MANUAL CONVIVENCIA ESCOLAR LICEO ELEUTERIO RAMÍREZ

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MANUAL CONVIVENCIA ESCOLAR LICEO ELEUTERIO RAMÍREZ
CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE CALAMA
Liceo Eleuterio Ramírez Molina, Vivar 2137 – Sector Centro Calama, Teléfono 2342789
MANUAL CONVIVENCIA ESCOLAR
LICEO ELEUTERIO RAMÍREZ MOLINA
CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE CALAMA
Liceo Eleuterio Ramírez Molina, Vivar 2137 – Sector Centro Calama, Teléfono 2342789
CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE CALAMA
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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
FUNDAMENTACION
El Liceo Eleuterio Ramírez Molina, tiene la misión de: Promover en nuestros estudiantes
competencias Técnico Profesional dentro del marco curricular vigente y bajo una sólida
concepción valórica, habilitándolos tanto para su inserción en la sociedad productiva como para la
prosecución de estudios.
Ellos implican el desarrollo de la responsabilidad, respeto, disciplina y autonomía como valores
fundamentales para su formación integral como personas.
La comunidad educativa del Liceo Eleuterio Ramírez Molina, entiende la disciplina escolar, como
un conjunto de normas que regula la sana convivencia en un establecimiento educacional. El valor
de estas normas elementales de convivencia se traduce en hábitos de autodominio y
autodisciplina que llegaran a reflejarse en todos los ámbitos de su vida personal. Lo anterior se
acoge a la ley 20.536/2011, bullying o violencia escolar.
Solo podremos alcanzar nuestros objetivos en el ámbito académico y disciplinario, con el apoyo
permanente de la familia. Ella constituye, sin duda el punto de inicio en el proceso de socialización
e integración de hábitos y valores.
Las medidas serán aplicadas desde el ingreso del alumno (a) hasta el proceso de enseñanzaaprendizaje con un carácter evidente formativo tomando en cuenta los estados de madurez
cognitiva y emocional. Se espera que nuestros alumnos y alumnas asuman responsablemente las
consecuencias de sus actos, salvaguardando el respeto de los demás y comprometiéndose a
desarrollar una convivencia adecuada en el ámbito escolar.
Con el objetivo de alcanzar los ideales que nos hemos propuesto, orientaremos nuestro que hacer
bajo los lineamientos del presente Manual de Convivencia. Cabe señalar que las regulaciones y
procedimientos constituyen este documento, deben mantenerse bajo permanente revisión y
actualización frente a los cambios imperantes.
El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de la
comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con
especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o
agresión. Asimismo la garantía del debido proceso y el respeto a las partes involucradas en
eventuales infracciones contempladas en este manual.
Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de acoso escolar, embarazo, consumo
de drogas y porte de arma blanca, los que deberían estimular el acercamiento y entendimiento de
las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para los afectados.
Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades
socio-afectivas, habilidades para la vida, resolución de conflicto, manejo y control de emociones,
teniendo en cuenta especialmente el Proyecto Educativo Institucional.
1.- Valórico.
2.- Disciplinarios.
3.- Académicos
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CAPITULO I
DERECHOS Y DEBERES DE LA UNIDAD EDUCATIVA
La unidad educativa debe entregar al alumno (a), a sus padres o apoderados una atención
oportuna, concreta y expedita sobre cualquier información que estos requieran del quehacer
educativo del Liceo.
Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana
convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia.
Los integrantes de la comunidad educativa tienen derecho a construirlo. En caso de que
dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, los involucrados tendrán derecho a ser oídos,
reclamar, denunciar y que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez
están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre
cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos
denunciados.
1.- Orientar a cada uno de los alumnos y alumnas en aquellos aspectos que guardan relación con
su desarrollo personal y/o necesidades del proceso educativo a que esta afecto.
2.- Incentivar en el alumnado el espíritu de investigación con el fin de transcender sus
aprendizajes al ámbito familiar y a la sociedad en general.
3.- Informar a los padres y/o apoderados sobre los niveles alcanzados por sus pupilos, en cuanto a
los procesos académicos, formativos y valóricos.
4.- Citar oportunamente a los padres y/o apoderados a reuniones del Centro General de Padres,
de sub-centro, y entrevistas individuales, según horario estipulado por el estamento educativo.
5.- Informar y establecer procedimientos eficaces (conducto regular) que permitan a los padres y/o
apoderados, una expedita comunicación con el estamento correspondiente a fin de dar respuesta
a todas sus inquietudes verbales o escritas.
6.- informar a los padres y /o apoderados del liceo, sobre las actividades presentes y futuras de la
unidad educativa.
7.- Velar por la seguridad e integridad de quienes forman parte de la comunidad educativa. Los
funcionarios están amparados específicamente por el artículo 84 de la Ley Nº 18834.
8.- Desarrollar en cada uno de los integrantes de la unidad educativa la importancia de los valores
de mantención de la infraestructura y los medios existentes de unidad educativa.
9.- Mantener el orden y la limpieza del establecimiento educacional.
10.- La unidad educativa velara por tener un permanente contacto con los organismos que forman
parte de la comunidad; tales como juntas de vecinos, grupos culturales, sociales, empresas, etc.
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CAPITULO II
DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS
El alumno (a) del Liceo Eleuterio Ramírez Molina se comprometerá a cumplir con los
deberes que el establecimiento espera de él y a su vez a cada integrante de la unidad educativa
se les respetaran en plenitud sus derechos.
1.- Adherir a lo estipulado en el reglamento de convivencia escolar.
2.- Respetar y cumplir íntegramente las normas de convivencia, asumiendo su responsabilidad y
condición de estudiante del Liceo.
3.- Respetar los símbolos patrios y escolares. Nuestros valores culturales, regionales, nacionales y
étnicos, enfatizando el respeto del estandarte de nuestro establecimiento, la insignia y aquellos
valores que entrega la identidad liceana.
4.- Manifestar permanentemente una actitud de respeto y colaboración al personal del
establecimiento (Directivos, Docentes, Asistentes de la Educación y Apoderados, auxiliares de
servicio).
5.- Usar un lenguaje y vocabulario adecuado, dentro y fuera del establecimiento evitando
expresiones inadecuadas tales como groserías e improperios.
6.- Representar dignamente su condición de alumno regular, cuidando su presentación personal,
aseo personal, dentro y fuera del establecimiento, según lo establecido en el Manual de
Convivencia.
7.- Cuidar su prestigio personal y de todos los integrantes de la Unidad Educativa.
8.- Cuidar y moderar sus acciones durante las clases y recreos a fin de cautelar su integridad y la
de sus compañeros.
9.- Solucionar sus conflictos a partir de la práctica de la no violencia, privilegiando el dialogo, y con
ellos evitar las agresiones verbales y, con mucha más razón, las agresiones físicas. En caso de
que esta no tenga solución se recurrirá a la intervención de organismos pertinentes (Carabineros y
PDI).
10.- Cuidar los bienes comunes del establecimiento, siendo responsable de la mesa, silla y
cualquier otro mueble, herramienta, instrumento o material que le fuese asignado debiendo
responder en caso de daño.
11.- Todo alumno (a) deberá portar permanentemente su libreta escolar con su identificación.
12.- Asistir puntualmente a todas las actividades, tanto de orden académico, extra programático y
deportivo recreativo, compromisos personales contraídos con el liceo. Y asumir su obligatoriedad
en la continuidad de dichas actividades.
13.- Sera motivo de suspensión si el alumno presenta tres atrasos, (inicio de la jornada y durante
las actividades académicas, con un día de suspensión) como a sí mismo si el alumno sale del
establecimiento o de la sala de clases sin autorización.
14.- Entregar oportunamente a los apoderados la información que envía el establecimiento a
través de comunicación verbal y escrita, por vía mensaje de texto (plataforma Papinotas)
15.- Cumplir sus deberes escolares en forma oportuna (tareas, preparación para pruebas, trabajos
de investigación, etc.).
16.- Presentarse en cada sector y/o modulo con todo el material que se le solicite especialmente
textos escolares.
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17.- Abtenerse de traer materiales y/o elementos ajenos al que hacer educativo: Celulares,
IPhone, tablet, mp3, notebook, pendrive, armas corto punzante, armas de fuego, ya que el
establecimiento no se responsabiliza por su daño o perdida, y se reserva el derecho a retenerlos
en Inspectoría General, hasta que sean retirados por los padres y/o apoderados.
18 Queda estrictamente prohibido ingresar o portar sustancias alucinógenas (drogas o pastillas sin
descripción médica), alcohol. Sujeto a la ley 20.000 conocida también como “Ley de Drogas”. En
caso de ser sorprendido, el apoderado deberá recurrir al establecimiento para el retiro de su
alumno (a) previo llamado a carabineros y la denuncia correspondiente.
19.- Queda estrictamente prohibido ingresar, portar y/o fumar cigarrillos dentro del establecimiento
y/o cuando vista el uniforme escolar, además el apoderado deberá asumir lo descrito en la ley
N°19.419/2007.
LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS
1.- Ser recibido y escuchado por el Director, Subdirector, Inspector General, Jefe de Unidad
Técnico Pedagógica, Evaluador – Planes y Programas, Orientador, Coordinador Extraescolar,
Coordinador Técnico Profesional, Docentes de sectores o Módulos, (especialistas área de
integración y asistentes de la educación), si desea hacer un planteamiento personal o
representativo, con el debido respeto a la autoridad.
2.- Ser tratado con respeto, comprensión y justicia sin consideración o prejuicios respecto a su
etnia, sexo, religión, edad, diferencias físicas y/o motoras, estrato socio-económica, riesgo social,
situación académica, disciplinaria o cualquier otra condición.
3.- Participar del proceso de aprendizaje en un ambiente sano que garantice su formación integral
4.- Ser escuchado, en un ambiente de paz, respeto, solidaridad y justicia.
5.- Tener dentro del ámbito escolar, las condiciones para recrearse positiva y adecuadamente, de
acuerdo a los recursos existentes cuando corresponda.
6.- Tener la oportunidad para desarrollar sus aptitudes intelectuales, físicas y espirituales, en
concordancia en el Proyecto Educativo Institucional.
7.- Recibir los contenidos correspondientes a Programas de Estudio en los distintos sectores y
módulos de aprendizaje..8.- Participar en la elección de los representantes del CEAL de acuerdo a
la reglamentación vigente (decreto 524 y su modificación).
9.- En el caso de accidentes escolares, el alumno tiene derecho a un seguro escolar, de acuerdo
al DS. 313 del 12/05/72.
10.- En caso de tener alguna inquietud, o la necesidad de exponer algún planteamiento
relacionado con ámbitos relativos a:
1.
Académicos.
2.
Disciplinarios.
3.
Formativo Valórico.
4.
Deportivo recreativo u otro.
El primer paso será; entrevista con el profesor (a) Jefe y/o sector para luego según proceda
solicitar entrevista con el estamento pertinente de la unidad educativa.
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CAPITULO III
DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD
DE LA ASISTENCIA
1. Los alumnos deberán cumplir con el horario de clases establecido por el calendario regional y
por la unidad educativa para el presente año.
2. La asistencia a clases es obligatoria. En caso de inasistencia o incumplimiento de las labores
académicas debido a enfermedades, se deberá justificar debida y oportunamente con certificado
médico del especialista, este documento no elimina la inasistencia registrada en el libro de clases.
3. Ningún alumno (a) podrá salir del liceo durante el horario normal de clases. En caso de que el
alumno (a) tenga que ausentarse dentro de su jornada, éste será autorizado por Inspectorìa
General y/o Directivos, previa presentación del apoderado titular y/o suplente debidamente
acreditado en el libro de registro, libro de clases, ficha de matrícula y en el libro de justificaciones,
dejando constancia en el registro de salida según Ley De Subvenciones.
4. Toda inasistencia del educando a clases sistemática y/o actividad extraprogramàtica por uno o
màs días deberá ser justificada por el apoderado titular y/o suplente en oficina de paradocencia
para su ingreso a clases.
5. Queda estrictamente prohibido el retiro de alumnos (as) durante una evaluación, disertación o
entrega de trabajos.
6. La inasistencia por más de 15 días hábiles, sin justificación del apoderado y sin respuesta a
citaciones por escrito o llamados telefónicos por parte de Dirección o Inspectoría General, facultar
a la unidad educativa a caducar su condición de alumno regular.
