera del horario
establecido, cuando lo autorice el Supervisor de PETROPERU S.A.
7.2.6. La conexión de las mangueras y las facilidades y equipamiento del proceso de
descarga las brindara el personal a cargo de las instalaciones del punto de
descarga o destino.
7.2.7. El volumen de recepción será determinado mediante Tabla de Aforo de la
cisterna o medición de tanques de tierra, según lo disponga PETROPERÚ, en
galones a 60°F, utilizando los factores de corrección volumétrica API estándar.
7.2.8. Las variaciones volumétricas en tránsito por cada cisterna será de acuerdo a lo
establecido por PETROPERÚ. El límite vigente podrá ajustarse luego de realizar
el estudio correspondiente, por parte de PETROPERU.
7.2.9. Las variaciones fuera del límite permisible serán facturadas a EL
TRANSPORTISTA, de acuerdo a la “Liquidación de Variaciones” efectuadas por
PETROPERU.
7.3.
Monitoreo en Ruta
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Todos los vehículos estarán equipados con un Sistema de Posicionamiento Global GPS
(Global Positioning System) que permita controlar el cumplimiento de la Hoja de Ruta,
ubicación y velocidad de los vehículos en la ruta y otras situaciones, incluidas
emergencias.
EL TRANSPORTISTA analizará la información proporcionada por GPS, lo indicado en la
bitácora y elaborará un informe del servicio realizado incluyendo los aspectos relevantes
ocurridos durante el periodo de monitoreo, suscrito por el Coordinador del Transportista
quien presentará a PETROPERU dicho informe el primer día hábil de cada mes o cuando
PETROPERU lo solicita.
Las horas de conducción no deben exceder a lo descrito por la normativa Legal vigente,
bajo responsabilidad del TRANSPORTISTA quien deberá prever conductores de
reemplazo de ser necesario.
7.4.
Tiempos de conducción
Se deberá cumplir con lo establecido en la Ley de Administración de Transporte
DS. 009-2004 MTC y sus modificaciones en lo referido a transporte interprovincial de
mercancías.
Los conductores deberán descansar treinta (30) minutos cada cuatro (4) horas de
conducción continuas, en los Puntos de Estacionamientos autorizados, que deberán estar
declarados en el primer informe del avance del Servicio.
7.5. Bitácora
EL TRANSPORTISTA a solicitud de PETROPERU remitirá la bitácora del servicio, donde
se registrará los aspectos relevantes o hitos de la ruta- según adjunto Nº. III -formato de
bitácora.
7.6. Reporte de ubicación / comunicaciones
El reporte de ubicación del camión-cisterna que hará la Cía. transportista con el chofer
será telefónicamente y/o radio y por correo electrónico: cada 2 horas o de acuerdo a lo
propuesto por EL TRANSPORTISTA.
La comunicación entre el Coordinador del Contratista y PETROPERU se realizará vía
telefónica (celular y teléfonos fijo) o por correo electrónico, y se reportará los incidentes
que puedan afectar la llegada de las unidades y/o cumplimiento del programa.
En caso de Emergencia el flujo de comunicaciones se hará de acuerdo al Plan de
Contingencias.
8. PLAN DE CONTINGENCIA.
El riesgo del traslado de combustibles desde el punto de carga hasta las instalaciones de
destino, pesa sobre EL TRANSPORTISTA; consecuentemente, en caso de ocurrir algún
accidente, derrame o contaminación durante el transporte del combustible. EL
TRANSPORTISTA notificará inmediatamente lo sucedido a PETROPERU y a las autoridades
gubernamentales competentes incluyendo a OSINERGMIN, activando inmediatamente su
plan de contingencia, para limpiar el derrame y prevenir que se produzcan más daños.
EL TRANSPORTISTA pagará y será responsable por todos los gastos incurridos por las
operaciones de limpieza y mitigación y todas las multas, cargos, penalidades civiles y
compensaciones impuestos por cualquier agencia gubernamental como resultado de dicho
accidente y/o derrame.
EL TRANSPORTISTA debe implementar un Plan de Contingencia a medida de la operación,
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el cual deberá presentar a PETROPERU S.A. a los 30 días de iniciado el servicio. Dicho plan
debe mantenerse actualizado. Ver Adjunto IV
La aprobación del Plan de Contingencia tendrá una vigencia anual o hasta cuando cambien
las condiciones o productos transportados.
9. OBLIGACIONES DE PETROPERU
En cada lugar de origen y destino se darán las facilidades necesarias para la carga y
descarga de los hidrocarburos líquidos que serán transportados. En el lugar de origen se
incluye un sistema automático de puesta a tierra y en lugar de destino la conexión es al pozo
puesta a tierra.
El transportista deberá contar en cada cisterna (unidad) con acoples estándar para descarga
de 4” de diámetro y empaques en caso de requerirse.
10. SEGUROS
EL TRANSPORTISTA debe contratar las pólizas de Seguro y cumplir las condiciones
señaladas en el Adjunto V.
11. METODO PARA DETERMINAR LA VARIACION EN TRÁNSITO
PETROPERÚ, para determinar las variaciones en tránsito de cada camión-cisterna aplicará la
siguiente metodología. El resultado determinará si el volumen recibido se encuentra en los
límites permitidos (DESCARGA NORMAL) o en su defecto el débito a cobrar (DESCARGA
ANORMAL).

En la fiscalización del camión-cisterna se determina el nivel del líquido recepcionado
(NL) y el nivel de la referencia o flecha de la unidad (N R).

Mediante el uso de la tabla de aforo del camión-cisterna, se cuantifica los volúmenes
del producto en los dos niveles (VL y VR = Vd). Si el nivel del producto se encuentra por
encima del nivel de referencia, es decir la Temperatura recepción > Temperatura
despacho, dicho producto debe retirarse teóricamente. Si el nivel del producto se
encuentra por debajo del nivel de referencia, es decir la temperatura recepción <
Temperatura despacho, dicho producto debe rellenarse teóricamente.
Vreti.(+)/ rell.(-) = VL - VR

Luego se determinará el Volumen esperado (Vesp); este depende de los Factores de
corrección del producto en el punto de despacho (F d) y en el punto de recepción (F r), los
mismos que están en función de las temperatura y °API en ambos puntos:
Fd = Factor de despacho
Fr = Factor de recepción
VR = Vd = Volumen a su nivel de referencia es igual al volumen despachado en el
punto de origen.

Con los volúmenes anteriores se calcula el Volumen de expansión/ contracción del
producto;
Ve/c = Vesp. - Vd
Dónde:
Ve/c= Volumen de expansión (+)/ contracción (-)
Vd= Volumen despachado
Vesp = Volumen esperado.
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El volumen esperado (Vesp) puede ser mayor o menor al volumen despacho (Vd), por
consiguiente por efectos de la temperatura el volumen diferencial será positivo (expansión
o dilatación) o negativo (contracción).

A continuación, la relación siguiente calcula la variación permitida de volumen en la
recepción, e incluye la evaporación como pérdida en tránsito;
Donde Fp es el % de variación permisible estipulado por PETROPERU S.A.

Una descarga se considerará NORMAL o ANORMAL cuando:
Var. per. < Vreti.(+)/ rell.(-)
Descarga NORMAL
Var. per. > Vreti.(+)/ rell.(-)

