proyecto de acuerdo 002-2015 - Concejo Municipal Rionegro

Transcripción

proyecto de acuerdo 002-2015 - Concejo Municipal Rionegro
MUNICIPIO DE RIONEGRO
-
ANTIOQUIA'
EL CONCEJO MUNICIPAL DE RIONEGRO, ANTIOQUIA, en uso de sus facultades
constitucionales y legales, en especaal, las contenidas en los artículos 40 y 313 de la
Constitución Política de Colombia, Ley 136 de 1994, modif¡cada por la Ley 1551 de 2012,
artículos 38 y 103 de la Constituc¡ón Política de Colomb¡a, Ley 743 de 2002, Decreto
Reglamentario 2350 de 2003, Decreto 890 de 2008, Conpes 3661 de 2010 y demás
disposic¡ones legales.
ACUERDA
ARTíCULO PRIMERO: Adóptese la Polítaca Pública para el fortalecimrento de la Acción
Comunal en el municipio de Rionegro, Antioqu¡a, la cual se enmarca en lo siguiente:
DEFINICIÓN, OBJETIVOS CONCEPTOS, PRINCIPIOS Y CRITERIOS DE LA POLITICA
PÚBLIcA DE LA oRGANIzAcIÓN coMUNAL.
ARTICULO SEGUNDO: DEFINICION: La Política Pública para el fortalecimiento de la
Organización Comunal del Municipio de Rionegro, Ant¡oqu¡a representa el conjunto de
cr¡ter¡os, propósitos, estrateg¡as, inst¡tuciones, incentivos, programas, metas y acciones,
que se deben desarrollar para garant¡zar el óptimo func¡onam¡ento de la Organización
Comunal y el cumplimiento de los ob.ietivos de los Organismos de Acción Comunal para
una real incidencaa en los diferentes ámbitos y procesos de las políticas públicas sociales
y el desarrollo comun¡tario.
ARTíCULO TERCERO: OBJETIVOS: Generat: El objetivo general de la Polít¡ca púbt¡ca
para la Acción Comunal en el municipio de Rionegro, Antioquia es fortalecer los
organ¡smos comunales del municipio, con el f¡n de aportar en el desarrollo, formación y
potencialización de sus capac¡dades para mejorar los procesos de inclusión. incidenc¡a,
part¡cipación interlocución, gestión,
con entidades
gubernamentales
y
no
gubernamentales, en Ia búsqueda del desarrollo integral de las comun¡dades.
Específicos;- Fortalecer y potencializar las capacidades y competencias de las JAC para
participar e ¡ncid¡r en la políticas públicas del munrcipio.
- Fortalecer la gestión ¡nterna de las organ¡zac¡ones comunales.
- Visib¡lizar el aporte del trabajo de los organismos comunales para Ia generación del
sent¡do de pertenenc¡a, ¡dentidad y construcción de paz en nuestro territorio.
- Fortalecer la capacidad de gestión de los organrsmos comunales para el desarrollo de
iniciativas empresariales y productivas.
- lmplementar procesos de inspección, control y vigilancia a los Organismos de Acción
Comunal.
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rurf. 890.907.317.2, D¡rer(ion C¡lle 49 N' 50-05 PBX5204060, Codigo Postal izlP C(]DE) 05404{,.
v.,ww ria¡rleqro.gov (ó (oreó eleclróni(o: álcáld¡¿i,rrior'rÉqro-gov.(o
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o;J;;ai'uturo
ARTICULO CUARTO: Conceptos Básicos: para efectos de una mayor comprensión de
este documento, Se hace necesar¡o tener presente la definición de los s¡guientes términos
que han sido tomados del documento coNPES 3661 de 2010 o se han definido con la
part¡cipación de los comunales del municipio:
Acción comunal: Es una expresión social organ¡zada, autónoma y solidaria de
la
y
soc¡edad civil, cuyo propósito es promover un desarrollo integral, sostenible sustentable,
construido a partir del e.iercicio de la democrac¡a.
el
Af¡liados (as): son personas naturales residentes en el territor¡o establecido porlos
que
(as),
cumplan
de
afiliados
libro
en
el
org;i".o'"orunal, iáscritos debidamente
ref,uisitos para la ¡nscripc¡ón legal y reg¡stren su firma en este libro'
AsambleaGeneral:EslamáximaautoridaddeunorganismodeacciónComunal,está
part¡c¡pa
int"gi"J, p"t t"áos los afiliados (as) o delegados (as), cada uno de los cuales
con voz Y voto.
comunal
Asociación de Juntas de Acción comunal (ASOCOMUNAL): Es el organismo
y
comunal
Acción
grado. Tiene ta Á,sma naturaleza jurídica de las Juntas de
i.
".gr"a" con los organismos comunales de primer grado'
se coñstituye-n
que dispone un individuo' lo cual
- Capital Social: Conjunto de relaciones sociales de las
con una red
-ái y garantía en.relación a quienes no cuentan
le ubica en posiciones Oe ver*a¡a
ia"pitat sociat .es considerado la variable que mide la
a"-ápóvo áe otros actore.,
colectivo humano, y el uso individual
colaborac¡ón social entre fos A¡terenies grupos de un
mutua, las
surgtoas á plrti. a"e ties fuentes principales: la confianza
áá J",
efectivas y las redes sociales'
normas"ñr"ioaoes
-ConfederaciónNacionaldeAcciónComunal:Eselorganismocomunaldecuarto
comunal y se constituye
acc¡ón
grado. Tiene la misma naturJJza juridica de las iuntas de
grado'
primer
óon los organismos comunales de
regular en su Articulado 27 ' Los
Comisiones Empresar¡ales La Ley 743 de .2O02 ' al
dJ los organismos comunales'
órganos de Dirección, nO-*i"itüó¡0" y Vigilancia propenden p"t
:':l^"lill:lo,l^d:
estableció en su literal nl, nt óá'¡tü'es Lmpiesariates
comunidad' cuya organlzaclon y
la
de
beneficio
en
proyectos
o
empresas
'"Át'Ut"t
en sus estatutos (Artícuro 28, Decreto
administración serán materü áe regramentación
!
