español - Portal de Inmigración

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0801
INFORME DE LA RED EUROPEA DE MIGRACIÓN
(REM)
Desarrollos en materia de migración legal y movilidad en 2011
El presente informe de la REM, que complementa al Tercer Informe Anual de la Comisión sobre
Inmigración y Asilo, resume los principales desarrollos en materia de migración legal y movilidad
conseguidos en 2011. Entre los temas que se tratan se encuentran los siguientes: Estadísticas
(sección 1), Fomento de canales de migración legal (sección 2), Migración económica (sección 3),
Reagrupación familiar (sección 4) e Integración (sección 5). La información sobre los desarrollos
nacionales también procede de los Informes anuales nacionales de políticas de 2011 de la REM, con
aportaciones de los 25 PCN de la REM.1
1. Principales estadísticas
En 2011, se expidieron más de 1,93 millones de permisos de residencia por primera vez a
nacionales de terceros países (sin contar a BE, CY y PL, cuya cifra total rondó los 188 400 permisos
en 2010), lo que supone un descenso análogo del 15,2 % con respecto a 2010. En 2011, los países
que expidieron la mayor parte de los permisos de residencia fueron IT (331 100) y FR (193 400).
Los Estados miembros que expidieron permisos principalmente por motivos familiares fueron EL
(57,1 % del total de permisos expedidos), LT (46,0 %) y PT (45,2 %). La mayor proporción de
documentos expedidos con fines educativos correspondió a MT (32,4 %), HU (31,4 %) y DE
(31,0 %), mientras que los países que expidieron permisos principalmente para llevar a cabo
actividades remuneradas fueron CY (72,6 %), PL (49,7 %) y LT (38,9 %).
2. Fomento de canales de migración legal
En el ámbito de la UE, en noviembre de 2011 se puso en marcha un Portal de la Inmigración de la
UE, que proporciona información práctica a las personas migrantes que desean trasladarse a la UE.
Este sitio web también está dirigido a las personas migrantes que ya son residentes legales y que
desean trasladarse de un Estado miembro a otro. Ofrece información concreta sobre los
procedimientos de migración de los 27 Estados miembros, así como vínculos a sus sitios web
nacionales sobre inmigración.
En el ámbito nacional, casi todos los Estados miembros y Noruega proporcionaron información
sobre las posibilidades y las condiciones de la migración legal. Esta información se puso a
disposición de los interesados principalmente a través de los sitios web oficiales de ministerios y/o
agencias de empleo (AT, BE, CZ, CY, DE, EE, EL, ES, FI, FR, IT, LT, LU, NL, PL, PT, SE, SI,
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AT, BE, BG, CY, CZ, DE, EE, EL, ES, FI, FR, HU, IT, LT, LU, LV, MT, NL, PL, PT, SE, SI, SK, UK y NO. En el
Informe Anual de la Comisión se recogen las contribuciones de los 27 Estados miembros.
Exención de responsabilidad: El presente informe ha sido elaborado por la Red Europea de Migración (REM), que engloba conjuntamente a la
Comisión Europea, ayudada por su proveedor de servicios (ICF GHK-COWI), y a los puntos de contacto nacionales de la REM (PCN de la REM).
No refleja necesariamente las opiniones y puntos de vista de la Comisión Europea, ICF GHK-COWI ni de los PCN de la REM, ni sus conclusiones
son vinculantes. Del mismo modo, la Comisión Europea, ICF GHK-COWI y los PCN de la REM no son responsables en ningún caso del uso que se
haga de las estadísticas facilitadas.
NIPO: 270-12-115-3
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Informe de la REM: Migración legal y movilidad en 2011
SK y UK). Un número cada vez mayor de Estados miembros (incluidos AT, DE, FI, SI) ha puesto
en marcha una «ventanilla única», que reúne toda la información en línea sobre migración legal y la
centraliza en un único sitio web. En varios Estados miembros se han publicado (ES, IT, LU, LV,
PL, PT, UK), o se publicarán (CY), folletos en distintos idiomas sobre los procedimientos
administrativos, así como sobre los derechos y las obligaciones de los trabajadores de terceros
países.
3. Migración económica
En el contexto de la UE, la Directiva de permiso único se adoptó finalmente en diciembre de 2011.