Descarga ANORMAL
Para una descarga ANORMAL el volumen a debitar se calcula de la forma siguiente:
V débito = Var. per. - Vreti.(+)/ rell.(-)
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Boleta de recepción (debe ser firmada por el personal conductor del TRANSPORTISTA)
SUPERVISOR/ JEFE UNIDAD
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12. PRIVACIDAD Y CONFIDENCIALIDAD
El TRANSPORTISTA deberá cumplir con la Política Corporativa, Reglamento y
Procedimientos de Seguridad de la Información de PETROPERU, guardar
confidencialidad y reserva de la información a la que acceda en virtud del presente
contrato, y reportar de inmediato cualquier irregularidad de seguridad de la información
detectada.
11.2 No mantener el riguroso cuidado de los activos de información de PETROPERU
otorgados para su uso, ni avisar a tiempo de fallas en los mismos al área de Tecnologías
de Información y Comunicaciones de la dependencia donde suministra servicios, es
considerado un incumplimiento de la Política Corporativa, Reglamento y Procedimientos
de Seguridad de la Información de PETROPERU.
11.2 Para la suscripción del Contrato, el proveedor seleccionado deberá entregar una
Declaración Jurada sobre privacidad y confidencialidad empresarial de la Política
Corporativa de Seguridad de la Información y del Reglamento de Seguridad de la
Información de PETROPERÚ.
11.1
13. ADMINISTRACIÓN DEL SERVICIO
PETROPERU, nombrará al que será en adelante; el Administrador del Contrato de
PETROPERÚ por cada Estación y en Planta de Ventas El Milagro, del Departamento de
operaciones, que tendrán la responsabilidad de hacer cumplir con las condiciones
enmarcadas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas del Contrato.
Antes del Inicio del servicio el Contratista deberá presentar al Administrador del Contrato de
PETROPERU los documentos indicados en las presentes bases, para su registro en el
Sistema SAP de PETROPERU:
a)
Copia de la tarjeta de propiedad de las unidades que brindarán el servicio.
b)
Copia de la constancia de inscripción en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de
Mercancías de los Remolcadores (Tracto) y Cisternas requeridos.
c)
Copia del Registro DGH o Ficha de Registro OSINERGMIN de los Remolcadores
(tractos) y Cisternas
d)
Copia de las Tarjetas de Cubicación y Tablas de Aforo (vigentes).
e)
Relación del “Personal de EL TRANSPORTISTA”, en la cual se consigne los datos
de los Conductores (en el número necesario para brindar el servicio requerido) que
conducirán las unidades durante la ejecución del servicio y que posean Licencia de
conducir profesional vigente en la clase “A” Categoría III-C, N° DNI.
f)
Copia simple de Licencia de Conducir Profesional vigente en la clase “A”
Categoría III-C por cada conductor.
g)
Las Pólizas de Seguros (según anexo Nº V).
14. FACTURACIÓN Y CONDICIONES DE PAGO
14.1 El transportista presentará valorizaciones por el servicio efectuado en forma quincenal.
Las valorizaciones serán calculadas en base a los precios unitarios por la cantidad de
galones despachados en Planta de origen, según indica la guía de remisión de
PETROPERU.
En el caso que el volumen recibido de combustible en el punto de destino exceda el
limite permisible de variación en tránsito establecido por PETROPERU S.A, el exceso de
variación será debitado al precio del combustible ex planta (El Milagro) para el caso de
Planta de Ventas El Milagro, y para el resto de estaciones (Estaciones 6, 8, 9 y Bayóvar)
será equivalente al precio ex Planta de Talara / Planta Piura, según corresponda, más el
costo del transporte de dicho exceso en la variación.
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14.2. Cada factura deberá ser presentada acompañada del “CUADRO DE VALORIZACIÓN”
incluyendo toda la información indicada en el ADJUNTO VI más copia de la Guía de
Remisión de PETROPERÚ.S.A.
La conformidad de las valorizaciones será firmada por el supervisor de cada estación y de
Planta de Ventas El Milagro según corresponda.
14.3. Las facturas deberán presentarse en la Oficina de Trámite Documentario – Gerencia
Oleoducto, sito en Jr. Huánuco Nº 218-228 – Piura. PETROPERÚ efectuará el pago de
acuerdo a su Política; facturas hasta 1 UIT dentro de los 7 días, facturas hasta US$25,000 a
los 15 días y facturas mayores a US$ 25,000 a los 30 días.
14.4. Los Comprobantes de pago presentados incorrectamente serán devueltos al contratista
para su corrección, rigiendo el nuevo plazo a partir de la fecha de su presentación.
14.5. En el caso de derrames parcial o total del producto durante el viaje de la cisterna al punto
de descarga, se pagará el flete por el volumen parcial que llega a su destino y no habrá
pago alguno por el flete cuando el derrame es total. Asimismo PETROPERU.S.A debitará en
ambos casos al Transportista por el volumen faltante al precio determinado por
PETROPERÚ según sea el punto de descarga.
14.6 .EL TRANSPORTISTA para el caso que entregue el producto contaminado, deberá
indemnizar a PETROPERU por la carga transportada, la que será abonada a los costos de
reprocesamiento en el momento del pago, que incluirá gastos administrativos e impuestos
de Ley, perdiendo el derecho de cobrar por el flete. Dicho reprocesamiento se llevará a cabo
en Refinería Talara y/o Refinería El Milagro de ser el caso.
14.6. PETROPERÚ S.A. no reconocerá, en ningún caso, el pago de bonificaciones por
intransitabilidad u otros por similar concepto, que se sucedan por hechos como: bloqueos de
carretera, hechos naturales: lluvias, nieve, huaycos, derrumbes, terremotos y, paralizaciones
por reivindicaciones sociales, protestas sociales y asaltos.
15. INDICE DE PRECIOS DEL CONSUMIDOR
El contratista podrá optar por realizar reajustes de precios mensuales de conformidad con el
Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, Gran Grupo Transportes y
Telecomunicaciones publicado por el INEI. Reajuste válido a partir de la fecha que solicita EL
CONTRATISTA y tendrá vigencia hasta la finalización del servicio.
16. DISPOSICIONES FINALES
PETROPERU, dispone que para desarrollar sus actividades con seguridad, eficiencia debe
integrar políticas que normen internamente y regulen bajo parámetros normativos e internos
el cuidado de la persona, sus instalaciones, información, el medio ambiente, la sociedad y, en
su conjunto preservar los intereses de la Empresa. En ese orden PETROPERÚ.S.A previo al
inicio del servicio materia del contrato entregará al ganador de la Buena Pro la siguiente
información:


Política Integrada de Gestión, Calidad, Ambiente, Seguridad y Salud
Ocupacional.
 Condiciones Mínimas de Seguridad Salud en el Trabajo, Protección Ambiental en la
Contratación de Obras Servicios y Adquisiciones.

Código Integridad.

