anteproyecto sobre las politicas relativas al uso de
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anteproyecto sobre las politicas relativas al uso de
CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL I.P.N. ANTEPROYECTO SOBRE POLÍTICAS RELATIVAS AL USO DE RECURSOS DE CÓMPUTO Y EL SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS ANTEPROYECTO SOBRE LAS POLITICAS RELATIVAS AL USO DE RECURSOS DE CÓMPUTO Y EL SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRONICAS 1 Versión revisada el 28/08/2003 CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL I.P.N. ANTEPROYECTO SOBRE POLÍTICAS RELATIVAS AL USO DE RECURSOS DE CÓMPUTO Y EL SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS CONSIDERANDO • Que la infraestructura de cómputo y de comunicaciones disponible en las instalaciones del Cinvestav es parte de su patrimonio, • Que a través de esta infraestructura el Cinvestav tiene contratados servicios que lo incorporan a una red nacional e internacional, • Que con ello proporciona un servicio a su comunidad con la expectativa de hacer un buen uso de sus recursos, • Que la observancia a las normas legales vigentes, a los estatutos y reglamentos del Cinvestav, al derecho a la educación y al trabajo, al orden público, a la libertad de expresión, al derecho a la privacidad, al respeto al derecho de las personas y todo aquello dentro del marco de los principios académicos debe ser una constante en la utilización de los recursos y servicios proporcionados por el Cinvestav. Se emite el siguiente documento con las disposiciones generales sobre los recursos de cómputo y de comunicación electrónica de la Institución y el uso de los mismos. TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Las presentes políticas son aplicables y extensivas a los miembros de la comunidad del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del I.P.N., que estén autorizados para acceder a los recursos de cómputo y comunicación electrónica de la Institución. Artículo 2°.- Para los efectos de este instrumento se entenderá por: Cinvestav: Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del I.P.N. Recursos de cómputo y comunicación electrónica: Todo el equipo integrado por: • Computadoras personales 2 Versión revisada el 28/08/2003 CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL I.P.N. ANTEPROYECTO SOBRE POLÍTICAS RELATIVAS AL USO DE RECURSOS DE CÓMPUTO Y EL SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS Computadores compartidas Impresoras Equipo de digitalización (Scanners, cámaras digitales, etc.) Equipo de comunicaciones digitales (concentradores, switches, ruteadores, etc.) • Teléfonos, conmutadores • Medios físicos de comunicación • Y otros equipos que en el futuro se instalen • • • • y por los servicios de comunicación electrónica tales como: • Conexiones a Internet • Transmisión de voz y datos por telecomunicaciones tales como: o Correo de voz o Correo electrónico o Facsímiles • Transferencia de archivos • Sesión remota a servidores • Consultas a bases de datos • Hospedaje de páginas electrónicas • Y otros servicios que en el futuro se proporcionen Autoridad correspondiente: Se refiere a toda aquella persona con nombramiento como Director General, Director de Unidad, Secretario, Subdirector, Coordinador General, Jefe de Departamento, Jefe de Sección Interna o Externa y Coordinador Académico y aquellos investigadores en quienes una de las autoridades anteriores delegue responsabilidades. Administrador de cómputo: Se refiere a toda aquella persona a quien una autoridad correspondiente designa para la administración, el buen uso y el control de los recursos de cómputo y de comunicación electrónica con un ámbito de competencia definido. Usuario autorizado: Cualquier miembro de la comunidad del Cinvestav (investigadores, estudiantes y empleados), que utilicen los recursos de cómputo y comunicación electrónica con la debida autorización de la autoridad correspondiente. 3 Versión revisada el 28/08/2003 CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL I.P.N. ANTEPROYECTO SOBRE POLÍTICAS RELATIVAS AL USO DE RECURSOS DE CÓMPUTO Y EL SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS Artículo 3°.- Para los efectos de este documento, se entiende por Políticas Relativas al uso de Equipo de Cómputo y de Comunicaciones Electrónicas, al conjunto de disposiciones que deben observar todos los usuarios autorizados. Artículo 4º.- Es responsabilidad de la Coordinación General de Servicios de Cómputo Académico del Cinvestav, vigilar la estricta observancia de las políticas planteadas en el presente documento y tomar las medidas preventivas y correctivas para hacer que se cumplan. Los administradores de cómputo son solidarios con el coordinador general en la tarea de supervisión para hacer un buen uso de los recursos y de la observancia de lo dispuesto en este documento. Artículo 5°.- Los recursos deberán ser utilizados únicamente para actividades de investigación, educativas y administrativas; relacionadas directamente con las actividades sustantivas del Cinvestav. Artículo 6°.