7. Todas las actividades curriculares y extra programáticas y los cambios que se efectúen dentro
de la jornada diaria de trabajo (sean éstos, tanto fuera como al interior del colegio), y que
involucren la participación del alumnado, tendrán el carácter de obligatorios, en consecuencia, las
inasistencias deberán ser justificadas por los apoderados respectivos.
8. En cuanto a la asistencia a Academias o actividades extracurriculares. Pruebas atrasadas,
reforzamientos o cualquier actividad curricular fuera del horario normal, los alumnos y alumnas
deben asistir con el uniforme o el buzo completo del liceo.
9. En lo referido a las academias, o actividades extracurriculares, podrán ingresar al
establecimiento o a los lugares en que se desarrollan, sólo los educandos que son citados o
formen parte de estas.
10. Para ser promovidos, los alumnos deberán asistir, a lo menos; al 85% de las clases
establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones establecidas en el artículo
34 del presente reglamento, se podrá autorizar la promoción de estudiantes con porcentajes
menores de asistencia, con la debida autorización del director y jefe de U.T.P. del establecimiento.
(art.11º-2) Decto 511/97
DE LA PUNTUALIDAD.
El Liceo propende desarrollar en los alumnos (as) el hábito de la puntualidad y la
responsabilidad. Los atrasos serán registrados en Inspectoría y en la libreta escolar obligatoria.
Se considerará atraso, todo ingreso a la jornada escolar, después del inicio y durante el horario
establecido.
1. El inicio de la jornada de clases es a las 08.00 AM
2. Todo atraso será registrado en Paradocencia y deberá asistir con su apoderado para poder
ingresar. Al tercer atraso registrado, ya sea, al inicio de la jornada o Interhora se citara al
apoderado para comunicarle la suspensión por un día de su pupilo.
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DEL RETIRO DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS.
1. En el caso en que el apoderado titular no pueda presentarse para retirar al alumno (a), lo
deberá realizar el apoderado suplente, debidamente registrado y dejando constancia en el libro de
salida el nombre y RUT del apoderado titular o suplente.
2. No se autoriza la salida del alumno (a), sin firma del apoderado titular o suplente.
CAPITULO IV
DE LA PRESENTACIÒN PERSONAL
1. El alumno y alumna del Liceo Eleuterio Ramírez Molina debe caracterizarse por una
presentación personal que refleje una cuidadosa preocupación individual y familiar.
2. La presentación personal del alumno (a) será una exigencia permanente. La higiene personal y
vestir el uniforme completo debe, ser reflejo de su preocupación constante.
DAMAS:
-
Camisa blanca, corbata burdeo institucional, falda modelo propio del liceo (cuatro dedos
sobre la rodilla), calcetas burdeo, bucaneras hasta la rodilla, suéterburdeo con las iniciales
del liceo bordadas en dorado (LER), zapatos negros escolar. Chaleco de tela institucional
(actos, representaciones oficiales del liceo y periodo estival)
-
Sòlo en invierno, previo aviso de Inspectoría General, podrán usar pantalón de tela gris
(no jeans) de corte recto a la cintura.
-
Cabello sin corte extravagante, (los accesorios deben de ser moderados y acorde a los
colores del establecimiento), sin tintura.
-
Queda prohibido el uso de piercing y expansores en: cejas, labios, nariz u otra parte
visible del rostro. Autoriza el uso de un par de aros pegados al lóbulo de la oreja.
-
Queda prohibido el uso de esmaltes de uñas de colores llamativos, solo se autoriza el uso
de brillo incoloro en la uñas de las damas.
-
Se prohíbe el uso de maquillaje excesivo en el rostro
NOTA: Mantener el rostro despejado.
VARONES:
-
Camisa blanca, corbata burdeo institucional, pantalón gris de corte recto a la cintura,
calcetines oscuros, chaleco burdeo con las iniciales del liceo bordadas en dorado (LER),
zapatos negros escolares.
-
Cabello corto tradicional (corte de pelo escolar) sin trenzas, mechones y/o flequillos, el
largo del cabello no debe tocar el cuello de la camisa, sin tintura.
-
Se prohíbe el uso de aros en las orejas, además queda prohibido el uso de piercing y
expansores en: cejas, labios, nariz u otra parte visible del cuerpo.
-
Los alumnos deberán usar las uñas cortas y limpias.
-
Se prohíbe el uso de maquillaje.
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-
Se prohíbe el uso de cualquier accesorio extravagante (pañoletas, pulseras, muñequeras,
brazaletes, cintillos) dentro del establecimiento y mientras usen el uniforme institucional.
-
Se prohíbe el uso de gorras, jockey, viseras dentro de la sala de clases, exceptuando las
clases de Educación Física o en los horarios de recreo (Según Ley Ozono)
3. Con respecto al Buzo Deportivo, se usará el establecido por el liceo, solo para el trayecto del
hogar al liceo y viceversa o actividades extra programáticas. (No para realizar las clases de
educación
DAMAS:
-
Las alumnas deberán usar short o calza (negra o azul marino), polera blanca institucional.
VARONES:
-
Los alumnos deberán usar short (negro o azul) polera blanca institucional.
4. El alumno (a) una vez terminada la clase, deberá asearse obligatoriamente y cambiarse a su
buzo, polera institucional y/o uniforme.
5. Tanto damas como varones podrán usar el polar del liceo durante la estación inverna, no se
permitirá otro tipo de polerones o corta vientos que nos sean los establecidos.
6. Sòlo en caso de fuerza mayor, debidamente justificado por el apoderado se permitirá en uso de:
Buzo completo del establecimiento.
CAPITULO V
DE LOS ACCIDENTES
1. En el caso que un alumno (a) sufra un accidente al interior del liceo, se aplicarán las normas
legales que establece el seguro escolar, según del DS Nº313 del 12 de mayo de 1972 solicitando
la presencia de especialistas del sistema de servicio de salud e informando inmediatamente al
apoderado titular o suplente para que se presente a la brevedad en el hospital. Cualquier atención
primaria, en otro centro asistencial, implica la perdida de inmediato de la cobertura del Seguro
Escolar.
2. Si en algún accidente existiera participación de un tercero, se iniciará la investigación de forma
inmediata para aclarar las circunstancias y sancionar las responsabilidades, si es que las hubiere.
CAPITULO VI
DE LAS ALUMNAS EMBARAZADAS
1. Las alumnas embarazadas y alumnas madres se encuentran amparadas bajo el inciso tercero
del artículo 2º DE LA LEY Nº 18.962 que regula el estatuto de las alumnas en situación de
embarazo y maternidad, el cual se adjunta en la sección anexos.
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CAPITULO VII
CUIDADO DEL MOBILIARIO Y DEL ASEO
Es obligación de cada alumno velar por el cuidado de salas de clases, patios y colegio en general .
1. Inspectoría General supervisará la mantención del orden, el aseo de las salas de clases y en
general de todas las dependencias. Considerando que al inicio del año escolar se hace entrega de
la sala y mobiliario al Profesor Jefe, de acuerdo a Inventario. El cuidado de este mobiliario será de
exclusiva responsabilidad del alumno (a), el cual debe ser devuelto al final del año escolar, en las
mismas condiciones de entrega.
2. En caso que el mobiliario presente algún daño causado por el aluno se deberá informar
inmediatamente a Inspectorìa General, y el apoderado deberá responderlo a la brevedad.
3. Se debe tener especial cuidado con el aseo durante el desarrollo y termino de las horas de
clases, de tal manera que siempre este presente el orden y pulcritud.
4. Todos los alumnos tienen la obligación de velar por el cuidado de la infraestructura en general
(muros puertas, ventanas, etc.) y de libros, textos, computadores, material y mobiliario de salas de
clases. Todo destrozo significará devolución de lo dañado en el plazo que se estipule, al margen
de las medidas disciplinarias que correspondan.
5. En caso de destrozo en el mobiliario o accesorios de una sala de clases en que no se
identifique el o los responsables, el grupo curso deberá responder por los daños causados en el
plazo que estime Inspectoría General.
CAPITULO VIII
DEBERES Y DERECHOS DE PADRES Y/O APODERADOS
DEBERES DE PADRES Y/O APODERADOS
1. Conocer y adherir lo consignado por el Proyecto Educativo Institucional.
2. Responsabilizarse y responder ante la Dirección por el comportamiento de su pupilo (a), según
el Manual de Convivencia Escolar.
3. Dirigirse en forma respetuosa a todos los integrantes de la unidad educativa, procurando
mantener siempre un ambiente de sana convivencia.
4. Ejecutar visitas periódicas la liceo para informarse del comportamiento, rendimiento y otras
actividades de su pupilo (a), de acuerdo a los horarios establecidos por la unidad educativa.
5. Asistir en forma obligatoria a reuniones de sub-centro de apoderados para informarse de la
formación académica y valórica de su pupilo (a).
6. Asistir en forma obligatoria a citaciones de cualquier estamento realizado por la unidad
educativa.
7. Controlar que su pupilo (a) tenga un comportamiento acorde con los objetivos del liceo, ya sea
dentro o fuera de este, en especial cuando use el uniforme en la vía pública.
8. Promover la obligatoriedad de la asistencia a clases de su pupilo (a) para que esta sea diaria y
puntual, comprometiéndose a justificar de acuerdo a los procedimientos establecidos, en
Inspectoría General las inasistencias y los atrasos de su pupilo (a).
9. Supervisar diariamente la presentación y la higiene personal de su pupilo (a) cuidando que el
uso del uniforme corresponda al declarado oficialmente por el Liceo así mismo cautelar el no uso
de joyas, celulares, dinero u objetos de valor, debido a que el Liceo no se hará responsable por
perdidas de ellas.
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10. Justificar personalmente todas las inasistencias, asi mismo los atrasos al inicio de jornada o
después de recreos o colación. En el caso de inasistencia del alumno (a) ante una prueba o
entrega de trabajo, será al apoderado titular quien debe justificar, el mismo día del hecho,
presentando certificados médicos. No se admitirán otras personas en el caso de justificaciones,
solamente el apoderado.
11. Evitar tramites o consultas médicas que involucren a su pupilo durante el horario de clases, en
caso de evaluaciones u otros el alumno no podrá retirarse del liceo, ya que esto perjudicará el
proceso de enseñanza – aprendizaje de su pupilo (a).
12. Responsabilizarse a que su pupilo (a) no porte sustancias alucinógenas, alcohol o armas corto
punzantes, ya que esto debe ser denunciado de inmediato a Carabineros y Policía Civil de
acuerdo a lo establecido en la normativa vigente. En caso de comprobado este hecho el alumno
será sometido a Comité de Sana Convivencia donde se aplicará la sanción correspondiente.
13. Reponer, pagar, reparar y/o pintar, según corresponda, algún material o elementos del Liceo
que su pupilo (a) destruya o rompa, como consecuencia de actos de indisciplina o por accidente
en el plazo de una semana.
14. La Dirección del liceo, podrá solicitar el cambio de apoderado cuando dicha persona no
cumpla con su rol en la forma que corresponde a este manual, según Art. 8º inciso 8.3. de
“Reglamento tipo de Convivencia Escolar.”, Ministerio de Educación.
15. De la misma forma que el apoderado tiene derecho a reclamo o discrepancia siguiendo los
conductos regulares, como contraparte, este debe hacerse responsable de sus dichos,
manifestaciones y actos en el contexto de su relación con el establecimiento y estar consciente de
que ante cualquier acción difamatoria, agresiva o que configure algún tipo de perjuicio contra el
establecimiento o sus funcionarios, que se devele como injustificado o infundado, el
establecimiento podrá hacer uso de la atribución de presentar los debidos recursos que la ley
establece según cada caso.
DERECHOS DE PADRES Y/O APODERADOS.
1. Ser atendidos por el personal Directivo, Técnico Pedagógico, Docentes y Administrativo del
Liceo en los horarios establecidos para tal fin, o en otro momento que se acuerde previamente
entre ambos.
2. Recibir información académica o disciplinaria, aclarando dudas, presentar discrepancias o
siguiendo el conducto regular del Liceo. Ante asuntos de reclamos que afecten a su (s) pupilo (s)
el conducto a seguir contemplara los siguientes pasos.
Ámbito Académico:
-
Inicialmente comunicarse con el Profesor (a) respectivo del sector o Profesor (a) Jefe del
curso.