2350 de 2003)
ComisionesdeTrabajo:sonlosórganosencargadosdeeiecutarlosplanes,programas
(as)' El número'
ri""eral de af]liados (asio delegados
y proyectos que defina r,
deben ser determinados y aprobados en sus
,r-J
y funciones o" "á'ÜÉ'
nombre
""i"irtoJp"i
"o|.n¡iiónes
de afiliados (as) o delegados (as).
r, nsamblea ceneral
se. ha^ce de los ciudadanos vinculados
Comunales: Es la denominaclón que,qcc¡on
comunar y a ras Juntas de Vivienda
voruntariamente a ras orgánizalio;es le
Comunitaria
Postal {ZlP CODE) 054O4O'
Dirc(ción Cdlte 49 N' 5O-O5 PBX5204060' Código
álc¿ldialirliÓneqro'gov (o
wwwriorregro.gov-co CorrÉo elÉctróñi(Ú:
NtT. 890.907.317-2.
J-
de Ronaorc
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^l.nr¡ja
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Cultura Organizacional Comunal: La cultura organizacional representa un patrón
complejo de creencias, expectativas, ideas, actitudes y conductas compart¡das por los
integrantes de una organ¡zac¡ón, que evoluciona con el paso del tiempo y expresa pautas
para la relación entre los miembros de la organización y para la relación de estas con
otras organizaciones.
Conv¡venc¡a Comunal: Cuando se habla de convivencia. se hace referencia al hecho de
llevar una existencia en común, de vivir con otro o con otros, en un clima de armonia,
alimentado por valores y principios que dan sentido a una vida compart¡da, la convivencia
en la organización está mediada por unos principios que aparecen en el artículo 20 de la
Ley 743 de 2002.
Delegados (as): Son los afiliados (as) eleg¡dos (as) por la Asamblea General para
representar a los organismos comunales (Juntas de Acción Comunal y Juntas de V¡vienda
Comunitaria) en los organismos comunales de grado superior.
Dignatario (a): Afiliado (a) o delegado (a) elegido (a) para desempeñar un cargo en los
órganos de d¡rección, administracrón y vig¡lanc¡a de los organismos comunales.
Desarrollo de Ia Gomunidad. Es el conjunto de procesos económicos, políticos,
culturales y sociales, que integran los esfuerzos de los afiliados (as), sus organ¡zac¡ones y
las del Estado, para mejorar la cal¡dad de vida de las comun¡dades.
Desarrollo Comun¡tario lntegral Autogestionario: Es el derecho a propic¡ar
autónomamente una vida digna, de calidad en comunidad y solidaridad cotid¡ana; de
todas las personas, tanto en lo emocional como en lo cognitivo, espiritual, soc¡al, cultural,
ambiental y político que nos permita ser competit¡vos, lo cual implica un trabajo solidario
como forma de vida en el que las personas se encuentran consigo mismas, con los
demás y con el entorno, para constru¡r mejores condiciones de vida, mediante la
autoevaluación, la cooperación, ayuda mutua y fraternidad.
Emprendimiento Comunal: es la capacidad y motivac¡ón de las personas para asumir
retos y liderar procesos comunitarios intenc¡onados, autogestionar¡os, sol¡dar¡os e
innovadores a partir de la formulación de proyectos product¡vos comunales o la creación
de empresas comunales que mejoren sus ¡ngresos y su calidad de v¡da.
Federación de Acción Comunal: Es el organismo Comunal de tercer grado. Tienen la
misma naturaleza jurídica de las Juntas de Acc¡ón Comunal y se constituyen con los
organ¡smos comunáles de segundo grado.
Fortalecimiento Organizacional: Como concepto refiere el aumento de capacidades y
mayor fuerza en la organización que generan competitivtdad y efect¡vidad. Como proceso,
hace referencia al conjunto de acciones emprendidas para lograr mayores hab¡lidades y
amplios conocim¡entos para el mejoramiento de competencias colectivas.
Gestión y Proyecto Comunal: El proyecto comunal es un hor¡zonte que es construido y
realizado por todos. Cuando nombramos a nuestros líderes como gestores, nos referimos
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Diref(jón calls 49 N' 50-05 PBx 520 40 60, Cód¡g.r Postal {ZlP COfiE) 054040.
$,r,{rv.rioñegró.go!'-co foíeo eléÍtróñico: Jl(¿ldiár., rior'1É(tró.gov.tó
NlT. 89O.9O7.1r 7,2.
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fl'#I"-"':§'fl]::i:
a la capacidad de diseñar estrateg¡as que perm¡tan que la organ¡zación haga camlno en el
lograr de una misma calidad de vida, es decir, se acerque al futuro deseado. Las
orianizaciones cuentan con un proyecto colectivo que vincula a líderes y a part¡cipantes
en Ia construcción de un futuro mejor para todos.
Junta de Acción comunal (JAC): Es una organización cívica, social y comunitar¡a dey
gestión social, sin ánimo de lucro, de naturateza solidaria, con personería .iuríd¡ca
lugar que aúnan
ñáüÁonio propio, ¡ntegrada voluntariamente por los res¡dentes de uny sustentable con
sostenible
¡ntegral,
esfuerzos y recursos para procurar un desarrollo
fundamento en el e.ierc¡c¡o de la democracia participat¡va.
Junta de vivienda comun¡tar¡a (JVC): Es una organización cívica sin ánimo de lucro,
programas de
integrada por familias que se reúnen con el propósito de adelantar
meioram¡ento o de autoconstrucción de vivienda'
Mutual comunal: La Ley 743 en su artículo 70, estableció que los organismos de Acc¡ón
financiar sus
Comunat podrán constitúir empresas o proyectos rentables con el fin de
es una
comunal'
la
mutual
manera
de la comunidad. De esta
ñ;g;rr¿ en benef¡c¡o
por
Gobierno
el
y
aprobada
[iéá"¡iát., sociat sin ánimo de 1ucro, const¡tuida legatmente
nacional.
por la
Plan de Desarrollo comunal: Es el conjunto de iniciativas formuladas
de
habitantes
los
con
oiganizac¡¿n comunal a part¡r de procesos y diagnósticos realizados
su respectivo sector.