- El Cinvestav pone al servicio de su comunidad los recursos de cómputo y de comunicaciones de los que dispone para el almacenamiento e intercambio electrónico de información entre los usuarios autorizados y todas aquellas personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, instituciones, entidades y dependencias oficiales, relacionadas con las actividades sustantivas del mismo. TÍTULO II MANEJO DE INFORMACIÓN A TRAVÉS DE LA RED DE CÓMPUTO Artículo 7°.- Los recursos de comunicación electrónica del Cinvestav permiten un foro libre y abierto para fines académico, de investigación y trabajo administrativo relacionado con éste. Los usuarios tienen derecho al ejercicio de su libertad intelectual en este medio. Artículo 8°.- Toda la información que manejen los usuarios a través de la red de cómputo del Cinvestav, deberá estar relacionada con sus actividades sustantivas. 4 Versión revisada el 28/08/2003 CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL I.P.N. ANTEPROYECTO SOBRE POLÍTICAS RELATIVAS AL USO DE RECURSOS DE CÓMPUTO Y EL SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS Artículo 9°.- El usuario autorizado deberá atender las recomendaciones del administrador de cómputo y/o la autoridad correspondiente para hacer un uso manera eficiente los recursos de comunicación electrónica evitando saturar las líneas de acceso y el abuso en el uso de los mismos. Artículo 10°.- Los usuarios autorizados deberán cumplir los estándares internacionales relativos a seguridad y ética, cada vez que utilicen la red de cómputo del Cinvestav, ya que ésta los incorpora a una vasta comunidad internacional. Como un ejemplo de lo anterior un usuario autorizado puede consultar la información publicada por los equipos de respuesta a incidentes de seguridad en cómputo (http://www.cert.org, http://www.cert.unam.mx) y las organizaciones relativas a responsabilidad social en el uso de recursos de cómputo (http://www.cpsr.org, http://onlineethics.org). Artículo 11°.- Las autoridades correspondientes establecerán convenios o contratos, que garanticen el tráfico autorizado de información relativa al Cinvestav con el fin de que los programas de cómputo y bases de datos sean utilizados de manera legal. Artículo 12°.- Sin menoscabo de su libertad de expresión, los usuarios no deberán usar los recursos de comunicación electrónica en forma inapropiada o no autorizada. A título indicativo pero no limitativo, a continuación se enuncian algunos ejemplos de uso inapropiado: enviar una comunicación o utilizar recursos de comunicación electrónica, incluyendo páginas electrónicas, para discriminar, difamar, acosar o amenazar individuos o asociaciones; enviar comunicaciones anónimas o en donde la identidad del emisor se oculte; destruir o dañar equipo, programas o datos que pertenezcan a un tercero; interferir con el uso de otros sistemas de cómputo, violar los sistemas de seguridad, utilizar cuentas no autorizadas, acceder a códigos o identificación de números, envío excesivo de mensajes a través de cadenas o listas de direcciones, utilizar listas de correo no transparentes, transmisión de material pornográfico, saturar las líneas de comunicación mediante la transferencia de videos, audio, datos y radio por Internet. Artículo 13°.- Los derechos de Propiedad Intelectual otorgados a través de las respectivas autorizaciones (licencias) de uso de soporte lógico-programas de cómputo, bases de datos o creaciones multimedia están amparadas por la legislación vigente sobre la materia en México. Por consiguiente se considera como una conducta ilícita la utilización o reproducción de éstos o de cualquier otro material protegido; bien sea 5 Versión revisada el 28/08/2003 CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL I.P.N. ANTEPROYECTO SOBRE POLÍTICAS RELATIVAS AL USO DE RECURSOS DE CÓMPUTO Y EL SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS en estaciones de trabajo, en computadoras personales o en redes; sin la correspondiente autorización del titular de los derechos licenciados a menos que sea de dominio público (“public domain software”). Ninguno de los programas registrados debe ser usado en un sistema o equipo diferente de aquél a donde fue instalado y licenciado. Artículo 14°.- Los mensajes de datos (intercambio electrónico de datos, correo electrónico, Internet) son confidenciales. Ningún usuario puede interferir ni leer el correo de otros usuarios. Artículo 15°.- Los usuarios no deben usar los recursos de comunicación electrónica para propósitos personales, con o sin fines de lucro, comerciales, religiosos, políticos o ilegales. TÍTULO III DE LAS RESPOSABILIDADES DE LOS USUARIOS AUTORIZADOS Artículo 16°.- Cada usuario será responsable del buen uso de todos los recursos de cómputo y de comunicación electrónica que le sean asignados. Artículo 17°.