proyecto de acuerdo 002-2015 - Concejo Municipal Rionegro
Transcripción
proyecto de acuerdo 002-2015 - Concejo Municipal Rionegro
MUNICIPIO DE RIONEGRO - ANTIOQUIA' EL CONCEJO MUNICIPAL DE RIONEGRO, ANTIOQUIA, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especaal, las contenidas en los artículos 40 y 313 de la Constitución Política de Colombia, Ley 136 de 1994, modif¡cada por la Ley 1551 de 2012, artículos 38 y 103 de la Constituc¡ón Política de Colomb¡a, Ley 743 de 2002, Decreto Reglamentario 2350 de 2003, Decreto 890 de 2008, Conpes 3661 de 2010 y demás disposic¡ones legales. ACUERDA ARTíCULO PRIMERO: Adóptese la Polítaca Pública para el fortalecimrento de la Acción Comunal en el municipio de Rionegro, Antioqu¡a, la cual se enmarca en lo siguiente: DEFINICIÓN, OBJETIVOS CONCEPTOS, PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE LA POLITICA PÚBLIcA DE LA oRGANIzAcIÓN coMUNAL. ARTICULO SEGUNDO: DEFINICION: La Política Pública para el fortalecimiento de la Organización Comunal del Municipio de Rionegro, Ant¡oqu¡a representa el conjunto de cr¡ter¡os, propósitos, estrateg¡as, inst¡tuciones, incentivos, programas, metas y acciones, que se deben desarrollar para garant¡zar el óptimo func¡onam¡ento de la Organización Comunal y el cumplimiento de los ob.ietivos de los Organismos de Acción Comunal para una real incidencaa en los diferentes ámbitos y procesos de las políticas públicas sociales y el desarrollo comun¡tario. ARTíCULO TERCERO: OBJETIVOS: Generat: El objetivo general de la Polít¡ca púbt¡ca para la Acción Comunal en el municipio de Rionegro, Antioquia es fortalecer los organ¡smos comunales del municipio, con el f¡n de aportar en el desarrollo, formación y potencialización de sus capac¡dades para mejorar los procesos de inclusión. incidenc¡a, part¡cipación interlocución, gestión, con entidades gubernamentales y no gubernamentales, en Ia búsqueda del desarrollo integral de las comun¡dades. Específicos;- Fortalecer y potencializar las capacidades y competencias de las JAC para participar e ¡ncid¡r en la políticas públicas del munrcipio. - Fortalecer la gestión ¡nterna de las organ¡zac¡ones comunales. - Visib¡lizar el aporte del trabajo de los organismos comunales para Ia generación del sent¡do de pertenenc¡a, ¡dentidad y construcción de paz en nuestro territorio. - Fortalecer la capacidad de gestión de los organrsmos comunales para el desarrollo de iniciativas empresariales y productivas. - lmplementar procesos de inspección, control y vigilancia a los Organismos de Acción Comunal. * i99, L-----, \J!1 |EIElt |EE|Ü rurf. 890.907.317.2, D¡rer(ion C¡lle 49 N' 50-05 PBX5204060, Codigo Postal izlP C(]DE) 05404{,. v.,ww ria¡rleqro.gov (ó (oreó eleclróni(o: álcáld¡¿i,rrior'rÉqro-gov.(o _l r§ ' t -'... "oE ffi:*r"":':['flf"8i: o;J;;ai'uturo ARTICULO CUARTO: Conceptos Básicos: para efectos de una mayor comprensión de este documento, Se hace necesar¡o tener presente la definición de los s¡guientes términos que han sido tomados del documento coNPES 3661 de 2010 o se han definido con la part¡cipación de los comunales del municipio: Acción comunal: Es una expresión social organ¡zada, autónoma y solidaria de la y soc¡edad civil, cuyo propósito es promover un desarrollo integral, sostenible sustentable, construido a partir del e.iercicio de la democrac¡a. el Af¡liados (as): son personas naturales residentes en el territor¡o establecido porlos que (as), cumplan de afiliados libro en el org;i".o'"orunal, iáscritos debidamente ref,uisitos para la ¡nscripc¡ón legal y reg¡stren su firma en este libro' AsambleaGeneral:EslamáximaautoridaddeunorganismodeacciónComunal,está part¡c¡pa int"gi"J, p"t t"áos los afiliados (as) o delegados (as), cada uno de los cuales con voz Y voto. comunal Asociación de Juntas de Acción comunal (ASOCOMUNAL): Es el organismo y comunal Acción grado. Tiene ta Á,sma naturaleza jurídica de las Juntas de i. ".gr"a" con los organismos comunales de primer grado' se coñstituye-n que dispone un individuo' lo cual - Capital Social: Conjunto de relaciones sociales de las con una red -ái y garantía en.relación a quienes no cuentan le ubica en posiciones Oe ver*a¡a ia"pitat sociat .es considerado la variable que mide la a"-ápóvo áe otros actore., colectivo humano, y el uso individual colaborac¡ón social entre fos A¡terenies grupos de un mutua, las surgtoas á plrti. a"e ties fuentes principales: la confianza áá J", efectivas y las redes sociales' normas"ñr"ioaoes -ConfederaciónNacionaldeAcciónComunal:Eselorganismocomunaldecuarto comunal y se constituye acc¡ón grado. Tiene la misma naturJJza juridica de las iuntas de grado' primer óon los organismos comunales de regular en su Articulado 27 ' Los Comisiones Empresar¡ales La Ley 743 de .2O02 ' al dJ los organismos comunales' órganos de Dirección, nO-*i"itüó¡0" y Vigilancia propenden p"t :':l^"lill:lo,l^d: estableció en su literal nl, nt óá'¡tü'es Lmpiesariates comunidad' cuya organlzaclon y la de beneficio en proyectos o empresas '"Át'Ut"t en sus estatutos (Artícuro 28, Decreto administración serán materü áe regramentación ! 