politica, designa a
Sociedad civil: El término sociedad civil, como concepto de la ciencia
de
la diversidad de personas con categoría de ciudadanos que actúan generalmentetodo
a
que
público
conciernen
el
ámbito
manera colectiva para tomar decisiónes en
ciudadano fuera de Ias estructuras gubernamentales'
Pública para el
ARTICULO QUINTO: PRINCIPIOS: La implementac¡ón de la Política
Antioqu¡a
Rionegro'
fortalecimiento de las organizaciones comunales en el municipio de
tendrá como postulados esenciales:
a.RespetoalosDerechosHumanos.segarantizaraelejerciciopleno-de.losderechosde
fundalnentales para
los m¡ám¡ros de las Acciones Comunalés del JVC como actores
procesos
to_ri I ñri", parte de las decisiones, a través de sus intervenciones en
comuniiarios, sociales, políticos y ciudadanos
de la partic¡pac¡ón de las JAC y JVC
b. Autonomía. La administrac¡ón reconoce el ejercic¡o
sin presiones o lim¡tac¡ones de ninguna clase'
la igualdad y no
c. lgualdad y no discriminación En las JAC y JVC sey garantizará
en cuenta su
tener
sin
todas'
áit"i,rinr"¡o'n propendiendá por la participación de. todosnivel de educación, entre otras
oiLnt""ion sexual, id!ologiá poliiica, retigión,
"orár,
diferencias.
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Cod¡go Postal (¿lP CQOE) 054O4O'
Nlf. 890.907.317-2. D¡r¡cción Calle 49 N 5O'O5 PBX5204060'
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www,rioriegro.qov'(Ó (orreo elB(trófti(Ó: ¿l(aldi¿ii'lione!tro-gov
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Arcortr,a de
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Anroquá
d. lmparcial¡dad. Los procesos relacionados con la gestión comunal se realizarán a través
de procesos justos, transparentes y no d¡scriminatorios por lo cual las decisiones que se
asuman se realizarán atendiendo a criterios objetivos relac¡onados con predominanc¡a del
b¡en común frente a interés particulares, influenc¡as, prejuicios o tratos discr¡minatorios.
e. ldentidad Comunal. Se fomentará el sentido de pertenencia a la organ¡zación comunal
y la valoración de su aporte a la comun¡dad y sociedad.
f. Diversidad. Reconocim¡ento y valoración de la diversidad y la diferencia humana y social
que garant¡za la inclusión soc¡al.
ARTICULO SEXTO: Criterios para la implementación de la política pública comunal en el
municipio de R¡onegro.
a. El b¡en común prevalece sobre el ¡nterés particular.
b.
Participación efectiva.
En el ejercicio de lo comunal se hace
necesario el
reconocimiento de la participación por lo cual es ¡mportante la vivencia de igualdad en las
oportunidades.
c. Solidaridad e inclusión social. Se necesita establecer prioridades y mecanismos para
garantizar la part¡c¡pación e inclusión social de la población más vulnerable.
d. lgualdad de oportunidades. La condic¡ón de género no será limitante en el ejerc¡cio de
la participación, por lo cual todas las personas gozarán de derechos y oportunidades
iguales al interior de la organizac¡ón y fuera de ella en todo cuanto proponga, organice,
real¡ce y se beneficie la organización comunal.
e. Promoción de nuevos liderazgos y relevo generacional. Se promoverá una mayor
participación y apertura a las generaoones más jóvenes en la organ¡zac¡ón comunal.
f. lnnovación. se promoverá el uso de las nuevas tecnologías, para fortalecer el trabajo de
las organizaciones comunales.
g. Responsabilidad social. se promoverá ejercic¡o que promuevan el cu¡dado y protección
de los ámb¡tos: social, ambiental, patr¡monial y cultural del municipio.
h, Reconocimiento al trabajo comunal. se promoverá la valoración del traba.io comunal y
el aprecio por los dignatarios comunales.
i. lncidencia efectiva, Tener una incidencia d¡recta en la implementación y segu¡miento a
las diferentes políticas públicas del municip¡o de Rionegro.
j. Territorialidad. Se reconoce que las organizac¡ones comunales
tienen lím¡tes territor¡ales
para su activ¡dad.
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NlT.8eoe07.ll7'2. ü¡recc¡ón Cdlle 49 N" SO.O5 pBXS204060, (oriigo post¡l
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wlvrv.riotlegró.güv-cú Coreó el€(kórlico: ¿lc¿ldi¿," riorier:trú_góu.ró
CQUE) 05404{t,
'll
Alcs¡dia de Rsnsgrc'
k. Transparenc¡a y publicidad. Todas las actuac¡ones y decis¡ones que se tomen en el
seno de las organiz;c¡ones comunales deben contar con procesos donde la_ información
iea suficiente [ara la toma de decis¡ones y Se cuente con mecanismos de d¡fusiÓn de las
mismas para todos los afiliados.
LINEAS DE ACCIÓN DE LA POLITICA PÚBLICA DE FORTALECIMIENTO
ORGANISMOS COMUNALES EN EL MUNICIPIO DE RIONEGRO.
A
LOS
ARTICULO SEPTIMO: Defin¡ción Líneas de acción. La Política Pública para la Acc¡ón
que
co.rn"t en el municipio de Rionegro, presenta las s¡guientes lineas.de^acción
Organización
la
fortalecida
ser
debe
fresentan los diferentes componentea en los cuales
Comunal.
de
ART|CULO OCTAVO: Fortalecim¡ento para la participación efect¡va: coniunto
y
y
las
comunidades
que promueven el empoderamiento de_las. organizaciones
en
"á.ion".
qu" é"n"rán áondiciones para una incrdencia efectiva de los organismos comunales
las decisiones de política pública.
Se establecen las siguientes acciones:
-
comunales en
Capacitación del 100% de los cuadros directivos de los organismos
horas como
20
cumpliendo
y
diférentes temát¡cas sociales, políticas comunitarias,
mínimo.
las JAC y JVC
Ápoyo para la elaboración de los planes operativos del 100% de
desarrollados en
c'onluña, concertación y socialilación de los programas sociales
cada territorio del municipio con las JAC y JVC'
y
con participación de
Se realizará una conve;;ión anual de présidentes de JAC JVC
comunales de otros entes territoriales'
de pasantias comunales anualmente
Se desarrollará un programa
'soc¡alizaián
experiencias exitosas de las organizaciones
Se sistema lizarán y
comunitarias.
