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Universidad Autónoma de Nuevo León Secretaría de Relaciones Internacionales Manual de Procedimientos para la gestión y seguimiento de los Convenios de Cooperación Internacional Cd. Universitaria, N.L., Junio 2016 INDICE I. Generalidades II. Planeación Estratégica III. Modalidades IV. Instrumentos V. Ruta Crítica VI. Difusión VII. Evaluación de Impacto VIII. Uso del Sistema Institucional de Información de Internacionalización IX. Responsabilidades de los Representantes de Relaciones Internacionales X. Preguntas frecuentes XI. Anexos: A. Formato de Carta de Intención. B. Formato de Memorando de Entendimiento. C. Formato de Convenio Marco. D. Formato de Acuerdo Específico. I. GENERALIDADES Las relaciones internacionales de cualquier institución de educación superior, son factores clave para el progreso de dicha institución y para establecer su visibilidad en el mundo exterior. Estas relaciones interinstitucionales, tan significativas en el desarrollo holístico de nuestros educandos, son además el principal imán para la atracción de talento hacia el interior de nuestra Universidad comprometida en avanzar sin tregua en el difícil camino de la internacionalización. En nuestra Universidad, nuestra cooperación con otras instituciones educativas del mundo, permite que nuestros alumnos, profesores e investigadores y administrativos, cuenten con el apoyo de muchas y muy diversas áreas de estudio y especialización en el extranjero, así como la posibilidad de desarrollar importantísimas investigaciones conjuntas con científicos y/o artistas de renombre mundial. Todo esto favorece el desenvolvimiento del individuo en movilidad y enriquece tanto a la institución emisora, como a la institución receptora. Adicionalmente, la experiencia internacional agrega una dimensión cultural invaluable a quien la aprovecha, ya que el individuo experimenta en forma real y significativa, la manera de vivir, de conducirse y de resolver diferencias, dentro de un entorno distinto y distante al de su origen. La resultante es una ampliación de su criterio, la adquisición de un mayor respeto a la diversidad cultural y un impulso a su capacidad de innovar. La Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL), ha establecido una Secretaría de Relaciones Internacionales (SRI) con el propósito de facilitar la gestión de convenios de cooperación académica, científica, tecnológica y cultural, con instituciones de educación superior y organismos afines de todo el mundo. Así mismo y para este fin, el H. Consejo Universitario ha promulgado un “Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León”, que se puede consultar en cualquier momento en la página electrónica de la UANL. (http://transparencia.uanl.mx/normatividad_vigente/archivos/LyR09/RelacionesInternacion ales.pdf) Cabe mencionar que un postulado muy importante de dicho Reglamento establece que las relaciones internacionales de la UANL, son de carácter institucional1, es decir, que éstas incorporan y se reflejan en toda la universidad, tanto en lo positivo como en lo negativo, y por lo tanto no deben ser suscritas por unidades académicas en forma unilateral, sino que deben seguir el proceso institucional que este Manual explica, haciéndose hincapié en que solamente el Rector tiene la potestad de signar los convenios de cooperación internacional. 1 Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León. Capítulo I, Arts. 4 y 7 Este proceso asegura que la relación buscada con la institución extranjera, sea honorable y útil para el progreso de toda nuestra universidad. Este concepto constituye un nuevo y moderno paradigma que fomenta la incorporación de todas las Unidades Académicas en un flujo ordenado y fructífero con el propósito de llegar a ser una “universidad de clase mundial”. II. Planeación Estratégica En el ejercicio de su Misión y en pos de su Visión 2020, la Universidad ha establecido por consenso, un Plan de Desarrollo Institucional 2012-2020, que detalla los ejes estratégicos prioritarios que deben de atenderse con precisión para lograr llegar a ser “una universidad de clase mundial, reconocida por su formación de escuelas de pensamiento y por su compromiso social”. La Estrategia para la Implementación de los Programas Institucionales Prioritarios, Indicadores y Metas No. 9 concierne a los procesos de internacionalización de nuestra institución y puede consultarse con facilidad en la página electrónica de la UANL. 2 Aterrizando este Plan de Desarrollo Institucional a nivel de las Unidades Académicas, se establece que el liderazgo en el proceso de internacionalización recae sobre su Director (a), auxiliado por su equipo de trabajo y apoyado por los maestros y estudiantes. Por lo tanto, conviene a la Dirección de la Unidad, consultar frecuentemente con sus Cuerpos Académicos en diversos estadios de consolidación, para conocer y abanderar las necesidades de los mismos en materia internacional. A partir de estas y otras consultas pertinentes, (vg, su propio Consejo Consultivo Internacional, el Consejo Consultivo Internacional y asesores internacionales ad hoc), se configura un “plan de desarrollo internacional” de cada Unidad Académica, que identifica las áreas prioritarias de cooperación internacional. Este plan además puede plantearse ante las diversas autoridades competentes para enriquecerlo y hacerlo armónico con el quehacer internacional institucional. Cabe mencionar que el papel del Representante de Relaciones Internacionales de la Unidad Académica es clave para el buen flujo de información entre la Unidad Académica y la Secretaría de Relaciones Internacionales, con el propósito de facilitar el logro de los objetivos planteados por el Director (a) de la Unidad. Es indispensable que se utilice el Sistema Institucional de Información de Internacionalización (SIII)3 para obtener una visión general de los procesos de internacionalización de todas las Unidades Académicas o “visión institucional” y para agilizar los procesos de tramitación de los documentos que sean necesarios para cumplir con los objetivos planteados por la Unidad Académica. 2 Plan de Desarrollo Institucional UANL 2012 – 2020. Capítulo III, pág. 52 (http://www.uanl.mx/sites/default/files/documentos/universidad/pdi-2020-26abril.pdf) 3 http://internacionalizacion.uanl.mx III. Modalidades Hay diversas maneras de gestionar un acuerdo de cooperación internacional. Son comunes dos escenarios, el llamado “de arriba hacia abajo” y el de “abajo hacia arriba”. Estos términos, aunque parezcan coloquiales, en realidad son muy descriptivos y se asocian con frecuencia a resultados casi siempre predecibles. Ejemplos de ambos serían los siguientes: “Arriba hacia abajo” . Altos directivos de instituciones diferentes se conocen en algún foro internacional, conversan y deciden que sería una buena idea que sus instituciones entraran en un acuerdo de cooperación académica, científica o cultural. Se redactan los documentos generales o “marco” que formalizan esta relación y se firman. Los altos directivos regresan a sus instituciones de origen y registran el convenio recién signado con la esperanza de que alguna Unidad Académica se interese y proceda a la identificación de posibles vías de cooperación. Esta modalidad no cuenta con un “acuerdo específico” que detalle el quien, donde, como y cuando ocurrirá esta cooperación. Por lo tanto, la posibilidad de fructificar es baja y con frecuencia el “Convenio Marco” cae en categoría de “inactivo”. “Abajo hacia arriba” En este escenario, los profesores o investigadores conocen a sus pares en algún foro internacional o a través de sus publicaciones. Inician una serie de conversaciones o comunicaciones por la vía electrónica e identifican intereses comunes y la posibilidad de cooperar para avanzar en la consecución de sus intereses académicos, científicos o culturales. Comentan con sus directivos la posibilidad de llevar a cabo una relación productiva con la institución extranjera y detallan cual sería el propósito de la cooperación, quien sería el responsable en cada institución de llevar a cabo el trabajo específico, donde se llevaría a cabo el mismo y como se financiaría. La Dirección de la Unidad Académica comunica a la Secretaría de Relaciones Internacionales su intención de establecer esta relación internacional y la Secretaría prepara el “Convenio Marco” o general para este propósito y con el apoyo de la Unidad Académica, formula el “Acuerdo Específico” detallado para someterlo a la revisión de la institución