Convenio RENIEC
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Convenio RENIEC
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD W Registro _ HOJA DE ENVIO DE TRÁMITE GENERAL INTERESADO: _ ASUNTO: COt)vrn¡ IE:6rC ¡:ECO N A ¡2.. LA O,,) ,." e PA Ik'I\I¿ ;;<,4/ ., :r,,:r:FRE:SS if ~ ,¡,:;, , " " n/:/l nc. T "~\\\ •• ,.., ¡¡; , ~ .' ".'s_:_~ DFI~INA GENERJI!l:., OG AS DE. LA INFORMACiÓN TECNO ,i"'~""~ r .' I~~ .,JJ?:. ... ""'" ..... HorA: ,,(..¿,,~¿~,.Flrma: (MOTIVO DEL PASE) R~' • 7. Para conversar Aprobación , E<.~ 'o "oo, "UNASA " T ()h ,. A,o~ " 'sr"'<'AS CLAVE REMITIDO POR: FECHA: PARA: PASEA: I2J;I\JI <2.<:: o 2. Atención 8. Acompañarantecedentes 3. Su conocimiento 9. Segun solicitado 15. Verificardisponibilidadpresupuesta! 4. Opinión 1O.Tomarnota y devolver 16. Paraseguimientode disponibilidad 5. Informe 11. Archivar presupuestal 6. Porcorresponderle 12.Accióninmediala. CO(\~,d-e, Llndo OBSERVACIONES: C\p(e(ia(-e~ ("'-<.:1 do 14. Proyectoresolución 17. verobservaCjon~ Cj"'e.. ¡)¿,..S()(l<-lJ ~ \nt¿"'Oe"lLlLl "ÍCn8""-.{ rüúeSG cró/"! rn6.Tf.ic.:¡ eJe ""'onvc"lio Ccwíe1o::lv' ¿Se. e.1 ad(:"(..uudo en a,1I'Lu!o.-d.::. estlpvtado.s en ¡~.s clquSJJq.s Se~o. y OCTq¡¡a. . vvt'sll-t.., '-. o.... I,-~ Inrv."""'l"\_ ad,Ju>1io J CvrneJ.'I'"Y};~nTu de nI, n..... .> -tó-c"',-a.. [i" ) lo () i "tl'" 1"'""15,,. ., " 'It","N' CONVENIO DE COOPERACiÓN INTERINSTITUCIONAL DE IDENTIFICACiÓN DE DATOS ENTRE EL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACiÓN Y ESTADO CIVIL Y LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperación que celebran de una parte el REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACiÓN Y ESTADO CIVIL, con RUC W 20295613620. con domicilio en Av, Bolivia 109 Centro Ciyjco Piso 30, Lima, debidamente representado por la Secretaria General, señora Ana Magdelyn Castillo Aransaenz. identificada con DNl N0 07863324, designada mediante Resolución Jefatural N" 136-2011-JNAC/RENIEC de fecha 15 de marlO de 2011 y facultada mediante Resolución Jefatural W 294-2013/JNAC/RENIEC, de fecha 17 de setiembre de 2013. en adelante EL RENIEC; y. de la otra parte la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD con RUC W 20377985843. con domicilio lega! en Av. Velasco Astete N° 1398 - Santiago de Surco, Urna; debidamente representado por la Superintendente Médico Cirujano Flor de Maria PhiJipps Cuba, identificada con DNI W' 08257744 designada medianle Resolución Suprema N° 040-2012-$;'. de fecha 15 de diciembre de 2012, al que en adelante se le denominara SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD; en los términos y condiciones siguientes: ~C::---"--_ ~<,~-,."'.~ /:;f"~<:~~~ CLÁUSULA PRIMERA.- ANTECEDENTES 1':; EL RENIEC es un organismo aut6nomo creado por mandato de la Constitución Política (Ji;)! 1993, regulado por las Leyes N° 26497 Y 26859, Y el Decreto Supremo N" 015-98~"'~:---:: peM, como Registro Público encargado, entre otras funciones, de organizar y mantener el .~"~ Registro Unico de Identificación de las Personas Naturales ~V<¡i;',":_-~c,:.-,:;:,~~ .\ ,¡';'" \~~>~;~;:f9 Perú de l <'¡~';-.':\\La SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD. es un organismo público técnico creado por la Ley W 2934~. modificado por Decreto Legislativo W 1158. y . 