-Serealizarán¡ntegracionescomunalesanualesySeinstitucionalizaráeldiadela
Acción Comunal
.
la elaboración, ejecución y
§á-garant¡zará la participación de las. JAC y JVC en
control del plan de desarrollo del munlclplo'
conformadas por miembros
éu pa*""Lr¿ ta contoim"ci¿n de veedlr¡as ciudadanas
de las JAC Y JVC
para el ejercicio comunal' Son las
ARTICULO NOVENO: Protección y garantías
para garantizar la vida e integridad
acc¡ones que la admin¡str""ián rnrn¡"lpuidebe adoptar
áá-tos á'gñatarios de las organizaciones. Comunitarias'
un programa de protección de los
Se establecerá por parte OJJ' é""'"t"i" de Gobierno
se vean afectados en su seguridad
dignatar¡os que por rrronÁ á su labor y liderazgo
personal.
_
ARTICULoDECIMO:Fortalec¡mientoparaeldesarrollodeiniciativasempresariales
i"'otg'nit'ción comunal que motiva la creación de
y productivas. rs el comóo*ieni"
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(alle 49 N' 50'05 PBX 520 40 60' Codigo Pottal (ZlP CODE) 054040'
890.907.317-2. Dire((ión
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al.Bldia de Rlooeqlo
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empresas y de un¡dades de negocio que generan un mayor bienestar a los comunales y la
moiivacióí por organizarse paá encontrar otras estrategias para mejorar sus condiciones
de vida. Se contémpta tamb¡én la posibilidad de que los comunales contraten para ser
proveedores de bienes y serv¡c¡os en las comun¡dades en las que se encuentren o en los
entes terr¡toriales a los que puedan llegar'
Se establecen las siguientes acc¡ones:
creación de comisiones empresariales en cada una de las Juntas de Acción
-
Comunal.
-FormaciónencontrataciónestatalyemprendimientoComunalsegÚnnormas
vigentes.
- Cieación de una unidad de acompañamiento técnico al emprendimiento comunal
desde la Administración Municipal.
- se dará prioridad a las empresas comunales en la contratación pública y privada
según norma vigente.
- Apoyar la creación de empresas comunales.
- cieár y poner en funcionamiento el Fondo de Emprendimiento comunal -FEC-.
- Diseñó be un instrumento para acompañar iniciativas comunitarias, empresariales
-
y/o product¡vas.
y
Él municipio en su programa de obras fomentará el trabajo artlculado con las JAC
JVC,
ART¡CULO DECIMO PRIMERO: Fortalec¡m¡ento de los procesos comunicac¡ón y
medios, y promoción del uso de las nuevas tecnologías'
Hace referenc¡a al acceso
y al uso de la informac¡ón aportando al desarrollo
con
capac¡dades y formación. Se refiere la implementac¡ón de acc¡ones alternat¡vas que Sean
comprensiblei por los comunales y que permitan el encuentro de los saberes y de los
conócimientos en escenarios próximos a la organ¡zación comunal y al ¡nterior de ella, se
hace mención también al aprovechamiento de todos los canales y estrategias de
comun¡cac¡ón en miras del fortalec¡miento de la organ¡zación comunal'
Se establecen las sigu¡entes acciones:
-
Formación especial¡zada en tics para el desarrollo de la comunidad a los miembros
de las organizaciones comunales.
Gestión y dotación de herramientas tecnológicas para la divulgaciÓn de Procesos
comunitarios.
de
Participación de las Organizaciones de Acción Comunal en el uso y emisión
locales'
espacios de los medios de comun¡cación
Fortalec¡m¡ento de la emisora comunitaria.
Creación del boletín de la organización comunal'
lmplementación del Sistema lntegrado de Acción comunal SllC
Realización de historias documentales de los organismos comunales-
PARAGRAFo:Elusodeestosmediosdecomunicaciónseharádemaneraexclusiva
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NlT. 890.907.317-2. D¡rccriÓn
{¡llt'r 49 N' 50'05 PBX 520 ulo 60, Código Post'rl lZtP COIIE] 0540"0'
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It:ii
i,oirdi{ó-€a;ili
-l§qi¿ ---;,iii¡o
Al(aldio de Rlonegro
para tratar asuntos comunitarios y de ¡nterés general, no podrán ser ut¡l¡zados para
la
difusión de ningún tipo de publicidad o proselitismo político.
ARTlcuLo DEclMo SEGUNDo: Fortarecimiento interno, autonomía y ét¡ca en
Organización Comunal:
la
se definen estos aspectos que permiten que el traba.io ar rnter¡or de las organizaciones
comun¡tar¡as se real¡ce de manera participativa, democrática, transparentei, uioiánL y
eficaz. Así m¡smo se trata de la posib¡lidad de tener ideas con responsabilidad y
credibilidad en un tema específico a tratar, poder tomar decisiones y ,.ái. , acciones
para lograr beneficios y defender el criterio propio de la comunidad. Dé la misma manera
la competitividad comunal refiere como base la participación y capacidad para emprender
toda acción que beneficie a toda una comunidad con principioi de calidad y excelencia.
Se establecen las sigulentes acciones.
-
Promoción de procesos de actualización, socialización y apropiación de los estatutos
en las JAC y JVC para lo cual se deberán socializar sus estatutos como mínimo una
vez al año.
se promoverá un modelo único de estatutos para la organización comunal en el
Municipio.
Construcción del código de ética del comunal y soc¡alizac¡ón del mismo.
Fortalecimiento de las instanc¡as ¡nternas de resolución de confl¡ctos.
Capacitación a los af¡liados antes de las elecciones de las Juntas d¡rectivas.
Depuración anual en las JAC y JVC
Promoción de la vinculación de los jóvenes en la organización comunal
- relevo
generacional.
Fortalecim¡ento y acompañamiento a la gestión de las comisiones de trabajo de las
JACyJVCyASOCOMUNAL
El municipio establecerá un plan de apoyo a la construcción de salones comunales
para las Organizaciones Comunitarias que aún no cuenten con estos espac¡os.