Política Corporativa de Seguridad de la Información.
Política de Responsabilidad Social.
“Servicio de Transporte Terrestre de Combustible desde Planta de Ventas Talara Y Planta Ventas Piura, hacia las
Estaciones 6, 8, 9; Planta El Milagro y Terminal Bayòvar de la Gerencia Oleoducto”
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PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
ADJUNTO I
REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
1.1. Del Postor
a) Relación de un máximo de 10 Servicios de Transporte Terrestre de
Combustibles; ejecutados en los últimos diez (10) años a la fecha de
Presentación de Propuestas, de acuerdo al Formato N° 01, debidamente
sustentados con copia simple de constancias, contratos, comprobantes de pago
cancelados; en los cuales se demuestre fehacientemente que el servicio lo
realizó el postor. Los documentos sustentatorios deben ser legibles, fecha, razón
social del postor, empresa a la que se brindó el servicio, descripción de la
prestación y montos facturados.
b) Copia de Registro de la Dirección General de Hidrocarburos ó la Ficha de
registro de OSINERGMIN de los Tractos (Remolcadores) y Cisternas ofertadas,
vigente a la presentación de propuestas. En caso de Consorcio deberán
presentar dicho documento, los integrantes que proporcionarán las unidades que
ejecutarán el Servicio.
c) Copia de constancia de inscripción en el Registro Nacional de Transporte
Terrestre de Mercancías de los Tractos (Remolcadores) y cisternas ofertadas,
vigente a la presentación de propuestas.
d) Copia de Seguro Obligatorio para Accidentes de Tránsito.
Nota: Dichas constancias deben estar aprobadas por el organismo competente y
encontrarse vigente a la fecha de presentación de propuesta.
1.2. De las Unidades y Choferes propuestos.
a)
Para las Unidades (tracto y cisterna) se considerarán los escenarios siguientes:
Escenario 1: El postor que concursa para la ruta hacia Planta El Milagro:
Deberá presentar como mínimo dieciocho (18) camiones-cisterna principales y
tres (03) de remplazo. Total 21 Unidades.
Además presentar una declaración jurada indicando donde especifique que
dispone de una unidad adicional acondicionada para el transporte eventual de
Turbo A-1 y que cuenta con todo la documentación vigente en regla y que se
compromete a brindar dicho servicio al costo del flete con el cual se le adjudicó
la buena pro cuando PETROPERÚ lo solicite, cuyos requerimientos serán
comunicado al transportista con la debida anticipación.
Escenario 2: El postor que concursa para la ruta hacia Estación 6:
Deberá presentar como mínimo un (01) camión-cisterna principales y uno (01)
de remplazo. Total 02.
Escenario 3: El Postor que concursa para las rutas hacia Terminal Bayóvar y
Estaciones 9 y 8:
Deberá presentar mínimo dos (02) camiones-cisterna principales y una (01) de
remplazo. Total 03
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PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
14
PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
Dichas unidades presentadas por los Postores serán de su propiedad, bajo
arrendamiento financiero (leasing) o alquiladas; serán verificados de acuerdo al
detalle siguiente:
-
Las unidades propias deben encontrarse a nombre del Postor, figurando su
Razón Social en la Tarjeta de Propiedad.
Las unidades que se encuentren bajo la modalidad de arrendamiento financiero
(leasing deben cumplir con lo siguiente: Contar con el contrato de Arrendamiento
Financiero entre el postor y la Entidad Financiera (Contrato elevado a escritura
pública); y de ser unidades alquiladas a terceros que se encuentren bajo la
modalidad de arrendamiento Financiero, deberán contar con la Autorización del
Banco para subarrendar dichas unidades, debiendo presentar además el
contrato de subarrendamiento. En caso que se encuentre en trámite de
transferencia de propiedad de (los) vehículo(s) se deberá acreditar con copia de
los documentos de trámite de transferencia respectiva (copia del contrato de
compraventa certificado por Notario Público).
Las unidades alquiladas deben presentar su respectivo Contrato de Alquiler
notarial entre el postor y un tercero (arrendador). Las unidades deben
encontrarse a nombre del Tercero o arrendador (figurando su Razón Social en la
Tarjeta de Propiedad).
c) declaración jurada indicando que las unidades ofertadas cuentan con tarjetas de
cubicación y tablas de aforo.
d). De los Choferes propuestos: Declaración Jurada de “relación de Choferes”
propuestos, en la cual se consigna el número de choferes según el Ítem o Ítems
a la cual concursa, indicando la información solicitada en el Formato N° 3.
I.3. Sistema de Comunicación (GPS)
De cada unidad propuesta. Acreditar la tenencia de dicho servicio con copia de
contrato o copia de la orden de compra o declaración jurada de compromiso que
en caso de obtener la Buena Pro, presentara dicho sistema antes de la
suscripción del contrato.
“Servicio de Transporte Terrestre de Combustible desde Planta de Ventas Talara Y Planta Ventas Piura, hacia las
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GERENCIA OLEODUCTO
PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
ADJUNTO Nº. II
CAMIONES – CISTERNAS Y CONDUCTORES
1.0
2.0
OBJETO
1.1
Garantizar que el transporte terrestre de combustible, entre el Punto de Carga hasta
los puntos de destino se realicen salvaguardando la salud e integridad física de las
personas, el ambiente y relaciones comunitarias.
1.2
Garantizar que el transporte de combustible se realice de manera oportuna y segura,
con unidades en óptimas condiciones mecánicas, que cumplan los requisitos de
seguridad y los códigos, estándares y legislaciones inherentes al servicio.
1.3
Garantizar que las unidades sean conducidas por personal competente autorizado,
debidamente entrenado, capacitado y certificado.
NORMATIVA LEGAL
Las unidades deberán cumplir con las normativas legales vigentes estipuladas en la ley de
Tránsito y las disposiciones Reglamentarias de carga y transporte, tracto, camión y semiremolques del Ministerio de Transporte y Comunicaciones; así como, del Ministerio de
Energía y Minas, DGH, OSINERGMIN, SUNAT y cualquier Entidad competente.
Con relación al tránsito en ruta, EL TRANSPORTISTA deberá considerar lo establecido en
las siguientes normativas:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
k)
l)
m)
n)
Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre de fecha
08.10.1999 y sus modificatorias;
Decreto Supremo N° 033-2001-MTC “Reglamento Nacional de Tránsito”, y
sus modificatorias;
Decreto Supremo N° 058-2003-MTC “Reglamento Nacional de Vehículos” y
sus modificatorias;
Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC “Reglamento Nacional de
Administración de Transportes”, y todas sus modificatorias aplicables;
Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de
Administración de Transporte del 22.04.2009;
Decreto Supremo Nº 026-94-EM “Reglamento de Seguridad para el
Transporte de Hidrocarburos”, y todas sus modificatorias: D.S. Nº 021-98EM, D.S. N° 036-98-EM, D.S. Nº 019-99-EM.
Decreto Supremo Nº 030-98-EM “Reglamento para la Comercialización de
Combustibles Líquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos”,
incluyendo el Titulo III - Capítulo V, y sus modificatorias.
Decreto Supremo Nº 045-2001-EM “Nuevo Reglamento para la
Comercialización de Combustibles Líquidos y otros productos derivados de
los Hidrocarburos” y sus modificatorias;
Ley N° 28256, Ley que regula el Transporte Terrestre de Materiales y
Residuos Peligrosos del 19.06.2004, y sus modificatorias;
D.S. N° 021-2008-MTC, Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de
Materiales y Residuos Peligrosos, del 10.06.2008, y sus modificatorias: 0302008-MTC, entre otras;
Resolución Ministerial N° 380-2009-MEM/DM, del 04.09.2009;
Norma para la medición de petróleo y productos de petróleo en camiones
cisternas, Norma API o MPMS Capítulo 3 - Sección 2.
Reglamentación de INDECOPI.
Todas aquellas normas aplicables al servicio de transporte de combustibles.
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PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
3.0
16
PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
CAMIONES-CISTERNA
3.1
3.2
Condiciones
3.1.1. Todos los vehículos deberán mantenerse en óptimas condiciones (mecánicas,
eléctricas y electrónicas, sistemas de freno, dirección, estado de neumáticos,
parabrisas, limpia parabrisas, espejos laterales, retrovisor y cinturones de
seguridad, Todos los acoplados deberán llevar la identificación de las Naciones
Unidas, el código NFPA e INDECOPI de acuerdo a lo dispuesto en las
disposiciones legales.
3.1.2. Pesos y medidas para las necesidades de la ruta y de acuerdo a la ley peruana
vigente de peso y dimensión vehicular.
3.1.3. Todas las unidades cisternas que cubran el servicio deben contar con la
respectiva
AUTORIZACION
DE
INGRESO
VEHICULAR
que
el
TRANSPORTISTA debe solicitar al Administrador del Contrato, presentando los
documentos mencionados en el Manual M-040 “Normas básica de seguridad,
salud en el trabajo y protección para contratistas”.
3.1.4. Cada unidad propuesta deben tener instalado un Sistema de Carga por el fondo,
un Sistema de Recuperación de Vapores, Sistema de sobrellenado y Sistema de
puesta a tierra compatibles con el Sistema de Petroperú.
Características y Equipamiento
EL TRANSPORTISTA empleará para el transporte del combustible, camiones cisternas
que deberán contar, como mínimo, con las siguientes características y equipamiento:
3.2.1. Antigüedad de las unidades.- Las unidades (tracto) no excederán de los doce (12)
años de antigüedad, previo a la fecha de presentación de la propuesta (según
tarjeta de propiedad).
3.2.2. N° de compartimientos.- Unidades con un compartimiento e implementado con
cables internos de disipación de corriente estática.
3.2.3. Tablas de Aforo y tarjetas de cubicación.- Las unidades deben tener Tarjetas de
Cubicación y Tablas de Aforo vigentes debidamente actualizadas por los órganos
competentes.
3.2.4. Todas las unidades deben estar diseñadas cumpliendo la norma ITINTEC
LVD-004 “vehículos tanque”.
3.2.5. El casco deberá ser cerrado tipo tanque o cisterna. Para viajes interprovinciales, el
tanque no podrá ser de aluminio.
3.2.6. Líneas de descarga independientes con sus respectivos indicadores de productos.
3.2.7. Sistema de descarga ventral.
3.2.8. Tapas de escotilla herméticas equipada con válvula de venteo de presión positiva
(presión y vacío).
3.2.9. Cajas herméticas en las válvulas de descarga y en las boquillas superiores. Cada
tapa de las cajas metálicas deben estar diseñadas para colocarles un candado de
seguridad (suministrado y administrado por PETROPERU).
3.2.10.
Sistema de recuperación de vapores y de prevención de sobrellenado y
derrames
3.2.11.
Superficie superior del tanque con plataforma antideslizante y Barandas de
Protección.
3.2.12.
Barras de protección lateral y posterior para las tapas.
3.2.13.
Deberá disponer de un sistema de disipación de corriente estática
(conexión a tierra).
3.2.14.
Pesos y medidas para las necesidades de la ruta y de acuerdo a la ley
peruana vigente de Pesos y Dimensión vehicular.
3.2.15.
Rotulado: de color rojo retro lactante.
3.2.16.
Seguridad del tanque cisterna del vehículo.- EL TRANSPORTISTA dotará a
los tanques de combustible de sus unidades medidas de seguridad que evite su
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PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
