Descargar - Internacional - Universidad Autónoma de Nuevo León

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Universidad Autónoma de Nuevo León
Secretaría de Relaciones Internacionales
Manual de Procedimientos
para la gestión y seguimiento de los
Convenios de Cooperación Internacional
Cd. Universitaria, N.L., Junio 2016
INDICE
I.
Generalidades
II. Planeación Estratégica
III. Modalidades
IV. Instrumentos
V. Ruta Crítica
VI. Difusión
VII. Evaluación de Impacto
VIII. Uso del Sistema Institucional de Información de
Internacionalización
IX. Responsabilidades de los Representantes de Relaciones
Internacionales
X. Preguntas frecuentes
XI. Anexos:
A. Formato de Carta de Intención.
B. Formato de Memorando de Entendimiento.
C. Formato de Convenio Marco.
D. Formato de Acuerdo Específico.
I. GENERALIDADES
Las relaciones internacionales de cualquier institución de educación superior, son factores
clave para el progreso de dicha institución y para establecer su visibilidad en el mundo
exterior.
Estas relaciones interinstitucionales, tan significativas en el desarrollo holístico de nuestros
educandos, son además el principal imán para la atracción de talento hacia el interior de
nuestra Universidad comprometida en avanzar sin tregua en el difícil camino de la
internacionalización.
En nuestra Universidad, nuestra cooperación con otras instituciones educativas del mundo,
permite que nuestros alumnos, profesores e investigadores y administrativos, cuenten con el
apoyo de muchas y muy diversas áreas de estudio y especialización en el extranjero, así
como la posibilidad de desarrollar importantísimas investigaciones conjuntas con
científicos y/o artistas de renombre mundial. Todo esto favorece el desenvolvimiento del
individuo en movilidad y enriquece tanto a la institución emisora, como a la institución
receptora.
Adicionalmente, la experiencia internacional agrega una dimensión cultural invaluable a
quien la aprovecha, ya que el individuo experimenta en forma real y significativa, la
manera de vivir, de conducirse y de resolver diferencias, dentro de un entorno distinto y
distante al de su origen. La resultante es una ampliación de su criterio, la adquisición de un
mayor respeto a la diversidad cultural y un impulso a su capacidad de innovar.
La Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL), ha establecido una Secretaría de
Relaciones Internacionales (SRI) con el propósito de facilitar la gestión de convenios de
cooperación académica, científica, tecnológica y cultural, con instituciones de educación
superior y organismos afines de todo el mundo.
Así mismo y para este fin, el H. Consejo Universitario ha promulgado un “Reglamento
General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León”, que
se puede consultar en cualquier momento en la página electrónica de la UANL.
(http://transparencia.uanl.mx/normatividad_vigente/archivos/LyR09/RelacionesInternacion
ales.pdf)
Cabe mencionar que un postulado muy importante de dicho Reglamento establece que las
relaciones internacionales de la UANL, son de carácter institucional1, es decir, que éstas
incorporan y se reflejan en toda la universidad, tanto en lo positivo como en lo negativo, y
por lo tanto no deben ser suscritas por unidades académicas en forma unilateral, sino que
deben seguir el proceso institucional que este Manual explica, haciéndose hincapié en que
solamente el Rector tiene la potestad de signar los convenios de cooperación internacional.
1
Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León. Capítulo I,
Arts. 4 y 7
Este proceso asegura que la relación buscada con la institución extranjera, sea honorable y
útil para el progreso de toda nuestra universidad.
Este concepto constituye un nuevo y moderno paradigma que fomenta la incorporación de
todas las Unidades Académicas en un flujo ordenado y fructífero con el propósito de llegar
a ser una “universidad de clase mundial”.
II. Planeación Estratégica
En el ejercicio de su Misión y en pos de su Visión 2020, la Universidad ha establecido por
consenso, un Plan de Desarrollo Institucional 2012-2020, que detalla los ejes estratégicos
prioritarios que deben de atenderse con precisión para lograr llegar a ser “una universidad
de clase mundial, reconocida por su formación de escuelas de pensamiento y por su
compromiso social”.
La Estrategia para la Implementación de los Programas Institucionales Prioritarios,
Indicadores y Metas No. 9 concierne a los procesos de internacionalización de nuestra
institución y puede consultarse con facilidad en la página electrónica de la UANL. 2
Aterrizando este Plan de Desarrollo Institucional a nivel de las Unidades Académicas, se
establece que el liderazgo en el proceso de internacionalización recae sobre su Director (a),
auxiliado por su equipo de trabajo y apoyado por los maestros y estudiantes.
Por lo tanto, conviene a la Dirección de la Unidad, consultar frecuentemente con sus
Cuerpos Académicos en diversos estadios de consolidación, para conocer y abanderar las
necesidades de los mismos en materia internacional. A partir de estas y otras consultas
pertinentes, (vg, su propio Consejo Consultivo Internacional, el Consejo Consultivo
Internacional y asesores internacionales ad hoc), se configura un “plan de desarrollo
internacional” de cada Unidad Académica, que identifica las áreas prioritarias de
cooperación internacional. Este plan además puede plantearse ante las diversas autoridades
competentes para enriquecerlo y hacerlo armónico con el quehacer internacional
institucional.
Cabe mencionar que el papel del Representante de Relaciones Internacionales de la Unidad
Académica es clave para el buen flujo de información entre la Unidad Académica y la
Secretaría de Relaciones Internacionales, con el propósito de facilitar el logro de los
objetivos planteados por el Director (a) de la Unidad.
Es indispensable que se utilice el Sistema Institucional de Información de
Internacionalización (SIII)3 para obtener una visión general de los procesos de
internacionalización de todas las Unidades Académicas o “visión institucional” y para
agilizar los procesos de tramitación de los documentos que sean necesarios para cumplir
con los objetivos planteados por la Unidad Académica.
2
Plan de Desarrollo Institucional UANL 2012 – 2020. Capítulo III, pág. 52
(http://www.uanl.mx/sites/default/files/documentos/universidad/pdi-2020-26abril.pdf)
3
http://internacionalizacion.uanl.mx
III. Modalidades
Hay diversas maneras de gestionar un acuerdo de cooperación internacional. Son comunes
dos escenarios, el llamado “de arriba hacia abajo” y el de “abajo hacia arriba”. Estos
términos, aunque parezcan coloquiales, en realidad son muy descriptivos y se asocian con
frecuencia a resultados casi siempre predecibles. Ejemplos de ambos serían los siguientes:
“Arriba hacia abajo”
.
Altos directivos de instituciones diferentes se conocen en algún foro internacional,
conversan y deciden que sería una buena idea que sus instituciones entraran en un acuerdo
de cooperación académica, científica o cultural. Se redactan los documentos generales o
“marco” que formalizan esta relación y se firman. Los altos directivos regresan a sus
instituciones de origen y registran el convenio recién signado con la esperanza de que
alguna Unidad Académica se interese y proceda a la identificación de posibles vías de
cooperación. Esta modalidad no cuenta con un “acuerdo específico” que detalle el quien,
donde, como y cuando ocurrirá esta cooperación. Por lo tanto, la posibilidad de fructificar
es baja y con frecuencia el “Convenio Marco” cae en categoría de “inactivo”.
“Abajo hacia arriba”
En este escenario, los profesores o investigadores conocen a sus pares en algún foro
internacional o a través de sus publicaciones. Inician una serie de conversaciones o
comunicaciones por la vía electrónica e identifican intereses comunes y la posibilidad de
cooperar para avanzar en la consecución de sus intereses académicos, científicos o
culturales. Comentan con sus directivos la posibilidad de llevar a cabo una relación
productiva con la institución extranjera y detallan cual sería el propósito de la cooperación,
quien sería el responsable en cada institución de llevar a cabo el trabajo específico, donde
se llevaría a cabo el mismo y como se financiaría. La Dirección de la Unidad Académica
comunica a la Secretaría de Relaciones Internacionales su intención de establecer esta
relación internacional y la Secretaría prepara el “Convenio Marco” o general para este
propósito y con el apoyo de la Unidad Académica, formula el “Acuerdo Específico”
detallado para someterlo a la revisión de la institución extranjera. Esto es seguido por un
intercambio de opiniones y modificaciones hasta que los documentos marco y específico
quedan aprobados por las autoridades competentes de ambas instituciones. Esta modalidad
tiene una alta posibilidad de fructificar y permanecer activa durante su período de vigencia.