La nueva legislación prevé un solo procedimiento de solicitud de permiso único para que los
nacionales de terceros países puedan residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro, y
establece un conjunto común de derechos para los trabajadores nacionales de terceros países con
residencia legal. Continuaron las negociaciones sobre las propuestas de directivas relativas a las
condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países con fines de empleo de
temporada y sobre las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países en el
marco de un traslado transnacional. En septiembre de 2011, se presentó un informe de evaluación
sobre la Directiva relativa a residentes de larga duración (2003/109/CE). En 2011 se iniciaron
procedimientos de infracción por falta de comunicación de las medidas nacionales de transposición
de la directiva de tarjeta azul - UE contra DE, IT,2 MT, PL, PT y SE, donde el único caso que se
cerró en diciembre de 2011 fue el de MT; en 2012, se inició un segundo conjunto de procedimientos
de infracción contra AT, CY, EL, FI y SI.
En octubre de 2011 se firmó una nueva Asociación de movilidad entre la UE, con la participación
de 10 Estados miembros, y Armenia. Además, la UE comenzó a negociar nuevas asociaciones de
movilidad con otros países, incluidos Túnez y Marruecos. En el ámbito de la Comunicación sobre
un nuevo Enfoque Global de la Migración y la Movilidad (GAMM), la Comisión puso de relieve
(entre otros aspectos) la necesidad de integrar la política de migración externa de la UE con las
políticas internas, como las políticas económicas, laborales, educativas y sociales. Además, se
ocupa de forma sistemática del problema de la «fuga de cerebros» en terceros países.
A nivel nacional, diversos Estados miembros adoptaron nuevas políticas en materia de migración
laboral o una legislación destinada a implementar políticas en el ámbito de la migración laboral.
Estos desarrollos incluían también la adopción de documentos estratégicos sobre políticas que
hicieron del fomento de la migración económica un objetivo estratégico (CZ, PL, RO, SK), así
como la adopción de un nuevo modelo de migración por puntos destinado principalmente a
nacionales de terceros países cualificados y altamente cualificados (AT). En el contexto de la
transposición de la Directiva sobre sanciones aplicables a los empresarios, varios Estados miembros
adoptaron medidas para evitar la explotación de los trabajadores en los sectores de servicios (LT,
SI, SK).
Diversos Estados miembros dieron los pasos necesarios para facilitar el acceso al mercado laboral a
distintas categorías de nacionales de terceros países: BE estableció un decreto por el cual los
familiares de ciudadanos comunitarios estaban exentos de la obligación de contar con una tarjeta de
trabajo; LV introdujo un nuevo permiso de residencia asociado a la «actividad comercial»,
eliminando así la necesidad de que los nacionales de terceros países soliciten un nuevo permiso de
trabajo cada vez que cambien de empleo; PT adoptó medidas destinadas a «flexibilizar» sus
mercados laborales al brindar más oportunidades para el trabajo temporal, que incluían a los
trabajadores migrantes, y respaldar las actividades empresariales emprendidas por inmigrantes.
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IT ha transpuesto posteriormente la directiva mediante el decreto ley n.º 109 del 16 de julio de 2012.
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Algunos Estados miembros (DE, CY, IE, IT, LT, NL, PT, SI) y NO adoptaron medidas para
facilitar el reconocimiento de los títulos y la cualificación obtenidos en el extranjero. Asimismo,
varios Estados miembros tomaron medidas para simplificar los procedimientos para la entrada y
estancia de estudiantes en su territorio (AT, DE, ES, FR, IE, LT, LV, PL, PT, SE, SK) mientras que
otros han establecido cuotas de entrada para estudiantes y alumnos de formación profesional (IT).
Para atajar el abuso, en UK se realizaron cambios en el Nivel 4 (nivel de estudiantes) del Sistema
por puntos. Para ello, se aumentó el nivel de competencia en lengua inglesa y la imposición de
requisitos adicionales a las instituciones educativas. En ES y FR, se introdujeron instrumentos
legislativos para facilitar las solicitudes de investigadores que deseen entrar en estos países y se
previeron medidas en este sentido en otros países (DE, LT, LU, SK).