3.2.17.
17
PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
manipulación en ruta, debiendo implementarse canastillas de seguridad, uso
precintos de seguridad u otros similares.
Limpieza interna de los tanques.- al inicio del servicio de cada cisterna y
cada año, deberá realizarse una inspección visual, limpieza y lavado interior de
los tanques de las cisternas de preferencia con gasolina.
3.3
Responsabilidades de EL TRANSPORTISTA
3.3.1.
EL TRANSPORTISTA deberá cumplir con la Hoja de Ruta para el
Transporte de Combustibles, una vez implementado.
3.3.2.
Las entregas de combustible se efectuarán de acuerdo a un programa
semanal, o quincenal elaborado por PETROPERÚ S.A. el primer día de cada
semana o quincena y ajustado diariamente de manera coordinada.
3.3.3.
EL TRANSPORTISTA, deberá informar cualquier indicio de hechos fortuitos
tales como, huelgas, paros, etc. con la finalidad de minimizar los riesgos de
desabastecimiento en los puntos de destino.
3.3.4.
EL TRANSPORTISTA, a su cuenta y costo, obtendrá todos los permisos,
licencias, certificados u otras autorizaciones administrativas que pudieran requerir
las autoridades para la prestación del servicio
3.3.5.
EL TRANSPORTISTA es responsable de mantener el orden y limpieza de
sus unidades.
3.3.6.
EL TRANSPORTISTA deberá contar con unidades de reemplazo, que será
de igual o mejores características que las unidades ofertadas, para sustituir a las
que salgan fuera de servicio. Los reemplazos se ejecutarán cuando por causa
fortuita o de fuerza mayor debidamente justificada, impida realizar el servicio a
determinada unidad o por un caso específico solicitado por el transportista. Estos
reemplazos deberán ser aprobados por PETROPERU S.A.
3.4
Inspecciones de PETROPERU
PETROPERU S.A. directamente o a través de un tercero autorizado, podrá durante la
vigencia del Contrato inspeccionar y evaluar “in situ” de manera inopinada el servicio
prestado por EL TRANSPORTISTA; dicha inspección incluirá la evaluación de la flota,
servicio de mantenimiento y cumplimiento de los programas de seguridad, salud
ocupacional, ambiente, relaciones comunitarias y responsabilidad social.
3.5
Neumáticos
Los vehículos deben estar equipados con neumáticos de las dimensiones y
características previstas por el fabricante del vehículo. En ningún caso se permitirán
neumáticos que sobresalgan del borde lateral del vehículo, que hagan contacto con el
guardafangos o algún elemento de la suspensión, o que afecte el radio de giro.
Los neumáticos de los vehículos deben presentar, durante su utilización una
profundidad mínima en las cocadas situadas en la banda de rodamiento, tal como se
presenta a continuación:
- Vehículos livianos = 03 mm.
- Vehículos pesado = 04 mm.
Las medidas mencionadas deberán ser observadas en todo el ancho de la banda (por
ejemplo, sí un lado de la llanta de un cisterna tiene 04 mm y el otro lado tiene 03 mm,
entonces no cumplirá con las condiciones mínimas requeridas)
Los neumáticos, nuevos o reencauchados, no deben presentar ampollas,
deformaciones anormales, roturas u otros signos que evidencien el despegue de
alguna capa o de la banda de rodamiento. Asimismo, no deben presentar refuerzos
internos al descubierto, grietas o señales de rotura o dislocación de la carcasa.
El uso de neumáticos reencauchados será permitido únicamente en posiciones
posteriores del tracto y cisterna. No se permite neumáticos reencauchados en las
ruedas direccionales del tracto.
Con respecto a los reencauches, se permitirá un máximo de un (1) reencauche los
cuales deberán certificar su calidad, a través del sello de la empresa que lo realizó.
Dicha empresa deberá ser una empresa de prestigio en su rubro.
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PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
Las llantas delanteras deben de ser tipo mixtas (para todo terreno)
3.6
Mantenimiento de la flota
EL TRANSPORTISTA se compromete a ejecutar un programa de mantenimiento que
garantice la operatividad y seguridad de la flota que brinda el servicio; dicho programa
debe ocurrir de tal forma que no afecte al desarrollo del servicio y por consiguiente no
debe ser considerado como un evento externo para justificar el incumplimiento del
plazo establecido en el programa de transporte.
3.7
Documentos que deberá portar cada unidad
El conductor de cada unidad deberá portar todos los documentos (original o copia,
según sea el caso) para su tránsito en ruta e ingreso a los puntos de destino, entre
ellos sin ser limitativos:
 Tabla de Aforo vigente
 Tarjeta de propiedad del Semirremolque
 Guía Remisión PETROPERU
 SOAT vigente
 Guía Remisión Transportista
 Póliza Res. Civil
 Constancia Inscripción Vigente
 Cartilla de Emergencia
en Reg. De Mercancías del MTC
 Plan de Contingencias actualizado.
 Constancia de Inscripción
 Documento de Identidad (DNI)
Vigente en la DGH u
 Licencia de Conducir
OSINERGMIN
 Seguro Complementario de Trabajo de
 Autorización para el transporte
Riesgo (SCTR – Pensiones)
terrestre de materiales y/o
 Seguro Complementario de Trabajo de
residuos peligrosos expedida por
Riesgo (SCTR – Salud)
la Dirección General de
Transporte Terrestre.
 Certificado de habilitación
vehicular emitido por la Dirección
General de Transporte Terrestre.
 Tarjeta de Propiedad Remolque
3.8
Equipamiento mínimo de seguridad para cada Unidad (listado no limitativo)
a. Cinturones de seguridad (para el conductor y pasajeros).
b. Espejos en buenas condiciones.
c. Faros neblineros.
d. Limpiaparabrisas en servicio.
e. Alarma sonora de retroceso.
f. Equipo de comunicaciones
g. Todas las unidades deben contar con medios de comunicación operativos y en
buenas condiciones de funcionamiento.
h. Neumático de repuesto lista para su uso.
i. Gato hidráulico.
j. Un juego de herramientas.
k. Llaves de rueda (del tracto y de la carreta) y palancas para enllante.
l. Dos cuñas (tacos de madera)
m. Una manguera de jebe para colocar aire en llantas, en los vehículos que tienen
compresora.
n. Un recipiente con líquido de freno.
o. Una soga de nylon, cable de acero o cadena (para ser remolcado por otro
vehículo)
p. Cintas reflectabas, conos de seguridad y triángulos reflectantes de seguridad
3.9
Kit Anti derrame de los Camiones-Cisterna
Cada camión-cisterna contará como mínimo con los siguientes elementos, los cuales
deben estar permanentemente operativos (listado no limitativo)
02 Extintores de 11 a 15kg. P.Q.S. tipo BC, uno en tracto y otro en cisterna.
01 Extintor PQS tipo ABC, 3 Kg., en cabina.
03 Conos y/o triángulos de seguridad
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GERENCIA OLEODUCTO
02 mangas absorbentes de 1.20 m. x 3” de espesor.
01 Par de guantes de polietileno/Nitrilo.
02 Respiradores uno para polvo y otro para gases.
30 paños absorbentes
20 conos de madera, para posibles roturas y/o fisuras del tanque.
06 Estacas de madera por 1M.
01 Martillo con cabeza de goma
01 Recogedor plástico
05 Sacos de polietileno
01 Cinta señalizador de peligro
01 Rollo de cinta de alta presión.
01 Pala anti-chispa.
01 Linterna halógena antichispa.
02 Arnés para protección de caídas.
01 Cable para remolcar equipo pesado.
3.10
Botiquín de Primeros Auxilios:
Cada camión-cisterna contará con un maletín de mano para primeros auxilios, cuyos
componentes deben ser reemplazados antes de su fecha de vencimiento. El maletín
contendrá como mínimo: (listado no limitativo)
Antisépticos
1
Alcohol 70ª
1 frasco
2
Jabón solución antiséptica
1 frasco
3
Agua oxigenada
1 frasco
Primeros Auxilios
4
Curitas
16 unid
5
Gasas 3”
4 unid
6
Apósito 5 x 9”
1 unid
7
Venda
1 unid
8
Venda de gasa de 4”
1 unid
9
Esparadrapo ½”
1 unid
1
Frasco para lavado ocular / Colirio de Eyemo
1 unid
0
11 Pañitos antisépticos
30 unid
1
Sobres con crema antiséptica
6 unid
2
1
Guantes antisépticos
2 pares
3
1
Tijera
1 unid
4
1
Pinza
1 unid
5
Medicamentos
1
Paracetamol
5 unid
6
1
Acetil rojo
1 unid
7
Otros
1
Instructivo de primeros auxilios
1 unid
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COMPETENCIA MAYOR
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PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
8
19
4.0
Linterna antiexplosiva
1 unid
DE LOS CONDUCTORES
EL TRANSPORTISTA deberá contar con el número de conductores necesario para brindar el
servicio requerido.
4.1
RESPONSABILIDADES
4.1.1
Cumplir con las políticas y procedimientos internos de su empresa y de
PETROPERÚ S.A.
4.1.2
Estar en buenas condiciones físicas y mentales, al momento de conducir.
4.1.3
Es responsable de su presentación personal.
4.1.4
Es responsable de la presentación de su unidad.
4.1.5
Contar con la documentación requerida actualizada o vigente.
4.1.6
Portar la licencia de conducir vigente cuando realice su labor.
4.1.7
Portar en todo momento su Documento Nacional de Identidad (DNI).
4.1.8
Portar su Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (salud y pensiones).
4.1.9
Contar con su certificado de capacitaciones técnicas.
4.1.10 Es responsable de verificar el buen estado:
a) La operatividad y funcionalidad de la unidad y del acoplado.
b) La seguridad y señalización de la unidad
c) Los EPP y su uso correcto.
d) Los equipos y accesorios de seguridad
e) Los equipos de respuesta para emergencia
f) El maletín de primeros auxilios
g) Los extintores (ubicación y condición) con fecha vigente
4.1.11 Reportar todos los incidentes en ruta.
4.1.12 Reportar las condiciones y actos sub-estándares.
4.1.13 Cumplir con el llenado de la Bitácora.
4.1.14 No llevar pasajeros.
4.1.15 Cumplir con las horas máximas de conducción y descanso de acuerdo al DS009-2004-MTC Sección 3era título I Art. 121.
4.1.16 Respetar los límites de velocidad.
4.1.17 Sólo transportar carga autorizada.
4.1.18 De respetar y no dañar el Medio Ambiente
4.1.19 De respetar a las comunidades durante su tránsito.
4.1.20 Portar la Hoja de datos de seguridad (MSDS).
4.2
FUNCIONES DEL CONDUCTOR
4.2.1.
Los conductores deberán poseer su licencia de conducir vigente y otorgada
por la Dirección General de Circulación Terrestre (MTCVC) de acuerdo al tipo
de vehículo que conducen.
4.2.2.
El conductor, una vez que ingresa a las instalaciones de carga y descarga de
PETROPERÚ.S.A, debe respetar las políticas y normas que rigen dentro de
estas.
4.2.3.
Facilitar toda la documentación y accesos al personal a cargo de las
instalaciones de carga y descarga.
4.2.4.
Realizar las maniobras de estacionamiento del camión-cisterna en el lugar de
fiscalización (losa de verificación de concreto con una superficie horizontal
nivelada), Punto de Descarga y realizar las actividades que se establecerán
para tal efecto.
4.3
PERFIL
 Edad: Entre 28 y 65 años o lo que indique la ley para brevete profesional.
“Servicio de Transporte Terrestre de Combustible desde Planta de Ventas Talara Y Planta Ventas Piura, hacia las
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PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
21
PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
Educación mínima: Secundaria completa.
Licencia de conducir AIII-C (que corresponda al tipo de vehículo que conduce)
Licencia de Conducir de Categoría Especial (en caso corresponda)
No tener antecedentes penales o policiales.
Record del conductor. Expedido por la Dirección de Ministerio de Transportes MTC.
 Experiencia como chofer en el transporte de hidrocarburos y/o material peligroso, la
misma que no será menor a tres (03) años.