Por lo tanto, es la modalidad más recomendable.
IV. Instrumentos
Para iniciar y formalizar los convenios de cooperación internacional, existen cuatro
instrumentos básicos: la carta de intención, el memorando de entendimiento, el convenio
marco y el acuerdo específico.
La UANL cuenta con formatos institucionales que sirven para este propósito y que son
versátiles, es decir, solo se agrega la información pertinente para cada caso. Ejemplos de
estos formatos se encuentran en el Anexo A.
El Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de
Nuevo León, describe dichos instrumentos de la siguiente manera4:
CAPITULO I
Disposiciones Generales
XXI. Carta de Intención, al instrumento inicial, no vinculante, mediante el cual las partes
declaran su intención de iniciar el proceso de formalización de sus relaciones de
cooperación que culminen en la suscripción de un Convenio Marco.
XXII. Memorando de Entendimiento, es un instrumento de mayor categoría que la Carta de
Intención, describe los objetivos de la cooperación y nombra responsables operativos. Es
firmada por el Rector y su contraparte extranjera y tiene una vigencia de cinco años a partir
de la fecha de su última firma.
XXIII. Convenio Marco, es el instrumento fundamental para el establecimiento de
relaciones internacionales. Declara la personalidad de los representantes legales de las
instituciones participantes y sustenta su autoridad para llevar a cabo el convenio. Establece
las áreas de cooperación y delimita el rango de responsabilidades. Es firmada por el Rector
y su contraparte extranjera, entrando en vigor en la fecha de su última firma. Será vigente
mientras no se denuncie por alguna de las partes mediante oficio escrito en el cual se da
debida cuenta de los motivos de cancelación.
XXIV. Acuerdo Específico, es un instrumento sucedáneo y complementario del Convenio
Marco, mediante el cual se establece en forma pormenorizada el objetivo específico de la
cooperación, nombra a los responsables de dar seguimiento a las actividades pactadas por
cada institución, determina las responsabilidades financieras y laborales, así como los
derechos de autor, regalías, publicaciones y patentes, entre otras. Es firmado por el Rector y
su contraparte en el extranjero, así como por los responsables del proyecto en cada
institución. Tiene una vigencia de cinco años a partir de la fecha de la última firma y
expresa los mecanismos de cancelación y renovación. En forma excepcional y por
circunstancias especiales adecuadamente validadas, podrá signarse un acuerdo específico
en ausencia de un Convenio Marco.
4
Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León. Capítulo I,
Artículo 2, Fracc. XXI, XXII, XXIII, XIV.
V. Ruta Crítica
Considerando que los convenios de cooperación internacional que celebra la UANL se
basan en los principios fundamentales de buena fe, reciprocidad, beneficio mutuo y respeto
a las leyes, usos y costumbres de ambos países5, la gestión de los convenios entre las
instituciones contempla las siguientes fases:
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
X.
XI.
Establecer contacto con la institución extranjera
Definir del objeto de la cooperación
Informar a la Secretaría de Relaciones Internacionales (SRI) de la intención
SRI propone formato institucional y/o revisa el formato extranjero
Precisión de detalles con la autoridad correspondiente extranjera
Elaboración de los documentos consensuados
Revisión y visto bueno por las autoridades competentes de ambas instituciones
Solicitud de firma por los Rectores de ambas instituciones
Ratificación por el H. Consejo Universitario de la UANL
Registro en la base de convenios de la Secretaría de Relaciones Internacionales
Renovación o denuncia de los acuerdos de cooperación internacional.
I.
El establecimiento de contacto con la institución extranjera6 puede ser el
resultado de diversas modalidades, dos de las cuales, “de arriba hacia abajo” y
“de abajo hacia arriba” ya han sido descritas anteriormente. La experiencia en la
UANL ha demostrado que los convenios de cooperación tienen más
probabilidad de fructificar cuando son los académicos y/o investigadores
quienes toman la iniciativa. Desde luego esto no excluye las otras modalidades,
como son la respuesta a convocatorias, iniciativa estudiantil, participación en
redes, gestiones diplomáticas, entre otras.
Compete a la Unidad Académica definir los objetivos de la cooperación,
determinando si se trata de intercambio de información, movilidad de
estudiantes, académicos e investigadores, proyectos de investigación conjunta,
publicaciones, registro de patentes, co-tutela de tesis, doble titulación,
actividades artísticas o de cualquier otra índole.7
Una vez definidos los objetivos de la cooperación deseada, la Dirección de la
Unidad Académica gira un oficio a la SRI informando de la intención y
solicitando los formatos adecuados para proponerlos a la institución extranjera.
Si la institución extranjera ya ha propuesto un formato de cooperación, entonces
la Dirección de la Unidad Académica lo anexa al oficio y solicita su revisión.
II.
III.
5
Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo I,
Art. 3
6
Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo
IV, Art. 18
7
Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo I,
Art. 5 Fracc. II
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
8
La SRI registra la solicitud de establecimiento de la relación internacional de la
Unidad Académica, revisa la base de convenios para determinar si existe un
historial previo y de ser el caso, determina si se encuentra vigente. Propone los
formatos correspondientes o en su caso, revisa el formato extranjero y determina
si el objetivo del convenio se encuentra dentro de la política de
internacionalización de la UANL8.
Una vez determinada la procedencia de la cooperación, los formatos propuestos
se someten a la revisión por los académicos competentes de ambas instituciones.
Dichos académicos con frecuencia hacen observaciones y/o modificaciones
según el caso. Los documentos se intercambian entre las instituciones cuantas
veces sean necesarias hasta que se llega a un consenso aceptable a las normas y
procedimientos de ambas instituciones.
Cuando los formatos de cooperación han sido debidamente consensuados entre
las partes académicas, entonces se imprimen los documentos en firme y se
someten a la aprobación de las autoridades de la administración central.
En la UANL, los convenios de cooperación académica se remiten para revisión
y visto bueno a la Secretaría Académica y la Secretaría de Investigación,
Innovación y Estudios de Postgrado9. Si el convenio incluye el quehacer de
cualquier otra Secretaría de la UANL, se remite igualmente a ésta para el mismo
propósito. En el caso de que el convenio incluya elementos de financiación que
incidan en el patrimonio universitario, el convenio se somete a la aprobación de
la Oficina del Abogado General y a la Contraloría General de la UANL10. Un
proceso similar se efectúa en la institución extranjera. Esta fase del proceso es
la que consume más tiempo ya que implica la negociación de términos hasta
lograr la aprobación de todas las partes.
Obtenidos los vistos buenos de las autoridades competentes, la SRI remite los
ejemplares originales al Rector con la solicitud de recibir su anuencia y firma.11
El proceso de firma de los convenios puede ser en ceremonia conjunta, o los
rectores pueden firmar en sus instituciones en tiempos diferentes. El convenio
entra en vigor a partir de la última firma.12
La Rectoría regresa los convenios firmados por el Rector a la SRI, donde a su
vez la SRI remite copias de los convenios al Secretario General mediante oficio
donde se solicita el conocimiento y ratificación por el H. Consejo Universitario.
Así mismo, se envían copias de los convenios a las Secretarías interesadas y a la
Unidad Académica promotora.
Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo
IV, Art. 21
9
Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo
IV, Art. 23
10
Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo
IV, Art. 24
11
Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo
IV, Art. 25
12
Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo
I, Art. 2, Fracc. XXV
X.
XI.
