contratistas
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DIRECCIÓN DE SISTEMAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN ¿Qué es CompraNet? § Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, sobre adquisiciones, arrendamientos, obras públicas y servicios relacionados con las mismas. § Su uso es obligatorio para todas aquellas compras gubernamentales que se realicen con los recursos federales que reciben los Municipios, Dependencias, Entidades y Organismos del Estado de Puebla (obra desde $1.00 y adquisiciones desde 300 salarios mínimos del D.F.). § Se emplea desde que los municipios, dependencias, entidades y organismos reciben recursos para la obra o adquisiciones y concluye con la captura en el sistema de los datos relevantes del contrato. ¿ En que consiste CompraNet ? Consiste en la automatización de las distintas etapas del proceso de contratación, a través de la conexión por medio de computadoras y redes de datos, de las unidades compradoras y de los proveedores o contratistas. Así también dar a conocer las necesidades de compra de Instituciones Gubernamentales para que proveedores y contratistas puedan presentar sus ofertas. ¿ Cuál es la función de CompraNet ? CompraNet permite a las Unidades Compradoras del gobierno dar a conocer por medios informáticos sus demandas de bienes, servicios, arrendamientos y obras públicas y posteriormente, continuar con todo el proceso de contratación. Adicionalmente el sistema tiene disponibilidad de información de acceso público, para que cualquier ciudadano pueda conocer las contrataciones que se realizan en el sistema. ¿ Cuál es el objetivo de CompraNet ? • Establecer mecanismos más ágiles en los municipios, dependencias, entidades y organismos para los distintos procesos relacionados con las contrataciones gubernamentales. • Reducción de costos administrativos y de personal, así como, eliminar la intervención directa de los funcionarios públicos. • Facilitar la participación de las empresas en las contrataciones gubernamentales. • Contar con un mecanismo transparente de información para la sociedad, sobre los procesos de compras del gobierno. ¿ Cuál es el objetivo de CompraNet ? • Disminución de la corrupción. • Poder participar en un proceso de contratación gubernamental, desde una computadora conectada a Internet. • Crear una base de datos de todos los proveedores y contratistas, así como, establecer la lista de las personas físicas y morales sancionadas por algún órgano interno de control. • Encriptar información. ¿ Que impacto tiene CompraNet ? De acuerdo a un estudio hecho por la Secretaría de la Función Pública, titulado “Encuesta sobre Corrupción y Actitudes Ciudadanas” en el cual se obtuvieron los resultados siguientes: - El 25% de los ciudadanos considera que es importante resolver el problema de corrupción. - El 49% considera que sigue igual la corrupción. - El 44% cree que es poco probable lograr que la corrupción ya no sea un problema en México. - El 49% asegura que hay mas transparencia, y opina que ahora se sabe mas de los casos de corrupción que en el pasado… ¿ Que impacto tiene CompraNet ? - El 34% considera que el principal responsable de que exista la corrupción es el gobierno. - El 62% juzga que gobierno y ciudadanos comparten la responsabilidad. Considerando esta situación el Sistema CompraNet está creando la cultura necesaria para fomentar el uso de las tecnologías, brindando información a la ciudadanía acerca de lo que la Secretaría de la Función Pública esta realizando. En CompraNet se da la transparencia por medio de los procesos de licitación de las compras gubernamentales. Los problemas de transparencia se presentan debido a la cultura de la gente en México. Así mismo, la corrupción en nuestro país, de alguna manera, no es tan fácil erradicarla y cambiarla. ¿Cuáles son las ventajas de CompraNet? 1. Se contribuye a la transparencia en la aplicación de los recursos recibidos. 2. Se tiene información del proceso de licitación de las obras y/o adquisiciones en tiempo real. 3. Se da uniformidad a los procesos de contratación gubernamental. 