De no haber solución satisfactoria corresponderá dirigirse a la Jefe de la UTP y/o equipo.
Como último instancia, corresponderá la entrevista con el Director del Liceo.
Ámbito Disciplinario:
-
Comunicarse con el Profesor (a) correspondiente y/o Asistente de la Educación.
De no encontrar solución al problema, deberá dirigirse a Inspectoría General del Liceo.
Como última instancia, corresponderá la entrevista con el Director del Liceo.
3. Formar parte activa del Centro General de Padres.
4. Recibir mensualmente el informe detallado del rendimiento y comportamiento de su (s) pupilo
(s).
5. Representar a su hijo en todas las actuaciones en las que sea necesario o conveniente y,
especialmente, ante el comité de sana convivencia escolar.
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CAPITULO IX
ACTIVIDAD TERMINO AÑO ESCOLAR
Las actividades de licenciatura no constituyen una actividad obligatoria, según Art. 5º inciso 2º de
la Resoluciòn Exenta Nº 1767, de 19 de diciembre de 2011, de –Calendario Escolar Regional
Segunda Regiòn.
CAPITULO X
ENCARGADA DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Rol y función de la encargada de Convivencia Escolar, el cual, regirá desde el 01 de Marzo de
2012 y estará integrado al menos por una representante de cada uno de los siguientes
estamentos:
a.
Docente Directivo, Inspector General y Encargada de convivencia Escolar
La encargada de convivencia escolar tendrá las siguientes atribuciones:
1.
Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima
escolar sano.
2.
Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del liceo.
3.
Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las
consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta
contraria a la sana convivencia escolar.
4.
Hacer informes e investigaciones, de las situaciones ocurridas.
5.
Determinar, con alcance general, que tipo de faltas y sanciones serán de su propia
competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores y otras
autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso.
6.
Promover a través de charlas, actividades para la sana convivencia escolar.
CAPITULO XI
DE LOS DOCUMENTOS CONSTITUTIVOS DE EVIDENCIA
Se considerarán para efectos de abordaje de situaciones de convivencia escolar los
siguientes documentos, válidamente reconocidos en categoría de respaldo o evidencias:
1.
2.
3.
4.
Libro de Clases
Bitácora de Convivencia Escolar
Libro de registro de Paradocencia
Reporte de Caso (ver anexos)
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CAPITULO XII
DEL CONSEJO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Con el objeto de reconocer, monitorear y tomar acciones preventivas que vayan a favor de
la construcción de un espacio armónico y en sana convivencia se celebrarán 2 CONSEJOS DE
CONVIVENCIA ESCOLAR, con periodicidad semestral, donde cada profesor jefe de curso
presentará el panorama de sus casos complejos. Esta instancia de retroalimentación institucional
será de carácter propositivo y brindará los antecedentes para que el equipo de convivencia escolar
implemente el seguimiento en los casos que amerite. El formato de presentación se adjunta en la
sección de Anexos.
CAPITULO XIII
DE LA TIPIFICACIÓN DE FALTAS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Las medidas disciplinarias serán aplicadas en función a la tipificación de cada falta y por
los responsables que allí se consignan, en algunos casos que amerite, la sanción irá acompañada
de una medida reparatoria y acompañamiento. En casos especificos se presentarán los
estudiantes con reincidencia de faltas graves y extremadamente graves en el CONSEJO DE
CONVIVENCIA ESCOLAR para llevar a cabo un seguimiento de la situación.
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TABLA DE TIPIFICACIÓN DE FALTAS
FALTAS LEVES
FALTA
SANCIÓN
RESPONSABLE
La inasistencia injustificada a actos y actividades oficiales tanto
Amonestación verbal y
observación escrita en el libro
de clases
Inhabilidad para ingreso a
clases sin apoderado
Funcionario a cargo de
la actividad
Inhabilidad para ingreso a
clases por un día
Amonestación verbal y
observación escrita en el libro
de clases
Amonestación verbal,
observación escrita en el libro
de clases, más derivación a
convivencia escolar
Observación escrita en el libro
de clases
Paradocencia
dentro como fuera del establecimiento.
La inasistencia del apoderado o citaciones del Profesor (a) del
sector de aprendizaje o del (a) Profesor (a) Jefe.
Atrasos reiterados (3 o más) sin la justificación pertinente.
Producir desordenes que alteren el normal desarrollo de la hora
de clases.
Hacer bromas o colocar apodos a sus pares, que atenten a su
dignidad
No informar a su apoderado, cada vez que se ha citado por
algún estamento del liceo.
El incumplimiento de el código de presentación y vestimenta
institucional que debe ceñirse al siguiente detalle:

Profesor que cita y
paradocencia
Profesor a cargo de la
hora de clase
Profesor a cargo de la
hora de clase
Profesor que cita
Amonestación verbal y
observación escrita en el libro
de clases o de paradocencia
Funcionario que
detecta
Observación escrita en el libro
de clases
Profesor a cargo de la
hora de clase
Observación escrita en el libro
de clases y derivación a
paradocencia e inspectoría
general.
Observación escrita en el libro
de clases y acción reparatoria
con cargo al infractor
Amonestación verbal y
observación escrita en el libro
de clases o de paradocencia
Llamado a guardar dispositivo,
de no acatar procede
observación en libro de clases
y citación al apoderado
Sometida a evaluación
Funcionario que
detecta
Prendas de colores institucionales (burdeo en polerón, chaleco y
chaqueta), etc.

Falda por sobre los 3 centímetros de la rodilla.

Blusa o camisa fuera del pantalón o falda.

Pantalones corte recto.

Corbata institucional al cuello de camisa o blusa

Sin uso de pearcings, pañuelos, gorros, maquillajes excesivos o
cabello largo en caso de los varones.
No traer materiales de trabajo (textos, guías, cuadernos u otros
elementos) en cualquier sector o módulo de aprendizaje.
Venta no autorizada de artículos diversos, especialmente
alimentos no contemplados en el plan “vida saludable”
Rayado de superficies del establecimiento (paredes, mesas,
puertas, etc.)
Uso de vocabulario soez al interior del establecimiento o en
actividades oficiales.
Portar y usar teléfono celular, iphone, MP3 y/o MP4 en las horas
de clase.
Cualquier otra falta no tipificada que sea evaluada como leve por
el equipo de convivencia escolar.
Funcionario que
detecta
Funcionario que
detecta
Profesor a cargo de la
hora de clase
Equipo de convivencia
escolar
CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE CALAMA
Liceo Eleuterio Ramírez Molina, Vivar 2137 – Sector Centro Calama, Teléfono 2342789
FALTAS GRAVES
FALTA
SANCIÓN
RESPONSABLE
La reincidencia en 3 ocasiones de faltas leves registradas en el
1 día de inhabilidad para
ingreso al aula
Profesor jefe,
convivencia escolar e
Inspectoría Gral.
Convivencia escolar e
Inspectoría Gral.
libro de clases o paradocencia
Los desórdenes e interrupciones de carácter irrespetuoso que
atenten contra el normal desarrollo de las horas de clases y de
ceremonias oficiales del colegio.
Observación escrita en el libro
de clases y derivación, 2 días
de inhabilidad para ingreso al
aula
Amonestación verbal y
observación escrita en el libro
pornográfica.
de clases o de paradocencia
Amonestación verbal y
Fumar tabaco dentro del liceo, en actos oficiales o en
observación escrita, citación de
delegación. (Ley Nº19.419)
apoderado y trabajo
comunitario
Amonestación verbal,
Engaño y faltas a la verdad, falsos testimonios, injurias y
derivación a Orientación y
calumnias.
trabajo comunitario
Amonestación verbal,
Las manifestaciones amorosas que atenten a las buenas
derivación a Orientación
costumbres dentro del establecimiento.
Realizar dibujos y/o escribir palabras obscenas o de connotación
No ingresar a clases, permaneciendo escondido en algún lugar
del establecimiento.
Desacato a la autoridad no obedeciendo órdenes emanadas del
personal, Asistentes de la Educación, Docentes y/o directivos del
liceo.
Amonestación verbal y trabajo
comunitario
Observación escrita en el libro
de clases y derivación, 2 días
de inhabilidad para ingreso al
aula
Amonestación verbal,
observación escrita en el libro
menoscabo a la imagen pública institucional
de clases y derivación, 1 día de
inhabilidad para ingreso al aula
Comprometer el prestigio de la unidad educativa, al grabar, Observación escrita en el libro
de clases y derivación, 3 días
publicar y/o subir imágenes, videos, documentos e información
de inhabilidad para ingreso al
aula
relativa al establecimiento o a integrantes de este, con fines
Provocar desórdenes en Actos Oficiales del liceo que provoquen
Funcionario que
detecta
Funcionario que
detecta, Inspectoría
Gral.
Funcionario que
detecta, Orientación
Funcionario que
detecta, Orientación
Funcionario que
detecta, Inspectoría
Gral.
Inspectoría Gral.
Funcionario que
detecta, Inspectoría
Gral.
Funcionario que
detecta, Inspectoría
Gral.
maliciosos, en cualquier plataforma de uso masivo (web, prensa
escrita, televisión, etc.)
Amonestación verbal,
observación escrita en el libro
de clases, derivación a
Orientación, citación
apoderado
Porte, tráfico y consumo de bebidas alcohólicas, etc. (Ley Observación escrita en el libro
de clases, citación apoderado,
20.000)
derivación a Orientación
Observación escrita en el libro
Faltar a clases sin conocimiento de sus apoderados
de clases, citación de
apoderado, 1 día de inhabilidad
para ingreso al aula
Sometida a evaluación
Cualquier otra falta no tipificada que sea evaluada como grave
Porte de imágenes pornográficas o libros inadecuados
por el equipo de convivencia escolar.
Funcionario que
detecta, Profesor jefe,
Orientador
Funcionario que
detecta
Profesor Jefe,
Paradocencia
Equipo de convivencia
escolar
CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE CALAMA
Liceo Eleuterio Ramírez Molina, Vivar 2137 – Sector Centro Calama, Teléfono 2342789
FALTAS EXTREMADAMENTE GRAVES
FALTA
SANCIÓN
Conductas violentas que atenten contra la integridad física de Observación escrita en el libro
de clases, citación de
los alumnos.
apoderado, 1 día de inhabilidad
para ingreso al aula
Esconder o sustraer pertenencias de compañeros con riesgo de Observación escrita en el libro
de clases, citación apoderado,
daño o pérdida.
derivación a Orientación.
Amenazar y/o agredir física o verbalmente a cualquier integrante Observación escrita en el libro
de clases, citación de
de la unidad educativa, (Derecho a la educación y convivencia
apoderado, 3 días de
inhabilidad para ingreso al aula
escolar).
RESPONSABLE
Convivencia escolar e
Inspectoría Gral.
Funcionario
que
detecta, Profesor jefe,
Orientador
Convivencia escolar e
Inspectoría Gral.
Introducir, comercializar y/o consumir sustancias ilícitas como, Observación escrita en el libro Equipo de convivencia
de clases, citación de escolar
drogas o alcohol dentro o en las inmediaciones del colegio, o en
apoderado, 3 días de
inhabilidad para ingreso al aula
cualquier otra actividad bajo la tuición del establecimiento.
Observación escrita en el libro
de clases, citación apoderado,
5 días de inhabilidad para
ingreso al aula
Fraudes, falsificaciones (firmas, porte de billetes clandestinos), Observación escrita en el libro
de clases, citación apoderado,
adulteración de documentos públicos. Borrar, alterar, informes
5 días de inhabilidad para
de notas, calificaciones y tráfico de pruebas a nivel físico digital. ingreso al aula
Sustracción intencionada de especies ajenas.
Fuga del liceo. (salida del establecimiento sin autorización)
Equipo de convivencia
escolar
Equipo de convivencia
escolar
Observación escrita en el libro Inspectoría Gral.
de clases y de Paradocencia,
citación apoderado, 3 días de
inhabilidad para ingreso al aula
La participación individual o colectiva en actos de violencia o Observación escrita en el libro
de
clases,
llamado
a
agresiones físicas o verbales contra cualquier alumno (a) y/o
carabineros (si hay lesiones
evidenciables), 5 días de
integrante de la unidad educativa.
inhabilidad para ingreso al aula
Las manifestaciones o expresiones que atenten contra la moral y Activación de protocolo de
abuso y violencia sexual
las buenas costumbres que violenten física o psicológicamente a
Equipo de convivencia
escolar
Director – Inspector
Gral. - Orientador
las personas.