0&7 regulado por su Reglamento de Orgamzaclon y FunCiones aprobado por O~creto Supremo W "=/ 009-2011-SA y normas complementarias: tiene personaría jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio de Salud, encargado de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud. supervisar a las \ Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (JAFAS - lPRESS). asi como mantener un () Registro de Afiliados vigentes. todo ello dentro del ámbito de lo dispuesto en la Ley Marco de '0\\"Sk Aseguramiento Universal en Salud, .~\ ~~ ;>;,1 especializado. " ~'? ' 1 CLÁUSULA SEGUNDA.- DEL OBJETO .~~J) La suscripción C( del presente Convenio tiene por objeto la determinación de los alcances del suministro de información y apoyo que EL RENIEC brindará a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD a fin que este último cuente con mecanismos de comprobación de los datos relativos a la identidad de las personas que obran en Registro Único de Identificación de las Personas Naturales. él cargo de EL RENIEC. _;.~ ,_o CLÁUSULA TERCERA,- DEL SUMINISTRO DE INFORMACiÓN '.---EL RENIEC se compromete a brindar a la SUPERINTENDENCIA ,.<;::~~i'i~~SlgUientes servicios. (',?"~¡:,~:i SERVICIO DE CONSULTAS EN liNEA, NACIONAL DE SALUD los VíA INTERNET. \'.,-,\ "'7 .. ';j." ,.,:.~'.":> ' . .'~Afin que la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD pueda formular consultas en IíneJ vía ¡nlernet, sobre la identidad de las personas naturales. EL RENIEC entregará una(s) cuenta(s) cqn su{s) correspondiente(s) c1ave(s) personal(es) de acceso al Registro Único de ~-;:.~/-u+.~ ,f:::<~i>.':~¡~\ _~," 'O ~.,,,~ C~ . .~ If-L' ,,:1 o Ó •• \. ----- <,} . j "",,~.:,..:---!-.;..-. en " 11",al;'dj'."lnihH .• Identificación de las Personas que corresponde al Nivel N~ 3 2) Naturales Dicho servicio permitirá comprobar la información SERVICIO DE CONSULTAS EN liNEA ViA WEB SERVICE Mediante este servicio EL RENIEC' suministrara a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, a través de la interconexión respectiva, información alfanumérica sobre dalos idenllficatorios de las personas naturales mayores de edad que aparecen inscritos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales _ RU1PN --=~=---=' : ::' ~ ' : ::~=Ej -------------~-~----------~~=b~~--' ---------=- -l ¡ R,;;ero .'!.£. Documentód~ A ellído atema I Id;n';f,cac~_ Apellido materno w__ ._ ~~----- -------- ~:nn:~:~~l~--~--==-~:==.~.------_+.__ -------:=:-=~~==--- 1 ~~~~: [Género ¡-;:G"r"ad"o"::d"e";n"s,:,'"ru,,c,,co:;o,,' n,-. .~_. Restricciones __ ----1-:-'1 ~. .______ ..__ ~_ --t--,f I 1 __~ Estado Civil (departamento, provinc¡;:--d-;s-t-r¡-fO-)-.ü._~--:-:-----=tj L.f?omicilioy~eo =~ .'DlÚ"'~ la información remitida a través de este servicio no incluye los datos biomélricos la les como la fotografía, huellas dactilares, firma manuscrita . ---',-1',' ..1,]," '::0""'-':,\ .'- fW'\ ('J ,-f.',/ ;- ~ 3) CONSULTAS binarios EN LiNEA ViA LÍNEA DEDICADA -'-4-:l;/'/ cfd~" \ EL RENJEC le suministrara a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD la base de datos del Registro Único de Identificación de fas Personas Naturales - RU1PN, a fin de utilizarlo como medio de consulta en las actividades propias de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Esta información comprenderá los siguientes datos digitalizados: \ i [Número de D?cumenlo de IdentlflcaClOil.