4. Se hace pública la información derivada de esos procesos y se tiene acceso a ella desde cualquier computadora conectada a internet. ¿ Quienes intervienen en CompraNet ? § El Responsable de la Unidad Compradora: representado por el ciudadano Presidente Municipal en turno, quien designará a la persona encargada de administrar la unidad, mismo que deberá realizar los siguiente: - Cambio de responsable de la Unidad Compradora. - Baja del Administrador (Administración saliente). - Alta de nuevo Administrador. § El Administrador: comúnmente es el Director de Obras Públicas, quien podrá hacer las adjudicaciones, invitaciones a tres y licitaciones (o de preferencia alguien que tenga conocimiento en obra pública). Marco Normativo de Referencia ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL Con la reforma de mayo del 2009 las anteriores obligaciones se hacen extensivas a los estados, municipios y órganos político administrativos de sus demarcaciones territoriales y se incorpora la obligación de administrar estos los recursos con economía y transparencia. El texto vigente establece: Primer párrafo: “Los recursos económicos de que dispongan la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales, se administrarán con eficacia, eficiencia, economía, transparencia y honradez y para satisfacer los objetivos a los que estén destinados”. Tercer párrafo: Las contrataciones públicas (adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones, prestación de servicios u obras) “se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.” Marco Normativo de Referencia ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL Cuarto párrafo: “Cuando las licitaciones … no sean idóneas para asegurar dichas condiciones, las leyes establecerán las bases, procedimientos, reglas, requisitos y demás elementos para acreditar la economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado”. Quinto párrafo: “El manejo de recursos …, se sujetará a las bases de este artículo y a las leyes reglamentarias. La evaluación sobre el ejercicio … se realizará por las instancias técnicas de las entidades federativas a que se refiere el párrafo segundo de este artículo”. Sexto párrafo: “Los servidores públicos serán responsables del cumplimiento de estas bases en los términos del Título Cuarto de esta Constitución”. Marco Normativo de Referencia ARTÍCULO 134 CONSTITUCIONAL En resumen tenemos que: 1.- Los recursos del Estado deben administrarse con eficiencia, eficacia, economía, transparencia, imparcialidad y honradez; 2.- Desde el texto original de febrero de 1917, la regla general prevista en el artículo 134 para contratar debe ser la licitación pública; 3.- En las contrataciones públicas se deben asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; 4.- Cuando la licitación no es idónea para asegurar las mejores condiciones, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios relacionados con el Sector Público (LAASSP) establece las bases, . procedimientos, reglas y requisitos para que en este caso se acredite que con la excepción utilizada, se cumplen los principios constitucionales de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez; 5.- El manejo de los recursos asignados debe sujetarse a las bases previstas en la Constitución y a las leyes reglamentarias; 6.- La evaluación sobre el ejercicio de los recursos públicos está a cargo de las instancias técnicas correspondientes, y 7.- Los servidores públicos son responsables de la aplicación, administración y manejo de los recursos públicos. Marco Normativo de Referencia Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público y Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas Capítulo Único Artículo 1. La presente Ley es de orden público y tiene por objeto reglamentar la aplicación del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, que realicen: VI. Las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros, con cargo total o parcial a recursos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. No quedan comprendidos para la aplicación de la presente Ley los fondos previstos en el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal. ACUERDO de Coordinación que celebran la SFP con cada entidad federativa, cuyo objeto es la realización de un programa de coordinación especial denominado Fortalecimiento del Sistema Estatal de Control y Evaluación de la Gestión Pública, y Colaboración en Materia de Transparencia y Combate a la Corrupción. SECCION III.- DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION I. CONSOLIDAR, CON EL APOYO DE “LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA”, LA OPERACION DEL SISTEMA ELECTRONICO DE INFORMACION PUBLICA GUBERNAMENTAL SOBRE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS DENOMINADO “COMPRANET”, PARA GARANTIZAR LA APLICACION TRANSPARENTE DE LOS RECURSOS PUBLICOS; DIFUNDIR LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACION, LOS RESULTADOS DE LOS MISMOS (FALLOS), EL ORIGEN Y DESTINO DE LOS RECURSOS PUBLICOS, LOS BIENES, SERVICIOS Y OBRAS PUBLICAS QUE SE ESTAN REALIZANDO CON LOS RECURSOS FEDERALES, Y DEMAS TRAMITES RELACIONADOS CON LA PARTICIPACION DEL NIVEL ESTATAL EN CONTRATACIONES PUBLICAS. Marco Normativo de Referencia Ø Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Ø Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Ø Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público. Ø Reglamento de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público. Ø ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet. DOF: 28/06/2011 Manuales del Sistema CompraNet Ø Manual del Operador de la UC (343 paginas) Ø Manual de Operación del Recen (35 paginas) Ø Manual de Casos Especiales (96 paginas) Ø Manual de Ofertas Subsecuentes de Descuento (82 paginas) Ø Manual Supervisor (34 paginas) Ø Manual Registro Único de Proveedores y Contratistas (28 paginas) Ø Manual Activación de Contratos (12 paginas) Ø Manual Compranet-Inteligencia de Mercado (IM) (30 paginas) Ø Manual para delegar procedimientos (12 paginas) Elementos que deberá contener el Expediente de Contratación en CompraNet Expediente Electrónico en CompraNet Conclusión del Procedimiento de Contratación Conclusión del Procedimiento en donde el operador de la UC define a que proveedor(es) o contratista(s) adjudicará sus partidas o concepto de obra, según corresponda. Dentro de esta fase deberá adjuntar el acta del fallo en el apartado “Difusión del Anuncio al público en General”, “Anexos del Anuncio”. Una vez, creado y activado el contrato deberá difundir el informe de los datos relevantes del contrato mismo que obtendrá en el contrato a través del botón “Informe Contrato” en el apartado “Difusión del Anuncio al Público en General”, “Anexos del Anuncio”. Módulos de CompraNet Observaciones mas comunes en CompraNet No se integran al portal de CompraNet los siguientes documentos: § La Convocatoria y/o las bases. § El Acta de Visita al Lugar de los Trabajos. § El Acta de Junta de Aclaraciones . § El Acta de Apertura de Propuestas Técnicas y Económicas. § El Acta de Fallo. § Datos Relevantes del Contrato. Observaciones mas comunes en CompraNet Que la Unidad Compradora tenga los siguientes faltantes dentro del expediente: § Expedientes Vacíos. (Solo han creado el expediente sin contener por lo menos un procedimiento y/o contrato). § Adjudicaciones sin Contrato. (Se ha adjudicado a un contratista o proveedor sin que se haya creado el contrato). § Contratos Creados, sin Activar. (Solamente se ha creado el contrato sin que se hayan reportado los datos relevantes del Contrato). § Contratos adjudicados a empresas no registradas en CompraNet. Acciones que se llevan a cabo para el seguimiento de las Unidades Compradoras § Asesorías de manera presencial a servidores públicos. § Asesoría vía telefónica a servidores públicos. § Asesoría vía correo electrónico a servidores públicos. § Capacitaciones a servidores públicos impartidas por la Secretaría de la Función Pública. § Monitoreo a las Unidades Compradoras, supervisando que cumplan con la normatividad desde el inicio de la licitación hasta el contrato. § Llevar a cabo mesas de trabajo, con los servidores públicos responsables del uso y aplicación del Sistema CompraNet, para darles a conocer las inconsistencias en cada uno de los procedimientos de contratación. § Dar seguimiento a la solventación de las inconsistencias que se les dieron a conocer en las mesas de trabajo. Preguntas Frecuentes Pregunta ¿Cómo puedo registrar una nueva Unidad Compradora en CompraNet que pertenece al orden de Gobierno Estatal o Municipal? Respuesta Para obtener el registro y autorización de Unidad compradora, el Atular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe, deberá enviar por correo electrónico al Supervisor de CompraNet del Órgano Estatal de Control (OEC) el oficio de solicitud de alta dirigido a la UPCP ( PlanAlla Alta de una nueva UC) y el Formato de Registro (FR_GEM). El Supervisor CompraNet (OEC) validará los datos y enviará la Solicitud de Alta a través del Sistema CompraNet-‐rc (Registro de Unidades Compradoras). ¿Cómo puedo solicitar el El nuevo responsable deberá elaborar un oficio de solicitud de