ARTICULO DECIMO TERCERO: Responsabilidad y control social:
lmplica el conocimiento de los deberes y derechos que desde su reconocimiento deben
aprehender los comunales y por los cuales están obligados a dar cuenta de sus acciones
u omisiones en el ejercicio de las funciones ¡nherentes a su cargo. Es el asumir de una
manera consciente y responsable todo proceso de gestión y corresponsabilidad con
respecto a su misión como comunal. Es la convicción por el respeto de los derechos
humanos y el cumprimiento de los principios de transparencia y pubricidad
de ras
decisiones de la organrzación.
Se establecen las s¡guientes acciones:
-
crear e imprementar una estrateg¡a de comunicación que permita ra divurgación
de
las actividades
de las Organrzaciones de Acción comunal.
Formac¡ón en Control Social.
Conformación de veedurías ciudadanas.
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La Dirección Operativa de convivencia y de Participación Ciudadana desarrollará las
actividades de control, inspección y vigilancia de los organ¡smos comunales
ARTICULO DECIMO CARTO: Procesos de formación:
Se considera esta línea de acción como transversal a toda la política pública, porque el
comunal debe estar constantemente en proceso de formación y capacitación y así adqu¡rir
conocimientos y competencias que generen soluciones prec¡sas a las diferentes
problemáticas de la comunidad.
Se establecen las s¡guientes acciones:
-
El mun¡cipio fac¡litará los medios y la capacitacrón para que el comunal transmita y
br¡nde resultados que ayuden a fortalecer comunidades, para lo cual diseñará un
plan municipal de formación comunal.
La administrac¡ón promoverá que en los colegios del municipio se aborden contentdo
sobre la Acción Comunal en la cátedra de democracia.
lmplementar y sostener el proceso formador de formadores.
lmplementar la escuela de comunalitos.
ARTICULO DECIMO QUINTO: Gestión Ambiental en la Organización Comunal:
La conservación y cuidado del medio ambiente merece una mayor atención. Se trata de
fomentar que las organizaciones comunales participen act¡vamente en la tarea de cuidar
el med¡o ambiente del municipio y en su propio entorno.
Se establecen las sigu¡entes acciones:
- Conformación de com¡siones ambientales.
- Desarrollo de programas de educación ambiental.
- Capac¡tac¡ón e implementac¡ón de proyectos ambientales
- Promover la creación de veedurías ambientales.
- Promoción de empresas comunales con beneficios ambientales.
ARTICULO DECIMO SEXTO: Planes de Acción y de Desarrollo Comunal:
A partir de la sanción de este acuerdo se tendrán seis meses para la presentación of¡c¡al
de los planes de acción que se establecen en el presente Acuerdo, donde se determinen
insumos, recursos, indicadores, metas, tiempos y responsables de la implementac¡ón y
seguim¡ento de cada uno de las líneas de acción.
Parágrafo: La coordinación de esta elaboración estará a cargo de la Dirección Operat¡va
de convivencia y de Participación Ciudadana de la Secretaria de Gobierno y Tránsito del
Municipio de R¡onegro.
SEGUIMIENTO,.INSTANCIAS, FINANCIAMIENTO, VIGENCIA Y DEROGATORIA DE
LA POLITICA PUBLICA COMUNAL EN EL MUNICIPIO DE RIONEGRO
ARTICULO DEC¡MO SEPTIMO: Seguimiento
a la implementación de la
politica
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Nlf. 890.907.317-2. D¡re((¡ón C¿lle 49 N' 5o.O5 PBX 520 40 60, Código postat {¿lp CODE] 0540¿}0.
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-'."uiilñ;:-.r,¡-
$:9"-*I'fltH:
Públ¡ca Comunal:
Se constituirá un comité veedor conformado por 5 miembros de Asocomunal elegidos
democrátieamente en Asamblea General de la Asociación de Juntas de Acción Comunal
del Municipio, con quienes se conformará una veeduria legalmente constituida y hará
seguimiento a la implementación de la Política Pública Comunal que rendtrá un informe
anúal en articulación con la Dirección de Participación, respecto a avances y alcances de
esta política.
Este informe se presentará en una Audiencia de Rendición de cuentas de las
programadas por la Administración Municipal.
ARTICULO DECIOMO OCTAVO. lnstancias:
para la implementación de esta política se articularán las acciones correspondientes con
cada una de las dependencias de la Administración Municipal y aquellas que en el
CONPES 3661 de 2010 se establecen.
El plan de acción que se presente establecerá las dependencias y entidades que
adquieren compromisos para la implementación de cada línea de acción
ARTICULO DECIOMO NOVENO: Financiación:
a la ejecuc¡ón de procesos con la organización
comunal
y
internas
y
de
financiación
fuentes
provenientes de los diferentes niveles, dependencias
en
este
definidas
líneas
de
acción
externas, serán destinados únicamente al desarrollo de
documento.
Los recursos asignados
ARTICULO VIGECIMO: V¡gencia y derogatoria.
Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación y deroga las
que le sean contrar¡as
Dado
de 2015
el Municipio de Rionegro- Antioquia
Sepúlveda
Gómez Zapela
Ester Lu
deG
t1111 Y )r 17'17,
Gor,zález
conv¡vencia y
&,
\J
RamíMDiaz
5o'ü5 PBX 520 40 60, Códiqo Post¡t (ZlP COÍIE) 054o4O'
(oraÉo
El¿ttrÓnico ál(¿ldtarrlior'lÉ9ro-gov.rÓ
wwv,..rlotregró,gov-(ó
NIT 890 907.317-2. D¡rccc¡Óñ CallP 49 N'
E
e
tf..l
.1...