=-==-=_~~ ;~:::;~~ ~a~~~:¿_- ~_ _ . ._. -------l~ . ~.j ...-~--pellido de casa---a-a----- -- ---------- ---- ,- --- ------ ----~--.)'.:! Prenombres. ------- -----------...-----.--ffOl<l'.~.I-bocumento Susten'tajOr-iü----- - -- ---~--~----.------.---._--" Lugar de -------- [~.~cha nacimiento. ' Nombrededel Padre Madre'- Estatura._____ '__~-::(} -- ----~--------.-- . -- .__ __ ~h~::~r~c~~~neS;rucción. ~ -----_. --~-: -------11 ----------------- ; I Se:~ ___ j'(~'" -----r i --~=-=-~=---=~-=-===~-[l ~_~==_~ ~--~~_-~_~~_.=-~~¡ nacimiento_ 5t:5J:\ !NombrOdela i;y'.{f",.: jI TI .- -- . ------- ----- '__ .~__ __~~ . ----._--- ~ H - ~ __ . ~, Ií-j ~. o ~ _, Estado Civil - , ---- Fe ha de inscripción --~-- •• ---- ._----------- ,.. a de emisión del document é'~.'";;;'~-\ - -(:~'" , ~'\o~.? \(\0'" "- -j}/ ~ ------ ----- :<,;;~,:¡p~~--' -.'~-,-'..;\_.~-.:) ../ -------- ---_ __-.. ---~ ._- ~----_. I i i --l --._--.-:_J~ . 2 en i "••.. 1' • "" j ',' iS •. ir 1 [constancias de votaClón~DomiCIlio - - - --- -'----------' (departa~ento, provmc¡a:cliStn~o-_) y Ublgeo I- Foto. , , !£!.~m_a_. (7 'y:' 1-/ - , / ./ ,, . --,.---, . __ ~~~- --..... • , ..... ----------_ " ~=4 ..- ..-.---+-...1 I .__ . ' : Se deja expresa constancia que la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD no cuenta con autorizaci6n para transferir electrónicamente, entregar de manera gratuita o vender la información que EL RENIEC suministra en virtud de este Convenio a. o' CARACTERíSTICAS DEL SERVICIO El servicio de consultas en linea utilizando línea dedicada que es objeto del presente Convenio se prestara conforme a las siguientes especificaciones' • EL RENIEC deberá aprobar los aplicativos que utilizara la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD de manera previa al acceso a la base de datos, Asimismo. toda modificación que con posterioridad la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD efectue sobre Jos aplicativos aprobados por EL RENIEC, deberá ser igualmente comunicada a la Gerencia de Tecnologia de \a Información del REN1EC para su nueva aprobación y certificación • Para acceder a la información, la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD se valdrá de las transacciones que al efecto ponga a su disposición EL RENIEC, las que tendran los niveles de seguridad y certificación necesarios para impedir que terceras person8s no autorizadas puedan utilizarlas. Tales mecanismos podrán ser físicos o lógicos él criterio de EL RENIEC • terceros. \, 4) ,'. __._~. Se deja expresa constancia que EL RENIEC se reserva el derecho de implementar un sistema de monitoreo a fin de evitar un uso inadecuado o ilicito de la información materia del presente convenio. así como de disponer el encriptamiento de la Iflformación, a fin de minimizar los riesgos de modificación de la Información por • La información a que podrá acceder la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD será la correspondiente al universo de personas naturales registradas en las bases de datos del RENIEC, sin mas limitación que aquella que explícita o implícitamente estuviera restringida por las leyes vigentes • EL REN1EC atenderá las transacciones de consulta generadas por la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD durante las 24 horas del dia, durante los siete días de la semana. inclusive feriados, COTEJO MASIVO DE DATOS Este servicio consiste en la comparaCión masiva de los registros proporcionados por la :.'