20151110 PO - Ayuntamiento de Calp
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20151110 PO - Ayuntamiento de Calp
FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ ASISTENTES Alcalde en funciones-Presidente D. Manuel J. Cabrera Fernández Pujol Concejales. Grupo Popular: Dª. Ana Mª. Sala Fernández Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu D. Matias Torres Lloret. Dª. Hilde Elisa Peter Backaert D. Bernardo Moll Ivars D. Jan Michel Remi Van Parijs. Dª. Carole Elizabeth Saunders Grupo Socialista: D. Santos Antonio Pastor Morató Dª. Mª. José Femenía Santacreu D. José Carlos Alonso Ruiz Dª. Ascensión López Moreno. Grupo Gent de Calp. D. Pedro Jaime Fernández Crespo D. Miguel Angel Vives Mauri Grupo APPC Dª. Ana Isabel Perles Ribes D. Domingo Sánchez García Grupo SSPC D. Juan Cañas Salcedo Dª. Linda Margaret Herrada keen Grupo Compromis D. Joaquin Perles Pérez D. Carlos Ortín Tomás. Secretaria acctal. Dª. Mª Mercedes Más González. ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DE 2015. 1ª Convocatoria. En la Villa de Calp, siendo las dieciséis horas minutos, del día diez de noviembre de dos mil quince, se reunieron en el Salón de Plenos de esta Casa Consistorial, en primera convocatoria, bajo la presidencia de D. Manuel J. Cabrera Fernández Pujol, los señores Concejales relacionados al margen, asistidos de mi la Secretaria accidental, con el fin de celebrar sesión ordinaria convocada reglamentariamente para este día y hora. Excusa su ausencia el Sr. Alcalde D. César Sánchez Pérez El Sr. Alcalde declaró abierta la sesión, procediéndose seguidamente a debatir los asuntos que integran el orden del día. Interventor Acctal. D. José Santacreu Baidal No asisten: D. César Sánchez Pérez. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 1 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 ORDEN DEL DÍA I.- Parte resolutiva. 1. Aprobación, si procede del borrador del acta del Pleno del día 13 de octubre de 2015. 2. Dar cuenta de la comunicación al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas del estado de ejecución del presupuesto correspondiente al 3er trimestre de 2015. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 3. Aprobar la publicación del periodo medio de pago a proveedores en el tercer trimestre de 2015. Aprobación del expediente ORECO 08/2015 de reconocimiento extrajudicial de créditos. Aprobación del expediente ORECO 09/2015 de reconocimiento extrajudicial de créditos. Aprobar el Plan de Promoción y Diversificación Turística de Calp. Adhesión genérica del municipio de Calp a la central de contratación de la Excma. Diputación Provincial de Alicante y adhesión específica al acuerdo marco de servicios de seguros. 8. Fijar el número y retribuciones de los miembros de la Corporación con dedicación plena y parcial. 9. Nombramiento de representantes de la Corporación en órganos colegiados. 10. Aprobación inicial de la Ordenanza Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones para la Rehabilitación de Fachadas. 11. Ratificación en todos sus extremos del convenio expropiatorio para la obtención anticipada de 3.625 m2 necesarios para la mejora de la accesibilidad y seguridad viaria a los términos municipios de Benissa y Calp desde la N-332, suscrito con fecha 23 de Octubre de 2015 con la mercantil Paviota S.L. 12. Ratificación en todos sus extremos del convenio expropiatorio para la obtención anticipada de 30 m2 necesarios para la mejora de la accesibilidad y seguridad viaria a los términos municipios de Benissa y Calp desde la N-332, suscrito con fecha 23 de Octubre de 2015 con Dª Maria Bertomeu Pons. 13. Ratificación en todos sus extremos del convenio expropiatorio para la obtención anticipada de 871 m2 necesarios para la mejora de la accesibilidad y seguridad viaria a los términos municipios de Benissa y Calp desde la N-332, suscrito con fecha 23 de Octubre de 2015 con Dª CARELLA VERSLUIJS. 14. Ratificación en todos sus extremos del convenio expropatorio para la obtención anticipada de 706 m² necesarios para la mejora de la accesibilidad y seguridad viaria a los términos de Benissa y Calp desde la N-332, suscrito con fecha 3 de noviembre de 2015, con D. Miguel Francisco Bordes Martínez. 15. Aprobar la encomienda de gestión del servicio AFIC al Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta (CREAMA). 16. Propuesta del Grupo Municipal Socialista sobre la emisión de tarjeta distintiva para la exención del pago de la zona azul a propietarios de garajes afectados por la actividad del mercadillo de los sábados. 4. 5. 6. 7. FUERA DEL ORDEN DEL DÍA 1. Solicitar a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, ayuda destinada a los Ayuntamientos para hacer efectivo el programa de gratuidad de los libros de texto. II.- Parte informativa. Dación de cuenta de las resoluciones dictadas por la Alcaldía y Concejalías Delegadas desde la celebración de la última sesión ordinaria. Dar cuenta de las subvenciones concedidas a este Ayuntamiento. III.- Parte de control y fiscalización del Pleno (art. 46.2 e) de la LRBRL: Mociones. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 2 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Ruegos y preguntas. 1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DE 2015.- El Sr. Presidente preguntó a los asistentes si estaban conformes con el borrador del acta de la sesión celebrada el día 13 de octubre de 2015, cuya fotocopia se les había remitido. Sometida el acta a votación, la Corporación, por unanimidad, acordó aprobar la misma. 2.- DAR CUENTA DE LA COMUNICACIÓN AL MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DEL ESTADO DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO CORRESPONDIENTE AL 3ER TRIMESTRE DE 2015.- Se dio cuenta de la Comunicación al Ministerio de Hacienda y administraciones Públicas del Estado de Ejecución del Presupuesto correspondiente al 3er trimestre de 2015. La Corporación quedó enterada. 3.- APROBAR LA PUBLICACIÓN DEL PERIODO MEDIO DE PAGO A PROVEEDORES EN EL TERCER TRIMESTRE DE 2015.- En el expediente consta una propuesta de la Concejalía Delegada de Hacienda que dice lo siguiente: “MANUEL J. CABRERA FERNÁNDEZ-PUJOL, CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA DEL AYUNTAMIENTO DE CALP, al Pleno del mismo EXPONE: La Ley15/2010, de modificación de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, establece determinadas obligaciones a la Tesorería e Intervención municipales de emitir informes acerca del estado de las facturaciones presentadas al registro municipal de facturas, para conocimiento del Pleno. A tal efecto, por la Intervención se ha emitido informe para conocimiento del Pleno con las consideraciones siguientes: “1.- El art. 4 de la Ley 15/2010, de modificación de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, establece lo siguiente: Artículo 4. Morosidad de las Administraciones Públicas. …/... 3. Los Tesoreros o, en su defecto, Interventores de las Corporaciones locales elaborarán trimestralmente un informe sobre el cumplimiento de los plazos previstos en esta Ley para el pago de las obligaciones de cada Entidad local, que incluirá necesariamente el número y cuantía global de las obligaciones pendientes en las que se esté incumpliendo el plazo. 4. Sin perjuicio de su posible presentación y debate en el Pleno de la Corporación local, dicho informe deberá remitirse, en todo caso, a los órganos competentes del Ministerio de Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 3 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Economía y Hacienda y, en su respectivo ámbito territorial, a los de las Comunidades Autónomas que, con arreglo a sus respectivos Estatutos de Autonomía, tengan atribuida la tutela financiera de las Entidades locales. Tales órganos podrán igualmente requerir la remisión de los citados informes. 5. La información así obtenida podrá ser utilizada por las Administraciones receptoras para la elaboración de un informe periódico y de carácter público sobre el cumplimiento de los plazos para el pago por parte de las Administraciones Públicas. 2.- El art. 5 de dicha Ley 15/2010, por su parte, que establecía que el Pleno, en el plazo de 15 días contados desde el día de la reunión en la que tenga conocimiento de dicha información, publicará un informe agregado de la relación de facturas y documentos que se le hayan presentado agrupándolos según su estado de tramitación, ha quedado derogado por la disposición derogatoria de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. 3.- Al objeto de dar cumplimiento a dichas disposiciones, el Ministerio de Economía y Hacienda ha elaborado una Guía para la elaboración de dichos informes, los cuales se obtienen desde la aplicación contable utilizada SICALWIN Aytos, y que se acompañan al presente informe. 4.- Con fecha 21/07/2015 ha sido remitida telemáticamente por el que suscribe la información de morosidad correspondiente al segundo trimestre de 2015 al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. 5.- La relación de proveedores con facturas (acumulado) pendientes de pago a 30/09/2015 es la siguiente: Documento B91110593 B80399660 B62640503 B54585054 A03443801 B53286910 B73663932 B53375523 B54693437 B03140670 B53623757 E53356903 B03385440 B53859773 74003698W E53030706 A96933510 B53112629 B12441861 B81041444 B46278537 A81573479 X4868937K G53623930 G53739454 G03270014 G54435391 Nombre A LA SOMBRITA S.L. ACCIONA SERVICIOS URBANOS S.R.L. ADESAL TELECOM S.L. AGENCIA NOTICIAS ALICANTE SL AGLOMERADOS LOS SERRANOS S.A.U. AGRICOLA IVARS SL AGROFIELD SURESTE SL AGRUPACION CERECO SL AGUA 247 SL ALQUILER DE COCHES VICTORIA S.L. ALQUILERES, MODULOS Y CASETAS SL - AMYC ALVAREZ CB ALVARO GARCIA GONZALEZ S L ALYMAN MAQUINAS TABACO SL AMARO MARTOS RAFAEL AMBIENTES CB AME MATERIAL ELECTRICO SAU ANCOMARO S L APLICACIONES DE CAD CAM Y GIS SL APPLUS ITEUVE TECHNOLOGY SL ARTESANIA BORDADA S.L.U. ARVAL SERVICE LEASE S.A. ASHLEY HILLS PHILIP ASOCIACION CULTURAL JARANA BLUES ASOCIACION DE FOMENTO DE DANZAS POPULARES FODAP ASOCIACION EMPRESARIAL HOSTELERA DE BENIDORM Y LA COSTA BLANCA ASSOC. MUSICO-CULTURAL XARANGA LA XARLOTA Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 acumulado por tercero 1.210,00 868.850,28 2.194,09 7.260,00 33.461,70 8.851,93 2.036,36 71,04 137,94 590,45 5.125,56 75,24 629,05 5.023,73 187,92 20,01 505,30 3.758,26 1.385,45 112,36 175,45 6.171,00 302,50 1.934,00 3.150,00 120,00 750,00 Página 4 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Documento Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ G54944435 Nombre ASSOCIACIO DE CARRETERS Y CAVALLISTES DE BENISSA G54411905 ASSOCIACIO DE GRUPS MUSICALS CALP MUSIC A46253787 ASTILLADOS DE LEVANTE, S.A. B03363850 AUTO ANDRES S.L. B03081288 AUTOBUSES IFACH, S.L. 25120610X BAÑULS SALA JOSE JAVIER A03785599 BENISSA IMPULS S.A. B59987529 BENITO URBAN SLU 21403621M BERTOMEU CRESPO JAIME 48299199G BERTOMEU SUCH GEMA 74010288Z BOLO MAS FRANCESC B53633152 BOXI MOBIL LEVANE SL B53402681 BRICO AITANA S.L. B54614011 BRICO+ FADGUAY SL B97178453 BRICOLAGE CALPE S L B03005923 BRU Y RUBIO SL E54718259 BUVI CALP C.B. B54418595 C & P ENTERPRESES 2009 SL A58513318 CAIXA CARD 1 EFC SAU B53537239 CALIDAD Y GESTION CIENTIFICA SL 29161016Y CALPE GOMEZ AGUSTIN A03734092 CANAL 37 TELEVISIÓN DE ALICANTE SA 33444252K CANTERO PEÑA EDUARDO G53069548 CASA DE ANDALUCIA DE CALPE 21656035V CASTELLO JORDA FRANCISCO JAVIER B98640048 CASTROCONSULTING BUSINESS STRATEGY SL B53534327 CILSA LIBROS SL G54151501 CLUB DEPORTIVO SALINAS PLAYAS DE CALPE F54652789 COETERS DRAGON S. COOP. V. G03065349 COFRADIA PESCADORES CALPE B53053104 COINGER EMPRESA CONSTRUCTORA S.L. G54071634 COL.LECTIU CREAMPOP Q5355077H COLEGIO TERRITORIAL DE ARQUITECTOS ALICANTE B03069317 COMERCIAL CALPE SL B30062640 COMERCIAL ROLDAN SL B46850137 COMPAÑIA TRATAMIENTOS LEVANTE SL H03530508 COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO ATALAYA H03843166 COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO HERNANDO I H03443389 COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO MADRID H03478377 COMUNIDAD DE PROPIETARIOS EDIFICIO MIRO B03905262 CONSTRUCCIONES LAUREMAR S.L. F03014107 COOP. V. VIRGEN POBRE DE XALO F46047734 COOPERATIVA SINDICAL OLIVENSE DE TRANSPORTE G03627940 CORAL IFACH CALPE Q2866001G CRUZ ROJA ESPAÑOLA B18884718 DATACOL HISPANIA SLU ( I.F. TECNICA) X6964345Z DE JONG ELMA 48297064P DE LA FUENTE PASTOR HORACIO 46137603V DEL RIO FERNANDEZ PATRICIA Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 acumulado por tercero 300,00 1.350,00 6.972,08 878,85 3.586,00 135,70 2.194,23 662,69 1.699,16 2.878,32 484,00 224,40 6.215,07 3.199,28 1.141,35 69,33 60,50 400,00 252,68 1.176,90 3.388,00 2.000,00 219,25 1.200,00 39,60 5.009,40 227,75 3.000,00 12.000,00 26.200,94 170.168,50 4.150,00 387,78 5.924,30 12.176,90 7.355,82 413,48 1.989,66 232,25 1.569,24 36.233,45 5.636,86 3.787,30 500,00 47.214,17 373,48 739,38 3.085,50 1.131,61 Página 5 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Documento Nombre B03923638 B03865227 B54266416 B53767455 B08910507 B03822327 B97093983 A81819179 DELFOS HARDWARE, S.L. DETER SERVICIOS DE LIMPIEZA S.L. DIGICOPY ASESORES EN GESTION DOCUMENTAL S.L.U DIRECCION NORMATIVA SISTEMAS SL DIRIGIDO POR S L E. GUIJARRO 1970 SL E-1 LUBRICANTES SL EDITORA DE MEDIOS DE VALENCIA,ALICANTE Y CASTELLO SA EDITORIAL DIGITAL 2014 SL EDITORIAL PRENSA VALENCIANA SA EFFES ESTUDIO JURIDICO SL EL CORTE INGLES S.A. ELECTRONIC TRAFIC S.A. ELSAMEX S A EMP.MUNPAL.MIXTA AGUAS Y SERV.CALPE, S.A. ESCALA 30 SL ESCOLA CALPINA DE CORDA ESCOLANO MAQUINARIA Y PINTURA SL ESCRIBANO FERNANDEZ, DAVID ESPECTACLES DAVID SL ESTUDI PUBLICITARI - LLUIS SALVA SL ESTUDIO GLO SL ESTUDIOS DE OPINION Y MERCADO INVESTRATEGIA SL EULEN S.A. EULEN SEGURIDAD S.A. EUREST COLECTIVIDADES S.L. EXCELSIOR PRODUCCIONES SL FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS FEDERICO DOMENECH SA FEMENIA ANDRES , GLORIA - CALPPLAC FEMENIA Y FULLANA, S.L. FERMIN ESCOLANO TRITURATS SL FERNANDEZ GONZALEZ GLORIA FERRER BERNABEU ASESORES SLP FERRO IFACH CB FILA MORISCOS DE CALPE FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A. FRANCISCO RODRIGUEZ MARTINEZ S.L. FRAYFER S L FUNDACION JOSE ORTEGA Y GASSET GALERIAS AITANA S L GASORBA SL GLUKGES SL GODFREY SPRINGETT ALICIA MARIA GOMEZ - DAUDEN ABOGADOS Y ASESORES TRIBUTARIOS SLU GOMEZ OSA LINO - LOGISTICATROFEO GOOLLNVENT SLU GRAFICAS TUR CALPE S.L. GRANDE DEVESA MARIA JOSE GRUATRANS VALLES BERTOMEU SL GRUPO ALFA 5, SL. SER RADIO LITORAL. GRUPO BERTOLIN S.A. GRUPO GENERALA DE SER. INTEG. CONSTRUCCIONES B12924486 A46229290 B97356976 A28017895 A46138921 A28504728 A53340055 B03909736 G53395133 B53737649 74002459M B53701249 B54797493 B54029301 B53968749 A28517308 A28369395 B80267420 B97763312 G28783991 A46007126 52144606H B03261245 B53126918 25128122R B98094394 E54474515 G03872553 A28037224 B03882446 B46076360 G28599041 B53369286 B96353529 B54152772 29022118M B54021043 70717459A B85897353 B53034831 25125433A B31661754 B03441631 A46092128 B30351431 Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 acumulado por tercero 1.107,15 1.944,80 5.158,70 596,90 42,00 1.465,57 87,00 726,00 605,00 193,60 12.414,60 1.510,08 360,77 45.541,00 91.188,09 28.483,37 1.200,00 875,56 4.446,75 1.320,00 6.967,18 121,00 10.527,00 154.288,82 3.710,17 7.763,66 2.783,00 4.000,00 689,70 305,40 283,70 1.481,04 880,06 232,00 665,50 398,00 321.725,89 46.440,76 5.726,26 50,00 135,00 4.716,94 111,68 240,00 3.623,95 68,18 240,00 1.706,10 41,38 8.293,35 6.207,30 25.560,68 7.966,80 Página 6 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Documento Nombre Y OBRAS SLU GUILLERMO OLTRA S.L.U. HERMANOS TUR CATALA SC HERVAS SOTO MARIA JOSEFA HIERROS VILLAJOYOSA, S.A. HISPANA DE INSTALACIONES SA HORMIGONES CALETA S.A. IBERDROLA CLIENTES SAU IBERDROLA COMERCIALIZACION DE ULTIMO RECURSO SA B12927174 IDECAS SERVICIOS Y MANTENIMIENTOS SL B54086202 IFACGRAFICS S.L. B20716130 IKZ CONSULTORIA AMBIENTAL S.L. A03813326 IMPURSA S.A.U. A08884439 INFORMACION. EDITORIAL PRENSA ALICANTINA, S. A. B46807640 INSDAGAR SL B97611164 INSIGNA UNIFORMES SL Q9650037F INSTITUTO CARTOGRAFICO VALENCIANO A02517910 ITALGREEN IBERICA S.A. B03361714 IVARS BERTOMEU SL B54427893 JALUJE SLU - MENJADORS ESCOLARS B53313995 JOSE RIBES ROSELLO E HIJOS S L E53485926 JOYERIA TERE CB B53780847 JUJOMA ESPINOSA SL X6084692L KELICH SONJA X1115299Y KITZIG WERNER JOSEPH G53102596 LA RONDALLA DE CALP B03995487 LOFER E HIJOS SL B03072857 LORENZO ANDRES VALLES S.L. J54659834 LT SPORTBIKE A79206223 LYRECO ESPAÑA SA 21961177H MACIA ANTON JUAN B03816055 MANUEL JIMENEZ TOLEDO SL A28141935 MAPFRE FAMILIAR COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS SA A28229599 MAPFRE VIDA SA DE SEGUROS Y REASEGUROS SOBRE VIDA HUMANA B03843901 MARCELINO GATO MARTIN E HIJOS SL B03721552 MARINA ALTA PERIODIC SL X2777147N MARTENS BARBARA 52783311J MARZA GASTO JUAN CARLOS 73990841W MAS PEREZ FRANCISCO M. B03998838 MATERIALES DE CONSTRUCCION CALETA SL B53247995 MATERIALES DE CONSTRUCCION MARINA BAIXA S L 25129741X MENGUAL IVARS MARIA MAGDALENA B54672431 MERY EXPRESS S.L. 21345893F MESTRE TUR JUAN JOSE B53219655 MIRALL PUBLICIDAD Y MARKETING SL 25122450X MOLINES MORAGUES, PEDRO JUAN 85086084 MOLINES SANZ ANTONIO 74002108 MONCHO SOBRINO JUAN JESUS B53397311 J54429410 08940080A A03060894 A03042181 A03066933 A95758389 A95554630 Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 acumulado por tercero 5.837,04 1.452,00 342,20 2.094,76 4.295,11 1.723,04 104.620,26 25.448,61 1.052,70 96,80 12.916,56 605,00 290,40 4.800,00 2.891,19 10,18 4.762,56 4.540,52 19.281,38 195,00 15,00 3.041,66 600,00 300,00 1.200,00 9.252,94 693,52 8,01 4.003,36 816,75 20,76 711,08 3.087,34 1.599,89 363,00 1.512,50 125,96 33,88 242,97 4.658,06 351,63 9,12 1.405,04 3.193,19 8.228,00 8.290,51 1.149,50 Página 7 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Documento 28991573G 25121133G B03428968 F17459991 B03944931 B97846703 B96229414 Nombre MORANT REUS ANGEL MORATO MARTI ESTEBAN MOTORS IFACH, S.L. MUSICS DE GIRONA SCCL NATURQUIM SL NOGUERA ABOGADOS & ASESORES SL OFICINA TECNICA D' EDIFICACIO DE LA CIUTAT VELLA SL B65503138 OPEN DATA CITIES SL G0011499A ORGANIZACION MUNDIAL DEL TURISMO 52789886X OROZCO ROSELLO MARIA DEL MAR B03988367 ORTIN GARCIA GLOBAL CONSULTING SL B54750443 ORTOPINTURES SL 21342984L PASTOR FERRER MARIA ENGRACIA 25122991 PASTOR TORREGROSA RAFAEL MANUEL B03909793 PEDRO ROSELLO E HIJOS S.L. 21665628L PENADES PINILLA CRISTINA 52781863Z PEÑALVER DELTELL ROBERTO 20026100T PERALTA SANROSENDO AURELIA 25126090Q PEREZ CASABO RAUL RAMON 52787518B PEREZ SANTANDER JOSE B53715348 PESCADOS CALPE S L B53028189 PIENSOS FELIX S L B53848503 PORTES ILUMINACION Y SONIDO SL B54044078 PORTOCALP GASTRONOMIA SL B06290241 PREVING CONSULTORES S.L.U B98250855 PRIME TV VALENCIANA S.L. B53223509 PRODUARTCE SL B03901782 PUBLI4QUATRE SERVEIS PUBLICITARIS SL B96282843 RADCLIFFE & ASOCIADOS G03069564 REAL CLUB NAUTICO DE CALPE A30219992 RELOJERIA VALVERDE S A A28076420 REPSOL BUTANO S.A. 29025874N RIBES MONSERRAT JOSE MATEO 21291414S RIBES ROSELLO JOSE 21394756H ROLDAN PEREZ EDUARDO 21239706B ROSELLO BLANQUER BENITO 73976789A ROSELLO JORRO JOSEFA B53617809 ROTUL IFACH SL B03123155 RYFULL S.L. 48295039F SANCHEZ CABRERA JOSE VICENTE 29005921T SANCHIZ BOLOIX EVARISTO B03739992 SANEAMIENTOS LOGA, S.L. B03075959 SBIE, S.L. B98496516 SEÑALIZACIONES TRILLO S.L. B97120109 SERNUTEC, SERVICIOS Y NUEVAS TECNOLOGIAS SL B03998473 SERVICIO Y COLOR ONDARA S.L. B54111828 SERVICIOS INFORMATICOS CALP S.L. A80773534 SGS ICS IBERICA SA B03850781 SILVESTRE MARTINEZ S L B54859640 SISTEMAS FROA SLU B03468428 SISTEMAS RECOGIDA RESIDUOS MEDIOAMBIENTALES SL -( COLSUR SL ) B92977461 SMSPUBLI MOBILE MARKETING SL A83052407 SOCIEDAD ESTATAL CORREOS Y TELEGRAFOS S A G28029643 SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES DE ESPAÑA Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 acumulado por tercero 62,07 290,40 358,21 738,10 175,28 16.066,69 4.162,40 1.573,00 2.400,00 58,08 315,06 5.436,27 1.644,91 804,65 2.784,52 798,74 237.682,86 463,96 181,50 847,00 82,50 2.877,91 7.998,59 139,50 4.792,35 242,00 1.778,70 712,45 1.160,00 150,00 218,30 152,25 334,99 1.445,61 737,07 4.435,99 2.557,96 3.235,54 420,49 4.840,00 1.000,67 3.654,76 4.149,83 10.746,01 4.000,00 3.525,83 46,22 907,50 2.047,06 4.833,33 7.189.329,17 605,00 3.021,67 2.988,90 Página 8 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Documento Nombre A58635848 B03166030 E54650841 B28984094 B53123303 B02255917 B54074711 A53081246 21415651Y P5300003J V48083521 B54672639 B46155719 A82018474 B53648531 48295296B B03422391 25125286V 73996038R B97537641 B64074230 E54760384 B82940040 G53123220 53219690J 25120512G A03277902 B53351136 B54598198 E54713680 A81716706 E03135688 B03070505 A80907397 A58417346 B28672764 Y0317645Y B30247605 SOCOMOR SA SOLBES SL SOLUCIONES CREATIVAS CALP C.B. SOLUCIONES TECNICAS NCH ESPAÑOLA SL SONIDO E ILUMINACION LIMON SL SOUNDLINE SL SPANIAPOSTEN SL STH LEVANTE S.A. SUCH PALACIOS ANGEL JAVIER SUMA GESTION TRIBUTARIA SURNE SEGUROS & PENSIONES TECNOGRUA HIDRAULICA SL TEINSA S.L. TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. TERALCO TECNOLOGIAS INFORMATICAS SL TORRES CRESPO JAIME TRANSPORTES Y EXCAVACIONES ROSTOLL SL TUR CALATAYUD JOSE ANTONIO TUR MURIA SONIA TURISNAT SL UBILIBET SL UNIFACH C.B. UNIFORMIDAD Y SUSMINISTROS DE PROTECCION SL UNIO MUSICAL CALP IFACH VAN HERPT VALDIVIA VICTOR VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN VIAJES GALAXTUR S.A. VIALCA COLOR SL VICTORIA CAR HIRE S.L. VINILOS JPR CB VITOGAS ESPAÑA S.A. VIVEROS TUR CB VIVES DALMAU, S.L. VODAFONE ESPAÑA SAU WOLTERS KLUWER ESPAÑA SA XYLEM WATER SOLUTIONS ESPAÑA SLU YAMIL RAMOS CHRISTIAN ZACHA SPORT SL TOTAL acumulado por tercero 170,85 1.383,01 172,06 178,34 1.452,00 529,62 1.361,86 21.991,48 317,70 869,26 350,00 396,88 327,28 22.912,16 14.815,24 180,32 1.210,00 17.922,55 60,01 139,20 178,48 35,89 1.524,60 11.200,00 4.247,10 2.599,24 695,50 356,04 203,00 568,70 3.183,82 3.494,96 2.589,40 12.610,26 2.734,56 7.172,15 145,20 1.252,79 10.111.254,56 6.- El art. 13.6 de la LOEPSF, Introducido por el apartado tres del artículo primero de la L.O. 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público, establece lo siguiente: “6. Las Administraciones Públicas deberán publicar su periodo medio de pago a proveedores y disponer de un plan de tesorería que incluirá, al menos, información relativa a la previsión de pago a proveedores de forma que se garantice el cumplimiento del plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Las Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 9 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Administraciones Públicas velarán por la adecuación de su ritmo de asunción de compromisos de gasto a la ejecución del plan de tesorería. Cuando el período medio de pago de una Administración Pública, de acuerdo con los datos publicados, supere el plazo máximo previsto en la normativa sobre morosidad, la Administración deberá incluir, en la actualización de su plan de tesorería inmediatamente posterior a la mencionada publicación, como parte de dicho plan lo siguiente: a) El importe de los recursos que va a dedicar mensualmente al pago a proveedores para poder reducir su periodo medio de pago hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ b) El compromiso de adoptar las medidas cuantificadas de reducción de gastos, incremento de ingresos u otras medidas de gestión de cobros y pagos, que le permita generar la tesorería necesaria para la reducción de su periodo medio de pago a proveedores hasta el plazo máximo que fija la normativa sobre morosidad. En orden a determinar el periodo medio de pago a proveedores, el Real Decreto 635/2014, de 25 de julio, desarrolla la metodología de cálculo del mismo, en desarrollo de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, habiéndose obtenido el resultado siguiente en la aplicación informática contable Sicalwin-Aytos: Periodo: Tercer trimestre 2015 Indicadores: Ratio operaciones pagadas (Días) Importe de operaciones pagadas Ratio operaciones pendiente de pago (Días) Importe operaciones pendientes de pago Periodo medio de pago de la entidad (Días) 35,63 1.951.951,02 55,75 1.651.451,65 44,85 Debe señalarse que de conformidad con el art. 3.1 del RD 635/2014, para el cálculo económico del período medio de pago a proveedores, tanto global como de cada entidad, se tendrán en cuenta las facturas expedidas desde el 1 de enero de 2014 que consten en el registro contable de facturas o sistema equivalente y las certificaciones mensuales de obra aprobadas a partir de la misma fecha. Por ello, el pendiente de pago a 31/12/2014 al proveedor Colsur, S.L., para el que la contabilidad refleja un importe de 7.189.329,17 euros, no ha sido tomado en consideración en el cálculo ofrecido.” Por lo expuesto, al Pleno propongo adopte acuerdo con las siguientes disposiciones: PRIMERA: Conocer el informe de la Intervención sobre el estado del cumplimiento de los plazos previstos en la Ley 15/2010, de modificación de la Ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, para el pago de las obligaciones reconocidas por el Ayuntamiento, a fecha 30/09/2015. SEGUNDA: Ordenar la publicación en la página web municipal, en el plazo de 15 días contados desde la adopción del presente acuerdo, del periodo medio de pago a proveedores, que de conformidad con el informe de la intervención municipal es de 44,85 días para el 3er trimestre de 2015. TERCERA: Remitir copia del informe emitido por la Intervención a la Dirección General de Presupuestos y Gastos de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, y comunicarlo a la Intervención y Tesorería municipales, para su conocimiento y efectos.” Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Promoción Económica, emitido por mayoría, en sentido favorable a la Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 10 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 propuesta. Intervino la Sra. Sala exponiendo que no era lo deseable, tener un período medio de pago a proveedores de 44 días. Era fruto de un problema interno, pues no eran todo lo ágiles que deberían ser. Había un tapón en el Departamento de Contratación – Intervención pero en ningún caso suponía falta de liquidez a la hora de pagar a los proveedores. Intervino el Sr. Cabrera dando un primer turno de intervenciones. Intervino el Sr. Alonso indicando que quería saber si se conocían las causas de la tardanza y si se habían puesto los medios para solucionarlo. Le indicó la Sra. Sala que el equipo de gobierno quería atajar cuanto antes el problema. Intervino el Sr. Cabrera señalando que ya se habían puesto al día las facturas. Sometido el dictamen a votación se pronunciaron a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, D. Joaquin Perles Pérez, D. Carlos Ortín Tomás y el Sr. Presidente, total 14 votos. Absteniéndose los Sres. D. Juan Cañas Salcedo y Dª. Linda Margaret Herrada keen, total 2 votos. Votando en contra los Sres. D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz y Dª. Ascensión López Moreno, total 4 votos. La Corporación, por mayoría acoró aprobar el mismo. 4.- APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE ORECO 08/2015 DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS.- En el expediente consta una propuesta de la Concejalía Delegada que dice lo siguiente: MANUEL J. CABRERA FERNÁNDEZ-PUJOL, CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA DEL AYUNTAMIENTO DE CALP, al Pleno del mismo expone: Al Ayuntamiento le han sido pasadas al cobro las facturaciones incluidas en el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos ORECO 08/2015, a las cuales la intervención municipal ha formulado en la aplicación FIRMADOC nota de reparo del art. 215 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que establece que si en el ejercicio de la función interventora el órgano interventor se manifestara en desacuerdo con el fondo o con la forma de los actos, documentos o expedientes examinados, deberá formular sus reparos por escrito antes de la adopción del acuerdo o resolución. Para todas las facturas incluidas en el expediente se ha acreditado en la aplicación informática Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 11 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 FIRMADOC la efectiva realización de las prestaciones facturadas. Por la intervención municipal se ha emitido informe con las consideraciones siguientes: “1.- Todas las facturaciones incluidas en el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos ORECO 08/2015 (Anexo I del presente informe) son el resultado de una contratación administrativa, expresa o tácita, que debió realizarse tanto con cumplimiento del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y normativa de desarrollo o complementaria, como con cumplimiento de las Bases de Ejecución del Presupuesto municipal. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ En el Anexo I se relacionan los gastos incluidos en el Expediente. 2.- Reparos de la intervención. 2.1.- Causas de los reparos emitidos. El reparo de la intervención trae causa, en líneas generales, de alguna de las situaciones siguientes: A) Gastos realizados sin expediente de contratación previo exigible, por ser de importe superior al fijado en la Base 17.3.1 'Competencias en el gasto' de Ejecución del Presupuesto, importe que fue de 3.250 € para el presupuesto de 2007 y siguientes en situación de prórroga (2008, 2009 y 2010) y de 4.000,00 €, IVA no incluido para los presupuestos de 2011 y 2.012. B) Gastos que traen causa de contratación efectuada en forma, pero que exceden del alcance de lo contratado, (ejemplo: gastos correspondientes a modificaciones de proyectos de obras contratadas, sin aprobación de la modificación de proyecto). C) Presumible fraccionamiento del objeto del contrato, por corresponder a un mismo o análogo concepto repetidamente facturado, con acumulado superior al fijado en la Base 17.3.1 'Competencias en el gasto' de Ejecución del Presupuesto, sin existencia de expediente de contratación. D) Gastos que contravienen el principio de anualidad presupuestaria del art. 176.1 “Temporalidad de los créditos” del TRLRHL y art. 26.1 RD 500/1990, que establecen que “Con cargo a los créditos del estado de gastos de cada presupuesto sólo podrán contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propio ejercicio presupuestario. Las excepciones que se contemplan para este principio son las del art. 26.2 del RD 500/90, y que no alcanzan a la facturación presentada, pueden ser: a) Las que resulten de la liquidación de atrasos a favor del personal que perciba sus retribuciones con cargo a los presupuestos generales de la entidad local [art. 157.2.a) LRHL]. b) Las derivadas de compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores. En el supuesto establecido en el artículo 47.5 se requerirá la previa incorporación de los créditos correspondientes. (creditos financiados con ingresos afectados) c) Las obligaciones procedentes de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 60.2 del presente Real decreto (reconocimiento extrajudicial de créditos) Corresponden en general a gastos efectuados sin existencia de crédito presupuestario suficiente en la anualidad o momento de su ejecución, y que aún Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 12 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 siendo posibles a la vista de su importe sin necesidad de expediente de contratación previo, o por la existencia de un expediente de contratación tramitado en forma, no pudieron ser aplicados en la anualidad de ejecución por insuficiencia de crédito. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ E) Otras situaciones, en las que se señala la causa del reparo de la intervención. F) Gastos fuera de la competencia municipal, derivados del nuevo régimen competencial derivado del nuevo régimen jurídico de las competencias municipales determinado por el art. 25 de la Ley Reguladora de las Bases de régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013, 27 diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, vigente desde el 31 de diciembre 2013, a la vista igualmente de la Nota de 4 de marzo de 2013 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. 2.2.- Efecto de los reparos. El art. 216.2 TRLRHL prevé, para un acto de disposición de gastos, la suspensión en la tramitación del expediente, en los casos de omisión en el expediente de requisitos o trámites esenciales. 2.3.- Resolución de los reparos. TRLRHL Artículo 217 Discrepancias 1. Cuando el órgano a que afecte el reparo no esté de acuerdo con este, corresponderá al presidente de la entidad local resolver la discrepancia, siendo su resolución ejecutiva. Esta facultad no será delegable en ningún caso. 2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, corresponderá al Pleno la resolución de las discrepancias cuando los reparos: a) Se basen en insuficiencia o inadecuación de crédito. b) Se refieran a obligaciones o gastos cuya aprobación sea de su competencia. En este sentido, debe señalarse que el reconocimiento de obligaciones extrajudiciales es competencia del Pleno, como se señala más adelante. 3.- El reconocimiento extrajudicial de créditos. 3.1.- El reconocimiento extrajudicial de crédito de un tercero frente al Ayuntamiento es figura jurídica expresamente contemplada en el ordenamiento local vigente, en el art. 23.e) del Texto Refundido de Régimen Local, en el art. 50.12 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales (R.D. 2568/86) y en el art. 60.2 RD 500/90. A ello debe añadirse que en la cuenta general de cada ejercicio, se da cuenta a la Sindicatura de Comptes del número de expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos aprobados y del volumen económico que los mismos suponen. Ahora bien, como declara la Audiencia de Cuentas de Canarias en el informe de fiscalización del expediente de reconocimiento extrajudical de crédito nº 1/2009, del Ayuntamiento de Mogán (Gran Canaria), “Si bien, de la interpretación de los artículos. 26.2.c) y 60.2 del Real Decreto 500/1990 puede desprenderse que, previo reconocimiento por parte del Pleno, pueden aplicarse al Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 13 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Presupuesto vigente gastos realizados en ejercicios anteriores, debe entenderse que esta excepción se contempla para convalidar situaciones puntuales irregulares y no como una posibilidad regulada para realizar sistemáticamente gastos sin la suficiente consignación presupuestaria, debido a que esta práctica vulnera el principio general presupuestario respecto al carácter limitativo de los créditos para gastos.” 3.2.- La necesidad de proceder al reconocimiento de tales créditos proviene, por otra parte, de la doctrina del Tribunal Supremo reiterada y constante de que actuándose en la práctica como si mediara contrato, esto es, satisfaciéndose por una de las partes determinadas prestaciones, con conocimiento expreso de la otra parte (Ayuntamiento) de la existencia de las mismas, la parte receptora de tales prestaciones debe a la otra el precio correspondiente, ya que si así no fuera se produciría un enriquecimiento injusto por una de las partes (el Ayuntamiento), que en el presente caso recibiría sin dar a cambio. Cabe citar al respecto por todas la STS de 11 de mayo de 1989 (Ar. 4488). Y ello aún cuando el art. 173.5 TRLRHL establezca que no podrán adquirirse compromisos de gastos por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en los estados de gastos, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones y actos administrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar, ya que la Jurisprudencia del Tribunal Supremo tienen reiteradamente declarado que son de obligado cumplimiento los compromisos de gastos adquiridos con infracción del precepto. Igualmente el Tribunal Supremo en sus sentencias de 15 de julio de 1985, 21 de marzo de 1991 y 24 de julio de 1992, entre otras, reconoce la obligación de indemnizar a cargo de la Administración con fundamento en el enriquecimiento injusto. En el mismo sentido, la Audiencia de Cuentas de Canarias dice: En este sentido, existe desde antiguo una amplia línea jurisprudencial que ha venido a declarar que los contratos administrativos, precisan de forma escrita para su celebración, por lo que un convenio celebrado sin formalidad alguna, por gestión directa verbal entre el Ayuntamiento y una Sociedad Anónima no es un verdadero contrato administrativo, sino un pacto nulo a tenor del artículo cuarto del Código Civil e inoperante, por lo tanto, para servir de base a reclamaciones administrativas fundadas en él (sentencia del Tribunal Supremo, 4 de julio de 1950). En el mismo sentido la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de abril de 1976; expresa que, ante: “Un contrato concertado por una Corporación Local con ausencia de trámites, no puede hablarse de efectos de él dimanantes directamente, y de haberse producido cualquier tipo de prestaciones entre las partes, nunca sería permisible sujetarlas en la regulación de sus efectos a la Ley de Contratos, sino al juego de los principios generales del ordenamiento jurídico, en su caso, al del enriquecimiento injusto”. En la misma línea, la sentencia del Tribunal Supremo de 13 de julio de 1989, al configurar la contratación administrativa como eminentemente formal, entiende que la verbal ostenta el carácter de pacto radicalmente nulo, y no produce, en consecuencia, efectos derivados de su inexistencia jurídica; conclusión jurídica, que no puede desconocer la real existencia de prestaciones, cuyas consecuencias, si bien no pueden ampararse ni justificarse legalmente en ninguna figura contractual, sí encuentra apoyo lógico y jurídico en la aplicación de los principios generales del Derecho, y básicamente en el sistema de “enriquecimiento injusto”, “enriquecimiento torticero” o “condictio sine causa”, debiendo de restituirse, en tales casos, al tercero, el valor de la prestación efectivamente realizada, en la cuantía en que coincide el provecho o enriquecimiento obtenido por la Administración y el correlativo empobrecimiento para aquél a cuya costa se realizó la prestación, criterio aplicado por la Jurisprudencia del Tribunal Supremo en sentencias de 22 de enero de 1975, 21 de Abril de 1976, 3 de noviembre de 1980, 9 de noviembre de 1999, 27 de diciembre de 1999 y 25 de octubre de 2005. Todas ellas parten de la existencia en tal caso de irregularidades en el trato precontractual. Sin embargo, esta nulidad de pleno derecho predicada de cualquier relación negocial entre Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 14 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 la Administración y terceros interesados, tiene consecuencias jurídicas para ambas partes, ya que, existe una obra o suministro real, cuya propiedad corresponde a la Administración, por lo que, de no ser pagada, se producirá un enriquecimiento injusto del Ayuntamiento. 3.3.- En orden a la posibilidad de aplicar a los estados de gastos del presente ejercicio gastos materiales de esta naturaleza procedentes de ejercicios anteriores, si así fuera el caso, resulta posible al amparo de las ya citadas previsiones de los art. 26.c) y 60.2 RD 500\1990, que vienen a excepcionar el principio de anualidad presupuestaria del art. 176.1 TRLRHL. En este sentido se pronuncia rotundamente la doctrina (MANUAL DE PRESUPUESTOS Y CONTABILIDAD, Publicaciones Abella, El Consultor, Salvador Arnal Suría y Jesús María González Pueyo, Edición 1991, pags. 32 a 36), que entiende como ya se ha dicho que el art. 60.2 RD 500/90 viene a mantener como excepción al principio de anualidad en la ejecución del presupuesto la posibilidad de imputar al mismo las obligaciones reconocidas extrajudicialmente por gastos procedentes de ejercicios anteriores. En el mismo sentido, declara la Audiencia de Canarias que “si bien la obligación voluntaria adquirida con contravención del artículo 173.5 del TRLRHL no puede entenderse debidamente adquirida, la obligación ex lege en que se transforma a instancias del acreedor sí puede considerarse debidamente adquirida y, en consecuencia, las nacidas en ejercicios anteriores pueden imputarse al corriente. 3.4.- Será órgano competente para el reconocimiento extrajudicial de créditos el Pleno, por así establecerlo los arts. 50.12 ROF, art. 23.1.e) del Texto Refundido de Régimen Local, y art. 60.2 RD 500/90, con posible delegación vía bases de ejecución del presupuesto, al amparo del art. 60.3 RD 500/90, actualmente no efectuada. A tal efecto, la Base 17.6 de Ejecución del presupuesto 'Reconocimiento extrajudicial de créditos' establece que el reconocimiento extrajudicial de créditos corresponderá al Pleno en todo caso, y que podrán ser imputadas al presupuesto de gastos del ejercicio corriente todas aquellas obligaciones que nazcan y se reconozcan en base a la doctrina del enriquecimiento injusto, previa tramitación del correspondiente expediente en el que deberá acreditarse que las prestaciones facturadas han sido efectivamente realizadas, sea en el ejercicio corriente o en ejercicios cerrados, y concurren circunstancias que determinan que las mismas no han sido debidamente contratadas. 3.5.- Debe señalarse que el reconocimiento extrajudicial de una obligación no impide que quepa también exigencia de responsabilidades a quienes hubieran ocasionado la aparición del gasto con perjuicio para la hacienda municipal, al amparo del art. 21 de la Ley General Presupuestaria según el cual “Las autoridades y funcionarios en general que con sus actos u omisiones y mediante dolo, culpa o negligencia perjudiquen a la Hacienda Pública, incurrirán en las responsabilidades civil, penal o disciplinaria que en cada caso proceda.”” 3.6.- Tal exigencia de responsabilidades viene regulada por el Real Decreto 429/1993, de 26 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial. Dicha exigencia de responsabilidad puede ser previa, simultánea o posterior a la resolución administrativa adoptada de reconocimiento extrajudicial de obligaciones.” Por lo expuesto al Pleno propongo adopte acuerdo con las disposiciones siguientes: PRIMERA: Aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos ORECO 08/2015, por importe total de 235.685,76 euros, resolviendo de este modo el reparo de la intervención municipal formulado en cada una de las facturas contenidas en dicho expediente, a la vista de que se trata de Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 15 de 141 FIRMADO actuaciones ya realizadas a satisfacción municipal, que suponen la existencia de gastos previos ya soportados por el contratista los cuales, de no reconocerse por el Ayuntamiento, comportarían un enriquecimiento injusto para éste. Las facturas sobre las que se efectúa reconocimiento extrajudicial del gasto, son las siguientes: Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 16 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 clave C Fecha Nombre Texto Explicativo Referencia Importe Total F/2015/694 9-mar-15 MANUEL JIMENEZ TOLEDO SL F/2015/888 30-mar-15 ACCIONA SERVICIOS URBANOS S.R.L. CERTIFICACION Nº1 Y FINAL VALLADO PARQUE EN PDA. LA CANUTA CERTIFICACION Nº 30 SERVICIO TRASLADO RSU A CAMPELLO PERIODO ENERO/2015 ( 137 viajes ) A F/2015/1567 18-may-15 ACCIONA SERVICIOS URBANOS S.R.L. CERTIFICACION Nº 31 RECOGIDA R.S.U. PARA 22015003551 TRASLADO A CAMPELLO FEBRERO/2015 ( 140 viajes ) - A F/2015/2141 24-jun-15 ACCIONA SERVICIOS URBANOS S.R.L. A F/2015/2142 24-jun-15 ACCIONA SERVICIOS URBANOS S.R.L. A F/2015/2458 20-jul-15 ACCIONA SERVICIOS URBANOS S.R.L. A F/2015/2459 20-jul-15 ACCIONA SERVICIOS URBANOS S.R.L. CERTIFICACION Nº 32 SERVICIO DE RECOGIDA DE R.S.U. PARA SU TRASLADO A CAMPELLO MARZO/2015 ( 195 viajes ) CERTIFICACION Nº 33 SERVICIO DE RECOGIDA DE R.S.U. PARA SU TRASLADO A CAMPELLO ABRIL/2015 ( 186 viajes ) CERTIFICACION Nº 34 SERVICIO DE RECOGIDA DE R.S.U. PARA SU TRASLADO A CAMPELLO MAYO/2015 ( 153 viajes ) CERTIFICACION Nº 35 SERVICIO DE RECOGIDA DE R.S.U. PARA SU TRASLADO A CAMPELLO JUNIO/2015 ( 176 viajes ) -- A Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Núm TOTAL -- -- -- Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 22015000242 22015002168 22015004392 22015004393 22015005056 22015005057 TOTAL aplicación 4.073,37 1710-2100001 RMC PARQUES Y JARDINES 32.148,83 1621-2270002 TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (Planta El Campello) 32.852,82 1621-2270002 TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (Planta El Campello) 45.759,29 1621-2270002 TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (Planta El Campello) 43.647,32 1621-2270002 TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (Planta El Campello) 35.903,44 1621-2270002 TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (Planta El Campello) 41.300,69 1621-2270002 TRANSPORTE DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (Planta El Campello) 235.685,76 -- Observaciones --------- Página 17 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Expte claves 05_2015 A RESUMEN REPAROS 6 B Gastos realizados sin expediente de contratación previo exigible (superación en cómputo anual BEP 17) Gastos que exceden del alcance de lo contratado 0 0,00 C Presumible fraccionamiento del objeto del contrato 1 4.073,37 D 0 0,00 E Gastos que contravienen el principio de anualidad presupuestaria Otras situaciones (observaciones) 0 0,00 F Gastos fuera de la competencia municipal 0 0,00 múltiple Gastos en situacion múltiple Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ IMPORTE -- total -- ejercicio -- Gastos realizados en el ejercicio -- Gastos realizados en ejercicios anteriores -- 2015 ant 2015 total -- 231.612,39 0 0,00 7 235.685,76 importe 235.685,76 0,00 235.685,76 SEGUNDA: Notificar el presente acuerdo a los interesados y dar cuenta a la Intervención municipal, para su conocimiento, efectos.” Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Promoción Económica, emitido por mayoría, en sentido favorable a la propuesta. Intervino la Sra. Sala exponiendo que seguían insistiendo en la necesidad de sacar fuera del reconocimiento extrajudicial de créditos algunas facturas que correspondían a contratos que se estaban preparando en el Departamento de Contratación. Hasta que eso fuera una realidad, todos los meses tenían que seguir haciendo ese trámite para que los proveedores pudieran cobrar. Por otra parte, si se fijaban en la cuantía, casi todo correspondía a facturas del transporte de residuos a la planta de El Campello. Intervino el Sr. Cabrera dando un primer turno de intervenciones. Intervino el Sr. Perles indicando que les constaba que se pretendía agrupar una serie de facturas para que salieran a licitación pública. Por otra parte, había comentado con el Sr. Cabrera que había un servicio en la central de compras de la Diputación, en el que una empresa se inscribía y después era avisada para la contratación, le parecía perfecto, y aprovechaba para que se le diera un poco de publicidad institucional. Intervino la Sra. Herrada para señalar que su voto iba a ser en contra, no porque estuvieran en contra de que las empresas cobraran sino por el reparo del Interventor. Sometido el dictamen a votación se pronunciaron a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, y el Sr. Presidente, total 12 votos. Votando en contra los Sres. D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz, Dª. Ascensión López Moreno, D. Juan Cañas Salcedo, Dª. Linda Margaret Herrada keen, D. Joaquin Perles Pérez y D. Carlos Ortín Tomás, total 8 votos. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 18 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 La Corporación, por mayoría acordó aprobar el mismo. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 5.- APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE ORECO 09/2015 DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS.- De acuerdo con lo dispuesto en el art. 49.1 del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Calp, se sometió a votación la inclusión, pronunciándose a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, D. Juan Cañas Salcedo, Dª. Linda Margaret Herrada keen, D. Joaquin Perles Pérez, D. Carlos Ortín Tomás y el Sr. Presidente, total 16 votos. Absteniéndose los Sres. D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz y Dª. Ascensión López Moreno, total 4 votos. La Corporación, por mayoría acordó aprobar la inclusión. En el expediente consta una propuesta de la Concejalía Delegada que dice lo siguiente: “MANUEL J. CABRERA FERNÁNDEZ-PUJOL, CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA DEL AYUNTAMIENTO DE CALP, al Pleno del mismo expone: Al Ayuntamiento le han sido pasadas al cobro las facturaciones incluidas en el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos ORECO 09/2015, a las cuales la intervención municipal ha formulado en la aplicación FIRMADOC nota de reparo del art. 215 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que establece que si en el ejercicio de la función interventora el órgano interventor se manifestara en desacuerdo con el fondo o con la forma de los actos, documentos o expedientes examinados, deberá formular sus reparos por escrito antes de la adopción del acuerdo o resolución. Para todas las facturas incluidas en el expediente se ha acreditado en la aplicación informática FIRMADOC la efectiva realización de las prestaciones facturadas. Por la intervención municipal se ha emitido informe con las consideraciones siguientes: “1.- Todas las facturaciones incluidas en el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos ORECO 09/2015 (Anexo I del presente informe) son el resultado de una contratación administrativa, expresa o tácita, que debió realizarse tanto con cumplimiento del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y normativa de desarrollo o complementaria, como con cumplimiento de las Bases de Ejecución del Presupuesto municipal. En el Anexo I se relacionan los gastos incluidos en el Expediente. 2.- Reparos de la intervención. 2.1.- Causas de los reparos emitidos. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 19 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 El reparo de la intervención trae causa, en líneas generales, de alguna de las situaciones siguientes: A) Gastos realizados sin expediente de contratación previo exigible, por ser de importe superior al fijado en la Base 17.3.1 'Competencias en el gasto' de Ejecución del Presupuesto, importe que fue de 3.250 € para el presupuesto de 2007 y siguientes en situación de prórroga (2008, 2009 y 2010) y de 4.000,00 €, IVA no incluido para los presupuestos de 2011 y 2.012. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ B) Gastos que traen causa de contratación efectuada en forma, pero que exceden del alcance de lo contratado, (ejemplo: gastos correspondientes a modificaciones de proyectos de obras contratadas, sin aprobación de la modificación de proyecto). C) Presumible fraccionamiento del objeto del contrato, por corresponder a un mismo o análogo concepto repetidamente facturado, con acumulado superior al fijado en la Base 17.3.1 'Competencias en el gasto' de Ejecución del Presupuesto, sin existencia de expediente de contratación. D) Gastos que contravienen el principio de anualidad presupuestaria del art. 176.1 “Temporalidad de los créditos” del TRLRHL y art. 26.1 RD 500/1990, que establecen que “Con cargo a los créditos del estado de gastos de cada presupuesto sólo podrán contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propio ejercicio presupuestario. Las excepciones que se contemplan para este principio son las del art. 26.2 del RD 500/90, y que no alcanzan a la facturación presentada, pueden ser: a) Las que resulten de la liquidación de atrasos a favor del personal que perciba sus retribuciones con cargo a los presupuestos generales de la entidad local [art. 157.2.a) LRHL]. b) Las derivadas de compromisos de gastos debidamente adquiridos en ejercicios anteriores. En el supuesto establecido en el artículo 47.5 se requerirá la previa incorporación de los créditos correspondientes. (creditos financiados con ingresos afectados) c) Las obligaciones procedentes de ejercicios anteriores a que se refiere el artículo 60.2 del presente Real decreto (reconocimiento extrajudicial de créditos) Corresponden en general a gastos efectuados sin existencia de crédito presupuestario suficiente en la anualidad o momento de su ejecución, y que aún siendo posibles a la vista de su importe sin necesidad de expediente de contratación previo, o por la existencia de un expediente de contratación tramitado en forma, no pudieron ser aplicados en la anualidad de ejecución por insuficiencia de crédito. E) Otras situaciones, en las que se señala la causa del reparo de la intervención. F) Gastos fuera de la competencia municipal, derivados del nuevo régimen competencial derivado del nuevo régimen jurídico de las competencias municipales determinado por el art. 25 de la Ley Reguladora de las Bases de régimen Local, en su redacción dada por la Ley 27/2013, 27 diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, vigente desde el 31 de diciembre 2013, a la vista igualmente de la Nota de 4 de marzo de 2013 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. 2.2.- Efecto de los reparos. El art. 216.2 TRLRHL prevé, para un acto de disposición de gastos, la suspensión en la Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 20 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 tramitación del expediente, en los casos de omisión en el expediente de requisitos o trámites esenciales. 2.3.- Resolución de los reparos. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ TRLRHL Artículo 217 Discrepancias 1. Cuando el órgano a que afecte el reparo no esté de acuerdo con este, corresponderá al presidente de la entidad local resolver la discrepancia, siendo su resolución ejecutiva. Esta facultad no será delegable en ningún caso. 2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, corresponderá al Pleno la resolución de las discrepancias cuando los reparos: a) Se basen en insuficiencia o inadecuación de crédito. b) Se refieran a obligaciones o gastos cuya aprobación sea de su competencia. En este sentido, debe señalarse que el reconocimiento de obligaciones extrajudiciales es competencia del Pleno, como se señala más adelante. 3.- El reconocimiento extrajudicial de créditos. 3.1.- El reconocimiento extrajudicial de crédito de un tercero frente al Ayuntamiento es figura jurídica expresamente contemplada en el ordenamiento local vigente, en el art. 23.e) del Texto Refundido de Régimen Local, en el art. 50.12 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales (R.D. 2568/86) y en el art. 60.2 RD 500/90. A ello debe añadirse que en la cuenta general de cada ejercicio, se da cuenta a la Sindicatura de Comptes del número de expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos aprobados y del volumen económico que los mismos suponen. Ahora bien, como declara la Audiencia de Cuentas de Canarias en el informe de fiscalización del expediente de reconocimiento extrajudical de crédito nº 1/2009, del Ayuntamiento de Mogán (Gran Canaria), “Si bien, de la interpretación de los artículos. 26.2.c) y 60.2 del Real Decreto 500/1990 puede desprenderse que, previo reconocimiento por parte del Pleno, pueden aplicarse al Presupuesto vigente gastos realizados en ejercicios anteriores, debe entenderse que esta excepción se contempla para convalidar situaciones puntuales irregulares y no como una posibilidad regulada para realizar sistemáticamente gastos sin la suficiente consignación presupuestaria, debido a que esta práctica vulnera el principio general presupuestario respecto al carácter limitativo de los créditos para gastos.” 3.2.- La necesidad de proceder al reconocimiento de tales créditos proviene, por otra parte, de la doctrina del Tribunal Supremo reiterada y constante de que actuándose en la práctica como si mediara contrato, esto es, satisfaciéndose por una de las partes determinadas prestaciones, con conocimiento expreso de la otra parte (Ayuntamiento) de la existencia de las mismas, la parte receptora de tales prestaciones debe a la otra el precio correspondiente, ya que si así no fuera se produciría un enriquecimiento injusto por una de las partes (el Ayuntamiento), que en el presente caso recibiría sin dar a cambio. Cabe citar al respecto por todas la STS de 11 de mayo de 1989 (Ar. 4488). Y ello aún cuando el art. 173.5 TRLRHL establezca que no podrán adquirirse Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 21 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 compromisos de gastos por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en los estados de gastos, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones y actos administrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar, ya que la Jurisprudencia del Tribunal Supremo tienen reiteradamente declarado que son de obligado cumplimiento los compromisos de gastos adquiridos con infracción del precepto. Igualmente el Tribunal Supremo en sus sentencias de 15 de julio de 1985, 21 de marzo de 1991 y 24 de julio de 1992, entre otras, reconoce la obligación de indemnizar a cargo de la Administración con fundamento en el enriquecimiento injusto. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ En el mismo sentido, la Audiencia de Cuentas de Canarias dice: En este sentido, existe desde antiguo una amplia línea jurisprudencial que ha venido a declarar que los contratos administrativos, precisan de forma escrita para su celebración, por lo que un convenio celebrado sin formalidad alguna, por gestión directa verbal entre el Ayuntamiento y una Sociedad Anónima no es un verdadero contrato administrativo, sino un pacto nulo a tenor del artículo cuarto del Código Civil e inoperante, por lo tanto, para servir de base a reclamaciones administrativas fundadas en él (sentencia del Tribunal Supremo, 4 de julio de 1950). En el mismo sentido la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de abril de 1976; expresa que, ante: “Un contrato concertado por una Corporación Local con ausencia de trámites, no puede hablarse de efectos de él dimanantes directamente, y de haberse producido cualquier tipo de prestaciones entre las partes, nunca sería permisible sujetarlas en la regulación de sus efectos a la Ley de Contratos, sino al juego de los principios generales del ordenamiento jurídico, en su caso, al del enriquecimiento injusto”. En la misma línea, la sentencia del Tribunal Supremo de 13 de julio de 1989, al configurar la contratación administrativa como eminentemente formal, entiende que la verbal ostenta el carácter de pacto radicalmente nulo, y no produce, en consecuencia, efectos derivados de su inexistencia jurídica; conclusión jurídica, que no puede desconocer la real existencia de prestaciones, cuyas consecuencias, si bien no pueden ampararse ni justificarse legalmente en ninguna figura contractual, sí encuentra apoyo lógico y jurídico en la aplicación de los principios generales del Derecho, y básicamente en el sistema de “enriquecimiento injusto”, “enriquecimiento torticero” o “condictio sine causa”, debiendo de restituirse, en tales casos, al tercero, el valor de la prestación efectivamente realizada, en la cuantía en que coincide el provecho o enriquecimiento obtenido por la Administración y el correlativo empobrecimiento para aquél a cuya costa se realizó la prestación, criterio aplicado por la Jurisprudencia del Tribunal Supremo en sentencias de 22 de enero de 1975, 21 de Abril de 1976, 3 de noviembre de 1980, 9 de noviembre de 1999, 27 de diciembre de 1999 y 25 de octubre de 2005. Todas ellas parten de la existencia en tal caso de irregularidades en el trato precontractual. Sin embargo, esta nulidad de pleno derecho predicada de cualquier relación negocial entre la Administración y terceros interesados, tiene consecuencias jurídicas para ambas partes, ya que, existe una obra o suministro real, cuya propiedad corresponde a la Administración, por lo que, de no ser pagada, se producirá un enriquecimiento injusto del Ayuntamiento. 3.3.- En orden a la posibilidad de aplicar a los estados de gastos del presente ejercicio gastos materiales de esta naturaleza procedentes de ejercicios anteriores, si así fuera el caso, resulta posible al amparo de las ya citadas previsiones de los art. 26.c) y 60.2 RD 500\1990, que vienen a excepcionar el principio de anualidad presupuestaria del art. 176.1 TRLRHL. En este sentido se pronuncia rotundamente la doctrina (MANUAL DE PRESUPUESTOS Y CONTABILIDAD, Publicaciones Abella, El Consultor, Salvador Arnal Suría y Jesús María González Pueyo, Edición 1991, pags. 32 a 36), que entiende como ya se ha dicho que el art. 60.2 RD 500/90 viene a mantener como excepción al principio de anualidad en la ejecución del presupuesto la posibilidad de imputar al mismo las obligaciones reconocidas extrajudicialmente por gastos procedentes de ejercicios anteriores. En el mismo sentido, declara la Audiencia de Canarias que “si bien la obligación voluntaria Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 22 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 adquirida con contravención del artículo 173.5 del TRLRHL no puede entenderse debidamente adquirida, la obligación ex lege en que se transforma a instancias del acreedor sí puede considerarse debidamente adquirida y, en consecuencia, las nacidas en ejercicios anteriores pueden imputarse al corriente. 3.4.- Será órgano competente para el reconocimiento extrajudicial de créditos el Pleno, por así establecerlo los arts. 50.12 ROF, art. 23.1.e) del Texto Refundido de Régimen Local, y art. 60.2 RD 500/90, con posible delegación vía bases de ejecución del presupuesto, al amparo del art. 60.3 RD 500/90, actualmente no efectuada. A tal efecto, la Base 17.6 de Ejecución del presupuesto 'Reconocimiento extrajudicial de créditos' establece que el reconocimiento extrajudicial de créditos corresponderá al Pleno en todo caso, y que podrán ser imputadas al presupuesto de gastos del ejercicio corriente todas aquellas obligaciones que nazcan y se reconozcan en base a la doctrina del enriquecimiento injusto, previa tramitación del correspondiente expediente en el que deberá acreditarse que las prestaciones facturadas han sido efectivamente realizadas, sea en el ejercicio corriente o en ejercicios cerrados, y concurren circunstancias que determinan que las mismas no han sido debidamente contratadas. 3.5.- Debe señalarse que el reconocimiento extrajudicial de una obligación no impide que quepa también exigencia de responsabilidades a quienes hubieran ocasionado la aparición del gasto con perjuicio para la hacienda municipal, al amparo del art. 21 de la Ley General Presupuestaria según el cual “Las autoridades y funcionarios en general que con sus actos u omisiones y mediante dolo, culpa o negligencia perjudiquen a la Hacienda Pública, incurrirán en las responsabilidades civil, penal o disciplinaria que en cada caso proceda.”” 3.6.- Tal exigencia de responsabilidades viene regulada por el Real Decreto 429/1993, de 26 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de responsabilidad patrimonial. Dicha exigencia de responsabilidad puede ser previa, simultánea o posterior a la resolución administrativa adoptada de reconocimiento extrajudicial de obligaciones.” Por lo expuesto al Pleno propongo adopte acuerdo con las disposiciones siguientes: PRIMERA: Aprobar el expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos ORECO 09/2015, por importe total de 113.924,39 euros, resolviendo de este modo el reparo de la intervención municipal formulado en cada una de las facturas contenidas en dicho expediente, a la vista de que se trata de actuaciones ya realizadas a satisfacción municipal, que suponen la existencia de gastos previos ya soportados por el contratista los cuales, de no reconocerse por el Ayuntamiento, comportarían un enriquecimiento injusto para éste. Las facturas sobre las que se efectúa reconocimiento extrajudicial del gasto, son las siguientes: Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 23 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 ANEXO I RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Expdte. ORECO 09/2015 clave C C C Núm. Fecha Nombre F/2015/2170 29-jun-15 IKZ CONSULTORIA AMBIENTAL S.L. F/2015/2366 9-jul-15 GRUPO ALFA 5, SL. SER RADIO LITORAL. Texto Explicativo Referencia / RC 2 RODILLOS Y 8 RODAMIENTOS PARA LIMPIAPLAYAS 22015002733 KASBHORER BT 2000 - PLAYAS CUÑAS PUBLICIDAD RADIOFONICA JUNIO/2015 22015007674 SOLUCION INTEGRAL PLUS EL CONSULTOR AYUNTAMIENTOS DE JULIO/2015 A JUNIO/2016 29,5H. TRABAJO MAQUINA CARGANZO ZAHORRA, TAPANDO ACOMETIDA ELECTRICA, DERRIBAR MURO EN ALMACEN F/2015/2751 4-ago-15 ROSELLO JORRO JOSEFA ARRENDAMIENTO LOCAL EN C/LLIBERTAT 21 AGOSTO/2015 F/2015/2764 5-ago-15 LYRECO ESPAÑA SA MATERIAL VARIO OFICINAS ( pegamento, cinta adh., archivadores, cajetin y carpetas proyectos ) 22015004994 C F/2015/2765 5-ago-15 REPSOL BUTANO S.A. 22015005840 C F/2015/2798 18-ago-15 VAN HERPT VALDIVIA VICTOR F/2015/2809 19-ago-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/2818 19-ago-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/2821 19-ago-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/2828 19-ago-15 VITOGAS ESPAÑA S.A. CUOTA ALQUILER TANQUE INST. DEPORTIVAS M.A. BENITEZ DEL 04/07/15 AL 03/08/15 CICLO "CINEMA A LA MAR" JULIO/2015 - CULTURA CUOTA LINEA TELF. 965834290 OFICINA EN C/LLIBERTAT (linea de la alarma ) CUOTA LINEA TELF. 965832170 AGOSTO/2015 - FAX DPTO. URBANISMO CUOTA LINEA TELF. 965972225 AGOSTO/2015 OLTAMAR 8H - MEDIO AMBIENTE SUMINISTRO DE 1.385,100 KGS. DE PROPANO CAMPO DE FUTBOL Y PABELLON D. CRESPO SERVICIO DE ASISTENCIA JURIDICA Y JUDICIAL JULIO/2015 22015005945 C A C C C C C F/2015/2403 13-jul-15 WOLTERS KLUWER ESPAÑA SA F/2015/2739 4-ago-15 TUR CALATAYUD JOSE ANTONIO múltiple F/2015/2878 21-ago-15 NOGUERA ABOGADOS & ASESORES SL C F/2015/2885 21-ago-15 GRAFICAS TUR CALPE S.L. 1000 SOBRES AMERICANOS - OFICINAS C F/2015/2906 21-ago-15 BRICO AITANA S.L. C F/2015/2909 22-ago-15 EDITORA DE MEDIOS DE VALENCIA,ALICANTE Y CASTELLO SA F/2015/2938 26-ago-15 PASTOR FERRER MARIA ENGRACIA F/2015/2942 27-ago-15 COMERCIAL CALPE SL D C 22015007675 22015005846 22015004866 22015004379 22015005951 22015005946 2215005952 22015005911 22015005093 1 SILLON STAY C/BR PUL NEGRO AZ PARA JUAN 22015005423 CERVANTES. PUBLICACION ESPECIAL SEMANA SANTA COLOR EL 22015007676 30/03/15 - PERIODICO EL MUNDO ARRENDAMIENTO SOLAR EN C/MALTA AÑO 2014 PARA PARKING DE VEHICULOS 70 BOLSAS BASURA BELSACK 55*60 AZUL PARA CASA CULTURA. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 22015007677 22015005078 Importe -- 2.040,97 1722-2130016 RMC EQUIPOS VARIOS PLAYAS 1.452,00 4910-2260201 PUBLICIDAD INSTITUCIONAL EN MEDIOS COMUNICACION 2.388,88 9200-2200102 PUBLICACIONES, AD. GRAL. 1.249,33 1530-2100004 RMC CARRETERAS, CAMINOS Y VIAS PUBLICAS Observaciones ----- 573,26 1300-2020005 ARRENDº LOCAL -SEDE POLICIA LOCAL DE BARRIO 156,28 9200-2200001 MATERIAL VARIO -OFICINA E IMPRENTA SERVICIOS GENERALES 50,75 3420-2130019 RMC DEPOSITOS GLP -INSTALACIONES DEPORTIVAS 2.123,55 3340-2260901 GASTOS -FUNCIONAMIENTO CULTURA 57,33 1350-2220004 COMUNIC. TELEF. -SERV. VARIOS PROTEC. CIVIL 18,82 9200-2220001 COMUNIC. TELEF. -SERV. VARIOS AD. GRAL. 21,39 1720-2220013 COMUNIC. TELEF. -SERV. VARIOS MEDIO AMBIENTE 2.979,89 3420-2210201 SUMINISTRO GAS -EDUCACION FISICA Y DEPORTES 3.500,23 9200-2260401 GASTOS -PROCESALES, Y DE REPRESENT. Y DEFENSA AYUNTAMIENTO 60,50 9200-2200001 MATERIAL VARIO -OFICINA E IMPRENTA SERVICIOS GENERALES 294,99 9200-6250001 MOBILIARIO SERV. -GRALES. 726,00 4910-2260201 PUBLICIDAD -INSTITUCIONAL EN MEDIOS COMUNICACION 1.644,91 1330-2000004 ARRENDº SOLARES -PARA APARCAMIENTO PÚBLICO 79,80 3340-2211002 PRODUCTOS -LIMPIEZA Y ASEO, CASA CULTURA Página 24 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 clave C Núm. Fecha Nombre F/2015/2948 28-ago-15 PASTOR TORREGROSA RAFAEL MANUEL F/2015/2953 28-ago-15 MATERIALES DE CONSTRUCCION MARINA BAIXA S L múltiple F/2015/3009 1-sep-15 GUILLERMO OLTRA S.L.U. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ C Texto Explicativo Referencia / RC 1 FAX LASER BROTHER2840 Y MATERIAL VARIO 22015004057 OFICINAS , POLICIA LOCAL, DPTO.COMUNICACIONES, a ALCALDIA , GUARDERIA, TALLER OC. 22015005667 1 PALET SACOS CEMENTO GRIS Y 1 PAR GUANTES 22015004844 PIEL GRIS - INST. MIGUEL A. BENITEZ 450 m2. PAVIMENTO ANTIDESLIZANTE "MAXIIME TAIGA NOGAR 15x60 " PARA PISCINA MUNICIPAL 22015005428 22015005420 C F/2015/3016 2-sep-15 LYRECO ESPAÑA SA MATERIAL VARIO OFICINAS C F/2015/3017 2-sep-15 LYRECO ESPAÑA SA 40 PK50 CARTULINA IRIS A4 BLANCO PARA OFICINAS 22015005666 DE PARTICIPACION CIUDADANA C F/2015/3050 4-sep-15 REPSOL BUTANO S.A. C F/2015/3058 4-sep-15 BRICO AITANA S.L. CUOTA ALQUILER TANQUE INST. DEPORTIVAS M.A. 22015006278 BENITEZ DEL 04/08/15 AL 03/09/15 C F/2015/3051 4-sep-15 WOLTERS KLUWER ESPAÑA SUSCRIPCION EL CONSULTOR ON - LINE DEL 09/2015 22015006314 SA AL 08/2016 múltiple F/2015/3053 4-sep-15 NOGUERA ABOGADOS & SERVICIO DE ASISTENCIA JURIDICA Y JUDICIAL 22015006280 ASESORES SL AGOSTO/2015 MATERIAL VARIO FERRETERIA PARA JARDINES, PLAYAS Y PSO. PRINCIPE ASTURIAS C F/2015/3059 4-sep-15 GRUPO ALFA 5, SL. SER CUÑAS PUBLICIDAD " ADIOS VERANO 2015 SABADO RADIO LITORAL. 29 DE AGOSTO " - JUVENTUD múltiple F/2015/3075 8-sep-15 EFFES ESTUDIO JURIDICO ASESORAMIENTO JURIDICO Y DEFENSA EN PLEITO SL SEPTIEMBRE/2015 C 22015005962 22015004436 22015005828 22015006335 E F/2015/3077 9-sep-15 VAN HERPT VALDIVIA VICTOR F/2015/3082 9-sep-15 CRUZ ROJA ESPAÑOLA CICLO "CINEMA VORA LA MAR" AGOSTO/2015 22015004380 CULTURA COBERTURA PREVENTIVA "RALLY ESCALADA 2015" 22015006344 EL 02/05/15 1 AMBULANCIA, 1 SANITARIO Y 1 CONDUCTOR E F/2015/3083 9-sep-15 CRUZ ROJA ESPAÑOLA COBERTURA PREVENTIVA "CICLISMO TROFEO VILLA 22015006343 DE CALP " EL 22/03/15- 1 AMBULANCIA, 2 SANITARIO Y 2 CONDUCTORES E F/2015/3084 9-sep-15 CRUZ ROJA ESPAÑOLA COBERTURA PREVENTIVA "COSTA BLANCA CUP 2015", DEL 6 AL 10 JULIO/2015- 1VEHICULO ASISTENCIAL,1 SANITARIO Y 1 CONDUCTOR 22015004798 C F/2015/3086 9-sep-15 ELECTRONIC TRAFIC S.A. 22015006293 C F/2015/3094 10-sep-15 COMERCIAL CALPE SL REPARACION SEMAFOROS CRUCE EN AVDA. GENERALITAT CON AVDA. DIPUTACION 4 UDS SILICONA KRAFFT TRANSPARENTE PARA DPTO.CERRAJERIA. C F/2015/3095 10-sep-15 COMERCIAL CALPE SL C E 1 CILINDRO CISA - CERRADURA BAÑOS TEATRO ODEON CASA CULTURA F/2015/3096 10-sep-15 COMERCIAL CALPE SL CERRADURA OJMAR ( oficinas sindicatos ), CERRADURA, MANGUERA, CONEXION GRIFO Y CONECTOR AUTOMATICO ( Casa Cultura ) F/2015/3100 10-sep-15 SANCHIZ BOLOIX EVARISTO SONORIZACION E ILUMINACION FERIA ANDALUCIA DEL 09 AL 12 DE JULIO/2015 Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 22015005799 22015005965 22015005800 22015005954 22015004885 Importe -- Observaciones 804,65 Multiaplicación -- 133,20 3420-2120011 RMC EDIF. E INSTALAC. DEPORTIVAS -- 5.837,04 3420-6320104 REHABILITACIÓN -EDIFICIOS E INSTALACIONES DEPORTIVAS 926,69 9200-2200001 MATERIAL VARIO -OFICINA E IMPRENTA SERVICIOS GENERALES 137,46 9200-2200001 MATERIAL VARIO -OFICINA E IMPRENTA SERVICIOS GENERALES 50,75 3420-2130019 RMC DEPOSITOS GLP -INSTALACIONES DEPORTIVAS 345,68 9200-2200102 PUBLICACIONES, AD. -GRAL. 3.500,23 9200-2260401 GASTOS -PROCESALES, Y DE REPRESENT. Y DEFENSA AYUNTAMIENTO 3.918,29 Multiaplicación -145,20 3342-2269925 GASTOS -FUNCIONAMIENTO JUVENTUD 3.448,50 9200-2260401 GASTOS -PROCESALES, Y DE REPRESENT. Y DEFENSA AYUNTAMIENTO 2.123,55 3340-2260901 GASTOS -FUNCIONAMIENTO CULTURA 247,90 3410-2260904 GASTOS Acto del que no consta FUNCIONAMIENTO DEPORTES acuerdo municipal, susceptible de ser considerado subvención 288,55 3410-2260904 GASTOS Acto del que no consta FUNCIONAMIENTO DEPORTES acuerdo municipal, susceptible de ser considerado subvención 427,72 3410-2260904 GASTOS Acto del que no consta FUNCIONAMIENTO DEPORTES acuerdo municipal, susceptible de ser considerado subvención 360,77 1330-2130014 RMC SEMAFOROS -8,82 9200-2120001 RMC CASA -CONSISTORIAL Y OTRAS DEPENDENCIAS 11,40 3340-2120010 RMC CASA CULTURA -108,59 Multiaplicación 1.000,67 3380-2269921 GASTOS FUNCIONAMIENTO FIESTAS POPULARES -Acto no organizado por el Ayuntamiento, lo que se considera subvención Página 25 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 clave Fecha Nombre Texto Explicativo Referencia / RC C F/2015/3123 15-sep-15 GRAFICAS TUR CALPE S.L. 1.000 CARPETAS EN CARTULINA AZUL "EXPEDIENTES 22015006238 " - OFICINAS C F/2015/3124 15-sep-15 GRAFICAS TUR CALPE S.L. 1.000 TRIPTICOS "CONCURSO CARTEL Y 22015005156 FOTOGRAFIA MOROS Y CRISTIANOS " - CULTURA F/2015/3131 15-sep-15 GRAFICAS TUR CALPE S.L. 1000 TARJETAS DE VISITA IMPRESAS A UNA CARA 22015006312 PARA JAN VAN PARIJS Y JOSE PERLES - TURISMO F/2015/3133 15-sep-15 INFORMACION. EDITORIAL PUBLICACION EDICTO PROFESOR FORMACION BASIS 22015005925 PRENSA ALICANTINA, S. A. Y ESPECIFICA EL 25/08/15 C C Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Núm. C F/2015/3135 15-sep-15 ANCOMARO S L C F/2015/3137 15-sep-15 COMERCIAL ROLDAN SL C F/2015/3142 16-sep-15 C F/2015/3143 16-sep-15 C F/2015/3144 16-sep-15 C F/2015/3146 17-sep-15 C F/2015/3154 17-sep-15 C F/2015/3155 17-sep-15 SANEAMIENTOS LOGA, S.L. 1 ALIMENTACION INFERIOR (flotador ) Y 1 FLEX DE 50 22015005679 CM PARA OMIC. C 22015005683 C F/2015/3156 17-sep-15 SANEAMIENTOS LOGA, S.L. 1 BOTE DENSO COMPOST, 1 MADEJA CAÑAMO FINO Y 10 TEFLON PEQUEÑO - JARDINES F/2015/3162 18-sep-15 ESTUDI PUBLICITARI - LLUIS 250 UNDS USBS CARDS PROMOCIONALES CON SALVA SL VIDEOS TURISMO F/2015/3165 18-sep-15 ESTUDI PUBLICITARI - LLUIS 2 VINILOS LAMINADO FILTRO UV MATE ZONA KITE SALVA SL SURF CON INSTALACION - PLAYAS F/2015/3166 18-sep-15 COMERCIAL CALPE SL 1 CILINDRO LINCE AULAS C.E.E. GARGASINDI C F/2015/3167 18-sep-15 COMERCIAL CALPE SL 1 ASPIRADOR SOPLADOR TRITURADOR Y TENSOR ALAMBRE, ALAMBRE GALVANIZADO - ALMACEN 22015005977 22015006334 C F/2015/3168 18-sep-15 COMERCIAL CALPE SL C F/2015/3169 18-sep-15 COMERCIAL CALPE SL C F/2015/3171 18-sep-15 COMERCIAL CALPE SL C F/2015/3172 18-sep-15 COMERCIAL CALPE SL C C INVERNAJE MOTOR LANCHA POLICIA LOCAL 22015006427 3 UND. ALCARIZ SUAVIZANTE TEXTIL Y 3 CELEA 22015006272 NEMO PLUS DETERGENTE - ESCUELA INFANTIL SILENE ASOCIACION DE FOMENTO ACTUACION DE DANZAS EN LA PLAZA DE LA VILLA EL 22015001624 DE DANZAS POPULARES - 18/07/15 - CULTURA FODAP ASOCIACION DE FOMENTO ACTUACION DE DANZAS EN PASEO MARITIMO 22015001624 DE DANZAS POPULARES - INFANTA ELENA EL 05/09/2015 FODAP ASOCIACION DE FOMENTO ACTUACION DE DANZAS EN PROCESION DEL 22015001624 DE DANZAS POPULARES - CORPUS EL 07/06/15 FODAP BRICO+ FADGUAY SL VESTUARIO BRIGADAS, 1 CORONA STARRET, 1 22015005900 MARTILLO MAKITA,1 TALADRO PERCUTOR, BATERIA 22015005440 Y CARGADOR - ALMACEN SANEAMIENTOS LOGA, S.L. 12 BOTELLAS DE DESATASCADOR PARA ALMACEN 22015005680 MUNICIPAL Importe -- Observaciones 266,20 9200-2200001 MATERIAL VARIO OFICINA E IMPRENTA SERVICIOS GENERALES 217,80 3340-2260901 GASTOS FUNCIONAMIENTO CULTURA 133,10 4320-2269930 GASTOS FUNCIONAMIENTO TURISMO 96,80 9200-2260204 PUBLICIDAD ADMINISTRATIVA EN MEDIOS DE COMUNICACIÓN 70,29 1320-2140002 RMC PARQUE MOVIL POL. LOCAL 107,36 3230-2269917 GASTOS FUNCIONAMIENTO ESCOLA INFANTIL 1.200,00 3340-2260901 GASTOS FUNCIONAMIENTO CULTURA -- 1.200,00 3340-2260901 GASTOS FUNCIONAMIENTO CULTURA -- 750,00 3340-2260901 GASTOS FUNCIONAMIENTO CULTURA -- ------- 1.592,14 Multiaplicación -- 87,12 9200-2120001 RMC CASA CONSISTORIAL Y OTRAS DEPENDENCIAS 20,36 9200-2120001 RMC CASA CONSISTORIAL Y OTRAS DEPENDENCIAS 18,67 1710-2100001 RMC PARQUES Y JARDINES 2.571,25 4320-2260206 PUBLICIDAD TURISTICA 283,14 1722-2100003 RMC PLAYAS -- 38,90 3230-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA 230,67 Multiaplicación -- 2 PERSIANAS VENECIANAS PARA OFICINAS POLICIA 22015005804 LOCAL. AMARRE RETRACTIL, PISTOLA ANCLAJE, TORNILLOS 22015005956 Y GUANTES - PLAYAS 22015005970 270,00 9200-6250001 MOBILIARIO SERV. GRALES. 186,12 Multiaplicación -- 12 RUEDAS ALEX 1-0482 GIRATORIAS CON FRENO 22015006241 PARA CUNAS GUARDERIA SILENE IFACH 2 TABLEROS PLASTIFICADOS BLANCO, 50 CANTO SIN 22015006240 COLOCAR Y 25 ANGULOS BRICOMATADO PARA COLEGIO OLTA 32,18 3230-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA 100,45 3230-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA -- Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 22015002214 22015005680 22015006337 ----- -- -- -- Página 26 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 clave Fecha Nombre C F/2015/3173 18-sep-15 COMERCIAL CALPE SL C F/2015/3175 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3176 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3177 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3178 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3179 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3180 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3181 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3182 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3183 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3184 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3185 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. C C C Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Núm. C C C C C C C C 22015006237 CUOTA LINEA 965834068 FAX DPTO. COMUNICACIONES - SEPTIEMBRE/2015 CUOTA LINEA 965830812 SEPTIEMBRE/2015 - POLICIA LOCAL CUOTA LINEA 965833304 SEPTIEMBRE/15 FAX ALCALDIA CUOTA LINEA 965834290 SEPTIEMBRE OFIC. EN C/LLIBERTAT ( linea para alarma ) CUOTA LINEA 092 SEPTIEMBRE/2015 - POLICIA LOCAL 22015006616 CUOTA LINEA TELF. 965839000 SEPTIEMBRE POLICIA LOCAL CUOTA LINEA TELF. 965874714 SEPTIEMBRE/15 CENTRO CIVICO CUOTA LINEA TELF. 965835458 SEPTIEMBRE/15 CASA CULTURA CUOTA LINEA TELF. 965837713 SEPTIEMBRE JUZGADO DE PAZ ( linea para alarma ) CUOTA LINEA TELF. 965833416 SEPTIEMBRE - CASA COCO ( linea para alarma ) 22015006609 CUOTA LINEA TELF. 965874823 SEPTIEMBRE JUZGADO DE PAZ CUOTA LINEA TELF. 965972225 SEPTIEMBRE/2015 OLTAMAR 8H - MEDIO AMBIENTE CUOTA LINEA TELF. 965832170 SEPTIEMBRE - FAX URBANISMO LLAVES ACERO Y LLAVIN CABEZAL CHIP SILCA JARDINES SERVICIO Y COLOR ONDARA MATERIAL VARIO PINTURA, AULAS CEE GARGASINDI, S.L. MURO ALMACEN Y CASA CULTURA LOFER E HIJOS SL DETECTOR TERMOVELOCIM. A30XV , ZOCALO BAJO PARA SUSTITUCION DETECTOR EN COCINA CENTRO CIVICO LOFER E HIJOS SL RESETEAR CENTRAL DE INCENDIOS DEJANDOLA SIN ANOMALIAS - C.P. OLTA MOLINES SANZ ANTONIO 1 BIDON ACEITE HLP46 Y 200 SIGAUS - TALLER MECANICO COMERCIAL ROLDAN SL 36 UND. YUMBO CELEA P LAMINADO 2C - ESCUELA INFANTIL SILENE 22015006615 22015006606 22015006611 C C F/2015/3194 21-sep-15 C F/2015/3195 21-sep-15 C F/2015/3196 21-sep-15 C F/2015/3197 21-sep-15 C F/2015/3202 21-sep-15 C F/2015/3203 21-sep-15 COMERCIAL ROLDAN SL C F/2015/3207 22-sep-15 DATACOL HISPANIA SLU ( I.F. TECNICA) C F/2015/3210 22-sep-15 SBIE, S.L. C F/2015/3211 22-sep-15 SBIE, S.L. C Referencia / RC 1 COPIA LLAVE SEGURIDAD Y 2 COPIAS LLAVES NORMALES PARA PUNT JOVE. CUOTA LINEA 900 DE SEPTIEMBRE/2015 F/2015/3186 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3187 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3188 19-sep-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. F/2015/3191 21-sep-15 COMERCIAL CALPE SL C Texto Explicativo 216 UND. HIGIENICO CELEA PREMIUM 200s P.12 ** PLAYAS PINZAS AMPERIMETRICA POCKET, FORMADOR DE JUNTAS NEGRO 200 ML, LIMPIADOR EGR-CARBURAD. 400 ML - TALLER MECANICO 50 UNDS. CONECTORES RJ45 CAT.5E - ALUMBRADO PUBLICO MANO DE OBRA FIJAR CREMALLERA PUERTA AUTOMATICA - POLICIA LOCAL Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 22015006616 22015006609 22015006616 22015006610 22015006609 22015006612 22015006613 22015006615 22015006614 22015006616 Importe -- 7,97 3342-2269925 GASTOS FUNCIONAMIENTO JUVENTUD 43,63 9200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL. 41,36 9200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL. 28,42 1300-2220003 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL LOCAL 25,04 9200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL. 52,74 1350-2220004 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. CIVIL 50,77 1300-2220003 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL LOCAL 210,69 1300-2220003 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS POL LOCAL 45,46 2314-2220005 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS TERCERA EDAD 112,52 3300-2220015 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS CULTURA 103,57 9200-2220002 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUZGº PAZ 19,05 3360-2220017 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS PROTEC. PATRIMº HCO. 22,48 Multiaplicación Observaciones -------------- 21,39 1720-2220013 COMUNIC. TELEF. -SERV. VARIOS MEDIO AMBIENTE 17,82 9200-2220001 COMUNIC. TELEF. -SERV. VARIOS AD. GRAL. 45,36 Multiaplicación -- 22015006302 22015005927 22015006338 22015006239 22015006626 592,97 Multiaplicación -- 54,32 9200-2130006 RMC EXTINTORES -- 22015006622 36,30 9200-2130006 RMC EXTINTORES -- 22015005918 722,37 9200-2140001 RMC PARQUE MOVIL MUNICIPAL 46,66 3231-2269916 GASTOS FUNCIONAMIENTO ENSEÑANZA PRIMARIA 49,39 1722-2269951 GASTOS FUNCIONAMIENTO PLAYAS 164,16 9200-2140001 RMC PARQUE MOVIL MUNICIPAL -- 7,87 1650-2130013 RMC ALUMBRADO PUBLICO 36,30 9200-2120001 RMC CASA CONSISTORIAL Y OTRAS DEPENDENCIAS -- 22015006460 22015006438 22015005665 22015006390 22015006497 ---- -- Página 27 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 clave Núm. Fecha Nombre Texto Explicativo C F/2015/3212 22-sep-15 SBIE, S.L. C F/2015/3215 23-sep-15 HIERROS VILLAJOYOSA, S.A. 117 KG CHAPA DE 8 A 25 GUILLOTINA 50KG DE 22015005823 ANGULO ZINKADO PARA OBRAS TALLER VEHICULOS. C F/2015/3219 23-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN C F/2015/3220 24-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN F/2015/3221 24-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN F/2015/3222 24-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN F/2015/3223 24-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN F/2015/3224 24-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN F/2015/3225 24-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN F/2015/3226 24-sep-15 COMERCIAL ROLDAN SL C 2 TELEFONOS ANALOGICOS FERMAX - C.P. OLTA Referencia / RC 22015006420 5 EJEMPLARES ALGO TAN SENCILLO COMO TWITEAR 22015004067 PARA ESTUDIANTES CON MATRICULAS DE HONOR IES. IFACH PRENSA JUNIO/2015 BIBLIOTECA 22015006643 PRENSA JUNIO/2015 DPTO. COMUNICACIONES 22015006646 PRENSA JUNIO/2015 CENTRO CIVICO 22015006649 PRENSA JULIO/2015 BIBLIOTECA 22015006651 PRENSA JULIO/2015 CENTRO CIVICO 22015006655 PRENSA JULIO/2015 DPTO. COMUNICACIONES 22015006656 ARTICULOS VARIOS LIMPIEZA EDF. MUNICIPALES 22015006398 F/2015/3228 24-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN F/2015/3230 24-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN F/2015/3233 27-sep-15 ROSELLO BLANQUER BENITO F/2015/3241 28-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN PRENSA AGOSTO/2015 BIBLIOTECA 22015006657 PRENSA AGOSTO/2015 CENTRO CIVICO 22015006660 ARRENDAMIENTO ALMACEN EN C/CAPITAN PEREZ JORDA -OCTUBRE/2015 ( ALMACEN ) 4 CARTULINAS, CAJAS CHINCHETAS, FOLIOS Y TACOS NOTAS. - oficinas 22015006678 C F/2015/3242 28-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN C F/2015/3243 28-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN C C F/2015/3244 28-sep-15 VAZQUEZ BORONAD JOAQUIN F/2015/3249 29-sep-15 MOLINES SANZ ANTONIO ADQUISION MATERIAL BIBLIOGRAFICO LIBROS 22015005165 ADULTOS INFANTIL Y JUVENIL BIBLIOTECA JOANOT MARTORELL ADQUISION MATERIAL BIBLIOGRAFICO LIBROS 22015005165 ADULTOS INFANTIL Y JUVENIL BIBLIOTECA JOANOT MARTORELL PRENSA AGOSTO/2015 – DPTO. COMUNICACIONES 22015006672 C F/2015/3250 29-sep-15 C F/2015/3253 29-sep-15 C F/2015/3254 29-sep-15 A F/2015/3255 29-sep-15 C C C C C C C A C múltiple F/2015/3258 29-sep-15 C REPUESTOS VARIOS REPARACION VEHICULOS MUNICIPALES FRAYFER S L REPUESTOS VEHICULOS MUNICIPALES Y TALLER MECANICO PEDRO ROSELLO E HIJOS 4 REGLETA ZALUX ESTANCA 2*16W - C.P. OLTA S.L. PEDRO ROSELLO E HIJOS 20 EQUIPOS ELT ARCE 70W, 36 LAMPARAS MARTES S.L. CITY WHITE - ALUMBRADO PUBLICO ROSELLO BLANQUER RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS 2º SEM BENITO /2015-LOCAL C/CAPITAN PEREZ JORDA - ALMACEN BERTOMEU SUCH GEMA MICROCHIP, PASAPORTE Y VACUNA DE RABIA PERRERA MUNICIPAL 22015003691 22015006500 22015006501 22015006407 22015006638 22015006637 22015006695 22015006697 F/2015/3261 29-sep-15 ALYMAN MAQUINAS TABACO 200 MOCHILAS G681 CON ESTAMPACION - CAMPAÑA 22015006366 SL DONACION DE SANGRE Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Importe -- 54,45 3230-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA 242,48 9200-2120001 RMC CASA CONSISTORIAL Y OTRAS DEPENDENCIAS 94,50 9120-2269935 GASTOS FUNCIONAMIENTO ALCALDIA Observaciones ---- 144,40 3321-2200105 PUBLICACIONES, BIBLIOTECA 376,20 9120-2200101 PUBLICACIONES, ORGANOS GOBIERNO 119,20 2314-2269907 GASTOS FUNCIONAMIENTO TERCERA EDAD 148,60 3321-2200105 PUBLICACIONES, BIBLIOTECA 124,40 2314-2269907 GASTOS FUNCIONAMIENTO TERCERA EDAD 388,60 9120-2200101 PUBLICACIONES, ORGANOS GOBIERNO 3.311,42 9200-2211001 PRODUCTOS LIMPIEZA Y ASEO, AYUNTAMIENTO Y OTROS EDIF MUNICIP 153,20 3321-2200105 PUBLICACIONES, BIBLIOTECA 129,10 2314-2269907 GASTOS FUNCIONAMIENTO TERCERA EDAD 1.061,90 9200-2020003 ARRENDº LOCAL ALMACEN BRIGADAS 13,70 9200-2200001 MATERIAL VARIO OFICINA E IMPRENTA SERVICIOS GENERALES 147,79 3321-2269952 GTOS. FUNCIONAMIENTO BIBLIOTECA -- 358,95 3321-2269952 GTOS. FUNCIONAMIENTO BIBLIOTECA -- 400,60 9120-2200101 PUBLICACIONES, ORGANOS GOBIERNO 1.010,39 Multiaplicación -- 245,04 9200-2140001 RMC PARQUE MOVIL MUNICIPAL 96,03 3230-2120008 RMC CENTROS ENSEÑANZA 1.454,95 1650-2130013 RMC ALUMBRADO PUBLICO 188,38 9200-2020003 ARRENDº LOCAL ALMACEN BRIGADAS 78,00 3111-2269914 GASTOS FUNCIONAMIENTO PERRERA MUNICIPAL 445,28 3110-2269915 GASTOS FUNCIONAMIENTO SANIDAD -- ------------ -- ------ Página 28 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 clave C Núm. Fecha Nombre Texto Explicativo F/2015/3267 1-oct-15 AGRICOLA IVARS SL REPUESTOS Y REPARACION TRACTOR JOHN DEERE MATR.J328/03VE - PLAYAS múltiple F/2015/3392 1-oct-15 GASORBA SL SUMINISTRO DE 6.107,00L DE GASOLEO EL 30/09/15 EN PISCINA MUNICIPAL B F/2015/3427 1-oct-15 ARVAL SERVICE LEASE S.A. RENTING VEHICULOS POLICIA LOCAL MATR.6764HCS Y 6768HCS SEPTIEMBRE/2015 C F/2015/3429 2-oct-15 LYRECO ESPAÑA SA MATERIAL VARIO PARA OFICINAS Referencia / RC 22015006511 22015006973 22015007071 22015006453 C F/2015/3430 2-oct-15 LYRECO ESPAÑA SA MATERIAL VARIO PARA OFICINAS 22015005955 C F/2015/3433 2-oct-15 EVOLUTION GRASS SL 22015002534 C F/2015/3434 2-oct-15 BRICO+ FADGUAY SL C F/2015/3439 5-oct-15 BRICO AITANA S.L. C F/2015/3443 5-oct-15 PASTOR TORREGROSA RAFAEL MANUEL C F/2015/3446 5-oct-15 TUR CALATAYUD JOSE ANTONIO F/2015/3447 5-oct-15 TUR CALATAYUD JOSE ANTONIO F/2015/3448 5-oct-15 SBIE, S.L. REPARACION ZONA CESPED ARTIFICIAL EN ESCUELA INFANTIL SILENE EL 23/02/15 Y 18/09/15 1 TRONZADORA, 1 BARREDORA STIHL Y MATERIAL VARIO FERRETERIA, CEMENTERIO, POLICIA, TALLER OCUPACIONAL, MEDIO AMBIENTE KIT OSMOSIS (jardines ), TERMOMETRO (deportes ), MOSQUETON, TRINQUETE( alumbrado ) Y ENCHUFE Y CJA 1 MECANISCO (colegios MATERIAL VARIO OFICINAS PARA LA OAC, JUZGADO, TALLER OCUPACIONAL SERV.SOCIALES, GUARDERIA Y OFICINAS TRABAJO DE 21H. DE MAQUINA EN PLAYAS TRABAJO DE 70,5H. DE MAQUINA CARGANDO ALGAS Y DESMONTANDO LAVAPIES Y PASARELAS - PLAYAS 1 AUTOMATICO MAGNETOTÉRMICO ABB 4PX50A. PABELLON DOMINGO CRESPO F/2015/3449 5-oct-15 DATACOL HISPANIA SLU 12UND.LIMPIADOR SISTEMA INYECCION, 1 ( I.F. TECNICA) CIONOCRILATO POROSO, 2 FORMADOR JUNTAS TALLER MECANICO F/2015/3451 6-oct-15 REPSOL BUTANO S.A. CUOTA ALQUILER TANQUE INST. DEPORTIVAS M.A. BENITEZ DEL 04/09/15 AL 03/10/15 F/2015/3452 6-oct-15 SERVICIO Y COLOR ONDARA MATERIAL VARIO PINTURA CEMENTERIO, AULA S.L. CULTURA, CASA CULTURA Y CEE GARGASINDI 22015007679 C C C C C 22015006233 a 22015006587 22015005967 a 22015006411 22015006946 a 22015006251 22015007278 22015007012 22015006391 22015007103 22015006683 22015006455 C F/2015/3462 7-oct-15 GRAFICAS TUR CALPE S.L. 1.000 INVITACIONES IMPRESION A5 A COLOR ACTO 9 22015006457 DE OCTUBRE C F/2015/3463 7-oct-15 GRAFICAS TUR CALPE S.L. 50 CARTELES 32x45CMS. IMPRESOS A COLOR 22015005094 ASOCIACION ESTUDIANTES F/2015/3468 7-oct-15 ALYMAN MAQUINAS TABACO 2 AMPLIFICADORES DAS AMBIENT -204T Y 2 MODULO 22015006685 SL TCM--USB - INST. DEPORTIVAS F/2015/3469 7-oct-15 STH LEVANTE S.A. WC ECOLOGICOS Y LIMPIEZAS WC, PORTES Y 22015007161 RECOGIDA DEL 01/09/15 AL 30/09/15 - PLAYAS a 22015003534 F/2015/3470 7-oct-15 STH LEVANTE S.A. WC ECOLOGICO STANDAR, MINUSVALIDOS Y 22015004668 LIMPIEZA WC - MERCADILLO SEPTIEMBRE/2015 22015004669 F/2015/3471 7-oct-15 STH LEVANTE S.A. Caseta sanitaria de 4x2,38 con 2+2 WCs (madera)Caseta 22015007160 sanitaria de 4x2,38 con 2+2 WCs (madera) 22015000388 -SEPTIEMBRE/2015-PLAYAS F/2015/3476 8-oct-15 ALMACEN MATERIAL 1 CAJA ASTRO UNO ORBIS Y 150UND. BOMBILLAS 12V 22015006636 ELECTRICO S.A.U. C.E.F. PARA FUENTE PLAZA COLON. BENISSA C C C C C Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Importe -- Observaciones 3.269,19 1722-2140003 RMC PARQUE MOVIL -PLAYAS 3.847,41 3420-2210316 GASÓLEO PISCINA Gasto extraconvenio Club MUNICIPAL Natació Calp 2.057,00 1320-2040004 RENTING VEHICULOS -POL. LOCAL 576,52 9200-2200001 MATERIAL VARIO -OFICINA E IMPRENTA SERVICIOS GENERALES 369,40 9200-2200001 MATERIAL VARIO -OFICINA E IMPRENTA SERVICIOS GENERALES 169,40 3230-2120008 RMC CENTROS -ENSEÑANZA 3.185,82 Multiaplicación -241,43 Multiaplicación -- 998,77 Multiaplicación -- 889,35 1722-2100003 RMC PLAYAS -- 2.985,68 1722-2100003 RMC PLAYAS -- 72,60 3420-2120011 RMC EDIF. E -INSTALAC. DEPORTIVAS 266,67 9200-2140001 RMC PARQUE MOVIL -MUNICIPAL 50,75 3420-2130019 RMC DEPOSITOS GLP -INSTALACIONES DEPORTIVAS 438,33 Multiaplicación -- 193,60 9120-2260102 GASTOS PROTOCOLO Y REPRESENTACION MUNICIPAL 81,07 3342-2269925 GASTOS FUNCIONAMIENTO JUVENTUD 1.599,62 3410-2260904 GASTOS FUNCIONAMIENTO DEPORTES 4.988,71 Multiaplicación ----- 302,74 Multiaplicación -- 417,45 Multiaplicación -- 504,75 1650-2130013 RMC ALUMBRADO PUBLICO -- Página 29 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 clave Núm. Fecha Nombre C F/2015/3477 8-oct-15 FERRO IFACH CB C Texto Explicativo Referencia / RC 22015005427 F/2015/3481 8-oct-15 GRUPO ALFA 5, SL. SER RADIO LITORAL. 95 PIEZAS DE CHAPA GALVANIZADA MEDIDAS 300*150*2MM PARA URB TOIX-MASCARATS CUÑAS PUBLICIDAD DEL 14 AL 22/09/15 SEMANA MOVILIDAD C F/2015/3483 8-oct-15 COFRADIA PESCADORES CALPE SUMINISTRO COMBUSTIBLE VEHICULOS MUNICIPALES 2ª QUINC. MAYO/2015 22015007104 22015007119 C F/2015/3484 8-oct-15 MOLINES SANZ ANTONIO 1 BIDON ACEITE 15W40. 208KG, - TALLER MECANICO 22015006954 C F/2015/3487 8-oct-15 IVARS BERTOMEU SL C F/2015/3490 13-oct-15 MATERIALES DE CONSTRUCCION MARINA BAIXA S L F/2015/3491 13-oct-15 MATERIALES DE CONSTRUCCION MARINA BAIXA S L F/2015/3493 13-oct-15 MOLINES SANZ ANTONIO 3 H.CAMION CENTAURO,12 H.CAMION PLUMA PLAYAS CEMENTO Y HUECOS - C/ ISLA FORMENTERA C C C A A C 22015006435 22015007147 22015006283 22015006211 3 SACOS CEMENTO COLA BLANCO DE 25 KGS. PARA 22015005109 CEMENTERIO. FIILTROS AIRE, PRE-FILTROS, FILTRO ACEITE, ACEITE TRANSM, OLIES, BIDON - TALLER MECANICO 10 SACOS CEMENTO BLANCO (paseo maritimo ) Y 10 SACOS CEMENTO RAPIDO, 1 TABLERO ( Playas ) F/2015/3494 13-oct-15 MATERIALES DE CONSTRUCCION MARINA BAIXA S L F/2015/3497 13-oct-15 ROSELLO JORRO JOSEFA ARRENDAMIENTO LOCAL EN C/LLIBERTAT 21 OCTUBRE/2015 F/2015/3498 13-oct-15 DIRECCION NORMATIVA MANTENIMIENTO SGS ISO 9001 EN OAC. SISTEMAS SL SEPTIEMBRE/2015 22015006406 22015003736 22015006203 22015006593 22015007155 22015007149 F/2015/3499 13-oct-15 ESTUDI PUBLICITARI - LLUIS SALVA SL F/2015/3500 13-oct-15 ESTUDI PUBLICITARI - LLUIS SALVA SL 100 CARTELES A3 OKTOBERFEST ,MAQUETACION Y 22015006684 MUPI - TURISMO DISEÑO AGENDA SEPTIEMBRE Y OCTUBRE/2015 - 22015004822 CULTURA F/2015/3505 14-oct-15 ESTUDI PUBLICITARI - LLUIS SALVA SL F/2015/3510 15-oct-15 ESTUDI PUBLICITARI - LLUIS SALVA SL 22015006953 C F/2015/3511 15-oct-15 22015006951 C F/2015/3516 15-oct-15 C F/2015/3517 15-oct-15 C F/2015/3518 15-oct-15 C F/2015/3520 15-oct-15 HIERROS VILLAJOYOSA, S.A. 60mts. TUBO DE 1 1/2" NEGRO PARA VIALES. 