Muchos Estados miembros (AT, BE, CZ, DE, DK, EE, ES, FR, IT, LU, LV, NL, SI, SE, SK, UK)
tomaron medidas para aumentar el atractivo de la UE para trabajadores altamente cualificados. Con
frecuencia, la adopción de estas medidas se realizó en el marco de la transposición de la directiva
«tarjeta azul - UE». Estas medidas abarcaban, entre otras, la exención de los trabajadores altamente
cualificados del sistema de cuotas (AT), la reducción del umbral del salario anual (DE), las ventajas
fiscales para las personas altamente cualificadas (LU) y disposiciones especiales para trabajadores
cuya estancia fuera inferior a tres meses (NL). Además, algunos Estados miembros adoptaron
medidas concretas para facilitar el acceso a profesiones concretas dentro de la categoría de
trabajadores altamente cualificados (DE, DK) o a personas migrantes que generen riqueza o se
conviertan en líderes en su campo (UK). Al mismo tiempo, UK implantó medidas más restrictivas
para otros tipos de trabajadores altamente cualificados, que exigían que quienes desearan conseguir
un empleo altamente cualificado realizasen su solicitud a través del Nivel 2 del Sistema por puntos,
que requiere que, antes de llegar, tengan un empleo facilitado por un empresario autorizado.
Se han seguido realizando labores para mejorar la selectividad de las políticas de migración con
objeto de responder a las necesidades del mercado laboral. Para ciertos países, esto ha conllevado el
incremento de las cuotas anuales (EE); en otros, el establecimiento de un número máximo de
trabajadores admitidos para trabajos cualificados y altamente cualificados (UK), el establecimiento
de cuotas de entrada estacionales para ciertos sectores (IT) o los planes para establecer una nueva
cuota (LV). En varios Estados miembros también se ha modificado la lista de ocupaciones o
sectores con escasez de mano de obra, a menudo bajo la influencia de la crisis económica. En DE y
DK, han surgido nuevas ocupaciones donde hay escasez de mano de obra, mientras que la cifra de
ocupaciones en estas listas ha descendido sensiblemente en ES, CY, FR y UK. En UK, los
requisitos según el nivel salarial también aumentaron en el caso de los empleos para licenciados
(Nivel 2: traslados transnacionales).
Existío gran variación en los resultados de las previsiones del mercado laboral realizadas en
distintos Estados miembros en 2011: algunos países (por ejemplo, IE) informaron de que no había
escasez de mano de obra excepto en ciertas sectores concretos, mientras que otros países (por
ejemplo, LT y LV) previeron que la demanda de mano de obra no se satisfaría en un futuro
próximo. En varios Estados miembros se realizaron, o planificaron, mejoras en los métodos e
instrumentos empleados para elaborar las previsiones del mercado laboral. En LU, la reforma de la
Oficina de empleo incluyó la puesta en marcha de un Observatorio del mercado laboral y PL
anunció planes para instaurar un sistema de previsión de cualificaciones en 2012. NO también está
analizando las necesidades de la economía nacional y las ventajas que suponen las personas
migrantes por motivos económicos en este contexto. Asimismo, SK anunció la creación de planes a
este respecto en la política que acababa de adoptar en materia de migración.
Además de la nueva Asociación de movilidad establecida con Armenia y mencionada
anteriormente, algunos Estados miembros participaron en el establecimiento de nuevas asociaciones
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de movilidad con otros países y otros adoptaron acuerdos bilaterales o estaban inmersos en el
proceso de negociación, lo que simplificaba el acceso a los ciudadanos de determinados terceros
países (BE, ES, FI, FR, HU, IT, LV, NL, SE, SK). Al mismo tiempo, varios Estados miembros
informaron de las medidas en curso para evitar o no empeorar la «fuga de cerebros» (DE, ES, IE,
NL, PT, SE). Algunos Estados miembros adoptaron medidas o introdujeron leyes para favorecer la
migración temporal y circular (CZ, ES, FR, SE), mientras que otros planearon futuras medidas a
este respecto (CZ, IT, SK, UK).
4. Reagrupación familiar
En el ámbito de la UE, la Comisión inició un debate público sobre la reagrupación familiar
mediante un Libro Verde, donde se invitaba a las partes interesadas a reflexionar sobre una
migración familiar más efectiva a nivel comunitario habida cuenta de los problemas que habían
surgido al aplicar la Directiva 2003/86/CE del Consejo.