13
La SRI registra el convenio en la base de convenios de la UANL, formaliza su
resguardo13 e informa a los Representantes de Relaciones Internacionales de las
diversas Unidades Académicas a través del SIII para su conocimiento y
aprovechamiento. La SRI envía a su contraparte extrajera un tanto de los
documentos originales. En ocasiones, si así lo desea y manifiesta la Unidad
Académica que gestionó el convenio, se remiten los documentos originales a la
Dirección de dicha Unidad Académica, mediante oficio que solicita que sea ésa
autoridad, el amable conducto para hacer llegar el convenio firmado a la
institución extranjera.
Una vez cumplido el período de vigencia de los acuerdos de cooperación, el
convenio puede ser renovado por común acuerdo entre las partes. Existen dos
mecanismos de renovación, uno es por solicitud expresa de las partes y el otro
es por renovación automática o “tácita reconducción de no mediar denuncia
expresa”, según se mencione en el artículo relevante del acuerdo.
Adicionalmente, está previsto que si dentro del período de vigencia del acuerdo,
alguna de las partes decide dar por terminada la relación institucional, bastará
una declaración por escrito para dicho efecto, dirigida a la Oficina Internacional
de la institución que promueve la rescisión. En el caso de que la decisión de
denunciar el acuerdo sea promovida por la UANL, la SRI recibirá esta
declaración e informará oficialmente a la contraparte extranjera de este hecho,
dando así origen a los efectos de rescisión. En términos generales, la cesación
de la relación internacional no afecta acciones en progreso, sino que las ampara
hasta su justa terminación.
Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo
IV, Art. 25
VI. Difusión
En concordancia con el postulado de que las relaciones internacionales que la UANL
emprenda “son de carácter institucional”, es menester que todas las Unidades Académicas y
las Autoridades de la Administración Central tengan conocimiento de las mismas y puedan
tomar las medidas pertinentes para aprovechar la relación y potenciarla.
El primer órgano de resonancia es el mismo H. Consejo Universitario que ratifica el
contenido del acuerdo. Pero la difusión a mayor escala se obtiene por medio de la
publicación en la página electrónica de la UANL, en el apartado de Vinculación,
Cooperación Internacional (http://www.uanl.mx/universidad/universidad/cooperacioninternacional.html), así como su difusión a través del Sistema Institucional de Información
de Internacionalización SIII (http://internacionalizacion.uanl.mx) y de la reunión periódica
de los Representantes de Relaciones Internacionales de las Unidades Académicas.
Adicionalmente, se informa periódicamente al Consejo Consultivo Internacional de la
UANL y a la Comisión de Relaciones Internacionales del Consejo Consultivo Externo de la
UANL.
VII. Evaluación del Impacto
La evaluación del impacto de una relación de cooperación internacional es compleja y
requiere la medición de diversos indicadores, como lo pudieran ser el número de
intercambios efectuados, la participación en proyectos de investigación científica o cultural,
las publicaciones conjuntas, los seminarios o cursos cortos a los cuales se asista o imparta,
las co-tutelas de tesis, la obtención de grados dobles, entre otros.
Es responsabilidad del Representante de Relaciones Internacionales formular un reporte
semestral, avalado por la Dirección de la Unidad Académica, que detalle los procesos de
internacionalización que se hayan efectuado durante el período inmediato anterior, dirigido
a la Secretaría de Relaciones Internacionales. Este reporte deberá no solo contener una
enumeración de las actividades, sino además una evaluación de la importancia de la
actividad enunciada. Es decir, deben evaluarse cantidad y calidad.
Esta información a su vez, servirá como indicador de avance en el proceso de
internacionalización de la universidad, así como constituir un importante insumo para la
formulación del informe anual del Rector.
Ruta Crítica para el establecimiento de Convenios de Cooperación Internacional
Establecer contacto con la
institución extranjera
La Unidad Académica define el objeto de la cooperación
La Unidad Académica informa mediante oficio a la SRI la
intención de la Colaboración
Negociación del Convenio
La UANL
propone
formato de
convenio
La Institución
extranjera
propone formato
de convenio
No
Si
Si
No
La institución
extranjera está
de acuerdo
La Unidad
Académica
está de
S
acuerdo
SI
Si
Si
La SRI envía el documento consensuado a revisión de la administración central
Se incluye
financiamiento
que incida en el
patrimonio de la
UANL
Si
La SRI solicita visto bueno de:
Secretaría Académica, Secretaría de Investigación,
Innovación y Posgrado, Abogado General y
Contraloría General
No
La SRI solicita visto bueno de:
Secretaría Académica y Secretaría de Investigación, Innovación y Posgrado
La SRI reúne las observaciones o aprobaciones de las autoridades correspondientes
Las autoridades
aprobaron el
Convenio
Se establece el proceso de firma
No
Proceso de firma
Firma de
Convenio en
Ceremonia
Conjunta
Si
La Unidad Académica, Rectoría
y la SRI agendan y organizan
evento
No
Firma de Convenio en lugares y tiempos
distintos
La SRI recibe los documentos originales y
los envía a Rectoría para su firma
Rectoría regresa documentos y la SRI se
envía un ejemplar original a la institución
extranjera
La SRI registra el convenio en la base de datos, formaliza su resguardo y solicita su ratificación al H. Consejo Universitario
Implementación del Convenio
VIII. Uso del Sistema Institucional de
Información para la Internacionalización
El Sistema Institucional de Información para la Internacionalización (SIII) tiene como
objetivo fundamental comunicar eficientemente a las Unidades Académicas con la
Secretaría de Relaciones Internacionales, con el propósito de que la Institución cuente con
una visión panorámica, al corriente, de los procesos de internacionalización que promueve
cada Unidad Académica.
Con el fin de cumplir con el objetivo fundamental del SIII, es de vital importancia
alimentar esta base de datos de forma correcta, veraz y oportuna de acuerdo a los siguientes
procedimientos:
I. Requisitos del sistema.
Para comenzar a cargar información, es necesario seguir los pasos descritos a
continuación para tener acceso al portal:
1. Abrir el explorador de su preferencia en un dispositivo con acceso a Internet.
2. Ingresar a la dirección http://internacionalizacion.uanl.mx
3.Iniciar sesión con el usuario y contraseña de su cuenta de correo
administrativo UANL (con dominio @uanl.mx) y pulsar el botón “Entrar”.
Las cuentas de correo electrónico con cualquier otro dominio
(@uanl.edu.mx; @fime.uanl.mx; @gmail.com; @hotmail.com; etc.) no son
aceptadas por el SIII. Si Usted no cuenta con un correo electrónico
administrativo, es necesario comunicarse con la Dirección General de
Informática de la UANL para que se le asigne una cuenta.
Nota: Es necesario comunicarse a la Secretaria de Relaciones Internacionales si es la
primera vez que el usuario ingresa al SIII ya que las cuentas de correo electrónico
administrativo deben ser dadas de alta por el administrador de la página, de lo
contrario, en la pantalla se desplegará el mensaje “No tiene acceso al sistema”
Figura 1: Iniciar sesión en el SIII
4. Si se realizó con éxito el inicio de sesión, veremos la pantalla de Inicio del
SIII.
Figura 2: Pantalla de Inicio del SIII
II. Información solicitada y campos a llenar.
La interfaz del SIII consiste en una pantalla principal con ocho pestañas, cada una de las
cuales comprende un tema en específico: Inicio, Dependencia, Oferta, Convenios,
Movilidad, Migración, Eventos, Acreditación y Rankings. Estas pestañas a su vez
despliegan opciones acerca del tema al que se refieren, y debemos pulsar en cada una de
ellas para completar los campos requeridos.
1. INICIO
Cuando pulsamos en la pestaña de Inicio, o inmediatamente después de iniciar sesión, se
proyecta en la pantalla un mensaje de bienvenida al SIII. Esta es la única pestaña en la que
no se requiere ingresar información y tampoco le podemos hacer cambios o
modificaciones.
2. DEPENDENCIA
En la pestaña de “Dependencia” tenemos dos apartados: Información General y
Responsable.