.,:f'?fD~,~~;\.~r~ entidad solicitanle con la información almacenada en el Registro Unico de Identificación de .:,' - ' •. é\í\' las Personas Naturales, con el fin de verificar los datos de las personas enviadas Para ello. la :,1,,', 'f~-~~ ~I~.,ISUPERINTENDENCIA ~J NACIONAL DE SALUD deberá enviar los siguientes datos de las a verificar: ONI, Apellido Paterno, Apellido Materno y Nombres, opcionalmente también podrán enviar: una Id de la organizaCIón, Fecha de NaCimiento y Género '~":"~".2,;,'/ personas _.Z:.~'..:.:..-.-/:~'jj' .. ~c:- .._ ~ ,;1;~'."".'"'.\, \),,' ,J" J':; _' I "-<'~~~~'/ ({(:;;~"ij ? ,_~.>,v.f ','!-:.' ~ 3 en t .J , •• r1'w' .",;"rrn.i .. ti.! La SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD mediante su respectivo coordinador o alguien expresamente encargado por este, enviará ¡a Información requerida a EL RENIEC (Gerencia de Tecnología de la Información) silo en Jr. Bolivia Nr:t 109, Centro Cívico. Lima. en medios ópticos o via correo electrónico (para archivos menores o iguales él 2MB de tamaño maximo) en formato Visual FoxPro (dfb), Microsoft Excel o TXT en el siguiente formato: // \X / El ONI debe tener 8 posiciones, el Apellido Paterno, el Apellido Materno y los Nombres, deben ser anotados con letras m¡:¡yúsculas y sin tildes "JJ:~:::',;,{~ %\, El Id de organización ..I,/:, / es un identificador lmico por registro o número correlativo '_, 'i,:~t :~l-f"Ji} osteriormente, la SUPERINTENDENCIA. NACIONAL ,DE SALUD o ~lgUien expresam~nte por el coordinador, se acercara a la GerenCia de Tecflologta de la Informaclon a recabar la información cotejada o EL RENIEC la enviara via correo electrónico a la dirección proporcionada por el coordinador respectivo. '~?,.,-..J;F-'/~;'¡"enc~rgado ~ '~':. C00 f i ¡;[~~\~ ?';~ :':\.:>~. :~\ ' .gt., I:!j El procedimiento de envio y devolución de informaCión se realizara mediante correo electrónIco certificado (con firma digital), ello para dar cumplimiento a )0 establecido en la NTP-ISO/IEC 17799 2007 (Norma Técnico Peruana) en la cual se indica que se debe;' :':¡:':",,}/ es~ablecer p,oliticas, ~rocedimientos y controles formales de Intercamblo~on el fin de proteger .-'.-,";../' la Inforrnaclon a trav8s de todos los tipOSde instalaCiones de comUfllcaClon ,r."-, ~"?.~ ~, -..::-.,- S) SERVICIO DE VERIFICACiÓN BIOMÉTRICA \ Este servicio permitirá la verificación de las impresiones dactilares de los ciudadanos que ~ requiera consultar en forma directa con la base de datos de EL RENIEC; para tal efecto EL b-G\'I.AI";:n'\ RENIEC entregara a la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD los codlgos de ~. y~~usuarios que requiera I¡ II;J, 'o I -' .? ~2 ASimismo, en caso de requem este Sel\llCIOy de acuerdo a normas, la SUPERINTENDENCIA I <, NACIONAL DE SALUD deberá adquJrlr los eqUIpos de captura de huellas daClllares acuerdo a las especificaciones técnicas proporcionadas por EL RENIEC I de EL RENIEC no proporcionará información alguna que afecte la intimidad de las personas. salvo que medie mandato Judicial expreso, I CLÁUSULA CUARTA.