Procedimiento nº 332/13 PROVIDENCIA de la Magistrada

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Procedimiento nº 332/13 PROVIDENCIA de la Magistrada
LEXNET Notificat el 23/09/2015 - NARCÍS JUCGLÀ - Girona, Figueres, Sta. Coloma i Olot - [email protected]
Lletrat/Ref.: MARTA VALLS SALADA / - Client: JOSE FERNANDEZ PARADAS - Ref. Proc.: 13297
Señalamiento: ACABA REC.REPOSICIÓ C/PROVISIÓ MANTENINT EL LLANÇAMENT Plazo: 5 Dia(s) Fine el: 30/09/2015
Procedimiento nº 332/13
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NUMERO DOS
GIRONA
PROVIDENCIA de la Magistrada-Juez Dª. OLGA BAUTISTA CAMARERO
En Girona a 22 de septiembre de 2015.
Por el Procurador de los Tribunales D. Narcis Jucglà Serra en nombre y
representación de D. JOSÉ FERNÁNDEZ PARADAS se presentó escrito conteniendo
pretensión relativa a la suspensión del lanzamiento previsto para mañana, alegando la
aplicación de la Llei24/2015, que no contiene ninguna norma procesal que justifique la
pretensión, toda vez que dicha competencia corresponde en exclusiva al Estado de
conformidad con el art. 149.6ª CE y habiéndose dictado múltiples resoluciones en los
presentes autos contrarias a la pretensión de la suspensión, que como ya se indicaba en
el auto de 25 de marzo de 2014, a cuyo contenido se ha de estar, desde noviembre de
2013, hace casi 3 años, el ejecutado conoce la obligación de abandonar la vivienda que
ocupa en precario, debiéndose por ello mantener incólume el lanzamiento previsto para
mañana.
Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo
de cinco días desde su notificación. Para la interposición del recurso deberá acreditarse que se ha
constituido depósito en cuantía de 25 euros, que deberán ser ingresados en la cuenta nº 1674 de este
Juzgado, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de
reposición, con expresión del código 00, de conformidad con la Disposición adicional decimoquinta de la
LO 1/09 de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5º
así como en el caso de beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado; doy fe