2350 de 2003) ComisionesdeTrabajo:sonlosórganosencargadosdeeiecutarlosplanes,programas (as)' El número' ri""eral de af]liados (asio delegados y proyectos que defina r, deben ser determinados y aprobados en sus ,r-J y funciones o" "á'ÜÉ' nombre ""i"irtoJp"i "o|.n¡iiónes de afiliados (as) o delegados (as). r, nsamblea ceneral se. ha^ce de los ciudadanos vinculados Comunales: Es la denominaclón que,qcc¡on comunar y a ras Juntas de Vivienda voruntariamente a ras orgánizalio;es le Comunitaria Postal {ZlP CODE) 054O4O' Dirc(ción Cdlte 49 N' 5O-O5 PBX5204060' Código álc¿ldialirliÓneqro'gov (o wwwriorregro.gov-co CorrÉo elÉctróñi(Ú: NtT. 890.907.317-2. J- de Ronaorc ''"":y -' ^l.nr¡ja tr!:Esrlsgl!!:!93 Cultura Organizacional Comunal: La cultura organizacional representa un patrón complejo de creencias, expectativas, ideas, actitudes y conductas compart¡das por los integrantes de una organ¡zac¡ón, que evoluciona con el paso del tiempo y expresa pautas para la relación entre los miembros de la organización y para la relación de estas con otras organizaciones. Conv¡venc¡a Comunal: Cuando se habla de convivencia. se hace referencia al hecho de llevar una existencia en común, de vivir con otro o con otros, en un clima de armonia, alimentado por valores y principios que dan sentido a una vida compart¡da, la convivencia en la organización está mediada por unos principios que aparecen en el artículo 20 de la Ley 743 de 2002. Delegados (as): Son los afiliados (as) eleg¡dos (as) por la Asamblea General para representar a los organismos comunales (Juntas de Acción Comunal y Juntas de V¡vienda Comunitaria) en los organismos comunales de grado superior. Dignatario (a): Afiliado (a) o delegado (a) elegido (a) para desempeñar un cargo en los órganos de d¡rección, administracrón y vig¡lanc¡a de los organismos comunales. Desarrollo de Ia Gomunidad. Es el conjunto de procesos económicos, políticos, culturales y sociales, que integran los esfuerzos de los afiliados (as), sus organ¡zac¡ones y las del Estado, para mejorar la cal¡dad de vida de las comun¡dades. Desarrollo Comun¡tario lntegral Autogestionario: Es el derecho a propic¡ar autónomamente una vida digna, de calidad en comunidad y solidaridad cotid¡ana; de todas las personas, tanto en lo emocional como en lo cognitivo, espiritual, soc¡al, cultural, ambiental y político que nos permita ser competit¡vos, lo cual implica un trabajo solidario como forma de vida en el que las personas se encuentran consigo mismas, con los demás y con el entorno, para constru¡r mejores condiciones de vida, mediante la autoevaluación, la cooperación, ayuda mutua y fraternidad. Emprendimiento Comunal: es la capacidad y motivac¡ón de las personas para asumir retos y liderar procesos comunitarios intenc¡onados, autogestionar¡os, sol¡dar¡os e innovadores a partir de la formulación de proyectos product¡vos comunales o la creación de empresas comunales que mejoren sus ¡ngresos y su calidad de v¡da. Federación de Acción Comunal: Es el organismo Comunal de tercer grado. Tienen la misma naturaleza jurídica de las Juntas de Acc¡ón Comunal y se constituyen con los organ¡smos comunáles de segundo grado. Fortalecimiento Organizacional: Como concepto refiere el aumento de capacidades y mayor fuerza en la organización que generan competitivtdad y efect¡vidad. Como proceso, hace referencia al conjunto de acciones emprendidas para lograr mayores hab¡lidades y amplios conocim¡entos para el mejoramiento de competencias colectivas. Gestión y Proyecto Comunal: El proyecto comunal es un hor¡zonte que es construido y realizado por todos. Cuando nombramos a nuestros líderes como gestores, nos referimos ,é&. \-l Diref(jón calls 49 N' 50-05 PBx 520 40 60, Cód¡g.r Postal {ZlP COfiE) 054040. $,r,{rv.rioñegró.go!'-co foíeo eléÍtróñico: Jl(¿ldiár., rior'1É(tró.gov.tó NlT. 89O.9O7.1r 7,2. - .l -.. "".'"'";:^;^"" ' -" fl'#I"-"':§'fl]::i: a la capacidad de diseñar estrateg¡as que perm¡tan que la organ¡zación haga camlno en el lograr de una misma calidad de vida, es decir, se acerque al futuro deseado. Las orianizaciones cuentan con un proyecto colectivo que vincula a líderes y a part¡cipantes en Ia construcción de un futuro mejor para todos. Junta de Acción comunal (JAC): Es una organización cívica, social y comunitar¡a dey gestión social, sin ánimo de lucro, de naturateza solidaria, con personería .iuríd¡ca lugar que aúnan ñáüÁonio propio, ¡ntegrada voluntariamente por los res¡dentes de uny sustentable con sostenible ¡ntegral, esfuerzos y recursos para procurar un desarrollo fundamento en el e.ierc¡c¡o de la democracia participat¡va. Junta de vivienda comun¡tar¡a (JVC): Es una organización cívica sin ánimo de lucro, programas de integrada por familias que se reúnen con el propósito de adelantar meioram¡ento o de autoconstrucción de vivienda' Mutual comunal: La Ley 743 en su artículo 70, estableció que los organismos de Acc¡ón financiar sus Comunat podrán constitúir empresas o proyectos rentables con el fin de es una comunal' la mutual manera de la comunidad. De esta ñ;g;rr¿ en benef¡c¡o por Gobierno el y aprobada [iéá"¡iát., sociat sin ánimo de 1ucro, const¡tuida legatmente nacional. por la Plan de Desarrollo comunal: Es el conjunto de iniciativas formuladas de habitantes los con oiganizac¡¿n comunal a part¡r de procesos y diagnósticos realizados su respectivo sector. politica, designa a Sociedad civil: El