-ió¿-- t7-oz'L{
EXPOSICIÓN DE
- MOTIVOS
.PoRELCUALSECREALAPoLIT|CAPÚBLIGAPARALAAccIoNCoMUNALENEL
MUNICIPIO DE RIONEGRO
-
ANTIOQUIA"
Doctor
GEOVANNY GARCIA MARTINEZ
Presidente y demás Honorables Concejales
Rionegro
Honorables concejales:
el proyecto de acuerdo del asunto
ResDetuosamente presentamos para su consideraciÓn.
termlnos:
de lá referencia, el cual se sustenta en los sigu¡entes
Pública para la Acción Comunal
Este Proyecto de Acuerdo, por el cual se crea la Política para el Municipio' teniendo en
en el Municipio ae nionegroie;¡"i" 'ügt"n importancia
hace necesaria la construcclon'
cuenta las múltiples rrronu"- pár las-cuales.se
política pÚblica.para la Acc¡ón Comunal' dadas las
implementación y consotiOaciáÁ dL una
'de
Acción comunal y Juntas de Vivienda
condiciones que median r""'áii"*"1éi i"ntas
en el Municipio
óo.unitát¡a en los diferentes contextos que observamos
LaAcciÓnComunalesunaorganizacióncomunitariademavortradiciÓneimportanciaen
irr"es de ia organización. comunal, las
Cotombia cuya vida ¡rriaicá1.,i"-"-áñ réá4,-Á
la importancia.de organizarse
comunidades urbanas V tu,"r"tlo'"n"ion " to'pt"nderrespectiva solución' a través de
la
e identificar los problemas q;;l;;i;-t"" i así buscar
ác"ün"s
con actores estables y no estables
"ol.ctivas
y
de una comunidad que se fundamenta
La Acción Comunal es una expresión organizada
partlclpallva'
desarrolla los principios de la democracia
LaLeylgdelg5SinstituclonalizódelaaccióncomunalenColombia,YregulÓlosinicios
con la visión y propósito de regular'
de la Acción comunal, in'o""'iOo su ireexistencia
"""tii"t,
"á"pt"r,
dirigir y vigilar la Acción comunal'
para el
Garantiza el derecho de libre asociación
La Constitución Política de 1991 Art' 38
lgualmente
sociedad
en
distintas u"iiu¡a"a"" que ras personas.realizan
Desarroro de
a ra orsan¡zación, promoción v
'as 103¡nc¡so'süu)ü-,,Ejz"iááJiornnu¡rá
estabrece er art.
\e6:ffi
@r@ *
PBX 520 ¿t0 60' Código Postat tZlP
Ntf.890.907.317'2. Oire((iÓn Calle 49 N" 5O-O5
alcaldi¿@rioneqro'gov'co
éle«rÓn¡co:
9¡$rw-rionegro gov'(o correo
COOE)
o54o4o'
iHr
larl'
^,.,n"#lon*,"
--"-
bienestar de la población En la
plazo de tiempo Y que tiene un impacto directo en el
, .-. .^^iAn
üroqiJt qr" van identificando y priorizando s¡tuaciones
estrateg¡as
§'srl
Alcrldla de Rroneqro
"**4h-""
kFÉnbbdeAxEI]e
capacitación de ras asoa¡aciones profesionares,
c¡vicas: sindicates, comunitarias,
iuvenites, benéf¡cas o ae
.
c2yt;;;";;;i;:",;;!Áentates,
sin detimento de su
autonomia con el obieto de !i,!1!
que.constituyan *"iii¡"Ái"'
o"mocrát¡cos de representación
"r2,:,nlf;,e,:"'2",:',::X?:;"!:,¡,3'ti"'oá"iá,'-lliié72"¡¿,, controt v ,¡gíáÁiiá"áé' h
La Ley 136 de 1994 articuro 143 modificado
por er artícufo 1 de ra Ley 753
de 2002,
estabtece "Artícuto 1". Funciones.
c,oiiipiÁ¿l
J')os alcal¿es de ros municipios
clasificados en cateeoria Drimera y,especiar,'er
otorgámrento. suspens,on y cancerac¡ón
de ta personeria iuríd¡ca. ási como ra aiprobación.,á,u'iliáin'y
/as ac¿uacrones de
las juntas de acc¡ón comunar, junb
dá ,¡r¡iiii
"ontrotde
Acción comunar domiciriadas én ta municipaiJai,-"ir'rriiáia v asociaciones de juntas de
Ju'iliror.,a"d con ras or¡entaciones
impañ¡das ar respecto, por et Minislená'Ját"tiit"ni"it
atcatde podrá delesar esfas
atnbuciones en /as ,nsfancias secc¡ona/es a"t
gobiemo.
de
[iLño
".iii,
La Ley 743 de 2002 Desarroró er ARTrcuLo
3g de ra
potítica de corombia y
é/ se garantiza er derecho ae hre asociai¡oi constit.ución
desarroro
de tas dist¡ntas
actividades que ras personas rearizan en soc¡edadi.
-i".iiiü"r,rererente a ros organismos de
e'
acción comunal. Tiene por
prororo,
lir.' .t
i;iJ
y
estructurar
fortalecer la
.objeto
organ¡zación democrática. moderna,
párticipativa y ieJ'rJ""ntat¡ra en ros
organismos
de
acción comunar en sus respect¡vos güdos á*"át'^ro"-vl
la
pretende
vez,
estabrecer
un
marco juríd¡co claro para sus relacioñes con a
estáaól'cJn los particulares.
El Decreto 2350 de 2003 Regramenta ra Ley 74g de 2002,Indica
que ra norma t¡ene por
objeto promover. facilitar, est-ructurar y torta-recei üo-riá-ni.rcion
democrát¡ca,
moderna,
part¡c¡pativa y representat¡va en ros organismo"
a"
comunar en sus respectivos
grados asociativos y a ra vez, pretenáe estabrecer"J"ion
un marco jurídico craro para sus
relaciones con er Estado. La organízación comunar Jeberá
adoptar a través de su
estructura comunar ra estrateq¡a de Formación de rormaJáres para
ra capacitación de sus
afiliados, en cooperación
ras ent¡dades aá
inspección y vig¡rancia y
establecerá los mecanismos para su implementación. "ontior,
ón
El Decreto 890 de 2008 por er cuar se regramenta parciarmente
ra Ley 743 de 2002, sobre
las labores de ¡nspecc¡ón y vigirancia así1omo ra 6,isquáJá de mecán¡smos-p;;;;;J"r",
la operación de esta f¡gura a fin de preservar el interés general.