modificación dirigido a la cambio de responsable de una UPCP (PlanAlla Cambio Responsable y-‐o Modificaciones en datos de UC). Unidad Compradora? Teniendo el oficio, deberá ingresar al sistema CompraNet-‐rc (Registro de Unidades Compradoras) (con la clave del anterior responsable) y enviar una Solicitud de Modificación (Solicitud de Modificaciones, Manual de Operación CompraNet-‐rc, apartado “Ayuda”). Posteriormente, deberá enviar el oficio de solicitud a la cuenta [email protected] indicando el Folio de solicitud CompraNet-‐rc. En caso de que el anterior responsable no haya dejado la clave del sistema CompraNet-‐rc el nuevo responsable deberá enviar un oficio de solicitud de modificación dirigido a la UPCP (PlanAlla CambioResponsable y-‐o Modificaciones en datos de UC), capturar los datos del nuevo responsable en el Formato de Registro FR_GEM y enviar el oficio y el Formato al Supervisor CompraNet del Órgano Estatal de Control (OEC). ¿Cuántos usuarios puedo registrar en la UC? El módulo le permiArá registrar inicialmente cinco operadores con el perfil que el responsable considere correspondientes, le recomendamos que mínimo se asigne un usuario con perfil de Administrador. Preguntas Frecuentes Pregunta Respuesta ¿Cómo debo capturar los datos solicitados en el formulario al momento de registrar a un operador? Se deben capturar con mayúsculas y minúsculas los campos solicitados respetando la ortograZa (Nombre, Primer_apellido, Segundo_apellido, Puesto, Email InsAtucional, Email Personal) y seleccione el Perfil que le será asignado al usuario (Administrado UC, Operador UC, Administrador de UC y RUPC, Operador UC y RUPC). ¿Por qué tardan en llegar las clave una vez cerAficado el operador? Una vez concluidos los módulos del curso en línea y el examen de cerAficación, la UPCP registrará a la Unidad Compradora y al usuario en CompraNet y máximo en 5 días naturales dicho usuario recibirá a través del correo electrónico registrado por el responsable de la UC en el módulo de CompraNet-‐rc la confirmación de su alta. Transcurrido el lapso señalado si el operador aún no recibe la clave, deberá verificar lo siguiente: 1. Verificar que la cuenta de correo electrónico del operador registrada en el módulo de CompraNet-‐rc este capturada correctamente, en caso de que el correo sea erróneo deberá consulta el tema Actualización de datos de usuarios registrados en el módulo CompraNet-‐cl, subtema “Modificación de datos personales y/o perfil de usuarios cerAficados en el módulo CompraNet-‐ cl”, del Manual de Operación CompraNet-‐rc, ubicado en el apartado “Ayuda”. 2. Verificar que el correo enviado por CompraNet no se encuentre en Spam o Bandeja de correos electrónicos no deseados. 3. Verificar si el Servidor no cuenta con restricciones para recibir correos con dominio de funcionpublica.gob.mx 4. Si se trata del primer operador cerAficado, verificar que no haya errores en la clasificación de la UC ya que este se dará de alta hasta que la UC no tenga errores en su registro. Preguntas Frecuentes Pregunta Respuesta ¿Cuánto tardan en actualizarse los datos una vez modificados en Compranet-‐rc? Las solicitudes de modificaciones serán atendidas en un lapso no mayor a 48 horas. ¿Cómo realizo la baja de operadores de mi Unidad Compradora? El Responsable UC, deberá solicitar a la UPCP la baja de algún operador y/o administrador de la Unidad compradora para efectos de cancelar su clave de usuario. Dicha solicitud deberá solicitarse mediante oficio (PlanAlla Baja deOperadores UC), en el que se precisará la fecha a parAr de la cual se requiere se efectúe la baja del operador y/o administrador. Aunado a lo anterior, deberá solicitar la baja del operador y/o administrador a través del sistema ComprNet-‐rc (Solicitud de Baja de usuarios habilitados en CompraNet, Manual de Operación CompraNet-‐rc, apartado “Ayuda”). Una vez realizado lo anterior, enviar oficio a la cuenta [email protected] CONTACTOS DIRECCIÓN DE SISTEMAS PARA EL CONTROL DE LA GESTIÓN Boulevard Atlixcáyotl 1101, Reserva Territorial Atlixcáyotl, Dirección: Col. Concepción Las Lajas, Pue., C.P. 72190 Edificio Ejecutivo, Tercer Piso. Teléfono: (01 222) 303 46 00 Extensiones 3402, 3481 y 3475 Correos Electrónicos: CompraNet: BEOP: [email protected] C.P. Ernesto Hernández Medina [email protected] Lic. Modesto Conrado Cedillo Mendoza [email protected] C.P.Hector Amador Martínez [email protected] Arq. Josúe Nevid Cruz Teyssier