proceso general de adjudicacion de plazas en los centros de la

Transcripción

proceso general de adjudicacion de plazas en los centros de la
Normativas y Reglamentos
Escuela Superior de Informática – UCLM
PROCESO GENERAL DE ADJUDICACION DE PLAZAS EN LOS
CENTROS DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA PARA
ALUMNOS QUE DESEEN INICIAR ESTUDIOS EN LOS MISMOS QUE
SE SOMETE A INFORME DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA
UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA
El Real Decreto 704/1999 de 30 de abril que deroga los Reales Decretos 1005/91 DE 30 de 30
de abril y el 1060/92 de 4 de septiembre regula los procedimientos para el ingreso en los centros
universitarios.
En general, las universidades ordenan las solicitudes y adjudican las plazas disponibles en sus
centros respetando y aplicando las prioridades y criterios de valoración de los artículos 14,15 y 16,
respectivamente del referido Real Decreto 704/1999.
Por otra parte en los artículos 18 al 24 se contempla la reserva de determinados porcentajes de
plazas de cada uno de los estudios con limitación de las mismas, para atender la solicitud de aquellos
alumnos que acceden por la modalidad de distrito compartido, titilados universitarios, extranjeros de
países no miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, titulados procedentes de
formación profesional, estudiantes discapacitados deportistas de alto nivel o mayores de 25 años.
La experiencia de años anteriores permite plantear un proceso para un mejor aprovechamiento
para un mejor aprovechamiento de las vacantes existentes minorando el complejo futuras
resignaciones de plazas, a la vez que disminuye el número de alumnos sin plaza en la primera fase de
adjudicación de las mismas.
En consecuencia para la optimización de las plazas ofertadas a los alumnos que deseen iniciar
estudios en los centros de la Universidad de Castilla- La Mancha respetando las prioridades y
aplicando los criterios de valoración que establecen los artículos 14, 15 y 16 respectivamente, del
Real Decreto 704/1999 de 30 de abril, la citada universidad adjudicara las plazas disponibles en sus
centros universitarios conforme al siguiente proceso:
A) A partir del curso académico, 1999/2000 los criterios para la adjudicación de plazas
disponibles en cada centro docente de la Universidad de Castilla-La Mancha, siguiendo el orden de
prioridad establecido por el alumno para ingresar en los mismos, y en función de las plazas ofertadas,
según la modalidad de acceso serán los siguientes :
1. Alumnos que correspondiéndoles la Universidad de Castilla-La Mancha procedan de
las PAAU (o estudios equivalentes ), titulados universitarios (o estudios
equivalentes) extranjeros y de la formación profesional procedentes de la
convocatoria de junio del año en curso o de años anteriores y alumnos que habiendo
inciado estudios universitarios deseen cambiar los mismos y formalicen
preinscripción en julio.
2. Adjudicadas las plazas del cupo del 3% reservado a extranjeros, se acumularán las
plazas al cupo de las PAAU (o estudios equivalentes), convocatoria de junio del año
en curso o de años anteriores, y de alumnos que habiendo iniciado estudios
universitarios deseen cambiar los mismos y formalicen preinscripción en julio.
3. Adjudicadas las plazas del cupo del 3% reservado a titulados universitarios se
reservarán las plazas vacantes al cupo de PAAU (o estudios equivalentes),
Página 106
Curso 2000/2001
Escuela Superior de Informática – UCLM
Normativas y Reglamentos
convocatoria de junio del año en curso o de años anteriores y de alumnos que
habiendo iniciado estudios universitarios deseen cambiar los mismos preinscripción
en julio.
4. Adjudicadas las plazas del cupo del 3% reservado a alumnos discapacitados, se
acumularán las plazas vacantes al cupo de PAAU (o de estudios equivalentes ),
convocatoria de junio del año en curso o de años anteriores y de alumnos que
habiendo iniciado estudios universitarios deseen cambiar los mismos y formalicen
preinscripción en julio.
5. Adjudicadas las plazas del cupo del 3% reservado a deportistas de alto nivel, se
acumularán las plazas vacantes al cupo de PAAU (o estudios equivalentes),
convocatoria de junio del año en curso o de años anteriores y de alumnos que
habiendo iniciado estudios universitarios deseen cambiar los mismos y formalicen
preincripción en julio.
6. Adjudicadas las plazas del cupo del 3% reservado a alumnos procedentes de las
pruebas de acceso para mayores de 25 años se acumularan las plazas vacantes al
cupo de PAAU (o estudios equivalentes) convocatoria de junio del año en curso o de
años anteriores y de alumnos que habiendo iniciado estudios universitarios deseen
cambiar los mismos y formalicen preinscripción en julio .
7. Adjudicadas las plazas a los alumnos procedentes de la formación profesional en la
convocatoria de septiembre, se acumularán las plazas vacantes al cupo de PAAU.
8. Adjudicación de vacantes a los cupos de alumnos discapacitados, deportistas de alto
nivel y mayores de 25 años procedentes de la convocatoria de septiembre .
9. Sólo para el ingreso en escuelas universitarias y en caso de existir plazas vacantes
adjudicación de las mismas a los alumnos procedentes del C.O.U. o bachillerato
experimental de la convocatoria de junio del año en curso o convocatorias
anteriores.
10. Si existieran plazas vacantes, adjudicación de las mismas al colectivo del apartado 8
procedentes de la convocatoria de septiembre del año en curso.
11. Alumnos que deseen simultanear estudios.
12. Alumnos que no justifiquen traslado.
B) Con carácter excepcional para el curso 1999/2000 los alumnos que hayan superado de
aptitud para acceso a la universidad de Castilla-La Mancha para mayores de 25 años en la
convocatoria de abril de1999, tendrán reserva de plaza en el centro para el que hayan superado las
pruebas, sin que su matrícula suponga disminución del limite de admisión para alumnos que deseen
iniciar estudios publicado por el consejo de universidades, siempre que formalicen la matrícula en el
curso académico 1999/2000.
Curso 2000/2001
Página 107

Documentos relacionados