El conpes 3661 de 2010 documento de polít¡ca orientado al fortalecimiento de los
organismos de Acción comunar, a través de ra definic¡ón de estrategiai, metas concretas que contr¡buyan a su reconocimiento, autonomía, i-no.p.nJ"n"i,
"""¡"r*"-v
i
sostenibilidad.
Esta Polít¡ca Pública es la realización de un "pacto" entre el Estado y sociedad
donde el
objeto es el beneficio de ras comunidades o de sectores pobraciones que
r,
construcc¡ón de las mismas con una perspectiva realmente participativa qr" lnirry"n
iá
manera determ¡nada sobre ra vida de ros ciudadanos. se puede becir qüe rr" páriii"".
públicas son un conjunto de decisiones concertadas que se ir.ran
a ca¡o'á io
p",tdp*;;
i";d;;;;;
Nlr, 890.907.3r 7"2. Dirección caite 49 N" 5+05 pBx 520,r0 60, cédigo postat (¿tp
cooE) 0540,ro.
www.rlonegto.gov.co Coffeo ele(trónico: alcald¡a{Orione gro.govco
§s,'¡i.
.
.,ri
de las
- Se presentan casos de abuso de poder por parte de algunos de los directivos
Juntas de AcciÓn Comunal
casos'
- l;;-;;;i""es de trabajo son ¡noperantesen muchos
planes
acción que permita una
de
tá'ela¡oración
- No hav acompañamiento iara ae nccion comunal y rosdeentes
municipales
r""irntai
,:""i¿í#;iJa"
se cumplen los
no
comunales
- Ü;';;;;"t"
;;;#i;;;iá;
""ii"
áá oiganizaciones
significati;n¡ presentan los informes de sestión en las
d"
oe-renaiciái
"';;1""'
instancias indicadas.
anteriormente expuesto'
Teniendo en cuenta lo
';"::i::;i'i':i'ñ;;5;
1""^:"X5:.":""1"i111
q'"9"1-:11'1"^lT^[ll'5,:,^11'""X?:i:'
9: 3:li:^"-":,?1":"X#;i ii
ü;¡:I"::i:l
i:ii:3'H'J,""ff f,'ó"¿:?'ÍX;;"i;;;i;";iülyr,:*^I':::::"q,Y:::'JI'.5
!"*:L1e,I¿'Jl:'":Jffi ;J'f il;,ti"ülryll^{.fun Rionesro :':l#='ffi
;iudadanosder
con más futuro
MuniciPio
;;,iil;";
il"Lonitir""i¿n ie
"::Xf
-.--.--)
Sepúlveda
Alvaro
D¡rector
Participación
González
de convivencia
wv{w.f ioneglo,goY'(o
Zapata
de Gobierno
INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE
ACUERDO N"OO2 DE 2015
'PoR EL CUAL SE CREA LA POLITICA PÚALICN PARA LA ACCION
COMUNAL EN EL MUNICIPIO DE RIONEGRO - ANTIOQUIA'
Rionegro. lebrcto 24 de 2015
Doctor
JUAN MANUEL GONZALEZ ARBELAEZ
Presidente y demás honorables Concejales
Comisión de Servicios Administrativos
Concejo MuniciPal.
t
"(.
,((
(
Honorables concejales en comisión.
po-r la mesa Directiva del
ponencia favorable del
permitimos
rendir
Honorabie Concejo Municipal, nos
CREA LA PoLlTlcA
sE
cuAL
proyecto de acueido No 002 de 2ol5'PoR EL
Fuár-¡cn pARA LA AccloN coMUNAL EN EL MUNlclPlo DE RIoNEGRo ANTIOQUIA"
En cumpl¡miento de la designación efectuada
pese a los avances en el proceso de participación comunitaria en colombia, las
políticas económicas y sociales que rigen para la acciÓn comunal aÚn no son
suficientes. Por el contrario, las tendencias en los mecanismos de participación
demuestran que existe cierto desanimo por la falta de presencia del Estado en
estas comunidades organizadas. Frente a este panorama, se requieren
políticas públicas que, reconociendo el trabajo incansable desplegado por
hombres y mujeres en las actividades comunales, propicien la efectividad de
lascapacidadesquecadamunicipio,DepartamentoyRegiónnecesitanpara
impulsar su propio desarrollo. En este sentido, buscando hacer realidad lo
d¡spuesto en nuestra constitución Polít¡ca para efectos de fortalecer la
partic¡pación ciudadana en los organismos comunales este proyecto de
acuerdointroduceparámetrosquebuscanestablecerdisposiciones
diferenciales que reconozcan realmente el trabajo las Juntas de Acción
comunal y Juntas de Vivienda comunitaria.
mayor tradición e
La Acción Comunal es una organizaciÓn comunitaria de
'1958'
A través de la
*portán"ia en Colombia cuya vida Jurídica nace en
comenzaron a
y
rurales
oráanización comunal, las comunidades urbanas
que las
problemas.
r, importancia de organizarse e identificar los
""i.pi""á",
;i;;i;" y así buscar la respectiva sotución, a través de acciones colectivas con
actores estables Y no estables.
LaConStituciÓnPolíticade199l.Art.38Garant¡zaelderechodelibre
que las personas
asociacion para el Desarrollo de las distintas actividades
¿Dz5)
y
comunidad demanda' mejorando sus condiciones
más efectiva y real'
lapacidades en la búsqueda de una participación
nece;idades que
la
de motivos del proyecto de
La Administración Municipal señalÓ en la exposición
contó y consultó el querer e
acuerdo radicado ante el Concejo que esta in¡c¡ativa
quienes se socializó el articulado
inquietudes de los organismos comunales' con
con la aprobación de este
aquí plasmado. Confiamos en que podremos tener
proyecto de acuerdo.
presente proyecto de acuerdo
Por lo anter¡or presentamos ponenc¡a favorable al
voto pos¡tivo para que se
esperando de todos los Honorables concejales su
convierta en norma municiPal.