- Es responsabilidad de cada usuario autorizado, tomar todas las medidas necesarias para que todos los recursos de cómputo y de comunicación electrónica, bajo el ámbito de su competencia se usen de forma legal y para los propósitos que el Cinvestav establece. Los investigadores Cinvestav son usuarios autorizados solidarios, responsables del buen uso que sus colaboradores hagan de los recursos. Artículo 18°.- Todos los usuarios son responsables de promover un nivel de cultura informática para el uso adecuado de los recursos del Cinvestav. Lo anterior se refiere por ejemplo a conocer las funciones y operación básica de una computadora y su correspondiente sistema operativo; a entender las funciones básicas para almacenamiento e impresión de información; a comprender los principios básicos del uso del correo electrónico y la transferencia electrónica de documentos; a entender los riesgos de contaminación por virus informáticos mediante el intercambio electrónico de documentos; a no establecer juicios sobre la calidad de los servicios de comunicación electrónica cuando no se tiene el sustento técnico necesario. 6 Versión revisada el 28/08/2003 CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL I.P.N. ANTEPROYECTO SOBRE POLÍTICAS RELATIVAS AL USO DE RECURSOS DE CÓMPUTO Y EL SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS Artículo 19º.-os usuarios podrán utilizar únicamente los servicios para los cuales están autorizados. No deberán usar la cuenta de otra persona, ni intentar apoderarse de claves de acceso de otros y no deberán intentar acceder o modificar archivos que no son de su propiedad, ni los pertenecientes a la administración del Cinvestav y otras instituciones. El usuario autorizado no debe interferir en los procesos computacionales del Cinvestav mediante acciones deliberadas disminuyan el desempeño o la capacidad de los equipos instalados. Así mismo y bajo ningún pretexto debe intentar burlar los esquemas de seguridad de los sistemas del Cinvestav. Artículo 20º.- Los usuarios autorizados no deben permitir la comunicación electrónica o de Internet a cualquier persona no autorizada o para propósitos diferentes a los establecidos en el Decreto de Creación del Cinvestav. Artículo 21º.- Los usuarios autorizados deben notificar a su jefe inmediato o a la Coordinación General de Servicios de Cómputo Académico de las violaciones a la política establecida y acerca de las deficiencias en la seguridad de la comunicación electrónica. TÍTULO IV DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS ADMINISTRADORES DE COMPUTO Artículo 22º.- Es responsabilidad de la Coordinación General de Servicios de Cómputo Académico del Cinvestav y de cada Administrador de cómputo, vigilar la estricta observancia de este instrumento en el ámbito de su competencia, tomando las medidas preventivas y correctivas para hacer que se cumpla. Artículo 23º.- El personal responsable de la operación, cuidado, manejo y uso de estos recursos de comunicación electrónica debe minimizar la pérdida de información en sus esfuerzos por mantener la privacidad y seguridad de éstas. Sin embargo, el Cinvestav no adquiere responsabilidad alguna por pérdidas de información o 7 Versión revisada el 28/08/2003 CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL I.P.N. ANTEPROYECTO SOBRE POLÍTICAS RELATIVAS AL USO DE RECURSOS DE CÓMPUTO Y EL SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS interferencia en archivos como resultado de su esfuerzo por mantener en funcionamiento óptimo los recursos de cómputo y comunicación electrónica. Artículo 24°.- La Coordinación General de Servicios de Cómputo Académico se compromete en la medida de lo posible a mantener la seguridad e integridad de las comunicaciones electrónicas. Sin embargo, por la naturaleza de la tecnología disponible, los usuarios autorizados deben reconocer que no se puede contar con una seguridad absoluta. Por lo tanto, la Coordinación General de Servicios de Cómputo Académico no asume ninguna responsabilidad por la información alterada en cualquier forma. Artículo 25°.- Cada Administrador de cómputo debe conservar en la medida de lo posible y por un periodo razonable, una bitácora de toda la actividad de los servidores de comunicación electrónica incluyendo mantenimientos, actualizaciones y registros electrónicos en el ámbito de su competencia. Tal información debe conservarse en forma privada y podrá ser dada a conocer sólo bajo petición expresa de una autoridad correspondiente. Así también, el Administrador de cómputo no será responsable cuando por causas ajenas a él se originen pérdidas de información. A título indicativo, pero no limitativo, se indican algunas situaciones de lo anterior: en presencia de siniestros o defectos de fabricación; cuando se haya borrado información por un usuario la cual no es factible recuperarla; cuando un usuario incurra en alteraciones del sistema del recurso de cómputo que utiliza; cuando hayan sido derramados agentes extraños al equipo; y cuando un usuario no autorizado logre acceder un recurso de cómputo en el cual deliberadamente se ha impedido o alterado la instalación de sistemas de seguridad. Artículo 26°.