Portar armas de fuego, objetos corto-punzantes, explosivos, Activación de protocolo de Inspectoría Gral.
porte y uso de armas, 5 días
inflamables o que pongan en peligro la seguridad de las
de inhabilidad para ingreso al
aula
personas y de la institución.
Intimidar a sus compañeros a través de cualquier tipo de Observación escrita en el libro Inspectoría Gral.
de clases y paradocencia,
violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en
citación de apoderado, 5 días
contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, de inhabilidad para ingreso al
aula
tales como: amedrentamiento, amenazas, hostigamiento y/o
burlas que menoscaben la dignidad de los afectados.
Ocasionar daños intencionados a la infraestructura de la Observación escrita en el libro Inspectoría Gral.
de clases, citación de
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y/o sustraer cualquier objeto que se encuentre apoderado, trabajo formativo
y/o medida reparatoria
inventariado y que atente contra el normal funcionamiento del
institución
establecimiento.
Activación protocolo de drogas,
5 días de inhabilidad para
ingreso al aula
Impedir el normal funcionamiento de las actividades propias del Observación escrita en el libro
de clases y Paradocencia,
liceo a través de manifestaciones o acciones de fuerza.
citación de apoderado, 5 días
de inhabilidad para ingreso al
aula y evaluación de derivación
a entidades gubernamentales.
Presentarse al Liceo bajo la Influencia del alcohol, drogas u otras Activación protocolo de drogas,
5 días de inhabilidad para
condiciones que atenten en contra de la sana convivencia
ingreso al aula
escolar. (Según nueva Ley de drogas y alcoholes)
Porte, tráfico, y consumo drogas ilícitas
Inspectoría Gral.
Director - Inspectoría
Gral.
Inspectoría Gral.
Sustraer materiales del liceo como; libro de biblioteca, CD room, Activación de protocolo de robo Inspectoría Gral.
hurto, 5 días de inhabilidad
implementos deportivos, materiales de laboratorio y/o talleres,
para ingreso al aula, medida
reparatoria.
etc.
Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos Activación de protocolo de Inspectoría Gral.
porte y uso de armas, 5 días
cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con
de inhabilidad para ingreso al
paciencia de ser reales, aun cuando no se haya uso de ellos. aula
(Según rige nueva Ley de Armas)
Realizar acosos o ataques de connotación sexual a cualquier Activación de protocolo de
abuso y violencia sexual, 5
integrante de la unidad Educativa.
días de inhabilidad para
ingreso al aula
La falta de respeto hacia figuras de autoridad de la comunidad Observación escrita en el libro
de clases y paradocencia,
educativa.
citación de apoderado, 5 días
de inhabilidad para ingreso al
aula
Cualquier otra falta no tipificada que sea evaluada como Sometida a evaluación
extremadamente grave por el equipo de convivencia escolar.
Director – Inspector
Gral. - Orientador
Equipo de convivencia
escolar
Equipo de convivencia
escolar
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SÍNTESIS PROTOCOLOS DE ACCIÓN
1.PROTOCOLO DROGAS
Nº
PASO 1
PASO 2
PASO 3
PASO 4
PASO 5
PASO 6
PASO 7
PASO 8
PASO 9
PASO 10
ETAPA
RESPONSABLE
DETECCIÓN
CUALQUIER MIEMBRO COMUNIDAD EDUCATIVA
REGISTRO (LIBRO CLASES – PARADOCENCIA)
QUIEN DETECTA
DERIVACIÓN
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR – INSPECTORÍA GRAL.
ENTREVISTA (BITÁCORA CONV. ESC. – REPORTE CASO)
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR – INSPECTORÍA GRAL.
DENUNCIA
INSPECTORÍA GRAL. – OS-7
CITACIÓN APODERADO - ESTUDIANTE
EQ. DIRECTIVO – CONVIVENCIA ESCOLAR
DETERMINACIÓN MEDIDAS (FORMATIVA-PEDAGÓGICA O DISCIPLINARIA)
EQUIPO CONVIVENCIA ESCOLAR
PROGRAMA APOYO AL ESTUDIANTE
ORIENTACIÓN – CONVIVENCIA ESCOLAR
MONITOREO Y REGISTRO BITACORA DE CASO
ORIENTACIÓN – CONVIVENCIA ESCOLAR – PROF. JEFE
ENTREGA DE INFORME FINAL Y CIERE DE PROTOCOLO
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
CADENA DE DERIVACIÓN: 1.ENC. CONV. ESCOLAR – 2.INSPECTOR GRAL. – 3.ORIENTADOR
2.PROTOCOLO DE EMBARAZO Y MATERNIDAD
ETAPA
Nº
PASO 1
PASO 2
PASO 3
PASO 4
PASO 5
PASO 6
PASO 7
RESPONSABLE
RECEPCIÓN DE LA INFORMACIÓN
CUALQUIER MIEMBRO COMUNIDAD EDUCATIVA
DERIVACIÓN
ORIENTACIÓN
ENTREVISTA APODERADO (CORRROBORACIÓN MÉDICA)
ORIENTACIÓN
REGISTRO (BITÁCORA ORIENTACIÒN Y PARADOCENCIA)
ORIENTACIÓN
DISEÑO DE PLAN ABORDAJE ACADÉMICO
UTP
MONITOREO
ORIENTACION - PROFESOR JEFE
INFORME FINAL Y CIERRE DE PROTOCOLO
ORIENTACION
CADENA DE DERIVACIÓN: 1.ORIENTADOR – 2.ENC. CONV. ESCOLAR
3.PROTOCOLO DE ABUSO Y VIOLENCIA SEXUAL
ETAPA
Nº
PASO 1
PASO 2
PASO 3
PASO 4
PASO 5
PASO 6
PASO 7
RESPONSABLE
DETECCIÓN Y DERIVACIÓN INMEDIATA
CUALQUIER MIEMBRO COMUNIDAD EDUCATIVA
REGISTRO CONFIDENCIAL (REPORTE CASO)
ORIENTADOR
COMUNICACIÓN RESTRINGIDA
DIRECTOR
EVALUACIÓN SITUACIÓN E INTERVENCIÓN SI PROCEDE
DIRECTOR – ORIENTADOR – INSPECTOR GRAL.
DENUNCIA POLICIAL
DIRECTOR- INSPECTORIA GENERAL
COMUNICACIÓN A APODERADO (SI PROCEDE)
DIRECTOR- INSPECTORIA GENERAL
COMUNICACIÓN A MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIERRE DE PROTOCLO
DIRECTOR- INSPECTORIA GENERAL
CADENA DE DERIVACIÓN: 1.ORIENTADOR – 2.DIRECTOR
4.PROTOCOLO DE ACOSO ESCOLAR (BULLYING Y CIBERBULLYING)
ETAPA
RESPONSABLE
Nº
PASO 1
PASO 2
PASO 3
PASO 4
PASO 5
PASO 6
PASO 7
PASO 8
DETECCIÓN
CUALQUIER MIEMBRO COMUNIDAD EDUCATIVA
REGISTRO (LIBRO CLASES – PARADOCENCIA)
QUIEN DETECTA
DERIVACIÓN
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
EVALUACIÓN PRELIMINAR
QUIEN DETECTA - ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
CITACIÓN Y ENTREVISTA APODERADO
PROFESOR JEFE-ENC. DE CONVIVENCIA ESCOLAR
DETERMINACIÓN DE MEDIDAS
INSPECTORÍA GRAL.
APOYO AL ESTUDIANTE
ORIENTADOR-PROFESOR JEFE-ENC. DE CONV.ESCOLAR
INFORME FINAL Y CIERRE DE PROTOCOLO
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
CADENA DE DERIVACIÓN: 1.ENC. CONV. ESCOLAR – 2.INSPECTOR GRAL. – 3.SUBDIRECTOR
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5.PROTOCOLO DE PORTE Y USO DE ARMAS
ETAPA
Nº
PASO 1
PASO 2
PASO 3
PASO 4
PASO 5
PASO 6
PASO 7
PASO 8
PASO 9
PASO 10
RESPONSABLE
DETECCIÓN
CUALQUIER MIEMBRO COMUNIDAD EDUCATIVA
REGISTRO (LIBRO CLASES – PARADOCENCIA)
QUIEN DETECTA
RETENCIÓN DEL Y ARMA DERIVACIÓN
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
ENTREVISTA (BITÁCORA CONV. ESC. – REPORTE CASO)
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
DENUNCIA
INSPECTORÍA GRAL. – OS-10
CITACIÓN APODERADO - ESTUDIANTE
EQUIPO CONVIVENCIA ESCOLAR
DETERMINACIÓN MEDIDAS (FORMATIVA-PEDAGÓGICA O DISCIPLINARIA)
EQUIPO CONVIVENCIA ESCOLAR
PROGRAMA APOYO AL ESTUDIANTE
ORIENTACIÓN – CONVIVENCIA ESCOLAR
MONITOREO Y REGISTRO BITACORA DE CASO
ORIENTACIÓN – CONVIVENCIA ESCOLAR – PROF. JEFE
ENTREGA DE INFORME FINAL Y CIERE DE PROTOCOLO
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
CADENA DE DERIVACIÓN: 1. INSPECTOR GRAL 2.ENC. CONV. ESCOLAR
6.PROTOCOLO VIOLENCIA ESCOLAR
ETAPA
Nº
PASO 1
PASO 2
PASO 3
PASO 4
PASO 5
PASO 6
PASO 7
RESPONSABLE
DETECCIÓN
CUALQUIER MIEMBRO COMUNIDAD EDUCATIVA
REGISTRO (LIBRO CLASES – PARADOCENCIA)
QUIEN DETECTA
ENTREVISTA E INVESTIGACIÓN (BITÁCORA CONV. ESC. – REPORTE CASO)
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
SI PROCEDE DENUNCIA A CARABINEROS/CONSTATACIÓN LESIONES
INSPECTORÍA GENERAL
DETERMINACIÓN MEDIDAS (FORMATIVA-PEDAGÓGICA O DISCIPLINARIA)
EQUIPO CONVIVENCIA ESCOLAR
TRABAJO FORMATIVO
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
INFORME FINAL Y CIERRE DE PROTOCOLO
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
CADENA DE DERIVACIÓN: 1.ENC. CONV. ESCOLAR – 2.INSPECTOR GRAL. – 3.SUBDIRECTOR
7.PROTOCOLO DE ROBO – HURTO
ETAPA
Nº
PASO 1
PASO 2
PASO 3
PASO 4
PASO 5
PASO 6
PASO 7
PASO 8
RESPONSABLE
DETECCIÓN DE SOSPECHA DE ROBO - HURTO
CUALQUIER MIEMBRO COMUNIDAD EDUCATIVA
REGISTRO (LIBRO CLASES SEECIÓN OBSERVACIONES GENERALES)
QUIEN DETECTA
ENTREVISTA (BITÁCORA CONV. ESC. – REPORTE CASO)
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
EVALUACIÓN PRELIMINAR
QUIEN DETECTA - ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
CITACIÓN APODERADO(S)
INSPECTOR GENERAL
DETERMINACIÓN MEDIDAS (FORMATIVA-PEDAGÓGICA O DISCIPLINARIA)*
EQUIPO CONVIVENCIA ESCOLAR
TRABAJO FORMATIVO*
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
INFORME FINAL Y CIERRE DE PROTOCOLO*
ENC. CONVIVENCIA ESCOLAR
CADENA DE DERIVACIÓN: 1.ENC. CONV. ESCOLAR – 2.INSPECTOR GRAL.
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ANEXOS
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DETALLE DE PROTOCOLOS DE ACCIÓN
PROTOCOLO DE DROGAS
MARCO LEGAL
EN CASO DE TRAFICO O MICROTRÁFICO DE DROGAS DENTRO DEL
ESTABLECIMIENTO Y/O EN ACTIVIDAD EXTRAESCOLAR PROGRAMADA
Protocolo de Micro tráfico.