término sociedad civil, como concepto de la ciencia de la diversidad de personas con categoría de ciudadanos que actúan generalmentetodo a que público conciernen el ámbito manera colectiva para tomar decisiónes en ciudadano fuera de Ias estructuras gubernamentales' Pública para el ARTICULO QUINTO: PRINCIPIOS: La implementac¡ón de la Política Antioqu¡a Rionegro' fortalecimiento de las organizaciones comunales en el municipio de tendrá como postulados esenciales: a.RespetoalosDerechosHumanos.segarantizaraelejerciciopleno-de.losderechosde fundalnentales para los m¡ám¡ros de las Acciones Comunalés del JVC como actores procesos to_ri I ñri", parte de las decisiones, a través de sus intervenciones en comuniiarios, sociales, políticos y ciudadanos de la partic¡pac¡ón de las JAC y JVC b. Autonomía. La administrac¡ón reconoce el ejercic¡o sin presiones o lim¡tac¡ones de ninguna clase' la igualdad y no c. lgualdad y no discriminación En las JAC y JVC sey garantizará en cuenta su tener sin todas' áit"i,rinr"¡o'n propendiendá por la participación de. todosnivel de educación, entre otras oiLnt""ion sexual, id!ologiá poliiica, retigión, "orár, diferencias. cI & @ \J Cod¡go Postal (¿lP CQOE) 054O4O' Nlf. 890.907.317-2. D¡r¡cción Calle 49 N 5O'O5 PBX5204060' (Ó www,rioriegro.qov'(Ó (orreo elB(trófti(Ó: ¿l(aldi¿ii'lione!tro-gov -*€ . Arcortr,a de Oep,blrsi. n,oneq,o óe ''t"""ó i'i ;in '1"t" Anroquá d. lmparcial¡dad. Los procesos relacionados con la gestión comunal se realizarán a través de procesos justos, transparentes y no d¡scriminatorios por lo cual las decisiones que se asuman se realizarán atendiendo a criterios objetivos relac¡onados con predominanc¡a del b¡en común frente a interés particulares, influenc¡as, prejuicios o tratos discr¡minatorios. e. ldentidad Comunal. Se fomentará el sentido de pertenencia a la organ¡zación comunal y la valoración de su aporte a la comun¡dad y sociedad. f. Diversidad. Reconocim¡ento y valoración de la diversidad y la diferencia humana y social que garant¡za la inclusión soc¡al. ARTICULO SEXTO: Criterios para la implementación de la política pública comunal en el municipio de R¡onegro. a. El b¡en común prevalece sobre el ¡nterés particular. b. Participación efectiva. En el ejercicio de lo comunal se hace necesario el reconocimiento de la participación por lo cual es ¡mportante la vivencia de igualdad en las oportunidades. c. Solidaridad e inclusión social. Se necesita establecer prioridades y mecanismos para garantizar la part¡c¡pación e inclusión social de la población más vulnerable. d. lgualdad de oportunidades. La condic¡ón de género no será limitante en el ejerc¡cio de la participación, por lo cual todas las personas gozarán de derechos y oportunidades iguales al interior de la organizac¡ón y fuera de ella en todo cuanto proponga, organice, real¡ce y se beneficie la organización comunal. e. Promoción de nuevos liderazgos y relevo generacional. Se promoverá una mayor participación y apertura a las generaoones más jóvenes en la organ¡zac¡ón comunal. f. lnnovación. se promoverá el uso de las nuevas tecnologías, para fortalecer el trabajo de las organizaciones comunales. g. Responsabilidad social. se promoverá ejercic¡o que promuevan el cu¡dado y protección de los ámb¡tos: social, ambiental, patr¡monial y cultural del municipio. h, Reconocimiento al trabajo comunal. se promoverá la valoración del traba.io comunal y el aprecio por los dignatarios comunales. i. lncidencia efectiva, Tener una incidencia d¡recta en la implementación y segu¡miento a las diferentes políticas públicas del municip¡o de Rionegro. j. Territorialidad. Se reconoce que las organizac¡ones comunales tienen lím¡tes territor¡ales para su activ¡dad. 16,re # tfff \J NlT.8eoe07.ll7'2. ü¡recc¡ón Cdlle 49 N" SO.O5 pBXS204060, (oriigo post¡l iztp wlvrv.riotlegró.güv-cú Coreó el€(kórlico: ¿lc¿ldi¿," riorier:trú_góu.ró CQUE) 05404{t, 'll Alcs¡dia de Rsnsgrc' k. Transparenc¡a y publicidad. Todas las actuac¡ones y decis¡ones que se tomen en el seno de las organiz;c¡ones comunales deben contar con procesos donde la_ información iea suficiente [ara la toma de decis¡ones y Se cuente con mecanismos de d¡fusiÓn de las mismas para todos los afiliados. LINEAS DE ACCIÓN DE LA POLITICA PÚBLICA DE FORTALECIMIENTO ORGANISMOS COMUNALES EN EL MUNICIPIO DE RIONEGRO. A LOS ARTICULO SEPTIMO: Defin¡ción Líneas de acción. La Política Pública para la Acc¡ón que co.rn"t en el municipio de Rionegro, presenta las s¡guientes lineas.de^acción Organización la fortalecida ser debe fresentan los diferentes componentea en los cuales Comunal. de ART|CULO OCTAVO: Fortalecim¡ento para la participación efect¡va: coniunto y y las comunidades que promueven el empoderamiento de_las. organizaciones en "á.ion". qu" é"n"rán áondiciones para una incrdencia efectiva de los organismos comunales las decisiones de política pública. Se establecen las siguientes acciones: - comunales en Capacitación del 100% de los cuadros directivos de los organismos horas como 20 cumpliendo y diférentes temát¡cas sociales, políticas comunitarias, mínimo. las JAC y JVC Ápoyo para la elaboración de los planes operativos del 100% de desarrollados en c'onluña, concertación y socialilación de los programas sociales