- DE LA CONTRAPRESTACiÓN Y NATURALEZA DEL CONVENIO ~ ~,:-,':':"":::-'':,')i\ Las partes convienen en precisar que, tratándose de u~ convenio de cooperación, el mismo "/_ ~'iú\\no 1>'•.• ;I.¡- ,', -"'.':'. ¡ ';. supone ni Implica transferenCia de recursos econOllllCOS nI pago alguno entre ambas •• . :",'- ';;'''lflst,tue'o',es i' , . .'<' .:.~,: .-',~!':» ,,-:-->:/j/ . SIfl ~Illbargo, la SUPERINTENDENCIA NACIO )\h;~E SALUD se compromete a ~._~"" . ".. "' •.. "1 -","" '~"' ..,\ ~ /':_. s¡, .C ~' ~. ~.o '", ~""[ " ¡¡- 1 \ ~ . '. •. ~ ,•...=!ffJf ' L' ' ~ fI .•••. \~~ ;,; ~'t~' ,. :::c;.~''iJ.< '" "~_9 ~' .. ~.:.:::._:::'f O,~(;F' ~ ,~ o ~ '~C,~'l"<" "¥ ~f ~" .1.,.. ,'./ r, en h,"! J. i j.J, , , iS ,. cm ¡..j.o I • Brindar capacitación al personal de EL REN1EC sobre las funciones que desempeña la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD. • Brindar apoyo CLÁUSULA QUINTA.- en temas de acuerdo DE LA COORDINACiÓN Para el adecuado cumplimiento al ámbito de su competencia INTERINSTITUCIONAL de lo previsto en el presente Convenio. las partes acuerdan designar CDordinadores interlllst¡tucionales: Por parte de la SUPERINTENDENCIA Coordinador NACIONAL DE SALUD Institucional In9. Carlos Fernando Maldonado Bohorques Director General de la Oficina General de Tecnologías de la Información DNI N° 08811986 Correo electrónico: [email protected]_~ Teléfono: 3726150 Anexo 5701 Por parte de EL RENlEC; Coordinador Técnico GERENTE DE TECNOLOGiA DE LA INFORMACION Correo electrónico' [email protected] Teléfono: 3152700 Anexo 1300 Coordinador Administrativa JEFE DE LA OFICINA DE CONVENIOS Correo electrónico: convenios@r~niec.:-9Q.9.J~S!: Teléfono' 3152700 Anexo 1673 CLÁUSULA SEXT A.PASSWORDS DE LAS PERSONAS AUTORIZADAS AL USO DE CLAVES O Se deja expresa constancia que, para el acceso al Servicio de Consultas en Linea Vía Internet, EL REN1EC entregará en sobre cerrado las claves de acceso: asimismo asignará .~ s respectivos códigos de usuarios para el caso del Servicio de Verificación 8iornétrica sólo las personas designadas por la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, quienes edan obligadas a utilizar dichas claves y/o códigos de usuarios de manera personal1síma. in posibilidad de divulgarlos y guardando la confidencialidad necesaria, por cuanto han sido designados como los únicos autorizados para el uso de dichas claves o códigos de usuarios. / Oueda expresamente establecido que ninguna persona de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD encargada del uso de las claves de acceso y/o códigos de usuarios podrá delegar tal facultad en otra persona Todo cambio o adición de personas autorizadas /' ".~~"'~"" para el uso de claves y/o códigos de usuarios, debera ser comunicado ante la Oficina de Convenios de la Secretaria General, por el Coordinador Interinstitucional .~e la <l.",','\." I~ ;:,': SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, a efecto de modificar la dec1araclon de per~onas autorizadas y generar nuevas claves y/o códigos de usuados los que igualmente sera n entregados en sobre cerrado, para el caso de usuariOS de consultas en linea vla .:;~;~:.:~"S>,"'\\ "\'<'~:::.,;;[;;; .,\; _~__ "/..,<;J! a~"~";";t.jernet '- V-, ~'j) (~ií - ',-.