El micro tráfico es un delito, que puede darse en los establecimientos
educacionales. Se configura por el acto de poseer (que es tener en calidad de
dueño); portar (llevar drogas consigo independiente de quién sea el dueño);
transportar (entendido como el traslado en algún medio de transporte) o guardar
pequeñas cantidades de drogas, a menos que justifique que están destinadas a la
atención de tratamiento médico o a su uso o consumo personal y exclusivo y
próximo en el tiempo.
Las penas en este caso van de 541 días a 5 años. La misma pena sufrirá el que
suministre o facilite a cualquier título (done, ceda, permute, etc.) o el que adquiera
pequeñas cantidades de estas sustancias con el objetivo que otro las consuma
(ley 20.000). Ante esta situación, se suspende el protocolo interno del
establecimiento, procediendo a actuar el rigor de la ley.
EN CASO DE CONSUMO DE CIGARRILLOS O ALCOHOL DENTRO DEL
ESTABLECIMIENTO O EN ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMATICAS.
El consumo de alcohol y cigarrillos está prohibido en espacios públicos, y a
menores de 18 años, no así el porte. Actuará el rigor de la ley de responsabilidad
penal juvenil en el caso de que la edad de los infractores fluctúe entre los 14 y los
18 años, debiendo sus padres retirar al estudiante del establecimiento. Sin
embargo, si es mayor de 18 años, sigue siendo alumno regular, y por lo tanto, su
apoderado deberá retirarlo del establecimiento.
El establecimiento podrá solicitar al alumno en situaciones de sospecha de porte
de sustancias ilícitas a que muestre sus pertenencias de manera voluntaria en
beneficio del grupo curso, en caso de que el alumno no acceda a dicha solicitud
no se obligara a dicho procedimiento. No obstante, OS-7 podrá ingresar al
establecimiento, con el permiso de la Dirección, previo aviso al apoderado del(los)
involucrado(s)
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II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
1. Al ser sorprendido algún miembro de la unidad educativa se procederá a
requisar la sustancia en forma inmediata, por parte de una de las Autoridades del
Establecimiento.
2. Paralelamente se llamará al apoderado del o los involucrados, para ponerle en
antecedentes de lo sucedido, antes de informar a las autoridades
correspondientes.
3. Se llamará al OS-7 de Carabineros en caso de drogas ilícitas, entregando los
antecedentes del hecho, lo incautado, como también al o los involucrados, cuando
corresponda.
4. Inspectoría general en conjunto con la Dirección del establecimiento tomarán
las medidas necesarias, haciendo la denuncia correspondiente, da acuerdo a la
legislación.
EN
CASO
DE
PORTE
DE
DROGAS
DENTRO
DEL
ESTABLECIMIENTO Y/O EN ACTIVIDAD EXTRAESCOLAR PROGRAMADA
1.
Detección de la falta:
El miembro de la comunidad educativa que detecte la falta, dará
aviso a Inspectoría General, Profesor(a) jefe y luego se informará al
Encargado(a) de Convivencia escolar.
2.
Investigación del caso.
Inspectoría
General,
Profesor(a)
Jefe
y/o
Encargado(a)
de
Convivencia, deberán indagar en detalles del porte, con el fin de descartar
microtráfico.
Profesor(a) Jefe, deberá registrar situación en hoja de observaciones de
estudiante y coordinar horario de entrevista con el alumno y su apoderado.
Inspectoría General solicitará un Test de drogas al alumno para
corroborar el consumo, en presencia de sus padres con costo al apoderado.
-
Además comunicará situación a autoridades directivas y técnicas.
3.- Información de derechos y deberes a los implicados.
Encargado de convivencia escolar deberá comunicar categoría de la falta,
derecho a apelación y consecuencias a las que se expone el (la) Estudiante en
caso de reincidir, derivación psicosocial y psicoeducativa con las que cuenta el
establecimiento.
4.- Interacción de los tres estamentos.
4.1 Entrevista y arbitraje pedagógico.
El inspector entrevistará a Estudiante y Apoderado, registrando los aspectos
centrales en carpeta individual de convivencia escolar y cuaderno de registro de
Inspectoría.
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4.2 Sanciones.
Insectoría General aplicará sanción por falta GRAVE: Días de suspensión en una
primera instancia. En caso de que la situación sea reiterada, en una segunda
instancia, el alumno(a) será sancionado por falta MUY GRAVE con la
Condicionalidad de su Matricula.
4.3 Apelación y Compromisos.
Apoderado(a) y estudiante, deberán firmar acta de puntos tratados
durante la entrevista, y podrán en ese momento apelar a la sanción, y luego de
la negociación firmar los compromisos adquiridos (éstos están detallados en el
apartado “procedimientos formativos” del presente protocolo).
Se informará al Consejo escolar de disciplina y consejo de profesores el
caso y las medidas adoptadas por parte del comité de convivencia escolar.
EN CASO DE CONSUMO DE DROGA DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO
1.
Detección de la falta:
Miembro de la comunidad educativa que detecte la falta, dará aviso a
Inspectoría General, Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de convivencia.
2.
Investigación del caso.
Inspectoría General deberá indagar en características del consumo, con el
fin de descartar microtráfico, solicitando Test de drogas al apoderado, a fin de
corroborar el consumo, con costo al apoderado.
En caso de que la situación se trate de microtráfico, se debe seguir el
protocolo de microtráfico.
Inspectoría General comunica situación a Director(a) y a Autoridades
técnico directivas.
Profesor Jefe, deberá registrar la falta en hoja de observaciones del
estudiante y coordinar horario de entrevista para Apoderado(a).
3.- Información de derechos y deberes a los implicados.
Encargado de convivencia escolar conversará con estudiante indagando
sobre las causales de su consumo y sobre características de éste.
-
El estudiante deberá realizarse el test de drogas, con coste al apoderado.
Deberá comunicar categoría de la falta, derecho a apelación y
consecuencias a las que se expone el (la) Estudiante en caso de reincidir,
derivación psicosocial y psicoeducativa con las que cuenta el establecimiento.
4.- Interacción de los tres estamentos.
4.1
Entrevista y arbitraje pedagógico.
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inspectoría se entrevistará con estudiante y apoderado(a) y registrará los
puntos tratados de manera objetiva, sin emitir juicios, en carpeta individual de
convivencia escolar y cuaderno de registro de inspectoría.
Apoderado y estudiante, deberán firmar acta de puntos tratados durante la
entrevista y compromisos adquiridos.
4.2 Sanciones.
Inspectoría General aplicará sanción correspondiente a falta MUY GRAVE: 3 Días
de suspensión, sancionando con la Condicionalidad de su Matricula.
4.3 Apelación y Compromisos.
Apoderado(a) y estudiante, deberán firmar acta de puntos tratados
durante la entrevista, podrán en ese momento apelar a la sanción, y luego de la
negociación firmar los compromisos adquiridos (éstos están detallados en el
apartado “procedimientos formativos” del presente protocolo).
Se informará al Consejo escolar de disciplina y consejo de profesores el
caso y las medidas adoptadas por parte de inspectoría.
EN CASO DE PORTE Y CONSUMO
EXTRAESCOLAR PROGRAMADA.
1.
DE
DROGA
EN
ACTIVIDAD
Detección de la falta:
Miembro de la comunidad educativa que detecte la falta, dará aviso a
Profesor(a) a cargo del curso.
En caso de que la situación corresponda a microtráfico, se deberá seguir
con el protocolo de microtráfico.
Al volver al establecimiento, Profesor(a) a cargo del grupo curso, deberá
informar del hecho a Inspectoría General, Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de
convivencia escolar.
Inspectoría General, citará a Apoderado(a) vía llamado telefónico o libreta
de comunicaciones. Inspectoría General, deberá dar aviso a Dirección.
Dependiendo de la gravedad del hecho, el Director deberá comunicar
situación a autoridades de la comuna (COMDES - Dirección Provincial).
2.
Investigación del caso.
Inspectoría general, deberá sostener una entrevista donde se recoja y
sistematice la información con el o los estudiantes e indagar el eventual consumo,
con el fin de diferenciarlo de microtráfico.
Profesor encargado de grupo curso, deberá registrar la falta en hoja de
observaciones del estudiante y coordinar horario de entrevista para Apoderado(a).
-
El alumno deberá aplicarse un test de drogas, bajo coste del apoderado.
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3.- Información de derechos y deberes a los implicados.
Encargado de convivencia escolar conversará con estudiante indagando
sobre las causales de su consumo y sobre características de éste.
deberá comunicar categoría de la falta, derecho a apelación y
consecuencias a las que se expone el (la) Estudiante: derivación psicosocial y
psicoeducativa con las que cuenta el establecimiento.
4.- Interacción de los tres estamentos.
4.1 Entrevista y arbitraje pedagógico.
Inspectoría se entrevistará con estudiante y apoderado(a) y registrará los
puntos tratados de manera objetiva, sin emitir juicios, en carpeta individual de
convivencia escolar y cuaderno de registro de inspectoría.
Apoderado y estudiante, deberán firmar acta de puntos tratados durante la
entrevista y compromisos adquiridos.
4.2
Sanciones.
Inspectoría General aplicará sanción por falta MUY GRAVE: 3 Días de
suspensión, sancionando con la Condicionalidad de su Matricula.
4.3
Apelación y Compromisos.
Apoderado(a) y estudiante, deberán firmar acta de puntos tratados
durante la entrevista, podrán en ese momento apelar a la sanción, y luego de la
negociación firmar los compromisos adquiridos (éstos están detallados en el
apartado “procedimientos formativos” del presente protocolo).
Se informará al Consejo escolar de disciplina y consejo de profesores el
caso y las medidas adoptadas por parte del comité de convivencia Escolar.
EN CASO DE ASISTIR AL ESTABLECIMIENTO Y/O ACTIVIDAD
EXTRAESCOLAR PROGRAMADA, BAJO LA INFLUENCIA DE LAS DROGAS.
1.
Detección de la falta:
Miembro de la comunidad educativa que detecte la falta, dará aviso
a,
Inspectoría
General y luego al Profesor(a) Jefe y Encargado(a) de
Convivencia.
Profesor(a) Jefe,
Inspectoría
General
y/o
Encargado(a)
de
convivencia deberá registrar el hecho en hoja de observaciones de estudiante y
se cita inmediatamente a entrevista con Apoderado(a).
2.
Investigación del caso.
Inspectoría General, conversará con el (la) estudiante indagando las
causas de su estado y solicitando Test de drogas, para comprobar el consumo,
bajo coste del apoderado.
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3.- Información de derechos y deberes a los implicados.
Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia, se entrevistarán con
apoderado(a), explicitando la falta e indicando procedimiento a seguir y gravedad
de la falta, que puede ameritar Condicionalidad.
El estudiante deberá realizarse un examen de drogas, bajo coste del
apoderado.
4.- Interacción de los tres estamentos.
4.1
. Entrevista y arbitraje pedagógico.
inspectoría se entrevistarán con estudiante y apoderado(a) y registrarán los
puntos tratados de manera objetiva, sin emitir juicios, en carpeta individual de
convivencia escolar y cuaderno de registro de inspectoría.
Apoderado(a) deberá firmar compromisos acordados, tomando
de
conocimiento de la situación y comprometiéndose a apoyar el procedimiento
formativo, determinado por el manual de convivencia escolar.
4.2
Sanciones.
Inspectoría General aplicará sanción por falta MUY GRAVE: 3 Días de
suspensión, sancionando con la Condicionalidad de su Matricula.
4.3
Apelación y Compromisos.
Apoderado(a) y estudiante, deberán firmar acta de puntos tratados
durante la entrevista, podrán en ese momento apelar a la sanción, y luego de la
negociación firmar los compromisos adquiridos (éstos están detallados en el
apartado “procedimientos formativos” del presente protocolo).
Se informará al Consejo escolar de disciplina y consejo de profesores el
caso y las medidas adoptadas por parte del comité de convivencia escolar.
PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS
1.- INCIDENCIA. (Primera vez)
Fase 1. Determinación de las medidas formativas en registro de entrevista
de inspectoría.
1.
El Encargado(a) de Convivencia, Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General
analizan la información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener
en cuenta las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las
características personales, familiares o sociales de estudiante(s) involucrado(s).
2.
Determinación de:
•
medidas formativas de apoyo al estudiante(s) involucrado(s).
•
medidas de contención y prevención a la comunidad educativa, por parte
del Encargado(a) de convivencia, Profesor(a) Jefe y / o Inspectoría General.
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3.