PETROPERU S.A. podrá verificar el cumplimiento del perfil en cualquier momento.
4.4
EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP)
El Conductor y todo el personal dentro de las instalaciones de recepción y
almacenamiento de combustibles, debe contar obligatoriamente con los equipos de
protección personal (EPP) correspondientes. Asimismo, debe usar adecuadamente
dichos EPPs.
4.5
RESPONSABILIDADES DE EL TRANSPORTISTA
El personal conductor que cubra el servicio debe contar con el respectivo CARNET
DE IDENTIDAD, el que deberá ser solicitado por
la Cía. Transportista a
PETROPERÚ.S.A, presentando los documentos mencionados en el Manual M-040
“Normas básica de seguridad, salud en el trabajo y protección para contratistas”.
EL TRANSPORTISTA se compromete al dictado de charlas de seguridad a los
conductores.
EL TRANSPORTISTA deberá contar con conductores de reemplazo, que cumplan con
los mismos requisitos o superior que los conductores ofertados.
DEL SUPERVISOR DE FLOTA.
EL TRANSPORTISTA debe contar en su oficina principal o centro de operaciones,
con un coordinador del servicio, quien coordinará la programación respectiva con el
representante de PETROPERÚ.S.A y será quien verificará las condiciones de
seguridad establecidas antes de entregar la unidad al Conductor.
DEL SUPERVISOR SHE
EL TRANSPORTISTA debe contar corporativamente con un Supervisor de Seguridad,
Salud y Ambiente (Supervisor SHE), quien velará porque el servicio de transporte se
desarrolle con óptimas condiciones de operación, mantenimiento, seguridad, salud,
protección ambiental y, relaciones comunitarias.
La función de supervisor SHE y Supervisor de Flota, podrá ser asumida por una sola
persona.
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Adjunto Nº. III
Contenido de Bitácora
BITACORA
N°
Tipo Combustible
Cantidad (Glns)
Origen
Destino
N° Guía Remisión
Transportista
Placa deTracto
N° T. de Aforo
Placa de Cisterna
N° T. Cubicación
Conductor o Supervisor
[Apellidos y Nombres]
RPM o celular
Fecha
Hora Inicial
Hor
a
Fina
l
Hito
Localidad
Comentario(s) o Aspectos Relevantes
Inspección de cisterna vacía
Arribo a Terminal
Inicio de Carguío
Termino de Carguío
Pesaje cisterna e internamiento
Salida e inicio tránsito a destino
Llegada a Puesto Control
Salida de Puesto Control
Llegada a Planta destino
Fiscalización de Combustible
Inicio de Descarga
Termino de Descarga
Salida de Planta
Comentarios u Observaciones del Conductor o Supervisor del Transportista:
Firma:
del Conductor o Supervisor del Transportista
Comentarios u Observaciones del Operador / PETROPERU
Apellidos y Nombres
Firma:
del Operador/PETROPERU
Apellidos y Nombres
Notas:
1.
El Conductor, Supervisor y/o Líder del Convoy, registrará los tiempos de paradas, hechos relevantes durante el recorrido de la Unidad, así como
todas las incidencias durante el carguío, descanso, transporte, control de mediciones, descarga, etc.
2.
Este documento será remitido a PETROPERU S.A.
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ADJUNTO Nº. IV
ESTRUCTURA DEL PLAN DE CONTIGENCIA
1.
2.
Objetivo.
Organización y responsabilidades.
 Organización.
 Identificación de partes responsables.
3.
Evaluación de riesgo.
 De los productos transportados.
 De las rutas de envío.
 De la entrega.
 Evaluación del Riesgo.
 Resultado de la evaluación del riesgo.
4.
Sistema de notificación y sistema de comunicaciones.
 Procedimientos de notificación.
5.
6.
Equipos de emergencia y prontitud de los mismos.
Procedimientos preventivos
 Programa de mantenimiento.
 Selección de equipo (Para productos de transporte y entrega).
 Calificaciones del personal y frecuencia de evaluación competente.
 Preparación pre-viaje (Inspección de equipos, información de la ruta).
 Documentación que acompaña al envío.
 Etiquetado del producto y carteles en el vehículo.
 Restricciones de ruta.
 Comunicación durante el transporte.
 Procedimiento de entrega de productos.
7.
Procedimientos de emergencia.
 Caída accidental del producto durante el transporte.
 Derrame accidental durante la entrega.
 Acciones delictivas y/o pérdidas intencionales contra la unidad o carga (asalto).
8.
Procedimientos después de la emergencia.
 Investigación y reporte del incidente
 Seguimiento de acciones recomendadas.
 Evaluación de impacto a la salud pública y al medio ambiente.
9.
Entrenamiento y prácticas.
 Requerimientos del entrenamiento por puesto.
 Practicas / simulacros.
10. Programa de mantenimiento del plan de contingencias.
 Frecuencia de la revisión y actualización de los planes.
 Compromiso y participación de los grupos asociados (Proveedor, transportista, cliente, los
que dan la primera respuesta en forma local) con planes de revisiones y actualizaciones.
11. Anexos
Anexo A: Instructivos generales para la atención de emergencias.
Anexo B: MSDS de los productos y cartilla de seguridad.
Anexo C: Lista de teléfonos de Emergencia.
 Anexo C-1: Hospitales y Clínicas.
 Anexo C-2: Delegaciones Policiales.
 Anexo C-3: Compañías de Bomberos.
 Anexo C-4: Teléfonos Disponibles en la Ruta.
Anexo D: Formato Recepción de Emergencia.
Anexo E: Kit de Respuesta a Emergencias.
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ADJUNTO Nº V
1.
SEGUROS
El Transportista deberá proporcionar a PETROPERU, previo al inicio del servicio, original o
copia certificada de las pólizas de seguro o certificados de seguros expedidos por la
Compañía de Seguros, adjuntando copia del documento que acredite el pago de las primas
correspondientes.
1.1.
POLIZA DE SEGURO DE TRANSPORTE