Figura 3: Apartados de la pestaña “Dependencia”
Al pulsar en “Información General” se despliega el formulario para llenar los campos
correspondientes a la información general de su Unidad Académica, de su Director, y datos
de contacto.
Figura 4: Formulario para “Información General”
Al finalizar de llenar los campos solicitados, para guardar los cambios pulsar en el
botón “Aceptar”
Figura 5: Pulsar aceptar para guardar los cambios
Al pulsar en el apartado “Responsable” se despliega el formulario para llenar los campos
correspondientes a la información propia del Representante de Relaciones Internacionales.
Figura 6: Formulario para Responsable
Al finalizar de llenar los campos solicitados, para guardar los cambios pulsar en el botón
“Aceptar”
Figura 7: Pulsar aceptar para guardar los cambios
Al terminar los dos apartados de la pestaña “Dependencia”, veremos la información que ya
capturamos al pulsar en la misma pestaña. De ser necesario modificar la información
previamente ingresada, en esta pantalla tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los
cambios necesarios.
Figura 8: Pantalla de pestaña “Dependencia”
3.- OFERTA
En la pestaña de “Oferta” tenemos cuatro apartados: Planes Educativos, Idiomas, Unidad de
Aprendizaje de Carácter Internacional y Cursos Especiales para Extranjeros.
Figura 9: Apartados para la pestaña de “Oferta”
Al pulsar en el apartado de “Planes Educativos”, el sistema abrirá la oferta educativa de su
Unidad Académica. Esta información se obtiene automáticamente del Sistema Integral para
la Administración de los Servicios Educativos (SIASE) de la UANL, por lo que en éste
apartado no es posible agregar o modificar información a través del SIII.
Figura 10: Oferta educativa por Unidad Académica
Al pulsar en el apartado de idiomas, tenemos la opción de llenar dos formularios: Cursos de
idiomas y Unidades de aprendizaje en idioma extranjero. Al pulsar “Ir a formulario” se
despliega la pantalla con los campos que debemos llenar.
Figura 11: Pantalla para apartado de idiomas
Llenar los campos requeridos en ambas opciones y pulsar aceptar para guardar los cambios.
Figura 12: Formulario para curso de idiomas y Unidad de aprendizaje en idioma
extranjero.
De ser necesario modificar la información previamente ingresada, en el listado principal
tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los cambios precisos.
Al pulsar en el apartado de “Unidad de Aprendizaje de Carácter Internacional” y “Cursos
especiales para extranjeros”, se despliega la lista principal en donde al pulsar la opción “Ir a
formulario” se despliega la pantalla con los campos que debemos llenar. Para guardar los
cambios pulsar el botón aceptar.
Figura 13: Apartado “Unidad de Aprendizaje de Carácter Internacional”
4.- CONVENIOS
En la pestaña de “Convenios”, tenemos cuatro apartados: Marco, Acuerdo Específico,
Memorándum de Entendimiento y Carta de Intención.
Al pulsar en el apartado “Marco”, aparecerá en la pantalla la lista de Convenios Marco que
previamente ha cargado en el sistema la SRI. Debido a que los Convenio Marco son de
carácter institucional, solo las cuentas acreditadas con la categoría de administrador, tienen
habilitada la opción de “Ir a formulario” para agregar un nuevo Convenio Marco.
Para los apartados de “Acuerdo Específico”, “Memorándum de Entendimiento” y “Carta de
Intención”, tenemos habilitado el botón de “Ir a formulario” para ingresar la información de
un nuevo documento. En el formulario, llenar los campos requeridos y pulsar aceptar para
guardar los cambios. De ser necesario modificar la información previamente ingresada, en
el listado principal tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los cambios precisos.
Figura 14: Ir a formulario para agregar un nuevo Acuerdo Específico
En los formularios de esta pestaña, uno de los campos nos solicita cargar el archivo que
contenga el documento que estamos ingresando. Para esto, el SIII acepta archivos con
extensión .pdf, .jpg, o .jpeg.
Figura 15: Cargar un archivo en el formulario para Acuerdo Específico
5.- MOVILIDAD
En la pestaña de “Movilidad” tenemos dos apartados: UANL emisora y UANL receptora.
Al pulsar “UANL emisora”, se dividen las listas en las siguientes categorías: Estudiantes,
Profesores, Investigadores, y Externos u otros. Para cada uno de ellos, tenemos habilitado
el botón de “Ir a formulario” para ingresar la información de una nueva actividad de
movilidad. Dentro del formulario seleccionado, llenar los campos requeridos y pulsar
aceptar para guardar los cambios. De ser necesario modificar la información previamente
ingresada, en el listado principal tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los
cambios precisos.
Figura 16: Pantalla para el apartado de UANL emisora de la pantalla de Movilidad
6.- MIGRACIÓN
En la pestaña de “Migración”, tenemos una sola lista general para registrar a todos aquellos
estudiantes o maestros con nacionalidad extranjera que se desempeñen dentro de su Unidad
Académica. Al pulsar el botón de “Ir a formulario” se despliega la pantalla para agregar a
cada migrante llenando los campos requeridos. Al finalizar, pulsar aceptar para guardar los
cambios. De ser necesario modificar la información previamente ingresada, en el listado
principal tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los cambios precisos.
Figura 17: Pestaña “Migración”
7.- EVENTOS
En la pestaña de “Eventos” tenemos dos apartados: UANL Emisora y UANL Receptora. Al
pulsar el apartado “UANL emisora”, aparece en la pantalla una lista general en donde
debemos registrar los eventos o visitas que realicen al extranjero estudiantes o profesores
de su Unidad Académica. Al pulsar el botón de “Ir a formulario” se despliega la pantalla
para agregar cada evento o visita llenando los campos requeridos. Al finalizar, pulsar
aceptar para guardar los cambios. De ser necesario modificar la información previamente
ingresada, en el listado principal tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los
cambios precisos.
Al pulsar el apartado “UANL receptora”, aparece en la pantalla una lista general en donde
debemos registrar los eventos o visitas internacionales que se realicen en su Unidad
Académica. Al pulsar el botón de “Ir a formulario” se despliega la pantalla para agregar
cada evento o visita llenando los campos requeridos. Al finalizar, pulsar aceptar para
guardar los cambios. De ser necesario modificar la información previamente ingresada, en
el listado principal tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los cambios precisos.
Figura 18: Pantalla para apartado Eventos UANL receptora de la pestaña “Eventos”
8.- ACREDITACIÓN
En la pestaña de “Acreditación” tenemos tres apartados: Programas de Estudios
Acreditados, Programas de Estudio en Proceso de Acreditación y Programas de Estudios
No Acreditados. Al pulsar en cada uno de los apartados, nos aparece en la pantalla una lista
general en donde debemos registrar los programas educativos de su Unidad Académica que
se encuentren acreditados, en proceso de acreditación o no acreditados. Al pulsar el botón
de “Ir a formulario” se despliega la pantalla para agregar cada programa llenando los
campos requeridos. Al finalizar, pulsar aceptar para guardar los cambios. De ser necesario
modificar la información previamente ingresada, en el listado principal tenemos el ícono de
editar habilitado para hacer los cambios precisos.
Figura 19: Pantalla para la pestaña “Acreditación”
IX. Responsabilidades de los Representantes de
Relaciones Internacionales
Los Representantes de Relaciones Internacionales de las Unidades Académicas son un
eslabón clave para la gestión y seguimiento de los convenios de cooperación internacional.
Sus responsabilidades incluyen14:
Conocer las áreas determinadas como “prioritarias” para la internacionalización de su
Unidad Académica.
Identificar áreas de oportunidad en la gestión de relaciones internacionales de su Unidad
Académica.
Facilitar el seguimiento de los procedimientos mencionados en el “Manual de
Procedimientos para la Gestión y Seguimiento de los Convenios Internacionales”.