Comunicación de las medidas formativas y de apoyo
para él (los)
estudiante(s) involucrados, a las Autoridades directivas técnicas, al Consejo de
Profesores y al (los) respectivos apoderado(os) por parte del Encargado(a) de
Convivencia, Profesor(a) Jefe y / o Inspectoría General.
Fase 2. Trabajo de apoyo al estudiante
1.
Aplicación de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas
redentoras y formativas por parte del Orientador(a), Encargado(a) de Convivencia,
Profesor(a) Jefe.
2.
Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al (la) estudiante a
reconocer la falta y sus razones a través de diversas técnicas basadas en un
diálogo constructivo y resolución pacífica de conflictos. Si fuese pertinente,
orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una
acción concreta a la persona dañada. Así también, derivar a los especialistas
que corresponda.
3.
Elaboración de una bitácora que registre los procedimientos y evolución del
caso por parte del Encargado(a) de Convivencia.
4.
Monitoreo del proceso por parte del Encargado(a) de Convivencia,
Orientador(a), Inspectoría General, Profesor(a) Jefe.
Fase 3: Cierre de Protocolo.
1.
Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado final del procedimiento
formativo al Profesor(a) Jefe.
2.
Profesor(a) Jefe y Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado final
del procedimiento formativo a apoderado(a) y estudiante(s) involucrado(s).
3.
Profesor(a) Jefe archiva informe final y resolución final, si existiese, en
Carpeta de antecedentes del estudiante.
Fase 4. Informe Final
1.
Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de
aplicación de las medidas formativas de apoyo de estudiante por parte del
Encargado(a) de Convivencia.
2.
Entrega de informe final a las autoridades directivas técnicas, al Consejo de
Profesores, al Profesor(a) Jefe por parte del Encargado(a) de Convivencia.
3.
Las autoridades directivas y Profesor(a) Jefe resuelven la situación final
del estudiante.
2. REINCIDENCIA
(Por segunda o más veces)
Fase 1. Determinación de las medidas formativas
1.
El Encargado(a) de Convivencia, Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General
analizan la información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener
en cuenta las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las
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características personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados,
falencias en las medidas formativas del procedimiento anterior.
2.
Determinación de:
a)
medidas formativas de apoyo estudiante.
b)
medidas de prevención y Psicoeducación a la comunidad educativa, por
parte del Encargado(a) de Convivencia, Profesor(a) Jefe y / o Inspectoría General.
3.
Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para los estudiantes
involucrados, a las Autoridades directivas técnicas, al Consejo de Profesores y a
los respectivos Apoderados(as) por parte del Encargado(a) de Convivencia,
Profesor Jefe y/o Inspectoría General. Caracterización de patologías psiquiátricas,
psicológicas y sociales hechas por equipo profesional idóneo.
Fase 2. Trabajo de apoyo al estudiante
1.
Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con
medidas redentoras y formativas por parte del Orientador(a), Encargado(a) de
Convivencia, Profesor(a) Jefe.
2.
monitoreo constante al estudiante por parte de orientación y encargado de
convivencia escolar, para evitar nuevos incidentes e intervenir con el fin de educar
y entregar información sobre estas sustancias, su composición y sus efectos a
corto, mediano y largo plazo, de manera que los estudiantes puedan tomar una
postura de abstinencia frente al consumo de drogas que pueden ser:
•
Realización de talleres a Estudiantes (divididos por ciclos) por parte del
Orientador(a), Encargado(a) de convivencia y/o Profesor(a) Jefe, dando cuenta de
la composición de las sustancias más conocidas y de los efectos que éstos
pueden provocar, en los distintos sistemas del ser humano.
•
Realización de charlas a Apoderados(as) (divididos por ciclos) por parte del
Orientador(a), Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a) Jefe, entregando
información referente a las características de las sustancias más conocidas y sus
efectos para la salud. Además de entregar herramientas de prevención para ser
trabajadas en el hogar e indicadores de consumo.
•
Realizar jornadas reflexivas entorno a esta temática, recogiendo las
inquietudes de los Estudiantes por parte del Orientador(a).
•
Realizar actividades, involucrando a toda la comunidad educativa, en que
se promuevan cuidados de la salud y se concientice sobre el efecto del consumo
y la dependencia a las drogas.
•
Conformación talleres a cargo del equipo psicotécnico de nuestro
establecimiento (Psicóloga y Asistente Social).
3.
Elaboración de una bitácora que registre los procedimientos y evolución
mensual del caso por parte del Encargado de Convivencia y/u Orientador.
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Fase 3. Informe Final.
1.
Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de
aplicación de medidas
preventivas o la resolución de la situación final del
estudiante por parte del Encargado(a) de Convivencia.
2. Entrega de informe final a las Autoridades directivas técnicas, al Consejo de
Profesores y al Profesor(a) Jefe por parte del Encargado(a) de Convivencia.
3. Determinación de la situación final de estudiante(s), que podría significar la
condicionalidad de Matrícula, por parte de las autoridades directivas técnicas y
del Profesor(a) Jefe.
4.
Comunicación al Consejo Escolar de la situación final del estudiante(s)
involucrado(s) por parte de las autoridades directivas técnicas.
Fase 4: Cierre de Protocolo.
1.
Encargado(a) de Convivencia comunica
procedimiento al Consejo de Profesores.
el
resultado
final
del
2.
Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado
final del procedimiento formativo a los Apoderados(as) y Estudiantes
involucrados.
3.
Profesor(a) Jefe archiva informe final y resolución final en Carpeta de
Antecedentes del Estudiante.
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PROTOCOLO DE EMBARAZO Y MATERNIDAD
MARCO LEGAL
El embarazo y la maternidad no pueden constituir impedimento para ingresar y
permanecer en los establecimientos educacionales los que deberán otorgar
facilidades para cada caso. (Ley Nº 18.962 LEGE, art.2º inciso tercero y final).
Dichas facilidades, así como el derecho a ingresar y a permanecer en la
educación básica y media, están reglamentadas en el Decreto Nº 79 de marzo del
2004 que regula el estatuto de las alumnas en situación de embarazo y
maternidad.
PREVENCIÓN
Sin perjuicio de lo anterior, el establecimiento deberá incorporar planes de
acción junto al orientador, de forma periódica, para prevenir los embarazos
adolescentes en la comunidad educativa, tales como:
•
Realización de talleres a Estudiantes (divididos por ciclos) por parte del
Orientador(a), Encargado(a) de convivencia y/o Profesor(a) Jefe, dando cuenta de
la problemática del embarazo prematuro en el futuro de las estudiantes.
•
Realización de charlas a Apoderados(as) (divididos por ciclos) por parte del
Orientador(a), Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a) Jefe, entregando
información referente a las herramientas de prevención (preservativos,
anticonceptivos, pareja única).
•
Realizar jornadas reflexivas entorno a esta temática, recogiendo las
inquietudes de los Estudiantes por parte del Orientador(a).
•
Realizar actividades, involucrando a toda la comunidad educativa, en que
se promuevan cuidados de la salud y se concientice sobre el pololeo responsable.
•
Conformación talleres a cargo del equipo psicotécnico de nuestro
establecimiento (Psicóloga y Asistente Social).
•
Conformación de talleres a cargo de “Terapeutas Alternativos”.
DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN SITUACIÓN DE EMBARAZO O
MATERNIDAD:
1.- Utilizar métodos anticonceptivos para evitar quedar embarazada en edad
escolar.
2.- Debe informar su situación a su Profesor(a) Jefe, Orientador(a) o Inspectoría
General, presentando un certificado médico que acredite su condición.
3.- Debe comprometerse a cumplir con sus deberes escolares.
4.- Presentar los certificados médicos de controles mensuales de su embarazo o
de los controles médicos del bebé.
5.- Justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la
madre, con los respectivos certificados médicos.
6.- Informar la fecha del parto para programar las actividades académicas.
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Nota: El estudiante que será padre o lo es deberá informar al colegio para tener
las facilidades de permisos para asistir a los controles médicos de la futura madre
o del bebé.
DEBERES DEL ESTABLECIMIENTO CON LAS ESTUDIANTES EN SITUACIÓN
DE MATERNIDAD O EMBARAZADAS:
Facilidades para el trabajo de los padres
1.- En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa
vigente y siempre en consulta con los padres o tutores y en común acuerdo se
buscarán las garantías de salud, cuidado y continuidad de estudios, otorgando
todas las facilidades para el caso.
2.- Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el
colegio.
3.- No discriminar a estas estudiantes, mediante cambio de establecimiento o
expulsión, cancelación de matrícula, negación de matrícula, suspensión u otro
similar.
4.
Mantener a la estudiante a en la misma jornada y curso, salvo que ella
exprese lo contrario, lo que debe ser avalado por un profesional competente.
5.
Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del colegio.
6.
Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a
retomar sus estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir los últimos
meses del embarazo o postergar la vuelta clases después del parto depende
exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la
joven y el bebé.
7.
Otorgarles las facilidades necesarias para que asistan a sus controles
médicos prenatales y post natales, así como a los que requiera su hijo/a.
8.
Permitirles adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia.
9.
Permitirles hacer uso del seguro escolar.
10.
Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles, actividades
extra programáticas realizadas al interior o exterior del colegio así como en las
ceremonias donde participen sus compañeros de colegio. Excepto si hay
contraindicaciones específicas del médico.
11.
Permitirles asistir a la clase de Educación Física en forma regular con
siendo evaluada a través de indicadores diferenciados y adaptados a su situación,
pudiendo ser eximidas en los casos que por razones de salud así proceda.
12.
Respetar la eximición de las estudiantes que hayan sido madres de las
clases de Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo, en casos
calificados podrán ser eximidas por recomendación de su médico tratante.
13.
Evaluarlas según a los procedimientos de evaluación establecidos por el
colegio, sin perjuicio que los docentes directivos les otorguen facilidades
académicas y un calendario flexible que resguarde su derecho a la educación.
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Podrán brindarles apoyo pedagógico especial mediante un sistema de tutorías
realizadas por los docentes y en los que podrán cooperar sus compañeros de
clases.
14.
Otorgarles todas las facilidades para compatibilizar su condición de
estudiantes y de madres durante el período de lactancia.
15.
Si el papá del bebé es estudiante del establecimiento escolar, también a él
se le dará las facilidades necesarias para cumplir con su rol paterno.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Fase 1: Comunicación Orientación
1.
La estudiante comunica su situación de maternidad o de embarazo a su
Profesora(a) Jefe o a la Orientadora del Liceo.
2.
El Profesor(a) Jefe comunica esta situación a las autoridades directivas
técnicas y al Encargado de Convivencia.
Fase 2: Citación al apoderado y conversación
3.
El Profesor(a) Jefe y Orientadora, citará al apoderado de la estudiante en
condición de maternidad o embarazada a través de la libreta de comunicaciones o
llamada telefónica, y registra la citación en la hoja de observaciones de la
estudiante.
4.
El Profesor (a) Jefe registra aspectos importantes de la situación de la
estudiante embarazada tales como estado de salud, meses de embarazo, fecha
posible del parto y solicita certificado médico. De la misma manera para la
estudiante en condiciones de maternidad: edad y estado de salud del bebé,
controles médicos, etc.
5.
El apoderado(a) firma los compromisos para que la estudiante continúe
asistiendo al colegio, excepto tenga imitaciones que deben ser certificadas por el
especialista pertinente.
6.
Los acuerdos y compromisos se archivan en la Carpeta de Antecedentes
de la estudiante por parte del Profesor(a) Jefe y Orientación.
Fase 3: Determinación de un plan académico para la estudiante.
7.
Orientación, junto al Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General analizan la
información recogida y valoran la situación.
8.
Elaboración de una programación del trabajo escolar así como de los
procesos evaluativos para la alumna embarazada que le permita asistir de
manera normal al colegio y cumplir, hasta que el médico tratante determine, con
las actividades: clases de las distintas asignaturas, participación de las
actividades extra-programáticas y /o Centro de Alumnos, por parte del
Encargado(a) de Convivencia, Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General.
9.
Elaboración y entrega de una programación de trabajo y calendario de
evaluaciones escolares para la estudiante en condición de maternidad, con copia
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a las autoridades directivas técnicas, Consejo de Profesores por parte de
Orientación, Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General.
Fase 4. Elaboración bitácora y monitoreo
10.
Elaboración de una bitácora que registre el proceso de las alumnas tanto
en maternidad como embarazada, por parte de convivencia escolar.