El Transportista deberá contratar una Póliza de Seguro de Transporte que incluya las
coberturas siguientes:
1. Accidente al Medio de Transporte.
2. Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo.
3. Robo y/o Asalto.

La suma asegurada de la póliza resultará de la conjunción de la capacidad de la
cisterna y el valor comercial de la carga.

La póliza de seguro deberá estar endosada a favor de PETROPERU. El endoso no
debe ser extensivo al pago de la prima.
1.2.
POLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

El Transportista deberá contratar una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil
Extracontractual, por un monto mínimo US$/.1,000,000.00 ( Un millón de dólares
americanos) en el caso de resultar ganador de la Buena Pro un solo postor para el
Item1 o para los 03 Ítems, y de resultar ganadores de la Buena Pro postores
diferentes para los Ítems 2 y 3, deberán contratar una Póliza De Seguro de
Responsabilidad Civil Extracontractual, por un monto mínimo del contrato con el cual
resultaron ganadores de la Buena Pro, que cubra los daños a terceros (bienes y
personas), el cual deberá tener cobertura nacional para el transporte por carretera, e
incluir la cláusula de vías no autorizadas.

Esta póliza deberá incluir la cobertura de Daños al Ambiente y Gastos de
Remediación y Limpieza. La Suma Asegurada no será menor a 60 UIT, de acuerdo a
lo exigido por la normativa vigente.

Esta Póliza deberá incluir a PETROPERU, sus agentes, funcionarios y empleados
como Asegurado Adicional y Tercero Beneficiario.
1.3.
PÓLIZA DE SEGURO OBLIGATORIO CONTRA ACCIDENTES DE TRÁNSITO – SOAT

1.4.
Certificados SOAT vigentes de las unidades que brinden el servicio de transporte, por
el número de unidades que brindan el servicio según los ítems convocados.
SEGURO COMPLEMENTARIO DE TRABAJO DE RIESGO
Deberá incluir la cobertura de salud (ESSALUD O EPS) y la cobertura de pensión por invalidez,
sobrevivencia y sepelio (ONP o Empresas de Seguro debidamente acreditadas), para cada uno
de los choferes que realizará el servicio, según lo establecido en la Ley N° 26790
DISPOSICIONES GENERALES PARA AMBAS POLIZAS:
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








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GERENCIA OLEODUCTO
Las pólizas de seguros tienen el carácter de primarias, con respecto a los intereses
de PETROPERÚ y cualquier otro seguro contratado por PETROPERÚ, es en exceso
y no concurrente.
La aseguradora renuncia a su derecho de subrogación contra PETROPERÚ, sus
agentes, funcionarios y empleados.
Las pólizas de seguros deberán incluir una disposición por la cual se estipule que la
aseguradora deberá cursar notificación por escrito a PETROPERÚ en caso fuera a
producirse alguna modificación, anulación de las pólizas o incumplimiento de pago de
las primas.
DISPOSICIONES PARA INCLUIR EN EL NUMERAL RESPONSABILIDAD DEL
CONTRATISTA:
Las pólizas de seguros deberán ser emitidas por Compañías de Seguros sujetas al
ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
Las pólizas de seguros deberán mantenerse vigentes durante el plazo de tiempo que
dure el servicio; copia de dichas pólizas así como copia de los comprobantes de pago
de las primas serán entregadas a PETROPERÚ, para su revisión y conformidad a
cargo del Administrador del Contrato.
En el supuesto caso que las pólizas de seguros sean insuficientes o no puedan
ejecutarse por cualquier motivo, ante la eventualidad de un siniestro, el Contratista
asumirá directamente el pago de la indemnización a terceras personas, así como a
PETROPERU y a su personal.
En caso de siniestro, el importe del deducible será asumido por el Contratista.
PETROPERU será íntegramente indemnizado.
El Contratista está obligado a reportar todo siniestro a la compañía de seguros y
luego comunicarlo por escrito a PETROPERÚ en el plazo de 12 horas. Todo pago o
multa por causa de incumplimiento, será asumido en su totalidad por el
CONTRATISTA.
Las indemnizaciones que se paguen a PETROPERU por pérdidas o daño de
producto de su propiedad no estarán afectas a ningún descuento por deducible.
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ADJUNTO VI
VALORIZACIÓN N°………………….
CONTRATO N° …………………………………………...
Empresa:
Qty
Valorización
Monto Contratado
S/.
Monto Facturado hasta la
Fecha S/.
Monto Pendiente de
Ejecución S/.
Factura N°.
Fecha
Factura
Fecha firma contrato
Fecha inicio del
servicio
fecha vencimiento del
contrato
Volumen
(Gls)
Precio
unitario (S/.
/Gls)
Monto
facturado
SIN IGV
IGV
Monto
facturado
con IGV
% Avance
Contractual
Facturado
TOTAL
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ADJUNTO VII
METODOLOGIA DE EVALUACION DE LAS PROPUESTAS
La Evaluación de las propuestas para cada Ítem se realizará en dos etapas: La Primera Etapa
es la Evaluación Técnica, cuya finalidad es calificar la calidad de la propuesta conforme a los
factores, criterios y puntajes establecidos en este Anexo; y la Segunda Etapa es la Evaluación
Económica, cuyo objeto es calificar el monto de la propuesta.
1.
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (PTi):
La Evaluación Técnica se realizará a su vez en dos partes:
La Primera parte se evaluará el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos del
Servicio.
La Segunda parte calificará las propuestas de acuerdo a los Factores de Evaluación
establecidos en este Anexo, con asignación de puntajes.
1.1. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS PARA SER ADMITIDA LA PROPUESTA:
Se evaluará el cumplimiento total de los Requerimientos Técnicos Mínimos del
Servicio de Transporte de Combustible de acuerdo con los documentos solicitados en
el Anexo N° 1 para ser ADMITIDA a la Etapa de Calificación de la Propuesta
Técnica.
Las propuestas que no cumplan con estos Requerimientos Técnicos Mínimos
establecidos en los Términos de Referencia o lo hagan parcialmente serán NO
ADMITIDAS, según se indica:
REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS DE LA PROPUESTA
Propuesta CUMPLE los Requerimientos Técnicos Mínimos
Propuesta NO CUMPLE con todos los Requerimientos Técnicos
Mínimos
OBSERVACIÓN
ADMITIDA
NO ADMITIDA
1.2. CALIFICACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA:
La Propuesta Técnica se calificará sobre un máximo de cien (100.000) puntos y el
puntaje mínimo para acceder a la Evaluación Económica es de ochenta (80.000)
puntos en la Evaluación Técnica.
Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo serán
DESCALIFICADAS, quedando así fuera del Proceso de Selección.
Se calificará por Ítem de acuerdo a los siguientes factores:
1.2.1. EXPERIENCIA DEL POSTOR (PEPi)
(Puntaje máximo 50 puntos)
 El puntaje se asignará de acuerdo al Monto Total Facturado en la prestación
de Servicios de Transporte Terrestre de Combustibles; ejecutados en el
periodo de los últimos de diez (10) años hasta la fecha de Presentación de
Propuestas y para un máximo de 10 servicios, de acuerdo con el Formato
N° 01, debidamente acreditado con copia simple de los comprobantes de
pago o facturas canceladas. Asimismo puede acreditarse con copia simple
del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación del
Servicio o, en su defecto, con copia simple de los comprobantes de pago o
facturas canceladas.
 El postor que a la fecha de presentación de propuestas este ejecutando un
contrato y requiera sustentar dicho servicio como experiencia del postor,
solo se le considerara el monto facturado hasta antes de la fecha de
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