Auxiliar en la implementación de los requisitos establecidos en el “Manual de
Procedimientos para la Movilidad e Intercambio Académico”.
Auxiliar en la implementación de los requisitos establecidos en el “Manual de
Procedimientos para la Acreditación y Evaluación Internacional”.
Mantener vigente la información solicitada por el Sistema Institucional de Información de
Internacionalización (SIII).
Conocer el contenido de todos los convenios internacionales en los cuales participe su
Unidad Académica.
Llevar un registro de “responsables de implementación de acuerdos específicos” y
solicitarles periódicamente un reporte de avance del proyecto de cooperación.
Presentar a la SRI un reporte semestral que detalle los procesos de internacionalización de
su Unidad Académica en el período inmediato anterior.
Asistir a todas las reuniones de información y planeación que cite la SRI.
14
Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo
V, Arts. 28, 31,32, 33.
Reportar a la SRI cualquier anomalía observada dentro de su Unidad Académica que
contravenga los procesos de internacionalización establecidos, con el propósito de
corregirlos y evitar problemas posteriores de mayor magnitud.
Estar dispuestos a representar su Unidad Académica en eventos internacionales con el aval
de su Director (a).
Acompañar a los académicos extranjeros en su visita al Centro de Internacionalización.
Brindar la información pertinente que sea solicitada por las siguientes direcciones de la
Secretaría de Relaciones Internacionales: Intercambio Académico, Acreditación y
Evaluación Internacional, Centro de Estudio y Certificación de Lenguas Extranjeras y el
Centro de Estudios Asiáticos.
X. Preguntas Frecuentes
¿Puede un Directivo traer un convenio formulado por una institución extranjera,
previamente firmado por su rector y solicitar la firma del rector de la UANL?
Esta situación es desafortunada, ya que el convenio no fue sujeto a los procedimientos
institucionales que garantizan la buena fe, la reciprocidad, el beneficio mutuo y la manera
idónea de resolver diferencias que pudieran resultar de su interpretación. Es frecuente que
los formatos extranjeros hagan mención de su legislación soberana, a la cual nuestra
institución no puede sujetarse. Cuando esto ocurre, con toda pena, se debe regresar el
documento firmado por el rector extranjero con la solicitud de que se modifiquen los
artículos pertinentes. Esto pudiera generar una situación incómoda y ser obstáculo para el
establecimiento de la relación solicitada.
¿Cuánto tiempo se tarda el gestionar un convenio de cooperación internacional?
Es muy variable debido a las gestiones que deben ocurrir entre las partes para obtener el
consenso final sobre tenor del articulado, como se menciona en la fase V de la Ruta Crítica.
Sin embargo, si se llega al acuerdo mutuo, la revisión por las Secretarías se hace en un
período de aproximadamente quince días y la firma del rector se tramita generalmente en
una semana más.
¿Si el convenio de cooperación internacional implica manejo de fondos, debo de iniciar el
proceso de trámite en la Oficina del Abogado General?
No. Toda relación internacional debe iniciar su trámite en la Secretaría de Relaciones
Internacionales. La SRI a su vez turnará a las autoridades competentes el documento para
revisión y visto bueno.
¿Se puede firmar un memorando de entendimiento en idioma inglés?
Si, si el memorando de entendimiento cubre los requisitos institucionales y es acompañado
de una traducción certificada al idioma español.
¿Deben de reunirse los dos rectores para la firma del convenio de cooperación?
No. Aunque la ceremonia conjunta de firma de convenios es muy deseable, la firma por los
rectores se puede hacer en tiempos y lugares distintos. El convenio entra en vigor a partir
de la última firma.
¿Puede algún maestro o alumno iniciar el trámite de gestión de relaciones internacionales
de su Unidad Académica ante la Secretaría de Relaciones Internacionales?
No. La autoridad competente para solicitar la gestión de los convenios de cooperación
internacional es el Director (a) de la Unidad Académica. Los maestros son bienvenidos y
muy importantes para establecer el contacto y definir los detalles de la cooperación, pero la
Dirección deberá avalar el procedimiento mediante oficio dirigido a la SRI.
¿Es conveniente llevar algún documento de apoyo cuándo se visita otra institución de
educación superior en el extranjero con la intención de establecer una relación?
Sí, la Carta de Intención es el instrumento idóneo para este propósito. La Carta de
Intención puede ser firmada por el Director (a) o el académico que reciba la autorización de
su dirección. Se firman dos ejemplares, uno de los cuales permanece en la institución
extranjera y el otro es turnado a la SRI mediante oficio del Director (a) para continuar con
el proceso.
¿Es posible modificar el tenor de las cláusulas de los formatos institucionales para el
establecimiento de relaciones de cooperación internacional?
Sí. Sin embargo, la modificación deberá hacerse por común acuerdo entre las partes y
siempre dentro del marco de la reciprocidad, beneficio mutuo y buena fe.
¿Cuántos ejemplares originales deberán firmarse para el establecimiento de un convenio
de cooperación internacional?
El mínimo establecido es de 2 (dos) ejemplares. Uno se resguarda en la SRI y el otro
ejemplar original lo conserva la institución extranjera. En caso de que la Institución
extranjera solicite más ejemplares, se acordará el número final por común acuerdo entre las
partes.
¿Puede incluirse la firma de un Director en un Convenio Marco?
No. Un Convenio Marco es de carácter institucional.
¿Puede incluirse la firma de un Director en un Acuerdo Específico?
Si. Siempre es necesaria la firma del Rector en los Acuerdos, sin embargo, de así desearlo
algún Director, se puede agregar su firma al calce del texto.
¿Siempre deberá firmar el Convenio de Colaboración Internacional el Rector/Presidente
de la Institución Extranjera?
En el extranjero varían las normativas en relación a la representación legal de la Institución
para la firma de convenios de cooperación internacional. Nuestra Institución respeta estas
normas y acepta como válida la firma del funcionario institucional responsable de las
relaciones internacionales.
¿Es posible que el Convenio de Colaboración Internacional incluya la firma de testigos de
honor?
Sí, siempre y cuando sea de común acuerdo entre las partes y se proceda conforme al
principio de equidad y reciprocidad.
XII. Anexos
A. Formato de Carta de Intención
Carta de Intención
Por medio de este instrumento, nosotros los suscritos, ……………………,
Profesor de ……………………… de la Universidad Autónoma de Nuevo
León,
México,
y
.…………………………….,
………………………………….de
la
Profesor
Universidad
de
de
…………………………………, (país), manifestamos nuestra intención de
iniciar formalmente los procedimientos exploratorios conducentes al
establecimiento de un “Convenio de Cooperación Académica” entre nuestras
Instituciones.
Por la Universidad Autónoma de
Por la Universidad de ………………
Nuevo León
Profesor____________________ Profesor___________________
Cargo:______________________ Cargo:_____________________
Lugar:______________________
Fecha: ______________________
Lugar:_____________________
Fecha:_____________________
Letter of Intent
By
means
of
this
instrument,
we
the
undersigned,
…………………………….., Professor of ……………. of the Universidad
Autónoma de Nuevo León, Mexico, and …………………………. Professor
of ………………….. of the University of ……………………, (Country) do
hereby manifest our intention of formally beginning exploratory proceedings
conducive to the establishment of an "Academic Cooperation Agreement"
between our Institutions.
For the Universidad Autónoma
de Nuevo León
For (University/Institute) …………
Professor____________________
Title:_______________________
Professor____________________
Title:_______________________
Place:_______________________
Date:_______________________
Place:________________________
Date:_________________________
B. Formato de Memorando de Entendimiento
Memorándum de Entendimiento
La Universidad Autónoma de Nuevo León y la Universidad………………. (de aquí en
adelante referidos como las partes), por este medio establecen un acuerdo de cooperación el
cual será de beneficio mutuo para ambas instituciones y será implementado dentro de las áreas
de interés común (o nombre del área de interés).
