QUILPUE
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QUILPUE
I. M U N I C I P A L I D A D QUILPUE MEMORIA EXPLICATIVA Aplicación normas urbanísticas al Plan regulador Comunal Art. N° 59 Ley General d e Urbanismo y Construcciones I.- Antecedentes generales: De acuerdo a los disposiciones establecidas en el Articulo N° 59 de la Ley General d e Urbanismo y Construcciones, se indica que las afectaciones a utilidad pública d e los terrenos localizados en el área urbana y d e extensión urbana, afectados por ensanches o aperturas d e vías en los Planes Reguladores Comunales, expiraron el día 12 de Febrero d e 2010. En el mismo artículo N° 59 se dispuso que las nuevas normas urbanísticas aplicables a las áreas destinadas a ensanche o apertura, deberán ser fijadas dentro del plazo de 6 meses contado desde la c a d u c i d a d de la declaratorio, por lo Municipalidad respectiva mediante decreto alcaldicio, previo informe d e la SEREMI MINVU V Región, asimilándolas a las de la zona predominante de las adyacentes al terreno. Además, mediante lo Circular Ord. N° 0549 d e fecho 12 d e agosto d e 2010, el Jefe d e la División d e Desarrollo Urbano, informó que aún c u a n d o se ejecutara fuera d e dicho plazo, se d e b e proceder d e acuerdo a lo estipulado en el Artículo 59° d e la misma normo legal, por lo tanto, para dar cumplimento a la condición señalada en dicho artículo, se ha realizado el presente documento, conformado por una Memoria Explicativa, Informe N° 014/2011 de Asesoría Urbano y plano PRCQ AU N°3. II.- Definición de la zona urbana Se solicita asignar uso d e suelo a la porción d e terreno que se encontraba Afecto a Utilidad Pública por el ensanche d e la calle Condell Norte, ubicado al costado norte d e la vía férrea, sobre la propiedad Rol d e Avalúo N° 217-6, afectación gravada en el Plan Regulador Comunal d e Quilpué, aprobado por D.S. N° 270 (V. y U.) de 1971 y publicado en el Diario Oficial d e fecha 28 d e mayo de 1971. www.quilpue.cl Vicuña Mackenna N° 684 Fono: (32) 2910710 Alcaldía Deparlamento Social Corp. de Salud y Educación Depto. Rentas Cultura y Comunicaciones Dirección de Tránsito Vicuña Mackenna 684 General Velásquez 560 Baquedano 960 General Velásquez 597 Serrano 965 Diego de Almagro 145 F: (32) 291 07 10 F: (32) 291 00 31 F: (32) 232 56 00 F: (32) 292 18 04 F: (32) 292 79 42 F: (32) 294 09 03 I. M U N I C I P A L I D A D QUILPUE De acuerdo a lo estipulado en el PRCQ vigente desde el año 1971, el ancho total entre líneas oficiales era d e 12,00 m, desde el muro d e contención d e lo propiedad d e Ferrocarriles del Estado. CONDICIONES DE EDIFICACIÓN Y SUBDIVISIÓN PREDIAL PROPUESTAS Las condiciones d e subdivisión y edificación para esta zona serón las siguientes: Normas de Edificación CUADRO B Habitacional B NO 3 Al vecino A la c a l l e CIERROS Transparencia Altura [en metros) 50<Vb 1,80 Superficie Preidjal M í n i m a Altura Antejardín (en metros) 160 m 2 vías Estructurantes Calles Pasajes 5,00 3,00 2,00 Densidad Neta Max. Hab/há CONDICIONES PREDIALES Estacionamientos Mínimos Habitacional Equipamiento 1 c/100 m2 a partir d e 400 m2 500 Sistema de Agrupamiento PAREADO 1 porcada vivienda O c h a v o s e n la L í n e a O f i c i a l ( e n metros) AISLADO 4,00 Alturas M á x i m a s d e Edificación (en m e t r o s ) Rasante OGUC Art. 2.6.3 O G U C ENVOLVENTE VOLUMÉTRICA SUPERFICIE EDIFICABLE Transparencia Adosa mientos Distanciamientos a Deslindes OGUC OGUC Coeficiente d e Constructibilidad Coeficiente de Ocupación d e Suelo Máximo 1.2 60% I.- PLAN REGULADOR COMUNAL Art. 15 : En los predios esquina d e las zonas habitacionales, se aumenta en un 10% el coeficiente d e constructibilidad. www.quilpue.cl Vicuña Mackenna N° 684 Fono: (32) 2910710 Alcaldía Vicuña Maclíenna 684 Departamento Social General Velásquez 560 Corp, de Salud y Educación Baquedano 960 Depto. Rentas General Velásquez 597 Cultura y Comunicaciones Serrano 965 Dirección de Tránsito Diego de Almagro 145 F: (32) 291 07 10 F: (32) 291 00 31 F: (32) 232 56 00 F: (32) 292 18 04 F: (32) 292 79 42 F: (32) 294 09 03 I. MUNICIPALIDAD QUILPUE Art. 2 3 : La faja destinada a antejardín no podrá ser o c u p a d a con construcciones en