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presentación de propuestas, debiendo presentar la copia del contrato y
copia simple de los comprobantes de pago cancelados, o en su defecto
copia simple del contrato y un documento de conformidad que acredite la
ejecución parcial del servicio hasta antes de la fecha de presentación de
propuestas.
La documentación que acredita la ejecución parcial del servicio, hasta antes
de la fecha de presentación de propuestas, que actualmente estén
prestando a favor de PETROPERU SA., deberá ser solicitada al
administrador del servicio; en caso el administrador del servicio acceda a su
solicitud y les emita los documentos solicitados, éstos serán considerados
como documentos válidos sujetos a evaluación.
El documento de conformidad de culminación de la prestación del servicio
debe contener como mínimo la siguiente información; nombre de la Entidad
contratante, denominación del servicio, monto total del servicio ejecutado,
fecha de inicio/término del servicio y comentarios relacionados con la
prestación del servicio, No se aceptaran contratos que hayan sido resueltos
por causas imputables al TRANSPORTISTA.
En caso de consorcio se sumarán los montos sustentados por cada
integrante que ejecutará el Servicio.
En caso de documentos con montos en dólares, se utilizará el tipo de
cambio publicado en la página Web de la SUNAT, tomando como base la
fecha del documento presentado. Los montos considerados serán
nominales, es decir no estarán sujetos a indexación.
De acuerdo al escenario que postule el postor, se asignará el puntaje como
sigue:
Escenario 1: Postor concursa para la ruta hacia Planta El Milagro:
MONTO TOTAL FACTURADO
PUNTAJE
Postor que ACREDITE un Monto Total Facturado IGUAL O MAYOR a
S/. 22´000,000.00 , se le asignará:
50
Postor que ACREDITE un Monto Total Facturado MAYOR a S/. 10
´000,000.00 y MENOR a S/. 22´000,000.00, se le asignará:
Interpolación
Postor que ACREDITE un Monto Total Facturado IGUAL O MENOR a
S/.10’000,000.00, se le asignará:
0.0
Escenario
Escenario 2: Postor concursa para la ruta hacia Estación 6:
MONTO TOTAL FACTURADO
PUNTAJE
Postor que ACREDITE un Monto Total Facturado IGUAL O MAYOR a
S/. 1´000,000.00 , se le asignará:
50
Postor que ACREDITE un Monto Total Facturado MAYOR a S/.
500,000.00 y MENOR a S/. 1´000,000.00, se le asignará:
Interpolación
Postor que ACREDITE un Monto Total Facturado IGUAL O MENOR a
S/.500,000.00, se le asignará:
0.0
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Escenario
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Escenario 3: Postor concursa para las rutas hacia Terminal Bayóvar y
Estaciones 9 y 8:
MONTO TOTAL FACTURADO
PUNTAJE
Postor que ACREDITE un Monto Total Facturado IGUAL O MAYOR a
S/. 1´500,000.00 , se le asignará:
50
Postor que ACREDITE un Monto Total Facturado MAYOR a S/.
750,000.00 y MENOR a S/. 1´500,000.00, se le asignará:
Interpolación
Postor que ACREDITE un Monto Total Facturado IGUAL O MENOR a
S/.750,000.00, se le asignará:
0.0
Para cada escenario, el/ los postor(es) será(n) evaluado(s) de forma
individual por el/los escenario(s) al que concursa.
Nota: Si el postor postula a los tres (03) Ítems, sólo presentara por el monto
determinado para el Ítem mayor (Ítem 1).
1.2.2. UNIDADES PROPUESTAS (50 puntos)
 Se considerarán las Unidades (Tracto y Cisternas) propias, leasing o
alquiladas, que serán verificados de acuerdo a la tarjeta de propiedad.
Nota: las unidades propuestas por el postor deben cumplir con lo
establecido en el adjunto Nº. II, camiones- cisterna y conductores.
 El puntaje se asignará de acuerdo a la antigüedad de las unidades
propuestas, teniendo en consideración el Año de Fabricación indicado en la
Tarjeta de Propiedad, debidamente sustentado con copia simple de la
misma.
 Indicar como mínimo el número de unidades requeridas según el escenario:
ITEM 1: Postor que concursa para la ruta hacia Planta El Milagro:
Presentará como mínimo dieciocho (18) camiones-cisterna principales y tres
(03) de reemplazo: Total 21.
ITEM 2: Postor que concursa por la ruta hacia Estación 6:
Presentará como mínimo presentar una (01) camión-cisterna principal y una
(01) de reemplazo. Total 02
ITEM 3: Postor que concursa para las rutas hacia Terminal Bayóvar y
Estaciones 9 y 8:
Presentará como mínimo presentar dos (02) camiones-cisterna principales y
una (01) de reemplazo: Total 03.
Para cada unidad (tracto y cisterna) se tomará la antigüedad de cada uno,
para ser calificados, siendo el promedio de ambos el puntaje de la unidad
propuesta.
NOTA: Para los 03 Ítems se evaluarán tanto las Unidades Principales y las
de Reemplazo, es decir para el Ítem 01: 21 Unidades, Para el Ítem 2: 02
Unidades y para el Ítem 3: 03 Unidades.

El puntaje de este parámetro será el promedio de los puntajes obtenidos por
cada unidad propuesta.
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GERENCIA OLEODUCTO
PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR

Todas las unidades propuestas cuyo motor haya sido reemplazado por uno
nuevo de las mismas características, se le asignará el puntaje del nivel
inmediato superior al que le corresponde de acuerdo al año de fabricación
del tracto. La adquisición e instalación de un motor se sustentará con las
facturas correspondientes y la inclusión de los nuevos datos en la tarjeta de
propiedad.
Para cada escenario al cual concurse el Postor, se avaluará su propuesta de
acuerdo al puntaje siguiente:
AÑOS DE ANTIGÜEDAD
PUNTAJE
Del 2010 al 2014
Del 2007 al 2009
Del 2003 al 2006
2002 y antes
50
40
30
00
1.2.3. PUNTAJE TOTAL DE LA EVALUACIÓN TÉCNICA (PTi)
Por cada escenario que postule el postor, se asignará el puntaje como sigue:
N°
FACTOR
PUNTAJE MÁXIMO
1
2
EXPERIENCIA DEL POSTOR
UNIDADES PROPUESTAS
PUNTAJE TOTAL
50.
50.
100.
Para cada escenario, el/ los postor(es) será(n) evaluado(s) de forma
individual por el/los escenario(s) al que concursa.
Para el caso del escenario N° 3, “Postor concursa por las rutas hacia
Terminal Bayóvar y Estaciones 9 y 8” se calculará su puntaje técnico por el
total de dichas estaciones.
2.
EVALUACIÓN ECONÓMICA (PEi)
La Evaluación de la Propuesta Económica se calificará sobre un máximo de cien
(100) puntos.
Sólo se realizará la Evaluación Económica de las propuestas calificadas en la
Evaluación Técnica.
La Evaluación Económica se efectuará teniendo en cuenta lo siguiente:
Se asignará un puntaje máximo de 100 puntos a la Propuesta con el Menor monto
por cada escenario al que concurse el postor, y se asignará como sigue:
.
Al resto de propuestas se asignará el puntaje de acuerdo a la siguiente fórmula:
PEi 
(Propuesta Económica de Menor Monto) 100
Propuesta Económica del postor (i)
Para el caso del escenario N° 3, “Postor concursa para las rutas hacia Terminal
Bayóvar y Estaciones 9 y 8” se calculará su puntaje económico promedio del
escenario con la Sumatorias de fletes unitarios x volumen a transportar a c/estación
entre el volumen total a transportar en el escenario.
3.
EVALUACIÓN TOTAL TECNICO – ECONOMICA DE LAS PROPUESTAS (PTEi):
La Evaluación Total Técnica - Económica se obtendrá por cada uno de los 03
escenarios según concurse los postores de acuerdo a la ponderación indicada en la
siguiente expresión:
“Servicio de Transporte Terrestre de Combustible desde Planta de Ventas Talara Y Planta Ventas Piura, hacia las
Estaciones 6, 8, 9; Planta El Milagro y Terminal Bayòvar de la Gerencia Oleoducto”
PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
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GERENCIA OLEODUCTO
PTEi 1/2/3 = 0.50 x PTi + 050 x PEi
Dónde:
PTEi:
Puntaje Total Técnico-Económico del postor i en el escenario 1, 2 y/o 3
PTi
Puntaje Evaluación Técnica del postor i en el escenario 1, 2 y/o 3
PEi
Puntaje Evaluación Económica del postor i en el escenario 1, 2 y/o 3
i:
Postor
El valor PTEi final de cada oferta válida (por escenario) y los valores serán calculados
hasta el tercer decimal.
La propuesta evaluada como la mejor será la que obtenga el mayor puntaje total.
“Servicio de Transporte Terrestre de Combustible desde Planta de Ventas Talara Y Planta Ventas Piura, hacia las
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PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
FORMATO Nº 01
EXPERIENCIA DEL POSTOR.-RELACIÓN DE SERVICIOS REALIZADOS POR EL POSTOR
PARA CONCURSAR AL(LOS) ITEM (S) QUE CUBREN LA(S) RUTA(S)………………………………………..
, .. de .............. 2014
Señores
Órgano Ad-Hoc
Gerencia Oleoducto
Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.
Presente.Ref.:
N°
PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR Nº CMA-000 -2014-OLE/PETROPERÚ
“SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE DE COMBUSTIBLE DESDE PLANTA DE
VENTAS TALARA y PLANTA VENTAS PIURA, HASTA ESTACIONES 6, 8, 9, PLANTA
DE VENTAS EL MILAGRO Y TERMINAL BAYOVAR DE LA GERENCIA OLEODUCTO”.
MONTO DEL
DOCUMENTO
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
EMPRESA
SERVICIO
SUSTENTATORIO
(S/.)
1
….
…..
10
MONTO TOTAL DE SERVICIOS REALIZADOS (S/.)
Nombre, firma y sello del Gerente o Funcionario autorizado
Sello de la empresa
NOTAS:
 El puntaje se asignará de acuerdo al Monto Total Facturado en la prestación de Servicios de
Transporte Terrestre de Combustibles, ejecutados en un periodo de diez (10) años a la fecha de
Presentación de Propuestas, y se presentarán hasta un máximo de diez (10) servicios realmente
ejecutados, debidamente acreditado con copia simple de los comprobantes de pago o facturas
canceladas.
 Asimismo se considerara como servicio los contratos y sus respectivas actas de conformidad de
culminación de la prestación del Servicio o en su defecto los contratos con sus respectivos
comprobantes de pago que acrediten la ejecución del servicio. Los Comprobantes de Pago serán
considerados siempre que estén emitidas de acuerdo a las normas de la SUNAT (sello de
cancelado, en su defecto sello de recepción de la empresa o cliente que recibió el servicio).
 El postor que a la fecha de presentación de propuestas este ejecutando un contrato y requiera
sustentar dicho servicio como experiencia del postor, solo se le considerara el monto facturado
hasta antes de la fecha de presentación de propuestas, debiendo presentar la copia del contrato
y copia simple de los comprobantes de pago cancelados, o en su defecto copia simple del
contrato y un documento de conformidad que acredite la ejecución parcial del servicio hasta
antes de la fecha de presentación de propuestas.
 La documentación que acredita la ejecución parcial del servicio, hasta antes de la fecha de
presentación de propuestas, que actualmente estén prestando a favor de PETROPERU SA.,
deberán ser solicitada al administrador del servicio; en caso el administrador del servicio acceda
a su solicitud y les emita los documentos solicitados, éstos serán considerados como
documentos válidos sujetos a evaluación.
 El documento de conformidad de culminación de la prestación del servicio debe contener como
mínimo la siguiente información; nombre de la Entidad contratante, denominación del servicio,
monto total del servicio ejecutado, fecha de inicio/término del servicio y comentarios relacionados
con la prestación del servicio, No se aceptaran contratos que hayan sido resueltos por causas
imputables al Transportista(11).
(11)(11) No serán sujetas a evaluación los comentarios por mala calidad del servicio, accidentes por parte del Contratista en la Entidad Contratante, así
como incumplimientos del Contratista en las rutas.
“Servicio de Transporte Terrestre de Combustible desde Planta de Ventas Talara Y Planta Ventas Piura, hacia las
Estaciones 6, 8, 9; Planta El Milagro y Terminal Bayòvar de la Gerencia Oleoducto”
35
PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
FORMATO Nº 02
EXPERIEMCIA DEL POSTOR: RELACIÓN DE UNIDADES PRINCIPALES Y DE REEMPLAZO, PROPUESTAS
PARA EL SERVICIO DE(LOS) ITEM(S)) QUE CUBRE(N) LA(S) RUTA(S):
…………………………………………………..
Señores
ORGANO AD-HOC.
GERENCIA OLEODUCTO.
PETROPERU S.A.
Presente
Ref.:PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR
N° CMA-000 -2014-OLE/PETROPERU –PRIMERA CONVOCATORIA
N°
1
“SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE DE COMBUSTIBLE DESDE PLANTA DE VENTAS TALARA y PLANTA
VENTAS PIURA, HASTA ESTACIONES 6, 8,9, PLANTA DE VENATAS EL MILAGRO Y TERMINAL BAYOVAR DE LA
GERENCIA OLEODUCTO”
Sistema Carga
Característic
Año De
Número Dimension Capacidad
Infer. y
N° Placa
Marca
Modelo Carga Útil
a
Fabricación
De Ejes
es
Galones
Recup.
Vapores
Tracto
Cisterna
Tracto
2
Cisterna
Tracto
3
Cisterna
Tracto
4
Cisterna
Tracto
…..
Cisterna
Tracto
…..
Cisterna
.
21
.
.
NOTAS:
 El puntaje se asignará de acuerdo a la antigüedad de las unidades propuestas, teniendo en consideración