Para promover la cooperación entre las partes, las mismas acuerdan que dentro de lo
mutuamente aceptable, se considerarán dentro del acuerdo las siguientes formas de
cooperación:
1.
Intercambio de estudiantes licenciatura y postgrado.
2.
Intercambio de personal académico e investigadores.
3.
Cooperación en los ámbitos académicos y proyectos de investigación de interés mutuo,
incluidos los proyectos educativos y aquellos que impliquen el uso de las tecnologías de la
comunicación.
4.
Intercambio de publicaciones en áreas de interés y la organización conjunta de eventos
académicos y culturales.
Todos los programas de acción serán acordados por anticipado dependiendo de la
disponibilidad. Las partes acuerdan que el intercambio de estudiantes será sobre la base de uno
a uno, y que estos estudiantes cubrirán los pagos de inscripción y las colegiaturas
correspondientes en su institución de origen. Ambas partes acuerdan orientar a estudiantes
participantes en el programa de intercambio y asistirlos para encontrar un hospedaje adecuado.
Los estudiantes acatarán los lineamientos de sus instituciones de origen en lo referente a los
métodos de evaluación de su desempeño. En lo referente a la ejecución de sus trabajos y tareas
educativas, seguirán las normas y regulaciones del instituto que los recibe.
Los proyectos académicos y de investigación que puedan surgir de la comunicación y el interés
de profesores de ambas partes, serán objeto de futuros acuerdos específicos que describan los
objetivos, obligaciones y alcances de cada proyecto.
Este Memorándum de Entendimiento tendrá validez por un período de cinco años partiendo de
la fecha de firma por ambas partes, al menos que sea terminado por alguna de las partes,
informando de manera escrita con tres meses de anticipación. Este Memorandum será sujeto a
revisión, modificación y renovación por consentimiento mutuo de ambas partes.
Por la Universidad Autónoma de Nuevo
León
Por ………………….…….……………..
Mtro. Rogelio Garza Rivera
Rector
Fecha:………………………………
Dr./Prof…………………………………..
Rector
Fecha:…………………………………
Memorandum of Understanding
The Universidad Autónoma de Nuevo León and the University / Institute of………………..
(herein referred to as the “Parties”), do hereby establish a cooperation agreement which will be
of mutual benefit to both Institutions, and to be implemented within the areas of common
interest (or name specific area).
In order to promote co-operation between the Parties, it is agreed that within the fields that are
mutually acceptable, the following general forms of co-operation will be considered within the
scope of this agreement.
1.
Exchange of undergraduate and graduate students.
2.
Exchange of Academic staff and researchers.
3.
Cooperation in academic and research projects of mutual benefit, including educative
projects and those involving the use of communication technologies.
4.
Exchange of publications in areas of interest and the joint organization of academic and
cultural events.
All programs of action will be agreed in advance and will depend on availability. The Parties
agree that student exchange will be on a equity basis, and that students will cover appropriate
fees at their home Institution only. Both Parties agree to orient the students participating in the
exchange program and to assist them in finding adequate housing facilities.
The students will adhere to the guidelines of their Institution of origin in regards to the methods
of evaluation of their performance, and will follow the normal rules and regulations of the
Institution of destination, pertaining to the performance of their educative assignments.
Specific academic and research projects that may arise from the communication and interest
between the academics from the parties will be object of further specific agreements which will
describe the goals, obligations and scope of each project.
This Memorandum of Understanding shall be valid for a period of five years, starting on the
date that it is signed by both Parties, unless it is terminated by either Party, giving three months
notice in writing, and is subject to review, modification and renewal by mutual consent of the
Parties
By Universidad Autónoma de Nuevo
León
By (University / Institute)………
Mtro. Rogelio Garza Rivera
Rector
Date:…………………………………
Dr./Prof…………………………………..
Rector/President
Date:…………………
C. Formato de Convenio Marco
CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y
CULTURAL
ENTRE
LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN, MÉXICO
Y
………………….. …………………………………………………
La Universidad Autónoma de Nuevo León declara que:
La Universidad Autónoma de Nuevo León (referida de aquí en adelante como UANL) es
una Institución de cultura superior al servicio de la sociedad, descentralizada del Estado,
con plena capacidad y personalidad jurídicas, que tiene como fin crear, preservar y difundir
la cultura en beneficio de la sociedad, de conformidad con lo establecido en su Ley
Orgánica contenida en el decreto No. 60 expedido por el H. Congreso del Estado de Nuevo
León y publicado en el Periódico Oficial de la Entidad con fecha 7 de junio de 1971. Su
domicilio convencional se encuentra ubicado en el 8° piso de la Torre de la Rectoría,
Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, N.L., México, C.P. 66455; y su Rector y
representante legal es el Mtro. Rogelio Garza Rivera.
La Universidad de……………………. declara que:
La Universidad de………………………. (referida de aquí en adelante como……….), es
una institución de educación superior,………………………………………………. De
acuerdo a sus leyes y normas………………………………………………………… y su
dirección legal es…………………………………………..………………………… siendo
su representante legal y Rector/Presidente ………………………………………
Ambas instituciones comparten metas comunes en los campos académicos, científicos y
culturales. Esta cooperación internacional ayudara a cada institución a responder a las
necesidades de su medio social. Por tanto, las partes desean firmar el siguiente acuerdo bajo
las siguientes:
35
Cláusulas
Primera
La meta principal de este acuerdo es incrementar la cooperación académica y cultural entre
la UANL y la Universidad de…………………………
Segunda
Ambas partes desean realizar actividades para promover el conocimiento a través de
proyectos de colaboración que incluyen, pero no están restringidos, a los siguientes:
a) Intercambio de estudiantes universitarios y de posgrado.
b) Intercambio de personal docente e investigadores.
c) Llevar a cabo investigación conjunta y proyectos de educación continua.
d) Intercambiar información y publicaciones relacionadas con los avances en enseñanza,
desarrollo estudiantil e investigación en cada institución.
e) Organizar simposios, conferencias, cursos y reuniones acerca de los temas de
investigación.
f) Uso de ligas que comuniquen los sitios web oficiales de ambas Instituciones.
Tercera
Todos los programas de acción serán acordados por adelantado y dependerán de la
posibilidad de ser realizados. Las partes acuerdan que los estudiantes pagarán los cargos
correspondientes en la institución de su procedencia solamente. Ambas partes acuerdan
guiar a los estudiantes que participen en el programa de intercambio y ayudarlos a
encontrar lugares adecuados de hospedaje, Los estudiantes serán responsables de sus gastos
de transportación, comida y hospedaje y, en algunos casos específicos, podrán recibir ayuda
de su institución o de agencias internacionales.
Cuarta
El alcance de las actividades bajo este acuerdo será determinado por los fondos
regularmente disponibles por ambas instituciones para los tipos de colaboración llevadas a
cabo y por ayuda financiera que pueda ser obtenida por cualquier institución.
Quinta
El Acuerdo General de Cooperación Académica, Científica y Cultural será identificado
como el documento base de cualquier programa acordado entre las partes. Los acuerdos
adicionales relativos a los programas deberán proveer detalles concernientes a los acuerdos
36
específicos hechos por cada una de las partes y no serán efectivos hasta que hayan sido
redactados, y firmados por los representantes legalmente autorizados de cada una de las
partes.
Sexta
Este Convenio es producto de la buena fe, en razón de lo cual las controversias que llegaran
a presentarse en cuanto a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos
de común acuerdo por las partes; en caso de subsistir el desacuerdo, las partes se
someterán a la resolución del organismo de arbitraje que de común acuerdo designen las
partes.
Séptima
Este acuerdo será efectivo el día de su firma por ambas partes, continuando por cinco años,
renovable automáticamente al final de éste período. En el caso de que alguna de la Partes
desee dar por terminado este Acuerdo, ésta deberá notificar a la otra Parte, un mes previo a
la fecha de terminación, sin que esto afecte adversamente a cualquier proyecto de
colaboración en progreso.