extranjera. Esto es seguido por un intercambio de opiniones y modificaciones hasta que los documentos marco y específico quedan aprobados por las autoridades competentes de ambas instituciones. Esta modalidad tiene una alta posibilidad de fructificar y permanecer activa durante su período de vigencia. Por lo tanto, es la modalidad más recomendable. IV. Instrumentos Para iniciar y formalizar los convenios de cooperación internacional, existen cuatro instrumentos básicos: la carta de intención, el memorando de entendimiento, el convenio marco y el acuerdo específico. La UANL cuenta con formatos institucionales que sirven para este propósito y que son versátiles, es decir, solo se agrega la información pertinente para cada caso. Ejemplos de estos formatos se encuentran en el Anexo A. El Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, describe dichos instrumentos de la siguiente manera4: CAPITULO I Disposiciones Generales XXI. Carta de Intención, al instrumento inicial, no vinculante, mediante el cual las partes declaran su intención de iniciar el proceso de formalización de sus relaciones de cooperación que culminen en la suscripción de un Convenio Marco. XXII. Memorando de Entendimiento, es un instrumento de mayor categoría que la Carta de Intención, describe los objetivos de la cooperación y nombra responsables operativos. Es firmada por el Rector y su contraparte extranjera y tiene una vigencia de cinco años a partir de la fecha de su última firma. XXIII. Convenio Marco, es el instrumento fundamental para el establecimiento de relaciones internacionales. Declara la personalidad de los representantes legales de las instituciones participantes y sustenta su autoridad para llevar a cabo el convenio. Establece las áreas de cooperación y delimita el rango de responsabilidades. Es firmada por el Rector y su contraparte extranjera, entrando en vigor en la fecha de su última firma. Será vigente mientras no se denuncie por alguna de las partes mediante oficio escrito en el cual se da debida cuenta de los motivos de cancelación. XXIV. Acuerdo Específico, es un instrumento sucedáneo y complementario del Convenio Marco, mediante el cual se establece en forma pormenorizada el objetivo específico de la cooperación, nombra a los responsables de dar seguimiento a las actividades pactadas por cada institución, determina las responsabilidades financieras y laborales, así como los derechos de autor, regalías, publicaciones y patentes, entre otras. Es firmado por el Rector y su contraparte en el extranjero, así como por los responsables del proyecto en cada institución. Tiene una vigencia de cinco años a partir de la fecha de la última firma y expresa los mecanismos de cancelación y renovación. En forma excepcional y por circunstancias especiales adecuadamente validadas, podrá signarse un acuerdo específico en ausencia de un Convenio Marco. 4 Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León. Capítulo I, Artículo 2, Fracc. XXI, XXII, XXIII, XIV. V. Ruta Crítica Considerando que los convenios de cooperación internacional que celebra la UANL se basan en los principios fundamentales de buena fe, reciprocidad, beneficio mutuo y respeto a las leyes, usos y costumbres de ambos países5, la gestión de los convenios entre las instituciones contempla las siguientes fases: I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. IX. X. XI. Establecer contacto con la institución extranjera Definir del objeto de la cooperación Informar a la Secretaría de Relaciones Internacionales (SRI) de la intención SRI propone formato institucional y/o revisa el formato extranjero Precisión de detalles con la autoridad correspondiente extranjera Elaboración de los documentos consensuados Revisión y visto bueno por las autoridades competentes de ambas instituciones Solicitud de firma por los Rectores de ambas instituciones Ratificación por el H. Consejo Universitario de la UANL Registro en la base de convenios de la Secretaría de Relaciones Internacionales Renovación o denuncia de los acuerdos de cooperación internacional. I. El establecimiento de contacto con la institución extranjera6 puede ser el resultado de diversas modalidades, dos de las cuales, “de arriba hacia abajo” y “de abajo hacia arriba” ya han sido descritas anteriormente. La experiencia en la UANL ha demostrado que los convenios de cooperación tienen más probabilidad de fructificar cuando son los académicos y/o investigadores quienes toman la iniciativa. Desde luego esto no excluye las otras modalidades, como son la respuesta a convocatorias, iniciativa estudiantil, participación en redes, gestiones diplomáticas, entre otras. Compete a la Unidad Académica definir los objetivos de la cooperación, determinando si se trata de intercambio de información, movilidad de estudiantes, académicos e investigadores, proyectos de investigación conjunta, publicaciones, registro de patentes, co-tutela de tesis, doble titulación, actividades artísticas o de cualquier otra índole.7 Una vez definidos los objetivos de la cooperación deseada, la Dirección de la Unidad Académica gira un oficio a la SRI informando de la intención y solicitando los formatos adecuados para proponerlos a la institución extranjera. Si la institución extranjera ya ha propuesto un formato de cooperación, entonces la Dirección de la Unidad Académica lo anexa al oficio y solicita su revisión. II. III. 5 Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo I, Art. 3 6 Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo IV, Art. 18 7 Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo I, Art. 5 Fracc. II IV. V. VI. VII. VIII. IX. 8 La SRI registra la solicitud de establecimiento de la relación internacional de la Unidad Académica, revisa la base de convenios para determinar si existe un historial previo y de ser el caso, determina si se encuentra vigente. Propone los formatos correspondientes o en su caso, revisa el formato extranjero y determina si el objetivo del convenio se encuentra dentro de la política de internacionalización de la UANL8. Una vez determinada la procedencia de la cooperación, los formatos propuestos se someten a la revisión por los académicos competentes de ambas instituciones. Dichos académicos con frecuencia hacen observaciones y/o modificaciones según el caso. Los documentos se intercambian entre las instituciones cuantas veces sean necesarias hasta que se llega a un consenso aceptable a las normas y procedimientos de ambas instituciones. Cuando los formatos de cooperación han sido debidamente consensuados entre las partes académicas, entonces se imprimen los documentos en firme y se someten a la aprobación de las autoridades de la administración central. En la UANL, los convenios de cooperación académica se remiten para revisión y visto bueno a la Secretaría Académica y la Secretaría de Investigación, Innovación y Estudios de Postgrado9. Si el convenio incluye el quehacer de cualquier otra Secretaría de la UANL, se remite igualmente a ésta para el mismo propósito. En el caso de que el convenio incluya elementos de financiación que incidan en el patrimonio universitario, el convenio se somete a la aprobación de la Oficina del Abogado General y a la Contraloría General de la UANL10. Un proceso similar se efectúa en la institución extranjera. Esta fase del proceso es la que consume más tiempo ya que implica la negociación de términos hasta lograr la aprobación de todas las partes. Obtenidos los vistos buenos de las autoridades competentes, la SRI remite los ejemplares originales al Rector con la solicitud de recibir su anuencia y firma.11 El proceso de firma de los convenios puede ser en ceremonia conjunta, o los rectores pueden firmar en sus instituciones en tiempos diferentes. El convenio entra en vigor a partir de la última firma.12 La Rectoría regresa los convenios firmados por el Rector a la SRI, donde a su vez la SRI remite copias de los convenios al Secretario General mediante oficio donde se solicita el conocimiento y ratificación por el H. Consejo Universitario. Así mismo, se envían copias de los convenios a las Secretarías interesadas y a la Unidad Académica promotora. Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo IV, Art. 21 9 Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo IV, Art. 23 10 Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo IV, Art. 24 11 Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo IV, Art. 25 12 Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo I, Art. 2, Fracc. XXV X. XI. 13 La SRI registra el convenio en la base de convenios de la UANL, formaliza su resguardo13 e informa a los Representantes de Relaciones Internacionales de las diversas Unidades Académicas a través del SIII para su conocimiento y aprovechamiento. La SRI envía a su contraparte extrajera un tanto de los documentos originales. En ocasiones, si así lo desea y manifiesta la Unidad Académica que gestionó el convenio, se remiten los documentos originales a la Dirección de dicha Unidad Académica, mediante oficio que solicita que sea ésa autoridad, el amable conducto para hacer llegar el convenio firmado a la institución extranjera. Una vez cumplido el período de vigencia de los acuerdos de cooperación, el convenio puede ser renovado por común acuerdo entre las partes. Existen dos mecanismos de renovación, uno es por solicitud expresa de las partes y el otro es por renovación automática o “tácita reconducción de no mediar denuncia expresa”, según se mencione en el artículo relevante del acuerdo. Adicionalmente, está previsto que si dentro del período de vigencia del acuerdo, alguna de las partes decide dar por terminada la relación institucional, bastará una declaración por escrito para dicho efecto, dirigida a la Oficina Internacional de la institución que promueve la rescisión. En el caso de que la decisión de denunciar el acuerdo sea promovida por la UANL, la SRI recibirá esta declaración e informará oficialmente a la contraparte extranjera de este hecho, dando así origen a los efectos de rescisión. En términos generales, la cesación de la relación internacional no afecta acciones en progreso, sino que las ampara hasta su justa terminación. Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo IV, Art. 25 VI. Difusión En concordancia con el postulado de que las relaciones internacionales que la UANL emprenda “son de carácter institucional”, es menester que todas las Unidades Académicas y las Autoridades de la Administración Central tengan conocimiento de las mismas y puedan tomar las medidas pertinentes para aprovechar la relación y potenciarla. El primer órgano de resonancia es el mismo H. Consejo Universitario que ratifica el contenido del acuerdo. Pero la difusión a mayor escala se obtiene por medio de la publicación en la página electrónica de la UANL, en el apartado de Vinculación, Cooperación Internacional (http://www.uanl.mx/universidad/universidad/cooperacioninternacional.html), así como su difusión a través del Sistema Institucional de Información de Internacionalización SIII (http://internacionalizacion.uanl.mx) y de la reunión periódica de los Representantes de Relaciones Internacionales de las Unidades Académicas. Adicionalmente, se informa periódicamente al Consejo Consultivo Internacional de la UANL y a la Comisión de Relaciones Internacionales del Consejo Consultivo Externo de la UANL. VII. Evaluación del Impacto La evaluación del impacto de una relación de cooperación internacional es compleja y requiere la medición de diversos indicadores, como lo pudieran ser el número de intercambios efectuados, la participación en proyectos de investigación científica o cultural, las publicaciones conjuntas, los seminarios o cursos cortos a los cuales se asista o imparta, las co-tutelas de tesis, la obtención de grados dobles, entre otros. Es responsabilidad del Representante de Relaciones Internacionales formular un reporte semestral, avalado por la Dirección de la Unidad Académica, que detalle los procesos de internacionalización que se hayan efectuado durante el período inmediato anterior, dirigido a la Secretaría de Relaciones Internacionales. Este reporte deberá no solo contener una enumeración de las actividades, sino además una evaluación de la importancia de la actividad enunciada. Es decir, deben evaluarse cantidad y calidad. Esta información a su vez, servirá como indicador de avance en el proceso de internacionalización de la universidad, así como constituir un importante insumo para la formulación del informe anual del Rector. Ruta Crítica para el establecimiento de Convenios de Cooperación Internacional Establecer contacto con la institución extranjera La Unidad Académica define el objeto de la cooperación La Unidad Académica informa mediante oficio a la SRI la intención de la Colaboración Negociación del Convenio La UANL propone formato de convenio La Institución extranjera propone formato de convenio No Si Si No La institución extranjera está de acuerdo La Unidad Académica está de S acuerdo SI Si Si La SRI envía el documento consensuado a revisión de la administración central Se incluye financiamiento que incida en el patrimonio de la UANL Si La SRI solicita visto bueno de: Secretaría Académica, Secretaría de Investigación, Innovación y Posgrado, Abogado General y Contraloría General No La SRI solicita visto bueno de: Secretaría Académica y Secretaría de Investigación, Innovación y Posgrado La SRI reúne las observaciones o aprobaciones de las autoridades correspondientes Las autoridades aprobaron el Convenio Se establece el proceso de firma No Proceso de firma Firma de Convenio en Ceremonia Conjunta Si La Unidad Académica, Rectoría y la SRI agendan y organizan evento No Firma de Convenio en lugares y tiempos distintos La SRI recibe los documentos originales y los envía a Rectoría para su firma Rectoría regresa documentos y la SRI se envía un ejemplar original a la institución extranjera La SRI registra el convenio en la base de datos, formaliza su resguardo y solicita su ratificación al H. Consejo Universitario Implementación del Convenio VIII. Uso del Sistema Institucional de Información para la Internacionalización El Sistema Institucional de Información para la Internacionalización (SIII) tiene como objetivo fundamental comunicar eficientemente a las Unidades Académicas con la Secretaría de Relaciones Internacionales, con el propósito de que la Institución cuente con una visión panorámica, al corriente, de los procesos de internacionalización que promueve cada Unidad Académica. Con el fin de cumplir con el objetivo fundamental del SIII, es de vital importancia alimentar esta base de datos de forma correcta, veraz y oportuna de acuerdo a los siguientes procedimientos: I. Requisitos del sistema. Para comenzar a cargar información, es necesario seguir los pasos descritos a continuación para tener acceso al portal: 1. Abrir el explorador de su preferencia en un dispositivo con acceso a Internet. 2. Ingresar a la dirección http://internacionalizacion.uanl.mx 3.Iniciar sesión con el usuario y contraseña de su cuenta de correo administrativo UANL (con dominio @uanl.mx) y pulsar el botón “Entrar”. Las cuentas de correo electrónico con cualquier otro dominio (@uanl.edu.mx; @fime.uanl.mx; @gmail.com; @hotmail.com; etc.) no son aceptadas por el SIII. Si Usted no cuenta con un correo electrónico administrativo, es necesario comunicarse con la Dirección General de Informática de la UANL para que se le asigne una cuenta. Nota: Es necesario comunicarse a la Secretaria de Relaciones Internacionales si es la primera vez que el usuario ingresa al SIII ya que las cuentas de correo electrónico administrativo deben ser dadas de alta por el administrador de la página, de lo contrario, en la pantalla se desplegará el mensaje “No tiene acceso al sistema” Figura 1: Iniciar sesión en el SIII 4. Si se realizó con éxito el inicio de sesión, veremos la pantalla de Inicio del SIII. Figura 2: Pantalla de Inicio del SIII II. Información solicitada y campos a llenar. La interfaz del SIII consiste en una pantalla principal con ocho pestañas, cada una de las cuales comprende un tema en específico: Inicio, Dependencia, Oferta, Convenios, Movilidad, Migración, Eventos, Acreditación y Rankings. Estas pestañas a su vez despliegan opciones acerca del tema al que se refieren, y debemos pulsar en cada una de ellas para completar los campos requeridos. 1. INICIO Cuando pulsamos en la pestaña de Inicio, o inmediatamente después de iniciar sesión, se proyecta en la pantalla un mensaje de bienvenida al SIII. Esta es la única pestaña en la que no se requiere ingresar información y tampoco le podemos hacer cambios o modificaciones. 