- El Cinvestav a través de la Coordinación General de Servicios de Cómputo Académico se reserva el derecho de salvaguardar los registros de la actividad del uso de los recursos electrónicos de los usuarios y podrá suministrarlos en las investigaciones que se sigan por conductas irregulares en el uso de los recursos, previa notificación a la autoridad correspondiente. 8 Versión revisada el 28/08/2003 CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL I.P.N. ANTEPROYECTO SOBRE POLÍTICAS RELATIVAS AL USO DE RECURSOS DE CÓMPUTO Y EL SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS TÍTULO V INSTALACIONES Y CONSERVACIÓN FÍSICA DEL EQUIPO DE CÓMPUTO Y COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS Artículo 27°.- Se recomienda que los recursos de cómputo y comunicaciones electrónicas se instalen en lugares adecuados, lejos del polvo, tránsito de personas o agentes externos que contribuyan a deteriorarlo. Así también, la instalación eléctrica de tales recursos se apegará a las especificaciones técnicas de cableado y circuitos de protección necesarios. Artículo 28º.- La conservación física del equipo de cómputo y comunicaciones electrónicas, quedará sujeta a los siguientes lineamientos: • No mover el equipo sin la autorización correspondiente. • No desarmar el equipo ni abrir las cubiertas que lo protegen. • No obstruir las rejillas de ventilación del equipo, ya que puede causar sobrecalentamiento y daño al equipo. • Mantener limpia y ordenada el área donde se encuentra ubicado el equipo. • Efectuar limpiezas externas periódicas al equipo para evitar que se acumule polvo en el mismo, utilizando un paño o algodón y alcohol o agua con detergente. • Proteger el equipo cuando no esté en uso con cobertores de tela impermeable. • Verificar que las armaduras eléctricas de los tomacorrientes, estén polarizadas (que tengan tierra física). • No conectar otros aparatos eléctricos como cafeteras, máquinas de escribir, radios, etc. en el mismo tomacorriente donde está instalado su equipo de cómputo. • No colocar aparatos o extensiones eléctricas encima del equipo, pues pueden causar interferencia electromagnética. • No tener comida ni bebidas de ningún tipo cerca del equipo para evitar que ocurra un cortocircuito o la proliferación de plagas. 9 Versión revisada el 28/08/2003 CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL I.P.N. ANTEPROYECTO SOBRE POLÍTICAS RELATIVAS AL USO DE RECURSOS DE CÓMPUTO Y EL SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS • No introducir objetos extraños ni partes pequeñas como grapas, clips o artículos de metal, dentro del CPU, teclado o impresora, pues pueden causar un corto circuito al equipo. • No utilizar en el equipo disquetes de dudosa procedencia o con juegos, ya que pueden contener virus que afecten ó modifiquen su información. • Configurar las máquinas en modo de ahorro de energía. • Aplicar mantenimiento preventivo al equipo, por lo menos dos veces al año. CONSIDERACIONES FINALES: El uso de los recursos de cómputo y de los servicios de comunicación electrónica es un privilegio, no un derecho, y el Cinvestav puede revocar este privilegio o declinar a extenderlo, en cualquier momento cuando se compruebe el uso inapropiado de los mismos. El incumplimiento de las políticas aquí presentadas puede tener como consecuencia la cancelación temporal de la cuenta de acceso a cualquier servicio de cómputo y de comunicación electrónica del Cinvestav, y en algunos casos, la suspensión definitiva de la misma. En otros casos y dependiendo de la naturaleza de la acción se analizará el caso particular y se adoptarán las medidas pertinentes, de acuerdo con lo establecido para sanciones disciplinarias en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en la Reglamentación Académica y Administrativa del Cinvestav y del reglamento que se origine para el cumplimiento de las políticas objeto de este documento. TRANSITORIOS: 1º. Este documento será vigente a partir de su aprobación en la reunión del Consejo Académico Consultivo del Cinvestav programada para el 2 de septiembre de 2003. 2º. La primera revisión de este documento se hará a más tardar a los 12 meses de su entrada en vigor por la comisión designada por el Consejo Académico Consultivo. 10 Versión revisada el 28/08/2003 CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS DEL I.P.N. ANTEPROYECTO SOBRE POLÍTICAS RELATIVAS AL USO DE RECURSOS DE CÓMPUTO Y EL SERVICIO DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS ANEXO 1. Comisión designada por el Consejo Académico Consultivo para la revisión de las Políticas Relativas al Uso de Recursos de Cómputo y el Servicio de Comunicaciones Electrónicas del Cinvestav. Dra. María de Jesús Rosales Hoz. Jefa del Departamento de Química. Dr. Daniel Martínez Fong. Jefe del Departamento de Fisiología, Biofísica y Neurociencias. Dr. Ernesto Suaste Gómez. Jefe del Departamento de Ingeniería Eléctrica. Dr. José Luis Leyva Montiel. Director de la Unidad Guadalajara del Cinvestav. 11 Versión revisada el 28/08/2003