volado sobre el nivel d e la solera y con construcciones a nivel d e subsuelo. [Decreto N° 31-5 D.O. 20.09.94) USOS PERMITIDOS: VIALIDAD FUENTES DE SODA TEATROS VIVIENDA DISPENSARIOS LOCALES COMERCIALES FERIAS HOSTERIAS CONSULTORIOS CORREOS ESCUELAS BASICAS JARDINES INFANTILES PARVULARIOS RETENES LAVANDERIAS PELUQUERIAS COSTURERIAS - MODAS JARDINES DE PLANTAS CAPILLAS BIBLIOTECAS TALLERES PEQUEÑOS EDUCACION JUNTAS DE VECINOS SEGURIDAD CENTROS DE MADRES CENTROS SOCIALES PLAZAS JARDINES CULTO CULTURA CANCHAS DEPORTIVAS COMERCIO MINORISTA CINES SERVICIOS PUBLICOS JUEGOS ELECTRONICOS BARES SERVICIOS PROFESIONALES RESTAURANTES RESIDENCIALES HOTELES SERVICIOS DE LA ADMINIST, PUBLICA DEPORTES SERVICIOS ARTES INOFENS. POSTAS DISCOTECAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS AREAS VERDES HOSPITALES UNIVERSIDADES CIRCOS PARQUES DE ENTRETENCION GASFITERIAS TERMINALES DE DISTRIBUCION TERMINALES DE TR. INOFENSIVO CLUBES SOCIALES GRANDES TIENDAS CLINICAS DE SALUD II.- ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES fArt. 2.1.251 El Uso Residencial incluye HOGARES DE ACOGIDA En los conjuntos de viviendas o edificios colectivos se admitirá como parte del uso d e suelo residencial el funcionamiento d e (uso preferente d e los residentes, mientras no requieran patente) locales destinados a: LAVANDERIA PISCINA GIMNASIO GUARDERIA INFANTIL 0 SIMILARES Art. 2.1.26: Las viviendas podrán consultar el funcionamiento d e pequeños comercios, industrias artesanales o ejercicio d e uno actividad profesionol, en tonto su principal destino subsista como habitacionoí.Cuando las actividades complementarias a la vivienda sobrepasen la mitad d e lo superficie edificado d e lo misma, dichas actividades deberán cumplir con los usos de suelo establecidos en el P.R.C. III.- LEY N ° 19.749 DE MICROEMPRESAS FAMILIARES.Art. 2°: El Reglamento d e lo ley dispone lo siguiente: La microempresa familiar es uno empresa perteneciente o una o más personas naturales que residan en la casa habitación, que puede Vicuña Mackenna N° 684 www.quiipue.cl Fono: (32) 2910710 Alcaldía Departamento Social Corp. de Salud y Educación Depto. Rentas Cultura y Comunicaciones Dirección de Tránsito Vicuña Mackenna 684 General Velásquez 560 Baquedano 960 General Velásquez 597 Serrano 965 Diego de Almagro 145 F: (32) 291 07 10 F: (32) 291 00 31 F; (32) 232 56 00 F; {32} 292 18 04 F: (32) 292 79 42 F: (32) 294 09 03 I. M U N I C I P A L I D A D QUILPUE desarrollar labores profesionales, oficios, industria, artesanía o cualquier otra actividad lícita, ya sea d e prestoción d e servicios o d e producción d e bienes, excluidas aquellas peligrosas, contaminantes o molestas, y que reúne los siguientes requisitos: o) b) c) Art. 4°: Que lo actividad económica que constituya su giro se ejerza en la casa habitación familiar; Que en la microempresa familiar no trabajen más d e 5 trabajadores extraños a la familia; y Que los activos productivos d e lo microempresa familiar, sin considerar el valor del inmueble en que funciona, no excedan las 1.000 U.F. Para otorgar la patente y/o la autorización para funcionar en la casa habitación familiar, la Municipalidad no considerará las limitaciones relativos a lo zonificacion comercial o industrial que contemplen las respectivas ordenanzas municipales ni las autorizaciones que previamente deben otorgar las autoridades sanitarias u otras que contemplen las leyes y que afecten a dicho inmueble, excepto las limitaciones o autorizaciones dispuestas en eIrp.S. N** 977 de 1997, del Ministerio de Salud, que aprobó el Re|g\amento Sanitario de Alimentos.- cio ALCJ^LDE ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE Q I Í H P U B L C A L D E S ALADRO UNICIPAL I. r-¡L'::iciPAüD/j..' .CAROLINA ZAMORANO CARREÑO ASESOR URBANISTA PRCQ-AU JULIO, 2014.- www.quilpue.cl Vicuña IVlackenna N° 684 Fono: (32) 2910710 Alcaldía Departamento Social Corp. de Salud y Educación Depto, Rentas Cultura y Comunicaciones Dirección de Tránsito Vicuña Mackenna 684 General Velásquez 560 Baquedano 960 General Velásquez 597 Serrano 965 Diego de Almagro 145 F: (32) 291 07 10 F: (32) 291 00 31 F: (32) 232 56 00 F: (32) 292 18 04 F: (32) 292 79 42 F'(32) 294 09 03