22015006417 C F/2015/3521 15-oct-15 HIERROS VILLAJOYOSA, S.A. 12mts.. REDONDO DE 100*2MM -medio ambiente 22015006416 C C C ROTULACIONES TREN TURISTICO CAMPAÑA VISITA CASCO ANTIGUO - TURISMO 12 UDS. ROTULACIONES DE PANELES TREN TURISTICO CAMPAÑA VISITA CASCO ANTIGUO 1º PARTE ESTUDI PUBLICITARI - LLUIS 20 UDS. MUPIS VIXITE CASCO ANTIGUO INSTALACION SALVA SL INCLUIDA - turismo COMERCIAL ROLDAN SL SACOS PLASTICO, BAYETAS, CEPILLO UNIVERSAL Y RECOGEDOR - TALLER OCUPACIONAL LOFER E HIJOS SL RECARGA EXTINTORES (6 KGS.), RECARGA (9KGS.), RECARGA CO2 5 KGS, BASE PEANA Y MANOMETROPOLICIA LOCAL COMERCIAL ROLDAN SL MATERIAL VARIO LIMPIEZA PARA BRIGADA DE MEDIO AMBIENTE Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 22015006952 22015006929 22015007178 22015006911 Importe -- Observaciones 678,21 1650-2130013 RMC ALUMBRADO -PUBLICO 302,50 9240-2269941 GASTOS -FUNCIONAMIENTO PARTICIPACION CIUDADANA 3.508,81 Multiaplicación -- 732,17 9200-2140001 RMC PARQUE MOVIL -MUNICIPAL 878,46 1722-2100003 RMC PLAYAS -286,43 Multiaplicación -- 15,46 1640-2120009 RMC CEMENTERIO -1.451,23 Multiaplicación -- 132,92 Multiaplicación -- 573,26 1300-2020005 ARRENDº LOCAL SEDE POLICIA LOCAL DE BARRIO 298,45 9250-2269964 GASTOS FUNCIONAMIENTO ATENCION CIUDADANA 229,90 4320-2260206 PUBLICIDAD TURISTICA 133,10 3340-2200005 MATERIAL VARIO OFICINA E IMPRENTA CASA CULTURA 356,95 4320-2260206 PUBLICIDAD TURISTICA 998,25 4320-2260206 PUBLICIDAD TURISTICA ------- 1.379,40 4320-2260206 PUBLICIDAD -TURISTICA 64,82 2315-2269938 GASTOS -FUNCIONAMIENTO OCUPACIONAL 161,47 9200-2130006 RMC EXTINTORES -89,77 1720-2269918 GASTOS -FUNCIONAMIENTO MEDIO AMBIENTE 263,10 1530-2100004 RMC CARRETERAS, -CAMINOS Y VIAS PUBLICAS 75,78 1720-2269918 GASTOS -FUNCIONAMIENTO MEDIO AMBIENTE Página 30 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 clave Fecha Nombre Texto Explicativo Referencia / RC C F/2015/3525 15-oct-15 SANEAMIENTOS LOGA, S.L. 10 MTS. TUBERIA COBRE RIGIDO 15x1mm - PARA ALMACEN 22015005959 C F/2015/3533 16-oct-15 SANEAMIENTOS LOGA, S.L. 1 WC COMPLETO, MANGUITO, REDUCCION Y ENLACE PARA PARQUE GARROFER. F/2015/3550 16-oct-15 SEÑALIZACIONES TRILLO 25 SEÑALES TRAFICO ACERO GALVANIZADO - VIAS S.L. PUBLICAS F/2015/3551 16-oct-15 SEÑALIZACIONES TRILLO 10 SEÑALES TRAFICO ALUMINIO - VIAS PUBLICAS S.L. F/2015/3552 16-oct-15 SERVICIO Y COLOR ONDARA MATERIAL VARIO PINTURA, CASA CULTURA, S.L. CEMENTERIO Y VIAS PUBLICAS F/2015/3553 16-oct-15 COOPERATIVA SINDICAL CAMION RECOGIDA ALGAS PLAYAS OLIVENSE DE TRANSPORTE SEPTIEMBRE/2015 F/2015/3554 19-oct-15 TELEFONICA DE ESPAÑA CUOTA LINEA 900 OCTUBRE/2015 S.A.U. F/2015/3555 19-oct-15 IKZ CONSULTORIA MOTOR DELANTERO Y ACOPLAMIENTO DELANTERO AMBIENTAL S.L. COMPLETO TRACTOR LIMPIA-PLAYAS CANICAS T170 F/2015/3570 20-oct-15 TERRAZOS FUSTER SL 90 M2. PAVIMENTO GRIS/BLANCO PARA REBAJE PASO PEATONES C/ISLA FORMENTERA. F/2015/3572 20-oct-15 HIERROS VILLAJOYOSA, S.A. 120 MTS. 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Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Núm. C C C C C C C C C C C F/2015/3590 21-oct-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. C F/2015/3591 21-oct-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. C F/2015/3593 21-oct-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. C F/2015/3594 21-oct-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. C F/2015/3596 21-oct-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. C F/2015/3597 21-oct-15 TELEFONICA DE ESPAÑA S.A.U. TOTAL ---- Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 22015007077 22015007081 22015007044 22015006955 22015007242 22015007244 22015006424 22015006600 22015006504 22015007233 22015007241 22015007247 22015007266 22015007268 22015007269 22015007267 22015007272 TOTAL Importe -- 39,60 9200-2120001 RMC CASA CONSISTORIAL Y OTRAS DEPENDENCIAS 181,85 1710-2100001 RMC PARQUES Y JARDINES 399,30 1530-2100004 RMC CARRETERAS, CAMINOS Y VIAS PUBLICAS 375,10 1530-2100004 RMC CARRETERAS, CAMINOS Y VIAS PUBLICAS 610,43 Multiaplicación Observaciones ------ 2.388,54 1722-2100003 RMC PLAYAS -- 41,52 9200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL. 1.573,71 1722-2140003 RMC PARQUE MOVIL PLAYAS 624,36 1530-2100004 RMC CARRETERAS, CAMINOS Y VIAS PUBLICAS 576,88 1530-2100004 RMC CARRETERAS, CAMINOS Y VIAS PUBLICAS 122,00 2314-2269907 GASTOS FUNCIONAMIENTO TERCERA EDAD 143,00 1720-2269918 GASTOS FUNCIONAMIENTO MEDIO AMBIENTE 145,20 1722-2100003 RMC PLAYAS -- 286,00 1720-2269918 GASTOS FUNCIONAMIENTO MEDIO AMBIENTE 50,59 2314-2220005 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS TERCERA EDAD 100,07 9200-2220002 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUZGº PAZ 24,41 9200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL. 21,40 1720-2220013 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS MEDIO AMBIENTE 22,48 9200-2220002 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS JUZGº PAZ 17,99 9200-2220001 COMUNIC. TELEF. SERV. VARIOS AD. GRAL. 114.577,39 -- --------------- Página 31 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Expte claves 05_2015 A RESUMEN REPAROS B Gastos realizados sin expediente de contratación previo exigible (superación en cómputo anual BEP 17) Gastos que exceden del alcance de lo contratado C Presumible fraccionamiento del objeto del contrato D 2.695,25 1 2.057,00 154 85.350,98 1 1.644,91 E Gastos que contravienen el principio de anualidad presupuestaria Otras situaciones (observaciones) 4 1.964,84 F Gastos fuera de la competencia municipal 0 0,00 múltiple Gastos en situacion múltiple -- Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ IMPORTE 5 total -- 6 20.211,41 171 113.924,39 ejercicio -- Gastos realizados en el ejercicio -- Gastos realizados en ejercicios anteriores -- 2015 ant 2015 total -- importe 112.279,48 1.644,91 113.924,39 SEGUNDA: Notificar el presente acuerdo a los interesados y dar cuenta a la Intervención municipal, para su conocimiento, efectos.” Intervino la Sra. Sala exponiendo que en ese punto no había tantas facturas de Acciona y sí facturas pendientes de contrato. Intentaban ser ágiles pero a veces no dependía de ellos. Intervino el Sr. Cabrera dando un primer turno de intervenciones. Intervino el Sr. Alonso e indicó que mostraban su disconformidad pues aunque entendían que había que pagar a las empresas, no era el procedimiento ortodoxo. Además había reparos del técnico competente. Sometida la propuesta a votación se pronunciaron a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, y el Sr. Presidente, total 12 votos. Votando en contra los Sres. D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz, Dª. Ascensión López Moreno, D. Juan Cañas Salcedo, Dª. Linda Margaret Herrada keen, D. Joaquin Perles Pérez y D. Carlos Ortín Tomás, total 8 votos. Sometida la propuesta a votación, la Corporación, por mayoría acoró aprobar la misma en los términos transcritos. 6.- APROBAR EL PLAN DE PROMOCIÓN Y DIVERSIFICACIÓN TURÍSTICA DE CALP.- En el expediente consta una propuesta de la Concejalía Delegada que dice lo siguiente: “D. CÉSAR SÁNCHEZ PÉREZ,Alcalde-Presidente del Ajuntament de Calp, al Ayuntamiento Pleno, EXPONE: Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 32 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Primero.-La Concejalía de Turismo elaboró un borrador de Plan Promoción y Diversificación del Producto Turístico de Calp cuyo objetivo es organizar las medidas que en estas materias van a llevarse a cabo durante la presente legislatura a los efectos de desarrollar y dotar de contenido a las competencias que la Ley de Bases de Régimen Local reserva en su artículo 25.2.h) para los ayuntamientos en esta materia Este Plan, que se presenta a modo de documento marco, informa de las acciones que se llevarán a cabo por el Departamento de Turismo en aras a la promoción competitiva de Calp como destino turístico. Y como puede comprobarse, contempla un rango de acciones que va mucho más allá de la mera puesta en marcha de los sistemas de información turística (oficinas y puntos de atención al turista) y de la promoción tradicional basada en la edición de materiales promocionales (folletos de papel o web) y la asistencia a Ferias de Turismo. El Plan, que deberá concretarse anualmente en función de las disponibilidades presupuestarias del Ayuntamiento, promueve por el lado de la oferta el diseño y puesta en marcha de nuevos productos turísticos para Calp (tales como el vinculado a incentivos y congresos -MICE- o el deportivo). A tal fin, y siempre en el marco de la coordinación inter-departamental, fomenta cuando sea necesario la puesta en marcha de nuevos recursos turísticos (como sería la puesta en servicio de la Masía de la Casa Nova) o los yacimientos arqueológicos existentes en Calp. Por su parte, desde la vertiente de la demanda, el Plan promueve la promoción y venta de Calp en nuevos y más diversificados mercados, y plantea unas acciones promocionales de amplio espectro, basadas en las nuevas tendencias del mercado, tales como fam-trips y press-trips, misiones directas e inversas, y buscando siempre la máxima efectividad y retorno directo de las inversiones puestas efectuadas. Para el desarrollo de estas acciones se plantea contar con todos los agentes calpinos implicados en el desarrollo turístico de Calp (cluster), aprovechando la experiencia brindada por el anterior Consorcio de Turismo, y con la colaboración de las entidades supra-municipales encargadas de la promoción de la Costa Blanca, la Comunidad Valenciana y España en su conjunto. Segundo.-El borrador de dicho Plan fue valorado por la Comisión Informativa durante el pasado mes de septiembre, difundido a la totalidad de los grupos políticos de este Ayuntamiento y remitido a las siguientes asociaciones turísticas de la localidad -Federación Calpe Tourism, Asociación de Empresarios “Sabor a Calp”, Asociación de Empresas Inmobiliarias (INMOCALPE), Asociación de Empresarios Hostelería de Calp (AEHCALP), Asociación de Empresas de Oferta Complementaria, Asociación de Empresarios de Comercio (AEMCO)-, a fin de que efectuaran las consideraciones, aportaciones y sugerencias que estimaran pertinentes. A fecha actual, se han recibido las aportaciones de diversos miembros del Grupo Popular y las sugerencias del Grupo Compromís que se han incorporado en la nueva versión del Plan. Tercero.-El contenido íntegro del Plan es el que se trascribe a continuación:” Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 33 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 PLAN DE PROMOCIÓN Y DIVERSIFICACIÓN TURÍSTICA DE CALP José Francisco Perles Ribes Agente de Desarrollo Local de Calp Responsable del Área de Turismo en funciones Junio 2015 1.Introducción. 2. El Plan Estratégico del Turismo de Calp. 2.1.Diagnóstico de la situación turística actual de Calp. 2.1.1.Recursos Turísticos Básicos. 2.1.2.Oferta turística básica. 2.1.3.Demanda Turística 2.2.Dinámica e inercias del modelo de desarrollo turístico de Calp. Proyección de escenarios. 2.2.1.Inercias inherentes al modelo. 2.2.2.Escenarios posibles. 2.3.Diagnóstico turístico estratégico (DAFO). 2.4.Aplicación del Marco Lógico, el árbol de problemas. 2.5.Prospección de alternativas para diversificar el producto turístico de Calp. 2.5.1.Turismo de Sol y Playa. 2.5.2.Turismo Cultural. 2.5.3.Turismo idiomático. 2.5.4.Turismo de reuniones. 2.5.5.Turismo deportivo y de naturaleza. 2.5.6.Turismo náutico. 2.5.7.Turismo de Salud. 2.6.Objetivos generales del Plan de Diversificación del producto turístico de Calp. 2.7.Identificación de agentes implicados en el Plan de Diversificación del Producto Turístico de Calp. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 34 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 2.8.Definición de la Misión, la Visión y los Valores en el Plan de Diversificación del Producto Turístico de Calp. 2.8.1.La Misión. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 2.8.2.La Visión. 2.8.3.Los Valores 2.9.Líneas y Objetivos Estratégicos del Plan de Diversificación Turística de Calp. 2.9.1.Líneas estratégicas. 2.9.2.Objetivos estratégicos. 2.10.Acciones propuestas. 2.10.1.Acciones asociadas a la Línea 1 2.10.2.Acciones asociadas la Línea 2 2.10.3.Acciones asociadas a la Línea 3 2.10.4.Acciones asociadas a la Línea 4 3.CONCLUSIONES. 1.INTRODUCCIÓN. Desde la década de los sesenta del siglo pasado, el turismo de “sol y playa” se ha configurado como una de las grandes industrias en España, promoviendo un importante cambio cualitativo y cuantitativo en la estructura económica de la gran mayoría de zonas costeras del país que ha desembocado en un exclusivo monocultivo de este producto turístico por buena parte de los destinos litorales mediterráneos (Lara de Vicente y LópezGuzmán Guzmán, 2006). Las explicaciones económicas para esta especialización turística intensiva en el producto “sol y playa” arrancarían en la tradición de la ventaja absoluta y comparativa (Adam Smith y David Ricardo) y, a través de la teoría de los distritos industriales marshallianos (Garófoli, 1994), alcanzaría, incorporando el aspecto regional de desarrollo, la moderna conceptualización de los clusters turísticos y ventaja competitiva (Porter, 1990). Profundizando los aspectos espaciales del desarrollo, Vera (1985, 1987, 1997) ha fundamentado con éxito la especialización del litoral Mediterráneo español en el producto turístico “sol y playa” en base a los condicionantes naturales –localización geográfica próxima respecto del mercado, clima, paisaje, etc. que en el marco de la teoría de la ventaja competitiva se consideran factores básicos de la competitividad. Aun siendo generalmente aceptado que casi todos los territorios presentan una cierta Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 35 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 especialización productiva en una u otra actividad económica. No es menos cierto que un exceso de especialización o falta de diversificación supone una amenaza para la estabilidad económica y el desarrollo armonioso de los territorios. En el ámbito turístico, Figuerola (2000) caracteriza el equilibrio estructural del sistema turístico de un territorio y pone de manifiesto las potenciales repercusiones que un monocultivo del producto genera sobre el mismo. En concreto Figuerola señala como principales desequilibrios estructurales la estacionalidad –concentración temporal de la demanda, la saturación –concentración excesiva de la demanda en un espacio territorial reducido , la monotonía motivacional –acumulación de la demanda en un solo recurso turístico y el desacuerdo social del producto o inadecuación entre las tipologías y niveles socioprofesionales de la demanda y las categorías o clases de oferta (Figuerola, 2000). La estructura y configuración turística del litoral mediterráneo español responde, en especial en los destinos consolidados, a un modelo de desarrollo antiguo, el de la primera revolución turística de masas que se inicia en los años cincuentasesenta, con unas características bien definidas. En un contexto caracterizado por una Administración permisiva y unos agentes marcadamente especulativos, se inicia en este período un proceso lineal y extraordinariamente rápido de urbanización sin urbanismo del litoral, que es negligente con el paisaje y el medio ambiente, compromete sus recursos para el futuro y estandariza la costa a través de la edificación sin dotarla de contenido recreativo (Antón S, 2004). Figura 1: El equilibrio estructural en turismo Equilibrios de la estructura Equilibrios técnicos o sectoriales Equilibrios medioambientales Aspectos concretos del sector turístico en diversas modalidades, tipos y segmentos Implica respecto a los recursos, fuente de productos turísticos Vigila el buen funcionamiento de las empresas y de los municipios turísticos O alojamiento = D alojamiento O puestos de trabajo cualificado = D puestos de trabajo cualificado Nº de personas, visitas, turistas o excursionistas adecuado a la capacidad de carga Viabilidad de las inversiones, relación precio/producto,… Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Equilibrios económicos y empresariales Página 36 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Fuente: Adaptado de Figuerola (2000) Ya durante los años noventa se observó que las estructuras empresariales y territoriales creadas rápidamente en las décadas previas para dar respuesta a una demanda estandarizada y creciente no son las que tienen una mayor capacidad competitiva en un contexto en el que las expectativas y las necesidades de la demanda se han transformado radicalmente (Vera y Monfort, 1994; Perelli, 2002). Como respuesta a esta situación, los destinos turísticos consolidados fruto de la primera revolución han desarrollado estrategias, más o menos explícitas según los casos, que han provocado, desde finales de los años ochenta hasta la actualidad, importantes transformaciones en su microentorno turístico (Antón S, 2004). Paralelamente, se han puesto en valor nuevos territorios para el turismo que han seguido parámetros de desarrollo substancialmente diferentes (López, 2000). Es conocido que sólo los destinos turísticos con una oferta crecientemente diversificada, con nuevos productos dinámicos, correctamente comercializados y en expansión, y adaptados a los cambios de la demanda se están comportando, en términos de coyuntura, pero también desde una perspectiva tendencial, de manera satisfactoria en lo referente a indicadores clásicos como ventas, empleo y beneficios empresariales. Frente a ellos, los destinos con productos maduros e indiferenciados exclusivamente de sol y playa tienen muchas más dificultades para mantenerse en el mercado (Antón S, 2004). Calp es un destino turístico consolidado del norte de la provincia de Alicante representativo de la dinámica experimentada por el conjunto litoral Mediterráneo español cuyo éxito competitivo ha sido analizado exhaustivamente en Perles J. (2004). Como muchos otros destinos de su entorno, este municipio ha alcanzado un alto grado de competitividad turística en el producto de “sol y playa” familiar, en el que junto a un concepto vacacional, coexiste un fuerte componente residencial, cuyos efectos arrastre han propiciado tras de sí el desarrollo de un potente sector inmobiliario, manifestando la terna hosteleríacomercioconstrucción un peso abrumador como fuente de riqueza y empleo en la localidad y otros municipios de su entorno. A pesar de ser un producto de éxito, la excesiva especialización turística en el producto “sol y playa” representa para Calp, como para otros destinos, una amenaza importante que lo hace vulnerable frente a fluctuaciones coyunturales de la economía nacional e internacional. La crisis actual y sus repercusiones sobre los indicadores económicos municipales de toda índole – empleo, renta, sostenibilidad financiera del Ayuntamiento, etc., da fe de ello y aconseja la puesta en marcha de medidas de diversificación general de la economía o, al menos en su caso, del producto turístico ofertado. La Política Turística debe tratar de dar respuesta a estas situaciones, corrigiendo en la Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 37 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 medida de sus posibilidades los desequilibrios descritos y promoviendo, en términos más generales, la competitividad de los destinos turísticos. En concreto, en el ámbito local, la Ley de Bases de Régimen Local atribuye en su art. 25.2.h) una competencia “h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local“, si bien no queda definido o explicitado posteriormente cual es el alcance y contenido de dicha competencia. En el caso concreto del Ayuntamiento de Calp, existe desde hace muchísimos años un Departamento de Turismo, cuya tarea fundamental se ha centrado en la promoción nacional e internacional de Calp y en la mejora del sistema de información al turista mediante la creación de una amplia red de oficinas y puntos de información turística local. Sin embargo, la situación actual del mercado turístico, cada vez más dinámico y competitivo, con una fuerte implantación de la tecnología y unos turistas cada vez más exigentes y entendidos, así como la reciente crisis económica, que en Calp ha supuesto la práctica paralización de la actividad inmobiliaria, ha venido a demostrar que esta política basada únicamente en la promoción y en la información en sentido estrecho, no es suficiente para abarcar los objetivos que la Ley establece a las entidades locales en este ámbito. Se requiere así el diseño de un amplio abanico de medidas coherentes, un verdadero Plan, que de sentido a la Política Turística Local e informe la actuación municipal en este ámbito durante los próximos cuatro años. En este contexto, el objetivo principal de este documento es desarrollar para el Ayuntamiento de Calp un Plan Estratégico de Diversificación y Promoción turística que sirva de base para la actuación del Departamento de Turismo durante la legislatura 20152019 y que de contenido a lo que la Ley de Bases de Régimen Local establece en este ámbito. El Plan comprende una batería de medidas coherente que, a modo de Plan de Diversificación del Producto Turístico de Calp, que sirva bien para ser implementadas directamente por el Ayuntamiento de Calp, o por el mismo junto a los diversos agentes implicados en la gestión turística municipal (agentes pertenecientes al cluster con capacidad para influir en el desarrollo turístico local). Para establecer las acciones el Plan parte de un diagnóstico efectuado a base de una combinación de metodologías provenientes de la Planificación Territorial Estratégica (DAFO, cinco fuerzas de Porter, etc.) y la Gestión de Proyectos (Enfoque Marco Lógico, fundamentalmente) que trata de dotar de la consistencia social (participación ciudadana y de agentes clave) al plan propuesto. El documento se estructura en diversos puntos. En primer lugar, se inicia con una breve revisión de la literatura sobre la metodología de la planificación estratégica y su aplicación a la diversificación de productos turísticos que pretende dotar al Plan del anclaje teórico necesario. En un segundo punto, se inicia el ejercicio de planificación en sí, partiendo del diagnóstico de los Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 38 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 principales problemas que se derivan de la excesiva especialización de Calp en el producto “sol y playa” y se proyectan los escenarios que se vislumbran mediante las inercias del modelo. El tercer punto establece las alternativas de diversificación y la valoración por parte de los diferentes agentes implicados. Posteriormente se describe el Plan de Diversificación propiamente dicho con las consabidas definiciones de Misión, Visión, Valores, Líneas Estratégicas, Objetivos y medidas concretas. 2.EL PLAN ESTRATÉGICO DEL TURISMO DE CALP. 2.1.Diagnóstico de la situación turística actual de Calp. El origen de todo proceso planificador ha de ser obligatoriamente el diagnóstico de la situación inicial, para a partir de ahí establecer los objetivos deseados. Comienza pues el Plan de Diversificación del Producto Turístico de Calp, con el diagnóstico de la realidad turística actual del municipio. 2.1.1.Recursos Turísticos Básicos. Las condiciones que provocan que Calp se haya consolidado como un destino turístico de primer orden son las siguientes: Clima Calp, como el resto de los destinos turísticos españoles de la cuenca Mediterránea, se ha beneficiado hasta ahora (y así cabe esperar que lo seguirá haciendo en el futuro), de esa ubicación litoral en un clima templado, que le dota de unas inmejorables condiciones climáticas para promover y alimentar su proceso de desarrollo turístico. Aun con la violenta aparición ocasional de los temidos temporales de levante (temporales que ocasionan lamentables perjuicios para nuestra infraestructura turística), es claro que en su conjunto, el clima ha sido, y es, uno de los mayores atractivos turísticos de Calp, si no, el principal. Paisaje El turismo es una de las actividades económicas más sensibles a la calidad paisajística. La calidad paisajística es fundamental en las implantaciones turísticas que tienen el compromiso de ofrecer una escena singular con excepcionales condiciones ambientales. Para Navalón García R. (1999), el paisaje está muy condicionado por la orografía. Las laderas montañosas ofrecen posibilidades panorámicas muy valoradas por el mercado turístico, que pueden favorecer desarrollos residenciales de carácter periurbano o turístico. No requiere ningún esfuerzo especial llegar a la conclusión de que Calp, es uno de estos lugares cotizados por el turismo. Un verdadero paraíso. Quién lo Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 39 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 haya visitado verá que nuestro término municipal (una bahía rodeada de montañas, con el Peñón de Ifach en el centro) conforma un paisaje singular, único en el mundo. Otros recursos turísticos, factores avanzados Otros recursos turísticos a considerar en este apartado son: *Paseos Marítimos: Evidentemente, uno de los primeros factores avanzados con el que los calpinos y sus turistas pudieron contar, fue el Paseo Marítimo que se prolonga a lo largo de las playas del Bol y de Levante. De él debe decirse que ha sido hasta hace apenas diez años, el único atractivo del municipio que creado de forma artificial ha tenido por objeto potenciar la imagen turística de Calp. Desde su puesta en marcha a inicios de los setenta, hasta hace bien poco, la única alternativa de ocio que tenían los visitantes de la villa a las largas jornadas “bajo el sol diario” en la playa, eran otros tantos largos paseos nocturnos por dicho paseo marítimo. *Club Náutico y puertos deportivos: Otra instalación que durante muchos años ha ejercido como foco de atracción turística, ha sido el Club Náutico de Calp. El Club, que consta de un total de 276 amarres distribuidos en ocho pantalanes con capacidad para acoger barcos con esloras de hasta 30 metros, ofrece multitud de servicios, tanto a las embarcaciones, como al público en general. Actualmente está envuelto en un proceso de renovación y modernización, que se ha visto recompensado por la concesión de diferentes premios y reconocimientos, y que ha culminado con la obtención de las certificaciones de calidad ISO 9000:2000 e ISO 14001:1996. *Casco Antiguo de Calp: La rehabilitación física, junto a la habilitación de una red de museos (Museu arqueológic, Museu fester, Museu del col.lecionisme, Casa de la Senyoreta,...) en algunas de las viviendas recuperadas, y la puesta en marcha de un programa de actividades (ferias de artesanía, feria medieval, conciertos al aire libre, etc.) se ha demostrado suficiente para convertir este espacio en un lugar para el esparcimiento de los turistas en aquellas horas en que los mismos no se encuentran disfrutando de las playas, revalorizando las actividades económicas y fijando la población en este importante lugar del municipio. *Casa de cultura “Jaume Pastor i Fluixà”: otro hito importante en el marco de la creación de factores avanzados (que aunque no era originariamente turístico, si ha tenido posteriormente una amplia repercusión como atractivo para los visitantes de Calp) lo supuso la puesta en funcionamiento de la Casa de Cultura “Jaume Pastor i Fluixà”, en cuyas dependencias se realizan numerosas actividades que se configuran como alternativas de ocio para todas aquellas personas que, sobre todo por la noche, no permanecer en las playas o el paseo marítimo. *Instalaciones deportivas: Algo similar ocurre con la mejora de la infraestructura deportiva Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 40 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 del municipio a la que se ha asistido en los últimos tiempos. El turismo calpino es eminentemente familiar, y con esas familias vienen muchos jóvenes que necesitan alternativas de ocio saludables a la playa. El deporte es, desde luego, una de las mejores alternativas. Es evidente que ellos son también los grandes beneficiados, junto con los residentes, de la mejora experimentada por estas instalaciones. *Fiestas: Tampoco debe olvidarse que las fiestas del municipio, con el paso del tiempo se han confirmado como un verdadero motor de atracción turística en Calp. Ellas son otro factor avanzado. A estas alturas, ya es del todo claro que invertir y potenciar unas fiestas de calidad, es invertir y potenciar en la ventaja competitiva del municipio. *Atractivos del entorno: Tampoco debe olvidarse que en ocasiones existen factores avanzados cuyo ámbito de proyección supera el nivel municipal. Ya que al ser puestos en marcha, provocan impactos comarcales o provinciales. Tal es el caso, por ejemplo, del Parque Temático “Terra Mítica” o “Terra Natura” de Benidorm, o los campos de Golf ubicados en municipios del entorno, o la propia Ciudad de las Artes y las Ciencias en Valencia que permiten al mismo tiempo incrementar la oferta de atracciones de los municipios vecinos, constituyéndose en factores complementarios de la oferta turística de Calp. 2.1.2.Oferta turística básica. La oferta de alojamiento está conformada por los siguientes elementos: Figura: Establecimientos y plazas. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 41 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Fuente: IVE. Fichas Municipales Junto a esta oferta básica, existen multitud de recursos y actividades susceptible de promover el desarrollo de productos turísticos complementarios, tal y como se verá en el diagnóstico estratégico (DAFO) y un gran número de viviendas secundarias (11.806 según el Censo de 2011) ocupadas por turistas vacacionales (efectuando una estimación de tres visitantes por vivienda alcanzaría la cifra de 35.418 plazas), no todas registradas según la normativa vigente. 2.1.3.Demanda Turística Desde los mismos inicios del fenómeno turístico en Calp, se implantaron dos modelos de comportamiento claramente diferenciados. Por un lado, el que configuraban aquellos turistas que únicamente venían a pasar la temporada estival y; por otro, los que preferían permanecer en el municipio la mayor parte del año. Ambos, radicalmente opuestos. Al primero se le conoce habitualmente como turismo de “Sol y Playa” vacacional, al segundo, se le denomina residencial o turismo de invierno. Se analizará en primer lugar este último, al ser uno de los más característicos de Calp y, en general, de la comarca de La Marina Alta. Turismo de invierno. Sin ánimo de ser exhaustivos, las principales características del turismo de invierno de Calp recalcadas por Mario Gaviria y otros estudios posteriores existentes en el Departamento de Turismo son: 1. El cliente “tipo” del turismo residencial de Calp, es el retirado o jubilado (entre 55 y 75 años) que no tiene problemas de fechas determinadas para sus vacaciones. 2. Belgas, ingleses y alemanes, fundamentalmente, pero también un buen número de franceses y rusos son los principales nichos de mercado que conforman este turismo. Actualmente, también existe un importante contingente de españoles. 3. El inicio del proceso puede situarse en torno a 1962 – 1964, con la llegada inicial Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 42 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 de los primeros franceses repatriados de Argelia y de los belgas del CongoBelga. Pero no será hasta 1971 1973 cuando éste se culmine con la fuerte “invasión” alemana. La llegada de los ingleses se ubicaría, según Gaviria, en torno a 1966 y 1967, con el Boom de Benidorm, aunque es muy probable que a Calp llegaran más tarde, junto con los alemanes, por tratarse de un cliente que, en sus motivaciones y características, era muy diferente del que acudía a este otro destino. 4. Se trata de un turista de clase mediabaja que busca tranquilidad y precios baratos, pues “estos jubilados en su mayoría, no tienen nada que ver con los ricos europeos que abandonaban las diferentes capitales europeas para invernar en las gloriosas ciudades costeras del Mediterráneo francés o italiano como Cannes, Niza, etc.” 5. Estos residentes de edad avanzada viven entre Altea y Dénia, huyendo de una ciudad como Benidorm, que para ellos es demasiado turística. Son gente que huye de las ciudades y por lo tanto no viven en Alicante y por otra parte prefieren una vegetación menos seca que la que se encuentra en el Sur de la provincia. El jardín, la conectividad mediante altas tecnologías (wifi, etc.), la oferta sanitaria y la seguridad son elementos de gran importancia para ellos. 6. Casi todos estos residentes viven en chalets dentro de urbanizaciones con nacionalidad predominante. 7. El chalet, el apartamento o el bungalow es símbolo de una instalación definitiva en el país, un cuidado extremo de la decoración de la casa, de su orden y limpieza, del cuidado del jardín; el chalet implica una carga emotiva que no puede variar de un año a otro ni cambiar de marco. 8. Es gente que ha venido a la Costa Blanca, muchas veces, por razones de salud. 9. Se trata de personas que no tienen problemas económicos, puesto que tienen ingresos fijos (unos 1.200,00 Euros de media), pero se trata de un presupuesto limitado que expone a estas personas a tener dificultades económicas cuando surgen gastos no previstos. 10. Estas limitaciones económicas de los jubilados hacen que tengan una imagen negativa entre los comerciantes, pues son gente que observan mucho el costo de cada producto, comparan la calidad, y son muy minuciosos en cuanto a la compra de cada cosa. 11. Llevan el mismo tipo de vida que la que llevarían seguramente en sus países de origen, pero disfrutando aquí del clima y de su jardín. (...) Muchos grupos han creado dentro de cada nacionalidad asociaciones. Estas asociaciones han venido a sustituir el punto de encuentro que habitualmente eran las Iglesias y tienen como Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 43 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 fin resolver los problemas que se plantean individualmente, problemas prácticos. 12. Utilizan sus vehículos para desplazamientos cortos. Las compras en los supermercados y en los mercados semanales lo exige. 13. Normalmente la mayoría salen de España a principios de mayo para volver en octubre, huyendo del calor. Durante este periodo se ponen en alquiler las viviendas a fin de completar las rentas mediante este ingreso. 14. También ha experimentado un incremento el número de residentes extranjeros jóvenes que vienen a España a establecerse por su cuenta. En algunas ocasiones son profesionales que dan servicio a sus propios compatriotas jubilados (servicios sanitarios, prensa extranjera, fontaneros y mantenimiento de viviendas, jardinería y piscinas...), y en otras ocasiones prestan servicios de carácter general para cualquier cliente potencial, español o extranjero. 15. Así como también ha ido creciendo paulatinamente, aunque todavía es muy minoritario, el número de jubilados españoles que vienen a pasar el invierno a Calp. Así como el número de jubilados norte europeos que sin ser propietarios de vivienda en Calp, acuden al mismo durante la temporada de invierno aprovechando los bajos precios del alquiler durante este periodo en Calp, a veces inferiores, a los costes de mantenimiento de sus propias viviendas en sus países de origen. Las motivaciones para elegir Calp y la Costa Blanca son similares a las de los residentes extranjeros, principalmente el clima y el paisaje. Y no debe confundirse este tipo de residente, con el turista jubilado concertado con la Seguridad Social u otros organismos que permanece en hoteles. Turismo de verano. Habitualmente se distinguen, dentro del segmento de Sol y Playa, un turismo individual y uno residencial. El primero, está conformado por aquellos visitantes cuya motivación principal para la elección del destino vacacional es la posibilidad de disfrutar del sol y la playa, el contacto con el mar, y de otros elementos de animación, diversión, etc. En ellos, la organización del programa de viaje es realizado por el propio individuo o bien con la colaboración de agentes de viajes minoristas o a través del canal online y suelen reservar exclusivamente el alojamiento con o sin servicios alimenticios incluidos. Se alojan en hoteles o en apartamentos mediante alquiler directo al propietario. Por el contrario, el segundo se caracteriza porque su principal motivación es la posibilidad de mantener un contacto social con un grupo de gente, en un ambiente y con unas condiciones que se mantienen durante varios años, al tiempo que introduce un matiz más “familiar” y menos individual que la tipología anterior. Por ello, el alojamiento se efectúa en apartamentos o chalés de su propiedad o en el caso de ser éste alquilado, esto se viene haciendo durante varios años. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 44 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 El Ayuntamiento de Calp, consciente como ha sido de la necesidad de mantener esta importante fuente de riqueza ha venido encargando periódicamente, a través de su Concejalía de Turismo, la realización de diversos estudios sobre la composición de la oferta y la demanda turística, así como del grado de satisfacción de la misma. Se utilizarán las conclusiones de estos estudios y la propia experiencia para establecer, en forma sintética, las características fundamentales del turismo calpino de “Sol y Playa”. (a) El turismo de sol y playa calpino es un turismo familiar. Aproximadamente un 61% de los visitantes vienen con su familia, el 21% lo hace con su matrimonio o pareja y un 15% lo hace con amigos. Tan sólo el 4% viene solo, aunque estos presentan tendencia al crecimiento. (b) La edad media de los turistas se sitúa en los 35 años, siendo la horquilla de edad más importante la que va entre 26 y 44 años. (c) En cuanto a su procedencia, a Calp llegan tantos visitantes nacionales (63%) como extranjeros. Los primeros provienen mayoritariamente de Madrid, ambas Castillas, el País Vasco y Valencia capital. Los segundos: de Francia, Reino Unido, Bélgica y en menor medida Alemania, Países Escandinavos y Rusia. (d) Los visitantes proceden de grandes ciudades. Aproximadamente un 40% de ellos proviene de ciudades de más de 50.000 habitantes. (e) Existe una gran concentración en el período estival, por tratarse de un turismo familiar (75%) en el que la estancia se ve condicionada por la fecha de las vacaciones de sus miembros. Si bien se aprecia un auge paulatino del turismo de fin de semana. (f) Los motivos por los que los turistas no visitan Calp durante otras épocas del año son básicamente personales. Un 35% arguye que “solo puedo venir en verano”. Tan solo un 10% aduce que faltan alicientes para acudir en otra fecha. y un 20% que sería necesario “crear más ambiente” y “ofertar más actividades”. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 45 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 (g) El medio de desplazamiento más utilizado es el vehículo propio y las aerolíneas de bajo coste. (h) El período de estancia está en función del ciclo económico (varía entre un mínimo de cuatro días y un máximo de quince días). Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ (i) El cliente es de un estatus socioeconómico medioalto y mediomedio. (j) La fidelidad es relativamente alta. Aproximadamente la mitad de los turistas ha pasado sus vacaciones más de 3 veces en Calp. Además, los turistas más fieles son aquellos que se concentran en los meses de julio a octubre. (k) Los factores que motivan la elección de Calp como destino turístico son, para esta clase de visitantes, las Playas y el mar (80,9%), el sol y el clima (76,3%), el descanso y el relax (66%) y el paisaje (50%). También es muy importante la recomendación de amigos y familiares. (l) La principal causa de conocimiento de Calp como destino turístico es el bocaoído a través de las amistades. Culminada la descripción de la estructura turística de Calp, interesa averiguar, aunque sea someramente, los principales impactos medioambientales que el modelo de desarrollo presentado ha generado y genera sobre el territorio. Sin embargo, previo a este punto se presentarán los resultados de una encuesta comparativa efectuada durante la temporada 2014 sobre preguntas e ítems ya encuestados durante estudios anteriores a disposición del Departamento a fin de establecer, siquiera a grandes rasgos, los niveles de percepciónsatisfacción que los turistas de Calp han presentado durante los últimos años. 2.2.Dinámica e inercias del modelo de desarrollo turístico de Calp. Proyección de escenarios. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 46 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Tras establecer la base turística del municipio de Calp procede proyectar, a la vista de las inercias que subyacen al modelo de desarrollo que acaba de describirse, cuales habrían de ser los escenarios previsibles a medio plazo, de no modificarse las tendencias actuales. En una práctica como esta, el ejercicio no podrá ser más que exploratorio, por lo que la proyección que se presentará describirá los escenarios a grandes trazos sin entrar en detalle. 2.2.1.Inercias inherentes al modelo. Con independencia de la coyuntura expansiva o recesiva que caracteriza a cada ciclo concreto, es evidente que el modelo de desarrollo económico de Calp se viene basando en su estructura, desde finales de los años cincuenta del siglo XX, en la promoción de un turismo residencial fundamentado en el crecimiento continuo de la oferta de alojamiento y en el consumo más o menos intensivo del suelo del término municipal. Este modelo de desarrollo económico ha transformado el tejido productivo del municipio, habiendo desplazado a las actividades tradicionales (agricultura y pesca) del papel predominante que antaño desempeñaban, y habiéndolas sustituido por un nuevo cluster productivo ligado al turismo donde los servicios (comercio y hostelería) así como la construcción constituyen las nuevas fuentes de riqueza y empleo en Calp. Como inercias que son, se retroalimentan. Desde el punto de vista de la oferta privada la continua promoción de alojamiento sirve de sustento para el 20% de la población ocupada en la construcción, casi toda la industria (como se ha visto dependiente de ella), y buena parte de los servicios vinculados a la intermediación inmobiliaria, lo que supone no menos del 30% de la población ocupada en Calp situación, claro está, previa a la crisis de 2007. Esta actividad viene sustentada, desde la vertiente de la demanda, por una demanda efectiva que durante los últimos años ha experimentado una coyuntura muy favorable, y por una demanda latente (trabajadores centroeuropeos que están pensando apenas jubilarse venir a España a pasar sus últimos años) cuyas condiciones no es fácil que se modifiquen a medio plazo y que ha determinado que buena parte de lo producido durante este último período esté vinculado a motivaciones de inversión, más que de consumo efectivo. Mientras las condiciones de rentabilidad sean como las actuales, será difícil observar una modificación de estas tendencias a corto o medio plazo. Mientras la Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 47 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 promoción inmobiliaria y el negocio turístico sean rentable, será difícil observar grandes trasvases de capital o recursos humanos hacia otras actividades distintas de éstas. Si al inicio los antiguos propietarios agrícolas no tuvieron la menor duda a la hora de abandonar la actividad agraria para vender sus predios y dedicarse al negocio turístico inmobiliario en el que obtenían mayor ingresos y en definitiva, mejor vida; en la actualidad la mayor rentabilidad de la construcción, comercio y las actividades turísticas frente a la industria, la pesca o la agricultura, hace difícil observar una regresión de las tendencias hacia el modelo anterior que puede considerarse, a estos efectos, que en Calp ha pasado a mejor vida. Desde un punto de vista públicoadministrativo, la dotación de suelo urbanizable y su consumo por parte de los agentes promotores de la oferta turística suponen una fuente de ingresos para un Ayuntamiento obligado a proveer una cada vez mayor cantidad de servicios públicos para una población en constante aumento. Si a la necesidad de mantener los estándares de calidad en los servicios públicos, se unen las mayores demandas que se efectúan al Ayuntamiento (como administración pública más cercana a los ciudadanos) y las perennes estrecheces por lo que a la financiación estatal de los entes locales concurre en España se comprende bien que los ayuntamientos encuentren en la venta de suelo una de sus principales fuentes de financiación que, a falta de otros recursos, en cierta medida, asumen y alimentan. Todo hace prever, por tanto, que el modelo continuará con los visos actuales, hasta que los factores limitantes, cuyo máximo exponente es el suelo disponible, actúen, en cuyo caso, la realidad futura del municipio de Calp habrá de ser, por obligación, bastante similar a como es en la actualidad, no pudiendo prever cambios radicales en el modelo de desarrollo económico del mismo, salvo por el hecho del mayor o menor peso del sector de la construcción y sus auxiliares, que habrá de amoldarse a una menor tasa de crecimiento de la oferta de alojamiento o incluso, en el extremo, a su paralización total, adaptándose entonces este sector a las necesidades de una población en estado estacionario, por lo que a la necesidad de vivienda se refiere. Sin embargo, la crisis económica operada desde 2007 vino a trastocar este escenario y puso de manifiesto la profunda vulnerabilidad del modelo a la coyuntura económica y las situaciones que puedan producirse (como fue el caso del detonante de la crisis en el mercado hipotecario norteamericano) en lugares ajenos a nuestro entorno. 2.2.2.Escenarios posibles. Por simplificar se proponen dos escenarios extremos y uno intermedio, que aunque en su fisonomía a largo plazo son bastante similares, arrojan consecuencias diametralmente opuestas desde el punto de vista de sus efectos socioeconómicos. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 48 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Escenario I: Se opta por dejar operar las tendencias actuales, y en función de la coyuntura más o menos expansiva el modelo de desarrollo sigue siendo en esencia el mismo, hasta el agotamiento total o económico del suelo disponible. En este caso se produce una continuidad del modelo actual, con un crecimiento indiscriminado de la oferta de alojamiento hasta que el agotamiento del suelo disponible provoca una reducción brusca de la actividad inmobiliariaconstructiva y el tejido productivo se enfrenta a un shock que obliga a una reconversión radical del mismo. En términos cuantitativos esta decisión afectaría directamente a los 1.299 afiliados en el sector de la construcción y a buena parte de los 198 que existen en la industria. Igualmente afectarían a parte de los 4.808 afiliados que existen en el sector servicios. En resumen, un 30% de la actividad económica del municipio se vería directamente afectada por una decisión de este estilo. Pero no únicamente a los efectos directos se limitaría el impacto de una decisión como esta. Salta a la vista que la misma repercutiría indirectamente sobre la totalidad del tejido productivo del municipio, habida cuenta la menor renta disponible de las familias afectada y su disminución en los ritmos y patrones de consumo. Finalmente, es probable que incluso una moderación o incluso un estancamiento de las tasas de crecimiento de la población, fueran posibles, sino incluso, una reducción de la población en valores absolutos. La reciente crisis económica experimentada desde 2007 ha puesto de manifiesto que este escenario era y es altamente probable. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 49 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Escenario II: Se opta por un cambio consciente en las actuales líneas de política urbano turística, paralizando radicalmente licencias y no dotando más suelo urbanizable. En este caso se produce una reducción brusca de la actividad inmobiliaria constructiva y el tejido productivo se enfrenta a un shock que obliga a una reconversión radical del mismo. En términos cuantitativos esta decisión afectaría directamente a los 1.299 afiliados en el sector de la construcción y a buena parte de los 198 que existen en la industria. Igualmente afectarían a parte de los 4.808 afiliados que existen en el sector servicios. En resumen, un 30% de la actividad económica del municipio se vería directamente afectada por una decisión de este estilo. Pero no únicamente a los efectos directos se limitaría el impacto de una decisión como esta. Salta a la vista que la misma repercutiría indirectamente sobre la totalidad del tejido productivo del municipio, habida cuenta la menor renta disponible de las familias afectada y su disminución en los ritmos y patrones de consumo. Finalmente, es probable que incluso una moderación o incluso un estancamiento de las tasas de crecimiento de la población, fueran posibles, sino incluso, una reducción de la población en valores absolutos. La reciente crisis económica experimentada desde 2007 ha puesto de manifiesto que este escenario era y es altamente probable, y de no ser por el buen comportamiento de la actividad turística los efectos devastadores de la crisis hubieran sido mucho más agresivos. Escenario III: Se opta por un cambio consciente en las actuales líneas de política urbano turística, no paralizando las licencias actuales pero limitando paulatinamente la oferta de suelo disponible, promoviendo un aterrizaje más suave del modelo de desarrollo. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 50 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 En este caso se debería ir produciendo una reducción paulatina de la actividad inmobiliariaconstructiva y el tejido productivo promoviendo una reconversión paulatina y suave del mismo. En términos cuantitativos esta decisión afectaría directamente a los 1.299 afiliados en el sector de la construcción y a buena parte de los 198 que existen en la industria. Igualmente afectarían a parte de los 4.808 afiliados que existen en el sector servicios. En resumen, un 30% de la actividad económica del municipio se vería directamente afectada por una decisión de este estilo. Sin embargo, al ir acompasando poco a poco los efectos, podría producirse una reconversión suave del modelo, promoviendo políticas de inserción de los trabajadores que actualmente ocupan sus puestos en estos sectores, bien hacia otros relacionados con el mismo (mantenimiento de viviendas, piscinas, etc.) bien hacia otras ocupaciones, teniendo en cuenta además, la posibilidad de ir retirando la mano de obra de mayor edad de estos sectores (por medio de la jubilación a la que poco a poco irán llegando) y reorientando los nuevos emprendedores hacia otras actividades diferentes de éstas. No sería descartable, como en los casos anteriores, una moderación o incluso un estancamiento a largo plazo de las tasas de crecimiento de la población o incluso una reducción de la población en valores absolutos, acorde a las nuevas posibilidades del modelo de desarrollo. Esta limitación de la oferta debería venir acompañada, por lo demás, de medidas de cualificación de la misma, implantado programas de fomento de la calidad, uso de nuevas tecnologías, y en definitiva promoviendo un modelo de desarrollo turístico fundamentado en ventajas competitividad de orden superior y no única y exclusivamente en un crecimiento indiscriminado de la oferta de alojamiento. Parece evidente que ante las tres alternativas, este último podría ser el mejor de los escenarios posibles, y se considera que hacia el mismo habría de tender cualquier intento de Plan Estratégico para el futuro de este municipio. Sin embargo, la reciente crisis económica ha puesto de manifiesto la dificultad de propiciar este tipo de aterrizajes suaves, si bien se hace necesario la adopción de medidas para paliar los efectos devastadores de la misma. 2.3.Diagnóstico turístico estratégico (DAFO). A la vista de los recursos y dinámicas descritos en los apartados anteriores puede establecer el diagnóstico estratégico para el desarrollo turístico de Calp en los términos que muestra el siguiente análisis de debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades (DAFO). Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 51 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Análisis DAFO. FORTALEZAS 1. 2. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. Proximidad a la principal ciudad turística española (Benidorm) Gran variedad de recursos para potenciar productos turísticos complementarios al sol y playa. (Ej.: recursos relacionados con el ámbito pesquero). Existencia de puertos de deportivos en el municipio. Existencia de municipios cercanos con otros equipamientos turísticos (campos de golf, Terra Mítica) Existencia de un Casco Antiguo que refleja con claridad la Cultura Marítima del municipio. Clima favorable para disfrutar del turismo durante todo el año. Amplia oferta de alojamiento en el municipio. Establecimientos hoteleros de alta calidad y de gran atractivo para el proyecto. Oferta complementaria relacionada con el mundo del mar (puerto pesquero, IMEDMAR,…). Oferta gastronómica singular (Arroz del Senyoret, etc.). Existencia de restaurantes de alta calidad internacional. Oferta turística estructurada y puesta en valor. Elevada demanda turística en el municipio (conocimiento). Existencia de un Departamento de turismo con una política de promoción y comercialización turística consolidada. Existencia de una Federación de Empresarios que aglutina al sector. Desarrollo turístico coordinado entre los diferentes agentes del municipio (Consejo Sectorial). Existencia de recursos presupuestarios para la promoción y comercialización turística Elevada satisfacción del turista con respecto a su estancia en el municipio. Existencia de equipamientos Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 OPORTUNIDADES 31. Potenciar productos turísticos complementarios al sol y playa relacionados con el marpesca. 32. Potenciar productos turísticos complementarios al sol y playa relacionados con la cultura y la educaciónidiomas. 33. Potenciar productos turísticos complementarios al sol y playa relacionados con las jornadas y congresos cortos, viajes de promoción y premio,…. 34. Potenciar productos turísticos complementarios al sol y playa relacionados con el deporte al aire libre (ciclismo, atletismo…) 35. Potenciar productos turísticos complementarios al sol y playa relacionado con el deporte en instalaciones cerradas (baloncesto, balonmano, campus deportivos, cursos de entrenadores…) 36. Potenciar el turismo arqueológico monumental. 37. Potenciar el turismo náutico (Estación Náutica de La Marina Alta) 38. Potenciar rutas turísticas excursiones con otros municipios de La Marina Alta y Baja complementarios a Benidorm. 39. Potenciar Calp como punto de partida de una ruta de las Fiestas de Moros y Cristianos, Fiesta de la Cerveza,... 40. Cambio de tendencias en la demanda turística –experiencias más auténticas. 41. Potenciar el turismo de Calp en mercados emisores a los que todavía no se accede. 42. Potenciar el turismo de Calp a nuevos segmentos sociales de la demanda turística. 43. Recursos económicos provenientes de fondos europeos para potenciar proyectos de desarrollo turístico. 44. Potenciar eventos como el Campeonato de Dardos, Portugueses, Ciclismo,... 45. Revalorización del Casco Antiguo. Página 52 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30. culturales en el destino para dar satisfacción a la población flotante, incluyendo: Biblioteca Teatro /auditorio Sala exposiciones Sala de talleres de diversa índole (música, danza, etc.) Existencia de un alto nivel de asociacionismo en la población, por lo que respecta a actividades lúdicofesteras de interés turístico (moros y cristianos) Existencia de restos arqueológicos interesantes. Existencia de un patrimonio cultural de marcado interés, reflejado en la red de museos del municipio. Caso antiguo del municipio, como atractivo turístico. Diseño de una programación cultural avanzada. Convenio y sede Universidad Inholland. Presencia de una agencia de desarrollo local que impulsa medidas de promoción al empleo, al asesoramiento empresarial, a la promoción de iniciativas de jóvenes empresarios, fomenta la implantación industrial, la creación de viveros de empresas, fomenta la búsqueda de capital externo, e investiga la realidad y tendencias del municipio. DEBILIDADES 46. Existencia de algunas actuaciones urbanísticas degradantes de parajes de elevado valor ecológico (falda de Toix) 47. Necesidad de minimizar algunos aspectos medioambientales del rápido crecimiento experimentado por el municipio (gestión de aguas residuales, generación de un elevado volumen de residuos de Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 AMENAZAS 63. Pérdida del atractivo natural original de Calp (paisaje, tranquilidad, etc.) 64. Competencia de destinos turísticos más baratos. 65. Estancamiento del nivel de ingresos generados por el turismo y fuga de los clientes más exigentes. 66. Proyección de una mala imagen del destino (saturación, en verano y aburrimiento en temporada baja). Página 53 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 48. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 49. 50. 51. 52. 53. 54. 55. 56. 57. 58. 59. 60. la construcción que deben ser generados. En algunos períodos de tiempo ha existido dificultades para el abastecimiento de agua en nuestro municipio. No obstante, hoy en día no representa mayores problemas. Oferta complementaria no desarrollada, sobre todo aquella relacionada con el mundo del mar (posibilidad de crear en el museo del mar). Necesidad de incrementar el gasto medio del turista durante su estancia en el municipio. Saturación en algunos períodos del año (temporada alta). Déficit de equipamientos hospitalarios, obligando a la población a desplazamientos de duración superior a los 30 minutos. Escasa cultura asociativa de la población por lo que respecta a aspectos empresariales o económicos. Estructura demográfica desequilibrada, con una población relativamente envejecida. Nivel bajo de fecundidad de la población, por debajo de la media española Ausencia de una conexión directa con la autopista de peaje AP7 Red viaria local mejorable en algunas urbanizaciones del municipio. Red de transportes colectivos mejorables, en especial bus dentro del municipio y línea de autobuses que cubran las poblaciones circundantes. Necesidad de mejora de la red ferroviaria, que actualmente presenta conexiones insuficientes a los principales núcleos de población y desconexión total respecto de las grandes redes ferroviarias españolas. Red de saneamiento del destino infradimensionada en algunos puntos o inexistente, con los problemas ambientales que ello conlleva. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 67. Pérdida de capacidad del Ayuntamiento para reinvertir en el mantenimiento y mejora de los recursos turísticos. 68. Cambio de tendencias en la demanda turística –experiencias más auténticas, que pueden dejar obsoleto el producto turístico de Calp. 69. Fuga de gasto importante en los segmentos más jóvenes que acuden a Benidorm y otros municipios vecinos con más ambiente nocturno. 70. Fuga de gasto en turistas que acaben eligiendo destinos turísticos más accesibles –cerca del AVE, aeropuerto… 71. Fuga de gasto de clientes de gastronomía que buscan una oferta más cualificada en municipios del entorno. Página 54 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 61. Necesidad de solventar definitivamente, la conservación del yacimiento de los Baños de la Reina. 62. Monopolización del gasto turístico por parte de los supermercados. Elaboración Propia. 2.4.Aplicación del Marco Lógico, el árbol de problemas. Se expone a continuación modo de conclusión y resumen, los problemas detectados en el diagnóstico efectuado, utilizando el árbol de problemas que proporciona en Enfoque Marco Lógico. Árbol de problemas en la diversificación del producto turístico de Calp. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 55 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 56 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 57 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 58 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 59 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Elaboración propia. 2.5.Prospección de alternativas para diversificar el producto turístico de Calp. Tras el diagnóstico efectuado, se propone un análisis de alternativas desde la perspectiva del producto, para lo cual, y aun teniendo en cuenta que la principal fuente de alternativas habrá de encontrarse en productos complementarios al turismo de “sol y playa” predominante en Calp se analizan las posibilidades que los diversos productos turísticos existentes en España (Tourspain, Plan de Objetivos de Promoción del Turismo Exterior para España 2007) Sol y Playa, Cultural, Idiomático, Reuniones, Deportivo y Naturaleza, Náutico y Salud , junto con el Residencial predominante en el municipio, pueden ser susceptibles de explotación, en mayor o menor grado, en el destino turístico. 2.5.1.Turismo de Sol y Playa. El turismo de sol y playa es, según el diagnóstico elaborado por Tourspain, el principal producto del turismo español, y cabe esperar que siga siéndolo durante mucho tiempo. Por ello, puede asumirse fácilmente que Calp no deberá renunciar nunca a un producto como este. El turismo de Sol y Playa se está viendo sometido durante los últimos años a importantes cambios de tendencias en la demanda y en la oferta, siendo una de las que llaman en mayor medida la atención, la reducción paulatina del número de pernoctaciones en alojamiento hotelero (reducción del 8,2% en el período 19992003). Sin embargo, al profundizar en el análisis se observa que no todos los tramos de la oferta hotelera han experimentado esta tendencia negativa. Muy al contrario, los establecimientos situados en los tramos más cualificados de la oferta (4 y 5 estrellas) han experimentado importantes incrementos de pernoctaciones durante este mismo período (19% y 24,7% respectivamente). Resulta evidente, por tanto, que apostar por un modelo de crecimiento hotelero basado en la alta calidad, es una apuesta de futuro, y en ello Calp tiene algunas oportunidades de mejora, más por lo que respecta a los establecimientos de cinco estrellas donde existe una clara infradotación que respecto a los de cuatro, donde se encuentra bien dotado. Aunque no es una tarea exenta de dificultad, la atracción de este tipo de establecimientos puede potenciarse desde la Administración, estableciendo un plan de incentivos a la inversión que podrían ir desde las concesiones de suelo público para la construcción de los establecimientos, a descuentos en los precios de agua, luz, gas, reducción de impuestos y tasas, así como facilidades en materia de contratación de personal, etc. Enriquecer la experiencia y el producto a fin de conseguir una mayor autenticidad (valorizando y difundiendo las actividades culturales y el patrimonio histórico de Calp, la gastronomía, etc.) e incrementar el posicionamiento en el segmento de familias con niños, serían además, políticas a implementar respecto del turismo Sol y Playa en el Calp del s.XXI. Desde luego, el turismo de Sol y Playa seguir siendo importante, tanto desde el punto de vista de la economía del destino, como el papel de foco de atracción de nuevos turistas, pues muchos de los turistas que llegan por primera vez a Calp lo hacen, sin duda, por este motivo. 2.5.2.Turismo Cultural. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 60 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 El turismo cultural representa para España el segundo segmento de importancia en el turismo internacional, y una buena oportunidad para diversificar el producto turístico de Calp, en la medida en que son precisamente los residentes en Alemania, quienes muestran predilección por este tipo de turismo. Por desgracia, como desvela el análisis de Tourspain, sólo el 10% del patrimonio cultural de España está hoy en condiciones de ser considerado producto cultural por falta de accesibilidad y/o conservación. Los flujos turísticos culturales se dirigen prioritariamente a las grandes ciudades (Madrid, Barcelona, Granada, Sevilla, Valencia,) pero no es óbice para que municipios de tamaño inferior pierdan la oportunidad de potenciarlo, más si cabe cuando disponen de interesantes atractivos como puede ser, en el caso de Calp, su bonito Casco histórico. La Casa de la Cultura y su anfiteatro al aire libre permite elaborar un amplio programa de actividades culturales, que podría ofrecer importantes resultados a fin de atraer otro tipo de clientes y llenar las horas de aquellos que al finalizar las jornadas de playa, buscan algo distinto a pasear por los Paseos Marítimos de las localidades costeras. La baja estacionalidad y el amplio espectro de edades de los consumidores de este producto, hacen del mismo, como ya se ha dicho antes, una estrategia interesante de cara a la diversificación del modelo turístico de Calp. 2.5.3.Turismo idiomático. Algo similar a lo anterior podría decirse del turismo idiomático. Aprovechar que el castellano es la tercera lengua más hablada del mundo y que España recibe a algo más de 130.000 estudiantes de español procedentes de muy diversos lugares, es algo que no debería pasar desapercibido en los destinos turísticos de la costa Mediterránea. Calp cuenta con la posibilidad de combinar estos cursos con los muchos atractivos para jóvenes que posee como los deportes náuticos, playa, podría utilizar tanto la formación en general, como la formación en idiomas en particular, como herramienta para diversificar su producto turístico. La creación de escuelas de idiomas y la oferta cualificada de cursos de castellano, estarían entre las medidas a implementar en este sentido. 2.5.4.Turismo de reuniones. El turismo de reuniones se muestra, según el Plan de Objetivos de Promoción Exterior de España como un turismo en auge que parece seguir creciendo con independencia de situaciones coyunturales. En este sentido, España ocupa el segundo lugar, detrás de EEUU como principal destino de reuniones, siendo Barcelona, tras Viena, la que ocupa el segundo puesto en la clasificación por ciudades. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 61 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 La experiencia internacional muestra que no son necesarias grandes infraestructuras para promover el turismo de reuniones (Palacios de Congresos), pero sí una importante dotación hotelera de calidad (4 y 5 estrellas), habida cuenta que este tipo de establecimientos absorben el 61% de las reuniones celebradas. Aunque es un turismo que siente predilección por las grandes ciudades (más de 200.000 habs) no es un turismo al que deban renunciar destinos de tamaño inferior, dado que el mercado de reuniones es un mercado con una estacionalidad muy marcada en los meses de primavera y otoño, tradicionalmente de temporada baja para el turismo residencial. Así mismo, es un turismo que manifiesta un elevado potencial de gasto, tanto en compras, como ocio. El turismo de reuniones se complementa muy bien con otros productos como el turismo de golf, en la que el área circundante a Calp se encuentra bien dotado. Los organizadores de congresos buscan cada vez más lugares con un atractivo añadido y una buena oferta complementaria para la celebración de sus reuniones, y Calp ofrece oportunidades en ambos aspectos. El diagnóstico de Tourspain desvela que en pequeñas ciudades predominan las jornadas de 2 o 3 días. Calp, con su dotación hotelera de 4 estrellas, y otras instalaciones disponibles, debería encontrar temáticas interesantes para hacer de este tipo de jornadas, una oportunidad para complementar y desestacionalizar la oferta turística del municipio. 2.5.5.Turismo deportivo y de naturaleza. Son muchas las posibilidades que en el ámbito del turismo deportivo se abren para los destinos turísticos del Mediterráneo. Aunque el producto estrella de los últimos tiempos en este campo es el turismo de golf, en el que Andalucía muestra un liderazgo absoluto, no es obligatorio que todo el turismo deportivo se oriente hacia esta actividad. El benigno clima que favorece estas latitudes hace que la combinación de una dotación de instalaciones deportivas adecuadas –como la de Calp con la existencia de una variada oferta de alojamiento, puede servir de fuerte atractivo para muchos deportistas centro y norte europeos que durante buena parte del invierno deben dejar de practicar su modalidad por las desfavorables condiciones climáticas a las que se ven sometidos. As, son bien conocidos los casos de equipos de ciclistas que realizan pretemporadas o stages de preparación en la Marina Alta, y no son pocos los equipos de fútbol alemanes, rusos o nórdicos, que en invierno ven interrumpidas las competiciones por el clima. Atraerlos a Calp podría ser una opción para desestacionalizar nuevamente la demanda turística de esta localidad. Por lo que respecta al turismo de naturaleza (más comúnmente conocido como turismo rural) es difícil que pueda predominar en un destino residencial como Calp, si bien ello no impide que algunas áreas del término municipal puedan ser aprovechadas para un uso turístico como ese, pudiendo configurarse como una salida productiva alternativa al declive de otros sectores tradicionales. 2.5.6.Turismo náutico. Es evidente que el turismo náutico es un turismo plenamente implantando en Calp y otros Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 62 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 destinos similares, y manifiesta de cara al futuro, importantes oportunidades de crecimiento. La celebración de la Copa América en Valencia en 2007, ha servido para relanzar el interés por este producto. De los 274 puertos deportivos existentes en España en 2002, tres cuartas partes se situaban en el Arco Mediterráneo, la Comunidad Valenciana con 17.249 amarres representaba el 18,38% del total. Por lo que respecta al tamaño, el diagnóstico de Tourspain desvela que predominan los pequeños puertos (menos de 300 amarres), tal y como sucede en el caso de Calp. Potenciar en Calp la creación de empresas de chárter náutico y la integración de las mismas junto con el resto de actividades (vela, piragua, buceo, surf, etc.) en el ámbito de la Estación Náutica de La Marina Alta Dénia sería una opción contemplar para esta localidad. 2.5.7.Turismo de Salud. Para finalizar, una última forma de diversificar el producto turístico de Calp sería a través del conocido turismo de salud, para el cual la participación de las instalaciones hoteleras de la localidad es imprescindible. Los establecimientos hoteleros con oferta complementaria de servicios de salud y belleza, u hoteles con SPA, son elementos a atraer para mejorar la infraestructura hotelera con que ya cuenta el municipio. Estas serían, a priori, las principales opciones de diversificación del producto turístico de Calp y en estos campos debería el municipio potenciar la combinación de recursos y esfuerzos a fin de alcanzar objetivos y resultados satisfactorios, como los que se detallarán a continuación. 2.6.Objetivos generales del Plan de Diversificación del producto turístico de Calp. Los objetivos a lograr mediante la implantación del Plan de Diversificación del producto turístico de Calp provienen, en el ámbito metodológico del Marco Lógico, de convertir el árbol de problemas en un árbol de objetivos. A tal fin, se formulan de arriba a abajo todos los problemas señalados en aquel, y se transforman en objetivos deseables –afirmaciones positivas que se analizan. Hay que tener en cuenta, en cualquier caso, que si el problema no tiene una solución factible, se mantendrá como problema, y que las relaciones causaefecto del árbol del problema se han convertido en relaciones mediofin en este árbol de objetivos. Bajo estas premisas, los objetivos a considerar en el Plan de Calp son los que se muestran a continuación: Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 63 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Árbol de objetivos en la diversificación del producto turístico de Calp. Elaboración propia. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 64 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 2.7.Identificación de agentes implicados en el Plan de Diversificación del Producto Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Turístico de Calp. Los agentes o grupos implicados en la puesta en marcha del Plan de Diversificación del Producto Turístico de Calp serían, a grandes rasgos: Grupo 1: Nivel Político: los políticos municipales, tanto del equipo de gobierno como de la oposición, deberían formar parte de la puesta en marcha de este Plan que debería contar con el consenso de todos para llegar a buen término. Grupo 2: Residentes y empresarios: los residentes deberán formar parte del Plan proponiendo su visión del modelo de ciudad así como las necesidades, servicios y criterios de mejora de los mismos. Este grupo, por su gran extensión, podría ser clasificado en diversos sectores de interés, bien sectorial: economía turística (empresarios y trabajadores), medio ambiente, salud, seguridad, etc. etc.; bien por distribución territorial: núcleo urbano y diseminado; o por cualquier otro criterio que pudiera considerarse acertado. También son importantes los empresarios, agrupados en la Federación de Empresarios o través de cualquier otra plataforma a fin de llevar a cabo los objetivos del Plan. Grupo 3: Visitantes y semiresidentes: los visitantes deberían ser objeto especial de atención por parte del Plan, dado que en principio es a ellos a quienes va fundamentalmente destinado, si bien se es consciente de la dificultad de hacer participar a este segmento en “grupos de trabajo”, su participación en el Plan debería hacerse mediante otras vías –encuestas, etc.. Por su parte, por semiresidentes se entiende los turistas residenciales que pasan la mayor parte del año en Calp y únicamente abandonan el municipio para pasar una corta temporada en sus lugares de origen, es el clásico turista residencial. A fin de dotar de la agilidad necesaria a la redacción, puesta en marcha, y seguimiento del Plan, se requiere el establecimiento de grupos de trabajo o mesas de negociación que requerirán obligatoriamente la articulación de diferentes niveles de trabajo. De forma puntual, podría efectuarse alguna sesión “plenaria”, bien de Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 65 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 presentación, o por otros motivos, en los que podría convocarse a la totalidad de la ciudadanía. 2.8.Definición de la Misión, la Visión y los Valores en el Plan de Diversificación del Producto Turístico de Calp. La planificación estratégica se utiliza en general para arrojar claridad sobre lo que se quiere lograr y como va a conseguirse. Así pues, la primera tarea a abordar en la puesta en marcha de un proceso de planificación estratégica es definir exactamente ¿Quiénes somos? A la respuesta a esta pregunta se la conoce habitualmente como la “Misión”, que podría definirse de otra forma como “la razón de ser de la Ciudad, y aquello que justifica su existencia”. La declaración de una Misión es importante porque es una forma fácil de comunicarse con otros sobre lo que se hace y cómo se hace, y además, ayuda a aclarar y a enfocar el trabajo a desempeñar. 2.8.1.La Misión. Una propuesta de Misión para la Calp como destino turístico diversificado podría ser Misión de Calp como destino turístico integral Una ciudad turística competitiva de primer orden mundial que prestar servicios con eficiencia y garantía, a satisfacción de sus vecinos y vecinas, así como de los visitantes y turistas, proporcionándoles un elevado nivel de bienestar y calidad de vida, y una experiencia turística cómoda, auténtica e inolvidable, al mismo tiempo que vertebra una ciudad moderna, competitiva, dinámica, ambientalmente sostenible y socialmente incluyente.” Podría ser importante realizar las siguientes matizaciones en los dos últimos aspectos a fin de clarificar que es lo que realmente implica su inclusión en la Misión: *Sostenibilidad ambiental: el hecho incorporar este elemento en la Misión implica que las actuaciones y políticas emprendidas promuevan la sostenibilidad futura de Calp desde un punto de vista ambiental, lo que da pie a todo tipo de actuaciones en materia de consumo racional de suelo y otros recursos, ahorro de energía y uso de energías alternativas en edificios municipales, ahorro de agua, etc. *Inclusión social: implica que en el diseño de las actividades y políticas se tendrán en cuenta las necesidades de los menos favorecidos, como es el caso de los discapacitados –para lo cual se promoverá la accesibilidad a todos los niveles de la ciudad, aunque las Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 66 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 actuaciones irían mucho más allá en este sentido –ayudas y becas dirigidas o con preferencia a colectivos con riesgo de exclusión, etc. etc. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 2.8.2.La Visión. La Visión intenta representar cómo debería ser en un futuro la Ciudad, es decir, en el caso concreto de Calp como destino turístico diversificado, cuál sería la situación ideal que se pretende conseguir para el año final de referencia del Plan. Una Visión para Calp, tendrá que ser definida, como en el caso anterior, por la totalidad de los agentes implicados en el Plan. Pero en esta propuesta se considera que debería contener, al menos, los siguientes elementos: Visión de Calp como destino turístico integral “Calp quiere ser: Un referente turístico del Mediterráneo español, que ofrece variedad de productos y atracciones a los visitantes durante todo el año. Una ciudad moderna, emprendedora y competitiva. Una ciudad agradable, atractiva, segura, limpia y saludable. Una ciudad sostenible y respetuosa con el medio. Una ciudad humanizada, con preferencia al peatón. Unos residentes y visitantes cultos, educados y cívicos. Unos residentes y visitantes, activos y dinámicos. Unas empresas, asociaciones y entidades comprometidas con la ciudad. Una organización municipal moderna, accesible, eficiente y de calidad.” 2.8.3.Los Valores Los Valores son las pautas o referentes principales que orientan o deberían orientar el comportamiento del destino turístico. Los valores determinarán posteriormente Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 67 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 las estrategias y principios de actuación. Llegar a un acuerdo sobre los valores es muy importante debido a que proporciona una base para tomar decisiones difíciles, del tipo ¿debería invertirse dinero en tal o cual política?, ¿es consistente el trabajo efectuado con respecto a los valores establecidos?, o también ¿debería apoyarse a ese grupo de personas, proyecto u organización? Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Una posible lista de Valores aplicados a Calp, podría comprender, entre muchos otros los que se muestran en el siguiente cuadro. Valores de Calp como destino turístico integral moderna, emprendedora, abierta, participativa, accesible, receptiva, flexible, ágil, eficiente, comprensible para todos, proactiva, orientada a sus residentes y atractiva para los turistas, un referente de excelencia turística. Podría considerarse una lista infinita de valores que deberá ser finalmente acotada y consensuada. 2.9.Líneas y Objetivos Estratégicos del Plan de Diversificación Turística de Calp. 2.9.1.Líneas estratégicas. Las líneas o ejes estratégicos son aquellas áreas o actividades consideradas claves para cumplir y llevar a buen término la Misión, de aquí que los grandes ejes del Plan traten siempre de responder a las distintas necesidades y demandas de las partes interesadas. Líneas Estratégicas para Calp como destino turístico integral y diversificado. Línea 1: Un turismo diversificado y robusto. Diversificar el producto turístico de Calp y adaptarlo a las cambiantes y más exigentes necesidades que impone la demanda a fin de convertir a Calp en un destino turístico moderno y competitivo, facilitando su satisfacción a través de personal altamente cualificado y motivado, y promoviendo la mejora continua del sistema mediante la implantación de sistemas de gestión de la calidad que aseguren que una prestación de los de calidad, con garantías, y en continua mejora, logrando un elevado grado de satisfacción de los visitantes. Línea 2: Un destino turístico competitivo. Potenciar la mejora competitiva del destino turístico implementando acciones que Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 68 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 potencien el cluster calpino del turismo y su diamante competitivo. Con unos empresarios preocupados por la innovación y mejora continua. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Línea 3: Un destino turístico atractivo para muchos segmentos de la demanda turística, ciudad inclusiva, participativa y con igualdad de oportunidades. Dotar a Calp de mecanismos de participación que permitan hacer de esta ciudad una ciudad abierta, integradora, sin discriminación y en la que todos los ciudadanos tengan las mismas oportunidades. Orientar el marketing turístico para otros públicos turísticos objetivos utilizando intensivamente las modernas tecnologías de la información y la comunicación. Línea 4: Un destino turístico medioambientalmente sostenible. Promover un modelo de desarrollo turístico sostenible medioambientalmente que promueva el bienestar de los residentes y visitantes actuales y que no comprometa irremediablemente la viabilidad futura del modelo de desarrollo turístico. Como en todo lo relativo a esta propuesta, estas líneas estratégicas se presentan con vocación de propuesta abierta, debiendo ser debatidas y ratificadas a fin de perfilar definitivamente el número y contenido de las mismas. 2.9.2.Objetivos estratégicos. El siguiente paso en el proceso de programación es establecer los objetivos estratégicos, lo que se hace para cada una de estas líneas estratégicas o áreas clave que se acaban de presentar. Los objetivos estratégicos suponen las finalidades a conseguir para poder alcanzar la visión de la diversificación del producto turístico del Calp que se ha descrito en su apartado correspondiente. Los objetivos estratégicos se concretarán, a su vez, en objetivos operativos para las actuaciones generales que se implementen a fin de conseguir cada uno de los objetivos estratégicos. Se desglosa a continuación una batería de posibles objetivos estratégicos para cada una de las líneas que se han propuesto en el caso de la diversificación del producto turístico de Calp. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 69 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Línea 1: Un turismo diversificado y robusto. Objetivos estratégicos de esta línea de actuación serían los siguientes: Objetivos estratégicos de la Línea 1. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 1º) Calp todo el año: Conseguir la desestacionalización de la llegada de visitantes al municipio proponiendo un completo programa de actividades y fomentando aquellos atractivos que pueden favorecer la llegada de visitantes en temporada baja (Congresos, senderismo, deportes náuticos en invierno, parapente,…) 2º) Calp por cien motivos: que consiste reducir la monotonía motivacional de la demanda evitando que no todos los que acudan a Calp lo hagan por su sol y por sus playas. 3º) Calp es mucho más: se persigue desaturar la playa como único atractivo turístico promoviendo la difusión de los beneficios de esta actividad por todo el término municipal. Conseguir estos objetivos implicará lógicamente un fuerte esfuerzo inversor tanto en materia de Creatividad, como materias de calidad y Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación, como en la formación del personal. También supondrá el diseño de acciones formativas para los residentes y visitantes de la localidad. Línea 2: Un destino turístico competitivo. Esta línea estratégica debería orientarse, como se ha dicho, a promover la competitividad del destino turístico promoviendo su mejora integral y su adaptación a las cambiantes y más exigentes necesidades que impone las nuevas tendencias de la demanda. Objetivos estratégicos de la Línea 2. 1º) Calp es belleza: Conseguir preservación de los factores naturales elementales que propiciaron el despegue turístico del municipio. 2º) Calp es calidad: Promueve la mejora de los factores avanzados que potencian la competitividad del destino –infraestructuras, recursos humanos, tecnología avanzada,…. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 70 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 3º) Calp es profesional: Se persigue profesionalizar la oferta turística de Calp Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ mejorando la gestión, la implantación de sistemas de calidad y la búsqueda de la mejora continua y la calidad del producto turístico local. Línea 3: Un destino turístico atractivo para muchos segmentos de la demanda turística, ciudad inclusiva, participativa y con igualdad de oportunidades. Objetivos estratégicos para la línea 3. 1º) Atraer turistas procedentes nuevos mercados emisores con poca presencia actual en Calp. 2º) Atraer nuevos perfiles de turistas, distintos de la familia tradicional predominante, que puedan venir en otras fechas distintas, desestacionalizando el producto turístico de Calp. 3º) Aumentar el grado de participación ciudadana: grupos de trabajo, presupuestos participativos,…. 4º) Aumentar los niveles de satisfacción, tanto de residentes como de visitantes del municipio, detectando así las oportunidades de mejora en los servicios públicos municipales. 5º) Mejorar los niveles de igualdad de oportunidades. 6º) Aumentar la accesibilidad a todos los niveles municipales. Línea 4: Un destino turístico medioambientalmente sostenible. Objetivos estratégicos para la línea 4. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 71 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 1º) Implantación de la Agenda XXI: En concreto en turismo, conseguir con los propios residentes y semiresidentes de Calp se conviertan en embajadores turísticos del municipio. 2º) Incrementar el grado de protección de aquellos elementos y espacios singulares susceptibles de aprovechamiento turístico. 3º) Mejorar el uso turístico de Las Salinas aprovechando sus sinergias con el Parque Natural del Penyal d'Ifach. 4º) Potenciar la cultura de la calidad medioambiental entre las empresas Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ turísticas del municipio (difusión de la norma ISO 14000). 2.10.Acciones propuestas. Las acciones a llevar a cabo se enmarcarán en las directrices anteriores y en las que habitualmente informan la actuación del Departamento de Turismo y que se plantean a continuación: *Área de Investigación y labor consultiva. Profundizar en el conocimiento del sector turístico de la localidad para la aplicación más efectiva de las políticas de Promoción Turística en el municipio promoviendo la realización de estudios e investigaciones sobre el mismo. Ejercitar la labor consultiva en materia turística en aquellas medidas implementadas por la Concejalía de Turismo del Ayuntamiento de Calp o cualesquiera otros departamentos cuyas actuaciones puedan tener una incidencia directa o indirecta sobre el sector turístico de Calp. *Área de Promoción de la demanda. Promover actividades encaminadas a incrementar la demanda turística, potenciando los mercados internacionales que operan con el destino e intentando abrir nuevos mercados. En concreto se plantea. • Actuaciones para la consolidación de la marca turística de la localidad. • Asistencia a Ferias de Promoción Turística • Elaboración de Campañas de Promoción Turística de Calp (información y material divulgativo) *Área de Promoción / Diversificación de la Oferta. • Promoción de Eventos para captar nuevos segmentos de la demanda turística. • Gestionar instalaciones y equipamientos de interés turístico de la localidad. • Puesta en servicio y valorización de potenciales recursos turísticos de la localidad infrautilizados. *Área de Mejora de la Competitividad Empresarial 1. Asesoramiento a empresarios turísticos y potenciales emprendedores. 2. Tramitación de ayudas y subvenciones en materia de creación de empresas y autoempleo. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 72 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 3. Fomentar la sostenibilidad ambiental de las actividades turísticas de Calpe 4. Fomentar la cultura de la calidad en las empresas turísticas de Calp. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 5. Fomentar el uso de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación en las empresas turísticas de Calp. 6. Fomentar la cultura de la competitividad entre el tejido productivo del municipio. 7. Potenciar los sectores conexos y de apoyo al sector turístico del municipio. 8. Fomentar la conciencia de cluster entre el tejido productivo del municipio. *Área de Información. • • Potenciar al Departamento como referencia en materia de información turística de la localidad. • Creación del Gabinete de Prensa. • Mantenimiento del Web-Site turístico de Calp como canal de información del mismo. • Investigar nuevos canales de información más selectivos “redes sociales” que contribuyan a optimizar los recursos. Las acciones a poner en marcha, entre otras muchas, serán las siguientes. 2.10.1.Acciones asociadas a la Línea 1: Un turismo diversificado y robusto. Se considera que durante los próximos cuatro años, por lo menos, deberían existir las siguientes actuaciones: Acciones para la línea 1 Promoción del turismo de congresos y eventos MICE programando actividades que pudieran ser de interés y desarrolladas en las instalaciones de la Casa de Cultura (conciertos, cursos de idiomas,) Puesta en marcha de nuevos recursos turísticos vinculados a los sectores tradicionales (Puesta en marcha de La Casa Nova también como Centro de Formación Profesional y del sector servicios, creación de la Ruta de la cultura de la pesca, Ruta de los caminos rurales, etc.) Promoción de Calp como destino de entrenamiento de deportistas en invierno (puesta en marcha de la ruta BTT, ciclismo,…) Crear una ruta del turismo de salud vinculada a los diversos SPA de los hoteles de Calp. Potenciación de los eventos deportivos y de las instalaciones locales como motor de atracción turística offseason (campus de invierno para deportistas de élite – Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 73 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 pretemporada de baloncesto,…). Potenciar las escuelas de submarinismo existentes y crear la ruta del Calp submarino. Potenciar el uso turístico del Casco Antiguo articulando una ruta alrededor de sus murales, como elemento diferenciador de nuestro Casco Antiguo. Realización de un calendario de regatas y eventos vinculados a los deportes náuticos y aéreos alternativos (parapente, kitesurf,…) en épocas distintas del verano, así como la promoción de cursos de vela durante todas las épocas del año. Aprovechamiento de las sinergias con destinos turísticos complementarios para mejorar la desestacionalización en el destino (oferta de Calp en las excursiones para turistas del IMSERSO que acuden a Benidorm u otros destinos, etc.) Articular una oferta turística complementaria con municipios del interior claramente complementarios (Vall del Pop, etc.). Potenciar Calp junto con otros destinos turísticos similares de la Ruta de la Cultura de las Salinas y el Mar. Valorizar el yacimiento arqueológico de los Baños de la Reina, al menos en la zona de propiedad municipal para convertirlo en un Museo al aire libre. Obtención de la Declaración de Fiesta de Interés Nacional de los Moros y Cristianos de Calp. Obtención de la Declaración de Fiesta de Interés Autonómico de la Oktoberfest de Calp. Potenciar el turismo de interior mediante la coordinación de la infraestructura de transporte. 