11.
Monitoreo del proceso por parte de Orientación, Inspectoría General,
Profesor(a) Jefe y Encargado de Convivencia Escolar.
Fase 5. Cierre de Protocolo y Informe Final
12.
Elaboración de un informe final cuando se haya cumplido el periodo
establecido y ajustado a la norma para apoyar a las alumnas en maternidad y
embarazadas por parte de Orientación.
13.
Entrega del Informe Final a las autoridades directivas técnicas, al Profesor
Jefe, al Consejo de Profesores y al apoderado(a) por parte de Orientación.
14.
Profesor Jefe archiva informe final en Carpeta de Antecedentes de la
estudiante.
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PROTOCOLO BULLYING Y CIBERBULLYING.
I.
MARCO CONCEPTUAL
El comportamiento de todos los miembros de la comunidad educativa, debe estar
regido por el respeto y por ello deben quedar excluidas las conductas que atenten
contra la dignidad del ser humano y que se aparten del trato digno que todos
merecemos. El trato cortés no puede estar limitado a la relación profesor(a) estudiante que se produce en el momento de la clase; debe ser una práctica
permanente expresada en todo momento y lugar, hacia todo tipo de personas,
dentro y fuera de la institución. El abordaje de las situaciones de bullying debe
abordarse desde un enfoque sistémico, considerando a todos los miembros de la
comunidad educativa, incorporando procedimientos preventivos, formativos y
redentores.
II. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y FORMATIVOS
TIPO DE FALTA: MUY GRAVE
El bullying es una manifestación de violencia, en la que un estudiante es agredido
y se convierten en víctima al ser expuesto, de forma repetida y durante un tiempo,
a acciones negativas por parte de uno o más compañeros. Se puede manifestar
como maltrato psicológico, verbal o físico, que puede ser presencial, es decir
directo; o no presencial, es decir indirecto, mediante el uso de medios
tecnológicos como celulares y/o redes sociales, entre otros (conocido como
ciberbullying). El bullying posee tres características, que lo diferencian de otras
expresiones de violencia: se produce entre pares, existe asimetría de poder entre
los involucrados existiendo abuso de poder e imposición de criterios de los
demás; además se produce de manera sostenida en el tiempo, es decir se repite
durante un periodo indefinido. (Mineduc, 2011, Prevención del bullying en la
comunidad educativa).
Entre otras, son faltas en éste ámbito:
1.
Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u
ofender en forma reiterativa.
2.
Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un estudiante
de forma reiterativa.
3.
Agredir verbal o psicológicamente a un estudiante, en forma reiterativa.
4.
Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de
un estudiante, en forma reiterativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes,
mofarse de características físicas, etc.);
5.
Discriminar a un estudiante, ya sea por su condición social, situación
económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica,
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nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o
cualquier otra circunstancia, de forma reiterativa.
6.
Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un estudiante, en forma
reiterativa a través de chat, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos
electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs,
teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.
7.
Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de
bullying.
8.
Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean
constitutivos de delito.
Fase 1. Detección de la falta
•
El miembro de la unidad educativa que observe el hecho, o el mismo
afectado, comunica por escrito al Profesor(a) Jefe, Encargado(a) de Convivencia
o a Inspectoría General.
•
Encargado de convivencia y/o Orientador (a) acogen a estudiante agredido
y lo trasladan a oficina, donde pueda estar tranquilo(a) o le prestan la ayuda
médica necesaria. En caso de lesiones físicas, se definirá a un funcionario que
traslade al estudiante victima a un centro asistencial según la gravedad, en el
caso que sus familiares estén inubicables.
•
Inspectoría General, comunica situación al Director.
Fase 2. Evaluación preliminar
•
Aplicación de la pauta de indicadores de urgencia, por parte de Encargado
de convivencia, Inspectoría General y/o Profesor(a) Jefe.
•
El Profesor(a) Jefe, Encargado (a) de Convivencia y/o Inspectoría General
conversan con los estudiantes involucrados, por separado e indagan sobre las
causas y reiteración del hecho considerado falta MUY GRAVE en caso de
comprobar la veracidad del acto.
•
El Profesor(a) Jefe, Encargado(a) de Convivencia o Inspectoría General
registra el hecho en el libro de clases y en hoja de observaciones del estudiante.
•
Director realiza denuncia (dependiendo de la gravedad del hecho) e
informa en Carabineros de Chile, PDI o Sename, explicitando que se trata de una
situación reiterativa.
Fase 3: Comunicación y entrevistas con apoderados
•
Profesor(a) Jefe, coordina horario de entrevista y cita a apoderados de los
estudiantes involucrados, por separado, a través de comunicación en libreta de
comunicaciones.
•
Si el apoderado no asiste a la entrevista, Inspectoría realizará llamada
telefónica o enviará carta certificada, reiterando la citación.
•
Encargado(a) de convivencia y Profesor(a) Jefe, se entrevistan con
apoderados del estudiante causante del daño y del estudiante dañado, por
separado, informando sobre el hecho ocurrido, el carácter grave de su reiteración,
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el procedimiento a seguir y consecuencias, solicitando su apoyo en las medidas
que se implementarán. Posteriormente, se integrará a la entrevista a los
estudiantes implicados, y se deberá sugerir el inicio de tratamiento con
especialista, según sea el caso.
•
Encargado(a) de convivencia o Profesor(a) Jefe registra puntos tratados de
manera objetiva en hoja de observaciones de estudiante.
•
Inspectoría General y/o Encargado de convivencia, comunica a autoridades
técnicas directivas.
•
Las autoridades directivas deberán informar la sanción y la situación
ocurrida al Consejo de Profesores, explicitando su carácter reiterativo.
Fase 4. Determinación de las medidas formativas
•
Autoridades directivas técnicas y Consejo de Profesores, analizan la
información recogida y valoran la situación, teniendo en cuenta su carácter
reiterativo. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del momento
de los hechos, la edad y las características personales, familiares o sociales de
los estudiantes involucrados.
•
Determinación de:
a)
medidas formativas de apoyo al estudiante causante
b)
medidas de apoyo, seguridad y recuperación al estudiante dañado,
c)
medidas preventivas e informativas para la comunidad educativa por parte
de Consejo Escolar, Profesor(a) Jefe, Inspectoría General y Orientador(a).
•
en caso de reincidencia, se procederá a sancionar nuevamente como falta
MUY GRAVE.
•
Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para los estudiantes
involucrados, al Consejo de Profesores y a los respectivos apoderados por parte
del Encargado(a) de Convivencia, Profesor(a) Jefe y / o Inspectoría General.
Fase 5. Trabajo de apoyo a estudiantes
•
Elaboración de un plan de acción común de apoyo a los estudiantes con
medidas redentoras y formativas por parte del Orientador(a), Encargado(a) de
Convivencia, Profesor(a) Jefe. De igual manera se involucra a los estudiantes
espectadores y que no hayan actuado debidamente ante la agresión y/o acoso.
•
Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante
del daño reconocer la falta y sus razones, haciendo hincapié en su carácter
reiterativo a través de diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo,
resolución pacífica de conflictos manejo y control de emociones. Si fuese
pertinente, orientarlo a que voluntariamente decida disculparse y/o compensar
con una acción concreta a la persona dañada o al objeto dañado. Así también,
derivar a los especialistas que corresponda y otorgar las facilidades para
coordinar sus labores académicas con las responsabilidades legales que deba
asumir.
•
Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado deben estar
orientadas a protegerlo y darle seguridad , algunas medidas pueden ser el
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incremento de las medidas de vigilancia: vigilancia específica del estudiante
agresor, reorganización de los horarios del profesorado para la atención
específica del estudiante afectado, intervención de mediadores, colaboración de
compañeros, previamente formados para acompañar a la víctima, sobre todo en
momentos de mayor riesgo (entradas, salidas, pasillos) solicitud colaboración
familiar, cambio de grupo (temporal o definitivo), entre otros. Así también,
aplicación de estrategias específicas de desarrollo emocional, habilidades
sociales y ayuda personal. Asimismo derivar a los especialistas que corresponda
(Asistente Social y/o Psicóloga).
•
El profesor jefe deberá comunicar en forma general de la situación en la
reunión de apoderados, sin dar nombres, y prevenir a los apoderados del curso
sobre la situación.
•
Elaboración de una bitácora que registre los procedimientos y evolución del
caso por parte del Encargado(a) de Convivencia y/u Orientador(a). determinar
fechas de evaluación del seguimiento de la situación.
•
Monitoreo del proceso por parte del Encargado(a) de Convivencia,
Orientador(a), Inspectoría General, Profesor(a) Jefe.
Fase 5. Informe Final
•
Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de
aplicación de las medidas formativas de apoyo a los estudiante por parte del
Encargado(a) de Convivencia.
•
Entrega de informe final a las autoridades directivas técnicas, al Consejo de
Profesores, al Profesor(a) Jefe y a las autoridades que puedan solicitarlo
(Carabineros, PDI, Mineduc, Sename) por parte del Encargado(a) de Convivencia.
•
Las autoridades directivas y Profesor(a) Jefe resuelven la situación final de
estudiante afectado y de estudiante causante, si el hecho lo ameritase podría
ocasionar para este último su Condicionalidad.
Fase 6: Cierre de Protocolo
•
El Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado final del
procedimiento formativo al Consejo de Profesores y Consejo Escolar.
•
El Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado
final del procedimiento formativo a los apoderados y estudiantes involucrados.
•
El Profesor(a) Jefe archiva informe final y resolución final, si existiese, en
carpeta de antecedentes del estudiante.
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CIBERBULLYING.
PARTE II. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Fase 1: Detección de la falta y evidencia.
a.
Miembro de la comunidad educativa detecte la falta, deberá dar aviso a
Inspectoría General, Profesor(a) jefe y/o Encargado(a) de Convivencia.
b.
Miembro de la comunidad educativa que detecte la falta, deberá mostrar la
evidencia a Inspectoría General, Profesor(a) jefe y/o Encargado(a) de
Convivencia.
c.
Aplicación de pauta indicadores de urgencia, por parte de Encargado(a) de
convivencia,
Profesor(a) jefe y/o Inspectoría General.
Fase 2: Evaluación preliminar y Comunicación.
•
Inspectoría General deberá informar a las autoridades técnicas directivas,
Consejo de profesores sobre la situación ocurrida, adjuntando la evidencia.
•
Inspectoría General, Encargado(a) de convivencia y Profesor(a) Jefe
deberán entrevistar por separado a los involucrados.
•
Dependiendo de la gravedad del hecho, el Director debe realizar denuncia
en Carabineros de Chile, PDI, entre otros.
•
Inspectoría General, Encargado(a) de Convivencia y/o Profesor(a) Jefe,
deberá registrar la falta en hoja de observaciones de los estudiantes constatando
las versiones del hecho relatadas.
•
Profesor(a) Jefe deberá acordar fecha para entrevista con apoderados.
•
Profesor(a) Jefe deberá informar a los apoderados(as) vía libreta de
comunicaciones, llamada telefónica o correo certificado, sobre el hecho
acontecido y citar para entrevista.
•
Profesor(a) Jefe y Encargado de convivencia se entrevistarán con
apoderados, para informar sobre la situación, procedimiento a seguir y solicitar su
colaboración con las medidas que se implementen.
•
Autoridades técnicas directivas, valoran la situación y resuelven sanción a
la falta considerada GRAVE.
•
Autoridades técnicas directivas, comunican resolución a Consejo de
Profesores.
•
Encargado(a) de convivencia y Profesor(a) Jefe comunican a los
estudiantes involucrados y sus apoderados(as) la decisión tomada.
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PARTE III. PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS
Fase 3. Determinación de las medidas formativas
•
Autoridades directivas técnicas y Consejo Escolar, analizan la información
recogida y valoran la situación, teniendo en cuenta su carácter reiterativo. Para
ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del momento de los hechos, la
edad y las características personales, familiares o sociales de los estudiantes
involucrados.
•
Determinación de:
a)
medidas formativas de apoyo al estudiante causante
b)
medidas de apoyo, seguridad y recuperación al estudiante dañado,
c)
medidas preventivas e informativas para la comunidad educativa
Por parte de Consejo Escolar,
Orientador(a)
Profesor(a) Jefe, Inspectoría General y
•
Comunicación de las medidas formativas y de apoyo para los estudiantes
involucrados, al Consejo de Profesores y a los respectivos apoderados por parte
del Encargado(a) de Convivencia, Profesor(a) Jefe y / o Inspectoría General.