Cordialmente:
\ 4,¡*¡t.rt
nt\§'
cYoVÁÑ t tv GARCIA MARTI N EZ
Presidente del Concejo
#
Conceio de
Rionégro
Rionegro, febrero 27 de 2015
Departamento de Antioquia
Señor
OMAR EFRÉN MONROY PALACIO
Vicepresidente Primero y demás Concejales en Plenaria
Concejo Municipal
Rionegro
Referencia: Ponencia, segundo debate proyecto de acuerdo 002 de 2015
Respetados señores:
Por designación de la Mesa Directiva nos correspondió ser ponente.s del_Pro19cto
dC ACUETdO OO2 dC 20,15 "POR EL CUAL SE CREA LA POLITICA PUBLICA PARA
LA ACCION COMUNAL EN EL MUNICIPIO DE RIONEGRO - ANTIOQUIA", Ia cual
argumentamos de la siguiente manera:
Pese a los avances en el proceso de participación comunitaria en colombia, las
políticas económicas y sociales que rigen para la acción comunal aún no son
suficientes. Por el contrario, las tendencias en los mecanismos de participaciÓn
demuestran que existe cierto desánimo por la falta de presencia del Estado en estas
comunidades organizadas. Frente a este panorama, se requieren políticas públicas
que, reconociendo el trabajo incansable desplegado por hombres y mujeres en las
actividades comunales, propicien la efectividad de las capacidades que cada
municipio, Departamento y RegiÓn necesitan para impulsar su propio desarrollo. En
este sentido, buscando hacer realidad lo dispuesto en nuestra Constitución Política
para efectos de fortalecer la participación ciudadana en los organismos comunales
este proyecto de acuerdo introduce parámetros que buscan establecer
disposiciones diferenciales que reconozcan realmente el trabajo las Juntas de
Acción comunal y Juntas de Vivienda Comunitaria.
La Acción comunal es una organización comunitaria de mayor tradición e
importancia en colombia cuya vida Jurídica nace en 1958, A través de la
organización comunal, las comunidades urbanas y rurales comenzaron a
que las
coimprender la importancia de organizarse e identificar los problemas
afecian y así busiar la respectiva solución, a través de acciones colectivas con
actores estables Y no estables.
asociación
La Constitución Política de 1991 . Art. 38 Garantiza el derecho de libre
en
realizan
que
las
P9LS9n?t
;;;-"i ú;rrrollo de las distintas actividades
sociedad.lgualmenteestableceela¡f.l03incisosegundo,,ElEstadocontribuiráa
la,s asociaciones profesionales'
la organizaciÓn, promoc'ión y capacitaciÓn de
utilidad comÚn no
cívicas, sindicates, comunit;r¡as' iuveniles' benéficas o de
c.onstituyan
giii;rÁirtrles,'s¡n delimento'dá su autonomía con el obieto de qu.e
de
instancias
las
diferentes
mecanismos democrático's de representación . en
'iiiii¡pári¡áÁ,
que
se
pÚbtica
gestiÓn
concertación, control v vigilancia de ta
establezcan".
LaLeyl36delgg4Articulol43modificadoporelArtículo1delaLey753de2002,
a los alcaldes ge t1s
establece "A¡1ículo t". iin"¡inis' Corresponde
-ytly^1i0ios
y
el
otorgamiento' suspensiÓn
especial',
piÁ"^
categoríá
en
clasificados
y
tomo ta,aprobaóiÓn' revis.ion *?'t,::!,!?.
cancelación de ta personáriá ¡ii'¡di'' u"i
y
acciÓn comunal'.-htnta de vivienda comunttana
Ot
/as
de
¡intái
actuacione.s
las
de
iiÁunal domtió¡tiadas en la municrpalidad, det
asociaciones de iuntas"i" Ár"¡Oi
at respecto''oor et li1tsle1o
conformidad con tas "';';;;i;;;""-lÁiart¡¿as
atiAuciones en /as instancias secciona/es
lnterior, el alcatde poArá"iJuiut-estii
del sector PÚbtico de gobierno'
y
v'r
Concejo de
Rionégro
Departamento de Antioqu¡a
EI Decreto 2350 de 2003 Reglamenta la Ley 743 de 2OO2, i
por objeto promover, facilitar, estructurar y fortalecer la organización democrática,
moderna, participativa y representativa en los organismos de acción comunal en sus
respectivosgradosasociativosyalaVez,pretendeestablecerUnmarcojurídico
claro para sus relaciones con el Estado
Esta iniciativa de crear las Políticas Públicas para la AcciÓn comunal en Rionegro,
busca proporcionar a los organismos de AcciÓn comunal claridad normativa sobre
los procedimientos de su gestión y el fortalecimiento de la organización comunal
en el Municipio de Rionegro que responda a una de construcción de capital social.
E|textodeproyectodeacuerdo'recogeenesencialospr¡ncipalesantecedentesy
referentes el conpes 3661 de 2010, la ordenanza 33 de 2011 de la Asamblea
y un
Departamental de Antioquia, el Plan de Desarrollo Rionegro con más futuro
diagnóstico realizado por la Dirección operativa convivencia y de Participación
de
ciudadana del Municipio con los organismos de acción comunal y la asociaciÓn
juntas de acciÓn comunal- ASOCOMUNAL'
desafíos de la participación y de cara a las nuevas
generacionesdelasorganizacionescomunales,lasAccionesComunalesreclaman
presenta a
verdaderas Políticas Públicas, como las que la administración municipal
consideración de esta Honorable Concejo
A la luz de los nuevos
jurídicos y técnicos
Vemos en esta iniciativa la oportunidad de dotar de instrumentos
a las organizaciones comunales para dar respuestas a las diferentes necesidades
quelacomunidaddemanda,mejorandosuscondicionesycapacidadesenla
búsqueda de una participaciÓn más efectiva y real'
LaAdministraciónMunicipalseñalóenlaexposicióndemotivosdelproyectode
querer e
acuerdo radicado ante el concejo que esta iniciativa contó y consultó el
el articulado aquí
inquietudes de los organismos comunales, con quienes se socializÓ
proyecto de
plasmado. Confiamos en que podremos tener con la aprobación de este
acuerdo.
Por lo antes expuesto esperamos contar con el voto positivo de
en Plenaria para que este proyecto sea norma municipal'
Cord ialmente:
&tu,
Concejál P
^*w{
Conce.jal Ponente
Concejal Ponente
señores Concejales

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