2.10.2.Acciones asociadas la Línea 2: Un destino turístico competitivo. Actuaciones imprescindibles para comenzar a desarrollar esta línea estratégica. Acciones para la línea 2. Efectuar campañas de concienciación y promoción de la calidad y legalidad en la oferta turística a nivel local. Establecimiento de canales y sistemas de vigilancia y atención de quejas a fin de determinar productos/establecimientos turísticos que por reiteración de incidencias supongan potencialmente un deterioro de la imagen del destino. Elaboración de un nuevo Plan de Acción Comercial y, en su caso, reurbanización de las zonas que el mismo detecte susceptibles de mejora. Operaciones de micro urbanismo para la mejora de algunas zonas del casco antiguo más deterioradas. Promoción de transporte público turísticourbano Promoción de la conectividad a Internet a nivel municipal (servicio fiable de wifi, Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 74 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 etc.). Creación de una plataforma de elearning para el desarrollo de formación turística. Apoyar a la Federación de Empresas Turísticas para la puesta en marcha de acciones formativas y promoción del destino. Potenciar la colaboración con CREAMA y otras entidades con vocación formativa, para incrementar la orientación turística de su oferta formativa. Cursos de formación en Nuevas Tecnologías en materia de turismo para todos los empresarios de Calp. Cursos de formación en atención al cliente y al turista para todos aquellos empleados de comercio y hostelería que conforman el frontoffice del destino. Establecer programas de incentivos y subvenciones para la modernización de establecimientos de hostelería y comerciales. Potenciación y puesta en marcha de Grupos de mejora Premios a la calidad y mejores prácticas (Premio a la excelencia turística de Calp) 2.10.3.Acciones asociadas a la Línea 3: Un destino turístico atractivo para muchos segmentos de la demanda turística, ciudad inclusiva y participativa y con igualdad de oportunidades. Como en el caso anterior, Calp requiere comenzar por aquello que es más urgente. Y esto podría ser: Acciones para la línea 3. Realización de acciones de investigación de mercados en nuevos países emisores y nuevos segmentos de la demanda que podrían ser factibles. Promoción del destino en mercados emisores con escasa relevancia en Calp, de forma no exhaustiva se citan: * Asistencia a Ferias de Turismo, tanto de mano del Patronato de Turismo Costa Blanca, la Agencia Valenciana de Turismo y Turespaña, bien de forma directa en aquellos casos en que se detecten Ferias que por su especial interés afecten a Calp. *Viajes de promoción del destino a sedes de Touroperadores o Agencias de Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 75 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Viajes (Misiones Directas) que se detecten constituyen prescriptores en zonas o bolsas de potenciales clientes que por tradición o vinculación geográficacultural sean susceptibles de acudir a Calp con premio a los vendedores de mayor éxito. *Organización de FamTrips, PressTrips y otras acciones promocionales (Misiones Inversas) a fin de que prescriptores puedan conocer Calp y se configuren en canales de comercialización de nuestro de destino en el extranjero. *Puesta en marcha de un sistema de evaluación y medición de los resultados concretos de cada Feria u acción promocional. *Puesta en marcha de concursos nacionales e internacionales para la atracción de turistas y visitantes a nuestro municipio. *Realización de Campañas de Promoción Turística de Calp mediante anuncios en medios de comunicación de corte generalista como especializado, vallas y todo tipo de soportes tanto de ámbito nacional como internacional. Promoción del destino en segmentos de demanda con escasa relevancia en Calp (eventos, revistas especializadas,…) Organización y captación de eventos, tanto de forma directa como mediante con la colaboración de la iniciativa privada, bien a través de sus Federaciones y Asociaciones Empresariales como de forma directa a través de empresas individuales, siempre que se entienda que estos eventos contribuyen a diversificar y mejorar el producto turístico de Calp. Diversificación de los canales de promoción, ampliando el uso de las nuevas tecnologías para facilitar el acceso a la información turística por todos los públicos (Web turística municipal, Redes Sociales, APP's de turismo, etc.) Establecimiento de un sistema de evaluación continua del producto turístico de Calp. Realización de estudios de satisfacción de la demanda en el sector del alquiler de viviendas (principal modo de alojamiento en Calp),determinando problemas habituales de los inquilinos, condiciones de salubridad, etc. Promoción de hermanamientos como herramienta de competitividad y promoción turística e intercambio de profesionales. Estrechamiento de la colaboración con Servicios Sociales para compaginar la atención a los “homeless” (sin techo) y colectivos desfavorecidos y el mantenimiento de la imagen turística del municipio. En definitiva, se trata de establecer un modelo de promoción turística en sentido “amplio” y adecuado a la realidad actual del mercado turístico, cada vez más dinámico y competitivo, que vaya mucho más allá de lo que tradicionalmente se ha entendido como promoción mediante los sistemas de información turística, la promoción mediante folletos o web, o la mera asistencia a Ferias de turismo. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 76 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 2.10.4.Acciones asociadas a la Línea 4: Un destino turístico Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ medioambientalmente sostenible. Acciones para la línea 4. Coordinación en el marco de la Agenda XXI local, mediante la monitorización y seguimiento de los indicadores ambientales de desempeño del destino turístico. Puesta en marcha de una unidad de identificación de recursos turísticos naturalespatrimoniales para gestionar su protección y valorización turística. Efectuar campañas de concienciación entre los residentes y semiresidentes de Calp de la importancia del turismo como motor económico y fuente de empleo en Calp y necesidad de potenciar esta actividad de forma continua. Valorización de las playas de Calp y los espacios naturales que se configuran como motores de atracción turística local. 3.CONCLUSIONES. La puesta en marcha de un proyecto como el planteado supondrá una reestructuración del producto turístico de Calp mediante su diversificación que es posible que no tenga parangón con ningún otro plan que en materia de turismo se haya puesto en marcha en los últimos años. El Plan propuesto tiene por objetivo mejorar la situación de consolidación en la que se encuentra el producto turístico de Calp. Sin dejar de lado el producto sol y playa, verdadero motor del desarrollo turístico local, con este Plan se presente complementar este producto a fin de hacer de Calp un destino turístico más equilibrado. Una verdadera modernización y revolución del producto a fin de adaptarlo a las necesidades cada vez más exigentes de la demanda turística. Se considera esta una tarea tan necesaria como importante, susceptible de ser apoyada por toda la sociedad calpina, y en especial, por todos los grupos implicados en el diseño y gestión de las políticas públicas municipales. No son pocos los residentes y visitantes que comparten que mejorar el producto turístico de Calp es hoy una tarea inaplazable, urgente. La difusión de este documento Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 77 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 podría tal vez, contribuir a crear un poderoso equipo conductor que inicie el proceso. Este proyecto, que únicamente tiene el carácter de propuesta abierta, no tiene más objetivo que proponer un debate sosegado sobre la necesidad de mejorar el producto turístico local. En cualquier caso, como acaba de decirse, se trata de establecer un modelo de promoción turística en sentido “amplio” y adecuado a la realidad actual del mercado turístico, cada vez más dinámico y competitivo, que vaya mucho más allá de lo que tradicionalmente se ha entendido como promoción mediante los sistemas de información turística, la promoción mediante folletos o web, o la mera asistencia a Ferias de turismo. Del mismo modo, un Plan tan ambicioso como el presente, necesitará de recursos suficientes para el departamento de Turismo, tanto en el ámbito de los recursos humanos, como especialmente en el ámbito de los recursos financieros que deberá tener su reflejo en los presupuestos municipales. Si bien se es consciente de que los requerimientos en materia de control de déficit y racionalización de la administración obligan a incrementar la eficiencia en el gasto y la utilización de la imaginación para conseguir los objetivos, no es menos cierto que el turismo, como motor fundamental de desarrollo en Calp, debe reflejar su importancia en el tejidoproductivo local en los presupuestos municipales del Ayuntamiento, acompasando así la verdadera importancia que el sector alcanza en el municipio. Aunque siempre en el marco de lo que permitan las normativas vigentes, parece claro que la ampliación de los recursos humanos del departamento de turismo, la mejora de las condiciones laborales del personal adscrito al departamento y la mejor consideración en general del departamento dentro de la estructura municipal, se hace imprescindible para alcanzar los objetivos que este ambicioso Plan plantea. Del mismo modo, la coordinación con el resto de Departamentos municipales, y en especial, aquellos como cultura o patrimonio con los que el mismo se complementa a fin de incrementar y mejorar la dotación de recursos turísticos del municipio, se antoja imprescindible para que este Plan alcance su máximo potencial. En este sentido, puede haber muchas otras vías, que sin duda, la participación ciudadana puede enriquecer. Pero se considera que la vía planteada por medio de la Planificación Estratégica obliga al establecimiento de un procedimiento razonado, consensuado y con la implicación de muchos actores, por lo que se considera preferible a otros procedimientos alternativos con los que este objetivo podría cumplirse. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 78 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ BIBLIOGRAFÍA Antón Clavé S. (2004) “De los procesos de diversificación y cualificación a los productos turísticos emergentes. Cambios y oportunidades en la dinámica reciente del turismo litoral”. en Papeles de Economía Española nº 102 (2004) pp. 316333. Ansoff H.I (1976) La estratregia de la empresa. Ediciones Universidad de Navarra S.A. Traducción de Corporate Strategy. Mc GrawHill (1965) Argawal S (1997) “The Public Sector: Planning for Renewal”. En The Rise and Fall of British Coastal Resorts. G Shaw and A. Williams, eds. Pp:117158. London: Cassell. 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Zeilthalm, V.A, Parasuraman A., y Berry L.L (1985) “Problems and strategies in services marketing”, Journal of Marketing, volumen 49, primavera: 3346 ” Vistos los textos legales citados y demás normativa concordante de general aplicación, esta Alcaldía PROPONE al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO: Aprobar el Plan de Promoción y Diversificación Turística de Calp en los términos elaborados por el Departamento de Turismo y las aportaciones efectuadas por los diversos grupos políticos y asociaciones emprsariales, considerando que las acciones planteadas en el mismo desarrollan y dotan para el Ayuntamiento de Calp a la competencia establecida por la Ley de Bases de Régimen Local en su artículo 25.2.h) en materia de “h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local“. SEGUNDO: Ordenar al Departamento de Turismo a que desarrolle mediante planes anuales de actuación con expresión del coste económico lo establecido en el presente Plan de Promoción y Diversificación Turística. TERCERO.-Notificar a la Secretaría y la Intervención Municipal el presente acuerdo para su conocimiento y efectos. CUARTO.-Notificar todos los interesados y publicar un anuncio en el BOP Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 81 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 otorgando un plazo de 20 días naturales para que por las mismas se efectúen las aportaciones o alegaciones que estimen oportunas. QUINTO.-Si finalizado el plazo otorgado no existieran alegaciones o sugerencias, el Plan se entenderá definitivamente aprobado.” Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Promoción Económica, emitido por mayoría, en sentido favorable a la propuesta. Intervino la Sra. Sala exponiendo que se trataba de un plan ambicioso de promoción turística para esa legislatura. La filosofía era constituir una hoja de ruta para fijar las bases de la promoción turística. Intervino el Sr. Cabrera dando un primer turno de intervenciones. Intervino el Sr. Perles señalando que estaban contentos pues habían mantenido una reunión larga con el técnico y el concejal de turismo y habían incluido la mayoría de propuestas que les habían hecho. Una de las que consideraban más importantes era las de una ruta de murales por el casco antiguo. También crear una oferta complementaria con los municipios del interior, o la colaboración del Creama en la actividad formativa. Por otra parte, les preocupaba el tema de aportar algún tipo de exención o beneficio fiscal a hoteles de 5 estrellas, pero en todo caso, iban a votar a favor. Intervino el Sr. Pastor manifestando que en la Comisión Informativa se había dicho que se convocaría una Junta de Portavoces para tratar el asunto y no se había convocado. Por ello no habían hecho aportación alguna. Por otra parte, el equipo de gobierno había derivado el turismo al sector empresarial y asistían a ferias sin stand. No veía que tuvieran capacidad para liderar ese plan. Era un documento técnico muy importante pero en él no se mencionaba ni el Peñón de Ifach, ni las Salinas. Lo iban a votar a favor pero les hubiera gustado que convocaran la Junta de Portavoces. Intervino la Sra. Sala indicándole al Sr. Pastor no recordaba que se hubiera dicho de convocar una Junta de Portavoces y no obstante entendía que no era cuestión de ese órgano pues no sabía que harían allí los cinco si no sabían de qué iba el plan. Entendía que la convocatoria que se hizo desde la Concejalía de turismo era para que se hicieran aportaciones de manera constructiva; oyéndole, creía, que flaco favor se hacía al turismo del municipio si se decía públicamente que el pueblo estaba sucio y que estaba todo fatal. La filosofía del plan era plasmar las líneas de actuación en un documento, que seguía vivo. Intervino el Sr. Cabrera dando un segundo turno de intervenciones. Intervino el Sr. Perles señalando que quería dar las gracias a Mireia Ripoll, que era la especialista que les había ayudado en ese asunto. Intervino la Sra. Herrada e indicó que el voto de su grupo iba a ser positivo. Pensaban que era muy importante diversificar la oferta turística. Sabía que había otros métodos que no eran la participación en ferias, para promocionar Calpe como destino turístico y veía que estaba recogido en el plan. También veía mejoras en cuanto al Medioambiente, que no estaban en la primera redacción. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 82 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Intervino el Sr. Pastor manifestando que con dos trabajadores y medio no se podía liderar ese plan. Habían pasado de tener una Concejalía a ser inexistente. Desde la manera actual de gestionar, era difícil que se pudiera ejecutar ese plan, que era muy ambicioso. Le indicó la Sra. Sala que se trataba de un reto de la Concejalía de Turismo. Le invitaba a que se sentara con el concejal competente y debatieran el asunto. Continuó el Sr. Pastor indicando que turismo había que tomárselo mucho más en serio, pues era de lo que vivía el municipio. Intervino el Sr. Cabrera e indicó que creía que estaban todos de acuerdo en que había estimular el turismo, que era una de las fuentes de ingreso más importantes del municipio. Por otra parte creía, que no era tan importante la cantidad, sino la calidad; no hacía falta por ejemplo tener cuatro oficinas, sino dos que funcionaran, ni doce empleados, pero sí dos o tres que fueran expertos. Todos los concejales habían recibido un email para que aportaran ideas al plan y él mismo, sin ser miembro de la Junta de Portavoces, había mandado unas ideas que habían sido recogidas. Invitaba a los concejales a seguir aportando. Intervino el Sr. Pastor señalando que él sólo había recibido la información del pleno de septiembre y el de ahora. Intervino el Sr. Cabrera indicándole al Sr. Pastor que le invitaba a seguir aportando. Sometido el dictamen a votación, la Corporación por unanimidad acordó aprobar el mismo. 7.- ADHESIÓN GENÉRICA DEL MUNICIPIO DE CALP A LA CENTRAL DE CONTRATACIÓN DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE Y ADHESIÓN ESPECÍFICA AL ACUERDO MARCO DE SERVICIOS DE SEGUROS.- En el expediente consta una propuesta de la Concejalía Delegada que dice lo siguiente: “MANUEL JOSÉ CABRERA FERNÁNDEZ-PUJOL , Concejal de Delegado de Hacienda, al Ayuntamiento Pleno EXPONE: I.- Dada cuenta del servicio especializado Central de Contratación de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, adscrito al Área de Servicios Jurídicos-Asistencia a Municipios, creado al amparo de lo establecido en el art. 204.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 83 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Considerando que, la adhesión genérica a la Central de Contratación de la Excma. Diputación Provincial de Alicante supone participar en el sistema de racionalización técnica de contratación articulado en el nivel provincial sin que exista obligación de participar en los concretos procedimientos de contratación que se desarrollen y sin repercusión económicopresupuestaria. Considerando que, la contratación de obras, servicios y suministros a través de la Central de Contratación, cuando así se decida en el procedimiento específico, permitirá, entre otros, obtener mejores precios y condiciones contractuales. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ II.- Considerando, el art. 205.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sobre adhesión al sistema de contratación centralizada. III.- Considerando el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Central de Contratación publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 41, de fecha 28 de febrero de 2014. IV.- Por otro lado, El 28 de febrero de 2012 se formalizó el contrato de Aseguramiento Privado de la actividad municipal (Exp. PRIV 13/2011), compuesto por dos Lotes: Lote I: Daños al Patrimonio municipal, Responsabilidad Civil/Patrimonial del Ayuntamiento, seguro Accidentes del personal funcionario y laboral, miembros de la Corporación y de Protección Civil, alumnos guardería, centro de día y taller ocupacional. Lote II: Responsabilidad Civil para las Autoridades y Personal al servicio del Ayuntamiento de Calp. Dicho contrato vence el próximo 31 de diciembre, siendo necesario iniciar un nuevo proceso de licitación, resulta oportuna la adhesión específica y celebración de contrato derivado al amparo del Acuerdo Marco de Servicio de Seguros para las Entidades y Organismos adheridos a la Central de Contratación de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, AMSE 1/2015. V.- Vistos los pliegos de cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas y la formalización del acuerdo marco del Lote 1º Seguro de Responsabilidad Civil/ Patrimonial con el proveedor “Zurich Insurance PLC, surcursal en España, Cif W0072130H”, del Lote 2º Seguro de Daños Materiales con el proveedor “Zurich Insurance PLC, surcursal en España, Cif W0072130H”) y del Lote 3º Seguro de la Flota de vehículos con el proveedor “Bilbao Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros” con Cif A48001648). VI.- Vista la Propuesta al Pleno de adhesión genérica al servicio provincial de contratación centralizada, necesario para participar en esta contrato. VII.- Vistos el informe de Secretaría e Intervención de 29 de octubre de 2015 y los documentos que se adjuntan en relación con el Lote 1º (Presupuesto Municipal total para el ejercicio 2015), Lote 2º (Relación de Bienes asegurados con detalle de valor de reposición a nuevo en continente y contenido y su denominación) y Lote 3º (Relación de Vehículos Municipales con detalle de tipología, matrícula, marca, modelo, versión, PMA y detalle de coberturas a emitir). VIII.- Considerando el régimen de adhesión específica establecido, el art. 7 e) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Central de Contratación Provincial y la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En virtud del artículo 110 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y de su disposición adicional segunda, al Ayuntamiento en Pleno propongo: Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 84 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ PRIMERO: La adhesión genérica del Municipio de Calp a la Central de Contratación de la Excma. Diputación Provincial de Alicante. SEGUNDO: Asumir las obligaciones derivadas de la adhesión genérica de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora de la Central de Contratación de la Excma. Diputación Provincial de Alicante. TERCERO: Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la formalización de la adhesión genérica y para suscribir cuantos actos y documentos fueran precisos en orden a lo acordado. CUARTO: Dar traslado del presente acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Alicante. QUINTO: En caso de aceptación del acuerdo de adhesión por parte de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, y posterior formalización de la misma, se propone la adhesión específica del Ayuntamiento de Calp al Acuerdo Marco de Servicios de Seguros para las entidades y organismos adheridos a la Central de Contratación de la Diputación Provincial de Alicante –AMSE 1/2015- a los lotes siguientes, formalizados con fecha 29 de mayo de 2015. a)Lote 1, Seguro de Responsabilidad Civil /Patrimonial b)Lote 2, Seguro de Daños Materiales c) Lote 3, Flota de Vehículos Municipales SEXTO: Adjudicar a la mercantil “Zurich Insurance PLC, surcursal en España, Cif W0072130H”, los contratos derivados de “Responsabilidad Civil Patrimonial del Ayuntamiento de Calp” y “Daños Materiales del Ayuntamiento de Calp”, y adjudicar a la mercantil “Bilbao Compañía Anónima de Seguros y Reaseguros” con Cif A48001648, el contrato de “Flota de Vehículos del Ayto de Calp”, opción 5) BASICAS+INCENDIO+ROBO (Mayoria grupos vehículos). 1. El contrato se rige por los términos del Acuerdo Marco para entidades adheridas con un número de habitantes de 29.442 y con un presupuesto municipal de 32.652.725,00 euros, por los siguientes importes: Lote 1, Seguro de Responsabilidad Civil/Patrimonial: importe de prima total anual de 25.995,65 € Lote 2, Seguro de Daños Materiales: importe de prima total anual de 21.821,14 € Lote 3, Flota de Vehículos Municipales: importe de prima total anual de 27.700,04 € Incluidos impuestos y recargos legales en prima total. El plazo será de un año, pudiendo ser objeto de prórroga por periodos anuales, sin que la duración total del contrato pueda exceder del 31 de diciembre de 2018, surtiendo efecto la formalización de los mismos el día 31 de diciembre de 2015. SÉPTIMO: Aprobar el gasto, con asunción del compromiso de gasto del ejercicio 2016, con subordinación al crédito que para el ejercicio se consigne en el respectivo presupuesto. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 85 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 OCTAVO: Requerir a los adjudicatario para que procedan a la formalización del contrato derivado dentro de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los proveedores del acuerdo marco. NOVENO: Notificar a los proveedores del acuerdo marco y publicar anuncio de la adjudicación en el perfil del contratante. DÉCIMO: Dar traslado del presente acuerdo al Servicio de Asistencia a Municipios-Central de Contratación de la Excma. Diputación Provincial de Alicante. En Calp, en la fecha del encabezamiento Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ DOCUMENTO ADJUNTO 1 Lote 1º (Presupuesto Municipal total para el ejercicio 2015) De los estados de contabilidad del municipio de Calp resulta un montante total para el Presupuesto Municipal de 2015 de 32.652.725,00 euros. DOCUMENTO ADJUNTO 2 Lote 2º (Relación de Bienes asegurados con detalle de valor de reposición a nuevo en continente y contenido y su denominación) EDIFICIOS Y OTROS 1 SEDE AYUNTAMIENTO CONTINENTE 388.013,41 € CONTENIDO 323.344,51 € 0,00 € 6.143.545,73 € 38.801,35 € 197.984,00 € 646.689,02 € 12.933,78 € 5 OFICINA TURISMO PL.MOSQUIT 6 CASAL ASSOCIACIONS 7 EDIF. MIRO 8 MUSEO ARTE MODERNO 9 TORREO DE LA PEÇA 10 PL. RVDO. PENALVA 11 ALMACEN LA FOSA 12 ALMACEN P. MANJON 97.003,36 € 38.801,35 € 38.801,35 € 51.735,12 € 22.634,11 € 32.334,46 € 22.634,11 € 25.876,56 € 51.735,12 € 25.867,56 € 6.466,89 € 161.672,26 € 6.466,89 € 19.400,67 € 64.668,90 € 25.867,56 € 13 DEPOSITO GRUA 14 PABELLON DOMINGO CRESPO 19.400,67 € 776.026,83 € 19.400,67 € 84.069,57 € 15 CAMPO FUTBOL Y OTROS 16 PISTAS MIGUEL ANGEL BENITEZ 17 C.P. OLTÁ 18 C.P. AZORIN 19 C.P. GABRIEL MIRO 20 C.P. GARGASINDI 21 ANTIGUA GUARDERIA 22 OFICINA INEM 23 OFICINA COMERCIO 24 ALMACEN C/ CAPITAN JORDA 25 MUSEU SENYORETA 26 OFICINA CENSO 27 SEDE POLICIA LOCAL 129.337,80 € 776.026,83 € 582.020,12 € 646.689,02 € 420.347,87 € 87.303,01 € 342.745,19 € 54.968,57 € 97.003,36 € 0,00 € 161.672,26 € 0,00 € 970.033,54 € 16.167,22 € 84.069,57 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 0,00 € 32.334,46 € 0,00 € 25.867,56 € 64.668,90 € 227.953,36 € 12.933,78 € 19.400,67 € 2 EQUIP. INFORMATICOS AYTO 3 CASA DE CULTURA 4 OFICINA TURISMO SALINAS Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 86 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 28 PUNT JOVE 29 PERRERA MUNICIPAL 30 CASA COCO 31 CENTRO CIVICO 3ª EDAD 32 CENTRO MAITE BORONAT 32.334,46 € 129.337,80 € 1.614.000,00 € 1.362.216,00 € 860.800,00 € 19.400,34 € 32.334,46 € 215.200,00 € 215.200,00 € 107.600,00 € 33 ALMACEN JARDINERIA 34 JUZGADO DE PAZ 35 GUARDERIA SILENE 36 AMPLIACION AYUNTAMIENTO 37 NUEVO PABELLON DEPORTES (Ifac) 107.600,00 € 161.400,00 € 1.940.000,00 € 2.396.000,00 € 1.649.644,65 € 32.280,00 € 53.800,00 € 250.000,00 € 250.000,00 € 250.000,00 € 38 MUSEO COMIC C/ San Roque 10 39 ESTACION AUTOBUSES 40 PISCINA MUNICIPAL 41 NOU C.P, PATERNINA 150.000,00 € 400.000,00 € 3.500.000,00 € 5.800.000,00 € 0,00 € 0,00 € 100.000,00 € 0,00 € 42 CASETA TOIX EQUIPOS RTV 43 CENTRO SOCIOEDUCATIVO COCO 44 CASANOVA 30.000,00 € 285.000,00 € 2.100.000,00 € 300.000,00 € 13.000,00 € 20.000,00 € 100.000,00 € 0,00 € 34.582.088,89 € 15.000,00 € 30.000,00 € 4.033.777,72 € 45 ERMITA DE SAN FRANCESC 46 AGENCIA DESARROLLO LOCAL PORTALET 12 TOTALES DOCUMENTO ADJUNTO 3 Lote 3º (Relación de Vehículos Municipales con detalle de tipología, matrícula, marca, modelo, versión, PMA y detalle de coberturas a emitir) Matrícula/ Bastidor Denominación Comercial TIPO VEHICULO 6504DGD MAN PORTACONTENEDOR CAMION 7675FCX NISSAN ATLEON TK58/2 CAMION 4842FKY MAN TGM 4X2 CAMION A 004556AY MERCEDES 1222 CAMION C7835BHX PEUGEOT 50 RAPIDO CICLOMOTOR C1001BTS YAMAHA YN 50 CICLOMOTOR DERIVADO DE TURISMO DERIVADO DE TURISMO DERIVADO DE TURISMO A 004268DW CITROEN BERLINGO 1.9 D CUMBRE 3368BBB RENAULT EXPRESS 1.9 D 55CV RL 3410BRC RENAULT KANGOO 1.9 D ALIZE Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 COBERTURAS RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV P.T CON INCENDIO + ROBO (*algunos grupos BASICO) 850 BASICO 850 BASICO 850 BASICO 850 BASICO 225 BASICO 225 BASICO 420 420 420 Página 87 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 DERIVADO DE TURISMO DERIVADO DE 5342DVJ TURISMO DERIVADO DE 1430FWC TURISMO DERIVADO DE 1451FWC TURISMO DERIVADO DE 9256FYX TURISMO DERIVADO DE 9968FYJ OPEL COMBO 1.3 CDTI CARGO TURISMO DERIVADO DE 5219CMH RENAULT KANGOO 1.2 EXPRESSION TURISMO CITROEN BERLINGO 1.6HDI 90L SX 80 DERIVADO DE 1660GMV FG TURISMO PEUGEOT PARTNER 1.9 D 190 C DERIVADO DE CS000632AV FURGON TURISMO PEUGEOT PARTNER 2.0 HDI COMBI DERIVADO DE 5587DCB PLUS TURISMO PEUGEOT PARTNER 2.0 HDI COMBI DERIVADO DE 5610DCB PLUS TURISMO PEUGEOT PARTNER 2.0 HDI COMBI DERIVADO DE 6436DZK PLUS TURISMO PEUGEOT PARTNER 1.6 HDI DERIVADO DE 1538FWH COMBIESPACE TURISMO DERIVADO DE 7767-JHM PEUGEOT BIPPER FG. 1.3HDI 75 3 P TURISMO DERIVADO DE 9177HVJ DACIA DOKKER 1.6 BASE VAN TURISMO DERIVADO DE 9176HVJ DACIA DOKKER 1.6 BASE VAN TURISMO 9666DCY RENAULT KANGOO 1.5 DCI ALIZE RENAULT KANGOO 1.2 16V ESPRESS CONFORT PEUGEOT PARTNER 1.6 HDI COMBI PLUS PEUGEOT EXPERT 1.6 HDI 227 L1H1 FURGON PEUGEOT PARTNER 1.6 HDI COMBI PLUS 5315GRH FORD TRANSIT 350 FURGON L 120 NISSAN VANETTE CARGO 2.3 D COMBI 8 NISSAN VANETTE CARGO 2.3 D COMBI 8 NISSAN VANETTE CARGO 2.3 D COMBI 8 NISSAN VANETTE CARGO 2.3 D COMBI 8 FORD TRANSIT 190 L CH-CAB 2.5 TDI 100 FURGÓN NISSAN CABSTAR E 120.35/1 MERCEDES SPRINTER COMBI 208 CDI 3000 MM 2800 PMA FURGÓN MERCEDES VITO 108 D NISSAN PRIMASTAR 1.9 DCI COMB6 L1H1 PREMIUM FURGÓN FURGÓN 6613FZF NISSAN CABSTAR TL 125 35/1 NISSAN PRIMASTAR 1.9DCI 3098/270 FURG. FORD TRANSIT TOURNEO 200 S CONNECT PEUGEOT BOXER 2.2 HDI CA.CAB.335 L3 12 3338GBM PEUGEOT EXPERT 2.0 HDI L1 COMBI FURGÓN 8589HNF YAMAHA YP 250 MAJESTY ABS MOTOCICLETA 8590HNF YAMAHA YP 250 MAJESTY ABS MOTOCICLETA 6233BDM NISSAN TERRANO II 2.7 TDI SR 7P. TODO TERRENO 0606HSR TODO TERRENO 1826FCC FORD KUGA 2.0TDCI TREND 4X2 FORD RANGER 2.5 TDI DOBLE CAB 4X4 NISSAN TERRANO II 2.7 TDI COMFORT PLUS J 032803VE JOHN DEERE 3150 SDT Z 093352VE JOHN DEERE 7600 A 004335DP A 004337DP A 006014DP A 006016DP A 008723DT 4517BPS 9229DKG 7924DZS 8752FBS 2780FCC 3919FDN 0296FYH 6977DNV A 003403DS PEUGEOT 106 1.1 KID Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 FURGÓN FURGÓN FURGÓN FURGÓN FURGÓN FURGÓN FURGÓN FURGÓN FURGÓN FURGÓN TODO TERRENO TODO TERRENO TRACTOR AGRICOLA TRACTOR AGRICOLA TURISMO RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 630 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 300,02 BASICO RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 300,02 BASICO RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 130 BASICO RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 130 BASICO RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 Página 88 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 A 009094EL OPEL OMEGA 2.5 TD SEDAN TURISMO H 005798 T VOLKSWAGEN GOLF 1.6 CL TURISMO 5535CHW RENAULT CLIO 1.2 ALIZE TURISMO 4443CYC FORD FIESTA 1.4 TREND TURISMO 2542FLG SEAT IBIZA 1.9 TDI REFERENCE TURISMO 9512GFC TURISMO 0759JDY FORD FIESTA 1.3 AMBIENTE DACIA SANDERO 1.5DCI LAUREATE 90 5 P A 049698VE AGRIA DUMPER DH-15P E3232BDW AUSA M50X4 E7286BFR KASSBOHRER BEACH TECH BT E7434BCK MITSUBISHI FC 25-T TURISMO VEHICULO INDUSTRIAL VEHICULO INDUSTRIAL VEHICULO INDUSTRIAL VEHICULO INDUSTRIAL RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV RCO+RCV+DEF+RECLAM+CONDU CTOR+A.MEDICA+ LUNAS + AV 420 420 420 420 420 420 420 130 BASICO 130 BASICO 130 BASICO 130 BASICO 27700, TOTAL 04 Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda y Promoción Económica, emitido por mayoría, en sentido favorable a la propuesta. Intervino la Sra. Sala exponiendo que lo que venían a hacer con esa propuesta era que el Ayuntamiento se adhería a los seguros de la Diputación. Con ello se ahorraban dinero. Sometido el dictamen a votación, la Corporación, por unanimidad acordó aprobar el mismo. 8.- FIJAR EL NÚMERO Y RETRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN CON DEDICACIÓN PLENA Y PARCIAL.- En el expediente consta una propuesta de la Alcaldía que dice lo siguiente: “CESAR SÁNCHEZ PEREZ, ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE CALP, al Pleno del mismo EXPONE: La atribución de competencias a miembros de la Corporación que anteriormente no las desempeñaban conllevan una mayor dedicación de éstos a sus tareas que aconseja que sean desempeñadas en régimen de dedicación plena o exclusiva, según los casos, por lo que resulta necesario fijar las retribuciones correspondientes. Por lo expuesto, al Pleno propongo adopte acuerdo con las siguientes disposiciones: PRIMERA: Fijar el número y retribuciones de los miembros de la Corporación con dedicación plena o parcial en los siguientes términos: Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 89 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 factores incidentes Concejalía Delegación Genérica / Especial Concejalía Delegación Genérica / Especial Concejalía Delegación Genérica / Especial Nº miemb 4 % Grado dedicación importe anual importe anual 100% prorrata dedicación 100,00 34.000,00 136.000,00 2 85,00 34.000,00 57.800,00 1 70,00 34.000,00 23.800,00 Las retribuciones de los miembros con dedicación exclusiva serán incompatibles con cualesquiera otras retribuciones con cargo a los presupuestos de las Administraciones Públicas y de los Entes, Organismos o Empresas de ellas dependientes, así como para el desarrollo de otras actividades, en los términos establecidos en la Ley 53/1984 de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. SEGUNDA: Ordenar a la intervención municipal la instrucción del correspondiente expediente de modificación presupuestaria que posibilite la existencia de crédito para la ejecución de las disposiciones anteriores TERCERA: Notificar el presente acuerdo a los interesados y comunicarlo al Servicio de Personal y a la Intervención municipal, para su conocimiento y efectos.” Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Interior, emitido por mayoría, en sentido favorable a la propuesta. Intervino la Sra. Sala exponiendo que con ocasión de la incorporación de nuevos miembros al equipo de gobierno era obvio que debían percibir retribuciones de acuerdo a sus competencias. Era legal pues no contravenía nada. Intervino el Sr. Cabrera dando un primer turno de intervenciones. Intervino el Sr. Perles indicando que Compromís había sido el único grupo que había votado a favor de las retribuciones, pues les habían dado unos criterios. Ahora no había ninguna modificación del criterio, por lo tanto no se justificaba la retribución. Iban a votar en contra. Intervino el Sr. Pastor señalando que esa incorporación de miembros al equipo de gobierno le iba a costar al Ayuntamiento 325.000 euros en una legislatura. El Alcalde no estaba ni tampoco lo estuvo en la Comisión Informativa; la portavoz decía que eso era lega, lo que no sabía era si era moral. Intervino la Sra. Sala e indicó que el Sr. Alcalde no había podido presidir el pleno por motivos de salud familiar. En cuanto a las retribuciones, entendían que quienes se incorporaban al equipo de gobierno asumían una responsabilidad, que no era poca. Intervino el Sr. Cabrera dando un segundo turno de intervenciones. Intervino el Sr. Perles para manifestar que si le preguntaban a él si el problema del ayuntamiento era que hubieran dos retribuciones más, evidentemente no lo era. El problema estaba en la falta de cultura democrática; uno entraba en el equipo de gobierno y ya iban siempre en bloque. El grupo de Alternativa Popular, por ejemplo, no habían hecho ni una intervención en el pleno, ni habían votado un solo punto en contra. Y sospechaba que con Gent de Calp iba a suceder lo mismo. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 90 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Intervino el Sr. Fernández indicándole al Sr. Perles que él había aprobado unas retribuciones, y con ello estaba reconociendo lo que hacía el equipo de gobierno. No sabía ahora a qué venían esas quejas. Lo justo sería que juzgara después de un tiempo. Continuó el Sr. Perles indicándole al Sr. Fernández que no le había puesto a él como ejemplo sino al grupo de Alternativa Popular y lo había explicado muy bien; votó a favor de las retribuciones que se establecieron, pero lo hizo porque se le explicaron unos criterios ¿cuál era el criterio que había cambiado? ¿o era simplemente que el Sr. Fernández y el Sr. Vives habían entrado en el equipo de gobierno?. Ojalá dentro de un año puediera decir lo bien que estaba puesto el sueldo. Intervino el Sr. Cabrera para manifestar que lo bueno sería que se incorporaran todos los concejales y trabajar por el pueblo. En cuanto a votar al unísono, eso eran pactos, en Valencia Compromís, PSOE y Podemos tenían su pacto y no pasaba nada. No era tan importante la retribución sino la efectividad. Intervino el Sr. Pastor señalando que él ya había dicho en su momento que no le preocupaba lo que ganara una persona sino la repercusión que tuviera su trabajo. El Sr. Fernández era el encargado de Acciona y los comentarios eran que la limpieza viaria había sido deficitaria y le pedía que estuviera pendiente de ella. Sometido el dictamen a votación se pronunciaron a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, y el Sr. Presidente, total 12 votos. Votando en contra los Sres. D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz, Dª. Ascensión López Moreno, D. Juan Cañas Salcedo, Dª. Linda Margaret Herrada keen, D. Joaquin Perles Pérez y D. Carlos Ortín Tomás, total 8 votos. Sometido el dictamen a votación, la Corporación, por mayoría acordó aprobar el mismo. 9.- NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTES DE LA CORPORACIÓN EN ÓRGANOS COLEGIADOS.- En el expediente consta una propuesta de la Alcaldía que dice lo siguiente: “CÉSAR SÁNCHEZ PÉREZ, Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de Calp, al Ayuntamiento-Pleno, EXPONE: Por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 1 de julio de 2015, se designó representantes del Ayuntamiento en los siguientes órganos Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 91 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 colegiados: • • • • • Representantes del Ayuntamiento en la Junta del Parque Natural del Peñon de Ifach. Representantes del Ayuntamiento en el Centro de Recursos de la Pesca de la Provincia de Alicante. Representantes en la Asociación Española de Ciudades de la Pesca. Consorcio de Residuos de la Zona XV. Representantes del Ayuntamiento en la Gerencia de Puertos de la Generalitat Valenciana. Por Decreto de la Alcaldía N.º 2485/2015, de 11 de septiembre se otorgaron y revocaron varias delegaciones tanto genéricas como especiales en distintos concejales. Por Decreto de la Alcaldía N.º 2492/20015, de 15 de septiembre de 2015, de revocó la delegación de D. Bernardo Moll Ivars en Pesca. Teniendo que adecuar la designación de representantes del Ayuntamiento en las delegaciones nuevamente otorgadas, esta Alcaldía propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERO: Designar nuevamente representantes del Ayuntamiento en los siguientes órganos colegiados: 1. Representantes del Ayuntamiento en la Junta del Parque Natural del Peñón de Ifach, a D. César Sánchez Pérez, en calidad de Alcalde-Presidente y D. Jan Michel Remi Van Parijs, como titulares y Dª. Ana Isabel Perles Ribes y D. Domingo Sánchez García como suplentes. 2. Representantes del Ayuntamiento en el Centro de Recursos de la Pesca de la Provincia de Alicante, a D. César Sánchez Pérez, en calidad de AlcaldePresidente y D. Miguel Angel Vives Mauri, como vocal suplente. 3. Representantes en la Asociación Española de Ciudades de la Pesca, a D. César Sánchez Pérez, en calidad de Alcalde-Presidente y D. Miguel Angel Vives Mauri, como vocal suplente. 4. Consorcio de Residuos de la Zona XV, a D. César Sánchez Pérez, en calidad de Alcalde-Presidente y D. Pedro Jaime Fernández Crespo, como vocal suplente. 5. Representantes del Ayuntamiento en la Gerencia de Puertos de la Generalitat Valenciana, a D. César Sánchez Pérez en calidad de AlcaldePresidente y D. Miguel Angel Vives Mauri, como vocal suplente. SEGUNDO: Comunicar el acuerdo a los representantes y notificarlo a los órganos colegiados.” Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Régimen Interior, emitido por mayoría, en sentido favorable a la propuesta. Intervino la Sra. Sala exponiendo que en ese punto iban a hacer una enmienda in voce respecto a los representantes del Parc del Peñon de Ifac, de manera que el titular sería el Alcalde y el suplente sería de conformidad al acuerdo que había llegado la oposición el Sr. Pastor. Sometida la enmienda a votación, la Corporación, por unanimidad acordó Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 92 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 aprobar la misma. Sometido el dictamen a votación incluida la enmienda se pronunciaron a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz, Dª. Ascensión López Moreno, D. Juan Cañas Salcedo, Dª. Linda Margaret Herrada keen, y el Sr. Presidente, total 18 votos. Votando en contra los Sres. D. Joaquin Perles Pérez y D. Carlos Ortín Tomás, total 2 votos. La Corporación por mayoría acordó aprobar los mismos quedando redactado de la siguiente forma: 1. Representantes del Ayuntamiento en la Junta del Parque Natural del Peñón 2. 3. 4. 5. de Ifach, a D. César Sánchez Pérez, en calidad de Alcalde-Presidente y D. Santos Antonio Pastor Morató como suplente. Representantes del Ayuntamiento en el Centro de Recursos de la Pesca de la Provincia de Alicante, a D. César Sánchez Pérez, en calidad de AlcaldePresidente y D. Miguel Angel Vives Mauri, como vocal suplente. Representantes en la Asociación Española de Ciudades de la Pesca, a D. César Sánchez Pérez, en calidad de Alcalde-Presidente y D. Miguel Angel Vives Mauri, como vocal suplente. Consorcio de Residuos de la Zona XV, a D. César Sánchez Pérez, en calidad de Alcalde-Presidente y D. Pedro Jaime Fernández Crespo, como vocal suplente. Representantes del Ayuntamiento en la Gerencia de Puertos de la Generalitat Valenciana, a D. César Sánchez Pérez en calidad de AlcaldePresidente y D. Miguel Angel Vives Mauri, como vocal suplente. Intervino el Sr. Perles pidiendo turno para explicar el voto. Concedido indicó que habían votado a favor de la enmienda porque respetaba la voluntad primera de que hubiera un miembro de un grupo que no estuviera en el equipo de gobierno, pero no se había explicado un cambio de criterio. 10.- APROBACIÓN INICIAL DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE FACHADAS.- En el expediente consta una propuesta de la Concejalía Delegada que dice lo siguiente: “ANA M.ª SALA FERNÁNDEZ, CONCEJALA DELEGADA DE URBANISMO, al Pleno del mismo expone: Por el Pleno en sesión de fecha 12 de diciembre de 2014 y posterior modificación de fecha 13 de febrero de 2015 se aprobó el Plan de Rehabilitación de Fachadas, en el que se contempla la concesión de subvenciones a particulares y personas jurídicas por la realización de obras de Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 93 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 rehabilitación de fachadas. Por la Concejalía de Urbanismo se ha efectuado propuesta de Ordenanza Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones para la Rehabilitación de Fachadas. Por la Intervención municipal se ha emitido informe con las consideraciones siguientes: “1.- Tales ayudas constituyen una subvención por concurrencia de situación, del art. 2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, que establece: Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ “Artículo 2. Concepto de subvención. 1. Se entiende por subvención, a los efectos de esta Ley, toda disposición dineraria realizada por cualesquiera de los sujetos contemplados en el artículo 3 de esta Ley, a favor de personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos: a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios. b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido. c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.” 2.- La instrumentación de la concesión de dicha ayuda mediante una ordenanza reguladora de la misma, exige el cumplimiento de las previsiones del art. 49 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local que establece: “Artículo 49. La aprobación de las ordenanzas locales se ajustará al siguiente procedimiento: a. Aprobación inicial por el Pleno. b. Información pública y audiencia a los interesados por el plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. c. Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y aprobación definitiva por el Pleno. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.” 3.- La justificación de la subvención tendrá la estructura y el alcance que se determine en las correspondientes bases reguladoras (art. 71.1 del Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones). 4.- El vigente presupuesto municipal contempla la existencia de crédito para la finalidad prevista en la aplicación 1522-7890002 PLAN DE REHABILITACIÓN DE FACHADAS, para lo que se efectúa anotación contable de retención de crédito RC n.º 22015/16321 por importe de 51.000,00 EUROS.” Por lo expuesto, al Pleno propongo adopte acuerdo con las disposiciones siguientes: PRIMERA: Aprobar inicialmente la Ordenanza Reguladora de las Bases para la Concesión de Subvenciones para la Rehabilitación de Fachadas, con el alcance siguiente: Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 94 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ ”ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACION DE FACHADAS. CAPITULO I. - OBJETO Y DETERMINACIONES. Art. 1. Objeto.La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de subvenciones para la implantación del Plan de Rehabilitación de Fachadas de Edificios aprobado por el Ayuntamiento Pleno de Calp en sesión de fecha 12 de diciembre de 2014 y posterior modificación de fecha 13 de febrero de 2015. Art. 2.- Determinaciones. El ámbito, los sujetos, las determinaciones y las actuaciones reguladas por la presente ordenanza son las establecidas en el Plan de Rehabilitación de Fachadas de Edificios aprobado por el Ayuntamiento Pleno antes citado. En ningún caso se subvencionarán actuaciones amparadas por licencia municipal expedida en un ejercicio anterior a 2015. CAPITULO II REGULACION GENERAL DE LAS AYUDAS ECONOMICAS MUNICIPALES. Art. 3. Recursos Financieros.Los recursos totales aplicables al conjunto de ayudas económicas previstas en esta Ordenanza estarán limitadas en función de las asignaciones presupuestarias municipales vigentes en cada ejercicio. Los recursos totales aplicables al conjunto de ayudas económicas previstas en esta Ordenanza estarán limitadas en función de las asignaciones presupuestarias municipales vigentes en cada ejercicio. Una vez aprobados definitivamente los presupuestos municipales que contemplen la correspondiente consignación económica, se abrirá el plazo para presentación de solicitudes, permaneciendo abierto hasta tanto no se hayan cubierto las cantidades contempladas en la oportuna partida presupuestaria. Conforme se vayan presentando las solicitudes, y con el mismo orden, serán informadas por los Servicios Municipales de Urbanismo, y ello hasta alcanzar las cantidades contempladas en la correspondiente partida presupuestaria municipal. De acuerdo con la sistemática descrita, la última de las solicitudes informadas favorablemente verá cubiertas sus expectativas de manera parcial, en cuyo caso podrá reiterar la solicitud en el siguiente ejercicio, hasta cubrir las cantidades asignables en concepto de ayuda en primera instancia, siendo en tal caso considerada la petición así reiterada con carácter prevalente respecto a las demás que puedan presentarse. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 95 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 La no ejecución de la obra por parte de aquellos a quienes se otorgue una concesión provisional de ayuda, el incumplimiento de las condiciones fijadas en el acuerdo de concesión provisional, o cualquier otra circunstancia imputable al interesado que impida la materialización de la ayuda contemplada en la concesión provisional, supondrá la imposibilidad de obtener posteriores ayudas en base a la presente ordenanza por un plazo no inferior a 5 años. El titular o titulares de la actuación se obligará a realizar y colocar en lugar bien visible de la obra un cartel, según el modelo oficial, donde se consignará su calidad de beneficiario del régimen municipal de ayudas articulado en la presente ordenanza. Art. 4. Beneficiarios.- Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Podrán acceder a las ayudas económicas reguladas en el Plan de Rehabilitación: 1) Los propietarios y los titulares de derechos de uso otorgados por ellos, en la proporción acordada en el correspondiente contrato o negocio jurídico que legitime la ocupación. En ausencia de éste, o cuando el contrato no contenga cláusula alguna relativa a la citada proporción, corresponderá a éstos o a aquellos, en función de si las obras tienen o no el carácter de reparaciones menores motivadas por el uso diario de la vivienda, sus instalaciones y servicios. La determinación se realizará de acuerdo con la normativa reguladora de la relación contractual y, en su caso, con las proporciones que figuren en el Registro de la Propiedad, relativas al bien y a sus elementos anexos de uso privativo. 2) Las comunidades de propietarios, y en su caso, las agrupaciones de comunidades de propietarios, así como las cooperativas de viviendas, con respecto a los elementos comunes de la construcción, el edificio o complejo inmobiliario en régimen de propiedad horizontal y de los condominios, sin perjuicio del deber de los propietarios de las fincas o elementos separados de uso privativo de contribuir, en los términos de los estatutos de la comunidad o agrupación de comunidades o de la cooperativa, a los gastos en que incurran estas últimas. Los beneficiarios, y en todo caso los propietarios de las viviendas o edificios, deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento y acreditar fehacientemente su condición. Art. 5. Cuantía de la ayudas.5.1.- El importe de la subvención será del 10 % del coste de la obra o actuación, con un límite máximo de 2.500 euros por una única vez y que consista en la renovación total de la fachada del inmueble. 5.2.- Dicho porcentaje podrá elevarse hasta el 15% del coste, con un límite máximo de 3.000 euros cuando la actuación se lleve a cabo en el Casco Histórico y se acredite por informe de los Servicios Sociales insuficiencia de recursos en el propietario del inmueble. 5.3.- Determinación del coste de las obras. El coste de ejecución material de las obras estará constituido por el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra, y se entiende por tal, a estos efectos, el coste de ejecución material de aquélla, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En todo caso se considerará como límite legal del coste de ejecución material de las obras, el presupuesto consignado en la solicitud de la preceptiva licencia de obras, o en su caso, el importe de la correspondiente liquidación definitiva efectuada por los Servicios Técnicos Municipales. 5.4.- Concurrencia con otras ayudas económicas. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 96 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 El importe de las ayudas económicas reguladas en esta ordenanza en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con ayudas económicas o ayudas de otras Administraciones Públicas o Entes Privados o Públicos, supere el coste de la obra subvencionada. En aquellos casos en que se perciban otras ayudas para la realización de las obras, y dichas ayudas afecten también a actuaciones no subvencionadas por este Ayuntamiento, la cuantía de las mismas a tener en cuenta, a efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, será la que corresponda proporcionalmente a las obras susceptibles de obtener las ayudas reguladas en esta Ordenanza. Si se produjera la concurrencia a la que se refieren los apartados anteriores con posterioridad a la aprobación de ayudas económicas municipales y las ayudas totales superasen el coste de ejecución material de las obras, se procederá a modificar el acuerdo de concesión de la subvención, debiendo proceder el beneficiario, en su caso, al reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la obra subvencionada, en el supuesto de que la subvención hubiera sido abonada. CAPITULO III - GESTION DE LAS AYUDAS.- Art. 6. Vigencia de la ayuda concedida.Las obras deberán estar finalizadas en el plazo de 1 año contado desde la fecha de concesión provisional de la ayuda. El período de ejecución podrá prorrogarse a instancia del promotor de las actuaciones, mediando causa justificada, y hasta un máximo de la mitad del plazo anteriormente establecido. El titular o titulares de la actuación dispondrán de un plazo máximo de un mes, a partir de la fecha de terminación de las obras para efectuar la solicitud de concesión definitiva de las ayudas económicas. Artículo 7. Lugar y plazo de presentación a) Las solicitudes de ayuda se presentarán junto con la documentación necesaria en el Registro General del Ayuntamiento de Calp o por medio de alguna de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El período de ejecución podrá prorrogarse a instancia del promotor de las actuaciones, mediando causa justificada, y hasta un máximo igual al plazo anteriormente establecido. b) Transcurridos tres meses, contados desde la presentación de la instancia solicitando la ayuda con la documentación completa en el Ayuntamiento, sin que el peticionario haya recibido la correspondiente notificación, podrá entenderse desestimada? su petición. Artículo 8. Tramitación de las ayudas económicas a) Solicitudes e instrucción Las solicitudes de ayuda se acompañarán acompañando una copia de la licencia o declaración responsable que en su caso se precise así como acreditación de la ejecución real de Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 97 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 las obras solicitadas, para lo cual podrá solicitarse la oportuna comprobación por parte de los Servicios Técnicos municipales. Los Servicios Técnicos municipales emitirán Informe al objeto de determinar si las obras o actuaciones realizadas son susceptibles de ser subvencionadas, debiendo realizar inspección de las mismas a fin de comprobar su adecuación al Plan y la idoneidad económica de su valor real. Advertidas deficiencias subsanables, el Ayuntamiento comunicará al titular o titulares de la actuación el plazo y condiciones necesarias para proceder a la subsanación y consiguientes expedición de la concesión. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ La no ejecución o acreditación de la obras por parte de aquellos que lo hubieren solicitado, supondrá la imposibilidad de obtener las ayudas establecidas en el Plan. b) Resolución Informadas las solicitudes por los Servicios Técnicos municipales, se realizarán de oficio cuantas actuaciones estimen necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de resolución. Instruido el expediente y emitidos los correspondientes informes, la Concejalia de Urbanismo formulará propuesta de resolución y elevará el expediente a la Junta de Gobierno Local, que resolverá sobre la denegación o concesión de la ayuda solicitada, así como, en este último supuesto, sobre el importe de la misma. Artículo 9.- Justificación de la subvención y solicitud de pago. Una vez finalizadas las obras, el interesado de la subvención dispondrá de un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de terminación de las mismas, para formular la solicitud de pago, mediante escrito dirigido al Sr. Alcalde, al que se acompañará necesariamente la siguiente documentación: a) Certificado del final de la obra suscrito por el facultativo o persona que las haya ejecutado, o en su defecto declaración firmada por el beneficiario acreditando la finalización de las mismas. b) Factura detallada emitida por el contratista encargado de la realización de las obras, en la que quede acreditado el coste real y efectivo de las obras realizadas, debiendo reunir los requisitos exigidos por la normativa aplicable. Se acompañará del ingreso bancario efectuado en favor de dicho contratista por el importe facturado. c) Declaración del beneficiario en la que se acredite que no han surgido variaciones respecto a la obtención de otras ayudas para la realización de las obras con relación a la declaración presentada en el momento de la solicitud o expresiva de las variaciones habidas, en su caso. d) Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, expedidos conforme al artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003. Los Servicios Municipales comprobarán de oficio que el solicitante haya abonado, en su caso, la liquidación definitiva girada por el Ayuntamiento de Calp en concepto del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en el supuesto de que se hubiesen producido diferencias entre el coste previsto y el coste real de dichas obras. Asimismo, la Tesorería Municipal comprobará de oficio que el solicitante no tenga deudas con el Ayuntamiento de Calp. Artículo 10.- Pago de la subvención. 10.1.- Comprobada por los servicios técnicos la adecuación de las obras efectivamente realizadas a las normas de esta ordenanza, así como a las condiciones establecidas en la Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 98 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 licencia, y emitidos cuantos otros informes fuesen necesarios, el expediente será resuelto por la Junta de Gobierno Local. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 10.2.- Adoptado el acuerdo de concesión, y una vez cumplimentados los trámites internos de ejecución del gasto público, se dará traslado del expediente a la Tesorería Municipal para que se proceda al pago de la cuantía subvencionada. 10.3.- Concedida una subvención con arreglo a esta ordenanza, no se podrá solicitar una nueva subvención para la misma finalidad, durante un periodo de tiempo de cinco años, a contar desde la resolución de la concesión. Articulo 11.- Reintegro. 11.1.- Los beneficiarios deberán devolver la subvención junto con los intereses legales preceptivos y demás consecuencias que en derecho procedan, en los siguientes casos: a) Haber obtenido la subvención sin reunir los requisitos requeridos. b) Incumplimiento de la finalidad para la subvención fue concedida o de las condiciones impuestas al beneficiario con motivo de la concesión. c) Haberse producido la concurrencia de ayudas económicas a que se refiere esta Ordenanza, y por la cuantía del exceso obtenido sobre el coste de la actuación subvencionada. d) La comisión de infracción urbanística sobre los inmuebles objeto de las ayudas reguladas en esta ordenanza por parte de sus beneficiarios, en el plazo de cuatro años desde la finalización de la obra, determinará la obligación de reintegro del importe de las subvenciones recibidas, con independencia de las sanciones que pudiesen ser impuestas de conformidad con la legislación urbanística. 11.2.- La resolución de reintegro será adoptada conforme se determina en los Títulos II y III de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en los Títulos III y IV del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento. Disposición adicional primera.En lo no previsto en esta Ordenanza regirá con carácter supletorio de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de aplicación, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Disposición Adicional Segunda.Modificar la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras así como la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por Servicios urbanísticos Administrativos estableciéndose una bonificación del 95 por cien en ambas cuotas para aquellas actuaciones sujetas al ámbito de aplicación del Plan de Rehabilitación de Fachadas. Disposición final.- Entrada en vigor.- Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 99 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 La presente ordenanza entrará en vigor a partir de su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y regirá en tanto no se acuerde su modificación o derogación.” SEGUNDA: Someter el expediente instruido a información publica mediante anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, Boletín Oficial de la Provincia y en un diario de los de mayor difusión de la provincia, durante treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación efectuada en el Boletín Oficial de la Provincia, significándose que en caso de que no se hubieran presentado reclamaciones, se entenderá definitivamente aprobada dicha ordenanza sin necesidad de nuevo acuerdo.” Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Territorio, emitido por mayoría, en sentido favorable a la propuesta. Intervino la Sra. Sala exponiendo que en el año 2014 ya habían aprobado un plan de rehabilitación de fachadas, sobretodo para las del casco antiguo, para que estuvieran en óptimas condiciones y dar la mejor imagen del municipio. El plan necesitaba una ordenanza fiscal, y era lo que traían al pleno. Se recogía la posibilidad de que tanto particulares como comunidades de propietarios solicitaran una subvención que podía llegar a 3.000 euros. Intervino el Sr. Cabrera dando un primer turno de intervenciones. Intervino el Sr. Cañas señalando que iban a votar a favor porque les parecía imprescindible que el casco antiguo tuviera una seña de identidad. Intervino el Sr. Pastor manifestando que en la comisión informativa se había comentado, respecto a las comunidades de propietarios, que debían certificar que estaban al corriente en sus obligaciones fiscales y ante la seguridad social, si bien no sabía si lo podrían aportar, o si habría forma de eximirlo. Por otra parte, no veía un montante presupuestario para el plan, sí una ayuda máxima de 2.500 o 3.000 euros. Y en relación a ese asunto, estaba el concurso internacional de ideas para la mejora del casco antiguo que tenía un premio de unos 60 o 70 mil euros y a lo mejor esos delirios de grandeza hubiera sido mejor dedicarlos a ese tipo de actuaciones y no a cosas que luego se quedaban en nada. Intervino la Sra. Sala, indicando que el premio había sido de 50.000 euros. La adecuación económica de ese plan de fachadas era de 70.000 euros para el año próximo y no se agotaba en un año. El punto 4 decía que debían estar al corriente, y entendía para que cualquier subvención que se pidiera se necesitaba estar al corriente de las obligaciones. Intervino el Sr. Cabrera dando un segundo turno de intervenciones. Intervino el Sr. Pastor señalando que no sabía si respecto a la certificación de estar al corriente, había alguna especialidad en el caso de la administración local. Por otra parte, quería preguntar si había algún condicionante sobre el nivel de renta para que las familias pudieran ser perceptoras de ese tipo de ayudas. Intervino la Sra. Sala indicándole al Sr. Pastor que no. Intervino el Sr. Cabrera para manifestar que respecto al concurso de ideas la experiencia había sido muy interesante. Lo más importante no habían sido las ideas, Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 100 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 que estaban ahí y se podían poner en marcha, sino el análisis de la situación del casco antiguo que se hizo. Cuando hubiera dinero se pondría en marcha. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Sometido el dictamen, la Corporación por unanimidad acordó aprobar el mismo. 11.- RATIFICACIÓN EN TODOS SUS EXTREMOS DEL CONVENIO EXPROPIATORIO PARA LA OBTENCIÓN ANTICIPADA DE 3.625 M2 NECESARIOS PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD Y SEGURIDAD VIARIA A LOS TÉRMINOS MUNICIPIOS DE BENISSA Y CALP DESDE LA N-332, SUSCRITO CON FECHA 23 DE OCTUBRE DE 2015 CON LA MERCANTIL PAVIOTA S.L.- En el expediente consta una propuesta de la Concejalía Delegada que dice lo siguiente: “PROPUESTA El pasado día 23 de Octubre de 2015 se suscribió convenio expropiatorio para la obtención anticipada de los suelos necesarios para la mejora de la accesibilidad y seguridad viaria a los términos municipios de Benissa y Calp desde la N-332, con la mercantil Paviota S.L., siendo el contenido del citado convenio el siguiente: «En el Despacho del Sr. Alcalde D. Manuel J. Cabrera Fernández- Pujol Primer Teniente de Alcalde por abstención del Sr. Alcalde D. Cesar Sánchez Pérez, y en su presencia, junto con la Concejala Delegada de Protección y Ordenación del Territorio Dª Ana Sala Fernández, y siendo las 13,30 horas del día 23 de Octubre de dos mil quince, asistidos de la Secretaria Acctal., de la Corporación Dª Mª Mercedes Mas González, al objeto de dar fe pública, comparece la que acredita ser: D.ª Francisca Ivars Ribes, mayor de edad, vecina de Calp, Calle Garcia Ortiz n.º 30, 03710 Calpe, con documento nacional de identidad número 21405487P, manifiesta que actua en nombre y representación de la mercantil PAVIOTA , SOCIEDAD LIMITADA”, con C.I.F. B03956430, con domicilio social en Calle Garcia Ortiz número 30, 03710 de Calpe, manifestando tener poder suficiente y bastante, en su calidad de Administradora, para la firma del presente convenio. ANTECEDENTES Primero.- Es pública y notoria la falta de accesibilidad y seguridad viaria en la CN 332 en el tramo que discurre entre Benissa y Calp, prueba de ello es que resulta imposible una vez iniciada la marcha de un Municipio a otro el cambio de sentido, al igual que resulta imposible el acceso a la viviendas situadas en partidas y suelos tan importantes como “Els Lleus” en Benissa y el suelo urbano Corralets de Calp, el mismo peligro y falta de accesibilidad se produce en cualquier acceso a los distintos núcleos habitados existentes entre los dos municipios. Buena prueba de ello es la propia señalización viaria de la vía con la advertencia de “tramo concentración accidentes”. Segundo.- En atención a la anterior problemática y la del propio acceso a Calp, el Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 29 de agosto de 2014, por unanimidad de sus miembros, acordó informar favorablemente el Estudio de Planeamiento redactado por la dirección General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda, de mejora de los accesos a Calp desde la N-332. Tercero.- El Director General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana mediante Resolución del día trece de octubre de dos mil catorce aprobó el Estudio de Planeamiento de “MEJORA DE ACCESOS A CALP DESDE LA N-332”. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 101 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Cuarto.- La solución propuesta en el Estudio de Planeamiento para mejorar los accesos a Calp desde la N-332 consiste en articular la conectividad de dicho vial con el casco urbano del municipio mediante la ejecución de dos intersecciones tipo rotonda en los PK 169.050 y 169.900. Quinto.- Con el fin de continuar con la compleja tramitación administrativa que posibilitase finalmente la mejora de los accesos a Calp mediante la construcción de dos rotondas, conforme al Estudio de Planeamiento antes referido, este Ayuntamiento procedió a la contratación de Vielca Ingenieros S.A. la redacción del proyecto de mejora de accesos a Calp desde la N-332. Sexto.-Dichos proyectos fueron remitidos a la Dirección General de Carreteras, siendo emitido informe favorable con una serie de condiciones por el Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Valencia por Delegación del Director General el día 8 de mayo de 2015. Séptimo.- Que de los datos del proyecto contratado por el Ayuntamiento para la ejecución de las dos rotondas se desprende que la ejecución de las mismas afecta a la propiedad del modo que se describe en los siguientes antecedentes. Octavo.- Que la mercantil Paviota S.L. es titular del pleno dominio de un trozo de tierra secana partida Benicolada, plantada parte de arbolado, su cabida es de 6.440 m2, correspondientes 5.840 m2 a la parcela 210 del polígono 3, referencia catastral 0304760300210QA y 600 m2 a la parcela 211 del polígono 3, que linda norte, Mateo Zaragoza, Sur herederos de Horacio Javaloyes, Este herederos de Horacio Javaloyes y Oeste carretera Alicante a Valencia. Ref. Catastral 03047000000300211QK. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Calp con el número 21.766, tomo 873, libro 306, folio 73, inscripción 5ª, en virtud de escritura autorizada ante el Notario Angel C. Vicedo Garcia, número 245 de su protocolo, de fecha 3 de febrero de 2005. Noveno.- Que el proyecto de Mejora del Acceso a Calp desde la N-332 afecta a la propiedad del compareciente en una superficie de tres mil seiscientos veinticinco metros cuadrados (3.625 m2.) clasificados de suelo urbanizable del sector Pou Roig. Se adjunta plano en el que se grafían las superficie afectada. Décimo.- Que del Informe de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 20 de octubre de 2015 se desprende que: En relación con el expediente para la obtención de los suelos necesarios para la ejecución de la rotonda en el acceso desde la carretera nacional 332 y a los efectos de documentar los valores a tener en cuenta en el convenio expropiatorio para la obtención anticipada de los terrenos afectados propiedad de Paviota S.L. cabe informar lo siguiente: 1.- Superficie afectada por la actuación: 3.625 m² 2.- Clasificación del suelo: Suelo urbanizable Sector Pou Roig 3.- El suelo urbanizable “Sector Pou Roig” forma parte del Área de Reparto N.º 1. El artículo 113 de las Normas del Plan General establece un aprovechamiento tipo para el área de reparto número 1, del 0,441133453. 4.- Aprovechamiento que corresponde al titular de la parcela: 3.625 m² x 0,441133453 U.A./m² x 90% = 1.439,20 U.A. 5.- Teniendo en cuenta que el valor de las unidades de aprovechamiento está fijado en 180 euros/U.A. la valoración económica del aprovechamiento resulta ser: 1.439,20 U.A. x 180 €/U.A. =259.056 euros.” El suelo objeto del presente convenio está clasificado como suelo urbanizable área de reparto número 1 del Plan General de Ordenación Urbana del Municipio (incluido dentro del ámbito del sector Pou Roig). Que el artículo 113 de las Normas del Plan General establece un aprovechamiento tipo para el área de reparto número 1, del 0,441133453. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 102 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Que al suelo objeto de la presente cesión le corresponde el siguiente aprovechamiento: Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 3.625 m2/s x 0,441133453 x 90% = 1.439,20 unidades de aprovechamiento a materializar en el sector del suelo urbanizable nº 19, denominado Pou Roig. Que la valoración económico administrativa de las 1.439,20 unidades de aprovechamiento es de 259.056 euros. CONSIDERACIONES TÉCNICO JURÍDICAS Primera.- Que el Ayuntamiento precisa disponer de los terrenos señalados en el antecedente quinto para posibilitar la ejecución de las dos rotondas que permitan la mejora del acceso a Calp desde la N-332. Segunda.- Que el artículo 173 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana (LOTUP) establece que la suscripción de convenios urbanísticos está sujeta a las limitaciones de esta ley y a las que derivan de las disposiciones generales que los regulan en derecho, en particular a lo dispuesto en la legislación del Estado sobre el suelo, y a la legislación básica del régimen local. Tercera.- De otra parte el artículo 79 de la LOTUP y respecto a las reservas de aprovechamiento establece que con motivo de una cesión gratuita de terrenos a la administración, el cedente puede reservarse el aprovechamiento subjetivo de los terrenos para su posterior transferencia. La reserva de aprovechamiento debe ser aprobada por el ayuntamiento. En el caso de que el Ayuntamiento no se oponga a la presente cesión, no podrá oponerse a la ulterior transferencia si, en su día, aceptó la reserva, es más en el presente caso, el aprovechamiento se materializará en el proyecto de reparcelación del sector de suelo urbanizable número 19, ya que dicha superficie pertenece al mismo. La reserva se inscribirá en el registro de la propiedad. El titular de ella podrá enajenar o hipotecar los aprovechamientos incluso para financiar su adquisición. Cuarta.- Esta actuación urbanística, se lleva a cabo mediante este Convenio de Expropiación de mutuo acuerdo, para terrenos reservados a la ejecución de dotaciones publicas de red primaria, con pago del justiprecio en especie en primer lugar, mediante la reserva de aprovechamiento y, de forma subsidiaria, transcurrido el plazo pactado, sin haberse materializado el aprovechamiento, mediante el pago en metálico. Quinta.- Como quiera que cabe la posibilidad de que el justiprecio del presente convenio haya de ser abonado en metálico para el caso de que en el plazo que se establece no hayan podido materializar los aprovechamientos, se adopta la solución de consignar un tercio de los 259.055,62 euros cada uno de los años hasta que sea exigible el pago en metálico, de forma que si transcurrido el plazo de tres años sin materializar los aprovechamiento, el Ayuntamiento disponga del monto económico total para hacer frente al justiprecio presente convenio en metálico. En virtud de todo lo antes descrito las partes intervinientes establecen las siguientes ESTIPULACIONES Primera.- Las partes convienen la cesión, amistosa, libre de cargas y gravámenes por parte de la mercantil Paviota S.L. a favor del Ayuntamiento de Calp, de los terrenos propiedad de la mercantil Paviota S.L. con una superficie total de cesión de tres mil seiscientos veinticinco metros cuadrados (3.625 m2.) conforme al plano que se adjunta, con el fin de que el Ayuntamiento de Calp pueda abordar la ejecución de la rotonda sur de acceso a Calp desde la N-332, Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 103 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Con carácter previo, a la ocupación material de los terrenos, se procederá al deslinde y amojonamiento de la superficie a ceder a la Administración pública, para delimitar el suelo de propiedad privada y el que va a tener un destino de dominio público. El deslinde y amojonamiento se realizará entre un representante o técnico de la Administración y un representante de la propiedad que suscribirán un Acta de Ocupación con los requisitos establecidos en el artículo 24-1º del Real Decreto 1093/1997 de 4 de julio, en relación con el artículo 52-3 de la Ley de expropiación Forzosa y 55-2 de su Reglamento, cuya certificación podrá ser objeto de inscripción en el Registro de la Propiedad de Calp. Por su parte, el Ayuntamiento de Calp, se compromete a instar los procedimientos de subsanación de discrepancias y de rectificación de errores, previsto en el artículo 18 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, para evitar que exista una falta de concordancia entre la descripción catastral de los bienes inmuebles afectados por la expropiación y, la realidad inmobiliaria resultante. En todo caso, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, correspondiente al ejercicio 2015, deberá contemplar en la parte proporcional de su cuota, la nueva configuración resultante del inmueble expropiado. Segunda.- El pago del justiprecio, se realiza de mutuo acuerdo en especie y, subsidiariamente, en metálico, a tal efecto, el Ayuntamiento reconoce a la mercantil Paviota S.L. una reserva de aprovechamiento de mil cuatrocientas treinta y nueva con veinte unidades de aprovechamiento (1.439,20 u.a.) a materializar en el sector del suelo urbanizable nº 19, denominado Pou Roig. Se procede a valorar cada unidad de aprovechamiento, a 180 euros a cada una de ellos, por lo que, en el presente supuesto asciende a la cantidad total de doscientos cincuenta y nueva mil, cincuenta y seis euros (259.056 €). Las unidades de aprovechamiento, sobre las que se ha efectuado esta reserva, deberán ser materializadas en el plazo de tres años contados a partir de la firma de este Convenio Expropiatorio. Se entenderá efectuada la materialización del aprovechamiento, la adjudicación proporcional a los derechos aportados de solares resultantes y edificables del sector, una vez sea firme en vía administrativa el acuerdo aprobatorio del proyecto de reparcelación. En el supuesto que, las unidades de aprovechamiento adscritas al sector de suelo urbanizable nº 19 no se materializasen en el plazo de tres años, podrá el expropiado a su libre elección, entre permanecer en el derecho a la adjudicación de los aprovechamientos o exigir al Ayuntamiento de Calpe, la indemnización del importe de las 1.439,20 unidades de aprovechamiento al precio de 180 euros cada una de ellas., lo que asciende al importe de 259.056 euros. El mero transcurso temporal de dicho plazo, y si la propiedad no manifiesta lo contrario, convertirá dicha cantidad total en una deuda líquida, y vencida, pudiendo ser exigible el pago directamente por la propiedad. Las partes pactan expresamente que esta condición del Convenio, es relevante y determinante para su suscripción y, que se trata de un Convenio que no precisa ningún acto de aplicación, estando obligado el Ayuntamiento de Calpe a efectuar, la materialización de las unidades de aprovechamiento o el pago de la cantidad adeudada por esta expropiación, dentro del plazo pactado. En caso contrario, la propiedad, estará facultada para interponer las acciones legales que le corresponda, en especial, las previstas en el artículo 29 de la Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Tercera.- En todo caso, se entiende que la cesión de titularidad de la superficie que efectúan los propietarios es firme, irrevocable y en pleno dominio, libre de cargas y gravámenes, desde la adquisición de validez jurídica del Convenio. Cuarta.- El presente convenio se elevará a Escritura Pública y será registrado en el Registro de la Propiedad de Calpe, de conformidad con lo establecido en los 79.3 de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana. Los gastos que se produzcan por la elevación a público del presente convenio y su inscripción en el registro de la Propiedad serán por cuenta del Ayuntamiento. Las partes hacen constar que, la presente transmisión de terrenos es una cesión obligatoria por razones de urbanismo, derivada de la actuación de transformación urbanística del sector nº 19 del Plan General de Calpe, por lo que esta expropiación forzosa cumple todos los requisitos urbanísticos y Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 104 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 conforme al artículo 18-7º del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el TRLS, está exenta del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales, no teniendo la consideración de transmisión de dominio a los efectos de la exacción del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos. Quinta.- Previamente a la formalización del presente convenio en Escritura Pública ratificarse el mismo por el Ayuntamiento Pleno para que adquiera plena validez jurídica. deberá Si el Pleno municipal no ratificase íntegramente del contenido del presente Convenio, quedarán sin valor ni efecto alguno el objeto materia de este Convenio y todas sus estipulaciones. Sexta.- A efectos de claridad se incorpora al presente convenio plano de los terrenos a escala debidamente grafiado, que es firmado por los señores asistentes. Séptima.- Todos los derechos dimanantes del presente Convenio, podrán ser objeto de cesión a favor de tercero, que quedará subrogado en la posición del transmitente. En todo caso, deberá notificarse previamente, por el cedente al Ayuntamiento de Calpe, la cesión y el nombre del cesionario. Octava.- El Ayuntamiento Pleno viene obligado a consignar anualmente, en cada uno de los presupuestos, una tercera parte del valor económico fijado por el Sr. Arquitecto Municipal para el justiprecio en metálico del valor de los terrenos expropiados. Novena.- Todas las determinaciones del presente convenio quedan suspendidas, hasta que se produzca por parte del Ministerio de Fomento, la aprobación/autorización del proyecto de mejora de acceso a Calp desde la N- 332 redactado por VIELCA ingenieros. Y en prueba de conformidad con lo dicho todos los asistentes firman el presente documento en el lugar y fecha antes señalado, así como el plano que se adjunta al mismo, de lo que yo, la Secretaria doy fe.» En virtud de todo lo anterior, por medio de la presente tengo a bien proponer al Ayuntamiento Pleno: Primero.- Ratificar en todos los extremos el convenio antes transcrito suscrito en el el Ayuntamiento de Calpe y la mercantil Paviota S.L. Segundo.- Facultar al Alcalde para el recto cumplimiento del presente acuerdo y en especial para llevar a cabo cuantos actos sean precisos con el fin de inscribir dichos terrenos y la correspondiente reserva de aprovechamiento en el Registro de la Propiedad. Tercero.- Notificar el presente acuerdo a los interesados.” Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Territorio, emitido por mayoría, en sentido favorable a la propuesta. Intervino la Sra. Sala exponiendo que se trataba del proyecto de dos rotondas que darían acceso al municipio. Pedía que pensaran en el futuro y votaran favorablemente la propuesta pues solucionaba un problema muy importante. Intervino el Sr. Cabrera dando un primer turno de intervenciones. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 105 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Intervino el Sr. Perles manifestando que estaban conformes con la expropiación. No obstante, quería recalcar que esos convenios se aprobaban dentro de un procedimiento de expropiación forzosa, y lo decía simplemente porque cuando alguna fuerza progresista pedía la expropiación de viviendas se les acusaba de que eran bolcheviques, era algo muy recurrente por el Partido Popular, no tanto a nivel local como en otras esferas. Intervino el Sr. Cañas e indicó que entendía la necesidad de crear infraestructuras para mejorar el acceso, pero estaban en contra del sistema de compensación, pues las unidades de aprovechamiento creaban especulación y tráfico de influencias. Intervino el Sr. Pastor manifestando que creía que con la rotonda sur, no se solucionaba nada más que el acceso al pueblo, y las urbanizaciones, como la Partida Corralets, se solucionaban con la segunda rotonda. Se quedaría pendiente de solución el acceso desde la Partida Cosentari hacia Calpe y no sabía si había tiempo de reordenar técnicamente esa segunda rotonda. También quería hacer mención al inicio del expediente de las rotondas, que había sido con el gobierno presidido por el Sr. Serna. Intervino la Sra. Sala indicándole al Sr. Pastor que respecto al Cosentari creía que estaba resuelto, pero lo comprobaría en el departamento. Al Sr. Cañas le indicó que lo que no quería era comprometer a los futuros equipos de gobierno con los compromisos adquiridos con los propietarios. Era una expropiación voluntaria, legalmente prevista. Indicó el Sr. Cañas que no decía que no fuera legal, pero no estaba de acuerdo con el sistema de compensación por la especulación y sobre explotación del suelo. Intervino el Sr. Pastor indicando que creía que era la primera vez que se daba esa circunstancia de poder pedir la compensación pasados los tres años. Esa cláusula era un condicionante importante, ¿sabían cual era el coste económico?. Le indicó la Sra. Sala que el dinero estaba previsto, si no el compromiso no sería posible. Intervino el Sr. Cabrera indicándole al Sr. Pastor que la salida de Cosentari estaba subiendo hacia Gran Sol y bajando por el Club de Tenis. Era sencillo modificar un vial del término municipal pero no las rotondas que ya estaban aprobadas por Fomento. Sometido el dictamen a votación se pronunciaron a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz, Dª. Ascensión López Moreno, D. Joaquin Perles Pérez, D. Carlos Ortín Tomás, y el Sr. Presidente, total 18 votos. Votando en contra los Sres. D. Juan Cañas Salcedo y Dª. Linda Margaret Herrada keen, total 2 votos. La Corporación, por mayoría acordó aprobar el mismo Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 106 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 12.- RATIFICACIÓN EN TODOS SUS EXTREMOS DEL CONVENIO EXPROPIATORIO PARA LA OBTENCIÓN ANTICIPADA DE 30 M2 NECESARIOS PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD Y SEGURIDAD VIARIA A LOS TÉRMINOS MUNICIPIOS DE BENISSA Y CALP DESDE LA N-332, SUSCRITO CON FECHA 23 DE OCTUBRE DE 2015 CON Dª MARIA BERTOMEU PONS. En el expediente consta una propuesta de la Concejalía Delegada Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ que dice lo siguiente: “PROPUESTA El pasado día 23 de Octubre de 2015 se suscribió convenio expropiatorio para la obtención anticipada de los suelos necesarios para la mejora de la accesibilidad y seguridad viaria a los términos municipios de Benissa y Calp desde la N-332, con Dª Maria Bertomeu Pons, siendo el contenido del citado convenio el siguiente: «CONVENIO EXPROPIATORIO OBTENCIÓN ANTICIPADA SUELOS PARA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD Y SEGURIDAD VIARIA A LOS TÉRMINOS MUNICIPIOS DE BENISSA Y CALP DESDE LA CN 332. En el Despacho del Sr. Alcalde D. César Sánchez Pérez, y en su presencia, junto con la Concejala Delegada de Protección y Ordenación del Territorio Dª Ana Sala Fernández, y siendo las 13,15 horas del día 23 de Octubre de dos mil quince, asistidos de la Secretaria Acctal., de la Corporación Dª Mª Mercedes Mas González, al objeto de dar fe pública, comparece la que acredita ser: Dª. Maria Bertomeu Pons, mayor de edad, vecina de Calp, con domicilio en Calle San Jose número 22. 03720 Benissa, con D.N.I. Nº 21.326.784-B. ANTECEDENTES Primero.- Es pública y notoria la falta de accesibilidad y seguridad viaria en la CN 332 en el tramo que discurre entre Benissa y Calp, prueba de ello es que resulta imposible una vez iniciada la marcha de un Municipio a otro el cambio de sentido, al igual que resulta imposible el acceso a la viviendas situadas en partidas y suelos tan importantes como “Els Lleus” en Benissa y el suelo urbano Corralets de Calp, el mismo peligro y falta de accesibilidad se produce en cualquier acceso a los distintos núcleos habitados existentes entre los dos municipios. Buena prueba de ello es la propia señalización viaria de la vía con la advertencia de “tramo concentración accidentes”. Segundo.- En atención a la anterior problemática y la del propio acceso a Calp, el Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 29 de agosto de 2014, por unanimidad de sus miembros, acordó informar favorablemente el Estudio de Planeamiento redactado por la dirección General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda, de mejora de los accesos a Calp desde la N-332. Tercero.- El Director General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana mediante Resolución del día trece de octubre de dos mil catorce aprobó el Estudio de Planeamiento de “MEJORA DE ACCESOS A CALP DESDE LA N-332”. Cuarto.- La solución propuesta en el Estudio de Planeamiento para mejorar los accesos a Calp desde la N-332 consiste en articular la conectividad de dicho vial con el casco urbano del municipio mediante la ejecución de dos intersecciones tipo rotonda en los PK 169.050 y 169.900. Quinto.- Con el fin de continuar con la compleja tramitación administrativa que posibilitase finalmente la Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 107 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 mejora de los accesos a Calp mediante la construcción de dos rotondas, conforme al Estudio de Planeamiento antes referido, este Ayuntamiento procedió a la contratación de Vielca Ingenieros S.A. la redacción del proyecto de mejora de accesos a Calp desde la N-332. Sexto.-Dichos proyectos fueron remitidos a la Dirección General de Carreteras, siendo emitido informe favorable con una serie de condiciones por el Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Valencia por Delegación del Director General el día 8 de mayo de 2015. Séptimo.- Que de los datos del proyecto contratado por el Ayuntamiento para la ejecución de las dos rotondas se desprende que la ejecución de las mismas afecta a la propiedad del modo que se describe en los siguientes antecedentes. Octavo.- Que Doña María Bertomeu Pons es titular del pleno dominio de un trozo de tierra secana, en la partida Benicolada, en término de Calp, con una superficie de dos mil metros cuadrados. Linda Norte, Mateo Zaragoza Perles; Sur, azagador; Este azagador y Mateo Zaragoza Perles; y Oeste, carretera Valencia Alicante. Ref. Catastral 2328604BC4822N0001SY. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Calp con el número 12.856, tomo 797, libro 248, folio 223, inscripción 6ª, en virtud de escritura autorizada ante el Notario de Denia D. José María González Arroyo, número 1548 de su protocolo, de fecha 5 de octubre de 2012. Noveno.- Que el proyecto de Mejora del Acceso a Calp desde la N-332 afecta a la propiedad de la compareciente en una superficie de treinta metros cuadrados (30 m2.) clasificados de suelo urbanizable del sector Pou Roig. Se adjunta plano en el que se grafían las superficie afectada. Décimo.- Que del Informe de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 19 de octubre de desprende que: 2015 se “En relación con el expediente para la obtención de los suelos necesarios para la ejecución de la rotonda en el acceso desde la carretera nacional 332 y a los efectos de documentar los valores a tener en cuenta en el convenio expropiatorio para la obtención anticipada de los terrenos afectados propiedad de María Bertomeu Pons cabe informar lo siguiente: 1.- Superficie afectada por la actuación: 30 m² 2.- Clasificación del suelo: Suelo urbanizable Sector Pou Roig 3.- El suelo urbanizable “Sector Pou Roig” forma parte del Área de Reparto N.º 1. El artículo 113 de las Normas del Plan General establece un aprovechamiento tipo para el área de reparto número 1, del 0,441133453. 4.- Aprovechamiento que corresponde al titular de la parcela: 30 m² x 0,441133453 U.A./m² x 90% = 11,91 U.A. 5.- Teniendo en cuenta que el valor de las unidades de aprovechamiento está fijado en 180 euros/U.A. la valoración económica del aprovechamiento resulta ser: 11,91 U.A. x 180 €/U.A. =2.143,91 euros.” El suelo objeto del presente convenio está clasificado como suelo urbanizable área de reparto número 1 del Plan General de Ordenación Urbana del Municipio (incluido dentro del ámbito del sector Pou Roig). Que el artículo 113 de las Normas del Plan General establece un aprovechamiento tipo para el área de reparto número 1, del 0,441133453. Que al suelo objeto de la presente cesión le corresponde el siguiente aprovechamiento: 30 m2/s x 0,441133453 x 90% = 11,91 unidades de aprovechamiento a materializar en el sector del suelo urbanizable nº 19, denominado Pou Roig. Que la valoración económico administrativa de las 11,91 unidades de aprovechamiento es de 2.143,91 euros. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 108 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ CONSIDERACIONES TÉCNICO JURÍDICAS Primera.- Que el Ayuntamiento precisa disponer de los terrenos señalados en el antecedente quinto para posibilitar la ejecución de las dos rotondas que permitan la mejora de los accesos a los términos municipales de Benissa y Calp desde la N-332. Segunda.- Que el artículo 173 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana (LOTUP) establece que la suscripción de convenios urbanísticos está sujeta a las limitaciones de esta ley y a las que derivan de las disposiciones generales que los regulan en derecho, en particular a lo dispuesto en la legislación del Estado sobre el suelo, y a la legislación básica del régimen local. Tercera.- De otra parte el artículo 79 de la LOTUP y respecto a las reservas de aprovechamiento establece que con motivo de una cesión gratuita de terrenos a la administración, el cedente puede reservarse el aprovechamiento subjetivo de los terrenos para su posterior transferencia. La reserva de aprovechamiento debe ser aprobada por el ayuntamiento. En el caso de que el Ayuntamiento no se oponga a la presente cesión, no podrá oponerse a la ulterior transferencia si, en su día, aceptó la reserva, es más en el presente caso, el aprovechamiento se materializará en el proyecto de reparcelación del sector de suelo urbanizable número 19, ya que dicha superficie pertenece al mismo. La reserva se inscribirá en el registro de la propiedad. El titular de ella podrá enajenar o hipotecar los aprovechamientos incluso para financiar su adquisición. Cuarta.- Esta actuación urbanística, se lleva a cabo mediante este Convenio de Expropiación de mutuo acuerdo, para terrenos reservados a la ejecución de dotaciones publicas de red primaria, con pago del justiprecio en especie en primer lugar, mediante la reserva de aprovechamiento y, de forma subsidiaria, transcurrido el plazo pactado, sin haberse materializado el aprovechamiento, mediante el pago en metálico. Quinta.- Como quiera que cabe la posibilidad de que el justiprecio del presente convenio haya de ser abonado en metálico para el caso de que en el plazo que se establece no hayan podido materializar los aprovechamientos, se adopta la solución de consignar un tercio de los 2.143,91 euros cada uno de los años hasta que sea exigible el pago en metálico, de forma que si transcurrido el plazo de tres años sin materializar los aprovechamiento, el Ayuntamiento disponga del monto económico total para hacer frente al justiprecio presente convenio en metálico. En virtud de todo lo antes descrito las partes intervinientes establecen las siguientes ESTIPULACIONES Primera.