Fase 4. Trabajo de apoyo a estudiantes
•
Elaboración de un plan de acción común de apoyo a los estudiantes con
medidas redentoras y formativas por parte del Orientador(a), Encargado(a) de
Convivencia, Profesor(a) Jefe.
•
Las medidas formativas deben orientarse a ayudar al estudiante causante
del daño reconocer la falta y sus razones, haciendo hincapié en su carácter
reiterativo a través de diversas técnicas basadas en un diálogo constructivo,
resolución pacífica de conflictos y rol playing. Si fuese pertinente, orientarlo a que
voluntariamente decida disculparse y/o compensar con una acción concreta a la
persona dañada o al objeto dañado. Así también, derivar a los especialistas que
corresponda y otorgar las facilidades para coordinar sus labores académicas con
las responsabilidades legales que deba asumir.
•
Las medidas de seguridad y de apoyo al estudiante afectado deben estar
orientadas a protegerlo y darle seguridad , algunas medidas pueden ser el
incremento de las medidas de vigilancia: vigilancia específica del estudiante
agresor, reorganización de los horarios del profesorado para la atención
específica del estudiante afectado, intervención de mediadores, colaboración de
compañeros, previamente formados para acompañar a la víctima, sobre todo en
momentos de mayor riesgo (entradas, salidas, pasillos) solicitud colaboración
familiar, cambio de grupo (temporal o definitivo), entre otros. Así también,
aplicación de estrategias específicas de desarrollo emocional, habilidades
sociales y ayuda personal. Asimismo, derivar a los especialistas que corresponda.
•
- Si se detecta en nuestra unidad educativa un caso de discriminación en
cualquiera de sus formas la persona afectada, hará la denuncia correspondiente a
Inspectoría General y/o Encargado de Convivencia Escolar, haciendo notar el tipo
de discriminación.
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•
- La denuncia dará lugar a una inmediata indagación por parte de
Inspectoría General y/o Encargado de Convivencia Escolar del establecimiento,
encaminada a clarificar los hechos, por parte de los involucrados en esta
conducta de discriminación y practicándose cuantas diligencias se estimen
necesarias a fin de dilucidar la veracidad de los hechos acaecidos.
•
- La intervención de los posibles testigos y de todos los actuantes, deberá
observar el carácter confidencial de las declaraciones, por afectar directamente la
intimidad y honorabilidad de las personas. Se observará el debido respeto tanto a
la persona que ha presentado la denuncia como la persona objeto de la misma.
•
- La constatación de la existencia de discriminación dará lugar a
intervención de mediación entre las partes afectadas para llegar a una
conciliación, si esta no llegase a buen término se aplicarán las sanciones
previstas en el manual de convivencia del establecimiento.
•
Cuando la constatación de los hechos no sea posible, y no se adopte por
tanto medidas, en ningún caso se aplicará represalia contra el denunciante, antes
al contrario, se supervisará con especial atención la situación para asegurarse
que la discriminación no se produzca.
•
- Si el afectado de discriminación no quedase conforme con lo resuelto por
la comisión del comité de convivencia escolar, quedará en libertad de entablar
todas las medidas legales que estime conveniente contra el agresor.
•
Se elaborará una bitácora que registre los procedimientos y evolución del
caso por parte del Encargado(a) de Convivencia y/u Orientador(a).
•
Monitoreo del proceso por parte del Encargado(a) de Convivencia,
Orientador(a), Inspectoría General, Profesor(a) Jefe.
Fase 6. Informe Final
•
Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de
aplicación de las medidas formativas de apoyo a los estudiante por parte del
Encargado(a) de Convivencia.
•
Entrega de informe final a las autoridades directivas técnicas, al Consejo de
Profesores, al Profesor(a) Jefe y a las autoridades que puedan solicitarlo
(Carabineros, PDI, Mineduc, Sename) por parte del Encargado(a) de Convivencia.
•
Las autoridades directivas y Profesor(a) Jefe resuelven la situación final de
estudiante afectado y de estudiante causante, si el hecho lo ameritase podría
ocasionar para este último su Condicionalidad y comunican al Encargado(a) de
Convivencia.
Fase 7: Cierre de Protocolo
•
El Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado final del
procedimiento formativo al Consejo de Profesores.
•
El Profesor(a) Jefe y/o Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado
final del procedimiento formativo a los apoderados y estudiantes involucrados.
•
El Profesor(a) Jefe archiva informe final y resolución final, si existiese, en
carpeta de antecedentes del estudiante.
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PROTOCOLO VIOLENCIA ESCOLAR
I.
MARCO LEGAL.
Ante esta alteración se deberá proceder de la siguiente forma, tanto dentro del
establecimiento como en cualquier actividad extra - programática y/o salida a
terreno fuera del establecimiento.
II.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS:
Fase 1. Detección de la falta.
1.-Al ser sorprendidos o denunciados por cualquier miembro de la unidad
educativa en un acto de violencia, deberá ponerse en conocimiento de Inspectoría
general, en un plazo no superior a 24 horas, entregando los antecedentes
respectivos.
2.- Dependiendo de la gravedad de las lesiones, los involucrados serán derivados
a los servicios médicos para constatar lesiones, acompañados por una autoridad
del establecimiento, siempre que sus padres estén inubicables, o no estén
dispuestos emocionalmente, o cuyo historial familiar contenga episodios de
maltrato.
3.- El inspector general llamará a los involucrados para interiorizarse de lo
sucedido, registrando por escrito la información obtenida, en un cuaderno de
registros, aplicando la sanción correspondiente, graduada según la agresividad y
alevosía con que fue perpetrado el hecho, considerado falta MUY GRAVE.
4.- Además de informar lo sucedido al Profesor Jefe, se consignará el hecho en el
libro de clases correspondiente a cada involucrado.
Fase 2. Entrevista con los involucrados.
5.- Hará la derivación al orientador o encargado de convivencia escolar, a fin de
iniciar el proceso de mediación y el seguimiento con el apoyo psicológico de ser
necesario.
6.- Al mismo tiempo serán citados los apoderados de los alumnos involucrados,
en forma separada, para que tomen conocimiento del hecho. El apoderado podrá
hacer la denuncia y constatar lesiones en los órganos pertinentes, lo cual no
anulará el procedimiento formativo respectivo, aplicado por el establecimiento.
III.
PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS.
Fase 3. Trabajo formativo con los involucrados
7.- Se realizaran medidas de prevención de la violencia a través de apoyo
psicosocial y actividades programadas por orientación o convivencia escolar
relacionadas con el control de ira y autocontrol de los impulsos. De igual manera
se comunicará al consejo de profesores del curso de los involucrados, y el
profesor jefe deberá comentar el hecho en reunión de apoderados, en forma
general, sin decir nombres, y las medidas formativas aplicadas, entregando
información sobre la prevención de hechos de violencia escolar.
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REINCIDENCIA.
8.- Una vez realizadas las entrevistas y dependiendo de la gravedad del hecho se
informara por escrito la situación a COMDES y Dirección Provincial, según
corresponda.
9.- ante la reincidencia, se procederá a la condicionalidad de la matrícula y se
integrará a la bitácora las nuevas causas del conflicto, y la causa de la ruptura de
acuerdos firmados anteriormente.
Fase 4. Informe final.
10.- se entregará un informe a final de año, con los avances y retrocesos del
caso, y la viabilidad de la intervención psicosocial para mejorar la convivencia de
los involucrados.
DISPOSICIONES EXCEPCIONALES.
Se recuerda que si hay una demanda o denuncia en fiscalía, el procedimiento
administrativo, (no así el formativo), se suspende hasta que se dicten sanciones
judiciales. Sin perjuicio de ello, el establecimiento puede realizar un seguimiento
para establecer responsabilidades y aplicar sanciones si la situación lo amerita.
Frente a una situación de violencia entre funcionarios de la unidad educativa, se
procederá a aplicar el Reglamento interno de COMDES.
Frente a una situación de violencia que involucre a una persona externa o ajena a
la unidad educativa, se procederá a realizar la denuncia correspondiente a la
justicia.
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PROTOCOLO DE USO Y PORTE DE ARMAS
I.
MARCO LEGAL.
Ante esta alteración se deberá proceder de la siguiente forma, tanto dentro del
establecimiento o fuera del establecimiento, de acuerdo a la ley de porte de arma.
II.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS:
Fase 1. Detección de la falta.
1.-Al ser sorprendidos o denunciados por cualquier miembro de la unidad
educativa, deberá ponerse en conocimiento de Inspectoría general
2.-El inspector general llamará a los involucrados para interiorizarse de lo
sucedido, registrando por escrito la información obtenida, en un cuaderno de
registros, aplicando la sanción correspondiente, graduada según el hecho,
considerado falta MUY GRAVE.
4.- Además de informar lo sucedido al Profesor Jefe, se consignará el hecho en el
libro de registros de inspectoría correspondiente a cada involucrado.
Fase 2. Entrevista con los involucrados.
5.- Hará la derivación al orientador o encargado de convivencia escolar, a fin de
iniciar el proceso de mediación y el seguimiento con el apoyo psicológico de ser
necesario.
6.- Al mismo tiempo serán citados los apoderados de los alumnos involucrados,
en forma separada, para que tomen conocimiento del hecho, cual no anulará el
procedimiento formativo respectivo, aplicado por el establecimiento.
III.
PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS.
Fase 3. Trabajo formativo con los involucrados
7.- Se realizaran medidas de prevención a través de apoyo psicosocial y
actividades programadas por orientación o convivencia escolar. De igual manera
se comunicará al consejo de profesores del curso de los involucrados, y el
profesor jefe deberá comentar el hecho en reunión de apoderados, en forma
general, sin decir nombres, y las medidas formativas aplicadas, entregando
información sobre la prevención de este hechos.
Fase 4. Informe final.
10.- Se entregará un informe a final, para mejorar la convivencia de los
involucrados.
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LEYES INCLUIDAS EN ESTE MANUAL DE CONVIVENCIA
LEY N°. 20.000
SUSTITUYE LA LEY Nº 19.366, QUE SANCIONA EL TRAFICO
ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTROPICAS
LEY 20.536
EN MATERIA DE VIOLENCIA ESCOLAR
LEY 18.834 FUNCIONARIOS PUBLICOS
Los funcionarios tendrán derecho, además, a ser defendidos y a exigir que la
institución a que pertenezcan persiga la responsabilidad civil y criminal de las
personas que atenten contra su vida o su integridad corporal, con motivo del
desempeño de sus funciones, o que, por dicho motivo, los injurien o calumnien en
cualquier forma.
La denuncia será hecha ante el respectivo Tribunal por el jefe superior de la
institución, a solicitud escrita del funcionario, y cuando el afectado fuere dicho jefe
superior, la denuncia la hará el Ministro de Estado que corresponda.
LEY N° 20.014
MODIFICA LA LEY Nº 17.798, SOBRE CONTROL DE ARMAS.
LEY N° 20.005
TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUAL.
LEY N° 19.927
EN MATERIA DE DELITOS DE PORNOGRAFIA INFANTIL.
LEY Nº 20.418 EMBARAZO Y PATERNIDAD
DE SALUD OBLIGA A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES A TENER
UN PROGRAMA DE EDUCACIÓN SEXUAL EN ENSEÑANZA MEDIA.
Ley 19.696
ESTABLECE CODIGO PROCESAL PENAL, ROBOS Y HURTOS
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FICHA REPORTE DE CASO
1. IDENTIFICACIÓN
NOMBRE DE QUIEN REPORTA
:
AP.PATERNO
CÉDULA DE IDENTIDAD N°
:
EDAD
:
FECHA DEL REPORTE
:
HORA
:
RECEPTOR
:
CURSO (SI PROCEDE)
AP. MATERNO
NOMBRES
2. AREA (marcar con una X):
INFRAESTRUCTURA
RECURSOS
CONVIVENCIA
OTROS
3. BREVE DESCRIPCION DEL CASO
(problemática con desarrollo cronológico (fecha y horas), protagonistas, espacios, chequeo y medidas inmediatas
aplicadas)
____________________________________________________
NOMBRE, FIRMA Y RUT DE QUIEN REPORTA
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