cada territorio del municipio con las JAC y JVC' y con participación de Se realizará una conve;;ión anual de présidentes de JAC JVC comunales de otros entes territoriales' de pasantias comunales anualmente Se desarrollará un programa 'soc¡alizaián experiencias exitosas de las organizaciones Se sistema lizarán y comunitarias. -Serealizarán¡ntegracionescomunalesanualesySeinstitucionalizaráeldiadela Acción Comunal . la elaboración, ejecución y §á-garant¡zará la participación de las. JAC y JVC en control del plan de desarrollo del munlclplo' conformadas por miembros éu pa*""Lr¿ ta contoim"ci¿n de veedlr¡as ciudadanas de las JAC Y JVC para el ejercicio comunal' Son las ARTICULO NOVENO: Protección y garantías para garantizar la vida e integridad acc¡ones que la admin¡str""ián rnrn¡"lpuidebe adoptar áá-tos á'gñatarios de las organizaciones. Comunitarias' un programa de protección de los Se establecerá por parte OJJ' é""'"t"i" de Gobierno se vean afectados en su seguridad dignatar¡os que por rrronÁ á su labor y liderazgo personal. _ ARTICULoDECIMO:Fortalec¡mientoparaeldesarrollodeiniciativasempresariales i"'otg'nit'ción comunal que motiva la creación de y productivas. rs el comóo*ieni" "n & \/ NtT. (alle 49 N' 50'05 PBX 520 40 60' Codigo Pottal (ZlP CODE) 054040' 890.907.317-2. Dire((ión {o www-r¡ofl egrÓ.qov-(Ü f olleo ele{tróñi(Ó: álcáltli¿¡rlioneqro-gov J- ".,,. al.Bldia de Rlooeqlo a,eo5,lÚb d. ar'ú¡ú ¡ empresas y de un¡dades de negocio que generan un mayor bienestar a los comunales y la moiivacióí por organizarse paá encontrar otras estrategias para mejorar sus condiciones de vida. Se contémpta tamb¡én la posibilidad de que los comunales contraten para ser proveedores de bienes y serv¡c¡os en las comun¡dades en las que se encuentren o en los entes terr¡toriales a los que puedan llegar' Se establecen las siguientes acc¡ones: creación de comisiones empresariales en cada una de las Juntas de Acción - Comunal. -FormaciónencontrataciónestatalyemprendimientoComunalsegÚnnormas vigentes. - Cieación de una unidad de acompañamiento técnico al emprendimiento comunal desde la Administración Municipal. - se dará prioridad a las empresas comunales en la contratación pública y privada según norma vigente. - Apoyar la creación de empresas comunales. - cieár y poner en funcionamiento el Fondo de Emprendimiento comunal -FEC-. - Diseñó be un instrumento para acompañar iniciativas comunitarias, empresariales - y/o product¡vas. y Él municipio en su programa de obras fomentará el trabajo artlculado con las JAC JVC, ART¡CULO DECIMO PRIMERO: Fortalec¡m¡ento de los procesos comunicac¡ón y medios, y promoción del uso de las nuevas tecnologías' Hace referenc¡a al acceso y al uso de la informac¡ón aportando al desarrollo con capac¡dades y formación. Se refiere la implementac¡ón de acc¡ones alternat¡vas que Sean comprensiblei por los comunales y que permitan el encuentro de los saberes y de los conócimientos en escenarios próximos a la organ¡zación comunal y al ¡nterior de ella, se hace mención también al aprovechamiento de todos los canales y estrategias de comun¡cac¡ón en miras del fortalec¡miento de la organ¡zación comunal' Se establecen las sigu¡entes acciones: - Formación especial¡zada en tics para el desarrollo de la comunidad a los miembros de las organizaciones comunales. Gestión y dotación de herramientas tecnológicas para la divulgaciÓn de Procesos comunitarios. de Participación de las Organizaciones de Acción Comunal en el uso y emisión locales' espacios de los medios de comun¡cación Fortalec¡m¡ento de la emisora comunitaria. Creación del boletín de la organización comunal' lmplementación del Sistema lntegrado de Acción comunal SllC Realización de historias documentales de los organismos comunales- PARAGRAFo:Elusodeestosmediosdecomunicaciónseharádemaneraexclusiva ,& \"/ NlT. 890.907.317-2. D¡rccriÓn {¡llt'r 49 N' 50'05 PBX 520 ulo 60, Código Post'rl lZtP COIIE] 0540"0' lvwrv-¡iorlPgro.(rov-lü CorlÉo ele(tfónicÓ: ¿l(¿ ldr¿in rione ltio gov ro - It:ii i,oirdi{ó-€a;ili -l§qi¿ ---;,iii¡o Al(aldio de Rlonegro para tratar asuntos comunitarios y de ¡nterés general, no podrán ser ut¡l¡zados para la difusión de ningún tipo de publicidad o proselitismo político. ARTlcuLo DEclMo SEGUNDo: Fortarecimiento interno, autonomía y ét¡ca en Organización Comunal: la se definen estos aspectos que permiten que el traba.io ar rnter¡or de las organizaciones comun¡tar¡as se real¡ce de manera participativa, democrática, transparentei, uioiánL y eficaz. Así m¡smo se trata de la posib¡lidad de tener ideas con responsabilidad y credibilidad en un tema específico a tratar, poder tomar decisiones y ,.