Por:
Por:
Universidad Autónoma de Nuevo León
(Universidad/Instituto)…………………
____________________________
Mtro. Rogelio Garza Rivera
Rector
______________________________
Prof. /Dr..……………………………
Rector/Presidente
Lugar: San Nicolás de los Garza,
N. L., México
Lugar: ………………………………..
Fecha………………………………
Fecha: ………………………………..
37
GENERAL AGREEMENT OF ACADEMIC, SCIENTIFIC AND CULTURAL
COLLABORATION
BETWEEN
UNIVERSIDAD AUTONÓMA DE NUEVO LEÓN, MÉXICO
AND
…………………………………………………………………
The Universidad Autónoma de Nuevo León states:
The Universidad Autónoma de Nuevo León (referred to hereafter as “UANL”), is an
Institution of higher learning, created to serve society. It is decentralized from the State, has
full legal status and capacity, and is dedicated to the creation, preservation and diffusion of
knowledge and culture for the benefit of the society which it serves, in accordance with its
Organic Law which was established by Decree No. 60, issued by the Hon. Congress of the
State of Nuevo León and published in the Official Newspaper of the State on June 7, 1971.
Its legal address is Torre de Rectoría 8th floor, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los
Garza, N.L., Mexico C.P. 66455. Its President and legal representative is Mtro. Rogelio
Garza Rivera.
The ………………………………………………. states:
The ……………………………………………………….. (referred to hereafter as …….).
Is and institution of higher learning ………………………………………………………….
In accordance with its Laws…………………………………………………………………..
Its legal address is ……………………………………………………………………………
Its Rector/President and legal representative is ……………………………………………...
Both Institutions share common goals in academic, scientific, and cultural fields. This
international cooperation agreement helps each Institution to respond to the needs of its
social environment. Therefore, they are willing to sign the present Agreement in
accordance to the following:
38
CLAUSES
First
The main goal of this agreement is to increase academic and cultural cooperation between
UANL and the University of …………………………………………………………………
Second
Both Parties wish to undertake activities pursuant to the promotion of knowledge through
collaborative projects including, but not being restricted, to the following:
a) Exchange of Undergraduate and Graduate students.
b) Exchange of Faculty and visiting researchers.
c) Joint research activities and continuing education programs, including the use of
communication technologies, if necessary, for these purposes.
d) Exchange of information and publications pertaining to developments in
teaching, student development and research at each institution.
e) Organize symposia, conferences, short courses and meetings on research issues.
f) Use of links to communicate official web sites of both Institutions.
Third
All programs of action will be agreed in advance and will depend on availability. The
Parties agree that students will cover appropriate fees at their home Institution only. Both
Parties agree to guide the students participating in the exchange program and to assist them
in finding adequate housing facilities. The students will be responsible for their own
expenses in transportation, food and lodging, and, in specific cases, may be also supported
by their home Institution or international agencies.
Fourth
The scope of activities under this Agreement shall be determined by the funds regularly
available at both Institutions for the types of collaboration undertaken and by financial
assistance as may be obtained by either Institution from external sources.
Fifth
This General Agreement of Academic, Scientific, and Cultural Cooperation is a bona fide
agreement and shall be identified as the parent document of any specific agreement
executed between the Parties. Further agreements concerning any program shall provide
details concerning the specific commitments made by each Party and shall not become
effective until they have committed said agreement to writing and signed by the authorized
representatives of the Parties.
39
Sixth
This is a bona fide Agreement and as such, any controversy that might arise in its
interpretation, formalization and fulfillment will be resolved by mutual agreement of the
parties; in case that the controversy should persist, the parties will submit to the resolution
of the arbitration committee designated by mutual agreement of the parties.
Seventh
This Agreement shall become effective on the date of its signing by both Parties,
continuing for five years, automatically renewed at the end of this period. In case any one
of the Parties wishes to terminate this Agreement, written notice should be given to the
other party one month prior to its termination, without adversely affecting any ongoing
collaborative projects.
By:
Universidad Autónoma de Nuevo León
By:
(University/Institute)…. ……………
_______________________________
_________________________________
Mtro. Rogelio Garza Rivera
Rector
Prof./Dr………………………………
Rector/President
Place: San Nicolás de los Garza,
Place:………………...…………..……
N.L. México
Date:…………………………………
Date:……………………………………
40
C. Formato de Acuerdo Específico
ACUERDO
ESPECÍFICO
DE
COLABORACIÓN
ENTRE
LA
UNIVERSIDAD______________________ A TRAVÉS DE LA FACULTAD
______________________ Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN,
MÉXICO
A
TRAVÉS
DE
LA
FACULTAD
DE
___________________________________
Por una parte la Universidad__________________, que fija su domicilio legal en
_______, de la ciudad___________, en adelante _________, representada en este acto por
su Rector/Presidente, _____________________.
Y de la Universidad Autónoma de Nuevo León, México, en adelante UANL, que fija su
domicilio legal en 8vo piso Torre de Rectoría, Cd. Universitaria, San Nicolás de los Garza,
Nuevo León C.P. 66455, representada en este acto por su Rector Mtro. Rogelio Garza
Rivera.
CONSIDERANDO
1- Que las partes suscribieron, con fecha del _____________________, un
Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional en las áreas de la enseñanza
y de la investigación relacionadas con los campos jurídicos, económicos,
científicos y humanísticos.
2- Que ambas partes están interesadas en fortalecer las relaciones de cooperación
y asistencia técnica a través de la concreción eficaz de objetivos a través de la
suscripción de acuerdos específicos.
3- Que la ____________y la UANL tienen dentro de sus objetivos fortalecer el
sistema de Educación Superior, mediante el desarrollo de programas
académicos de capacitación, investigación y transferencia de tecnología.
4- La ____________ y la UANL han aunado esfuerzos mediante el desarrollo de
actividades en los campos académicos, investigación y de extensión entre otros.
5- Ambas instituciones cuentan con la capacidad suficiente para impulsar planes y
programas que lleven a un mejoramiento de la Educación Superior en ambos
países.
Por lo anteriormente dicho, las partes, con plenos poderes para la celebración de este
acto,
41
ACUERDAN
Concertar el siguiente ACUERDO ESPECIFICO a fin de llevar a cabo el proyecto y/o
actividad de Investigación, de acuerdo a las siguientes cláusulas
PRIMERA: OBJETO
Las partes acuerdan que el objeto del presente Acuerdo consiste en llevar a cabo el
Proyecto de ______________________ a nivel de posgrado denominado
___________________
SEGUNDA: DETALLE DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR
Objetivo:
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
Objetivos específicos:
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
TERCERA: COMPROMISO DE LAS PARTES
Para cumplir los objetivos del presente Acuerdo, las Universidades signatarias, se obligan
recíprocamente a:
1. Administrar, procesar y analizar las pruebas en forma conjunta y complementaria.
2. Difundir en forma conjunta los resultados y conclusiones en los ámbitos de
comunicación científica pertinentes.
3. ___________________________________________________________________
___________________________________________________________________
4. ___________________________________________________________________
___________________________________________________________________
CUARTA: RESPONSABLES DE LA EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO
Por parte de la Facultad de________________ de la _____________ se designa
responsable de la ejecución y seguimiento de las actividades a desarrollar a:
Director/Profesor Dr. ______________________
Puesto:
Teléfono:
Fax:
E-mail:
42
Por parte de La Facultad de _______________ de la UANL designa responsable de la
ejecución y seguimiento de las actividades a desarrollar a:
Director/ Profesor Dr._______________
Puesto:
Teléfono:
Fax:
E-mail:
QUINTA: RECURSOS ECONOMICOS
(Determinar el alcance de los compromisos económicos si los hubiese.)