2. DEPENDENCIA En la pestaña de “Dependencia” tenemos dos apartados: Información General y Responsable. Figura 3: Apartados de la pestaña “Dependencia” Al pulsar en “Información General” se despliega el formulario para llenar los campos correspondientes a la información general de su Unidad Académica, de su Director, y datos de contacto. Figura 4: Formulario para “Información General” Al finalizar de llenar los campos solicitados, para guardar los cambios pulsar en el botón “Aceptar” Figura 5: Pulsar aceptar para guardar los cambios Al pulsar en el apartado “Responsable” se despliega el formulario para llenar los campos correspondientes a la información propia del Representante de Relaciones Internacionales. Figura 6: Formulario para Responsable Al finalizar de llenar los campos solicitados, para guardar los cambios pulsar en el botón “Aceptar” Figura 7: Pulsar aceptar para guardar los cambios Al terminar los dos apartados de la pestaña “Dependencia”, veremos la información que ya capturamos al pulsar en la misma pestaña. De ser necesario modificar la información previamente ingresada, en esta pantalla tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los cambios necesarios. Figura 8: Pantalla de pestaña “Dependencia” 3.- OFERTA En la pestaña de “Oferta” tenemos cuatro apartados: Planes Educativos, Idiomas, Unidad de Aprendizaje de Carácter Internacional y Cursos Especiales para Extranjeros. Figura 9: Apartados para la pestaña de “Oferta” Al pulsar en el apartado de “Planes Educativos”, el sistema abrirá la oferta educativa de su Unidad Académica. Esta información se obtiene automáticamente del Sistema Integral para la Administración de los Servicios Educativos (SIASE) de la UANL, por lo que en éste apartado no es posible agregar o modificar información a través del SIII. Figura 10: Oferta educativa por Unidad Académica Al pulsar en el apartado de idiomas, tenemos la opción de llenar dos formularios: Cursos de idiomas y Unidades de aprendizaje en idioma extranjero. Al pulsar “Ir a formulario” se despliega la pantalla con los campos que debemos llenar. Figura 11: Pantalla para apartado de idiomas Llenar los campos requeridos en ambas opciones y pulsar aceptar para guardar los cambios. Figura 12: Formulario para curso de idiomas y Unidad de aprendizaje en idioma extranjero. De ser necesario modificar la información previamente ingresada, en el listado principal tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los cambios precisos. Al pulsar en el apartado de “Unidad de Aprendizaje de Carácter Internacional” y “Cursos especiales para extranjeros”, se despliega la lista principal en donde al pulsar la opción “Ir a formulario” se despliega la pantalla con los campos que debemos llenar. Para guardar los cambios pulsar el botón aceptar. Figura 13: Apartado “Unidad de Aprendizaje de Carácter Internacional” 4.- CONVENIOS En la pestaña de “Convenios”, tenemos cuatro apartados: Marco, Acuerdo Específico, Memorándum de Entendimiento y Carta de Intención. Al pulsar en el apartado “Marco”, aparecerá en la pantalla la lista de Convenios Marco que previamente ha cargado en el sistema la SRI. Debido a que los Convenio Marco son de carácter institucional, solo las cuentas acreditadas con la categoría de administrador, tienen habilitada la opción de “Ir a formulario” para agregar un nuevo Convenio Marco. Para los apartados de “Acuerdo Específico”, “Memorándum de Entendimiento” y “Carta de Intención”, tenemos habilitado el botón de “Ir a formulario” para ingresar la información de un nuevo documento. En el formulario, llenar los campos requeridos y pulsar aceptar para guardar los cambios. De ser necesario modificar la información previamente ingresada, en el listado principal tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los cambios precisos. Figura 14: Ir a formulario para agregar un nuevo Acuerdo Específico En los formularios de esta pestaña, uno de los campos nos solicita cargar el archivo que contenga el documento que estamos ingresando. Para esto, el SIII acepta archivos con extensión .pdf, .jpg, o .jpeg. Figura 15: Cargar un archivo en el formulario para Acuerdo Específico 5.- MOVILIDAD En la pestaña de “Movilidad” tenemos dos apartados: UANL emisora y UANL receptora. Al pulsar “UANL emisora”, se dividen las listas en las siguientes categorías: Estudiantes, Profesores, Investigadores, y Externos u otros. Para cada uno de ellos, tenemos habilitado el botón de “Ir a formulario” para ingresar la información de una nueva actividad de movilidad. Dentro del formulario seleccionado, llenar los campos requeridos y pulsar aceptar para guardar los cambios. De ser necesario modificar la información previamente ingresada, en el listado principal tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los cambios precisos. Figura 16: Pantalla para el apartado de UANL emisora de la pantalla de Movilidad 6.- MIGRACIÓN En la pestaña de “Migración”, tenemos una sola lista general para registrar a todos aquellos estudiantes o maestros con nacionalidad extranjera que se desempeñen dentro de su Unidad Académica. Al pulsar el botón de “Ir a formulario” se despliega la pantalla para agregar a cada migrante llenando los campos requeridos. Al finalizar, pulsar aceptar para guardar los cambios. De ser necesario modificar la información previamente ingresada, en el listado principal tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los cambios precisos. Figura 17: Pestaña “Migración” 7.- EVENTOS En la pestaña de “Eventos” tenemos dos apartados: UANL Emisora y UANL Receptora. Al pulsar el apartado “UANL emisora”, aparece en la pantalla una lista general en donde debemos registrar los eventos o visitas que realicen al extranjero estudiantes o profesores de su Unidad Académica. Al pulsar el botón de “Ir a formulario” se despliega la pantalla para agregar cada evento o visita llenando los campos requeridos. Al finalizar, pulsar aceptar para guardar los cambios. De ser necesario modificar la información previamente ingresada, en el listado principal tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los cambios precisos. Al pulsar el apartado “UANL receptora”, aparece en la pantalla una lista general en donde debemos registrar los eventos o visitas internacionales que se realicen en su Unidad Académica. Al pulsar el botón de “Ir a formulario” se despliega la pantalla para agregar cada evento o visita llenando los campos requeridos. Al finalizar, pulsar aceptar para guardar los cambios. De ser necesario modificar la información previamente ingresada, en el listado principal tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los cambios precisos. Figura 18: Pantalla para apartado Eventos UANL receptora de la pestaña “Eventos” 8.- ACREDITACIÓN En la pestaña de “Acreditación” tenemos tres apartados: Programas de Estudios Acreditados, Programas de Estudio en Proceso de Acreditación y Programas de Estudios No Acreditados. Al pulsar en cada uno de los apartados, nos aparece en la pantalla una lista general en donde debemos registrar los programas educativos de su Unidad Académica que se encuentren acreditados, en proceso de acreditación o no acreditados. Al pulsar el botón de “Ir a formulario” se despliega la pantalla para agregar cada programa llenando los campos requeridos. Al finalizar, pulsar aceptar para guardar los cambios. De ser necesario modificar la información previamente ingresada, en el listado principal tenemos el ícono de editar habilitado para hacer los cambios precisos. Figura 19: Pantalla para la pestaña “Acreditación” IX. Responsabilidades de los Representantes de Relaciones Internacionales Los Representantes de Relaciones Internacionales de las Unidades Académicas son un eslabón clave para la gestión y seguimiento de los convenios de cooperación internacional. Sus responsabilidades incluyen14: Conocer las áreas determinadas como “prioritarias” para la internacionalización de su Unidad Académica. Identificar áreas de oportunidad en la gestión de relaciones internacionales de su Unidad Académica. Facilitar el seguimiento de los procedimientos mencionados en el “Manual de Procedimientos para la Gestión y Seguimiento de los Convenios Internacionales”. Auxiliar en la implementación de los requisitos establecidos en el “Manual de Procedimientos para la Movilidad e Intercambio Académico”. Auxiliar en la implementación de los requisitos establecidos en el “Manual de Procedimientos para la Acreditación y Evaluación Internacional”. Mantener vigente la información solicitada por el Sistema Institucional de Información de Internacionalización (SIII). Conocer el contenido de todos los convenios internacionales en los cuales participe su Unidad Académica. Llevar un registro de “responsables de implementación de acuerdos específicos” y solicitarles periódicamente un reporte de avance del proyecto de cooperación. Presentar a la SRI un reporte semestral que detalle los procesos de internacionalización de su Unidad Académica en el período