ái. , acciones para lograr beneficios y defender el criterio propio de la comunidad. Dé la misma manera la competitividad comunal refiere como base la participación y capacidad para emprender toda acción que beneficie a toda una comunidad con principioi de calidad y excelencia. Se establecen las sigulentes acciones. - Promoción de procesos de actualización, socialización y apropiación de los estatutos en las JAC y JVC para lo cual se deberán socializar sus estatutos como mínimo una vez al año. se promoverá un modelo único de estatutos para la organización comunal en el Municipio. Construcción del código de ética del comunal y soc¡alizac¡ón del mismo. Fortalecimiento de las instanc¡as ¡nternas de resolución de confl¡ctos. Capacitación a los af¡liados antes de las elecciones de las Juntas d¡rectivas. Depuración anual en las JAC y JVC Promoción de la vinculación de los jóvenes en la organización comunal - relevo generacional. Fortalecim¡ento y acompañamiento a la gestión de las comisiones de trabajo de las JACyJVCyASOCOMUNAL El municipio establecerá un plan de apoyo a la construcción de salones comunales para las Organizaciones Comunitarias que aún no cuenten con estos espac¡os. ARTICULO DECIMO TERCERO: Responsabilidad y control social: lmplica el conocimiento de los deberes y derechos que desde su reconocimiento deben aprehender los comunales y por los cuales están obligados a dar cuenta de sus acciones u omisiones en el ejercicio de las funciones ¡nherentes a su cargo. Es el asumir de una manera consciente y responsable todo proceso de gestión y corresponsabilidad con respecto a su misión como comunal. Es la convicción por el respeto de los derechos humanos y el cumprimiento de los principios de transparencia y pubricidad de ras decisiones de la organrzación. Se establecen las s¡guientes acciones: - crear e imprementar una estrateg¡a de comunicación que permita ra divurgación de las actividades de las Organrzaciones de Acción comunal. Formac¡ón en Control Social. Conformación de veedurías ciudadanas. rcG:m *'' G * \61 u'o *''I;i?.§:;:;ffJ1,]?,],j]1ii.[illj:,Í.",fli:,Ífl i:ffi:ii:r *DE) 054040. Oeo¿tunÉn!. dé a¡toqu,r La Dirección Operativa de convivencia y de Participación Ciudadana desarrollará las actividades de control, inspección y vigilancia de los organ¡smos comunales ARTICULO DECIMO CARTO: Procesos de formación: Se considera esta línea de acción como transversal a toda la política pública, porque el comunal debe estar constantemente en proceso de formación y capacitación y así adqu¡rir conocimientos y competencias que generen soluciones prec¡sas a las diferentes problemáticas de la comunidad. Se establecen las s¡guientes acciones: - El mun¡cipio fac¡litará los medios y la capacitacrón para que el comunal transmita y br¡nde resultados que ayuden a fortalecer comunidades, para lo cual diseñará un plan municipal de formación comunal. La administrac¡ón promoverá que en los colegios del municipio se aborden contentdo sobre la Acción Comunal en la cátedra de democracia. lmplementar y sostener el proceso formador de formadores. lmplementar la escuela de comunalitos. ARTICULO DECIMO QUINTO: Gestión Ambiental en la Organización Comunal: La conservación y cuidado del medio ambiente merece una mayor atención. Se trata de fomentar que las organizaciones comunales participen act¡vamente en la tarea de cuidar el med¡o ambiente del municipio y en su propio entorno. Se establecen las sigu¡entes acciones: - Conformación de com¡siones ambientales. - Desarrollo de programas de educación ambiental. - Capac¡tac¡ón e implementac¡ón de proyectos ambientales - Promover la creación de veedurías ambientales. - Promoción de empresas comunales con beneficios ambientales. ARTICULO DECIMO SEXTO: Planes de Acción y de Desarrollo Comunal: A partir de la sanción de este acuerdo se tendrán seis meses para la presentación of¡c¡al de los planes de acción que se establecen en el presente Acuerdo, donde se determinen insumos, recursos, indicadores, metas, tiempos y responsables de la implementac¡ón y seguim¡ento de cada uno de las líneas de acción. Parágrafo: La coordinación de esta elaboración estará a cargo de la Dirección Operat¡va de convivencia y de Participación Ciudadana de la Secretaria de Gobierno y Tránsito del Municipio de R¡onegro. SEGUIMIENTO,.INSTANCIAS, FINANCIAMIENTO, VIGENCIA Y DEROGATORIA DE LA POLITICA PUBLICA COMUNAL EN EL MUNICIPIO DE RIONEGRO ARTICULO DEC¡MO SEPTIMO: Seguimiento a la implementación de la politica d3. \r Nlf. 890.907.317-2. D¡re((¡ón C¿lle 49 N' 5o.O5 PBX 520 40 60, Código postat {¿lp CODE] 0540¿}0. w',vr,r-rionegfo.góv-ro CoirÉo el€etróni(o: él(¿l{ri¿rr rionegro.gov.(o ' t .-1 -'."uiilñ;:-.r,¡- $:9"-*I'fltH: Públ¡ca Comunal: Se constituirá un comité veedor conformado por 5 miembros de Asocomunal elegidos democrátieamente en Asamblea General de la Asociación de Juntas de Acción Comunal del Municipio, con quienes se conformará una veeduria legalmente constituida y hará seguimiento a la implementación de la Política Pública Comunal que rendtrá un informe anúal en articulación con la Dirección de Participación, respecto a avances y alcances de esta política. Este informe se presentará en una Audiencia de Rendición de cuentas de las programadas por la Administración Municipal. ARTICULO DECIOMO OCTAVO. lnstancias: para la implementación de esta política se articularán las acciones correspondientes con cada una de las dependencias de la Administración Municipal y aquellas que en el CONPES 3661 de 2010 se establecen. El plan de acción que se presente establecerá las dependencias y entidades que adquieren compromisos para la implementación de cada línea de acción ARTICULO DECIOMO NOVENO: Financiación: a la ejecuc¡ón de procesos con la organización comunal y internas y de financiación fuentes provenientes de los diferentes niveles, dependencias en este definidas líneas de acción externas, serán destinados únicamente al desarrollo de documento. Los recursos asignados ARTICULO VIGECIMO: V¡gencia y derogatoria. Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación y deroga las que le sean contrar¡as Dado de 2015 el Municipio de Rionegro- Antioquia Sepúlveda Gómez Zapela Ester Lu deG t1111 Y )r 17'17, Gor,zález conv¡vencia y &, \J RamíMDiaz 5o'ü5 PBX 520 40 60, Códiqo Post¡t (ZlP COÍIE) 054o4O' (oraÉo El¿ttrÓnico ál(¿ldtarrlior'lÉ9ro-gov.rÓ wwv,..rlotregró,gov-(ó NIT 890 907.317-2. D¡rccc¡Óñ CallP 49 N' E e tf..l .1... -ió¿-- t7-oz'L{ EXPOSICIÓN DE - MOTIVOS .PoRELCUALSECREALAPoLIT|CAPÚBLIGAPARALAAccIoNCoMUNALENEL MUNICIPIO DE RIONEGRO - ANTIOQUIA" Doctor GEOVANNY GARCIA MARTINEZ Presidente y demás Honorables Concejales Rionegro Honorables concejales: el proyecto de acuerdo del asunto ResDetuosamente presentamos para su consideraciÓn. termlnos: de lá referencia, el cual se sustenta en los sigu¡entes Pública para la Acción Comunal Este Proyecto de Acuerdo, por el cual se crea la Política para el Municipio' teniendo en en el Municipio ae nionegroie;¡"i" 'ügt"n importancia hace necesaria la construcclon' cuenta las múltiples rrronu"- pár las-cuales.se política pÚblica.para la Acc¡ón Comunal' dadas las implementación y consotiOaciáÁ dL una 'de Acción comunal y Juntas de Vivienda condiciones que median r""'áii"*"1éi i"ntas en el Municipio óo.unitát¡a en los diferentes contextos que observamos LaAcciÓnComunalesunaorganizacióncomunitariademavortradiciÓneimportanciaen irr"es de ia organización. comunal, las Cotombia cuya vida ¡rriaicá1.,i"-"-áñ réá4,-Á la importancia.de organizarse comunidades urbanas V tu,"r"tlo'"n"ion " to'pt"nderrespectiva solución' a través de la e identificar los problemas q;;l;;i;-t"" i así buscar ác"ün"s con actores estables y no estables "ol.ctivas y de una comunidad que se fundamenta La Acción Comunal es una expresión organizada partlclpallva' desarrolla los principios de la democracia LaLeylgdelg5SinstituclonalizódelaaccióncomunalenColombia,YregulÓlosinicios con la visión y propósito de regular' de la Acción comunal, in'o""'iOo su ireexistencia """tii"t, "á"pt"r, dirigir y vigilar la Acción comunal' para el Garantiza el derecho de libre asociación La Constitución Política de 1991 Art' 38 lgualmente sociedad en distintas u"iiu¡a"a"" que ras personas.realizan Desarroro de a ra orsan¡zación, promoción v 'as 103¡nc¡so'süu)ü-,,Ejz"iááJiornnu¡rá estabrece er art. \e6:ffi @r@ * PBX 520 ¿t0 60' Código Postat tZlP Ntf.890.907.317'2. Oire((iÓn Calle 49 N" 5O-O5 alcaldi¿@rioneqro'gov'co éle«rÓn¡co: 9¡$rw-rionegro gov'(o correo COOE) o54o4o' iHr larl' ^,.,n"#lon*," --"- bienestar de la población En la plazo de tiempo Y que tiene un impacto directo en el , .-. .^^iAn üroqiJt qr" van identificando y priorizando s¡tuaciones estrateg¡as §'srl Alcrldla de Rroneqro "**4h-"" kFÉnbbdeAxEI]e capacitación de ras asoa¡aciones profesionares, c¡vicas: sindicates, comunitarias, iuvenites, benéf¡cas o ae . c2yt;;;";;;i;:",;;!Áentates, sin detimento de su autonomia con el obieto de !i,!1! que.constituyan *"iii¡"Ái"' o"mocrát¡cos de representación "r2,:,nlf;,e,:"'2",:',::X?:;"!:,¡,3'ti"'oá"iá,'-lliié72"¡¿,, controt v ,¡gíáÁiiá"áé' h La Ley 136 de 1994 articuro 143 modificado por er artícufo 1 de ra Ley 753 de 2002, estabtece "Artícuto 1". Funciones. c,oiiipiÁ¿l J')os alcal¿es de ros municipios clasificados en cateeoria Drimera y,especiar,'er otorgámrento. suspens,on y cancerac¡ón de ta personeria iuríd¡ca. ási como ra aiprobación.,á,u'iliáin'y /as ac¿uacrones de las juntas de acc¡ón comunar, junb dá ,¡r¡iiii "ontrotde Acción comunar domiciriadas én ta municipaiJai,-"ir'rriiáia v asociaciones de juntas de Ju'iliror.,a"d con ras or¡entaciones impañ¡das ar respecto, por et Minislená'Ját"tiit"ni"it atcatde podrá delesar esfas atnbuciones en /as ,nsfancias secc¡ona/es a"t gobiemo. de [iLño ".iii, La Ley 743 de 2002 Desarroró er ARTrcuLo 3g de ra potítica de corombia y é/ se garantiza er derecho ae hre asociai¡oi constit.ución desarroro de tas dist¡ntas actividades que ras personas rearizan en soc¡edadi. -i".iiiü"r,rererente a ros organismos de e' acción comunal. Tiene por prororo, lir.' .t i;iJ y estructurar fortalecer la .objeto organ¡zación democrática. moderna, párticipativa y ieJ'rJ""ntat¡ra en ros organismos de acción comunar en sus respect¡vos güdos á*"át'^ro"-vl la pretende vez, estabrecer un marco juríd¡co claro para sus relacioñes con a estáaól'cJn los particulares. El Decreto 2350 de 2003 Regramenta ra Ley 74g de 2002,Indica que ra norma t¡ene por objeto promover. facilitar, est-ructurar y torta-recei üo-riá-ni.rcion democrát¡ca, moderna, part¡c¡pativa y representat¡va en ros organismo" a" comunar en sus respectivos grados asociativos y a ra vez, pretenáe estabrecer"J"ion un marco jurídico craro para sus relaciones con er Estado. La organízación comunar Jeberá adoptar a través de su estructura comunar ra estrateq¡a de Formación de rormaJáres para ra capacitación de sus afiliados, en cooperación ras ent¡dades aá inspección y vig¡rancia y establecerá los mecanismos para su implementación. "ontior, ón El Decreto 890 de 2008 por er cuar se regramenta