el Año de Fabricación indicado en la Tarjeta de Propiedad, debidamente sustentado con copia simple de la
Tarjeta de Propiedad. Indicar para el Ítem 01: total 21 unidades (18 unidades principales y 03 unidades de
reemplazo), para el ítem 2: Total 02 unidades (01 principal y 01 de reemplazo), para el ítem 3: Total 03
unidades (02 principales y 01 de remplazo).
En el caso de las unidades (tracto y cisterna), se promediará la antigüedad de c/u para obtener la
antigüedad de la unidad.
Cada unidad propuesta debe estar inscritas en el Registro de Transportistas de Combustibles Líquidos
(tracto y cisterna), contar con el Seguro Obligatorio para Accidentes de Tránsito, estar inscritas en el
Registro Nacional de Transporte Terrestre de Mercancías (debiendo la cisterna tener instalado un Sistema
de Carga por el fondo y un Sistema de Recuperación de Vapores); para lo cual el postor debe adjuntar los
documentos que así lo acrediten caso contrario será DESCALIFICADA la unidad.
El puntaje de este parámetro será el promedio de los puntajes obtenidos por cada unidad propuesta.
Todas las unidades propuestas cuyo motor haya sido reemplazado por uno nuevo de las mismas
características, se le asignará el puntaje del nivel inmediato superior al que le corresponde de acuerdo al
año de fabricación del tracto. La adquisición e instalación de un motor se sustentará con las facturas
correspondientes y la inclusión de los nuevos datos en la tarjeta de propiedad.
Nombre, firma y sello del Gerente o Funcionario autorizado
Sello de la empresa
“Servicio de Transporte Terrestre de Combustible desde Planta de Ventas Talara Y Planta Ventas Piura, hacia las
Estaciones 6, 8, 9; Planta El Milagro y Terminal Bayòvar de la Gerencia Oleoducto”
Propia /
alquilada
36
PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
FORMATO Nº 03
RELACIÓN DE LOS CONDUCTORES PRINCIPALES Y DE REEMPLAZO PROPUESTOS PARA
EL (LOS) ITEM(S) QUE CUBRE(N) LA(S) RUTA(S): …………………………………………………..
, .. de .............. 2014
Señores
Órgano Ad-Hoc
Gerencia Oleoducto
Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.
Presente.Ref.: PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR
Nº CMA-000 -2014-OLE/PETROPERÚ
“SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE DE COMBUSTIBLE DESDE PLANTA DE
VENTAS TALARA y PLANTA VENTAS PIURA, HASTA ESTACION 6, 8, 9: PLANTA EL
MILAGRO Y TERMINAL BAYOVAR DE LA GERENCIA OLEODUCTO”
Nombre y Apellidos: ______________________
Clase: __________________________
N°
NOMBRE Y APELLIDOS
N° DE
BREVET
Licencia de Conducir N°:________
Categoría:___________
CATEGORÍA EMPRESAS QUE
AÑOS DE
LABORÓ
EXPERIENCIA
1
2
….
….
…..
…..
……
…….
……
21
Nombre, firma y sello del Gerente o Funcionario autorizado
Sello de la empresa
NOTAS:
 Cada conductor propuesto deberán poseer Licencia de Conducir Profesional Vigente Clase A
Categoría III- C debidamente sustentado con copia simple de la Licencia de Conducir (ambos
lados). El número de conductores está relacionado con el escenario al que concursa el Postor.
 El personal conductor propuesto debe tener una experiencia mínima de tres (03) años.
“Servicio de Transporte Terrestre de Combustible desde Planta de Ventas Talara Y Planta Ventas Piura, hacia las
Estaciones 6, 8, 9; Planta El Milagro y Terminal Bayòvar de la Gerencia Oleoducto”
37
PETROPERÚ S.A.
GERENCIA OLEODUCTO
PROCESO POR
COMPETENCIA MAYOR
FORMATO N° 4
PROPUESTA ECONÓMICA DETALLADA
,
de
2014
Señores
ORGANO AD HOC.
OPERACIONES OLEODUCTO.
PETROPERU S.A.
Presente
Ref.:
PROCESO POR COMPETENCIA MAYOR
N° CMA-000 -2014-OLE/PETROPERU – PRIMERA CONVOCATORIA
“SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE DE COMBUSTIBLE DESDE PLANTA DE
VENTAS TALARA y PLANTA VENTAS PIURA, HASTA ESTACIONES 6, 8, 9, PLANTA
DE VENATS EL MILAGRO Y TERMINAL BAYOVAR DE LA GERENCIA OLEODUCTO”.
Propuesta Económica para cubrir el(los) item(s) que cubre(n) la(s) ruta(s):
……………………………………………………...
Rutas Específicas
PRECIO PRECIO PRECIO
VOLUMEN
UNITARIO TOTAL
TOTAL
REFERENCIAL
S/. / Galón
S/.
S/.
Despacho
Destino
( Galones)
sin. IGV Inc. IGV Inc. IGV
Planta de
Ventas Talara
(Vía Olmos)(*)
Planta de
Ventas Talara
(Vía Olmos)(*)
Planta de
Ventas Talara
(Vía Olmos)(*)
Planta de
Ventas Talara
(Vía Olmos)(*)
Planta de
Ventas Piura
764,000
Estación 6
Planta El
MilagroEstación 7
52´000,000
912,000
Estación 8
2´385,000
Estación 9
Terminal
Bayóvar
432,000
Costo Total del Servicio
S/.
(*) La ruta debe comprender el viaje por la carretera Piura Chulucanas, a Olmos
NOTA:
 Los Precios Unitarios deben incluir todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones,
pruebas, utilidades, gastos generales, costos laborales conforme a la legislación vigente, así
como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del Servicio.
 El Precio Total de cada ítem y el Monto Total deben ser dados o redondeados a dos
decimales como máximo, caso contrario se declarará como NO PRESENTADA la propuesta.
 Todos los costos de la propuesta deben estar expresados en la misma moneda a la indicada
en las Bases (Nuevo soles - S/.), caso contrario se declarará como NO PRESENTADA la
propuesta.
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Nombre, firma y sello del Gerente o Funcionario autorizado
Sello de la empresa
“Servicio de Transporte Terrestre de Combustible desde Planta de Ventas Talara Y Planta Ventas Piura, hacia las
Estaciones 6, 8, 9; Planta El Milagro y Terminal Bayòvar de la Gerencia Oleoducto”

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