inmediato anterior. Asistir a todas las reuniones de información y planeación que cite la SRI. 14 Reglamento General de Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Capítulo V, Arts. 28, 31,32, 33. Reportar a la SRI cualquier anomalía observada dentro de su Unidad Académica que contravenga los procesos de internacionalización establecidos, con el propósito de corregirlos y evitar problemas posteriores de mayor magnitud. Estar dispuestos a representar su Unidad Académica en eventos internacionales con el aval de su Director (a). Acompañar a los académicos extranjeros en su visita al Centro de Internacionalización. Brindar la información pertinente que sea solicitada por las siguientes direcciones de la Secretaría de Relaciones Internacionales: Intercambio Académico, Acreditación y Evaluación Internacional, Centro de Estudio y Certificación de Lenguas Extranjeras y el Centro de Estudios Asiáticos. X. Preguntas Frecuentes ¿Puede un Directivo traer un convenio formulado por una institución extranjera, previamente firmado por su rector y solicitar la firma del rector de la UANL? Esta situación es desafortunada, ya que el convenio no fue sujeto a los procedimientos institucionales que garantizan la buena fe, la reciprocidad, el beneficio mutuo y la manera idónea de resolver diferencias que pudieran resultar de su interpretación. Es frecuente que los formatos extranjeros hagan mención de su legislación soberana, a la cual nuestra institución no puede sujetarse. Cuando esto ocurre, con toda pena, se debe regresar el documento firmado por el rector extranjero con la solicitud de que se modifiquen los artículos pertinentes. Esto pudiera generar una situación incómoda y ser obstáculo para el establecimiento de la relación solicitada. ¿Cuánto tiempo se tarda el gestionar un convenio de cooperación internacional? Es muy variable debido a las gestiones que deben ocurrir entre las partes para obtener el consenso final sobre tenor del articulado, como se menciona en la fase V de la Ruta Crítica. Sin embargo, si se llega al acuerdo mutuo, la revisión por las Secretarías se hace en un período de aproximadamente quince días y la firma del rector se tramita generalmente en una semana más. ¿Si el convenio de cooperación internacional implica manejo de fondos, debo de iniciar el proceso de trámite en la Oficina del Abogado General? No. Toda relación internacional debe iniciar su trámite en la Secretaría de Relaciones Internacionales. La SRI a su vez turnará a las autoridades competentes el documento para revisión y visto bueno. ¿Se puede firmar un memorando de entendimiento en idioma inglés? Si, si el memorando de entendimiento cubre los requisitos institucionales y es acompañado de una traducción certificada al idioma español. ¿Deben de reunirse los dos rectores para la firma del convenio de cooperación? No. Aunque la ceremonia conjunta de firma de convenios es muy deseable, la firma por los rectores se puede hacer en tiempos y lugares distintos. El convenio entra en vigor a partir de la última firma. ¿Puede algún maestro o alumno iniciar el trámite de gestión de relaciones internacionales de su Unidad Académica ante la Secretaría de Relaciones Internacionales? No. La autoridad competente para solicitar la gestión de los convenios de cooperación internacional es el Director (a) de la Unidad Académica. Los maestros son bienvenidos y muy importantes para establecer el contacto y definir los detalles de la cooperación, pero la Dirección deberá avalar el procedimiento mediante oficio dirigido a la SRI. ¿Es conveniente llevar algún documento de apoyo cuándo se visita otra institución de educación superior en el extranjero con la intención de establecer una relación? Sí, la Carta de Intención es el instrumento idóneo para este propósito. La Carta de Intención puede ser firmada por el Director (a) o el académico que reciba la autorización de su dirección. Se firman dos ejemplares, uno de los cuales permanece en la institución extranjera y el otro es turnado a la SRI mediante oficio del Director (a) para continuar con el proceso. ¿Es posible modificar el tenor de las cláusulas de los formatos institucionales para el establecimiento de relaciones de cooperación internacional? Sí. Sin embargo, la modificación deberá hacerse por común acuerdo entre las partes y siempre dentro del marco de la reciprocidad, beneficio mutuo y buena fe. ¿Cuántos ejemplares originales deberán firmarse para el establecimiento de un convenio de cooperación internacional? El mínimo establecido es de 2 (dos) ejemplares. Uno se resguarda en la SRI y el otro ejemplar original lo conserva la institución extranjera. En caso de que la Institución extranjera solicite más ejemplares, se acordará el número final por común acuerdo entre las partes. ¿Puede incluirse la firma de un Director en un Convenio Marco? No. Un Convenio Marco es de carácter institucional. ¿Puede incluirse la firma de un Director en un Acuerdo Específico? Si. Siempre es necesaria la firma del Rector en los Acuerdos, sin embargo, de así desearlo algún Director, se puede agregar su firma al calce del texto. ¿Siempre deberá firmar el Convenio de Colaboración Internacional el Rector/Presidente de la Institución Extranjera? En el extranjero varían las normativas en relación a la representación legal de la Institución para la firma de convenios de cooperación internacional. Nuestra Institución respeta estas normas y acepta como válida la firma del funcionario institucional responsable de las relaciones internacionales. ¿Es posible que el Convenio de Colaboración Internacional incluya la firma de testigos de honor? Sí, siempre y cuando sea de común acuerdo entre las partes y se proceda conforme al principio de equidad y reciprocidad. XII. Anexos A. Formato de Carta de Intención Carta de Intención Por medio de este instrumento, nosotros los suscritos, ……………………, Profesor de ……………………… de la Universidad Autónoma de Nuevo León, México, y .……………………………., ………………………………….de la Profesor Universidad de de …………………………………, (país), manifestamos nuestra intención de iniciar formalmente los procedimientos exploratorios conducentes al establecimiento de un “Convenio de Cooperación Académica” entre nuestras Instituciones. Por la Universidad Autónoma de Por la Universidad de ……………… Nuevo León Profesor____________________ Profesor___________________ Cargo:______________________ Cargo:_____________________ Lugar:______________________ Fecha: ______________________ Lugar:_____________________ Fecha:_____________________ Letter of Intent By means of this instrument, we the undersigned, …………………………….., Professor of ……………. of the Universidad Autónoma de Nuevo León, Mexico, and …………………………. Professor of ………………….. of the University of ……………………, (Country) do hereby manifest our intention of formally beginning exploratory proceedings conducive to the establishment of an "Academic Cooperation Agreement" between our Institutions. For the Universidad Autónoma de Nuevo León For (University/Institute) ………… Professor____________________ Title:_______________________ Professor____________________ Title:_______________________ Place:_______________________ Date:_______________________ Place:________________________ Date:_________________________ B. Formato de Memorando de Entendimiento Memorándum de Entendimiento La Universidad Autónoma de Nuevo León y la Universidad………………. (de aquí en adelante referidos como las partes), por este medio establecen un acuerdo de cooperación el cual será de beneficio mutuo para ambas instituciones y será implementado dentro de las áreas de interés común (o nombre del área de interés). Para promover la cooperación entre las partes, las mismas acuerdan que dentro de lo mutuamente aceptable, se considerarán dentro del acuerdo las siguientes formas de cooperación: 1. Intercambio de estudiantes licenciatura y postgrado. 2. Intercambio de personal académico e investigadores. 3. Cooperación en los ámbitos académicos y proyectos de investigación de interés mutuo, incluidos los proyectos educativos y aquellos que impliquen el uso de las tecnologías de la comunicación. 