parciarmente ra Ley 743 de 2002, sobre las labores de ¡nspecc¡ón y vigirancia así1omo ra 6,isquáJá de mecán¡smos-p;;;;;J"r", la operación de esta f¡gura a fin de preservar el interés general. El conpes 3661 de 2010 documento de polít¡ca orientado al fortalecimiento de los organismos de Acción comunar, a través de ra definic¡ón de estrategiai, metas concretas que contr¡buyan a su reconocimiento, autonomía, i-no.p.nJ"n"i, """¡"r*"-v i sostenibilidad. Esta Polít¡ca Pública es la realización de un "pacto" entre el Estado y sociedad donde el objeto es el beneficio de ras comunidades o de sectores pobraciones que r, construcc¡ón de las mismas con una perspectiva realmente participativa qr" lnirry"n iá manera determ¡nada sobre ra vida de ros ciudadanos. se puede becir qüe rr" páriii"". públicas son un conjunto de decisiones concertadas que se ir.ran a ca¡o'á io p",tdp*;; i";d;;;;; Nlr, 890.907.3r 7"2. Dirección caite 49 N" 5+05 pBx 520,r0 60, cédigo postat (¿tp cooE) 0540,ro. www.rlonegto.gov.co Coffeo ele(trónico: alcald¡a{Orione gro.govco §s,'¡i. . .,ri de las - Se presentan casos de abuso de poder por parte de algunos de los directivos Juntas de AcciÓn Comunal casos' - l;;-;;;i""es de trabajo son ¡noperantesen muchos planes acción que permita una de tá'ela¡oración - No hav acompañamiento iara ae nccion comunal y rosdeentes municipales r""irntai ,:""i¿í#;iJa" se cumplen los no comunales - Ü;';;;;"t" ;;;#i;;;iá; ""ii" áá oiganizaciones significati;n¡ presentan los informes de sestión en las d" oe-renaiciái "';;1""' instancias indicadas. anteriormente expuesto' Teniendo en cuenta lo ';"::i::;i'i':i'ñ;;5; 1""^:"X5:.":""1"i111 q'"9"1-:11'1"^lT^[ll'5,:,^11'""X?:i:' 9: 3:li:^"-":,?1":"X#;i ii ü;¡:I"::i:l i:ii:3'H'J,""ff f,'ó"¿:?'ÍX;;"i;;;i;";iülyr,:*^I':::::"q,Y:::'JI'.5 !"*:L1e,I¿'Jl:'":Jffi ;J'f il;,ti"ülryll^{.fun Rionesro :':l#='ffi ;iudadanosder con más futuro MuniciPio ;;,iil;"; il"Lonitir""i¿n ie "::Xf -.--.--) Sepúlveda Alvaro D¡rector Participación González de convivencia wv{w.f ioneglo,goY'(o Zapata de Gobierno INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE ACUERDO N"OO2 DE 2015 'PoR EL CUAL SE CREA LA POLITICA PÚALICN PARA LA ACCION COMUNAL EN EL MUNICIPIO DE RIONEGRO - ANTIOQUIA' Rionegro. lebrcto 24 de 2015 Doctor JUAN MANUEL GONZALEZ ARBELAEZ Presidente y demás honorables Concejales Comisión de Servicios Administrativos Concejo MuniciPal. t "(. ,(( ( Honorables concejales en comisión. po-r la mesa Directiva del ponencia favorable del permitimos rendir Honorabie Concejo Municipal, nos CREA LA PoLlTlcA sE cuAL proyecto de acueido No 002 de 2ol5'PoR EL Fuár-¡cn pARA LA AccloN coMUNAL EN EL MUNlclPlo DE RIoNEGRo ANTIOQUIA" En cumpl¡miento de la designación efectuada pese a los avances en el proceso de participación comunitaria en colombia, las políticas económicas y sociales que rigen para la acciÓn comunal aÚn no son suficientes. Por el contrario, las tendencias en los mecanismos de participación demuestran que existe cierto desanimo por la falta de presencia del Estado en estas comunidades organizadas. Frente a este panorama, se requieren políticas públicas que, reconociendo el trabajo incansable desplegado por hombres y mujeres en las actividades comunales, propicien la efectividad de lascapacidadesquecadamunicipio,DepartamentoyRegiónnecesitanpara impulsar su propio desarrollo. En este sentido, buscando hacer realidad lo d¡spuesto en nuestra constitución Polít¡ca para efectos de fortalecer la partic¡pación ciudadana en los organismos comunales este proyecto de acuerdointroduceparámetrosquebuscanestablecerdisposiciones diferenciales que reconozcan realmente el trabajo las Juntas de Acción comunal y Juntas de Vivienda comunitaria. mayor tradición e La Acción Comunal es una organizaciÓn comunitaria de '1958' A través de la *portán"ia en Colombia cuya vida Jurídica nace en comenzaron a y rurales oráanización comunal, las comunidades urbanas que las problemas. r, importancia de organizarse e identificar los ""i.pi""á", ;i;;i;" y así buscar la respectiva sotución, a través de acciones colectivas con actores estables Y no estables. LaConStituciÓnPolíticade199l.Art.38Garant¡zaelderechodelibre que las personas asociacion para el Desarrollo de las distintas actividades ¿Dz5) y comunidad demanda' mejorando sus condiciones más efectiva y real' lapacidades en la búsqueda de una participación nece;idades que la de motivos del proyecto de La Administración Municipal señalÓ en la exposición contó y consultó el querer e acuerdo radicado ante el Concejo que esta in¡c¡ativa quienes se socializó el articulado inquietudes de los organismos comunales' con con la aprobación de este aquí plasmado. Confiamos en que podremos tener proyecto de acuerdo. presente proyecto de acuerdo Por lo anter¡or presentamos ponenc¡a favorable al voto pos¡tivo para que se esperando de todos los Honorables concejales su convierta en norma municiPal. Cordialmente: \ 4,¡*¡t.rt nt\§' cYoVÁÑ t tv GARCIA MARTI N EZ Presidente del Concejo # Conceio de Rionégro Rionegro, febrero 27 de 2015 Departamento de Antioquia Señor OMAR EFRÉN MONROY PALACIO Vicepresidente Primero y demás Concejales en Plenaria Concejo Municipal Rionegro Referencia: Ponencia, segundo debate