SEXTA: PROPIEDAD INTELECTUAL
La información, productos académicos y/o científicos y las tecnologías generadas que se
obtengan en el marco del desarrollo del presente convenio, así como los informes y
monografías que se elaboren en desarrollo de las categorías de movilidad para estudiantes y
docentes, no podrán ser reproducidos, comercializados, ni cedidos a terceros sin previa
autorización de los autores y de las dos instituciones. De común acuerdo se establece que
ambas instituciones podrán hacer uso de tales documentos y productos para sus propios
fines, dando el crédito correspondiente, respetando los derechos de autor, de propiedad
intelectual y material establecidos en la legislación que regula es materia en los dos países
que intervienen, así como la aplicación de normas internacionales.
SÉPTIMA: DISTRIBUCIÓN DE LOS BENEFICIOS
Serán asimismo objeto de acuerdo especial la distribución entre las partes de los beneficios
económicos emergentes de la explotación comercial de resultados obtenidos, derechos de
propiedad intelectual, patente, licencia de explotación, servicios a terceros, etc.
OCTAVA: VIGENCIA. DURACIÓN. RESCISION
El presente Acuerdo tendrá una vigencia de tres (3) años a partir de la fecha de la firma de
ambos representantes. Cualquiera de las partes podrá denunciarlo unilateralmente, sin
expresión de causa, mediante preaviso escrito con seis (6) meses de anticipación. La
denuncia no dará derecho al reclamo de indemnizaciones de cualquier naturaleza. En
cualquiera de los dos casos, al expirar el Acuerdo, se convendrá la prosecución de los
trabajos y cursos en ejecución de modo que la rescisión no acarree perjuicios graves a
cualquiera de las instituciones signatarias o a terceros. Los equipos, los instrumentos, y el
material bibliográfico que cada Universidad facilite a la otra, deberán ser restituidos a la de
origen, dentro del plazo establecido y en perfectas condiciones de uso, salvo el desgaste
normal inherente a su correcta utilización en las aplicaciones para las que estén previstos.
Las reparaciones que eventualmente requieran correrán por cuenta del prestatario.
43
NOVENA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
Teniendo en cuenta la finalidad de este Acuerdo, las partes observarán en sus relaciones el
mayor espíritu de colaboración, por lo que la labor a realizar deberá constituir un ejemplo
de buena voluntad y coordinación de esfuerzos. Ambas partes igualmente se comprometen
a resolver en forma directa, por las instancias jerárquicas que correspondan, y de común
acuerdo cualquier conflicto, diferencia y/o falta de entendimiento que eventualmente
pudiera presentarse.
DÉCIMA: La suscripción del presente Acuerdo no es óbice para que las partes signatarias,
conjunta o individualmente, lleguen a acuerdos similares con otras instituciones nacionales
o extranjeras, ni afectar a los ya existentes.
En prueba de conformidad con las cláusulas precedentes, se formaliza el presente Acuerdo
en cuatro (4) ejemplares, de igual tenor y al mismo efecto.
Por:
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
DE NUEVO LEÓN
Por:
(UNIVERSIDAD/INSTITUTO)………..…
Mtro. Rogelio Garza Rivera
Prof./Dr. ………………………………….
Rector
Rector/Presidente
Lugar:______________________________ Lugar:______________________________
Fecha:______________________________ Fecha:______________________________
44
UNIVERSITY OF
THROUGH
THE
SCHOOL
OF
AND THE UNIVERSIDAD AUTONOMA DE
NUEVO LEON, MEXICO THROUGH THE SCHOOL OF
Appearing on one part, the University of
, with legal address in
, in the city of
, hereinafter referred to as
,
represented in this act by its Rector/ President,
.
And, by the other, the Universidad Autonoma de Nuevo Leon, Mexico, hereinafter
referred to as UANL, with legal address in 8vo piso Torre de Rectoría, Cd. Universitaria,
San Nicolás de los Garza, Nuevo León C.P. 66455, represented in this act by its Rector,
Mtro. Rogelio Garza Rivera.
WHEREAS
1. That the parties signed on
,
a
General
Collaboration
Agreement on the teaching and research fields related to the legal, economic,
scientific, and humanistic fields.
2. That both parties are interested in strengthen the cooperation relations and
technical assistance through the effective realization of objectives through the
signing of specific agreements.
3. That the
and the UANL have, among their objectives, to
strengthen the Superior Education System through the development of
academic programs of training, research, and technology transfer.
4. The
and the UANL have joined efforts through the development of
activities in the academic, research, and extension fields, among others.
5. Both institutions have the due authority to promote plans and programs for the
improvement of the Superior Education in both countries.
Therefore, the parties, with full authority to celebrate this act,
AGREE
To stipulate the following SPECIFIC AGREEMENT to develop the project and/or
activity of Research, according to the clauses as follows:
FIRST: OBJECTIVE
The parties agree that the OBJECTIVE of this agreement is to develop the
Project of
at a postgraduate level titled
45
SECOND: DESCRIPTION OF ACTIVITIES TO BE DEVELOPED
Objective:
Specific objectives:
THIRD: COMMITMENT OF THE PARTIES
To fulfill the objectives of this agreement, the undersigned Universities, are reciprocally
obliged to:
1. Manage, process, and analyze the evidence in a joint and complementary way.
2. Jointly spread the results and conclusions in the appropriate scientific
communication means.
3.
4.
FOURTH: EXECUTION AND RESPONSIBLE FOR MONITORING
On behalf of the School of
of the
the person designated as
responsible for the execution and monitoring of the activities to be developed is:
Dean/Professor Dr.
Position:
Telephone:
Fax:
E-mail:
On behalf of the School of
of the UANL, the person designated as
responsible for the execution and monitoring of the activities to be developed is:
Dean/Professor Dr.
Position:
Telephone:
Fax:
E-mail:
46
FIFTH: ECONOMIC RESOURCES
(Determine the economic commitments in case there exists any)
SIXTH: INTELLECTUAL PROPERTY
The information, academic and /or scientific products and technology generated within the
framework of this agreement, as well as reports and monographs developed during the
mobility of students and teachers, may not be reproduced, sold or transferred to third parties
without permission of the authors and of the two institutions. Upon mutual agreement, both
institutions can make use of such documents and products for their own purposes, giving
credit for respecting copyright, intellectual and material property as established in the
legislation governing this matter in the two countries involved, as well as the application of
international standards.
SEVENTH: DISTRIBUTION OF BENEFITS
Likewise, the distribution among the parties of the economic benefits emerging from the
commercial use of obtained results, intellectual property rights, patent, license to use,
service to third parties, etc. shall be specifically agreed.
EIGHTH: VALIDITY. DURATION. TERMINATION
This agreement shall be in force during three (3) years since the signature date. Any party
may report unilaterally this herein, without expressing the reason, through a previous
written notification submitted six (6) months in advance. The report shall not grant the right
to claim any compensation. In any case, at the termination of the agreement, the
continuation of works and courses developed at that moment shall be agreed so that the
termination does not seriously affect any of the signatory institutions or third parties. The
equipment, instruments, and bibliographic material shared between both Universities, shall
be returned to the home University within the established period and in perfect conditions
of use, except for the normal wear as a result of the appropriate and established use. The
possible repairs required shall be covered by the borrower.
NINTH: CONFLICT RESOLUTIONS
Regarding the objective of this agreement, the parties shall observe in their relations the
spirit of cooperation, therefore the activities to be developed shall serve as an example of
good faith and coordination of efforts. Both parties are equally committed to direct
solution, through the corresponding hierarchical institutions, and by mutual agreement in
any possible conflict, difference and/or misunderstanding that may arise.
47
TENTH: The signing of this agreement is not an obstacle for the undersigned parties to
settle, jointly or individually, similar agreements with other national or foreign institutions,
without affecting the existing agreements.
In accordance with the preceding clauses, this Agreement is formalized and issued in four
(4) copies, of equal content and for the same effect,
By:
By:
(UNIVERSITY/INSTITUTE)
……………
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA
DE NUEVO LEÓN
Mtro. Rogelio Garza Rivera
Prof./ Dr. …………………………………
Rector
Rector/ President
Place:______________________________ Place:______________________________
Date:______________________________ Date:______________________________
48

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