4. Intercambio de publicaciones en áreas de interés y la organización conjunta de eventos académicos y culturales. Todos los programas de acción serán acordados por anticipado dependiendo de la disponibilidad. Las partes acuerdan que el intercambio de estudiantes será sobre la base de uno a uno, y que estos estudiantes cubrirán los pagos de inscripción y las colegiaturas correspondientes en su institución de origen. Ambas partes acuerdan orientar a estudiantes participantes en el programa de intercambio y asistirlos para encontrar un hospedaje adecuado. Los estudiantes acatarán los lineamientos de sus instituciones de origen en lo referente a los métodos de evaluación de su desempeño. En lo referente a la ejecución de sus trabajos y tareas educativas, seguirán las normas y regulaciones del instituto que los recibe. Los proyectos académicos y de investigación que puedan surgir de la comunicación y el interés de profesores de ambas partes, serán objeto de futuros acuerdos específicos que describan los objetivos, obligaciones y alcances de cada proyecto. Este Memorándum de Entendimiento tendrá validez por un período de cinco años partiendo de la fecha de firma por ambas partes, al menos que sea terminado por alguna de las partes, informando de manera escrita con tres meses de anticipación. Este Memorandum será sujeto a revisión, modificación y renovación por consentimiento mutuo de ambas partes. Por la Universidad Autónoma de Nuevo León Por ………………….…….…………….. Mtro. Rogelio Garza Rivera Rector Fecha:……………………………… Dr./Prof………………………………….. Rector Fecha:………………………………… Memorandum of Understanding The Universidad Autónoma de Nuevo León and the University / Institute of……………….. (herein referred to as the “Parties”), do hereby establish a cooperation agreement which will be of mutual benefit to both Institutions, and to be implemented within the areas of common interest (or name specific area). In order to promote co-operation between the Parties, it is agreed that within the fields that are mutually acceptable, the following general forms of co-operation will be considered within the scope of this agreement. 1. Exchange of undergraduate and graduate students. 2. Exchange of Academic staff and researchers. 3. Cooperation in academic and research projects of mutual benefit, including educative projects and those involving the use of communication technologies. 4. Exchange of publications in areas of interest and the joint organization of academic and cultural events. All programs of action will be agreed in advance and will depend on availability. The Parties agree that student exchange will be on a equity basis, and that students will cover appropriate fees at their home Institution only. Both Parties agree to orient the students participating in the exchange program and to assist them in finding adequate housing facilities. The students will adhere to the guidelines of their Institution of origin in regards to the methods of evaluation of their performance, and will follow the normal rules and regulations of the Institution of destination, pertaining to the performance of their educative assignments. Specific academic and research projects that may arise from the communication and interest between the academics from the parties will be object of further specific agreements which will describe the goals, obligations and scope of each project. This Memorandum of Understanding shall be valid for a period of five years, starting on the date that it is signed by both Parties, unless it is terminated by either Party, giving three months notice in writing, and is subject to review, modification and renewal by mutual consent of the Parties By Universidad Autónoma de Nuevo León By (University / Institute)……… Mtro. Rogelio Garza Rivera Rector Date:………………………………… Dr./Prof………………………………….. Rector/President Date:………………… C. Formato de Convenio Marco CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y CULTURAL ENTRE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN, MÉXICO Y ………………….. ………………………………………………… La Universidad Autónoma de Nuevo León declara que: La Universidad Autónoma de Nuevo León (referida de aquí en adelante como UANL) es una Institución de cultura superior al servicio de la sociedad, descentralizada del Estado, con plena capacidad y personalidad jurídicas, que tiene como fin crear, preservar y difundir la cultura en beneficio de la sociedad, de conformidad con lo establecido en su Ley Orgánica contenida en el decreto No. 60 expedido por el H. Congreso del Estado de Nuevo León y publicado en el Periódico Oficial de la Entidad con fecha 7 de junio de 1971. Su domicilio convencional se encuentra ubicado en el 8° piso de la Torre de la Rectoría, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, N.L., México, C.P. 66455; y su Rector y representante legal es el Mtro. Rogelio Garza Rivera. La Universidad de……………………. declara que: La Universidad de………………………. (referida de aquí en adelante como……….), es una institución de educación superior,………………………………………………. De acuerdo a sus leyes y normas………………………………………………………… y su dirección legal es…………………………………………..………………………… siendo su representante legal y Rector/Presidente ……………………………………… Ambas instituciones comparten metas comunes en los campos académicos, científicos y culturales. Esta cooperación internacional ayudara a cada institución a responder a las necesidades de su medio social. Por tanto, las partes desean firmar el siguiente acuerdo bajo las siguientes: 35 Cláusulas Primera La meta principal de este acuerdo es incrementar la cooperación académica y cultural entre la UANL y la Universidad de………………………… Segunda Ambas partes desean realizar actividades para promover el conocimiento a través de proyectos de colaboración que incluyen, pero no están restringidos, a los siguientes: a) Intercambio de estudiantes universitarios y de posgrado. b) Intercambio de personal docente e investigadores. c) Llevar a cabo investigación conjunta y proyectos de educación continua. d) Intercambiar información y publicaciones relacionadas con los avances en enseñanza, desarrollo estudiantil e investigación en cada institución. e) Organizar simposios, conferencias, cursos y reuniones acerca de los temas de investigación. f) Uso de ligas que comuniquen los sitios web oficiales de ambas Instituciones. Tercera Todos los programas de acción serán acordados por adelantado y dependerán de la posibilidad de ser realizados. Las partes acuerdan que los estudiantes pagarán los cargos correspondientes en la institución de su procedencia solamente. Ambas partes acuerdan guiar a los estudiantes que participen en el programa de intercambio y ayudarlos a encontrar lugares adecuados de hospedaje, Los estudiantes serán responsables de sus gastos de transportación, comida y hospedaje y, en algunos casos específicos, podrán recibir ayuda de su institución o de agencias internacionales. Cuarta El alcance de las actividades bajo este acuerdo será determinado por los fondos regularmente disponibles por ambas instituciones para los tipos de colaboración llevadas a cabo y por ayuda financiera que pueda ser obtenida por cualquier institución. Quinta El Acuerdo General de Cooperación Académica, Científica y Cultural será identificado como el documento base de cualquier programa acordado entre las partes. Los acuerdos adicionales relativos a los programas deberán proveer detalles concernientes a los acuerdos 36 específicos hechos por cada una de las partes y no serán efectivos hasta que hayan sido redactados, y firmados por los representantes legalmente autorizados de cada una de las partes. Sexta Este Convenio es producto de la buena fe, en razón de lo cual las controversias que llegaran a presentarse en cuanto a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo por las partes; en caso de subsistir el desacuerdo, las partes se someterán a la resolución del organismo de arbitraje que de común acuerdo designen las partes. Séptima Este acuerdo será efectivo el día de su firma por ambas partes, continuando por cinco años, renovable automáticamente al final de éste período. En el caso de que alguna de la Partes desee dar por terminado este Acuerdo, ésta deberá notificar a la otra Parte, un mes previo a la fecha de terminación, sin que esto afecte adversamente a cualquier proyecto de colaboración en progreso. Por: Por: Universidad Autónoma de Nuevo León (Universidad/Instituto)………………… ____________________________ Mtro. Rogelio Garza Rivera Rector ______________________________ Prof. /Dr..…………………………… Rector/Presidente Lugar: San Nicolás de los Garza, N. L., México Lugar: ……………………………….. Fecha……………………………… Fecha: ……………………………….. 