En el ámbito nacional, muchos Estados miembros (AT, BE, DE, DK, ES, FI, FR, HU, IT, LU, LV,
NL, SK, UK) y NO documentaron los cambios realizados en la normativa sobre reagrupación
familiar. Varios Estados miembros (AT, BE, DK, ES, FR, LT, LV, SK, UK) elaboraron o adoptaron
nuevas leyes relativas a los derechos y las condiciones que deben darse para la reagrupación
familiar. LU, LT, PL, SK y UK adoptaron nuevas disposiciones que hicieron que la legislación en
materia de reagrupación familiar fuese menos restrictiva mientras que IT informó de cambios en los
procedimientos relativos a la presentación de recursos contra la denegación de la reagrupación
familiar. En otros países, se introdujeron requisitos adicionales para la reagrupación familiar:
requisitos en materia de ingresos y un «período de control» mayor en BE; un nuevo sistema basado
en puntos para las personas migrantes por motivos familiares en DK, junto con requisitos
financieros y pruebas de «arraigo» al país; y requisitos en materia económica, de vivienda y de otro
tipo en ES. Varios Estados miembros establecieron medidas para fomentar una mayor integración
de los nacionales de terceros países que migraron a los Estados miembros respectivos por motivos
de reagrupación familiar (AT, BE, DE, ES, FR, HU, NL, UK). Además, AT, DE, FR, IT, NL y NO
introdujeron o modificaron los requisitos en materia de idioma para nacionales de terceros países
que residieran en el Estado miembro tras la reagrupación familiar, incluyendo en el contexto de
obtención de nacionalidad a través del matrimonio en el caso de FR. FI y UK evaluaron sus
políticas de reagrupación familiar, que era posible que sufrieran modificaciones.
5. Integración
En julio de 2011, a nivel de la UE, se adoptó la Agenda Europea para la Integración de los
Nacionales de Terceros Países cuyo objetivo era fomentar una mayor participación en el ámbito
económico, social, cultural y político de los nacionales de terceros países con residencia legal en los
países de acogida. Se publicaron los resultados del primer Eurobarómetro sobre la integración. El
Consejo de Justicia y Asuntos de Interior celebrado en diciembre de 2011 adoptó las conclusiones
sobre la Agenda Europea para la Integración de los Nacionales de Terceros Países, que incluía el
desarrollo de un mecanismo de coordinación no vinculante para mejorar el intercambio de
información sobre la integración. La propuesta de la Comisión de un Reglamento por el que se crea
un Fondo de Asilo y Migración identificaba las necesidades de integración concretas de los
solicitantes de asilo, los beneficiarios de protección internacional, así como los grupos vulnerables
de personas migrantes.
A nivel nacional, muchos Estados miembros (AT, BE, CY, DK, EE, EL, ES, FI, FR, IE, IT, LU,
LV, MT, PT, SI, SK, UK) y NO informaron sobre los desarrollos legislativos relativos a la
integración. Entre ellos se incluían cambios legislativos (AT, FI, FR, IT, SK), la introducción de
nuevos documentos sobre políticas (AT, BE, EE, EL, ES, LU, LV, PT) o una actualización de estos
(CZ, SK) y cambios institucionales (AT, CY, FI, IT, SK). Estos desarrollos se ocuparon de distintos
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Informe de la REM: Migración legal y movilidad en 2011
aspectos de la integración, incluidos los requisitos para obtener la nacionalidad (AT, FR), las
obligaciones mutuas entre personas migrantes y el estado (IT), amplios planes de integración para
inmigrantes recién llegados (FI), el derecho de los nacionales de terceros países a votar en las
elecciones municipales y otros derechos que afectan a su participación política (LU), sesiones sobre
educación sanitaria (MT) y la introducción de ceremonias de obtención de nacionalidad (IE).
Muchos Estados miembros (AT, CY, CZ, DE, EE, EL, IE, IT, LU, LV, NL, PL, SE, SI, SK, UK) y
NO se refirieron a las medidas en vigor para permitir que las personas migrantes aprendiesen el
idioma del país de acogida y adquiriesen conocimientos sobre la historia y la cultura de la sociedad
de acogida (CY, CZ, DE, EE, FR, IT, LU, LV, NL, PL, PT, SI, SK, UK y NO). Diversos Estados
miembros informaron de las medidas para mejorar el acceso de las personas migrantes al empleo
(AT, CZ, FI, EL, ES, IE, PL, PT, SE) y a los servicios públicos y sociales (CZ, EL, ES, IE, PT). La
mayoría de los Estados miembros (AT, CY, CZ, DE, EE, EL, ES, FR, HU, IE, IT, LU, LV, PL, PT,
SI, SE, SK, UK) y NO informaron de las medidas adoptadas para mejorar los valores democráticos
y la cohesión social.
6. Información adicional
Puede obtener información más detallada sobre este informe de la REM o sobre cualquier otro
aspecto de la REM en [email protected].
Fecha de elaboración: octubre de 2012
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