-- ,o} ;./ if,~'ii '. ~~> \:;;. "- " ''.j ~':I"~_".,.~.'/ .- S en 'J' .1 l •. ¡ ., i, CLÁUSULA '1 "., w,/<..,.,' SETlMA.- DE LA RESPONSABILIDAD EL RENIEC no se hará Iilformación objeto de este se haya originado de un omitiendo o contraviniendo parte del mismo, DE EL RENIEC responsable por la suspensión o retraso en el suministro de convenio, derivado de un caso fortuito o fuerza mayor, o cuando pedido de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD lo previsto en el presente convenio ylo addendum que formen La información contenida en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales se encuentra sujeta a la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley N° 27444. por lo que cualquier inexactitud o irregularidad derivada de la captura de datos realizada al amparo de 1" 'Tlié,fl1~'¡ no será imputable a EL REN1EC_ '/~ , .' . . 01 ,'- CLÁUSULA OCTAVA.' NACIONAL DE SALUD DE LA RESPONSABILIDAD DE LA SUPERINTENDENCIA La SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD se obliga de manera expresa, sin que se admita excepción alguna, a guardar estricta reserva de toda información o datos que se le suministre yio en general, a que tenga acceso en la eJecución de este convenio. Se deja expresa constancia que la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD es ~~ ~ esponsable de la totalidad de consultas realizadas median fe el password ylo clave ylo código e usuario asignado por EL RENfEC, antes de la recepción del OfiCIO precitado, salvo que la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD acredite lo contrario mediante prueba ~.fi':. irrefutable. I ~.~ ~~:?; '"? Se deja expresa constancia que la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD no cuenta con autorización de ninguna de las formas para almacenar, grabar. transferir electrónicamente, entregar de manera gratuita o vender la información que EL RENIEC suministra en virtud del presente convenio. la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD se compromete a dar estricto cumplimiento a [as condiciones expuestas en el presente Convenio. de verificarse su Incumplimiento a través de las acciones de fiscalización que realizará EL RENIEC de manera selectiva. será causal de resolución, sin perjuicio de las acciones civiles ylo penales él que hubiere lugar contra los que resulten responsables. 6 .n " ,t .. ¡;.,i,,,dJ,.¡mJ j". ..1. I CLÁUSULA NOVENA.- DE LA DURACiÓN El presente convenio tiene vigencia de tres (03) años a partir de la fecha de su suscripCión. La renovación de este convenio requiere necesariamente del acuerdo escrito de ambas partes, para lo cual la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD solicitará la renovación correspondiente mediante documento escrilo dirigido a la Oficina de Convenios de la Secreta i8 General de EL RENIEC con 30 di as de anticipación a \a fecha de su vencimiento. r -, g", Sin perjuicio de lo anterior, el presente conveniO podrá ser resuelto por cualquiera de las partes bastando para ello una comunicación oficial dirigida al domicilio indicado en la parte introductoria con una anticipación de treinta (30) dias a la fecha en que el mismo quedará Sin / CLÁUSULA , . ~ o; '1 " efecto. DÉCIMA: DE LA RESOLUCIÓN Queda expresamente acordado que constituyen causales de resolución de pleno derecho del presente Convenio: a) El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas establecidas del presente convenio b) El uso Inadecuado de la información a que tiene acceso mediante este convenio y/o divulgación de dicha información mediante venta, distribución, grabación. transferencia, electrónica o entrega gratuita a terceros, entre otras modalidades, el Cualquier hecho que, previa comprobación de EL RENIEC, irroguen daños y/o afecten los intereses de EL RENIEC yfo ciudadanos cuya información obra en sus archivos. d) La resolución del presente convenio no afectará las acciones pendientes de ejecución que hubiese sido cursada o solicitada por las partes en el marco del presente e) Convenio antes de dicha resolución Por cualquiera de las partes, mediante comunicación ' escrita con tn.~I'lta ¡,30,1aias de anticipación, CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: DEL DOMICILIO ra los efectos del presente convenio, las partes ratifican el domicilio indicado en la parte ductoria de este documento. Cualquier variación del mismo, deberá ser puesta en cimiento de la otra parte mediante oficio remitido por el Coordinador lnterinstitucional con anticipación no menor de quince (15) dias. Toda comunicación. aviso o notificación que cursen las partes entre si surtirán efectos en los domicilios señalados ,/1 CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: DE LA UBRE ADHESIÓN Y SEPARACiÓN En cumplimiento de \0 establecido en el numeral 77.3 del articulo 77 de la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las partes declaran expresamente que el presente ,<S,:"'~~¥.~k~t\ Convenio es de libre adhesión _" .c:. _ (:,)J>iYf:J'.) /.'.. ':~-"~~2:.' <'o ,:c; CLÁUSULA VJ!. ~. ~" Q [ \ ,v." t/ ~' \....,'1 ".•./, \,;., DECIMO TERCERA.- Este convenio se necesarios para directo o ,de ser a p-I.atla por las ' _ .. "., y separación SOLUCION DE CONTROVERSIAS sustenta en la buena fe de las partes, por lo que los aspectos no previstos y la adecuada ejecución de sus objetivos, serán resueltos mediante trato necesario mediante carta de entendimiento. la que una vez suscrita ya partes pasará a formar parte integrante del presente Convenio. ",-,.""" "", ,;;'07'" [t "~. ,\ ,.~ .•,~."', ,l",,,,,. >';~;\• C':" e 1- .~" '.\ "~ \"" L" ,/i' -1 ',_"._~~';':" ~ N'~ 0,0, "l ',fl'''';{ ; ¡"',' '~~. ~i " ''''~'j.~".~--,'' 7 () 'i, !!.t: .. ' ¡.¡" ,S .. r1 ,.j.,' m, ••. :-c ~;':;.:;; \~••cGr "'q,;" l ...•.• t;..\, ,'j, ' lO ~:) Las partes declaran ~l' " su voluntad de solucionar de mutuo acuerdo los aspectos controvertidos :;"'1que puedan resultar de su aplicación: sin embargo, en caso de producirse alguna controverSia irreconciliable con motivo de la celebración y ejecución del presente convenio, las partes se ._:-_Q~ someten a la competencia de un Tribunal Arbitral de lima de conformidad con lo dispuesto , ~~=4;; porel Decreto Legislativo CLAUSULA DÉCIMO W 11371. CUARTA.- DECLARACiÓN DE LAS PARTES Ambas partes declaran estar de acuerdo con el contenido de lodas y cada una de las clausulas que forman el presente convenio. en virtud de lo cual \0 suscriben por duplicado del mismo tenor, en señal de absoluta conformidad, en la ciudad de Lima a los_~_J~ U.LU.a. 11 "A""-l' ml]a y Sello) SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 8 ...!