37 GENERAL AGREEMENT OF ACADEMIC, SCIENTIFIC AND CULTURAL COLLABORATION BETWEEN UNIVERSIDAD AUTONÓMA DE NUEVO LEÓN, MÉXICO AND ………………………………………………………………… The Universidad Autónoma de Nuevo León states: The Universidad Autónoma de Nuevo León (referred to hereafter as “UANL”), is an Institution of higher learning, created to serve society. It is decentralized from the State, has full legal status and capacity, and is dedicated to the creation, preservation and diffusion of knowledge and culture for the benefit of the society which it serves, in accordance with its Organic Law which was established by Decree No. 60, issued by the Hon. Congress of the State of Nuevo León and published in the Official Newspaper of the State on June 7, 1971. Its legal address is Torre de Rectoría 8th floor, Ciudad Universitaria, San Nicolás de los Garza, N.L., Mexico C.P. 66455. Its President and legal representative is Mtro. Rogelio Garza Rivera. The ………………………………………………. states: The ……………………………………………………….. (referred to hereafter as …….). Is and institution of higher learning …………………………………………………………. In accordance with its Laws………………………………………………………………….. Its legal address is …………………………………………………………………………… Its Rector/President and legal representative is ……………………………………………... Both Institutions share common goals in academic, scientific, and cultural fields. This international cooperation agreement helps each Institution to respond to the needs of its social environment. Therefore, they are willing to sign the present Agreement in accordance to the following: 38 CLAUSES First The main goal of this agreement is to increase academic and cultural cooperation between UANL and the University of ………………………………………………………………… Second Both Parties wish to undertake activities pursuant to the promotion of knowledge through collaborative projects including, but not being restricted, to the following: a) Exchange of Undergraduate and Graduate students. b) Exchange of Faculty and visiting researchers. c) Joint research activities and continuing education programs, including the use of communication technologies, if necessary, for these purposes. d) Exchange of information and publications pertaining to developments in teaching, student development and research at each institution. e) Organize symposia, conferences, short courses and meetings on research issues. f) Use of links to communicate official web sites of both Institutions. Third All programs of action will be agreed in advance and will depend on availability. The Parties agree that students will cover appropriate fees at their home Institution only. Both Parties agree to guide the students participating in the exchange program and to assist them in finding adequate housing facilities. The students will be responsible for their own expenses in transportation, food and lodging, and, in specific cases, may be also supported by their home Institution or international agencies. Fourth The scope of activities under this Agreement shall be determined by the funds regularly available at both Institutions for the types of collaboration undertaken and by financial assistance as may be obtained by either Institution from external sources. Fifth This General Agreement of Academic, Scientific, and Cultural Cooperation is a bona fide agreement and shall be identified as the parent document of any specific agreement executed between the Parties. Further agreements concerning any program shall provide details concerning the specific commitments made by each Party and shall not become effective until they have committed said agreement to writing and signed by the authorized representatives of the Parties. 39 Sixth This is a bona fide Agreement and as such, any controversy that might arise in its interpretation, formalization and fulfillment will be resolved by mutual agreement of the parties; in case that the controversy should persist, the parties will submit to the resolution of the arbitration committee designated by mutual agreement of the parties. Seventh This Agreement shall become effective on the date of its signing by both Parties, continuing for five years, automatically renewed at the end of this period. In case any one of the Parties wishes to terminate this Agreement, written notice should be given to the other party one month prior to its termination, without adversely affecting any ongoing collaborative projects. By: Universidad Autónoma de Nuevo León By: (University/Institute)…. …………… _______________________________ _________________________________ Mtro. Rogelio Garza Rivera Rector Prof./Dr……………………………… Rector/President Place: San Nicolás de los Garza, Place:………………...…………..…… N.L. México Date:………………………………… Date:…………………………………… 40 C. Formato de Acuerdo Específico ACUERDO ESPECÍFICO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD______________________ A TRAVÉS DE LA FACULTAD ______________________ Y LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN, MÉXICO A TRAVÉS DE LA FACULTAD DE ___________________________________ Por una parte la Universidad__________________, que fija su domicilio legal en _______, de la ciudad___________, en adelante _________, representada en este acto por su Rector/Presidente, _____________________. Y de la Universidad Autónoma de Nuevo León, México, en adelante UANL, que fija su domicilio legal en 8vo piso Torre de Rectoría, Cd. Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León C.P. 66455, representada en este acto por su Rector Mtro. Rogelio Garza Rivera. CONSIDERANDO 1- Que las partes suscribieron, con fecha del _____________________, un Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional en las áreas de la enseñanza y de la investigación relacionadas con los campos jurídicos, económicos, científicos y humanísticos. 2- Que ambas partes están interesadas en fortalecer las relaciones de cooperación y asistencia técnica a través de la concreción eficaz de objetivos a través de la suscripción de acuerdos específicos. 3- Que la ____________y la UANL tienen dentro de sus objetivos fortalecer el sistema de Educación Superior, mediante el desarrollo de programas académicos de capacitación, investigación y transferencia de tecnología. 4- La ____________ y la UANL han aunado esfuerzos mediante el desarrollo de actividades en los campos académicos, investigación y de extensión entre otros. 5- Ambas instituciones cuentan con la capacidad suficiente para impulsar planes y programas que lleven a un mejoramiento de la Educación Superior en ambos países. Por lo anteriormente dicho, las partes, con plenos poderes para la celebración de este acto, 41 ACUERDAN Concertar el siguiente ACUERDO ESPECIFICO a fin de llevar a cabo el proyecto y/o actividad de Investigación, de acuerdo a las siguientes cláusulas PRIMERA: OBJETO Las partes acuerdan que el objeto del presente Acuerdo consiste en llevar a cabo el Proyecto de ______________________ a nivel de posgrado denominado ___________________ SEGUNDA: DETALLE DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR Objetivo: _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ Objetivos específicos: _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ TERCERA: COMPROMISO DE LAS PARTES Para cumplir los objetivos del presente Acuerdo, las Universidades signatarias, se obligan recíprocamente a: 1. Administrar, procesar y analizar las pruebas en forma conjunta y complementaria. 2. Difundir en forma conjunta los resultados y conclusiones en los ámbitos de comunicación científica pertinentes. 3. ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ 4. ___________________________________________________________________ ___________________________________________________________________ CUARTA: RESPONSABLES DE LA EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO Por parte de la Facultad de________________ de la _____________ se designa responsable de la ejecución y seguimiento de las actividades a desarrollar a: Director/Profesor Dr. ______________________ Puesto: Teléfono: Fax: E-mail: 42 Por parte de La Facultad de _______________ de la UANL designa responsable de la ejecución y seguimiento de las actividades a desarrollar a: Director/ Profesor Dr._______________ Puesto: Teléfono: Fax: E-mail: QUINTA: RECURSOS ECONOMICOS (Determinar el alcance de los compromisos económicos si los hubiese.) SEXTA: PROPIEDAD INTELECTUAL La información, productos académicos y/o científicos y las tecnologías generadas que se obtengan en el marco del desarrollo del presente convenio, así como los informes y monografías que se elaboren en desarrollo de las categorías de movilidad para estudiantes y docentes, no podrán ser reproducidos, comercializados, ni cedidos a terceros sin previa autorización de los autores y de las dos instituciones. De común acuerdo se establece que ambas instituciones podrán hacer uso de tales documentos