- Las partes convienen la cesión, amistosa, libre de cargas y gravámenes por parte de Dª Maria Bertomeu Pons a favor del Ayuntamiento de Calp, de 30 m2. conforme al plano que se adjunta, con el fin de que el Ayuntamiento de Calp pueda abordar la ejecución de la rotonda sur de acceso a Calp desde la N-332, Con carácter previo, a la ocupación material de los terrenos, se procederá al deslinde y amojonamiento de la superficie a ceder a la Administración pública, para delimitar el suelo de propiedad privada y el que va a tener un destino de dominio público. El deslinde y amojonamiento se realizará entre un representante o técnico de la Administración y un representante de la propiedad que suscribirán un Acta de Ocupación con los requisitos establecidos en el artículo 24-1º del Real Decreto 1093/1997 de 4 Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 109 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 de julio, en relación con el artículo 52-3 de la Ley de expropiación Forzosa y 55-2 de su Reglamento, cuya certificación podrá ser objeto de inscripción en el Registro de la Propiedad de Calpe. Por su parte, el Ayuntamiento de Calp, se compromete a instar los procedimientos de subsanación de discrepancias y de rectificación de errores, previsto en el artículo 18 del Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, para evitar que exista una falta de concordancia entre la descripción catastral de los bienes inmuebles afectados por la expropiación y, la realidad inmobiliaria resultante. En todo caso, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, correspondiente al ejercicio 2015, deberá contemplar en la parte proporcional de su cuota, la nueva configuración resultante del inmueble expropiado. Segunda.- El pago del justiprecio, se realiza de mutuo acuerdo en especie y, subsidiariamente, en metálico, a tal efecto. El Ayuntamiento reconoce a Dª Maria Bertomeu Pons una reserva de aprovechamiento de 11,91 unidades de aprovechamiento a materializar en el sector del suelo urbanizable nº 19, denominado Pou Roig. Se procede a valorar cada unidad de aprovechamiento a 180 euros a cada una, por lo que, en el presente supuesto asciende a la cantidad total de 2.143,91 euros.. Las unidades de aprovechamiento, sobre las que se ha efectuado esta reserva, deberán ser materializadas en el plazo de tres años contados a partir de la firma de este Convenio Expropiatorio. Se entenderá efectuada la materialización del aprovechamiento, la adjudicación proporcional a los derechos aportados de solares resultantes y edificables del sector, una vez sea firme en vía administrativa el acuerdo aprobatorio del proyecto de reparcelación. En el supuesto que, las unidades de aprovechamiento adscritas al sector de suelo urbanizable nº 19 no se materializasen en el plazo de tres años, podrá el expropiado a su libre elección, entre permanecer en el derecho a la adjudicación de los aprovechamientos o exigir al Ayuntamiento de Calpe, la indemnización del importe de las 11,91 unidades de aprovechamiento al precio de 180 euros cada una de ellas., lo que asciende al importe de 2.143,91 euros. El mero transcurso temporal de dicho plazo, y si la propiedad no manifiesta lo contrario, convertirá dicha cantidad total en una deuda líquida, y vencida, pudiendo ser exigible el pago directamente por la propiedad. Las partes pactan expresamente que esta condición del Convenio, es relevante y determinante para su suscripción y, que se trata de un Convenio que no precisa ningún acto de aplicación, estando obligado el Ayuntamiento de Calpe a efectuar, la materialización de las unidades de aprovechamiento o el pago de la cantidad adeudada por esta expropiación, dentro del plazo pactado. En caso contrario, la propiedad, estará facultada para interponer las acciones legales que le corresponda, en especial, las previstas en el artículo 29 de la Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Tercera.- En todo caso, se entiende que la cesión de titularidad de la superficie que efectúan los propietarios es firme, irrevocable y en pleno dominio, libre de cargas y gravámenes, desde la adquisición de validez jurídica del Convenio. Cuarta.- El presente convenio se elevará a Escritura Pública y será registrado en el Registro de la Propiedad de Calpe, de conformidad con lo establecido en los 79.3 de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana. Los gastos que se produzcan por la elevación a público del presente convenio y su inscripción en el registro de la Propiedad serán por cuenta del Ayuntamiento. Las partes hacen constar que, la presente transmisión de terrenos es una cesión obligatoria por razones de urbanismo, derivada de la actuación de transformación urbanística del sector nº 19 del Plan General de Calpe, por lo que esta expropiación forzosa cumple todos los requisitos urbanísticos y conforme al artículo 18-7º del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el TRLS, está exenta del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales, no teniendo la consideración de transmisión de dominio a los efectos de la exacción del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos. Quinta.- Previamente a la formalización del presente convenio en Escritura Pública Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 deberá Página 110 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 ratificarse el mismo por el Ayuntamiento Pleno para que adquiera plena validez jurídica. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Si el Pleno municipal no ratificase íntegramente del contenido del presente Convenio, quedarán sin valor ni efecto alguno el objeto materia de este Convenio y todas sus estipulaciones. Sexta.- A efectos de claridad se incorpora al presente convenio plano de los terrenos a escala debidamente grafiado, que es firmado por los señores asistentes. Séptima.- Todos los derechos dimanantes del presente Convenio, podrán ser objeto de cesión a favor de tercero, que quedará subrogado en la posición del transmitente. En todo caso, deberá notificarse previamente, por el cedente al Ayuntamiento de Calpe, la cesión y el nombre del cesionario. Octava.- El Ayuntamiento Pleno viene obligado a consignar anualmente, en cada uno de los presupuestos, una tercera parte del valor económico fijado por el Sr. Arquitecto Municipal para el justiprecio en metálico del valor de los terrenos expropiados. Novena.- Todas las determinaciones del presente convenio quedan suspendidas, hasta que se produzca por parte del Ministerio de Fomento, la aprobación/autorización del proyecto de mejora de acceso a Calp desde la N- 332 redactado por VIELCA ingenieros. Y en prueba de conformidad con lo dicho todos los asistentes firman el presente documento en el lugar y fecha antes señalado, así como el plano que se adjunta al mismo, de lo que yo, el Secretario doy fe.» En virtud de todo lo anterior, por medio de la presente tengo a bien proponer al Ayuntamiento Pleno: Primero.- Ratificar en todos los extremos el convenio antes transcrito suscrito en el el Ayuntamiento de Calpe y Dª Maria Bertomeu Pons. Segundo.- Facultar al Alcalde para el recto cumplimiento del presente acuerdo y en especial para llevar a cabo cuantos actos sean precisos con el fin de inscribir dichos terrenos y la correspondiente reserva de aprovechamiento en el Registro de la Propiedad. Tercero.- Notificar el presente acuerdo a los interesados.” Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Territorio, emitido por mayoría, en sentido favorable a la propuesta. Sometido el dictamen a votación se pronunciaron a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz, Dª. Ascensión López Moreno, D. Joaquin Perles Pérez, D. Carlos Ortín Tomás, y el Sr. Presidente, total 18 votos. Votando en contra los Sres. D. Juan Cañas Salcedo y Dª. Linda Margaret Herrada keen, total 2 votos. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 111 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 La Corporación, por mayoría acordó aprobar el mismo 13.- RATIFICACIÓN EN TODOS SUS EXTREMOS DEL CONVENIO EXPROPIATORIO PARA LA OBTENCIÓN ANTICIPADA DE 871 M2 NECESARIOS PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD Y SEGURIDAD VIARIA A LOS TÉRMINOS MUNICIPIOS DE BENISSA Y CALP DESDE LA N-332, SUSCRITO CON FECHA 23 DE OCTUBRE DE 2015 CON Dª CARELLA VERSLUIJS.- En el expediente consta una propuesta de la Concejalía Delegada que dice lo siguiente: Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ PROPUESTA El pasado día 23 de Octubre de 2015 se suscribió convenio expropiatorio para la obtención anticipada de los suelos necesarios para la mejora de la accesibilidad y seguridad viaria a los términos municipios de Benissa y Calp desde la N-332, con la D. Carella Versluijs, siendo el contenido del citado convenio el siguiente: «CONVENIO EXPROPIATORIO OBTENCIÓN ANTICIPADA SUELOS PARA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD Y SEGURIDAD VIARIA A LOS TÉRMINOS MUNICIPIOS DE BENISSA Y CALP DESDE LA CN 332. En el Despacho del Sr. Alcalde D. César Sánchez Pérez, y en su presencia, junto con la Concejala Delegada de Protección y Ordenación del Territorio Dª Ana Sala Fernández, y siendo las 13,00 horas del día 23 de Octubre de dos mil quince, asistidos de la Secretaria Acctal., de la Corporación Dª Mª Mercedes Mas González, al objeto de dar fe pública, comparece el que acredita ser: Dª. CARELLA VERSLUIJS, mayor de edad, divorciada, vecina de Benissa, con domicilio en Pou Roig 10A, código postal 03720, y número de NIE X-0761589J. ANTECEDENTES Primero.- Es pública y notoria la falta de accesibilidad y seguridad viaria en la CN 332 en el tramo que discurre entre Benissa y Calp, prueba de ello es que resulta imposible una vez iniciada la marcha de un Municipio a otro el cambio de sentido, al igual que resulta imposible el acceso a la viviendas situadas en partidas y suelos tan importantes como “Els Lleus” en Benissa y el suelo urbano Corralets de Calp, el mismo peligro y falta de accesibilidad se produce en cualquier acceso a los distintos núcleos habitados existentes entre los dos municipios. Buena prueba de ello es la propia señalización viaria de la vía con la advertencia de “tramo concentración accidentes”. Segundo.- En atención a la anterior problemática y la del propio acceso a Calp, el Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 29 de agosto de 2014, por unanimidad de sus miembros, acordó informar favorablemente el Estudio de Planeamiento redactado por la dirección General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda, de mejora de los accesos a Calp desde la N-332. Tercero.- El Director General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana mediante Resolución del día trece de octubre de dos mil catorce aprobó el Estudio de Planeamiento de “MEJORA DE ACCESOS A CALP DESDE LA N-332”. Cuarto.- La solución propuesta en el Estudio de Planeamiento para mejorar los accesos a Calp desde la N-332 consiste en articular la conectividad de dicho vial con el casco urbano del municipio mediante la ejecución de dos intersecciones tipo rotonda en los PK 169.050 y 169.900. Quinto.- Con el fin de continuar con la compleja tramitación administrativa que posibilitase finalmente la mejora de los accesos a Calp mediante la construcción de dos rotondas, conforme al Estudio de Planeamiento antes referido, este Ayuntamiento procedió a la contratación de Vielca Ingenieros S.A. la redacción del proyecto de mejora de accesos a Calp desde la N-332. Sexto.-Dichos proyectos fueron remitidos a la Dirección General de Carreteras, siendo emitido informe Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 112 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 favorable con una serie de condiciones por el Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Valencia por Delegación del Director General el día 8 de mayo de 2015. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Séptimo.- Que de los datos del proyecto contratado por el Ayuntamiento para la ejecución de las dos rotondas se desprende que la ejecución de las mismas afecta a la propiedad del modo que se describe en los siguientes antecedentes. Octavo.- Que sobre la finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Calp con el número 20.681, al tomo 687, libro 169, folio 133, cuyos lindes son: Este, carretera nacional 332 Alicante-Valencia; Sur, camino de la Sierra de Oltá, Antonia Martínez Martínez y Jaime Pastor Perles; Norte, Mateo Zaragoza, Caleta S.A. y Dionisia Perles Benítez y Francisco Perles Tur; y Oeste, Antonia Martínez Martínez y Tomasa Ferrer Perles, se practicó división horizontal, en virtud de escritura pública de 6 de mayo de 1996 otorgada ante el Notario de Calpe D. Juan Fernández de Ybarra, dividiendo la finca en tres elementos independientes, a saber: Numero uno General. Nave industrial A. Inscrita como finca registral 28.615. Referencia catastral 4332003BC6843S0001PJ y 4332009BC6843S0001KJ. Numero uno General. BIS. Patio descubierto. Inscrita como finca registral 31.074. Referencia catastral 4332004BC68443S0001LJ. Numero dos General. Nave industrial B. Inscrita como finca registral 28.617. Referencia catastral 4332003BC6843S0002AK. Numero tres General. Nave industrial C. Inscrita como finca registral 28.619. Referencia catastral 4332003BC6843S0003SL. Inscrita a favor de Dª Carella Versluijs. Dichos terrenos tienen una superficie inicial de 12.326 metros cuadrados, identificándose la totalidad de los terrenos en el plano que se adjunta. Noveno.- Que el proyecto de Mejora del Acceso a Calp desde la N-332 afecta a la finca registral 20.681 en una superficie de 871 m² por el enlace con una de las rotondas. Se adjunta plano en el que se grafía la superficie afectada. Décimo.- Que del Informe de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 20 de octubre de desprende que: 2015 se “En relación con el expediente para la obtención de los suelos necesarios para la ejecución de la rotonda en el acceso desde la carretera nacional 332 y a los efectos de documentar los valores a tener en cuenta en el convenio expropiatorio para la obtención anticipada de los terrenos afectados propiedad de Dª Carella Versluijs cabe informar lo siguiente: 1.- Superficies Superficie de parcelas = 10.354 m² + 1.972 m² = 12.326 m2 Superficie afectada por la actuación: 871 m² 2.- Calificación del suelo: Suelo urbano “Zona de Servicios Estación” 3.- Los parámetros urbanísticos aplicables al ámbito del área de reparto de la Zona de Servicios Estación vienen establecidos en el artículo 130 de las Normas del Plan General y en los planos 8.8 y 8.14 de Ordenación. El área de reparto de la zona de Servicios Estación está formada por cuatro manzanas que suman un total de 99.520 m², con una superficie de reserva viaria de 20.020 m², por lo que el ámbito total del área de reparto es de 119.540 m². Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 113 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Como quiera que el artículo 92 de las Normas del Plan General establece un aprovechamiento subjetivo de 1 m²/m² y el área de reparto tiene un total aprovechamiento de 99.520,00 m2t resulta un aprovechamiento tipo de 0,832525 U.A./m². 4.- Siendo que el suelo afectado es de 871 m² , en aplicación del aprovechamiento tipo del 0,832525 del área de reparto, le corresponden 725,13 unidades de aprovechamiento. 5.- Teniendo en cuenta que el valor de las unidades de aprovechamiento está fijado en 180 euros/u.a. el justiprecio por la obtención de los 871 m² de suelo afectado se estima en: Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 871m2 x 0,832525 U.A./m² x 180 €/U.A. =130.523,30 euros. 6.- A la vista del plano resultante, una vez realizada la cesión del suelo y con la nueva ordenación prevista resultan dos parcelas netas al titular de las parcela afectadas de 10.098 m² y 1.002 m² que materializan un total de 11.100 unidades de aprovechamiento. Teniendo en cuenta que la superficie inicial el titular sin incluir la superficie afectada por enlace es de 11.455 m² y la cesión de 827 m² del vial de la U. Ejecución no incluido en la presente valoración resultará el siguiente excedente de aprovechamiento que deberá ser adquirido en el momento en que se solicite cualquier licencia para las mismas. Aprovechamiento subjetivo de las parcelas netas: (11.455 - 827) m² x 0,832525 = 8.848,08 U.A. Aprovechamiento subjetivo de vial de U.E. : 827 m² x 0,832525 = 688,50 U.A. Excedente de aprovechamiento = 11.100,00 – 8.848,08 – 688,50 = 1.563,42” I.- Que los parámetros urbanísticos aplicables al ámbito del área de reparto de la Zona de Servicios Estación vienen establecidos en el artículo 130 de las Normas del Plan General y en los planos 8.8 y 8.14 de Ordenación. Que el área de reparto de la zona de Servicios Estación está formada por cuatro manzanas que suman un total de 99.520 m², con una superficie de reserva viaria de 20.020 m², por lo que el ámbito total del área de reparto es de 119.540 m². Como quiera que el artículo 92 de las Normas del Plan General establece un aprovechamiento subjetivo de 1 m²/m² y el área de reparto tiene un total aprovechamiento de 99.520,00 m2t ello implica un aprovechamiento tipo de 0,833 U.A./m². II.- Que al suelo afectado por la presente cesión objeto de adquisición amistosa tal y como se ha señalado es de 871 m² por lo que a dicho suelo en aplicación del aprovechamiento tipo del 0,833 del área de reparto le corresponden 725,13 unidades de aprovechamiento, quedando dos parcelas netas resultantes de 10.354 m² y 1.972 m² que materializan un total de 11.455 unidades de aprovechamiento, por lo que el se genera un excedente de aprovechamiento de 1.563 unidades de aprovechamiento en las mismas que deberá ser adquirido en el momento en que se solicite licencia, tras agotar el aprovechamiento subjetivo y requiera la utilización de excedente de aprovechamiento a que se refiere el presente convenio. III.- Que el valor de las unidades de aprovechamiento está fijado en 180 euros/u.a. por lo que el justiprecio por la obtención de los 871 m² de suelo afectado se estima en 130.523,22 euros. CONSIDERACIONES TÉCNICO JURÍDICAS Primera.- Que el Ayuntamiento precisa disponer de los terrenos señalados en el antecedente quinto para posibilitar la ejecución de las dos rotondas que permitan la mejora de los accesos a los términos municipales de Benissa y Calp desde la N-332. Segundo.- Que no estando adscritos los suelos de las rotondas situados en la margen izquierda de la carretera nacional en dirección Alicante-Valencia, procede su obtención mediante expropiación forzosa. Tercera.- Que el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa establece que la Administración actuante y el particular a quien se refiera la expropiación forzosa podrán convenir la adquisición de los bienes libremente y por mutuo acuerdo, en cuyo caso una vez convenidos los términos de la adquisición Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 114 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 amistosa, se dará por concluido el expediente iniciado. Cuarta.- Que el artículo 173 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana (LOTUP) establece que la suscripción de convenios urbanísticos está sujeta a las limitaciones de esta ley y a las que derivan de las disposiciones generales que los regulan en derecho, en particular a lo dispuesto en la legislación del Estado sobre el suelo, y a la legislación básica del régimen local. En virtud de todo lo antes descrito las partes intervinientes establecen las siguientes ESTIPULACIONES Primera.- Las partes manifiestan haber alcanzado un mutuo acuerdo, de manera tal que la expropiación a llevar a cabo para la obtención del suelo necesario para la ejecución de la rotonda se fija de mutuo acuerdo conforme al presente convenio de expropiación. Segunda.- Dª. CARELLA VERSLUIJS cede la superficie de 871 m2 del suelo de su propiedad descrito en los antecedentes del presente convenio al Ayuntamiento de Calp, de la finca registral 28.619 de su propiedad, libre de cargas y gravámenes con el fin de que el Ayuntamiento de Calp pueda abordar la ejecución de la rotonda sur de acceso a Calp desde la N-332. Con carácter previo a la ocupación material de los terrenos, se procederá al deslinde y amojonamiento de la superficie de suelo a ceder a la Administración Pública para delimitar el suelo propiedad privada y el que va a tener un destino de dominio público, procediéndose a la segregación de dicha superficie, con la siguiente descripción: 1. Segregación: superficie de 871 m² de suelo que lindan norte: Hormigones Caleta, S.A., sur: elementos comunes y camino, este: carretera nacional 332 y oeste: resto de finca segregada y elementos comunes. Dicho suelo carece de referencia catastral. El Ayuntamiento iniciará los procedimientos ante el Catastro Inmobiliario, para adecuar la realidad inmobiliaria a la descripción catastral de los inmuebles objeto de expropiación forzosa. Tercera.- El Ayuntamiento fija el justiprecio de los anteriores terrenos en la cantidad de 130.523,22 euros, cantidad está que será abonada en el momento de la firma de la correspondiente escritura pública de elevación a público del presente convenio donde se proceda a la segregación acordada y entrega de posesión de los terrenos segregados a favor del Ayuntamiento cuyo plazo para el otorgamiento no podrá ser superior a 6 meses desde la firma del presente convenio. A tal fin el Ayuntamiento requerirá a la propiedad con una antelación mínima de 15 días. De igual modo se hace constar que el excedente de aprovechamiento dimanante del presente convenio se hará efectivo por la propiedad en el momento en que se solicite licencia, tras agotar el aprovechamiento subjetivo y requiera la utilización de excedente de aprovechamiento a que se refiere el presente convenio, comprometiéndose a hacer constar la presente clausula en cualquier contrato de transmisión de la propiedad que se pueda llevar a cabo por la misma y facultando al Ayuntamiento para la inscripción de dicho excesos de aprovechamiento en el registro de la Propiedad de Calp a efectos meramente informativos. Cuarta.- En todo caso, se entiende que la cesión de titularidad de la superficie que efectúan los propietarios es firme, irrevocable y en pleno dominio, libre de cargas y gravámenes, desde la firma de la escritura pública prevista en la estipulación anterior del presente Convenio, sin perjuicio de los documentos públicos o privados que puedan completar lo pactado. Quinta.- Como quiera que con el proyecto redactado por Vielca Ingenieros S.A. , y aprobado por la Dirección General de Carreteras del Estado en Valencia, no solo establece la solución técnica de las Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 115 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 dos rotondas, sino que fija las conexiones de las mismas con el viario local del Municipio, el Ayuntamiento se compromete a ejecutar dichas conexiones locales conforme al proyecto aprobado, así como a adaptar el Planeamiento General del Municipio a la solución fijada por la Dirección General de Carreteras del Estado. La ejecución de todas las obras de mejora y conexión viaria correrá a cargo de la Administración, por lo que al producirse la cesión del suelo para adaptar las propiedades privadas al proyecto de mejora viaria y por tanto a la planificación del Municipio, y de otra parte correr de parte de la Administración la ejecución de las mismas, en virtud de lo cual dicha propiedad cede y la Administración urbaniza, a partir de dicho momento puede otorgarse la oportuna licencia de obras, así como la ambiental que proceda. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Sexta.- Tras la cesión efectuada en el presente convenio, el suelo propiedad de los comparecientes adquiere la condición de suelo urbano, por lo que el Ayuntamiento se obliga a iniciar la oportuna modificación del Plan General de Calpe, confiriéndole dicha condición y excluyéndolo de la actual unidad de ejecución en suelo industrial. Así mismo, el Ayuntamiento se obliga en el plazo de 1 año desde la firma del presente convenio a ejecutar las obras viarias de los elementos comunes grafiadas en el plano que se adjunta y que dan acceso a las propiedades posteriores a las naves propiedad de los comparecientes. El carril de servicio previsto paralelo a la carretera nacional 332 continuará en posesión de la propiedad hasta el momento en que vaya a ser ejecutado por la Administración, o hasta el momento en que la propiedad pretenda materializar su aprovechamiento urbanístico, a elección de la propiedad, momento en el cual el Ayuntamiento ocupará la franja de terreno prevista para dicha carretera de servicio, deslindando y amojonando el terreno, y reponiendo a su costa el vallado que delimita la nave C propiedad de la compareciente, sin que en dicho terreno pueda llevar a cabo ningún tipo de construcción. Los parámetros urbanísticos de la modificación puntual del Plan General de acuerdo con los antecedentes del presente convenio, recogerán la edificabilidad acordada y que figura en el Plan General, y permitirán en su caso confirmar la legalidad de las naves construidas. Séptima.- El presente convenio se elevará a Escritura Pública y será registrado en el Registro de la Propiedad de Calpe, de conformidad con lo establecido en los 79.3 de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana. Los gastos que se produzcan por la elevación a público del presente convenio y su inscripción en el registro de la Propiedad serán por cuenta del Ayuntamiento. Octava.- Previamente a la formalización del presente convenio en Escritura Pública ratificarse el mismo por el Ayuntamiento Pleno para que adquiera plena validez jurídica. deberá Novena.- A efectos de claridad se incorpora al presente convenio plano de los terrenos a escala debidamente grafiado, que es firmado por los señores asistentes. Décima.- Todas las determinaciones del presente convenio quedan suspendidas, hasta que se produzca por parte del Ministerio de Fomento, la aprobación/autorización del proyecto de mejora de acceso a Calp desde la N- 332 redactado por VIELCA ingenieros. Y en prueba de conformidad con lo dicho todos los asistentes firman el presente documento en el lugar y fecha antes señalado, así como el plano que se adjunta al mismo, de lo que yo, el Secretario doy fe.» En virtud de todo lo anterior, por medio de la presente tengo a bien proponer al Ayuntamiento Pleno: Primero.- Ratificar en todos los extremos el convenio antes transcrito suscrito en el el Ayuntamiento de Calpe y Dª Carella Versluijs. Segundo.- Facultar al Alcalde para el recto cumplimiento del presente acuerdo y en especial para llevar a cabo cuantos actos sean precisos con el fin de inscribir dichos terrenos y la correspondiente reserva de aprovechamiento en el Registro de la Propiedad. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 116 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Tercero.- Notificar el presente acuerdo a los interesados.” Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Por la Sra. Secretaria se dio lectura al dictamen de la Comisión Informativa de Territorio, emitido por mayoría, en sentido favorable a la propuesta. Sometido el dictamen a votación se pronunciaron a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz, Dª. Ascensión López Moreno, D. Joaquin Perles Pérez, D. Carlos Ortín Tomás, y el Sr. Presidente, total 18 votos. Votando en contra los Sres. D. Juan Cañas Salcedo y Dª. Linda Margaret Herrada keen, total 2 votos. La Corporación, por mayoría acordó aprobar el mismo 14.- RATIFICACIÓN EN TODOS SUS EXTREMOS DEL CONVENIO EXPROPIATORIO PARA LA OBTENCIÓN ANTICIPADA DE 706 M² NECESARIOS PARA LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD Y SEGURIDAD VIARIA A LOS TÉRMINOS DE BENISSA Y CALP DESDE LA N332, SUSCRITO CON FECHA 3 DE NOVIEMBRE DE 2015, CON D. MIGUEL FRANCISCO BORDES MARTÍNEZ. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 49.1 del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Calp, se sometió a votación la inclusión, pronunciándose a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, D. Joaquin Perles Pérez, D. Carlos Ortín Tomás y el Sr. Presidente, total 14 votos. Absteniéndose los Sres. D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz, Dª. Ascensión López Moreno, D. Juan Cañas Salcedo y Dª. Linda Margaret Herrada keen, total 6 votos. La Corporación por mayoría acordó la inclusión. En el expediente consta una propuesta de la Concejalía Delegada que dice lo siguiente: PROPUESTA El pasado día 3 de Noviembre de 2015 se suscribió convenio expropiatorio para la obtención anticipada de los suelos necesarios para la mejora de la accesibilidad y seguridad viaria a los términos municipios de Benissa y Calp desde la N-332, con D. Miguel Francisco Bordes Martínez, siendo el contenido del citado convenio el siguiente: «CONVENIO EXPROPIATORIO OBTENCIÓN ANTICIPADA SUELOS PARA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD Y SEGURIDAD VIARIA A LOS TÉRMINOS MUNICIPIOS DE BENISSA Y CALP Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 117 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 DESDE LA CN 332. En el Despacho del Sr. Alcalde D. César Sánchez Pérez, y en su presencia, junto con la Concejala Delegada de Protección y Ordenación del Territorio Dª Ana Sala Fernández, y siendo las 13 horas del día 3 de Noviembre de 2015, asistidos de la Secretaria Acctal., de la Corporación Dª Mª Mercedes Mas González, al objeto de dar fe pública, comparece el que acredita ser: D. Miguel Francisco Bordes Martínez, mayor de edad, casado con en régimen de gananciales con Doña Juana Mut Perles, vecino de Calp 03710, Calle Purísima n.º 11, con documento nacional de identidad número 21366268G. ANTECEDENTES Primero.- Es pública y notoria la falta de accesibilidad y seguridad viaria en la CN 332 en el tramo que discurre entre Benissa y Calp, prueba de ello es que resulta imposible una vez iniciada la marcha de un Municipio a otro el cambio de sentido, al igual que resulta imposible el acceso a la viviendas situadas en partidas y suelos tan importantes como “Els Lleus” en Benissa y el suelo urbano Corralets de Calp, el mismo peligro y falta de accesibilidad se produce en cualquier acceso a los distintos núcleos habitados existentes entre los dos municipios. Buena prueba de ello es la propia señalización viaria de la vía con la advertencia de “tramo concentración accidentes”. Segundo.- En atención a la anterior problemática y la del propio acceso a Calp, el Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 29 de agosto de 2014, por unanimidad de sus miembros, acordó informar favorablemente el Estudio de Planeamiento redactado por la dirección General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda, de mejora de los accesos a Calp desde la N-332. Tercero.- El Director General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana mediante Resolución del día trece de octubre de dos mil catorce aprobó el Estudio de Planeamiento de “MEJORA DE ACCESOS A CALP DESDE LA N-332”. Cuarto.- La solución propuesta en el Estudio de Planeamiento para mejorar los accesos a Calp desde la N-332 consiste en articular la conectividad de dicho vial con el casco urbano del municipio mediante la ejecución de dos intersecciones tipo rotonda en los PK 169.050 y 169.900. Quinto.- Con el fin de continuar con la compleja tramitación administrativa que posibilitase finalmente la mejora de los accesos a Calp mediante la construcción de dos rotondas, conforme al Estudio de Planeamiento antes referido, este Ayuntamiento procedió a la contratación de Vielca Ingenieros S.A. la redacción del proyecto de mejora de accesos a Calp desde la N-332. Sexto.-Dichos proyectos fueron remitidos a la Dirección General de Carreteras, siendo emitido informe favorable con una serie de condiciones por el Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Valencia por Delegación del Director General el día 8 de mayo de 2015. Séptimo.- Que de los datos del proyecto contratado por el Ayuntamiento para la ejecución de las dos rotondas se desprende que la ejecución de las mismas afecta a la propiedad del modo que se describe en los siguientes antecedentes. Octavo.- Que D. Miguel Francisco Bordes Martínez, es propietario en virtud de Escritura de Adición de Herencia otorgada ante la Notaria de Calpe Maria Jesús Valencia Martín, con fecha 29 de Octubre de 2015, número de su protocolo 1118, de la siguiente finca: DESCRIPCIÓN: Parcela de tierra, sita en término de Calpe, Partida Corralets 2-B; tiene una extensión superficial de dos mil quinientos sesenta y siete metros cuadrados. Linda: Norte, Este y Sur, partida Corralets 1A (Mike Versluijs); Oeste, partida Corralets 5B (Angeles Garcia Soler) y partida Corralets 6B (Jaime Juan Pastor Bertomeu). INSCRIPCIÓN: No consta. Solicitada su inmatriculación al amparo del artículo 205 de la Ley Hipotecaria. REFERENCIA CATASTRAL: Figura catastrada con el número de referencia 4331401BC6843S0001EJ. Dichos terrenos según levantamiento topográfico que se incorpora al presente convenio tienen una superficie inicial total de 2.965 m². Noveno.- Que el proyecto de Mejora del Acceso a Calp desde la N-332 afecta a la citada finca en una Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 118 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 superficie de 706 m² por el enlace con una de las rotondas. Se adjunta plano en el que se grafía la superficie afectada. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Décimo.- Que del Informe de los Servicios Técnicos Municipales de fecha 3 de Noviembre de 2015 se desprende que: I.- Que los parámetros urbanísticos aplicables al ámbito del área de reparto de la Zona de Servicios Estación vienen establecidos en el artículo 130 de las Normas del Plan General y en los planos 8.8 y 8.14 de Ordenación. Que el área de reparto de la zona de Servicios Estación está formada por cuatro manzanas que suman un total de 99.520 m², con una superficie de reserva viaria de 20.020 m², por lo que el ámbito total del área de reparto es de 119.540 m². Como quiera que el artículo 92 de las Normas del Plan General establece un aprovechamiento subjetivo de 1 m²/m² y el área de reparto tiene un total aprovechamiento de 99.520,00 m2t ello implica un aprovechamiento tipo de 0,833 U.A./m². II.- Que al suelo afectado por la presente cesión objeto de adquisición amistosa tal y como se ha señalado es de 706 m² por lo que a dicho suelo en aplicación del aprovechamiento tipo del 0,833 del área de reparto le corresponden 587,76 unidades de aprovechamiento, quedando una parcela neta resultante de 2.259 m² que materializan un total de 2.259 unidades de aprovechamiento, por lo que el se genera un excedente de aprovechamiento de 378 unidades de aprovechamiento en las mismas que deberá ser adquirido en el momento en que se solicite cualquier licencia para las mismas. III.- Que el valor de las unidades de aprovechamiento está fijado en 180 euros/u.a. por lo que el justiprecio por la obtención de los 706 m² de suelo afectado se estima en 105.797,24 euros. CONSIDERACIONES TÉCNICO JURÍDICAS Primera.- Que el Ayuntamiento precisa disponer de los terrenos señalados en el antecedente quinto para posibilitar la ejecución de las dos rotondas que permitan la mejora de los accesos a los términos municipales de Benissa y Calp desde la N-332. Tercera.- Que no estando adscritos los suelos de las rotondas situados en la margen izquierda de la carretera nacional en dirección Alicante-Valencia, procede su obtención mediante expropiación forzosa. Cuarta.- Que el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa establece que la Administración actuante y el particular a quien se refiera la expropiación forzosa podrán convenir la adquisición de los bienes libremente y por mutuo acuerdo, en cuyo caso una vez convenidos los términos de la adquisición amistosa, se dará por concluido el expediente iniciado. Quinta.- Que el artículo 173 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana (LOTUP) establece que la suscripción de convenios urbanísticos está sujeta a las limitaciones de esta ley y a las que derivan de las disposiciones generales que los regulan en derecho, en particular a lo dispuesto en la legislación del Estado sobre el suelo, y a la legislación básica del régimen local. En virtud de todo lo antes descrito las partes intervinientes establecen las siguientes ESTIPULACIONES Primera.- Las partes manifiestan haber alcanzado un mutuo acuerdo, de manera tal que la expropiación a llevar a cabo para la obtención del suelo necesario para la ejecución de la rotonda se fija de mutuo acuerdo conforme al presente convenio de expropiación. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 119 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Segunda.- D. Miguel Francisco Bordes Martínez, cede la superficie de 706 m2 del suelo de su propiedad descrito en los antecedentes del presente convenio al Ayuntamiento de Calp, libre de cargas y gravámenes con el fin de que el Ayuntamiento de Calp pueda abordar la ejecución de la rotonda sur de acceso a Calp desde la N-332. Con carácter previo a la ocupación material de los terrenos, se procederá al deslinde y amojonamiento de la superficie de suelo a ceder a la Administración Pública para delimitar el suelo propiedad privada y el que va a tener un destino de dominio público. El Ayuntamiento iniciará los procedimientos ante el Catastro Inmobiliario, para adecuar la realidad inmobiliaria a la descripción catastral de los inmuebles objeto de expropiación forzosa. No obstante lo anterior y dada la configuración de las parcelas resultantes tras las cesiones para llevar a cabo la actuación de la conexión, el Ayuntamiento vendrá obligado a tramitar y aprobar un proyecto de reparcelación voluntaria, siempre que sea solicitada por la totalidad de los titulares de las fincas catastrales 4330404BC6842N0001WG, 4331402BC6843S0001SJ y 4331404BC6843S0001UJ. Tercera.- El Ayuntamiento fija el justiprecio de los anteriores terrenos en la cantidad de 105.797,24 euros, cantidad está que será abonada en el momento de la firma de la correspondiente escritura pública cuyo plazo para el otorgamiento no podrá ser superior a SEIS meses desde la firma del presente convenio. De igual modo se hace constar que el excedente de aprovechamiento dimanante del presente convenio se hará efectivo por la propiedad en el momento en que se solicite alguna licencia, comprometiéndose a hacer constar la presente clausula en cualquier contrato de transmisión de la propiedad que se pueda llevar a cabo por la misma y facultando al Ayuntamiento para la inscripción de dicho excesos de aprovechamiento en el registro de la Propiedad de Calp a efectos meramente informativos. Cuarta.- En todo caso, se entiende que la cesión de titularidad de la superficie que efectúan los propietarios es firme, irrevocable y en pleno dominio, libre de cargas y gravámenes, desde la firma del presente Convenio, sin perjuicio de los documentos públicos o privados que puedan completar lo pactado. Quinta.- Como quiera que con el proyecto redactado por Vielca Ingenieros S.A. , y aprobado por la Dirección General de Carreteras del Estado en Valencia, no solo establece la solución técnica de las dos rotondas, sino que fija las conexiones de las mismas con el viario local del Municipio, el Ayuntamiento se compromete a ejecutar dichas conexiones locales conforme al proyecto aprobado, así como a adaptar el Planeamiento General del Municipio a la solución fijada por la Dirección General de Carreteras del Estado. La ejecución de todas las obras de mejora y conexión viaria correrá a cargo de la Administración, por lo que al producirse la cesión del suelo para adaptar las propiedades privadas al proyecto de mejora viaria y por tanto a la planificación del Municipio, y de otra parte correr de parte de la Administración la ejecución de las mismas, en virtud de lo cual dicha propiedad cede y la Administración urbaniza, a partir de dicho momento puede otorgarse la oportuna licencia de obras, así como la ambiental que proceda. Sexta.- El presente convenio se elevará a Escritura Pública y será registrado en el Registro de la Propiedad de Calpe, de conformidad con lo establecido en los 79.3 de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana. Los gastos que se produzcan por la elevación a público del presente convenio y su inscripción en el registro de la Propiedad serán por cuenta del Ayuntamiento. Séptima.- Previamente a la formalización del presente convenio en Escritura Pública deberá ratificarse el mismo por el Ayuntamiento Pleno para que adquiera plena validez jurídica. Octava.- A efectos de claridad se incorpora al presente convenio plano de los terrenos a escala debidamente grafiado, que es firmado por los señores asistentes. Novena.- Todas las determinaciones del presente convenio quedan suspendidas, hasta que se produzca por parte del Ministerio de Fomento, la aprobación/autorización del proyecto de mejora de acceso a Calp desde la N- 332 redactado por VIELCA ingenieros. Y en prueba de conformidad con lo dicho todos los asistentes firman el presente documento en el lugar y fecha antes señalado, así como el plano que se adjunta al mismo, de lo que yo, el Secretario doy fe.” En virtud de todo lo anterior, por medio de la presente tengo a bien proponer al Ayuntamiento Pleno: Primero.- Ratificar en todos los extremos el convenio antes transcrito suscrito en el el Ayuntamiento de Calpe y D. Miguel Francisco Bordes Martínez. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 120 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Segundo.- Facultar al Alcalde para el recto cumplimiento del presente acuerdo y en especial para llevar a cabo cuantos actos sean precisos con el fin de inscribir dichos terrenos y la correspondiente reserva de aprovechamiento en el Registro de la Propiedad. Tercero.- Notificar el presente acuerdo al interesado.” Intervino el Sr. Cabrera dando un primer turno de intervenciones. Intervino el Sr. Pastor e indicó que ese punto no tenía la misma redacción que los otros tres; no aparecían los tres años, y en las consideraciones técnico jurídicas se saltaba del punto primero al tercero. La redacción no era la misma y le gustaría saber el motivo. A continuación el Sr. Cabrera anunció un receso, siendo las 17:38 horas. Reanudándose la sesión 17:45 horas. Intervino la Sra. Sala para manifestar que se trataba de un tema de clasificación del suelo, era suelo urbano y se pagaría en seis meses. En los otros convenios se fijaba un plazo de tres años. Intervino el Sr. Pastor señalando que entonces se trataba de una diferencia de calificación urbanística. Sometida la propuesta a votación, se pronunciaron a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz, Dª. Ascensión López Moreno, D. Joaquin Perles Pérez, D. Carlos Ortín Tomás, y el Sr. Presidente, total 18 votos. Votando en contra los Sres. D. Juan Cañas Salcedo y Dª. Linda Margaret Herrada keen, total 2 votos. La Corporación por mayoría acordó aprobar la misma en los términos transcritos. 15.- APROBAR LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL SERVICIO AFIC AL CONSORCIO PARA LA RECUPERACIÓN ECONÓMICA Y DE LA ACTIVIDAD DE LA MARINA ALTA (CREAMA).- De acuerdo con lo dispuesto en el art. 49.1 del Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Calp, se sometió a votación la inclusión, pronunciándose a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, D. Juan Cañas Salcedo, Dª. Linda Margaret Herrada keen, D. Joaquin Perles Pérez, D. Carlos Ortín Tomás, y el Sr. Presidente, total 16 votos. Absteniéndose los Sres. D. Santos Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 121 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz y Dª. Ascensión López Moreno, total 4 votos. La Corporación por mayoría acordó aprobar la inclusión. En el expediente consta una propuesta de la Alcaldía que dice lo siguiente: “D. CÉSAR SÁNCHEZ PÉREZ,Alcalde-Presidente del Ajuntament de Calp, al Ayuntamiento Pleno, Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ EXPONE: I-El Ayuntamiento de Calp ha operado una reoganización departamental que ha afectado a la Coordinación de la Agencia de Desarrollo Local-CREAMA Calp y que a su vez desempeñaba las funciones de Agente para el Fomento de la Innovación Comercial (AFIC). II.-Tras dicha reorganización, se considera que las funciones de AFIC pueden ser desempeñadas de forma más eficiente por técnicos que actualmente se encuentran adscritos al Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta (CREAMA). III.-A tales efectos, se propone la encomienda de gestión de dicho servicio a este Organismo, para lo cual se ha elaborado el siguiente borrador de Convenio, de conformidad a lo establecido en la normativa aplicable: “Convenio de colaboración para la encomienda de gestión de los medios para la Coordinación de Actuaciones y la Prestación de Servicios en materia de Comercio en el municipio de Calpe, celebrado entre el M.I. Ayuntamiento de Calpe y el Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta –CREAMAEn Calpe, a 07 de octubre de 2015 Reunidos: De una parte, el Ilmo. Sr. D César Sánchez Pérez Alcalde del M.I. Ayuntamiento de Calp, especialmente facultado para este acto. Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Sebastián Cañadas Gallardo, Presidente delegado del Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta – CREAMA-, facultado para este acto. Ambas partes, según intervienen, manifiestan que se reconocen recíprocamente capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este documento, y a tal efecto Exponen: Primero. El Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta-CREAMA, ha venido interviniendo con anterioridad al año 1998 en la Coordinación de Actuaciones y la Prestación de Servicios en materia de desarrollo económico y empresarial de diversos Ayuntamientos de la Marina Alta, tomando parte activa sus efectivos en dichas tareas. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 122 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Que el Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta -CREAMA- integrado por la Excelentísima Diputación Provincial de Alicante, por la Generalitat Valenciana, y por diversos Ilustres Ayuntamientos de la Marina Alta, entre los que se encuentra la Excma. Villa de Calpe, cuenta entre sus fines conseguir una mayor eficacia en las actuaciones públicas dirigidas al Sector del Desarrollo Económico, Laboral y Empresarial, tanto en su aspecto de asesoramiento, intermediación, como de formación, y que dispone de medios técnicos adecuados para desarrollar todos estos servicios. El objeto de CREAMA, según el artículo 3 de sus Estatutos rectores (BOPA núm.71, de 27.03.1997), es el funcionamiento coordinado de las entidades consorciadas en el ámbito de la Comarca Marina Alta, y las que en el futuro se puedan incorporar al mismo, para conseguir un mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales de las mismas, dando así una respuesta más adecuada a las necesidades del ámbito territorial. En todo caso, previo cumplimiento de los requisitos legales que procedan, las entidades interesadas podrán acordar la prestación por el Consorcio de otros servicios de su competencia, los que asumirá éste en la forma y condiciones que se establezcan en cada caso concreto. Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15, apartado 5, de la Ley 30/1992, y en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, la presente encomienda de gestión se formalizará mediante la firma del correspondiente convenio de cooperación técnica y administrativa en asuntos de interés común, que será publicado en el Boletín Oficial de Provincia de Alicante. Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 24.1 de la ley 7/1985, y considerando que al municipio de Calpe le competen “para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal” y así las competencias “que redunden en interés general de su población en materia de comercio y, en virtud de lo dispuesto en los artículos 39,40,42,86 y 95 de la Ley 3/2011, de 23 de marzo, de la Generalitat, de Comercio de la Comunitat Valenciana, y con el fin de optimizar la estructura operativa, organización y coordinación de los medios actuantes en el comercio de Calpe, el M.I. Ayuntamiento de Calpe ha decidido llevar a cabo el encargo que se señala en la cláusula primera. Una de las prioridades del CREAMA es la movilización y gestión de los recursos socio-económicos existentes en la Comarca, dirigidos a la Promoción económica y cohesión social. Tanto El M.I. Ayuntamiento de Calp, como el CREAMA consideran que la colaboración institucional es un planteamiento esencial para mejorar la especialización del sector y la sensibilización de los profesionales del comercio, frente a los grandes retos que se deben de abordar en el futuro. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 123 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 CREAMA, como Administración más directamente afectada y próxima al empresariado de la Marina Alta, puede adoptar las referidas decisiones con mayor grado de especialización y acierto, a la vez que dispone de medios técnicos, personales y materiales, adecuados para ello. Todo ello aconseja hacer uso de la posibilidad de encomendar al CREAMA la realización de las referidas actividades, todas ellas de carácter técnico o de servicios que, según la legislación vigente han de realizarse con sujeción al Derecho administrativo, del modo previsto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, toda vez que concurren las antedichas razones de eficacia. Cuarto. Con este amplio sentido de colaboración, y amparándose en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 16 de noviembre, de Régimen Jurídico de la administración Pública y Procedimiento Administrativo Común, el M.I. Ayuntamiento de Calpe y el Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta – CREAMA- establecen el presente acuerdo de conformidad con las siguientes Cláusulas: Primera. Finalidad. Constituye el objeto del presente Convenio de Colaboración para la encomienda de gestión, la dirección y gestión operativa y funcional de los medios que dispone el Consorcio para lograr la adecuación de la oferta comercial local del municipio de Calpe a las exigencias del mercado comercio. Segunda. Objeto. Se encomienda a CREAMA, las actuaciones y servicios que comprenderán los siguientes aspectos: • Acercar la actuación administrativa comercial a sus usuarios, coordinando las relaciones entre los comerciantes y las Administraciones Autonómicas y Local. • Conseguir una ordenación comercial eficiente y competitiva dentro del territorio municipal. • Potenciar los centros comerciales tradicionales en los que se basa la articulación del territorio de la localidad, favoreciendo su consolidación como función de centralidad urbana. • Facilitar el acceso a la información especializada a los operadores del sector de la distribución comercial, mediante la utilización de herramientas telemáticas específicas a tal efecto. • Participar en los estudios sobre la situación del comercial local, que deben identificar los factores sociales, económicos y urbanísticos que condicionan su dinámica. • Realizar propuestas de actuación sobre las estrategias e inversiones a desarrollar, tanto en las actuaciones territoriales de inspiración comercial, así Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 124 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 como en las que afecten a los equipamientos colectivos. • Ejecutar actuaciones de carácter promocional que dinamicen el comercio de la ciudad. • Cualesquiera otras actuaciones y/o proyectos que coadyuven a la efectiva racionalización y modernización de la estructura comercial, así como la creación o captación de oportunidades de negocio dentro del municipio, que redunden en la mejora de la calidad de vida y en el fomento del atractivo de la ciudad. Tercera. Titularidad de la competencia. La encomienda de gestión que se dispone no supone cesión de titularidad de la competencia del órgano ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del Ayuntamiento encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la encomienda. Cuarta. Deberes de las partes. 1. Corresponde al CREAMA: • Redactar las Memorias que sirvan de base a la justificación de las ayudas y subvenciones que para este concepto se pudieran percibir por el Ayuntamiento de Dénia, remitiéndolas al mismo para su aprobación. • Dirigir los trabajos mediante técnicos competentes propios. • Remitir al M.I. Ayuntamiento de Calpe fichas de gestión de los Proyectos que se estén llevando a término, así como del seguimiento de los que se hallen en curso. • Redactar el Plan de Actuación Anual y la Memoria Anual de Actividades que se realicen en CREAMA. • Gestionar la ejecución y buen desarrollo de los trabajos encomendados. • No superar los presupuestos totales previstos para la correspondiente anualidad. • Efectuar contrataciones Administrativas para la ejecución de los trabajos, si fuera necesario, y recibir los encargos una vez concluidos. A la recepción asistirá un representante del Ayuntamiento de Calpe. • Señalizar la realización de las actuaciones mediante carteles, cuyo diseño es el Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 125 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 establecido a tal fin por el M.I. Ayuntamiento de Calpe, y que habrán de situarse en lugares visibles. • El mantenimiento de una Unidad Administrativa, que bajo la denominación genérica de Agencia de Fomento de Iniciativas Comerciales, desarrolle las actividades y preste los servicios a que hace referencia la cláusula anterior, dotándola de los medios técnicos y presupuestarios necesarios para su óptimo funcionamiento. • La adscripción de Esther Llorca Crespo, Agente de Empleo y Desarrollo Local de CREAMA, a dicha Unidad Administrativa, ya que reúne la formación, experiencia y perfil profesional específicos que le permite desarrollar las funciones encomendadas con eficacia y eficiencia, además de las que normalmente presta en el marco de las actividades propias del Consorcio. • La participación, a través de la Agencia de Fomento de Iniciativas Comerciales, en los Programas de dinamización, mejora y desarrollo Comercial Local que se desarrollen como consecuencia de la aplicación del PATECO, haciendo uso de aquellas herramientas SIG (sistemas de información geográfica) específicamente diseñadas al efecto, como es el caso del AFICOM. • La colaboración, a través de la Agencia de Fomento de Iniciativa Comerciales, en la actualización de la información sobre aspectos comerciales, urbanísticos y socio-económicos en general. • La tramitación y actualización, a través de la Agencia de Fomento de Iniciativas Comerciales, del Registro General de Comerciantes y de Comercio, así como su traslado al M.I. Ayuntamiento de Calpe y a la Dirección General de Industria y Comercio. • El establecimiento de los mecanismos necesarios para colaborar con el M.I. Ayuntamiento de Calpe y la Dirección General de Industria y Comercio en cuestiones de Urbanismo comercial. • El desarrollo, a través de esta Agencia, de Planes de Formación en materia comercial en colaboración con aquellas Entidades que desarrollen actividades de esta índole. 2. Corresponde al M.I. Ayuntamiento de Calpe: a) Financiar el servicio encomendado de forma íntegra, excepción hecha del coste subvencionado al Consorcio por parte de otras Entidades Públicas o Privadas. b) Tramitar los justificantes de las ayudas que pudiera percibir por los servicios encomendados. El M.I. Ayuntamiento de Calpe se reserva la supervisión de los trabajos. c) Colaborar en el funcionamiento de dicha Agencia, sin perjuicio de las ayudas que, por si mismo, pueda el CREAMA interesar y obtener para la ejecución de estos servicios. d) Proporcionar a la Agencia las herramientas necesarias para el idóneo desarrollo de sus funciones. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 126 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 e) Proporcionar un entorno telemático que posibilite la inmediatez en los procesos de comunicación y facilite la gestión integrada de los procesos administrativos relativos a la actividad comercial. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ f) Coordinar y apoyar técnicamente las actuaciones a que diera lugar esta colaboración. g) El diseño y aplicación de un programa de formación, información y asesoramiento del técnico/a, ya sea de forma individualizada o genérica, mediante la organización con carácter periódico de cursos o seminarios. h) Proponer la realización de actuaciones concretas en función de las necesidades específicas de cada momento. Quinta. Protocolos. 5.1. Cada proyecto de trabajo adscrito a este acuerdo será objeto de un protocolo específico. Cada protocolo específico se elaborará conjuntamente entre las personas designadas en cada caso por el M.I. Ayuntamiento de Calpe y el CREAMA. 5.2. Cada protocolo incluirá los siguientes aspectos: – Definición de los objetivos que se persiguen. – Descripción del plan de trabajo. – Medios materiales y humanos que requiera, especificando las aportaciones de cada entidad. – Normas para la coordinación, ejecución y seguimiento de las actividades. – Si lo hubiere, Presupuesto detallado de los costes de realización y ejecución. Sexta. Medios de ejecución. 6.1. Para la realización de las funciones encomendadas, el Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta –CREAMA- dispondrá, aparte de su personal técnico y operativo, de un técnico con especialidad comercial, de un coordinador para la dirección de las labores de comercio y para programar y supervisar las actividades diarias de los recursos contratados por el M.I. Ayuntamiento de Calpe. 6.2. El Consorcio aportará a la Agente de Desarrollo Local, Dª Esther Llorca Crespo, o aun técnico con cualificación o capacidad funcional equivalente hasta la finalización del presente Convenio. 6.3. El personal que se aporta, tiene titulación académica adecuada, con experiencia y formación en Empleo y Desarrollo Local. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 127 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 6.4. Las obligaciones laborales respecto al personal del centro corresponden única y exclusivamente al CREAMA, y es el M.I. Ayuntamiento de Calpe del todo ajeno a las mismas. No obstante, el M.I. Ayuntamiento de Calpe podrá exigir al CREAMA cuantos documentos precise para verificar el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la legislación laboral vigente. Asimismo, el M.I. Ayuntamiento de Calpe en modo alguno exigirá al técnico la realización de trabajos que no se encuentren entre los establecidos en el objeto de presente Convenio. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 6.5. El horario será el establecido en la regulación laboral por la que se rige CREAMA. Séptima. Gastos de gestión. Financiación del encargo de gestión. 7.1. En compensación a los servicios y gastos de gestión que el encargo comporta, CREAMA percibirá las cuotas ordinarias aprobadas por el presupuesto general del Consorcio, en la fecha y plazos establecidos por CREAMA: La mencionada cantidad incluye los gastos de contratación del personal indicado en la cláusula quinta, incluidos los medios auxiliares necesarios para la realización en las tareas encomendadas –sin perjuicio de los que puedan ser facilitados por el M.I. Ayuntamiento de Calpe. Sin embargo, no se incluyen las compensaciones por horas extraordinarias del personal, ni costes derivados de bajas, licencias o permisos –salvo los que corran de cuenta de la Administración General del Estado o entes públicos estatales (INSS, TGSS, etc), ni tampoco costes derivados de la extinción del contrato, por tanto, dichos costes deberán ser asumidos por el Ayuntamiento de Calpe en el supuesto que acontezcan, lo que será objeto de liquidación y financiación extraordinaria. 7.2. También se incluye en la mencionada cantidad el coste de las actividades formativas relacionadas con el personal contratado que se organicen anualmente por CREAMA, sin perjuicio de las que el Ayuntamiento de Calpe pueda facilitar. 7.3. El pago de este servicio se entiende incluido en los ingresos de las transferencias para sostenimiento de la Agencia de CREAMA-Calpe y con iguales condiciones. La ejecución de los trabajos por la Unidad Administrativa de Empleo y Desarrollo Local se visarán mensualmente por la Alcaldía o concejalía delegada de Creama, en su caso, que indicará que los trabajos de dirección y gestión del Convenio se están realizando de conformidad con lo acordado y respecto de las materias establecidas en este Convenio, lo que rubricará la propia técnico de Creama encargada de la Unidad. En caso de disconformidad con la forma de ejecución de los trabajos o con efectuado, se concederá por el M.I. Ayuntamiento de Calpe a CREAMA, un plazo de quince días para que presenten sus alegaciones frente a las objeciones manifestadas por el Ayuntamiento. Octava. Incumplimientos. Si se diere incumplimiento por parte del CREAMA de alguna o todas las Cláusulas del Convenio, por parte del Ayuntamiento de Calpe se procederá la revisión parcial o integral del Convenio, sin perjuicio que CREAMA deba hacerse cargo de las responsabilidades de todo orden que pudiere conllevar para el Ayuntamiento de Calpe. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 128 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 El incumplimiento de pago o de alguna de las cláusulas de este Convenio por parte del Ayuntamiento de Calpe podrá ser causa de la renuncia por parte del CREAMA de esta Encomienda de Gestión, sin perjuicio que el Ayuntamiento de Calpe deba hacerse cargo de las responsabilidades de todo orden que pudiere conllevar para CREAMA. Novena. Coordinación del presente Convenio con otros establecidos con el mismo objeto dentro del ámbito del Municipio de Calpe El M.I. Ayuntamiento de Calpe, a través de la Concejalía de Comercio, con el fin de homogeneizar los aspectos relacionados con las actividades de las unidades de Comercio, su equipamiento personal y colectivo, formación, etc., así como para poder coordinar los medios en actuaciones de comercio en que se requiera, se reserva el derecho a establecer los criterios técnicos oportunos. El Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta –CREAMA-, se compromete a seguir las directrices y criterios de actuación previstos en el Plan de aprobado por el M.I. Ayuntamiento de Calpe, vigente en cada momento. Décima. Interpretación El conocimiento, seguimiento y resolución de cuantas incidencias se pudieran suscitar en el desarrollo del presente Convenio, será de la exclusiva competencia de una Comisión Bilateral-Paritaria, formada por cuatro personas: Del M.I. Ayuntamiento de Calp asistirán un/a técnico/a del Ayuntamiento y el Alcalde o concejal/a delegado/a de CREAMA en representación de la Corporación. Por parte del CREAMA asistirán la técnico/a del Consorcio encarga de la Unidad Administrativa, y la Gerencia. Undécima. Vigencia del convenio. El presente Convenio de Colaboración para la Encomienda de Gestión, se extenderá desde la fecha de su firma hasta el 31 de mayo de 2019, sin perjuicio de que pueda prorrogarse de manera expresa, en caso de que CREAMA solicite y obtenga nueva prórroga para la financiación de la contratación de un Agente de Empleo y Desarrollo Local para la oficina de CREAMA Calpe, lo cual será objeto de protocolo adicional de prorroga de esta encomienda. Este convenio entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. La suscripción del mismo así como su vigencia anual, quedarán condicionados a la existencia de crédito adecuado y suficiente, en los presupuestos del ejercicio correspondiente, así como al Informe favorable de la Comisión de Seguimiento. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 129 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Así lo convienen, y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente documento, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al principio indicados. Por el M.I. Ayuntamiento de Calpe, Por el Consorcio para la Recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta –CREAMA- , César Sánchez Pérez Sebastián Cañadas Gallardo Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Dan su conformidad: Esther Llorca Crespo Representantes de los Trabajadores “ Vistos los textos legales citados y demás normativa concordante de general aplicación, esta Alcaldía propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo: PRIMERA: Encomendar la gestión del servicio AFIC al Consorcio para la recuperación Económica y de la Actividad de la Marina Alta (CREAMA) en los términos establecidos en el borrador de Convenio expuesto en el punto tercero la parte expositiva. SEGUNDA: Notificar la encomienda a CREAMA, la Dirección General de Comercio en su calidad de coordinador de la RED AFIC, a la Concejalía de Comercio del Ayuntamiento de Calp y demás posibles interesados para su conocimiento y efectos.” Intervino el Sr. Interventor indicando que la agencia de fomento de innovaciones comerciales la venía desarrollando el ayuntamiento pero el Creama tenía personal capacitado para ello y se trataba de que lo hicieran ellos. Además se consideraban pagados con la aportación que hacía anualmente el ayuntamiento al Creama. Intervino el Sr. Cabrera dando un primer turno de intervenciones. Intervino el Sr. Pastor manifestando que el punto 4 hablaba del Ayuntamiento de Denia. Le indicó el Sr. Cabrera que era un error que se podía subsanar. Sometida la propuesta a votación, pronunciándose a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, D. Juan Cañas Salcedo, Dª. Linda Margaret Herrada keen, D. Joaquin Perles Pérez, D. Carlos Ortín Tomás, y el Sr. Presidente, total 16 votos. Absteniéndose los Sres. D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz y Dª. Ascensión López Moreno, total 4 votos. La Corporación, por mayoría acordó aprobar la misma en los términos transcritos. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 130 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 16.- PROPUESTA DEL GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA SOBRE LA EMISIÓN DE TARJETA DISTINTIVA PARA LA EXENCIÓN DEL PAGO DE LA ZONA AZUL A PROPIETARIOS DE GARAJES AFECTADOS POR LA ACTIVIDAD DEL MERCADILLO DE LOS SÁBADOS. - En el expediente consta una propuesta de Resolución presentada por el Grupo Municipal Socialista que dice lo siguiente: “PROPUESTA DE EMISIÓN DE TARJETA DISTINTIVA PARA LA EXENCIÓN DE PAGO DE ZONA AZUL A PROPIETARIOS DE GARAJES AFECTOS POR LA ACTIVIDAD DEL MERCADILLO DE LOS SÁBADOS La Sra. ASCENSION LOPEZ MORENO, miembro del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Calp, en nombre del mismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Generalitat Valenciana, presenta esta propuesta de resolución para que se incluya en el orden del día de la próxima sesión ordinaria del Pleno que se convoque, y a los efectos de su debate y votación. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Que debido al cambio de ubicación del mercadillo de los sábados a su antiguo emplazamiento en Avda. Del Norte, Avda. Puerto de Santa María y Calle Málaga, los propietarios de garajes sitos en estas, están perjudicados ante la imposibilidad de sacar sus vehículos en caso de serles necesario los sábados hasta pasado el medio día, por lo que optan por sacar sus vehículos los viernes por la noche, debiendo aparcar en las calles colindantes, que en su mayoría están reguladas por la zona azul. Los mencionados Garajes pagan una tasa pública por vado permanente y no pueden hacer uso de él cincuenta días al año. Es por ello, que el Grupo Municipal Socialista propone el siguiente ACUERDO ÚNICO.- Que se expida una tarjeta distintiva al vehículo del propietario o inquilino que lo solicite, de cada plaza de garaje afecto por la actividad del mercadillo de los sábados, eximiéndole del pago de la zona azul los sábados.” Intervino el Sr. Pastor indicando que con la vuelta del mercadillo a la calle Málaga y avenidas Puerto Santa María y Del Norte, varios propietarios de aparcamientos en esas zonas, les habían trasmitido su malestar por no poder volver a utilizar sus plazas de aparcamientos. Por ello solicitaban que se otorgara a esos propietarios o usuarios una tarjeta que les eximiera del pago de la zona azul los sábados, a fin de compensar las molestias que soportaban. Intervino la Sra. Sala indicando que entendía que sí que era ciento que la vuelta Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 131 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 al mercado pudiera suponer molestias en cuanto a los vehículos. No obstante se podían ver afectadas otras ordenanzas como las de la zona azul, y debía hacerse un estudio desde el departamento de contratación o la secretaria. Intervino el Sr. Pastor señalando que el contratista tampoco podía ejecutar los sábados en esas calles la zona azul y no parecía que eso hubiera sido condicionante para que el equipo de gobierno trasladara el mercado a esa zona. Por eso insistían en que una manera de compensar las molestias era una tarjeta que les eximiera de pago de la zona azul los sábados. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Intervino la Sra. Sala manifestando que si les parecía bien sometería la propuesta a informe técnico y en esos momentos lo dejaban sobre la mesa. Intervino el Sr. Cabrera para manifestar que le gustaría saber qué repercusión había en las ordenanzas municipales. También le preocupaba la repercusión que tuviera eso en otros casos. Proponía dejar el asunto encima de la mesa. La Corporación por unanimidad, acordó aprobar que el asunto se quedase sobre la mesa. FUERA ORDEN DEL DÍA 1.- FUERA DEL ORDEN DEL DÍA (SOLICITAR A LA CONSELLERIA DE EDUCACIÓN, INVESTIGACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, AYUDA DESTINADA A LOS AYUNTAMIENTOS PARA HACER EFECTIVO EL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LOS LIBROS DE TEXTO). Intervino la Sra. Sala manifestando que era urgente adoptar el acuerdo porque se terminaba el plazo. De acuerdo con lo dispuesto en el art. 83 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se sometió a votación la urgencia, pronunciándose a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García, D. Juan Cañas Salcedo, Dª. Linda Margaret Herrada keen, D. Joaquin Perles Pérez, D. Carlos Ortín Tomás, y el Sr. Presidente, total 16 votos. Absteniéndose los Sres. D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz y Dª. Ascensión López Moreno, total 4 votos. La Corporación por mayoría acordó aprobar la misma. En el expediente consta una propuesta de la Concejalía Delegada que dice lo siguiente: “Dña. Maria Pilar Cabrera Bertomeu, Concejal Delegada de Educación del Ayuntamiento de Calp, al Pleno del Ayuntamiento de Calp, expone: Que el Ayuntamiento de Calp en sesión plenaria ordinaria celebrada el pasado 8 de septiembre de 2015, manifestó públicamente “el apoyo a todas las acciones de cualquier administración encaminada a ayudar a la familia, en materia educativa y en especial a la propuesta del Consell “Programa Xarxa Llibres”. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 132 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 El 27 de octubre de 2015 se publicó la Orden 17/2015, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las bases de las ayudas destinadas a los ayuntamientos o entidades locales menores para hacer efectivo el programa de gratuidad de los libros de texto y material curricular dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias y de formación profesional básica en los centros públicos y privados concertados de la Comunidad Valenciana, y se convocan las ayudas para el curso 2015-2016. En la citada orden se otorga un plazo de 15 días hábiles siguientes al de la publicación de la citada Orden para solicitar las ayudas arriba citadas, plazo que finaliza el próximo 13 de noviembre, siendo urgente la adopción del acuerdo que se propone. Considerando que según se indica en la Orden 17/2015, de 26 de octubre, para la concesión de la ayuda se debe presentar a la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte certificación del acuerdo de la junta de gobierno local o del Pleno del ayuntamiento, en la que se incluya la solicitud de ayuda, además del compromiso de cumplir las obligaciones que se derivan de la recepción de la subvención. Además, este acuerdo deberá incluir igualmente el compromiso de la corporación de habilitar las oportunas partidas presupuestarias para hacer frente a su parte de financiación del programa, especificando la parte que aporta en el ejercicio 2015 y en el ejercicio 2016, o si se aporta totalmente en el ejercicio 2016. Tras lo expuesto anteriormente, al Pleno expongo adopte el siguiente acuerdo: Primero.- Solicitar las ayudas destinadas a los ayuntamientos para hacer efectivo el programa de gratuidad de los libros de texto. Segundo.- Asumir el compromiso de habilitar las oportunas partidas presupuestarias para hacer frente a su parte de financiación del programa, en el ejercicio 2016. Tercero: Asumir el compromiso de cumplir las obligaciones que se derivan de la recepción de la subvención.” Intervino la Sra. Cabrera exponiendo que el Ayuntamiento ya tenía una partida reservada para libros de texto, si bien al salir la noticia de la Xarxa de llibres, había quedado todo suspendido a la espera de más noticias. Ya habían recibido las primeras instrucciones y ahora era el momento de la adhesión formal. Intervino el Sr. Pastor señalando que no había habido más remedio que adherirse a la Xarxa a pesar de lo que se había vivido en el Pleno cuando el PSOE pidió la adhesión y se enmendó la propuesta de Compromís y del Partido Socialista. En apenas dos meses de gobierno del actual Consell de la Generalitat, se había puesto encima de la mesa una solución al tema del material escolar, que era la gratuidad de los libros de texto en la enseñanza obligatoria. Se podían haber ahorrado todo aquello, Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 133 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 haberlo aprobado de los primeros y no en el último día. Le indicó la Sra. Cabrera que no se había hecho en el último momento, sino dentro del plazo establecido. Por otro lado, seguían ayudando al que más lo necesitaban, se habían aprobado ya las ayudas al transporte universitario y se respetaba que hubiera un 20 por cien más de ayuda a las familias numerosas, a la monoparentalidad o situaciones especiales de desempleo. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Intervino el Sr. Pastor manifestando que no era normal que la Comunidad Valenciana tuviese que costear la familia los libros cada año y en otras comunidades había niños que no habían pagado nunca. Sometida la propuesta a votación, la Corporación por unanimidad acordó aprobar la misma en los términos transcritos. II.- Parte informativa. 1.- Dación de cuenta de las resoluciones dictadas por la Alcaldía y Concejalías Delegadas desde la celebración de la última sesión ordinaria. Se dio cuenta de las Resoluciones de la Alcaldía y Concejalía del mes de octubre de 2015. La Corporación quedó enterada. 2.- Dar cuenta de las subvenciones concedidas a este Ayuntamiento. 2.1.- Se dio cuenta de la subvención concedida por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, para la obra de “Restablecimiento de Firmes en Calp”, por importe de 240.000 euros. La Corporación quedó enterada de dichas subvenciones. III.- Parte de control y fiscalización del Pleno (art. 46.2 e) de la LRBRL: 1.- MOCIONES Intervino la Sra. Sala exponiendo que después del Pleno que se había vivido en el Parlamento de Cataluña en el que por nueve votos de diferencia se decidía la conversión de Cataluña en una república independiente, era urgente la moción que presentaban. “MOCIÓN EN DEFENSA DE LA UNIDAD DE ESPAÑA Que presenta Dª Ana María Sala Fernández, Portavoz del Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Calp en nombre y representación del mismo, mediante el presente escrito, y en uso de las atribuciones que le confiere y al amparo de lo establecido por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la Ley 8/2010, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana, y el Real Decreto 2568/1986, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, eleva al Pleno de la Corporación para su debate, la Moción en defensa de la Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 134 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Unidad de España. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Los grupos políticos CUP y JUNTS PEL SI, con representación parlamentaria en el Parlament de Catalunya, presentaron el día 27 de octubre de 2015, una Propuesta de Resolución para iniciar el proceso independentista hacia una república catalana para que fuera sustanciada ante el Pleno del Parlament por el procedimiento de urgencia y, a tal efecto, solicitaba la convocatoria con carácter de urgencia de la Junta de Portavoces. Entre otros extremos, la referida Propuesta de Resolución, establece la declaración solemne del “inicio del proceso de creación del estado catalán independiente en forma de república.” Además, señala que el proceso de desconexión democrática no se supeditará a las decisiones de las instituciones del Estado español”, considerando deslegitimado al Tribunal Constitucional y reconoce como única soberanía a la del Parlament. De otro lado, insta al nuevo Gobierno catalán a cumplir exclusivamente las normas y mandatos emanados de la Cámara catalana, con el fin de blindar los derechos fundamentales. Ante esta afrenta histórica y claro ataque a la soberanía nacional y al propio Estado democrático, el Presidente del Gobierno se puso en contacto con los líderes de los principales partidos políticos para plantearles una respuesta clara y contundente a favor de la Constitución Española y el Estado de Derecho. El artículo 2 del Título Preliminar de la Constitución dispone que: “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.” España es hoy una gran nación integrada por un conjunto de hombres y mujeres libres e iguales en derechos y obligaciones. Un país donde se respeta la pluralidad, la singularidad y la diversidad de los distintos territorios que la forman siendo éste el fundamento de su indisoluble unidad. El Estado no puede, ni debe renunciar al uso de todos los mecanismos políticos y jurídicos que, en defensa de la soberanía del pueblo español y del interés general de España, le atribuye la Constitución y las leyes. La iniciativa independentista presentada por los grupos parlamentarios catalanes CUP y JUNTS PEL SI es contraria a la Constitución Española, a las leyes, al sentir mayoritario de los catalanes y a la soberanía del pueblo español, pero sobre todo contraria al ejemplo de convivencia, paz y concordia en la que han vivido los españoles en estos últimos treinta y siete años, resultado del espíritu integrador de los valores e ideologías de todos los ciudadanos, y de los grupos en los que se integran, así como también de nuestra pluralidad y diversidad territorial que caracterizan a nuestra Carta Magna de 1978. Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 135 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 La Constitución constituye marco sólido, estable, y flexible para afrontar nuestro futuro en común, siendo el referente básico de nuestra convivencia. Por todo lo anteriormente expuesto, el Grupo Popular presenta al Pleno la adopción de los siguientes ACUERDOS Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 1.- El Ayuntamiento de Calp manifiesta el reconocimiento del valor de la Constitución, marco sólido, estable, y flexible para afrontar el futuro en común de todos los españoles constituyendo el referente básico de nuestra convivencia. 2.- El Ayuntamiento de Calp manifiesta su opinión unánime en defensa de la unidad de España, de la soberanía nacional y en contra de la declaración de la propuesta de resolución planteada en Cataluña por dos fuerzas políticas que no representan a la mayoría del pueblo catalán y en la que se declara “el inicio del proceso de creación del Estado catalán independiente”. 3.- El Ayuntamiento de Calp destaca y pone en valor la fortaleza de nuestras instituciones y la indivisibilidad de la soberanía nacional que no es ni vulnerable ni fraccionable. 4 El Ayuntamiento de Calp insta al Consell para que éste, a su vez, inste a todos los poderes públicos, administraciones públicas y sociedad civil a defender nuestra Constitución Española, Norma institucional básica, que desde sus valores y principios permite afrontar nuestros problemas y anhelos dentro del respeto a las reglas de juego adoptadas libre y democráticamente, evitando planteamientos que puedan poner en peligro la estabilidad, la seguridad de todos y nuestro sistema de libertades. 5 Dar traslado del presente acuerdo a todos los grupos parlamentarios con representación en Les Corts Valencianes.” De acuerdo con lo dispuesto en el art. 83 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se sometió a votación la urgencia pronunciándose a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García y el Sr. Presidente, total 12 votos. Absteniéndose los Sres. D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz y Dª. Ascensión López Moreno, total 4 votos. Votando en contra los Sres. D. Juan Cañas Salcedo, Dª. Linda Margaret Herrada keen, D. Joaquin Perles Pérez, D. Carlos Ortín Tomás, total 4 votos. La Corporación por mayoría acordó aprobar la misma. Intervino la Sra. Sala indicando que el grupo municipal popular, defendía la unidad de España. No entendían los procesos separatistas e igual que otros se manifestaban por el independentismo, ellos se mantenían firmes en la unidad. Intervino el Sr. Perles manifestando que lamentaba mucho que se presentara esa moción pues él había asumido un compromiso con el Sr. Alcalde de no presentar mociones de cuestiones que no fueran competencia municipal y así lo había hecho. Por Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 136 de 141 FIRMADO Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 otra parte, que el día de hoy fuera el siguiente al del parlamento catalán, no le parecía argumento suficiente para justificar la urgencia. En todo caso, creía que el futuro de los catalanes lo tenían que decidir los catalanes. Por otra parte, Gent de Calp en mociones del PSOE o de SSPC se había abstenido porque decía que eran mociones que venían de arriba del partido. Intervino el Sr. Cañas señalando que no iba a entrar en un juicio de valor acerca de cómo se estaba llevando ese tipo de proceso, pero creía que no era ni el sitio ni el momento para debatir sobre el futuro de los catalanes. Cuando les convenía sí que votaban mociones nacionales y cuando no, no. Recordaba haberle dicho al Sr. Fernández que todo lo que atañía a España, beneficiaba o perjudicaba a Calpe. Por otra parte, el texto buscaba confrontación, no le gustaba el tono y no entendía qué tenía que votar Calpe en un proceso que era cuestión de los catalanes. Intervino el Sr. Pastor señalando que tampoco creía que ese fuera el foro adecuado para debatir sobre la unidad o no del estado español. Por otra parte ellos mismos habían sufrido críticas por mociones que se traían al Pleno y en las que decían que no era el lugar oportuno. Intervino el Sr. Fernández indicándole al Sr. Perles que las decisiones de Gent de Calp las tomaba él o su compañero, así o que se venía él ahí o se iba él a Compromis. Al Sr. Cañas le indicó que no se podía comparar lo que había traído su partido con ese tema, que era muy grave. La cuestión era si estaban a favor o no de la moción. Intervino la Sra. Sala indicándole al Sr. Perles que no era un problema de Cataluña, era un problema de España. Se trataba de decidir sí o no, no cabía dejarlo encima de la mesa ni pedir informes técnicos. Nunca traían mociones, pero creía que era un tema muy importante y cada uno que votara lo que considerara. Intervino el Sr. Cabrera dando un segundo turno de intervenciones. Intervino el Sr. Perles manifestando que tenían una diversidad de criterios. Creían que el futuro de los catalanes lo tenían que decidir ellos. Al Sr. Fernández le indicó que no tenían nada en contra de él, simplemente le había recordado que en otro ocasión tuvo otro criterio. Intervino el Sr. Cabrera señalando que él nunca había entendido que se trajeran mociones que no tuvieran nada que ver con Calpe, pero eso sí que tenía que ver; él mismo había tenido inversiones que al final no habían venido, o la prima de riesgo, todo afectaba. Sometida la moción a votación se pronunciaron a favor los Sres. Dª. Ana Mª. Sala Fernández, Dª. Mª. Pilar Cabrera Bertomeu, D. Matias Torres Lloret, Dª. Hilde Elisa Peter Backaert, D. Bernardo Moll Ivars, D. Jan Michel Remi Van Parijs, Dª. Carole Elizabeth Saunders, D. Pedro Jaime Fernández Crespo, D. Miguel Angel Vives Mauri, Dª. Ana Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 137 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Isabel Perles Ribes, D. Domingo Sánchez García y el Sr. Presidente, total 12 votos. Absteniéndose los Sres. D. Santos Antonio Pastor Morató, Dª. Mª. José Femenía Santacreu, D. José Carlos Alonso Ruiz y Dª. Ascensión López Moreno, total 4 votos. Votando en contra los Sres. D. Juan Cañas Salcedo, Dª. Linda Margaret Herrada keen, D. Joaquin Perles Pérez, D. Carlos Ortín Tomás, total 4 votos. La Corporación por mayoría acordó aprobar la misma. 2.- RUEGOS Y PREGUNTAS. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ Intervino el Sr. Perles y realizó las siguientes preguntas: 1.¿Quien Los autores del plan de saneamiento de aguas, ¿habían cobrado algo? les ha pagado? ¿Aguas de Calpe? Si eran empleados de Egevasa los que lo habían hecho, ¿sabrían confirmar si Egevasa recibía dinero de Aguas de Calpe, cuanto? ¿Habían tenido en cuenta el futuro desarrollo urbano de Calpe, con más edificios que taponarían más aún el agua? Deberían tenerlo en cuenta antes de invertir un solo euro. 2.- Con respecto al coste de material, veían que de 80 millones, había una partida de 65 millones como "dotación", sin apenas detalle. 3.- Apareceía el concepto de beneficio empresarial, ¿había sido el pliego de condiciones hecho por un ingeniero al servicio de una empresa privada y no por un técnico de la administración pública?. 4.- ¿Cuánto de ese coste se cargaría al vecino de Calpe?. 5.- Había costado 20 años que nos dieran dinero para una pasarela, ¿alguien confiaba en que dieran 160 millones a un pueblo como Calpe?. 6.- ¿Se preveía alguna inversión para el próximo presupuesto de ese proyecto? 7.- Se había dictado una providencia para la traducción al valenciano de la página web. Rogaba se hiciera o se creara una plaza para ello. Intervino el Sr. Cabrera indicándole al Sr. Perles que las preguntas se contestarían por escrito o en el próximo Pleno. Respecto a la traducción, se estaba haciendo. Intervino el Sr. Ortín, haciéndole un ruego al Sr. Van Parijs; las dos pancartas de las entradas norte y sur de Calpe estaban bastante deterioradas y rogaba que se repararán o rediseñaran. Intervino la Sra. Herrada haciendo las siguientes preguntas: En el pasado Pleno ordinario se aprobó por unanimidad y sin ninguna Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 138 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 modificación la moción presentada por Si Se Puede Calpe de apoyo a la marcha estatal contra la violencia machista. Entendía que los acuerdos Plenarios eran vinculantes 1.- ¿Qué apoyo había dado el Ayuntamiento de Calp para la organización del Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 7N?. 2.- ¿Por qué no se había colgado la pancarta en la fachada del Ayuntamiento el día 7N, ni tampoco el lunes día 9 en señal de rechazo por las 4 mujeres asesinadas el domingo en España? 3.- ¿Iba a dar la orden de colgar la pancarta en la fachada el día 25 de noviembre Día Internacional contra la Violencia de Género?. Si Se Puede Calp estaba dispuesto a ceder la tela morada a fin de reducir gastos para el pueblo de Calpe. 4.- ¿Sería posible que el Ayuntamiento retomara la costumbre instaurada en la legislatura 2007-2011, de guardar 5 minutos de silencio delante de la puerta del Consistorio cada vez que se producía un asesinato machista? Pedía que a la hora de la concentración sonaran sirenas o campanas para avisar a los vecinos. 5.- Las concejalías de la Juventud y de Igualdad habían convocado un concurso de Fotografía Juvenil contra la Violencia de Género bajo el lema “Te amo, Tu amo” que por cierto había sido copiado del Ayuntamiento de Badajoz, también del Partido Popular. Consideraban acertada la iniciativa pero les preocupaba la foto de portada de las bases: muchos jóvenes no verían en ello una situación machista. Era importante que el concurso se complementara con actividades en clase. 6.- ¿El Instituto de Educación Secundaria Penyal de Ifach iba a colaborar en el desarrollo del mismo? Le contestó el Sr. Cabrera que le pasara la batería de preguntas a la Sra. Perles para que le contestara por escrito. Intervino la Sra. Femenía señalando que el mes pasado había comentado que había una afección en Oltá y en varios sitios del término municipal en cuento al barrenillo en los pinos y en cuanto al higo chumbo. Había salido una nota de prensa de que el Ayuntamiento de Benissa estaba bastante preocupado por esa afección que tenían porque les estaba pasando a su término. La respuesta que obtuvieron era que estaban esperando a aprobar en el presupuesto 20.000 euros para el tratamiento de esa plaga e imaginaba que los Servicios Técnicos municipales tenían en cuenta que las plagas no entendían de presupuestos y probablemente cuando aprobaran el presupuesto no fuera el momento de fumigar. Le contestó el Sr. Cabrera que efectivamente estaba previsto en el presupuesto, si no era en primavera sería en otoño y sino en verano pero por lo menos tendrían el Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 139 de 141 FIRMADO g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 dinero. Intervino la Sra. López y le realizó las siguientes preguntas: 1.- El servicio de rayos X del centro de Salud sabía que no estaba funcionando y también sabía que no era su competencia, pero quería saber si se habían preocupado por el asunto. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ 2.- Quería saber porqué no había banderas de Calp en los edificios oficiales. Intervino la Sra. Perles indicándole a la Sra. López que, respecto al tema del aparato de rayos, en un principio, se iba a cambiar una pieza pero el aparato era viejo y no se encontraba tal pieza. Se había optado por el cambio de la máquina, pero era muy cara, y se estaba estudiando como hacerlo. Intervino el Sr. Cabrera indicándole que respecto a las banderas, se averiguaría y le contestaría. Intervino el Sr. Pastor y realizó las siguientes preguntas. 1.- En el folleto de Peix de Calp aparecía la figura del Consorci que entendía que estaba disuelto. 2.- Había visto un correo de la Concejalía de Educación acerca de un vacío existente, y lo había generado la Ley orgánica de mejora de la calidad educativa, que había aprobado el el Sr. Wert y el Sr. Rajoy. El premio para el Sr. Wert había sido el destierro a otro país, pues no había forma de defender una ley indefendible, con las tasas que pagaban los universitarios y que dejaba sin objetivos los ciclos medios y superiores de formación profesional. Debían ser más rigurosos en la redacción de las cosas. Intervino el Sr. Torres indicándole al Sr. Pastor que había habido un error de imprenta y no había habido tiempo de modificarlo. Felicitaba a la Concejalía del Sr. Vives por el evento. Intervino el Sr. Pastor felicitando por el evento, pero ya le había comentado al Sr. Torres que había cosas que mejorar. Intervino el Sr. Fernández señalando que el Sr. Perles en el pleno anterior había hecho unas acusaciones hacia su partido y hacia él y le iba a contestar de forma muy rápida; su intervención había sido fruto de la frustración suya y de su partido. No iba a dimitir pues en las elecciones de locales él había sacado 585 votos y Gent de Calp casi 800 votos y eran la tercera fuerza política. Si el Sr. Perles quería a su partido, no sabía qué hacía sentado ahí. Él se iba a dedicar a gobernar para dar estabilidad a Calpe y una garantía de futuro. Intervino la Sra. Perles indicándolo a la Sra. Herrada que acerca del próximo 25 de noviembre estudiarían lo de la pancarta. Evidentemente estaban en contra de la violencia y no bastaba con colgar una pancarta. Ese día había una jornada de actividades para todas las edades. Y no habiendo más asuntos a tratar, la Presidencia da por concluida la sesión a las dieciocho horas y cuarenta y cinco minutos, de lo que como Secretaria accidental certifico, Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 140 de 141 FIRMADO extendiendo esta acta en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 50 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, que firma el Sr. Presidente junto a mí, como prueba de conformidad. Ello sin perjuicio de el Diario de Sesiones que recoge de forma íntegra todas las intervenciones. Doy fe. Copia impresa. Mediante el código impreso puede comprobar la validez de la firma electrónica en la URL: http://oac.ajcalp.es/CarpetaCiudadana/0/ g4JLGHXc+NERo-dw5AKnaEw 1.- Secretaria Acctal., MARIA MERCEDES MAS GONZALEZ, a 1 de Diciembre de 2015 2.- Concejal Delegado de Hacienda, MANUEL JOSE CABRERA FERNANDEZ PUJOL, a 1 de Diciembre de 2015 Fecha de impresión: Miércoles, 2 de Diciembre de 2015 10:44 Página 141 de 141