proyecto de acuerdo 002 de 2015 Respetados señores: Por designación de la Mesa Directiva nos correspondió ser ponente.s del_Pro19cto dC ACUETdO OO2 dC 20,15 "POR EL CUAL SE CREA LA POLITICA PUBLICA PARA LA ACCION COMUNAL EN EL MUNICIPIO DE RIONEGRO - ANTIOQUIA", Ia cual argumentamos de la siguiente manera: Pese a los avances en el proceso de participación comunitaria en colombia, las políticas económicas y sociales que rigen para la acción comunal aún no son suficientes. Por el contrario, las tendencias en los mecanismos de participaciÓn demuestran que existe cierto desánimo por la falta de presencia del Estado en estas comunidades organizadas. Frente a este panorama, se requieren políticas públicas que, reconociendo el trabajo incansable desplegado por hombres y mujeres en las actividades comunales, propicien la efectividad de las capacidades que cada municipio, Departamento y RegiÓn necesitan para impulsar su propio desarrollo. En este sentido, buscando hacer realidad lo dispuesto en nuestra Constitución Política para efectos de fortalecer la participación ciudadana en los organismos comunales este proyecto de acuerdo introduce parámetros que buscan establecer disposiciones diferenciales que reconozcan realmente el trabajo las Juntas de Acción comunal y Juntas de Vivienda Comunitaria. La Acción comunal es una organización comunitaria de mayor tradición e importancia en colombia cuya vida Jurídica nace en 1958, A través de la organización comunal, las comunidades urbanas y rurales comenzaron a que las coimprender la importancia de organizarse e identificar los problemas afecian y así busiar la respectiva solución, a través de acciones colectivas con actores estables Y no estables. asociación La Constitución Política de 1991 . Art. 38 Garantiza el derecho de libre en realizan que las P9LS9n?t ;;;-"i ú;rrrollo de las distintas actividades sociedad.lgualmenteestableceela¡f.l03incisosegundo,,ElEstadocontribuiráa la,s asociaciones profesionales' la organizaciÓn, promoc'ión y capacitaciÓn de utilidad comÚn no cívicas, sindicates, comunit;r¡as' iuveniles' benéficas o de c.onstituyan giii;rÁirtrles,'s¡n delimento'dá su autonomía con el obieto de qu.e de instancias las diferentes mecanismos democrático's de representación . en 'iiiii¡pári¡áÁ, que se pÚbtica gestiÓn concertación, control v vigilancia de ta establezcan". LaLeyl36delgg4Articulol43modificadoporelArtículo1delaLey753de2002, a los alcaldes ge t1s establece "A¡1ículo t". iin"¡inis' Corresponde -ytly^1i0ios y el otorgamiento' suspensiÓn especial', piÁ"^ categoríá en clasificados y tomo ta,aprobaóiÓn' revis.ion *?'t,::!,!?. cancelación de ta personáriá ¡ii'¡di'' u"i y acciÓn comunal'.-htnta de vivienda comunttana Ot /as de ¡intái actuacione.s las de iiÁunal domtió¡tiadas en la municrpalidad, det asociaciones de iuntas"i" Ár"¡Oi at respecto''oor et li1tsle1o conformidad con tas "';';;;i;;;""-lÁiart¡¿as atiAuciones en /as instancias secciona/es lnterior, el alcatde poArá"iJuiut-estii del sector PÚbtico de gobierno' y v'r Concejo de Rionégro Departamento de Antioqu¡a EI Decreto 2350 de 2003 Reglamenta la Ley 743 de 2OO2, i por objeto promover, facilitar, estructurar y fortalecer la organización democrática, moderna, participativa y representativa en los organismos de acción comunal en sus respectivosgradosasociativosyalaVez,pretendeestablecerUnmarcojurídico claro para sus relaciones con el Estado Esta iniciativa de crear las Políticas Públicas para la AcciÓn comunal en Rionegro, busca proporcionar a los organismos de AcciÓn comunal claridad normativa sobre los procedimientos de su gestión y el fortalecimiento de la organización comunal en el Municipio de Rionegro que responda a una de construcción de capital social. E|textodeproyectodeacuerdo'recogeenesencialospr¡ncipalesantecedentesy referentes el conpes 3661 de 2010, la ordenanza 33 de 2011 de la Asamblea y un Departamental de Antioquia, el Plan de Desarrollo Rionegro con más futuro diagnóstico realizado por la Dirección operativa convivencia y de Participación de ciudadana del Municipio con los organismos de acción comunal y la asociaciÓn juntas de acciÓn comunal- ASOCOMUNAL' desafíos de la participación y de cara a las nuevas generacionesdelasorganizacionescomunales,lasAccionesComunalesreclaman presenta a verdaderas Políticas Públicas, como las que la administración municipal consideración de esta Honorable Concejo A la luz de los nuevos jurídicos y técnicos Vemos en esta iniciativa la oportunidad de dotar de instrumentos a las organizaciones comunales para dar respuestas a las diferentes necesidades quelacomunidaddemanda,mejorandosuscondicionesycapacidadesenla búsqueda de una participaciÓn más efectiva y real' LaAdministraciónMunicipalseñalóenlaexposicióndemotivosdelproyectode querer e acuerdo radicado ante el concejo que esta iniciativa contó y consultó el el articulado aquí inquietudes de los organismos comunales, con quienes se socializÓ proyecto de plasmado. Confiamos en que podremos tener con la aprobación de este acuerdo. Por lo antes expuesto esperamos contar con el voto positivo de en Plenaria para que este proyecto sea norma municipal' Cord ialmente: &tu, Concejál P ^*w{ Conce.jal Ponente Concejal Ponente señores Concejales