y productos para sus propios fines, dando el crédito correspondiente, respetando los derechos de autor, de propiedad intelectual y material establecidos en la legislación que regula es materia en los dos países que intervienen, así como la aplicación de normas internacionales. SÉPTIMA: DISTRIBUCIÓN DE LOS BENEFICIOS Serán asimismo objeto de acuerdo especial la distribución entre las partes de los beneficios económicos emergentes de la explotación comercial de resultados obtenidos, derechos de propiedad intelectual, patente, licencia de explotación, servicios a terceros, etc. OCTAVA: VIGENCIA. DURACIÓN. RESCISION El presente Acuerdo tendrá una vigencia de tres (3) años a partir de la fecha de la firma de ambos representantes. Cualquiera de las partes podrá denunciarlo unilateralmente, sin expresión de causa, mediante preaviso escrito con seis (6) meses de anticipación. La denuncia no dará derecho al reclamo de indemnizaciones de cualquier naturaleza. En cualquiera de los dos casos, al expirar el Acuerdo, se convendrá la prosecución de los trabajos y cursos en ejecución de modo que la rescisión no acarree perjuicios graves a cualquiera de las instituciones signatarias o a terceros. Los equipos, los instrumentos, y el material bibliográfico que cada Universidad facilite a la otra, deberán ser restituidos a la de origen, dentro del plazo establecido y en perfectas condiciones de uso, salvo el desgaste normal inherente a su correcta utilización en las aplicaciones para las que estén previstos. Las reparaciones que eventualmente requieran correrán por cuenta del prestatario. 43 NOVENA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Teniendo en cuenta la finalidad de este Acuerdo, las partes observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración, por lo que la labor a realizar deberá constituir un ejemplo de buena voluntad y coordinación de esfuerzos. Ambas partes igualmente se comprometen a resolver en forma directa, por las instancias jerárquicas que correspondan, y de común acuerdo cualquier conflicto, diferencia y/o falta de entendimiento que eventualmente pudiera presentarse. DÉCIMA: La suscripción del presente Acuerdo no es óbice para que las partes signatarias, conjunta o individualmente, lleguen a acuerdos similares con otras instituciones nacionales o extranjeras, ni afectar a los ya existentes. En prueba de conformidad con las cláusulas precedentes, se formaliza el presente Acuerdo en cuatro (4) ejemplares, de igual tenor y al mismo efecto. Por: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN Por: (UNIVERSIDAD/INSTITUTO)………..… Mtro. Rogelio Garza Rivera Prof./Dr. …………………………………. Rector Rector/Presidente Lugar:______________________________ Lugar:______________________________ Fecha:______________________________ Fecha:______________________________ 44 UNIVERSITY OF THROUGH THE SCHOOL OF AND THE UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON, MEXICO THROUGH THE SCHOOL OF Appearing on one part, the University of , with legal address in , in the city of , hereinafter referred to as , represented in this act by its Rector/ President, . And, by the other, the Universidad Autonoma de Nuevo Leon, Mexico, hereinafter referred to as UANL, with legal address in 8vo piso Torre de Rectoría, Cd. Universitaria, San Nicolás de los Garza, Nuevo León C.P. 66455, represented in this act by its Rector, Mtro. Rogelio Garza Rivera. WHEREAS 1. That the parties signed on , a General Collaboration Agreement on the teaching and research fields related to the legal, economic, scientific, and humanistic fields. 2. That both parties are interested in strengthen the cooperation relations and technical assistance through the effective realization of objectives through the signing of specific agreements. 3. That the and the UANL have, among their objectives, to strengthen the Superior Education System through the development of academic programs of training, research, and technology transfer. 4. The and the UANL have joined efforts through the development of activities in the academic, research, and extension fields, among others. 5. Both institutions have the due authority to promote plans and programs for the improvement of the Superior Education in both countries. Therefore, the parties, with full authority to celebrate this act, AGREE To stipulate the following SPECIFIC AGREEMENT to develop the project and/or activity of Research, according to the clauses as follows: FIRST: OBJECTIVE The parties agree that the OBJECTIVE of this agreement is to develop the Project of at a postgraduate level titled 45 SECOND: DESCRIPTION OF ACTIVITIES TO BE DEVELOPED Objective: Specific objectives: THIRD: COMMITMENT OF THE PARTIES To fulfill the objectives of this agreement, the undersigned Universities, are reciprocally obliged to: 1. Manage, process, and analyze the evidence in a joint and complementary way. 2. Jointly spread the results and conclusions in the appropriate scientific communication means. 3. 4. FOURTH: EXECUTION AND RESPONSIBLE FOR MONITORING On behalf of the School of of the the person designated as responsible for the execution and monitoring of the activities to be developed is: Dean/Professor Dr. Position: Telephone: Fax: E-mail: On behalf of the School of of the UANL, the person designated as responsible for the execution and monitoring of the activities to be developed is: Dean/Professor Dr. Position: Telephone: Fax: E-mail: 46 FIFTH: ECONOMIC RESOURCES (Determine the economic commitments in case there exists any) SIXTH: INTELLECTUAL PROPERTY The information, academic and /or scientific products and technology generated within the framework of this agreement, as well as reports and monographs developed during the mobility of students and teachers, may not be reproduced, sold or transferred to third parties without permission of the authors and of the two institutions. Upon mutual agreement, both institutions can make use of such documents and products for their own purposes, giving credit for respecting copyright, intellectual and material property as established in the legislation governing this matter in the two countries involved, as well as the application of international standards. SEVENTH: DISTRIBUTION OF BENEFITS Likewise, the distribution among the parties of the economic benefits emerging from the commercial use of obtained results, intellectual property rights, patent, license to use, service to third parties, etc. shall be specifically agreed. EIGHTH: VALIDITY. DURATION. TERMINATION This agreement shall be in force during three (3) years since the signature date. Any party may report unilaterally this herein, without expressing the reason, through a previous written notification submitted six (6) months in advance. The report shall not grant the right to claim any compensation. In any case, at the termination of the agreement, the continuation of works and courses developed at that moment shall be agreed so that the termination does not seriously affect any of the signatory institutions or third parties. The equipment, instruments, and bibliographic material shared between both Universities, shall be returned to the home University within the established period and in perfect conditions of use, except for the normal wear as a result of the appropriate and established use. The possible repairs required shall be covered by the borrower. NINTH: CONFLICT RESOLUTIONS Regarding the objective of this agreement, the parties shall observe in their relations the spirit of cooperation, therefore the activities to be developed shall serve as an example of good faith and coordination of efforts. Both parties are equally committed to direct solution, through the corresponding hierarchical institutions, and by mutual agreement in any possible conflict, difference and/or misunderstanding that may arise. 47 TENTH: The signing of this agreement is not an obstacle for the undersigned parties to settle, jointly or individually, similar agreements with other national or foreign institutions, without affecting the existing agreements. In accordance with the preceding clauses, this Agreement is formalized and issued in four (4) copies, of equal content and for the same effect, By: By: (UNIVERSITY/INSTITUTE) …………… UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN Mtro. Rogelio Garza Rivera Prof./ Dr. ………………………………… Rector Rector/ President Place:______________________________ Place:______________________________ Date:______________________________ Date:______________________________ 48