¡". en '1<" .ti ..:I j, i, i .151.. :hli,', .p:. DECLARACiÓN DE PERSONAS AUTORIZADAS AL USO DE CLAVES DE ACCESO Por el presente documento. que forma parte integrante del Convenio, la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD designa a las siguientes personas como únicos encargados del uso del servicio de consultas en línea vía ¡nternet, quienes utilizarán las claves de acceso I passwords para atender los requerimientos de información necesarios para las labores internas y administrativas de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD sobre la identidad de las personas naturales inscritas en EL RENIEC: , :,(?,~';N.oMB RE 'CO M PEETO ?;\!k't;F"!~',,<1,~~N1o}>;P~{::~':'~ '," ]J,:,;,>;';.;, ;,;-'-:~,~:.- ON li,<;~~:",i~ I CARLOSMANUEL QUIMPER HERRERA EDUARDO JOSÉ HURTADO ARRiErA FRANK HENRRYGARCfA ASCENCIOS L-- 08274554 - PAOLA IRISVEGA LUCIANI . GERARDO lOZANO ALCAZAR - WAlTER BORJA ROJAS --JOANNA AlVARADO BARRÓN FABIOLA VARILLAS HURTADO MARTíN ALONSO TANTAlEÁN DEl ÁGUIiJ'\ ._- :~ 1 PERCYHUAMANI ÑAHUINlLA CÉSARIGNACIO lOYOlA MARTíNEZ /',~ KARIN GIANNINA ROMERO lOPEZ - ,JFJ:)1 CARLOSMANUEL A(OSTA SAAl RUBÉN WILFREDO ORElLANA TORPO(O ERIKATEllO 5ALAZAR Uc. PEDROMARCELlNO HERRERA MONTERO epe EDGARDO NAVARRO LEYVA _~_ _- _-_-_-~.::::::::-.~~::-_~- 1 MONICA MANCHEGO LOMBARDI DEL ALCÁZAR CRESENCIOCHUQUI LUCIO • G1SSELLAVANESSA OLIVERA SANCHEZ \'iAS,4 ~(.~ ,".~ , ¡ ,1 , ~!;~:>:' ALICIA AGUILAR ~'/ ENZa JESÚSCRUZ MAGALlANES " I L05 ALFREDO lAZO CARRIllD J J I ---_._- I 06057548 09461677 _.J.. I \:3 Í» .--:.:1~If:¡!CAROLINA JESSICACARLOS REYES /; ...- --.---- JULIO ALAIN TALLEDO CHÁVEZ ,~.;~""~s~::\ i SE~GIO TINEO TICLlAHUANCA , _'¡.",~_:', 07724946 40382584 06806260 09335006 08258931 08886312 40845208 ".~ HÉCTORANISAL SARAVIA (HONG irf:>'" "~\, I -1 09992997 . 08368803 ~c. \ -~ 43992031 42185638 40449494 22493873 41107488 73784714 25740532 09947419 GISElLA PAOtA ARAUJO URRUNAGA JUAN TEMOCHE ARAUJa EVELYN CA-ROtiNA ARÉVAlO PÉREZ 'f'.':- 10272400 J I 09640975 1 10763609- 18133372 __ 09877145 06682288 06023099 41348105 J I I '1 43053990 06244779 J .»~ ~r~¡P:;- e deja expresa passwords de confidencialidad constancia que dichas personas quedan obligadas a utilizar las claves yfo manera personalisima, sin posibilidad de divulgarlos y guardando la necesaria, por cuanto han sido designados como las únicas autorizadas par9.e! uso de dichas claves. Oueda expresamente cons s en li ~£ra .,l (" . s.". establecido delegar ~;:~\ ~¿"II ;/~~f~~" (~~',~ : ., '~:; G.~ ~ .H, ' •••. _ .;') ,> que ninguna persona encargada del uso del servicio tal facultad en otra persona. Todo cambio o adición de de 9 , .u •1 I ,'1 , l. j.,!! ,S •.:Uh ,..!,•.• personas autorizadas deberá ser comunicado ante la Oficina de Convenios de la Secretaria General por el Coordinador Interinstitucional de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD, a efecto de modificar la presente declaración y generar nueva claves y/o s passwords, los que igualmente serán entregados en sobre cerrado. lima, 1 3 MAYU2Ui4 lrm y Sello) SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD lO