conten_máx _det_contaminantes_hortalizas

Transcripción

conten_máx _det_contaminantes_hortalizas
CONTENIDO MÁXIMO DE DETERMINADOS CONTAMINANTES
Fecha actualización: 07/01/2014
Contenidos máximos (mg/NO3/kg)
NITRATOS
Espinacas en
congeladas
coserva,
refrigeradas
o
PLOMO
Hortalizas excluidas las del género Brassica,
las hortalizas de hoja, las hierbas frescas, las
setas y las algas marinas* . En el caso de las
patatas, el contenido máximo se aplica a las
patatas
peladas.
* el contenido máximo se aplica después de lavar
2000
Contenidos máximos (mg/kg peso fresco)
0,10
las frutas o las hortalizas y separar la parte
comestible
Hortalizas del género Brassica, hortalizas de
hoja * y las siguientes setas: Agaricus
bisporus (champiñón), Pleorotus ostreatus
(seta de ostra) y Letinula edodes (seta
shiitake )
* el contenido máximo se aplica después de lavar
0,30
las frutas o las hortalizas y separar la parte
comestible
CADMIO
Hortalizas y frutas, excluidas las hortalizas de
hoja, las hierbas frescas, las hortalizas del
género Brassica, las setas, los tallos jóvenes,
las hortalizas de raíz y tubérculo y algas
marinas*.
*el contenido máximo se aplica después de lavar las
Contenidos máximos (mg/kg peso fresco)
0,05
frutas o las hortalizas y separar la parte comestible
Tallos jóvenes, hortalizas de raíz y tubérculo,
excluidos los apionabos *. En el caso de las
patata, el contenido máximo se aplica a las
patatas
peladas.
*el contenido máximo se aplica después de lavar las
frutas o las hortalizas y separar la parte comestible
0,10
Hortalizas de hoja, hierbas frescas, hortalizas
de hoja del género Brassica , apionabos y las
siguientes
setas
:
Agaricus
bisporus
(champiñón), Pleorotus ostreatus
(seta de
ostra)
shiitake)
y Letinula
edodes
(seta
0,20
*el contenido máximo se aplica después de lavar las
frutas o las hortalizas y separar la parte comestible
Setas, excluidas las enumeradas en el punto
anterior
MELAMINA
Productos alimenticios a excepción de los
preparados para lactantes y de los preparados
de
continuación
*.
*No se aplica el contenido máximo en el caso de
productos alimenticios cuyo contenido de melamina
se pueda demostrar es superior a 2,5 mg/kg y
consecuencia del uso autorizado de ciromazina
como insecticida. El contenido de melamina no
superará el de ciromazina
1,00
Contenidos máximos (mg/kg)
2,50

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