Crimen y castigo

Transcripción

Crimen y castigo
Legislación
Crimen y castigo
El proyecto de reforma del Código Penal se propone
acentuar por enésima vez la dimensión punitiva del
aparato legislativo. Una nueva vuelta de tuerca a un
sistema extremadamente duro y muy costoso en
términos económicos que acumula más sombras que
luces en su haber.
foto: Aloriel /CC/ flickr.com
Si emprendemos el ejercicio reduccionista, pero
indiscutiblemente útil, de contemplar la realidad
a través del prisma que nos ofrece la frialdad de
los números y la estadística, nos encontraremos
con que en el Estado español se cometen pocos
delitos –por debajo de la media europea- pero
se encarcela a muchas personas que, además,
permanecen durante largos periodos de tiempo
privados de libertad. Efectivamente, en ningún
país de Europa se da una proporción mayor de
reclusos por habitante que en España. Y el
crecimiento de la población reclusa se expresa
en términos exponenciales. En los veinte años
que van de 1990 a 2010, por ejemplo, la cifra de
personas privadas de libertad su duplicó y también
aumentó el número de reos que permanecían
en prisión preventiva, es decir, a la espera de
juicio pero sin condena en firme que justificara
su reclusión.
Sin embargo, pese a la rotundidad de estos datos
y según demuestran los recurrentes estudios de
opinión, la percepción que una parte muy
importante de la población española mantiene
respecto a su realidad circundante parece
irremediablemente divorciada de la verdad. Así,
por ejemplo, al mismo tiempo que descendían
en términos estadísticos las tasas de criminalidad,
aumentaba imparablemente la sensación de
inseguridad entre muchos ciudadanos. Y cuanto
más severas resultaban ser las condenas, más
y más cómodamente se instalaba en el imaginario
popular la convicción de que el nuestro era un
sistema penal excesivamente laxo y
condescendiente con la delincuencia.
¿Cómo es posible que el común de la ciudadanía
haya llegado a vivir tan alejado del verdadero
rostro de un sistema penal excesivamente severo
y más atento al castigo que a la vocación
rehabilitadora que le otorga la Constitución?
Mucho se podría decir al respecto de una cuestión
compleja y llena de ángulos, pero no hay duda que
para entender semejante fenómeno de distanciamiento
es necesario utilizar recurrentemente el término
‘irresponsabilidad’. Irresponsablemente han
actuado en muchos casos algunos medios de
comunicación poco escrupulosos a la hora de
confeccionar el titular más llamativo y alimentar
sainetes con los que mantener la atención
permanente de su público. Más grave aún, si
cabe, es la irresponsabilidad con la que ha
actuado buena parte de la clase política agitando
los fantasmas del miedo con tal de extraer réditos
electorales y presentarse ante la opinión pública
como adalides del orden y la seguridad frente a
un escenario de Apocalipsis cuidadosamente
diseñado. Son estos fantasmas del miedo los
que acaban dando forma a esa entelequia
llamada ‘alarma social’ que una y otra vez se ha
invocado para remendar el Código Penal en una
única dirección: más cárceles, más presos, más
años de estancia en prisión.
El resultado de esta carrera por hacerse con el
título del enérgico entre los enérgicos a la hora
de impartir una justicia que, por momentos, puede
llegar a confundirse con el más bilioso término
de venganza, es un Código Penal remozado
hasta la extenuación y que corre el riesgo de
acabar ebrio de severidad. Imposibilitado para
su propósito de ser instrumento de reinserción
en el tejido social de quien ha incurrido en
actitudes punibles. Punto y final de la persona,
en lugar de tránsito -doloroso, pero tránsito hacia una segunda oportunidad.
Los primeros aspectos que han trascendido de
la reforma planteada por Gallardón muestran
que estamos ante un agravamiento de esta
tendencia común a las sucesivas modificaciones
del Código Penal emprendidas en las últimas
décadas. Nada de lo que el ejecutivo popular ha
decidido mostrar ante la opinión pública de este
proyecto todavía embrionario guarda relación
con conceptos como el de reinserción o, incluso,
el de prevención de los delitos. Ninguna palabra
sobre la necesaria corrección de la situación de
desigualdad y falta casi absoluta de oportunidades
que, no lo olvidemos, está en la base y en el
"
No parece existir voluntad
alguna de abordar la
problemática de la delincuencia
desde sus raíces profundas, tan
solo el deseo de copar titulares
y exhibir mano dura. Incluso
cuando esa mano dura tenga
un dudoso encaje en la
Constitución
"
origen de una parte más que significativa de la
actividad criminal. Tampoco se ha mencionado que
la reforma piense incluir algún tipo de revisión de
los mecanismos de punición con los que combatir
la delincuencia económica de altos vuelos que tanto
contribuye a sangrar nuestra sociedad. No parece
existir voluntad alguna de abordar la problemática
de la delincuencia desde sus raíces profundas, tan
solo el deseo de copar titulares y exhibir mano dura.
Incluso cuando esa mano dura tenga un dudoso
encaje en la Constitución y en los principios más
básicos de la humanidad, tal y como sucede con
figuras de nuevo cuño como el de prisión permanente
revisable –prisión perpetua con un leve
edulcoramiento- o el de la custodia de seguridad,
puerta abierta a la arbitrariedad de prorrogar las
condenas a discreción.
Por supuesto, también es necesario albergar reservas
frente a las escuetas y todavía indefinidas menciones
a la criminalización de determinadas formas de
protesta social que, por otra parte, ya están
contempladas en la versión todavía vigente del
Código Penal. Se hace difícil no pensar que esta
revisión en clave de castigo de la contestación social
guarda relación con el incremento de la conflictividad
que, de un modo lógico, conlleva la creciente
degradación del escenario social como consecuencia
de las políticas económicas emprendidas contra los
intereses del común de la colectividad.
"
No es posible dejar de
preguntarse para cuándo una
reforma del Código Penal que
tenga por prioridad el ofrecer a
quien comete un crimen la
posibilidad de redimirse y abra
vías hacia una Justicia que no
haga oídos sordos a la voluntad
de reconciliación
"
No es posible dejar de preguntarse para cuándo
una reforma del Código Penal que tenga por prioridad
el ofrecer a quien comete un crimen la posibilidad
de redimirse y abra vías hacia una Justicia que no
haga oídos sordos a la voluntad de reconciliación.
No será posible mientras nuestras cárceles padezcan
una sobrepoblación que anula los loables esfuerzos
de las personas que cada día trabajan para posibilitar
la reinserción de quienes purgan allí, a menudo
desmesuradamente, sus culpas. Construir cárceles
no es el mejor modo de combatir el crimen ni ganar
seguridad. Si así fuera, haría siglos que la
criminalidad pertenecería al capítulo de malos
recuerdos de la Humanidad. ¿Cuánto tiempo ha de
pasar antes de entender una lección tan obvia?

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